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Legislación Laboral Presentado por: Zoraida Arias Reintería A la tutora: Leda Sofía Salcedo Universidad Nacional Abierta y a Distancia Mayo 2015

Diapositivas Unidad II

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Legislación Laboral_Unidad II

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Legislacin LaboralPresentado por:Zoraida Arias ReinteraA la tutora:Leda Sofa SalcedoUniversidad Nacional Abierta y a DistanciaMayo 2015LECCION 26

Terminacin Del Contrato De Trabajo

CAPITULO 6Terminacin Del Contrato De Trabajo, Indemnizaciones Y SindicatosCausalesAgrupamos las causales en 5 categoras, as:1. Causales objetivas de terminacin:La expiracin del plazo pactado.La terminacin de la obra o labor contratada.Por terminacin del periodo acadmico.Por vencimiento del trmino fijo en caso de secuestro.La incapacidad total del trabajador.La muerte del trabajador.La liquidacin o clausura definitiva de la empresa.

2. Causales originadas en la voluntad del trabajador:La renuncia.El despido indirecto o auto despido, por culpa del empleador.El no regresar al trabajo una vez cesan las causas que produjeron la suspensin delcontrato.3. Causales originadas en la voluntad de ambas partes:El mutuo acuerdo.

4. Causales originadas en la voluntad del empleador:El despido con justa causa, por incumplimiento del trabajador.El despido sin justa causa, con indemnizacin.

5. Intervencin administrativas o judicial:Orden desecacin de la relacin de trabajo.Decisin administrativa.Sentencia judicial.LECCION 26Casos en que hay incapacidad total para laborarLa incapacidad por enfermedad o accidente, de carcter no profesional, superior a 180 das que impide al empleado desempear su trabajo habitual u otro similar es causa de terminacin del contrato. Naturalmente, en este evento se presenta un cambio en la condicin del trabajador, consistente en la adquisicin de estatus de pensionado por invalidez. Opciones para la persona con incapacidad de ms de 180 dasPAGO DE LAS INCAPACIDADES LABORALES ANTES Y DESPUS DE LOS 180 DAS. De acuerdo con la anterior normatividad, cuando un trabajador padece de una enfermedad de origen comn y se le empiezan a expedir incapacidades, los primeros tres das corren por cuenta del empleador; los das comprendidos entre el da 4 y el da 180, le corresponde pagarlos a la EPS.LECCION 26La muerte del trabajador origina a cargo del empleador las siguientes obligaciones:a) Comunicacin del hecho del fallecimiento a la entidad de seguridad social a la que se encontraba afiliado y a la caja de compensacin familiar:b) Pago de gastos de entierroc) Cancelacin de los salarios adeudados y de las prestaciones sociales causadas a los herederos, yd) Transmisin de derechos pensinales.Leccin 27: Regmenes Indemnizatorios por Despido Existen Para los Contratos a Trmino IndefinidoExisten tres regmenes:El de la Ley 789 del 2002El del artculo 6 de la ley 50 de 1990El del decreto 2351 de 1965Leccin 27Trabajadores que conservan la accin de reintegro con ms de 10 aos de servicioLos trabajadores despedidos sin justa causa con ms de 10 aos de servicios, cumplidos antes del primero de enero de 1991, tiene derecho a la accin de reintegro a su empleo en las mismas condiciones que antes gozaban Los trabajadores que a esta misma fecha (enero 1/91) no tenan 10 aos de servicio continuo, no tiene derecho a accin de reintegro en caso de ser despedidos sin justa causa.

Proteccin legal tiene el despido por motivo de embarazo

Contratos a trmino indefinido. La legislacin colombiana ha rodeado a la maternidad de una serie de beneficios que amparan a las madres trabajadoras y ha consagrado la prohibicin de despido por motivo de embarazo o lactancia. Contratos a trmino fijo. En estos contrato s y en lo de obra o labor contratada tambin se aplica la prohibicin de despedir por motivo de embarazo o lactancia. Sin embargo, estos contrato, a trmino o de obra, se pueden terminar durante el embarazo de la trabajadora o en los meses posteriores al parto

Leccin 28: La Libertad De Asociacin En Materia Laboral Sindicato- Derecho Colectivo Del Trabajo

No puede concebirse el ejercicio del derecho de asociacin sindical sin una vinculacin directa con la existencia de lderes o directivos que requieren instrumentos adecuados para su labor de defensa y representacin de los asociados.PERMISOS SINDICALESLos Decretos 2400 de 1968 y 1950 de 1973, tienen que ver con el individuo que desempea el cargo oficial; es decir, que no estn instituidos en favor del individuo sino de la agremiacin correspondiente. Por eso - se destaca - , son derechos colectivos y no individualesLECCION 29: Artculo 406. Trabajadores Amparados Por El Fuero SindicalEstn amparados por el fuero sindical:a) Los fundadores de un sindicatob) Los trabajadores que, con anterioridad a la inscripcin en el registro sindical, ingresen al sindicatoc) Los miembros de la junta directiva y subdirectivas de todo sindicato, federacin o confederacin de sindicatos, sin pasar de cinco (5) principales y cinco (5) suplentes, y los miembros de los comits seccionales, sin pasar de un (1) principal y un (1) suplente.

LECCION 29: Artculo 406. Trabajadores Amparados Por El Fuero SindicalSiempre que se presente un conflicto colectivo que pueda dar por resultado la suspensin del trabajo, o que deba ser solucionado mediante el arbitramento obligatorio, el respectivo sindicato o los trabajadores nombrarn una delegacin de tres (3) de entre ellos para que presente al (empleador), o a quien lo represente, el pliego de las peticiones que formulan.Leccin 30: Tpicos Especiales de los SindicatosLos sindicatos tienen como funcin: estudiar las caractersticas de la profesin, salarios, prestaciones, seguridad social etc. de sus asociados para mejorar las condiciones de este, promover bases de justicia, respeto y subordinacin entre empleados y empleadores, celebrar convenciones colectivas y contratos sindicales, asesorar a sus afiliados, representarlos en juicio, promover la creacin de entidades solidarias etc.Se prohbe a los sindicatos: obligar a los trabajadores a ingresar o retirarse del sindicato, promover paros no autorizados, apoyar campaas en contra de los objetivos del sindicato, patrocinar actos de violencia; esto acarreara diferentes sanciones de acuerdo a la falta.BibliografaMdulo de la UNAD. Unidad II Legislacin LaboralRENGIFO, JESUS MARIA. LA SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIAREVISTA ACTUALIDAD LABORAL. LEGISSANTA. EDUARDO. INSTITUCIONES POLITICAS DE COLOMBIAVILLEGAS ARBELAEZ, JAIRO. JURISPRUDENCIA SOBRE ESTADO, PATRONO Y EMPLEADOSOFICIALES TOMOS I, II Y IIICARTILLA LABORAL 2013 LEGIS INFORMACION & SOLUCIONESwww.trabajo.gov.ar/legislacionwww.porticolegal/.comwww.set.gov.do/legislacion