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    La incidencia del narcotrficoen la sociedad actual

    Teresa MOLINA PREZ

    Real Centro UniversitarioEscorial-Mara CristinaSan Lorenzo del Escorial

    Resumen: La situacin actual del trfico y consumo de drogas constitu-ye uno de los problemas que ms altas cotas de sensibilidad ha alcanzado enla sociedad internacional, condicionado a las cifras cada vez ms crecientesde traficantes y consumidores.

    Abstract: The actual situation of traffic and drugs consumption is oneof the most important problems in the international society, it is caused bythe increasing of drugs dealers and consumers.

    Palabras clave: Drogas, trfico ilcito, consumo, sociedad internacio-nal, creciente expansin, problema social, jurdico y mdico.

    Keywords: Illicit Drugs, Traffic, Consume, International society, Incre-asing, Social problem, Juridical, Medical.

    Sumario:

    I. Introduccin: la incidencia de la droga en la sociedad actual.

    II. El trfico de drogas y su vinculacin con el delito.

    2.1. Droga, delincuencia y toxicomana.2.2. La drogodelincuencia y la drogodependencia.

    III El marco legal y la cooperacin internacional en la luchacontra el narcotrfico.

    3.1. Los fines de la cooperacin internacional.

    Anuario Jurdico y Econmico Escurialense, XXXIX (2006) 275-296 / ISSN: 1133-3677

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    3.1.1. La eliminacin del cultivo y la produccin de drogas.3.1.2. La eliminacin del trfico y del contrabando.3.1.3. La eliminacin del consumo.

    3.2. Tratados internacionales elaborados en la sociedad de nacio-nes.

    3.3. Tratados y Convenios Internacionales elaborados en el senode las Naciones Unida.

    3.4. Naciones Unidas: el sistema de las Naciones y la fiscalizacinde estupefacientes.

    3.5. La fiscalizacin de estupefacientes de los organismos interna-cionales que no pertenecen a Naciones Unidas.

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    1. CASTRESANA FERNNDEZ, C., Delitos contra la salud pblica. Subtipos agra-vados, enEstudios del Ministerio Fiscal. Cursos de Formacin (1-1994), Madrid1995, pp. 679 y ss. Para este autor, los delitos contra la salud pblica, y ms concre-tamente los de trfico de drogas, suponen, con una gran diferencia, la ms extendi-da manifestacin de la moderna criminalidad, no slo en Espaa, sino a nivel inter-

    nacional. Y ello, no slo en un terreno cuantitativo, sino tambin cualitativo, puestoque la delincuencia de la droga se ha mostrado reveladora de otras conductas delic-tivas que suelen acompaarlo como es la tenencia y trfico de armas, contrabando yotras modalidades de corrupcin de trascendencia econmica en las Instituciones yestructuras sociales o derivadas de ellas ms o menos directamente, como puedenser los delitos contra la Hacienda Pblica.

    2. En este sentido, se pronuncia HERRERO HERRERO, C., Delincuencia econ-mica al amparo del fenmeno de la droga, enBoletn de Informacin del Ministe-rio de Justicia, 1522, 25 de marzo de 1989, p. 49.

    3. Son muy remotas las referencias que se conocen respecto del consumo deestupefacientes, vid. ESCOHOTADO ESPINOSA, A., Para una fenomenologa de lasdrogas, Madrid 1992, y Aspectos histricos e internacionales, en Legalizar las

    drogas? Criterios tcnicos para el debate (varios autores), Madrid 1991, p. 23 y ss.Tambin vid. BELTRN BALLESTER, E., El trfico y consumo de drogas txicas y

    I. INTRODUCCIN: LA INCIDENCIA DE LA DROGA EN LA SOCIEDADACTUAL

    Es evidente que si se hubiera de destacar, por su penosa inciden-cia en nuestra sociedad, un fenmeno delictivo, ste ha de ser, sinlugar a dudas, el de trfico de drogas 1. El trfico de estas sustanciasconlleva como secuelas la violencia, la degradacin del ser humanoy, lo que es ms penoso, el trgico tributo de vidas humanas 2.

    Sin embargo, conviene destacar, en contra de lo que sucede en lasociedad actual, que el uso indebido de estupefacientes, en otrostiempos no entraaba un estigma social, y los problemas que pudie-

    ran derivarse de ello eran de tales dimensiones que la misma socie-dad poda hacerles frente 3. El consumo de drogas se mantena dentrode una pequea comunidad, sin salir de determinados medios cultu-rales y lugares geogrficos.

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    estupefacientes en la legislacin histrica espaola, en Delitos contra la saludpblica. Trfico ilegal de drogas txicas o estupefacientes, Universidad de Valencia1977, pp. 25 y ss., yII Curso Europeo de formacin para funcionarios policiales depases de produccin y trnsito europeo, primera parte, Direccin General de laPolica, vila 1991, sin paginar, donde, junto a una exposicin detallada de todosaquellos fenmenos que inciden en la expansin de la droga, se hace una referenciahistrica a la dependencia de la misma. En este sentido, se dice que la dependenciade la droga est condicionada a determinadas sociedades o grupos tnicos. As, elconsumo de cocana se centra en el Altiplano y zonas de Suramrica; el consumo de

    cannabis tena su mbito de expansin en la India y en los Pases rabes y el opio enlas culturas de Oriente Medio y China.4. Este es el contenido del mensaje de las Naciones Unidas, y, como pone de

    manifiesto Boutros, BOUTROS-GHALI,El uso indebido de drogas. Las Naciones Uni-das y la fiscalizacin del uso indebido de drogas, Mensaje del Da Internacionalcontra el uso indebido y el trfico ilcito de drogas, Departamento de informacinpblica de las Naciones Unidas, Canad 1993, p. 1., el uso indebido de drogas seha incrementado dramticamente en los ltimos aos. Ninguna nacin es impune alas devastadoras consecuencias del uso indebido y trfico de drogas que se traducenen un aumento sbito del delito, la violencia y la corrupcin.

    5. Y quizs sean, entre otros, la droga, como mecanismo de evasin frente a losproblemas que afectan a la sociedad actual, y la tendencia reivindicadora y consu-

    mista los factores esenciales que van a determinar, de una forma muy sealada, elfenmeno creciente de la expansin de la droga, lo que conlleva un uso abusivo delas mismas. En este sentido, MATO REBOREDO, J. M., La Cannabis, enDelitos....,o.c., separata, p. 341. Sin embargo, pese a que todos los autores estn de acuerdo enafirmar ese nimo de evasin, no existe unanimidad a la hora de determinar el daosocial que su consumo produce. As, Mato Reboredo expresa que dentro de ellas,quizs sea la Cannabis la droga ms contradictoria en la opinin general, porquepara algunos autores el haschs no produce adiccin. (Vid. Conclusiones, en Pri-meras Jornadas toxicolgicas de Castilla la Mancha, Toledo 1990.

