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ula maestria derecho medios alternativos controversias
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7/21/2019 derechomedios alternativos controversias
http://slidepdf.com/reader/full/derechomedios-alternativos-controversias 1/7
Introducción
Los conflictos que se generan deben ser resueltos de forma eficiente, reduciendo costos y
previniendo la aparición de nuevos conflictos.
El ser humano es un ser social por naturaleza y necesita del entorno para desarrollarse
plenamente a partir de relaciones interpersonales, en este artículo se menciona el uso de los
Mtodos !lternativos de "olución de #onflictos, adem$s de la negociación, la mediación, la
conciliación y el arbitra%e como parte fundamental de este proceso.
#omo e%emplo tenemos que& El resultado de un día de traba%o de un promotor de convivencia,
luego de ayudar a resolver una pelea en una familia o las disputas entre vecinos o los
conflictos entre líderes de organizaciones sociales y de empresas, cuando sus diferencias han
creado un clima de hostilidad.
'ara los promotores de convivencia, cada día es diferente, aunque su herramienta de traba%o
es la misma& Mtodos !lternativos de (esolución de #onflictos, que muchas comunidades ya
est$n usando para evitar largos procesos %udiciales.
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Medios alternativos para la resolución de conflictos
)e la lectura efectuada del artículo *Medios alternativos para la resolución de conflictos+, en
primer lugar se define a que se refiere la palabra *litigio+, entre lo que se menciona que sta se
refiere a la controversia que eiste entre dos partes, mencionando que cuenta con dos
elementos& I- el elemento sub%etivo, que se refiere a las partes donde una eige a la otra
determinada pretensión, mientras que la otra se resiste a dicha demanda, y II- el elemento
ob%etivo, que se refiere al bien que se eige. En ese sentido, un litigio nace con la pretensión
que se intenta.
!hora bien, para resolver un litigio no es necesario forzosamente acudir ante un %uez a
epresar el conflicto, sino que tambin eisten otros medios para solucionar la controversia,
sin que ello implique llegar a la vía %urisdiccional, tales como&
!. !uto tutela o autodefensa,
. !utocomposición y
#. /eterocomposición.
La autodefensa o autotutela, se refiere a la solución del conflicto mediante la imposición de un
inters, ello implica la imposición antes que la concertación.
En este caso, la solución proviene de una sola de las partes del conflicto, por lo que se dice,
no es imparcial, sin embargo, se puede llegar a la solución del conflicto, ya que una de las
partes se impone mientras que la otra cede.
En la denominada autocomposición, se da la renuncia del derecho propio en beneficio del
inters a%eno, y la solución del conflicto proviene de la voluntad de ambas partes. En este
caso, eisten dos tipos de autocomposición, la I- unilateral y la II- bilateral, la primera se
refiere a que una sola de las partes e%ecuta una acción a efecto de llegar a la solución del
conflicto, como lo es en el caso del desistimiento, el allanamiento o bien, otorgando el perdón,
por otra parte, en el caso de la bilateral, se refiere a una transacción recíproca que las partes
llevan a cabo con el fin de solucionar el conflicto.
0anto en la autotutela como en la autocomposición, la controversia se resuelve sin que un
tercero decida sobre el asunto.
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!hora bien, por lo que se refiere a la heterocomposición, cabe se1alar que la solución del
conflicto proviene de un tercero, siendo ste quien resuelve de forma vinculativa la
controversia, dentro de esta clasificación se ubican I- el !rbitra%e y II- el proceso %udicial.
)erivado de lo anterior, resulta claro que no eiste una 2nica forma de resolver un litigio, sino
que se cuenta con una amplia gama de posibilidades que las partes pueden elegir para poner
fin a cualquier controversia.
0al como se mencionó a p$rrafos anteriores, el proceso %urisdiccional no es la 2nica forma
para solucionar conflictos, ya que a su vez contamos con medios alternos de solución de
controversias, los cuales de forma general, son mecanismos cuyo ob%etivo es conseguir
%usticia, sin necesidad de intervención %urisdiccional, tal como es& a- la negociación, b- la
mediación, c- la conciliación y d- el arbitra%e, mismos que se detallan a continuación&
3egociación
"e refiere al procedimiento en el cual las partes del conflicto intercambian visiones sobre la
problem$tica y se presentan mutuamente alternativas de solución.
La venta%a de este medio de solución de controversias, es en primer lugar la prontitud con que
se resolver$ el conflicto, pues son las propias partes quienes decidir$n qu camino tomar$n,
sin depender de la decisión ni de los tiempos de un tercero a%eno. !simismo, es un
procedimiento que evita gastos innecesarios, por lo que tambin resulta cómodo para las
partes llegar a un arreglo en el que ambas puedan obtener una solución lo m$s apegada a sus
intereses, sin tener que efectuar otros gastos.
Mediación
Mecanismo para la solución de controversias, mediante el cual interviene un tercero cuya
función se limita a efectuar la comunicación y negociación entre las partes, para que sean
stas 2ltimas quienes lleguen a una solución.
En este caso, el tercero 2nicamente act2a sólo como mediador para que las partesintercambien puntos de vista sobre la me%or solución del conflicto y lleguen a un acuerdo4 es
decir, su función 2nicamente se restringe a coadyuvar para hacer propicia la solución,
facilitando la negociación entre las partes del conflicto.
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#abe se1alar, que las partes mantienen su poder de decisión sobre el litigio, ya que el tercero
que interviene no impone decisión alguna, ni siquiera puede formular propuestas de solución,
2nicamente facilitar$ la comunicación entre las partes para que tengan claro el problema a
solucionar, sólo las ayudar$ en la b2squeda de soluciones sin asesorarlas de forma tcnica.
