Derecho Procesal Civil (Apuntes)

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    1/51

    ContenidoI UNIDAD............................................................................................................7

    DENOMINACIN.-............................................................................................ 7

    -Expediente:.................................................................................................7

    -Pleito:..........................................................................................................7

    -Litis:............................................................................................................7-Controversia...............................................................................................7

    -Causa:.........................................................................................................7

    -ui!io:..........................................................................................................7

    -Inter"s:........................................................................................................7

    CLA#E# DE IN$E%E#E#:...................................................................................7

    IN$E% INMEDIA$O.-...................................................................................7

    IN$E% MEDIA$O.-......................................................................................7

    IN$E% INDI'IDUAL.-..................................................................................7IN$E% COLEC$I'O.-..................................................................................7

    MEDIO# DE #OLUCIN DE LO# CON(LIC$O# DE IN$E%E#E#:..........................7

    A. AU$O$ELA:.............................................................................................7

    ). AU$ODE(EN#A:......................................................................................*

    AU+ILIA%E# DE LA U%I#DICCIN CI'IL. ,Art. / C.P.C...................................*

    AU+ILA%E# DEL %0ANO UDICIAL ,Art./ C.P.C...........................................*

    AC$O# P%OCE#ALE#:......................................................................................1

    CLA#E# DE AC$O# P%OCE#ALE#:....................................................................1A. AC$O# U%I#DICCIONALE#.....................................................................1

    ). AC$O# COE%CI$I'O#.............................................................................1

    C. AC$O# DI#CIPLINA%IO#..........................................................................1

    AC$O# P%OCE#ALE# DE LA# PA%$E#:.............................................................1

    A. AC$O# DE PE$ICIN:..............................................................................1

    ). AC$O# DE CON(I%MACIN:....................................................................1

    C. AC$O# DE P%UE)A:................................................................................1

    D. AC$O# DI#PO#I$I'O#:............................................................................1ACCIN:.......................................................................................................... 1

    MODE%NA:.......................................................................................................1

    ELEMEN$O#:....................................................................................................1

    #u2eto a!tivo o a!tor: De3andante.-............................................................1

    (ines.-..........................................................................................................1

    4ni!a.-.......................................................................................................... 1

    #u2eto pasivo:............................................................................................56

    ACUMULACIN P%E#EN$ACIONE# O%I0INA%IA..............................................56IN#$I$UCIONE# E+ONE%ADA# DE PA0O DE CO#$A# CO#$O# DEL P%OCE#O:...................................................................................................................... 56

    E+ONE%ADO# DE PA0O# DEL P%OCE#O:......................................................56

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    2/51

    ELEMEN$O# DEL CON$%A$O UDICIAL...........................................................56

    a/ PODE%DAN$E.......................................................................................56

    8/ APODE%ADO........................................................................................56

    !/ LA P%E#$ACIN....................................................................................56

    CA%AC$E%E# DEL MANDAN$E ,PODE% DAN$E/.............................................56

    a/ Consensual:.........................................................................................56

    8/ Oneroso:..............................................................................................56

    !/ Con3utativo:.......................................................................................56

    d/ (inalista............................................................................................... 55

    e/ %epresentativo.....................................................................................55

    O)LI0ACIN DEL PODE% DAN$E...................................................................55

    O)LI0ACIONE# DEL APODE%ADO..................................................................55

    P%UE)A AN$ICIPADA:.................................................................................... 55

    DILI0ENCIA# 9UE #E PUEDE PLAN$EA% COMO P%UE)A AN$ICIPADA:...........55

    A%$ICULACIONE# DE LA P%OCEDENCIA DE LA P%UE)A AN$ICIPADA:...... .....55

    #E $%AMI$A................................................................................................... 55

    IN$E%'ENCIN DEL MINI#$E%IO P4)LICO.....................................................5

    5. COMO PA%$E........................................................................................5

    . COMO ;E%O CON IN$E%..................................................................5

    ;. COMO DIC$AMINADO%.........................................................................5

    PA%$E............................................................................................................ 5

    a/ PA%$E MA$E%IAL..................................................................................5

    8/ PA%$E P%OCE#AL.................................................................................5;

    CLA#E# DE PA%$E..........................................................................................5;

    U%I#DICCIN................................................................................................5;

    IMPO%$ANCIA DE LA U%I#DICCIN............................................................5;

    ELEMEN$O#............................................................................................... 5;

    LO# PODE%E# DE LA U%I#DICCIN...........................................................5;

    a/ NO$IO.................................................................................................. 5;

    8/ 'OCA$IO.............................................................................................. 5;

    !/ COE%$IO..............................................................................................5;

    d/ UDICIUM..............................................................................................5;

    e/ EECU$IO..............................................................................................5;

    CLA#I(ICACIN U%I#DICCIONAL:..................................................................5;

    5. U%I#DICCIN CON$ENCIO#A...............................................................5;

    . U%I#DICCIN NO CON$ENCIO#A.........................................................5

    %E9UI#I$O#...................................................................................................5

    LA COMPE$ENCIA..........................................................................................5

    CA%AC$E%E#.............................................................................................. 5

    CLA#I(ICACIN...........................................................................................5

    DE$E%MINA% LA COMPE$ENCIA.................................................................5

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    3/51

    PO% MA$E%IA:............................................................................................5

    PO% CUAN$O P%OCE#AL CI'IL............................................................................5=

    5. CONCEP$O:..........................................................................................5=

    . NA$U%ALE?A U%O P%OCE#AL CI'IL.....................................5=

    . %ELACIN DE%EC>O P%OCE#AL UDICIAL O$%A# %AMA#.................57

    . DI%ECCIN DEL P%OCE#O...................................................................57

    =. #I#$EMA# DEL DE%EC>O P%OCE#AL UDICIAL.....................................57

    7. (INALIDAD DEL DE%EC>O P%OCE#AL UDICIAL..................................57

    *. LA CONDUC$A DEL DE%EC>O P%OCE#AL UDICIAL..............................57

    (UEN$E# (O%MALE# DEL P%OCE#O CI'IL.....................................................5*

    A. (uentes Indire!tas................................................................................5*

    ). (uentes Dire!tas.................................................................................. 5*

    (UEN$E# DEL DE%EC>O P%OCE#AL #E04N >U0O ALCINO...........................5*

    (A#E# DEL DE%EC>O P%OCE#AL UDICIAL....................................................5*

    C. $%ADICIONAL.......................................................................................5*

    (A#E# DEL DE%EC>O P%OCE#AL UDICIAL #E04N ?A'ALE$A CO%%UI$E%O. 51

    5. PO#$ULACIN......................................................................................51

    . #ANEAMIEN$O P%OCE#AL.-.................................................................51

    ;. P%O'OCA% A LA CONCILIACIN.-.........................................................51

    . E$APA DE LA AUDIENCIA DE P%ECI#IN DE PUN$O#CON$%A'E%$IDO#......................................................................................51

    . LA AUDIENCIA DE P%UE)A# O U?0AMIEN$O AN$ICIPADO CONCLU#IN

    DEL P%OCE#O %ECU%#O# IMPU0NA$O%IO# EECUCIN.........................51P%E$EN#IN..................................................................................................51

    5. P%E$EN#IN MA$E%IAL........................................................................51

    . P%E$EN#IN P%OCE#AL.......................................................................51

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    4/51

    ;. P%E$EN#IN CON#$I$U$I'A................................................................51

    . P%E$EN#IN DE CONDENA..................................................................51

    . P%E$EN#IN EECU$I'A.......................................................................6

    =. P%E$EN#IN CAU$ELA%.......................................................................6

    NA$U%ALE?A U%

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    5/51

    PLA?O:....................................................................................................... ;

    #EN$ENCIA:...................................................................................................;

    CONCEP$O:................................................................................................;

    (O%MALIDADE# LE0ALE#:..........................................................................;

    PA%$E# DE LA #EN$ENCIA:............................................................................;

    (O%MALIDAD IN$%IN#ECA:.........................................................................;

    CLA#E# DE #EN$ENCIA:................................................................................

    a/ DE#DE EL PUN$O DE 'I#$A DEL %E#UL$ADO.......................................

    5. -#. Esti3atoria:....................................................................................

    . -#. Desesti3atoria:..............................................................................

    8/ PO% #U (INALIDAD:..............................................................................

    . -#. Constitutiva:...................................................................................

    ;. -#. De Condena:...................................................................................

    . -#. Deter3inativas:..............................................................................

    !/ PO% #U (UNCION EN EL P%OCE#O:......................................................

    5. -#. Interlo!utorias:...............................................................................

    E(EC$O# DE LA #EN$ENCIA:.........................................................................

    EN UN P%OCE#O CIEN$I(ICO DE IN'E#$I0ACION U%IDICA #OCIALPE%MI$E LA E#$%UC$U%A #IM)OLI?ADA DE LA #EN$ENCIA......................

    MEDIO# IMPU0NA$O%IO#:.............................................................................

    (O%MA# DE APELACIN.............................................................................

    CLA#E# DE MEDIO# IMPU0NA$O%IO#:..........................................................

    5. -LO# %EMEDIO#:................................................................................... -LO# %ECU%#O#:..................................................................................

    CA%AC$E%I#$ICA# DE LO# MEDIO# IMPU0NA$O%IO#:..................................

    CO#A U?0ADA:............................................................................................

    APELACION....................................................................................................

    (O%MA# DE APELACION:............................................................................

    -Apela!iBn !on ee!to suspensivo:.............................................................

    -Apela!iBn sin ee!to suspensivo:..............................................................=

    -Apela!iBn dierida:....................................................................................=ACLA%ACION DE %E#OLUCIONE# UDICIALE# EN NUE#$%O O%DEN#AMIEN$O

    U%IDICO:...................................................................................................... =

    CO%%ECCION DE LA# %E#OLUCIONE# UDICIALE#:.......................................=

    CON#UL$A DE LA# %E#OLUCIONE# UDICIALE#:............................................=

    $%AMI$E DE LA CON#UL$A DE LA# %E#OLUCIONE# UDICIALE#:...................7

    $%AMI$E EN #E0UNDA IN#$ANCIA................................................................7

    CON$%A 9UE %E#LOCIONE# PODEMO# PLAN$EA% EL %ECU%#O DECA#ACION....................................................................................................7

    %ECU%#O DE CA#ACION................................................................................7

    E'OLUCION >I#$O%ICA DEL %ECU%#O DE CA#ACION...................................7

    CA%AC$E%I#$ICA# PA%A PLAN$EA% EL %ECU%#O DE CA#ACION..................*

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    6/51

    %E9UI#I$O# DEL %ECU%#O DE CA#ACION:...................................................*

    -%E9UI#I$O# (O%MALE#:.............................................................................. *

    5. PLA?O:.................................................................................................*

    . P%OCEDENCIA:.....................................................................................*

    ;. O%0ANO %ECEP$O%:...........................................................................*

    . DO)LE (I#CALI?ACION:........................................................................*

    -%E9UI#I$O# DE (ONDO:...............................................................................*

    5. CON#EN$IMIEN$O:...............................................................................*

    . (UNDAMEN$ACION:..............................................................................*

    ;. (INE# DE LA CA#ACION:......................................................................*

    . E(EC$O# DEL %ECU%#O DE CA#ACION:...............................................*

    E+CEPCIONE#................................................................................................1

    CA%AC$E%I#$ICA# DE LA E+CEPCION:...........................................................1

    CLA#E# DE E+CEPCIONE#:............................................................................1

    $%AMI$E DE LA# E+CEPCIONE#:....................................................................1

    OPO%$UNIDAD PA%A PLAN$EA%:................................................................1

    (INALIDAD:.................................................................................................1

    E+CEPCIONE# DEL CODI0O CI'IL:.................................................................1

    DE(EN#A# P%E'IA#:......................................................................................1

    CLA#E# DE DE(EN#A# P%E'IA#:................................................................6

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    7/51

    DERECHO PROCESAL CIVIL I (Proceso deConocimiento)

    I UNIDAD

    DENOMINACIN.-

    -Expediente:$odos los a!tosF do!u3entos oliados.

