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EL TRABAJO ETIMOLOGICAMENTE la palabra trabajo proviene de la voz latina trabs – trabis que significa traba, obstáculo, dificultad. • En consecuencia el trabajo seria la lucha del hombre contra las dificultades para satisfacer sus necesidades. • En la antigüedad el trabajo era un instrumento de tortura compuesto de tres piezas: Ella se derivo posteriormente el verbo TRIPALIARE (penuria, tortura o pena) que significaba trabajar y sufrir.

Derecho Del Trabajo I - Parte II

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Derecho Del Trabajo

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EL TRABAJO

• ETIMOLOGICAMENTE la palabra trabajo proviene de la voz latina trabs – trabis que significa traba, obstáculo, dificultad.

• En consecuencia el trabajo seria la lucha del hombre contra las dificultades para satisfacer sus necesidades.

• En la antigüedad el trabajo era un instrumento de tortura compuesto de tres piezas: Ella se derivo posteriormente el verbo TRIPALIARE (penuria, tortura o pena) que significaba trabajar y sufrir.

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EL TRABAJO

• El trabajo históricamente ha sido considerado como un castigo o una maldición divina, así tenemos que la SANTA BIBLIA en el Libro del Génesis 3, 19, señala que Dios impuso castigo a Adán el que tuviera que trabajar para comer, al respecto, nos dice lo siguiente: Mediante el sudor de tu rostro comerás el pan, hasta que vuelvas a confundirte con la tierra de que fuiste formado; puesto que de polvo eres y a ser polvo, tornaras.

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EL TRABAJO

• La REAL ACADEMIA señala que el trabajo: ES EL ESFUERZO HUMANO APLICADO A LA PRODUCCION DE RIQUEZA.

• Es decir el trabajo va ligado a la idea de transformación del medio y generación de riqueza.

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DEFINICION DE DERECHO DEL TRABAJO

DEFINICION ACADEMICA:a. El Derecho es un conjunto de normas jurídicas

que regulan la vida del hombre en sociedad.b. El trabajo es una actividad productiva prestada

por cuenta ajena en forma personal, subordinada, a cambio de un ingreso económico.

c. La protección de los derechos del trabajador, debe ser la finalidad de las normas jurídicas laborales.

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DEFINICION DE DERECHO DEL TRABAJO

En conclusión el DERECHO DEL TRABAJO es el conjunto de normas jurídicas que con la finalidad de proteger los derechos del trabajador, regulan la prestación del trabajo humano productivo, efectuado por cuenta ajena en forma dependiente, subordinada y remunerada.

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DENOMINACION DEL DERECHO DEL TRABAJO

• El Derecho del Trabajo desde su nacimiento recibió diversas denominaciones, como por ejemplo: legislación obrera, legislación social, legislación industrial y obrera, Derecho del Trabajo y Derecho Laboral.

• De todas las denominaciones, son las expresiones Derecho del Trabajo y Derecho Laboral las que mejor reflejan su contenido y autonomía por lo que la doctrina las acepta mayoritariamente como sinónimos perfectos.

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NATURALEZA JURIDICA DEL DERECHO DEL TRABAJO

• Consideramos que el Derecho del Trabajo es un DERECHO MIXTO, pues toma del DERECHO PUBLICO el intervencionismo estatal para evitar excesos del empleador; pero además participa el DERECHO PRIVADO, pues la relación laboral nace de la decisión de las partes que deciden vincularse mediante un contrato de trabajo.

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DIVISION DEL DERECHO DEL TRABAJO

• Derecho del trabajo individual: Regula las relaciones derivadas del contrato individual de trabajo.

• Derecho del trabajo colectivo: Regula las relaciones jurídicas derivadas de la sindicación, negociación colectiva y huelga.

• Derecho Procesal laboral: Regula la solución de los conflictos de trabajo individuales o colectivos.

