Determinación de Herederos Paso a Paso (1) Diapositiva

Embed Size (px)

Citation preview

DETERMINACIN DE HEREDEROS PASO A PASO (Ao 2013)ACOMO HACER UNA DETERMINACIN DE HEREDEROS PASO A PASO(Ao 2013)Atualmente, en ninguna materia o rama del derecho, existe un procedimiento propio, independiente autnomo, para realizar una determinacin de herederos. Vale decir, que ningn Tribunal puede rendir sentencia pura y simple estableciendo herederos, salvo que le sea sometido a solucin un caso que envuelva la ventilacin y adjudicacin de derechos sucesorales, mobiliarios inmobiliarios. En ocasin de una demanda en particin de bienes por fallecimiento, el Tribunal Civil, determina, previo a la asignacin de derechos, los integrantes causahabientes del de cujus y as queda consagrada en sentencia la determinacin de herederos del finado. Igual ocurre en la Jurisdiccin de Tierras cualesquier otra. No existe la posibilidad de que alguien, an proveyendo la documentacin de lugar, solicite y obtenga de Juez, una Sentencia Decisin que, exclusiva y nicamente se pronuncie declarando los sucesores de una persona fenecida.Se confunde frecuentemente el acta de notoriedad ( acto autntico con la presencia de siete testigos) con la verdadera determinacin de herederos judicial. Tal documento tiene por finalidad esencial el establecer la inexistencia de otros derecho-habientes del de-cujus distintos a los evidenciados por las actas del estado civil presentadas al debate o administrativamente. Esa Acta de Notoriedad es, en adicin a la documentacin del estado civil, la requerida por las instituciones donde el de-cujus posea dinero, acciones de sociedades comerciales, matrculas de vehculos, etc. para los causahabientes solicitar entregas/transferencias en su favor. Que documentacin debe presentar el solicitante de transferencia afectando derechos inmobiliarios de una persona fallecida?1. Instancia motivada dirigida a la Jueza Coordinadora del Tribunal de Tierras de Jurisdiccin Original del D. N., va secretaria del tribunal, (ver art. 40 del Reglamento de los Tribunales de la Jurisdiccin Inmobiliaria).2. Duplicado del Dueo o Constancia Anotada y Acreedor si existe algn gravamen.2.1 Certificacin del Estado del inmueble emitida por el Registro de Ttulos, (Original y actualizada)3. Copias de Cdulas o Pasaportes de herederos.4. Poderes de representacin (si procediere)5. 1 sello de la ley 91 con un valor de RD$30.00.Un recibo de ley no. 33-91 con un valor de RD$5.00.Nota: lo anterior, debe depositarse por secretaria del tribunal, conjuntamente con los siguientes documentos:a) Actas de Estado Civil (Acta de nacimiento, matrimonio y defuncin)si estaba casado: acta de matrimonio y contrato de separacin de bines, de existir;b) Las actas de nacimiento y reconocimiento de todos los hijos (para descendientes tambin fallecidos, los mismos documentos que su causante que significa otra determinacin de herederos, conjunta a la principal);c) El Acta de defuncin legalizada.Nota: El Art.46 del Cdigo Civil, supletorio de la Ley de Tierras, prev que, cando no hayan existido los registros del Estado Civil se hubieren perdido, la prueba de tales circunstancias ser admitida por ttulos fehacientes por testigos. Esta disposicin debe ser manejada con gran prudencia y reserva.d) Testamentos que involucren derechos registrados, de existir.d) Un Acta de Notoriedad donde siete testigos que conocieran al de-cujus y familia declaren sobre el matrimonio, prole, fallecimiento y el conocimiento de que no posee otros descendientes que los que figuran en las actas del estado civil;e) El formulario de declaracin sucesoral y el recibo de pago de tal impuesto. No hace mucho tiempo, la Jurisdiccin de Tierras no exiga tales documentos para procesar transferencias en favor de cnyuges suprstites y herederos, resultando que, por falta de coordinacin, los sucesores tales cargas fiscales, transfiriendo, sin oposicin alguna, a su vez, tales derechos, de buena mala f, convirtindose en insolventes frente a la Entidad Fiscal. ltimamente la Direccin General de Impuestos Internos ha requerido y se viene cumpliendo estrictamente que, dentro de la documentacin a presentar para esas transferencias inmobiliarias, debe exigirse tal constancia. Ms an y con ello debe tenerse sumo cuidado, debe requerirse al peticionante, adems del recibo de pago, el formulario de Declaracin Sucesoral o pliego sucesoral para que la Jurisdiccin est segura que la transferencia de los derechos inmobiliarios que solicita estn expresamente incluidos en dicha Declaracin porque, de no estarlo, por error, omisin cualesquier otra causa, la transmisin resultara improcedente.F) Si es una empresa, debe solicitarse el Impuesto de Transferencia Inmobiliaria (IPI), que tambin se requiere por parte de la DGII y por Registro de Ttulos.g) En caso, que conjuntamente con la determinacin de herederos se presente un "Contrato de Particin de Bienes" donde sucesores y/o cnyuge suprstite se intercambian y permitan determinados y especficos derechos registrados en favor de uno/s con exclusin de otro/s. En este caso el Tribunal homologa tal particin y atribuye esos derechos como convenidos. En caso contrario deber asignar cada bien comunitariamente, en la proporcin que proceda,. Si es un inmueble, que por su caracterstica, no se pueda dividir, se podr acoger la venta del mismo y dividir su valor. Los documentos en idiomas extranjeros deben ser traducidos a espaol. Todos los documentos expedidos por agentes Diplomticos o Consulares deben ser legalizados por ante la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores. Todos los documentos que se refieran a una operacin traslativa de propiedad inmobiliaria (poderes de representacin para vender, contratos de compra venta, testamentos) provenientes del extranjero deben ser legalizados por ante la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores. (Articulo 6, Convenio de la Haya.

