10

DERECHO MERCANTIL

Embed Size (px)

DESCRIPTION

conceptos del derecho mercantil

Citation preview

Presentacin de PowerPoint

1.1 Concepto y clases de comerciantes. Francisco del Jess Isidoro Romero.

- 1.2 Obligaciones de los comerciantes.Abigail Anglica Prieto Salazar

Comerciante es la persona que negocia con los bienes que los demandantes requieren, siempre que este sujeto de las leyes mercantiles, que interviene dentro del mercado, como productor, distribuidor e intermediario de mercancas y servicios. Concepto:

Los sujetos del Derecho Mercantil, son los comerciantes individuales o fsicos y los colectivos, como las sociedades nacionales y las extranjeras.

Los corredores pblicos (artculo 12 Cdigo de Comercio) Quebrados no rehabilitados (artculo 12 Cdigo de Comercio)

Menores de edad

Incapacitados legalmente para ejercer el comercio, por la Ley Civil

Mexicanos sin permisos o licencia para ejercer el comercio.

Los extranjeros sin permiso del gobierno mexicano para realizar actos de comercio. El artculo 5 del Cdigo de Comercio, dice: Toda persona que segn las leyes comunes es hbil para contratar y obligarse, y a quien las mismas leyes no prohben expresamente la profesin del comercio, tiene capacidad legal para ejercerlo. Estn impedidos de efectuar actos de comercio por disposicin de la ley: Conclusin:

El artculo 3 del Cdigo de Comercio dice: Se reputan en derecho comerciantes: Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de l su ocupacin ordinaria.

Por lo tanto el comerciante es la persona fsica o individual con capacidad legal, para ejercer el comercio, hace de l su ocupacin ordinaria o profesional permanentemente.

Las sociedades o comerciantes colectivos o tambin llamados sociales, por autoridad de la ley ejercen el comercio lcito. Estas sociedades pueden ser nacionales y extranjeras.

OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTESCDIGO DE COMERCIOTITULO SEGUNDOART. 16Todos los comerciantes, por el hecho de serlo, estn obligados: A la conservacin de la correspondencia que tenga relacin con el giro del comerciante.A mantener un sistema de Contabilidad conforme al artculo 33. A la inscripcin en el Registro pblico de comercio, de los documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios

DE LAS OBLIGACIONES COMUNES A TODOS LOS QUE PROFESAN EL COMERCIO

OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTESFRACC. IIPARA QU INSCRIBIRSE?El motivo principal sera para tener un respaldo de los comercios registrados y con la finalidad de que los terceros tengan conocimiento de la situacin y organigrama de la empresa.ALGUNOS DATOS QUE DEBERAN CONTENER LOS REGISTROSP.F.P.M.Generales. (nombre, domicilio, nacionalidad)Datos del negocio.Administradores, factores o dependientes.Rgimen matrimonial. (Si aplica.)Acta Constitutiva.Cuando aumente el capital.Actos de asamblea importantes. (Cambio de accionista, incremento de capital, nuevas aportaciones, etc)Poderes Generales.Emisin de acciones.

OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTESFRACC. IIILLEVAR UN SISTEMA DE CONTABILIDAD (ART. 37) deber se en espaol, de lo contrario se multar con un mnimo de $25,000.00 y no rebase del 5% de su capital.Se asignar un perito reconocido para su traduccin.FRACC. IVCONSERVAR CORRESPONDENCIALos comerciantes estn obligados a conservar toda aquella correspondencia que est relacionada con el giro de su comercio. Por ejemplo. Policitacin, Telegramas, Notificaciones, etc.Artculo 49.- Los comerciantes estn obligados a conservar por un plazo mnimo de diez aos los originales de aquellas cartas, telegramas, mensajes de datos o cualesquiera otros documentos en que se consignen contratos, convenios o compromisos que den nacimiento a derechos y obligaciones.