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    REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

    MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUACIN

    UNIVERSITARIA

    UNIVERSIDAD YACAMBU- NUCLEO PORTUGUESA

    ALUMNA:

    Stefany Salaa!

    E"#e$%ente: III-&'(-)))&'P

    CI: (*+,,(+.,

    AGOSTO/ )'/ ()&'

    Derechos Humanos y

    Seguridad Ciudadana en

    Venezuela

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    INDICE

    P0G+INTRODUCCIN %%%

    12U3 SON LOS DEREC4OS 4UMANOS5 ,CLASI6ICACIN ,CARACTER7STICAS DE LOS DEREC4OS 4UMANOS 'CONSTITUCIN DE LA REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA: De!e89 $e l; In$?e! .De!e89; $e la fa@%l%a/ n%a;/ n%; y a$le;8ente; De!e89; $e l; an8%an;/ an8%ana; $%;8a#a8%ta$; y $%;8a#a8%ta$a; &)IMPORTANCIA DE LOS DEREC4OS 4UMANOS &&12U3 ES LA SEGURIDAD CIUDADANA5 &(CARACTER7STICAS DE LA SEGURIDAD CIUDADANA &OBETIVOS DE LA SEGURIDAD CIUDADANA &LOS ORGANISMOS DE SEGURIDAD CIUDADANA &

    CONCLUSIN "F%BIBLIOGRA67A "F%%%

    INTRODUCCION

    Los derechos humanos son aquellas condiciones que le permiten a la persona su

    realizacin. Sin distincin alguna de raza, color, sexo, idioma, religin, opinin

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    poltica o de cualquier otra ndole, origen nacional o social, posicin econmica,

    nacimiento o cualquier otra condicin.

    Cabe destacar, que la simple condicin de pertenecer a la raza humana nos otorga

    una serie de derechos y libertades que deben ser cuidados y respetados por todos y

    todas, en todo el Mundo por igual. Estos son Los erechos !umanos, como el

    derecho a la "ida, la libertad, la seguridad de la persona, o la proteccin ante la

    discriminacin, entre otros

    #s mismo,La Seguridad Ciudadana es una situacin social, donde predomina la

    sensacin de con$ianza, entendi%ndosela como ausencia de riesgos y da&os a la

    integridad $sica y psicolgica, donde el Estado debe garantizar la "ida, la libertad y

    el patrimonio ciudadano.

    Es decir, uno de los ob'eti"os que persigue la seguridad ciudadana es que las

    personas puedan desarrollarse y alcanzar la calidad de "ida que deseen en un marco

    de libertad, sin temores a contingencias o peligros que a$ecten sus derechos y

    libertades.

    Es por ello, que en el ordenamiento 'urdico "enezolano existen di"ersas $iguras

    que garantizan la seguridad y de$ensa de la nacin, de igual $orma surge la necesidad

    de la creacin o per$eccionamiento de $iguras que garanticen la seguridad ciudadana,

    y estos rganos deben estar con$ormados por los ciudadanos y ciudadanas que $orman

    parte de la "ida ci"il del pas.

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    12U3 SON LOS DEREC4OS 4UMANOS5

    Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin

    distincin alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o %tnico,

    color, religin, lengua, o cualquier otra condicin. (odos tenemos los mismos

    derechos humanos, sin discriminacin alguna. Estos derechos son interrelacionados,

    interdependientes e indi"isibles.

    Es decir, son aquellas condiciones que le permiten a la persona su realizacin. En

    consecuencia subsume aquellas libertades, $acultades, instituciones o rei"indicaciones

    relati"as a bienes primarios o b)sicos que incluyen a toda persona, por el simple

    hecho de su condicin humana, para la garanta de una "ida digna.

