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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 376 SAN SALVADOR, VIERNES 27 DE JULIO DE 2007 NUMERO 139 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 4 4-29 30 31-34 35 Pág. 35 35-36 36 37-38 39 39 ORGANO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdo No. 357.- Se encarga el Despacho de Educación, al Viceministro de dicho Ramo. ................................................. MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Asociación Salvadoreña Oportunidades para Todos y Acuerdo Ejecutivo No. 146, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica.................................................... MINISTERIO DE HACIENDA RAMO DE HACIENDA Acuerdo No. 513.- Se solicita la intervención del Fiscal General de la República, para que comparezca a otorgar escritura matriz de reunión de inmuebles propiedad del Estado de El Salvador ...................................................................................... Acuerdo No. 697.- Se aprueba la Resolución No. 1-CDF- 718/07, emitida por el Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión. ................................................... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 654.- Se legaliza el desempeño de misión oficial.......................................................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0769.- Se aprueba normativa para la aplicación del Decreto Legislativo No. 895, referente a la legalización del estatus laboral de los docentes idóneos. .......... MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 86.- Se otorga condecoración al señor Tcnel. Inf. DEM José Antonio Leiva Lobato, Profesor Militar Invitado del Reino de España................................................................... Acuerdo No. 87.- Se asigna montepío militar a favor de la señora Carlota Isabel Mejía de Pineda....................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1097-D, 1108-D, 1167-D, 1210-D, 1238-D, 1245-D, 1262-D, 1267-D y 1307-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .............................. SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN Aceptación de Herencias Cartel No. 723.- María Cecilia López viuda de Martínez (3 alt.) ......................................................................................... Cartel No. 724.- Victoriana Flores (3 alt.).........................

diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 376 SAN SALVADOR, VIERNES 27 DE JULIO DE 2007 NUMERO 139

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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ORGANO EJECUTIVO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Acuerdo No. 357.- Se encarga el Despacho de Educación, al Viceministro de dicho Ramo. .................................................

MINISTERIO DE GOBERNACION

RAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la Asociación Salvadoreña Oportunidades para Todos y Acuerdo Ejecutivo No. 146, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica....................................................

MINISTERIO DE HACIENDA

RAMO DE HACIENDA

Acuerdo No. 513.- Se solicita la intervención del Fiscal General de la República, para que comparezca a otorgar escritura matriz de reunión de inmuebles propiedad del Estado de El Salvador......................................................................................

Acuerdo No. 697.- Se aprueba la Resolución No. 1-CDF-718/07, emitida por el Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión. ...................................................

MINISTERIO DE ECONOMIA

RAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 654.- Se legaliza el desempeño de misión ofi cial..........................................................................................

MINISTERIO DE EDUCACION

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-0769.- Se aprueba normativa para la aplicación del Decreto Legislativo No. 895, referente a la legalización del estatus laboral de los docentes idóneos. ..........

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL

RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuerdo No. 86.- Se otorga condecoración al señor Tcnel.

Inf. DEM José Antonio Leiva Lobato, Profesor Militar Invitado

del Reino de España...................................................................

Acuerdo No. 87.- Se asigna montepío militar a favor de la

señora Carlota Isabel Mejía de Pineda.......................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1097-D, 1108-D, 1167-D, 1210-D, 1238-D, 1245-D, 1262-D, 1267-D y 1307-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..............................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencias

Cartel No. 723.- María Cecilia López viuda de Martínez (3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 724.- Victoriana Flores (3 alt.).........................

Page 2: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

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Títulos Supletorios

Cartel No. 725.- José Ovidio Mazariego Ortiz (3 alt.)......

Edictos de Emplazamiento

Cartel No. 726.- María Isabel López Alfaro y otro (1 vez)

Cartel No. 727.- Claudia Arely Peña Cruz (1 vez)............

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Cartel No. 714.- Allison Xiomara Dubón Vásquez y otro (3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 715.- Marlene Carolina Cerón Mejía (3 alt.)...

Cartel No. 716.- María Dolores Ruano Pérez y otros (3alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 717.- Ovidio Pablo Hernández (3 alt.) ............

Cartel No. 718.- Virginia Renderos Alvarado (3 alt.) .......

Títulos Supletorios

Cartel No. 719.- Carmen Tejada de Castillo (3 alt.)..........

Subasta Pública

Cartel No. 720.- Ricardo Arturo Campos Rodríguez (3alt.) ..........................................................................................

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Cartel No. 698.- María Fermina Molina de Beltrán (3alt.). .........................................................................................

Título Supletorio

Cartel No. 699.- Lucas García Escalante (3 alt.) ..............

Herencia Yacente

Cartel No. 702.- Laura Ildefonsa Vaquerano, se nombra curador al Lic. Ernesto Antonio Soto Ibarra (3 alt.) ..................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Declaratorias de Herencias

Carteles Nos. F011700, F011712, F011718, F011775, F011788, F011789, F011795, F011796, F011802, F011803, F011830, F011833, F011849.....................................................

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. C011030, F011763, F011800, F011821, F011707, F011717, F011747, F011777, F011783, F011786, F011791, F011844, F011845.....................................................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F011762, F011835......................................

Título Supletorio

Cartel No. F011746...........................................................