    6. Vid. PRIETO RODRGUEZ, J. L.,El delito de trfico y consumo de drogas en elOrdenamiento Penal Espaol, Pamplona 1993, pp. 414 y ss., y GUERRA DAZ, D.,El ndice de severidad de la adiccin, enMedicina Legal en Drogodependencias,

    Comunidad de Madrid. Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, Agencia Anti-droga, Madrid 1999, pp. 147 y ss.

    Pero es a partir de los aos sesenta cuando, en el mundo occiden-tal, el consumo y trfico de drogas, sustancias txicas, estupefacien-tes y psicotrpicos se ha incrementado de una forma alarmante yprogresiva 4, y, si bien los factores que inciden en dicho aumento sonmltiples, en una somera exposicin, stos se pueden resumir, enprimer lugar, en los propsitos que se pretenden al consumirlas, acontinuacin, en la significacin de las mismas 5, y, como ltimo fac-tor o elemento, en un uso abusivo de las mismas, que es el que cons-tituye el verdadero problema real 6.

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    7. Un estudio sobre los problemas sociales de la droga, entre otros muchos, puedeverse en ROMERO POLANCO, J. L., Los toxicmanos desde su vertiente legal. Anlisis ypropuestas poltico criminales, enLa problemtica de la droga en Espaa, Coleccinde Criminologa y Derecho Penal, Madrid 1986, pp. 109 y 110. Conviene resaltar quela sociedad ha intentado defenderse frente a los mltiples problemas que el narcotrficoconlleva, sancionando penalmente tales conductas, cuando lo cierto es que muy pocopuede lograrse si slo se incide en el Cdigo Penal, y no se le trata como un verdaderoproblema de poltica criminal. As, vid. GARCA DE PABLOS Y MOLINA, A., Bases parauna poltica criminal de la droga, enLa problemtica...., o.c., p. 357: se convirti el

    problema social de la droga en problema criminal y se encomend al Derecho Penal, esdecir, a la ciruga penal la salud pblica de todos; y RODRGUEZ RAMOS, L., Inicia-cin al consumo de drogas, enLa problemtica..., o.c., pp. 291 y 292: las drogas sonun bien escaso... son un gnero prohibido por la Ley ... hay demanda porque hayoferta, hay oferta porque rinde econmicamente, rinde econmicamente porque se tratade un bien escaso, se trata de un bien escaso porque est prohibido por la Ley.

    8. Lo que genera grandes gastos en tratamientos teraputicos y en planes gene-rales de contencin de la extensin de su consumo. En Norteamrica coexisten dosgrandes grupos de drogas: el denominado crack que, en palabras de Escotado, es lamstica de la miseria por consumirla las clases sociales ms desfavorecidas; y lacocana, droga que por su alto valor en el mercado consumen las clases ms ricas,elevndose en cifras casi al 70% de la cocana disponible en el mundo.

    9. La incidencia de la droga en la salud y en la sociedad ya fue expuesta por laOMS, as GOOS, C., Introduzione sul programma de lavoro dell OrganizzazioneMondiale della Sanit sull labuso di sostanze, en sesione del 26-27 Sept. 1991, delComitato Europeo per la lotta contro le sustanze stupefacenti e psicotrope(CELAD), sesin preparatoria de la XXXV session of the United Nations Commis-sion on Narcotic Drugs, celebrada en Vienna, 6-15 april 1992, European Issues ondrug abuse, n. 1 (1992) 221 a 225 (Collections of Instruments and Texts adopted bythe European Communities on drug abuse and aids), (publicado conjuntamente enEnglish, Francais, Italiano).

    Como problema penal, y dentro de ste, la reinsercin de drogadictos es tratadopor DARBEDA, M. P., Les detens usagers de drogues (rapports), pp. 21 y ss.; yHOCQUET, M. C., Les detens usagers de drogues (contributions), pp. 69 y ss., en

    Symposium sur le systeme penal et les mesures de reinsertion sociale des usagersdes drogues ( groupe Pompidou), Strasbourg 1988.

    No cabe duda de que la situacin actual del trfico y consumo dedrogas constituye uno de los problemas que ms altas cotas de sensi-bilidad ha alcanzado en la sociedad, y ello condicionado a las cifrasque se manejan en torno al cada vez ms creciente nmero de trafi-cantes y consumidores de ella 7. As, y como mero ejemplo del terri-ble aumento del consumo de drogas, en los Estados Unidos nacencada ao, como consecuencia del consumo de sus padres, ms decien mil nios dependientes de las mismas 8.

    As pues, el consumo de drogas es un problema social 9, pero no

    nos vamos a referir a la sociedad como la causa de la drogadiccin,

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    10. Vid. SANTOS PASTOR, Herona y poltica criminal. Un enfoque alternati-vo, en La problemtica , o.c., p. 225: la distribucin y consumo de heronatiene efectos diversos en nuestras sociedades junto a aquellos que afectan directa ycasi exclusivamente a quienes estn envueltos en tales actividades, hay otros queinciden de forma acusada en la vida social.

    11. Vid. ROMERO, G. N., Aspectos sociolgicos, jurdicos y mdicos sobre eluso de drogas, enLa problemtica ..., o.c., pp. 403 a 406, donde la autora pone demanifiesto, de una forma detallada, todos los mbitos de la vida social a los que

    afecta la ilcita actividad.12. Beneficios que se mueven a gran velocidad y que no se pueden controlarporque, como dice BAJO FERNNDEZ, M.,Derecho Penal Econmico aplicado a laactividad empresarial, Madrid 1978, pp. 53 y ss.: el delincuente econmico eslisto...; ver tambin del mismo autor Manual de Derecho Penal. Parte especial.Delitos patrimoniales y econmicos (con M. Prez Manzano y C. Sarez Gonzlez),Madrid 1993, p. 675, donde se expone el fenmeno del contrabando de droga.