    CLASI6ICACIN

    P!%@e!a Gene!a8%n: Surgen alrededor del siglo *+lll. ncluyen los

    derechos ci"iles y polticos que constituyen lmites al poder estatal. -esaltan

    la libertad e igualdad de las personas. Se=>n$a Gene!a8%n:Surgen a comienzos del siglo ** y son los derechos

    econmicos, sociales y culturales, que se re$ieren al ser humano como ser

    social e in"olucran al Estado, por lo que %ste tiene que hacer garantizar una

    buena calidad de "ida de las personas, permitiendo, por e'emplo, el derecho a

    la educacin, al traba'o en buenas condiciones laborales, el derecho a la salud,

    entre otros. Te!8e!a Gene!a8%n: Son derechos colecti"os y est)n relacionados con la

    proteccin del ambiente, la preser"acin del patrimonio com/n de la

    humanidad, el derecho a la paz de los pueblos, entre otros.

    CARACTER7STICAS DE LOS DEREC4OS 4UMANOS

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    Un%Fe!;ale; e %nal%enaHle;

    El principio de la uni"ersalidad de los derechos humanos es la piedra angular del

    derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara

    inicialmente en la eclaracin 0ni"ersal de erechos !umanos, se ha reiterado en

    numerosos con"enios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos

    humanos. En la Con$erencia Mundial de erechos !umanos celebrada en +iena en

    1223, por e'emplo, se dispuso que todos los Estados tenan el deber,

    independientemente de sus sistemas polticos, econmicos y culturales, de promo"er

    y proteger todos los derechos humanos y las libertades $undamentales.

    (odos los Estados han rati$icado al menos uno, y el 45 por ciento de ellos cuatro o

    m)s, de los principales tratados de derechos humanos, re$le'ando as el

    consentimiento de los Estados para establecer obligaciones 'urdicas que se

    comprometen a cumplir, y con$iri%ndole al concepto de la uni"ersalidad una

    expresin concreta. #lgunas normas $undamentales de derechos humanos gozan de

    proteccin uni"ersal en "irtud del derecho internacional consuetudinario a tra"%s de

    todas las $ronteras y ci"ilizaciones.

    Los derechos humanos son inalienables. 6o deben suprimirse, sal"o endeterminadas situaciones y seg/n las debidas garantas procesales. 7or e'emplo, se

    puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de 'usticia dictamina que una

    persona es culpable de haber cometido un delito.

    Inte!$e#en$%ente; e %n$%F%;%Hle;

    (odos los derechos humanos, sean %stos los derechos ci"iles y polticos, como el

    derecho a la "ida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresin los derechos

    econmicos, sociales y culturales, como el derecho al traba'o, la seguridad social y la

    educacin o los derechos colecti"os, como los derechos al desarrollo y la libre

    determinacin, todos son derechos indi"isibles, interrelacionados e interdependientes.

    5

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    El a"ance de uno $acilita el a"ance de los dem)s. e la misma manera, la pri"acin

    de un derecho a$ecta negati"amente a los dem)s.

    I=>ale; y n $%;8!%@%nat!%;

    La no discriminacin es un principio trans"ersal en el derecho internacional de

    derechos humanos. Est) presente en todos los principales tratados de derechos

    humanos y constituye el tema central de algunas con"enciones internacionales como

    la Con"encin nternacional sobre la Eliminacin de todas las 8ormas de

    iscriminacin -acial y la Con"encin sobre la Eliminacin de todas las 8ormas de

    iscriminacin contra la Mu'er.

    El principio se aplica a toda persona en relacin con todos los derechos humanos

    y las libertades, y prohbe la discriminacin sobre la base de una lista no exhausti"a

    de categoras tales como sexo, raza, color, y as sucesi"amente. El principio de la no

    discriminacin se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el

    artculo 1 de la eclaracin 0ni"ersal de erechos !umanos9 :(odos los seres

    humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos;.

