14
Derecho de la Seguridad Social Lectura No.11 Actos impugnables del IMSS.

Derecho de la Seguridad Social - UNID€¦ · tipo de circunstancias es que la Ley del IMSS prevé, un apartado correspondiente a la queja, la cual tendrá la finalidad de conocer

  • Upload
    others

  • View
    7

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Derecho de la Seguridad

Social

Lectura No.11

Actos impugnables del IMSS.

Contextualización

Se consideran actos impugnables en materia del Instituto Mexicano del Seguro

Social, a todos aquellos actos emitidos por el Instituto, y que causen agravio al

asegurado y/o patrón y por ende sean susceptibles de recibir algún tipo de recurso

o impugnación en su contra.

Tales inconformidades podrán realizarse a través de diferentes maneras, como

puede ser a través de una queja administrativa, recurso administrativo, como el de

revocación y también el de inconformidad, si una vez interpuestos este tipo de

recursos continua siendo desfavorable la resolución, podremos entonces solicitar

la defensa de los tribunales federales, esto a través del Juicio de Nulidad, en caso

de que el afectado sea un patrón y demás sujetos obligados o ante la Junta

Federal de Conciliación y Arbitraje, por último, es importante señalar que ambos,

tanto trabajador (asegurado) como patrón, pueden recurrir también al Juicio de

Amparo.

¿Qué es un acto definitivo para fines de

impugnación?

Se consideran actos definitivos, a aquellos emitidos

por algún Órgano de la Administración Pública, en el

caso que nos ocupa la Autoridad Administrativa en

particular será el Instituto Mexicano del Seguro

Social, quien a su vez en su Ley del Seguro Social

(en el capítulo II ) sección segunda, refiere los

medios de defensa que tienen a su alcance los

patrones, asegurados o sus beneficiarios cuando

consideren que el acto emitido por esta Autoridad

representa un menoscabo o agravio en sus bienes o

persona y considere que están afectando sus

derechos.

Introducción

http://www.imagendeveracruz.com.mx/Noti

ciasprincipales/tabid/92/ID/8025/IMSS-

solo-atendera-urgencias-el-lunes.aspx

Llamaremos requisitos que deban satisfacer los actos definitivos del Instituto a cualquier acto

que emita el Instituto Mexicano del seguro Social, mismo que deberá sujetarse a lo señalado en

el artículo 3º de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los elementos y actos

administrativos deben satisfacer los siguientes requisitos:

Requisitos que deben satisfacer los

actos definitivos del Instituto

Ser expedidos por órganos competentes, a través de un servidor público.

Que el objeto, sea preciso en cuanto a circunstancias de tiempo, modo o lugar.

Cumplir con la finalidad del interés público.

Debe constar por escrito, con la firma autógrafa de quien lo expida, salvo que la ley expida otra manera de expedición.

Estar fundado y motivado.

Expedirse sujetándose a las disposiciones relativas al procedimiento administrativo, previstas en la ley.

Ser expedido sin que medie error sobre el objeto, causa o motivo, o fin del acto.

Ser expedido sin que medie dolo o violencia.

Contener el órgano de quien emana.

Ser expedido sin que medie error respecto a la referencia específica de identificación del expediente, documentos o nombre completo de las personas.

Ser expedido señalando lugar y fecha de emisión.

Tratándose de actos administrativos deban notificarse deberá hacerse mención de la oficina en que se encuentra y puede ser consultado el expediente respectivo.

Tratándose de actos administrativos recurribles deberá hacerse mención de los recursos que procedan.

Ser expedido decidiendo expresamente todos los puntos propuestos por las partes o establecidos por la ley.

En primer lugar definiremos qué es una cuota

obrero patronal: Se consideran cuotas obrero-

patronales a aquellas aportaciones consideras

mediante la suma total de dinero aportado por el

trabajador, el patrón y por el Gobierno Federal,

resultando del Salario Base de Cotización que

tenga un trabajador y los porcentajes que

establezca la Ley del Seguro Social.

El salario Base de cotización se conformará con

los pagos hechos en efectivo por cuota diaria,

gratificaciones, percepciones, alimentación,

habitación, primas, comisiones, prestaciones en

especie y cualquiera otra cantidad que se entregue

al trabajador por su trabajo.

Las liquidaciones de cuotas obrero

patronales como acto definitivo

http://www.cnnexpansion.com/economia/2013/04

/23/la-homologacion-de-cuotas-avanza

Se consideran capitales constitutivos a la

cantidad de dinero que deberán cubrir los

patrones al Instituto Mexicano de Seguro

Social por la prestación de servicios del

Instituto al trabajador tales como (servicio

médico, hospitalario, prestaciones, etc. ), en

los casos en que los trabajadores no estén

inscritos en el régimen obligatorio, o si lo

estuviesen, si tienen dados de alta con salarios

más inferiores a los que actualmente perciben,

los cuales perjudican a los derechos de los

asegurados a disfrutar plenamente de los

servicios, lo anterior por causas imputables al

patrón.

Los capitales constitutivos y su definitividad

http://www.ultra.com.mx/noticias/aguascalientes/Loc

al/79969-facilita-imss-pago-de-cuotas-obrero-

patronales.html

Como lo hemos señalado, entenderemos que los actos definitivos son aquellos

que ponen fin a un procedimiento y que dicho acto causa un agravio o

menoscabo en los derechos del patrón, del asegurado o beneficiario en su caso.

