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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
DIARIO OFI CIAL
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 376 SAN SALVADOR, VIERNES 27 DE JULIO DE 2007 NUMERO 139
DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López
La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
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ORGANO EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Acuerdo No. 357.- Se encarga el Despacho de Educación, al Viceministro de dicho Ramo. .................................................
MINISTERIO DE GOBERNACION
RAMO DE GOBERNACIÓN
Estatutos de la Asociación Salvadoreña Oportunidades para Todos y Acuerdo Ejecutivo No. 146, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica....................................................
MINISTERIO DE HACIENDA
RAMO DE HACIENDA
Acuerdo No. 513.- Se solicita la intervención del Fiscal General de la República, para que comparezca a otorgar escritura matriz de reunión de inmuebles propiedad del Estado de El Salvador......................................................................................
Acuerdo No. 697.- Se aprueba la Resolución No. 1-CDF-718/07, emitida por el Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión. ...................................................
MINISTERIO DE ECONOMIA
RAMO DE ECONOMÍA
Acuerdo No. 654.- Se legaliza el desempeño de misión ofi cial..........................................................................................
MINISTERIO DE EDUCACION
RAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdo No. 15-0769.- Se aprueba normativa para la aplicación del Decreto Legislativo No. 895, referente a la legalización del estatus laboral de los docentes idóneos. ..........
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
Acuerdo No. 86.- Se otorga condecoración al señor Tcnel.
Inf. DEM José Antonio Leiva Lobato, Profesor Militar Invitado
del Reino de España...................................................................
Acuerdo No. 87.- Se asigna montepío militar a favor de la
señora Carlota Isabel Mejía de Pineda.......................................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 1097-D, 1108-D, 1167-D, 1210-D, 1238-D, 1245-D, 1262-D, 1267-D y 1307-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..............................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencias
Cartel No. 723.- María Cecilia López viuda de Martínez (3 alt.) .........................................................................................
Cartel No. 724.- Victoriana Flores (3 alt.).........................
2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
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Títulos Supletorios
Cartel No. 725.- José Ovidio Mazariego Ortiz (3 alt.)......
Edictos de Emplazamiento
Cartel No. 726.- María Isabel López Alfaro y otro (1 vez)
Cartel No. 727.- Claudia Arely Peña Cruz (1 vez)............
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencia
Cartel No. 714.- Allison Xiomara Dubón Vásquez y otro (3 alt.) .........................................................................................
Cartel No. 715.- Marlene Carolina Cerón Mejía (3 alt.)...
Cartel No. 716.- María Dolores Ruano Pérez y otros (3alt.) ..........................................................................................
Cartel No. 717.- Ovidio Pablo Hernández (3 alt.) ............
Cartel No. 718.- Virginia Renderos Alvarado (3 alt.) .......
Títulos Supletorios
Cartel No. 719.- Carmen Tejada de Castillo (3 alt.)..........
Subasta Pública
Cartel No. 720.- Ricardo Arturo Campos Rodríguez (3alt.) ..........................................................................................
DE TERCERA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencia
Cartel No. 698.- María Fermina Molina de Beltrán (3alt.). .........................................................................................
Título Supletorio
Cartel No. 699.- Lucas García Escalante (3 alt.) ..............
Herencia Yacente
Cartel No. 702.- Laura Ildefonsa Vaquerano, se nombra curador al Lic. Ernesto Antonio Soto Ibarra (3 alt.) ..................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
Declaratorias de Herencias
Carteles Nos. F011700, F011712, F011718, F011775, F011788, F011789, F011795, F011796, F011802, F011803, F011830, F011833, F011849.....................................................
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. C011030, F011763, F011800, F011821, F011707, F011717, F011747, F011777, F011783, F011786, F011791, F011844, F011845.....................................................
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. F011762, F011835......................................
Título Supletorio
Cartel No. F011746...........................................................
Juicios de Ausencia
Carteles Nos. C011034, F011739, F011781, F011793.....
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C011021, C011022, C011023, F011750, F011751, F011753, F011755.....................................................
Marca de Fábrica
Cartel No. F011713...........................................................
Nombre Comercial
Carteles Nos. C011020, C011026.....................................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C011018, C011019, C011025, C011033, F011716. ....................................................................................
Subastas Públicas
Carteles Nos. C011002, F011719, F011758, F011812, F011814, F011816, F011817, F011818, F011819, F011820, F011822, F011823, F011824, F011825, F011827, F011829, F011831, F011832, F011834, F011836, F011838. ...................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F011731, F011804, F011806, F011807, F011808, F011809, F011810.....................................................
Balances de Liquidación
Cartel No. F011748...........................................................
Frecuencias de Uso Regular
Cartel No. F011696...........................................................
Título Municipal
Carteles Nos. F011701, F011702, F011704, F011826. ....
Marcas de Servicios
Carteles Nos. C011003, C011004, C011005, C011007, C011008, C011009, C011010, C011011, C011012, C011013, C011014, C011015, C011016, C011017...................................
Concesión de Frecuencias
Carteles Nos. F011697, F011699......................................
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. C010936, C010937, C010938, C010940, C010942, C010954, F011332, F011350, F011361, F011363, F011366, F011372, F011374, F011375, F011390, F011391, F011404, F011434, F011458, F011469, F011478, F011530, F011535. ....................................................................................
3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
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141-144
144
Títulos de Propiedad
Carteles Nos. F011394, F011498......................................
Títulos Supletorios
Carteles Nos. F011369, F011370, F011371, F011373, F011453, F011497, F011500.....................................................
Título de Dominio
Cartel No. F011460...........................................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C010921, C010932, C010959. ...................
Nombre Comercial
Cartel No. C010919. .........................................................
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C010941, C010948, C010949, C010952, C010953, C010955, C010960, C010962, C010963, F011443, F011493, F011501, F011503, F011504, F011506, F011507. ...
Convocatoria
Cartel No. F011490...........................................................
Subastas Públicas
Carteles Nos. F011471, F011491, F011534, F011769, F011770. ....................................................................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F011479, F011481, F011483, F011484, F011485, F011486, F011487, F011488, F011489. ...................
Aumento de Capital
Cartel No. C010928. .........................................................
Disminución de Capital
Cartel No. C010926. .........................................................
Disolución de Sociedades
Cartel No. F011355...........................................................
Patente de Invención
Cartel No. C010996. .........................................................
Reposición de Póliza de Seguros
Cartel No. C010917. .........................................................
DE TERCERA PUBLICACIÓN
Aceptación de Herencias
Carteles Nos. C010852, C010853, F010996, F011010, F011019, F011027, F011036, F011037, F011043, F011063, F011065, F011085, F011098, F011104, F011116, F011117, F011118, F011124, F011135.....................................................
Herencia Yacente
Cartel No. F011004...........................................................
Título de Propiedad
Cartel No. C010846. .........................................................
Títulos Supletorios
Carteles Nos. F011081, F011107......................................
Marcas de Fábrica
Carteles Nos. C010863, C010868, C010869, C010870,
C010886, F011113.....................................................................
Nombre Comercial
Carteles Nos. C010855, C010856, C010861, C010862. ..
Matrículas de Comercio
Carteles Nos. C010850, C010859, C010864, C010865,
C010866, C010878, C010883, F011087, F011111. ..................
Subastas Públicas
Carteles Nos. F011035, F011040......................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F011024, F011049, F011128, F011129,
F011130. ....................................................................................
Aumentos de Capital
Carteles Nos. C010860, C010867.....................................
Avisos de Cobro
Carteles Nos. F010555, F010643......................................
Título Municipal
Cartel No. F011000...........................................................
Título de Predio Urbano
Cartel No. F011084...........................................................
Marcas de Servicios
Carteles Nos. C010871, C010872, C010873, C010874,
C010875, C010876, C010887. ..................................................
Reposición de Póliza de Seguros
Cartel No. F011006...........................................................
4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ACUERDO No. 357.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Educación, con carácter ad-honorem, durante el período comprendido del 17 al 20 de julio del presente año, al señor Viceministro de Educación, Licenciado José Luis Guzmán Martell, en ausencia de la Titular, Licenciada Darlyn Xiomara Meza, a quien se le ha concedido licencia con goce de sueldo por motivos de salud.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil siete.
ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,
Presidente de la República,
JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,
Ministro de Gobernación.
MINISTERIO DE GOBERNACIÓNRAMO DE GOBERNACION
NUMERO SETENTA Y CUATRO.- En la ciudad de San Salvador, a las
diez horas del día veinticinco de octubre de dos mil cinco.- Ante mí
WILFREDO ANTONIO HENRÍQUEZ VÁSQUEZ; Notario de este
domicilio, comparece el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ, de treinta y ocho años de edad, Pintor, del domicilio de
Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a quien conozco, portador
de su Documento Único de Identidad número Cero Tres millones cien-
to noventa y siete mil quinientos veintiocho- ocho, quien actúa en re-
presentación de la “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDA-
DES PARA TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT”, en su calidad
de Presidente de la referida entidad y como Ejecutor especial de los
acuerdos tomados en Asamblea General de miembros fundadores de
dicha Asociación, y ME DICE. I) Que acude ante el suscrito notario, a
Protocolizar los acuerdos tomados en la mencionada Asamblea General
otorgada en esta ciudad a las nueve horas del día seis de octubre del
presente año, en la que constan sus Estatutos, denominación, domicilio,
así como la elección de su Junta Directiva, la cual literalmente que lite-
ralmente DICE: “””””La infrascrita Secretaria de LA ASOCIACIÓN
SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS, CERTIFICA:
Que en sesión ordinaria de Fundadores celebrada en esta ciudad a las
nueve horas del día seis de octubre del corriente año, se aprobó el Acta
de Constitución de la misma Asociación, que literalmente dice: “””En
la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día seis de octubre de
dos mil cinco, siendo éstos el lugar, día y hora señalados en la convoca-
toria para celebrar la Asamblea General de la ASOCIACIÓN denomi-
nada “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA
TODOS”, Asociación sin fi nes de lucro, de utilidad pública, de carácter
apolítica, no religiosa y con domicilio principal en la Circunscripción
del Municipio de San Salvador. Con este propósito estamos presentes
en este acto SANTIAGO MARGARITO ALFARO RODRÍGUEZ, de
5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
treinta y ocho años de edad, Pintor, del domicilio de Santa Tecla, De-
partamento de La Libertad, portador de mi Documento Único de Iden-
tidad número Cero Tres millones ciento noventa y siete mil quinientos
veintiocho- ocho; WILLIAM ERNESTO BARILLAS HERNÁNDEZ,
de cuarenta y cinco años de edad, Electricista; del domicilio de Mejica-
nos, portador de mi Documento Único de Identidad número Cero Cero
Seiscientos veintitrés mil dieciséis- seis; JOSÉ MAURICIO BUSTOS
HERNÁNDEZ; de cincuenta años de edad, Empleado, del domicilio de
Santa Tecla, Departamento de La Libertad, portador de mi Documento
Único de Identidad número Cero Cero Quinientos treinta y seis mil
setecientos treinta y cinco- cero; MERCEDES MARÍA MÉNDEZ
DELGADO, de veintinueve años de edad, Estudiante, de este domicilio,
portadora de mi Documento Único de Identidad número Cero Cero Cero
Sesenta y un mil cuatrocientos veinticinco- cinco; LUIS ARMANDO
GUILLEN MALDONADO, de cuarenta y cinco años de edad, Arqui-
tecto, del domicilio de Cuscatancingo, portador de mi Documento
Único de Identidad número Cero Un millón doscientos sesenta y dos
mil trescientos treinta- uno. A continuación se sometió a consideración
de los presentes la agenda a desarrollarse, la cual fue aprobada con los
siguientes puntos: I.- Comprobación de los requisitos legales de
constitución; II.- Acuerdo de Constitución de la Asociación sin Fines de
Lucro; III.- Denominación de la Asociación; IV.- Aprobación de los
Estatutos; V.- Elección de la Primera Junta Directiva; VI.- Comisionar
a su Presidente señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ, como Ejecutor Especial, para que comparezca ante
Notario a otorgar la Escritura Pública a efecto de formalizar en Instru-
mento Público los acuerdos tomados en esta Asamblea y por los cuales
se constituye la ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES
PARA TODOS. I.- Respecto al primer punto de la Agenda, se comprue-
ba que están presentes los miembros que constituyen la Asociación,
cuyos nombres se han mencionado, quienes constituyen el quórum de
este acto. II.- Habiéndose constatado que el quórum se ajusta a lo re-
querido, los presentes manifi estan su deseo de constituir una Asociación
sin Fines de Lucro, y así la constituyen. III.- Se procede a la proposición
de posibles nombres para la Asociación, y como resultado de la elección
recibe el nombre de “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNI-
DADES PARA TODOS”, habiéndose adoptado por unanimidad. IV.- A
continuación el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ, en representación de todos los miembros somete a con-
sideración de la Asamblea, el proyecto de Estatutos, el cual es discutido,
y se procede a votar. Aprobándose los Estatutos en este acto por unani-
midad, quedando redactados de la siguiente manera: ASOCIACIÓN
SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS, CAPITULO I,
DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Creáse en la ciudad de San Salvador, Departamento de San
Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denomi-
nará “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA
TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT” como una entidad apolítica,
no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denomina-
rá la Asociación.” Art. 2.- El Domicilio de la Asociación será la ciudad
de San Salvador, departamento de San Salvador, pudiendo establecer
fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él. Art. 3.- La
Asociación se constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO II. FINES
U OBJETIVOS. Art. 4.- Para desarrollar su fi nalidad, la Asociación
deberá: a) Promover, organizar y realizar actividades y proyectos de
benefi cencia social. b) Solicitar cooperación de gobiernos, organismos
nacionales e internacionales, y de instituciones públicas y privadas. c)
Desarrollar diversos programas y proyectos que conlleven apoyo y be-
nefi cio integral de personas de escasos recursos económicos, sin distin-
ción de edad, raza, credo, religión, sexo, nacionalidad o ideología polí-
tica en las siguientes áreas: Proyectos productivos; Educación; Capaci-
tación; Salud; Infraestructura; Desarrollo Local; Organización Comu-
6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
nitaria; Medio Ambiente. d) Gestionar y canalizar recursos económicos
con personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales que
permitan la realización de diversos programas y proyectos de desarrollo
comunal integral; e) Coordinar y aunar esfuerzos con instituciones
privadas, nacionales e internacionales para lograr un verdadero proceso
de desarrollo económico y Social; f) Implementar diversos programas
de capacitación y asistencia técnica, social, económica y cultural; g)
Constituir y desarrollar un fondo rotatorio para actividades productivas
de infraestructura, de comercio, sociales y de personas de escasos re-
cursos económicos que no tienen acceso al crédito; h) Apoyar al sector
informal con programas de fi nanciamiento que desarrollen la pequeña
y micro empresa, i) Realizar programas de asesoría, consultoría, capa-
citación y asistencia técnica a personas naturales y jurídicas nacionales
e internacionales; j) Firmar convenios y/o acuerdos de Cooperación
Mutua con personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales;
k) Apoyar y promover todo esfuerzo integrador, nacional e internacional
en pro de la paz y el respeto a los derechos humanos. CAPITULO III.
Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Apor-
tación de los miembros; b) Las donaciones, herencias, legados, contri-
buciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,
respectivamente; c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y las
rentas provenientes de los mismos, de conformidad con la ley. Art. 6.- El
Patrimonio de La Asociación pertenece a ella como ente social y en
ningún caso a sus integrantes en forma individual o particular, el cual
se invertirá exclusivamente en el cumplimiento de su fi nalidad. Es ab-
solutamente prohibido el uso del patrimonio para actividades ajenas a
la fi nalidad de la Asociación. Art. 7.- La Asociación a través de su Pre-
sidente, podrá contraer obligaciones con el propósito de fi nanciar las
obras orientadas al cumplimiento de su fi nalidad, siempre que la Junta
Directiva lo autorice. Art. 8.- La Junta Directiva y los órganos de fi sca-
lización de “ASOPT”, estarán obligados a garantizar que las donaciones
recibidas, sean de legitima procedencia. Constituye grave violación de
los presentes Estatutos, de los valores y principios, la admisión de
donaciones provenientes de acciones ilícitas. Art. 9.- El patrimonio será
administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le
manifi este la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE
LA ASOCIACIÓN. Art. 10.- El gobierno de la Asociación será ejercido
por: a) La Asamblea General; b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE
LA ASAMBLEA GENERAL. Art. 11.- La Asamblea General, debida-
mente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará
integrada por la totalidad de los miembros activos y Fundadores. Art.
12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año, y
en Asamblea General Extraordinaria en cualquier fecha, cuando así lo
acuerde la Junta Directiva, o cuando por escrito y con expresión del
objeto y motivo, lo soliciten al menos el veinticinco por ciento de los
miembros. Las sesiones se desarrollarán en el local de la Asociación o
en cualquier otro que sea acordado por la Junta Directiva. Art. 13.- La
Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuen-
ta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera convoca-
toria y en segunda convocatoria con los miembros que asistan, excepto
en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes.
Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos excepto en los casos
especiales en que se requerirá una mayoría diferente, las resoluciones
de las Asambleas Generales debidamente convocadas y constituidas,
tendrán carácter obligatorio. Instalada legalmente la Asamblea General,
los acuerdos serán válidos, aunque el quórum se disminuyere durante
el desarrollo de la misma. Art. 14.- Las convocatorias a sesión ordinaria
o extraordinaria de Asamblea General, serán realizadas mediante avisos
que se publicarán en los medios de comunicación o a través de otros
medios que la Junta Directiva estime convenientes; las convocatorias
deberán realizarse por lo menos con quince días de anticipación a la
fecha de la sesión. En la convocatoria se incluirá expresamente la agen-
7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
da a tratar. En el mismo aviso se especifi cará el orden en virtud de pri-
mera, segunda o tercera convocatoria. En una misma asamblea podrán
tratarse puntos Ordinarios y Extraordinarios si la agenda, así lo expresa.
Art. 15.- La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria deberá
reunir las mismas formalidades de la Ordinaria. Para que haya quórum
en las Sesiones de Asamblea General Extraordinaria, se necesitará la
asistencia de por lo menos el setenta y cinco por ciento de los miembros
en primera convocatoria y en segunda convocatoria el cincuenta y uno
por ciento de los miembros y en tercera convocatoria con los miembros
que asistan, tomándose las resoluciones por mayoría. Art. 16.- Los
puntos a desarrollarse en Asamblea Ordinaria serán: a) Nombramiento
o remoción de Junta Directiva; b) Nombramiento o remoción de Auditor,
c) Aprobar o desaprobar la memoria de labores presentada por la Junta.
Art. 17.- Los libros de Actas de Asambleas Generales, de Junta Direc-
tiva, o de otros organismos, estarán confi ados al cuidado del responsable
de cada organismo, quien asentará en ellos el resultado de las respectivas
sesiones. Art. 18.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de
las sesiones de Asamblea General por motivo justifi cado podrá hacerse
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Art.
19.- Atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir
total o parcial a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar
y derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c)
Aprobar, y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la
Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de
la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas
mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir
sobre la integración de la Asociación con otras entidades nacionales e
internacionales que sean de la misma naturaleza y fi nes. g) Autorizar a
la Junta Directiva para que gestione, fi rme y acuerde la realización de
planes, programas y proyectos con distintas entidades nacionales e in-
ternacionales mediante convenios y prestamos. h) Decidir sobre la
compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a
la Asociación. i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Aso-
ciación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.- CAPI-
TULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 20.- La dirección y admi-
nistración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual
estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un
Tesorero y dos Vocales propietarios, así como igual número de suplen-
tes. Art. 21.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
período de dos años pudiendo ser reelectos. Art. 22.- La Junta Directiva
en pleno podrá encomendar funciones específi cas a cualquiera de sus
integrantes. Art. 23.- Los integrantes de la Junta Directiva dejarán de
pertenecer a la misma, por las razones siguientes: a) Por renuncia vo-
luntaria; b) Por violación de los presentes Estatutos; c) Por la comisión
de hechos delictivos dolosos; d) Por demostrar poco interés en el cum-
plimiento de sus funciones; e) Por inobservancia de los Valores que en
los presentes Estatutos se establecen, f) Por inobservancia de los prin-
cipios y demás normas que sean establecidas; g) Por causa de muerte.
Art. 24.- La Junta Directiva tiene las siguientes atribuciones: a) Desa-
rrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asocia-
ción; b) Aprobar el Plan de Trabajo de la Asociación; c) Velar por la
administración efi ciente y efi caz del Patrimonio de La Asociación; d)
Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y
proponerlos a la Asamblea; e) Elaborar la memoria anual de labores de
la Asociación; f) Defi nir la estructura organizativa de La Asociación; g)
Normar el funcionamiento de la Asociación; h) Nombrar y remover al
personal administrativo de la Asociación; i) Establecer las funciones y
salarios del personal administrativo; j) Autorizar la realización de con-
tratos con otras personas naturales o jurídicas; k) Autorizar a las perso-
nas que harán uso de las fi rmas para el manejo de las fi nanzas; l) Cono-
cer y resolver sobre la renuncia de integrantes de la Junta Directiva, de
8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
los Clubes, Comités y de empleados de La Asociación; m) Velar por el
cumplimiento de los Estatutos; n) Nombrar de entre los miembros de la
Asociación los comités o comisiones que considere necesarios; ñ) Con-
vocar a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria; o) Delegar en el Presiden-
te, cualquiera de sus atribuciones; p) Cualquier otra función u obligación
que le asigne la Asamblea General. Art. 25.- La Directiva sesionará
ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea
necesario. Art. 26.- El quórum necesario para que la Junta Directiva
pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos
deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso de empa-
te, el Presidente tendrá voto de calidad. Art. 27.- Corresponde al Presi-
dente de la Asociación: a) Dirigir La Asociación por los destinos que
hagan posible el logro de su fi nalidad, con el auxilio de los demás inte-
grantes de la Junta Directiva; b) Presidir las sesiones de la Junta Direc-
tiva y de la Asamblea General; c) Ejercer la representación legal de la
Asociación; d) Previo acuerdo de la Junta Directiva, contraer toda clase
de obligaciones, celebrar contratos, otorgar poderes generales o espe-
ciales; e) Adquirir, enajenar o gravar bienes muebles e inmuebles, valo-
res o derechos de la Asociación; f) Autorizar el documento de identifi -
cación de los integrantes de la Asociación; g) Presentar la Memoria de
labores y cualquier informe que le sea solicitado; h) Velar por el cum-
plimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y Ejecutar
los acuerdos tomados por la Junta Directiva y Asamblea General, así
como de los Estatutos y Reglamento interno de la Asociación; i) Con-
vocar a Sesiones Ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General
y de la Junta Directiva; j) Autorizar juntamente con el Tesorero las
erogaciones que tengan que hacer la Asociación. Art. 28.- Son atribu-
ciones del Secretario: a) Llevar los libros de las actas de las sesiones de
Asamblea General y de Junta Directiva; b) llevar el archivo de docu-
mentos y registro de los miembros de la Asociación; c) Extender todas
las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación; d) Hacer y
enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; e) Preparar
en consulta con el Presidente los puntos de la agenda de las sesiones y
colaborar con él; f) Ser el Órgano de comunicación de la Asociación; g)
Las demás que por razón de su cargo le sean delegadas por la Asamblea
General o la Junta Directiva. Art. 29.- Son atribuciones del Tesorero: a)
Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en el Banco
que la Junta Directiva seleccione; b) llevar o tener control directo de los
libros de contabilidad de la Asociación; c) Tener actualizado el inven-
tario de los bienes muebles e inmuebles de la Asociación; d) Presentar
un informe y/o balance del estado fi nanciero mensual de la Asociación
a la Junta de Directiva; e) Realizar toda actividad acorde a su cargo, o
por delegación de la Asamblea o de la Junta Directiva. Art. 30.- Son
atribuciones de los vocales: a) Colaborar directamente con todos los
miembros de la Junta Directiva; b) Sustituir a cualquier Miembro de la
Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al
artículo 19 literal a) de estos Estatutos; c) Las demás que le sean dele-
gadas de la Asamblea General o de la Junta Directiva. CAPITULO VII.
Art. 31.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho
años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo
soliciten por escrito a la Junta Directiva. Art. 32.- La Asociación tendrá
las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores; b) Miem-
bros Activos; c) Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDA-
DORES: Todas las personas que suscriban el acta de Constitución de la
Asociación; Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la
Junta Directiva acepte como tales en la Asociación. Serán MIEMBROS
HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y mérito a favor
de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. Art.
33.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Tener voz
y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; b) Elegir y ser
electo para desempeñar los cargos Directivos de la Asociación, llenando
los requisitos que señalen los estatutos de la Asociación; c) Participar
9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
en las distintas actividades propias de la Asociación; d) Proponer refor-
mas a los Estatutos e innovación y funcionamiento de la Asociación,
mediante mociones escritas; e) Los demás que les señalen los Estatutos
y Reglamento Interno de la Asociación. Art. 34.- Son deberes de los
miembros Fundadores y Activos: a) Asistir con puntualidad a las sesio-
nes Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General; b) Participar
en el desarrollo de actividades propias de la Asociación, que le fueren
encomendadas; c) Cancelar las cuotas acordadas en la Asamblea Gene-
ral; d) Aceptar y desempeñar los cargos o responsabilidades que le de-
legue la Asamblea General o la Junta Directiva; e) Cumplir y hacer
cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y reso-
luciones de la Asamblea General; f) Los demás que les señalen los
Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Art. 35.- La calidad
de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a
estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la
Asamblea General o de la Junta Directiva; b) Por conducta notoriamen-
te viciada que contradiga las normas y buenas costumbres socialmente
aceptadas; c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva;
d) Por aceptar a título personal en nombre de la Asociación proyectos
que afecten los intereses de la misma; e) Por rechazar a título personal
proyectos otorgados a favor de la Asociación; f) Por otras faltas graves
cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.
CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS
DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLI-
CACIÓN. Art. 36.- La violación de los presentes Estatutos, tendrá las
consecuencias siguientes: a) Amonestación Escrita; b) Suspensión
Temporal; c) Expulsión Defi nitiva. Art. 37.- Las sanciones a las que se
hace referencia en el artículo anterior, serán aplicadas por los órganos
siguientes: a) La primera será competencia del Presidente de la Asocia-
ción; b) La segunda sanción será impuesta por resolución de la Junta
Directiva; c) La Asamblea General será competente para imponer la
sanción de expulsión defi nitiva, respecto de los integrantes de los Co-
mités y Clubes correspondientes. COMISIÓN DE HONOR. Art. 38.- Se
crea la Comisión de Honor que será la instancia rectora y encargada de
Instruir, Investigar, y proponer al organismo correspondiente las San-
ciones a imponerse a los miembros de la Asociación que infrinjan las
normas aquí mencionadas, la Comisión se reunirá cuando así lo acuerde
la Junta Directiva y estará integrada por: a) Un miembro de la Junta
Directiva, que la presidirá; b) Tres miembros de la Asociación, de com-
petencia e Instrucción notorias y que sean reconocidos en la Asociación
por su empeño y colaboración en los designios de la entidad. El regla-
mento detallará el procedimiento de selección, sin embargo, mientras
éste no se emita, la Junta Directiva lo acordará con la sóla convocatoria
general. Un reglamento regulará el funcionamiento de la Comisión de
Honor. INSTRUCCIÓN. Art. 39.- Cuando La Junta Directiva tenga
conocimiento que se ha infringido la presente ley, nombrará a una Co-
misión, que investigará la infracción recabando todas las pruebas de
cargo y de descargo necesarias y dará audiencia al investigado por un
período de ocho días hábiles. En el procedimiento se aceptarán todas
las pruebas que conduzcan al descubrimiento de la verdad real. CITA-
CIÓN Y NOTIFICACIÓN. Art. 40.- La citación o notifi cación deberá
hacerse por medio de esquela conteniendo un resumen del hecho denun-
ciado o en su caso de la resolución. La citación se entregará personal-
mente al interesado o a la persona que se encuentre en su hogar o lugar
de trabajo o un vecino. Si cualquiera de estas personas se negare a reci-
birla, se dejará la esquela en un lugar visible de la vivienda o lugar de
trabajo.La Citación tendrá calidad de Emplazamiento para el investiga-
do quien contestará dentro de quince días hábiles contados a partir del
siguiente día de la notifi cación. PRUEBA. Art. 41.- Con la Contestación
del presunto infractor o sin ella se abrirá a prueba el informativo por un
10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
período de treinta días hábiles. Cinco días hábiles después La Comisión
emitirá su resolución la cual será siempre motivada, relacionará los
hechos y la norma infringida, así como los resultados de la instrucción
y las pruebas de cargo y descargo presentadas. RESOLUCIÓN. Art.
42.- La resolución fi nal del procedimiento administrativo sancionatorio,
puede ser objeto de revisión ante la Comisión de Honor en un plazo de
tres días hábiles. Y será apelable ante la Junta Directiva, dictarán su
resolución motivadamente en el plazo de diez días hábiles, resolución
que agotará la vía administrativa. APLICACIÓN SUPLETORIA. Art.
43.- El Código de Procedimientos Civiles se aplicará supletoriamente a
este procedimiento siempre y cuando no contradiga la presente ley y sus
principios. CAPITULO IX. DE LA DISOLUCIÓN. Art. 44.- No podrá
disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución
tomada en la Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto
y con un número de votos que represente por lo menos el Setenta y
cinco por ciento de sus miembros. Art. 45.- En caso de acordarse la
disolución se nombrará una Junta de liquidación compuesta de cinco
personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la
disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus
compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la
misma Asamblea General señale. CAPITULO X. REFORMA DE
ESTATUTOS. Art. 46.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos
será necesario el voto favorable de no menos del setenta por ciento de
los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPI-
TULO XI. DISPOSICIONES GENERALES. Art. 47.- La Junta Direc-
tiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y
Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los
primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros
y dentro de los cinco días de la Junta Directiva y en todo caso inscribir
en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del
Ministerio de Gobernación, en los primeros días la nueva Junta Direc-
tiva y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que
la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE
LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que
se le pidiera relativo a la Entidad. Art. 48.- Todo lo relativo al orden
interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se estable-
cerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado
por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art. 49.- La
“ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS”
se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN
FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones
legales aplicables. Art. 50.- El ejercicio económico de la Asociación será
de un año calendario, desde el primero de enero al treinta y uno de di-
ciembre de cada año, o el que acordare la Junta Directiva. CAPITULO
XII. DE SU APROBACIÓN Y VIGENCIA. Art. 51.- Los presentes
Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el
Diario Ofi cial. V. Se procede a elegir la Primera Junta Directiva; para el
cargo de Presidente, se propone al Señor SANTIAGO MARGARITO
ALFARO RODRÍGUEZ, habiendo sido propuesto por el Arquitecto
LUIS ARMANDO GUILLEN MALDONADO, se procede a la votación,
siendo el resultado el siguiente: Por unanimidad, el Presidente de la
Asociación resulta ser el Señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ; para el cargo de Secretario, se propone a la Señorita
MERCEDES MARIA MÉNDEZ DELGADO, habiendo sido propues-
ta por el Señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO RODRÍGUEZ;
se procede a la votación, siendo el resultado el siguiente: Por unanimi-
dad la secretaria de la Asociación resulta ser la señorita MERCEDES
MARIA MÉNDEZ DELGADO; para el cargo de Tesorero se propone
al señor WILLIAM ERNESTO BARILLAS HERNÁNDEZ, habiendo
sido propuesto por el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
RODRÍGUEZ, se procede a la votación, siendo el resultado el siguien-
te: Por unanimidad el Tesorero resulta ser el señor WILLIAM ERNES-
TO BARILLAS HERNÁNDEZ. Para el cargo de primer vocal se pro-
pone al señor LUIS ARMANDO GUILLEN MALDONADO, habiendo
sido propuesto por el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ, se procede a la votación, siendo el resultado el siguien-
te: Por unanimidad el Primer Vocal resulta ser el señor LUIS ARMAN-
DO GUILLEN MALDONADO; para el cargo de Segundo Vocal se
propone al señor JOSÉ MAURICIO BUSTOS HERNÁNDEZ, habien-
do sido propuesto por el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ, se procede a la votación, siendo el resultado el siguien-
te: Por unanimidad el Segundo Vocal resulta ser el señor JOSÉ MAURICIO
BUSTOS HERNÁNDEZ. Quedando en este acto como miembros
fundadores los señores SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ, WILLIAM ERNESTO BARILLAS HERNÁNDEZ,
JOSÉ MAURICIO BUSTOS HERNÁNDEZ, MERCEDES MARIA
MÉNDEZ DELGADO, y LUIS ARMANDO GUILLEN MALDONADO.
VI.- En este acto todos los asistentes a la Asamblea por unanimidad
acuerdan comisionar al Señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ, como Ejecutor Especial, para que comparezca ante no-
tario a otorgar la Escritura Pública a efecto de formalizar en Instrumen-
to Público los acuerdos tomados en esta Asamblea y por los cuales se
constituye la ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES
PARA TODOS. Y no habiendo nada más que tratar se da por cerrada la
sesión, a las nueve horas del día seis de octubre de dos mil cinco, con
lo cual se termina la presente Acta que fi rmamos.- ///S. M. Rodríguez
/// W. Ernesto B. H. /// Mauricio Bustos /// Mercedes Méndez D. /// Luis
Guillén. /// RUBRICADAS ///.- Al fi nal del acta aparece una fi rma que
se lee: “Mercedes Méndez D”, que corresponde a la señorita MERCEDES
MARIA MÉNDEZ DELGADO, en su calidad de Secretaria de la Aso-
ciación.- Doy fe: A) De haber explicado al compareciente los efectos
legales de este instrumento; B) De haber tenido a la vista el Acta de
constitución de la Sociedad relacionada en este instrumento; D) De ser
legítima y sufi ciente la personería del compareciente por haber tenido a
la vista la certifi cación del Acta de Asamblea General de miembros
fundadores en donde consta el nombramiento de la Junta Directiva, y el
nombramiento como ejecutor especial de dichos acuerdos al compare-
ciente. Certifi cación Extendida por la Secretaria de la referida Asociación.
Así se expresó el compareciente a quien expliqué los efectos legales de
este instrumento, y de su obligación de registrarla, así como de los
efectos del Registro, y de las sanciones por la falta del mismo, de con-
formidad con el Artículo Noventa y uno de la Ley de Asociaciones y
Fundaciones sin Fines de Lucro, y leído que le fue por mí íntegramente
todo lo escrito en un sólo acto sin interrupción ratifi ca su contenido, y
fi rmamos DOY FE.- /// S. M. Rodríguez /// W. H. Vásquez /// RUBRI-
CADAS ///.
WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,
NOTARIO.
PASO ANTE MI, del folio Ochenta y uno vuelto, al folio Ochenta y siete
frente, del LIBRO NOVENO DE MI PROTOCOLO, que vence el día
diez de septiembre de dos mil seis, del cual extiendo, fi rmo y sello el
presente Testimonio, en la ciudad de San Salvador, a los veinticinco días
del mes de octubre de dos mil cinco, para ser entregado ASOCIACIÓN
SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS.
WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,
NOTARIO.
12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
NUMERO CIENTO VEINTINUEVE.- En la ciudad de San Salvador,
a las nueve horas del día dos de Diciembre de dos mil cinco.- Ante mí
WILFREDO ANTONIO HENRÍQUEZ VASQUEZ; Notario de este
domicilio, comparece el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRIGUEZ, de Treinta y ocho años de de edad, Pintor, del domicilio
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a quien conozco, porta-
dor de su Documento Unico de Identidad número Cero Tres millones
ciento noventa y siete mil quinientos veintiocho-Ocho, quien actúa en
representación de la “ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNI-
DADES PARA TODOS “ y que podrá abreviarse “ASOPT”, de este
domicilio, en su calidad de Presidente de la referida entidad y como
Ejecutor especial de los acuerdos tomados en Asamblea General de
miembros fundadores de dicha Asociación, personería que doy fe de ser
legítima por haber tenido a la vista que después se relaciona y ME DICE:
I) Que según acta otorgada en esta ciudad a las nueve horas del día seis
de octubre de dos mil cinco. Formalizada a las diez horas del día vein-
ticinco de octubre del corriente año, ante mis ofi cios notariales el
compareciente juntamente con los señores WILLIAM ERNESTO
BARILLAS HERNANDEZ, JOSE MAURICIO BUSTOS
HERNANDEZ, MERCEDES MARÍA MENDEZ DELGADO, LUIS
ARMANDO GUILLEN MALDONADO, constituyeron la Asociación”
OPORTUNIDADES PARA TODOS”. En la que el nombramiento de
Presidente de la Junta Directiva recayó en el compareciente y por con-
siguiente representante legal de la misma. II) Que en dicho instrumento
se facultó al compareciente para comparecer ante notario a otorgar la
correspondiente Escritura Pública y consecuentemente con facultad para
rectifi carla. III) Que por este medio en la calidad en que actúa y con la
facultad conferida viene a RECTIFICAR la Escritura Pública número
SETENTA Y CUATRO, celebrada a las diez horas del día veinticinco
de octubre del corriente año, asentada en el Libro Noveno de mi Pro-
tocolo en el sentido siguiente: ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN
SALVADOREÑA “OPORTUNIDADES PARA TODOS”. CAPITULO
I. DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San
Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denomi-
nará “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA
TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT” como una Entidad apolítica,
no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denomina-
rá “la Asociación”. Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad
de San Salvador, departamento de San Salvador, pudiendo establecer
fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él. Art. 3.- La
Asociación se constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO II. FINES
U OBJETIVOS. Art. 4.- Para desarrollar su fi nalidad. La Asociación
deberá: a) Promover, organizar y realizar actividades y proyectos de
benefi cencia social. b) Solicitar cooperación de gobiernos, organismos
nacionales e internacionales, y de instituciones públicas y privadas. c)
Desarrollar diversos programas y proyectos que conlleven apoyo y be-
nefi cio integral de personas de escasos recursos económicos, sin distin-
ción de edad, raza, credo, religión, sexo, nacionalidad o ideología polí-
tica en las siguientes áreas: c. 1- Proyectos Productivos: Desarrollar y
promover acciones que permitan la inserción laboral, en las comunida-
des atendidas o bien facilitar herramientas de gestión empresarial a las
micro empresas existentes. c. 2- Educación/capacitación: ejecutar pro-
yectos que incrementen la calidad educativa en la educación formal en
todos sus niveles, por medio de capacitaciones docentes que les faciliten
métodos y técnicas para la transferencia de aprendizaje en los educandos,
así mismo, promover charlas sobre conservación del medio ambiente,
13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
turismo, jóvenes emprendedores, orientación vocacional, entre otros.
De igual manera el desarrollo de un centro de formación profesional
basado en competencias ocupacionales y con la metodología de talleres
escuelas. c. 3- Salud: en conjunto con el Ministerio de Salud, Unidades
de Salud desarrollar campañas de vacunación, fumigaciones, SIDA,
asistencia médica, oftalmología, odontología, nutrición. c. 4- Desarrollo
Local: en coordinación con las alcaldías, promover el desarrollo local a
través de impulsar las microregiones especialmente en el comercio,
participar en la promoción de cabildos para determinar las necesidades
de la población. c. 5- Infraestructura: Participar en proyectos de cons-
trucción de viviendas, calles, parques, introducción de agua potable y
energía eléctrica, construcción o reconstrucción de escuelas y casas
comunales. c. 6- Organización comunitaria: Generar la unión en las
comunidades para crear, directivas, juntas, comités, que les permitan
impulsar proyectos que les posibiliten su desarrollo asistiéndolos con
capacitaciones en los diferentes ámbitos para la mejoría de sus comu-
nidades. c. 7- Medio Ambiente: participar en proyectos de mitigación y
prevención de desastres, reforestación, campañas de limpieza y recicla-
je, descontaminación de agua, suelo y aire. d) Gestionar y canalizar
recursos económicos con personas naturales o Jurídicas, nacionales e
internacionales que permitan la realización de diversos programas y
proyectos de desarrollo comunal integral. e) Coordinar y aunar esfuerzos
con instituciones privadas, nacionales e internacionales para lograr un
verdadero proceso de desarrollo económico y Social. f) Implementar
diversos programas de capacitación y asistencia técnica, Social, econó-
mica y cultural. g) Realizar programas de asesoría, consultoría, capaci-
tación y asistencia técnica a personas naturales y Jurídicas nacionales e
internacionales. h) Firmar convenios y/o acuerdos de Cooperación
Mutua con personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales.
i) Apoyar y promover todo esfuerzo integrador, nacional e internacional
en pro de la paz y el respeto a los derechos humanos. CAPITULO III.
Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Apor-
tación de los miembros. b) Las donaciones, herencias, legados, contri-
buciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,
respectivamente; c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y las
rentas provenientes de los mismos, de conformidad con la ley. Art. 6.- EL
Patrimonio de la Asociación pertenece a ella como ente social y en
ningún caso a sus integrantes en forma individual o particular; el cual
se invertirá exclusivamente en el cumplimiento de su fi nalidad. Es ab-
solutamente prohibido el uso del patrimonio para actividades ajenas a
la fi nalidad de la Asociación. Art. 7.- La Junta Directiva y los órganos
de fi scalización de la Asociación, estarán obligados a garantizar que las
donaciones recibidas, sean de legítima procedencia. Constituye grave
violación de los presentes Estatutos, de los valores y principios, la ad-
misión de donaciones provenientes de acciones ilícitas. Art. 8.- El pa-
trimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las direc-
trices que le manifi este la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL
GOBIERNO DE LA ASOCIACION. Art. 9.- El gobierno de la Asocia-
ción será ejercido por: a) La Asamblea General. b) La Junta Directiva.
CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Art. 10.- La Asamblea
General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asocia-
ción y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y
Fundadores. Art. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente
una vez al año, y en Asamblea General Extraordinaria en cualquier fecha,
cuando así lo acuerde la Junta Directiva, o cuando por escrito y con
expresión del objeto y motivo, lo soliciten al menos el veinticinco por
14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ciento de los miembros. Las sesiones se desarrollarán en el local de la
Asociación o en cualquier otro que sea acordado por la Junta Directiva.
Art. 12.- La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia
del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en pri-
mera convocatoria y en segunda convocatoria con los miembros que
asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor núme-
ro de asistentes. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos ex-
cepto en los casos especiales en que se requerirá una mayoría diferente.
Las resoluciones de las Asambleas Generales debidamente convocadas
y constituidas, tendrán carácter obligatorio. Instalada legalmente la
Asamblea General, los acuerdos serán válidos, aunque el quórum se
disminuyere durante el desarrollo de la misma. Art. 13.- Las convoca-
torias a sesión ordinaria o extraordinaria de Asamblea General, serán
realizadas mediante avisos que se publicarán en los medios de comuni-
cación o a través de otros medios que la Junta Directiva estime conve-
nientes; las convocatorias deberán realizarse por lo menos con quince
días de anticipación a la fecha de la sesión. En la convocatoria se inclui-
rá expresamente la agenda a tratar. En el mismo aviso se especifi cará el
orden en virtud de primera, segunda o tercera convocatoria. En una
misma asamblea podrán tratarse puntos Ordinarios y Extraordinarios si
la agenda, así, lo expresa. Art. 14. La convocatoria a Asamblea General
Extraordinaria deberá reunir las mismas formalidades de la Ordinaria.
Para que haya Quórum en las Sesiones de Asamblea General Extraor-
dinarias, se necesitará la asistencia de por lo menos el setenta y cinco
por ciento de los miembros en primera convocatoria y en segunda con-
vocatoria el cincuenta y uno por ciento de los miembros y en tercera
convocatoria con los miembros que asistan, tomándose las resoluciones
por mayoría. Art. 15.- Los puntos a desarrollarse en Asamblea Ordinaria
serán: a) Nombramiento o remoción de Junta Directiva. b) Nombramien-
to o remoción de Auditor. c) Aprobar o desaprobar la memoria de labo-
res presentada por la Junta Directiva. Art. 16.- Los Libros de Actas de
Asambleas Generales, de Junta Directiva, o de otros organismos, estarán
confi ados al cuidado del responsable de cada organismo, quien asentará
en ellos el resultado de las respectivas sesiones. Art. 17.- Todo miembro
que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General
por motivo justifi cado podrá hacerse representar por escrito por otro
miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la
voz y el voto de su representado. Art. 18.- Atribuciones de la Asamblea
General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcial a los miembros de
la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar y derogar los Estatutos y el
Reglamento Interno de la Asociación. c) Aprobar, y/o modifi car los
planes, programas o presupuesto anual de la Asociación. d) Aprobar o
desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada
por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones
eventuales de los miembros. f) Decidir sobre la integración de la Aso-
ciación con otras entidades nacionales e internacionales que sean de la
misma naturaleza y fi nes. g) Autorizar a la Junta Directiva para que
gestione, fi rme y acuerde la realización de planes, programas y proyec-
tos con distintas entidades nacionales e internacionales mediante con-
venios y préstamos. h) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de
los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación. i) Decidir todos
aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contem-
plados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DI-
RECTIVA. Art. 19.- La dirección y administración de la Asociación
estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguien-
te forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales pro-
15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
pietarios, así como igual número de suplentes. Art. 20.- Los miembros
de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudien-
do ser reelectos. Art. 21.- La Junta Directiva en pleno podrá encomendar
funciones específi cas a cualquiera de sus integrantes. Art. 22.- Los in-
tegrantes de la Junta Directiva dejarán de pertenecer a la misma, por las
razones siguientes: a) Por renuncia voluntaria. b) Por violación de los
presentes Estatutos. c) Por la comisión de hechos delictivos dolosos. d)
Por demostrar poco interés en el cumplimiento de sus funciones. e) Por
inobservancia de los Valores que en los presentes Estatutos se establecen.
f) Por inobservancia de los principios y demás normas que sean estable-
cidas. g) Por causa de muerte. Art. 23.- La Junta Directiva tiene las si-
guientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el
logro de los fi nes de la Asociación. b) Aprobar el Plan de Trabajo de la
Asociación. c) Velar por la administración efi ciente y efi caz del Patri-
monio de la Asociación. d) Decidir sobre las solicitudes de incorporación
de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. e) Elaborar
la memoria anual de labores de la Asociación. f) Defi nir la estructura
organizativa de la Asociación. g) Normar el funcionamiento de la Aso-
ciación. h) Nombrar y remover al personal administrativo de la Asocia-
ción. i) Establecer las funciones y salarios del personal administrativo.
j) Autorizar la realización de contratos con otras personas naturales o
jurídicas. k) Autorizar a las personas que harán uso de las fi rmas para el
manejo de las fi nanzas. l) Conocer y resolver sobre la renuncia de inte-
grantes de la Junta Directiva, de los Clubes, Comités y de empleados de
la Asociación. m) Velar por el cumplimiento de los Estatutos. n) Nombrar
de entre los miembros de la Asociación los comités o comisiones que
considere necesarios. ñ) Convocar a Asamblea Ordinaria y Extraordi-
naria. o) Delegar en el presidente, cualquiera de sus atribuciones. p)
Cualquier otra función u obligación que le asigne la Asamblea General.