    De!e89; y Hl%=a8%ne;

    Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados

    asumen las obligaciones y los deberes, en "irtud del derecho internacional, de

    respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligacin de respetarlos

    signi$ica que los Estados deben abstenerse de inter$erir en el dis$rute de los derechos

    humanos, o de limitarlos. La obligacin de protegerlos exige que los Estados impidan

    los abusos de los derechos humanos contra indi"iduos y grupos. La obligacin de

    realizarlos signi$ica que los Estados deben adoptar medidas positi"as para $acilitar el

    dis$rute de los derechos humanos b)sicos. En el plano indi"idual, as como debemos

    hacer respetar nuestros derechos humanos, tambi%n debemos respetar los derechos

    humanos de los dem)s.

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    CONSTITUCIN DE LA REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

    La Constitucin de la -ep/blica

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    indgenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colecti"a de sus tierras, las

    cuales ser)n inalienables, imprescriptibles, inembargables e intrans$eribles de acuerdo

    con lo establecido en esta Constitucin y la ley.

    A!tl

    El idioma o$icial es el castellano. Los idiomas indgenas tambi%n son de uso

    o$icial para los pueblos indgenas y deben ser respetados en todo el territorio de la

    -ep/blica, por constituir patrimonio cultural de la nacin y de la humanidad.

    De!e89; $e la @>?e!

    Cuando tu"o lugar la #samblea 6acional Constituyente, en 1222, los

    mo"imientos de mu'eres "enezolanas presentaron un documento llamado :0na "isin

    de pas con o'os de mu'er;. Este documento recoga las propuestas de mu'eres que

    haban luchado en todas partes del pas contra de la discriminacin de la mu'er y por

    sus derechos. Sus planteamientos se plasmaron en la Constitucin aprobada en 1222.

    En esta Constitucin las mu'eres "enezolanas est)n presentes desde el principio

    hasta el $in, a tra"%s del lengua'e no sexista. 7ocas constituciones en el mundo

    incluyen a la mu'er de la manera en que lo hace la Constitucin "enezolana all seconsagra el derecho de las mu'eres a decidir el n/mero de hi'os e hi'as que deseen

    tener, pero lo m)s importante e incluso lo m)s re"olucionario9 es la /nica Carta

    Magna en el mundo entero donde se reconoce que el traba'o de las madres amas de

    casa genera "alor, crea riqueza y bienestar social.

    El artculo 44 reconoce el aporte econmico del ama de casa, que seg/n estudios,

    se ha demostrado que ha llegado a 45? del "alor que tiene el petrleo.

    La @>?e! 9y en $

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    Conse'o 6acional Electoral el 7oder Ciudadano, por la 8iscal de la -ep/blica, Luisa

    @rtega y el Audicial, por la ra. Bladys Buti%rrez, quien preside el (ribunal Supremo

    de Austicia. En la #samblea 6acional existe la m)s alta participacin de mu'eres que

    haya tenido la historia del pas. El presidente !ugo Ch)"ez con"oc a las mu'eres

    para integrar el 7artido Socialista 0nido de +enezuela 7S0+D 5? hombres y 5?

    mu'eres.

    7ero quiz)s m)s importante que el acceso a altos cargos p/blicos es el papel que

    est)n 'ugando las mu'eres en los conse'os comunales, las misiones donde su

    participacin llega a m)s >5?D y en todos los programas que el gobierno impulsa.

    !oy las mu'eres "enezolanas han tomado el espacio p/blico con los temas que

    antes estaban restringidos a la es$era pri"ada, se han entregado apasionadamente a la

    construccin de un nue"o orden social pleno de derecho, igualdad y de 'usticia como

    lo expresa la Constitucin "enezolana. Estas mu'eres est)n liderando los Comit%s de

    Salud, las Mesas (%cnicas de #gua, los Comit%s de (ierras, los Comit%s de

    #limentacin, las Mesas de Energa y los Conse'os Comunales.

    De!e89; $e la fa@%l%a/ n%a;/ n%; y a$le;8ente;

    #simismo, la $amilia, ni&as, ni&os y adolescentes gozan de amplios derechos en

    nuestra Constitucin.