La Determinacin de Herederos es el procedimiento mediante el cual se declaran quines son los sucesores de un determinado finado, por cuya muerte se abre la sucesin, a los fines de establecer su calidad para recibir los bienes dejados por el mismo.

La Determinacin de Herederos, en principio, es de carcter civil, pues es en el Cdigo Civil donde encontramos todo lo relativo a las sucesiones y a las particiones de bienes muebles. Sin embargo, de conformidad con el Artculo 57 de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, la misma solo ser competencia de la Jurisdiccin Inmobiliaria cuando se trate de particin de inmuebles registrados.

En otras palabras, la Determinacin de Herederos, debe ser tramitada ante la Jurisdiccin Civil, en caso de que se trate simultneamente con la particin de inmuebles registrados, se deber tramitar ante la Jurisdiccin Inmobiliaria.

Al igual que cualquier otra operacin de transferencia inmobiliaria, los herederos deben realizar el pago de los impuestos correspondientes, que en este caso son los impuestos sucesorales, cuya tasa es de un 3% del valor de la masa sucesoral.

El plazo para la presentacin de ante la Direccin General de Impuestos Internos es de 90 das despus del fallecimiento (se otorgan prrrogas para la presentacin de la Declaracin Jurada de hasta 105 das, cuando el Contribuyente no haya podido completar la documentacin requerida para el expediente).

El incumplimiento de los deberes formales tales como la no presentacin de la Declaracin Jurada en el tiempo establecido, suministrar informacin falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mnimos.

Los documentos requeridos para llevar a cabo este proceso ante la Jurisdiccin Inmobiliaria son los siguientes:

1.Instancia motivada dirigida al Tribunal de Tierras de Jurisdiccin Original correspondiente, o en caso de existir varias salas, como en el caso del Distrito Nacional, deber dirigirse la instancia a la Jueza Coordinadora.2.Actas de Estado Civil (Acta de nacimiento, matrimonio y defuncin).3.Duplicado del Dueo o Constancia Anotada y Acreedor si existe algn gravamen Certificacin del Estado del inmueble emitida por el Registro de Ttulos correspondiente, (Original y actualizada).4.Recibo de pago de Impuestos Sucesorales de la Direccin General de Impuestos Internos (DGII).5.Pliego de Modificaciones de la Direccin General de Impuestos Internos (DGII).6.Acuerdo de Particin firmado por las partes y legalizado por un notario.7.Anteproyecto de subdivisin.8.Acto de Notoriedad.9.Copias de Cdulas o Pasaportes de herederos.10.Poderes de representacin (si procediere).11.Un (1) sello de la Ley No. 91 con un valor de RD$30.00.12.Un recibo de Ley No. 33-91 con un valor de RD$5.00

Nota: Los documentos en idiomas extranjeros deben ser traducidos al espaol. Todos los documentos expedidos por agentes Diplomticos o Consulares deben ser legalizados por ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Todos los documentos que se refieran a una operacin traslativa de propiedad inmobiliaria (poderes de representacin para vender, contratos de compra venta, testamentos) provenientes del extranjero deben ser legalizados por ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. (Artculo 6, Convenio de la Haya, ratificado en Repblica Dominicana el da 30 de agosto del 2009 y formato de Apostilla).

Requisitos para la Determinacin de Herederos ante la Jurisdiccin Civil:

1.Instancia dirigida a la Presidencia de la Cmara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del lugar donde residan los sucesores, contentiva de solicitud de designacin de sala, acompaada de copias de los documentos relativos a la determinacin. En caso de ser en una provincia, solo se deposita la instancia contentiva de determinacin de herederos.2.Instancia motivada en solicitud de determinacin de herederos dirigida a la sala asignada acompaada de los documentos siguientes:a.Actas Originales de Estado Civil (Acta de nacimiento, matrimonio y defuncin).b.Acto de Notoriedad.c.Copias de las Cdulas o pasaporte de los herederos y de los testigos que figuran en el acto.d.Dos (2) sellos de la Ley No. 91 con un valor de RD$30.00.e.Un recibo de Ley No. 33-91 con un valor de RD$5.00En la etapa tcnica, a los fines de obtener la autorizacin por parte de la Direccin Regional de Mensuras Catastrales correspondiente deber presentarse el Duplicado del Dueo o Constancia Anotada y la copia certificada de la sentencia de determinacin de herederos emitida por la Jurisdiccin Civil. Obtenida la autorizacin, se proceder a la realizacin de los trabajos de subdivisin conforme a lo establecido en la Ley No. 108-05 y los reglamentos. Aprobados los trabajos, los mismos sern remitidos de manera directa al Registro de Ttulos correspondiente. En la etapa registral, deber completarse el expediente con la prueba de que han sido pagados los impuestos sucesorales con el depsito del recibo de impuestos y el pliego de modificaciones emitidos por la Direccin General de Impuestos Internos.