Art. 24.- La Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y ex-
traordinariamente cuantas veces sea necesario. Art. 25.- El quórum
necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más
uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayo-
ría de los asistentes. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de
calidad. Art. 26.- Corresponde al Presidente de la Asociación: a) Dirigir
la Asociación por los destinos que hagan posible el logro de su fi nalidad,
con el auxilio de los demás integrantes de la Junta Directiva. b) Presidir
las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. c) Ejercer
la representación legal de la Asociación. d) Adquirir, enajenar o gravar
bienes muebles e inmuebles, valores o derechos de la Asociación. e)
Autorizar el documento de identifi cación de los integrantes de la Aso-
ciación. f) Presentar la Memoria de Labores y cualquier informe que le
sea solicitado. g) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resolucio-
nes de la Junta Directiva y Ejecutar los acuerdos tomados por la Junta
Directiva y Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento
interno de la Asociación. h) Convocar a Sesiones Ordinarias y extraor-
dinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. i) Autorizar
juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la
Asociación. Art. 27.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros
de las actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registro de los miembros de la
asociación. c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas
a la Asociación. d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para
las sesiones. e) Preparar en consulta con el presidente los puntos de la
agenda de las sesiones y colaborar con él. f) Ser el Organo de comuni-
cación de la Asociación. g) Las demás que por razón de su cargo le sean
16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
delegadas por la Asamblea General o la Junta Directiva. Art. 28.- Son
atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Aso-
ciación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar
o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asociación. c)
Tener actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles de la
Asociación. d) Presentar un informe y/o balance del estado fi nanciero
mensual de la Asociación a la Junta de Directiva. e) Realizar toda acti-
vidad acorde a su cargo, o por delegación de la Asamblea o de la Junta
Directiva. f) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
tenga que hacer la asociación. Art. 29.- Son atribuciones de los vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausen-
cia o impedimento, de conformidad al artículo 19 literal a) de estos
Estatutos. c) Las demás que le sean delegadas de la Asamblea General
o de la Junta Directiva. CAPITULO VII. Art. 30.- Podrán ser miembros
todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza,
credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la
Junta Directiva. Art. 31.- La Asociación tendrá las siguientes clases de
miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros
Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas
que suscriban el acta de Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS
ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales
en la Asociación. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las per-
sonas que por su labor y mérito a favor de la Asociación sean así nom-
brados por la Asamblea General. Art. 32.- Son derechos de los miembros
Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la
Asamblea General. b) Elegir y ser electo para desempeñar los cargos
Directivos de la Asociación, llenando los requisitos que señalen los
estatutos de la Asociación. c) Participar en las distintas actividades
propias de la Asociación. d) Proponer reformas a los Estatutos e inno-
vación y funcionamiento de la Asociación, mediante mociones escritas.
e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la
Asociación. Art. 33.- Son deberes de los miembros Fundadores y Acti-
vos: a) Asistir con puntualidad a las sesiones Ordinarias y Extraordina-
rias de la Asamblea General. b) Participar en el desarrollo de actividades
propias de la Asociación, que le fueren encomendadas. c) Cancelar las
cuotas acordadas en la Asamblea General. d) Aceptar y desempeñar los
cargos o responsabilidades que le delegue la Asamblea General o la
Junta Directiva. e) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos,
Reglamentos Interno acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
f) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamentos internos de
la Asociación. Art. 34.- La calidad de miembro se perderá por las causas
siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, reglamento Interno, acuer-
dos y resoluciones de la Asamblea General o de la Junta Directiva. b)
Por conducta notoriamente viciada que contradiga las normas y buenas
costumbres socialmente aceptadas. c) Por renuncia presentada por es-
crito a la Junta Directiva. d) Por aceptar a título personal en nombre de
la Asociación proyectos que afecten los intereses de la misma. e) Por
rechazar a título personal proyectos otorgados a favor de La Asociación.
f) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea Gene-
ral merezcan tal sanción. CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS
MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCE-
DIMIENTOS DE APLICACIÓN. Art. 35.- La violación de los presen-
tes Estatutos, tendrá las consecuencias siguientes: a) Amonestación
Escrita. b) Suspensión Temporal. c) Expulsión Defi nitiva. Art. 36.- Las
sanciones a las que se hace referencia en el artículo anterior, serán
17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
aplicadas por los órganos siguientes: a) Las primera será competencia
del Presidente de la Asociación. b) La segunda sanción será impuesta
por resolución de la Junta Directiva. c) La Asamblea General será com-
petente para imponer la sanción de expulsión defi nitiva, respecto de los
integrantes de los Comités y Clubes correspondientes. CAPITULO IX.
DE LA DISOLUCIÓN. Art. 37.- No podrá disolverse la Asociación sino
por disposición de la ley o por resolución tomada en la Asamblea Ge-
neral Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos
que represente por lo menos el Setenta y cinco por ciento de sus miem-
bros. Art. 38.- En caso de acordarse la disolución se nombrará una
Junta de liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asam-
blea General Extraordinaria que acordó la disolución, los bienes que
sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a
cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la misma Asamblea General
señale. CAPITULO X. REFORMA DE ESTATUTOS. Art. 39.- Para
reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favo-
rable de no menos del setenta por ciento de los miembros en Asamblea
General convocada para tal efecto. CAPITULO XI. DISPOSICIONES
GENERALES. Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de ins-
cribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro
del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero
de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días la
nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho registro todos
los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro
cualquier dato que se le pidiera relativo a la Entidad. Art. 41.- Todo lo
relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos
Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual
deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea
General. Art. 42.- La “ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNI-
DADES PARA TODOS” se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y
FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos
y demás disposiciones legales aplicables. Art. 43.- El ejercicio econó-
mico de la Asociación será de un año calendario, desde el primero de
enero al treinta y uno de diciembre de cada año, o el que acordare la
Junta Directiva. CAPITULO XII. DE SU APROBACION Y VIGENCIA.
Art. 44.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su
publicación en el Diario Ofi cial. Hice al compareciente la advertencia
que se refi ere el artículo Noventa y uno de la Ley de Asociaciones y
Fundaciones sin Fines de Lucro, así se expresó el compareciente a quien
expliqué los efectos legales del presente instrumento y leído que se lo
hube íntegramente en un sólo acto no interrumpido, ratifi co su conteni-
do y fi rmamos. DOY FE.
WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,
NOTARIO.
PASO ANTE MI, del folio Ciento cuarenta vuelto, al folio Ciento cuarenta
y cinco vuelto, del LIBRO NOVENO DE MI PROTOCOLO, que vence
el día diez de Septiembre de dos mil seis, del cual extiendo, fi rmo y sello
el presente Testimonio, en la ciudad de San Salvador, a los dos días del
mes de diciembre de dos mil cinco, para ser entregado a ASOCIACION
SALVADOREÑA “OPORTUNIDADES PARA TODOS”.
WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,
NOTARIO.
18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
NUMERO DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO.- En la ciudad
de San Salvador, a las veinte horas del día veintisiete de febrero de dos
mil seis, Ante mí WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ;
Notario, de este domicilio, comparece el señor SANTIAGO MARGA-
RITO ALFARO RODRÍGUEZ, de Treinta y ocho años de edad, Pintor,
del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a quien
conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad
número Cero Tres millones ciento noventa y siete mil quinientos vein-
tiocho- ocho, quien actúa en representación de la “ASOCIACIÓN
SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS” y que podrá
abreviarse “ASOPT”, en su calidad de Presidente y Representante Legal
de la referida entidad y designado como Ejecutor Especial para que
comparezca ante Notario, a fi n de formalizar el acta de constitución de
la referida Asociación en la que consta los acuerdos tomados en Asam-
blea General de miembros de dicha Asociación, personería que más
adelante diré y ME DICE: I) Que en cumplimiento de la comisión que
le asignara la Asamblea General de Miembros de la Asociación Salva-
doreña Oportunidades Para Todos viene a rectifi car y ratifi car las Escri-
turas Públicas números setenta y cuatro otorgada a las diez horas, del
día veinticinco de octubre de dos mil cinco, y la segunda número cien-
to veintinueve, otorgada a las nueve horas, del día dos de diciembre del
mismo año ambas ante los ofi cios del suscrito Notario. II- Me presenta
el acta que literalmente DICE: “La Infrascrita Secretaria de LA ASO-
CIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS,
CERTIFICA: Que en sesión Extraordinaria celebrada en esta ciudad a
las ocho horas del día diez de febrero de dos mil seis del corriente año,
se aprobó el Acta número TRES, que corre agregada de folios Doce al
folio Dieciocho del Libro de Actas de la Asociación lleva, en la que
consta que se acordó RECTIFICAR LOS ESTATUTOS de la Asociación
en referencia a fi n de cumplir con las observaciones realizadas por el
Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-
terio de Gobernación, la cual literalmente dice: “ ACTA NUMERO
TRES. En la Ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día diez de
febrero de dos mil seis, siendo éstos el lugar, día y hora señalados en la
convocatoria para celebrar la Asamblea General Extraordinaria de la
“ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TO-
DOS”, como una entidad sin Fines de Lucro, apolítica, no religiosa y
con domicilio principal en la Ciudad de San Salvador. Con este propó-
sito estamos presentes en este acto SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ, de Treinta y ocho años de edad, Pintor, del domicilio de
Santa Tecla, Departamento de La Libertad, portador de mi Documento
Único de Identidad número Cero Tres millones ciento noventa y siete
mil quinientos veintiocho-Ocho; WILLIAM ERNESTO BARILLAS
HERNANDEZ, de Cuarenta y cinco años de edad, Electricista, del
domicilio de Mejicanos, portador de mi Documento Único de Identidad
número cero cero seiscientos veintitrés mil dieciséis- Seis; JOSE
MAURICIO BUSTOS HERNANDEZ, de cincuenta años de edad,
Empleado, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad,
portador de mi Documento Único de Identidad número cero cero qui-
nientos treinta y seis mil setecientos treinta y cinco- cero; MERCEDES
MARÍA MENDEZ DELGADO, de Veintinueve años de edad, Estudian-
te, de este domicilio, portadora de mi Documento Único de Identidad
número cero cero cero sesenta y un mil cuatrocientos veinticinco- cinco;
LUIS ARMANDO GUILLEN MALDONADO, de cuarenta y cinco
años de edad, Arquitecto, del domicilio de Cuscatancingo, portador de
mi Documento Único de Identidad número Cero Un millón doscientos
sesenta y dos mil trescientos treinta- uno. A continuación se sometió a
consideración de los presentes la agenda a desarrollarse, la cual fue
aprobada con los siguientes puntos: I.- Acuerdo de RECTIFICACION
DE LOS ESTATUTOS de la Asociación, a fi n de incorporar las obser-
vaciones propuestas por el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin
Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, previo a la Inscripción
de la Asociación en dicho Registro; II) Comisionar a su Presidente señor
SANTIAGO MARGARITO ALFARO RODRÍGUEZ, como Ejecutor
Especial, para que comparezca ante Notario, a otorgar la Escritura Pú-
blica a efecto de formalizar en Instrumento Público los acuerdos toma-
dos en esta Asamblea y por los cuales se RECTIFICAN LOS ESTATUTOS
de la ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA
19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
TODOS. III.- Respecto al primer punto de la Agenda, se comprueba que
están presentes los miembros que constituyen la Asociación, cuyos
nombres se han mencionado, quienes constituyen el quórum de este acto.
IV.- A continuación el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO
RODRÍGUEZ, quien actúa en su calidad Presidente somete a conside-
ración de la Asamblea, el proyecto de los Estatutos los cuales constan
de cuarenta y cuatro que se transcriben a continuación ESTATUTOS
DE LA “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA
TODOS” CAPITULO I.- DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN,
DOMICILIO Y PLAZO. Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador,
Departamento de San Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salva-
doreña, que se denominará “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPOR-
TUNIDADES PARA TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT” como
una Entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes
estatutos se denominará la Asociación”. Art. 2. El domicilio de la Aso-
ciación será la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador,
pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera
de él. Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido. CA-
PITULO II FINES U OBJETIVOS Art. 4.- Para desarrollar su fi nalidad,
la Asociación deberá: a) Promover, organizar y realizar actividades y
proyectos de benefi cencia social. b) Solicitar cooperación de gobiernos,
organismos nacionales e internacionales, y de instituciones públicas y
privadas. c) Desarrollar diversos programas y proyectos que conlleven
apoyo y benefi cio integral de personas de escasos recursos económicos,
sin distinción de edad, raza, credo religión, sexo, nacionalidad o ideo-
logía política en las siguientes áreas: c.1- Proyectos Productivos: Desa-
rrollar y promover acciones que permitan la inserción laboral, en las
comunidades atendidas o bien facilitar herramientas de gestión empre-
sarial a las micro empresas existentes. c.2- Educación/capacitación:
ejecutar proyectos que incrementen la calidad educativa en la educación
formal en todos sus niveles, por medio de capacitaciones docentes que
les faciliten métodos y técnicas para la transferencia de aprendizaje en
los educandos, así mismo, promover charlas sobre conservación del
medio ambiente, turismo, jóvenes emprendedores, orientación vocacio-
nal, entre otros. De igual manera el desarrollo de un centro de formación
profesional basado en competencias ocupacionales y con la metodología
de talleres escuelas, Solicitando en su caso, autorización al Ministerio
de Educación. c.3- Salud: en conjunto con el Ministerio de Salud, uni-
dades de salud desarrollar campañas de vacunación, fumigaciones, SIDA,
asistencia médica, oftalmología, odontología, nutrición. c.4- Desarrollo
Local: en coordinación con las Alcaldías, promover el desarrollo local
a través de impulsar las microregiones especialmente en el comercio,
participar en la promoción de cabildos para determinar las necesidades
de la población. c.5- Infraestructura: Participar en proyectos de cons-
trucción y/o reconstrucción de viviendas, calles, parques, introducción
de agua potable, previa autorización y la respectiva constancia que no
se afectaran fuentes que posea ANDA y energía eléctrica, construcción
o reconstrucción de escuelas y casas comunales, enmarcándose en las
políticas de viviendas Nacionales y Municipales y en la Ley de Urba-
nismo y Construcción. c.6- Organización comunitaria: Generar la unión
en las comunidades para crear, directivas, juntas, comités que les per-
mitan impulsar proyectos que les posibiliten su desarrollo asistiéndolos
con capacitaciones en los diferentes ámbitos para la mejoría de sus
comunidades. c.7- Medio Ambiente: participar en proyectos de mitiga-
ción y prevención de desastres, reforestación, campañas de limpieza y
reciclaje, descontaminación de agua, suelo y aire; d) Gestionar y cana-
lizar recursos económicos con personas naturales o Jurídicas, nacionales
e internacionales que permitan la realización de diversos programas y
proyectos de desarrollo comunal integral. e) Coordinar y aunar esfuerzos
con instituciones privadas, nacionales e internacionales para lograr un
verdadero proceso de desarrollo económico y Social.- f) Implementar
diversos programas de capacitación y asistencia técnica, Social, econó-
mica y cultural. g) Realizar programas de asesoría, consultaría, capaci-
tación y asistencia técnica a personas naturales y Jurídicas nacionales e
internacionales. h) Firmar convenios y/o acuerdos de Cooperación
Mutua con personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales.
i) Apoyar y promover todo esfuerzo integrador, nacional e internacional
en pro de la paz y el respeto a los derechos humanos. CAPITULO III.
20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Art. 5 El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Aporta-
ción de los miembros. b) Las donaciones, herencias, legados, contribu-
ciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, res-
pectivamente; c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y las
rentas provenientes de los mismos, de conformidad con la ley. Art. 6.- El
Patrimonio de la Asociación pertenece a ella como ente social y en
ningún caso a sus integrantes en forma individual o particular; el cual
se invertirá exclusivamente en el cumplimiento de su fi nalidad. Es ab-
solutamente prohibido el uso del patrimonio para actividades ajenas a
la fi nalidad de la Asociación. Art. 7.- La Junta Directiva y los órganos
de fi scalización de la Asociación, estarán obligados a garantizar que las
donaciones recibidas, sean de legítima procedencia. Constituye grave
violación de los presentes Estatutos, de los valores y principios, la ad-
misión de donaciones provenientes de acciones ilícitas. Art. 8.- El pa-
trimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las direc-
trices que le manifi este la Asamblea General. CAPITULO IV DEL
GOBIERNO DE LA ASOCIACION Art. 9.- El gobierno de la Asociación
será ejercido por: a) La Asamblea General; b) La Junta Directiva. CA-
PITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL Art. 10.- La Asamblea
General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asocia-
ción y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y
Fundadores. Art. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente
una vez al año, y en Asamblea General Extraordinaria en cualquier fecha,
cuando así lo acuerde la Junta Directiva, o cuando por escrito y con
expresión del objeto y motivo, lo soliciten al menos el veinticinco por
ciento de los miembros. Las sesiones se desarrollarán en el local de la
Asociación o en cualquier otro que sea acordado por la Junta Directiva.
Art. 12.- La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia
del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en pri-
mera convocatoria y en segunda convocatoria con los miembros que
asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor núme-
ro de asistentes. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos ex-
cepto en los casos especiales en que se requerirá una mayoría diferente.
Las resoluciones de las Asambleas Generales debidamente convocadas
y constituidas, tendrán carácter obligatorio. Instalada legalmente la
Asamblea General, los acuerdos serán válidos, aunque el quórum se
disminuyere durante el desarrollo de la misma. Art. 13.- Las convoca-
torias a sesión ordinaria o extraordinaria de Asamblea General, serán
realizadas mediante avisos que se publicarán en los medios de comuni-
cación o a través de otros medios que la Junta Directiva estime conve-
nientes; las convocatorias deberán realizarse por lo menos con quince
días de anticipación a la fecha de la sesión. En la convocatoria se inclui-
rá expresamente la agenda a tratar. En el mismo aviso se especifi cará el
orden en virtud de primera, segunda o tercera convocatoria. En una
misma asamblea podrán tratarse puntos Ordinarios y Extraordinarios si
la agenda, así, lo expresa.- Art. 14.- La convocatoria a Asamblea Gene-
ral Extraordinaria deberá reunir las mismas formalidades de la Ordina-
ria. Para que haya quórum en las Sesiones de Asamblea General Ex-
traordinarias, se necesitará la asistencia de por lo menos el setenta y
cinco por ciento de los miembros en primera convocatoria y en segunda
convocatoria el cincuenta y uno por ciento de los miembros y en terce-
ra convocatoria con los miembros que asistan, tomándose las resolucio-
nes por mayoría.- Art. 15.- Los puntos a desarrollarse en Asamblea
Ordinaria serán: a) Nombramiento o remoción de Junta Directiva;
b)Nombramiento o remoción de Auditor; c)Aprobar o desaprobar la
memoria de labores presentada por la Junta Directiva. Art. 16.- Los
Libros de Actas de Asambleas Generales, de Junta Directiva, o de otros
organismos, estarán confi ados al cuidado del responsable de cada orga-
nismo, quien asentará en ellos el resultado de las respectivas sesiones.
Art. 17.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesio-
nes de Asamblea General por motivo justifi cado podrá hacerse repre-
sentar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de
un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Art. 18.- Atri-
buciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o
parcial a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar y
derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c)
Aprobar, y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la
Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de
21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas
mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir
sobre la integración de la Asociación con otras entidades nacionales e
internacionales que sean de la misma naturaleza y fi nes. g) Autorizar a
la Junta Directiva para que gestione, fi rme y acuerde la realización de
planes, programas y proyectos con distintas entidades nacionales e in-
ternacionales mediante convenios y préstamos. h) Decidir sobre la
compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a
la Asociación. i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Aso-
ciación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPI-
TULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 19.- La dirección y admi-
nistración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual
estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, Un Secretario, Un
Tesorero y Dos Vocales, propietarios, así como igual número de suplen-
tes. Art. 20. Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
período de dos años pudiendo ser reelectos. Art. 21.- La Junta Directiva
en pleno podrá encomendar funciones específi cas a cualquiera de sus
integrantes. Art. 22 - Los integrantes de la Junta Directiva dejarán de
pertenecer a la misma, por las razones siguientes: a) Por renuncia vo-
luntaria, b) Por violación de los presentes Estatutos, c) Por la comisión
de hechos delictivos dolosos, d) Por demostrar poco interés en el cum-
plimiento de sus funciones, e) Por inobservancia de los Valores que en
los presentes Estatutos se establecen, f) Por inobservancia de los prin-
cipios y demás normas que sean establecidas. g) Por causa de muerte.
Art. 23.- La Junta Directiva tiene las siguientes atribuciones: a) Desa-
rrollar las actividades necesarias para el logro de los Fines de la Asocia-
ción. b) Aprobar el Plan de Trabajo de la Asociación. c) Velar por la
administración efi ciente y efi caz del Patrimonio de La Asociación d)
Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y
proponerlos a la Asamblea General. e) Elaborar la memoria anual de
labores de la Asociación. f) Defi nir la estructura organizativa de La
Asociación g) Normar el funcionamiento de la Asociación. h) Nombrar
y remover al personal administrativo de La Asociación. i) Establecer las
funciones y salarios del personal administrativo. j) Autorizar la realiza-
ción de contratos con otras personas naturales o jurídicas. k) Autorizar
a las personas que harán uso de las fi rmas para el manejo de las fi nanzas.
l) Conocer y resolver sobre la renuncia de integrantes de la Junta Direc-
tiva, de los clubes, Comités y de empleados de La Asociación. m) Velar
por el cumplimiento de Los Estatutos. n) Nombrar de entre los miembros
de la Asociación los comités o comisiones que considere necesarios. ñ)
Convocar a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria. o) Delegar en el
presidente, cualquiera de sus atribuciones. p) Cualquier otra función u
obligación que le asigne la Asamblea General. Art. 24.- La Directiva
sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas
veces sea necesario. Art. 25.- El quórum necesario para que la Junta
Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus
acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso
de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Art. 26.- Corresponde
al Presidente de la Asociación: a) Dirigir la Asociación por los destinos
que hagan posible el logro de su fi nalidad, con el auxilio de los demás
integrantes de la Junta Directiva. b) Presidir las sesiones de la Junta
Directiva y de la Asamblea General. c) Ejercer la representación legal
de la Asociación. d) Adquirir, enajenar o gravar bienes muebles e
inmuebles, valores o derechos de la Asociación. e) Autorizar el docu-
mento de identifi cación de los integrantes de la Asociación. f) Presentar
la Memoria de Labores y cualquier informe que le sea solicitado. g)
Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta
Directiva y Ejecutar los acuerdos tomados por la Junta Directiva y
Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento interno de
la Asociación. h) Convocar a Sesiones Ordinarias y extraordinarias de
la Asamblea General y de la Junta Directiva. i) Autorizar juntamente
con el Tesorero las erogaciones que tengan que hacer la Asociación. Art.
27.- Son atribuciones del secretario: a) Llevar los libros de las actas de
las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el
archivo de documentos y registro de los miembros de la asociación. c)
Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e)
Preparar en consulta con el presidente los puntos de la agenda de las
22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
sesiones y colaborar con él. f) Ser el Órgano de comunicación de la
Asociación. g) Las demás que por razón de su cargo le sean delegadas
por la Asamblea General o la Junta Directiva. Art. 28.- Son atribuciones
del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obten-
ga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar o tener
control directo de los libros de contabilidad de la Asociación. c) Tener
actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles de La Aso-
ciación. d) Presentar un informe y/o balance del estado fi nanciero
mensual de la Asociación a la Junta Directiva. e) Realizar toda actividad
acorde a su cargo, o por delegación de la Asamblea o de la Junta Direc-
tiva. f) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
tenga que hacer la Asociación. Art. 29.- Son atribuciones de los vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.
b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausen-
cia o impedimento, de conformidad al artículo 19 de estos Estatutos. c)
Las demás que le sean delegadas de la Asamblea General o de La Junta
Directiva.- CAPITULO VII. Art. 30. Podrán ser miembros todas las
personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, reli-
gión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Art. 31.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a)
Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban
el acta de Constitución de la Asociación.- Serán MIEMBROS ACTIVOS:
Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Aso-
ciación. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que
por su labor y mérito a favor de la Asociación sean así nombrados por
la Asamblea General. Art. 32.- Son derechos de los miembros Funda-
dores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea
General. b) Elegir y ser electo para desempeñar los cargos Directivos
de la Asociación, llenando los requisitos que señalen los estatutos de la
Asociación. c) Participar en las distintas actividades propias de la Aso-
ciación.- d) Proponer reformas a los Estatutos e innovación y funciona-
miento de la Asociación, mediante mociones escritas.- e) Los demás que
les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Art.
33.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir con
puntualidad a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea
General. b) Participar en el desarrollo de actividades propias de la Aso-
ciación, que le fueren encomendadas.- c) Cancelar las cuotas acordadas
en la Asamblea General. d) Aceptar y desempeñar los cargos o respon-
sabilidades que le delegue la Asamblea General o la Junta Directiva.- e)
Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno
acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. f) Los demás que les
señalen los Estatutos y Reglamento interno de la Asociación. Art. 34.- La
calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación
a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la
Asamblea General o de la Junta Directiva. b) Por conducta notoriamen-
te viciada que contradiga las normas y buenas costumbres socialmente
aceptadas.- c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
d) Por aceptar a título personal en nombre de la Asociación proyectos
que afecten los intereses de la misma. e) Por rechazar a título personal
proyectos otorgados a favor de la Asociación. f) Por otras faltas graves
cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.
CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS
DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLI-
CACIÓN Art. 35.- La violación de los presentes Estatutos, de acuerdo
a las causales mencionadas en el artículo 34, tendrá las medidas Disci-
plinarias siguientes: a) Amonestación Escrita. b) Suspensión Temporal.
c) Expulsión Defi nitiva. Art. 36.- Las Medidas disciplinarias a las que
se hace referencia en el artículo anterior, serán aplicadas por los órganos
siguientes: a) La primera sanción será competencia del Presidente de 1a
Asociación. b) La segunda sanción será impuesta por resolución de la
Junta Directiva. c) La Asamblea General será competente para imponer
la sanción de expulsión defi nitiva, respecto de los integrantes de los
Comités y Clubes correspondientes. CAPITULO IX DE LA DISOLU-
CIÓN. Art. 37.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición
de la ley o por resolución tomada en la Asamblea General Extraordina-
ria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por
lo menos el Setenta y cinco por ciento de sus miembros. Art. 38.- En
23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
Caso de acordarse la disolución se nombrará una Junta de Liquidación
compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraor-
dinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de
cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Bené-
fi ca o Cultural que la misma Asamblea General señale. CAPITULO X
REFORMA DE ESTATUTOS. Art. 39.- Para reformar o derogar los
presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del
setenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para
tal efecto. CAPITULO XI DISPOSICIONES GENERALES Art. 40.- La
Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asocia-
ciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación,
en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los
Miembros y dentro de los cinco días la nueva Junta Directiva y en todo
caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que la LEY DE
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale
inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiera
relativo a la Entidad. Art. 41.- Todo lo relativo al orden interno de la
Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el
Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la
Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art. 42.- La “ASO-
CIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS” se
regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES
DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales
aplicables. Art. 43.- El ejercicio económico de la Asociación será de un
año calendario, desde el primero de enero al treinta y uno de diciembre
de cada año, o el que acordare la Junta Directiva. CAPITULO XII DE
SU APROBACION Y VIGENCIA. Art. 44.- Los presentes Estatutos
entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
IV.- En este acto todos los asistentes de la Asamblea General por una-
nimidad acuerdan comisionar al Señor SANTIAGO MARGARITO
ALFARO RODRÍGUEZ, como Ejecutor Especial, para que comparez-
ca ante notario a otorgar la Escritura Pública a efecto de formalizar en
Instrumento Público los acuerdos tomados. Y No habiendo más que
tratar se da por cerrada la sesión, con lo cual se termina la presente Acta
que fi rmamos. S. M. Rodríguez.- W. Ernesto B. H.- Mauricio Bustos.-
Mercedes Méndez D.- Luis Guillén.- RUBRICADAS: al fi nal del acta
aparece una fi rma que se lee: “Mercedes Méndez D”, que corresponde
a la señorita MERCEDES MARÍA MENDEZ DELGADO, en su calidad
de Secretaria de la Asociación. “doy fe: A) De haber explicado al com-
pareciente los efectos legales de este instrumento; B) De haber tenido a
la vista el Acta en la que constan LOS ESTATUTOS de dicha Asociación
relacionada en este instrumento; C) De ser legítima y sufi ciente la
personería con la que actúa el compareciente por haber tenido a la vista
la certifi cación del Acta de Asamblea General en la que consta su nom-
bramiento y la elección de la primera Junta Directiva.- Certifi cación
Extendida por la Secretaría de la referida Asociación.- Así se expresó el
compareciente a quien expliqué los efectos legales de este instrumento,
y de su obligación de registrarla, así como de los efectos del Registro,
y de las sanciones por la falta del mismo, de conformidad con el Artí-
culo Noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines
de Lucro, y leído que le fue por mí íntegramente todo lo escrito en un
solo acto sin interrupción ratifi ca su contenido, y fi rmamos DOY FE.-
ENTRELINEAS: y/o reconstrucción-previa autorización y la respectiva
constancia que no se afectaran fuentes que posea ANDA-enmarcándose
en las políticas de viviendas Nacionales y Municipales y en la Ley de
Urbanismo y Construcción- VALEN.- S. M. Rodríguez.- W. H. Vásquez.-
RUBRICADAS.
PASO ANTE MI, del folio Doscientos setenta y uno vuelto, al folio
Doscientos setenta y seis vuelto, del LIBRO NOVENO DE MI PRO-
TOCOLO, que vence el día diez de septiembre del presente año, del
cual extiendo, fi rmo y sello el presente Testimonio en la Ciudad de San
Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil seis, para
ser entregada a ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDADES
PARA TODOS.-
WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,
NOTARIO.
24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN SALVADOREÑA
“OPORTUNIDADES PARA TODOS”
CAPITULO I
DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN,
DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de
San Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se deno-
minará “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA
TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT” como una Entidad apolítica,
no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará
“la Asociación”.
Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador,
departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el
territorio de la República y fuera de él.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.
CAPITULO II
FINES U OBJETIVOS
Art. 4.- Para desarrollar su fi nalidad, la Asociación deberá:
a) Promover, organizar y realizar actividades y proyectos de
benefi cencia social.
b) Solicitar cooperación de gobiernos, organismos nacionales
e internacionales, y de instituciones públicas y privadas.
c) Desarrollar diversos programas y proyectos que conlleven
apoyo y benefi cio integral de personas de escasos recursos
económicos, sin distinción de edad, raza, credo, religión, sexo,
nacionalidad o ideología política en las siguientes áreas:
c. 1- Proyectos Productivos: Desarrollar y promover acciones que
permitan la inserción laboral, en las comunidades atendidas o
bien facilitar herramientas de gestión empresarial a las micro
empresas existentes.
c. 2- Educación/capacitación: ejecutar proyectos que incrementen
la calidad educativa en la educación formal en todos sus ni-
veles, por medio de capacitaciones docentes que les faciliten
métodos y técnicas para la transferencia de aprendizaje en
los educandos, así mismo, promover charlas sobre conserva-
ción del medio ambiente, turismo, jóvenes emprendedores,
orientación vocacional, entre otros. De igual manera el
desarrollo de un centro de formación profesional basado en
competencias ocupacionales y con la metodología de talleres
escuelas, solicitando en su caso, autorización al Ministerio
de Educación.
c. 3- Salud: en conjunto con el Ministerio de Salud, Unidades de
Salud desarrollar campañas de vacunación, fumigaciones,
SIDA, asistencia médica, oftalmología, odontología, nutri-
ción.
c. 4- Desarrollo Local: en coordinación con las alcaldías, promover
el desarrollo local a través de impulsar las microregiones
especialmente en el comercio, participar en la promoción de
cabildos para determinar las necesidades de la población.
c. 5- Infraestructura: Participar en proyectos de construcción y/o
reconstrucción de viviendas, calles, parques, introducción de
agua potable, previa autorización y la respectiva constancia que
no se afectarán fuentes que posea ANDA y energía eléctrica,
construcción o reconstrucción de escuelas y casas comuna-
les, enmarcándose en las políticas de viviendas Nacionales
y Municipales y en la Ley de Urbanismo y Construcción
c. 6- Organización comunitaria: Generar la unión en las comuni-
dades para crear, directivas, juntas, comités, que les permitan
impulsar proyectos que les posibiliten su desarrollo asistién-
dolos con capacitaciones en los diferentes ámbitos para la
mejoría de sus comunidades.
c. 7- Medio Ambiente: participar en proyectos de mitigación y
prevención de desastres, reforestación, campañas de limpieza
y reciclaje, descontaminación de agua, suelo y aire.
d) Gestionar y canalizar recursos económicos con personas na-
turales o Jurídicas, nacionales e internacionales que permitan
la realización de diversos programas y proyectos de desarrollo
comunal integral.
e) Coordinar y aunar esfuerzos con instituciones privadas, na-
cionales e internacionales para lograr un verdadero proceso
de desarrollo económico y Social.
f) Implementar diversos programas de capacitación y asistencia
técnica, Social, económica y cultural.
g) Realizar programas de asesoría, consultoría, capacitación y
asistencia técnica a personas naturales y Jurídicas nacionales
e internacionales.
h) Firmar convenios y/o acuerdos de Cooperación Mutua con
personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales.
i) Apoyar y promover todo esfuerzo integrador, nacional e
internacional en pro de la paz y el respeto a los derechos
humanos.
25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
CAPITULO III
Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Aportación de los miembros.
b) Las donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamen-
te;
c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y las rentas
provenientes de los mismos, de conformidad con la ley.
Art. 6.- EL Patrimonio de la Asociación pertenece a ella como ente
social y en ningún caso a sus integrantes en forma individual o particular;
el cual se invertirá exclusivamente en el cumplimiento de su fi nalidad. Es
absolutamente prohibido el uso del patrimonio para actividades ajenas
a la fi nalidad de la Asociación.
Art. 7.- La Junta Directiva y los órganos de fi scalización de la
Asociación, estarán obligados a garantizar que las donaciones recibidas,
sean de legítima procedencia. Constituye grave violación de los presentes
Estatutos, de los valores y principios, la admisión de donaciones prove-
nientes de acciones ilícitas.
Art. 8.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art. 9.- El gobierno de la Asociación será ejercido por:
a) La Asamblea General.
b) La Junta Directiva.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 10.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la
autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad
de los miembros Activos y Fundadores.
Art. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez
al año, y en Asamblea General Extraordinaria en cualquier fecha, cuando
así lo acuerde la Junta Directiva, o cuando por escrito y con expresión
del objeto y motivo, lo soliciten al menos el veinticinco por ciento de
los miembros.
Las sesiones se desarrollarán en el local de la Asociación o en
cualquier otro que sea acordado por la Junta Directiva.
Art. 12.- La Asamblea General sesionará válidamente con la asis-
tencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en
primera convocatoria y en segunda convocatoria con los miembros que
asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número
de asistentes. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos excepto
en los casos especiales en que se requerirá una mayoría diferente.
Las resoluciones de las Asambleas Generales debidamente convo-
cadas y constituidas, tendrán carácter obligatorio. Instalada legalmente
la Asamblea General, los acuerdos serán válidos, aunque el quórum se
disminuyere durante el desarrollo de la misma.
Art. 13.- Las convocatorias a sesión ordinaria o extraordinaria de
Asamblea General, serán realizadas mediante avisos que se publicarán
en los medios de comunicación o a través de otros medios que la Junta
Directiva estime convenientes; las convocatorias deberán realizarse por
lo menos con quince días de anticipación a la fecha de la sesión. En la
convocatoria se incluirá expresamente la agenda a tratar. En el mismo
aviso se especifi cará el orden en virtud de primera, segunda o tercera
convocatoria. En una misma asamblea podrán tratarse puntos Ordinarios
y Extraordinarios si la agenda, así, lo expresa.
Art. 14. La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria deberá
reunir las mismas formalidades de la Ordinaria. Para que haya Quórum
en las Sesiones de Asamblea General Extraordinarias, se necesitará la
asistencia de por lo menos el setenta y cinco por ciento de los miembros
en primera convocatoria y en segunda convocatoria el cincuenta y uno
por ciento de los miembros y en tercera convocatoria con los miembros
que asistan, tomándose las resoluciones por mayoría.
Art. 15.- Los puntos a desarrollarse en Asamblea Ordinaria se-
rán:
a) Nombramiento o remoción de Junta Directiva.
b) Nombramiento o remoción de Auditor.
c) Aprobar o desaprobar la memoria de labores presentada por
la Junta Directiva.
26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Art. 16.- Los Libros de Actas de Asambleas Generales, de Junta
Directiva, o de otros organismos, estarán confi ados al cuidado del res-
ponsable de cada organismo, quien asentará en ellos el resultado de las
respectivas sesiones.
Art. 17.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de
las sesiones de Asamblea General por motivo justifi cado podrá hacerse
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 18.- Atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, sustituir y destituir total o parcial a los miembros de
la Junta Directiva.
b) Aprobar, reformar y derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asociación.
c) Aprobar, y/o modifi car los planes, programas o presupuesto
anual de la Asociación.
d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Asociación, presentada por la Junta Directiva.
e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los
miembros.
f) Decidir sobre la integración de la Asociación con otras en-
tidades nacionales e internacionales que sean de la misma
naturaleza y fi nes.
g) Autorizar a la Junta Directiva para que gestione, fi rme y
acuerde la realización de planes, programas y proyectos con
distintas entidades nacionales e internacionales mediante
convenios y préstamos.
h) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Asociación.
i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación
y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 19.- La dirección y administración de la Asociación estará
confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma:
Un Presidente, Un Secretario, Un Tesorero y dos Vocales, propietarios,
así como igual número de suplentes.
Art. 20.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
período de dos años pudiendo ser reelectos.
Art. 21.- La Junta Directiva en pleno podrá encomendar funciones
específi cas a cualquiera de sus integrantes.
Art. 22.- Los integrantes de la Junta Directiva dejarán de pertenecer
a la misma, por las razones siguientes:
a) Por renuncia voluntaria.
b) Por violación de los presentes Estatutos.
c) Por la comisión de hechos delictivos dolosos.
d) Por demostrar poco interés en el cumplimiento de sus fun-
ciones.
e) Por inobservancia de los Valores que en los presentes Estatutos
se establecen.
f) Por inobservancia de los principios y demás normas que sean
establecidas.
g) Por causa de muerte.
Art. 23.- La Junta Directiva tiene las siguientes atribuciones:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fi nes de la Asociación.
b) Aprobar el Plan de Trabajo de la Asociación.
c) Velar por la administración efi ciente y efi caz del Patrimonio
de la Asociación.
d) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
miembros y proponerlos a la Asamblea General.
e) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación.
f) Defi nir la estructura organizativa de la Asociación.
g) Normar el funcionamiento de la Asociación.
h) Nombrar y remover al personal administrativo de la Asocia-
ción.
i) Establecer las funciones y salarios del personal administra-
tivo.
j) Autorizar la realización de contratos con otras personas
naturales o jurídicas.
k) Autorizar a las personas que harán uso de las fi rmas para el
manejo de las fi nanzas.
27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
l) Conocer y resolver sobre la renuncia de integrantes de la
Junta Directiva, de los Clubes, Comités y de empleados de
la Asociación.
m) Velar por el cumplimiento de los Estatutos.
n) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comités
o comisiones que considere necesarios.
ñ) Convocar a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria.
o) Delegar en el presidente, cualquiera de sus atribuciones.
p) Cualquier otra función u obligación que le asigne la Asamblea
General.
Art. 24.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al
mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 25.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda
sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán
ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso de empate, el
Presidente tendrá voto de calidad.
Art. 26.- Corresponde al Presidente de la Asociación:
a) Dirigir la Asociación por los destinos que hagan posible el
logro de su fi nalidad, con el auxilio de los demás integrantes
de la Junta Directiva.
b) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea
General.
c) Ejercer la representación legal de la Asociación.
d) Adquirir, enajenar o gravar bienes muebles e inmuebles,
valores o derechos de la Asociación.
e) Autorizar el documento de identifi cación de los integrantes
de la Asociación.
f) Presentar la Memoria de Labores y cualquier informe que le
sea solicitado.
g) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la
Junta Directiva y Ejecutar los acuerdos tomados por la Junta
Directiva y Asamblea General, así como de los Estatutos y
Reglamento interno de la Asociación.
h) Convocar a Sesiones Ordinarias y extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva.
i) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Asociación.
Art. 27.- Son atribuciones del Secretario:
a) Llevar los libros de las actas de las sesiones de Asamblea
General y de Junta Directiva.
b) Llevar el archivo de documentos y registro de los miembros
de la asociación.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la
Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones.
e) Preparar en consulta con el presidente los puntos de la agenda
de las sesiones y colaborar con él.
f) Ser el Organo de comunicación de la Asociación.
g) Las demás que por razón de su cargo le sean delegadas por
la Asamblea General o la Junta Directiva.
Art. 28.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en
el Banco que la Junta Directiva seleccione.
b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
de la Asociación.
c) Tener actualizado el inventario de los bienes muebles e
inmuebles de la Asociación.
d) Presentar un informe y/o balance del estado fi nanciero mensual
de la Asociación a la Junta Directiva.
e) Realizar toda actividad acorde a su cargo, o por delegación
de la Asamblea o de la Junta Directiva.
f) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
tenga que hacer la asociación.
Art. 29.- Son atribuciones de los vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva.
b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso
de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo 19
de estos Estatutos.
c) Las demás que le sean delegadas de la Asamblea General o
de la Junta Directiva.
28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
CAPITULO VII
Art. 30.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de die-
ciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,
que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Art. 31.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem-
bros:
a) Miembros Fundadores.
b) Miembros Activos.
c) Miembros Honorarios.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban el acta de Constitución de la Asociación.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta
Directiva acepte como tales en la Asociación.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por
su labor y mérito a favor de la Asociación sean así nombrados por la
Asamblea General.
Art. 32.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:
a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral.
b) Elegir y ser electo para desempeñar los cargos Directivos de la
Asociación, llenando los requisitos que señalen los estatutos
de la Asociación.
c) Participar en las distintas actividades propias de la Asocia-
ción.
d) Proponer reformas a los Estatutos e innovación y funciona-
miento de la Asociación, mediante mociones escritas.
e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 33.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:
a) Asistir con puntualidad a las sesiones Ordinarias y Extraor-
dinarias de la Asamblea General.
b) Participar en el desarrollo de actividades propias de la Aso-
ciación, que le fueren encomendadas.
c) Cancelar las cuotas acordadas en la Asamblea General.
d) Aceptar y desempeñar los cargos o responsabilidades que le
delegue la Asamblea General o la Junta Directiva.
e) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
f) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento interno
de la Asociación.
Art. 34.- La calidad de miembro se perderá por las causas Siguien-
tes:
a) Por violación a estos Estatutos, reglamento Interno, acuerdos
y resoluciones de la Asamblea General o de la Junta Directi-
va.
b) Por conducta notoriamente viciada que contradiga las normas
y buenas costumbres socialmente aceptadas.
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
d) Por aceptar a título personal en nombre de la Asociación
proyectos que afecten los intereses de la misma.
e) Por rechazar a título personal proyectos otorgados a favor de
La Asociación.
f) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción.
CAPITULO VIII
SANCIONES A LOS MIEMBROS,
MEDIDAS DISCIPLINARIAS,
CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN
Art. 35.- La violación de los presentes Estatutos, de acuerdo a las
causales mencionadas en el artículo 34, tendrá las medidas disciplinarias
siguientes:
a) Amonestación Escrita.
b) Suspensión Temporal.
c) Expulsión Defi nitiva.
Art. 36.- Las medidas disciplinarias a las que se hace referencia
en el artículo anterior, serán aplicadas por los órganos siguientes:
a) La primera sanción será competencia del Presidente de la
Asociación.
b) La segunda sanción será impuesta por resolución de la Junta
Directiva.
29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
c) La Asamblea General será competente para imponer
la sanción de expulsión defi nitiva, respecto de los inte-
grantes de los Comités y Clubes correspondientes.
CAPITULO IX
DE LA DISOLUCIÓN
Art. 37.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de
la ley o por resolución tomada en la Asamblea General Extraordinaria,
convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo
menos el Setenta y cinco por ciento de sus miembros.
Art. 38.- En caso de acordarse la disolución se nombrará una Junta
de liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea
General Extraordinaria que acordó la disolución, los bienes que sobraren
después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad
Benéfi ca o Cultural que la misma Asamblea General señale.
CAPITULO X
REFORMA DE ESTATUTOS
Art. 39.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será
necesario el voto favorable de no menos del setenta por ciento de los
miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el
Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de lucro del Ministerio
de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la
Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días la nueva Junta Di-
rectiva y en todo caso inscribir en dicho registro todos los documentos
que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE
LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que
se le pidiera relativo a la Entidad.
Art. 41.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no com-
prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de
la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado
por la Asamblea General.
Art. 42.- La “ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDA-
DES PARA TODOS” se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y
FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos
y demás disposiciones legales aplicables.
Art. 43.- El ejercido económico de la Asociación será de un año
calendario, desde el primero de enero al treinta y uno de diciembre de
cada año, o el que acordare la Junta Directiva.
CAPITULO XII
DE SU APROBACION Y VIGENCIA
Art. 44.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO No. 0146
San Salvador, 26 de junio de 2006
Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION SALVA-
DOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS, compuestos de CUA-
RENTA Y CUATRO artículos, constituida en la ciudad de San Salvador,
Departamento de San Salvador, a las nueve horas del día 6 de octubre
del 2005 y formalizada por Escritura Pública celebrada en la ciudad de
San Salvador, Departamento de San Salvador, a las diez horas del día 25
de octubre del 2005, otorgada ante los ofi cios del Notario WILFREDO
ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ, y con posteriores rectifi caciones
otorgada por Escritura Pública la primera celebrada en la ciudad de San
Salvador, Departamento de San Salvador, a las nueve horas del día 2
de diciembre de 2005, y la segunda celebrada en la misma ciudad, a las
veinte horas del día 27 de febrero del 2006, ambas escrituras otorgada
ante los ofi cios del mismo Notario, y no encontrando en ellos ninguna
disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65
de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano
Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en
todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA
JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Ofi cial; y c) Inscríbase la referida
entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. LA VICEMINISTRA DE
GOBERNACION, AGUILAR ZEPEDA.
(Registro No. F011813)
30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
MINISTERIO DE HACIENDARAMO DE HACIENDA
ACUERDO No. 513.
MINISTERIO DE HACIENDA, DEPARTAMENTO JURIDICO, San Salvador, a las nueve horas del día cinco de junio de dos mil siete.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,
CONSIDERANDO:
I.- Que el Estado de El Salvador, en el Ramo de Hacienda, es legítimo dueño de un inmueble naturaleza rústica, que se compone de seis porciones de terreno que se encuentran unidos formando un solo cuerpo, denominado BENEFICIO INCAFE CHALCHUAPA, según inscripción UNO del Libro MIL NOVECIENTOS QUINCE, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oc-cidente, Departamento de Santa Ana, situado en los suburbios del Barrio Santa Cruz y al Norte de la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, según antecedente y de acuerdo a actual nomenclatura, situado en Calle y Colonia Tazumal, contiguo al Centro de Salud de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, de una extensión superfi cial registral de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CUARENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS.
II.- Que de conformidad a los Decretos Legislativos Números 794 y 795 de fecha 22 de marzo de 2002, publicados en el Diario Ofi cial número 76, Tomo 355 de fecha 26 de abril de 2002, se autorizó en su orden, la transferencia del dominio en calidad de Donación Irrevocable de 2 porciones del referido inmueble a favor del Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) de una extensión de 120,238.93 metros cuadrados, y 4,616.45 metros cuadrados cada una; y de 2 porciones de 17,060.03 metros cuadrados y 17,885.45 metros cuadrados a favor de la Alcaldía Municipal de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana.
III.- Que con el objeto de dar cumplimiento a los referidos decretos y en vista que registralmente el inmueble está formado por las referidas seis porciones de inmueble, a las que se les ha generado su propia matrícula, al ser trasladadas al actual Sistema de Inscripción de Folio Real Computarizado, es necesario otorgar la correspondiente Escritura Matriz de Reunión de Inmuebles de la seis porciones antes mencionadas, de conformidad a los artículos 23 y 24 del Reglamento del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, y 69 de la Ley de Reestructuración del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, a fi n de que se genere una matrícula para el inmueble resultante; el cual posteriormente es preciso que sea sometido a Diligencias de Remedición de Inmuebles, de conformidad al artículo 15 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, con el objeto de determinar la extensión superfi cial real del mismo, y poder segregar las porciones a donar al Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) y a la Alcaldía Municipal de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, respecto de lo cual se hace constar que las respectivas donaciones se efectuarán de conformidad a lo que autoricen los decretos pertinentes emitidos por la Asamblea Legislativa para tal efecto.
POR TANTO: Por las razones expuestas, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,
ACUERDA:
A).- SOLICITASE la intervención al señor Fiscal General de la República, para que comparezca a otorgar la Escritura Matriz de Reunión de los seis Inmuebles propiedad del Estado de El Salvador, en el Ramo de Hacienda, inscritos bajo las matrículas: DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE CINCO CINCO - CERO CERO CERO CERO CERO, DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE CINCO OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO, DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE CINCO NUEVE - CERO CERO CERO CERO CERO, DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE SEIS CERO - CERO CERO CERO CERO CERO, DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE SIETE CERO - CERO CERO CERO CERO CERO Y DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE SIETE DOS - CERO CERO CERO CERO CERO, todas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente, Departamento de Santa Ana; B) PROCEDASE al otorgamiento de la correspondiente Escritura Matriz de Reunión de Inmuebles, de conformidad a los artículos 23 y 24 del Reglamento del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, y 69 de la Ley de Reestructuración del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, a fi n de que se genere una matrícula para el inmueble resultante, para su correspondiente inscripción en el registro respectivo; C) PROCÉDASE a la Remedición del Inmueble resultante, de conformidad a lo prescrito en el artículo 15 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, con el objeto de determinar la extensión superfi cial real del mismo; en consecuencia, otórguese la correspondiente Escritura Matriz de Protocolización de Remedición del Inmueble, y a tal fi n SOLICITASE al señor Fiscal General de la República, que comparezca a iniciar, seguir y fenecer las Diligencias de Remedición del referido Inmueble; D) Respecto a las segregaciones de las porciones a donar al Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) y a la Alcaldía Municipal de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, se hace constar que se efectuarán de conformidad a lo que autoricen los decretos pertinentes emitidos por la Asamblea Legislativa para tal efecto. E) Asimismo se faculta al Licenciado Nelson Omar Guerra Trinidad, Jefe de la Unidad Jurídica del Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) para que ante sus ofi cios notariales se otorgue la Escritura de Reunión de Inmuebles antes referida, así como para que ante sus ofi cios notariales se inicien, sigan y fenezcan las Diligencias de Remedición del Inmueble resultante; y E) Será responsabilidad del Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) el presentar los planos de reunión y remedición al Centro Nacional de Registros, para su respectiva revisión y aprobación, así como el pago de Derechos de Registro para la inscripción de cada uno de los instrumentos; debiendo remitir fotocopias certifi cadas por Notario de cada Escritura, debidamente inscritas al Despacho Ministerial de este Ministerio. COMUNIQUESE. WJ Handal, Ministro de Hacienda.