    13. Vid. Las Naciones Unidas y la Fiscalizacin del uso indebido..., o.c., p. 17:Probablemente el problema ms negativo del comercio de drogas es que deja suhuella ms profunda en los ms vulnerables: los jvenes, esta plaga est contami-nando a las futuras generaciones de pases de todo el mundo. Cuando un porcentajeimportante de una determinada generacin cae en la toxicomana, esa generacin

    pierde ciudadanos tiles y contrae una carga social de efectos invalidantes, yDrogay Menores, Consejo Superior de Proteccin de Menores, Ministerio de Justicia,

    sino al problema social que afecta a la sociedad en general10

    , porqueya no se trata de un problema que afecte a ciudadanos marginados,sino que son ms y ms grupos sociales, en constante aumento, losafectados, lo que hace que el problema se torne en una cuestinsocial. As estamos ante un problema social por varias razones 11. Enprimer lugar, genera una masa de beneficios econmicos ocultos, ycomo consecuencia de la ilcita actividad esos productos econmicosentran en los circuitos lcitos para ser blanqueados llegando a tenerun peso especfico en los centros de decisin econmicos.

    En segundo lugar, el Estado, o los Estados, se consideran incapa-ces de estabilizar un dinero que se mueve a gran velocidad 12, y q u eorigina, como contrapartida a su vez, un ingente desembolso dedinero para la prevencin social del fenmeno.

    En tercer lugar, genera un trabajo no censado.

    En cuarto lugar, tal actividad est destinada al beneficio injustomediante la puesta en peligro de la salud pblica.

    En quinto lugar, tiene un gran poder de captacin entre los jve-nes 13.

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    Madrid 1984, p. 13: El consumo de drogas, legales e ilegales, revela hoy da pro-porciones alarmantes en este pas. Los nios y adolescentes inadaptados socialmente,

    constituyen un sector de poblacin indefenso ante la realidad de unas drogas que lesson ofrecidas por diferentes canales con facilidad.14. Como problema mdico, la drogadiccin no slo afecta al individuo sino al

    entorno social en que ste se desenvuelve, as lo expone SANTARN, L., La periciamdico legal en los casos de drogadiccin, enDrogas, aspectos jurdicos y mdicolegales, Ensayos 9, Palma de Mallorca 1986, pp. 305 y ss.: Consideramos droga-dicto a la persona que debido al consumo abusivo de drogas presenta trastornos fsi-cos y psquicos, que tiene, adems, problemas en sus relaciones sociales (familia,pareja, estudios...); y DELGADO BUENO, S., Delincuencia y Drogas, MedicinaLegal en Drogodependencias, o.c., pp. 415 y ss.

    15. Para que la actividad sancionadora de los Estados sea eficaz es necesario lacoordinacin de aquellas instituciones que luchan contra sa ilcita actividad, as, en

    nuestro pas la Fiscala Especial para la Prevencin y Represin del Trfico Ilegal deDrogas entiende que para actuar de una forma eficiente en el aspecto penal es nece-saria la coordinacin entre las instituciones competentes, vid. Memoria de la Fisca-la Especial..., 1988, p. 2.

    16. Frente a la postura mantenida por un sector doctrinal que son partidarios dela no intervencin del Derecho Penal en materia de trfico de drogas, de la liberali-zacin del uso y consumo de drogas (as REEX, A. R., Derecho Penal extranjero eintervencin del Derecho Penal en materia de estupefacientes. Vista general de lasposibles vas a seguir, enEstudios de Derecho Penal y Criminologa (en homena-je al Prof. Jos Mara Rodrguez Devesa), t. II, UNED, Madrid 1989, pp. 163 y ss.,en donde el autor considera que la lucha del Derecho Penal contra el narcotrficoha sido contraproducente), existe otro sector doctrinal que se inclina por la escasa

    aptitud de los medios del Derecho Penal para solucionar el problema de la droga.Pero lo cierto es que existe una corriente, cada vez ms extensa, favorable a la

    En sexto lugar, crea un estado de inseguridad ciudadana.En sptimo lugar, es un fenmeno a nivel familiar.

    En octavo lugar, su prevencin es difcil y costosa porque los fac-tores que conducen a las toxicomanas se han desatado al ser mlti-ples, por lo que nada parece ejercer control sobre ellos.

    Todos estos elementos son los que, de una forma decisiva, van aafectar a la sociedad en forma mltiple, tanto a nivel individual,como familiar y de convivencia social, y, como consecuencia ltima,

    al Estado en su organizacin interna.Organizacin interna del Estado en cuanto afecta, como ya diji-

    mos anteriormente, al sector econmico, pero tambin al sectormdico 14, y al sector legal. Y es en este ltimo en donde interviene elDerecho Penal 15, actuando de una forma represiva y sancionandodeterminadas conductas 16. La penalizacin de las drogas ha creado

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    intervencin del Derecho Penal que sancione dicha conductas. Por todos,El debate

    sobre la legalizacin de las drogas. XVI encuentro, Fundacin Encuentro, febrero1990. Esta ltima posicin viene a corroborar determinadas posturas a nivel interna-cional, como fue el caso de Holanda, que habindose resistido a una poltica repre-siva, se apartaron de sus intentos liberalizadores, si bien es cierto que en cumpli-miento de sus obligaciones internacionales y acuciada por el aumento de criminali-dad y por el fenmeno del denominado Drogodurismo. Tambin sobre este pro-blema se pronuncia ABARCA JUNCO, P., Un problema de poltica criminal: la pena-lizacin internacional de los estupefacientes,Revista Facultad de Derecho UNED8, Madrid 1982, pp. 226 a 229.

    17. Vid. TORO MARZAL, A. del, La imputabilidad del heroinmano, enDro-gas, aspectos jurdicos....., oc., p. 199, en donde se pone de manifiesto la contribu-cin heronica a la masa delictiva contra la propiedad.

    18. Vid. ARLACCHI, P., Tendencias de la criminalidad organizada y de los mer-cados ilegales en el mundo actual, enRevista del Poder Judicia, 16 (1985), repro-ducido en Polica, 9 (1986) 38, y que recoge HERRERO HERRERO, C., DelincuenciaEconmica..., o.c., p. 60.

    19. Vid. JIMNEZ VILLAREJO, J., Incidencia de la droga en la criminalidad, enDrogas, aspectos jurdicos..., o.c., pp. 143 y 148. El autor define la delincuenciafuncional como aquella que est determinada directamente por la dependencia...delincuencia, marginacin y droga tienden a ser lneas de un tringulo en que secruzan lneas de causalidad.

    20. Vid. GENNARO, G. di, La situazione internazionale nella produzione neltrafico degli stupefacenti. Ill compito delle comunit terapeuchi, en Atte delloSeminario Nazionale: Studio tossicodependenze, Pessaro 1986, p. 60, donde expone

    que el verdadero problema social de la droga se encuentra en las organizaciones denarcotraficantes.

    una base para una amplia actividad delictiva de los consumidores17

    ,favoreciendo a su vez, la creacin de una criminalidad organizada18.