Juicios de Ausencia

Carteles Nos. C011034, F011739, F011781, F011793.....

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C011021, C011022, C011023, F011750, F011751, F011753, F011755.....................................................

Marca de Fábrica

Cartel No. F011713...........................................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. C011020, C011026.....................................

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. C011018, C011019, C011025, C011033, F011716. ....................................................................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. C011002, F011719, F011758, F011812, F011814, F011816, F011817, F011818, F011819, F011820, F011822, F011823, F011824, F011825, F011827, F011829, F011831, F011832, F011834, F011836, F011838. ...................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F011731, F011804, F011806, F011807, F011808, F011809, F011810.....................................................

Balances de Liquidación

Cartel No. F011748...........................................................

Frecuencias de Uso Regular

Cartel No. F011696...........................................................

Título Municipal

Carteles Nos. F011701, F011702, F011704, F011826. ....

Marcas de Servicios

Carteles Nos. C011003, C011004, C011005, C011007, C011008, C011009, C011010, C011011, C011012, C011013, C011014, C011015, C011016, C011017...................................

Concesión de Frecuencias

Carteles Nos. F011697, F011699......................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. C010936, C010937, C010938, C010940, C010942, C010954, F011332, F011350, F011361, F011363, F011366, F011372, F011374, F011375, F011390, F011391, F011404, F011434, F011458, F011469, F011478, F011530, F011535. ....................................................................................

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Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F011394, F011498......................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. F011369, F011370, F011371, F011373, F011453, F011497, F011500.....................................................

Título de Dominio

Cartel No. F011460...........................................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. C010921, C010932, C010959. ...................

Nombre Comercial

Cartel No. C010919. .........................................................

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. C010941, C010948, C010949, C010952, C010953, C010955, C010960, C010962, C010963, F011443, F011493, F011501, F011503, F011504, F011506, F011507. ...

Convocatoria

Cartel No. F011490...........................................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F011471, F011491, F011534, F011769, F011770. ....................................................................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F011479, F011481, F011483, F011484, F011485, F011486, F011487, F011488, F011489. ...................

Aumento de Capital

Cartel No. C010928. .........................................................

Disminución de Capital

Cartel No. C010926. .........................................................

Disolución de Sociedades

Cartel No. F011355...........................................................

Patente de Invención

Cartel No. C010996. .........................................................

Reposición de Póliza de Seguros

Cartel No. C010917. .........................................................

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. C010852, C010853, F010996, F011010, F011019, F011027, F011036, F011037, F011043, F011063, F011065, F011085, F011098, F011104, F011116, F011117, F011118, F011124, F011135.....................................................

Herencia Yacente

Cartel No. F011004...........................................................

Título de Propiedad

Cartel No. C010846. .........................................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. F011081, F011107......................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. C010863, C010868, C010869, C010870,

C010886, F011113.....................................................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. C010855, C010856, C010861, C010862. ..

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. C010850, C010859, C010864, C010865,

C010866, C010878, C010883, F011087, F011111. ..................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F011035, F011040......................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F011024, F011049, F011128, F011129,

F011130. ....................................................................................

Aumentos de Capital

Carteles Nos. C010860, C010867.....................................

Avisos de Cobro

Carteles Nos. F010555, F010643......................................

Título Municipal

Cartel No. F011000...........................................................

Título de Predio Urbano

Cartel No. F011084...........................................................

Marcas de Servicios

Carteles Nos. C010871, C010872, C010873, C010874,

C010875, C010876, C010887. ..................................................

Reposición de Póliza de Seguros

Cartel No. F011006...........................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

ACUERDO No. 357.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Educación, con carácter ad-honorem, durante el período comprendido del 17 al 20 de julio del presente año, al señor Viceministro de Educación, Licenciado José Luis Guzmán Martell, en ausencia de la Titular, Licenciada Darlyn Xiomara Meza, a quien se le ha concedido licencia con goce de sueldo por motivos de salud.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil siete.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

Presidente de la República,

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

MINISTERIO DE GOBERNACIÓNRAMO DE GOBERNACION

NUMERO SETENTA Y CUATRO.- En la ciudad de San Salvador, a las

diez horas del día veinticinco de octubre de dos mil cinco.- Ante mí

WILFREDO ANTONIO HENRÍQUEZ VÁSQUEZ; Notario de este

domicilio, comparece el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ, de treinta y ocho años de edad, Pintor, del domicilio de

Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a quien conozco, portador

de su Documento Único de Identidad número Cero Tres millones cien-

to noventa y siete mil quinientos veintiocho- ocho, quien actúa en re-

presentación de la “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDA-

DES PARA TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT”, en su calidad

de Presidente de la referida entidad y como Ejecutor especial de los

acuerdos tomados en Asamblea General de miembros fundadores de

dicha Asociación, y ME DICE. I) Que acude ante el suscrito notario, a

Protocolizar los acuerdos tomados en la mencionada Asamblea General

otorgada en esta ciudad a las nueve horas del día seis de octubre del

presente año, en la que constan sus Estatutos, denominación, domicilio,

así como la elección de su Junta Directiva, la cual literalmente que lite-

ralmente DICE: “””””La infrascrita Secretaria de LA ASOCIACIÓN

SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS, CERTIFICA:

