Diagnostico Caso Titulo Falso

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  • 7/25/2019 Diagnostico Caso Titulo Falso

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    DIAGNSTICO

    NOMBRE DEL ESTUDIANTE: JULIAN LEONARDO PIEROS PNOMBRE DEL USUARIO: ENRIQUE CAMPOSASUNTO: PROCESO DISCIPLINARIO POR

    SUPUESTA FALSIFICACION DETITULO UNIVERSITARIO

    FECHA DE RECEPCIN: 05-02-2015FECHA DE PRESENTACIN DELDIAGNSTICO:

    08-02-201

    HECHOS

    1. El seor Enrique campos es docente de la universidad nacional ytrabaja en la contralora distrital desde el ao 2005 y esfuncionario de carrera

    2. est siendo investigado disciplinariamente por la supuestafalsicaci!n de uno de sus ttulos que le otorga el grado deespecialista en interventora.

    ". El ttulo fue e#pedido por la universidad $%&'

    SOPORTE PROBATORIO

    1. &opia de la resoluci!n de nombramiento2. (cio enviado al actual rector de la universidad $%&' en donde le

    solicitan que de fe de la autenticidad de la rma del diploma". )espuesta del rector de la universidad $%&' en donde maniesta*

    +yo no era el rector de la ,poca en que se e#pidi! el diploma deespecialista del seor &ampos - pero contrastando la rma con ladel rector de ese tiempo- parecen no coincidir

    ANALISIS JURIDICO SUSTANCIAL

    PROBLEMA JURIDICO

    Es suciente en derec/o aceptar como vlida y conducente una pruebaque no /a sido practicada por un perito profesional- en este caso ungraf!logo e#perto en rmas

    SOLUCION AL PROBLEMA JURIDICONORMATIVAMENTE

    e acuerdo con el artculo 2 de la constituci!n poltica- el seor Enrique&ampos tiene el derec/o fundamental a que se le lleve un debidoproceso.

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    'dems- conforme al mismo artculo 2 constitucional y teniendo encuenta el artculo de la ley 3"4 de 2002 por la cual se e#pide el c!digodisciplinario nico al seor &ampos se le debe presumir inocente /astaque no se le demuestre lo contrario en fallo ejecutoriado.

    &on lo anterior y con base al artculo 1"2 de la ley 3"4 de 2002- el seorEnrique &ampos como parte procesal dentro del proceso disciplinariopodr pedir el rec/a6o de la prueba numero " ya que esta no esconducente al caso.

    JURISPRUDENCIALMENTE

    'l respecto sobre la conducencia de la prueba la contralora general dela naci!n a dic/o que +la conducencia y la ecacia de los mediosprobatorios son principios que informan la prctica de las pruebas. &omoes sabido- la conducencia de la prueba- es la aptitud legal o jurdica quetiene ,sta- para convencer al fallador sobre el /ec/o a que se reere.

    Este requisito- como lo /a sostenido la doctrina y la jurisprudencia-persigue un n que apunta a la economa procesal- evitando que seentorpe6ca y diculte la actividad probatoria con medios que deantemano se sabe que no prestarn servicio alguno al proceso7.1

    DOCTRINARIAMENTE

    APLICACIN DEL ANALISIS JURIDICO

    e acuerdo a lo anterior el seor &ampos tiene derec/o a que se le lleveun debido proceso en su contra- y esto- en particular implica que no se

    tenga como vlida la prueba numero " allegada a la investigaci!n- yaque es atentatoria al mismo por cuanto es una prueba inconducente.

    ANALISIS JURIDICO PROCESAL

    Es un proceso disciplinario.

    ACTUACIONES PROCESALES REALI!ADAS

    Etapa de investigaci!n.

    ACTUACIONES PENDIENTES

    8liego de cargos en adelante.

    1 8rocuradura 9eneral de la %aci!n- :ala isciplinaria- )adicaci!n 1;1: 154234