31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
ACUERDO No. 697.-
San Salvador, 19 de julio de 2007.-
De conformidad a lo establecido en el Art. 26 lit. b) de la Ley del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión, creada mediante Decreto
Legislativo No. 775 de fecha 25 de abril de 1991, publicada en el Diario Ofi cial No. 90, Tomo 311 del 20 de mayo de 1991, modifi cada mediante De-
creto Legislativo No. 32 del 19 de junio de 1997, publicado en el Diario Ofi cial No. 127, Tomo No. 336 del 10 de julio de 1997. El Órgano Ejecutivo
en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Apruébase lo emitido en la Resolución No. 1-CDF-718/07 emitida por el Consejo Directivo del FOSEP el 5 de
julio de 2007, que dice:
“Conocida la solicitud del Ministerio de Economía (MINEC) presentada con el objeto de obtener recursos fi nancieros para la contratación de
los servicios de consultoría, para la elaboración del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336 KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA
ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO
(MCC), que forman parte de los Prediseños de 1,100 km. de Líneas de Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador,
bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto de Milenio (MCC)”, y analizado el documento FDI No. 18/07 preparado por la Administración del FOSEP en
el que se hace la relación del trámite de fi nanciamiento, el Consejo Directivo resuelve:
I- Asignar al Ministerio de Economía, en adelante denominado “El Benefi ciario”, la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS
DOS 66/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 66,902.66), con carácter reembolsable y con cargo a las re-
cuperaciones del Préstamo 860/SF-ES, o de otra de las fuentes de fondos del FOSEP que se encuentren disponibles a la fecha de los pagos,
para pagar la contratación del Consultor Ing. Pedro Salvador Manzano Reyes, para la elaboración del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO
DE 336 KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR,
BAJO LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1.100 km. de
Líneas de Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio
(MCC)”, bajo las condiciones siguientes:
A. MONTO MÁXIMO
Hasta la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS DOS 66/100 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 66,902.
66).
B. TASA DE SERVICIO
El Seis punto cinco por ciento (6.5 %) anual sobre saldos insolutos revisables Semestralmente.
C. COMISIONES:
De compromiso:
Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo, hasta el 31 de diciembre de 2007, revisable semes-
tralmente.
De Servicio:
Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo, hasta el 31 de diciembre de 2007, revisable semestral-
mente.
De Administración:
El tres por ciento (3 %) anual sobre saldos de cuotas vencidas.
32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
D. PLAZO
Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la fi rma del Contrato de Consultoría.
E. DESTINO
Los recursos de este fi nanciamiento únicamente podrán utilizarse para pagar el monto del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336
KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO
LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1,100 km. de Líneas de
Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio (MCC)”.
F. PERIODO DE DESEMBOLSOS
Máximo doce (12) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Benefi ciario en el Contrato de Consultoría, vencido dicho
plazo se prorrogará automáticamente por un período de seis meses, a partir de la fecha de su vencimiento.
G. FORMA DE DESEMBOLSO
1. Los desembolsos a efectuarse en virtud de este fi nanciamiento serán escalonados, de acuerdo al avance del estudio y deberán de estipularse en el Contrato de Consultoría. El FOSEP para hacer efectivos estos desembolsos, requerirá lo siguiente:
a) Solicitud de desembolso suscrita por el Representante del Benefi ciario, legalmente autorizado y aprobada por el Supervisor del
Estudio en original y una copia.
b) Acta del Comité Técnico de Seguimiento en la que se aprueba el informe correspondiente especifi cando los kilómetros de
prediseño realizado por el Consultor.
c) Recibo o Crédito Fiscal en original y una copia suscrito por el Representante Legal de la empresa consultora.
d) Para el pago del Informe Final y las retenciones será necesario contar con el Acta de aprobación del Informe Final, emitida
por el Comité Técnico de Seguimiento, Carta de Satisfacción del Propietario en que notifi ca la aprobación del mismo y la
autorización del pago del Informe Final por el Consejo Directivo del FOSEP.
2. El plazo para solicitar el primer desembolso no podrá exceder de sesenta (60) días a partir de la fecha de suscripción del “ES CON-
FORME” del Benefi ciario en el Contrato de Consultoría, exceptuando los casos de las fi rmas no domiciliadas.
H. CONDICIONES PREVIAS AL PRIMER DESEMBOLSO
Previamente al primer desembolso del fi nanciamiento el Benefi ciario deberá cumplir lo siguiente:
1. Designación del Funcionario que lo representará ante el FOSEP, con autorización para fi rmar solicitudes de desembolso.
2. Designación de un Técnico como Delegado ante el Comité Técnico de Seguimiento.
3. Designación de un Técnico con el cargo de Supervisor del estudio.
I. FORMA DE REEMBOLSO
Mediante catorce (14) cuotas semestrales, vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de
gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.
33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
J. OTRAS CONDICIONES
1. La evaluación, control y seguimiento técnico de cada uno de los estudios, estará a cargo del Comité Técnico de Seguimiento respectivo,
sujeto a las normas establecidas en el Reglamento Operativo del Programa de Preinversión FOSEP III y Contrato de Consultoría.
2. El Benefi ciario entregará al FOSEP dos ejemplares de cada uno de los informes parciales y del fi nal, presentados por el Consultor.
3. El Contrato de Consultoría estipulará que el pago fi nal no podrá ser menor del 10 % del costo total del estudio y que su desembolso
estará sujeto a la aprobación del Informe Final por parte del Comité Técnico de Seguimiento, el Propietario del Estudio y el Consejo
Directivo del FOSEP.
4. El Benefi ciario se compromete a que si después de efectuado el estudio, obtuviese los recursos necesarios para la inversión del pro-
yecto, y ésta incluyese recursos para preinversión, el saldo de este fi nanciamiento será reintegrado anticipadamente al FOSEP, con los
recursos del primer desembolso de la inversión.
5. El Benefi ciario mantendrá informado al FOSEP, de todas las actividades, avances, reuniones, correspondencia y otras que se generen
durante el desarrollo de los estudios.
6. El Benefi ciario se compromete a mencionar al BID y FOSEP como las entidades fi nancieras, en los informes parciales y fi nales de
los estudios, así como en la publicidad de cualquier clase que eventualmente se haga de los mismos.
7. El Benefi ciario proveerá al Comité Técnico de Seguimiento y al Supervisor del estudio, las facilidades de local, transporte, servicios
secretariales y otros que sean requeridos para el efi ciente desempeño de sus funciones.
K. SUSPENSIÓN DE DESEMBOLSOS
El FOSEP, se reserva el derecho de suspender los desembolsos de este fi nanciamiento, cuando compruebe que el Benefi ciario o los Con-
sultores Contratados no están cumpliendo a cabalidad las obligaciones contraídas.
II. Asignar al Ministerio de Economía, en adelante denominado “El Benefi ciario”, la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA
Y SIETE 35/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 8,697.35), con carácter reembolsable y con cargo a los
Recursos Propios del FOSEP, para pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), y completar
el monto total necesario para contratar el estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336 KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA
ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL
MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1,100 km. de Líneas de Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona
Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio (MCC), bajo las condiciones siguientes:
A. Monto Máximo
Hasta la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE 35/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
(US$ 8,697.35).
B. Tasa de servicio
El seis punto cinco por ciento (6.5 %) anual sobre saldos insolutos revisable semestralmente.
C. Comisiones
De compromiso:
Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo, hasta el 31 de diciembre de 2007, revisable semes-
tralmente.
34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
De Servicio:
Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo, hasta el 31 de diciembre de 2007 revisable semestral-
mente.
De Administración:
El tres por ciento (3 %) anual sobre saldos de cuotas vencidas.
D. Plazo
Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la fi rma del Contrato de Consultoría.
E. Destino:
Pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336
KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO
LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1.100 km., de Líneas de
Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio (MCC).
F. Período de Desembolsos:
Máximo doce (12) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Benefi ciario en el Contrato de Consultoría, vencido dicho
plazo se prorrogará automáticamente por seis meses a partir de la fecha de su vencimiento.
G. Forma de desembolso:
Los desembolsos serán escalonados, de acuerdo a la presentación del avance del estudio, de conformidad al literal G del Romano I de esta
Resolución.
H. Forma de Reembolso:
Mediante catorce (14) cuotas semestrales vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el periodo de
gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.
I. Condición Especial:
En el caso que la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), fuera modifi cada en su
porcentaje de pago, esta resolución se modifi cará en el monto necesario, de manera de que se pueda cumplir con la obligación que estipula
la Ley.
III. De acuerdo a lo establecido en el Artículo 16 literal i) de la Ley del FOSEP, autorízase al Presidente del FOSEP, para suscribir el Contrato
de Consultoría con el Consultor Ing. Pedro Salvador Manzano Reyes, para la realización del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336
KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO
LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1.100 km. de Líneas de
Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio (MCC).
COMUNÍQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República) El Ministro de Hacienda, WILLIAM JACOBO HANDAL HANDAL.
35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 654.
San Salvador, 5 de julio del 2007.
El Organo Ejecutivo en el Ramo de Economía, de conformidad con la Autorización de la Presidencia de la República No. 0467 de fecha 22 de
junio del 2007.
ACUERDA:
I - Legalizar la Misión Ofi cial del Licenciado EDUARDO ARTURO AYALA GRIMALDI, Viceministro de Economía, quien viajó a BERLIN,
ALEMANIA y BRUSELAS, BELGICA, los días del 9 al 16 de junio del 2007.
II - El objeto de la misión fue asistir a REUNION DE INTERCAMBIO DE OPINIONES SOBRE EL TEMA “RELACIONES COMERCIALES
ENTRE LA UNION EUROPEA Y CENTROAMERICA”.
III - Al Licenciado Ayala Grimaldi se le reconocieron: Tres cuotas de viáticos adicionales por los días del viaje $ 780.00 más cuota fi ja para
gastos terminales $ 45.00, fi nanciados con recursos del Fondo General, los demás gastos fueron fi nanciados en su totalidad con fondos del
Gobierno de ALEMANIA. COMUNIQUESE. BLANCA IMELDA DE MAGAÑA VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.
ACUERDO No. 15 - 0769.-
San Salvador uno de junio del 2007.
LA MINISTRA DE EDUCACION, en uso de las facultades legales que le confi ere el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERAN-
DO: I) Que con fecha nueve de diciembre del año dos mil cinco, se emitió el Decreto Legislativo Numero ochocientos noventa y cinco, publicado en
el Diario Ofi cial número Doce, Tomo trescientos setenta, de fecha dieciocho de enero del dos mil seis; II) Que dicho Decreto contiene disposiciones
de excepción y transitorias, que permiten que todas las personas que sin estar inscritas en el registro escalafonario, estén ejerciendo la docencia a la
fecha de la vigencia de la Ley de la Carrera Docente, continuarán desempeñando sus cargos y tendrán los derechos y obligaciones establecidos, pero el
Ministerio de Educación dictará las disposiciones necesarias que obliguen a aquellas a regular su situación, antes del treinta y uno de diciembre del año
dos mil siete; III ) Que en vista de lo anterior es procedente emitir por parte de este Ministerio una normativa que se denomina NORMATIVA PARA
LA APLICACIÓN DEL DECRETO OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO, REFERENTE A LA LEGALIZACIÓN DEL ESTATUS LABORAL DE
LOS DOCENTES IDONEOS; POR TANTO: ACUERDA: I ) Aprobar en todas y cada una de sus partes la NORMATIVA PARA LA APLICACIÓN
DEL DECRETO OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO, REFERENTE A LA LEGALIZACIÓN DEL ESTATUS LABORAL DE LOS DOCENTES
IDONEOS, la cual será de carácter obligatorio para todas las personas que sin estar escalafonadas, han estado ejerciendo la docencia antes y después
de la vigencia de la Ley de la Carrera Docente; COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.
ACUERDO No. 086.
SAN SALVADOR, 19 de julio de 2007.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las disposiciones especiales 1ª.- a), 2ª.-, 3ª.-, 4ª.- a), 5a.- a) 5., y
10ª.-, del Acuerdo Ministerial No. 1723 de fecha veinticinco de octubre de dos mil seis, ACUERDA: OTORGAR al señor Tcnel. Inf. DEM JOSÉ
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ANTONIO LEIVA LOBATO, Profesor Militar Invitado del Reino de España, la Condecoración ESTRELLA “POR SERVICIOS DISTINGUIDOS”,
por estrechar relaciones y contribuir al fortalecimiento de la Fuerza Armada de El Salvador en el campo docente como Profesor Militar Invitado del
CODEM. OTTO ALEJANDRO ROMERO ORELLANA, GENERAL DE DIVISION, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
ACUERDO No. 087.
San Salvador, trece de julio del año dos mil siete.-
EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución del Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veintidós de las Dili-
gencias Promovidas por la señora CARLOTA ISABEL MEJIA DE PINEDA hoy Viuda de PINEDA, conocida por CARLOTA ISABEL MEJIA, con
Documento Unico de Identidad Número 02408424-6, en calidad de esposa del extinto Miembro de Escoltas Militares de Barrio, Colonia y Cantón,
señor LUIS HERMINIO PINEDA IRAHETA, conocido por LUIS HERMINIO PINEDA.
CONSIDERANDO:
1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 447 de fecha once de
diciembre de 1985, que éste falleció a las quince horas con diez minutos del día 10 de junio del 2007, a consecuencia de Paro Respiratorio
por Infarto al Miocardio, con asistencia médica, lo que comprueba con la Certifi cación de la Partida de Defunción contenida a folio dos
extendida en la Alcaldía Municipal de San Isidro, Departamento de Cabañas, extendida el doce de junio de dos mil siete, que la señora
CARLOTA ISABEL MEJIA DE PINEDA hoy Viuda de PINEDA, conocida por CARLOTA ISABEL MEJIA, fue esposa del fallecido
pensionado señor LUIS HERMINIO PINEDA IRAHETA, conocido por LUIS HERMINIO PINEDA, vínculo que comprueba por medio
de la Certifi cación de la Partida de Matrimonio, contenida a folio tres extendida en la Alcaldía Municipal de San Isidro, Departamento de
Cabañas, extendida el doce de junio del dos mil siete.
2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980,
publicado en el Diario Ofi cial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha, artículo uno del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo
de 1989; el Instructivo No. 5061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20
de noviembre de 1996, y el Dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en ofi cio No. 0922 de fecha 04 de julio del 2007, en
que se establece que se procede acceder a lo solicitado.
POR TANTO.
En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas:
ACUERDA:
Asignar a partir del día 10 de junio 2007, a favor de la señora CARLOTA ISABEL MEJIA DE PINEDA hoy Viuda de PINEDA, conocida por
CARLOTA ISABEL MEJIA, el MONTEPIO MILITAR MENSUAL de TREINTA Y CUATRO DOLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE
DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio
de Hacienda. COMUNIQUESE. (RUBRICADO POR EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y COMANDANTE GENERAL DE LA
FUERZA ARMADA). ABREGO ABREGO, VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
ACUERDO No. 1097-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha cinco
de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FRANCISCO ULISES RAMIREZ IGLESIAS, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- G. A. ALVAREZ.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- -GUZMAN U. D.
C.- M. TREJO.- M. POSADA.-Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011728)
ACUERDO No. 1108-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha dieci-
nueve de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado HECTOR ALFREDO LOPEZ ASCENCIO, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.-VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN
U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.
RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011740)
ACUERDO No. 1167-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha quince de
marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado LUIS GERARDO CELIS BLOMGREN, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMU-
NIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U.D.C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA
A.- M. POSADA.-E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011715)
ACUERDO No. 1210-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha ocho
de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado DOUGLAS GEOVANNY CAMPOS VASQUEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.-COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A.
CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.”
(Registro No. F011754)
38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ACUERDO No. 1238- D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha dieciocho
de abril del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANNA NANCY JUAREZ MONTOYA, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- M. E. M. DE C.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- S. DE
MADRIZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- M. E. LEMUS.
(Registro No. F011744)
ACUERDO No. 1245- D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha vein-
tisiete de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARIA ROSALINA PEREIRA PEREIRA, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.-COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A.
CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011723)
ACUERDO No. 1262-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha veintidós
de febrero del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARITZA DEL CARMEN LOPEZ AVILES, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- G. A. ALVAREZ .- VELASCO.- P. J.- VALDIV.-
GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
( Registro No. F011703)
ACUERDO No. 1267- D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha dieciséis
de abril del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada EDHA CRISTINA MARTIR GOMEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- M. E. M. DE C.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- S. DE
MADRIZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- M. E. LEMUS.
(Registro No. F011694)
ACUERDO No. 1307- D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha doce
de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA JULIA GUEVARA DE MARQUINA, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- P.J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011722)
39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIAS
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-
CANOS, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte
minutos del día veintiséis de junio del presente año, se tuvo por aceptada
expresamente la herencia intestada y con benefi cio de inventario de los
bienes que a su defunción dejó el causante ROBERTO MARTINEZ
conocido por ROBERTO MARTINEZ ARIAS, quien falleció a las doce
horas del día treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y
nueve, en el Hospital Nacional Zacamil, siendo Mejicanos, su último
domicilio, de parte de la señora MARIA CECILIA LOPEZ VIUDA
DE MARTINEZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente. Se confi rió
además a la aceptante en el carácter antes indicado la Administración y
Representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida
herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del
término de quince días contados a partir de la última publicación del
presente Edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas
y diez minutos del día veintiséis de junio de dos mil siete.- Lic. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN
ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 723-1
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-
CANOS, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte
minutos del día trece de junio del presente año, se tuvo por aceptada
expresamente la herencia intestada y con benefi cio de inventario de los
bienes que a su defunción dejó el causante SANTOS AVALOS conocido
por SANTOS AVALOS FLORES, quien falleció a la primera hora y diez
minutos del día diecinueve de diciembre de mil novecientos noventa y
seis, en Hospital del Seguro Social, siendo Mejicanos, su último domicilio,
de parte de la señora CRISTINA PERAZA conocida por CRISTINA
PERAZA MARTINEZ y de las menores KAREN TATIANA y LILIANA
LISBETH, ambas de apellidos AVALOS PERAZA, la primera en su con-
cepto de conviviente sobreviviente y las menores en su carácter de hijas
del causante, y como cesionarias del derecho hereditario que en dicha
mortual le correspondía a la señora VICTORIANA FLORES conocida
por VICTORIANA FLORES DE AVALOS como madre del causante.
Se confi rió además a las aceptantes en el carácter antes indicado la
Administración y Representación interina de la sucesión con las facul-
tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo
ejercerla las menores a través de su representante legal señora CRISTINA
PERAZA conocida por CRISTINA PERAZA MARTÍNEZ
Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida
herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del
término de quince días contados a partir de la última publicación del
presente Edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas
y diez minutos del día catorce de junio de dos mil siete. Lic. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN
ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 724-1
TITULOS SUPLETORIOS
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO,
HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado el Licenciado
Fredy Mauricio Calderón Sierra, en su carácter de Agente Auxiliar del
señor Procurador General de la República, en nombre y representación
del señor JOSÉ OVIDIO MAZARIEGO ORTIZ, solicitando obtener a
favor de dicho señor título supletorio de un inmueble de naturaleza rústica,
situado en el Cantón San José, jurisdicción de Concepción de Ataco,
departamento de Ahuachapán, el cual tiene una extensión superfi cial de
doce mil trescientos treinta y ocho punto veintiséis metros cuadrados, que
linda así: AL NORTE, con Nora Arriaza de Quintanilla, AL ORIENTE,
Con María Eloísa Fagioli de Montes, camino de por medio, AL SUR,
con Ángela Pineda de Fagioli y AL PONIENTE, con Aída Guillermina
Monroy viuda de Granados.
40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de
ley.
Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las catorce horas diez mi-
nutos del día veintiocho de mayo del año dos mil siete.- Dr. JULIO
CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.-INOCENTE GRANILLO
CASTELLON, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 725-1
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los Infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de
la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de
la ley de esta Institución, EMPLAZAN: a los señores: MARIA ISABEL
LOPEZ ALFARO y CECILIO HERNANDEZ, o a sus representantes,
para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de
este edicto, comparezcan a manifestar su defensa en el presente Juicio
de Cuentas que se sigue en su contra por su actuación como Síndico
Municipal y Sexto Regidor respectivamente, en la Municipalidad de
San Juan Nonualco, Departamento de La Paz, durante el período del
uno de agosto de dos mil dos al treinta de abril de dos mil tres; Dicho
Juicio tiene por base legal el Pliego de Reparos No. II-JC-35-2007, el
que contiene dos reparos, Responsabilidad Patrimonial por la cantidad
de diez mil ciento sesenta y un dólares con cinco centavos ($10,161.05).
y Responsabilidad Administrativa.
Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de
Cuentas de la República: San Salvador, a las once horas del día veinte
de julio de dos mil siete.
Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,
JUEZ DE CUENTAS.
Lic. WILFREDO BONIFACIO CORDOVA,
JUEZ DE CUENTAS.
Licda. BIRMANESA NELSY MANCIA,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No.726
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los Infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de
la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88
de la Ley de esta Institución, EMPLAZAN: a la señora: CLAUDIA
ARELY PEÑA CRUZ, para que dentro de los cinco días siguientes a
la publicación de este edicto, comparezca a manifestar su defensa en el
presente Juicio de Cuentas, que se sigue en su contra por su actuación
como Quinta Regidora, en la MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN,
DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, durante el período del uno de
enero de dos mil cuatro al treinta y uno de enero de dos mil seis. Dicho
Juicio tiene por base legal el Pliego de Reparos No. II-JC-40-2007,
con Responsabilidad Patrimonial por la cantidad de OCHO MIL SEIS-
CIENTOS TREINTA Y OCHO DOLARES CON DOS CENTAVOS
($8,638.02) y Responsabilidad Administrativa.
Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de
Cuentas de la República: San Salvador, a las diez horas con veintiséis
minutos del día doce de julio de dos mil siete.
Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,
JUEZ.
Lic. WILFREDO BONIFACIO CORDOVA,
JUEZ.
Licda. BIRMANESA NELSY MANCIA,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 727
41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con
benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JUAN
CARLOS DUBON AYALA, que falleció el día trece de julio de dos
mil seis, en el Hospital Nacional de Jiquilisco, habiendo como último
domicilio esta ciudad, por parte de los menores ALLISON XIOMARA
y JUAN CARLOS, ambos de apellido DUBON VASQUEZ, en concepto
de hijos del causante y representados por su madre señora MARINA
DE JESUS VASQUEZ DE DUBON o MARINA DE JESUS VASQUEZ
MENDOZA; y se ha conferido a los aceptantes, interinamente, la admi-
nistración y representación de la sucesión.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintitrés días del
mes de mayo de dos mil siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ
DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 714-2
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día vein-
titrés de marzo de este año, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario, la herencia intestada, que dejó LUIS ALONSO
CERON o LUIS ALONSO CERON VASQUEZ, fallecido el diez de
noviembre de dos mil seis, en Calle Principal, Cantón Las Animas de
Santiago Nonualco, su último domicilio, por parte de la menor MARLENE
CAROLINA CERON MEJIA, en concepto de hija del causante; repre-
sentada dicha menor por la Lic. LOYDA MARGARITA AREVALO
PORTILLO, en concepto de Agente Auxiliar del señor Procurador de
la República. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora
y representante de la sucesión y con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de abril de dos mil
siete. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 715-2
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con
benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor MARIANO
ALIRIO MARTÍNEZ MENJIVAR, que falleció el día cinco de junio de
dos mil cinco, en el cantón Penitente Arriba de esta jurisdicción, su último
domicilio, por parte de la señora MARIA DOLORES RUANO PÉREZ, y
de los menores YEISON ALIRIO, YENIFER ALICIA, JORDAN ALIRIO
y MARIANA ELIZABETH, todos de apellido RUANO MARTÍNEZ, la
primera en concepto de conviviente, y los menores, representados por su
madre señora Ruano Pérez mencionada, en concepto de hijos del fi nado;
y se les ha conferido la administración y representación interinas de la
sucesión.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los tres días del mes
de julio de dos mil siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO
CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 716-2
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con
benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor BRAULIO
HERNÁNDEZ, que falleció el día diez de septiembre de mil novecientos
ochenta, en el cantón Pineda de esta jurisdicción, su último domicilio, por
parte de su hijo señor OVIDIO PABLO HERNÁNDEZ, a quien se le ha
conferido la administración y representación interinas de la sucesión.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente día
de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los tres días del mes
de julio de dos mil siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO
CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 717-2
42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,
AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con
benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora MARIA
JUSTA ALVARADO, conocida por MADRIA JUSTA ALVARADO DE
RENDEROS, MARIA ALVARADO y por MARIA ALVARADO DE
RENDEROS, que falleció el día veintitrés de julio de mil novecientos
noventa y tres, en el cantón San Rafael, jurisdicción de esta ciudad,
su último domicilio, por parte de la señora VIRGINIA RENDEROS
ALVARADO, en concepto de hija de la causante; y se le ha conferido
la administración y representación interinas de la sucesión.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los tres días del mes
de mayo de dos mil siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE
LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 718-2
TITULO SUPLETORIO
El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licencia-
da Loyda Margarita Arévalo Portillo, en concepto de Agente Auxiliar
del señor Procurador General de la República y en representación de
la señora CARMEN TEJADA DE CASTILLO o CARMEN TEJADA
GAMEZ, solicitando a favor de su representada título supletorio de un
inmueble rústico, situado en el Cantón San Juan Nahuistepeque, San Pedro
Nonualco, de una capacidad superfi cial de SEISCIENTOS NOVENTA Y
UNO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, aproximada-
mente; que mide y linda: NORTE, veintiún metros diez centímetros, con
David Meléndez y Carretera Nacional de por medio; ORIENTE, treinta
y cuatro metros, antes con Rubenia María Díaz Bayona, actualmente
con David Meléndez; SUR, veintidós metros diez centímetros, antes
con Irma Elizabeth Valencia de Gómez, actualmente con Rubenia María
Díaz Bayona, quebrada de invierno de por medio; y PONIENTE, treinta
y tres metros ochenta y cinco centímetros, antes con Carlos Montoya
Mendoza, actualmente con Francisco Merino y Carretera de por medio.
Dice la solicitante que su representada adquirió dicho terreno por compra
que de ella hizo al señor NICOLÁS MELÉNDEZ.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dos de julio de dos mil
siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE
ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 719-2
SUBASTA PÚBLICA
ÁNGELA DEL CARMEN TORRES DE ALBERTO, JUEZA DE
LO LABORAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL
PÚBLICO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída el
día diez de julio del año dos mil siete, en el Juicio Individual de Trabajo,
promovido por la Procuradora de Trabajo, Licenciada DINA GEMALY
HERNÁNDEZ GUADRÓN, en nombre y representación de la trabajadora
BLANCA ISABEL RIVERA CARDOZA, contra el señor RICARDO
ARTURO CAMPOS RODRÍGUEZ, reclamando indemnización por des-
pido de hecho y otras prestaciones laborales, según Exp. No. 279/05.- Se
venderá en pública subasta el: A) 1 esmeril de 2 piezas una ordinaria
y una fi na, marca Gruender, B) 1 conjunto para motor de carro, marca
Nissan para rectifi cado de motor, C) 1 pieza conocida como Maxi freno,
y D) 10 cajas de empaques Air Masters.
Librado en el Juzgado de lo Laboral: Santa Ana, a las quince ho-
ras y cincuenta minutos del día diez de julio del dos mil siete.- Licda.
ÁNGELA DEL CARMEN TORRES DE ALBERTO, JUEZA DE LO
LABORAL.- Lic. JAIME ERNESTO URRUTIA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 720-2
DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIAS
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PU-
BLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su
defunción acaecida, el día diecinueve de septiembre de dos mil cinco,
en el Cantón Tronalagua de esta jurisdicción, siendo Sensuntepeque,
Departamento de Cabañas su último domicilio; dejó el señor JOSE JOR-
GE FERNANDEZ ORTIZ, quien fue de setenta y seis años de edad,
soltero, jornalero, hijo de Félix Fernández y Julia Ortíz, originario de
esta ciudad; de parte de la señora MARIA FERMINA MOLINA DE
BELTRAN, como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad
43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
de hermana del causante le correspondían a la señora MARIA JULIA
FERNANDEZ VIUDA DE MOLINA, representada por la Licenciada
MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Agente Auxiliar
del señor Procurador General de la República. Habiéndosele conferido a
la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
quince días del mes de junio de dos mil siete. Lic. JOSE ANGEL PO-
SADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTERINO.
Of. 3 v. alt. No. 698-3
TITULOS SUPLETORIOS
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada
MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, en calidad de Agente
Auxiliar del Procurador General de la República, en representación del
señor LUCAS GARCIA ESCALANTE, de sesenta y un años de edad,
Jornalero, del domicilio de Victoria, con residencia en el Cantón San
Antonio, Caserío San Francisco, Jurisdicción de Victoria, Departamento
de Cabañas, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, a favor
del expresado señor GARCIA ESCALANTE, de un inmueble de natu-
raleza rústica, situado en el Cantón San Antonio de la Jurisdicción de
Victoria, departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial de DOS
MIL SETECIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS, de los
linderos y colindancias siguientes: AL ORIENTE, veintiocho metros,
con terreno de José Israel Escalante, quebrada de por medio; AL SUR,
setenta y dos metros, con terreno de Enrique Hernandez Escobar, cerco
de piña de por medio; AL PONIENTE, dos tramos así, uno de sur a norte,
dieciséis metros, con José Luis Baires Escobar, camino vecinal de por
medio y dos, de cincuenta y siete metros de sur a norte, separados por
cerco de alambre; Y AL NORTE, treinta y seis metros, con la Asociación
de Desarrollo Comunal del Caserío San Francisco, divididos por cerco
de alambre. Tiene como accesorio construida una casa de sistema de
adobe, techo de tejas con dos corredores. Lo adquirió por compra que
le hizo al señor ERNESTO ESCALANTE PORTILLO, en el año de dos
mil cinco. Lo valora en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
cinco días del mes de julio de dos mil siete. Lic. JOSE ANGEL POSADA
CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO ERNESTO
MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTO.
Of. 3 v. alt. No. 699-3
HERENCIA YACENTE
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos
del día siete de junio del corriente año, se ha declarado yacente la herencia
que a su defunción dejó la señora LAURA ILDEFONSA VAQUERANO
conocida por LAURA VAQUERANO DE CUELLAR, quien fue LAURA
ILDEFONSA VAQUERANO conocida por LAURA VAQUERANO DE
CUELLAR. mayor de edad, de ofi cios domésticos, fallecida a las diez
horas del día once de abril del año de mil novecientos ochenta y dos, en
el Cantón San Pedro, jurisdicción de Apastepeque, de este departamento,
lugar de su último domicilio; y habiendo transcurrido el término de ley
sin que persona alguna se haya presentado aceptando su herencia, en
consecuencia de conformidad con el Art. 1164 C., declárase yacente tal
herencia, se ha nombrado curador de la misma para que represente a la
sucesión, al Licenciado ERNESTO ANTONIO SOTO IBARRA, quien
es mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Vicente, a quien deberá
hacérsele saber este nombramiento en Quinta calle Oriente número diez
guión A, contiguo al Centro Judicial, de esta ciudad, para su aceptación
y demás efectos legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas
veinte minutos del día siete de junio del año dos mil siete.- Dra. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 702-3
44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIAS
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las nueve horas cuarenta y siete minutos del día tres de julio del corriente
año, se han declarado herederas abintestato, con benefi cio de inventario,
de la herencia intestada dejada a su defunción por la causante ANGELA
SANCHEZ ROMERO, ocurrida el día veintiuno de septiembre de dos
mil seis, en esta ciudad, siendo Colón el lugar de su último domicilio,
a las señoras MARTA ROMERO, TERESA ROMERO DE RAMOS,
MARIA MAGDALENA ROMERO, ANA ISABEL ROMERO DE
MELENDEZ y MARIA REYNA ROMERO o MARIA REYNA RO-
MERO DE RODRIGUEZ, en calidad de hijas de la causante; y se ha
conferido a las herederas declaradas, la administración y la representación
defi nitivas de la sucesión.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas
treinta y cinco minutos del día diecisiete de julio de dos mil siete.- LIC.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
1 v. No. F011700
SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, Notario, de este domicilio,
con despacho notarial ubicado en Edifi cio Banco Salvadoreño, Avenida
Monseñor Oscar A. Romero, número ciento veintinueve local trescientos
sesenta y dos, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las nueve horas y diez minutos del día veinticinco de mayo del año dos
mil siete, se ha declarado al señor RUFINO BELTRÁN ROJAS, heredero
defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción,
en el Cantón Candelaria Jurisdicción de San Francisco Chinameca,
departamento de La Paz, su último domicilio, el día catorce de enero
de mil novecientos ochenta y nueve, dejara el señor RAMON ROJAS
LOPEZ, en su concepto de hijo sobreviviente del causante; habiéndole
concedido la representación y administración defi nitiva de la referida
sucesión intestada.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, a los treinta de mayo del año dos mil
siete.-
LICDA. SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011712
LUIS YULBRAN SILVA FLORES, Notario, de este domicilio y de San
Salvador, con ofi cina profesional ubicada en Avenida Quince de Sep-
tiembre, número Cinco, Barrio Mercedes de la ciudad de Tonacatepeque,
departamento de San Salvador, al público,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las siete horas y treinta minutos del día veinticuatro de julio de dos mil
siete, se ha declarado a la señora ROSA ELENA TORRES VIUDA DE
TORRES conocida por ROSA TORRES, ROSA ELENA TORRES y
45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
ROSA ELENA TORRES DE TORRES, Heredera Defi nitiva con benefi cio
de inventario, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el
Cantón Veracruz de la ciudad de Tonacatepeque, departamento de San
Salvador, a las dos horas del día seis de noviembre de dos mil siete, siendo
dicha ciudad su último domicilio, dejara el señor LADISLAO TORRES
conocido por LADISLAO TORRES TORRES, en su calidad de cónyuge
sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la Administración y
representación defi nitiva de la referida sucesión.-
Librado en la ciudad de Tonacatepeque, departamento de San
Salvador, a los veinticuatro días del mes de julio de dos mil siete.-
LIC. LUIS YULBRAN SILVA FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F011718
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLEN-
TE DE ESTE DISTRITO:
AVISA: Que por resolución de las nueve horas cuarenta y cinco
minutos del día veinticinco de Mayo del presente año ha sido declarada
heredera abintestato con benefi cio de inventario de la herencia dejada
por el señor FELIPE MORAN PEREZ, fallecido el día siete de Julio de
mil novecientos noventa y tres en esta ciudad, siendo la Población de
Sonzacate su último domicilio, a la señora GILBERTA ZEPEDA, en
concepto de Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en la referida
herencia le correspondían al señor Fernando Zepeda Morán, éste como
hijo del Causante.-
Se ha conferido a la heredera declarada la administración y
representación defi nitivas de la sucesión.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día diecio-
cho de Junio del año dos mil siete.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ
HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. CECILIA DEL
CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
1 v. No. F011775
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIME-
RA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE,
DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS
EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce
horas de este día, se ha declarado heredero abintestato y con benefi cio
de inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción
acaecida, el día veinticuatro de septiembre de dos mil seis, en Guacotecti,
Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio;
dejó la señora VICTORIA REYES DE BARRERA o VICTORIA REYES
o VICTORIA REYES RUIZ DE BARRERA, quien fue de sesenta y cuatro
años de edad, casada, de ofi cios domésticos, hija de Onofre Antonio Reyes
y Telesfora Ruíz, originaria de Guacotecti, Departamento de Cabañas;
de parte del señor JUAN JOSE BARRERA, en calidad de cónyuge de
la causante. Habiéndosele conferido al heredero la administración y
representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
dieciséis días del mes de julio de dos mil siete. LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. F011788
46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PU-
BLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce
horas con diez minutos de este día, se ha declarado heredera abintestato
y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los bienes que a
su defunción acaecida, el día dos de julio de dos mil seis, en esta ciudad,
siendo el mismo lugar su último domicilio; dejó el señor ANDRES AL-
BERTO MARTINEZ MARTINEZ, quien fue de treinta y seis años de
edad, casado, comerciante, hijo de Agapito Alfaro Martínez, conocido
por Agapito Martínez; y Marcelina Martínez de Alfaro, conocida por
Marcelina Martínez, originario de esta ciudad; de parte de la señora
MARIA PASTORA MERCADO DE MARTINEZ, en calidad de cónyuge
del causante. Habiéndosele conferido a la heredera la administración y
representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
dieciséis días del mes de julio de dos mil siete. LIC. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTERINO.-
1 v. No. F011789
El suscrito Notario, RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO, con
Ofi cina Profesional situada en Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Ro-
mero Edifi cio Ciento Veintinueve, Tercer Nivel número Trescientos
Diecinueve, de esta ciudad,
HACE SABER: Que de conformidad con la prueba presentada y
constando que han transcurrido más de quince días después del aviso de
haber tenido por aceptada expresamente de parte de la señora MARTA
VIRGINIA CABRERA MOLINA DE GIRON, como heredera y como
cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora
MARTA DOLORES MOLINA DE CABRERA, la herencia intestada
que a su defunción, dejó el señor ARMANDO CABRERA ARTIGA,
conocido por ARMANDO CABRERA y también por ARMANDO
ARISTIDES CABRERA ARTIGA, fallecido en la ciudad de San Sal-
vador, siendo su último domicilio en Colonia Quezaltepec, Pasaje “O”,
casa número ocho, Santa Tecla, Departamento de La Libertad, sin que
dentro de dicho término se haya presentado persona alguna a alegar igual
o mejor derecho; por resolución de las quince horas del día diez de julio
de este año, de conformidad con el Artículo Mil Ciento Sesenta y Cinco
del Código Civil y Artículo Diecinueve de la Ley del Ejercicio Notarial
de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias, ha sido declarada
HEREDERA DEFINITIVA, con benefi cio de inventario la señora MARTA
VIRGINIA CABRERA MOLINA DE GIRON, de los bienes que a su
defunción dejó el señor ARMANDO CABRERA ARTIGA, conocido
por ARMANDO CABRERA y también por ARMANDO ARISTIDES
CABRERA ARTIGA, quien fue de ochenta años de edad, Sastre, fallecido
en esta ciudad, a las dieciséis horas del día nueve de diciembre de dos mil
seis, siendo su último domicilio en Colonia Quezaltepec, Pasaje “O”, casa
número ocho, Santa Tecla, Departamento de La Libertad, habiéndosele
conferido la administración y representación defi nitiva de la sucesión y
ordenado dar los avisos correspondientes.
Librado en San Salvador, a los veinte días del mes de julio de dos
mil siete.
RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO,
NOTARIO.
1 v. No. F011795
47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
El suscrito Notario, RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO, con
Ofi cina Profesional situada en Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Romero
número Ciento Veintinueve, Edifi cio Banco Salvadoreño, Tercer Nivel
número Trescientos Diecinueve, de esta ciudad,
HACE SABER: Que de conformidad con la prueba presentada y
constando que han transcurrido más de quince días después del aviso
de haber tenido por aceptada expresamente de parte del señor PEDRO
RIVERA TURCIOS, la herencia intestada de los bienes que a su defun-
ción dejó la causante señora TELMA ISABEL MELGAR DE RIVERA,
fallecida a las diecinueve horas cero cero minutos del día catorce de marzo
de dos mil siete, en Cantón Las Piedras, jurisdicción de la Villa de Santa
Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, siendo este mismo su último
domicilio, sin que dentro de dicho término se haya presentado persona
alguna a alegar igual o mejor derecho, por resolución de las nueve horas
del día once de julio de este año, de conformidad con el Artículo Mil
Ciento Sesenta y Cinco del Código Civil y Artículo Diecinueve de la Ley
del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias,
han sido declarado HEREDERO DEFINITIVO con benefi cio de inventario
al señor PEDRO RIVERA TURCIO, de los bienes que a su defunción
dejó la causante TELMA ISABEL MELGAR DE RIVERA, quien fue
de cuarenta años de edad, ofi cios domésticos, fallecida a las diecinueve
horas cero cero minutos del día catorce de marzo de dos mil siete, en
Cantón Las Piedras, jurisdicción de la Villa de Santa Isabel Ishuatán,
Departamento de Sonsonate, siendo este mismo su último domicilio,
habiéndosele conferido la administración y representación defi nitiva de
la sucesión y ordenado dar los avisos correspondientes.-
Librado en San Salvador, a los veinte días del mes de julio de dos
mil siete.-
RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO,
NOTARIO.
1 v. No. F011796
RAUL ANGEL CALDERON, Notario, de este domicilio, con despacho
notarial ubicado en Trece Calle Oriente y Pasaje Sagrera, Centro Comercial
Metro España, Local Doscientos Uno, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las catorce horas, del día catorce de julio del dos mil siete, se han De-
clarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario a los señores
IRMA ROXANA TINOCCO GUIROLA y FRANCISCO RODRIGO
GUIROLA BEECHE, de la herencia testamentaria que a su defunción,
ocurrida en el Hospital Militar de esta ciudad, a las tres horas del día
veintiséis de marzo del dos mil siete, dejó el señor RAFAEL ANGEL
RAMON CRESCENCIO GUIROLA C/P RAFAEL GUIROLA, quien
fue de ochenta y siete años de edad, Agricultor, originario de Nueva San
Salvador hoy Santa Tecla, siendo su último domicilio la ciudad de San
Salvador, de parte de los señores IRMA ROXANA TINOCCO GUIRO-
LA y FRANCISCO RODRIGO GUIROLA BEECHE, en su concepto
de herederos testamentarios del causante; habiéndoles concedido la
Representación y Administración defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los catorce días del mes
de julio del dos mil siete.
RAUL ANGEL CALDERON,
NOTARIO.
1 v. No. F011802
JUANA DOLORES LOPEZ REYES, NOTARIO, DEL DOMICILIO
DE SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, con
ofi cina en Pasaje 3, No. 15-A, Urbanización Santa Adela, Centro de
Gobierno, Ciudad.
AVISA: Que por resolución dictada por la suscrita a las trece ho-
ras de este día, ha declarado heredera con benefi cio de inventario de la
herencia intestada que dejó la causante señora MARIA MARGARITA
RODRIGUEZ, conocida por JUANA MARGARITA RODRIGUEZ,
defunción ocurrida el día cinco de febrero de mil novecientos noventa
y siete, en Reparto Guadalupe, Jurisdicción de Soyapango, Departamento
de San Salvador, siendo ese su último domicilio; a la señora ROSA AL-
BERTA RODRIGUEZ DE CHAVEZ, en concepto de hija de la de cujus;
a quien se le ha conferido la administración y representación defi nitiva
de los bienes de la sucesión.
48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Lo que hace saber para los efectos de ley.
San Salvador, diecisiete de julio de dos mil siete.
JUANA DOLORES LOPEZ REYES,
NOTARIO.
1 v. No. F011803
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-
CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, este mismo
día, ha sido declarado heredero abintestato y con benefi cio de inventario de
la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día seis de noviembre
del dos mil cuatro en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo
el Cantón Primavera de esta jurisdicción el lugar de su último domicilio,
dejó la señora ILDA DEL CARMEN CRUZ conocida por ILDA DEL
CARMEN CRUZ DE CUELLAR, HILDA DEL CARMEN CRUZ e
HILDA DEL CARMEN CRUZ DE CUELLAR a: FREDY OBDULIO
CUELLAR CRUZ, en su calidad de hijo de la causante antes referida
confi riéndosele DEFINITIVAMENTE la Administración y Representa-
ción de la Sucesión expresada.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las quince horas con veinte minutos del día cinco de junio del
año dos mil siete. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS
DE GARCIA, SECRETARIO.
1 v. No. F011830
Licenciada BESSIE LIZET BONILLA DE REGALADO, Notario, del
domicilio de Santa Ana, con ofi cina establecida en Urbanización Altos
del Palmar, Block “B”, Polígono uno casa número once de la ciudad de
Santa Ana, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario proveída
a las diez horas del día veintitrés de Julio del año dos mil siete, se ha
declarado heredera defi nitiva Ab- intestato, con benefi cio de inventario
del señor JOSE JULIO MORAN conocido por JULIO CRUZ y JULIO
CRUZ MORAN, quien falleció el día seis de mayo de mil novecientos
noventa y tres, en la Ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio
el Cantón Nancintepeque, Departamento de Santa Ana, a la señora MA-
RIA DE LOS ANGELES GUIROLA CRUZ hoy de PORTILLO, en su
calidad de hija del causante y se le confi rió a la heredera declarada la
administración y representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en la ofi cina del Notario Bessie Lizet Bonilla de Regalado,
a las ocho horas del veinticuatro de Julio del año dos mil siete.
Lic. BESSIE LIZET BONILLA DE REGALADO,
NOTARIO.
1 v. No. F011833
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve
horas y cincuenta minutos de este día, se ha declarado heredero defi nitivo
con benefi cio de inventario en la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante señor CRESENCIO PEREZ, ocurrida el día catorce
de mayo del año de mil novecientos cincuenta, en el Cantón La Ceiba,
jurisdicción de Candelaria de este Departamento; al señor TEODORO
PEREZ NAVIDAD, en su carácter de hijo sobrevivientes del referido
causante; Habiéndose conferido al aceptantes la administración y repre-
sentación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas
del día trece de julio del año dos mil siete. Lic. MANUEL PAZ CANA-
LES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA,
SECRETARIO.
1 v. No. F011849
49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
ACEPTACION DE HERENCIAS
RINA MARGARITA ASCENCIO MUÑOZ, Notario, de este domicilio,
con despacho notarial ubicado en la Veintisiete Calle Poniente número
cuatrocientos ocho,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario proveída
a las nueve horas del día veinticuatro de julio del año dos mil siete, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Neumológico
del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de San Salvador, a las quince
horas con diez minutos del día once de mayo del dos mil siete, dejó
el señor RAMON LOPEZ CHAVEZ, de parte de las señoras MARIA
TERESA RODRÍGUEZ DE LOPEZ, MARIA ROSARIO LOPEZ
RODRÍGUEZ, MARTA SILVIA LOPEZ RODRIGUEZ, ANA MARINA
RODRIGUEZ LOPEZ, hoy DE CHEVEZ, y SANDRA ELIZABETH
LOPEZ RODRÍGUEZ; la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente,
y las demás de hijas sobrevivientes del causante, habiéndose conferido
interinamente la administración y representación de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en San Salvador el día veinticuatro de julio del año dos
mil siete.
RINA MARGARITA ASCENCIO MUÑOZ,
NOTARIO.
1 v. No. C011030
JOSE SALVADOR CAZUN, Notario, del domicilio de Santa Ana y
Sonsonate, con despacho jurídico en Sexta Avenida Sur, Edifi cio El
Cordobés, Planta Baja, Local tres, de la ciudad de Sonsonate.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las doce horas del día veintitrés de julio de dos mil siete, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario por derecho propio,
la Herencia Intestada que a su defunción dejara la señora PETRONA DEL
CARMEN CARRANZA, quien falleció el día veintisiete de noviembre
de mil novecientos ochenta y seis, a la edad de cincuenta y siete años, en
el Barrio Santa Lucía, de la ciudad de Juayúa de este departamento, de
parte de la señora ANA LUISA HERRADOR DE ESCOBAR, conocida
por ANA LUISA CARRANZA DE ESCOBAR, ANA LUISA HERRA-
DOR CARRANZA, ANA LUISA CARRANZA HERRADOR y por
ANA LUISA HERRADOR, en concepto de HERMANA sobreviviente
de dicha causante, habiéndose conferido a la aceptante la administración
y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario JOSE SALVADOR CAZUN, en
la ciudad de Sonsonate, a los veintitrés días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. JOSE SALVADOR CAZUN,
NOTARIO.