Que en sesión ordinaria de Fundadores celebrada en esta ciudad a las

nueve horas del día seis de octubre del corriente año, se aprobó el Acta

de Constitución de la misma Asociación, que literalmente dice: “””En

la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día seis de octubre de

dos mil cinco, siendo éstos el lugar, día y hora señalados en la convoca-

toria para celebrar la Asamblea General de la ASOCIACIÓN denomi-

nada “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA

TODOS”, Asociación sin fi nes de lucro, de utilidad pública, de carácter

apolítica, no religiosa y con domicilio principal en la Circunscripción

del Municipio de San Salvador. Con este propósito estamos presentes

en este acto SANTIAGO MARGARITO ALFARO RODRÍGUEZ, de

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

treinta y ocho años de edad, Pintor, del domicilio de Santa Tecla, De-

partamento de La Libertad, portador de mi Documento Único de Iden-

tidad número Cero Tres millones ciento noventa y siete mil quinientos

veintiocho- ocho; WILLIAM ERNESTO BARILLAS HERNÁNDEZ,

de cuarenta y cinco años de edad, Electricista; del domicilio de Mejica-

nos, portador de mi Documento Único de Identidad número Cero Cero

Seiscientos veintitrés mil dieciséis- seis; JOSÉ MAURICIO BUSTOS

HERNÁNDEZ; de cincuenta años de edad, Empleado, del domicilio de

Santa Tecla, Departamento de La Libertad, portador de mi Documento

Único de Identidad número Cero Cero Quinientos treinta y seis mil

setecientos treinta y cinco- cero; MERCEDES MARÍA MÉNDEZ

DELGADO, de veintinueve años de edad, Estudiante, de este domicilio,

portadora de mi Documento Único de Identidad número Cero Cero Cero

Sesenta y un mil cuatrocientos veinticinco- cinco; LUIS ARMANDO

GUILLEN MALDONADO, de cuarenta y cinco años de edad, Arqui-

tecto, del domicilio de Cuscatancingo, portador de mi Documento

Único de Identidad número Cero Un millón doscientos sesenta y dos

mil trescientos treinta- uno. A continuación se sometió a consideración

de los presentes la agenda a desarrollarse, la cual fue aprobada con los

siguientes puntos: I.- Comprobación de los requisitos legales de

constitución; II.- Acuerdo de Constitución de la Asociación sin Fines de

Lucro; III.- Denominación de la Asociación; IV.- Aprobación de los

Estatutos; V.- Elección de la Primera Junta Directiva; VI.- Comisionar

a su Presidente señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ, como Ejecutor Especial, para que comparezca ante

Notario a otorgar la Escritura Pública a efecto de formalizar en Instru-

mento Público los acuerdos tomados en esta Asamblea y por los cuales

se constituye la ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES

PARA TODOS. I.- Respecto al primer punto de la Agenda, se comprue-

ba que están presentes los miembros que constituyen la Asociación,

cuyos nombres se han mencionado, quienes constituyen el quórum de

este acto. II.- Habiéndose constatado que el quórum se ajusta a lo re-

querido, los presentes manifi estan su deseo de constituir una Asociación

sin Fines de Lucro, y así la constituyen. III.- Se procede a la proposición

de posibles nombres para la Asociación, y como resultado de la elección

recibe el nombre de “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNI-

DADES PARA TODOS”, habiéndose adoptado por unanimidad. IV.- A

continuación el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ, en representación de todos los miembros somete a con-

sideración de la Asamblea, el proyecto de Estatutos, el cual es discutido,

y se procede a votar. Aprobándose los Estatutos en este acto por unani-

midad, quedando redactados de la siguiente manera: ASOCIACIÓN

SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS, CAPITULO I,

DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Creáse en la ciudad de San Salvador, Departamento de San

Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denomi-

nará “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA

TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT” como una entidad apolítica,

no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denomina-

rá la Asociación.” Art. 2.- El Domicilio de la Asociación será la ciudad

de San Salvador, departamento de San Salvador, pudiendo establecer

fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él. Art. 3.- La

Asociación se constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO II. FINES

U OBJETIVOS. Art. 4.- Para desarrollar su fi nalidad, la Asociación

deberá: a) Promover, organizar y realizar actividades y proyectos de

benefi cencia social. b) Solicitar cooperación de gobiernos, organismos

nacionales e internacionales, y de instituciones públicas y privadas. c)

Desarrollar diversos programas y proyectos que conlleven apoyo y be-

nefi cio integral de personas de escasos recursos económicos, sin distin-

ción de edad, raza, credo, religión, sexo, nacionalidad o ideología polí-

tica en las siguientes áreas: Proyectos productivos; Educación; Capaci-

tación; Salud; Infraestructura; Desarrollo Local; Organización Comu-

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

nitaria; Medio Ambiente. d) Gestionar y canalizar recursos económicos

con personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales que

permitan la realización de diversos programas y proyectos de desarrollo

comunal integral; e) Coordinar y aunar esfuerzos con instituciones

privadas, nacionales e internacionales para lograr un verdadero proceso

de desarrollo económico y Social; f) Implementar diversos programas

de capacitación y asistencia técnica, social, económica y cultural; g)

Constituir y desarrollar un fondo rotatorio para actividades productivas

de infraestructura, de comercio, sociales y de personas de escasos re-

cursos económicos que no tienen acceso al crédito; h) Apoyar al sector

informal con programas de fi nanciamiento que desarrollen la pequeña

y micro empresa, i) Realizar programas de asesoría, consultoría, capa-

citación y asistencia técnica a personas naturales y jurídicas nacionales

e internacionales; j) Firmar convenios y/o acuerdos de Cooperación

Mutua con personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales;

k) Apoyar y promover todo esfuerzo integrador, nacional e internacional

en pro de la paz y el respeto a los derechos humanos. CAPITULO III.

Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Apor-

tación de los miembros; b) Las donaciones, herencias, legados, contri-

buciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,

respectivamente; c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y las

rentas provenientes de los mismos, de conformidad con la ley. Art. 6.- El

Patrimonio de La Asociación pertenece a ella como ente social y en

ningún caso a sus integrantes en forma individual o particular, el cual

se invertirá exclusivamente en el cumplimiento de su fi nalidad. Es ab-

solutamente prohibido el uso del patrimonio para actividades ajenas a

la fi nalidad de la Asociación. Art. 7.- La Asociación a través de su Pre-

sidente, podrá contraer obligaciones con el propósito de fi nanciar las

obras orientadas al cumplimiento de su fi nalidad, siempre que la Junta

Directiva lo autorice. Art. 8.- La Junta Directiva y los órganos de fi sca-

lización de “ASOPT”, estarán obligados a garantizar que las donaciones

recibidas, sean de legitima procedencia. Constituye grave violación de

los presentes Estatutos, de los valores y principios, la admisión de

donaciones provenientes de acciones ilícitas. Art. 9.- El patrimonio será

administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le

manifi este la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE

LA ASOCIACIÓN. Art. 10.- El gobierno de la Asociación será ejercido

por: a) La Asamblea General; b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE

LA ASAMBLEA GENERAL. Art. 11.- La Asamblea General, debida-

mente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará

integrada por la totalidad de los miembros activos y Fundadores. Art.

12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año, y

en Asamblea General Extraordinaria en cualquier fecha, cuando así lo

acuerde la Junta Directiva, o cuando por escrito y con expresión del

objeto y motivo, lo soliciten al menos el veinticinco por ciento de los

miembros. Las sesiones se desarrollarán en el local de la Asociación o

en cualquier otro que sea acordado por la Junta Directiva. Art. 13.- La

Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuen-

ta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera convoca-

toria y en segunda convocatoria con los miembros que asistan, excepto

en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes.

Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos excepto en los casos

especiales en que se requerirá una mayoría diferente, las resoluciones

de las Asambleas Generales debidamente convocadas y constituidas,

tendrán carácter obligatorio. Instalada legalmente la Asamblea General,

los acuerdos serán válidos, aunque el quórum se disminuyere durante

el desarrollo de la misma. Art. 14.- Las convocatorias a sesión ordinaria

o extraordinaria de Asamblea General, serán realizadas mediante avisos

que se publicarán en los medios de comunicación o a través de otros

medios que la Junta Directiva estime convenientes; las convocatorias

deberán realizarse por lo menos con quince días de anticipación a la

fecha de la sesión. En la convocatoria se incluirá expresamente la agen-

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

da a tratar. En el mismo aviso se especifi cará el orden en virtud de pri-

mera, segunda o tercera convocatoria. En una misma asamblea podrán

tratarse puntos Ordinarios y Extraordinarios si la agenda, así lo expresa.

Art. 15.- La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria deberá

reunir las mismas formalidades de la Ordinaria. Para que haya quórum

en las Sesiones de Asamblea General Extraordinaria, se necesitará la

asistencia de por lo menos el setenta y cinco por ciento de los miembros

en primera convocatoria y en segunda convocatoria el cincuenta y uno

por ciento de los miembros y en tercera convocatoria con los miembros

que asistan, tomándose las resoluciones por mayoría. Art. 16.- Los

puntos a desarrollarse en Asamblea Ordinaria serán: a) Nombramiento

o remoción de Junta Directiva; b) Nombramiento o remoción de Auditor,

c) Aprobar o desaprobar la memoria de labores presentada por la Junta.

Art. 17.- Los libros de Actas de Asambleas Generales, de Junta Direc-

tiva, o de otros organismos, estarán confi ados al cuidado del responsable

de cada organismo, quien asentará en ellos el resultado de las respectivas

sesiones. Art. 18.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de

las sesiones de Asamblea General por motivo justifi cado podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Art.