    -Pleito:es la lu!Ga de o 3Hs su2etos ue no sola3ente se va a dar en unadis!usiBn 2urJdi!a sino ta38i"n extrapro!eso.

    -Litis:Es el !onKi!to intersu82etivo de interesesF !ali!ado por la pretensiBnde uno de los interesados por la resisten!ia del otro.

    -Controversia:Es la lu!Ga de intereses pausados realiados por las partesdurante el trans!urso o desarrollo del pro!eso en una !ontienda 2udi!ial.

    -Causa:Es la lu!Ga de intereses privados realiados por las partes durante eltrans!urso o desarrollo del pro!eso en una !ontienda 2udi!ial.

    -Juiio:El a!to de dis!ernir entre lo 8ueno lo 3aloF entre lo verdadero oalsoF 2usto o in2usto ue realian las partes en el e2er!i!io de su un!iBn delBrano 2urisdi!!ional.

    -Inter!s:#on situa!iones avora8les dire!ta3ente o indire!ta3ente.

    CLA"E" DE IN#E$E"E":

    IN#E$%" INMEDIA#O.-#on auellas situa!iones avora8les uedire!ta3ente sirven para la satisa!!iBn de una ne!esidad.

    E2e3plo.- Co3ida rente a la ne!esidad de ali3entarse.

    IN#E$%" MEDIA#O.-#on auellas situa!iones avora8les ue sola3ente enor3a indire!ta sirven para la satisa!!iBn de una ne!esidad.

    E2e3plo. El dinero sirve para la satisa!!iBn de una ne!esidad.

    IN#E$%" INDI&IDUAL.-El Go38re en or3a individual pueda satisa!er susne!esidades.

    E2e3plo. Co3prar un veGJ!ulo.IN#E$%" COLEC#I&O.-La satisa!!iBn de !iertas ne!esidades puedendeter3inarse solo respe!to a varios individuales o rupo de individuos.

    E2e3plo. Entre varios propietarios solo

    MEDIO" DE "OLUCIN DE LO" CON'LIC#O" DE IN#E$E"E":

    Para el suri3iento de !onKi!tos 8rota solo !uando se produ!e lesiBn deldere!Go su82etivo

    A. AU#O#ELA:#e da a trav"s de !astio privado o p8li!oF ta38i"n lavenana Ge!Ga por el oendido o en or3a rupal.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    8/51

    $a38i"n se puede de!ir ue la autotutela es el 3edio de Ga!er prevale!er eldere!Go en un !onKi!to de intereses por sJ 3is3os ,se Ga!e 2usti!ia por suspropias 3anos/ en per2ui!io del inter"s a2eno.

    La autotutela en la !ivilia!iBn a!tual resulta insosteni8le por indina eirra!ional propia3ente pertene!e a la pre-Gistoria del dere!Go estaautotutela se !ara!teria:

    - Por la ausen!ia de un ter!ero a2eno a las partes.

    -Por la i3posi!iBn o de!isiBn por una de ellas a la otra.

    ). AU#ODE'EN"A: Consiste en la i3posi!iBn de la pretensiBn propia delpre2ui!io del inter"s a2eno ue se Ga!e inad3isi8le en la vida !iviliadaa!tual.

    0ra!ias al pro!eso ue interviene al 2ue.

    La autotutela se Galla pres!rita de 3anera eneral en todo el ordena3iento2urJdi!o del 3undo por su !ontenidoF su aKi!!iBn e irra!ionalidad ue desdelueo ae!ta los senti3ientos 3Hs sensi8les de la persona Gu3ana.

    #e puede presentar en la usurpa!iBn ,Penal/

    LeJti3a deensa ,Civil/

    Art. 1=7F 5=F 55;.

    Nivel interna!ional: paJses en !onKi!to ,0uerra/

    C. AU#OCOMPO"ICIN:a38as partes se ponen de a!uerdo puede serunilateral 8ilateral.

    Interven!iBn de las partes:

    -Con!ilia!iBn

    -$ransa!!iBn

    -Desisti3iento

    -%enun!ia

    -Allana3iento

    La raBn estH en ue el de3andado se allana no en la de3andaF si no a losGe!Gos o re!ono!e los Ge!Gos ue se unda3entan la pretensiBn.

    AU(ILIA$E" DE LA JU$I"DICCIN CI&IL. )Art. *+, C.P.C.-#e!retario de sala

    -Auxiliares o!iales

    -relatores

    -Martilleros

    -se!retarios de 2uado-o!iales auxiliares de 2usti!ia los Branos de auxilio 2udi!ial

    )ilateral

    )ilateral

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    9/51

    AU(ILA$E" DEL $ANO JUDICIAL )Art.++, C.P.C.-Peritos

    -depositarios

    -Interventor

    -el 3artillero p8li!o ,El ue re3ata/

    -!urador pro!esal ,persona desinada por el 2ue para representar a una de laspartes/

    -Poli!Ja udi!ial otros Branos ue deter3ine la le ,Los tradu!toresFint"rpretes en !uanto se reere/.

    AC#O" P$OCE"ALE":El a!to 2urJdi!o es e3anado por las partes de los aentes de la 2urisdi!!iBn an liado del pro!eso an liado del pro!eso sus!epti8le de !rearF 3odi!aro extinuir ee!tos pro!esales.

    #en se e2e!utan o el n ue persiuenF a!tos introdu!tivos del pro!esoF

    a!tos de i3pulso pro!esalF a!tos de !o3pro8a!iBnF a!tos pro8atoriosFter3ina!iBn del pro!eso ,a pedido de parte/F a!tos para la ter3ina!iBn delpro!eso ue pueden dar el 2ue o las partes.

    CLA"E" DE AC#O" P$OCE"ALE":A!tos pro!esales del 2ue: #e lla3an a!tos de de!isiBn en de!retos autos senten!ias.F se su8dividen en

    A. AC#O" JU$I"DICCIONALE".#on los 3Hs i3portantes seen!uentran destinados a ad3inistrar 2usti!ia.

    ). AC#O" COE$CI#I&O".I3porta la exposi!iBn de san!iones. EEMPLO.MultasF desalo2oF deten!iones.

    C. AC#O" DI"CIPLINA$IO".)us!a 3antener el orden una ade!uada!ondu!ta pro!esal.

    AC#O" P$OCE"ALE" DE LA" PA$#E":#e lla3an a!tos de postula!iBn se su8dividen en:

    A. AC#O" DE PE#ICIN:se Ga!e por 3edio de la de3andaF presenta!iBnF!ontesta!iBnF re!onven!iBn.

    ). AC#O" DE CON'I$MACIN:$rata de proposi!iones !on presenta!iBn de3edios pro8atorios.

    C. AC#O" DE P$UEA:$iene por o82eto de3ostrar las pretensiones ae!tadaspor las partes !on testiosF datosF et!.D. AC#O" DI"PO"I#I&O":#ola3ente puede interponer la de3andaF el inter"s

    la parte ae!tada.

    ACCIN:Dere!Go su82etivo p8li!o de toda persona del orden 2urJdi!o 8us!ando tutela.

    MODE$NA: Dere!Go su82etivoF p8li!oF autBno3o a8stra!to !on!edida atodo su2eto natural o !ole!tivo en el e2er!i!io de su dere!Go a la tutela

    2urisdi!!ional de or3a dire!ta a trav"s de su representante leal o apoderadoF

    puede re!urrir al Brano 2urisdi!!ional pidiendo a la autoridad un !onKi!to deinter"s !on autoridad un !onKi!to de inter"s !on autoridad un !onKi!to deinter"s !on autoridad de !osa 2uada.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    10/51

    ELEMEN#O":"u/eto ativo o ator: De0andante.- porue toda ve ue no estHo8liado ante el poder del estado no depende ue el de3andado a!epte o noel e2er!i!io de a!!iBn para ue el pro!eso por el !ual se ini!ieF pues el 2ue esni!a3ente o uien le !orresponda adoptar su de!isiBn sin !onsultar elde3andado en su3a.

    'ines.-La a!!iBn persiue !on su a!tua!iBn la apertura de un pro!eso 2udi!ial

    el !ual de8erH !ul3inar en una senten!ia avora8le en todo !aso !on!reto.

    1nia.-La a!!iBn es ni!a.

    "u/eto pasivo:De3andado

    ACUMULACIN P$E"EN#ACIONE" O$IINA$IA-O82etiva

    -#u82etiva

    -Oriinaria

    -#u!esiva

    IN"#I#UCIONE" E(ONE$ADA" DE PAO DE CO"#A" 2CO"#O" DEL P$OCE"O:

    Poder e2e!utivo Poder leislativo Poder 2udi!ial Ministerio p8li!o ranos !onstitu!ional3ente autBno3os ,urado na!ional de ele!!iones F

    deensorJa del pue8lo/

    0o8iernos reionales 0o8iernos lo!ales

    E(ONE$ADO" DE PAO" DEL P$OCE"O: Universidades p8li!as 9uienes o8tenan auxilio 2udi!ial La parte de3andante en los pro!eso de ali3entos re!ono!e la de3anda dentro del plao para !ontestarle. El ue se allana dentro del plao para !ontestarla.

    Los ue se en!uentran en 5F F ; estHn !ondenados al !o8ro de !ostos

    !ostas.APODE$ADO.- Es la persona ue se o8lia a realiar una o 3Hs a!tospro!esales por !uenta del poder danteF en !onse!uen!ia esta autoria paraue pueda intervenir dentro del desarrollo del pro!eso Gasta la deter3ina!iBnde ella.Art. 7 (ACUL$ADE# 0ENE%ALE#

    ELEMEN#O" DEL CON#$A#O JUDICIAL,el poder ue estootorando/

    IN#E$&IENEN:

    a, PODE$DAN#E.Es la persona ue en!o3ienda en el trH3ite deun pro!eso 2udi!ial ue intervienen !o3o de3andanteF de3andado oter!ero leiti3ado.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    11/51

    3, APODE$ADO.Es la persona ue dese3peQa el podere2er!iendo la representa!iBn del poder dante o 3andante en el pro!eso para ser apoderado se reuiere !apa!idad de e2er!i!io., LA P$E"#ACIN. Las la8ores a dese3peQar por el apoderadoson !arH!ter eneral espe!ial !on las a!ultades enerales.

    ,Art. 7-7 C.P.C./

    CA$AC#E$E" DEL MANDAN#E )PODE$ DAN#E,a, Consensual:El 3andato se pere!!iona por el !onsenti3iento delapoderado.

    3, Oneroso:Los servi!ios ue presta el apoderado son re3unerados paadospor el poder dante

    , Con0utativo:Las presta!iones son re!Jpro!as a ue el apoderado tieneue prestar sus servi!ios el de3andante.

    d, 'inalista.El apoderado no puede re8asar el poder 8a2o responsa8ilidad delos lJ3ites del poder otorado.

    e, $epresentativo.La la8or del apoderado es de representa!iBn estionapor su 3andato !on su inter"s.

    OLIACIN DEL PODE$ DAN#Ea/ De8e a!ilitar al apoderado todos los 3edios ne!esarios para la e2e!u!iBndel 3andato.8/ De8e paar oportuna3ente los Gonorarios al apoderado sen !onvenio.!/ Inde3niar al apoderado por los daQos per2ui!ioF astosF dese38olsosue ee!tan en el pro!eso 2udi!ial.

    OLIACIONE" DEL APODE$ADO

    a/ Deender al poder dante en ta!to el pro!eso en sus in!identes o en todaslas instan!ias ue ueran posi8les.8/ #euir las instru!!iones del de3andante. Paar los !ostosF astos 3ultas.!/ No puede a8andonar el pro!eso.d/ 0uardar el se!reto proesional ,"ti!a proesional/.