1 v. No. F011763
ROMEL MORALES RUIZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubi-
cada en Setenta y Cinco Av. Norte y Calle Mano de León, Residencial
Villa Valencia, No. 23 San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día veintitrés de julio de dos mil siete, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
testamentaria que a su defunción, ocurrida en el Hospital Militar de la
Ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador el día nueve
de julio dos mil siete, dejó el señor ROGOBERTO ROJAS conocido
por RIGOBERTO DE JESUS ROJAS, por parte de las señoras Esposa
Delmi Esperanza Menéndez de Rojas, e Hijas: Linda Margarita Rojas
Menéndez y Xiomara Delmy Rojas Menéndez en concepto de HEREDE-
RAS TESTAMENTARIAS sobrevivientes del causante, habiéndoseles
conferido la administración y representación Interina de la sucesión, con
las facultades de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con
derechos sobre la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario Romel Morales Ruíz. En La
ciudad de San Salvador, a las trece horas del veintitrés de julio de dos
mil siete.
Lic. ROMEL MORALES RUIZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011800
50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
RAFAEL ANTONIO LOPEZ DAVILA, Notario de este domicilio, con
ofi cina Jurídica en Final Trece Calle Poniente, Condominio Centro de
Gobierno, local once, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día vein-
ticinco del presente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor LUIS
EDUARDO PACHECO quien falleció el día veintisiete de marzo del
año dos mil siete, en el Parqueo Contiguo a Pasaje y Polígono cuatro,
Urbanización Santisima Trinidad, de la jurisdicción de Ayutuxtepeque, de
este departamento, siendo su último domicilio la ciudad de Santa Tecla,
departamento de La Libertad, de parte de la señora LILIAN ROSARIO
PACHECO, conocida por LILIAN DEL ROSARIO PACHECO en su
calidad de MADRE del Causante; y se le ha conferido a la aceptante la
administración y representación interina de la Herencia Yacente.
Y cita a los que se crean con derecho a la herencia referida, para
que se presenten a deducirlo dentro de los quince días contados desde
el siguiente al de la última publicación del presente edicto.
San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del día veinticinco
de Junio del año dos mil siete.
RAFAEL ANTONIO LOPEZ DAVILA,
NOTARIO.
1 v. No. F011821
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO
DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzga-
do a las doce horas y cincuenta minutos de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los
señores JOSE EFRAIN UMAÑA ANDRADE, de treinta y tres años de
edad, jornalero, del domicilio de Jocoro, departamento de Morazán; con
Documento Unico de Identidad número cero dos millones seiscientos
noventa y nueve mil seiscientos cuatro, guión uno, y JUAN CARLOS
UMAÑA ANDRADE, de treinta años de edad, empleado del domicilio
de El Divisadero, Departamento de Morazán, con Documento Unico
de Identidad número cero tres millones, doscientos veintitrés mil ciento
setenta y siete guión siete; la herencia que en forma intestada dejó el
señor JOSE JUAN ANDRADE, quien fue de sesenta y dos años de edad,
Agricultor en Pequeño, soltero, originario de San Miguel, de Naciona-
lidad salvadoreña, hijo de SABINO ANDRADE y MARIA ARCADIA
OSORIO; quien falleció a las quince horas y cuarenta y cinco minutos
del día siete de febrero del año dos mil dos; siendo su último domicilio
la Villa de El Divisadero, departamento de Morazán; en concepto de
hijos del referido causante. Se ha conferido a los referidos aceptantes
en la calidad expresada la administración y representación INTERINA
de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de
la Herencia Yacente.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a
las catorce horas y veinte minutos del día siete de mayo de dos mil
siete. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1º. DE 1ª.
INSTANCIA. Lic.. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011707-1
LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: que por resolución dictada por este Juzgado a
las ocho horas veinte minutos del día tres de julio del corriente año.
Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSE JACOB
MELENDEZ conocido por JOSE JACOBO MELENDEZ HERNANDEZ
quien falleció a las siete horas del día ocho de octubre de mil novecien-
tos ochenta y dos en el Hospital Rosales en la ciudad de San Salvador,
siendo su último domicilio la Villa de San Juan Tepezontes, de parte de
la señora MARIA CELESTINA CORVERA VIUDA DE MELENDEZ,
en concepto de cónyuge sobreviviente del causante.
Confi riéndosele a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,
a los tres días del mes de julio del dos mil siete. Lic. DANIEL ORTIZ
MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. MARIA ELENA
ARIAS LOPEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011717-1
51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolu-
ción proveída por este tribunal, a las nueve horas veinte minutos del día
ocho de junio de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente,
con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción
ocurrida a las catorce horas del día ocho de abril de dos mil cuatro, en
el Cantón El Coco de esta Jurisdicción, siendo su último domicilio la
ciudad de Chalchuapa; dejó la señora DOLORES CALDERON conocida
por DOLORES CALDERON MARTINEZ, quien fue de setenta y nueve
años de edad, de ofi cios domésticos, soltera; de parte de la señora ROSA
MELIDA CALDERON conocida por ROSA MELIDA CALDERON
RODRIGUEZ, en su calidad de heredera testamentaria instituida por la
expresada causante, a quien se le nombra INTERINAMENTE adminis-
tradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
Edicto.-
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas veintiocho mi-
nutos del día once de junio de dos mil siete.- Lic. HENRY EDMUNDO
MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO
GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011747-1
Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, de-
partamento de La Unión; al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce
horas y cincuenta minutos del día uno de junio del corriente año; se tuvo
por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que al fallecer a las veintiuna horas y veinte minutos del dieciocho
de diciembre del año dos mil seis, siendo su último domicilio el Cantón
Pasaquinita, Jurisdicción de Santa Rosa de Lima, departamento de La
Unión, dejara el causante Agustín Bonilla, al heredero José Boanerge
Bonilla Vásquez conocido por José Boanerge Bonilla, en concepto de
hijo del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido
en el Art. 988 No. 1° del Código Civil. En consecuencia, se le confi rió al
aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina
de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los cinco días del mes de junio del año dos mil
siete.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-
Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011777-1
Licenciado Samuel Marcelino Godoy Lara, Juez Tercero de lo Civil de
este Distrito Judicial,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado
este mismo día, han sido declarados herederos abintestato y con benefi cio
de inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día
catorce de junio del año dos mil cinco, en el Cantón Natividad de esta
jurisdicción, siendo éste el lugar de su último domicilio dejó CARMEN
DE LA LUZ SIGÜENZA CASTANEDA conocida por LUZ DEL CAR-
MEN SIGÜENZA CASTANEDA, LUZ SIGÜENZA y por MARIA
LUZ SIGÜENZA, de parte de ROSA AMINTA SIGÜENZA, MARIA
ELENA SIGÜENZA hoy DE ROCA, ANA GLORIA SIGÜENZA, LI-
DIA DEL CARMEN SIGÜENZA MARROQUIN, ERICK XAVIER
SIGÜENZA DIAZ, y JOSE LUIS SIGÜENZA TEJADA, los primeros
cuatro como hijas de la causante y los dos últimos en su calidad de nietos
52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
y por derecho de representación que le correspondía a LUIS ALONSO
SIGUENZA, en su calidad de hijo de la referida causante, confi riéndoseles
INTERINAMENTE la administración y representación de la mortual
expresada con las facultades y restricciones de ley.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal en el término de ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL. Santa
Ana, a las doce horas con cinco minutos del día veinte de junio de dos
mil siete.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN
LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011783-1
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE MUNICIPIO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
de este Juzgado de las ocho horas veinte minutos del día veintiuno de
mayo del dos mil siete. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESA-
MENTE y con benefi cio de inventario de parte de la señora BERTILA
AVALOS DE ROMERO, la herencia intestada que a su defunción dejó
el causante señor CARLOS ALBERTO CHAVEZ AVALOS, quien fa-
lleció en la Ciudad Jacksonville, Estado de Florida, Estados Unidos de
América, el día cinco de febrero de dos mil cinco, siendo la ciudad de
San Salvador, su último domicilio, aceptación que hace en su carácter
de madre del referido causante. Y SE LE HA CONFERIDO A LA HE-
REDERA DECLARADA la administración y representación interinas
de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las once horas del día veintitrés de mayo de dos mil
siete.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES
DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011786-1
LIC. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veinticinco
minutos del día diecinueve de este mes, dictada por este Juzgado, se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-
rencia intestada que a su defunción dejó el señor JESUS ECHEVERRIA
ORELLANA, quien falleció a las tres horas y cincuenta y cinco minutos
del día veintiuno de marzo del dos mil siete, en el Lago Suchitlán del
lado sur del Centro Escolar, del Barrio La Vega, de la población de
Potonico, municipio de este Departamento, siendo dicha población,
su último domicilio, de parte de la señora ANA JULIA BARAHONA
DE ECHEVERRIA, y los menores BEATRIZ ELIZABETH, JER-
SON ALEXANDER y CRISTIAN OSWALDO, todos de apellidos
ECHEVERRIA BARAHONA, la primera en su concepto de cónyuge
sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios
que en la misma sucesión le correspondían a los señores MARIA ELVA
ECHEVERRIA DE ORELLANA, conocida por ELVA ECHEVERRIA
y ALFREDO ORELLANA SALAZAR, como padres sobrevivientes del
causante; y los menores en sus conceptos de hijos sobrevivientes del
citado causante quienes son representados legalmente por su madre
señora BARAHONA DE ECHEVERRIA, debiendo ejercer sus dere-
chos los menores antes mencionados a través de su madre ANA JULIA
BARAHONA DE ECHEVERRIA.
53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la herencia yacente; debiendo ejercer sus derechos los
menores antes mencionados a través de su madre señora ANA JULIA
BARAHONA DE ECHEVERRIA.
Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chalatenango, a las
nueve horas y treinta y cinco minutos del día diecinueve de Julio de dos
mil siete.- Lic. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. ANA EDITH PERAZA,
SECRETARIA INTA.
3 v. alt. No. F011791-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta
minutos del día dieciséis de abril del año dos mil siete.- Se ha tenido
por Aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia
intestada dejada por el señor MIGUEL ANGEL ALVAREZ PAREDES,
conocido por MIGUEL ANGEL ALVAREZ, MIGUEL ALVAREZ, y
MIGUEL ALVAREZ PAREDES, fallecido el día siete de agosto del año
dos mil seis, en esta ciudad, siendo éste el lugar de su último domicilio,
de parte de las señoras ENA NOHEMY ROSAS RIVAS, DINA DAYSY
ROSAS ALVAREZ y ALFONSA RIVERA VASQUEZ o ALFONSO
RIVERA DE ALVAREZ, en carácter de hijas y la última en concepto
de cónyuge sobreviviente del mencionado causante.-
Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cincuenta
minutos del día veintitrés de abril del año dos mil siete.- Enmendado
–ALVAREZ- Vale.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO
CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011844-1
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada a las nueve horas con
treinta minutos del día cuatro de Julio de dos mil siete, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamen-
taria, que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, siendo
esta Ciudad su último domicilio, a los treinta días del mes de Julio de
dos mil seis, dejó la señora MARIA DOLORES AZUCENA VIUDA DE
PAZ, conocida por DOLORES AZUCENA y por DOLORES AZUCENA
DE PAZ, de parte de los señores RAFAEL ANTONIO PAZ AZUCE-
NA, DORA ALICIA PAZ AZUCENA, GABRIELA ENRIQUETA PAZ
AZUCENA, ANA CARMEN PAZ DE BLANCO conocida por ANA
CARMEN PAZ AZUCENA DE BLANCO y CONCEPCION PAZ AZU-
CENA DE ARIAS conocida por CONCEPCION PAZ ARIAS, quienes
fueron instituidos como herederos testamentarios de la causante, se ha
conferido a los aceptantes la administración y representación INTERINA
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve
horas del día diecisiete de Julio de dos mil siete .- Dr. JOSE MANUEL
MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX
ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011845-1
54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
TÍTULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado por medio
de escrito el SEÑOR JOSÉ SALVADOR CAZUN, de cuarenta y cinco
años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad y Depar-
tamento de Sonsonate, con Documento Único de Identidad Número
cero cero ocho siete nueve cuatro cinco cuatro guión ocho; actuando
en nombre y representación como Apoderado General Judicial de la
señora MARIA CRUZ ESQUINA DE JUÁREZ, de treinta y siete años
de edad, Doméstica, del domicilio de Nahuizalco, Departamento de
Sonsonate, con Documento Único de Identidad Número cero cero nueve
uno cuatro nueve tres ocho guión cero, solicitando se le extienda TITULO
DE PROPIEDAD MUNICIPAL de un inmueble de naturaleza rústico,
situado en el Cantón Sabana Grande, de esta Jurisdicción, adquirido de
esta Alcaldía Municipal de Nahuizalco, un lote identifi cado como par-
cela número Cuatrocientos treinta y cuatro, Polígono D, número ciento
veintidós A; de una extensión superfi cial según certifi cación de la De-
nominación Catastral de NOVECIENTOS DOS METROS TREINTA
Y NUEVE DECÍMETROS SESENTA Y CUATRO CENTÍMETROS
CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:
Compuesto de dos tramos, el primero, de veinticinco punto setenta y
ocho metros; y el segundo, de veintiuno punto noventa y dos metros,
con Emilio Pérez y Noemí Sánchez Tepas; AL SUR: Cuarenta y siete
punto sesenta metros, con María Cristina Pérez de Reyes; AL ORIENTE:
Dieciocho punto diez metros, con Héctor Antonio Ramos Álvarez; y AL
PONIENTE: Diecinueve punto noventa metros, con María Luisa Ramos
de Aguilar, callejón de por medio. Dicho terreno no está inscrito a favor
de mi demandante, por no haberse encontrado la matrícula que ampara
este lote; el inmueble anteriormente descrito no es predio dominante,
ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales que respetar, no está
en proindivisión con ninguna persona. Dicho inmueble ha ejercido la
posesión material desde hace más de diez años continuos, en forma
quieta, pacífi ca e interrumpida. Dicho inmueble lo valúa en la suma
de UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA
Y TRES COLONES equivalentes a CIENTO SETENTA Y NUEVE
PUNTO VEINTINUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a los tres días del mes de julio
del año dos mil siete.- ROBERTO ESTANLEY GRIJALVA H., AL-
CALDE MUNICIPAL.- JOSÉ ANTONIO CASTILLO, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011762-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que el señor FRANCISCO MARTÍNEZ PINE-
DA, de cuarenta y cinco años de edad, agricultor en pequeño, de este
domicilio; solicita Título de Propiedad a su favor de un inmueble de
naturaleza rústica, ubicado en el Cantón El Caulote de esta jurisdic-
ción, de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO METROS CUADRADOS Y CUATROCIENTOS TREINTA
MILÍMETROS CUADRADOS, cuyos colindantes son los siguientes:
AL NORTE, linda con Elsa Cáceres Candel; AL ORIENTE, linda con
carretera a San Pedro Puxtla; AL SUR, linda con María Victoria Pineda
de López, carretera pavimentada de por medio; y AL PONIENTE, linda
con la misma señora María Victoria Pineda de López, calle antigua de
por medio. Adquirido por posesión material por más de diez años, en
forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, ejecutando actos que sólo da
el derecho de dominio; todo a ciencia y paciencia de vecinos y colin-
dantes, sin clandestinidad y sin haber sido perturbado por nadie. No es
dominante ni sirviente, no está en proindivisión con nadie y sin ningún
gravamen que le afecte. Lo estima en la suma de UN MIL DÓLARES
de los Estados Unidos de Norte América. Los colindantes son todos de
este domicilio.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
ALCALDÍA MUNICIPAL: Santo Domingo de Guzmán, trece
de marzo de dos mil siete.- JUSTO ESQUIVEL OSORIO, ALCALDE
MUNICIPAL.- EZEQUIEL MEJÍA MONGE, SECRETARIO MUNI-
CIPAL.
3 v. alt. No. F011835-1
55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
TITULO SUPLETORIO
JUAN ANTONIO COTO MENDOZA, Notario, con ofi cina en Cuarta
Calle Poniente, número cinco, Santa Ana, al público
AVISA: Que en mis ofi cios la Licenciada ROSA ALBA BENÍTEZ
DE MAYORGA, como Delegada del señor Fiscal General de la Re-
pública de El Salvador, sigue diligencias de Título Supletorio a favor
del ESTADO Y GOBIERNO DE EL SALVADOR, EN EL RAMO DE
SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL, de un inmueble rústico,
situado en el Cantón San Juan Las Minas, Caserío San Juan Las Minas
Abajo, jurisdicción de Metapán, Departamento de Santa Ana, de un área
de DOS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS,
CERO CINCO DECÍMETROS CUADRADOS, CINCUENTA Y CINCO
CENTÍMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: En dos
tiros, el primero de treinta y ocho punto cero dos metros, el segundo de
veintitrés punto sesenta y cinco metros con propiedad de la Diócesis de
Santa Ana, y con propiedad del señor Juan José Figueroa Figueroa, calle
de por medio; AL ORIENTE: En tres tiros, el primero de catorce punto
cuarenta y un metros, el segundo de siete punto noventa y ocho metros,
y el tercero de doce punto cuarenta y siete metros, con propiedad de la
señora Delmi Figueroa; AL SUR: En cuarenta y cuatro punto sesenta y
cuatro metros, con propiedad del señor José Luis Figueroa, calle de por
medio; y AL PONIENTE: En dos tiros, el primero de veintisiete punto
noventa y siete metros, y el segundo de treinta y uno punto cuarenta y
dos metros, con propiedad del señor Camilo Figueroa Figueroa.- Que
de dicho inmueble el Estado se encuentra en posesión quieta, pacífi ca,
de buena fe e ininterrumpidamente desde el mes de noviembre de mil
novecientos setenta y ocho.
Santa Ana, treinta de mayo del año dos mil siete.
Lic. JUAN ANTONIO COTO MENDOZA,
NOTARIO.
1 v. No. F011746
JUICIOS DE AUSENCIA
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada
MARÍA ESTHER RIVERA DE MEDINA, quien ha iniciado DILIGEN-
CIAS DE AUSENCIA en contra del señor JOSÉ SALVADOR DUBON
HERNÁNDEZ, en su calidad de representante legal de la sociedad GRUPO
V.R.C., S.A. DE C.V., por el hecho de que se ignora su paradero, y PIDE:
Que previa las formalidades legales, se le declare ausente y se le nombre
un CURADOR ESPECIAL, para que lo represente en el presente Juicio
Ejecutivo Mercantil; se previene que si el señor JOSÉ SALVADOR
DUBON HERNÁNDEZ, ha dejado procurador o Representante legal, se
presente a este juzgado dentro de los quince días después de la publicación
de este aviso por tercera vez, a comprobar su personería, conforme a lo
prescrito en el Art. 5 de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria y de otras
diligencias, y el Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles.
Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, a las doce
horas y veinticinco minutos del día veintitrés de julio del dos mil
siete.- Dr. MIGUEL ÁNGEL REYES HERNÁNDEZ, JUEZ DE LO
LABORAL.- Licda. MIRNA MARGARITA DÍAZ DE DOMÍNGUEZ,
SECRETARIA.
1 v. No. C011034
ERNESTO CEA, JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MER-
CANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licencia-
do EDMUNDO ALFREDO CASTILLO AGUILUZ, actuando como
Apoderado General Judicial del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD
ANÓNIMA promoviendo Diligencias de Ausencia, manifestando que
ha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil, reclamándole cantidad
de dinero y accesorios de ley a la Sociedad CORLETO ENTERPRISE,
S.A. DE C.V., del domicilio de esta ciudad, actualmente de domicilio
ignorado, siendo que como a la mencionada persona jurídica carece de
Procurador u otro Representante Legal, pide se le nombre un Curador
Especial para que la represente, en el Juicio aludido. PREVIENESE de
acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si la mencionada Persona Jurídica,
56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Sociedad CORLETO ENTERPRISE, S.A. DE C.V., tiene Procurador o
Representante Legal se presente dentro de los quince días siguientes a
la última publicación de este aviso y pruebe tal circunstancia.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las quince horas nueve minutos del día veinticinco de
junio de dos mil siete.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO
MERCANTIL.- Licda. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ,
SECRETARIA.
1 v. No. F011739
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo
Mercantil marcado con el número 589-E-05, promovido por el Licen-
ciado OSCAR ARMANDO CALDERÓN ARTEAGA, mayor de edad,
Abogado, y de este domicilio, como Apoderado de SCOTIABANK EL
SALVADOR, S.A., Institución Bancaria, de este domicilio, contra los
señores LUIS ATILIO GUARDADO GRANDE y EDWIN ENRIQUE
LARA ALVARADO.
Posteriormente a la fecha en que se inició dicho Juicio, se presentó
el Licenciado OSCAR ARMANDO CALDERÓN ARTEAGA, manifes-
tando que los señores LUIS ATILIO GUARDADO GRANDE, mayor
de edad, Empleado, antes del domicilio de Aguilares, Departamento de
San Salvador ahora de domicilio ignorado, a quien correspondía su Cé-
dula de Identidad Personal número CERO UNO- DOCE- CERO CERO
VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO, con Número
de Identifi cación Tributaria CERO SEISCIENTOS UNO- CIEN MIL
QUINIENTOS SETENTA Y DOS- CIENTO UNO- CERO; y EDWIN
ENRIQUE LARA ALVARADO, mayor de edad, Empleado, antes del
domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, ahora de do-
micilio ignorado, a quien correspondía su Cédula de Identidad Personal
número CERO UNO- CERO CUATRO- CERO CIENTO SETENTA Y
SEIS MIL CIENTO SESENTA Y UNO, con Número de Identifi cación
Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- TRESCIENTOS MIL
SEISCIENTOS SETENTA Y TRES- CIENTO DOCE- OCHO, se han
ausentado de sus domicilios, sin que se sepa de su paradero actual,
ignorándose además si han dejado Procurador u otro Representante Legal
en el país, para que intervenga en el Juicio de mérito; por lo que pidió,
previos los trámites legales, se les nombre CURADOR ESPECIAL que
los represente en el referido juicio.
En consecuencia, se previene que si los señores LUIS ATILIO
GUARDADO GRANDE y EDWIN ENRIQUE LARA ALVARADO,
tuvieren Procurador u otro Representante Legal, se presente a este Tribunal
a comprobar dicha circunstancia, dentro de los quince días siguientes a
la última publicación de este aviso.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las diez horas y cinco minutos del día doce de julio
del dos mil siete.- Lic. ANA MARIA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
1 v. No. F011781
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
SANTOS MARIO HUEZO TORRES, de treinta y siete años de edad,
Abogado, del domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador,
portador de su Documento Único de Identidad número: Cero uno tres
uno dos seis ocho tres - uno; en su carácter de Apoderado General Judi-
cial de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO
COMUNAL DE AGUA CALIENTE DE RESPONSABILIDAD LIMI-
TADA, QUE SE ABREVIA “ACAYCCOMAC”. Manifestando que viene
a iniciar diligencias de Nombramiento de Curador Especial, contra las
demandadas ausentes señoras CONCEPCIÓN MARINA MENDOZA
DE MENA; y ROSA FRANCISCA MENA MENDOZA; personas
que no fueron emplazadas, por no haberse encontrado en la dirección
proporcionada en la demanda de folios uno, y haber manifestado los
vecinos, que dichas personas tienen más de un año de no residir en la
dirección indicada, y desconocen su paradero actual, desconociendo si
existe Procurador o Representante legal en la República para que las
represente en el referido Juicio, por lo que se previene si dichas señoras
han dejado persona alguna para que las represente, se presente a este
Tribunal, dentro de los quince días posteriores a la última publicación de
los edictos respectivos, comprobando legalmente dicha circunstancia.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas
y veinte minutos del día siete de junio del año dos mil siete.- Lic. MA-
NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ORLANDO
BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.
1 v. No. F011793
57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1991002744
No. de Presentación: 20070092438
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA
EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, mayor de edad, ABOGADO y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de
ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM, INC., del domicilio de
PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00150 del Libro 00074 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra “CHILUDITOS”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos
mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011021-1
No. de Expediente: 1992003309
No. de Presentación: 20070092435
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA
EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de ADVANCED TOTAL
MARKETING SYSTEM, INC., del domicilio de Panamá, República de
Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00197 del Libro 00071 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra ESFERITAS, escrita en cualquier tipo
de letra, color o tamaño; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos
mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011022-1
No. de Expediente: 1990003290
No. de Presentación: 20070092436
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA
EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de
ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM, INC., del domicilio de
PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00166 del Libro 00072 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en el diseño de sombrero de charro mexicano
en silueta estilizada, visto de perfi l, la base de la copa lo adornan dos
fi nas líneas horizontales blancas y en la parte correspondiente al ala,
la marca Del Rancho, destaca en blanco sobre el negro; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos
mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011023-1
No. de Expediente: 1994000687
No. de Presentación: 20070092070
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGER
ROBERTO DIAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL
de SERVICIO PAN AMERICANO DE PROTECCION, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Dr. Andrade
No. 60, Colonia de los Doctores, Delegación Cauhtemoc, Distrito Federal,
Estados Unidos Mexicanos, de nacionalidad MEXICANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00221 del Libro 00046 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL CONJUNTO FOR-
MADO POR LAS PALABRAS “SERVICIO PAN AMERICANO DE
PROTECCION” ESCRITAS EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS,
Y UN ESCUDO FORMADO POR TRES FRANJAS DIAGONALES
DESIGUALES, DE LAS CUALES LA SUPERIOR ES MAS GRANDE
Y DE COLOR OSCURO, LA DEL CENTRO ES DE COLOR CLARO Y
LA INFERIOR ES MAS PEQUEÑA QUE LAS OTRAS Y DE COLOR
OSCURO. AL CENTRO DE DICHO ESCUDO ESTA SUPERPUESTA
LA FIGURA DE UN ANIMAL MITOLOGICO CON ALAS, CABEZA
Y GARRAS DE AGUILA Y CUERPO DE LEON, PARADO EN SUS
PATAS TRASERAS, LISTO PARA ATACAR.; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 39 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los seis días del mes de junio del año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011750-1
No. de Expediente: 1994000616
No. de Presentación: 20070092073
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGER RO-
BERTO DIAZ, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de SERVICIO PAN AMERICANO DE PROTECCION,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de
Dr. Andrade No. 60, Colonia de los Doctores, Delegación Cuauhtemoc,
Distrito Federal, Estados Unidos Méxicanos, de nacionalidad MEXI-
CANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00019
del Libro 00056 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en el
conjunto formado por las palabras “SERVICIO PAN AMERICANO
DE PROTECCION”, escritas en letras de molde mayúsculas, y un
escudo formado por tres franjas diagonales desiguales, de las cuales la
superior es más grande y de color oscuro, la del centro es de color claro
y la inferior es más pequeña que las otras y de color oscuro. Al centro
de dicho escudo está superpuesta la fi gura de un animal mitológico con
alas, cabeza y garras de águila y cuerpo de león, parado en sus patas
traseras, listo para atacar; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 36 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los siete días del mes de junio del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011751-1
59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
No. de Expediente: 1994002486
No. de Presentación: 20070092072
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGER
ROBERTO DIAZ, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, del domi-
cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO ESPECIAL de SERVICIO PAN AMERICANO
DE PROTECCION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE, del domicilio de Dr. Andrade No.60, Colonia de Los Doctores,
Delegación Cuauhtemoc, Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos,
de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la ins-
cripción Número 00182 del Libro 00055 de INSCRIPCION DE MAR-
CAS, consistente en el conjunto formado por las palabras “SERVICIO
PAN AMERICANO DE PROTECCION”, escritas en letras de molde
mayúsculas, y un escudo formado por tres franjas diagonales desiguales,
de las cuales la superior es más grande y de color oscuro, la del centro
es de color claro y la inferior es más pequeña que las otras y de color
oscuro. Al centro de dicho escudo está superpuesta la fi gura de un animal
mitológico con alas, cabeza y garras de aguila y cuerpo de león, parado
en sus patas traseras, listo para atacar; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 38 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los siete días del mes de mayo del año dos mil siete.
HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,
REGISTRADOR.
ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011753-1
No. de Expediente: 1994002485
No. de Presentación: 20070092071
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGER
ROBERTO DIAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domi-
cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de SERVI-
CIO PAN AMERICANO DE PROTECCION, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de DR. ANDRADE No.60,
COLONIA DE LOS DOCTORES, DELEGACION CUAUHTEMOC,
DISTRITO FEDERAL, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, de nacio-
nalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00172 del Libro 00044 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en LA PALABRA AEROFLASH ESCRITA EN LETRAS
DE MOLDE MAYUSCULAS, DE LAS CUALES LA SILABA AERO
ESTA ESCRITA EN LETRAS DELGADAS Y LA SILABA FLASH EN
LETRAS MAS GRUESAS. TODA LA PALABRA ES ATRAVESADA
POR LINEAS HORIZONTALES QUE SEMEJAN VELOCIDAD Y QUE
PROVIENEN DE LA FIGURA DE UN ANIMAL MITOLOGICO CON
ALAS, CABEZA Y GARRAS DE AGUILA Y CUERPO DE LEON,
PARADO EN SUS PATAS TRASERAS, LISTO PARA ATACAR, QUE
SE ENCUENTRA A LA DERECHA DE LA PALABRA “AEROFLASH”
ARRIBA DE ESTO SE ENCUENTRA LA FRASE: EXPERTOS EN
MENSAJERIA, SOBRE LA CUAL NO SE PRETENDE EXCLUSI-
VIDAD Y ABAJO, ESTA OTRA FRASE: SU ENVIO, SEGURO VA
QUE VUELA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 38 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL Registro de la
Propiedad Industrial Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los seis días del mes de junio del año dos mil siete.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011755-1
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2007068430
No. de Presentación: 20070095835
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAXIMILIANO
RODOLFO VALDIVIESO SUAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,
60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras Del Chamán y diseño, que servirá
para: AMPARAR: AGUARDIENTE Y LICOR.
La solicitud fue presentada el día trece de julio del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de julio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011713-1
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2007068255
No. de Presentación: 20070095592
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SILVIA RE-
BECA MENDOZA CHICAS, en su calidad de APODERADO ESPE-
CIAL de INCAPRO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra INCAPROSA y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR LA EMPRESA DEDICADA A LA COMPRA,
VENTA, IMPORTACION Y EXPORTACION, DISEÑO, FABRICA-
CION, INSTALACION Y SUPERVISION DE EQUIPOS, REPUESTOS,
MAQUINARIA Y ACCESORIOS INDUSTRIALES, AGRICOLAS, Y
AUTOMOTRICES Y EN GENERAL TODO LO CONCERNIENTE A
ESTA ACTIVIDAD, UBICADA EN URBANIZACION Y AVENIDA
VISTA HERMOSA NUMERO CIENTO DIEZ, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día nueve de julio del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de julio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011020-1
No. de Expediente: 2007066773
No. de Presentación: 20070093133
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLADIS
HAYDEE DEL ROSARIO ORELLANA DE VALDIVIA, de naciona-
lidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando
el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras ESCUELA REIKI DE EL SALVADOR,
GLADIS ORELLANA “MANOS QUE SANAN” y diseño, a las palabras
de uso común individualmente no se le concede exclusividad, que servirá
para: IDENTIFICAR A LA EMPRESA DE SERVICIO DEDICADO A
DAR TERAPIAS ENERGETICAS E IMPARTIR ENSEÑANZA DE
REIKI, UBICADO EN LA SESENTA Y SIETE AVENIDA SUR, PA-
SAJE A, NUMERO TRECE, COLONIA ROMA, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de mayo del año dos mil siete.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011026-1
61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2007058742
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058742- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FULVIO
ENRIQUE RIVAS RIVERA, de nacionalidad SALVADOREÑA, con
número de Documento Unico de Identidad 02038144-2 del domicilio
de MEJICANOS, SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación
Tributaria: 0104-100964-001-1, el cual ha presentado solicitud a las
diez horas y ocho minutos del día cuatro de mayo de dos mil siete, con
la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058742 inscripción
161 y el asiento de Establecimiento No. 2007058742- 001, inscripción
162, ambos del Libro 144 de Asientos de Matrícula de Empresa y
Establecimiento. La Empresa se dedica a COMPRA Y VENTA DE
PRODUCTOS AGROPECUARIOS, con dirección en BOULEVARD
SANTA ELENA Y CALLE ALEGRIA ORIENTE No. 1 del domicilio
de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuyo activo asciende
a SESENTA Y DOS MIL OCHENTA Y OCHO 89/100 DOLARES
($62,088.89) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
NUTRICION Y TECNOLOGIA ANIMAL DE EL SALVADOR ubicado
en BOULEVARD SANTA ELENA Y CALLE ALEGRIA ORIENTE
No. 1, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y que se dedica a
COMPRA Y VENTA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, siete de mayo de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C011018-1
ASIENTO DE EMPRESA 2007058026
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058026- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SALVADOR
RODRIGUEZ RODRIGUEZ en su calidad de Representante legal de la
sociedad CONCEPTOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE que puede abreviarse CONCEPTOS, S.A. DE C.V.; sociedad
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de AHUACHAPAN,
cuya escritura social está inscrita bajo el número 64 del libro 2171 del
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-
tifi cación Tributaria: 0614-021006-101-9; el cual ha presentado solicitud
a las nueve horas y veintiocho minutos del día veintitrés de enero de dos
mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058026
inscripción 27 y el asiento de Establecimiento No. 2007058026- 001,
inscripción 28; ambos del Libro 137 de Asientos de Matrícula de
Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina CONCEPTOS,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica
a SERVICIOS MEDICOS, con dirección en 10ª CALLE PONIENTE,
No. 3-7 del domicilio de AHUACHAPAN, cuyo activo asciende a
ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES
62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
CONCEPTOS, S.A. DE C.V. ubicado en 10ª CALLE PONIENTE, No.
3-7, AHUACHAPAN, y que se dedica a SERVICIOS MEDICOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinticinco de enero de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C011019-1
ASIENTO DE EMPRESA 2001036751
ESTABLECIMIENTO 2001036751 - 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSÉ
CARRANZA en su calidad de Apoderado de la sociedad PROYEC-
CIÓN DUAL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN
SALVADOR, SAN SALVADOR cuya escritura social está inscrita bajo
el número 15 del libro 1629 del Registro de Sociedades del Registro
de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-190601-
102-0, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCIÓN DE LA
EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO, a las once horas y treinta minutos
del día veintisiete de junio de dos mil siete. Con la cual se le otorga el
asiento de modifi cación No. 198 del libro 149 del folio 397 al 398; a
favor de la Empresa denominada PROYECCIÓN DUAL EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a
PUBLICIDAD, con dirección en AVENIDA LAS PALMAS, No. 128-2,
COLONIA SAN BENITO del domicilio de SAN SALVADOR, SAN
SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado PROYECCIÓN
DUAL EL SALVADOR, S.A. DE C.V., el cual se dedica a PUBLICIDAD,
con dirección en AVENIDA LAS PALMAS, No. 128-2, COLONIA SAN
BENITO del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintisiete de junio de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C011025-1
ASIENTO DE EMPRESA 2000034064
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2000034064- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANTONIO
CARL DAHL CASTELLI en su calidad de Representante legal de la
sociedad CASTELLI RIVAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse CASTELLI RIVAS, S.A. DE C.V.; de
nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya
escritura social está inscrita bajo el número 40 del libro 1494 del Registro
63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación
Tributaria: 0614-131299-102-5; el cual ha presentado solicitud con la cual
se otorgó el asiento de Empresa No. 2000034064 inscripción 169 y el
asiento de Establecimiento No. 2000034064 -001 inscripción 170, ambos
del libro 150 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;
la Empresa denominada CASTELLI RIVAS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a HOTEL, con dirección
en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LAS PALMAS Y PASAJE
No. 6 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a UN
MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS
NOVENTA 84/100 DOLARES ($1,837,590.84) y que tiene el estable-
cimiento siguiente: 001-) denominado HOTEL SUITE LAS PALMAS
ubicado en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LAS PALMAS Y
PASAJE No. 6, SAN SALVADOR y que se dedica a HOTEL.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, cinco de julio de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C011033-1
ASIENTO DE EMPRESA 2007058497
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058497- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAIME
OVIDIO BATRES ESTRADA, en su calidad de Representante legal de
la sociedad GRUPO TICAMEX LOGISTICS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse TICAMEX, S.A. DE
C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y de-
partamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo
el número 34 del libro 2188 del Registro de Sociedades del Registro de
Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 9483-251106-101-0;
el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y veintisiete minutos del
día veintiocho de marzo de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento
de Empresa No. 2007058497 inscripción 71 y el asiento de Estableci-
miento No. 2007058497- 001, inscripción 72, ambos del Libro 150 de
Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se
denomina GRUPO TICAMEX LOGISTICS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTRAS ACTIVIDADES
DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección
en KILOMETRO 28½ CARRETERA A COMALAPA, ZONA FRAN-
CA INTERNACIONAL, EDIFICIO MULTISERVICIOS, BODEGA
No. 9 del domicilio de OLOCUILTA, LA PAZ cuyo activo asciende
a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES
($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denomi-
nado GRUPO TICAMEX LOGISTICS, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE ubicado en KILOMETRO 28½ CARRETERA
A COMALAPA, ZONA FRANCA INTERNACIONAL, EDIFICIO
MULTISERVICIOS, BODEGA No. 9 del domicilio de OLOCUILTA,
LA PAZ y que se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS
NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, cuatro de julio de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F011716-1
64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
SUBASTAS PÚBLICAS
DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,
AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en vista del Juicio Civil Ejecutivo, REF.
72-1-05, promovido por el señor RAMIRO PAREDES CONSTANZA,
actualmente de setenta y tres años de edad, Jubilado, de este domicilio,
con Documento Único de Identidad número cuatrocientos ochenta y
un mil setecientos cuarenta y dos guión cinco; en contra del señor
DOMINGO ANTONIO ABREGO VILLALOBOS, conocido por AN-
TONIO VILLALOBOS, mayor de edad, estudiante, del domicilio de
San Cayetano Istepeque, con residencia en el Barrio Istepeque de esa
población, representado legalmente por el Licenciado JOSÉ APARICIO
IRAHETA HERNÁNDEZ, de sesenta y cuatro años de edad, Abogado, de
este domicilio, en su calidad de Curador Especial del deudor, a quien le
reclama el pago de la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más los intereses del cinco
por ciento mensual, más costas procesales del proceso, se venderá en
pública subasta en este Tribunal, por la suma de DOS MIL QUINIENTOS
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en la fecha
en que oportunamente se indicará, un inmueble de naturaleza urbana,
situado en el Barrio Istepeque, de la población de San Cayetano Istepeque,
en este Departamento, de la extensión superfi cial de CIENTO OCHO
METROS CUADRADOS, SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS,
NOVENTA CENTÍMETROS CUADRADOS, de los linderos y medidas
especiales siguientes: AL NORTE, mide once metros ochenta y cinco
centímetros y linda con la porción de solar vendida del mismo inmueble
general a Candelaria Beatriz Aguilar Paniagua; AL ORIENTE, mide
ocho metros veinte centímetros, y linda con solar que fue de Antonio
Chacón, ahora de Antonio Fernández, servidumbre de por medio; AL
SUR, mide catorce metros sesenta y cuatro centímetros, y linda con la
porción de solar vendida del mismo inmueble general a Santos Fidel
Paniagua; y AL PONIENTE, mide ocho metros veinte centímetros y
linda con la porción de solar que fue de Antonio Aguilar Durán, hoy
de Lucio de Jesús Aguilar. La porción de terreno antes descrita goza de
servidumbre de tránsito de dos metros cincuenta centímetros de ancho
por cuarenta metros de largo, para darles salida a la porción de solar que
hoy se vende, y a las porciones de solar vendidas a Candelaria Beatriz
Aguilar Paniagua y Santos Fidel Paniagua Villalobos, por la orilla del
rumbo Oriente del inmueble general de Norte a Sur, o sea el resto de
solar que le ha quedado al vendedor, para darles salida a la calle nacional
que de San Vicente conduce a Guadalupe. La porción descrita mide más
por el rumbo Norte, por ser de forma irregular, el inmueble general,
debido a la confi guración del mismo. Inscrita a favor del deudor bajo
el SISTEMA DE FOLIO REAL COMPUTARIZADO CON LA MA-
TRICULA NUMERO SIETE CERO CERO UNO UNO DOS NUEVE
CUATRO GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO UNO
DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAÍZ E HIPOTECAS DE LA
SEGUNDA SECCIÓN DEL CENTRO DEL DEPARTAMENTO DE
SAN VICENTE.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las trece horas cuarenta y cinco
minutos del día nueve de julio del año dos mil siete.- Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA ARMIDA MEJÍA
DE MUÑOZ, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. C011002-1
CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO
LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido inicial-
mente por la Licenciada MARTA MILEYDI CAMPOS, y continuado por
el Doctor MANUEL CÓRDOVA CASTELLANOS, ambos en su carácter
65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
de Apoderados Generales Judiciales del señor ROBERTO CORNEJO, y
posteriormente continuado por el Doctor TITO SÁNCHEZ VALENCIA,
en su calidad de Apoderado General Judicial de la Sociedad CÚMU-
LOS INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, como Cesionaria del Derecho Litigioso que en el presente
Juicio le correspondía al señor ROBERTO CORNEJO, en contra de la
señora VICTORIA DE LA PAZ CRUZ SERRANO DE HERRADOR
conocida por VICTORIA DE ALFARO hoy viuda de HERRADOR;
LUIS EDGAR HERRADOR conocido por LUIS EDGAR ALFARO
CRUZ y HERBER ROBERTO HERRADOR conocido por HERBER
ROBERTO HERRADOR CRUZ, se venderá en publica subasta, en fecha
que posteriormente se proporcionará, el inmueble embargado ubicado en:
Un inmueble urbano situado en el Barrio San Miguelito de esta ciudad,
de las medidas y linderos generales siguientes: AL NORTE, en doce
metros quinientos cuarenta milímetros, con fundo de los señores Soler,
antes de los señores Viaud Hermanos, calle pública de por medio; AL
ORIENTE, en línea quebrada de dos tramos de Norte a Sur; el primero
de treinta y dos metros treinta y ocho centímetros, con fondos del Doc-
tor José Jesús Villafañe, y de Don Alberto Ramentol, que fue de Juana
Zepeda; y el segundo ligeramente oblícuo, de trece metros con predio
de Don Alberto Ramentol; AL SUR, en veinticinco metros cuatrocientos
milímetros, con terreno de María Candelaria Piche; y AL PONIENTE,
en línea quebrada de tres tiros, el primero de Sur a Norte, mide doce
metros quinientos cuarenta milímetros, con terreno de María Candelaria
Piche, el segundo de Poniente a Oriente, tiene catorce metros novecientos
cincuenta y cinco milímetros, con predios de Francisco Aguirre antes de
Josefa Piche, y el tercero, de Sur a Norte, ligeramente inclinado, mide más
o menos treinta y tres metros y medio, con terreno de Francisco Piche
Aguirre. Dicho inmueble está marcado con el número ciento veintiséis,
antes veintidós de la Veintisiete Calle Oriente, Barrio San Miguelito de
esta ciudad. Aunque el antecedente no lo menciona, de acuerdo a sus
medidas lineales, el inmueble descrito tiene un área de SETECIENTOS
DIECINUEVE PUNTO SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS
CUADRADOS. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor
de los ejecutados al número SETENTA Y OCHO del Libro DOS MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE, del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.
Se admitirán posturas que se verifi quen siendo legales.
Librado en el JUZGADO QUINTO DE LO LABORAL: San
Salvador, a las nueve horas del día trece de junio del año dos mil sie-
te.- Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE
LO LABORAL.- Lic. ÁNGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011719-1
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este
Tribunal promueve inicialmente el Licenciado Natividad de León Benítez,
conocido por León Benítez, continuado por el Licenciado Oscar Alfonso
Tejada Ibañez y actualmente por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS
LANDAVERDE, en calidad de Apoderados Generales Judiciales del
BANCO SALVADOREÑO SOCIEDAD ANÓNIMA, contra los señores
JOSÉ BLAS PÉREZ SOLANO y FERNANDO ANTONIO MENCIA
PAULER, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que
más adelante se señalará, los bienes muebles que a continuación se lo-
calizan y describen, ASÍ: 1) Un monitor modelo CM cuarenta y nueve,
Marca AST-VGA; 2) Un teléfono-Fax, marca Lanierfox, modelo dos mil
doscientos treinta, Serie dos mil doscientos veinticinco BG, serie: cero
doce mil doscientos treinta y ocho; 3) Un aparato para disket, Marca
AST, modelo Bravo cuatro/doscientos cincuenta y cinco; 4) Un teclado
66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
marca AST, modelo KB-CIENTO DOS, 5) Un ratón; 6) Un impresor,
Marca EPSON FX - mil ciento setenta, Modelo P- setecientos-once
A, serie seis dos uno uno cero nueve dos siete cinco siete.- Los bienes
muebles anteriormente descritos se encuentran depositados en la Agencia
del Banco Salvadoreño Sociedad Anónima, ubicadas en Calle Obispo
Marroquín, Número dos- ocho, ahora trasladados a la Avenida Claudia
Lars y Primera Calle Poniente Héctor Armando Magaña, número dos
-uno, frente a la Alcaldía Municipal de Sonsonate, de la Ciudad y De-
partamento de Sonsonate.
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL,
San Salvador, a las doce horas y dos minutos del día catorce de junio
del año dos mil siete.- Lic. ANA MARIA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011758-1
INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO MERCAN-
TIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
GENERAL,
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promo-
vido por el FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que
se abrevia FONAVIPO, a través de su Apoderado General Judicial
Licenciado VÍCTOR MANUEL BURGOS ELENA, continuado por la
Licenciada CARLA MARIA MÉNDEZ REYES, en el mismo carácter
que el primero, contra el señor OSCAR ANTONIO MONTES LÓPEZ,
se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble rústico, en
proceso de Urbanización, situado en el cantón San Miguel, jurisdicción
de Mejicanos de este Departamento, en donde se ha construido un com-
plejo habitacional denominado CONDOMINIO ATLANTA SEGUNDA
ETAPA, identifi cado como APARTAMIENTO NUMERO VEINTIDÓS,
EDIFICIO “I”, PLANTA ALTA que se describe así: Este apartamento está
ubicado en la segunda planta o piso y consta de una superfi cie construida
de treinta punto cero cuatro metros cuadrados, equivalentes a cuarenta
y dos punto noventa y ocho varas cuadradas y de un jardín interior en la
primera planta ubicado en el vértice Sureste de la construcción, el cual
tiene una superfi cie de cinco punto treinta metros cuadrados, equivalentes
a siete punto cincuenta y ocho varas cuadradas. La medida cúbica de
la construcción es de ochenta y dos punto sesenta y un metros cúbicos.
La construcción está ubicada en la elevación de setecientos cincuenta y
ocho punto treinta y cinco metros y el jardín interior, en la elevación de
setecientos cincuenta y cinco punto sesenta metros, ambas medidas sobre
el nivel medio del mar, por lo que se hará una descripción individual de
cada porción de la siguiente manera, iniciándose por la construcción.