    A!tl '

    El Estado proteger) a las $amilias como asociacin natural de la sociedad y como

    el espacio $undamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones

    $amiliares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el es$uerzo

    com/n, la comprensin mutua y el respeto recproco entre sus integrantes. El Estadogarantizar) proteccin a la madre, al padre o a quienes e'erzan la 'e$atura de la

    $amilia.

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    Los ni&os, ni&as y adolescentes tienen derecho a "i"ir, ser criados o criadas y a

    desarrollarse en el seno de su $amilia de origen. Excepcionalmente, cuando ello no

    sea posible o contrario a su inter%s superior, tendr)n derecho a una $amilia sustituta,

    de con$ormidad con la Ley. La adopcin tiene e$ectos similares a la $iliacin y se

    establece siempre en bene$icio del adoptado o la adoptada, de con$ormidad con la ley.

    La adopcin internacional es subsidiaria de la nacional.

    A!tl .

    Los ni&os, ni&as y adolescentes son su'etos plenos de derecho y estar)n

    protegidos por la legislacin, rganos y tribunales especializados, los cuales

    respetar)n, garantizar)n y desarrollar)n los contenidos de esta Constitucin, la

    Con"encin sobre los erechos del 6i&o y dem)s tratados internacionales que en esta

    materia haya suscrito y rati$icado la -ep/blica. El Estado, las $amilias y la sociedad

    asegurar)n, con prioridad absoluta, proteccin integral, para lo cual se tomar) en

    cuenta su inter%s superior en las decisiones y acciones que les conciernan. El Estado

    promo"er) su incorporacin progresi"a a la ciudadana acti"a y un ente rector

    nacional dirigir) las polticas para la proteccin integral de los ni&os, ni&as y

    adolescentes.

    A!tl

    Los '"enes y las '"enes tienen el derecho y el deber de ser su'etos acti"os del

    proceso de desarrollo. El Estado, con la participacin solidaria de las $amilias y la

    sociedad, crear) oportunidades para estimular su tr)nsito producti"o hacia la "ida

    adulta y en particular la capacitacin y el acceso al primer empleo, de con$ormidad

    con la Ley.

    De!e89; $e l; an8%an;/ an8%ana; $%;8a#a8%ta$; y $%;8a#a8%ta$a;

    Es importante destacar que los ancianos y ancianas y discapacitados y

    discapacitadas cuentan con un marco legal que garantiza el e'ercicio de sus derechos.

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    A!tl .)

    El Estado garantizar) a los ancianos y ancianas el pleno e'ercicio de sus derechos

    y garantas. El Estado, con la participacin solidaria de las $amilias y la sociedad, est)

    obligado a respetar su dignidad humana, su autonoma y les garantiza atencin

    integral y los bene$icios de la seguridad social que ele"en y aseguren su calidad de

    "ida. Las pensiones y 'ubilaciones otorgadas mediante el sistema de Seguridad Social

    no podr)n ser in$eriores al salario mnimo urbano. # los ancianos y ancianas se les

    garantizar) el derecho a un traba'o acorde a aquellos y aquellas que mani$iesten su

    deseo y est%n en capacidad para ello.

    A!tl .&

    (oda persona con discapacidad o necesidades especiales tiene derecho al e'ercicio

    pleno y autnomo de sus capacidades y a su integracin $amiliar y comunitaria. El

    Estado, con la participacin solidaria de las $amilias y la sociedad, les garantizar) el

    respeto a su dignidad humana, la equiparacin de oportunidades, condiciones

    laborales satis$actorias, y promue"e su $ormacin, capacitacin y acceso al empleo

    acorde con sus condiciones, de con$ormidad con la Ley. Se les reconoce a las

    personas sordas o mudas el derecho a expresarse y comunicarse a tra"%s de la lengua

    de se&as.