    II. EL TRFICO DE DROGAS Y SU VINCULACIN CON EL DELITO

    2.1. Droga, delincuencia y toxicomana

    El significado y uso de la droga en la sociedad, y su vinculacincon la marginacin y el delito 19, dependen en gran medida de las

    leyes sobre estupefacientes y de la actitud social frente a la droga engeneral. Es una cuestin cuyos elementos integrantes guardan entres una estrecha relacin. Es por esta razn por la que toda sociedadque luche contra la droga ha de hacerlo contra la produccin, contrael trfico, y contra el consumo, sin olvidar que en virtud del mono-polio o cuasi-monopolio del mercado, las distintas fases por las queatraviesa la oferta estn en las mismas manos 20.

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    21. Vid. RODRGUEZ LPEZ, C., La droga y su circunstancia. Un modelo multi-factorial de la drogodependencia, en La problemtica..., o.c., p. 141: Lleg ladroga, y con ella el escndalo, la perversin, la delincuencia y el crimen.

    22. Vid. Memoria Fiscala Especial, 1991, p. 227: Los indicadores ms impor-tantes correspondientes a los aos 1985, 1986, 1987, 1988, 1989, 1990 y 1991demuestran que de un total de herona de 247.128 grs. aprehendida en 1985, se pas,en 1991, a un total de 741.445 grs.. Aunque si bien es cierto que la herona era ladroga que ms se consuma en aquella poca, lo cierto es que en los ltimos aos eltrfico y consumo de sta est cediendo en favor de las denominadas drogas dediseo.

    23. Relacin directa entre droga y delincuencia que es analizada por LPEZSANTISTEBAN, A., Las drogas y sustancias estupefacientes desde el punto de vistapolicial, enDelitos contra la salud pblica...., o.c., p. 235: Ala vez que aumentanlos delitos contra la salud pblica.

    24. Vid. CANCRINI, L. (obra conjunta) La toxicomana entre los jvenes. Unestudio de su tipologa y pertenencia con los programas de tratamiento, enBoletnde Estupefacientes de las Naciones Unidas, volumen XXXVII (1985) 135.

    25. Drogadiccin y problemas jurdico-penales del consumo de las drogas(documento de trabajo para las Asociaciones integradas en la Unin Espaola deAsociaciones de asistencia al toxicmano), UNAT debate nacional sobre drogas, p.6 (impreso sin fecha ni lugar): Los objetivos de toda poltica criminal en materia dedrogas parten de un doble presupuesto, a) La droga, como fenmeno social comple-

    jo, supone una tremenda amenaza para la propia vinculacin social y para las perso-nas concretas.

    Es frecuente considerar a nivel popular la droga como importantefactor causal de conductas delictivas 21, conductas delictivas que enlo referente a nuestro pas, en el aspecto ms novedoso y criminge-no, esuvo relacionada con el trfico y consumo de herona y actual-mente con el de cocana 22.

    La relacin entre droga y delincuencia 23 se produce porque elconsumo de dichas sustancias producen toxicomanas 24, toxicoma-nas cuyas caractersticas esenciales son dos. En primer lugar, la per-sona toxicmana 25 carece de relaciones significativas en su mediosocial; y, en segundo lugar, y ste es el factor ms importante, latoxicomana tiene un carcter destructivo, somtico y aislante, y congran rapidez se acude cada vez a dosis mayores, lo que conlleva quepara poder lograrla, ante la carencia de dinero o el alto precio de lasustancia txica, se acuda a la delincuencia y, de esta forma, con eldinero obtenido, comprar la droga.

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    26. La relacin entre droga y delincuencia es expuesta de una forma muy ntidaen el programa de Naciones Unidas en la lucha contra la droga; as, enLas NacionesUnidas y la Fiscalizacin...., o.c., pp. 47 y ss.: El uso de drogas ilcitas y la delin-cuencia van asidas de la mano. En demasiados casos, los consumidores de drogasharn literalmente cualquier cosa a fin de obtener droga suficiente para satisfacer suhbito. Los delitos que cometen ms frecuentemente los consumidores de drogas

    son los que le permiten ganar ms dinero con el mnimo esfuerzo, comnmente elrobo, la prostitucin...

    2.2. La drogodelincuencia y la drogodependencia

    Si bien es cierto que la toxicomana produce delincuencia, dentrode sta existen dos tipos bien diferenciados:

    En primer lugar, la delincuencia que va encaminada a conseguirlos medios necesarios para poder adquirir la droga, es la llamada cri-minalidad funcional; los delitos que fundamentalmente cometen lostoxicmanos de este tipo son los denominados delitos contra la pro-piedad, y, a veces, van acompaados de ataques a la integridad cor-

    poral. Suelen ser traficantes a pequea escala y se les denomina tra-ficantes consumidores.

    En segundo lugar, existe una delincuencia que tiene su origen ocausa en el llamado sndrome de abstinencia, ya que la droga pro-duce una fuerte dependencia fsica, y es esta dependencia la que alte-ra el comportamiento del sujeto, hasta tal punto que le lleva a delin-quir para poder adquirir el txico; es el toxicmano drogo-depen-diente.

    Hay que especificar, sin embargo, que aunque la dependenciafsica de una droga no es siempre requisito previo de la actividaddelictiva, suele suceder que el individuo que intenta mantener elhbito de tomar alguna droga, a menudo se encuentra con fondoslimitados, y acude por ello a una amplia gama de actividades delicti-vas; aunque la motivacin para cometer un delito puede no estarconectada con la adquisicin de drogas, muchos delitos se cometenpor personas bajo la influencia de drogas ilcitas 26.

    Este problema, que es similar en el mundo, en nuestro pas estconcienciando a la sociedad civil y en los ltimos aos parece queexiste un apoyo ms decidido por parte de sta a la actuacin de las

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    27. La Memoria Fiscala Especial..., 1990, pp. 41 y ss., pone de manifiesto losescasos avances realizados en la lucha contra el pequeo consumidor, as: el nme-ro de robos y atracos, en estos ltimos aos, ha aumentado ms del 40%, si en el ao1989 era de 30.706, en el ao 1990 fueron de 42.272, con un aumento porcentual decerca del 38%. Si el nmero de fallecidos era en 1983 de 90, en 1989 aumenta por-centualmente en un 120% y un 18% en 1991, respecto del ao anterior. Tambin laMemoria Fiscala Especial, 1992, pp. 30, 31 y 37: Si bien es cierto que en Espaase est advirtiendo una menor presencia en el mercado ilcito de herona, debido a

    una mayor sensibilidad social por considerarse una droga de efectos mortferos ycausante de enfermedades infecciosas, siguen en aumento continuo e imparable lascantidades de haschs incautadas; los datos provisionales de Interpol, revelan quelas mayores incautaciones de sta droga, junto con la cocana, se produjeron enEspaa.