Partiendo de la intersección de los ejes de la calle al Volcán y el pasaje
número ocho, se mide sobre el eje del último con rumbo Norte, cero
cinco grados catorce punto un minutos Oeste, una distancia de setenta
y cuatro punto treinta y un metros. En este punto se hace una defl exión
derecha de noventa grados y se mide una distancia de dos metros, loca-
lizando el nivel de piso de la primera planta. Desde este punto se mide
verticalmente hacia arriba una altura de dos punto setenta y cinco metros,
localizando así al esquinero Suroeste del inmueble cuyos linderos son
los siguientes: LADO PONIENTE, Tramo recto de rumbo Norte, cero
cinco grados, catorce punto un minutos Oeste y distancia de cinco mil
veinticinco metros, lindando con el espacio aéreo del estacionamiento
de vehículos número dos del Condominio, estando de por medio el
espacio aéreo del pasaje número ocho, de cuatro metros de ancho de
derecho de vía; LADO NORTE, tramo recto de rumbo Norte, ochenta
y cuatro grados, cuarenta y cinco punto nueve minutos Este y distancia
de cinco punto cero cinco metros, lindando con el apartamento número
veinte del edifi cio I. LADO ORIENTE, Línea quebrada compuesta por
67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
cinco tramos rectos: 1) Rumbo Sur, cero cinco grados, catorce punto un
minutos Este y distancia de uno punto cero setenta y cinco metros; 2)
Rumbo Norte, ochenta y cuatro grados, cuarenta y cinco punto nueve
minutos Este y distancia de uno punto sesenta metros; 3) Rumbo Sur,
cero cinco grados catorce punto un minutos Este y distancia de uno
punto cuarenta metros; 4) Rumbo Sur, ochenta y cuatro grados, cuarenta
y cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de cero punto sesenta y
cinco metros; 5) Rumbo Sur, cero cinco grados, catorce punto un minutos
Este y distancia de dos punto cincuenta y cinco metros, lindando con los
espacios aéreos de los jardines interiores de los apartamentos números
veintiuno y veintidós ambos del edifi cio I; LADO SUR, tramo recto
de rumbo Sur, ochenta y cuatro grados, cuarenta y cinco punto nueve
minutos Oeste, y distancia de seis metros, lindando con el apartamento
número veinticuatro, estando de por medio el espacio aéreo del acceso
común a los apartamentos números veintiuno, veintidós, veintitrés y
veinticuatro, todos del edifi cio “I”; dicho acceso tiene uno punto ochenta
metros de ancho. Este inmueble linda también por el lado inferior o
piso con el apartamento número veintiuno del edifi cio I, losa de con-
creto de veinticinco centímetros de espesor de por medio y por el lado
superior o cielo a dos punto setenta y cinco metros de altura promedio
de construcción, linda con el espacio aéreo nacional. Los colindantes
mencionados en los linderos Poniente, Norte, Oriente, Sur e inferior,
forman parte del Condominio “Atlanta”, II Etapa. La descripción del
jardín interior se inicia en el vértice Sureste de la porción que se acaba
de describir, en donde se mide verticalmente hacia abajo una altura de
dos punto setenta y cinco metros. Desde este punto se mide con rumbo
Sur, cero cinco grados, catorce punto un minutos Este, una distancia de
cero punto noventa metros, localizando así el esquinero Suroeste del
inmueble cuyos linderos son los siguientes: LADO PONIENTE, tramo
recto de rumbo Norte, cero cinco grados, catorce punto un minutos Oeste
y distancia de dos punto sesenta y cinco metros, lindando con el acceso
común de los apartamentos números veintiuno, veintidós, veintitrés y
veinticuatro, todos del edifi cio I y con la construcción del apartamento
número veintiuno, del mismo edifi cio. LADO NORTE, tramo recto de
rumbo Norte, ochenta y cuatro grados, cuarenta y cinco punto nueve
minutos Este y distancia de dos metros, lindando con el jardín interior
del apartamento número veintiuno del edifi cio I. LADO ORIENTE,
tramo recto de rumbo Sur, cero cinco grados, catorce punto un minutos
Este y distancia de dos punto sesenta y cinco metros, lindando con el
jardín interior del apartamento número diez del edifi cio I. LADO SUR,
tramo recto de rumbo Sur, ochenta y cuatro grados, cuarenta y cinco
punto nueve minutos Oeste y distancia de dos metros, lindando con el
jardín interior del apartamento número veinticuatro del edifi cio I. Este
inmueble linda también por el lado inferior o piso con el bien raíz del
Condominio y por el lado superior o cielo con el espacio aéreo nacional.
Los colindantes mencionados en los linderos Poniente, Norte, Oriente y
Sur, forman parte del Condominio “Atlanta”, II Etapa, cuya propiedad se
desglosa de la siguiente manera: El terreno donde se han construido las
edifi caciones es propiedad del Ingeniero Pedro Manuel Pérez Guillén, y
las edifi caciones son propiedad de Cromeyer - Durón, Ingenieros Civiles,
Sociedad Anónima de Capital Variable.- Dicho inmueble es propiedad
del señor OSCAR ANTONIO MONTES LÓPEZ, por estar inscrito a su
favor en la Matrícula al Número SEIS CERO CERO UNO TRES SIETE
NUEVE OCHO- A CERO CERO SIETE CUATRO, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.
Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.
LIBRADO en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a
las catorce horas y cuarenta minutos del día veinticuatro de Noviembre
de dos mil seis.- Dra. INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO
DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- Licda. JACQUELINE JOHANNA
ORTIZ DURÁN, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011812-1
68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS SEÑA-
LADOS EN AUTO,
HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este
Juzgado por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA y
continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES como
Apoderados del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que
se abrevia “FONDO o FONAVIPO” en contra de la señora SOFIA ESPE-
RANZA TRIGUEROS DE RIVERA, se ha ordenado la venta en pública
subasta en este Juzgado del inmueble situado en Condominio Atlanta,
segunda etapa, apartamento número treinta y ocho edifi cio “HH”, cantón
San Miguel, Jurisdicción de Mejicanos, inmueble de naturaleza urbana, el
apartamento está ubicado en la segunda planta o piso del edifi cio y consta
de una porción construida de treinta punto cero cuatro metros cuadrados,
equivalentes a cuarenta y dos punto noventa y ocho varas cuadradas, la
cual tiene una medida cúbica de ochenta y dos punto sesenta y un metros
cúbicos, posee además un jardín interior en la primera planta, situado en
el vértice nor-este de la construcción, el cual tiene una superfi cie de cinco
punto treinta metros cuadrados, equivalentes a siete punto cincuenta y
ocho varas cuadradas. La construcción está ubicada en la elevación de
setecientos cincuenta y nueve punto quince metros, y el jardín interior
en la elevación de setecientos cincuenta y seis punto cuarenta metros
ambas medidas sobre el nivel medio del mar. Desde este punto se mide
con rumbo sur cero cinco grados catorce punto un minuto Este, una
distancia de cero punto noventa metros, localizando el esquinero nor-
este del inmueble cuyos linderos son los siguientes: LADO ORIENTE:
tramo recto de rumbo Sur cero cinco grados catorce punto un minutos
Este y distancia de dos punto sesenta y cinco metros, lindando con el
acceso común a los apartamentos números treinta y siete, treinta y ocho,
treinta y nueve y cuarenta, todos del edifi cio “HH” y con el apartamento
número treinta y siete del mismo edifi cio “HH”. LADO PONIENTE:
tramo recto de rumbo Norte cero cinco grados catorce punto un minuto
Oeste y distancia de dos punto sesenta y cinco metros lindando con
terreno propiedad de Pablo Luna, estando de por medio una servidumbre
para canaletas de aguas lluvias del condominio ancho variable. LADO
NORTE: tramo recto rumbo Norte ochenta y cuatro grados cuarenta
y cinco punto nueve minutos Este y distancia de dos punto cero cero
metros lindando con el jardín interior del apartamento número cuarenta
del edifi cio “HH”. Este inmueble linda también por el lado inferior o
piso con el bien raíz del condominio y por el lado superior o cielo, con
el espacio aéreo del Condominio. Los apartamentos y la servidumbre
para canaletas colindantes mencionados en los linderos oriente, sur,
poniente y norte, forman parte del Condominio Atlanta, segunda etapa,
cuyo terreno es propiedad del Ingeniero Pedro Manuel Pérez Guillén y
edifi caciones propiedad de Cromeyer-Durón Ingenieros Civiles, S.A.
de C.V., inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección del Centro, al número cero cero tres de la Matrícula
número M cero uno dos tres nueve ocho tres ocho, a nombre de la señora
SOFIA ESPERANZA TRIGUEROS DE RIVERA.
La que se hace saber al público para los efectos legales correspon-
dientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas y
treinta minutos del día once de mayo de dos mil siete. Lic. JOSE HUGO
ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN ESTELA
HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011814-1
RENE DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ
DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE METAPAN.-
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil promovido actualmente por la Licenciada CARLA MA-
RIA MENDEZ REYES en el carácter de Apoderada General Judicial
DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR que se abrevia
EL FONDO o FONAVIPO en contra de la demandada señora MARIA
CARLOTA LEMUS FIGUEROA, reclamándole la cantidad de SEIS-
CIENTOS VEINTIDOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
AMERICA Y VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR y accesorios de
ley, se venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se deter-
minará en este Juzgado, EL BIEN INMUEBLE SIGUIENTE: Ubicado
en PARCELACION TRINIDAD, Polígono número Once, Lote número
diez, TECOMAPA, TECOMAPA, METAPAN, SANTA ANA inscrito en
el sistema de folio real computarizado del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente de la ciudad de Santa
Ana, matrícula número 20004228-00000 EN EL ASIENTO CINCO.
Librado en el Juzgado Primero de Paz; Metapán, a las diez horas
y treinta minutos del día quince de junio de dos mil siete.- Lic. RENE
DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ. Lic.
ERICK FERNANDO GONZALEZ PORTILLO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011816-1
RENE DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ
DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE METAPAN.-
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil promovido actualmente por la Licenciada CARLA MA-
RIA MENDEZ REYES en su carácter de Apoderada General Judicial
DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR que se abrevia
EL FONDO o FONAVIPO en contra del demandado señor PEDRO
ALFONSO TEJADA, reclamándole la cantidad de SEISCIENTOS
VEINTIDOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
Y VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR, y accesorios de ley; se
venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se determinará
en este juzgado, EL BIEN INMUEBLE SIGUIENTE: Ubicado en PAR-
CELACION TRINIDAD, Polígono número nueve, lote número cinco,
TECOMAPA, TECOMAPA, METAPAN, SANTA ANA, inscrito en el
sistema de folio real computarizado del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente con sede en la ciudad
de Santa Ana, Matrícula número 20004196-00000 EN EL ASIENTO
CINCO.
Librado en el Juzgado Primero de Paz; Metapán, a las once horas
y treinta minutos del día quince de junio de dos mil siete. Lic. RENE
DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ. Lic.
ERICK FERNANDO GONZALEZ PORTILLO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011817-1
RENE DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ
DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN.-
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el
Juicio Ejecutivo Civil promovido actualmente por la Licenciada CAR-
LA MARIA MENDEZ REYES en el carácter de Apoderada general
judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR que se
abrevia EL FONDO o FONAVIPO en contra de la demandada señora
BLANCA MAYRA COREA MARTINEZ, reclamándole la cantidad de
SEISCIENTOS VEINTIDOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA Y VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR y accesorios
de ley, se venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se de-
terminará en este juzgado, EL BIEN INMUEBLE SIGUIENTE: Ubicado
en Parcelación Trinidad, polígono número Cinco, Polígono número ocho,
TECOMAPA, TECOMAPA, METAPAN, SANTA ANA, inscrito en el
sistema de folio real computarizado del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente con sede en la ciudad
de Santa Ana, matrícula número 20004059-00000 EN EL ASIENTO
CINCO.
Librado en el Juzgado Primero de Paz; Metapán, a las diez horas
del día quince de junio de dos mil siete.-Enmendado.-civil.-Vale.- Lic.
RENE DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ.
Lic. ERICK FERNANDO GONZALEZ PORTILLO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011818-1
70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que en virtud de Juicio Ejecutivo Civil promovido
por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, en su calidad de
Apoderada General Judicial del Fondo Nacional de Vivienda Popular,
que puede denominarse EL FONDO o FONAVIPO, Institución Pública
de Crédito de carácter Autónomo, del domicilio de la ciudad de San Sal-
vador, contra la señora MARGARITA CANDELARIA PEREZ GOMEZ,
mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Tecoluca, de este
Departamento, reclamándole el pago de cantidad adeudada, intereses
y costas procesales, se venderá en pública subasta por la cantidad y
en fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble: un lote o
porción de terreno rústico situado en jurisdicción de Tecoluca, de este
Departamento, identifi cado como Lote número tres del Polígono “F”, de
la Lotifi cación El Playón, con un área de DOSCIENTOS SEIS PUNTO
CERO CUATRO METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas
siguientes: AL NORTE, ocho punto cero cuatro metros; AL ORIENTE,
veinticinco punto cincuenta y tres metros; AL SUR, ocho punto cero
dos metros; y AL PONIENTE, veinticinco punto noventa y ocho metros.
Inscrito a favor de la señora MARGARITA CANDELARIA PEREZ
GOMEZ bajo la Matrícula SIETE CERO CERO CERO TRES CUATRO
SIETE NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de
la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, con
sede en esta ciudad.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecinueve días
del mes de abril del año dos mil siete. Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. F011819-1
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado
con el número 103-E-97, promovido inicialmente por el Licenciado
VICTOR MANUEL BURGOS ELENA, posteriormente continuado por
la Licenciada ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS, actualmente
continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, en
su calidad de Apoderados Generales Judiciales del FONDO NACIO-
NAL DE VIVIENDA POPULAR, contra el señor JUAN FRANCISCO
HERNANDEZ RAMIREZ, se venderá en Pública Subasta en este Tri-
bunal, en fecha que más adelante se señalará, un Bien Inmueble que a
continuación se describe y localiza así: Un terreno de naturaleza urbana,
situado sobre la Séptima Calle Oriente y Final Avenida El Cementerio
del Barrio El Santuario de la Ciudad de San Vicente, en el cual se ha
construido un Proyecto Habitacional denominado “URBANIZACION
JIBOA”. Que del inmueble antes relacionado por este acto segrega el
lote marcado con el número catorce del block “F” Sur de la referida
urbanización, con un área superfi cial de CINCUENTA METROS, que
mide: AL NORTE: línea recta de cinco metros; AL ESTE: línea recta
de diez metros: AL SUR: línea recta de cinco metros; y AL OESTE:
línea recta de diez metros, inscrito en el Registro Social de Inmuebles a
la Matrícula M CERO UNO CERO TRES CUATRO UNO UNO UNO,
Asiento número CERO CERO UNO, del Registro Social de Inmuebles
del Departamento de San Vicente.
SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;
San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día uno de septiem-
bre de dos mil seis. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA
DE BARAHONA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011820-1
71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.- Al público para
los efectos de Ley,
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-
movido por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA,
seguido por la Licenciada ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS
y continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES,
los tres en concepto de Apoderados Generales Judiciales, del FONDO
NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO o
FONAVIPO, contra la ejecutada señora IRASEMA ISABEL MADRID
DE RECINOS, se venderá en pública SUBASTA en este Tribunal, en
fecha que oportunamente se señalará: “Un lote de terreno que forma
parte de la Parcelación Amate Blanco, Polígono “D”, lote número tres,
correspondiente a la ubicación geográfi ca de El Zacamil, Candelaria
de la Frontera, Santa Ana, de una extensión superfi cial de CIENTO
CINCUENTA METROS CUADRADOS, el cual mide: AL NORTE,
siete punto cincuenta metros, AL SUR, siete punto cincuenta metros,
AL ORIENTE, veinte metros, y AL PONIENTE, veinte metros. El in-
mueble antes descrito, es propiedad de la ejecutada, señora IRASEMA
ISABEL MADRID DE RECINOS, por estar inscrito a su favor bajo la
Matrícula M 03030524, hoy trasladado a la Matrícula de Siryc número
20103738-00000, del Registro de la Propiedad de este Departamento.-
Se admitirán posturas siendo legales.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas
treinta y cinco minutos del día trece de noviembre de dos mil seis.- LIC.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.-
3 v. alt. No. F011822-1
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA, Al público para los
efectos de Ley,
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-
movido por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA,
seguido por la Licenciada ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS
y continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES,
los tres en concepto de Apoderados Generales Judiciales, del FONDO
NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO
o FONAVIPO, contra el ejecutado señor OVIDIO DOLORES LIMA
JIMENEZ, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha
que oportunamente se señalará: “Un lote de terreno que forma parte
de la Parcelación Amate Blanco, Polígono “E”, lote número Cinco,
correspondiente a la ubicación geográfi ca de El Zacamil, Candelaria
de la Frontera, Santa Ana, de una extensión superfi cial de CIENTO
SESENTA Y SIETE PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS,
el cual mide: AL NORTE, dieciocho punto ochenta y cinco metros,
AL SUR, veintidós punto noventa y cinco metros, AL ORIENTE, ocho
metros veinte metros, y AL PONIENTE, ocho punto noventa y nueve
metros. El inmueble antes descrito, es propiedad del ejecutado, señor
OVIDIO DOLORES LIMA JIMENEZ, por estar inscrito a su favor bajo
la Matrícula M 03030558, hoy trasladado a la Matrícula de Siryc número
20103725-00000, del Registro de la Propiedad de este Departamento.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas
cincuenta minutos del día trece de noviembre de dos mil seis. LIC.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011823-1
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA. - Al público para
los efectos de Ley,
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-
movido por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA, y
seguido por la Licenciada ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS
y continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES,
los tres en concepto de Apoderados Generales Judiciales, del FONDO
NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO
o FONAVIPO, contra la ejecutada señora BERTA LUZ GONZALEZ
LINARES, se venderá en pública SUBASTA en este Tribunal, en fecha
que oportunamente se señalará: “Un lote de terreno que forma parte de la
Parcelación Amate Blanco, Polígono “F”, lote número Diez, correspon-
diente a la ubicación geográfi ca de El Zacamil, Candelaria de la Frontera,
72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Santa Ana, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CINCUENTA
Y SIETE PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS, el cual mide:
AL NORTE, once punto treinta y siete metros, AL SUR, catorce punto
treinta y siete metros, AL ORIENTE, veinte metros, y AL PONIENTE,
veinte metros. El inmueble antes descrito, es propiedad de la ejecutada
señora BERTA LUZ GONZALEZ LINARES, por estar inscrito a su
favor bajo la matrícula M 03030584, hoy trasladado a la Matrícula de
Siryc número 20103408-00000, del Registro de la Propiedad de este
Departamento.-
Se admitirán posturas siendo legales.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas
veinte minutos del día trece de noviembre de dos mil seis.- LIC. HENRY
EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY
OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011824-1
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA, Al público para los
efectos de ley,
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por
la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, como Apoderada
General Judicial del actor FONDO NACIONAL DE VIVIENDA PO-
PULAR, que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO; contra la ejecutada
señora ANA GLORIA DIAZ LIMA, se venderá en pública SUBASTA,
en fecha que oportunamente se señalará, el inmueble siguiente: “Un
lote que forma parte de la Parcelación Amate Blanco, polígono “A”,
lote número dieciséis, situada en El Zacamil, Candelaria de la Frontera,
departamento de Santa Ana, de una extensión superfi cial de CIENTO
CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, el cual
mide: AL NORTE, siete punto cincuenta metros; AL SUR, siete punto
cincuenta metros; AL ORIENTE, veinte punto cero cero metros, y AL
PONIENTE, veinte punto cero cero metros. El inmueble antes descrito,
es propiedad de la ejecutada, señora ANA GLORIA DIAZ LIMA, por
estar inscrito a su favor bajo la Matrícula M CERO TRES MILLONES
TREINTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE, hoy
trasladada al Siryc bajo la Matrícula DOS CERO UNO CERO OCHO
UNO UNO SEIS CERO CERO CERO CERO CERO, en el Registro de
la Propiedad Raíz e Hipotecas, del Departamento de Santa Ana.-
Se admitirán posturas siendo legales.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las once horas
veinticinco minutos del día veintidós de marzo de dos mil seis.-En-
mendado:once -Vale.- LIC. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011825-1
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,
a las nueve horas del día trece de abril de dos mil siete, en el Juicio
Mercantil Ejecutivo, promovido por el FONDO NACIONAL DE LA
VIVIENDA POPULAR, por medio de su Apoderada General Judicial
Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, en contra del señor
JUAN ANTONIO GARCIA, se venderá en PUBLICA SUBASTA Y
EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, el inmueble
siguiente: un inmueble situado en Cantón Tecomapa de esta comprensión,
del lugar denominado COMUNIDAD TRINIDAD, SECTOR SUR, mar-
cado como lote número CUARENTA Y OCHO C del polígono ONCE
de una extensión superfi cial de NOVENTA METROS CUADRADOS
equivalentes a CIENTO VEINTIOCHO PUNTO SETENTA Y SIETE
VARAS CUADRADAS, el cual mide: AL NORTE, seis metros; AL
ORIENTE, quince metros; AL SUR, seis metros; Y AL PONIENTE,
quince metros.- Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo el sistema
de folio real computarizado a favor del deudor con Matrícula número
DOS CERO CERO CERO CUATRO DOS SEIS SEIS - CERO CERO
CERO CERO CERO de Propiedad.-
Servirá de base para el remate las dos terceras partes de su valúo, se
admitirán posturas siendo legales.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas del
día veintiuno de abril de dos mil siete. LIC. JOSE HERNAN PALACIOS
LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA
FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011827-1
73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución proveída por este Juzgado a
las once horas con cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo
del dos mil siete, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el
FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que puede abreviarse
FONAVIPO, por medio de su Apoderada General Judicial Licenciada
KARLA MARIA MÉNDEZ REYES, en contra de la señora DELMI-
RA ISABEL GALDAMEZ, se venderá en PÚBLICA SUBASTA Y EN
FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, el bien inmueble
siguiente: Situado en el Cantón Tecomapa, Jurisdicción de Metapán,
Departamento de Santa Ana, del lugar denominado COMUNIDAD
TRINIDAD, SECTOR SUR, marcado como lote número CUARENTA
Y TRES, del polígono ONCE, de una extensión superfi cial de NOVEN-
TA METROS CUADRADOS, equivalente a CIENTO VEINTIOCHO
PUNTO SETENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, que mide y lin-
da: AL NORTE, seis metros; AL ESTE, quince metros; AL SUR, seis
metros; y AL OESTE, quince metros.- Dicho inmueble se encuentra
inscrito a favor de la señora DELMIRA ISABEL GALDAMEZ, bajo
la matrícula número DOS CERO CERO CERO CUATRO DOS SEIS
UNO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente.
Servirá de base para el remate de los bienes inmuebles a subastar
las dos terceras partes de su valúo y se admitirán posturas que sean
legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con
quince minutos del día veintitrés de mayo del dos mil siete.- Lic. JOSÉ
HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011829-1
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido en
este Tribunal por el Licenciado VÍCTOR MANUEL BURGOS ELENA,
continuado por la Licenciada ALBA AMÉRICA CASTILLO RECINOS,
y por la Licenciada CARLA MARIA MÉNDEZ REYES, en sustitución
de los dos primeros, en su carácter de Apoderada General Judicial del
FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR que se abrevia EL
FONDO o FONAVIPO, INSTITUCIÓN PÚBLICA DE CRÉDITO DE
CARÁCTER AUTÓNOMO, del domicilio de San Salvador; contra el
señor EVERTH LISANDRO LÓPEZ CARRILLO; se venderá en pública
subasta en fecha que oportunamente se determinará en este Tribunal
el inmueble siguiente: Un inmueble rústico, identifi cado como lote
número Uno, del polígono Seis, de la Comunidad “JARDINES DE
TENANCINGO”, situado en el Barrio La Democracia, del Municipio
de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial
de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe así:
AL NORTE: Con una distancia de seis punto cero cero metros; AL
ORIENTE: Con una distancia de doce punto cero cero metros; AL SUR:
Con una distancia de seis punto cero cero metros; y AL PONIENTE:
Con una distancia de doce punto cero cero metros; inscrito a favor del
demandado bajo la Matrícula Número M CINCO CERO CERO CERO
CERO CERO SIETE TRES GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO,
Asiento Número DOS, del Registro de la Propiedad del Departamento
de Cuscatlán.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas
del día dieciocho de mayo del año dos mil siete.- Lic. MANUEL PAZ
CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ORLANDO BELTRÁN
MEJÍA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011831-1
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal por
la Licenciada CARLA MARIA MÉNDEZ REYES, como Apoderada
General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR
que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO contra el señor ROBERTO
RIVERA, se venderá en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha que
oportunamente se publicará, el cincuenta por ciento de un terreno de
naturaleza rústica, identifi cado como lote número TRES del polígono o
Block “A” que forma parte de la parcelación Municipal “LA GRANADI-
NA”, ubicada en jurisdicción de San Julián, de este Departamento, de una
extensión superfi cial de DOSCIENTOS PUNTO OCHENTA METROS
CUADRADOS, con los linderos especiales siguientes: AL NORTE, en
dos tramos el primero de uno punto noventa y seis metros, el segundo
de ocho punto cero cinco metros; AL SUR, diez punto cero cero metros;
AL PONIENTE, veinte punto trece metros; AL ORIENTE, diecinueve
punto noventa y nueve metros. Inscrito bajo lo matrícula número UNO
CERO UNO UNO CERO OCHO CUATRO CERO - CERO CERO
CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Tercera Sección de Occidente, de este Departamento.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Juzgado de Primera Instancia de lzalco, Departamento de Sonsonate,
a un día del mes febrero del año dos mil siete. Lic. ROBERTO RICAR-
DO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. SARA
ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011832-1
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal por
la Licenciada CARLA MARIA MÉNDEZ REYES, como Apoderada
General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR
que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO contra el señor JOSÉ ARNULFO
GALDAMEZ, se venderá en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha
que oportunamente se publicará, el cincuenta por ciento de un terreno
de naturaleza rústica, identifi cado como lote número DIEZ del polígono
“D” que forma parte de la parcelación Municipal “LA GRANADINA”,
ubicada en jurisdicción de San Julián, de este Departamento, de una
extensión superfi cial de DOSCIENTOS CINCO PUNTO CERO CERO
METROS CUADRADOS, con los linderos especiales siguientes, AL
NORTE, veinte punto cero cero metros; AL SUR, veinte punto cero cero
metros; AL PONIENTE, diez punto veinticinco metros; AL ORIENTE,
diez punto veinticinco metros, el derecho proindiviso correspondiente al
cincuenta por ciento propiedad del señor JOSÉ ARNULFO GALDAMEZ,
inscrito bajo lo matrícula número UNO CERO UNO UNO CERO OCHO
OCHO OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente, de este
Departamento.
Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.
Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate,
a un día del mes de febrero del año dos mil siete.- Lic. ROBERTO
RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic.
SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011834-1
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por
la Licenciada Carla María Méndez Reyes, en su calidad de Apoderada
General Judicial del Fondo Nacional de Vivienda Popular, contra la
señora MARIA MACLOVIA CARRILLO DEODANES, se venderá
en Pública Subasta en este Juzgado el siguiente inmueble: “””Lote que
forma parte de la Lotifi cación Loma Linda del Polígono Veinticinco Lote
número cinco, situada en Tamanique, departamento de La Libertad, de
una extensión superfi cial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, el
cual mide: AL NORTE, veinticinco metros; AL SUR, veinticinco metros;
AL ORIENTE, ocho metros; y AL PONIENTE, ocho metros. Inscrito a
favor de la demandada señora MARIA MACLOVIA CARRILLO DEO-
DANES, bajo la matrícula TRES CERO CERO TRES CERO SIETE
SIETE NUEVE - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de
la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de La Libertad.”
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los
doce días del mes de abril del dos mil siete.- Lic. DIGNA GLADIS
MEDRANO RIVERA DE GÓMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-
CIA.- Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F011836-1
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por
la Licenciada Carla María Méndez Reyes, en su calidad de Apoderada
General Judicial del Fondo Nacional de Vivienda Popular, contra la
señora MARIA AUDELIA MEJÍA SIBRIAN, se venderá en Pública
Subasta en este Juzgado el siguiente inmueble: “Lote que forma parte
de la Lotifi cación Loma Linda del Polígono Veintiuno Lote número
DIECISÉIS, situado en Tamanique, departamento de La Libertad, de
una extensión superfi cial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS,
el cual mide: AL NORTE, ocho metros; AL SUR, ocho metros; AL
ORIENTE, veinticinco metros; y AL PONIENTE, veinticinco metros.-
Inscrito a favor de la demandada señora MARIA AUDELIA MEJÍA
SIBRIAN, bajo la matrícula TRES CERO CERO TRES CERO SIETE
SIETE CERO - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departa-
mento de La Libertad.”
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los
doce días del mes de abril del dos mil siete.- Lic. DIGNA GLADIS
MEDRANO RIVERA DE GÓMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-
CIA.- Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F011838-1
75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
REPOSICION DE CERTIFICADOS
El Banco Promérica S.A. COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Av.
Gustavo Guerrero, Barrio El Centro Corinto Morazán, se ha presentado el
Propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO Número:
1903-0000000288, solicitando reposición de dicho CERTIFICADO por
MIL DOSCIENTOS 00/100 DOLARES ($1,200.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
en general para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de su tercera publicación de este aviso y si no hubiera ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
Corinto, 19 de Julio de 2007.
MARIO ANTONIO MENDEZ,
BANCO PROMERICA, S.A.
AGENCIA CORINTO.
3 v. alt. No. F011731-1
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE, se ha presentado
el propietario del certifi cado No. 204249 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 10 de agosto de 1998, a 90 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si trascurridos 30 días después de la tercera y última publicación del
presente aviso el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 24 de julio de 2007.
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F011804-1
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia TEXISTEPEQUE, se ha presentado el
propietario del certifi cado No. 471930 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 06 de febrero de 2007, a 60 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 24 de julio de 2007.
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F011806-1
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia ZACATECOLUCA, se ha presentado el
propietario del certifi cado No. 70060 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 10 de agosto de 1992, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 24 de julio de 2007.
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F011807-1
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SANTA ANA, se ha presentado el pro-
pietario del certifi cado No. 412680 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 24 de noviembre de 2004, a 180 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 24 de julio de 2007.
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F011808-1
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia LA UNION, se ha presentado el pro-
pietario del certifi cado No. 56249 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 11 de febrero de 2003, 90 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 23 de julio de 2007.
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F011809-1
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SALVADOR DEL MUNDO, se ha
presentado el propietario del certifi cado No. 332500 del Depósito a
Plazo Fijo aperturado el 22 de febrero de 2001, 180 días prorrogables,
solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del cono-
cimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado
conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 23 de julio de 2007.
IRMA DE REYES,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F011810-1
77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
3 v. alt. No. F011748-1
BALANCE DE LIQUIDACION
78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
FRECUENCIA DE USO REGULAR
79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
2 v. alt. No. F011696-1
81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
TITULOS MUNICIPALES
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada
ARACELI ALFARO RAMIREZ, quien es del domicilio de Olocuilta, La
Paz quien actúa como Apoderada de la señora EVA ALICIA MARTINEZ
GONZALEZ, solicitando Título Municipal, a favor de su mandante, de
un inmueble de Naturaleza Rústica, Ejidal, situado en Cantón San José
La Montaña, de esta jurisdicción, inmueble que se describe así: de una
Extensión Superfi cial de MIL QUINIENTOS VEINTICINCO PUNTO
DIECISEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
siguientes: AL NORTE: ochenta y tres punto cincuenta y cinco metros
linda con Luis Abelardo Torres Portillo y Margarita Cisneros de Torres,
AL ORIENTE: noventa punto sesenta metros linda con Luis Abelardo
Torres Portillo y Margarita Cisneros de Torres camino vecinal de por
medio, AL SUR: sesenta y siete punto noventa noventa metros linda
con Ismael Duarte, y AL PONIENTE: ochenta y uno punto cincuenta
metros linda con Manuel Najarro, Francisco Beltrán, Luis Abelardo
Torres Portillo y Margarita Cisneros de Torres. Todos los colindantes
son de este domicilio; el inmueble no es predio dominante ni sirviente,
y no le afecta carga o derechos reales a favor de otras personas, y no lo
posee en proindivisión con nadie, valora el inmueble en la cantidad de
MIL DOLARES AMERICANOS. Todos lo anterior en cumplimiento
a lo ordenado en los Art. 101,102,103, de la Ley Agraria vigente y sus
reformas.
Se avisa al público para los efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO CHINAMECA,
departamento LA PAZ, a los veintinueve días del mes de junio de dos
mil siete. ELIEZER MARTÍNEZ CORTEZ, ALCALDE MUNICI-
PAL.- NEMORIO INDALECIO RAUDA CUELLAR, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011701-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada
ARACELI ALFARO RAMIREZ, quien es del domicilio de Olocuilta,
La Paz, quien actúa como Apoderada de la señora ANA MARIA
DOMINGUEZ DE MARTINEZ, solicitando Título Municipal, a favor
de su mandante, de un inmueble de Naturaleza Rústica, Ejidal, situado en
Cantón San Isidro, Calle Los Guachipilines, de esta jurisdicción, inmue-
ble que se describe así: de una Extensión Superfi cial de QUINIENTOS
TREINTA PUNTO CERO OCHO METROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: cinco metros cuarenta
y cuatro centímetros linda con Misión Cristiana Elim, AL ORIENTE:
veintinueve metros catorce centímetros, línea recta, linda con Flor de
María Martínez Domínguez de Ramírez camino vecinal de por medio
y Sonia Melany Domínguez de Morán, Camino vecinal de por medio,
AL SUR: veinticinco metros cincuenta centímetros linda con Misión
Cristiana Elim, y AL PONIENTE: treinta y dos metros setenta y ocho
centímetros linda con Misión Cristiana Elim. Todos los colindantes son
de este domicilio; el inmueble no es predio dominante ni sirviente, y no
le afecta carga o derechos reales a favor de otras personas, y no lo posee
en proindivisión con nadie, valora el inmueble en la cantidad de DOS
MIL DOLARES AMERICANOS. Todo lo anterior en cumplimiento a
lo ordenado en los Art. 101,102,103, de la Ley Agravia vigente y sus
reformas.
Se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL DE CUYULTITAN, departamento de
LA PAZ, a los veinte días del mes de junio de dos mil siete. DR. OSCAR
GUSTAVO AYALA LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- CARLOS
ALEXANDER BOLAÑOS, SECRETARIO MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. F011702-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora FE-
LICITA PINEDA VIUDA DE SANTOS, solicitando Título Municipal, a
su favor, de un inmueble de Naturaleza Urbana, Ejidal, situado en Barrio
El Carmen, Calle Arce, de esta jurisdicción, inmueble que se describe así:
de una Extensión Superfi cial de SETENTA Y DOS PUNTO SESENTA
Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias si-
guientes: AL NORTE: nueve punto cincuenta y cinco metros, linda con
Dora Ilma Quiterio de Rojas, AL ORIENTE: ocho metros, linda con
82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Francisco Orlando Santos Pineda, AL SUR: seis punto sesenta metros
linda con Gloria Escalante y María Fidelina Miranda calle de por medio
con ambas colindantes, y AL PONIENTE: dos tramos de norte a sur cuatro
punto cincuenta metros, y de poniente a sur cuatro punto noventa y cinco
metros linda con Juan Francisco Sánchez. Todos los colindantes son de
este domicilio; el inmueble no es predio dominante ni sirviente, y no le
afecta carga o derechos reales a favor de otras personas, y no lo posee
en proindivisión con nadie, valora el inmueble en la cantidad de DOS
MIL DOLARES AMERICANOS. Todos lo anterior en cumplimiento
a lo ordenado en los Art. 101, 102,103, de la Ley Agraria vigente y sus
reformas.
Se avisa al público para los efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL DE OLOCUILTA, departamento LA
PAZ, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil siete. DR.
MARVIN ULISES RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.
HUGO FREDY HERNANDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011704-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE
FREDI CORTEZ ALFARO, mayor de edad, agricultor en pequeño, de
este domicilio, solicitando por sí y a su favor TITULO MUNICIPAL
de un Inmueble de Naturaleza Urbana, situado en el Barrio La Cruz,
Avenida Tercera Avenida Sur, casa sin número, de esta Villa, compuesto
de DOSCIENTOS VEINTISEIS PUNTO CERO NUEVE METROS
CUADRADOS de extensión superfi cial, con los colindantes siguientes:
NORTE, con René Armando Herrera, Juana Angélica Herrera Merlos,
María Esther Herrera Merlos, Rosa del Carmen Herrera Merlos, María
Sofía Rodríguez García, Elmer Alberto Rodríguez, Sara Ericela Rodríguez
García, Nery Angélica Rivas de Joachin; ORIENTE, con Miguel Chávez
Barahona, Cecilia del Carmen Rivas de Rivas, María Carmela Menjívar
de Rivas, María Susana Rivas de Chávez, calle pública de por medio,
SUR, con Nery Angélica Rivas de Joachin; y al PONIENTE, Miguel
Elías Quinteros. Lo hubo por compra que hizo a la señora Neri Angélica
Rivas de Joachin. Lo valúa en DIEZ MIL COLONES. No es sirviente
ni dominante. Los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace saber al público para los efectos legales.
Alcaldía Municipal de San Juan Tepezontes, Departamento de La
Paz, dos de marzo de dos mil siete. FRANCISCO ALIRIO CANDRAY,
ALCALDE MUNICIPAL.- TITO LOPEZ ESCOBAR, SECRETARIO
MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. F011826-1
MARCAS DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2007067803
No. de Presentación: 20070094810
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
D’ Salud
Consistente en: la palabra D’ Salud, que servirá para: AMPARAR:
NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-
NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011003-1
83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
No. de Expediente: 2007067802
No. de Presentación: 20070094809
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
D.Salud
Consistente en: la palabra D.Salud, que servirá para: AMPARAR:
NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-
NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011004-1
No. de Expediente: 2007067801
No. de Presentación: 20070094808
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
D-Salud
Consistente en: la palabra D-Salud, que servirá para: AMPARAR:
NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-
NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETAS DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011005-1
84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
No. de Expediente: 2007067795
No. de Presentación: 20070094802
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
D-Combustible
Consistente en: la palabra D-COMBUSTIBLE, que servirá para:
AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO
LA ADMINISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CRE-
DITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011007-1
No. de Expediente: 2007067796
No. de Presentación: 20070094803
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
D´Combustible
Consistente en: la expresión D’ Combustible, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS FINANCIEROS Y MO-
NETARIOS, COMO LA ADMINISTRACIÓN, USO Y MANEJO DE
TARJETA DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011008-1
No. de Expediente: 2007067797
No. de Presentación: 20070094804
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
D. Combustible
Consistente en: la palabra D.COMBUSTIBLE, que servirá para:
AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO
LA ADMINISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CRE-
DITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011009-1
85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
No. de Expediente: 2007067794
No. de Presentación: 20070094801
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADO
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
D.Viajes
Consistente en: la expresión D.Viajes, que servirá para: AMPA-
RAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS,
COMO LA ADMINISTRACIÓN, USO Y MANEJO DE TARJETA DE
CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011010-1
No. de Expediente: 2007067793
No. de Presentación: 20070094800
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
D´ Viajes
Consistente en: la palabra D’VIAJES, que servirá para: AMPARAR:
NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-
NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011011-1
No. de Expediente: 2007067792
No. de Presentación: 20070094799
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
D-Viajes
Consistente en: la palabra D-VIAJES, que servirá para: AMPARAR:
NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-
NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011012-1
No. de Expediente: 2007067789
No. de Presentación: 20070094796
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Bank@work
Consistente en: las palabras Bank@work, traducido al castellano
como Banco Trabaja, a los elementos de uso común no se le concede
exclusividad, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS
Y MONETARIOS TALES COMO PRODUCTOS EMPRESARIALES,
PRODUCTOS DE BANCA DE PERSONAS DE CAPTACION, PRES-
TAMOS PERSONALES.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011013-1
No. de Expediente: 2007067788
No. de Presentación: 20070094795
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
B*Smart
Consistente en: la palabra B*Smart, traducido al castellano como
B*Inteligente, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINAN-
CIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMINISTRACION, USO
Y MANEJO DE TARJETAS DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011014-1
No. de Expediente: 2007067787
No. de Presentación: 20070094794
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
B´ Smart
Consistente en: la palabra B’SMART traducida al castellano como
B’Inteligente, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIE-
ROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMINISTRACION, USO Y
MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011015-1
No. de Expediente: 2007067786
No. de Presentación: 20070094793
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
B.Smart
Consistente en: la palabra B.Smart traducida al castellano como
B.Inteligente, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS
Y MONETARIOS, COMO LA ADMINISTRACION, USO Y MANEJO
DE TARJETA DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011016-1
No. de Expediente: 2007067784
No. de Presentación: 20070094791
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO
ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-
PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:
BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
B-Smart
Consistente en: la palabra B-Smart, traducido al castellano como B-
Inteligente, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS
Y MONETARIOS, COMO LA ADMINISTRACION, USO Y MANEJO
DE TARJETAS DE CREDITO.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C011017-1
88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
CONCESION DE FRECUENCUAS
89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
2 v. alt. No. F011697-1
LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES
HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO: Que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 7 y 61 de la Ley de Telecomunicaciones y en los artículos 5 y 7 del Reglamento de dicha Ley, en uso de sus facultades legales emitió con fecha 27 de junio de 2007 la resolución número T-489-2007 a fi n de otorgarle por un período de 30 años la
CONCESION PARA PROVEER EL
SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA
A la Sociedad:
MULTIPHONE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
Para los efectos legales correspondientes, la Concesión se inscribió en la Sección de Actos y Contratos del Registro adscrito a la SIGET.
San Salvador, 16 de julio de 2007.
LIC. FERNANDO ARGÜELLO TÉLLEZ,
SUPERINTENTENDE.
2 v. alt. No. F011699-1
90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACIÓN DE HERENCIAS
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, Departamento
de La Unión, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve
horas del día veinte de Junio del corriente año, se tuvo por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que
al fallecer a las veintitrés horas y veinte minutos del día trece de Junio
del año dos mil seis, en la ciudad de Dallas, Texas, Estados Unidos de
América, su último domicilio la Villa de Concepción de Oriente, de este
Distrito, Departamento de La Unión, dejó la causante Eugenia Bonilla
Velásquez, conocida por Eugenia Bonilla, y por Eugenia Velásquez
Bonilla, de parte del señor Reinaldo Bonilla o Reynaldo Bonilla, en
concepto de Cesionario de los Derechos que como herederos les corres-
pondían a los señores Ana Beralda Bonilla Bonilla, José Fredy Bonilla,
Silvia Milagro Bonilla, y Celina Orestila Bonilla Bonilla, en concepto
de hijos de la referida causante, de conformidad con el Artículo 1699
C. C. Se le confi ere al aceptante en el carácter dicho la administración
y representación INTERINA de la indicada sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Extiéndase para sus publicaciones los edictos respectivos.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los
veintiún días del mes de Junio de dos mil siete. LIC. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010936-2
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, Departamento de La Unión, al público para
los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce
horas y cincuenta minutos del día ocho de junio del corriente año; se tuvo
por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que al fallecer diez horas del día nueve de marzo del año dos
mil seis, en el Barrio El Centro de la ciudad de Anamorós, departamento
de La Unión, siendo su último domicilio la ciudad de Anamorós, dejara
la causante Ana Josefa Cruz viuda de Cruz conocida por Ana Josefa
Cruz, por Ana Josefa Cruz de Cruz y por Josefa Cruz, a la heredera
Lidia Concepción Cruz viuda de Chávez conocida por Lidia Concepción
Cruz y por Lidia Concepción Cruz de Chávez, en concepto de hija y
además como Cesionaria de los derechos hereditarios que en la referida
sucesión le correspondían a los señores Leonidas Cruz Cruz conocido
por Leonidas Cruz; Raúl Antonio Cruz Cruz conocido por Raúl Antonio
Cruz; y César Neftalí Cruz conocido por César Neftalí Cruz Cruz, como
hijos de la referida causante, de conformidad con lo establecido en los
Arts. 988 No. 1° y el 1699 del Código Civil.
En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho,
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los doce días del mes de junio del año dos mil
siete. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010937-2
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, Departamento de La Unión, al público para
los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las quince
horas y dieciocho minutos del día doce de junio del corriente año; se tuvo
por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que al fallecer a las nueve horas del día diez de marzo de mil
novecientos setenta y ocho, en el Cantón Honduritas, Jurisdicción de
Nueva Esparta, Departamento de La Unión, siendo su último domicilio
la ciudad de Nueva Esparta, dejara la causante Cecilia Velásquez, al
heredero José María Mejía Velásquez, en concepto de hijo del causante
antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No.
1º del Código Civil.
91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho,
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los catorce días del mes de junio del año dos
mil siete. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SE-
CRETARIA.
3 v. alt. No. C010938-2
LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, Departamento
de La Unión, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve
horas del día catorce de Junio del corriente año, se tuvo por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al
fallecer a las diez horas y treinta minutos del día veintiséis de enero de
mil novecientos ochenta y dos, en el Barrio San Felipe, de la ciudad de
San Miguel, siendo su último domicilio esta ciudad, Departamento de
La Unión, dejó la causante María Ascención Robles, conocida por María
Ascensión Robles, por María Asención Robles, y por Ascención Robles,
de parte del señor José Rubén Ventura Robles, en concepto de hijo de la
referida causante, de conformidad con el Artículo 998 Numeral 1º C. Se
le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la administración
y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los
dieciocho días del mes de Junio de dos mil siete. LIC. ANGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010940-2
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve
horas y cincuenta minutos del día veintiséis de junio del corriente año;
se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que al fallecer el causante Juan Antonio Valladares,
a las diecinueve horas y treinta minutos del día veintiséis de marzo
del corriente año, en el Hospital Militar de la ciudad de San Salvador,
originario y del domicilio de esta ciudad, Departamento de La Unión,
siendo dicho lugar su último domicilio, dejara a favor de la señora Enma
Claribel Guevara de Valladares conocida por Enma Claribel Guevara y
por Emma Claribel Guevara, en calidad de cónyuge sobreviviente del
expresado causante de conformidad con el Art. 988 No. 1º del Código
Civil.- Se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho la administración
y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Depar-
tamento de La Unión, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil
siete.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-
Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010942-2
VILMA YOLANDA PANIAGUA DE OLIVARES, NOTARIO, DEL
DOMICILIO DE LA CIUDAD DE SONSONATE, CON OFICINA
UBICADA EN SEXTA AVENIDA NORTE NÚMERO DOS-UNO,
DE ESTA CIUDAD.
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario,
proveída a las siete horas del día dieciocho de julio del año dos mil
siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de in-
ventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ
LUIS MUNDO ORELLANA conocido por JOSÉ LUIS ORELLANA,
fallecido el día uno de diciembre de mil novecientos noventa y dos, en la
ciudad de Sonsonate, siendo el lugar de su último domicilio San Julián,
Departamento de Sonsonate, de parte de la señora Eulalia Aquino de
Mundo, en su concepto de cónyuge sobreviviente, y los señores Lucia
del Carmen Aquino Orellana, Blanca Estela Aquino Orellana, Maribel
Aquino Orellana, Luis Gustavo Mundo Aquino conocido por Luis
Gustavo Aquino Orellana, Nelson Mauricio Aquino Orellana, Luisa
92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Yaneth Mundo Aquino y José Raúl Aquino Orellana, en su concepto de
hijos del Causante, confi riéndoseles a los aceptantes la administración y
representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina
citada en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
En la ciudad de Sonsonate, a los veintitrés días del mes de julio
del año dos mil siete.
Lic. VILMA YOLANDA PANIAGUA DE OLIVARES,
ABOGADO Y NOTARIO.
3 v. alt. No. C010954-2
FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL
PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce
horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada del causante, señor MIGUEL
FUENTES MURCIA, quien falleció en Santiago de la Frontera el día tres
de agosto de mil novecientos setenta y ocho, lugar de su último domicilio,
de parte de los señores MARIA ELENA FUENTES VIUDA DE LEMUS;
CRISTINA FUENTES DE ZETINO; MARDOQUEO FUENTES CRUZ
y ÁNGELA ANTONIA FUENTES DE SALAZAR, como hijos del de
cujus y en el carácter dicho se les confi ere interinamente la administración
y representación de la sucesión con las formalidades y restricciones que
la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.
LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las
catorce horas veinte minutos del día jueves doce de abril de dos mil
siete.- Enmendado-MENDOZA-por-agosto-ANGELA-representación-
vale.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ
PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NÚÑEZ
MONTERROSA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011332-2
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,
a las quince horas y cinco minutos de este mismo día; se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
de los bienes que a su defunción dejó el causante RAFAEL CRISTINO
PORTILLO VIVAS conocido por RAFAEL CRISTINO VIVAS POR-
TILLO, ocurrida el día veintitrés de febrero del año dos mil seis; en
el Instituto de Medicina Legal Dr. Alberto Masferrer de la Ciudad de
San Salvador, siendo su último domicilio San Pedro Perulapán de este
Departamento, de parte de los señores ISAURA PORTILLO PANA-
MEÑO hoy DE VIVAS y JOSÉ MAURICIO VIVAS SÁNCHEZ, en su
calidad de padres del referido causante.- Habiéndoseles conferido a los
aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en
el término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de sus dere-
chos.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas
y veinte minutos del día doce de julio del año dos mil siete.- Lic. MA-
NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ORLANDO
BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011350-2
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta
minutos del día catorce de junio del año dos mil siete. Se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia
intestada dejada por el señor JOSÉ FRANCISCO CORADO MÁRQUEZ,
fallecido el día veintisiete de septiembre de mil novecientos noventa y
cinco, en el Cantón San José La Majada, de la jurisdicción de Juayúa su
último domicilio, de parte de las señoras JUANA ANGÉLICA CORADO
MÁRQUEZ, ROSARIO DEL CARMEN CORADO DE VELADO y
GLADIS YESENIA CORADO MÁRQUEZ, en concepto de hermanas
y además como cesionarias de los derechos hereditarios que en la re-
ferida herencia les correspondían a los señores ROBERTO CORADO
MÁRQUEZ, LETICIA CORADO DE CASTANEDA, JULIO CESAR
CASTANEDA CORADO, Medardo Arturo Corado Márquez, Ovidio
93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
Corado Márquez, Sigfredo Corado Márquez, también como hermanos
todos del causante.
Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del día
doce de julio del año dos mil siete.- Dr. MARIO MOISA MARTÍNEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE
ESCOBAR, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011361-2
RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL
SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con quince
minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el
señor José Liberato Soriano Ventura, quien fue de setenta y cuatro años
de edad, jubilado, casado, salvadoreño, quien falleció el día veintisiete
de julio del dos mil tres en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de
parte de los señores: Clara Isabel Martínez de Soriano, Fredy Antonio
Soriano Martínez, Ana Isabel Soriano Martínez y Pablo Felipe Soriano
Martínez, la primera en concepto de cónyuge y los demás como hijos
del mismo causante.
Y se ha nombrado a los aceptantes en el carácter y forma expre-
sados administradores y representantes interinos de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas del día seis de
enero del dos mil seis.- Lic. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE
AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011363-2
CARLOS ROBERTO VALENCIA FUNES, NOTARIO, DE ESTE
DOMICILIO, CON OFICINA UBICADA EN COLONIA YUMURI,
AVENIDA MAYARI No. 178, DE ESTA CIUDAD,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día trece de julio del año en curso, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
testamentaria que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Mount Holly,
New Jersey, Estado de Nueva York, Estados Unidos de Norte América,
el día dieciséis de diciembre del año dos mil cinco, a las veintidós horas
y cuarenta y dos minutos, dejó el señor ALFREDO ROSALES RUIZ,
de parte de la señora ANA AGUSTINA HERNÁNDEZ AGUILAR
conocida por ANA AGUSTINA HERNÁNDEZ DE ROSALES, en su
calidad de cónyuge sobreviviente del causante, representada legalmente
por su Apoderado General Judicial, con Facultades Especiales Licenciado
Carlos Adolfo Ortega Umaña conocido por Carlos Adolfo Ortega Arteaga,
habiéndosele conferido la administración y representación interina de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos, a la referida ofi cina en él término de quince días, contados
desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario Carlos Roberto Valencia Funes,
en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día dieciséis de julio
del año dos mil siete.
Dr. CARLOS ROBERTO VALENCIA FUNES,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011366-2
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce
horas del día cinco de junio del corriente año, se tuvo por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al
fallecer a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintitrés
de enero del año dos mil dos, en la ciudad Miami Florida, Estados Unidos
de Norte América, siendo su último domicilio la ciudad de Santa Rosa
94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
de Lima, departamento de La Unión, dejara el causante JOSÉ NILO
MENJIVAR conocido por JOSÉ NILO MENJIVAR REYES, a la heredera
Dora Consuelo Sánchez de Menjívar conocida por Doris de Menjívar y
por Dora Consuelo Sánchez, en concepto de cónyuge sobreviviente del
Causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el
Art. 988 No. 1º del Código Civil.
En consecuencia, se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librada del Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departamento
de La Unión, a los siete días del mes de junio del año dos mil siete.- Lic.
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-
RINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011372-2
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cincuenta y
cinco minutos del día veintiocho de junio de dos mil siete, se ha tenido
por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción ocurrida a las trece horas del día uno de
julio de mil novecientos setenta y uno, en el Cantón Loma de la Gloria
de esta jurisdicción, su último domicilio dejó la señora SUSANA RUIZ
PADILLA o SUSANA RUIZ; de parte del señor ADALID ROMEO RUIZ,
en su calidad de cesionario del derecho hereditario que en la sucesión le
correspondía al señor JOSÉ RIGOBERTO RUIZ, en su carácter de hijo
de la causante; y se ha nombrado interinamente al aceptante representante
y administrador de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las nueve horas treinta y
siete minutos del día dieciséis de julio del año dos mil siete.- Dr. JULIO
CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO
CASTELLÓN, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011374-2
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LA
UNIÓN; AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las ocho
horas del día veinticinco de mayo del presente año, se tuvo por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que
al fallecer a las tres horas y quince minutos del día veinticinco de abril de
dos mil seis, en Mejicanos, Departamento de San Salvador, siendo Barrio
El Calvario, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, siendo
dicho lugar de su último domicilio, dejara el causante Oscar Lorenzo
Benítez, a favor de los herederos señores Xiomara Marilyn Benítez de
Ventura conocida por Xiomara Marilyn Benítez, Glenda Ysabel Benítez
de Hernández conocida por Glenda Ysabel Benítez y por Glenda Isabel
Benítez y Oscar Josué Benítez Majano, en calidad de hijos de la referida
causante, de conformidad con el Art. 988, No. 1°, del C. C.
Se les confi ere a los herederos declarados en el carácter dicho, la
administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los treinta días de mayo de dos mil siete.- Lic.
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-
RINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011375-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta
y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora
DOMINGA ALFARO BONILLA conocida por DOMINGA ALFARO
y por DOMINGA BONILLA, quien falleció el día diecisiete de agosto
de mil novecientos noventa y seis, en caserío El Havillal del Cantón El
Ciprés, de la Jurisdicción de Conchagua de este distrito y Departamento,
siendo ese lugar su último domicilio, de parte del señor CRESENCIO
HERNÁNDEZ, en calidad de cesionario de los derechos hereditarios
de los señores MARIA GRISELDA BONILLA, MARIA EMERITA
ALFARO, y JOSÉ PASTOR BONILLA HERNÁNDEZ, hijos de la cau-
95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
sante. Confi érase al aceptante en el carácter indicado la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cártel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los ocho días del
mes de mayo de dos mil siete.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PÉREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011390-2
ARTURO DERMIDIO GUZMÁN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cuarenta
y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con
benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MIRNA
ELIZABETH TORRES conocida por MIRNA ELIZABETH TORRES
DE VILLATORO, quien falleció el día seis de enero de dos mil cinco,
en el Cantón Agua Fría de la jurisdicción de San Alejo, siendo ese lugar
su último domicilio, de parte del señor ELMER ALIRIO VILLATORO
TORRES, en calidad de hijo de la causante y como cesionario de los de-
rechos hereditarios que correspondían a los señores LUCIO VILLATORO
CONTRERAS, EDGAR GUSTAVO VILLATORO TORRES, RAÚL
ALBERTO VILLATORO TORRES y HUGO ENRIQUE VILLATORO
TORRES, el primero en calidad de cónyuge sobreviviente y los demás
hijos de la causante. Y se le ha conferido a dicho aceptante en el carácter
indicado la administración y representación interinas de la sucesión con
las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de Ley después de la tercera publicación de este cártel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los once días del
mes de junio de dos mil siete.- Lic. ARTURO DERMIDIO GUZMÁN
MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Br. JORGE ALBERTO
PÉREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011391-2
SONIA ESTER PÉREZ BARRIENTOS, NOTARIO, DE ESTE DOMICI-
LIO, CON OFICINA UBICADA EN CUARTA AVENIDA SUR ENTRE
CALLE JOSÉ MARIANO MÉNDEZ Y ONCE CALLE PONIENTE,
NÚMERO CINCUENTA Y SIETE, DE ESTA CIUDAD,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a
las quince horas y treinta minutos del día quince de junio de dos mil siete,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Barrio Santa Cruz, de
esta ciudad, el día nueve de mayo de dos mil, dejó el señor ABRAHAN
OVIEDO conocido por ABRAHAM OVIEDO TREJO; por parte de la
señora MIRIAN ELIZABETH CRUZ OVIEDO, en su concepto de hija
sobreviviente del causante; habiéndosele conferido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina
en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de Santa
Ana, a las ocho horas del día dieciséis de julio del año dos mil siete.
Lic. SONIA ESTER PÉREZ BARRIENTOS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011404-2
Doctora Ana Felícita Estrada, Juez de lo Civil del distrito judicial del
Departamento de San Vicente, al público para los efectos legales.
HACE: SABER: Que por resolución de las nueve horas cinco
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la
señora CONCEPCION PEREZ FLORES DE DURAN, de cincuenta y
seis años de edad, de ofi cios del hogar, e hija de los señores Fidel Pérez
y María Flores, fallecida a las cinco horas veinte minutos del día treinta
de Julio de mil novecientos noventa y dos, en el Barrio El Calvario de
la ciudad de Guadalupe, en este distrito judicial, lugar de su último do-
micilio, de parte de la señora ANGELA DURAN PEREZ, de cuarenta y
tres años de edad, Empleada del domicilio de San Salvador, por sí como
96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
hija de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que
les corresponderían a los señores JOSE GREGORIO DURAN ALFARO,
cónyuge de la causante; MANUEL DE JESUS DURAN, JOSE ANGEL
DURAN PEREZ, SALVADOR DURAN PEREZ, GLORIA ESPERAN-
ZA DURAN DE MARTINEZ y ROSA VILMA DURAN DE ORTIZ,
todos en su condición de hijos de la causante; y se ha nombrado a la
aceptante señora ANGELA DURAN PEREZ, por sí y como cesionaria
de los derechos hereditarios que les corresponderían a los señores JOSE
GREGORIO DURAN ALFARO, MANUEL DE JESUS DURAN, JOSE
ANGEL DURAN PEREZ, SALVADOR DURAN PEREZ, GLORIA
ESPERANZA DURAN DE MARTINEZ y ROSA VILMA DURAN DE
ORTIZ, en el concepto antes expresado, administradora y representante
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas treinta minutos
del día cinco de julio del año dos mil siete.- Doctora ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011434-2
MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-
DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y trece minutos
del día veintisiete de marzo del dos mil siete, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor JOSE SANTOS MACHADO GUEVARA,
conocido por JOSE SANTOS MACHADO, quien falleció a las nueve
horas del día veintiuno de noviembre del dos mil cuatro, en la Ciudad de
Chapeltique, Distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar
su último domicilio, de parte de la señora ANA MARIA GUEVARA,
como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la
señora MARIA SANDRA MACHADO RIVERA, en calidad de hija del
causante y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indica-
do, la administración y representación interinas de la sucesión, con 1as
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once
horas y trece minutos del día veintisiete de marzo del dos mil siete.
Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011458-2
LUIS ALBERTO ESCOBAR ARCHILA, Notario, de este domicilio,
con Ofi cina ubicada en Calle Obispo Marroquín #6-3, Sonsonate,
al público,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día diecisiete del mes de Julio del año dos mil siete,
se tiene por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la
Herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Nacional
Jorge Mazzini Villacorta de Sonsonate, siendo éste su último domicilio,
el día seis de Junio del año dos mil siete, dejó el señor FRANCISCO
ALFREDO VELASQUEZ ZEPEDA, de parte del Licenciado ERNESTO
VINICIO BELLOSO ESCOTO, actuando como apoderado de los seño-
res MARIA MARTA BRITO DE VELASQUEZ; EDITH CAROLINA
VELASQUEZ BRITO; CATALINA VELASQUEZ BRITO; BERTA
ALICIA VELASQUEZ BRITO; GUSTAVO ERNESTO VELASQUEZ;
MARTIN ALFREDO VELASQUEZ y MARIA ISABEL VELASQUEZ
DE RODRIGUEZ, la primera en su calidad de cónyuge y los demás
en su calidad de hijos sobrevivientes del referido causante, habiéndose
conferido la administración y Representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
Ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente de
la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de Sonsonate, a los veintisiete días del mes
de Julio del año dos mil siete.
Licdo LUIS ALBERTO ESCOBAR ARCHILA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011469-2
97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER Que por resolución dictada por este Juzgado a las
catorce horas con veintiséis minutos del día cinco de julio de dos mil siete,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la Herencia intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su
último domicilio, el día veintiocho de abril de mil novecientos noventa
y tres, dejó la señora MERCEDES DE LOS REYES LOPEZ VIUDA
DE LOPEZ, conocida por MERCEDES DE LOS REYES LOPEZ,
MERCEDES LOPEZ y por MERCEDES LOPEZ DE LOPEZ, de par-
te del señor HECTOR ALIRIO MEJIA, en su calidad de cesionario de
los derechos hereditarios que en dicha sucesión le correspondían a los
señores GUILLERMO LOPEZ y BERTA ALICIA LOPEZ DE RECINOS,
como hijos sobrevivientes de la causante, se ha conferido al aceptante
la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez
horas con cuarenta minutos del día dieciséis de julio de dos mil
siete.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F011478-2
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las catorce horas con cinco minutos del día seis de Julio de dos mil siete,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San
Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio
esta Ciudad de San Marcos, el día treinta de marzo del año de mil no-
vecientos setenta y uno, dejó el causante señor AGUSTIN CALZADA
RODRIGUEZ conocido por AGUSTIN CALZADA, de parte del señor
JOSE SALVADOR CALZADO MARTINEZ conocido por JOSE SAL-
VADOR CALZADA MARTINEZ, en su calidad de hijo del causante en
mención, se ha conferido al aceptante la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-
guiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal
a hacer uso de sus derechos.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día
dieciséis de Julio del año dos mil siete.- Dr. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ARACELY FLORES
ALVAREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011530-2
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las doce horas con veinticinco minutos del día trece de junio del dos mil
siete; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada que a su defunción dejó la causante TRANSITO
CABRERA MORENO, quien fue de setenta y nueve años de edad, de
ofi cios domésticos, fallecida el día diecisiete de septiembre del año de
mil novecientos noventa y seis, siendo esta ciudad su último domicilio;
por parte del señor DAVID RUBEN DERAS LANDAVERDE; en cali-
dad de cesionario del derecho que le correspondía a los señores NIMIA
BERTA ALICIA CABRERA DE FUENTES, HUMBERTO ANTONIO
CABRERA LANDAVERDE, JOSE LEON CABRERA y MAXIMINO
ALFREDO CABRERA, en concepto de hijos de la referida causante.
En consecuencia, se le ha conferido a dicho aceptante la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades
y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacen-
te.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con
veinticinco minutos del día veintiuno de junio del dos mil siete.- Lic.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011535-2
TITULOS DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se a presentado por sí y escrito
el Licenciado RAUL ANTONIO MEDINA UMANZOR, mayor de edad,
Abogado y Notario, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San
Miguel, en su calidad de Apoderado General Judicial con cláusula especial
del señor RIGOBERTO ANTONIO COREAS COREAS, conocido como
RIGOBERTO ANTONIO COREAS CORTEZ, de cuarenta y cuatro años
de edad, soltero, jornalero, de este mismo domicilio, con Documento
Único de Identidad número cero, cero, doscientos setenta y cuatro mil
cuatrocientos sesenta y cinco- cero, solicitando se le extienda Título de
Propiedad de un Inmueble de naturaleza urbana situado en el Barrio
Concepción de esta Ciudad, de una extensión superfi cial de noventa
metros cuadrados y según certifi cación de la denominación catastral
de sesenta y ocho metros noventa y cinco centímetros cuadrados y es
de las medidas y linderos siguientes: ORIENTE: siete punto cincuenta
metros, linda con el Terreno de Daniel Ulises Amaya Juárez, pared de
ladrillo y también hay cerco de alambre propio de por medio AL NORTE:
catorce punto cincuenta metros colinda con terreno de Porfi rio Coreas,
pared de ladrillo propio del terreno que se describe de por medio AL
PONIENTE: ocho punto cincuenta metros linda con solar de Domingo
Cabrera, calle que conduce a Berlín de por medio y AL SUR: ocho metros
colinda con solar de Daniel Ulises Amaya Juárez, pared de ladrillo de
por medio propio del terreno que se describe, en el inmueble descrito
existe construida una casa de sistema mixto con sus respectivos servicios
de agua potable y Energía Eléctrica y lo valúa en la cantidad de diez
mil colones exactos. El referido inmueble no es dominante ni sirviente,
no posee en él derechos ni cargas reales y lo adquirió por compra venta
formal en escritura pública, hecha en Santiago de María, a las once horas
del día siete de enero del dos mil dos, ante el Licenciado Miguel Angel
Flores, Notario, del domicilio de Santiago de María y unida la posesión
material a la de su antecesor, quien ya es fallecido, es por más de diez
años continuos, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal: Ciudad de Mercedes Umaña, a las once
horas del día once de julio del año dos mil siete.- ANTONIO AN-
GEL RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- ELBA OLIMPIA
RODRIGUEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.-
3 v. alt. No. F011394-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora
DOMITILA ABREGO DE ARIAS, de sesenta y siete años de edad,
ama de casa, del domicilio de esta Ciudad, con Documento Único de
Identidad Número cero cero ochocientos ochenta y nueve mil ochocientos
sesenta y cinco guión uno, solicitando que se extienda, a su favor Título
de Propiedad de un solar urbano con su construcción Identifi cado como
lote número diecisiete, situado sobre la fi nal de la Cuarta Avenida Sur
del Barrio Los Desamparados de esta ciudad, de CIENTO SESENTA
METROS CUADRADOS, de extensión superfi cial, comprendido dentro
de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, en línea recta
hacia el Sur, mide ocho metros linda con propiedad de Ana María
López Molina, servidumbre de tránsito de cinco metros, cincuenta
centímetros de ancho de por medio, AL NORTE, en línea recta hacia
el Poniente, mide veinte metros y linda con propiedad de Edmundo
Miranda Carvajal, AL PONIENTE, en línea recta hacia el Sur mide
ocho metros, linda con propiedad de Santiago Valladares; y AL SUR,
en línea recta hacia el oriente hasta llegar al punto donde se comenzó la
descripción mide veinte metros, linda con propiedad de Ursula Vilma de
Herrera, no es dominante ni sirviente no tiene cargas o derechos reales
ni está en proindivisión. Lo hubo por compra a Francisca Velásquez
Guzmán y lo estima en SEIS MIL DOLARES.- Los colindantes son de
este domicilio.
Alcaldía Municipal: Ilobasco, a los diez días del mes de julio de
dos mil siete.- JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE
MUNICIPAL.- MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011498-2
99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
TITULOS SUPLETORIOS
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA;
HACE SABER: Que con fecha seis de julio del corriente año, se
presentó a este juzgado el Licenciado Edwin Antonio Moraga Salgado,
de treinta y un años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la
ciudad El Triunfo, departamento de Usulután, con Documento Único de
Identidad número cero dos millones cuatrocientos diez mil ochocientos
ochenta y nueve - seis; en concepto de Apoderado General Judicial de la
señora Blanca Zoila Coreas Granados, solicitando se le extienda a favor
de su mandante Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústico
situado en Cantón Las Marías, jurisdicción y distrito de Chinameca,
departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de Setecien-
tos ochenta y siete punto setenta y tres metros cuadrados, que tiene las
medidas y colindancias actuales siguientes: AL NORTE: Setenta metros
ciento noventa y un milímetros, con terreno de Alberto Recinos e hijos,
hoy con José Alejandro Romero, alambre de por medio; AL ORIEN-
TE: Diez metros ochocientos sesenta y ocho milímetros, con Alberto
Recinos e hijos, hoy de Cooperativa ADEMUR; AL SUR: Cincuenta y
ocho metros, con Silvia Guevara Paíz, hoy con Jorge Saravia, pared de
ladrillo en parte y en otra posteado de cemento propio del terreno que se
describe; y AL PONIENTE: Diez metros, con Duban Torres Funes, hoy
con Erasmo Castro, calle pavimentada que conduce a Santa Elena de por
medio. Actualmente dicho terreno contiene una casa de sistema mixto de
aproximadamente sesenta metros cuadrados, y lo adquirió su mandante
por compra venta que le hizo al señor Luis Alonso Manueles Sánchez;
que el inmueble no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a
otra persona, ni lo posee en proindivisión y lo valúa en la cantidad de
Cuatro Mil dólares de los Estados Unidos de América.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las
once horas veinte minutos del día once de julio de dos mil siete.- Lic.
DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- Br. ROSALÍA DE JESÚS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011369-2
OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
EDWIN ANTONIO MORAGA SALGADO, de treinta y un años de edad,
Abogado, del domicilio de la ciudad de El Triunfo, Departamento de
Usulután, con Documento Único de Identidad número: Cero dos millones
cuatrocientos diez mil ochocientos ochenta y nueve-seis; como Apoderado
General Judicial de la señora CECILIA ALEJANDRA PORTILLO DE
MARTÍNEZ, de treinta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, del
domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad número
cero cero novecientos veintisiete mil diecisiete - tres, con Número de
Identifi cación Tributaria: Un mil trescientos catorce- doscientos veinte
mil cuatrocientos setenta y cuatro-ciento dos-cuatro; solicitando se le
extienda TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica
situado en Cantón Tapesquillo Alto, jurisdicción de Jucuapa, departamento
de Usulután, de la capacidad superfi cial de MIL SETENTA Y CUATRO
PUNTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas
y colindancias siguientes: AL NORTE, treinta y siete metros, linda con
Dolores Salinas, quebrada de por medio; AL ORIENTE, treinta y ocho
metros, linda con Elisa Rivas; AL PONIENTE, veinticinco punto dos
metros, linda con Oscar Arnoldo Álvarez; y AL SUR, treinta y un metros,
linda con Pedro Francisco Portillo, callejón de por medio.- Dicho inmue-
ble lo hubo por compra que hizo en escritura privada al señor MOISÉS
RIVAS TURCIOS, mayor de edad, agricultor, de este domicilio, quien
ya falleció, tal como consta en partida de defunción que adjunta dicha
escritura, no era inscribible y se le extravió.- El inmueble descrito no
tiene cargas ni derechos reales, ni lo posee en proindivisión, y lo valúa
en la suma de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las quince
horas y treinta minutos del día seis de julio del dos mil siete.- Lic.
OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011370-2
100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN, AL PÚBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
José Edilberto Velásquez Gómez, Abogado, de este domicilio, como
Apoderado General Judicial de los señores Valentín Bonilla e Hilaria
Bonilla de Bonilla, de cuarenta y cuatro y treinta y seis años de edad, en
su orden, jornalero y de ofi cios domésticos, respectivamente, ambos del
domicilio de Concepción de Oriente, con residencia en Cantón Gueripe,
quienes solicitan título supletorio de dos terrenos de naturaleza rústica,
situados en el Cantón Gueripe, Caserío Cuevas, Jurisdicción de Concep-
ción de Oriente, Distrito de Santa Rosa de Lima, departamento de La
Unión, EL PRIMERO, de la capacidad superfi cial de Un mil trescientos
treinta metros, veinticuatro decímetros cuadrados, que mide y linda: AL
NORTE, veinticinco metros con propiedad de la señora Eulogia Bonilla,
un callejón de por medio; AL SUR, cuarenta y ocho metros, ochenta
centímetros, con propiedad del señor Ángel Bonilla, cerco de malla de
ciclón propio de por medio; AL ORIENTE, cuarenta y un metros cin-
cuenta centímetros, con propiedad de la señora María Ángela Bonilla,
calle que conduce de Concepción de Oriente hacia Polorós de por medio;
y AL PONIENTE, treinta metros sesenta centímetros, con propiedad de
la señora Eulogia Bonilla, callejón de por medio, existe construida en el
interior de este lote, una casa paredes de adobe, techo de tejas, de nueve
varas de largo por seis de ancho, con servicio de energía eléctrica, y un
anexo, paredes de ladrillo, techo de tejas; EL SEGUNDO, de la misma
naturaleza y situación del anteriormente descrito, de la capacidad su-
perfi cial de Siete mil setenta y ocho metros, noventa y cinco decímetros
cuadrados, que mide y linda: AL NORTE, ciento catorce metros, con
propiedad de la señora María Ángela Bonilla, cerco de alambre y piña
de por medio; AL SUR, ciento seis metros, setenta centímetros, con
propiedad del señor Anacleto Bonilla, cerco de alambre y piña de por
medio; AL ORIENTE, setenta y siete metros, setenta centímetros, con
propiedad de César Bonilla, cerco de alambre y piña de por medio; y AL
PONIENTE, cincuenta metros, sesenta centímetros, con propiedad de
Jesús Vanegas, quebrada invernal de por medio, carece de construcciones
y cultivos permanentes. Valúan dichos inmuebles en su conjunto en la
suma de Cuatro mil dólares de los Estados Unidos de América, y los
adquirieron por compra informal hecha a la señora Adela Bonilla, en el
año de mil novecientos noventa y uno.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, el día siete de junio del año dos mil siete.- Lic.
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARINA
CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011371-2
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO
DE LA UNIÓN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que se han presentado a este Juzgado los señores
Daniel Cárcamo Velásquez, de cincuenta y tres años de edad, Comer-
ciante, Ethelvina Cárcamo; de cuarenta y nueve años de edad, de ofi cios
domésticos, y Julia Marible Cárcamo de Hernández, de cuarenta y tres
años de edad, el primero y tercera de este domicilio y la segunda del
domicilio de la ciudad de Pasaquina, con Documentos Únicos de Identidad
números cero dos millones trescientos ochenta y cinco mil novecientos
doce-siete; cero dos millones trescientos ochenta y seis mil quinientos
sesenta y nueve-nueve; y cero dos millones trescientos ochenta y seis mil
ciento siete-siete, en su orden, Representados por su Apoderado General
Judicial Licenciado José Edilberto Velásquez Gómez, solicitando título
supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San
Felipe, Jurisdicción de Pasaquina, de este Distrito, Departamento de La
Unión, de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS OCHENTA Y
TRES METROS, SESENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS
que mide y linda: AL ORIENTE, veintidós metros treinta centímetros,
con propiedad del señor Juan Ángel Fuentes Guevara; AL NORTE,
dieciocho metros cuarenta y cinco centímetros, con propiedad del mismo
señor Juan Ángel Fuentes Guevara, cerco de alambre de por medio; AL
PONIENTE, veintisiete metros, con terreno del señor Pablo Aguilar, cerco
de alambre de por medio; y AL SUR, veinte metros ochenta centímetros,
con propiedad de los señores Marina Cárcamo y Tomás Cárcamo, calle
pública de por medio, hay construidas dos casas paredes de ladrillo,
techo de tejas y plafón.- Valúan el referido inmueble en la cantidad de
DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Y lo adquirieron por donación Informal que les hiciera su difunto padre
Jerónimo Contreras, en el mes de junio de dos mil cuatro.
101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los
cuatro días del mes de julio de dos mil siete.- Lic. ÁNGEL ALBINO
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCIÓN
MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011373-2
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA;
HACE SABER: Que con fecha veintinueve de junio del corriente
año, se presentó a este juzgado el Licenciado Néstor Alfredo Zelaya
Salamanca, de cuarenta y siete años de edad, Abogado del domicilio de
Nueva Guadalupe, departamento de San Miguel, con Documento Único
de Identidad número cero uno ocho cero dos cuatro uno cuatro guión
nueve, en concepto de Apoderado General Judicial del señor José Antonio
Funes Solórzano, solicitando se le extienda a favor de su mandante Título
Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón
Valencia, jurisdicción de Lolotique, de este distrito, departamento de
San Miguel, de la capacidad superfi cial de cuatro hectáreas siete áreas
treinta y nueve centrarías cuarenta y dos milésimas de centrarías o sea
Cuarenta mil setecientos treinta y nueve metros cuadrados con cuarenta
y dos centímetros cuadrados; que mide y linda: AL NORTE: Ciento
setenta y tres punto veintinueve metros, colinda con terreno que fue de
Amparo Alegría, ahora Carlos Castro, cerco de piña y alambre de púas
de por medio propiedad del colindante; AL ORIENTE: Doscientos ocho
punto cero uno metros, colindando con terrenos que fueron de Carlos
Armando Molina; ahora de Paz Molina y Guadalupe Molina, quebrada
de por medio; AL SUR: Ciento noventa y nueve punto ochenta y cinco
metros, colinda con terreno que fue de Agatón Funes, ahora de María
Funes de Benavides, Virgilio Benavides y Andrés Salamanca, cerco de
piña y alambre de púas y quebrada de por medio, propiedad de los co-
lindantes; y AL PONIENTE: Doscientos veintiocho punto sesenta y un
metros, colindando con terrenos que fueron de Agatón Funes, Bartolomé
Funes e Isabel Quintanilla viuda de Funes, ahora de Israel Funes, Juana
Gómez y Antonio Funes, cerco de alambre propio y callejón de por medio;
que dicho inmueble no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan
a otra persona, no existe construcción alguna ni cultivos permanentes; y
su mandante lo adquirió por compra venta material que le hizo al señor
Justiniano Funes, el día veintisiete de septiembre de dos mil uno.- Y
lo valúa en la cantidad de Dos mil doscientos veinticinco dólares con
setenta y un centavos de dólar de los Estados Unidos de América.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las
once horas cincuenta minutos del día tres de julio de dos mil siete.- Lic.
DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- Br. ROSALÍA DE JESÚS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011453-2
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
MARIA BASILIA VALENCIA GARCÍA, de sesenta y siete años de
edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Ilobasco, departamento
de Cabañas, con Documento Único de Identidad número cero un mi-
llón novecientos nueve mil doscientos seis guión cuatro; solicitando
TITULO SUPLETORIO a su favor, de dos inmuebles de naturaleza
rústica, situados en el Cantón Sitio Viejo, jurisdicción de Ilobasco, de-
partamento de Cabañas; el primer inmueble de la extensión superfi cial
de DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: En
tres tramos así: El primero de Sur a Norte, mide setenta metros, linda
con Pablo Leiva; el segundo de Poniente a Oriente, desde un árbol de
pepeto, mide treinta metros hasta un árbol de jiote, linda con terreno del
señor Atilio Guerra; y el tercero de Norte a Sur, desde el árbol de jiote
antes mencionado mide treinta y cuatro punto ochenta metros, hasta
llegar a un árbol de mango, linda con terreno del señor Bartolo Guerra,
y según certifi cación linda con terrenos de Pedro Flores Leiva, Víctor
Flores, y Juan José Guerra; AL ORIENTE: En dos tramos, el primero
del árbol de mango antes dicho, pasando por zanjuela que está por un
árbol de ojuste hasta llegar a un árbol de jiote, mide setenta metros; el
segundo de Norte a Sur, del árbol de jiote últimamente mencionado mide
ciento diez metros, en ambos tramos linda con terreno del señor Bartolo
Guerra, divide cerco de madera y alambre, y según certifi cación de la
denominación catastral linda con terreno del señor Juan José Guerra;
102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
AL SUR: Un tramo en línea recta, mide noventa y ocho metros, linda
con terreno del señor Braulio Echeverría, cerco de piña de por medio,
y según certifi cación de la denominación catastral linda con terreno de
Víctor Flores y Juan José Guerra; y AL PONIENTE: En dos tramos así:
El primero de Sur a Norte, mide ochenta metros, cerco de piña de por
medio; y el segundo de Poniente a Oriente mide treinta metros, en ambos
tramos linda con terreno del señor Pablo Leiva. Dicho inmueble carece
de construcciones y cultivos permanentes. El segundo: De la extensión
superfi cial de DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y TRES METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: En
dos tramos de Poniente a Oriente; el primero de cien metros y el segundo
de ciento ochenta metros, linda con terreno del señor Miguel Pineda, en
parte y en otra con terreno propiedad del señor Juan Guardado, quebrada
de por medio, y según certifi cación de la denominación catastral linda
con terrenos de Marcelina Castellanos, Luparia Castellanos de Herrera,
Pedro Torres, río de por medio; AL ORIENTE: Mide ciento quince punto
ochenta metros, linda con terreno del señor Atilio Guerra, camino vecinal
de por medio, y según certifi cación de la denominación catastral linda
con terreno del señor Atilio Guerra, río de por medio, y con Juan José
Guerra, divide camino vecinal de por medio; AL SUR: Mide doscientos
diez metros, zanjuela arriba, linda con terreno de la señora Juana Guerra,
cerco de piña de por medio; y según certifi cación de la denominación
catastral, linda con terreno de Juan José Guerra; y AL PONIENTE: Mide
veinticuatro punto treinta metros, linda con terreno del señor Miguel
Pineda, y según certifi cación de la denominación catastral linda con
terreno del señor Juan José Guerra. Dicho inmueble por el rumbo Oriente
tiene construida una casa, paredes de adobe y techo de lámina y tejas,
sin cultivos permanentes. Los terrenos así descritos no son dominantes
ni sirvientes, ni se encuentran en proindivisión con persona alguna; lo
valúa el primer inmueble en la cantidad de UN MIL SETECIENTOS
CATORCE DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA cada uno de los inmuebles
descritos. Los hubo por posesión que ha ejercido por más de veinte años
consecutivos.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,
a las catorce horas cincuenta minutos del día doce de julio de dos mil
siete.- Lic. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA PROPIETARIO.- Lic. CORNELIO SANTOS, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F011497-2
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY,
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado
WILLIAN EDUARDO HERRERA RECINOS, de treinta y tres años
de edad, Abogado, de este domicilio, Apoderado General Judicial de
la señora ZOILA ESPERANZA BARRERA, de cincuenta y siete años
de edad, soltera, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Jucuarán,
promoviendo Diligencias Sumarias de Título Supletorio, de un terreno
de naturaleza rústica, situado en Cantón El Jutal Municipio de Jucuarán,
Departamento de Usulután, cuya capacidad es de treinta y tres áreas,
de los linderos siguientes: ORIENTE, linda con terreno de EULOGIO
BONILLA, hoy de JAVIER BONILLA, y VICENTE ALVAYEROS,
hoy del señor SANTOS DE LEÓN, actualmente linda con ANTONIO
FRANCO, callejón de servidumbre de por medio de tres metros de
ancho; NORTE, linda con porción vendida a la señora CRISTORIA
DEL CARMEN BARRERA, cerco de alambre de por medio, una parte
propia y la otra parte del colindante MILTON YANEZ; PONIENTE,
terreno de la sucesión de DOLORES CRUZ, hoy de MOISÉS CRUZ,
río El Jutal de por medio; y AL SUR, linda con porción vendida al se-
ñor JOSÉ ROBERTO BARRERA, cerco de alambre de por medio, una
parte propia y la otra del colindante.- Lo adquirió por compraventa que
le hizo el señor HÉCTOR ORTEGA BARRERA.- Y lo estima en Dos
Mil Dólares de los Estados Unidos de América, y lo ha poseído desde
el mes de marzo del año mil novecientos ochenta, no es dominante ni
sirviente, ni está en proindivisión con nadie.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a las
catorce horas y dieciséis minutos del día diecinueve de junio del año dos
mil siete.- Lic. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.
MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011500-2
TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada
IRMA DE LA PAZ RIVERA VALENCIA, mayor de edad, Abogado y
Notario, del domicilio de San Miguel, actuando en concepto de Apode-
rada General Judicial con Cláusula Especial de la Iglesia Católica de El
103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
Salvador, DIOCESIS DE SAN MIGUEL, con Tarjeta de Identifi cación
Tributaria, número un mil doscientos diecisiete-doscientos mil ocho-
cientos ochenta y siete- ciento uno- cero. Viene a solicitar TITULO DE
DOMINIO, de una porción de terreno, de Naturaleza Urbana, situado en
el Barrio El Calvario, de la Ciudad de San Alejo, distrito y departamento
de La Unión, de la capacidad superfi cial de SETECIENTOS TREINTA
Y CINCO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide veintiún metros,
linda con solar del señor Luis Robles, calle de por medio; AL NORTE:
mide treinta y cinco punto cuarenta metros, y linda con el señor José
Norberto Sorto, quebrada de por medio; AL PONIENTE: mide veintiuno
punto cincuenta metros, y linda con solar del señor Carlos Salomón
Lazo Romero y Amalia Bautista Romero, quebrada de por medio; y al
SUR: mide treinta y tres punto ochenta metros, linda con Isidro Reyes,
calle de por medio. Dicho inmueble tiene como accesorio una ermita,
cercada por los rumbos Sur y Oriente con tapial de piedra y malla, y
por los rumbos Norte y Poniente tapial de piedra y bloque, con servicio
de energía eléctrica y agua potable. El inmueble antes descrito no es
dominante ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales, ni está en
proindivisión con nadie, y lo adquirió por compraventa que le hizo al
señor Isidro Vanegas, en esta ciudad, el día diecinueve de marzo del año
mil novecientos catorce. Posesión que ejerce por más de noventa y dos
años continuos, la cual ha sido de manera quieta, pacífi ca, pública y no
interrumpida, la solicitante lo evalúa en la cantidad de CINCUENTA
MIL COLONES equivalentes a CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE
PUNTO VEINTINUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTE AMERICA. Los colindantes son de este domicilio.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley correspon-
diente.
Alcaldía Municipal de San Alejo, a los treinta y un días del mes de
enero del año dos mil siete. ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL, AL-
CALDE MUNICIPAL.- WILLIAM ERNESTO MURILLO MAJANO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011460-2
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2007065893
No. de Presentación: 20070091659
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA
TERESA EGUIZABAL VIUDA DE SANCHEZ, en su calidad de RE-
PRESENTANTE LEGAL de PLATINUM ENTERPRISES, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PLATINUM
ENTERPRISES, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, so-
licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra WIMAX y diseño, que servirá para:
AMPARAR: APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISION,
REPRODUCCION DEL SONIDO O DE IMAGENES; Y EQUIPOS
PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION (PROCESO DE
DATOS).
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de junio del año dos mil siete.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010921-2
104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
No. de Expediente: 2007068312
No. de Presentación: 20070095666
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL AN-
GEL MORALES MONTESINOS, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de DISTRIBUIDORA MORALES, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIMO, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra ZON y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: MASCON PARA LAVAR TRASTOS, INSTRUMENTOS
MANUALES DE LIMPIEZA.
La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de julio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010932-2
No. de Expediente: 2007067265
No. de Presentación: 20070094001
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN CARLOS
RAMIREZ CIENFUEGOS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de INXAIT EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra COPILOTO, que servirá para: AMPA-
RAR: UNA REVISTA.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil siete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010959-2
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2007068184
No. de Presentación: 20070095435
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RANULFO
ANTONIO PEÑATE MEDRAN O, en su calidad de REPRESENTANTE
105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
LEGAL de GLOBALES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GLOBALES DE EL SAL-
VADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras DOOR DEPOT y diseño, que se tra-
duce al castellano como DEPOSITO DE PUERTA. Sobre los términos
aisladamente considerados no se le concede exclusividad, sino por todo
el conjunto, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIEN-
TO COMERCIAL DEDICADO A LA FABRICACION Y VENTA DE
MUEBLES EN GENERAL, CONSISTENTES EN: MUEBLES PARA
SALA, MUEBLES PARA COMEDOR, MUEBLES PARA OFICINA,
MUEBLES PARA BAÑO, MUEBLES PARA COCINA Y MUEBLES
PARA DORMITORIO; ASI COMO LA FABRICACION Y VENTA
DE PUERTAS; MUEBLES Y PUERTAS QUE PUEDEN SER DE
MADERA, METAL, VIDRIO O ALUMINIO.
La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de julio del año dos mil siete.
ALICIA ESTER GARCIA COREAS,
REGISTRADOR.
SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010919-2
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2007058844.
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058844- 001.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JENNY
LORENA ZABLAH NOSTHAS, de nacionalidad SALVADOREÑA,
con número de Documento Unico de Identidad 00932483-3 del domicilio
de NUEVO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, quien ha presentado soli-
citud a las diez horas y ocho minutos del día veintidós de mayo de dos
mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058844
inscripción 78 y el asiento de Establecimiento No. 2007058844- 001,
inscripción 79, ambos del Libro 146 de Asientos de Matrícula de Empresa
y Establecimiento. La Empresa denominada PALESTINO S BAKERY,
que se dedica a SUMINISTROS DE BANQUETES, con dirección en
AVENIDA OLA SUR Y 7a. CALLE PONIENTE No. 13 VIA DEL
MAR del domicilio de NUEVO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuyo
activo asciende a ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
14/100 DOLARES ($11,657.14) y que tiene el establecimiento siguiente:
001-) denominado PALESTINO S BAKERY ubicado en AVENIDA OLA
SUR Y 7a. CALLE PONIENTE No. 13 VIA DEL MAR, del domicilio
de NUEVO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, y que se dedica a SUMI-
NISTROS DE BANQUETES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintitrés de mayo de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010941-2
106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ASIENTO DE EMPRESA 1996025354
ESTABLECIMIENTO 1996025354- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MEDINA
LOPEZ, LUIS ALONSO, en su calidad de Representante legal de la
sociedad LAM HOLDINGS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse LAM HOLDINGS, S.A. DE C.V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,
cuya escritura social está inscrita bajo el número 38 del libro 1148 del
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-
tifi cación Tributaria: 0614-280995-103-1, ha presentado solicitud a las
diez horas y cincuenta y cinco minutos del día veintisiete de septiembre
de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa
No. 1996025354 y Establecimiento No. 1996025354- 00l; a favor de
la Empresa denominada LAM HOLDINGS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE ABO-
GACIA Y NOTARIADO, con dirección en CALLE CONCHAGUA
POLIGONO J-1 No. 43, CUMBRES DE CUSCATLAN del domicilio
de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a VEINTIUN MIL
NOVECIENTOS OCHO DOLARES CON 51/100 $21,908.51 y que
tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) LAM HOLDINGS,
S.A. DE C.V., ubicado en CALLE CONCHAGUA POLIGONO J-1
No. 43, CUMBRES DE CUSCATLAN, del domicilio de ANTIGUO
CUSCATLAN.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, cuatro de octubre de dos mil cuatro.
Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010948-2
ASIENTO. DE EMPRESA 2007059012
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059012- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSUE COR-
NEJO BONILLA, en su calidad de Representante legal de la sociedad
IMPORTADORA UNIVERSAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse IMPORTADORA UNIVERSAL, S.A.
DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y
departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita
bajo el número 37 del libro 2227 del Registro de Sociedades del Registro
de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-090507-
102-3; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y cincuenta y seis
minutos del día catorce de junio de dos mil siete. Con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No. 2007059012 inscripción 211 y el asiento de
Establecimiento No. 2007059012- 001, inscripción 212, ambos del Libro
148 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa
se denomina IMPORTADORA UNIVERSAL, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMERCIALIZACION Y
DISTRIBUCION DE TODA CLASE DE ARTICULOS Y PRODUCTOS
DEL HOGAR Y CONSUMO FAMILIAR; IMPORTACION, EXPOR-
TACION, PRODUCCION, DISTRIBUCION, COMERCIALIZACION,
COMPRAVENTA DE PRODUCTOS Y EQUIPOS PARA USOS IN-
DUSTRIALES, COMERCIALES, AGRICOLAS, con dirección en
5ª AVENIDA SUR No. 115-C del domicilio y departamento de SAN
SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS
VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el estable-
cimiento siguiente: 001-) denominado IMPORTADORAUNIVERSAL,
S.A. DE C.V., ubicado en 5ª AVENIDA SUR No. 1l5-C del domicilio
y departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a COMERCIA-
LIZACION Y DISTRIBUCION DE TODA CLASE DE ARTICULOS
Y PRODUCTOS DEL HOGAR Y CONSUMO FAMILIAR; IMPOR-
TACION, EXPORTACION, PRODUCCION, DISTRIBUCION, CO-
MERCIALIZACION, COMPRAVENTA DE PRODUCTOS Y EQUIPOS
PARA USOS INDUSTRIALES, COMERCIALES, AGRICOLAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciocho de junio de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010949-2
107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
ASIENTO DE EMPRESA 2007059266
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059266- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RAMON
GONZALEZ SUVILLAGA, en su calidad de Representante legal de la
sociedad SUVILLAGA HERMANOS Y COMPAÑIA; de nacionalidad
SALVADOREÑA, del domicilio de SAN LUIS TALPA, LA PAZ y cuya
escritura social está inscrita bajo el número 2 del libro 767 del Registro de
Sociedades del Registro de Comercio, el cual ha presentado solicitud a las
trece horas y diez minutos del día diecisiete de julio de dos mil siete con la
cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059266 inscripción 182 y el
asiento de Establecimiento No. 2007059266- 001 inscripción 183 ambos
del libro 151 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;
la Empresa denominada SUVILLAGA HERMANOS Y COMPAÑIA,
la cual se dedica a AGRICULTURA, con dirección en CALLE A LA
ZUNGANERA, PORTON ROJO, ENTRADA PRINCIPAL, FRENTE A
TRANSFORMADORES del domicilio de SAN LUIS TALPA, LA PAZ
y cuyo activo asciende a CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS
VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($51,428.57) y que tiene el esta-
blecimiento siguiente: 001-) denominado SUVILLAGA HERMANOS
Y COMPAÑIA ubicado en CALLE A LA ZUNGANERA, PORTON
ROJO, ENTRADA PRINCIPAL, FRENTE A TRANSFORMADORES,
SAN LUIS TALPA, LA PAZ y que se dedica a AGRICULTURA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diecisiete de julio de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010952-2
ASIENTO DE EMPRESA 2002011256
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002011256- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
ISAAC RENDEROS FUNES en su calidad de Representante legal de
la sociedad STEREO MI PREFERIDA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse STEREO MI PREFERI-
DA, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio
de COLON, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo
el número 32 del libro 475 del Registro de Sociedades del Registro de
Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-071085-001-5;
quien ha presentado solicitud a las nueve horas y cuarenta y ocho mi-
nutos del día veinticinco de junio de dos mil uno, con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No. 2002011256 inscripción 132 y el asiento de
Establecimiento No 2002011256- 001 inscripción 133, ambos del libro
151 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa
denominada STEREO MI PREFERIDA, S .A. DE C.V., la cual se dedica
a RADIODIFUSION COMERCIAL, con dirección en RESIDENCIAL
GUADALUPE, POLIGONO “E”, LOTE No. 9, del domicilio de SAN
SALVADOR, cuyo activo asciende a TRES MILLONES QUINIENTOS
OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
58/100 COLONES (¢3,588,849.58) y que tiene el establecimiento si-
guiente: 001-) denominado STEREO MI PREFERIDA, S.A. DE C.V.,
ubicado en RESIDENCIAL GUADALUPE, POLIGONO “E”, LOTE
No. 9 y que se dedica a RADIODIFUSION COMERCIAL.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dieciséis de julio de dos mil siete.
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA,
3 v. alt. No. C010953-2
ASIENTO DE EMPRESA 2007059183
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059183- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAVIER
EDGARDO ROMERO ROSALES, en su calidad de Representante
Legal de la sociedad MULTISERVICIOS JR, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MULTISERVICIOS
JR, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del
domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo
el número 51 del libro 2243 del Registro de Sociedades del Registro
de Comercio; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y trece
minutos del día cinco de julio de dos mil siete, con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No. 2007059183 inscripción 25 y el asiento de
Establecimiento No. 2007059183-001, inscripción 26, ambos del Libro
108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
151 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa
se denomina MULTISERVICIOS JR, S.A. DE C.V., la cual se dedica a
TODA CLASE DE ACTIVIDADES COMERCIALES, INDUSTRIA-
LES, AGRICOLAS, DE SERVICIO, con dirección en RESIDENCIAL
PINARES DE SUIZA, POLIGONO 11 CASA No. 17 del domicilio de
SANTA TECLA, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a ONCE MIL
CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y
que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado MULTISER-
VICIOS JR, S.A. DE C.V. ubicado en RESIDENCIAL PINARES DE
SUIZA, POLIGONO 11 CASA No. 17, SANTA TECLA, LA LIBERTAD
y que se dedica a TODA CLASE DE ACTIVIDADES COMERCIALES,
INDUSTRIALES, AGRICOLAS, DE SERVICIO;
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diez de julio de dos mil siete.
