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DERECHO ROMANO . Existen dos sistemas jurídicos : Derecho Romano, Germánico Canónico: sistema principal de los países europeos , contemporáneo. Common Law: sistema anglosajón, Gran Bretaña basado en el presente judicial( sentencia jurídica que se vuelve ley por que ya fue juzgado previamente) . El Derecho Romano es el sistema que se lleva en México. Roma es la mayor expresión del derecho y gracias a él se crea el derecho Germánico y el derecho Canónico. JUSTICIA: IUS (derecho) separación del derecho en la filosofía. . DERECHO ROMANO SEGÚN ALVARO D’ORS. Serie de escritos de autores que fueron considerados en la antigua Roma como autoridades en el discernimiento de lo justo y lo injusto ( iuris prudentes) especialmente la colección antológica de esos escritos hecha por el emperador Justiniano en el siglo VI en el que este agrego otra menor de leyes dictadas por los emperadores romanos anteriores y las suyas propias . Desde el siglo XII se llama cuerpo del derecho civil ( Corpus Iuris Civilis) a esta compilación de derecho y leyes. ÉPOCA ARCÁICA O PRECLASICA: Coincide con el inicio de la Monarquía 753 al 510 ac, cuando cae la Monarquía inicia la República hasta el 130 ac cuando es el apogeo de la República.

Derecho Romano

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Page 1: Derecho Romano

DERECHO ROMANO .

Existen dos   sistemas jurídicos : 

Derecho Romano, Germánico Canónico: sistema   principal de los países

europeos , contemporáneo.

Common Law: sistema anglosajón, Gran Bretaña   basado en el presente judicial(  

sentencia jurídica que se vuelve ley por que ya fue juzgado previamente) .

El Derecho Romano es el sistema que se lleva en México.

Roma es la mayor expresión del derecho y gracias a él   se crea el derecho

Germánico y el derecho Canónico.

JUSTICIA: IUS (derecho)   separación del derecho en la filosofía.

DERECHO ROMANO SEGÚN ALVARO D’ORS.

Serie de escritos de autores que fueron considerados   en la antigua Roma como

autoridades en el discernimiento   de lo justo y lo injusto ( iuris prudentes)

especialmente la colección antológica   de esos escritos   hecha por el emperador

Justiniano   en el siglo VI   en el que este agrego otra menor de leyes dictadas por

los emperadores romanos anteriores   y las suyas propias . Desde el siglo XII se

llama cuerpo del derecho civil     ( Corpus Iuris Civilis)   a esta compilación de

derecho y leyes.

ÉPOCA ARCÁICA O PRECLASICA: 

Coincide con el inicio de   la Monarquía 753 al 510 ac, cuando cae la Monarquía

inicia la República   hasta el 130 ac cuando es el apogeo de la República.

Se decía que Roma se había fundado en la época de las guerras de Troya  

( mitología)

Los Romanos decían que en Troya existía un príncipe llamado Eneas ,   que huye

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cuando son las guerras . Sale de Troya con el rey y con su hijo   llamado Ascanio  

en donde   cuenta la leyenda   que al huir por

mar llegan al río   Tíber en donde se encuentran con una población el Valle de

Lacio; Lavina quien era la hija del rey de esa   tierra, Eneas   se enamora de ella.

Ascanio decide alejarse de su padre y funda   Albalonga. Mas tarde Eneas y

Lavina procrean a dos varones llamados Numitur y Amulio . Cuando muere Eneas

Numitur empieza a ser rey de los latinos   pero Amulio enojado por la doferencia

encarcela a su hermano y toma el poder .Rea Silvia ( hija se Numitur)   era un

peligro para Amulio   ya que al ser mujer podría procrear y quitarle el trono ;

Amulio la destierra al templo de las vestales   y es encarcelada.

Dios Marte se enamora de Rea Silvia   y procrean a dos   gemelos   llamados

Rómulo y Remo. Amulio se entera del nacimiento de los dos niños y manda

enterrar   viva a Rea Silvia   y manda matar a los niños   arrojandolos al rìo Tiber ,

cuenta la leyenda que un pastor llamado Fástulo   descubre a los dos muchachos

siendo amamantados por una loba. El pastor se los lleva a su casa y los empieza

a educar   cuando crecen   entienden   que ellos eran los herederos del trono   y

deciden atacar el Valle de Lacio para quitarle el trono al tío Amulio   y restituyen al

poder al abuelo Numitur; cuando muere   divide el territorio   el lado izquierdo

Rómulo y   Remo en el lado derecho .   Rómulo   fija una ley en la que dice que   si

alguien ponían un pie en su territorio sin su consentimiento   el castigo era la

muerte y curiosamente Remo   cae en sus tierras y mata a su hermano. Y es así

como   se funda Roma el 21 de abril del 753.

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Orígenes de Roma

Roma

  viene de la palabra Ruma que significa Río.

Se dice que Roma se funda por pobladores   de habla indoeuropea, quienes se

asentaron en   el monte Palatino   y en el monte Esquilmo, fundando así la ciudad

de Roma. Estos pobladores eran de varias etnias : 

Latinos 

Etruscos

Sabinos

Su actividad económica principal era la agricultura y la ganadería , y basaban su

economía en grupos de familia ya que cada familia producía lo que se necesitaba

para subsistir; se empieza a crear el comercio intercambiando los   productos

entre familias.

Empieza a crearse el derecho de propiedad privada   y   en cuanto   a la religión ,

eran politeístas, decían que había   tipos de dioses: 

Dioses naturales : Dios Pájaro , dios Sol , Dios Río , Agua 

Dioses nacionales : Júpiter   Marte y Minerva 

Dioses Familiares: los antepasados.

Cada familia veneraba a diferentes Dioses . su religión era por   conveniencia.

La FAMILIA   

  Ellos crean la sociedad romana ; es la institución más importante   para los

romanos presentando   las siguientes características:

Institución política : ya que se agrupaban en familia para la defensa y guardar un

orden.

Institución autónoma: que no dependía de nadie 

Patriarcal Agnaticia:   no se juntaban por cuestión de sangre. Ej: varias familias se

juntaban y de ahí nombraban a un jefe llamado PATER   ( representaba a la

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familia ante otras familias)

Gens: grupo de familias que conforman una sola tribu . Quienes se agrupaban ahí

normalmente tenían   antepasados comunes ( de ahí derivaba el apellido   nomen

gentilicium) el

nombre se conformaba por un Praonem –nomen gentilicium ( cognomen). Las  

gens dependian de unos hombres llamado clientes quienes eran personas libres  

que se sometían voluntariamente o libremente a un pater .

CLASES SOCIALES EN ROMA 

Patricios: nobles 

Plebeyos : populus   pueblo .

Clientes

Esclavos 

MONARQUÍA(753-510ac)

Es la primer forma de gobierno en Roma .   proviene del griego apxomai     que

significa mandar y   monos   que significa uno , el poder en una sola persona. 

Rey proviene del latín rege que significa mandar dirigir y guiar . 

Formas de gobierno que hay en la Monarquía:

Rey : también llamado Rex 

Comicios : curias y centurias, gobiernan junto con el rey .

Senado: se traslada por el tiempo y perdura hasta el imperio. Es la única   que

nunca desaparece.

Pontificex Maximus:la mas alta jerarquía en asuntos religiosos. También era una

especie de mago . 

Funciones del Rey.:

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Tenía el poder máximo en Roma.

Tenia poderes ejecutivos, podía crear leyes 

Funciones de tipo político

Era el jefe supremo militar   

Era un sacerdote : Rex Sacrorum 

Era un juez: se encargaba de juzgar los delitos y de castigar a la sociedad.

Su cargo de rey se ostentaba en forma vitalicia .   y las formas en las que se podía

nombrar al rey :

El rey   nombraba a su sucesor : podía ser cualquier   miembro de su familia o

cualquier persona.

Tenia que ser aprobado por los comicios .

El senado proponía al nuevo rey . 

El Pontificex Maximus : interpretaban la voluntad de los dioses y si ellos   estaban

de acuerdo

en que el elegido fuera rey .

Reyes:

Rómulo : gobernaba en el valle de Lacio, pero no había mujeres para procrear.

Invita al los sabinos ( pueblo de alado)   con sus hijas y con esposas y los

romanos se roban a las mujeres. Los sabinos   buscan pelea con roma y al entrar

ya armados   estaba la barrera de las mujeres defendiendo a los Romanos y así

firman la paz entre los dos pueblos.   

Numa Pompilio

Tulio Hostilio 

Anco Marcio 

Tarquino Prisco ( el antiguo)

Servio Tulio 

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Tarquino el Soberbio .

Comicios: son asambleas populares de carácter legislativo político conformada por

todos los hombres libres   capaces de portar un arma.( militares) comitia curiatae –

reunión   del pueblo , quienes se reunían el los foros: que eran explanadas en

donde la gente se reunía para platicar temas específicos.

Comicios por curias: tienen que ver con el linaje   . la población esta agrupada en

30 curias   en cada curia había 10 familias, representando a   los 3 grupos   :latino

s los sabinos y etruscos.   Servían para designar hombres para el ejercito, se

elegía a un inter rex   que era el que gobernaba mientras el rey era elegido.