19.- Atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir

total o parcial a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar

y derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c)

Aprobar, y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la

Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de

la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas

mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir

sobre la integración de la Asociación con otras entidades nacionales e

internacionales que sean de la misma naturaleza y fi nes. g) Autorizar a

la Junta Directiva para que gestione, fi rme y acuerde la realización de

planes, programas y proyectos con distintas entidades nacionales e in-

ternacionales mediante convenios y prestamos. h) Decidir sobre la

compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a

la Asociación. i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Aso-

ciación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.- CAPI-

TULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 20.- La dirección y admi-

nistración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual

estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un

Tesorero y dos Vocales propietarios, así como igual número de suplen-

tes. Art. 21.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de dos años pudiendo ser reelectos. Art. 22.- La Junta Directiva

en pleno podrá encomendar funciones específi cas a cualquiera de sus

integrantes. Art. 23.- Los integrantes de la Junta Directiva dejarán de

pertenecer a la misma, por las razones siguientes: a) Por renuncia vo-

luntaria; b) Por violación de los presentes Estatutos; c) Por la comisión

de hechos delictivos dolosos; d) Por demostrar poco interés en el cum-

plimiento de sus funciones; e) Por inobservancia de los Valores que en

los presentes Estatutos se establecen, f) Por inobservancia de los prin-

cipios y demás normas que sean establecidas; g) Por causa de muerte.

Art. 24.- La Junta Directiva tiene las siguientes atribuciones: a) Desa-

rrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asocia-

ción; b) Aprobar el Plan de Trabajo de la Asociación; c) Velar por la

administración efi ciente y efi caz del Patrimonio de La Asociación; d)

Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y

proponerlos a la Asamblea; e) Elaborar la memoria anual de labores de

la Asociación; f) Defi nir la estructura organizativa de La Asociación; g)

Normar el funcionamiento de la Asociación; h) Nombrar y remover al

personal administrativo de la Asociación; i) Establecer las funciones y

salarios del personal administrativo; j) Autorizar la realización de con-

tratos con otras personas naturales o jurídicas; k) Autorizar a las perso-

nas que harán uso de las fi rmas para el manejo de las fi nanzas; l) Cono-

cer y resolver sobre la renuncia de integrantes de la Junta Directiva, de

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

los Clubes, Comités y de empleados de La Asociación; m) Velar por el

cumplimiento de los Estatutos; n) Nombrar de entre los miembros de la

Asociación los comités o comisiones que considere necesarios; ñ) Con-

vocar a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria; o) Delegar en el Presiden-

te, cualquiera de sus atribuciones; p) Cualquier otra función u obligación

que le asigne la Asamblea General. Art. 25.- La Directiva sesionará

ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea

necesario. Art. 26.- El quórum necesario para que la Junta Directiva

pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos

deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso de empa-

te, el Presidente tendrá voto de calidad. Art. 27.- Corresponde al Presi-

dente de la Asociación: a) Dirigir La Asociación por los destinos que

hagan posible el logro de su fi nalidad, con el auxilio de los demás inte-

grantes de la Junta Directiva; b) Presidir las sesiones de la Junta Direc-

tiva y de la Asamblea General; c) Ejercer la representación legal de la

Asociación; d) Previo acuerdo de la Junta Directiva, contraer toda clase

de obligaciones, celebrar contratos, otorgar poderes generales o espe-

ciales; e) Adquirir, enajenar o gravar bienes muebles e inmuebles, valo-

res o derechos de la Asociación; f) Autorizar el documento de identifi -

cación de los integrantes de la Asociación; g) Presentar la Memoria de

labores y cualquier informe que le sea solicitado; h) Velar por el cum-

plimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y Ejecutar

los acuerdos tomados por la Junta Directiva y Asamblea General, así

como de los Estatutos y Reglamento interno de la Asociación; i) Con-

vocar a Sesiones Ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General

y de la Junta Directiva; j) Autorizar juntamente con el Tesorero las

erogaciones que tengan que hacer la Asociación. Art. 28.- Son atribu-

ciones del Secretario: a) Llevar los libros de las actas de las sesiones de

Asamblea General y de Junta Directiva; b) llevar el archivo de docu-

mentos y registro de los miembros de la Asociación; c) Extender todas

las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación; d) Hacer y

enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; e) Preparar

en consulta con el Presidente los puntos de la agenda de las sesiones y

colaborar con él; f) Ser el Órgano de comunicación de la Asociación; g)

Las demás que por razón de su cargo le sean delegadas por la Asamblea

General o la Junta Directiva. Art. 29.- Son atribuciones del Tesorero: a)

Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en el Banco

que la Junta Directiva seleccione; b) llevar o tener control directo de los

libros de contabilidad de la Asociación; c) Tener actualizado el inven-

tario de los bienes muebles e inmuebles de la Asociación; d) Presentar

un informe y/o balance del estado fi nanciero mensual de la Asociación

a la Junta de Directiva; e) Realizar toda actividad acorde a su cargo, o

por delegación de la Asamblea o de la Junta Directiva. Art. 30.- Son

atribuciones de los vocales: a) Colaborar directamente con todos los

miembros de la Junta Directiva; b) Sustituir a cualquier Miembro de la

Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al

artículo 19 literal a) de estos Estatutos; c) Las demás que le sean dele-

gadas de la Asamblea General o de la Junta Directiva. CAPITULO VII.

Art. 31.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho

años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo

soliciten por escrito a la Junta Directiva. Art. 32.- La Asociación tendrá

las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores; b) Miem-

bros Activos; c) Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDA-

DORES: Todas las personas que suscriban el acta de Constitución de la

Asociación; Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la

Junta Directiva acepte como tales en la Asociación. Serán MIEMBROS

HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y mérito a favor

de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. Art.