Lic. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C010955-2
ASIENTO DE EMPRESA 2001016910
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001016910- 002
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
JOSE CARBONE SCANAVINO en su calidad de Representante legal de
la sociedad ARQUITECTURA, MUEBLES, INDUSTRIAS DIVERSAS
ARTESANIAS, SOCIEDAD ANONlMA DE CAPITAL VARIABLE,
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVA-
DOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 27 del libro 757
del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de
Identifi cación Tributaria: 0614-011190-102-1, ha presentado solicitud
de apertura de nuevo establecimiento. Con la cual se otorgó asiento de
Establecimiento No. 2002016910- 002; denominado PORTICO REAL
PASEO situado en PASEO GENERAL ESCALON, CENTRO COMER-
CIAL EL PASEO, No. 28 del domicilio de SAN SALVADOR que se
dedica a VENTA DE ENSERES DOMESTICOS COMO CUBIERTOS Y
OTROS y que forma parte de la empresa denominada ARQUITECTURA,
MUEBLES, INDUSTRIAS DIVERSAS ARTESANIAS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, trece de julio de dos mil siete.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010960-2
ASIENTO DE EMPRESA 2007059033
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059033- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR
MAURICIO HURTADO SALDAÑA, en su calidad de Representante
legal de la sociedad INVERSIONES TURISTICAS CONTINENTALES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse
INVERSIONES TURISTICAS CONTINENTALES, S.A. DE C.V.; so-
ciedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento
de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número
26 del libro 2216 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-150307-103-1; el cual ha
presentado solicitud a las catorce horas y treinta y nueve minutos del día
dieciocho de junio de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de
Empresa No. 2007059033 inscripción 15 y el asiento de Establecimiento
No. 2007059033- 001, inscripción 16, ambos del Libro 149 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina
INVERSIONES TURISTICAS CONTINENTALES, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTRAS ACTIVI-
DADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con
dirección en PASAJE SENDA FLORIDA NORTE No. 124, COLONIA
ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende
a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES
($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denomina-
do INVERSIONES TURISTICAS CONTINENTALES, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en PASAJE SENDA
FLORIDA NORTE No. 124, COLONIA ESCALON del domicilio y
departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a OTRAS ACTI-
VIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinte de junio de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010962-2
109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
ASIENTO DE EMPRESA 2007059034
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059034- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR
MAURICIO HURTADO SALDAÑA, en su calidad de Representante
legal de la sociedad DESARROLLOS TURISTICOS DEL PACIFICO,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse
DESARROLLOS TURISTICOS DEL PACIFICO, S.A. DE C.V.; socie-
dad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento
de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número
26 del libro 2212 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-010307-102-8; el cual ha
presentado solicitud a las catorce horas y cuarenta y dos minutos del día
dieciocho de junio de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de
Empresa No. 2007059034 inscripción 32 y el asiento de Establecimiento
No. 2007059034- 001, inscripción 33, ambos del Libro 149 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina
DESARROLLOS THRISTICOS DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTRAS ACTI-
VIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE,
con dirección en COLONIA ESCALON, PASAJE SENDA FLORIDA
NORTE No. 124 del domicilio y departamento de SAN SALVADOR,
cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente:
001-) denominado DESARROLLOS TURISTICOS DEL PACIFICO,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en CO-
LONIA ESCALON, PASAJE SENDA FLORIDA NORTE No. 124
del domicilio y departamento de SAN SALVADOR Y que se dedica
a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS
PREVIAMENTE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinte de junio de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010963-2
ASIENTO DE EMPRESA 2001036670
ESTABLECIMIENTO 2001036670- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-
CIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora
BONILLA ECHEVERRIA, SAIDA, Comercianta, de nacionalidad
SALVADOREÑA, originaria de Sensembra, con dirección en 3a. Calle
Poniente #3-bis, del domicilio de SAN FRANCISCO GOTERA, con
Número de Identifi cación Tributaria: 1322-091152-001-6, ha presentado
solicitud a las trece horas con veinticuatro minutos del día dieciocho de
noviembre de dos mil tres. Por la cual se otorgaron los asientos de Em-
presa No. 2001036670 y Establecimiento No. 2001036670- 001; a favor
de la Empresa denominada SAIDA BONILLA ECHEVERRIA, la cual
se dedica a RESTAURANTE, con dirección en 3ª CALLE PONIENTE
No. 3- BIS del domicilio de SAN FRANCISCO GOTERA, cuyo activo
asciende a CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y TRES DOLARES CON 91/100 $158,463.91 y que tiene el
establecimiento siguiente 001- RESTAURANTE BONANZA ubicado en
3ª CALLE PONIENTE No. 3- BIS, del domicilio de SAN FRANCISCO
GOTERA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintiuno de octubre de dos mil cuatro.
Lic. ANGELITA SOTO SOLER,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. F011443-2
ASIENTO DE EMPRESA 2001036546
ESTABLECIMIENTO 2001036546 - 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE
RIGOBERTO HERNANDEZ en su calidad de Representante Legal
de la sociedad INGENIERIA Y SERVICIOS PROFESIONALES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA ANA, cuya escritura social
está inscrita bajo el número 40 del libro 1653 del Registro de Sociedades
del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0210-
070901-101-6, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE
LA EMPRESA, a las diez horas y cincuenta minutos del día catorce de
febrero de dos mil seis. Con la cual se le otorga el asiento de modifi cación
No. 134 del libro 106 del folio 269 al 270; a favor de la Empresa deno-
minada INGENIERIA Y SERVICIOS PROFESIONALES, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA
Y VENTA DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE AIRES, MATERIALES
ELECTRICOS, con dirección en CALLE LIBERTAD ORIENTE, ENTRE
17 Y 19 AVENIDA NORTE, BARRIO SANTA CRUZ, CASA #48, del
110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
domicilio de SANTA ANA, y que tiene el establecimiento denominado
INGENIERIA Y SERVICIOS PROFESIONALES, S.A. DE C.V., el
cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE EQUIPOS Y SISTEMAS
DE AIRES, MATERIALES ELECTRICOS, con dirección en CALLE
LIBERTAD ORIENTE, ENTRE 17 Y 19 AVENIDA NORTE, BARRIO
SANTA CRUZ, CASA #48, del domicilio de SANTA ANA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, catorce de febrero de dos mil seis.
Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F011493-2
ASIENTO DE EMPRESA 2007059190.
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059190- 001.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO
SABINO CENTENO CHAVEZ, en su calidad de Representante legal de
la sociedad CONSTRUCTORA CENTENO CHAVEZ FRANCISCO, SO-
CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse
C.H.F. S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del
domicilio de SAN MIGUEL, cuya escritura social está inscrita bajo el
número 30 del libro 2238 del Registro de Sociedades del Registro de
Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 1217-170507-101-7;
quien ha presentado solicitud a las catorce horas y veinte minutos del
día cinco de julio de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de
Empresa No. 2007059190 inscripción 30 y el asiento de Establecimiento
No. 2007059190- 001, inscripción 31, ambos del Libro 151 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina
CONSTRUCTORA CENTENO CHAVEZ FRANCISCO, S.A. DE C.V.,
la cual se dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIE-
RIAS, con dirección en AVENIDA GERARDO BARRIOS, COLONIA
LA PAZ, CHAPELTIQUE del domicilio de SAN MIGUEL, cuyo acti-
vo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100
DOLARES ($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)
denominado CONSTRUCTORA CENTENO CHAVEZ FRANCISCO,
S.A. DE C.V., ubicado en AVENIDA GERARDO BARRIOS, COLONIA
LA PAZ, CHAPELTIQUE del domicilio de SAN MIGUEL, y que se
dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diez de julio de dos mil siete.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F011501-2
ASIENTO DE EMPRESA 2002006112
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002006112- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAMON MI-
GUEL VIDRI LADOUCEUR en su calidad de representante legal de la
sociedad AGENCIA INTERNACIONAL DE MERCADEO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse AGIMER.
S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de LA
LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 29 del
libro 179 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con
número de Identifi cación Tributaria: 0614-120877-001-0; el cual ha
presentado solicitud a las nueve horas y catorce minutos del día diez de
octubre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa
No. 2002006112 inscripción 166 y el asiento de Establecimiento No.
2002006112- 001 inscripción 167 ambos del libro 98 de Asientos de
Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada AGEN-
CIA INTERNACIONAL DE MERCADEO, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a REPRESENTACIONES
COMERCIALES, con dirección en AVENIDA JOSE MARIA CASTRO
No. 6, del domicilio de QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD, cuyo
activo asciende a VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y
NUEVE DOLARES CON 52/100 $ 29,699.52 y que tiene el estable-
cimiento siguiente: 001-) denominado AGENCIA INTERNACIONAL
DE MERCADEO S.A. DE C.V. ubicado en AVENIDA JOSE MARIA
CASTRO, No. 6, QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD y que se dedica
a REPRESENTACIONES COMERCIALES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.
San Salvador, seis de diciembre de dos mil cinco.
Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F011503-2
111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
ASIENTO DE EMPRESA 200204637
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 200204637- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAMON
MIGUEL VIDRI LADAUCEUR en su calidad de Representante legal de
la sociedad LA SALVADORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse LA SAL, S.A. DE C.V.; de nacionalidad
SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura
social está inscrita bajo el número 28 del libro 88 del Registro de Socie-
dades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:
0614-310870-001-9; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y
treinta y dos minutos del día veintisiete de octubre de dos mil seis, con la
cual se otorgó el asiento de Empresa No. 200204637 inscripción 161 y el
asiento de Establecimiento No. 200204637- 001 inscripción 162 , ambos
del libro 135 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;
la Empresa denominada LA SALVADORA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ARRENDAMIENTO
DE INMUEBLES, con dirección en 21ª AVENIDA SUR, ENTRE 12ª
Y 14ª CALLE PONIENTE del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo
activo asciende a CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y
CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE 88/100 DOLARES
($5,835,639.88) y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-)
denominado LA SALVADORA, S. A. DE C.V. ubicado en 21ª AVENIDA
SUR, ENTRE 12ª Y 14ª CALLE PONIENTE, SAN SALVADOR, y que
se dedica a ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, tres de enero de dos mil siete.
RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F011504-2
ASIENTO DE EMPRESA 2002001876
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002001876- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAMON MI-
GUEL VIDRI LAUDOUCEUR en su calidad de Representante legal de
la sociedad DISTRIBUIDORA DE AVIONES, SOCIEDAD ANONIMA
que puede abreviarse DA, S.A.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del
domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo
el número 51 del libro 18 del Registro de Sociedades del Registro de
Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-080964-001-
8; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y once minutos del
día diez de octubre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de
Empresa No. 2002001876 inscripción 61 y el asiento de Establecimiento
No. 2002001876- 001 inscripción 62 , ambos del libro 101 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada
DISTRIBUIDORA DE AVIONES, SOCIEDAD ANONIMA, la cual
se dedica a COMPRA-VENTA DE REPUESTOS PARA AVIONES Y
HELICOPTEROS, con dirección en AEROPUERTO DE ILOPANGO
del domicilio de ILOPANGO, cuyo activo asciende a CUARENTA Y UN
MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON 48/100
$ 41,557.48 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado
DISTRIBUIDORA DE AVIONES, SOCIEDAD ANONIMA ubicado en
AEROPUERTO DE ILOPANGO, y que se dedica a COMPRA-VENTA
DE REPUESTOS PARA AVIONES Y HELICOPTEROS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, cinco de enero de dos mil seis.
Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F011506-2
112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ASIENTO DE EMPRESA 2004053229
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2004053229- 001
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-
TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAMON MI-
GUEL VIDRI LADOUCEUR en su calidad de Representante legal de la
sociedad VIDRI LADOUCEUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que puede abreviarse VIDRI LADOUCEUR, S.A. DE C.V.;
de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,
cuya escritura social está inscrita bajo el número 14 del libro 1580 del
Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identi-
fi cación Tributaria: 0614-071200-108-7; el cual ha presentado solicitud a
las trece horas y cuarenta y dos minutos del día diecinueve de diciembre de
dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2004053229
inscripción 117 y el asiento de Establecimiento No. 2004053229-001
inscripción, ambos del libro 108 de Asientos de Matrícula de Empresa
y Establecimiento; la Empresa denominada VIDRI LADOUCEUR,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica
a INVERSIONISTA, con dirección en 21ª AVENIDA SUR, ENTRE 12ª
Y 14ª CALLE PONIENTE del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo
activo asciende a SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y
UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES DOLARES CON 65/100
$7,551,333.65 y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-)
denominado VIDRI LADOUCEUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-
PITAL VARIABLE ubicado en 21ª AVENIDA SUR, ENTRE 12ª Y 14ª
CALLE PONIENTE y que se dedica a INVERSIONISTA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, tres de marzo de dos mil seis.
Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. F011507-2
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de INGENIERIA Y SERVICIOS PROFESIONALES
S.A. DE C.V. CONVOCA a los Accionistas de ésta, para que concurran
a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de
las diecisiete horas del día dieciocho de julio del dos mil siete, en las
ofi cinas situadas en Calle Libertad Oriente entre 17 y 19 Av. Sur, número
48 Bo. San Rafael, Santa Ana.
La Agenda de la Junta General será la siguiente:
1. Establecimiento del Quórum.
2. Lectura del Acta de la sesión anterior.
3. Presentación de la memoria de labores de la Administra-
ción.
4. Presentación de los Estados Financieros de la Sociedad,
correspondientes al ejercicio económico del año 2006.
5. Presentación de informe del Auditor Externo.
6. Nombramiento de Administradores.
7. Nombramiento del Auditor Externo y su suplente, y fi jación
de los emolumentos del primero.
8. Nombramiento del Auditor Fiscal y sus emolumentos.
9. Aplicación de utilidades.
10. Puntos Varios.
Esta Junta General se considera legalmente instalada al encontrarse
presente y representadas el cincuenta y uno por ciento de las Acciones
que conforman el Capital Social.
Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convoca-
toria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta
General Ordinaria, a las diecisiete horas del día 19 de julio del Dos Mil
Siete, en el mismo lugar señalado en esta convocatoria.
113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
Para la segunda convocatoria, el quórum se constituirá con la
asistencia de las presentes.
San Salvador, 6 de julio de 2007.
JOSE RIGOBERTO HERNANDEZ,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. F011490-2
SUBASTA PUBLICA
MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez de Paz de Nahuizalco,
Sonsonate.
HACE SABER: Que por ejecución seguida, en este Juzgado, por
la Licenciada MARÍA OFELIA PARADA ORELLANA DE GARZO-
NA, en su carácter de Apoderada General Judicial del señor MÓNICO
FLORENTÍN PARADA, contra el señor AGAPITO PATRIZ ELENA,
se venderá en pública subasta, en la sede de este Juzgado, y en fecha
posterior, el siguiente inmueble: “Un inmueble de naturaleza urbana y
está situado en el Cantón El Carrizal de la Jurisdicción de Nahuizalco,
del departamento de Sonsonate, en el proyecto denominado COMU-
NIDAD “LA SABANITA”, que en el plano de lotifi cación respectivo
está marcado con el número NUEVE del Block C, de una extensión
superfi cial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, equivalentes a
DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS PUNTO DIECISÉIS VARAS CUA-
DRADAS, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE, diez metros;
AL ORIENTE, veinte metros; AL SUR, diez metros; AL PONIENTE,
veinte metros, se encuentra libre de todo gravamen. “Dicho inmueble
se encuentra inscrito a favor del señor AGAPITO PATRIZ ELENA, en
el asiento número cero cero uno de la Matrícula número M 03006058
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de
Occidente”.
Lo que se hace saber al público para los efectos legales.
Juzgado de Paz de Nahuizalco, a los cinco días del mes de junio de
dos mil siete. Lic. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ DE
PAZ.- Lic. ALEX MANUEL ZEPEDA ORANTES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011471-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL: Al público para los efectos
de LEY:
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y quince
minutos de este día, se ha ordenado la venta en Pública Subasta en el
Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado HERNAN REYES
ZELAYA, de cuarenta y dos años de edad, Abogado, del domicilio de
esta ciudad, Apoderado General Judicial de la señora AMPARO DEL
CARMEN GUZMAN, de cincuenta y nueve años de edad, comerciante,
del domicilio de Chirilagua y de esta ciudad, contra el señor AMILCAR
DE PAZ CLAROS, en ese entonces de cincuenta y dos años de edad,
Motorista, de este domicilio, sobre un inmueble de naturaleza rústica
situado en la Isla El Arco, Cantón El Espino, jurisdicción de Jucuarán,
Distrito y Departamento de Usulután, de SETECIENTOS CINCUENTA
Y DOS METROS OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CINCUENTA
CENTIMETROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: ORIEN-
TE, con Julia Membreño, NORTE con Nasis Handal, PONIENTE, con
porción vendida a René Romero Rivera Arce, y SUR, con Isabel Zavala,
servidumbre de por medio.- Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente bajo el número TREIN-
TA Y NUEVE del Libro MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO de
Propiedad, inscrito a favor del señor AMILCAR DE PAZ CLAROS.
Quien quiera hacer postura que concurra que se le admitirá siendo
legal.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Usulután, a los veintinueve días
del mes de junio de dos mil siete. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011491-2
114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución proveída por este Juzgado a
las catorce horas del día trece de junio del dos mil siete; en el Juicio Eje-
cutivo Civil promovido por el demandante MIGUEL ANGEL HERRERA
MOLINA, en contra de la señora ROSA MELIDA RODRIGUEZ DE
MARTINEZ; se venderá en PUBLICA SUBASTA Y EN FECHA QUE
OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA los bienes muebles siguientes:
I) Dos féretros dorados, uno con decoraciones plásticas doradas a los
lados, completamente nuevos; II) Dos féretros color gris sencillos sin
decoraciones, nuevos; III) Un féretro color gris, con dos ventanillas y
decoraciones plásticas color plateadas a los lados, completamente nuevos;
y IV) un televisor de aproximadamente veinte pulgadas, a color, marca
PANASONIC, modelo CT- dos dos uno uno seis W, Serie MA ocho dos
nueve nueve cero uno seis seis.
Servirá de base para el remate de los bienes muebles a subastar, las
dos terceras partes de su valúo y se admitirá posturas que sean legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con
treinta y cinco minutos del día veinticinco de junio del dos mil siete.-
Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011534-2
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-
ción promovida en este Juzgado por el LICENCIADO FRANCISCO
ESPINOSA AGUILAR, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA
VIVIENDA, contra la señora, REINA ISABEL CARBALLO DE MERI-
NO, conocida por REINA ISABEL CARBALLO TRUJILLO, se venderá
en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que
oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: “UN
LOTE DE NATURALEZA URBANA, construido por la SOCIEDAD
VIAGUR, S.A. DE C.V., marcado con el NUMERO CUARENTA Y UNO
DEL POLIGONO CINCUENTA Y CINCO del PASAJE CINCUEN-
TA Y OCHO DE LA URBANIZACION CIUDAD FUTURA, situada
en los Cantones San Luis Mariona y Barranca Honda, jurisdicción de
Cuscatancingo, de este Departamento, y en él hay construida una casa de
sistema mixto; siendo su descripción técnica la siguiente: Partiendo del
punto de intersección formado por los ejes de Avenida Princesa Chasca
Norte y pasaje número cincuenta y ocho ambos ejes abiertos en la Urba-
nización, se mide sobre el segundo eje con rumbo Norte ochenta y ocho
grados veintiocho minutos veintiocho segundos Oeste, una distancia de
ciento ochenta y ocho punto cincuenta metros, en donde con defl exión
izquierda de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta metros, se
llega al esquinero Nor-Este o mojón número uno, del lote que se describe,
que mide y linda así: AL ORIENTE. Partiendo del mojón número uno,
con rumbo Sur cero grados treinta y uno minutos treinta y dos segundos
Oeste y distancia de doce punto cero metros, se llega al mojón número
dos, lindando por este tramo con lote número cuarenta y dos, del mismo
polígono y Urbanización. AL SUR. Partiendo del mojón número dos
con rumbo Norte ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintiocho
segundos Oeste y distancia de cinco punto cero metros, se llega al mojón
número tres, lindando por este tramo con lote número treinta y siete del
mismo polígono y Urbanización. AL PONIENTE. Partiendo del mojón
número tres, con rumbo norte cero grados treinta y uno minutos treinta
y dos segundos Este y distancia de doce punto cero metros, se llega al
mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número cuarenta
del mismo polígono y Urbanización. AL NORTE. Partiendo del mojón
número cuatro, con rumbo Sur ochenta y ocho grados veintiocho minutos
veintiocho segundos Este y distancia de cinco punto cero metros, se llega
al mojón número uno, donde se inició la presente descripción, lindando
por este tramo con lote número treinta del polígono número cincuenta
y seis de la misma Urbanización, pasaje número cincuenta y ocho de
cinco punto cero metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene
una superfi cie de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a
OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUA-
DRADAS. Inmueble inscrito a favor de la demandada bajo la Matrícula
No. 60204991-00000 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E
HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION DEL CENTRO.”
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San
Salvador, a las doce horas del día trece de julio del dos mil siete.- Lic.
JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,
SECRETARIA.
3 v. c. No. F011769-2
115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD
DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovi-
do el abogado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, como apoderado
del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el demandado
ANTONIO ALFREDO LARA AMAYA, reclamándole cumplimiento de
obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este
Tribunal el inmueble que se describe a continuación: ‘’Un lote urbano
construido por la Sociedad Cobyrsa de C. V, que contiene marcado
con el número TRECE DEL BLOCK CUARENTA Y TRES PASAJE
“U” DEL REPARTO LA CAMPANERA TERCERA ETAPA, situada
en PORCION “B” llamado “Cruz de Piedra” o “El Limón”, Cantón El
Limón, Jurisdicción de Soyapango, de este Departamento de una extensión
superfi cial de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS con una
área construida de veintinueve punto ochenta metros cuadrados, valorada
en Cuarenta y Tres Mil Doscientos Cincuenta Colones y Cuarenta y un
Centavos, cuyas medidas perimetrales son las siguientes: AL NORTE:
nueve punto cero cero metros; AL ORIENTE: cinco punto cero cero
metros; AL SUR: nueve punto cero cero metros; y AL PONIENTE: cinco
punto cero cero metros. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito
a nombre de el señor ANTONIO ALFREDO LARA AMAYA, bajo el
Sistema de Folio Real Automatizado Matrícula Número 60233239-00000,
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, del Departamento de San Salvador.-
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las
nueve horas y cuarenta minutos del día trece de julio del año dos mil
siete.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-
VIL.- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. c. No. F011770-2
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.
Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósitos a plazo No. 33601086020 (059482) emitido en
Suc. Nueva Concepción el 05 de julio de 2006, por valor original de
$17,650.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.850% de interés
solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
Subgerente de Procesos Centralizados.
3 v. alt. No. F011479-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.
Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósitos a plazo No. 22601051708 (338583) emitido en
Suc. Jardín el 28 de diciembre de 2002, por valor original de $9,979.00
a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 3.500% de interés solicitando
la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
Subgerente de Procesos Centralizados.
3 v. alt. No. F011481-2
116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.
Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósitos a plazo No. 14601296984 (11516) emitido en
Suc. San Francisco Gotera el 12 de enero de 2007, por valor original de
$3,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.500% de interés
solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
Subgerente de Procesos Centralizados.
3 v. alt. No. F011483-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.
Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósitos a plazo No. 14601296992 (11517) emitido en
Suc. San Francisco Gotera el 12 de enero de 2007, por valor original de
$7,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.500% de interés
solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
Subgerente de Procesos Centralizados.
3 v. alt. No. F011484-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.
Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósitos a plazo No. 34601035435 (026276) emitido en
Suc. Mejicanos el 31 de enero de 2005, por valor original de $1,028.57
a un plazo de 2 meses, el cual devenga el 2.000% de interés solicitando
la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado referencia
San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
Subgerente de Procesos Centralizados.
3 v. alt. No. F011485-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,
Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósitos a Plazo No. 14601269448 (031014) emitido en
Suc. San Francisco Gotera, el 21 de marzo de 2005, por valor original de
117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
$3,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 3.450% de interés
solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
Subgerente de Procesos Centralizados.
3 v. alt. No. F011486-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.
Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósitos a plazo No. 51601026367 (07142) emitido en
Suc. Unicentro el 17 de enero de 2007, por valor original de $22,104.38
a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 4.750% de interés solicitando
la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
Subgerente de Procesos Centralizados.
3 v. alt. No. F011487-2
AVISO
EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se
ha presentado el propietario del certifi cado de depósito a plazo No.
13601225806 (14276) emitido en Suc. Chalatenango el 26 de febrero
de 2007, por valor original de $5,400.00 a un plazo de 4 meses, el cual
devenga el 3.250% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado
por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. F011488-2
AVISO
EL BANCO SALVADORENO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se
ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No.
15601128535 (01056) emitido en Suc. Metrocentro el 03 de julio de 2006,
por valor original de $20,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga
el 4.500% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por
habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil
siete.
Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,
SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.
3 v. alt. No. F011489-2
118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
AUMENTO DE CAPITAL
AVISO
El Infrascrito Presidente de la Sociedad Transportes Pesados, Sociedad
Anónima de Capital Variable, inscrita en el Registro de Comercio al
Número cincuenta y cuatro del Libro Número setecientos veintinueve
de Registro de Sociedades certifi ca: Que en el libro de actas de Juntas
Generales de Accionistas, se encuentra el acta de Junta General Ex-
traordinaria de Accionistas número TREINTA Y DOS de fecha cuatro
de septiembre de dos mil seis, cuyo punto número tres a celebrar fue
el AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE VARIABLE,
al público en general hace saber: Que por sesión de Junta General Ex-
traordinaria de accionistas celebrada en la ciudad de Santa Ana, a las
diez horas del día cuatro de septiembre del dos mil seis, convocada para
el efecto, por unanimidad se acordó. Aumentar el Capital Social, de la
cantidad de Dos millones ciento cuatro mil quinientos cuarenta y ocho
dólares de los Estados Unidos de América con cincuenta y seis centavos,
se acordó Aumentarlo en su Parte Variable por la cantidad de Un millón
cuarenta y ocho mil treinta y cuatro dólares de los Estados Unidos de
América con veintiocho centavos, quedando el nuevo Capital Social
por la cantidad de Tres millones ciento cincuenta y dos mil quinientos
ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América con ochenta y
cuatro centavos. La cual se llevará a cabo y fueron canceladas en efectivo
por los socios. En la misma sesión se acordó nombrar como Ejecutor
Especial al señor HUMBERTO BERNARDO MÜLLER LINO, para
cumplir con los acordados, previa publicación de este aviso.
Santa Ana, veinte de septiembre del dos mil seis.
HUMBERTO BERNARDO MÜLLER LINO,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C010928-2
DISMINUCIÓN DE CAPITAL
AVISO
El Infrascrito Presidente de la Sociedad Müller de El Salvador Sociedad
Anónima de Capital Variable, inscrita en el Registro de Comercio al Núme-
ro treinta y tres del Libro Número quinientos ochenta y nueve de Registro
de Sociedades certifi ca: Que en el libro de actas de Juntas Generales
de Accionistas, se encuentra el acta de Junta General Extraordinaria de
Accionistas número TREINTA Y CUATRO de fecha diecisiete de agosto
de dos mil seis, cuyo punto único a celebrar fue la DISMINUCION DEL
CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE VARIABLE, al público en general
hace saber: Que por sesión de Junta General Extraordinaria de accionistas
celebrada en la ciudad de Santa Ana, a las once horas del día diecisiete
de agosto del dos mil seis, convocada para el efecto, por unanimidad se
acordó, disminuir el Capital Social en su parte variable, de la cantidad
de Un millón ciento cincuenta y un mil ochocientos ochenta y cinco
dólares de los Estados Unidos de América con setenta y un centavos, se
acordó disminuirlo en su Parte Variable por la cantidad de Novecientos
sesenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta siete dólares de los Estados
Unidos de América con catorce centavos, quedando el nuevo Capital
Social por la cantidad de ciento ochenta y tres mil cuatrocientos vein-
tiocho dólares de los Estados Unidos de América con cincuenta y siete
centavos. La cual se llevará a cabo y serán canceladas en efectivo a los
socios. En la misma Sesión se acordó nombrar como Ejecutor Especial
al Señor HUMBERTO BERNARDO MÜLLER LINO para cumplir con
los acordados, previa publicación de este aviso.
Santa Ana, veinte de septiembre del dos mil seis.
HUMBERTO BERNARDO MÜLLER LINO,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C010926-2
DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES
AVISO
LA SUSCRITA LIQUIDADORA DE LA SOCIEDAD “PORRAS HER-
MANAS Y COMPAÑÍA”, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de
La Libertad, inscrita en el Registro de Comercio bajo el Número VEINTI-
TRES del Libro OCHOCIENTOS SESENTA de Registro de Sociedades,
en esta ciudad, el día diecinueve de junio de mil novecientos noventa y dos,
CERTIFICA: Que en el libro de Actas respectivo se encuentra asentada
el Acta correspondiente a la Junta General Extraordinaria de Accionistas,
celebrada en esta ciudad, a las dieciséis horas del día dieciocho de mayo
del año dos mil siete, en la que se leen literalmente los puntos siguientes:
PRIMERO, ACUERDO DE DISOLUCION. Con la aprobación unánime
119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
de los accionistas que representan la totalidad de las acciones en las
que divide el capital social, se acordó disolver la sociedad “PORRAS
HERMANAS Y COMPAÑÍA”. SEGUNDO: NOMBRAMIENTO DE
LIQUIDADORA. Asimismo se acordó nombrar Liquidadora a la señora
Lilian Ana Dolores Porras Avilés de Casanova, mayor de edad, de las
Atenciones de su Hogar, de nacionalidad salvadoreña y de ese domicilio,
para que acuda ante Notario a otorgar la escritura de disolución de la
sociedad y posteriormente continúe con los trámites necesarios para la
liquidación de la sociedad. A continuación, la Administradora de la Junta
General Extraordinaria de Accionistas comprobó con los asistentes que
no había ningún otro punto que tratar y no habiendo más que tratar, se
da por terminada la presente Junta.
Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para los
efectos legales consiguientes, se extiende la presente certifi cación, en la
ciudad de San Salvador, a los veintidós días del mes mayo del año dos
mil siete.
DOLORES PORRAS DE CASANOVA,
LIQUIDADORA.
“PORRAS HERMANAS Y COMPAÑÍA.”
3 v. alt. No. F011355-2
PATENTE DE INVENCIÓN
No. de Expediente: 2006002695
No. de Presentación: 20060005072
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado CARLOS
HUMBERTO CROMEYER MEJIA, mayor de edad, INGENIERO CIVIL,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de INSTITUTO TECNOLÓGICO
CENTROAMERICANO, del domicilio de KM. 11 ½ CARRETERA
A SANTA TECLA LA LIBERTAD, EL SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE
INVENCIÓN denominada PROCESO PARA LA PRODUCCIÓN DE
TINTE ORGÁNICO A BASE DE AÑIL, por el término de VEINTE
AÑOS, con Clasifi cación Internacional C12P 19/00.
Se refi ere a: UN PROCEDIMIENTO MEJORADO PARA LA
PRODUCCIÓN DE TINTE COMPLETAMENTE ORGÁNICO A BASE
DE AÑIL, PROPORCIONANDO MAYORES RENDIMIENTOS, UN
TONO MÁS BRILLANTE, ASÍ COMO VENTAJAS ECOLÓGICAS
Y ECONÓMICAS.
La solicitud fue presentada a las diez horas y seis minutos del día
seis de noviembre del año dos mil seis.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-
TO DE PATENTES. San Salvador, a los cinco días del mes de junio del
año dos mil siete.
Lic. JOSÉ EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
3 v. c. No. C010996-2
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
AVISO
La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,
que se ha presentado SILVIA MARGARITA AMAYA, del domicilio
de USULUTAN, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida
4635 emitida el 30/08/2002. Si dentro de 30 días contados a partir de la
última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá
a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 18 de julio de 2007.
ALBA ARMIDA DE ANDREU
RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL.
3 v. alt. No. C010917-2
120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD
DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS
EFECTOS DE LEY:
HACE SABER: Que por resolución pronunciada, a las doce
horas y cuarenta minutos del día seis de julio del año dos mil siete, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su
último domicilio, el día 17/12/2006, dejó la causante señora JULIA EVA
CRISTINA LOPEZ ARAUJO, conocida por JULIA EVA CRISTINA
LOPEZ, JULIA EVA CRISTINA LOPEZ VIUDA DE AMORY, EVA
CRISTINA LOPEZ HOY VIUDA DE AMORY, y por EVA CRISTINA
LOPEZ, de parte de la señora WANDA MARGARITA AMORY, en su
concepto de heredera testamentaria. Se le ha conferido a la aceptante
la Administración y Representación interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las
ocho horas y quince minutos del día diez de julio del año dos mil siete.
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda.
CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010852-3
CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las
once horas y dos minutos del día treinta y uno de Mayo de dos mil siete,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
sucesión intestada que a su defunción dejó el señor ANDRÉS FELIPE
GUERRA GARCIA conocido por ANDRÉS GUERRA GARCÍA y por
ANDRÉS FELIPE RENDEROS GUERRA; quien fue de setenta y seis
años de edad, pensionado, soltero, de este domicilio y originario de San
Salvador, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Amalia Elisa Guerra y
Andrés Renderos García, quien falleció el día nueve de Enero de dos mil
cuatro; de parte de la señora CANDIDA ONDINA GÓMEZ MORAZÁN
o CANDIDA ONDINA GÓMEZ, en calidad de conviviente del causante
y de parte de los señores FRANCISCO ARMANDO GUERRA GÓMEZ,
GLORIA MARINA GÓMEZ DE HERNÁNDEZ y CÉSAR ORLANDO
GUERRA GOMEZ, en su calidad de hijos del causante.
Se ha conferido a los aceptantes la representación y administración
INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después
de la última publicación de este Edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas
y treinta y dos minutos del día treinta y uno de Mayo de dos mil siete.
Enmendado: setenta y seis.- Vale. Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA
AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELA SORIANO
NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010853-3
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER Que por resolución a las diez horas y trece minutos
del día quince de Junio del dos mil siete, se ha tenido por aceptada ex-
presamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó el señor LEONEL GONZALEZ BENITEZ, quien falleció
a las catorce horas del día ocho de Julio de dos mil uno, en el Cantón
Los Ejidos, jurisdicción de Moncagua, Distrito y Departamento de San
Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte de la señora ANA
MIRIAN VIGIL de GONZALEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente
del causante y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes in-
dicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez
horas y quince minutos del día quince de Junio del dos mil siete.- Dra.
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F010996-3
121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce
horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARTA IRENE
MARTÍNEZ PORTILLO, la herencia intestada dejada a su defunción
por la señora TRÁNSITO MARTÍNEZ REYMUNDO, quien falleció a
las dieciséis horas y treinta minutos del día ocho de agosto del presente
año, en el Cantón Chanmico de esta jurisdicción, siendo esta ciudad su
último domicilio, en concepto de hija de la causante, promovidas por la
Licenciada OLINDA OFELIA MONTOYA MEJIA, en el carácter de
Apoderada General Judicial de la señora MARTA IRENE MARTÍNEZ
PORTILLO. Confi érese a la referida aceptante en el concepto indicado, la
administración y representación interinas de la indicada sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese
a las personas que se crean con derecho en las presentes diligencias.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
doce horas y cincuenta minutos del día tres de julio de dos mil siete.
Licdo. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F011010-3
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta y
seis minutos del día cuatro de junio de dos mil siete, se ha tenido por
aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada
que a su defunción ocurrida a las veintidós horas treinta minutos del día
veinticinco de agosto del año dos mil seis, en el Centro Clínico Hospi-
talario de Ahuachapán C.E.C.L.I.S.A. de la ciudad de Ahuachapán, su
último domicilio, dejó el señor AGUSTIN CABEZA CASTANEDA;
de parte de la señora BLANCA JULIA CLEMENTE DE CABEZAS,
conocida por BLANCA JULIA CLEMENTE DE CABEZA, BLANCA
JULIA GIRON DE CABEZA, BLANCA JULIA CLEMENTE GIRON
y BLANCA JULIA GIRON, en su calidad de cónyuge sobreviviente del
causante, y, además en su carácter de cesionaria del derecho hereditario
que en la sucesión le correspondía a la señora MARIA DEL CARMEN
CASTANEDA, conocida por CARMEN CASTANEDA, madre del
mismo causante; y a quien se ha nombrado interinamente representante
y administradora de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las quince horas treinta
y cuatro minutos del día tres de julio del año dos mil siete. Dr. JULIO
CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO
CASTELLON, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011019-3
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución a las diez horas y trece mi-
nutos del día quince de Junio del dos mil siete, se ha tenido por acep-
tada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor SANTIAGO MORALES, conocido
por SANTIAGO AYALA o SANTIAGO AYALA MORALES, quien
falleció a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día dos de
febrero del dos mil siete, en el Cantón Hualama, Jurisdicción, Distrito
y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio,
de Parte de la señora ROSA ELVIRA VARGAS de AYALA, en calidad
de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios
que les correspondían al señor SANTIAGO AYALA VARGAS, como
hijo del causante y se le ha conferido al aceptante en el carácter antes
indicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez
horas y catorce minutos del día quince de Junio del dos mil siete.- Dra.
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUN-
DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F011027-3
122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado proveída a las
catorce horas con cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor CELIO GUILLEN CALDERON conocido
por CELIO GUILLEN, quien fue de noventa y un años de edad, viudo,
agricultor en pequeño, originario de San Ignacio, Departamento de
Chalatenango, hijo de Candelario Guillén y Leonarda Calderón, falle-
ció el día veintinueve de mayo del dos mil seis, en el Cantón Las Pilas,
jurisdicción de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, lugar de su
último domicilio, de parte del señor RICARDO GUILLEN VASQUEZ, en
concepto de hijo del causante. Confi érese al aceptante la administración
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,
a los veintiséis días de junio del dos mil siete. Dr. DANILO ANTONIO
VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ERLINDA
GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011036-3
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA
HACE CONSTAR: Que por resolución de este Juzgado proveída a
las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la
señora JOAQUINA VASQUEZ DE GUILLEN conocida por JOAQUI-
NA VASQUEZ y por JOAQUINA VASQUEZ ARRIAGA, quien fue de
ochenta y tres años de edad, casada, de ofi cios domésticos, originaria
de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, hija de José Tránsito
Vásquez y Juliana Arriaga, falleció el día diez de julio del dos mil dos,
en la Unidad de Salud del Cantón Las Pilas, a consecuencia de Paro
Cardíaco, con asistencia médica, siendo su último domicilio el munici-
pio de San Ignacio de este departamento, de parte del señor RICARDO
GUILLEN VASQUEZ, en concepto de hijo de la causante. Confi érese al
aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores
de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los dos días de julio del dos mil siete.
Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011037-3
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día
dieciocho de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresa-
mente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los bienes
que a su defunción dejó la causante VIRGINIA ARAUJO CASTILLO
VIUDA DE CRUZ conocida por VIRGINIA ARAUJO, quien falleció
a las dos horas del día diecinueve de julio de mil novecientos noventa y
dos, en el Barrio El Centro de esta ciudad, su último domicilio, de parte
de JOSE LUZ FLORES conocido por JOSE LUZ FLORES ARAUJO,
como cesionario de los derechos hereditarios que correspondían a la señora
MARIA ISABEL CASTILLO conocida por MARIA ISABEL ARAUJO
CASTILLO, en calidad de hermana de la causante, confi riéndole a la
aceptante, la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Citénse a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de
sus derechos.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las quince
horas y veinte minutos del día dieciocho de junio de dos mil siete. Lic.
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE
HENRIQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011043-3
123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
nueve horas con cinco minutos del día trece de junio del dos mil siete;
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante SANTOS DE
JESUS RAMOS LOPEZ conocido por SANTOS DE JESUS RAMOS,
quien fue de cuarenta y siete años de edad, motorista, fallecido el día diez
de mayo del dos mil seis, siendo Metapán, su último domicilio, por parte
del joven JESUS EDUARDO RAMOS y la menor MIRIAM ROXANA
RAMOS GUZMAN, en concepto de hijos del referido causante.
En consecuencia, se les ha conferido a dichos aceptantes la admi-
nistración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades
y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente,
la que será ejercida por la referida menor a través de su representante
legal, señora BLANCA MIRIAM GUZMAN FLORES o BLANCA
MIRIAM GUZMAN.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con
treinta minutos del día dieciocho de junio del dos mil siete. Lic. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011063-3
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las doce horas del día trece de junio del dos mil siete; se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada
dejada por el causante JUAN CASTRO MATUTE o JUAN CASTRO,
quien fue de cuarenta y nueve años de edad, agricultor, fallecido el día
veintiuno de abril del dos mil; siendo esta ciudad su último domicilio,
de parte de la señora GREGORIA MEJIA VIUDA DE CASTRO, en su
calidad de cónyuge sobreviviente del referido causante.
En consecuencia, se le ha conferido a dicha aceptante la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades
y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacen-
te.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con
treinta minutos del día veinticinco de junio del dos mil siete. Lic. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011065-3
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD
DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS
EFECTOS DE LEY:
HACE SABER: Que por resolución pronunciada, a las doce horas
del día veinticuatro de mayo del año dos mil siete, se ha tenido por acep-
tada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día
21/08/1968, dejó el causante señor JESUS BARRIENTOS CARCAMO,
conocido por JESUS BARRIENTOS, de parte del señor MARIO DE PAZ
AYALA, en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le
correspondían al señor JAIME FERNANDO ANTONIO BARRIENTOS,
en su concepto de nieto del causante. Se le ha conferido al aceptante la
Administración y Representación interina de la sucesión, con las facul-
tades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las doce
horas del día seis de junio del año dos mil siete. MARIO AGUILAR
MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CONCEPCION
PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011085-3
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
del causante señor JUAN ANTONIO QUIJADA, que por resolución dic-
tada por este Juzgado a las catorce horas con treinta y seis minutos del día
veinte de junio de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario la herencia Intestada, que a su defunción
ocurrida en la ciudad de Sonsonate, siendo esta ciudad de San Salvador
124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
su último domicilio, el día treinta de marzo de dos mil dos, dejó el señor
JUAN ANTONIO QUIJADA de parte de las señoras BERTA ALICIA
MARROQUIN DE QUIJADA, FABIOLA MICHELLE y GERARDO
JOSUE, ambos de apellido QUIJADA MARROQUIN, en el concepto
de cónyuge sobreviviente del causante la primera y en concepto de hijos
los segundos.
Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación
INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve
horas y siete minutos del día veintisiete de junio de dos mil siete. Dr.
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.
Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011098-3
ALVARO HENRY CAMPOS SOLORZANO, Notario, de este domicilio,
con despacho notarial ubicado en Calle del Caribe Tres, Jardines de
Guadalupe, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,
HACE SABER Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diecisiete horas del día nueve de julio de dos mil siete, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
testamentaria que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Santa Tecla,
Departamento de La Libertad, el día cinco de junio de dos mil siete,
dejara la señora MARIA EUGENIA ARGÜELLO HURTADO, conocida
por MARIA EUGENIA ARGÜELLO HURTADO DE TRIGUEROS,
de parte de los señores CARMEN ELENA TRIGUEROS DE RUS-
CONI, ALVARO TRIGUEROS ARGÜELLO, y GUSTAVO ADOLFO
TRIGUEROS ARGÜELLO, habiéndose conferido la administración y
representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en San Salvador, el día diez de julio de dos mil siete.
ALVARO HENRY CAMPOS SOLORZANO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011104-3
EL INFRASCRITO JUEZ,
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, a las nueve
horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó al fallecer
el señor JOSE JESUS DIAZ CHICAS, conocido por JOSE DE JESUS
DIAZ, el día cinco de febrero del año dos mil seis, en Cantón Ojo de
Agua, de esta Ciudad de Usulután, habiendo sido esta Ciudad su último
domicilio, de parte de ANA FLORIPE CARRANZA ARGUETA, co-
nocida por ANA FLORIPES CARRANZA, en calidad de cesionaria de
los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ALBA LUZ
CARRANZA DIAZ, en calidad de hija de la causante; Confi riéndosele la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después
de de la tercera publicación de este edicto.
JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los cinco días del mes de
febrero del año dos mil siete. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011116-3
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
AVISA: Que por resolución de las diez horas con cuarenta minutos
de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio
de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor:
MANUEL ANTONIO FERNANDEZ, al fallecer el día doce de febrero
del año dos mil tres, en el Hospital San Pedro de esta ciudad, siendo esta
misma ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como su último domicilio,
de parte de: KRYSSIA NAIKE, BETZAIDA LISSETTE y de la menor
INGRID ASTRID, todas de apellidos MARTINEZ FERNANDEZ,
esta última representada por la señora: ANA PEDRINA MARTINEZ
GOMEZ conocida por ANA PEDRINA MARTINEZ, en calidad de hijas
del causante.
Confi riéndoseles a las aceptantes dichas, la Administración y Re-
presentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades
de los Curadores de la Herencia Yacente.
125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
cuatro días del mes de mayo del año dos mil siete. Lic. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011117-3
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y quince
minutos del día once de mayo de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que
dejó GREGORIA CORCIO, fallecida el veinticuatro de octubre del año
dos mil cuatro, en el Cantón San Francisco El Porfi ado, de la jurisdic-
ción de Santiago Nonualco, su último domicilio, por parte de MIGUEL
ANGEL CORCIO ZEPEDA, en concepto de hijo de la causante, y
como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a
ELSA ELIZABETH CORCIO, ANA CRISTINA CORCIO y MARIA
EUGENIA CORCIO DE FLORES, hijas de la causante. Nómbrase al
aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de julio de dos
mil siete. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011118-3
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
nueve horas treinta minutos del día veintiocho de junio del presente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada dejada a su defunción por el causante HERIBERTO
MARROQUÍN RODRÍGUEZ, ocurrida el día dieciséis de diciembre de
dos mil seis, en esta ciudad, siendo Colón el lugar de su último domici-
lio, de parte de los menores JUAN JOSÉ, HERIBERTO EDUARDO y
CARLOS ADALBERTO, todos de apellidos MARROQUÍN MARTÍNEZ,
en calidad de hijos del causante; y se ha conferido a los aceptantes,
la administración y la representación interinas de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas
quince minutos del día diecisiete de julio de dos mil siete.- Lic. YOALMO
ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA
SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011124-3
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
doce horas con treinta minutos del día diez de julio del dos mil siete.- Se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en
la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San
Juan Talpa, Departamento de La Paz, siendo la Ciudad de Olocuilta, del
mismo Departamento, su último domicilio, el día seis de noviembre de
mil novecientos noventa y uno, dejó el causante CIRILO RAMÍREZ
ESCOBAR conocido por CIRILO RAMÍREZ, de parte de las señoras
MARIA MAGDALENA VILLEDA RAMÍREZ y JESSICA JASMIN
RAMÍREZ RODRÍGUEZ, ambas en su calidad de hijas del referido de
cujus.- Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para
que transcurridos el término de quince días contados desde el siguiente
a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer
uso de su derecho.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-
mento de San Salvador, a las quince horas del día diecisiete de julio del
año dos mil siete.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO
CIVIL.- Lic. IRMA ARACELY FLORES ÁLVAREZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011135-3
HERENCIA YACENTE
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER :Que por resolución de las ocho horas y treinta
minutos del día uno de junio del corriente año, se ha declarado yacente
la herencia intestada que dejó al fallecer el señor ARNULFO CHÁVEZ,
el día diez de julio de dos mil dos, de la ciudad de San Agustín, lugar
de su último domicilio, habiendo nombrado Curador Especial de la
Herencia Yacente al Licenciado JOSÉ OSCAR ROSALES, a quien se
le hizo saber su nombramiento jurando cumplir fi el y legalmente con su
cometido para los demás efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los veintiséis
días de junio de dos mil siete.- Lic. MANUEL DE JESÚS SANTOS,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA YANETH MEJÍA
HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011004-3
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL
HACE SABER: Que en esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado
JOSÉ URSUS AGUILAR LÓPEZ, abogado y notario, del domicilio de La
Libertad y de Santa Tecla, en su calidad de apoderado del señor REYES
MELARA CASTRO, de cincuenta y siete años de edad, empleado, de
este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero cero
nueve dos siete ocho cero dos - cuatro; solicitando extender TÍTULO
DE PROPIEDAD a favor de su poderdante, de un solar urbano situado
en Barrio Concepción de la Calle Principal de esta Población, con cons-
trucciones, de una extensión superfi cial de CIENTO TREINTA Y CINCO
PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, el cual mide
y linda: AL NORTE: Treinta metros setenta y un centímetros, linda con
José del Carmen Martínez Molina; AL ORIENTE: Cinco metros, linda
con María Monrroy, Brenda Recinos Monrroy, María Elizabeth Recinos
Monrroy y José Mario Recinos Monrroy, y Primera Avenida Sur de por
medio; AL SUR: Veintiocho metros noventa y tres centímetros, linda
con Francisca Catalina de Paz de Carpio, José Saúl Palma Menjívar, y
José Dolores Beltrán Rivera; y AL PONIENTE: Cinco metros, linda
con Benjamín Roberto Beltrán Rosales y Eduardo Amaya. El cual fue
adquirido por compra que le hizo a la señora Alma del Rosario Parada
de Sibrián, según Escritura Pública de Compraventa otorgada en la
ciudad de Santa Tecla a las trece horas con treinta minutos del día dos
de octubre de dos mil seis, ante los ofi cios notariales de la Licenciada
Marina Haydee Martínez de Ortega; dicho inmueble lo valora en OCHO
MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que hace saber al público para los efectos de Ley correspon-
dientes.
