7
DÍA 10/04/15 DERECHO OBLIGACIONES CAPÍTULO 1: INTRODUCIÓN (PROPEDEÚTICA DEL ESTUDIO DE LS OBLIGACIONES) 1) IMPORTANCIA DEL ESTUDIO DE LAS OBLIGACIONES: Salador Vásquez Olivera: ´´El derecho de obligaciones es la parte más importante del derecho civil, tanto así sabemos obligaciones, ya somos abogados.´´ (esto no se puede decir porque tenemos que conocer diferentes ámbitos del Derecho). El profesor de Salvador Vásquez Olivera era Valentín Linares. Mario Castillo Fredy: ´´El derecho de obligaciones es la parte más importante del derecho civil, porque todo el Derecho Civil está impregnado de Obligaciones.´´ (esto es absolutamente falso, pues se confunde la obligación en sentido estricto/es una relación jurídica de naturaleza patrimonial - regulada en el libro VI del Código Civil/, con la obligación en sentido lato/es sinónimo del deber jurídico/). Joseraph: ´´ El derecho de obligaciones es la parte más importante del derecho y no solo de este sino de las ciencias sociales, pues el armazón de estas´´- esto es escrito en 1950 (esto está equivocado). 2) ANTECEDENTES LEGISLATIVOS: 14 DE Noviembre de 1984 nuestro Código Civil actual. Trabajo hecho por la Comisión Reformadora, quien elaboró dos trabajos el anteproyecto y un proyecto, que datan de los años 79 al 81 y el año 84, entra la Comisión Revisor da a conocer su proyecto este es el que se toma como bse, para que el PE promulgara nuestro actual Código el cual no se dio por Ley sino por Decreto Legslativo (disposiciones legales con rango de ley dado por el PE). El Código Procesal Civil por DL. Lucrecia Osterling Parodie libro de Obligaciones. Código Civil de 1936, más influyente, porque era copiarlo. Diferencias con el nuevo. - Se ultilizba mucho el vocablo cosa, ahora se usa del bien uestro Actual Código Posee 10 libros - Tenía 5 libros:

Derecho de Obligciones

Embed Size (px)

DESCRIPTION

pequeños apuntes

Citation preview

DA 10/04/15 DERECHO OBLIGACIONESCAPTULO 1: INTRODUCIN (PROPEDETICA DEL ESTUDIO DE LS OBLIGACIONES)1) IMPORTANCIA DEL ESTUDIO DE LAS OBLIGACIONES:Salador Vsquez Olivera: El derecho de obligaciones es la parte ms importante del derecho civil, tanto as sabemos obligaciones, ya somos abogados. (esto no se puede decir porque tenemos que conocer diferentes mbitos del Derecho). El profesor de Salvador Vsquez Olivera era Valentn Linares.Mario Castillo Fredy: El derecho de obligaciones es la parte ms importante del derecho civil, porque todo el Derecho Civil est impregnado de Obligaciones. (esto es absolutamente falso, pues se confunde la obligacin en sentido estricto/es una relacin jurdica de naturaleza patrimonial - regulada en el libro VI del Cdigo Civil/, con la obligacin en sentido lato/es sinnimo del deber jurdico/). Joseraph: El derecho de obligaciones es la parte ms importante del derecho y no solo de este sino de las ciencias sociales, pues el armazn de estas- esto es escrito en 1950 (esto est equivocado).2) ANTECEDENTES LEGISLATIVOS:14 DE Noviembre de 1984 nuestro Cdigo Civil actual.Trabajo hecho por la Comisin Reformadora, quien elabor dos trabajos el anteproyecto y un proyecto, que datan de los aos 79 al 81 y el ao 84, entra la Comisin Revisor da a conocer su proyecto este es el que se toma como bse, para que el PE promulgara nuestro actual Cdigo el cual no se dio por Ley sino por Decreto Legslativo (disposiciones legales con rango de ley dado por el PE). El Cdigo Procesal Civil por DL.Lucrecia Osterling Parodie libro de Obligaciones.Cdigo Civil de 1936, ms influyente, porque era copiarlo.Diferencias con el nuevo. Se ultilizba mucho el vocablo cosa, ahora se usa del bien uestro Actual Cdigo Posee 10 libros Tena 5 libros: Personas. Familia. Sucesiones. Reales. Obligaciones. En cuanto a la prescripcin y caducidad, era muy dispersas.El Cdigo de 1852 no influy mucho.

3) UBICACIN DE LAS OBLIGACIONES EN EL SISTEMA DE LOS DERECHOS:

Acto Jurdico (FIGURA ABSTRACTA)Creacin de Relaciones Jurdicas (FIGURA ABSTRACTA, sujeto activo derecho subjetivo, sujeto pasivo deber jurdico).