Es así como en materia de seguridad social se presentan otros tipos de actos

definitivos como lo son:

Otros actos definitivos del IMSS

Liquidaciones de cuotas obrero patronales.

Determinación y cobro de capitales constitutivos.

Clasificación y/o reclasificación de la empresa en el seguro de riesgos de trabajo.

Rectificación de la prima de riesgos de trabajo.

Negativa de devolución de cuotas obrero patronales.

Como es del conocimiento de todos, muchas veces al

acudir a recibir un servicio médico o a recibir una

prestación del Instituto Mexicano del Seguro Social,

nos queda un mal sabor de boca, tal vez porque el

servicio que recibimos no cumplió con nuestras

expectativas, o tal vez porque no fuimos tratados con

el respeto y cordialidad que esperábamos; ante este

tipo de circunstancias es que la Ley del IMSS prevé,

un apartado correspondiente a la queja, la cual

tendrá la finalidad de conocer las insatisfacciones por

actos u omisiones del personal que labora en la

Institución, siempre que estos no constituyan un acto

definitivo impugnable a través del recurso de

inconformidad.

La queja administrativa como índole médico

Su procedencia y tramitación

http://www.elobservadormexico.com/47384/en

-2012-lidera-imss-lista-de-quejas-ante-la-cndh

Al igual que muchos actos legales, estos prescriben y caducan por el transcurso

del tiempo, es por ello que los actos emitidos por el Instituto Mexicano del

Seguro Social no se encuentran exentos de prescripción, con base en la ley de

la materia, podemos observar el capítulo III referente a la caducidad y

prescripción, y es ahí donde nos presenta diferentes causas que dan origen a

esta, tal como lo demuestran los siguientes supuestos:

1.- La facultad que tiene el Instituto Mexicano del Seguro Social de fijar en

cantidad liquida créditos a su favor, se extingue en el término de 5 años,

contados a partir de la fecha de presentación para el patrón o por cualquier

otro sujeto obligado, del aviso o liquidación o de aquella en que el propio

Instituto tenga conocimiento de hecho generador de la obligación. Así mismo

la caducidad sólo se suspenderá cuando se interponga el recurso de

inconformidad o juicio.

De los procedimientos de caducidad y

prescripción

2.- La obligación de enterar cuotas y los capitales constitutivos, prescribirán a

los 5 años de su exigibilidad. La prescripción se regirá en cuanto a su

consumación e interrupción por las disposiciones del Código Fiscal de la

Federación.

3.- El Derecho de los asegurados o beneficiarios para reclamar el pago de las

prestaciones en dinero, respecto a los seguros de riesgos de trabajo,

enfermedades y/o maternidad, invalidez y vida , guarderías y/o prestaciones

sociales, prescriben en 1 año de conformidad a las reglas siguientes:

De los procedimientos de caducidad y

prescripción

Cualquier mensualidad de una pensión, asignación familiar, ayuda asistencial o aguinaldo.

Los subsidios por incapacidad para el trabajo por enfermedad no profesional y maternidad.

Ayuda para gastos de funeral.

Finiquitos.

4 .- Los subsidios por incapacidad para trabajar

derivada de un riesgo de trabajo, prescribe en

dos años a partir del día en que se hubiere

generado el derecho a su percepción.

Así mismo nos refiere la ley que se consideran

inextinguibles los derechos al otorgamiento de

pensiones, ayuda asistencial o asignación

familiar siempre que el asegurado de

cumplimiento a cada uno de los requisitos

exigidos por ley a gozar en las prestaciones

correspondientes

De los procedimientos de caducidad y

prescripción

http://elconta.com/2011/06/21/imss-subsidios-

por-incapacidad-riesgo-de-trabajo-enfermedad-

general-y-maternidad/

Como habrás notado, esta sesión ha sido muy ilustrativa respecto a

situaciones que nos enfrentamos con frecuencia pero que a veces no

sabemos cómo manejar apegándonos a derecho. Por ejemplo para

interponer una queja por la atención recibida en el IMSS o las sanciones a

las que se hace acreedor el Instituto por incumplimiento u omisión de sus

obligaciones. Tener conocimiento de estos procesos nos acerca a una

mejor ciudadanía pues al tener alguna inconformidad sabremos cómo

actuar para darle continuidad y procurar que los procesos mejoren dentro

de la Institución.

Conclusión

Bibliografía

• Cámara de Diputados (2012). Ley del Seguro Social, Diario Oficial de la Federación,

obtenido de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/92.pdf

• Comisión Nacional de Arbitraje Médico

http://www.conamed.gob.mx/servicios/quejasmail.php

• IMSS. (2013). Instituto Mexicano del Seguro Social . Recuperado el 30 de marzo de

2013, de http://www.imss.gob.mx/tramites/catalogo/Pages/imss_04_001_2.aspx

• Reglamento del recurso de inconformidad. México

http://www.invi.df.gob.mx/portal/transparencia/pdf/LEYES/Reglamento_del_Re

curso_de_Inconformidad_Ley%20del%20Imss.pdf