    IMPORTANCIA DE LOS DEREC4OS 4UMANOS

    La simple condicin de pertenecer a la raza humana nos otorga una serie de

    derechos y libertades que deben ser cuidados y respetados por todos y todas, en todo

    el Mundo por igual. Estos son Los erechos !umanos, como el derecho a la "ida, lalibertad, la seguridad de la persona, o la proteccin ante la discriminacin, entre otros.

    M)s all) de antecedentes histricos anteriores, no ser) hasta despu%s de la

    Segunda Buerra Mundial, y debido a los acontecimientos "i"idos durante la misma,

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    en 12F4, cuando se reco'an por medio de 35 artculos en La eclaracin 0ni"ersal de

    los erechos !umanos 0!D en el marco de la @rganizacin de 6aciones 0nidas,

    los derechos y libertades b)sicos de todos los seres humanos. 7ero, con el propsito

    de que estos derechos $ueran respetados en todo el 7laneta por igual, se integraron a

    su "ez en la 7oltica de (ratados nternacionales mediante la Carta nternacional de

    erechos !umanos, por la que los FG Estados $irmantes se comprometieron a

    cumplirlos.

    En la actualidad, pese a que se han creado instituciones intergubernamentales

    espec$icas para "elar por estos cometidos, como el Conse'o de erechos !umanos

    de la @60 existen a su "ez @rganizaciones nternacionales 6o Bubernamentales que

    tienen como $in la proteccin de los erechos !umanos. H es que, el traba'o

    realizado por organizaciones como !uman -ights Iatch !-ID o #mnista

    nternacional en la de$ensa y proteccin de los derechos humanos, as como en el

    estudio del estado de los derechos de los hombres y mu'eres en todo el mundo, ha

    llegado con"ertirlos como un re$erente para el conocimiento de la situacin actual.

    #s, podemos desgranar la importancia de los derechos humanos, dando un paso

    m)s all), como el "alor $undamental de la Sociedad Mundial, sobre el que descansan

    y se estructuran el resto de derechos. 7or ello, y para que el sistema tenga sentido y

    $orma, debemos sal"aguardar entre todos, la continuidad de los mismos all donde

    son reconocidos a tra"%s de sus Constituciones, pero sobretodo, la misin de estas

    instituciones deber) pretender la extensin y aplicacin e$ecti"a de estos derechos

    all) donde a/n hoy en da no se conoce su existencia.

    12U3 ES LA SEGURIDAD CIUDADANA5

    La seguridad ciudadana es la accin integrada que desarrolla el Estado, con lacolaboracin de la ciudadana y de otras organizaciones de bien p/blico, destinada a

    asegurar su con"i"encia pac$ica, la erradicacin de la "iolencia, la utilizacin

    pac$ica y ordenada de "as y de espacios p/blicos y, en general, e"itar la comisin de

    delitos y $altas contra las personas y sus bienes.

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    CARACTER7STICAS DE LA SEGURIDAD CIUDADANA

    7roteger a la ciudadana basado en el respeto de los derechos $undamentales

    y del ordenamiento constitucional.

    Crear un ambiente colecti"o propicio y adecuado para la con"i"encia pac$ica

    de las personas. -esaltar la importancia del traba'o coordinado entre las instituciones del

    estado y la sociedad organizada que haga lucha contra la criminalidad. 7oner %n$asis en las labores de pre"encin y control de los $actores que

    generen inseguridad y "iolencia.

    7romo"er un nue"o rol de la polica, basado en su $uncin de pre"encin de

    crimen, organizando a la sociedad.

    OBETIVOS DE LA SEGURIDAD CIUDADANA

    Me'orar la calidad de "ida de los ciudadanos a tra"%s de un gobierno m)s cercano

    la gente y a sus necesidades, con una administracin honesta, con capacidad de

    respuesta inmediata, que pri"ilegie lo esencial, que siente las bases de un "erdadero

    desarrollo econmico, poltico, social, cultural y deporti"o, garantizando la

    congruencia, complementariedad y pertinencia de las acciones para el desarrollo

    equilibrado, sostenido y sustentable del municipio. En de$initi"a uno de los ob'eti"os

    que persigue la seguridad ciudadana es que las personas puedan desarrollarse y

    alcanzar la calidad de "ida que deseen en un marco de libertad, sin temores a

    contingencias o peligros que a$ecten sus derechos y libertades.

