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Nacionalidad y Ciudadanía
Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por
naturalización.
A) Son mexicanos por nacimiento:
I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad
de sus padres.
II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en
territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de
madre mexicana nacida en territorio nacional;
III. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por
naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana
por naturalización.
IV. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean
de guerra o mercantes.
B) Son mexicanos por naturalización:
I. Los Extranjeros que obtengan de la Secretaria de Relaciones carta de
naturalización.
II. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o
mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio
nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley.
Artículo 33. Son personas extranjeras las que no posean las calidades
determinadas en el artículo 30 constitucional. Y gozaran de los derechos humanos
y garantías que reconoce esta constitución.
El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a
personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento
administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.
Ciudadanía Mexicana
La Ciudadanía mexicana es el estatus social que otorga la Constitución Política de
México en el artículo 34 de la misma, donde además describe los requisitos para
alcanzar la ciudadanía que son:
Haber cumplido 18 años, y
Tener un modo honesto de vivir.
Entendiéndose que alguien que infrinja la ley mexicana o que no tenga un modo
honesto de vivir, se le quita los derechos de ciudadano.
Prerrogativas (Derechos)
Según el artículo 35 de la carta magna mexicana los ciudadanos gozan de
prerrogativas entre las cuales están:
Votar y ser Votado, a algún puesto de elección popular siempre que cumpla
los requisitos expuestos en la ley
Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los
asuntos políticos del país
Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa de la
República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes
Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.
Obligaciones
Como en todo, los ciudadanos mexicanos tienen obligaciones. Estas están
expuestas en el artículo 36 y son
Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad
que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que
subsista; así como también inscribirse en el Registro Nacional de
Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.
Alistarse en la Guardia Nacional
Votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley;
Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de los
Estados, que en ningún caso serán gratuitos; y
Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones
electorales y las de jurado.
Perdida de la Ciudadanía Mexicana
A diferencia de la Nacionalidad mexicana, la ciudadanía si se pierde. Los motivos
son variados y entre ellos están:
Aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros
Prestar voluntariamente servicios oficiales a un gobierno extranjero sin
permiso del Congreso de la Unión o de su Comisión Permanente
Traición a la Patria
Artículo 37.
A) Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad.
B) La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá en los siguientes
casos:
I. Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera, por hacerse pasar
en cualquier instrumento público como extranjero, por usar un pasaporte
extranjero, o por aceptar o usar títulos nobiliarios que impliquen sumisión a un
Estado extranjero, y
II. Por residir durante cinco años continuos en el extranjero.
Nacionalidad significa la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico
concreto. Este vínculo del individuo con un Estado concreto le genera derechos y
deberes recíprocos. Este tipo de nacionalidad (española, portuguesa, belga,
mexicana, irakí, etc...) se mezcla conceptual y prácticamente con el concepto de
nacionalidad como situación social, y podría perfectamente analizarse por
separado o como una parte de la nacionalidad social, pues las leyes son
inevitablemente un hecho social.
Ciudadanía: Cualidad y derecho de ciudadano (Natural o vecino de una ciudad)
Teoricamente la nacionalidad es un atributo de la persona, en el derecho
internacional, y se considera como la relación que existe entre una persona y un
Estado misma que se adquiere por diversas razones.
La ciudadanía no puede existir sin una nacionalidad.
La ciudadanía otorga al que la adquiere derechos y obligaciones frente al estado.
La ciudadanía se adquiere únicamente al cumplir la mayoría de edad.
La nacionalidad se adquiere desde el nacimiento (en caso de ser por nacimiento).
La nacionalidad otorga al que la tiene derechos desde el nacimiento como persona
perteneciente a determinado país o nación, se entienden estos derechos como los
consignados en las cartas de derechos humanos.