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RELACION DEL DERECHO DEL TRABAJO CON OTRAS RAMAS -

FUENTES DEL DERECHO DEL DERECHO DEL TRABAJO

HACER TRABAJO PROXIMA CLASEEXPOSICION

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PRINCIPIOS DEL DERECHO DEL TRABAJO

Los principios del Derecho del Trabajo cumplen una triple misión:

a. INFORMATIVA: sirven de fuente de inspiración al legislador al momento de elaborar las normas jurídicas en materia de trabajo.

b. NORMATIVA: Cumplen un papel de fuente supletoria ante los vacios o deficiencias de la legislación.

c. INTERPRETATIVA: actúan como un criterio orientador para quien pretenda interpretar las normas laborales.

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ENUMERACION DE LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO DEL TRABAJO

Según el maestro AMERICO PLA RODRIGUEZ los principios del derecho del trabajo son:

• Principio protector.• Principio de irrenunciabilidad.• Principio de continuidad.• Principio primacía de la realidad.• Principio de razonabilidad.• Principio de buena fe.• Principio de Igualdad.• Principio de no discriminación.

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PRINCIPIO PROTECTOR

• Dentro de la relación laboral el trabajador es la parte mas débil por lo que es necesario que la ley acuda a su amparo.

• Por ello es que la Constitución en su articulo 23 recoge este Principio cuando señala que el trabajo es objeto de atención prioritaria del Estado, brindándole protección a la madre, menor de edad y al impedido que trabajan.

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PRINCIPIO DE IRRENUNCIABLIDAD

• Este principio busca evitar que el trabajador urgido por la necesidad de conseguir o continuar con un empleo acepte la imposición por parte del empleador determinadas condiciones lesivas a sus derechos laborales, haciendo ilusoria la protección que la legislación laboral le concede.

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PRINCIPIO DE CONTINUIDAD

• Busca la conservación del vinculo laboral en beneficio del trabajador hasta que surja una causal prevista en la ley que origine su extinción.

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PRINCIPIO PRIMACIA DE LA REALIDAD• De presentarse discrepancias entre lo que ocurre

en los hechos y lo consignado en documentos, debe preferirse lo primero (los hechos).

• Una consecuencia necesaria de la aplicación del Principio de Primacía de la Realidad, es la presunción de existencia de una relación laboral, la misma que ha sido recogida en el primer párrafo del articulo 4 de la LPCL, cuando establece que en toda prestación personal de servicios remunerados y subordinado, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado.

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PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD

• El principio de razonabilidad consiste en la afirmación esencial de que el ser humano en sus relaciones laborales, procede y debe proceder conforme a la razón.

• El principio de razonabilidad constituye un limite frente a actitudes arbitrarias durante el desarrollo de la relación laboral.

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PRINCIPIO DE BUENA FE

• Las partes de la relación laboral, entiéndase trabajador y empleador, deberán de actuar de una manera leal, respetando determinados valores como la honradez, la lealtad, la confidencialidad, es decir, respetando la buena fe uno del otro.

• El articulo 1362 del Código Civil establece que los contratos deben negociarse, celebrarse y ejecutarse según las reglas de la buena fe y común intención de las partes.

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PRINCIPIO DE IGUALDAD

• No puede darse un trato desigual entre trabajadores que se encuentren en idénticas condiciones laborales, por razones de sexo, religión, raza, nacionalidad, edad, estado civil o por cualquier otro motivo de carácter reprochable.

• El articulo 2 inciso 2 de la Constitución reconoce el derecho de toda persona ”A la igualdad ante la ley”, asimismo el articulo 26 inciso 1, igualdad de oportunidades sin discriminación.

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PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACION• Busca la supresión de las diferencias que

ubican a un trabajador por debajo o en una situación menos favorables que el resto de trabajadores, sin mediar motivo que justifique dicho proceder.

• En nuestra normatividad la discriminación ha sido prohibida en diversas norma, entre las que cabe mencionar. se considera acto de hostilidad la discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma - ART. 30 inciso f de la LPCL