Las venta%as que se observan de la aplicación de la mediación, son en primer lugar que las
partes resolver$n por si solas en conflicto en el que se ven inmiscuidas, elaborando ellas
mismas la solución correspondiente4 sin embargo, cuentan con el apoyo de un mediador que
si bien no les dar$ la solución a la problem$tica, si estar$ para apoyarlas en cuanto a la
comunicación entre ellas, que es por lo general un punto muy difícil de dilucidar, ya que si las
partes no se acercan o comunican habr$ m$s dificultad para solucionar el conflicto sin tener
llegar a una instancia %urisdiccional. !simismo, la utilización de este medio alterno tiene como
venta%as la rapidez con que resolver$ el conflicto, así como la venta%a económica, y que son
las partes quienes decidan la solución.
#onciliación
Es un medio no %udicial de solución de conflictos, a travs del cual las partes en conflicto
buscan la ayuda de un tercero denominado conciliador para la solución del problema,
debiendo cumplir ste 2ltimo con características como imparcialidad y ob%etividad, ya que su
función consiste en impulsar las fórmulas de solución planteadas por las partes o por sí
mismo. ! diferencia de la mediación, en el caso de la conciliación, el tercero que interviene sí
puede proponer soluciones al conflicto, y son las partes quienes deciden si se apegan a la
misma o no.
Entre las venta%as que ofrece este medio alterno de solución de controversias, se encuentra
que si bien las partes pueden proponer soluciones al conflicto, tambin pueden optar por
aplicar la solución propuesta por el conciliador, lo cual les ofrece una visión distinta del
problema, ya que el tercero de manera neutral, ob%etiva e imparcial, propondr$ la me%or
solución al caso, y ello sin que se trate de un proceso %urisdiccional, por lo que resulta
venta%oso para las partes poder contar con la intervención de un tercero imparcial, sin las
cargas tanto económicas, como de tiempo para la solución que implica un proceso
%urisdiccional.
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!rbitra%e
Mecanismo a travs del cual un tercero a%eno, denominado $rbitro, el cual es designado por
las partes resuelve el conflicto surgido entre las mismas. #onsiste en el conocimiento y
decisión de un conflicto de intereses por una o m$s personas que no son %uzgadores oficiales
sino particulares, frente a quien5es- se epone el caso. Esta alternativa, se refiere al
sometimiento de las partes en conflicto a un tercero neutral a%eno, quien en su momento
emitir$ un laudo arbitral, cuya e%ecución obligatoria queda encomendada a un %uez, a travs de
la homologación de la resolución4 lo anterior quiere decir, que si bien el $rbitro solucionar$ el
conflicto surgido entre las partes, tambin es cierto que ste no puede e%ecutar sus
resoluciones, requiriendo para ello el auilio %udicial.
El arbitra%e ofrece como venta%a, que las parte pueden elegir el procedimiento al que se ce1ir$
el $rbitro para la solución del conflicto, ello siempre y cuando se encuentre apegado a lasdisposiciones legales, sin embargo, evidentemente el tiempo de solución ser$ mucho m$s
r$pido en comparación del proceso tradicional4 asimismo, a travs del arbitra%e las partes se
someter$n a la decisión de un tercero pero pueden pactar las reglas a que se su%etar$n para
la solución del conflicto.
6inalmente, es importante mencionar que una vez que ha surgido un litigio, las partes no
necesariamente tienen que acudir ante un %uez para la solución del mismo, sino que eisten
medios alternos con los cuales pueden resolver el problema de una forma pr$ctica, $gil, sin
desperdiciar recursos, sin generar gastos innecesarios, y ahorrando tiempo, lo cual facilita la
impartición de %usticia sin necesidad de llevar un proceso largo que generara costos y
resultar$ desgastante para las partes.
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#onclusiones
#onsidero que el ser humano sabe lo esencial que es la convivencia, sin ella es que surgen
muchos de los problemas sociales que enfrenta la sociedad.
Los Medios !lternativos de "olución de #onflictos han tenido un gran impacto dentro de la
sociedad porque son medios que no sólo buscan facilitar la convivencia sino que pueden
llegar a ser una posibilidad inteligente para resolver los conflictos, con el propósito de crear
una comunidad en donde se respeten los ideales por medio de acuerdos o condiciones que
permitan interactuar de manera clara. 0odo esto con la intención de que por medio de reglas o
normas %ustas se establezcan acuerdos con el ob%etivo de una solución pacífica en donde se
cubran las necesidades tanto del ofendido como del imputado.
'or otro lado cabe destacar que la convivencia no es posible sin la intervención de normas o
mecanismos con un procedimiento adecuado como lo son los M!"#, integrados por una
mediación que es una tcnica que facilita la comunicación entre las partes del conflicto con el
propósito de poner fin a la controversia.
0ambin es importante la conciliación que presenta las alternativas con el ob%etivo de llegar a
un acuerdo y el arbitra%e que es un mtodo etra%udicial para controversias internacionales.
0odos estos elementos son esenciales para cumplir o llegar a un mutuo acuerdo entre las
partes involucradas u ofendidas que se encuentran en alguna controversia. Logrando paz,
armonía y un ambiente social estable, entablando comunicación y reduciendo el desgaste
tanto emocional como económico que provocan las confrontaciones.
'or lo tanto concluyo que los Medios !lternativos de "olución de #onflictos no son m$s que
mecanismos o medios de intervención para solucionar controversias comunes encontrando
siempre la forma de cubrir las necesidades de las partes involucradas.
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(eferencias bibliogr$ficas
!rtículo& 7ado 8ra%ales, Luis 9ctavio. Medios alternativos de resolución de conflictos.
8ómez, 6. :. 5;<<=-. Mtodos alternativos de solución de conflictos. Mico& 9ford.