4) RELACIN DEL DERECHO DE OBLIGACIONES CON OTROS MBITOS DEL DERECHO CIVIL:

PRESCRIPCIN: Si el acreedor no reclama durante los 10 aos esta prescribe.VARIOS ACREEDORES: El que est en registros. DERECHO DE OBLIGACIONES EN EL DERECHO DE FAMILIA: Deber de asistencia (no solo es alimentos, no es estrictamente patrimonial, la parte patrimonial de esta es la que se relaciona con la Obligacin). DERECHO DE LAS PERSONAS: Donacin de rganos:Mientras no se ponga en peligro la integridad fsica del donador.Tiene que ser por razones altruistas. Tema indemnizatorio, en usurpacin de nombre, se daa al dueo del nombre, se le indemniza (obligacin). DERECHOSUCESORIO: Regula la transmisin de bienes Derechos y obligaciones segn el Cdigo Mortis Causa. La deuda dejada por el difunto es tomada por los sucesores (CC art. 60: desde el fallecimiento de una persona sus bienes derechos y obligaciones, se transmiten a sus sucesores. (lo que debi decir que sus deberes jurdicos: Obligacin en sentido lato). Art.662. La solidaridad no se transmite por herencia. CON EL ACTO JURDICO El acto jurdico es el creador de varias relaciones jurdicas. ENTRE LA OBLIGACIN Y EL CONTRATOEl contrato con respecto a la obligacin es su causa eficiente, su causa generadora de obligaciones, no solamente el contrato le da nacimiento a las obligaciones; pero es su fuente ms importante.El Cdigo ha sido diseado en materia de obligaciones pensndose en el contrato y no tanto en otros acontecimientos.Cdigo 1952 defina el contrato: El contrato es el convenio entre dos pates para que una de ellas de, haga o no haga algo. (comienza dando un concepto de contrato y lo termina con el concepto de obligacin)La Obligacin nunca se resuelve.Cdigo Civil actual dice que es nula, pero nunca la Obligacin puede ser nula, lo que puede suceder, es que si se declara la nulidad de un acto jurdico la obligacin recae.

5) DERECHO DE OBLIGACIONES:Es el conjunto de normas jurdicas que regulan el fenmeno obligatorio desde su nacimiento hasta su extincin pasando por muchas vicisitudes.6) ALGUNAS MODIFICACION CO ELL CDIGO DEL 36 INTERESES: Ahora estn ms ordenados. PAGO DE LAS OBLIGACIOENS: Ms ordenado

CONCEPTO Y NATURALEZA JURDICA DE LAS OBLIGACIONES1) ETIMOLOGA:La palabra obligacin deriva de la palabra latn OBLIGATIO que a su ve se deriva de dos vocablos: OB: Alrededor de, junto a. LIGARE: Ligar, atar, amarrar.Rudolph Jhon Ihering: jurista alemn cuyo libro ms importante es El espritu del Derecho Romano.EJM:S un deudor no le pagaba al acreedor, ataba al deudor y lo expona publicaba.En el Derecho Romano el deudor pagaba con su persona, en cambio ahora con su patrimonio (ao 326 a.c con la lex Poetelia Papiria)2) CONCEPTO:En doctrina es un vnculo jurdico entre acreedor y deudor, donde el deudor se obliga a hacer, no hacer o dar.El acreedor no quiere la conducta del deudor, le interesan los resultados.La obligacin es un relacin o vnculo jurdico en la cual no o ms sujetos llamados deudores se compromete a realizar una prestacin a favor de otro sujeto llamado acreedor con la finalidad de que este obtenga un resultado.El profesor cree que el objeto de la obligacin no es la prestacin, l piensa que solo es un medio, el objeto es el resultado (bienes, utilidades).

3) DESDOBLAMIENTO DEL CONCEPTO: RELACIN JURDICA:Acreedor y deudor estn legalmente vinculados, y que no necesariamente es voluntaria, ser voluntaria si nace del contrato (situacin de cooperacin).Diferencia entre derecho Real y Obligaciones, en obligaciones los sujetos cooperan.El hombre que atropella a otro solidario PRESTACIN:*Dar.* Hacer.* No hacerEs conducta, actividad, no se puede conceptuar una obligacin sin que tenga una prestacin RESULTADO: Bienes. Utilidades.El acreedor busca esto, al alcanzarse esto, la obligacin se extingue.4) NATURALEZA JURDICA DE LA OBLIGACIN:Es una relacin jurdica patrimonial.5) DESDOBLAMIENTO DEL DBITO:Lado pasivo de la obligacin. Deuda. Responsabilidad.

1) OBLIGACIONES DE DAR:Pasa casi desapercibida la prestacin lo que se pone de relieve es el bien. Son aquella en las que el deudor se compromete darle al acreedor un bien, normalmente para que este constituya un Derecho Real.ACREEDOR----------------------------------------------------------------------------------------------> DEUDOR

DA un bien (carro, casa)

2) CLASIFICACIN DE LOS DEBERES: DEBER PRIMARIO DE ACTUACIN:La entrega del bien debido.

DEBER SECUNDARIO DE ACTUACIN:Los sujetos de la obligacin cuando esta viene del contrato solo se habla del deber anterior pues los deberes secundarios nacen de la ley.

DEBER DE INFORMAR:El deudor debe informar sobre el estado del bien antes de la entrega, cuando el acreedor as se lo solicite.

DEBER DE CONSERVACIN:El deudor debe conservar los bienes hasta la entrega.

DEBER DE ENTREGAR LOS ACCESORIOS:

TTULO DE LA OBLIGACIN:Lo usamos como sinnimo de documento pero no lo es, en realidad es sinnimo de ACTO.

3) CLASIFICACIN DE LAS OBLIGACIONES DE DAR: OBLIGACIONES DE DAR BIENES CIERTOS:No confundir con los bienes fungibles (fungible se puede reemplazar , no fungible no se puede reemplazar).

CONCEPTO:Es aquella en la que el deudor se compromete a entregar al acreedor un bien determinado, especfico CONCURRENCIA DE ACREEDORES:Cuando varios acreedores le reclaman el bien al deudor.

Bienes muebles.Documentos de fecha cierta ( el documento fue hecho en la fecha que dice)Bienes inmuebles.

OBLIGACIONES DE DAR BIENES INCIERTOS:

TEORA DEL RIESGO