    28. La importancia de la lucha contra el narcotrfico es resaltada por los espe-cialistas en el tema en la que se pone de manifiesto la especial importancia que tienela lucha global contra ste, as ZARAGOZA AGUADO, J., La respuesta econmica altrfico ilegal de drogas: el delito de blanqueo, el comiso y la inversin de la carga dela prueba, enEstudios del Ministerio Fiscal, o.c., p. 787: Lo es la incautacin dela droga y la detencin de los que integran las redes de trfico ilcito, pero todava loes ms el decomiso de sus haberes financieros pues mientras en el primer caso, las

    redes sufren una paralizacin temporal, en el segundo caso se puede llegar a unadestruccin de tales organizaciones.

    Instituciones; la sociedad est asumiendo su propio protagonismo,que a la postre, es el principal.

    Sin embargo, en el pequeo trfico, que es el que ms directa-mente percibe el ciudadano, y quin ms directamente lo sufre, nadao muy poco se ha avanzado, continuando, como un problema irreso-luto el referente al consumo 27.

    III. EL MARCO LEGAL Y LA COOPERACIN INTERNACIONAL EN LA

    LUCHA CONTRA EL NARCOTRFICO

    3.1. Los fines de la cooperacin internacional

    Desde una perspectiva de poltica criminal, todos los frentes de lalucha contra el narcotrfico son importantes 28. Durante los ltimosaos, dado el gran volumen que ste plantea, se ha hecho necesariauna colaboracin internacional entre las Autoridades de los pases deproduccin, trfico y consumo.

    Naciones Unidas, en el prembulo de la Convencin de Viena de1988, recogiendo esta honda preocupacin, declar la dcada de los

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    29. Convencin de las Naciones Unidas contra el trfico ilcito de estupefa-cientes y sustancias psicotrpicas 1988, Prembulo, United Nation Publicatin,USA 1991, pp. 1 y 2. Vid. MART DE VESES PUIG, M. C., El derecho internacionalpblico y el consumo y trfico de drogas y estupefacientes, en Delitos contra la

    salud pblica..., o.c., pp. 257, 258 y 259, en donde se expone la preocupacin deeste organismo antes ya de la Convencin de 1988, as, seala la autora que en elCongreso de las Naciones Unidas sobre prevencin del delito y tratamiento deldelincuente, celebrado en Kioto, en 1970, se vincul la prevencin y la lucha contrael delito con la defensa de la paz a escala mundial... los problemas de la toxicoma-na y del trfico ilcito de drogas son problemas no slo de las sociedades internas,sino que son de la sociedad internacional.

    30. Carcter pluriofensivo que es expuesto por .0. F., Delitos contra la saludpblica, en Comentarios a la Legislacin Penal, Madrid 1990, pp. 55 y ss.

    31. Como se expone en las Conclusiones delII Curso Europeo de formacin..., o.c.32. Programa de Naciones Unidas para el control internacional de drogas,

    Les stupfacients illicites, leur culture et leur preparation: un drame ecologique

    ignor (publicado tambin en Boletn de Estupefacientes de Naciones Unidas, v.44, 1992), Viena 1994, pp. 13, 14 y 15.

    aos noventa, como la Dcada de la lucha contra el narcotrfico29

    .As, se afirma que no slo estas actividades delictivas representan unaamenaza para la salud y el bienestar de los seres humanos y menosca-ban las bases econmicas, culturales, polticas de la sociedad, sinoque tambin socavan las economas lcitas y amenazan la estabilidad,la seguridad y la soberana de los Estados. Tales manifestaciones loque pretenden es declarar el carcter pluriofensivo de este tipo dedelitos, que atentan no slo a la salud colectiva de la poblacin, sinotambin a intereses econmicos e incluso polticos 30.

    Sin embargo, y a pesar de la extrema gravedad, uno de los pro-blemas principales en cuanto a la lucha contra el crimen organizado,y el narcotrfico es uno de ellos, son sin dudas los diferentes mar-cos legales de cada pas 31.

    Pero dejando al margen el problema de la diferenciacin en losdiversos tratamientos legales de cada pas, desde el punto de vista dela lucha y cooperacin internacional contra el narcotrfico, sta vaencaminada a los siguientes fines:

    3.1.1. La eliminacin del cultivo y la produccin de drogas 32

    El establecimiento de un programa especial de asistencia tcnicafue la primera medida para ampliar las actividades de las Naciones

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    33. Estas siglas responden al Fondo del Programa de Naciones Unidas para laFiscalizacin Internacional de la Droga, cuya creacin se realiz conforme a la Sec-cin XVI de la R. 46/185 C. de la Asamblea General de 20 de Diciembre de 1991, yes la fuente principal del sistema de NN.UU. en cuanto a la asistencia tcnica yfinanciera sobre todo en los pases en desarrollo que respaldado en la AsambleaGeneral en la R. 2719, de 19 de diciembre de 1970, y est constituido enteramentepor contribuciones voluntarias provenientes de los gobiernos miembros y de organi-

    zaciones privadas. Con este sistema de financiacin en Thailandia han comenzado acultivarse terrenos que antes se dedicaban al cultivo de la adormidera.34. Les stupfiants illicites..., o.c., pp. 3 y 4: Los cultivos ilcitos de estupe-

    facientes estn originando gran parte de la destruccin de los bosques tropicales,est demostrado a travs de numerosos estudios cientficos, las graves consecuen-cias que tiene la desaparicin de los bosques tropicales sobre el suelo, la hidrologay la atmsfera. Este fin dista mucho de cumplirse, porque, como expone MARTNPALLN, J. A.,El debate sobre la legalizacin de las drogas, XVI encuentro, pp. 245y 246: No obstante, existen todava pases como Per en el que el 25% de las hec-treas de cultivo se dedican a la coca.

    35. debindose tomar medidas de vigilancia, de supervisin administrativa,registro-autorizacin de los operadores, autorizacin de las importaciones y expor-

    taciones, vid. Recomendaciones de la Chemical Action Force, Washington D.C.,junio de 1991.

    Unidas, ms all del sistema de Tratados, creando programas de pro-yectos del PNUFID 33, de desarrollo mediante cultivos alternativos enlas zonas donde se cultiva de forma ilcita la cocana y la amapola 34.