Opinaban sobre cuestiones   políticas, religiosas y militares   y opinaban por medio

de la propuesta que había enviado   el Rex. Las leyes que surgen de estos

comicios es llaman leges curiatae.

Comicios por centurias: se crean por que roma se empieza a expander y había

mas plebeyos que patricios   y genera un conflicto ya que eran los únicos que eran

obligados a pagar impuestos y   cumplir servicio militar. El   rey Servio Tulio

decide dividir nuevamente   a la población   con base en la economía y manda

hacer un censo   y   se crea esta asamblea. Ocupaba toda la   población romana.

Se dividían en 4 tribus   según las clases sociales,   conformadas por 100

personas   llamados centurias.   Se dice que mientras más dinero hubiera mas

centurias se podían crear .   f unciones que realizaban :

Funciones de tipo militar

Financieras: cobraban impuestos 

Políticas 

Con el paso del tiempo nombran magistrados 

Senado:   proviene del latín senatus   o senex   que significa anciano, entonces

podemos decir que el senado estaba conformado por   los jefes de familia (paters)

de las tribus ( gens)   normalmente eran personas mayores , eran elegidos por el

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rey y eras reconocido como una persona sabia; se goza de privilegios   uno de

ellos era llamado la auctoritas: es el saber socialmente reconocido.  

Senadoconsulto: son las decisiones que toma el colegiado (senado), cuando el rey

moría , el senado nombraba un interregnum: periodo de tiempo donde no había

rey ,el senado entraba a gobernar nombrando a un interrex   quien sólo podía

gobernar un año. 

Sacerdocio : había 3 tipos de colegios:

Colegio de Pontífices: normalmente eran 3 sacerdotes mas el rey . Las funciones

de este colegio eran las competencia en materia de ritos   crearon ,interpretación  

y aplican el derecho; publicaban anualmente los acontecimientos más importantes,

estos anales eran secretos ellos eran los únicos que podían conocer el contenido.

Este anal se vuelve un calendario y denominaban a los días como fas: que eran

los días propicios para los dioses, es decir, días que los beneficiaban   y los días

nefas: eran los días que no eran propicios para los dioses ni para realizar fiestas. 

Colegio de los Augures:   eran los encargados de interpretar la voluntad de los

Dioses   para la elección del nuevo rey   en este colegio también el rey

participaba .

Colegio de los Fecales / Feciales : este tenía funciones de tipo internacional   por

que a ellos les correspondía   declarar la guerra, a demás si era conveniente  

hacer tratados de paz   entre pueblos.

De   estos colegio salía el máximo sacerdote llamado   Pontificex Maximus, es el

sacerdote supremo en Roma. 

El derecho en esta época(monarquía)

Presenta diferencias importantes   a la República.

El derecho se encuentra ligado íntimamente a lo mágico, esta empapado de temas

religiosos. Se interpreta la voluntad de los Dioses 

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Leges regiae : eran las leyes que emitía el rey   llenas de aspectos religiosos .

Para el cumplimiento de las leyes era elemental crear una fórmula ( eran

cuestiones mágicas que servían para interpretar la voluntad de los dioses, y

vincular a la ciudad y a personas )   para interpretar la voluntad de los Dioses   y

solo lo podía hacer el Pontificex Maximus.

Los sacerdotes creían que en el aspecto   de negocios   tenían que existir las

fórmulas Negociales   con el afán d que los dioses resolvieran las controversias. 

Características del derecho monárquico 

Era formalista: porque si no seguían los ritos   no surtían efectos las formulas

Negociales.

Tradicionalista: porque   se siguen

las tradiciones de los antepasados .

Los últimos reyes de Roma gobernaron tiránicamente   y surge la idea de  

nombrar magistrados   que son los cónsules quienes van a ser patricios   y así

acaba la monarquía .

REPÚBLICA CONSULAR ( ÉPOCA ARCAICA) 

Republica en términos jurídicos significa el gobierno no vitalicio que se renueva

periódicamente   mediante consulta al pueblo . 

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Gobernada por dos cónsules .

Cónsules: tenían las mismas funciones que desempeñaba el rey en la monarquía.

La función sacerdotal se deja en manos de el Pontificex Maximus   las

características   que tenia el consulado:

Gratuidad: no cobraban un salario 

Temporalidad 

Efectividad: electos 

Colegialidad 

Existía la facultad de intercessio : que era la facultad   de vetar la decisión del otro

cónsul 

Imperium : es el poder de mandar y ser obedecido

Coercio:   es hacer de la fuerza un medio   para cumplir una decisión.

LEY DE LAS XII TABLAS 

Primera ley escrita que se da en roma 

Tribuno de la Plebe : es elegido por los plebeyos para representarlos ante el

gobierno . 

Terentilo Arza : propone la creación de una ley para que el pueblo conozca sus

derechos 

Decenviros empiezan a gobernar sustituyendo a los consules y aceptan crear la

ley .

Hermodoro de éfeso   

Se redactaron en tablas de madera y después dicen que se elaboraron en bronce .

Contenido 

Derecho procesal

Derecho penal (rey del talión)

Derecho civil

Derecho familiar

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Derecho sucesorio

Derechos reales

Contratos 

Derecho agrario

Obligaciones

El derecho empieza a secularizarse.   

Sistemas procesales de roma .

Legis Actiones: vigentes en la época arcaica de roma .

. proviene de las 12 tablas 

      . es un procedimiento compuesto por palabras rigurosamente determinados

que debían realizarse   por sacerdotes, con la finalidad de obtener una solución a

un proceso o   en vías de ejecución . 

Los únicos que tenían   acceso a esta ley eran los sacerdotes ya que ellos

interpretaban la ley .

Forma de Sentencia.

Declarativas: buscan que el sacerdote se pronuncie sobre la existencia de un

derecho en tela de juicio.

Acciones: 

Legis actio per sacramentum:   esta cuesta tiene un valor sagrado y quien pierde

se pone a la orden de los dioses

Legis actio sacramentum in rem: se aplicaba cuando se reclamaba   un derecho

sobre una cosa.

Legis actio sacramentum in personam: derecho sobre la persona.

Legis actio per ludias postulationem: derecho sobre deuda o cosa, sobre dinero .

Legis actio per conditionem: emplazamiento de pago.

Ejecutivas: son aquellas acciones que podían ejercer para cumplir una sentencia

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(fuerza)

Legis actio per manus injectio: acción de pena corporal . pago de una deuda a la

persona del deudor. ( esclavitud)

Legis actio per pignoris capionem:   accion por toma de prenda. El acreedor se

apoderaba   de bienes del deudor y no se los devuelve hasta que le pague .

(embargo) 

Principios de materia civil 

nexum : responsabilidad del deudor que queda materialmente sometido al

acreedor. 

Usucarpio: la preinscripción . pérdida o adquisición

de un derecho por el transcurso del tiempo.

Sponsio: promesa verbal de entregar dinero en el futuro . 

Mancipatio: actoo solemne   de transmisión de derechos sobre cosas o personas .

Como evolucionó el derecho a partir de   la ley de las XII tablas 

secularización: suceso muy importante en roma . cecula   proviene de la palabra  

siglo u lo de hoy   .

Los romanos empiezan a separar el derecho de la religión , se dan cuenta que no

podían seguir ligadas .

Fuentes del derecho .

Costumbre es la fuente mas   importante . para que una costumbre sea jurídica la

tiene que reconocer la sociedad costumbre: una conducta positiva o negativa  

efectuada repetidamente que se transmite de generación en generación que crea

una conciencia determinada de comportamiento convirtiéndose en regla de

carácter obligatorio.

Los romanos denominaban a la costumbre de la siguiente forma : inveterata

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consuetudo et opinio iuris seu necesitatis /necesitae .   para que la costumbre

fuera jurídica dos elementos subjetivo( et opinio iuris seu necesitatis , el pueblo

considera por convencimiento   de que esta conducta es obligatoria) y

objetivo( inveterata consuetudo, repetición constante de una conducta)

Historia de roma .

Expansión de roma, es decir   empieza a crecer territorialmente , se caracteriza

por es un pueblo militar . 

La primera batalla fue la de Cartago , una provincia fenicia (libaneses) , da inicio a

las guerras púnicas   y roma se hizo de   la isla de Cerdeña , Sicilia   y Córcega .

Aníbal   guerrero bárbaro que decide invadir Italia, cuando llega

a Roma , empieza la batalla de Zama en donde los romanos(comandados por  

Escipión el africano) ganan. Posteriormente roma pelea con los macedonio y los

griegos   , los derrotan   y después los romanos atacan Hispania .

Magistraturas

Son funcionarios públicos que desempeñan funciones específicas dentro del

gobierno romano. 

Magistrados   mayores :   conformada por los 2 cónsules , el pretor y los censores

. dos facultades , el imperium( es el poder de mandar y ser obedecido) y las

potestas ( poder socialmente reconocido)

Magistrados menores: tribunos de la plebe , cuestores o quaestores , airiles

curules . facultad las potestas.

Extraordinaria: el dictador

Se nombran gobernantes para las provincias conquistadas . 

Carrera de los honores: buscaban   ascender , llegar a ser cónsules . 

Características generales de las magistraturas: 

Efectividad:   elegidos por el pueblo . Los dos cónsules proponían al funcionario

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publico que podría ocupar el cargo y los comicios elegían si era apto o no . 