    DILIENCIA" 4UE "E PUEDE PLAN#EA$ COMO P$UEAAN#ICIPADA:

    Inspe!!iBn 2udi!ial Las peri!ias $esti3oniales A8solu!iBn de posi!iBn %e!ono!i3iento de do!u3entos ExGi8i!iBn de do!u3ento

    Prepara!iBn de la a!!iBnA$#ICULACIONE" DE LA P$OCEDENCIA DE LA P$UEA

    AN#ICIPADA: Es i3pro!edente la re!usa!iBn del 2ue F del auxiliar 2udi!ial

    P$UEA AN#ICIPADA:Deno3inado en el ,Pro!edi3iento Civil/ !o3o Rdilien!ia preparatoria dea!uerdo el C.P.C. RPrue8a anti!ipada tiene o82eto Ga!er es!lare!i3iento previoa la de3anda preparando la a!!iBn utura ue se va a e3prender.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    12/51

    Es i3pro!edente plantear las ex!ep!iones las deensas previas. Es i3pro!edente la 3odi!a!iBn o a3plia!iBn de las soli!itudes despu"s de la

    noti!a!iBn !on la 3is3a prue8a anti!ipado.

    "E #$AMI#A:

    ES COMO UN PROCESO NO CONTENCIOSO.

    5. #on !o3petentes de !ono!er la prue8a anti!ipada los 2ue!es !iviles o 2ue!esde pa letrado sen sea el !aso.

    . La prue8a anti!ipada de8e !u3plir !on todos los reuisitos previstos en elart. del C.P.C.

    ;. El 2ue apli!arH las relas esta8le!idas en el art. 65 ue trata de lai3pro!eden!ia la ad3isi8ilidad

    . El 2ue seQala e!GaF dJa Gora para la audien!ia a!lara!iBn 2udi!ial uede8e realiarse dentro de 5 dJas siuientes.

    IN#E$&ENCIN DEL MINI"#E$IO P1LICO

    Interviene irrestri!ta3ente !o3o parte 3aterial o parte pro!esal en unpro!eso !ivil en los !asos ue la le expresa3ente lo seQale.

    5. COMO PA$#E en !u3pli3iento de disposi!iones expresadase2er!iendo en los siuientes !asos o asuntos:

    En la de!lara!iBn de 3uerte presunta Pro!eso de separa!iBn de !uerpos De3anda de interdi!!iBn de !apa!es En de3anda de !uratela del pBstu3o Desisti3iento de !ara de autos

    En las de3andas de de!lara!iBn 2udi!ial de ausen!ia En la disolu!iBn de aso!ia!iones !uas autoridades vaan en !ontradel orden p8li!o las 8uenas !ostu38res

    Intervienen las de3andas. A!to 2urJdi!o $utela 2urJdi!a No38ra3iento de tutor desisti3iento de !aro de tutor.

    5. COMO 6E$O CON IN#E$%"En los pro!esos !onten!iosos e2er!iendo la representa!iBn de la so!iedadF oseaF en la deensa de la a3iliaF !asos de 3enores in!apa!esF inter"s so!ialFasJ !o3o !uando las partes no tienen desinado expresa3ente unarepresenta!iBn leal !uando las ne!esite para ue !uando tutelen o diundansus dere!Gos.

    6. COMO DIC#AMINADO$

    En el pro!eso de !ono!i3ientoF interviene !o3o deensor de lalealidad !u3pliendo su un!iBn s!aliadora e3itiendodi!tH3enes previa a la senten!ia.

    En los pro!esos de tJtulo supletorioF !uando se Ga extraviado odeteriorado el tJtulo.

    En los pro!esos de pres!rip!iBn aduisitiva En los pro!esos de re!ti!a!iBn de HreaF !uando las Hreas de

    ter!eros son euivo!adas. En los pro!esos de responsa8ilidad !ivil de los 2ui!ios.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    13/51

    En los pro!esos de deli3ita!iones a linderos a3o2ona3iento. En los pro!esos de i3puna!iBn de a!tos resolu!iones

    ad3inistrativas otros. En el di!ta3en del 3inisterio p8li!o en los !asos ue pro!edaF serH

    e3itido despu"s de a!tuado los 3edios pro8atorios antes ue seexpida senten!ia.

    PA$#EEs toda persona natural 2urJdi!a ue pide soli!ita prote!!iBn del Brano

    2urisdi!!ionalF puede soli!itarla en no38re propio al Brano 2urisdi!!ional oextra2udi!ial.

    a, PA$#E MA#E$IAL$oda persona ue es titular del dere!Go sustan!ial u otrasF ue a!ta enuna rela!iBn 2urJdi!a sustantiva !o3o de3andante o de3andadoor3ando parte de toda rela!iBn 2urJdi!a !ua pretensiBn puede o nopuede e2er!itarla.

    3, PA$#E P$OCE"AL

    Es la ue !o3pare!e en el pro!eso e2er!iendo sus dere!Gos sustan!iales uotras a uienes representan realiando a!tividad pro!esal en el interior de unpro!eso por dere!Go propio o en no38re de otra persona ante el Brano

    2urisdi!!ional.

    CLA"E" DE PA$#E Pro!esos ini!iales o intervinientes Pro!esos prin!ipales o se!undarios Pro!esos ne!esarios o voluntarios Pro!esos personales o litis !onsor!io Pro!esos apelante re!urrente o apelado

    Pro!esos e2er!itante o e2e!utado

    JU$I"DICCINEs el poder leal ue tienen los 2ue!es tri8unales para 2uar Ga!ere2er!itar lo 2uado ta38i"n pode3os de!ir ue la 2urisdi!!iBn es 3Hs de loue puede indi!ar la apli!a!iBn de la le del dere!Go es un !aso !on!reto. La

    2urisdi!!iBn es el "nero.

    IMPO$#ANCIA DE LA JU$I"DICCINLa un!iBn de la 2urisdi!!iBn del estado es de ran i3portan!ia en el 3undo!iviliado en el !ual se desenvuelve e intera!ta los !iudadanos estos Branos

    son los 2udi!iales. #u a!tividad se lla3a desde tie3pos in3e3orialesR2urisdi!!iBn es la piedra anular de la un!iBn 2urisdi!!ional del estado.

    #en nuestro !Bdio pro!esal !ivil la potestad 2urisdi!!ional del estado en3ateria !ivil lo e2er!ita el poder 2urisdi!!ional por ex!lusividad.

    ELEMEN#O"7. Poder del estadoF la potestad la e2er!e el estadoF es de ex!lusividad de

    esta.5. Potestad 2urisdi!!ional del estado lo e2er!ita el poder 2udi!ial.6. El estado e2er!e el poder 2urisdi!!ional so8erana3ente en el territorio

    na!ional.LO" PODE$E" DE LA JU$I"DICCIN9ue !onere al estadoF al 2ueF ue no pueden ser !onundidos !on el poderFde8er ue e2er!e el 2ue.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    14/51

    a, NO#IOF Es el dere!Go del 2ue de !ono!er deter3inado asunto o3ateria.

    3, &OCA#IOF El 2ue puede o8liar a las partes a !o3pare!er a la litis 8a2ola de!lara!iBn de re8eldJa o de a8andono.

    , COE$#IOF El 2ue puede e3plear la uera p8li!a para Ga!er !u3plirsus resolu!iones.

    d, JUDICIUMF (a!ultad ue tiene el 2ue para di!tar senten!ia denitivaFrevestido de !osa 2uada.

    e, EJECU#IOF (a!ultad ue tiene el 2ue de e2er!itar sus resolu!iones.

    CLA"I'ICACIN JU$I"DICCIONAL:5. JU$I"DICCIN CON#ENCIO"A.#e !ara!teria por la ae!tiva

    !o3para!iBn de un !o8ro de inter"s Br3ula una pretensiBn.

    1. CARACTERSTICAS DE !URISDICCI"N CONTENCIOSA# Es la tJpi!a or3a de la entera !o3posi!iBn. Interviene las partes !ontendientes ,de3anda o de3andante/.

    #e ini!ia la !ontroversia o ini!iativa del de3andanteF Ga!iendovaler su dere!Go desde la interposi!iBn de la de3anda !on lapretensiBn.

    El 2ue el dire!tor el dire!tor del pro!eso !on a!ultadesinuisitivas las partes !on a!ultades dispositivas.

    Con!lue el pro!eso !on la senten!ia ue enera la autoridad !osa 2uada.

    #i pro!ede !on la e2e!u!iBn de la senten!ia dando !u3pli3iento ala resolu!iBn nal.

    5. JU$I"DICCIN NO CON#ENCIO"A

    Es e2er!ida en el pro!edi3iento ue !are!e de litiio !onKi!toF es !o3oauella ue se e2er!e en las pro!eden!ias de la naturalea unilateral.

    A. CARACTERSTICAS DE !URISDICCI"N NO CONTENCIOSA (alta de litiio. Ausen!ia de !osa 2uada. (or3a La oposi!iBn oponi8le

    $E4UI"I#O" La existen!ia de un !on2unto entre las partes La existen!ia de un inter"s so!ial en la solu!iBn del !onKi!to. La interven!iBn del estado 3ediante Brano 2udi!ial !o3o ter!ero

    i3par!ial. De8e apli!ar la le a la intera!iBn del dere!Go.

    LA COMPE#ENCIAEs la a!titud leal del 2ue de ad3inistrar 2usti!ia para e2er!er su un!iBn

    2urisdi!!ional en un deter3inado tipo de litiio o !onKi!toF si no enauellas ue estHn a!ultados en la leF es de!irF en auellos ue son!o3petente.

    La !o3peten!ia es uno de los supuestos esen!iales ue le dan plenavalide al pro!eso.

    CA$AC#E$E"5. Lealidad

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    15/51

    . Irreproa8ilidad;. Indelea8le. Intera!iBn. In3odi!a8le=. Es de orden p8li!o7. Contrade!i8le

    CLA"I'ICACIN

    5. Por la 3ateria. Por la !uantJa;. Por el rado. Por el territorio. Por el turno

    DE#E$MINA$ LA COMPE#ENCIAPor la situa!iBn del Ge!Go existente al 3o3ento de interponer lade3anda no puede ser 3odi!ado posterior3ente salvo la le lodispona.

    PO$ MA#E$IA:#e deter3ina de a!uerdo a la pretensiBn por las

    disposi!iones leales ue lo disponan.PO$ CUAN#8A: #e deter3ina de a!uerdo al valor e!onB3i!o delpetitorio ue soli!ite para deter3inar !uantJa se su3a el valor del o82etoprin!ipal de la pretensiBn los rutosF inter"sF astosF per2ui!ios otrosdeleados a la de3anda pero no por los 3i3os rutos.

    PO$ #U$NO:El tie3po

    PO$ #E$$I#O$IO: Atiende a los pro8le3a e3erentes de laexisten!ia eorH!a del territorioF esta !o3peten!ia estHn estipuladosen el pro!eso !ivil en sus dierentes aspe!tos de la !o3peten!ia.

    P$OCE"O0ra3ati!al3ente la expresiBn pro!eso es un vo!a8lo ue pro!ede dellatJn Rpro!esus ue sini!a Ra!!iBn de ir en adelanteF es la a!tua!iBnen la ue realian trH3ites 2udi!iales ad3inistrativos.

    CA$NELU##I: REl n del pro!eso es la !o3posi!iBn del litiio paralorar pa so!ial en la so!iedad.

    EDUA$DO COU#U$E:dene al pro!eso !o3o R#erie de a!tos ue sedesenvuelve ue se desenvuelve se produ!en proresiva3ente !on eln de resolver !onKi!tos de intereses 3ediante una resolu!iBn ue

    reuiere autoridad de !osa 2uada si estH no deter3ina en !osa2uada es solo pro!edi3iento.

    Co3prende no solo el estudio de los a!tos ue realian las partesF el2ue todos los ue intervienen en el para al!anar la nalidad !on!retaue persiue !o3o instru3ento pro!esal 3ediante el !ual el estadoe2er!e la 2urisdi!!iBn al resolver los !onKi!tos revertida de autoridad de!osa 2uada.

    P$OCEDIMIEN#O: No viene a ser si no la or3aF el 3odo oportunidad en el ue se dese3peQa o desenvuelve todos los a!tos ue!onstitue el pro!eso !ivil la !ual esta deter3ina en la le pro!esalGasta la ter3ina!iBn del !onKi!to presentado.

    DI'E$ENCIA" EN#$E P$OCE"O 2 P$OCEDIMIEN#O

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    16/51

    P$OCE"O P$OCEDIMIEN#O

    Es la parte externa Es la parte interior ue da vida desarrollo al pro!eso.