    3.1.2. La eliminacin del trfico y del contrabando

    En cuanto a la eliminacin del trfico y del contrabando hay quetener en cuenta que esa lucha internacional no slo va dirigida a drogastxicas, estupefacientes y psicotrpicos, sino tambin a aquellos pro-

    ductos qumicos con los que se elaboran stos. Y si bien existe unacomplicada reglamentacin del comercio internacional sobre sustan-cias qumicas con las que se fabrican ilcitamente drogas, la lucha inter-nacional va dirigida a evitar el desvo de esos productos para la fabrica-cin ilcita, ya que dichas sustancias pueden ser desviadas a travs decualquier eslabn de la cadena, antes de llegar a su destino final 35.

    3.1.3. La eliminacin del consumo

    En cuanto a esta finalidad, la erradicacin del consumo, existeuna intensificacin de la cooperacin internacional; el elemento fun-

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    36. Vid. APARICIO CALVO-RUBIO, J., Marco Internacional: Legislacin y trfi-co, en las II Jornadas Internacionales de Alcaldes contra la droga, Cuadernos dePoltica Criminal, n. 40-42 1990, p. 650 la primera es hacer hincapi en la extraor-dinaria importancia de la prevencin, sobre todo en lo que a consumo se refiere, conpolticas educadoras, informativas, asistenciales y rehabilitadoras, amplias y gene-rosas. Como un mero ejemplo de la prevencin adoptada en otros pases, las decla-raciones del Canciller Federal de Alemania, HELMUT KHOL, que se contienen en lapresentacin del Plan National de lutte contre la drogue, Bonn 1990, p. 3 si nos

    reunimos para concentrar todas las fuerzas no perderemos el control de la situa-cin.

    damental para poder detener a la larga el uso indebido de drogas y lacriminalidad asociada a ella, es la prevencin mediante la sensibili-zacin, la educacin, y junto a stas, la accin conjunta, porque unaestrategia de prevencin slida y efectiva debe incluir esfuerzos yasociaciones entre gobiernos, organizaciones no gubernamentales yciudadanos privados 36.

    3.2. Tratados Internacionales elaborados en el seno de la

    Sociedad de Naciones

    Los tratados internacionales sobre estupefacientes de 1912 a1988 constituyen la base jurdica del sistema actual de fiscalizacininternacional de estupefacientes. Este sistema de fiscalizacin inter-nacional se apoya en el concepto de fiscalizacin nacional de cadaEstado concreto.

    Cada Estado ha de cumplir con las disposiciones de los tratadosinternacionales dentro de los lmites de su jurisdiccin especfica, y,a su vez, el Estado que es parte en un determinado Tratado, est obli-gado a adoptar la legislacin apropiada, a introducir las medidasadministrativas y de aplicacin necesarias, y a cooperar con los pa-ses y los rganos establecidos de fiscalizacin internacional de estu-pefacientes.

    El primer antecedente histrico lo hallamos en Shanghai, en elao 1909, en donde se reunieron trece pases y celebraron la primeraconferencia internacional para fiscalizar el trfico de drogas. Esta

    conferencia, que se conoce con el nombre de Comisin del Opio,

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    condujo a la firma del Convenio Internacional del Opio, de 23 deenero de 1912, que se celebr en la Haya (Holanda).

    Este Convenio de la Haya fue el primer instrumento obligatoriode derecho internacional y tena por objeto el controlar el transportede drogas destinadas a usos mdicos.

    Bajo los auspicios de la Sociedad de Naciones, se realizan tresconvenciones:

    1. La Convencin Internacional del Opio de 19 de febrero de1925. Es la segunda convencin internacional sobre el opioque introduce un sistema estadstico de fiscalizacin, y queestablece un sistema de certificados y permisos de exporta-

    cin cuya finalidad es controlar el comercio internacionallcito de estupefacientes. Tambin introduce nuevas sustan-cias como la hoja de coca y el camo indio.

    2. La Convencin de Ginebra de 13 de julio de 1931. Su finali-dad es limitar la fabricacin mundial de estupefacientes slo

    a aquellas cantidades que son necesarias a los fines mdicos ycientficos, y regular la distribucin de estupefacientes. Sereservaba a los gobiernos el derecho de importar y distribuirherona para fines mdicos y cientficos.

    3. La Convencin de Ginebra de 26 de junio de 1936. Por pri-

    mera vez se formula una Convencin que pide penas graves

    para los traficantes de drogas ilcitas. Esta Convencin escomplementaria de la anterior, y busca la supresin del trfi-co ilcito de drogas nocivas. Los Estados firmantes se com-

    prometan a sancionar severamente con penas privativas delibertad los actos de trfico, a incoar diligencias judiciales oacordar la extradicin, crear una oficina central encargada decoordinar la lucha contra los estupefacientes y a asegurar las

    comisiones rogatorias.

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    37. Convenio de 30 de marzo de 1961, ratificado por Espaa el 3 de enero de1966 (BOE, 23 de abril de 1966), y enmendado por el Protocolo de Ginebra de 25 demarzo de 1972, que a su vez fue ratificado por Espaa el 4 de enero de 1977 (BOE,de 15 de febrero de 1977, texto del 8 de agosto de 1985 (BOE, de 3 y 4 de 1981).Tanto este Convenio nico, como el Convenio de Viena, llevan incluidas unas listas

    adjuntas a las del Convenio nico, listas I, II y IV, a la que remite la L. 17/67, de 8 deabril, de estupefacientes, surgida de la ratificacin del Convenio.

    3.3. Tratados y Convenios internacionales elaborados en el senode las Naciones Unidas

    Es en 1946 cuando las Naciones Unidas asumen las funciones ylas responsabilidades que sobre la fiscalizacin de estupefacientesestaban atribuidas a la Sociedad de Naciones.

    a) El Protocolo de 11 de diciembre de 1946

    Por este instrumento se transfiere legalmente a las Naciones Uni-

    das aquellas funciones de fiscalizacin de estupefacientes, que eranejercidas anteriormente por la Sociedad de Naciones.

    b) El Protocolo de Pars de 1948

    Las nuevas sustancias sintetizadas por el hombre y que producendependencia, junto a la adormidera, la coca y el cannabis, se ponenbajo control internacional y proteccin del derecho. Est dirigido a lafiscalizacin internacional de determinadas drogas no incluidas en el

    convenio firmado el 13 de julio de 1931 en Ginebra.c) El Protocolo de Nueva York sobre el opio de 1953

    Es el que regula y limita el cultivo de la planta de adormidera, yla produccin, el comercio internacional y el uso del opio. Y por elque se autoriza slo a concretos pases a exportarlo.

    d) La Convencin nica de 30 de marzo de 1961 sobre estupefa-cientes 37

    La Convencin sobre estupefacientes surge, en el mbito interna-cional, ante la necesidad de refundir en un solo texto, toda la legisla-cin anterior sobre la fiscalizacin de estupefacientes, que se haba