Anualidad: los cargos de los magistrados eran anuales .   decían que se

garantizaba la imparcialidad de los magistrados , pero había excepciones . 

Colegialidad:   normalmente se nombraban dos funcionarios públicos que

ocupaban el mismo cargo . intercessio: vetar la decisión del otro magistrado para

que no se llevara a cabo .

Gratuidad:   estos cargo se ostentaban de forma gratuita , no había sueldo .

No reelección inmediata:   podían ocupar el cargo muchas veces pero no en el

mismo periodo , se podían reelegir para otro cargo .

Responsabilidad

política o peal: los magistrados se les podía juzgar por aquellos delitos cometidos

durante su encargo . nace tipo de responsabilidad funcionaria . 

Magistraturas mayores 

Cónsules:   fueron los dirigentes de roma cuando cae la monarquía, dotados se

imperium , eran las mismas facultades que tenia el rey excepto las religiosas, fue

la magistratura romana , la de mayor jerarquía   en cuanto a sus funciones podía

convocar a las comicios , para asambleas populares   y también podían llamar al

senado para pedir algún tipo de concejo , administración pública , jefes supremos

de la milicia , tenían facultades para administrar justicia.

Pretor : surgen porque hubo la   necesidad de separar la administración de la

justicia y ellos tenían esta facultad.   . Surgieron con la necesidad de representar a

los cónsules cuando estos estaban fuera de roma . Al pretor se le dota de una

facultad que   ningún otro funcionario tenia :   iurisdictio: encargado de decir y dar

el derecho ; estos pretores aplican el   Ius ( derecho , lo justo) . con el paso del

tiempo se les otorga la facultad de emitir edictos:   consistía en omitir normas

procesales a observar en un litigio . cada año el pretor podía aumentarle o quitarle

normas procesales.   El pretor creaba normas adjetivas.   Complementaba el ius

civile   ( plasmado en la ley de las 12 tablas ) , se le dota del imperium y de

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potestas , dura en su cargo un año y cuando terminaba el cargo del pretor se

nombraba a uno nuevo   pero el edicto se le traspasaba al nuevo pretor   y se

tomaba lo esencial (edictum traslaticium)

. pretor urbano : resolver las controversias entre ciudadanos romanos con base en

el ius civile . pretor peregrino: resolver controversias   entre los extranjeros y

romanos, crea el derecho formulario entre extranjeros y romanos pero tiene que

llamar al jurista, abogado y juez (advocatus).   Ius gentium : son instituciones y

principios comunes aplicables a todos los habitantes del Mediterráneo , dotado de

los usos y las costumbres .   los pretores   crean un derecho llamado derecho

honorario :   creado por el pretor que son normas procesales que complementan el

ius civile .

Censores:   funcionarios que hacían el censo de la ciudad, tenían el control de la

población en roma , servían para efectos militares , políticos   y para efectos

fiscales , para saber con cuanto dinero contaba la gente .   Cuando no eran  

tenían que hacer el censo eran los encargados de velar por la moralidad y el

cumplimiento de las costumbres en roma , en sus principios solo eran dos con el

paso del tiempo roma tuvo al necesidad de nombrar mas , duraban en su encargo

aproximadamente 5 años ( cada 5 años se hacia el censo ) , también hacían una

lista de   las personas que podían   ingresar al cenado . 

Magistrados menores . 

Tribunos de la plebe (2):   funcionario de la plebe es un funcionario publico que

nace de un reclamo popular, es decir, de los plebeyos . cuenta la leyenda que los

plebeyos se   van a la montaña al monte Aventino   y deciden formar su propia

ciudad , y resulta que roma se queda sin gente para trabajar la tierras, los

artesanos   y los comerciantes

, entonces los patricios se preocupan   nombran a un senador y este va a

buscarlos al monte   los patricios no regresan hasta que los patricios deciden crear

Page 15: Derecho Romano

esta figura pública   que les dan un representante   en   el gobierno   para que

pudiera llevar los clamores de los plebeyos . duran en su encargo 1 año .  

funcionarios nombrados por los plebeyos y la única función que tenia era

representar a los plebeyos ante el senado y ante las demás magistraturas

romanas .   facultad del veto .   plebiscitos: proviene de plebs= plebe scitum=

mandato   consulta popular sobre un tema determinado , no se obligaban a l

gobierno a acatarlos. Las decisiones que no se podían vetar eran las del dictador.

Ley hortensia:     volver obligatorios los plebiscitos en el gobierno .

Questores :   eran dos ,   en los inicios eran los ayudantes personales de los

cónsules,   se les dotó con la facultad de investigar asuntos criminales e imponían

multas , más adelante se les dio la facultad de administrar y   custodiar el Erario

Público. Dotados de potestas   y duraban en su cargo 1 año .

Aediles curules: se crean a la misma vez que los pretores ,   eran nombrados

prácticamente por los comicios ,   ellos realizaban funciones de policías y

mantenían el orden de la ciudad   velaban por el abastecimiento de alimentos, y

ellos organizaban los juegos . la principal función de los aediles curules es

administrar justicia en los mercados, se les dota de la iurisdictio . se desarrolla el

derecho contractual . 

Dictador

Adquiere su nombre por que es el que dicta, el que ordena ;   es solamente

un magistrado   y de tipo extraordinario , por que cuando se ausentaban los

cónsules   o había caso de emergencia ,   se eliminaban las figuras de los

cónsules y el dictador tomaba el poder.   Su plazo duraba 6 meses.

Senado: solamente los patricios podían pertenecer al senado, con el paso del

tiempo los plebeyos podían formar parte de este,   en la época republicana   es

senada es una figura oligárquica,   quienes integraban el senado eran ex cónsules.

Page 16: Derecho Romano

Fue un órgano vital para el gobierno de Roma; Los cónsules nombraban a los  

candidatos para este puesto, pero el Censor   hacía una lista de aquellos quienes

iban   a ser los senadores.   senadoconsultos: no eran obligatorios   en principio,

después se hacen obligatorios   para los cósules.   Los principales temas   que   se

discutían eran temas de paz, religiosos sobre todo políticos, relaciones exteriores,

temas relacionados con las finanzas públicas.   el senado si intervenía en las

cuestiones administrativas autoritas patrum :   avalaban las decisiones tomadas

por los comicios.   Las decisiones tomadas por el senado, eran acatadas por que

estaban dotadas de una de las facultades más importantes en Roma auctoritas:

las cuales decía que eran obligatorias y se tenían que respetar. 

Comicios:   habían dos tipo : 

comicios curiados :   perdieron importancia en esta época y solo eran necesarios

para intervenir en ciertos aspectos religiosos

comicios por centurias : obtienen un mayor peso   por pertenecer al ejército y

ahora tienen derecho a votar   . según la capacidad económica nombraban 100

soldados

y se les hacían jefes   , ellos eran llamados centuriones .   centuria:   grupo de 100

soldados   . los romanos a cada centuria   les daba un voto .   entra más dinero

más valía el voto .   Estas centurias se reunían en el campo Marte ,   en donde

votaban   para la elección de cónsules y magistrados. Se vuelve el órgano político

de Roma. 

comicios por tribus:   se agrupaban por un criterio territorial , basado en el

domicilio del paterfamilias . encontramos   4 tribus importantes conocidas como

tribus urbanas (etruscos, sabinos, latinos) ubicadas en la ciudad ,   quienes

trabajaban el campo ya no estaban en la ciudad y forman 31 tribus rústicas, y esto

se hace porque lo que se busca era darles un voto a las personas que

conformaban estas tribus .   las rusticas siempre ganaron por que eran   mas ,

Page 17: Derecho Romano

tenían un peso mayor a las urbanas. 

Ley canuleya :   permite o reconoce el matrimonio entre patricios y plebeyos .  

noviditas:   plebeyos que tenían dinero pero nunca   podrían llegar a ser patricios. 

Época clásica.

Es una época modelo , la época principal de derecho romano , debido a varios

factores 

Aparece una de las figuras más importantes , el jurista , con quien se empieza a

desarrollar el derecho y se empieza a considerar al derecho como ciencia 

Para el estudio del derecho se vva a dividir en 3 partes 

Primera época clásica

Clásica alta o central

Clásica tardía. 

PRIMERA ÉPOCA CLÁSICA ALTA O CENTRAL CLASICA TARDÍA

130-27 AC

Formación de la jurisprudencia 

inicios de la república

inicios de la jurisprudencia

helenismo

procedimiento

formulario.

Republica a principado. 27-130 DC

apogeo del derecho

inicia el principado 

destaca el jurista 

derecho honorario 

Page 18: Derecho Romano

escuelas de derecho 

burocratización . jurista

edicto perpetuo . 130-230 AC

auge del imperio absoluto o Dominato

decae la jurisprudencia

procedimiento cognitorio.

Fuentes del derecho en la época clásica.

La costumbre : conducta positiva o negativa   que se va reiterando con el tiempo  

y   es considerada obligatoria por la sociedad. Las costumbres romanas se

llevaron a   lay de   las XII tablas .

La ley : norma jurídica que emana   del órgano   investido con facultad legislativa.  

Las leyes en roma podían ser emitida por los comicios ( leges curiatae) , cuando

interviene un magistrado   e llaman ( leges rogateae).   Los magistrados   pueden

crear leyes por voluntad propia   y reciben el nombre de ( leges datae ).