33.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Tener voz

y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; b) Elegir y ser

electo para desempeñar los cargos Directivos de la Asociación, llenando

los requisitos que señalen los estatutos de la Asociación; c) Participar

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

en las distintas actividades propias de la Asociación; d) Proponer refor-

mas a los Estatutos e innovación y funcionamiento de la Asociación,

mediante mociones escritas; e) Los demás que les señalen los Estatutos

y Reglamento Interno de la Asociación. Art. 34.- Son deberes de los

miembros Fundadores y Activos: a) Asistir con puntualidad a las sesio-

nes Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General; b) Participar

en el desarrollo de actividades propias de la Asociación, que le fueren

encomendadas; c) Cancelar las cuotas acordadas en la Asamblea Gene-

ral; d) Aceptar y desempeñar los cargos o responsabilidades que le de-

legue la Asamblea General o la Junta Directiva; e) Cumplir y hacer

cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y reso-

luciones de la Asamblea General; f) Los demás que les señalen los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Art. 35.- La calidad

de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a

estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la

Asamblea General o de la Junta Directiva; b) Por conducta notoriamen-

te viciada que contradiga las normas y buenas costumbres socialmente

aceptadas; c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva;

d) Por aceptar a título personal en nombre de la Asociación proyectos

que afecten los intereses de la misma; e) Por rechazar a título personal

proyectos otorgados a favor de la Asociación; f) Por otras faltas graves

cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.

CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLI-

CACIÓN. Art. 36.- La violación de los presentes Estatutos, tendrá las

consecuencias siguientes: a) Amonestación Escrita; b) Suspensión

Temporal; c) Expulsión Defi nitiva. Art. 37.- Las sanciones a las que se

hace referencia en el artículo anterior, serán aplicadas por los órganos

siguientes: a) La primera será competencia del Presidente de la Asocia-

ción; b) La segunda sanción será impuesta por resolución de la Junta

Directiva; c) La Asamblea General será competente para imponer la

sanción de expulsión defi nitiva, respecto de los integrantes de los Co-

mités y Clubes correspondientes. COMISIÓN DE HONOR. Art. 38.- Se

crea la Comisión de Honor que será la instancia rectora y encargada de

Instruir, Investigar, y proponer al organismo correspondiente las San-

ciones a imponerse a los miembros de la Asociación que infrinjan las

normas aquí mencionadas, la Comisión se reunirá cuando así lo acuerde

la Junta Directiva y estará integrada por: a) Un miembro de la Junta

Directiva, que la presidirá; b) Tres miembros de la Asociación, de com-

petencia e Instrucción notorias y que sean reconocidos en la Asociación

por su empeño y colaboración en los designios de la entidad. El regla-

mento detallará el procedimiento de selección, sin embargo, mientras

éste no se emita, la Junta Directiva lo acordará con la sóla convocatoria

general. Un reglamento regulará el funcionamiento de la Comisión de

Honor. INSTRUCCIÓN. Art. 39.- Cuando La Junta Directiva tenga

conocimiento que se ha infringido la presente ley, nombrará a una Co-

misión, que investigará la infracción recabando todas las pruebas de

cargo y de descargo necesarias y dará audiencia al investigado por un

período de ocho días hábiles. En el procedimiento se aceptarán todas

las pruebas que conduzcan al descubrimiento de la verdad real. CITA-

CIÓN Y NOTIFICACIÓN. Art. 40.- La citación o notifi cación deberá

hacerse por medio de esquela conteniendo un resumen del hecho denun-

ciado o en su caso de la resolución. La citación se entregará personal-

mente al interesado o a la persona que se encuentre en su hogar o lugar

de trabajo o un vecino. Si cualquiera de estas personas se negare a reci-

birla, se dejará la esquela en un lugar visible de la vivienda o lugar de

trabajo.La Citación tendrá calidad de Emplazamiento para el investiga-

do quien contestará dentro de quince días hábiles contados a partir del

siguiente día de la notifi cación. PRUEBA. Art. 41.- Con la Contestación

del presunto infractor o sin ella se abrirá a prueba el informativo por un

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

período de treinta días hábiles. Cinco días hábiles después La Comisión

emitirá su resolución la cual será siempre motivada, relacionará los

hechos y la norma infringida, así como los resultados de la instrucción

y las pruebas de cargo y descargo presentadas. RESOLUCIÓN. Art.

42.- La resolución fi nal del procedimiento administrativo sancionatorio,

puede ser objeto de revisión ante la Comisión de Honor en un plazo de

tres días hábiles. Y será apelable ante la Junta Directiva, dictarán su

resolución motivadamente en el plazo de diez días hábiles, resolución

que agotará la vía administrativa. APLICACIÓN SUPLETORIA. Art.

