7

 · Determinar no competencia del CEPCI para conocer de la denuncia, en cuyo caso, el Presidente del Comité, dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir de la calificación,

  • Upload
    others

  • View
    8

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1:  · Determinar no competencia del CEPCI para conocer de la denuncia, en cuyo caso, el Presidente del Comité, dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir de la calificación,
Page 2:  · Determinar no competencia del CEPCI para conocer de la denuncia, en cuyo caso, el Presidente del Comité, dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir de la calificación,
Page 3:  · Determinar no competencia del CEPCI para conocer de la denuncia, en cuyo caso, el Presidente del Comité, dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir de la calificación,
Page 4:  · Determinar no competencia del CEPCI para conocer de la denuncia, en cuyo caso, el Presidente del Comité, dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir de la calificación,
Page 5:  · Determinar no competencia del CEPCI para conocer de la denuncia, en cuyo caso, el Presidente del Comité, dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir de la calificación,
Page 6:  · Determinar no competencia del CEPCI para conocer de la denuncia, en cuyo caso, el Presidente del Comité, dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir de la calificación,
Page 7:  · Determinar no competencia del CEPCI para conocer de la denuncia, en cuyo caso, el Presidente del Comité, dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir de la calificación,