Jurisprudencia (fuente de derecho más importante   en la época clásica):   doctrina

creada por el jurista para resolver un caso concreto a través de la justicia . Jurista:

hombre sabio conocedor del derecho y sobretodo   que la gente le reconocía su

sabiduría.   El jurista no crea leyes   sino la justicia . derecho privado : Ius   nacía

de diferentes fuentes :

Práctica procesal

Costumbre

Opinión de los juristas .

Senadoconsultos :   son aquellas opiniones que emiten los senadores   respecto

de un caso en lo particular quien es sometido a su consideración . se vuelven

Page 19: Derecho Romano

obligatorios

Plebiscitos :   son aquellos mandatos de la plebe , es decir, todas aquellas

manifestaciones de la plebe   entorno   a un tema en lo particular .

Edictos de lo magistrados :   eran precisamente magistrados quienes se les doto

del ius edicendi : facultad de poder emitir edictos . los únicos que tienen este

poder son   el pretor el aedil curul y los gobernadores de las   provincias. Edictos:

documento que emite el magistrado   al comenzar el año de su cargo en los cuales

exponía públicamente en una tabla de madera las acciones y excepciones   que

se proponían conceder al público durante el año de su encargo, mediante este

edicto el magistrado fijó y comunicó   los principios a los cuales se sujetaría la

llamada Iurisdictio   durante su encargo , insertando fórmulas de las acciones

excepciones y demás remedios procesales que concederían para la solución de

las controversias. Eran asuntos de tipo procesales.

PRIMERA ÉPOCA  

NACIMIENTO DE LA PRIMERA JURISPRUDENCIA. 

Nace con los pontífices   ya que estos tenía en sus manos las fórmulas para litigar,

estas monopolizan al derecho. Se seculariza el derecho y se abre la posibilidad de

que cualquier persona podría estudiarlo y es así como nacen los juristas. 

Tiberio Coroncano, era un sacerdote plebeyo , el primero que inicia a dar

consultas públicas , inició con la gente culta de Roma , se transfiere de los

pontífices   a los   senadores.

03/03/2011

El jurista.

Figura más importante de Roma porque a través de él se va creando el derecho.

Resuelve problemas de la realidad.

Page 20: Derecho Romano

Jurista: El jurista nace en roma con la finalidad de poder dar opiniones jurídicas a

los ciudadanos

que lo requerían. La gente le reconocía ese conocimiento a ciertas personas que

sabían de derecho. Con el paso del tiempo   se vuelve importante porque más

gente se acercaba a él.los juristas eran patricios y hasta sacerdotes. 

• No es un funcionario público.

• No dictaba una sentencia. 

Resolvía estos casos a partir de su conocimiento y es el que crea el IUS (derecho:

lo justo). Lex la crea el gobierno a través de los comicios y las magistraturas.   

Utilitas:   

El jurista el método inductivo: de lo particular a lo general en base a la Utilitas (lo

que es útil)

• Auctoritas: es el saber socialmente reconocido. Se reconocen cualidades

personales de alguien, la capacidad de dar un argumento convincente sobre un

tema en particular. El jurista sólo tiene Auctoritas.

Dentro de los mismos juristas no todos tenían la misma autoritas.

La palabra autoridad no tiene nada que ver con el poder porque Auctoritas viene

de una persona sabia que se le reconocen sus capacidades.

El senado también tenía Auctoritas. Consejo consultivo del rey, magistrados,

comicios.

• Potestas: poder socialmente reconocido. Facultad de imponer la voluntad por la

fuerza.   Los magistrados tienen Potestas.

El jurista va a crear instituciones (figuras jurídicas).

Actuación del jurista romano 

El jurista hace del derecho un arte, una ciencia. Usa un método empírico-

casuístico (casos). Logra las soluciones del caso porque aplica la equidad.

Page 21: Derecho Romano

Justicia (definición de Ulpiano): constante y perpetua voluntad de darle a cada

quien lo que le corresponde.

• Retórica y

Dialéctica: (helenismo) filosofía y por lo tanto los romanos llevaron al campo del

derecho temas filosóficos y de ahí nace la aplicación de la retórica ( arte de

convencer a través de la palabra) y la dialéctica (método que se basa en el

análisis conceptual y en la síntesis: extraer el núcleo esencial del supuesto

jurídico, unir analogías, separar diferencias de este modo dominar la ciencia

jurídica) .

Forma de los escritos de los juristas

Empezaron a escribir en tablillas de barro (de arriba hacia abajo ), luego surgieron

los copistas que eran personas que se dedicaba a copiar la literatura del jurista,

con el paso del tiempo los copistas aprenden de los egipcios el papiro y

empezaron a escribir en papiro. Estos textos compilados se cosieron para formar

un libro y esos libros se llamaban CODEX (libros tejidos a mano) así nacen

editoriales y se daba a conocer a la gente.

La venta del libro dependía de la Auctoritas del jurista (si era popular más libros

vendía). Así la gente se empieza a interesar en el IUS, surgen escuelas de

Tirocinium (enseñanza):

Un grupo de jóvenes se lo seguían por toda la ciudad, iba explicando el jurista y

los estudiantes le preguntaban sus opiniones. La enseñanza se hizo privada.

Después era mucha gente y se tuvieron que crearon salones   STATIONES. Se

empezaron a proliferar Las institutas manuales de enseñanza del derecho. Se

crearon dos escuelas importantes:

a. Sabinianos

b. Proculeyanos

Jurista Abogado

Page 22: Derecho Romano

• Dialéctica: forma de razonamiento que crearon los romanos. De diferentes

conceptos se aterriza en una

sola.   Inducción y deducción para llegar a una conclusión.

• Persona de clase especial: es una persona conocedora, preparada utilizándolo

para dar resolver los conflictos.

• Hombre de razonamiento: era un científico, utilizaba su razón para resolver

conflictos.

• Su función no es convencer a las partes. Sino aconsejar. 

• No cobra. Labor gratuita porque les interesaba ganar respeto-

• Científico: hace del derecho una ciencia.

• Participa en la parte In Iure

• Los hechos que se alegan en un juicio se pueden probar. Las partes platicaban

los hechos del conflicto y daba una opinión, no veía por la probación de los hechos

el solo daba su opinión del conflicto. 

• Puede que su opinión no sea correcta ya que no estudia el caso.

• Jurista no es juez

El que lleva la voz o habla por otro (Ad Vocatus)

• Retórica: el arte de convencer a través de la palabra. Trata de convencer al juez

de que su cliente tiene la razón.

• NO sabe de derecho.

• Apud Iudiciem: participa porque es la fase que se lleva frente al juez.

• El abogado utiliza las pruebas para convencer. 

• Si cobra.

En el siglo II a. c. se da una lucha entre la jurisprudencia y la retorica. Lo que

triunfo fue la jurisprudencia. Los juristas constituyen al derecho como un saber

autónomo sin dejar de tomar en cuenta datos sociales de su época, la naturaleza

Page 23: Derecho Romano

de las cosas y las ideas que tenia la sociedad sobre los temas que iba a tratar. 

Per Formulas o Sistema Procesal Formulario (derecho adjetivo)   (Segundo

sistema procesal que aparece en la época clásica).

Cuando roma empieza

a crecer territorialmente hablando, los territorios conquistados no se consideraban

ciudadanos romanos. Cuando los romanos conquistaban solo conquistaban el

territorio la población se volvía esclavos, extranjeros, utilizados para la guerra, etc.

Nacer romano era lo mejor en la vida.

Consecuencias: 

Mayor población por lo tanto más problemas entre la gente. Habiendo más

extranjeros que romanos y el sistema de acciones de la ley empieza a caer porque

solo era aplicable a ciudadanos romanos. Los extranjeros no tenían un sistema

procesal por lo tanto el pretor peregrino debía de crear un nuevo sistema procesal

más sencillo donde la participación del pretor sea fundamental y donde las partes

debían de llegar a un entendimiento. 

El pretor urbano le da a los ciudadanos romanos   la opción de poder resolver sus

conflictos con acciones de la ley o el formulario.

El procedimiento formulario se reconoce su validez a partir de la Ley Aebutia . con

las acciones de la ley las partes se tenían que aprender la formula y en el

procedimiento formulario el pretor es el que redacta la formula y junto con las

partes nombrara al juez que resolverá la controversia. Ni el pretor ni el juez sabían

de derecho solo requerían honradez, buena reputación y buen juicio orientados

por el jurista para resolver la controversia. El pretor se vuelve organizador del

juicio, señalando cada parte sus derechos y deberes procesales.   Las partes

Page 24: Derecho Romano

tenían que acudir al pretor y juntos elaboraban la formula, la cual también era

elaborada junto con el jurista. Contrato de tipo

procesal.

Se redactaba en tablas de mandara y se le mandaba al juez (el pretor se la

mandaba) para resolver la controversia (contiene acciones y excepciones) pero las

partes debían de estar de acuerdo con las formulas para poder ser mandadas.

Elementos de la formula: 

1. Intencio: causa de la controversia. Se describe cómo surge el conflicto.

2. Demostratio: las partes prueban para demostrar quién tiene la razón.

3. Condenatio: autorización que daba el magistrado (pretor) al juez a absolver o

condenar a una persona.