    Es el "nero ,Es todo/ Es la espe!ie ,Es parte delpro!edi3iento/

    Con2unto de a!tosF es E#$@$ICO. Es la parte DIN@MICAF pone en

    3ovi3iento el pro!edi3iento ueper3ite ue se reali!e todas lasetapas del pro!eso !ivil.

    ELEMEN#O" DEL P$OCE"O5. LO" "UJE#O": El Brano 2urisdi!!ional uien lo representa es el 2ue

    las partes ,de3andadoF de3andante ter!eros/.. EL OJE#O: Pidiendo al Brano 2urisdi!!ional ue nos 8rinda tutela

    2urJdi!a.;. EL CON#ENIDO P$OCE"AL:EstH !onstituida !on a!tos 2urJdi!o

    su!esivos o indispensa8les ue vienen a !onstituir el expediente.. LA AC#I&IDAD P$OCE"AL: Es el todo o desarrollo de los a!tos

    2urJdi!os ue realia el 2ue ue se tradu!e en la senten!ia.

    CLA"E" DE P$OCE"O" JUDICIALE"Pueden ser !onten!iosos no !onten!iosos ,No Ga !onKi!to. Co3osu!esiBn intestadaF re!ti!a!iBn de partidaF !o3pro8a!iBn detesta3ento/.

    #IPO" DE P$OCE"O7. #IPO" DE CONICIN Pro!eso de !ono!i3iento Pro!eso a8reviado Pro!eso su3arJsi3o

    5. #IPO EJECU#I&O $Jtulos valores #enten!ias

    Do!u3entos

    DE$EC9O P$OCE"AL CI&ILCA%LO# OC$A'IO )UNE 3aniesta ue el dere!Go pro!esal 2udi!ial es el!on2unto de nor3as ue rela3entan la orania!iBn de la 2usti!ia lasustenta!iBn del 2ui!io.

    5. CONCEP#O:Es la ra3a de la !ien!ia 2urJdi!a ue estudia la naturalea el desenvolvi3iento e!a!ia del !on2unto de las rela!iones 2urJdi!asue se deno3inan pro!eso !ivilF !u3pliendo una do8le nalidad

    in3ediata.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    17/51

    5. NA#U$ALEA JU$8DICAA. TEORA TRADICIONAL

    Esta teorJa nos eno!a desde una !on!ep!iBn protesta en donde la solu!iBn delpro!eso estH so3etida a voluntad de las partes donde el estado a trav"s delBrano 2urisdi!!ional interviene asu3iendo una posesiBn pasiva neutral rentea las partes.

    $. TEORA MODERNA

    Esta teorJa 3aniesta ue la naturalea 2urJdi!a ue el dere!Go pro!esal2udi!ial es in3inente3ente de !arH!ter p8li!o donde el estado interviene otrave del Brano 2urisdi!!ional solu!ionando los !onKi!tos de intereses oeli3inando una in!ertidu38re 2urJdi!a es !ual la Ga!e en 3ar!a dentro delBrano 2urisdi!!ional.

    6. CA$AC#E$E" DEL DE$EC9O P$OCE"AL CI&ILA. AUT"NOMO !on nor3as propias ue reulen una !ondu!ta ue es

    dere!Go 3aterial.). P%$LICO.$oda ve ue la ad3inistra!iBn de 2usti!ia ue pertene!e al

    estado para aseurar la pa so!ial.C. &ORMAL.Es un 3edioF 3aniesta!iBn de voluntad su!esiva expresada

    en el interior del pro!eso realiado por las partes el 2ue.D. INSTRUMENTAL.Es un 3edio para realiar los dere!Gos re!ono!idos

    por la le sustan!ial. No es posi8le la existen!ia de nor3as pro!esalessin un dere!Go 3aterial.

    E. COACTIVO. Para el !u3pli3iento de las de!isiones del Brano2urisdi!!ional se Ga!e uso del e3pleo de la !oa!!iBn o la uera de la le autoridad.

    (. ES RE'IDO POR PRINCIPIOS PROCESALES!onstituen las uentesue sustenten las 8ases de un de8ido pro!eso.

    0. AD!ETIVO.EstH destinado a Ga!er valer el dere!Go sustantivo ue seen!uentra en el !Bdio !ivil.

    +. $ELACIN DE$EC9O P$OCE"AL JUDICIAL 2 O#$A" $AMA"#iendo dere!Go pro!esal 2udi!ial el i3perio del dere!Go es evidente ue serela!iona !on otras ra3as de dere!Go !on el Dere!Go !onstitu!ional !ivilFad3inistrativoF penalF pro!esal penal.

    *. DI$ECCIN DEL P$OCE"OEl dere!Go pro!esal 2udi!ial no se realia al aarF sino ue es un !on2unto de

    a!tividades !analiadas para3etradas por un !uerpo leal orHni!o. Ladire!!iBn del pro!eso re!ae so8re el 2ue.

    ;. "I"#EMA" DEL DE$EC9O P$OCE"AL JUDICIALA. SISTEMA PU$LICISTA# #e rie por el prin!ipio inuisitivo dHndole al

    2ue toda a!ultad para Ga!er la investia!iBn de esta 3anera llear ala verdad utiliando todos los 3edios leales a su al!an!e.

    ). SISTEMA PRIVATISTA##e rie por el siste3a dispositivo ue dispone alas partes los ele3entos ne!esarios para la de!isiBn de la litisF tales!o3o las pretensionesF prue8asF re!ursos i3punatoriosF ex!ep!ionesF!uestiones pro8atorias !o3o son ta!GasF disposi!iones otros ,Para ueel 2ue to3e de!isiones para llear a la verdad/.

    C. SISTEMA MITO#Es de!ir a38os prin!ipios !on predo3inio delinuisitivo ,Es el 2ue ue Ga!e la investia!iBn/.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    18/51

    El 2ue es el dire!tor del pro!eso de8e 8us!ar la verdadF sanear el pro!esoFrespetar al dere!Go a la deensaF san!ionar a las partesF a los a8oados auxiliares 2urisdi!!ionales !uando inrinan una nor3a pro!esal.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    19/51

    (UEN$E#DI%EC$A#

    LA LE2

    Nor3a o8liOatoria di!tadapor el poder autoriado paraello M esto revestido por los

    siOuientes reuisitos

    or3ales.

    Apli!a!iBn

    $ie3po-%etroa!tividad-Irretroa!tividad

    Espa!io-$erritorio

    -Estraterritorialida

    d

    Interpreta!iBn

    -Aut"nti!a-Do!trinal-udi!ial

    -Cautelar

    LA CO"#UM.$E JU$I"DICCIN

    Es la !ien!ia uena!e en allos de

    los tri8unalessuperiores.

    DOC#$INA

    Es la la8or teori!ade los 2uristas !onla ela8ora!iBn de

    las reOlas ue

    !onstituMe unaela8ora!iBn o!o3entario.

    (UEN$E#INDI%EC$A#

    'UEN#E" 'O$MALE" DEL P$OCE"O CI&IL

    A. 'uentes Indiretas. 'uentes Diretas

    'UEN#E" DEL DE$EC9O P$OCE"AL "E1N 9UO ALCINO

    5/ (uentes >istBri!as/ (uentes Constitu!ional;/ (uentes #u8sidiarias

    a. AnaloJa8. urispruden!ia!. Dere!Go !o3parado

    'A"E" DEL DE$EC9O P$OCE"AL JUDICIALC. #$ADICIONAL5. POSTULATORIA. Presenta al dere!Go 2udi!ial de a!uerdo a su

    aru3enta!iBn prue8aF presun!iBn durante el pro!eso !o3prende desde

    la ini!ia!iBn Gasta la audien!ia.. PRO$ATORIA.Las partes a!reditan lo o!urrido sen lo es!rito en laparte postulatoria.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    20/51

    ;. DECISORIA. El 2uado opta por una de las proposi!ionesunda3entales pro8adas en el desarrollo del pro!eso. E2e3plo.#enten!ia.

    . IMPU'NATORIA. Las partes pueden exiir nuevo exa3en de lade!isiBn o8tenida. EEMPLO. Casa!iBnF apela!iBn.

    . E!ECUTORIA.)us!a !onvertir la e!a de!isiBn denitiva o8tenida enel pro!eso.

    'A"E" DEL DE$EC9O P$OCE"AL JUDICIAL "E1N A&ALE#ACO$$UI#E$O

    Plaos.-#u3arJsi3o.- ; dJasA8reviados.- dJasCono!i3iento.- 5 dJas

    5. PO"#ULACIN.- Las partes proponentes de sus pretensiones en lade3anda !ontesta!iBn las !uales de8en ir a!o3paQados de anexos el

    siste3a anterior dan li8ertad en la rela!iBn de la de3anda en !a38iode8e !u3plirse !on los reuisitos esta8le!idos.Art 5;6F F C.P.C.

    . "ANEAMIEN#O P$OCE"AL.- #e lleva a !a8o 3ediante ltros depuri!a!iBn su!esiva !on el o82eto de esta8le!er una rela!iBn 2urJdi!apro!esal vHlidaF la pri3era oportunidad ue tiene el 2ue para realiar larevisiBn del pro!eso en la de3anda si no rene los reuisitos losde!lara inad3isi8le.

    6. P$O&OCA$ A LA CONCILIACIN.-+. E#APA DE LA AUDIENCIA DE P$ECI"IN 2 DE PUN#O"

    CON#$A&E$#IDO"*. LA AUDIENCIA DE P$UEA" O JUAMIEN#O AN#ICIPADO

    CONCLU"IN DEL P$OCE"O $ECU$"O" IMPUNA#O$IO" 2EJECUCIN.

    P$E#EN"INEs la de!lara!iBn de voluntad por la ue se pide la a!tua!iBn del Brano

    2urisdi!!ional rente a persona deter3inada distinta al autor no es unade!lara!iBn de !ien!iaF ni de senti3iento ,es voluntario/ la pretensiBn es

    privado.5. P$E#EN"IN MA#E$IALF u8i!ada en el dere!Go sustan!ial.

    . P$E#EN"IN P$OCE"ALF es o82eto de estudio tiene operatividaden !uanto se Ga!e valor 3ediante el dere!Go de a!!iBn utiliando !o3o3edio la de3anda !o3o a!to de voluntad l3a!iBn de Ge!Gos dede3andante estH diriido !ontra el de3andado de tal 3anera ue lapretensiBn estH dentro de la esera p8li!a se dirie al Brano

    2urisdi!!ional es el estado.

    ;. P$E#EN"IN CON"#I#U#I&AF es !uando en un !aso !on!reto se8us!a una rela!iBn 2urisdi!!ional ue produ!a una 3uta!iBn o en!a38io de una situa!iBn 2urJdi!a !ierta.#e trata de una pretensiBn ue insta al 2ue !rearF 3odi!arF extinuiruna situa!iBn 2urJdi!a.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    21/51

    La pretensiBn !onstitutiva tiende a una de!lara!iBn ue se reere alpasado se a!o3paQe !on un !a38io 2urJdi!o ue se reere para eluturo de otro.E2e3plo: El divor!io.

    . P$E#EN"IN DE CONDENAF se 8us!a ue el 2ue dena a u"3edida de8e ser so3etido al su2eto pasivo de la pretensiBn. Es la ueinsta al 2ue i3poner una o8lia!iBn a la otra parte.

    E2e3plo: Ali3entosF inde3nia!iBn.

    . P$E#EN"IN EJECU#I&AF es la pretensiBn tra3itada en vJa e2e!utivaen !uanto a ue 3edida de8e ser so3etido el su2eto lo ue !on!ierneal 2ue 3aterialiar ese so3eti3iento ue ordinaria3ente !onsiste en larealia!iBn una pretensiBn en 8ene!io de otro individuo.

    =. P$E#EN"IN CAU#ELA$F esta pretensiBn es i3portante sirve paraaseurar el resultado de la a!!iBn dentro del pro!eso a tal 3anera sirvepara arantiar el !u3pli3iento de una o8lia!iBn !ontraJdo.

    NA#U$ALEA JU$8DICA DE LA P$E#EN"IN

    La pretensiBn se distinue en dos varia8les 3aterial pro!esal.