Alcaldía Municipal de Tamanique, a los cinco días del mes de julio
de dos mil siete.- Dr. ENRIQUE ARTURO POLANCO HERNÁNDEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. VERÓNICA ELIZABETH PALACIOS
CASTELLANOS, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C010846-3
TITULOS SUPLETORIOS
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
PAZ MENJIVAR VIUDA DE LARA, a promover DILIGENCIAS
DE TITULO SUPLETORIO en su carácter personal y manifi esta que
es dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífi ca y
no interrumpida de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el
Cantón Barahona de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial de
DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE PUNTO CINCUENTA
Y UN METROS CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes:
AL NORTE, con Saturnino Menjívar Lara y Ministerio de Educación;
AL ORIENTE, con Ministerio de Educación y Berta Alicia Lara; AL
SUR, con Lucia Rivas de Tobar, camino vecinal de por medio y Pedro
Santamaría Ramos; y AL PONIENTE, con María Luisa Lara de Díaz
y de Raúl Tiburcio Alfaro; dicho inmueble no es predio dominante ni
127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a persona
alguna y lo posee en proindivisión con la señora MARIANA DE JESÚS
LARA TOBAR. Y lo valora en la suma de CINCO MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SAN PEDRO MASAHUAT, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO
DEL DOS MIL SIETE.- Lic. DANIEL ORTIZ MARTÍNEZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- Licda. MARIA ELENA ARIAS LÓPEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011081-3
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
SANTOS LUCÍA LÓPEZ POCASANGRE o SANTOS LUCIA LÓPEZ,
de cuarenta y nueve años de edad, ama de casa, de este domicilio, solici-
tando TITULO SUPLETORIO a su favor de un inmueble de naturaleza
rústica, situado en los suburbios del Barrio El Calvario de la ciudad de
Ilobasco, departamento de Cabañas, en el lugar denominado Los Lava-
deros de la extensión superfi cial de DIECISIETE ÁREAS Y MEDIA
aproximadamente, que linda: AL ORIENTE, con terreno de Miguel
Rivera, divididos por cerco de piña de un jiote esquinero recto a un pito;
AL NORTE, con terreno de Victoriano Barahona, del pito dicho recto a
un jiote esquinero; AL PONIENTE, con resto de terreno que le queda
al compareciente, divididos por cerco de piña del jiote expresado recto
a otro jiote esquinero; y AL SUR, con resto de terreno que le queda al
compareciente divididos por cerco de piña del jiote relacionado recto
al jiote donde se comenzó la descripción. En el inmueble se encuentra
construida una casa paredes de sistema mixto, sin cultivos permanentes.
Lo valúa en CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA.- Lo hubo por compra al señor Cleofás Tobías Rivera
Guardado, el diez de mayo de mil novecientos ochenta.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco; Cabañas,
a las ocho horas treinta minutos del día veinticinco de junio de dos mil
siete.- Lic. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA PROPIETARIO.- Lic. CELIO GERMAN MENJIVAR
ROMERO, SECRETARIO DE PRIMERA INSTANCIA.
3 v. alt. No. F011107-3
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2007067633
No. de Presentación: 20070094556
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL
ROBERTO PAREDES CASTILLO conocido por MANUEL ROBERTO
PAREDES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CEN-
TRAL AMERICANA DE DISTRIBUCION, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CADISA, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
WUYANG
Consistente en: la palabra WUYANG, que servirá para: AMPARAR:
MOTOCICLETAS, VEHICULOS; APARATOS DE LOCOMOCION
TERRESTRE, AEREA O ACUATICA.
La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de junio del año dos mil siete.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C010863-3
No. de Expediente: 2007066638
No. de Presentación: 20070092881
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:
128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN SER
INDIFERENTE, MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS OJOS NO
VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAMISAS, GORRAS,
SOMBREROS, ROPA PARA DAMAS Y NIÑOS, ROPA PARA CA-
BALLERO.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010868-3
No. de Expediente: 2007066636
No. de Presentación: 20070092876
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:
UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN SER
INDIFERENTE, MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS OJOS NO
VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: LLAVEROS ELABORA-
DOS DE METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010869-3
No. de Expediente: 2007066640
No. de Presentación: 20070092885
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:
UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN SER
INDIFERENTE MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS OJOS NO
VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: CUADERNOS, PAPEL,
CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPREN-
DIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTI-
CULOS DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; PAPELERIA;
ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA
CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE
ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);
MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO
APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO
COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM-
PRENTA; CLICHES.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010870-3
No. de Expediente: 2007063772
No. de Presentación: 20070087531
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
RESEARCH IN MOTION LIMITED, de nacionalidad CANADIENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
BLACKBERRY PEARL
Consistente en: la palabras BLACKBERRY PEARL, traducido
al castellano como PERLA DE ZARZAMORA, que servirá para:
AMPARAR: UNIDADES ELECTRONICAS MANUFACTURADAS
Y ACCESORIOS, BATERIAS, EQUIPO PARA CARRO, CARGA-
DORES, AUDIFONOS, CLIPS PARA CINTURON/PISTOLERAS,
ESTUCHES, COBERTORES PARA BATERIAS Y CARGAS PARA
RECEPTORES INALAMBRICOS Y/O PARA LA TRANSMISION DE
INFORMACION CON LA CUAL TIENE LA CAPACIDAD PARA
TRANSMITIR Y RECIBIR COMUNICACION DE VOZ; PROGRA-
MAS PARA LA TRANSMISION Y/O RECEPCION DE MENSAJES,
RED INFORMATICA GLOBAL DE CORREO ELECTRONICO, Y/O
OTRA INFORMACION ENTRE UNA O MAS UNIDADES ELEC-
TRONICAS MANUFACTURADAS Y ALMACENAJE DE INFOR-
MACION ASOCIADA A UNA COMPUTADORA PERSONAL O A
UN SERVIDOR, PROGRAMA PARA LA SINCRONIZACION DE
INFORMACION ENTRE UNA ESTACION REMOTA O UNIDAD Y
UNA ESTACION ANEXA O UNIDAD Y PROGRAMACION, EL CUAL
PERMITE Y PROPORCIONA UNA O DOS VIAS DE CONECTIVIDAD
INALAMBRICA A LA INFORMACION, SOBRETODO INFORMA-
CION CORPORATIVA.
La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010886-3
No. de Expediente: 2007066091
No. de Presentación: 20070091951
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA
NOEMI MORENO DE VALENCIA, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de LOVABLE DE HONDURAS, S. A. DE C.V.,
de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Lovable y diseño, traducida al castellano
como adorable, que servirá para: DISTINGUIR: BRASSIERES (SOSTE-
NES), BLOOMERS (CALZONES), FAJAS PARA TALLAR, SAYAS,
CORPIÑOS, TEDDYS (ENTERIZO AFINADOR DE SILUETA), BLU-
SITAS, BOXER (CALZONCILLO), BIKERS (PANTALON CORTO
PARA CICLISTAS), BABY DOLL, PIJAMAS, TRAJES DE BAÑO,
CAMISETAS, TOP, BLUSAS, TANGAS, PANTALONES, ROPA PARA
HACER EJERCICIOS, ROPA IMPERMEABLE, GORROS, VISERAS,
BUFANDAS, CHAQUETAS, BLAZER, CORBATAS, UNIFORMES,
ABRIGOS, PAÑUELETAS, CALCETINES, CALCETERIA, SOMBRE-
RERIA Y CUALQUIER OTRA CLASE DE ROPA INTERIOR PARA
DAMAS Y NIÑAS.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil
siete.
130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de julio del año dos mil siete.
ALICIA ESTER GARCÍA COREAS,
REGISTRADOR.
MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011113-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2007068091
No. de Presentación: 20070095257
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA
MARLENE ANDINO DE NIETO, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de COSMETICOS NIETO ANDINO, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COMENIA, S. A. DE C. V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: la expresión INTERNATIONAL SCHOOL OF
DESIGN TOTAL IMAGE”, que se traduce al castellano como ESCUELA
INTERNACIONAL DE DISEÑO IMAGEN TOTAL, Y HAIR-FACE-
BODY se traduce como CABELLO-ROSTRO-CUERPO, que servirá
para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA DE
PRODUCTOS DE BELLEZA, A LA PRESTACION DE SERVICIOS EN
RAMA DE BELLEZA Y AL ASESORAMIENTO EMPRESARIAL.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de julio del año dos mil siete.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010855-3
No. de Expediente: 2007068090
No. de Presentación: 20070095256
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA
MARLENE ANDINO DE NIETO, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de COSMETICOS NIETO ANDINO, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COMENIA, S. A. DE C. V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: la expresión ESCUELA INTERNACIONAL DE
DISEÑO TOTAL IMAGE y diseño, las palabras TOTAL IMAGE se
traducen al castellano como TOTAL IMAGEN, sobre los términos indivi-
dualmente no se concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR
UNA EMPRESA QUE SE DEDICARA A LA VENTA DE PRODUCTOS
DE BELLEZA, A LA PRESTACION DE SERVICIOS EN LA RAMA
DE BELLEZA Y AL ASESORAMIENTO EMPRESARIAL.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de julio del año dos mil siete.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010856-3
131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
No. de Expediente: 2007066355
No. de Presentación: 20070092406
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL
ROBERTO PAREDES CASTILLO, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de CENTRAL AMERICANA DE DISTRIBUCION, SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CADISA,
S.A DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
del NOMBRE COMERCIAL,
REPUESTOS TOTAL
Consistente en: las palabras REPUESTOS TOTAL, a la palabra
REPUESTOS no se le concede exclusividad, que servirá para: IDEN-
TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE
REPUESTOS PARA MOTOCICLETAS.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de julio del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010861-3
No. de Expediente: 2007066357
No. de Presentación: 20070092408
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL
ROBERTO PAREDES CASTILLO conocido por MANUEL ROBERTO
PAREDES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CEN-
TRAL AMERICANA DE DISTRIBUCION, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CADISA, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
RT
Consistente en: las letras RT, que servirá para: IDENTIFICAR: UN
ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE REPUESTOS
PARA MOTOCICLETAS.
La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de julio del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010862-3
MATRICULAS DE COMERCIO
ASIENTO DE EMPRESA 2006056524
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006056524- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEJANDRO
GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Docu-
132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
mento Unico de Identidad 01363537-7 del domicilio de SAN MIGUEL,
con Número de Identifi cación Tributaria: 1217-160760-003-9, el cual
ha presentado solicitud a las nueve horas y treinta y cinco minutos del
día trece de junio de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de
Empresa No. 2006056524 inscripción 206 y el asiento de Estableci-
miento No. 2006056524- 001, inscripción 207, ambos del Libro 116
de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa
denominada DISTRIBUIDORA GONZALEZ se dedica a VENTA
Y COMPRA DE GAS PROPANO, con dirección en COLONIA EL
MOLINO, SENDA JARDIN No. 4, POLIGONO “K” CASA No. 30
del domicilio y departamento de SAN MIGUEL, cuyo activo asciende
a DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN 55/100 DO-
LARES ($18,551.55) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)
denominado DISTRIBUIDORA GONZALEZ ubicado en COLONIA
EL MOLINO, SENDA JARDIN No. 4, POLIGONO “K” CASA No.
30 del domicilio y departamento de SAN MIGUEL y que se dedica a
VENTA Y COMPRA DE GAS PROPANO.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, catorce de junio de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010850-3
ASIENTO DE EMPRESA 2003051314
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2003051314 - 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAIME OMAR
LOPEZ MONGE en su calidad de Representante legal de la sociedad
GRUPO ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO
CUSCATLAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 17 del
libro 1816 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con
Número de Identifi cación Tributaria: 0614 -240503-102-8, ha presen-
tado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA, con
la cual se le otorga el asiento de modifi cación No. 43 del libro 121 del
folio 87 al 88; a favor de la Empresa denominada GRUPO ESTRELLA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica
a VENTA DE PRODUCTOS ODONTOLOGICOS Y MEDICOS Y DE
CONSULTORIA, con dirección en URBANIZACIÓN SANTA ELENA,
PLAZA SANTA ELENA, LOCAL 109, CALLE CERRO VERDE, AN-
TIGUO CUSCATLÁN, LA LIBERTAD, y que tiene el establecimiento
denominado GRUPO ESTRELLA, S.A. DE C.V., el cual se dedica a
VENTA DE PRODUCTOS ODONTOLOGICOS Y MEDICOS Y DE
CONSULTORIA, con dirección en URBANIZACIÓN SANTA ELENA,
PLAZA SANTA ELENA , LOCAL 109, CALLE CERRO VERDE,
ANTIGUO CUSCATLÁN, LA LIBERTAD, del domicilio de ANTIGUO
CUSCATLAN.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veinte de julio de dos mil seis.
Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010859-3
ASIENTO DE EMPRESA 1997027475
ESTABLECIMIENTO 1997027475- 143
LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO
DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-
CIMIENTOS:
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALBERTO
ANDRES DAVISON MENDOZA en su calidad de Representante legal
de la sociedad COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL
SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de
nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,
cuya escritura social está inscrita bajo el número 48 del libro 1248
del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de
Identifi cación Tributaria: 0614-210297-104-4, ha presentado solicitud de
133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
apertura de nuevo establecimiento a las nueve horas y cincuenta minutos
del día once de junio de dos mil siete. Con la cual se otorgó asiento de
Establecimiento No. 1997027475- 143; denominado AGENCIA PUERTA
DE ORIENTE, con dirección en CENTRO COMERCIAL PUERTA
DE ORIENTE, EDIFICIO UNO, LOCALES 1 y 2, CARRETERA
DEL LITORAL, del domicilio de USULUTAN, que se dedica a TE-
LECOMUNICACIONES y que forma parte de la empresa denominada
COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica
a OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, con dirección
en COLONIA Y COMPLEJO ROMA, FINAL CALLE EL PROGRESO
del domicilio de SAN SALVADOR.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, once de junio de dos mil siete.
MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010864-3
ASIENTO DE EMPRESA 1995022412
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 1995022412- 001, 002, 003,
004, 005, 006, 007
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SANDRA
ESPERANZA HERNANDEZ DE CABEZAS en su calidad de Repre-
sentante legal de la sociedad ELEMENTOS NATURALES, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ELENAT,
S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN
SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 36 del
libro 1074 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con
Número de Identifi cación Tributaria: 0614-181194-106-3; el cual ha pre-
sentado solicitud a las once horas y veintidós minutos del día veintisiete
de febrero de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa
No. 1995022412 inscripción 14 y los asientos de Establecimiento No.
1995022412- 001, 002, 003, 004, 005, 006, 007 inscripciones 15, 16,
17, 18, 19, 20 y 21, del libro 113 de Asientos de Matrícula de Empresa
y Establecimiento; la Empresa denominada ELEMENTOS NATURA-
LES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual
se dedica a COMPRA VENTA DE PRODUCTOS NATURALES Y
COSMETICOS, con dirección en CALLE CHILTIUPAN, CENTRO
COMERCIAL PLAZA MERLIOT, NIVEL 200 LOCAL No. 214, del
domicilio de SANTA TECLA, cuyo activo asciende a OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES
81/100 DOLARES ($859,433.81) y que tiene el(los) establecimiento(s)
siguiente(s): 001-) denominado ELENAT, S.A. DE C.V. ubicado en
CALLE CHILTIUPAN, CENTRO COMERCIAL PLAZA MERLIOT,
NIVEL 200 LOCAL No. 214, 002-) denominado ELENAT, S.A. DE
C.V. SUCURSAL No. 1 ubicado en CENTRO COMERCIAL HIPER
EUROPA, LOCAL No. 4-B, COLONIA ESCALON, ENTRE ALAME-
DA MANUEL ENRIQUE ARAUJO Y CALLE NUEVA UNO Y DOS,
003-) denominado ELENAT, S.A. DE C.V. SUCURSAL No. 2 ubicado
en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO 4a ETAPA, LOCAL No.
35-A, 004-) denominado ELENAT, S.A. DE C.V. SUCURSAL No. 3
ubicado en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO SAN MIGUEL,
CARRETERA PANAMERICANA Y 30ª AVENIDA SUR, LOCAL No.
85-E, 005-) denominado ELENAT, S.A. DE C.V. SUCURSAL No. 4
ubicado en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO SANTA ANA,
COLONIA LOMA LINDA, FINAL AVENIDA INDEPENDENCIA Y
BAYPASS SUR, LOCAL No. 202-AB, 006-) denominado ELENAT, S.A.
DE C.V. SUCURSAL No. 5 ubicado en CENTRO COMERCIAL HIPEL
MALL LAS CASCADAS, INTERSECCION AVENIDA JERUSALEN Y
CARRETERA PANAMERICANA No. 116, 007-) denominado ELENAT,
S.A. DE C.V., SUCURSAL No. 6 ubicado en CENTRO COMERCIAL
MULTIPLAZA, CARRETERA PANAMERICANA, ENTRE AVENIDA
JESURALEM Y EL ESPINO, LOCAL C-31 y que se dedican a COMPRA
VENTA DE PRODUCTOS NATURALES Y COSMETICOS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, dos de mayo de dos mil seis.
Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010865-3
134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ASIENTO DE EMPRESA 2002000639
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002000639- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAIME
FRANCISCO ROMERO VENTURA en su calidad de Representante
legal de la sociedad CONFECCIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CONDE,
S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN
SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 54 del
libro 4 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con
Número de Identifi cación Tributaria: 0614-021263-001-7; el cual ha
presentado solicitud a las doce horas y un minutos del día veintiocho
de febrero de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Em-
presa No. 2002000639 inscripción 174 y el asiento de Establecimiento
No. 2002000639-001 inscripción 175, ambos del libro 79 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada
CONFECCIONES DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., la cual se dedica
a FABRICACION DE ROPA INTERIOR FEMENINA, con dirección
en CARRETERA TRONCAL DEL NORTE, KILOMETRO 7, No. 33
CONTIGUO A RESTAURANTE MI FINCA, CANTON MILINGO del
domicilio de CIUDAD DELGADO, cuyo activo asciende a TRES-
CIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE DOLARES
CON 61/100 $ 308,927.61 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)
denominado CONFECCIONES DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.
ubicado en CARRETERA TRONCAL DEL NORTE, KILOMETRO 7,
No. 33 CONTIGUO A RESTAURANTE MI FINCA y que se dedica
a FABRICACION DE ROPA INTERIOR FEMENINA.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, diez de marzo de dos mil cinco.
LIC. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C010866-3
ASIENTO DE EMPRESA 2007058884
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058884- 001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE AL-
BERTO ALVARADO ALVAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,
con número de Documento Unico de Identidad 02681966-3 del domicilio
de SAN SALVADOR con Número de Identifi cación Tributaria: 0821-
160368-002-7, el cual ha presentado solicitud a las once horas y cuatro
minutos del día veintiocho de mayo de dos mil siete, con la cual se otorgó
el asiento de Empresa No. 2007058884 inscripción 29 y el asiento de
Establecimiento No. 2007058884 - 001, inscripción 30, ambos del Libro
147 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa
se dedica a FABRICACION, COMPRA Y VENTA DE MEDICINA
NATURAL Y COMERCIALIZACION DE ESTOS MISMOS ARTI-
CULOS POR INTERNET, con dirección en RESIDENCIAL UTILA,
FINAL 7ª AVENIDA SUR No. 11, del domicilio de SANTA TECLA,
LA LIBERTAD cuyo activo asciende a CINCO MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y NUEVE 80/100 DOLARES ($5,489.80) y que tiene el
establecimiento siguiente: 001-) denominado MEGALIFE NATURAL
ubicado en RESIDENCIAL UTILA, FINAL 7ª AVENIDA SUR No. 11,
SANTA TECLA, LA LIBERTAD y que se dedica a FABRICACION,
COMPRA Y VENTA DE MEDICINA NATURAL Y COMERCIALI-
ZACION DE ESTOS MISMOS ARTICULOS POR INTERNET.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintinueve de mayo de dos mil siete.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C010878-3
135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
ASIENTO DE EMPRESA 2002003688
ESTABLECIMIENTO 2002003688-062, 063, 064, 065,066,
067, 068, 069, 070, 071, 072, 073, 074, 075
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-
MIENTOS:
HACE SABER; Que a esta ofi cina se ha presentado PETER JO-
HANNES GERARDUS JOZEF ABEN en su calidad de Representante
legal de la sociedad ALMACENES ADOC, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SOYAPANGO, cuya
escritura social está inscrita bajo el número 87 del libro 3 del Registro
de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación
Tributaria: 0614-210464-001-7, ha presentado solicitud de apertura de
nuevos establecimientos a las diez horas y cuarenta y ocho minutos del día
veintisiete de octubre de dos mil seis. Con la cual se otorgó asientos de Es-
tablecimientos Nos. 2002003688 - 062, 063, 064, 065, 066, 067, 068, 069,
070, 071, 072, 073, 074, 075; denominados ALMACENES ADOC, S.A.,
062) DISTRIBUIDORA N° 28 situado en CALLE QUIÑONEZ OSORIO,
N° 16 del domicilio de SAN VICENTE; 063) DISTRIBUIDORA No. 32
situado en CENTRO COMERCIAL HIPERMALL LAS CASCADAS,
LOCAL N° 103, ENTRE CARRETERA PANAMERICANA, CALLE
CHILTIUPAN Y AVENIDA MASFERRER del domicilio de SANTA
TECLA, LA LIBERTAD; 064) DISTRIBUIDORA N° 38 situado en
2ª CALLE ORIENTE, N° 102 Y AVENIDA JOSE SIMEON CAÑAS
del domicilio de SAN MIGUEL; 065) DISTRIBUIDORA N° 40 si-
tuado en CENTRO COMERCIAL HIPERMALL LAS CASCADAS,
LOCAL N° 147, ENTRE CARRETERA PANAMERICANA, CALLE
CHILTIUPÁN Y AVENIDA MASFERRER del domicilio de SANTA
TECLA, LA LIBERTAD; 066) DISTRIBUIDORA No. 46 situado en
CENTRO COMERCIAL PERIPLAZA APOPA, LOCAL No. 23 del
domicilio de APOPA, SAN SALVADOR; 067) DISTRIBUIDORA N°
50 situado en CENTRO COMERCIAL PLAZA MUNDO, LOCALES
N° 54, 55, 56 Y 57, 1º. NIVEL, UBICADO EN EL KILÓMETRO
4½ BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL del domicilio de
SOYAPANGO, SAN SALVADOR; 068) DISTRIBUIDORA N° 51
situado en CENTRO COMERCIAL PLAZA MUNDO, LOCALES N°
81, 81-A, 82-B Y 82-C, 2° NIVEL, UBICADO EN EL KILÓMETRO
4½ DEL BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL del domicilio
de SOYAPANGO, SAN SALVADOR; 069) DISTRIBUIDORA No. 52
situado en CENTRO COMERCIAL HIPERMALL LAS CASCADAS,
LOCAL N° 121, ENTRE CARRETERA PANAMERICANA, CALLE
CHILTIUPÁN Y AVENIDA MASFERRER del domicilio de SANTA
TECLA, LA LIBERTAD; 070) DISTRIBUIDORA No. 61 situado en
AVENIDA MORAZAN, N° 01 BIS del domicilio de SAN FRANCIS-
CO GOTERA, MORAZAN; 071) DISTRIBUIDORA N° 78 situado
en KISMET METRO CENTRO 8ª ETAPA, 33ª AVENIDA NORTE
Y BOULEVARD TUTUNICHAPA, LOCAL N° 258 del domicilio de
SAN SALVADOR; 072) DISTRIBUIDORA N° 79 situado en CIUDAD
MERLIOT, KISMET MERLIOT, CENTRO COMERCIAL PLAZA
MERLIOT, CALLE CHILTIUPÁN, LOCALES N° 301 y 303 del do-
micilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD; 073) DISTRIBUIDORA
N° 80 situado en KISMET ESCALON, PASEO GENERAL ESCALON
Y 79ª AVENIDA SUR, N° 135 del domicilio de SAN SALVADOR;
074) DISTRIBUIDORA N° 87 situado en CENTRO COMERCIAL
GALERIAS, NIVEL COMERCIO UNO, LOCAL N° 139, DEL MO-
DULO N° 2, COLONIA ESCALON, SOBRE EL PASEO GENERAL
ESCALON, ENTRE 73ª Y 74ª AVENIDA NORTE del domicilio de
SAN SALVADOR; 075) DISTRIBUIDORA N° 88 situado en CENTRO
COMERCIAL LA GRAN VIA, LOCALES N° 301 Y 302, CALLE
CHILTIUPAN Y CARRETERA PAPAMERICANA del domicilio de
ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD; que se dedican a DISTRI-
BUCION Y VENTA AL POR MAYOR Y AL DETALLE DE ZAPATOS Y
OTRAS MERCADERIAS y que forma parte de la empresa denominada
ALMACENES ADOC, SOCIEDAD ANONIMA, se dedica a VENTA
DE CALZADO, con dirección en BOULEVARD DEL EJERCITO
NACIONAL, KILOMETRO 4½ FINAL CALLE PRINCIPAL DE LA
COLONIA MONTECARMELO, N° 800 del domicilio de SOYAPANGO,
SAN SALVADOR cuyo activo ascienda a: DOS MILLONES CIENTO
CUARENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO 00 /100
DOLARES $ 2,140,554.00.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, veintisiete de octubre de dos mil seis.
LIC. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. C010883-3
136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
ASIENTO DE EMPRESA 2002031740
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002031740-001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA VIC-
TORIA MOISA en su calidad de Representante Legal de la sociedad
CACEMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
puede abreviarse CACEMA S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADO-
REÑA, del domicilio de COLON, LA LIBERTAD, cuya escritura social
está inscrita bajo el número 26 del libro 1033 del Registro de Sociedades
del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:
0614-170594-107-0; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y
cuarenta y ocho minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil dos,
con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002031740 inscripción
42 y el asiento de Establecimiento No. 2002031740- 001 inscripción 43,
ambos del libro 145 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estableci-
miento; la Empresa denominada CACEMA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE PRODUCTOS
(INSUMOS) AGRICOLAS, con dirección RESIDENCIAL UTILA
II, 15ª AVENIDA SUR, POLIGONO N° 3, CASA N° 6 del domicilio
de SANTA TECLA, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a CIENTO
NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUATRO 43/100 DOLARES
($191,304.43) y que tiene el establecimiento siguiente: 001) denominado
CACEMA, S.A. DE C.V. ubicado en RESIDENCIAL UTILA II, 15ª
AVENIDA SUR, POLIGONO N° 3, CASA N° 6, SANTA TECLA, LA
LIBERTAD y que se dedica a VENTA DE PRODUCTOS (INSUMOS)
AGRICOLAS.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, quince de mayo de dos mil siete.
LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F011087-3
ASIENTO DE EMPRESA 2001036121
ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001036121-001
EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-
GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS
DEL REGISTRO DE COMERCIO.
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO
ALEXANDER MARTINEZ ACOSTA en su calidad de Representante
legal de la sociedad V. S. R. EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse V.S.R. EL SALVADOR,
S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio
y departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita
bajo el número 73 del libro 1626 del Registro de Sociedades del Registro
de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-220601-
102-6; el cual ha presentado solicitud a las horas y minutos del día siete
de agosto de dos mil uno. Con la cual se otorgó el asiento de Empresa
No. 2001036121 inscripción 77 y el asiento de Establecimiento No.
2001036121- 001, inscripción 78, ambos del Libro 151 de Asientos
de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina
V. S. R. EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, la cual se dedica a OTROS SERVICIOS A EMPRESAS
NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en COLONIA
ESCALON, CALLE NUEVA N° 1, ALAMEDA MANUEL ENRIQUE
ARAUJO, EDIFICIO PALIC, TORRE NORTE, 3º NIVEL del domicilio
y departamento de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL
CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57)
y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado V.S.R. EL
SALVADOR, S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA ESCALON, CALLE
NUEVA N° 1, ALAMEDA MANUEL ENRIQUE ARAUJO, EDIFICIO
PALIC, TORRE NORTE, 3º NIVEL del domicilio y departamento de
SAN SALVADOR y que se dedica a OTROS SERVICIOS A EMPRESAS
NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.
Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.
San Salvador, doce de julio de dos mil siete.
LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F011111-3
137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
SUBASTAS PUBLICAS
LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-
HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el Juicio
Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD
ANONIMA que puede abreviarse BANCO AGRICOLA, S.A., cuyos
nombres comerciales son BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL
SALVADOR, BANCO AGRICOLA COMERCIAL, BANCO AGRI-
COLA, o solamente EL AGRICOLA, con sus siglas BAC, contra los
señores ALDO ENRIQUE CONDE SILIEZAR y GEORGINA MER-
LIN ESCALANTE HOY DE CONDE, conocida por GEORGINA
MERLIN ESCALANTE HERNANDEZ, y por GEORGINA MERLIN
ESCALANTE DE CONDE, reclamándoles cantidad de colones y
accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en
fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado
siguiente: “UN LOTE DE TERRENO de naturaleza urbana y construc-
ciones que contiene, marcado con el número TREINTA Y UNO, del
Bloque “A”, del proyecto Residencial “Mónaco”, situado en la Noventa
y Tres Avenida Norte y Prolongación Juan Pablo II, Colonia Escalón de
esta ciudad, cuya descripción técnica es la siguiente: AL NORTE: seis
punto cero siete metros; AL ORIENTE: treinta y uno punto cuarenta y
cuatro metros; AL SUR: Seis punto cero cero metros, y AL PONIENTE:
treinta y dos punto treinta y cinco metros; el lote anteriormente descrito
tiene un área de CIENTO NOVENTA Y UNO PUNTO TREINTA Y UN
METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS SETENTA Y
TRES PUNTO SETENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, y su medida
cúbica es de CUATROCIENTOS VEINTICINCO PUNTO SETENTA
Y TRES METROS CUBICOS. El área del lote anteriormente descritos
se encuentra gravado al rumbo Norte por una servidumbre de aguas
negras constituida a favor de la Administración Nacional de Acueductos
y Alcantarillados, ANDA, y que se describe así: AL NORTE: formado
por dos tramos: El Primero: de uno punto cero nueve metros y el segundo
de cinco punto cero dos metros, AL ORIENTE: tres punto trece metros,
AL SUR: formado por dos tramos, el primero de cinco punto quince
metros, y el segundo de cero punto noventa y cuatro metros, Y AL PO-
NIENTE: tres punto cero nueve metros, la porción así descrita tiene un
área de DIECIOCHO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS,
equivalentes a VEINTISEIS PUNTO CUARENTA Y SIETE VARAS.
El inmueble anteriormente descrito es propiedad de los señores ALDO
ENRIQUE CONDE SILIEZAR y GEORGINA MERLIN ESCALANTE
HOY DE CONDE conocida por GEORGINA MERLIN ESCALANTE
HERNANDEZ y por GEORGINA MERLIN ESCALANTE DE CONDE
en proindivisión y por partes iguales equivalentes al cincuenta por ciento
para cada uno por estar inscrito bajo el número de Matrícula M SEIS
CERO CERO UNO CERO CUATRO TRES CINCO GUION A CERO
CERO TRES DOS, del Registro Social de Inmuebles.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la Subasta
que deberán de presentar sus respectivos Documentos de Identidad, NIT,
y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,
cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento
similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San
Salvador, a las doce horas del día doce de julio de dos mil siete. Licda.
MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO
DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011035-3
HERBERT IVAN PINEDA ALVARADO, JUEZ DE FAMILIA DE
SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, al público
para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las
quince horas con veinte minutos del día veintidós de enero del presente
año, en el proceso de declaratoria judicial de paternidad, promovido
por la señora ROSA AMELIA ALFARO CRUZ, representada por la
Licenciada Ana Yanira Sánchez de Parada, en contra del señor CARLOS
FRANCISCO ORTIZ DOMINGUEZ, SE VENDERA EN PUBLICA
SUBASTA, en fecha que oportunamente se señalará; el derecho del
cien por ciento del inmueble de naturaleza urbana y construcciones que
tiene inscrito a su favor al número treinta y dos, libro dos mil doscientos
veintiocho del Registro de la propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta
Sección del Centro, que forma parte de la Urbanización Peña Blanca,
de esta jurisdicción, marcado como lote número ocho de la mencionada
urbanización la cual se describe de la siguiente forma: partiendo de los
puntos de intersección de los ejes, de la “Calle El Carmen,” y de Senda
Los Azahares, ambas abiertas en esta urbanización, se mide sobre el eje
de esta última, una distancia de veintisiete metros, con rumbo norte cero
cuatro grados cero dos punto cuatro minutos este llegando a un punto
en donde con defl exión, izquierda de noventa grados y con distancia
de tres puntos cincuenta metros se localiza el esquinero sur - este del
terreno cuyas medidas y colindancias son al sur: línea recta de rumbo
norte ochenta y cinco grados cincuenta y siete punto seis minutos oeste
y distancia de dieciséis punto cincuenta metros colindando con lote
número nueve de la misma urbanización, al oeste: línea recta de rumbo
norte cero cuatro grados cero dos punto cuatro minutos este y distancia
de cinco punto cincuenta metros lindando con el lote número diecisiete
de la misma urbanización; al norte: línea recta de rumbo sur ochenta
y cinco grados cincuenta y siete punto seis minutos este y distancia de
dieciséis punto cincuenta metros lindando con lote número siete de la
misma urbanización y al este: línea recta de rumbo sur cero cuatro grados
138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
cero dos punto cuatro minutos oeste y distancia de cinco punto cincuenta
metros lindando con lote número cinco, de la misma urbanización senda
de Los Azahares, de siete metros de ancho de por medio llegando así al
esquinero sur - este del terreno, que fue donde se dio inicio a la presente
descripción, el inmueble antes descrito tiene una extensión superfi cial de
noventa punto setenta y cinco metros cuadrados equivalentes a Ciento
veintinueve punto ochenta y cinco varas cuadradas. En dicho inmueble
hay construida una casa de sistema mixto con un área de construcción
de setenta punto sesenta y ocho metros cuadrados. Servirá de base para
el remate de conformidad a los artículos 218 de la Ley Procesal de
Familia y 606 del Código de Procedimientos Civiles, el valor que los
peritos asignaren al bien.
Librado en el Juzgado de Familia de Santa Tecla, a las nueve
horas y diez minutos del día veintisiete de abril del dos mil seis. Lic.
HERBERT IVAN PINEDA ALVARADO, JUEZ DE FAMILIA. Lic.
MELVIN MARBELY TEJADA MARTINEZ, SECRETARIA. INTA.
3 v. alt. No. F011040-3
REPOSICION DE CERTIFICADO
AVISO
BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S. A.
COMUNICA: Que a sus ofi cinas principales ubicadas en Agencia
Senda Florida Pasaje Senda Florida Sur, Colonia Escalón, se ha presen-
tado el propietario del Certifi cado de Acciones número 267, solicitando
la reposición de dicho certifi cado por haberlo extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiese ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Salvador, 16 de julio de dos mil siete.
JOSE ROBERTO NAVARRO E.,
Presidente.
3 v. alt. No. F011024-3
AVISO
El Banco Cuscatlán S.A.,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 015PLA000186364,
solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por MIL QUINIEN-
TOS 00/100 DOLARES (US$1,500.00) MIL QUINIENTOS 00100
DOLARES.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
Soyapango, 31 de marzo de 2006.
CELINA DE RODAS,
Banco Cuscatlán S.A.
Agencia UNICENTRO.
3 v. alt. No. F011049-3
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
AVISA: Que en su agencia COJUTEPEQUE se ha presentado el
propietario del certifi cado No. 7895470656 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 13 de agosto de 2001, 180 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 17 de julio de 2007.
IRMA DE REYES,
Scotiabank El Salvador, S.A.
3 v. alt. No. F011128-3
139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
AVISA: Que en su agencia COJUTEPEQUE se ha presentado el
propietario del certifi cado No. 453871 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 19 de junio de 2006, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 18 de julio de 2007.
IRMA DE REYES,
Scotiabank El Salvador, S. A.
3 v. alt. No. F011129-3
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
AVISA: Que en su agencia COJUTEPEQUE se ha presentado el
propietario del certifi cado No. 60356 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 10 de febrero de 2004, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 18 de julio de 2007.
IRMA DE REYES,
Scotiabank El Salvador, S. A.
3 v. alt. No. F011130-3
AUMENTOS DE CAPITAL
El Suscrito Administrador Unico Propietario de la Sociedad Mercan-
til, del domicilio de San Salvador, que gira con la denominación de
“INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ORELLANA MURILLO,
SOCIEDAD ANONlMA DE CAPITAL VARIABLE”.
AVISA: Que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de Ac-
cionistas, celebrada en esta ciudad a las trece horas del día dieciocho de
Junio del dos mil siete, se acordó aumentar el capital social mínimo de
CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES
a SIETE MILLONES DE COLONES, mediante la emisión de CIEN
ACCIONES comunes y nominativas de SETENTA MIL COLONES cada
una, totalmente suscritas y exhibidas de modo que la sociedad funcionará
con el capital de SIETE MILLONES DE COLONES equivalentes a
OCHOCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, totalmente suscrito y pagado.
San Salvador, diecisiete de Julio del dos mil siete.-
Ing. CESAR AUGUSTO ORELLANA MURILLOS,
ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C010860-3
La Sociedad EL BOLIGRAFO, S.A. DE C.V.,
HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Accio-
nistas, celebrada en la ciudad de Santa Tecla, a las doce horas del día
ocho de mayo de dos mil siete, en su local ubicado en Calle Comasagua
No.23, Jardines de La Libertad, Ciudad Merliot, Departamento de La
Libertad, por unanimidad acordaron aumentar el capital social mínimo
de TREINTA MIL COLONES a DOSCIENTOS DOS MIL COLONES,
incrementándose el capital social mínimo en CIENTO SETENTA Y
DOS MIL COLONES mediante nuevas aportaciones de los socios y
emisión de nuevas acciones, las cuales serán suscritas en proporción a
la participación social de los accionistas; consecuentemente el capital
social mínimo será de DOSCIENTOS DOS MIL COLONES, equivalentes
a VEINTITRÉS MIL OCHENTA Y CINCO DOLARES SETENTA Y
UN CENTAVOS DE DOLAR de los Estados Unidos de América.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.-
San Salvador, quince de mayo de dos mil siete.
Lic. ANGEL MARIO VEGA REYES,
Apoderado General Administrativo.
3 v. alt. No. C010867-3
140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
AVISO DE COBRO
La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de
Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Departamento ha presentado escrito
la señora ANA CELIA AREVALO DE MEJIA, conocida también como
Ana Celia Arévalo Canales y por Ana Celia Arévalo, en su carácter de
cónyuge sobreviviente del señor Luis Alonso Mejía Ventura, solicitando
se le autorice fi rmar los documentos respectivos para que se le entregue
la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS 03/100 DOLARES
($266.03), en concepto de excedente del Impuesto sobre la Renta del
ejercicio 2006, que dejó pendiente de cobro, su extinto cónyuge, por
haber fallecido el día 31 de enero de 2007.
Lo anterior, se hace de conocimiento del Público para que toda
persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Depar-
tamento a más tardar dentro de los quince días subsiguientes, contados a
partir del día siguiente al de la tercera y última publicación del presente
aviso, a fi n de ejercer su derecho.
Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los cinco días del mes de
julio de dos mil siete.
NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,
SUBJEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
MINISTERIO DE HACIENDA
3 v. 1 v. c 3/d. No. F010555-3
NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ, subjefe del Departamento Jurídico
del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley
HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la se-
ñora SILVIA DEL CARMEN BERMUDEZ DE MARTINEZ, conocida
por Silvia del Carmen Bermúdez; y WENDY BEATRIZ MARTINEZ,
conocida por Wendy Beatriz Martínez Bermúdez, cónyuge sobreviviente
la primera e hija la segunda, quienes piden se les permita fi rmar los do-
cumentos correspondientes y poder cobrar la cantidad de $308.49, que
por haber fallecido el causante ANDRES MARTINEZ MATA, conocido
por Andrés Martínez, dejó pendiente de cobro por haber fallecido el 20
de noviembre de 2006, los cuales le correspondían como devolución
después del pago del Impuesto sobre la Renta del año 2006. Lo anterior
se hace de conocimiento del público en general, para que toda persona
que se crea con igual o mejor derecho se presente hacer uso del mismo
ante este Ministerio, dentro del término de quince días posteriores a la
última publicación del presente aviso.
Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los nueve días del mes de julio del año dos mil siete.
NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,
SUBJEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO,
MINISTERIO DE HACIENDA.
3 v. 1. v. c/3 días No. F010643-3
TITULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: Al Público,
HACE SABER: Que en esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado AMILCAR GUTIERREZ LAZO, de cuarenta y siete años de edad, Abogado, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, portador del carné de abogado número trece mil novecientos cincuenta y tres; quien actúa como apoderado del Señor ANTONIO RAMOS ORTIZ o ANTONIO RAMOS, de cuarenta y ocho años edad, Empleado, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad Número Cero Un Millón Setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y cinco guión seis, y número de Identifi cación Tributaria Número Cero Seiscientos diez guión ciento diez mil quinientos cincuenta y ocho guión cero cero uno guión siete, Solicitando TITULO MUNICIPAL, de un inmueble de Naturaleza URBANA, situado en el Barrio Concepción de la Ciudad de Panchimalco, Departamento de San Salvador; que tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: doce metros cuarenta centímetros, linda con los señores Víctor Manuel Ortiz Vásquez, Blanca Luz Vega Ortiz, Rosa Margarita Vega Ortiz, Dina Esmeralda Vega Ortiz, Dora de Jesús Ortiz Vásquez y Francisco Ortiz Vásquez; AL NORTE: mide diecinueve metros cincuenta centímetros, linda con los señores Tomás Andrés y Aurelio Basilio, antes de Adelaida Pérez en línea recta, calle de por medio; AL PONIENTE: mide doce metros setenta centímetros, linda con la señora Eleuteria Jorge Rivera viuda de Jorge, antes de la Sucesión de doña Jesús García, en línea recta; y AL SUR: Mide catorce metros, cuarenta centímetros, linda con la señora Eleuteria Jorge Rivera viuda de Jorge, antes de Juan Vásquez, en línea recta. Tiene brotones vivos de varias clases y esquineros de piedras sembradas. Todos los colindantes son de este domicilio. La referida propiedad tiene una Capacidad Superfi cial de CIENTO NOVENTA Y TRES PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, dicho inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene carga, ni derechos reales, no está en proindivisión con ninguna persona, el inmueble lo adquirió por compra que le hizo a la señora María Esperanza Torres Escobar de Méndez, Según Escritura Pública Número Cuatro Libro Treinta y Tres del Año de mil Novecientos Noventa; teniéndolo en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida por más de dieciséis años. Y lo valúa en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Se le comunica al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Panchimalco, trece días del mes de Julio de dos mil siete. ISABEL VEGA VASQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. FRANCISCO JAVIER BERNABE, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011000-3
141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
TITULO DE PREDIO URBANO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que el señor JOSE CORONADO AMAYA
GOMEZ, de setenta y dos años de edad, jornalero, de este domicilio, con
Documento Único de Identidad número cero cero novecientos noventa y
un mil ochocientos quince - tres, y Número de Identifi cación Tributaria:
cero novecientos seis - ciento ochenta mil ochocientos treinta y cuatro
- cero cero tres - dos, solicita título de un de inmueble urbano, situado
en Quinta Avenida Sur y Tercera Avenida Sur, número cuarenta y tres
- A y número treinta y dos, del Barrio El Calvario, de esta ciudad, de una
extensión superfi cial de TRESCIENTOS CUARENTA Y UN METROS
SESENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS, que tiene las
medidas y colindantes siguientes; AL ORIENTE: nueve punto cero dos
metros, Tercera Avenida Sur de por medio, con inmuebles de Pascual
Mercado y Domingo Abarca; AL NORTE: treinta y ocho punto treinta
y siete metros, paredes de división, con inmuebles de Miguel Alvarenga
Escobar y de Teresa Amaya; AL PONIENTE: ocho punto setenta y nueve
metros, la Quinta Avenida Sur de por medio, con inmueble de Antonio
Beltrán; y AL SUR: treinta y ocho punto treinta y siete metros, en línea
casi recta, en donde hay paredes de división, con inmueble de Eduardo
Rodríguez y de Antonio Ventura. En el terreno descrito se encuentran
construidas dos casas de habitación una con número cuarenta y tres - A,
en la Quinta Avenida Sur, y la otra número treinta y dos, en la Tercera
Avenida Sur. No es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni gravámenes
de ninguna naturaleza a favor de terceros, lo adquirió por compra que hizo
al señor José Alfredo Acosta, y lo estima en UN MIL TRESCIENTOS
SETENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
todos los colindantes son de este domicilio.
Se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Caba-
ñas, a cinco de junio de dos mil siete. Ing. JESUS EDGAR BONILLA
NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR
ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011084-3
MARCA DE SERVICIO
No. de Expediente: 2007066639
No. de Presentación: 20070092883
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:
UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS:
Consistente en: las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN
SER INDIFERENTE MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS
OJOS NO VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS
DE ORGANIZACION DE ACTIVIDADES CON LA FINALIDAD DE
RECOLECCION DE DINERO PARA OBRAS DE CARIDAD.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010871-3
142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
No. de Expediente: 2007066637
No. de Presentación: 20070092878
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:
UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN SER
INDIFERENTE MIRA CON EL CORAZÓN LO QUE TUS OJOS NO
VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENSE-
ÑANZA Y EDUCACIÓN PARA NIÑOS Y GENTE JOVEN.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010872-3
No. de Expediente: 2007066634
No. de Presentación: 20070092874
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:
UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
MIRA CON EL CORAZÓN LO QUE TUS OJOS NO VEN
Consistente en: Las palabras MIRA CON EL CORAZÓN LO QUE
TUS OJOS NO VEN, que servirá para: DISTINGUIR: SERVICIOS DE
ENSEÑANZA Y EDUCACIÓN PARA NIÑOS Y GENTE JOVEN.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010873-3
No. de Expediente: 2007066641
No. de Presentación: 20070092887
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO
143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:
UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
MARCA LA DIFERENCIA SIN SER INDIFERENTE
Consistente en: Las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN
SER INDIFERENTE, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE
ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CON LA FINALIDAD DE
RECOLECCIÓN DE DINERO PARA OBRAS DE CARIDAD.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010874-3
No. de Expediente: 2007066633
No. de Presentación: 20070092873
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:
UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS OJOS NO
VEN
Consistente en: Las palabras: MIRA CON EL CORAZÓN LO QUE
TUS OJOS NO VEN, sobre las palabras de uso común individualmente
consideradas no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CON LA
FINALIDAD DE RECOLECCIÓN DE DINERO PARA OBRAS DE
CARIDAD.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010875-3
No. de Expediente: 2007066632
No. de Presentación: 20070092872
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO
DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:
144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376
UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
MARCA LA DIFERENCIA SIN SER INDIFERENTE
Consistente en: Las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN
SER INDIFERENTE, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE
ENSEÑANZA Y EDUCACIÓN PARA NIÑOS Y GENTE JOVEN.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010876-3
No. de Expediente: 2007063771
No. de Presentación: 20070087530
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIÉRREZ, en su calidad de APODERADO de
RESEARCH IN MOTION LIMITED, de nacionalidad CANADIENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
BLACKBERRY PEARL
Consistente en: Las palabras BLACKBERRY PEARL, traducida
al castellano como PERLA DE ZARZAMORA, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE CORREO ELECTRÓNICO, SERVICIO DE
MENSAJES DE INFORMACIÓN INALÁMBRICA, PARTICULAR-
MENTE SERVICIOS QUE PERMITE AL USUARIO ENVIAR O RE-
CIBIR MENSAJES A TRAVÉS DE UNA RED INALÁMBRICA, UNA
O DOS VÍAS DE SERVICIOS COMPAGINADOS, TRANSMISIÓN
Y RECEPCIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN DE VOZ.
La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil
siete.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de mayo del año dos mil siete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C010887-3
REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO
AVISO
“AIG, S. A., SEGUROS DE PERSONAS”, Compañía de Seguros,
hace del conocimiento del público en general que a sus ofi cinas se ha
presentado EDDIE YOHALMO ALVARADO MAURICIO, Ingeniero
Civil, del domicilio de La Paz, solicitando la Reposición de la Póliza
No. VO-42.395, emitida por esta Compañía a su favor, con fecha 15 de
junio del 2000; si dentro de treinta días, contados a partir de la fecha
de la última publicación de este aviso, no se presentare oposición, la
Compañía procederá a reponer la mencionada Póliza.
San Salvador, diecisiete de julio del dos mil siete.
GLADYS L. AGUILAR DE GRANADOS,
SUSCRIPCIÓN SEGUROS DE PERSONAS.
3 v. alt. No. F011006-3
Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.