Características y diferencias entre las acciones de la ley:

• En las acciones de la ley se podían meter clausulas que podían afectar o no a las

partes. Pero en el procedimiento formulario solo estas se podían. 

• Se le daba la oportunidad de poder arreglar la formula como él quisiera. Aquí si

participan las partes

• Es necesaria la participación del jurista porque es el único que sabe el orden

correcto de las formulas. Las partes nombran a un abogado y el abogado no

elabora las formulas solo debía de probar si su cliente era inocente. Empieza el

procedimiento escrito.

• Sencillo   y rígido.

• El pretor cada vez que redactaba una formula creaba derecho procesal, derecho

adjetivo. 

Page 25: Derecho Romano

El procedimiento formulario tiene dos fases:

1. In Iure:   procedimiento introductorio, aquí el pretor fija la formula junto con las

partes y el jurista (da una opinión de una posible solución del caso).

2. Apud Iudiciem:   se nombra al juez (lo nombran el pretor y las partes) e

interviene el abogado(trata de convencer al juez). Parte

en la cual se dicta una sentencia.

Derecho honorario (=adjetivo): nace de la Iurisdictio (decir el derecho) del pretor

como.   Surge a través del derecho civil romano, que era imperfecto e incompleto,

el derecho honorario lo va complementando. La costumbre y la ley nutria al

derecho civil romano y al derecho honorario lo hace sólido el derecho creado por

pretor a través de su acción y la jurisprudencia.   A través de este derecho es

como conocemos el sistema procesal que se llevaba en esa época. 

Las partes en la controversia acudían al   foros romanos para conocer los edictos

del pretor (acciones y excepciones). Podía adoptar diferentes modalidades:

• Edicto Perpetuo: se le llama al edicto que publica el pretor al inicio de sus

funciones. 

• Edicto Repentino:   es el edicto que crea el pretor en cualquier momento cuando

las circunstancias así lo exigieran.

• Edicto Traslaticio: es el edicto que toma el nuevo pretor cuando sustituye al

anterior. Que el nuevo pretor tomaba lo que había dicho su antecesor y lo

modificaba.

De esta manera los edictos se fueron creando como códigos como libros así es

como se crea una ciencia de derecho procesal. El derecho creado por el pretor es

el más vivo porque se transforma de acuerdo a las necesidades de la sociedad.

Juristas de la época:

• el que se roba las fórmulas  Cneo Flavio 

Page 26: Derecho Romano

• inició con la solución práctica a los casosTiberio Coruncano

• obra Tripértita( primera obra de la jurisprudencia)Sexto Elio Peto

• Quinto Mucio de Escévola

• Aquilio Galo

• primero en hacer comentariosServio Sulpicio

al edicto del pretor

• Antistio Labeón

• Ateio Capitón

• Tribatus Testa

Clásica Alta o Central (30- 130 d.c.)

Coincide con la crisis de la República en roma y empezara el Principado o

Diarquía(gobierno de 2).

Crisis de la República:

Decadencia en la moralidad de roma por la existencia de muchos extranjeros,

esclavos y territorios quienes empezaron a reclamar sus derechos.(debido a la

expansión mediterráneo y parte de áfrica). Entre patricios y militares de alto rango

se repartieron las tierras conquistados. Generando que los territorios empezaran a

crecer( ricos más ricos y pobres más pobres). Los militares ganan poder dando

lugar al caudillaje, generando riesgo en la república porque los veía más

poderosos que le gobierno mismo. 

En la segunda guerra pónica: conquista de más territorios creciendo su economía

(corrupción) pero esto   provoca una desigualdad económica en roma. Roma se

enriquece   y se vuelve una gran nación convirtiéndose en la potencia europea. El

gobierno empieza a premiar a los militares y altos funcionarios de roma. La gente

de dinero se hizo de tierras y las de los militares que se iban a la guerra. La

Page 27: Derecho Romano

agricultura decae y los militares despojados ya no tienen en que trabajar

desapareciendo la clase rural. Surgiendo la clase :

Proletariado: gente sin oficio y sin beneficio (mantenidos). El gobierno supo que

tenía que hacer algo por esta clase porque si no hubiera una revuelta, entonces

crea el PAN Y CIRCO (para que se divirtieran y se olvidaran que no tenían nada)

surgen los gladiadores (esclavos). Al

haber tantos esclavos surgen las rebeliones contra los romanos (por el maltrato

brutal que les daban, en la primera rebelión Espartaco fue el que guío. Los

romanos los sometieron matando a Espartaco.

La gente también se empieza a disgustar por que la repartición de la economía no

era equitativa entonces se proponen reformas importantes donde los romanos

nombran a los hermanos Graco (tiberio y cayo) a quienes se les encomienda las

reformas para la transición de algo mejor: reforma agraria, posesión de tierras y

dividen las tierras entre pobres y ricos. A los territorios repartidos los nombran  

inalienables (   no se puede vender). Sus ideas no fueron bien vistas por los del

gobierno y se empieza una guerra(los militares romanos no podían entrar a roma

con armas) donde surgen 2 militares(caudillos)(Mario y Sila) que se instauran

como cónsules empezando un periodo de venganza y guerra en roma (los demás

militares disgustados).

Surgieron figuras importantes en roma que por las guerras se crea un gobierno

provisional llamado Triunvirato: Craso, Pompeyo y Cayo Julio César.

• Dividen los territorios conquistados y cada quien gobierna un pedazo de territorio.

• Craso uno de los principales en combatir a Espartaco pero muere en la batalla

entonces solo quedan Pompeyo(senado a su favor) y Cayo Julio César(gran

político, noble y la gente lo quería mucho en especial a los militares) quienes se

Page 28: Derecho Romano

van a enfrentar. Pompeyo representa al senado y Julio César a los militares. En la

batalla julio César (con su amigo Marco Antonio) se va a Egipto y se encuentran

con Cleopatra y los dos se enamoran de ella. 

• Julio César derrota a Pompeyo proclamándose dictador de Roma temporal pero

el quería ser el imperio. Nadie contaba con la fuerza que lo derrotara, Julio César

no previó que los que tenían el dinero eran los políticos, desencadenando a

problemas, los políticos tratan de seducir a “Bruto” (su sobrino) para matarlo con el

fin de volverse cónsul. Y Bruto apuñala a Julio Cesar y muere.   Luego el senado

le da la espalda a Bruto y lo matan. 

Se forma un segundo Triunvirato:   Octavio (sobrino de Julio César, se instaura

como gran político y militar), Marco Antonio (mejor amigo de Julio César) y Lépido

(senado).

Lépido se vuelve pontífice máximo por lo tanto solo quedan al poder Octavio y

Marco Antonio. Pero no se caían bien y se pelean. Marco Antonio huye a los

brazos de Cleopatra y se relacionan. Octavio con el ejercito se van a Egipto (lo

invaden) y se suicidan Marco Antonio y Cleopatra (con veneno de cobra).

Octavio se da cuenta del error de Julio César (dictador), entonces se proclama

como el restaurador de la República (ganándose a comicios, cónsules, etc). Se

nombra Princeps: primer ciudadano 27 d. c.   (300 años)(principal defensor de la

República) pero esas no eran sus intenciones eran gobernar totalmente Roma. Lo

nombran Octavio César Augusto (exento honorable) y cónsul perpetuo.

Clásica Alta o Central

Octavio coincide con el apogeo de la jurisprudencia y las demás fuentes del

Page 29: Derecho Romano

derecho en Roma. El ejercito le regala territorios (España, Grecia y Egipto). Se

acerca al senado y le

dice gobernemos juntos y es aquí donde empieza el principado o diarquía (César

augusto y Senado).

Preguntar apuntes pq fuiste al baño ahahah!

César Augusto debilita a los comicios porque no eran necesarios. Fue debilitando

los órganos del gobierno que eran del pueblo. El senado gana más facultades y se

vuelve el porta voz del princeps. Las magistraturas se burocratizaron (les da un

salario). Al princeps no le preocupaba sobre el derecho porque le pertenecía al

pueblo y juristas. Respetando la libertad de los juristas y no se metió en el derecho

teniendo claro que el estado aunque creara derecho no era importante porque

aunque creara la ley no era importante. No podía crear todo el derecho y si no

contaba con los juristas no podría. Debilita a los comicios. 

Las fuentes del derecho que más se desarrollaron son la jurisprudencia y el edicto

del pretor.

Con augusto crece el desarrollo del imperio, obtiene paz (La paz de Augusto) . l

Octavio necesitaba controlar el derecho por lo que se empieza a juntar con los

juristas haciéndolos sus amigos, pidiéndoles asesoría sobre derecho creando el

Concilium Princeps: asamblea de los juristas más importantes con Octavio cesar

augusto, para nombrar a los juristas que podían ser parte de esta asamblea

Octavio elegía a los que lo apoyaban:

• Ius Publice Respondendi Ex Auctoritate Princeps (derecho publico que da

respuestas por autoridad del príncipe): Una distinción para asesorar en nombre del

Page 30: Derecho Romano

princeps a las personas (solo con la autorización del príncipe para controlar el

derecho). Se vuelve ley

todo lo que diga el jurista.