    CLA"I'ICACIN DE LA P$E#EN"IN INMEDIA#A "E1N ELOJE#O

    Es de 3u!Ga utilidad en la prH!ti!a pro!esal entre ellos tene3os:

    DECLA%ACIN DECLA%A$I'AF ue insta al 2ue de!larar la existen!ia deuna de!lara!iBn 2urJdi!a ue el de!lare o pro!la3e !o3o irrevo!a8letraer la !onronta!iBn entre una nor3a 2urJdi!a !iertos Ge!Gos ao!urridos.

    DI'E$ENCIA" EN#$E LA P$E#EN"IN 2 DEMANDA

    P%E$EN#IN DEMANDAEs una ata volitiva )dea>r0ai?n de @e@os del atores de0andado,.

    Es un ato /urdio proesal de lainiiai?n del proeso.

    La pretensi?n se diriBe ontra el

    de0andante.

    Es un ato de disposii?n )De la

    parte de0andada,.Es el o3/eto de /uiio sa3e0osue sin pretensi?n no @a litis.

    "e onstitue en el ato proesalinstru0ental ue @ae tanBi3lela pretensi?n.

    La pretensi?n presri3e adua per0ite su desisti0iento odenunia.

    Es el 0edio proesal del ue sevale la pretensi?n para @aer deonoi0iento el ?rBano/urisdiional no se delareFundada ni inFundada.

    La pretensi?n puede delararseFundada o inFundada.

    La de0anda es inad0isi3le oi0proedente.

    La presentai?n se au0ula selasi>a.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    22/51

    CA$AC#E$8"#ICA"

    $iene orien H!ti!o ,(unda3ento de Ge!Go/ Es de!lara!iBn de voluntad. #e dirie al de3andado opera entre de3andante de3andado la

    pretensiBn se en!uentra en el 3undo privado de las partes tanto asJ!o3o la transa!!iBnF la !on!ilia!iBnF el desisti3iento ue re!ae en lapretensiBn.

    Es in!ierta ,es sus!epti8le de pro8ar/ las partes tienen ue pro8ar. )us!a la tutela del Brano 2urisdi!!ional. #o3ete su valide a la leiti3idad para o8rar. )us!a ser esti3ada por el Brano 2urisdi!!ional. ,)us!a la !rJti!aF

    euidad del 2uado/. I3pli!a !ontroversias ,enera ue se a8ra el pro!eso/. Deter3ina la naturalea de la senten!ia ,!onstitutivaF de!larativa/ Por sJ 3is3a no oriina ninuna o8lia!iBn en el su2eto pasivo de la

    pretensiBn de3andada.

    ELEMEN#O" DE LA P$E#EN"IN5. LO" "UJE#O".En 5er luar los su2etos de rela!iBn 2urJdi!a se u8i!an

    en el dere!Go sustan!ial o sustantivo ue no es iual a la rela!iBn2urJdi!a pro!esal en las ue intervienen el de3andanteF de3andado 2ue ue lo represente el estado pero ta38i"n ue son su2etos de lapretensiBn pero este lti3o ,el 2ue es i3par!ial !on o8lia!iBnde!isoria so8re elloF el estado es su2eto a!tivo de la a!!iBn porue se8us!a el a!usar de la 2usti!ia a trav"s del 2ueF 3onopolia laad3inistra!iBn.

    . EL OJE#O. EstH representado por el dere!Go sustan!ialF pro8ado lapropiedad enera prote!!iBn 3ediante la pretensiBn pro!esal,posesorias/ ta38i"n la a!!iBn reivindi!atoria puede ser 3aterial delitis. E2e3plo: Divor!iarse.

    ;. CAU"A.De8e exponerse o des!ri8irse si3ultHnea3ente !on lapretensiBn es de!ir en la 3is3a de3anda ue na!e de una situa!iBn deGe!Gos ue o!urrieronF esto es ue el 2ue no es su2eto de la pretensiBnpero si lo es de la a!!iBn puesto ue estH diriido al Brano

    2urisdi!!ional del estado. E2e3plo: El divor!io.

    ANGLI"I" COMPA$A#I&O EN#$E LA P$E#EN"IN 2 LAACCIN

    P$E#EN"IN ACCIN

    M*ni+est*ci,n de -o/nt*d 0 de*rm*ci,n.

    Derec2o 345ico.

    Se diri6e contr* e dem*nd*do. Se diri6e * ,r6*no7/risdiccion*.

    Es inciert*8 3or eo ess/sce3ti5e de co5r*n9*.

    No re:/iere 3ro5*n9* *6/n*.

    $/sc* ser estim*do 3or e,r6*no 7/risdiccion*.

    'ener* /n* o5i6*ci,n en e,r6*no 7/risdiccion*.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    23/51

    Determin* * n*t/r*e9* de *sentenci*.

    Determin* e derec2o de 7/e9de e;3edir sentenci* se* c/*+/ese e sentido o n*t/r*e9*.

    E'EC#O" DE LA P$E#EN"IN (i2a !uando Ga litis penden!ia ,Para ue se parali!e/ para evitar

    senten!ias !ontradi!torias. Deli3ita el avan!e el sentido del litiio del pro!eso de la senten!ia

    de la !osa 2uada. (i2a !uando una senten!ia !ontraviene al prin!ipio de !onruen!ia. Esta8le!e la or3a de Ga!er el dere!Go 3aterial en el pro!eso. Esta8le!e en la senten!ia es la pretensiBn es undada o inundada.

    P$OCE"O DE CONOCIMIEN#OEs el !on2unto de a!tos pro!esales !oordinados siste3atiadosF lBi!os uerealian las partes ter!eros ante el Brano 2urisdi!!ional para la resolu!iBn deun !onKi!to de intereses desde la interposi!iBn de la de3anda Gasta laresolu!iBn 2udi!ial r3e.

    AsJ 3is3o orientan a los pro!esos !onten!iososF a8reviadosF su3arJsi3osF!autelar de e2e!u!iBnF ta38i"n en los pro!esos no !onten!iosos en 3ateria!ivil por analoJa a alta de nor3a expresa a otros pro!esos !onten!iososad3inistrativos de a3iliaF la8oral otros ue se !rean por la !ien!ia pro!esal.

    "ON COO$DINADO"porue la le pro!esal no se utilia de or3a aislada sino ue tiene prin!ipios ue la orientan a n de !u3plir !on su nalidad a ueeste destinado el pro!eso se va desarrollando por etapas su!esivas en or3aordenada Gasta ter3inar !on la e2e!u!iBn de la senten!ia.

    EEMPLO#:

    PO% ALIMEN$O# 7 Art. F .

    CON#$I$UCIN Art. =F 7F 7.

    %EIN'INDICACIN Art. 17 C.C.F Art. 76 C.P.C.

    "I"#EMG#ICOF porue tiene su propia vJa pro!edi3ental para llear a laverdad dinH3i!a del pro!eso a n del ue el 2ue apliue el dere!Go positivo!odi!ado el !aso !on!reto.

    LICOF porue desde ue se ini!ia Gasta su n existen proposi!iones uepueden ser ar3ativas o neativas !uos Ge!Gos de8en ser pro8ados.

    CA$AC#E$8"#ICA"Es un pro!eso !o3nF no sola3ente per3ite la tra3ita!iBn de este pro!esoo8servando la vJa pro!edi3ental 3Hs a3plia si no ta38i"n per3ite al 2ueF alde!larar el dere!Go de las partes en un !aso !on!reto la apli!a!iBn !orre!ta de

    la le.

    A las partes propor!iona 3aores arantJas oportunidades para la deensade su dere!Go sustan!ial en !onKi!tos al!anan una de!lara!iBn !orre!ta dela voluntad de la le en las senten!ias ue se expidan.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    24/51

    DEMANDA--T Pro!eso

    --

    TPro!edi3ien

    to

    CON#E"#ACIN DE LADEMANDA

    AUDIENCIADE

    CONCILIACIN

    AUDIENCIADE P$UE.A

    "EN#ENCIA

    Es un dere!Go 3odeloF el trH3ite no sola3ente es para el pro!eso de!ono!i3iento sino es apli!a8le para otros pro!esos ue nos da a !ono!er el!Bdio pro!esal Civil.

    Es un pro!eso pre!lusivo porue el pro!eso de !ono!i3iento se desarrolla poretapas su!esivas.

    Es un pro!eso es!rito oral. Los a!tos pro!esales del 2ue se unda3entan enel pro!eso de literalidad es!rituralidad porue le per3ite expulsar o de!idiren el interior del pro!eso poner n a esteF ta38i"n e2e!utan resolu!ionesseQalados expresa3ente en la le.

    Pro!eso de revisiBn de !asa!iBnF el pro!eso de !ono!i3iento !on!lue uelas resolu!iones nales ue ponen n a la instan!ia o al pro!eso resolviendo un!onKi!to de intereses o eli3inando una in!ertidu38re 2urJdi!a.

    Por apela!iBn del pro!eso !onstitu!ional es de do8le instan!ia !on la nalidadde ue sea revisado por otro Brano.

    Es un pro!eso ue produ!e ee!to de !osa 2uada una ve ue ueda!onsentida e2e!utoriada la senten!ia en el poder 2udi!ial de !ono!i3iento la

    resolu!iBn ueda r3e por Ga8er aduirido !ontenido de !osa 2uada peronuestro siste3a pro!esalF sin e38aro a!ulta las partes o ter!eros leiti3adosue pueden Ga!er uso de la nulidad de !osa 2uada raudulenta !uando!onsidera dire!ta3ente ae!tado !on la senten!ia.

    El pro!eso de !ono!i3iento tiene trH3ite propioF la le pro!esal se Gaes3erado en darle al pro!eso de !ono!i3iento !on trH3ite propio ue leore!e todas las arantJas tanto en la a!!iBn !o3o en la deensa.

    La !o3peten!ia. El pro!eso de !ono!i3iento es de !o3peten!ia ex!lusiva del2ue !ivilF no su!ede lo 3is3o !on los otros pro!esos el 2ue !ivil iual a la!uantJa.

    MA#E$IA" 4UE "ON CONCILIALE" Ali3entos %"i3en de vivistas >eren!ia del 3enor DivisiBn parti!iBn

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    25/51

    Liuida!iBn de so!iedad de anan!iales O8lia!iBn de su3a de dinero O8lia!iBn de darF Ga!er no Ga!er. Desalo2o por in!u3pli3iento de !ontrato Desalo2o por pre!ario Desalo2o por !ono!i3iento de !ontrato Desalo2o por alta de pao

    Inde3nia!iones In!u3pli3iento del !ontrato Pao de aluileres entre otros ue sean de li8re disposi!iBn.

    DEMANDACLA"I'ICACIN

    D. SUSTANTIVA#Es la 3aterialia!iBn de la a!!iBn !ivil a trav"s de la !ual el titular del dere!Gode a!!iBn e2er!ita un dere!Go en estado de pretensiBn !on la nalidad de ueel Brano 2urisdi!!ional intervena en el pro!eso proteiendoF de!larandoF!onstituendo o extinuiendo el dere!Go del de3andante desde ue se

    interpone la de3anda ante el 2ue se transor3a el dere!Go 3aterial enpretensiBn 3aterial.

    E. PROCESAL#La de3anda es una institu!iBn pro!esal de naturalea p8li!a de postula!iBndel pro!eso el !ual el de3andado e2er!ita el dere!Go de a!!iBn !o3o pri3era!to pro!esal del pro!eso ue se ini!ia !on la nalidad de ue su pretensiBnpro!esal !ontenida en ellaF re!i8e la tutela 2urisdi!!ional ee!tiva del estado.

    ELEMEN#O"$iene los siuientes ele3entos

    %euisitos leales de or3a. %euisitos leales de ondo.

    9ue in!luen de!idida3ente en la rela!iBn 2urJdi!a pro!esal el desarrollo la!on!lusiBn del pro!eso.

    El !Bdio pro!esal !ivil di!e los ee!tosF las o3isiones de estos reuisitosenera la inad3isi8ilidad la i3pro!eden!ia de la de3anda.