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    La jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo se remite a ambos Convenios ya sus listas adjuntas, para determinar las sustancias que componen el objeto material

    del delito de trfico de drogas.Hay que tener en cuenta que la ratificacin por Espaa de stos Convenios inter-nacionales y su posterior publicacin en el BOE, convierten su normativa en Leyinterna de nuestro pas y obligan a nuestros tribunales, de acuerdo con el artculo96.1 de la Constitucin y en relacin con el artculo 5.1 del Cdigo Civil. As, el Tri-bunal Supremo y nuestros tribunales siguen un rgimen de rgida definicin de lasdrogas estupefacientes o sustancias psicotrpicas, y consideran al artculo 368 delCdigo Penal como una norma en blanco, remitindose a las listas anexas de losmencionados Convenios. La STS de 27 de enero de 1983 (RA 60), sostiene que lafrase droga txica o estupefaciente del artculo 344 del Cdigo Penal (hoy 368 CP),se refiere a las sustancias de las listas I, II y IV de los mencionados Convenios. En elmismo sentido, entre otras muchas, la STS de 26 de noviembre de 1987 (RA 8615).

    Lnea interpretativa de nuestro Tribunal Supremo que es seguida por la FiscalaGeneral del Estado en la Circular 1/84 de 4 de junio.

    convertido en una legislacin excesivamente desordenada y compli-cada.

    Pero si la finalidad prioritaria perseguida con esta Convencin (lanecesidad de codificar en un slo texto todas las normas de los trata-dos multilaterales existentes hasta entonces en la materia), se cum-pli con creces, conviene destacar que, asimismo, en el nuevo trata-do se simplificaba y modernizaba tambin el mecanismo de fiscali-zacin, fortaleciendo, de esta manera, los esfuerzos de la comunidadinternacional. Por ello, este nuevo sistema de fiscalizacin se extien-de al cultivo de plantas, que son la materia prima de los estupefa-cientes naturales, y se obliga a los Estados parte a limitar la produc-cin de plantas estupefacientes slo a la cantidad necesaria parafines mdicos y cientficos.

    e) El Protocolo de 25 de marzo de 1972

    Es aquel por el que se modifica la Convencin nica de 1961, ydonde, de forma especfica, se subraya la necesidad de aumentar los

    esfuerzos tendentes a impedir la produccin ilcita, el trfico y el usode estupefacientes. En l tambin se pone de relieve la necesidad defacilitar servicios de tratamiento y rehabilitacin a quienes hacen usoindebido de los estupefacientes, recalcando que el tratamiento, reha-bilitacin, postratamiento y reinsercin social deben considerarsecomo posibilidades alternativas o aadidas al encarcelamiento para

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    38. Dada la naturaleza de estas sustancias, es la Organizacin Mundial de laSalud la que tiene la funcin de determinar, sobre bases mdicas, si una nueva sus-tancia obtenida en laboratorios, debe incluirse en una de las listas anexas al Conve-nio. Una vez realizada la determinacin mdica, es la Comisin de estupefacientes

    la que considera otros factores, tales como el grado de uso indebido y trfico cono-cidos, decidiendo si se incluye o no la sustancia en una de las listas.

    quienes han cometido un delito relacionado con los estupefacientes.En la Convencin modificada se destaca la necesidad de una accininternacional, coordinada y en cooperacin, para abordar los proble-mas relacionados con el uso indebido de estupefacientes.

    f) Convenio de 1971 sobre sustancias psicotrpicas

    Hasta 1971 slo estaban sujetos a fiscalizacin internacional losestupefacientes. La creciente preocupacin por los nocivos efectosde las sustancias psicotrpicas, drogas de tipo anfetaminas, sustan-

    cias hipntico-sedantes y alucingenos, todos artificiales, capaces dealterar el comportamiento y que producen dependencia, llev a quese aprobara en 1971 el Convenio sobre sustancias psicotrpicas, porel que, bajo los auspicios de Naciones Unidas, se sometieron esassustancias al control del derecho internacional.

    El sistema de fiscalizacin prevista en el Convenio se basa engran parte en el que estaba en vigor desde 1964 en virtud de la Con-vencin nica de estupefacientes de 1961. Las medidas de fiscaliza-cin se agrupan en cuatro listas separadas, en funcin de la grandiversidad de sustancias sujetas a fiscalizacin, las diferencias entrelos riesgos derivados del uso indebido de stas sustancias y sus pro-piedades txicas, as como la de sus valores teraputicos.

    Estas listas figuran como anexo al Convenio y las partes en elmismo estn obligadas a respetar sus restricciones 38.

    Este Convenio regula tambin la inspeccin de las existencias,registros y locales de laboratorio.

    g) Convencin de las Naciones Unidas contra el trfico ilcito deestupefacientes y sustancias psicotrpicas de 1988.

    Aprobada en Viena el 20 de diciembre de 1988, esta Convencin,como se seala en su artculo 2, tiene por finalidad el promover la

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    39. Vid. APARICIO CALVO-RUBIO, J., Marco internacional: legislacin...., o.c.,p. 641: Es instrumento de mnimos en el que hay que profundizar para adecuar sudesarrollo y perfeccionamiento a los objetivos que se persiguen; y conseguir que lacomunidad internacional y los Estados que la conforman ofrezcan una respuesta

    uniforme al reto de la delincuencia organizada.40. Vid. CERRO ESTEBAN, J. A. del, Drogas duras y drogas blandas, especialconsideracin de las denominadas drogas de diseo, en Estudios del MinisterioFiscal, o.c., pp. 625 y ss., en donde se resalta la importancia, adems de la luchacontra el trfico de drogas, del blanqueo de capitales que provienen de la ilcita acti-vidad, para conseguir la respuesta unitaria que con la Convencin se pretenda,quince pases, entre ellos Espaa, formaron el Grupo de Accin Financiera Interna-cional (GAFI) con el objeto de desarrollar de modo homogneo la Convencin enmateria de blanqueo de capitales, de forma que los propios pases se examinanpara comprobar si sus legislaciones internas se han adaptado a las directrices marca-das por la Convencin.

    Como respuesta unitaria a la Convencin de Viena en el mbito europeo, surge

    la Convencin sobre blanqueo y confiscacin de 1990 del Consejo de Europa.41. Datos recogidos de laMemoria de la Fiscala Especial..., 1988, p. 14.

    cooperacin entre las partes, a fin de que puedan hacer frente conmayor eficacia a los diversos aspectos del trfico ilcito de estupefa-cientes y sustancias psicotrpicas que tengan una dimensin interna-cional 39. Necesitndose, como se seala en su Prembulo, unaaccin coordenada en el marco de la cooperacin internacional, y seconfigura como un instrumento completo, eficaz y operativo, espec-ficamente dirigido contra el trfico ilcito, en la que se tomen encuenta los diversos aspectos del problema en conjunto.