En el procedimiento todo lo que decía el jurista se hacía obligatorio y empieza a

importar la opinión del jurista mediante el IUS PUBLICE. Entonces todos los

juristas le aplaudían al princeps para formar parte de la asamblea. Provocando

una decaimiento en la jurisprudencia. Antes del siglo I d. C. todos los juristas

tenían esta distinción (sin importar si eran buenos o malos).

El princeps empieza a crear derecho tomando el nombre de

Constituciones Imperiales : siendo obligatorias. Tiene un florecimiento importante

• Edicta: disposiciones o comunicaciones que hace el princeps directamente al

pueblo. (anuncios) su vigencia eran vitalicia

• Mandata: instrucciones dirigidas a funcionarios públicos.

• Decreta: decisiones judiciales tomadas por el princeps en un juicio en su calidad

de magistrado.

• Rescripta: respuestas a funcionarios públicos o a un particular y que se vuelven

decisiones o precedentes judiciales vinculantes en un juicio. El jurista participaba

en esta.

Las escuelas del derecho: 

• Sabiniana: escuela oficial porque le aplaudían todo al princeps. fundada por

Ateyo Capitón que era partidario del príncipes por lo tanto era conservador. Ateyo

es sustituido por el jurista Masurio Sabino para dirigir la escuela. No cobraban por

la enseñanza del derecho sino que los alumnos mantenían al profesor. Masurio

hace los Tres Libros del Ius Civilis. Luego Cayo Casso Longino sustituye a

Masurio y crea el Libri Iuris Civilis.

• Proculeyana: escuela de tipo liberal porque no estaba de acuerdo con el régimen

Page 31: Derecho Romano

de Augusto. Antistio Labeón fundador por lo tanto no contaban con el Ius Publice

Respondendi. Se hicieron 400 libros de tipo jurídico y comentarios al edicto del

pretor. Los principales seguidores de esta escuela son: Nerva y Próculo

Juristas importantes de esta época:

• Masurio Sabino

• Cayo Casso Longino

• Javoleno Prisco

• Juvencio Celso: creador de varias sentencias y define al derecho como la ciencia

o arte de lo bueno y lo equitativo.

Principios del derecho: 1.- que nadie está obligado a lo imposible

• Labeón

• Próculo

• Pomponio

• Celso ( más importante de la época)

• Salvio Juliano (jurista más importante de “todos” los tiempos): hizo una

compilación del edicto del pretor. Crea el edicto perpetuo.

Época Clásica Tardía 130 d.C. a 230 d.C.

Se le nombra   “El Augusto” o “El Imperato” (todo poderoso). Cuando augusto

muere surge el problema de su sucesión. El senado, comicios, magistrados decían

que debía de ser su hijo, solo faltaba la opinión de la milicia pero aprueban.

A partir de aquí empieza el imperio romano. 

Dinastías más importantes:

Page 32: Derecho Romano

• Julio- Claudio:

1. Cesar Augusto

2. Tiberio

3. Calígula

4. Claudio

5. Nerón: manda a quemar roma y muere

• Flavios:

1. Vespaciano

2. Tito

3. Domiciano 

• Antoninos o Antonios

1. Nerva

2. Trajano 

3. Adriano

4. Antonino el piadoso

5. Marco Aurelio

6. Cómodo: muere asesinado 

• Severos:

1. Séptimo Severo

2. Caracalla

3. Heliogábato 

4. Alejandro Severo (con el acaba la época del principado)

Los juristas se enfocan en elaborar monografías e institutas.

El edicto del pretor ya no es tan importante. Las responsas y las questiones se

mantienen. Empiezan a surgir juristas extranjeros que no hablaban bien el latín por

lo tanto los escritos que surgen no están bien vistos por el jurista romano. El jurista

ingresa a trabajar con el emperador por lo tanto se burocratiza. Los edictos de los

Page 33: Derecho Romano

magistrados se vuelven repetitivos por lo tanto el emperador Adriano publica el

edicto perpetuo (recopilación de derecho honorario) por lo que el pretor deja de

hacer derecho procesal por lo que decae. A partir de la elaboración del edicto

perpetuo la jurisprudencia pierde su originalidad por lo que se vuelve repetitiva y el

procedimiento per formulas cae.

Los juristas importantes de esta época:

• Papiniano: el príncipe de los jurisconsultos

• Ulpiano: crea la definición de justicia

• Paulo

• Modestino

• Gayo: principales creadores de las institutas

Últimos juristas destacados.

Post clásica:230- 530 d.c.

Empieza el imperio y roma empieza a decaer porque pierde vitalidad el gobierno,

al igual que el derecho.

Cuando muere Alejandro Severo empiezan revueltas y un estado de

anarquía(ausencia de autoridad) lo que lleva a una crisis económica, política,

militar y religiosa. Estos sucesos fueron aprovechados por los vecinos de roma y

empezaron a invadir (los barbaros empezaron a invadir su territorio).

Después de la época de los 30 tiranos (gobernadores de Roma impuestos por la

fuerza) aparece Dioclesiano (emperador de Roma) se instaura como emperador

legitimo de roma logrando paz, pero se encuentra con

un imperio que se está desmoronando.(monarquía de tipo absoluta) el princeps

pasa a ser el Dominus (soberano absoluto) se debilitan las magistraturas, el

senado y la diarquía recae. Se empieza a creer que el imperato lo nombra dios.

Page 34: Derecho Romano

Domiciano (otro emperador) reconoce que era difícil gobernar todo el imperio por

lo que divide al imperio romano en 2 secciones políticas y además de una vez

mas. Nombra gobernadores en los 4 territorios para que le ayuden a gobernar.

Territorialmente no se divide el imperio. El centro del imperio deja de ser Roma

(perdiendo poder) desplazando su poderío político hacia el oriente.

Imperio Romano de occidente (latin) e imperio Romano de Oriente (griego)

Constantino (otro emperador) funda la ciudad de Constantinopla en la parte

oriental de Roma (Turquía). Instaura la sucesión de tipo hereditaria, donde cada

emperador nombra a su sucesor. Tetrarquía. Constantino era cristiano entonces

se vuelve

Teodosio I llega al poder reconociendo que ya no se puede gobernar así, tiene dos

hijos Honorio y Arcadio. Divide el territorio en 2 : imperio romano de occidente

(Honorio gobierna, la capital   es Ravena) e imperio Romano de Oriente (Arcadio

Constantinopla   se vuelve su capital). Cada imperio era independiente pero si

tenían una relación.

En el año 406 d.C. Atila, el rey de los Hunos,   logra penetrar el imperio occidental

(ataca Roma) haciéndolos pedacitos. 410 d.C. ingresa otro grupo bárbaro (Alarico

el líder) al imperio occidental. Años después empiezan a ingresar más grupos

barbaros, debilitando el imperio occidente.

476 d.C. entra Odoacro entra a Roma y mata al ultimo emperador Romano

Rómulo Augusto por lo tanto acaba el imperio Romano Occidental.           

Aquellos pueblos son reconquistados (Hispania, galgos –Francia, Germanos, etc.)

Page 35: Derecho Romano

y forman sus propios territorios. Pero el imperio Oriental seguía siendo muy fuerte

que el imperio cae en el año 1453 d.C. (los turcos entran a Constantinopla,

derrocando al emperador Constantino XII).

Derecho Post Clásico:

En el año 212 d.C. el emperador Caracalla otorga mediante una constitución

imperial en la cual le otorga la ciudadanía Romana a todos los miembros del

imperio provocando el decaimiento de la esclavitud y las clases ( Ius gentium deja

de existir). El derecho Romano no era igual en el imperio occidental (los pueblos

que no tenían derecho antes lo adaptaron a sus usos y costumbres entonces ese

derecho ya no era el mismo). El derecho romano, empieza a fragmentarse y cae

en desuso porque la gente no sabia utilizarlo, toma el nombre de Derecho

Romano Territorial (antes se le aplicaba a los ciudadanos romanos pero ahora a

todos según el territorio). El pueblos dominador no se lograba distinguir entre los

dominados. Esta modificación hace que la jurisprudencia empiece a decaer (235-

284 d.C.).

El jurista empieza a desaparecer porque pierde la independencia (burócrata)

perdiendo su capacidad creativa dependiendo del emperador, cae del anonimato y

empiezan a repetir lo que ya se había dicho por lo tanto ya no era necesario crear

jurisprudencia (ausencia de producción jurídica). A partir de aquí el

derecho romano se empieza a Vulgarización del derecho.

El sistema procesal (per formulas) entra en crisis porque hay una intervención del

estado en la resolución de controversias, el juez ya no era nombrado por las

partes sino que era un funcionario público del imperio, se abandona el

procedimiento per formulas y empieza el Derecho Procesal Cognitorio (cognitio

esxtraordinem): 

• Procedimiento escrito.

Page 36: Derecho Romano

• Al juez lo nombra el gobierno.

• Se eliminan las 2 fases del procedimiento volviéndose en una sola fase.

• No se requiere elaborar una fórmula.( pretor deja de existir)

• La prueba testimonial ya no es necesaria y se vuele la prueba documental

• Función del estado

• El Juez se vuelve conocedor de la ley

Causas del desaparición de la jurisprudencia:

• Burocratización del jurista.

• Jurista se vuelve un instrumento del emperador.

• Cambio del sistema procesal .

• Crisis política y social del imperio.