    NUE"#$O CDIO P$OCE"AL CI&IL E"#ALECE:Pueden ser parte 3aterial en los pro!esos 2udi!iales los ue tenan !apa!idad3aterialF entre ellos tene3os:

    $oda persona natural $oda persona 2urJdi!a Los Branos !onstitu!ionales autBno3os La so!iedad !onual La su!esiBn indivisa Otras or3as de patri3onio autBno3o El 3inisterio p8li!o el !urador pro!esal en !asos provistos por la le.

    IMPO$#ANCIA DE LA DEMANDALa de3anda es de ran i3portan!ia a ue !onstitue el pri3er a!to pro!esalde introdu!!iBn para la vida del pro!edi3iento.

    Pues !on ella se ini!ia la ase expositiva del pro!esoF en ee!to la de3anda2unto !on las !ontesta!iBn del de3andadoF !onstituen los a!tosunda3entales de las partes en el pro!esoF se reere la !ondu!ta pro!esal delas partesF la de3anda es la llave 3aestra ue a8re todas las puertas del

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    26/51

    pro!eso !errarlas ta38i"n ,Autoridad de !osa 2uada/ ue i3pli!a !ertea seuridad.

    NA#U$ALEA JU$8DICAEs una institu!iBn pro!esal de naturalea p8li!a de postula!iBn del pro!eso enla !ual el de3andante e2er!ita el dere!Go de a!!iBn !o3o pri3er a!to pro!esalue ini!ia !on la nalidad de ue su pretensiBn pro!esal !ontenida en ellare!i8a la tutela 2urisdi!!ional ee!tiva del estado.

    CA$AC#E$8"#ICA"5. Es un a!to in!uestiona8le de ini!ia!iBn pro!esal.. Es un a!to de peti!iBn de parte.;. Es un a!to !onstitutivo de la rela!iBn 2urJdi!a pro!esal.. Es un a!to de peti!iBn de ondo.. La de3anda estH !onstituida por deter3inados prin!ipios pro!esales. prin!ipio de la es!ritura prin!ipio de la iualdad or3alidad.

    E'EC#O" JU$8DICO" DE LA DEMANDAA SU SOLA INTERPOSICI"N DE LA DEMANDA.

    5. I3pide la extin!iBn de !iertos pro!esos de su2etos a plaos a!adu!idad de la pretensiBn.

    . Deter3ina la pretensiBn de8ido en las o8lia!iones alternativasdando la ele!!iBn de auella uese de2ado al a!reedor.

    ;. Extinue el dere!Go al interior a de2ar !iertas pretensiones !uoe2er!i!io ueda des!artado a ele!!iBn de otras.

    . Invalida la venta la sesiBn de la !osa o !r"dito ue estuviese enlitiio.

    &. E&ECTOS < CONSECUENCIAS DESPU=S DE HA$ER SIDONOTI&ICADO LA DEMANDA.

    E'EC#O" DE CA$GC#E$ "U"#ANCIAL -El petitorio no podrH ser 3odi!ado uera de los !asos per3itidos

    por el !Bdio pro!esal !ivil. -interru3pe la pres!rip!iBn extintiva an se reere ta38i"n a la

    a!!iBn de pres!rip!iBn. La ine!a!ia de la interrup!iBn de la pretensiBn ue !ontiene la

    de3anda. -No es 2urJdi!a3ente posi8le ini!iar otro pro!eso !on el 3is3o

    petitorio.

    E'EC#O" DE CA$GC#E$ P$OCE"AL

    El de3andante no puede desistirse de la pretensiBn sin la!onor3idad del de3andado.

    A partir de la noti!a!iBn de la de3anda el de3andado asu3e la!ara pro!esal de deenderse asJ 3is3o la a!ultad de pro3overpor su !uenta el i3pulso del pro!eso.

    Crea el estado de litispenden!ia ,#e parali!e para evitar senten!ias

    !ontradi!torias/. Autoria el de3andado a poner la ex!ep!iBn de litis penden!ia en

    otro pro!eso ue se !onstitua entre las 3is3as partes ue verseso8re el 3is3o o82eto la 3is3a !ausa.

    I3pide al a!tor 3odi!ar la de3anda.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    27/51

    CON"ECUENCIA"5. La !o3peten!ia ini!ial no podJa ser 3odi!ada aunue posterior3ente

    varJen las !ir!unstan!ias ue la deter3inaron.. A8re la instan!ia del pro!eso i3poniendo al 2ue el de8er de expedirse

    su ad3isi8ilidad.;. (i2a la !o3peten!ia del 2ue !on rela!iBn al a!tor uien posterior3ente

    no podJa alear la in!o3peten!iaF ni re!usar al 2ue sin expli!a!iBn de!ausa.

    . Na!e para el a!tor la !ara de instan!ias del pro!eso a n de entrar ela8andono de la instan!ia.

    . >a!e perder al a!tor la ulterior posi8ilidad de a!usar al 2ue sinexpli!a!iBn de !ausa.

    =. Prorroa la !o3peten!ia del 2ue !on rela!iBn al 2ue en los !asos ue lale lo ad3ita.

    DI'E$ENCIA" DE LA DEMANDA 2 O#$A"IN"#I#UCIONE"

    LA ACCIN CI&IL LA DEMANDAEs el poder /urdio ue per0iteal titular del dere@o pro0over atrav!s de una de0anda poneren atividad al ?rBano/urisdiional para o3tener unasentenia 0ediante un proeso.

    Es la 0aterialiHai?n de esaai?n para lleBar al ?rBano/urisdiional ivil.

    Es un onepto a3stratoaut?no0o independiente deldere@o 0aterial ue sirve o0o

    0edio para lleBar al ?rBano/urisdiional.

    La de0anda ontienepretensiones onretas uepueden au0ularse o litis

    onsoriales dependientes dedere@o 0aterial ue se invoa

    EL DE$EC9O "UJE#I&O LA DEMANDAEs la Faultad ue tiene todosu/eto de dere@o a @aer ode/ar de @aer ue existe tantoen las personas naturales o/urdias.

    Contiene un dere@o en estadode pretensi?n ue se interponeante el ?rBano /urisdiional setransFor0a en pretensi?nproesal.

    LA "OLICI#UD LA DEMANDAEn la soliitud el dere@opreesta3leido el petiionantesolo reuieren su delarai?n.

    El dere@o est en estado depretensi?n.

    Corresponde a la /urisdii?n noonteniosa ad0inistrativa.

    "e interpone ante el ?rBano/urisdiional.

    Es inFor0al. Es in0inente0ente For0al.

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    28/51

    PRINCIPIOS >UE ORIENTAN EL PROCESO DECONOCIMIENTO (t*re*)

    II UNIDAD

    CLASES DE DEMANDA

    7, PO$ LA 'O$MA:

    a. Dem*nd*s Ver5*es. son orales, son de competencia de los Jueces de Pazno Letrados, quienes lo tramitarn de acuerdo a su reglamento, haciendo constar en

    actas escritos todas las actuaciones que realicen en el despacho de su funcin de juez

    conciliador, de no lograr la conciliacin, proceder a formar el respectivo cuadernillo

    debidamente foliado para los efectos de hacer uso de los medios impugnatorios contra

    las decisiones que epide de acuerdo a su leal entender las que deben epedirse

    debidamente motivadas preservando los principios que consagra la constitucin

    pol!tica no siendo obligatorio la fundamentacin jur!dica"

    b. Dem*nd*s Escrit*s.Los procesos abreviados, sumar!simos se presentan enforma escrita por sus principios, son de competencia de los Jueces de Paz Letrado #

    de los Jueces $specializados en lo %ivil, se tramitan observndose la v!a

    procedimental"

    Las demandas deben ser admitidas por escrito, mediante resolucin cu#os procesos requieren de

    ciertas garant!as para el juez, partes # terceros legitimados # estas clases de demanda se

    fundamentan en los Principios de &ralidad # $scrituralidad"

    5, PO$ "U E(#EN"IN

    a. Dem*nd*s Princi3*es. Las pretensiones procesales tienen eistenciapropia, valen por s! solas"

    b. Dem*nd*s Accesori*s.$stas no pueden eistir sin las principales"

    6, PO$ EL "UJE#Oa. Dem*nd*s Person*es.se ejercitan pretensiones personales que se refieren

    a los derechos de las personas, de la familia # de las obligaciones" $jemplo' demanda

    de eclusin de nombre, demanda de pago de soles, demanda de nulidad de

    matrimonio"

    b. Dem*nd*s Re*es.(on aquellas que se hacen valer pretensiones referidas aerechos *eales # a los %ontratos" $jemplo' emanda de *eivindicacin de

    Propiedades, entrega de bienes muebles, inmuebles, divisin # particin de bienes"

    c. Dem*nd*s Mi;t*s.(on aquellas que tienen que ver con los erechos *eales# los derechos de las personas" $jemplo' divisin # particin de bienes, eclusin o

    recisin de contrato"

    +, PO$ EL OJE#O:

    a. Dem*nd*s Mo5ii*ri*s.- (on aquellas que protegen los bienes mueblescontenidos en el +rt" 6 del %digo %ivil" -revisar el art!culo)

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    29/51

    b. Dem*nd*s Inmo5ii*ri*s.(on aquellas que protegen a los bienes inmueblesestipulados en el +rt" . del %digo %ivil" -revisar el art!culo)

    *, PO$ EL P$OCEDIMIEN#O

    a. Dem*nd*s Contencios*s.Proceso abreviado, proceso sumar!simo, procesoejecutivo # proceso cautelar"

    b. Dem*nd*s No Contencios*s.son aquellas en que si bien es cierto eisten/ partes, el ministerio publico pero cu#a intervencin es limitada a hacer frente

    estrictamente ilustrativa" $jemplo' inventariar!an, adopcin, administracin judicial de

    bienes, sucesin intestada"

    6) PO$ LA CUAN#8A:de acuerdo a la v!a procedimental tenemos las siguientes'

    a. Proceso de Conocimiento# todos los que superan el valor econmico de0111 2*P se siguen por el proceso de conocimiento"

    b. Proceso A5re-i*do#3enor de 0111 2*P, # ma#or de 011 2*P"

    c. Proceso S/m*r?simo#3enor de 011 2*P, # ma#or de 0 2*P"

    DEE$E" DEL JUE CI&ILeberes 4uncionales # eberes Procesales

    A. DE$ERES &UNCIONALES#

    7. De3eres eseniales

    - 5ndependencia

    - 5mparcialidad

    - Lealtad

    - %iencia

    - iligencia

    - ecoro

    5. De3eres LeBales- Juramento

    - Proceso de honor

    - 5mparcialidad

    - +sistencia de despacho

    - +usencia de incompatibilidad

    - (uplencia

    " De3eres Proesales:

    a. DE$ERES PROCESALES DE DIRECCI"N.-el juez dicta resoluciones,

    decretos, autos # sentencias"

    +ctos de ejecucin' al finalizar el proceso el juez dicta una resolucin final, la cual deber

    ser ejecutada"

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    30/51

    b. FACULTADES SANCIONATORIAS DE LOS JUECES:

    1. 7estacin de frases indecorosas, cuando ha# personas que utilizan t8rminosofensivos"

    2. evolucin de los escritos # reitera el pedido"

    3. $pulsin de la audiencia"

    4. +percibimiento

    5. Privacin de honorarios e imposicin de costas al letrado"

    6. 5mposicin de multas

    7. +rresto

    8. (uspender las audiencias"

    c. Fac!"a#$% #$c&%'(&a% #$ !'% $c$%

    1. *evocar resoluciones

    2. +partarse del dictamen pericial

    3. $stablecer el monto de da9os # perjuicios de acuerdo a los mediosprobatorios"

    4. Publicar sus sentencias"

    E* +, ca%'% &*"$(&$*$ $! C(a#'( ('c$%a!

    - %uando no es posible emplazar vlidamente al demandado por ser indeterminado,incierto o con domicilio o residencia ignorada"

    - %uando no se puede establecer o suspender la relacin procesal por incapacidadde la parte o de su representante legal"

    - %uando eiste falta, ausencia o impedimento del representante del incapaz"

    - %uando no comparece el sucesor procesal"

    ESTRUCTURA DE LA DEMANDA

    - La demanda debe redactarse en hoja +:

    - $l espacio para la demanda debe ser de ; cm, para el lado izquierdo -porque se

    va a coser) # / cm del lado derecho"

    AN/LISIS DE LA DEMANDA.

