Upload
eduardo-andres-nunez
View
461
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
1. Qu es el derecho de autor?
Es el conjunto de normasdonde protegen al autor y/o creador de una
obra en el rea de literatura y arte; Entendindose est comoun
producto de la creatividady el ingeniohumano.
Elsmbolodel copyright"" es usado para indicar que una obra est
sujeta al derecho de autor.
2. Qu es una obra?
Es la expresin humana de la creatividad y talento que es realizada
de cualquier forma perceptible por los sentidos en el campo
literario y artstico.
Qu se necesita para tener la proteccin de los derechos de
autor?
Se le concede la proteccin al autor en el instante en que crea la
obra,
sin tener que requerir a una formalidad jurdica, es decir que el
derecho
de un autor sobre su obra no esta obligado a que se registrela
obra.
3. Qu son los Derechos Morales y los Derechos Patrimoniales de
Autor?
DERECHOS PATRIMONIALES:
Bsicamente son los derechos quetiene el autora los beneficios
econmicos que surjan de la obra.
Es donde el autor puede autorizarla reproduccin de la misma, la
comunicacin con el publico, la distribucin deejemplares y/o copias,
el derecho de la importaciny de la transformacin de la obra.
DERECHOS MORALES:
Es el derecho donde el autor tiene toda la autoridad, es decirl
dispone de la facultada para decidir sobre su obra, si se es
divulgada,a reclamar la paternidad sobre su obra,el hacerle
modificaciones y el derecho a reclamarsu nombre cuantas veces sea
nombrada la obra.
4. Derecho de reproduccin:
Es el derecho que tiene el propietario de autorizar o prohibir la
realizacin de
Copiasde su obra bien sea en medio impreso o digital.
DERECHO DE COMUNICACIN PUBLICA:
Es el derechode todo acto donde la pluralidad de personaspueden
tener acceso a la obra completacomo lo sonpor medio de los
ejemplares.
DERECHO DE TRANSFORMACION:
Es el derecho donde se autoriza al autor o propietario de la obrala
modificacin de la obra por parte de otra persona como lo pueden ser
traduccin , revisin, actualizaciones y cualquier modificacin que se
quiere realizar, donde el resultado final de la transformacin es
una nueva obra protegida por el derecho de autor a favor del
transformado
5. DERECHOS PATRIMONIALES Y MORALES
Los derechos patrimoniales que conceden la autora de la obra se
encuentran limitados en el tiempo, esto es, a la vida del autor y
ochenta aos mas. Culminado este lapso de tiempo, la obra obtendr el
carcter de pblica.
Los derechos morales derivados de la autora de una obra, tienen el
carcter de imprescriptible, esto es que en todo tiempo debe ser
reconocida la calidad de autor, independientemente que los derechos
patrimoniales de la obra hayan decado.
6. DIFERENCIAS
La diferencia sustancial entre los derechos patrimoniales y morales
radica en que los primeros por tener un trasfondo econmico pueden
ser objeto de negocios jurdicos de carcter dispositivo, mientras
que los derechos morales se encuentran fuera del comercio y an
cuando el autor ceda el disfrute de la remuneracin econmica siempre
le deber ser reconocida la autora de la obra. Esta diferencia se
presenta en los pases cuya legislacin es de tendencia
francesa,mientras que los pases de rgimen jurdico anglosajn limitan
los derechos de autor a los derechos patrimoniales de la obra sin
importar la autora de la misma.
7. DERECHO COMPARADO
Es necesario precisar que en cuanto a los derechos derivados de la
creacin de obras existen diferencias sustanciales en las normas que
prevn su proteccin.
As las cosas en los pases cuya legislacin es de tendencia
francesa,mientras que los pases de rgimen jurdico anglosajn limitan
los derechos de autor a los derechos patrimoniales de la obra sin
importar la autora de la misma.
8. En donde se registrauna obra literaria o artstica?
Acudiendo a la Direccin Nacional de Derecho de Autor del Ministerio
del interior y diligenciando un formatodonde permita inscribir la
obraen el registro Nacional de Derecho de Autor.
Cul es el efecto del registro de una obra?
Es poderle brindar a los titulares el derecho de autor donde se le
vea protegida su obra, ofrecerle garanta y autenticidad de la
misma.
9. ALCANCE DEL REGISTRO DE LA OBRA
La proteccin de la obra creada por el autor, surge desde el momento
mismo de su nacimiento, el registro de la misma solo declara una
situacin de hecho preexistente.
En consecuencia el registro de la obra resulta relevante para
efectos probatorios mas no constituye el derecho mismo, es decir,
es declarativo y no constitutivo.
10. PROBLEMATICA
Por ltimo es del caso sealar que el monopolio patrimonial concedido
por la autora de una obra suscita el debate de la inclusin de otro
tipo de creaciones del intelecto que a la fecha son consideradas
como propiedad industrial cuyo monopolio econmico es mas
restringido en el tiempo.
Esta situacin se observa en el caso del software del cual se
pretende la proteccin a travs del derecho de autor y no de la
propiedad industrial, para conseguir la explotacin econmica durante
la vida del autor y ochenta aos mas.