Vulgarización del Derecho: el derecho deja de ser científico (el jurista hacia

científico el derecho pero como desaparece el jurista deja de ser científico). Deja

de haber producción jurídica, se pierde el estilo, se confunden conceptos, carece

de técnica jurídica (forma en la que se crea el derecho). Derecho romano

totalmente degenerado. Al dar la ciudadanía a todos entonces no entienden el

derecho clásico (no todo el mundo hablaba en latín). Se pierde el casuismo.

Presencia de un derecho romano corrompido.

Características de la vulgarización del derecho:

• Pobreza de lenguaje.

• Tiende a generalizar soluciones: con lo que ya

existía se daba soluciones a los casos.

• Mezcla del derecho romano con los derechos locales.

• Simplificación del derecho: lo hacen fácil para entenderlo.

• Se pierden las instituciones jurídicas.

• Masificación de la enseñanza del derecho: se enseña a gran escala el derecho.

• Se acentúa en la administración de la justicia: juez es burócrata, sabe de

Page 37: Derecho Romano

derecho. Se empezó a interpretar al derecho en las ciudades. El emperador crea

el derecho: Constituciones Imperiales

Se abandona la clase judicial y es por eso que hay un desorden jurídico

• Las fuentes del derecho se reducen.

Para unificar el derecho:

• Recopilaciones del derecho: para que los jueces de ciertas ciudades aplicaran el

mismo derecho.

Fuentes del derecho de la época post-clásica:

• Constitución imperial (ley): (no eran del conocimiento público)

• Costumbre

La jurisprudencia se empieza a interpolar(suprimir, modificación, adicional,

cambiar el sentido de algo de forma anónima): lo que ya existía es adaptado para

la actualidad. Los libros de los juristas clásicos no se adecuan a la realidad.

Los jueces decían que se podía aplicar el Ius o la jurisprudencia en los juicios,

pero los jueces no sabían que jurisprudencia aplicar. Había problema para saber

que constituciones imperiales estaban vigentes. Esto creaba un caos en el

imperio. Los jueces se unen para salvar al derecho. Los privados (no pertenecen

al gobierno) intentan poner orden al derecho haciendo recopilaciones: 

• Ordenar la Lex (C.I.): la recopilación privada estaba establecida en códigos

1. Código Gregoriano(291

d.C.): elaborado por un funcionario del emperador, colección de constituciones

imperiales desde el emperador Adriano hasta Dioclesiano.

2. Código Hermogeniano: contiene constituciones imperiales de Dioclesiano las

que no estaban contenidas en el código anterior

Page 38: Derecho Romano

El emperador no estaba contento así que él hace su propia compilación oficial:

3. Código Teodosiano: toma colecciones compiladas de los códigos Gregoriano y

Hermogeniano y se complemento con las constituciones emitidas desde el

emperador Constantino hasta el emperador Teodosio II que fue aplicado en las

dos partes del Imperio Romano.

• Ordenar el IUS (jurisprudencia): Ley de Citas

La ley de citas dice cuales son los juristas que se pueden citar en un juicio

(jurisprudencia que se puede citar en un procedimiento). La ley de citas de

Teodosio II era la que realmente se aplicaba, solo se podían citar a 5 juristas en

un juicio

Papiniano

Ulpiano

Paulo

Modestino

Gayo

Si los 5 no opinaban lo mismo sobre un tema, sólo se tomaba lo que decía

Papiniano si su jurisprudencia no daba la respuesta el juez tenia la libertad de

aplicar lo que le parecía correcto. Pero se volvió difícil de aplicar la ley.

Teodosio II reforma esta ley de cita, diciendo que se podía citar a cualquiera de

esos 5 juristas sin orden, pero se volvió un desastre provocando que se podía citar

a cualquier jurista de Roma.

Cuando cae el imperio de Occidente, los barbaros o germanos liberan a los

pueblos sin poner a un emperador y no destruyen el derecho romano sino que lo

respetan.

Page 39: Derecho Romano

Imperio Romano

de Oriente

Mientras desaparecía el imperio de occidente en Oriente lograron frenar las

invasiones de los barbaros. 

El imperio de Oriente no tenía nada que ver con el de Occidente, se hablaba

griego, eran culturas diferentes. Se crea una nueva cultura, la cultura bizantina,

cultura propia del Oriente que dura hasta el renacimiento (Imperio Bizantino). 

Derecho justinianeo o Derecho Bizantino 

Se crean escuelas de derecho, había creación del derecho. Se enseñaba el

derecho romano Occidental (textos Clásicos interpolados al imperio Occidental).

Se desarrollo el estudio del derecho porque no hubo invasiones barbaras

• Escuela de Berito

• Escuela de Líbano

• Escuela de Constantino

En 527 d.C. llega Justiniano que estaba casado con Teodosia (siempre le

aconsejaba a Justiniano). Conquista cierta parte de lo que era el imperio

occidental (pero no todo: parte de áfrica, Italia y el sur de Francia).Lo que quiere

es la unión e igualdad de su imperio con la aplicación de un solo derecho. Al tratar

de unificar su imperio estudia el derecho clásico para poder aplicarlo en su

imperio. Emite constituciones imperiales (compilación) convocando a juristas (de

las escuelas) para compilar el derecho. Así nace el Corpus Iuris Civilis (obra más

importante del derecho romano)

Page 40: Derecho Romano

Justiniano hizo esta compilación para la seguridad jurídica (protegidos por la ley,

seguridad de saber qué ley nos aplicaran) de su sociedad y para que los jueces

supieran que derecho aplicar.

Justiniano empieza la compilación mandando a compilar todos constituciones

imperiales.

Luego pide que se ordenaran también los libros hechos por los juristas clásicos

( jurisprudencia). Y que la obra reunida se retocara, que se modernizara (supriman

anacronismos), que se añadieran ideas, y evitar contradicciones. Éstas

modificaciones fueron denominas interpolación.

Corpus Iuris Civilis (Justiniano fue publicando obra por obra. Hasta la edad media

se le da éste nombre)

• Codex: 527 d.C. Justiniano crea una comisión de juristas para que lo creen 

Juan de Capadocia: ex cuestor 

Triboniano

Teófilo: maestro de la escuela de Constantinopla

Doroteo: maestro de la escuela de Líbano.

Crearan este código con las constituciones imperiales desde el emperador Adriano

hasta Justiniano. Toman lo importante de los códigos gregoriano, Teodosiano y  

Hermogeniano. 529 d.C. se publica. (contiene todas las constituciones imperiales

que contiene lex). 

Luego se vuelve anacrónica (porque el emperador seguía creando constituciones

imperiales) y Justiniano tiene que llamar juristas para modernizarla (Triboniano le

agregó leyes emitidas por Justiniano) este nuevo código se publica en el año 534

d.C. (este es el que conocemos). Está compuesto por 12 libros, cada libro está

compuesto por títulos y cada título está compuesto por leyes. Contiene 4700

constituciones imperiales

Page 41: Derecho Romano

• Digesto (material ordenado) o Pandectas( ordena todo): 530 d.C

Contiene una antología de jurisprudencia. Ésta es la parte más importante ya que

contiene la literatura clásica de los juristas romanos, es decir el IUS.

A través de la constitución imperial Deo Auctore,

Justiniano ordena a Triboniano que se encargue de recopilar en una sola obra  

toda la literatura de los juristas clásicas. Triboniano elige 16 personas para que

creen este indigesto (Triboniano, Teófilo, Doroteo, Cratino, Constantino, Isidoro,

Anatalio). Concluye su compilación en 3 años, (leyeron más de 2000 libros) se

pública en diciembre de 533 d.C. a través de la constitución Tanta.

Contiene 50 libros divididos en títulos y los títulos se dividen en párrafos, éstos

párrafos contienen leyes y estas leyes se dividen en parágrafos.   El primer libro

tiene la inscripción Pr que significa Principium y el segundo tiene la inscripción 1 y

asi sucesivamente. Cada libro tiene un inscriptio se identifica al autor y el título de

la obra. Justianiano pidió que se hiciera un índice (Index florentinus) el cual

contiene autor y obras citadas y gracias a éste se conocen a los juristas que

participaron. Éste índice contiene 1625 libros de aproximadamente 39 juristas:

(los más citados): Ulpiano, Paulo, Papiniano, Juliano.

Se originaron 2 teorías de cómo se creó el digesto:

1. Teoría de Blume: 1818   Federico blume después de leer el indigesto se da

cuenta que tiene una secuencia lógica. Primero había un grupo de textos de

derecho civil, de los cuales el más importante son los comentarios ad Sabinum, la

bautiza la masa Sabiniana. El siguiente grupo de texto eran relativos a

comentarios al edicto del pretor Blume bautizo este grupo de textos como la masa

Edictal. Después descubre que hay fragmentos de las obras de Papiniano, Ulpiano

y Paulo, y esta masa

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tenía más comentarios de Papiniano se denominó masa Papiniana. Encontró

muchos títulos del digesto que no tenían sentido, a esta masa le denomina el

apéndice.