    0" D$%&0*ac&* #$! $' ante quien se interpone demanda #a que obliga a< autor a indicarepresamente el juez competente que debe conocer el proceso, a promoverse por una de

    las partes, la competencia es un requisito de fondo de la demanda # que en la doctrina se

    considera como un presupuesto procesal"/" I#$*"&&cac&*:=ombre del demandante, si es persona natural o jur!dica, =5"3. D&($cc&* #'&c&!&a(&a: Tab&,* #'&c&!&' ('c$%a!

    tiene una evidente semejanza con la competencia o la actitud del juez para ejercer la funcin

    jurisdiccional en un caso concreto, no solo es un requisito legal, pues esa designacin ademsdebe determinar la especialidad del juzgador por la materia # como es lgico cuando eisten

    varios jueces en el lugar, se dirigir la demanda al juez competente por la materia # por el grado, la

    competencia del juez es uno de los presupuestos procesales, 8sta puede ser objeto de

    cuestionamiento cuando no se ha demandado cuidando la competencia por razn de la materia,

    cuant!a, grado o territorio"

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    31/51

    I. ETITORIO:7iene que ser claro # concreto porque tiene mucha importancia por loque el juez no puede emitir fallos etrapetita, ultrapetita o sitrapetita, el juez no puede

    pronunciarse sobre puntos no demandados"

    II. FUNDAMENTOS DE ECO:>iene a constituir los elementos ms esenciales queidentifican a la pretensin procesales del demandante que van a servir de base para la

    constitucin de una situacin jur!dica ?%ausa Pretendi@ para fundamentar los

    fundamentos eisten / teor!as'

    a. TEORA SUSTANCIAL: e origen romano, que consiste en la eposicindetallada de los hechos que sirven de sustento a la pretensin jur!dica,

    sustentada por %arnelutti' ?$l demandante debe hacer una narracin de los

    hechos constitutivos que permita al demandado pronunciarse sobre ellas

    epresamente, admiti8ndola o negndola, constitu#e el relato histrico@"

    b. TEORA DE LA INDIIDUALI9ACIN:+conseja que los hechos deben serfijados solo en la relacin jur!dica demandanteAdemandado como ocurre en los

    fundamentos del demandante # del demandado, por razn de pretensiones

    reales, la doctrina eige se aporte en la demanda, el t!tulo del derecho a legar"

    (egBn el %digo Procesal %ivil, frente a ellas a adoptado con preponderancia?la teor!a de la sustanciacin@ sin que este signifique que la ?teor!a de la

    individualizacin@ no tenga injerencia como en las pretensiones que se tramitan

    en los procesos ejecutivos"

    III. FUNDAMENTACIN JURDICA:%onstitu#e las normas aplicables a las pretensionesprocesales que son materia de la demanda, estas normas jur!dicas de derecho

    positivo pueden ser constitucionales, le#es ordinarias, decretos le#, decretos

    legislativos # jurisprudencias o jurisprudenciales" $l demandante debe indicar la norma

    en el cual se est amparando su pretensin" (i la consignacin jur!dica es errnea, el

    juez tiene la obligacin de aplicar las normas correctas"

    I. EL MONTO DEL ETITORIO:$n las pretensiones procesales determinables por lacuant!a que tengan contenido econmico valorado en dinero, el demandante debe

    precisar el cuantium del petitorio con la finalidad de que el demandado se pronuncie

    epresamente sobre el monto del petitorio #a sea librndose o contradiciendo si se

    trata de pretensiones liquidables, el demandante debe indicar su monto, no solo para

    conocer el valor que pretende el demandante sino tambi8n para determinar la

    competencia del juez ante quien interpone la demanda"

    (i el demandante no pudiera cumplir con el requisito formal, debe establecer el monto

    del petitorio, debe indicar monto aproimado como ocurre en las pretensiones reales #

    otros" -ivorcio)"

    . MEDIOS RO;ATORIOS: $l %P%, establece que los medios probatorios debenofrecerse en los +ctos Postulatorios como requisito de +dmisibilidad de la demanda #

    el demandado mediante la contestacin de la misma sin perjuicio que tambi8n se

    pueden ofrecer en los dems actos procesales que constitu#en medios de defensa en

    aplicacin del principio de eventualidad"

    - 3edios Probatorios 7!picos" -+rt" 0C/ del %P%) declaracin de parte, declaracinde testigos, inspeccin judicial"

    - 3edios Probatorios +t!picos" -+rt" 0C; del %P%)

    - 3edios Probatorios (ucedneos" -+rt" /D. del %P%)

    I. LOS ANE

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    32/51

    1. %opia legible del "="5" del demandante

    2. Prueba que acredite la calidad con que interpone la demanda"

    3. Los medios probatorios que el demandante quiera hacer valer"

    4. Los documentos probatorios que tuviese el demandante en su poder"

    - %edulas de notificacin

    - 3edios probatorios testimoniales

    - $l pliego de sobre cerrado que contiene el interrogatorio de una persona" -/1preguntas)"

    - La tasa judicial por ofrecimiento de prueba"

    - %opia certificada del acta de conciliacin" (e debe ir primero al centro deconciliacin antes de interponer la demanda"

    II. Por lo epuesto pido a usted se9or Juez se sirva admitir la demanda # declararlafundada en su oportunidad con arregla de le#"

    III. FECA

    I

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    33/51

    - Por carecer de motivacin en su teto"

    $l tiempo para epedir decretos es a los / d!as de presentado el escrito que la

    diferenciamos de las dems resoluciones para su reconocimiento en el proceso'

    - 78ngase presente

    - + los autos

    - + conocimiento

    ;. AUTOS:$s el que contiene una decisin de fondo sin considerar el objeto preciso, estoes, la pretensin del demandante o la conducta que frente a ella adopte el demandadoF los

    autos deben epedirse dentro de los . d!as hbiles computado desde la fecha en que el

    proceso se encuentra epedito para ser resuelto"

    Los autos tienen / partes'

    - Parte considerativa

    - Parte resolutiva, mediante la cual el juez resuelve la admisibilidad de la demanda,la reconvencin, la interrupcin o conclusin del proceso, # otros"

    C. SENTENCIA:(e epide dentro del plazo mimo previsto para cada v!a procedimentaldesde el d!a siguiente de lo notificado"

    Los plazos'

    - Proceso de %onocimiento' dentro de los .1 d!as"

    - Proceso +breviado' dentro de los /. d!as"

    - Proceso (umar!simo' dentro de la misma audiencia Bnica o 01 d!as"

    CARACTERISTICAS DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES

    1. $l nBmero de orden que le corresponde dentro del epediente o del cuaderno en que seepiden"

    2. 5ndicacin del lugar # fecha en que se epiden"

    3. La descripcin correlativamente enumerada de los fundamentos de hecho # de derechoque sustentan su decisin"

    4. La epresin clara # precisa de los que se decide # ordena respecto a todos los puntoscontrovertidos"

    5. Plazo de cumplimiento si fuera el caso"

    6. $cepcionalmente el auto puede se9alar' costos # costas # multas en dicha resolucin"

    CAUSAS OR LA CUAL DECLARA INADMISI;LE LA DEMANDA: ART. 426 DEL CC.

    - %uando no tenga los requisitos legales" $jemplo' direccin domiciliaria

    - %uando no se acompa9e los aneos eigidos por Le#" $jemplo' tasa judicial,copias, cedulas, etc"

    - %uando el petitorio sea incompleto o impreciso" $jemplo' el monto total se debeespecificar claramente"

    - %uando la v!a procedimental no corresponda a la naturaleza del petitorio" $jemplo'en caso de reivindicacin se debe acompa9ar el t!tulo de propiedad"

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    34/51

    $n caso de que el juez diera un plazo al demandante para subsanar la demanda, # 8l no lo

    hiciera en el plazo correspondiente, rechazar la demanda"

    %E#OLUCIN No

    9uin!e de 2ulio de dos 3il uin!e

    AU$O# 'I#$O# CON#IDE%ANDO.- 9ue el de3andado se Ga !u3plido !onsu8sanar las o3isiones anotadas en la resolu!iBn No Uno dentro del plao

    !onerido.

    #E0UNDO: 9ue el a!!ionante Ga sido vHlida3ente noti!ado en laresolu!iBn No Uno !onor3e se advierte del asunto de noti!a!iBn ue seen!uentra en el olio No die!io!Go del expediente.

    $E%CE%O: 9ue la lti3a parte del art. = del CBdio Pro!esal Civilesta8le!e ue !uando no se su8sana las o3isiones se re!GaarHn lade3anda por tales unda3entos dF #E %E#UEL'E: %EC>A?A% la de3andade daQos per2ui!ios interpuesta por LUI# %AMO# 9UI#PE !ontra CA%LO#

    IMENE? %I'E%A. Ar!GivHndose el expediente !on arrelo a la le.

    UE?#EC%E$A%IO

    MODIFICACION DE LA DEMANDA

    CONCETO: $s la alteracin interpuesta por el demandante antes de que sea notificado aldemandado" (on de dos clases'

    1. MODIFICACIN EN LO RINCIAL

    a. C'* R$!ac&* a !a% a("$%:quien interpone la demanda, o sea, el demandante es quienmodifica en su demanda interpuesta, toda vez que hab!a omitido incluir a otras personas

    ajenas a la demanda, al poseedor de su inmueble, # no se ha demandado a otros

    poseedores materia de la Litis"

    b. C'* R$!ac&* a! Ob$"':se refiere a las cualidades esenciales de objeto materia de Litis"$jemplo' se presenta un proceso de reivindicacin de un terreno de /111 metros

    cuadrados, pero en realidad son /.11 metros cuadrados, entonces, el demandante puede

    modificar su demanda, siempre # cuando no ha#a sido notificado el demandado"

    c. C'* R$!ac&* a !a ($"$*%&* ('c$%a!:es cuando la demanda es equivocada, no esclara ni concreta"

    2. MODIFICACIN EN LO ACCESORIO:

    a. C'* R$!ac&* a !a% a("$%:ejemplo' al interponer la demanda no se ha puesto elnombre completo del demandado, o lo ha hecho equivocadamente, entonces, se

    puede modificar o corregir la demanda en el cual erradamente se ha puesto mal el

    nombre del demandado"

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    35/51

    b. C'* R$!ac&* a! Ob$"': cuando se produce o ha# error en el bien materia deconflicto judicial" $jemplo' eiste la parcela de ?G@ # ?H@, entonces, en la demanda se

    debi decir cul es el lindero, pero por motivo equivocado no ha puesto el lindero, por

    ello se puede modificar la demanda, siempre # cuando no ha#a sido notificado al

    demandado"

    c. C'* R$!ac&* a !a ($"$*%&* ('c$%a!:esta puede suceder cuando eisten variaspretensiones principales # accesorias, siempre # cuando no ha#a sido notificado al

    demandado" $jemplo' ?G@ solicita el pago de una deuda, pero, en la demanda, nose9al el pago de los intereses, el demandante ?G@ puede modificar la demanda #

    solicitar el pago de la deuda ms los intereses que se ha pactado, hasta antes que

    sea notificado el demandado"

    AMLIACION DE LA DEMANDA

    CONCETO:es la facultad del demandante de poder ampliar la demanda respecto a la cuant!a dela pretensin procesal de la demanda, hasta antes que el Juez epida resolucin final o sentencia"

    NOTIFICACION

    CONCETO:es un +cto Jur!dico Procesal que en todas las legislaciones se reviste de forma # deformalidades especiales con el Bnico propsito de rodear de garant!as la efectiva intervencin de

    las partes en el proceso"

    =uestro %"P"%", el 5nstituto Procesal de la notificacin se ha#a regulado en cuanto al objeto # al

    efecto que produce bajo los supuestos que establece la Le#"

    $l t8rmino =&7545%+*$ significa en erecho, comunicar formalmente el documento en la que

    consta la resolucin que debe notificarse a su destinatario"