    LOS ORGANISMOS DE SEGURIDAD CIUDADANA

    En el ordenamiento 'urdico "enezolano existen di"ersas $iguras que garantizan la

    seguridad y de$ensa de la nacin, de igual $orma surge la necesidad de la creacin o

    per$eccionamiento de $iguras que garanticen la seguridad ciudadana, y estos rganos

    deben estar con$ormados por los ciudadanos y ciudadanas que $orman parte de la "ida

    ci"il del pas. En este sentido La Constitucin 7atria hace mencin de una serie de

    instituciones a los cuales les corresponde "elar por dicha seguridad, es as como el

    artculo 33= se&ala de $orma expresa dichos entes9

    13

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    1. El Cuerpo 0ni$ormado de 7olica 6acional.

    =. El Cuerpo de n"estigaciones Cient$icas, 7enales y Criminalsticas.

    3. El Cuerpo de e!# Un%f!@a$ $e Pl%8e!# $e InFe;t%=a8%ne; C%ent

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    el Estado y proteger a la ciudadana ante la presencia de desastres. La misma

    es un componente de la Seguridad de la 6acin, y es uno de los rganos de

    seguridad ciudadana que la Constitucin consagra. La @rganizacin 6acional

    de 7roteccin Ci"il y #dministracin de esastres promo"er) la articulacin

    de estructuras, Brupo de 7roteccin Ci"il relaciones $uncionales, m%todos y

    procedimientos, que garanticen la integracin y coordinacin de acciones entre

    los rganos de los poderes p/blicos nacional, estadal y municipal, la

    participacin continua de las organizaciones que con$orman los sectores

    econmicos, sociales y t%cnicos, as como de las organizaciones no

    gubernamentales, a $in de asegurar la correcta administracin de desastres.

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    CONCLUSIN

    Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin

    distincin alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o %tnico,

    color, religin, lengua, o cualquier otra condicin. (odos tenemos los mismos

    derechos humanos, sin discriminacin alguna. Estos derechos son interrelacionados,

    interdependientes e indi"isibles.

    Se puede decir, que los derechos humanos posees las siguientes caractersticas9

    0ni"ersales e inalienables, nterdependientes e indi"isibles, guales y no

    discriminatorios, erechos y obligaciones.

    Cabe resaltar, que la Constitucin de la -ep/blica

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    con capacidad de respuesta inmediata, que pri"ilegie lo esencial, que siente las bases

    de un "erdadero desarrollo econmico, poltico, social, cultural y deporti"o,

    garantizando la congruencia, complementariedad y pertinencia de las acciones para el

    desarrollo equilibrado, sostenido y sustentable del municipio.

    7ara concluir, los organismos encargados de la seguridad ciudadana son9 El

    Cuerpo 0ni$ormado de 7olica 6acional El Cuerpo de n"estigaciones Cient$icas,

    7enales y Criminalsticas El Cuerpo de

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    BIBLIOGRA6IA

    http9JJKKK.ohchr.orgJS7JssuesJ7agesJIhatare!uman-ights.aspx

    https9JJes.Kiipedia.orgJKiiJerechoshumanos

    http://www.importancia.org/derechos-humanos.php

    https9JJes.Kiipedia.orgJKiiJSeguridadciudadana

    http9JJ$"illarrealNsalinas.blogspot.comJ=51FJ5GJcaracteristicasNdeNlaN

    seguridad.html

    http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspxhttps://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanoshttp://www.importancia.org/derechos-humanos.phphttps://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanoshttp://www.importancia.org/derechos-humanos.phphttp://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx
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    ANEXOS

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    DERECHOS HUMANOS

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    SEGURIDAD CIUDADANA