    Esta Convencin de 1988 se caracteriza por dos aspectos innova-dores 40: en primer lugar, se regulan todos los instrumentos de coope-racin penal internacional, como la extradicin, para combatir el tr-fico de drogas; y, en segundo lugar, se obliga a sancionar penalmen-te las ganancias derivadas de la comisin de delitos de droga.

    La Convencin consta de 34 artculos cuya importancia se ponede manifiesto por la simple enumeracin de sus rbricas ms rele-vantes 41: delitos y sanciones, competencia de las partes, decomiso,extradicin, asistencia judicial recproca, remisin de actuaciones

    penales, estados de trnsito, entrega vigilada, trfico ilcito por mar,zonas y puertos francos y servicios postales.

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    42. Como se expone enLas Naciones Unidas y la Fiscalizacin..., o.c., pp. 79y ss. El notable aumento del uso indebido y del trfico de drogas exigi que seprestara ms atencin en el plano internacional a estos problemas. Por mandato dela Asamblea General de las Naciones Unidas, la Comisin de Estupefacientes estu-di la posibilidad de promover una estrategia completa y aplicable para la fiscaliza-cin internacional de largo alcance del uso indebido de ellas. Como resultado deello surge:

    Estrategia Internacional para la Fiscalizacin del uso indebido de drogas de1981. Declaracin de 1984 sobre la lucha contra el narcotrfico y el uso indebido de

    drogas. Conferencia Internacional de 1987 sobre el uso indebido y el trfico ilcito de

    drogas. Programa Mundial de Accin de 1990. Los rganos y organismos, dependientes de las Naciones Unidas para la fisca-

    lizacin de estupefacientes son los siguientes: La Asamblea General de Naciones Unidas. El Consejo Econmico y Social. La Comisin de Estupefacientes. Como rganos auxiliares de la comisin de

    estupefacientes existen dos que son los que coordinan los mecanismos de aplicacinde las normas sobre estupefacientes en el plano regional: la Subcomisin sobre eltrfico ilcito de Drogas y Asuntos Conexos en el Cercano Oriente y el OrienteMedio, y las reuniones regionales de los jefes de los organismos nacionales derepresin del uso indebido de drogas (HONLEA).

    Junta Internacional de Fiscalizacin de Estupefacientes. Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalizacin Internacional de Dro-

    gas (PNUFID). Centro de Desarrollo Social y Asuntos Humanitarios. Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la

    Delincuencia y la Justicia.

    Organismos especializados:

    Organizacin Internacional del Trabajo. Organizacin Mundial de la Salud.

    3.4. Naciones Unidas: el sistema de las Naciones Unidas y lafiscalizacin de estupefacientes

    Las Naciones Unidas han sealado que: la ingente tarea de abor-dar las mltiples facetas del uso indebido y el trfico ilcito de dro-gas es compartida por varios rganos y organismos de Naciones Uni-das, algunos de ellos creados con fines especficos de fiscalizacinde estupefacientes y otros que ponen a contribucin su dominio dedeterminados aspectos de problema. Estos organismos proporcionan

    una amplia estrategia global para hacer frente a la plaga mundial delas drogas 42.

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    Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin, la Ciencia y la Cul-tura.

    Organizacin de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacin. Organizacin de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial. Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo. Fondo de las Naciones Unidas para la infancia.

    Comit de expertos OMS sobre la frmaco-dependencia. Programa mundial de alimentos.

    3.5. La fiscalizacin de estupefacientes de los organismosinternacionales que no pertenecen a Naciones Unidas

    Si bien es Naciones Unidas la que marca la directriz en la luchacontra el narcotrfico, existen otras organizaciones de carcter inte-rregional, intergubernamental e internacional, que no son parte delsistema de organizacin de Naciones Unidas, pero que ayudan, deuna forma muy eficaz, a la fiscalizacin de estupefacientes. Entre elingente grupo existente, y a los efectos de esta tesis, quizs conven-ga resaltar, de entre todas ellas, las siguientes:

    a) El Consejo de Cooperacin Aduanera

    Dicha organizacin, que la conforman cerca de cien Estadosmiembros, trabaja para armonizar y normalizar las leyes y reglamen-tos de aduanas mediante convenciones y otros instrumentos interna-cionales. Tiene por finalidad cooperar tcnicamente para facilitar lacoordinacin de la represin y facilita informacin a los pasesmiembros sobre el trfico ilcito de drogas a sus pases miembros.

    b) Organizacin Internacional de Polica Criminal(OIPC/INTERPOL)

    Colabora con Naciones Unidas para mejorar la informacin acer-ca de la circulacin de drogas ilcitas y activos ilegalmente adquiri-dos a travs de las fronteras nacionales. Su subdivisin de estupefa-cientes, a su vez, participa como observador en la comisin de estu-pefacientes de Naciones Unidas.

    c) Organizacin Martima Internacional (OMI)Uno de los temas que ms preocupan a esta organizacin es el

    aumento de las cantidades de drogas ilcitas que se transportan por

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    mar. Mantiene unas directrices sobre la prevencin del contrabandode drogas en buques dedicados al trfico internacional, directricesque con la cooperacin del gobierno del Reino Unido, la CmaraNaviera Internacional y el Consejo de Cooperacin Aduanera, vandirigidas a navieros y todas aquellas personas relacionadas con eltrfico martimo para que puedan controlar el trfico ilcito de dro-gas.

    d) Organizacin de Aviacin Civil Internacional (OACI)

    Esta organizacin adopta las medidas necesarias para evitar quese utilicen las lneas areas comerciales para transportar estupefa-cientes ilcitos y sustancias psicotrpicas ilcitas, estableciendo a suvez un sistema de sanciones para esas conductas.

    e) La Unin Postal Universal (UPU)

    Una de las formas de llevar a cabo el trfico ilcito de estupefa-cientes es mediante el envo por correo, envio ilcito que en los lti-mos aos ha aumentado de una forma muy considerable. Y es laUnin Postal Universal la que, junto con el Consejo de CooperacinAduanera, ha contribuido a la adhesin de numerosos Estados a laConvencin de Nairobi que tiene por objeto la represin de delitosaduaneros. Es La norma que recoge la asistencia administrativa rec-proca frente al contrabando de estupefacientes y sustancias psicotr-picas. La UPU ha estudiado los procedimientos que tiene que seguirun pas, que sea utilizado como trnsito en los casos en que se estimaque un paquete cerrado, enviado por correo, contiene drogas.

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