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DESARROLLO DE LAS FUENTES DEL DERECHO

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Page 1: DESARROLLO DE LAS FUENTES DEL DERECHO

UNIVERSIDAD INTERAMERICANA PARA EL DESARROLLO

DESARROLLO DE LAS FUENTES DEL DERECHO

RESUMEN DE LA LECTURA 2

DERECHO ROMANO MATERIA

LICENCIATURA EN DERECHO PRIMER CUATRIMESTRE

CARRERA

LIC. JOSE R. ROSILES SANCHEZ PROFESOR

ROGER MIGUEL MENDEZ MORALES ALUMNO

23 de septiembre de 2015

Page 2: DESARROLLO DE LAS FUENTES DEL DERECHO

DESARROLLO DE LAS FUENTES DEL DERECHO

-LECTURA 2-

RESUMEN

El derecho de roma puede ser estudiado desde dos perspectivas diferentes como lo son la socio-

político-histórico y la jurídica. Para la primera perspectiva el derecho romano se pueden identificar tres etapas

que son la monarquía, la república y el imperio. Para la segunda perspectiva se es tomada en cuenta las

instituciones jurídicas y su evolución a lo largo de la historia, diferenciando las siguiente etapas: derecho

arcaico, derecho preclásico, derecho clásico, derecho post clásico.

El derecho romano comienza con el régimen monárquico y de donde se desprende la primera fase jurídica y

que desde su punto de vista se define como el derecho Arcaico

I. DERECHO ARCAICO

Durante la fase arcaica donde impera la etapa de se la principales fuentes del derecho son la

costumbre y posteriormente la ley, los plebiscitos, senadoconsultos, edictos de magistrados y la jurisprudencia.

La jurisprudencia se refiere a las opiniones emitidas por los llamados jurisconsultos, que al principio eran

sacerdotes y sus comentarios tenían un contenido religioso. La labor de los jurisconsultos tiene varias

funciones: respondere, consistente en dar consultas verbales sobre casos prácticos; cavere, que consiste en

redactar documentos jurídicos; agere, mediante la asistencia a las partes durante el litigio; y scribere, que

consiste en elaborar obras doctrinales de derecho.

II. DERECHO PRECLÁSICO

Dentro de la fase preclásica la ley adquiere mayor presencia y se estructura su proceso de creación y

vigencia. La ley consta de tres partes: preaescriptio, que es un encabezado en donde se indican datos generales

como el magistrado que lo propone, la fecha de votación y nombre de la asamblea a la que se somete; rogatio,

que es el texto de la ley; y sanctio, que es la sanción prevista en caso de incumplimiento de la ley.

III. DERECHO CLÁSICO

Durante esta fase del derecho se destaca la transición entre la república y el imperio.Durante esta fase

la costumbre pasa como fuente secundaria y se intenta consolidar el poder en el príncipe asi como también la

facultad de legislativa y jurisdiccional pudiendo modificar y derogar las leyes.

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IV. DERECHOS POSTCLÁSICO

Durante la fase postclásica es donde se consolida la última fase del imperio con el absolutismo y donde

se puede observar una desestabilización social, económica y política.

Constituciones imperiales: Las constituciones imperiales consisten en disposiciones dictadas por el

príncipe o el emperador y que tienen carácter obligatorio en todo el imperio. Pueden ser de cuatro

tipos de constituciones: edicta, mandata, decreta y rescripta.

o Edicta: se refiere a comunicaciones emitidas de forma directa al pueblo, con un contenido

variado, sin embargo, no tienen carácter jurisprudencial como los edictos de los magistrados.

o Mandata: se refiere a las constituciones imperiales que son instrucciones dirigidas a los

funcionarios, principalmente a los gobernadores de provincia.

o Decreta: es un conjunto de decisiones judiciales tomadas por el emperador como magistrado

supremo en un juicio.

o Rescripta: se refiere a las respuestas del emperador a un funcionario o particular en relación

con una cuestión de derecho que se somete a su consideración.

V. DERECHO JUSTINIANEO

Durante esta fase el Código Teodosiano resulta insuficiente puesto que se habían dictado muchas

constituciones imperiales posteriormente. Así, el emperador Justiniano ordena realizar compilaciones

estructuradas, de las cuales deriva el Corpus Iuris Civilis, en sus diferentes partes, el Codex: Digesto e

Institutiones y complementado por las Novelae.

La labor del emperador Justiniano consiste en consolidar el imperio romano por lo que abarca tanto el aspecto

social y político como el religioso y el jurídico.

En cuanto a lo jurídico, Justiniano llevó a cabo la compilación y estructuración del derecho precedente, aunado

a la labor legislativa por medio de la cual se adaptaron las normas anteriores a las necesidades de su época y

además emitió una gran cantidad de disposiciones nuevas.