    $s poner en conocimiento a los interesados el contenido de la resolucin a las partes"

    DIFERENCIA ENTRE NOTIFICACION> CITACION> EMLA9AMIENTO ? RE@UERIMIENTO

    CITACION.-$s el acto mediante el cual se hace el llamamiento a una parte del proceso para queconcurra a determinado acto procesalF el llamado a una persona para que comparezca al juzgado

    en el lugar # hora previamente se9alados para la realizacin de un acto procesal en que tiene

    intervencin"

    EMLA9AMIENTO.- $s el acto que tiene por objeto convocar a las partes para que comparezcano se apersonen ante un juez dentro de un plazo determinado"

    [email protected]$s la intimacin que se hace a una parte, para que cumpla mandato del juez,el requerimiento conlleva el respectivo apersonamiento para el cumplimiento por lo dispuesto por

    el juez"

    FORMAS DE EMLA9AMIENTO

    - '( $! L0a(:

    en el territorio nacional

    $n el etranjero"

    - '( !a C$("$a:

    a persona determinada cierta

    a persona incierta o desconocida

    a persona con domicilio ignorado"

    - '( !a $(%'*a:

    al demandado,

    apoderado o representante legal"

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    36/51

    - '( !a a!$:

    eficaz

    nulo"

    FORMAS DE NOTIFICACION

    - =otificacin por c8dula

    - =otificacin por comisin' se libra un ehorto"

    - =otificacin por medios electrnicos, radiodifusin o facs!mil"

    - =otificacin por edictos"A hacerse las publicaciones en el diario ms circulado de laciudad o el Peruano"

    EFECTOS DEL EMLA9AMIENTO

    1. La competencia inicial no podr ser modificada, aunque posteriormente var!en lascircunstancias que la determinaron"

    2. $l petitorio no podr ser modificado fuera de los casos permitidos en el %digo Procesal

    %ivil"

    3. =o es jur!dicamente posible iniciar otro proceso con el mismo petitorio"

    4. 5nterrumpe la prescripcin etintiva"

    EMLA9AMIENTO DE DEMANDADOS CON DOMICILIOS DISTINTOS

    - %uando los demandados fuesen varios # sus domicilios se encuentran enjuzgados de competencia territorial diferente, la notificacin a cada uno de ellos se

    efectuar por medio de ehortos"

    - $l plazo del emplazamiento ser para todos el de ma#or distancia sin atender elorden en las que fueron practicadas las notificaciones"

    EMLA9AMIENTO FUERA DEL AIS

    %uando se va a notificar al demandado en lugar conocido del etranjero, de acuerdo a nuestro

    %digo adjetivo, # concordante con la Le# &rgnica del Poder Judicial, el emplazamiento se

    realizar por medio de ehorto, el que debe remitirse por intermedio de los rganos

    jurisdiccionales en que reside el diplomtico del PerB"

    + eleccin del interesado, debiendo tramitarse el ehorto por medio de la %orte (uperior # el3inisterio de *elaciones $teriores"

    (i la comisin lo hace el Juez deber ser legalizado por el Presidente de la %orte (uperior

    respectiva, # de la de este por el 3inisterio de *elaciones $teriores"

    EMLA9AMIENTO A DEMANDADO CON DOMICILIO O RESIDENCIA INORADO

    %uando la demanda es interpuesta contra persona cu#o domicilio se ignora, el emplazamiento se

    realizar por edictos bajo apercibimiento de nombrrsele un curador procesal"

    - $n Proceso de %onocimiento, la persona demandada debe apersonarse dentrodel lapso de 61 d!as para contestar la demanda si estuviera dentro del territorio

    nacional # C1 d!as si estuviera en el etranjero"

    - $n Proceso +breviado, la parte demandada debe apersonarse dentro del plazo de;1 d!as si estuviera dentro del territorio nacional # :. d!as si estuviera en el

    etranjero"

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    37/51

    - $n Proceso (umar!simo, si el demandado se encuentra en territorio nacional esde 0. d!as, si est en el etranjero es de /. d!as"

    IMORTANCIA DE LOS TERMINOS O TIEMO.-$s de suma importancia en el proceso, esbsico para los siguientes motivos'

    1. Permite adquirir o perder derechos sino se interpone una accin oportunamente, caduca oprescribe el derecho"

    2. Eracias al tiempo, el proceso puede desenvolverse # llenar su finalidad despu8s de lademanda o su contestacin"

    3. $l tiempo puede realizar una labor de control en el proceso

    4. $l tiempo permite la preclusin procesal, vencido el t8rmino preclu#e la etapa procesalcorrespondiente # pasa a la siguiente etapa"

    FILTROS @UE SE RESENTAN EN EL ROCESO CIIL

    1. $n la demanda

    2. $n el saneamiento

    3. $n la sentencia

    4. %uando se hubiera planteado ecepciones"

    CLASIFICACION DEL TIEMO

    A. '( % '(&0$*:

    1. L$0a!:cuando la le# lo establece en forma epresa"

    2. J#&c&a!:lo fija el juez de oficio o a pedido de parte"

    3. C'*$*c&'*a!:es el se9alado por las partes en los casos permitidos por la Le#"

    ;. '( $! !&"&0a*"$:

    1. $l tiempo es personal solo para la parte emplazada por mandato judicial" -mediosprobatorios)

    2. $l tiempo comBn"A rige para ambas partes" $jemplo' conciliacin, audiencia depruebas"

    C. '( $! Ca!$*#a(&':+9os, meses # d!as"

    D. '( !a C'%"b($:d!as laborables, todos los d!as menos feriados"

    CUESTIONES RO;ATORIAS

    CONCETO:(on instrumentos procesales que permiten a las partes cuestionar la eficacia de losmedios probatorios presentados en un Proceso %ivil"

    CLASES DE CUESTIONES RO;ATORIAS

    1. TacBa%:es una cuestin probatoria que tiene por objeto invalidar un medio probatorio

    actuado en el proceso o presentado por la otra parte"

    (e puede tachar contra los siguientes 3edios Probatorios'

    - ocumentos

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    38/51

    - %ontra testigos

    - %ontra todos los 3edios Probatorios +t!picos"

    2. La ''%&c&*:tiene por objeto impedir la actuacin de un medio probatorio propuesto porla otra parte"

    Procede contra'

    - %ontra la pericia

    - %ontra la ehibicin # reconocimiento de documentos"

    - %ontra la declaracin de parte

    - %ontra la inspeccin judicial

    - %ontra todos los medio probatorios at!picos"

    OORTUNIDAD ARA LANTEAR LA OOSICIN O TACA

    - $s de . d!as en proceso de conocimiento

    - $n Proceso +breviado es de ; d!as"

    - $n proceso (umar!simo, el plazo es dentro de la audiencia Bnica"

    RE@UISITOS ARA LANTEAR CUESTIONES RO;ATORIAS

    1. (e interpone en el plazo que establece cada v!a procedimental"

    2. ebe precisar con claridad los fundamentos acompa9ados # las pruebas respectivas"

    (i no se cumple con estos requisitos las tachas o sus observaciones sern declaradas

    inadmisibles"

    FORMAS ESECIALES DE CONCLUSION DEL ROCESO

    1. OR A;ANDONO.-Por el juez, por las partes o terceros legitimados" (e presenta cuandoel proceso ha permanecido en primera instancia durante cuatro meses sin que se realice

    un acto procesal que lo impulse"

    2. OR DESISTIMIENTO.-

    - esistimiento del proceso o de actos procesales

    - esistimiento de la pretensin

    3. OR TRANSACCION JUDICIAL.-%uando las partes solucionan el conflicto de interesesrealizndose concesiones rec!procas # la transaccin puede ser judicial # etrajudicial"

    ebe eistir la'

    A. ''!'0ac&*: para la homologacin de la transaccin se debe cumplir con lossiguientes requisitos'

    - %ontenga concesiones rec!procas"

    - >erse sobre derechos disponibles o patrimoniales"

    - =o afecte el orden pBblico o las buenas costumbres"

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    39/51

    4. OR EL ALLANAMIENTO ? RECONOCIMIENTO.-

    - +llanamiento' es cuando el demandado acepta la pretensin dirigida contra 8l"

    - *econocimiento' es cuando adems de aceptar la pretensin, admite la veracidadde los hechos epuestos en la demanda, # sus fundamentos jur!dicos, # esto

    puede ser total o parcial"

    5. OR CONCILIACION.-$s una forma de concluir el proceso con declaracin de fondo, laspartes al llegar a un acuerdo en cualquier etapa del proceso, antes de que se epida

    sentencia en primera # en segunda instancia, # debe versar sobre derechos disponibles,

    convocada por el Juez o a peticin de las partes"

    EL DE;IDO ROCESO

    1. D$($cB' a !a T"$!a J(&%#&cc&'*a! E$c"&a

    $s el derecho de accin que corresponde al demandante, # derecho de contradiccin que

    corresponde al demandado" Por eso el debido proceso protege a las partes"

    2. E!$$*"'% ' ac$"a% #$! #$b' ('c$%':

    - 2n juez natural independiente, responsable # competente

    - ebe eistir un emplazamiento vlido

    - $l derecho a ser o!do, # el derecho a la audiencia"

    - $l derecho a tener oportunidad probatoriaF o sea, presentar la prueba"

    - $l derecho a la defensa # la asistencia de un letrado"

    - erecho a que se dicte una resolucin fundada en derecho, motivada, razonable #congruente"

    - $l derecho a la instancia plural

    - %ontrol constitucional del proceso"

    CONTESTACION DE LA DEMANDA

    CONCETO:es el primer acto jur!dico procesal que realiza el demandado al ingresar al proceso#a sea ante el rgano jurisdiccional mediante el cual pone en conocimiento de este de su posicin

    frente a la propuesta por parte del demandante, respondiendo o contradiciendo los hechos,

    mediante esta figura procesal cierra el ciclo de los actos postulatorios de la pretensin"

    3ediante este acto procesal, permite al juez conocer la posicin del demandado frente a la

    pretensin propuesta # emplazada con el auto admisorio"

    IMORTANCIA DE LA CONTESTACION DE LA DEMANDA

    $s de suma importancia, porque con ella queda integrada definitivamente la relacin jur!dico

    procesal, # fiado los hechos sobre los cuales versa los medios probatorios que recae en la

    sentencia"

    CLASES DE CONTESTACION DE LA DEMANDA

    $l demandado tiene un abanico de posibilidades'

    1. 4orma positiva' cuando el demandado est de acuerdo con la pretensin del demandante,entonces se allana"

    ($%$%"'% #$! a!!a*a&$*"':

  • 7/24/2019 Derecho Procesal Civil (Apuntes)

    40/51

    $l allanamiento se promueve bajo las formalidades o condiciones siguientes'

    - ebe ser epreso, no puede ser verbal u oral"

    - La forma para allanarse es por escrito # legalizada la firma"

    - Puede ser total o parcial"

    I('c$#$*c&a #$! a!!a*a&$*"'

    $l juez declara improcedente el allanamiento'

    - %uando el demandado no tiene capacidad para definir o disponer el derecho enconflicto"

    - %uando los hechos admitidos requieren ser probados por otros medios, ademsde haber prestado la declaracin de parte"

    - %uando el conflicto de intereses afecta el orden pBblico # a las buenascostumbres"

    - %uando el conflicto de intereses comprende derechos indisponibles"

    - %uando se presume la eistencia del fraude procesal o dolo procesal"

    - %uando el demandado es el $stado u otra persona de derecho pBblico, salvo quesu representante tenga autorizacin epresa"

    2. F'(a *$0a"&a:%uando el demandado niega los hechos # el derechoF proponer unadefensa puramente procesal interviniendo las ecepciones establecidas en la Le#"

    CARACTERISTICAS DE LA CONTESTACION DE LA DEMANDA

    a. $s un +cto Jur!dico de Parte del emandado

    b. $s un +cto %onstitutivo de la *elacin Jur!dico Procesal"

    c. La %ontestacin de la emanda est caracterizado por el predominio de determinadosprincipios"

    #. Iueda fijado los hechos sobre los cuales versa los medios probatorios"

    $. *ecae en la sentencia una relacin pro