Se crearon 4 subcomiciones y cada una tenia la forma de explicar cada masa 

2. Teoría del Predigesto: 1913 Hans Peters partiendo de los restos más antiguos

de los comentarios del digesto que no se referían al digesto sino que se

elaboraron a un texto muy parecido al digesto. Esta colección contenía extractos

de obras jurídicas clásicas y trata de explicar que había un texto anterior. Hubo

una obra anterior al digesto que contenía lo que contiene el digesto

cuando se publica   el digesto desaparecen las obras de los juristas

Características del digesto: 

a. Contiene el derecho del jurista y la elaboración de obras de juristas que

contenían el Ius Publice Respondendi

b. Una ley de citas: porque lo que se cita en el digesto son las opiniones de los

juristas que la comisión quiso poner

c. Gracias al digesto conocemos la jurisprudencia clásica

d. La mayoría de los textos que contiene el digesto está interpolada.

e. Basado en opiniones de casos concretos a los juristas, lo cual provoca que el

digesto no envejezca.

f. Se citan otros 43 juristas: Escévola, Varo, Galo, Gayo, Paulo, Modestino y

Hermógenes.

g. Considerado como la biblia del derecho. Se le compara con la biblia por su

importancia.   

• Institutas: 533 se publica la Constitución imperiatoriam Maiestatem. A partir de

esta constitución Justiniano le ordena a Teófilo y a Doroteo crear un libro que

hable sobre las enseñanzas

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del derecho, éste grupo crea un manual sencillo y elemental para la enseñanza del

derecho, elaborada como si el emperador fuera el maestro (Justiniano). Ésta obra

está basada en la ley y el Ius, ya que está basada en opiniones de juristas y en las

institutas de Gayo. La obra fue concluida en un mes y fue publicada en el año 533

nombrada   “Institutiones seu elementa” y se publica junto con el digesto a través

de la constituciones Tantae

Constituido por 4 libros 

1. Personas

2. Cosas 

3. Cosas

4. Acciones 

• Novelas o Nuevas Leyes: 

Justiniano compila las nuevas constituciones imperiales, pero se queda inconclusa

porque Justiniano muere. Juristas de esa época siguieron con esa idea de la

compilación de Justiniano y entre esas podemos encontrar unas de las más

famosas:

Epítome Juliani: Juliano profesor de Constantinopla que compilo 124 leyes.

Auténtico: 134 novelas

168 leyes: contiene constituciones Imperiales de los emperadores Justiniano,

Justino   y Tiberio.

Estos libros fueron escritos en griego. Fueron oficiales porque el emperador las

pronuncia obligatorias para todos los ciudadanos. Justiniano prohíbe hacerle

cambios, comentarios o interpretaciones a estas obras para que no tuviese

contradicciones la misma. Si alguien lo llegaba hacer esa obra no sería válida.

Justiniano permitió la traducción de latín a griego.

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Los post glosadores nombran estas   4 obras como el corpus iuris Civilis. En el

siglo XVI Dionisio Godofredo (monje) realiza la primera publicación de esta

Corpus, conteniendo:

Antologia de Lex (código)

Antologia

jurisprudencial (digesto)

Manual de enseñanza del derecho (Institutas)

Leyes posteriores a Justiniano (Nuevas novelas)

Edad Media

Alta Edad Media (siglo V al siglo X) Baja Edad Media (siglo XI al Siglo XV)

Destino del derecho Romano de Oriente (bizantino)

Destino del derecho Romano de Occidente.

Desaparición del Corpus Iuris Civilis: el digesto se deja de usar Derecho Mercantil

Derecho Canónico

Formacion Ius Commune y Recepción

Alta Edad Media

El imperio Romano de oriente sobrevivió hasta el año 1453, y lo que sucede es

que en oriente los romanos logran contener las invasiones de los germánicos y

sobre todo una de las cosas importantes fue que supieron negocias con los

conquistadores, es decir, con los germanos.

Este imperio tuvo una particularidad que lo distinguía del otro imperio, era un

imperio en donde se hablaba griego, culturalmente tampoco era un imperio latín,

todo era diferente en esta parte por lo que decían los historiadores que se le debía

de llamar Imperio Bizantino.

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Álvaro   D’Ors: el derecho Romano finalizo con la creación del Corpus Iuris Civilis

en el año 1530.

El orden jurídico que existía en Oriente es   el Corpus Iuris Civilis, no era una obra

que estuviera acorde con la realidad de Oriente porque estaba

• escrita en latín (se hablaba griego)

• contiene derecho clásico romano   no acorde con la época

• el derecho era aplicado por los jueces, juristas y los abogados (pero no

entendían al derecho por lo que no era un derecho vigente)

Cae en desuso porque no lo entendían. 

Los juristas y abogados

empezaron a tratarlo de resumir y explicar el contenido de éste. 

Summas : índices y anotaciones a modo de comentarios del CIC, surgen también

trabajos monográficos y con el paso del tiempo esta obra se resume más y más lo

que da pauta a lo que conocemos como Epitomización. Los mismo abogados que

elaboraron la obra son los que empiezan a resumir, Teófilo hace un resumen del

digesto; Doroteo, Cirilo   y Stefano hacen índices del digestos con comentarios;

entonces empezaron a surgir obras alrededor del CIC:

Anónimo: siglo XII un autor desconocido llamado Anónimo. Resumen de los

comentarios de los bizantinos acerca del digesto y sus propias anotaciones al

digesto.

Surgieron también índices del codex. La primera mitad del siglo VIII (1717) llega al

poder el Emperador León III,   que pertenecía a la dinastía de los Isauros, adopta

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una postura anti-religiosa y sumamente agresiva HEREJÍA DE LOS

ICONOCLASTAS (Destruye las imágenes religiosos). León III quiere darle a su

pueblo un derecho aplicable a su época iniciando una tares compiladora de la obra

de Justiniano surgiendo las recopilaciones menores.

• Ekloga: primer de León III intento de simplificar el orden jurídico de Justiniano.

Selección de leyes de Justiniano modificándolas con la finalidad de orientalizarlo.

Manual que proclama repudiar el derecho romano de Justiniano, sencillo.

• Procheiron: surge en la época de Basilio I que intenta recuperar la pureza del

derecho romano aboliendo la demagogia que tenia ya laobra y los torpes

verbalismos. Crea dos   obras: un manual de derecho

llamado Procheiron con la finalidad de abrogar la Ekloga, lo que hace primero es

crear una comisión que prepara un nuevo código en el cual se desterrara de la

obra las ideas de los iconoclastas:

a. Epanagogue ( Procheiron Repetitae Praelectio Espanagogue): eliminar por

completo el uso práctico del CIC sustituyéndolo por una obra griega que lo

resumiera.

Luego llega el hijo de Basílio I llamado León VI (el filosofo) quien publico una obra

que dicen que es comparable con el digesto:

b. Basílicas: 60 libros donde   se resume toda la obra de Justiniano basándose en

el Anónimo y escrita en griego.

Cuando se aplican las Basílicas es cuando el digesto pierde su aplicación práctica.

Las Basílicas fue el primer recorte masivo del CIC, primer gran obra jurídica del

derecho bizantino porque compila todo el derecho de Justiniano. No contiene

derecho creado en oriente. Esta obra representa la obra de epitomización del

derecho romano dándose por la incapacidad de los romanos de oriente para

entender el derecho de Justiniano. 

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Hexabiblos: creado por Constantino Hermenópulus. 6 libros del resumen del

resumen del CIC. (resumen de las Basílicas).

El destino del derecho romano de Oriente:

La primera mitad del siglo XIII surgen las primeas cruzadas. Durante la cuarta

cruzada XIV el imperio bizantino empieza a desaparecer, el imperio Veneciano

(latino) lo sustituye,   los bizantinos recuperan una parte de su imperio pero los

turcos invaden Constantinopla perdiendo la batalla de Lepanto 1453 los bizantinos

perdiéndose todo el derecho Romano de Justiniano.

Destino

del derecho Romano de Occidente   

El imperio romano de occidente cae en el 476 en manos de los pueblos

germánicos (los pueblos que estaban fuera del imperio y que no hablaban latín

Dinamarca, Suecia, norte de Alemania). Estos pueblos germánicos eran pueblos

barbaros (incultos, no civilizados). 

Los pueblos que entraron al imperio romano son: 

Ostrogodos (gordos esplendidos) se quedaron en Europa central (Alemania,

Francia, estonia, Rusia, ucrania) 

Visigodos (gordo noble), 

Francos se establecen en Alemania (libre o valiente)

Alemanes (Alemania, Austria, Bélgica, Luxemburgo, Holanda ); 

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Vándalos, Alanos, Suevos (Rusia y norte de África) 

Anglos y Sajones se establecen en Gran Bretaña.

Los Hunos invaden el imperio romano de occidente. Odoacro un Herulo sustituye

al emperador romano Rómulo Augusto. En Italia Teodorico mata a Odoacro. 

El derecho empieza a permearse con el derecho de los germanos. 

Cuando ingresan los germanos a roma se dan cuenta de los usos y costumbres,

sus derechos, (derecho vulgar) los cuales estaban arraigados y lo adoptan a su

gobierno. Se empieza la vigencia de varios derechos locales, a los que se les

conoce como Derecho Germánico.

Los pueblos barbaros que conquistaron fueron haciendo cada quien su propio

pueblo, respetando donde se establecieran los demás. El derecho romano vulgar

no desaparece, los romanos tenían sus propios derechos pero eran primitivos (no

tienen jurista por lo que su derecho no era científico), durante la edad media se

aplicaran 2 derechos:

Derecho Romano vulgar

Derecho Germánico