43.- El Código de Procedimientos Civiles se aplicará supletoriamente a

este procedimiento siempre y cuando no contradiga la presente ley y sus

principios. CAPITULO IX. DE LA DISOLUCIÓN. Art. 44.- No podrá

disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución

tomada en la Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto

y con un número de votos que represente por lo menos el Setenta y

cinco por ciento de sus miembros. Art. 45.- En caso de acordarse la

disolución se nombrará una Junta de liquidación compuesta de cinco

personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la

disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus

compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la

misma Asamblea General señale. CAPITULO X. REFORMA DE

ESTATUTOS. Art. 46.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos

será necesario el voto favorable de no menos del setenta por ciento de

los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPI-

TULO XI. DISPOSICIONES GENERALES. Art. 47.- La Junta Direc-

tiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los

primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros

y dentro de los cinco días de la Junta Directiva y en todo caso inscribir

en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del

Ministerio de Gobernación, en los primeros días la nueva Junta Direc-

tiva y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que

la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE

LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que

se le pidiera relativo a la Entidad. Art. 48.- Todo lo relativo al orden

interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se estable-

cerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado

por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art. 49.- La

“ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS”

se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN

FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones

legales aplicables. Art. 50.- El ejercicio económico de la Asociación será

de un año calendario, desde el primero de enero al treinta y uno de di-

ciembre de cada año, o el que acordare la Junta Directiva. CAPITULO

XII. DE SU APROBACIÓN Y VIGENCIA. Art. 51.- Los presentes

Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el

Diario Ofi cial. V. Se procede a elegir la Primera Junta Directiva; para el

cargo de Presidente, se propone al Señor SANTIAGO MARGARITO

ALFARO RODRÍGUEZ, habiendo sido propuesto por el Arquitecto

LUIS ARMANDO GUILLEN MALDONADO, se procede a la votación,

siendo el resultado el siguiente: Por unanimidad, el Presidente de la

Asociación resulta ser el Señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ; para el cargo de Secretario, se propone a la Señorita

MERCEDES MARIA MÉNDEZ DELGADO, habiendo sido propues-

ta por el Señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO RODRÍGUEZ;

se procede a la votación, siendo el resultado el siguiente: Por unanimi-

dad la secretaria de la Asociación resulta ser la señorita MERCEDES

MARIA MÉNDEZ DELGADO; para el cargo de Tesorero se propone

al señor WILLIAM ERNESTO BARILLAS HERNÁNDEZ, habiendo

sido propuesto por el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

RODRÍGUEZ, se procede a la votación, siendo el resultado el siguien-

te: Por unanimidad el Tesorero resulta ser el señor WILLIAM ERNES-

TO BARILLAS HERNÁNDEZ. Para el cargo de primer vocal se pro-

pone al señor LUIS ARMANDO GUILLEN MALDONADO, habiendo

sido propuesto por el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ, se procede a la votación, siendo el resultado el siguien-

te: Por unanimidad el Primer Vocal resulta ser el señor LUIS ARMAN-

DO GUILLEN MALDONADO; para el cargo de Segundo Vocal se

propone al señor JOSÉ MAURICIO BUSTOS HERNÁNDEZ, habien-

do sido propuesto por el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ, se procede a la votación, siendo el resultado el siguien-

te: Por unanimidad el Segundo Vocal resulta ser el señor JOSÉ MAURICIO

BUSTOS HERNÁNDEZ. Quedando en este acto como miembros

fundadores los señores SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ, WILLIAM ERNESTO BARILLAS HERNÁNDEZ,

JOSÉ MAURICIO BUSTOS HERNÁNDEZ, MERCEDES MARIA

MÉNDEZ DELGADO, y LUIS ARMANDO GUILLEN MALDONADO.

VI.- En este acto todos los asistentes a la Asamblea por unanimidad

acuerdan comisionar al Señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ, como Ejecutor Especial, para que comparezca ante no-

tario a otorgar la Escritura Pública a efecto de formalizar en Instrumen-

to Público los acuerdos tomados en esta Asamblea y por los cuales se

constituye la ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES

PARA TODOS. Y no habiendo nada más que tratar se da por cerrada la

sesión, a las nueve horas del día seis de octubre de dos mil cinco, con

lo cual se termina la presente Acta que fi rmamos.- ///S. M. Rodríguez

/// W. Ernesto B. H. /// Mauricio Bustos /// Mercedes Méndez D. /// Luis

Guillén. /// RUBRICADAS ///.- Al fi nal del acta aparece una fi rma que

se lee: “Mercedes Méndez D”, que corresponde a la señorita MERCEDES

MARIA MÉNDEZ DELGADO, en su calidad de Secretaria de la Aso-

ciación.- Doy fe: A) De haber explicado al compareciente los efectos

legales de este instrumento; B) De haber tenido a la vista el Acta de

constitución de la Sociedad relacionada en este instrumento; D) De ser

legítima y sufi ciente la personería del compareciente por haber tenido a

la vista la certifi cación del Acta de Asamblea General de miembros

fundadores en donde consta el nombramiento de la Junta Directiva, y el

nombramiento como ejecutor especial de dichos acuerdos al compare-

ciente. Certifi cación Extendida por la Secretaria de la referida Asociación.

Así se expresó el compareciente a quien expliqué los efectos legales de

este instrumento, y de su obligación de registrarla, así como de los

efectos del Registro, y de las sanciones por la falta del mismo, de con-

formidad con el Artículo Noventa y uno de la Ley de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro, y leído que le fue por mí íntegramente

todo lo escrito en un sólo acto sin interrupción ratifi ca su contenido, y

fi rmamos DOY FE.- /// S. M. Rodríguez /// W. H. Vásquez /// RUBRI-

CADAS ///.

WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio Ochenta y uno vuelto, al folio Ochenta y siete

frente, del LIBRO NOVENO DE MI PROTOCOLO, que vence el día

diez de septiembre de dos mil seis, del cual extiendo, fi rmo y sello el

presente Testimonio, en la ciudad de San Salvador, a los veinticinco días

del mes de octubre de dos mil cinco, para ser entregado ASOCIACIÓN

SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS.

WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,

NOTARIO.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

NUMERO CIENTO VEINTINUEVE.- En la ciudad de San Salvador,

a las nueve horas del día dos de Diciembre de dos mil cinco.- Ante mí

WILFREDO ANTONIO HENRÍQUEZ VASQUEZ; Notario de este

domicilio, comparece el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRIGUEZ, de Treinta y ocho años de de edad, Pintor, del domicilio

de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a quien conozco, porta-

dor de su Documento Unico de Identidad número Cero Tres millones

ciento noventa y siete mil quinientos veintiocho-Ocho, quien actúa en

representación de la “ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNI-

DADES PARA TODOS “ y que podrá abreviarse “ASOPT”, de este

domicilio, en su calidad de Presidente de la referida entidad y como

Ejecutor especial de los acuerdos tomados en Asamblea General de

miembros fundadores de dicha Asociación, personería que doy fe de ser

legítima por haber tenido a la vista que después se relaciona y ME DICE:

I) Que según acta otorgada en esta ciudad a las nueve horas del día seis

de octubre de dos mil cinco. Formalizada a las diez horas del día vein-

ticinco de octubre del corriente año, ante mis ofi cios notariales el

compareciente juntamente con los señores WILLIAM ERNESTO

BARILLAS HERNANDEZ, JOSE MAURICIO BUSTOS

HERNANDEZ, MERCEDES MARÍA MENDEZ DELGADO, LUIS

ARMANDO GUILLEN MALDONADO, constituyeron la Asociación”

OPORTUNIDADES PARA TODOS”. En la que el nombramiento de

Presidente de la Junta Directiva recayó en el compareciente y por con-

siguiente representante legal de la misma. II) Que en dicho instrumento

se facultó al compareciente para comparecer ante notario a otorgar la

correspondiente Escritura Pública y consecuentemente con facultad para

rectifi carla. III) Que por este medio en la calidad en que actúa y con la

facultad conferida viene a RECTIFICAR la Escritura Pública número

SETENTA Y CUATRO, celebrada a las diez horas del día veinticinco

de octubre del corriente año, asentada en el Libro Noveno de mi Pro-

tocolo en el sentido siguiente: ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN

SALVADOREÑA “OPORTUNIDADES PARA TODOS”. CAPITULO

I. DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San

Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denomi-

nará “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA

TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT” como una Entidad apolítica,

no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denomina-

rá “la Asociación”. Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad

de San Salvador, departamento de San Salvador, pudiendo establecer

fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él. Art. 3.- La

Asociación se constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO II. FINES

U OBJETIVOS. Art. 4.- Para desarrollar su fi nalidad. La Asociación

deberá: a) Promover, organizar y realizar actividades y proyectos de

benefi cencia social. b) Solicitar cooperación de gobiernos, organismos

nacionales e internacionales, y de instituciones públicas y privadas. c)

Desarrollar diversos programas y proyectos que conlleven apoyo y be-

nefi cio integral de personas de escasos recursos económicos, sin distin-

ción de edad, raza, credo, religión, sexo, nacionalidad o ideología polí-

tica en las siguientes áreas: c. 1- Proyectos Productivos: Desarrollar y

promover acciones que permitan la inserción laboral, en las comunida-

des atendidas o bien facilitar herramientas de gestión empresarial a las

micro empresas existentes. c. 2- Educación/capacitación: ejecutar pro-

yectos que incrementen la calidad educativa en la educación formal en

todos sus niveles, por medio de capacitaciones docentes que les faciliten

métodos y técnicas para la transferencia de aprendizaje en los educandos,

así mismo, promover charlas sobre conservación del medio ambiente,

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

turismo, jóvenes emprendedores, orientación vocacional, entre otros.

De igual manera el desarrollo de un centro de formación profesional

basado en competencias ocupacionales y con la metodología de talleres

escuelas. c. 3- Salud: en conjunto con el Ministerio de Salud, Unidades

de Salud desarrollar campañas de vacunación, fumigaciones, SIDA,

asistencia médica, oftalmología, odontología, nutrición. c. 4- Desarrollo

Local: en coordinación con las alcaldías, promover el desarrollo local a

través de impulsar las microregiones especialmente en el comercio,

participar en la promoción de cabildos para determinar las necesidades

de la población. c. 5- Infraestructura: Participar en proyectos de cons-

trucción de viviendas, calles, parques, introducción de agua potable y

energía eléctrica, construcción o reconstrucción de escuelas y casas

comunales. c. 6- Organización comunitaria: Generar la unión en las

comunidades para crear, directivas, juntas, comités, que les permitan

impulsar proyectos que les posibiliten su desarrollo asistiéndolos con

capacitaciones en los diferentes ámbitos para la mejoría de sus comu-

nidades. c. 7- Medio Ambiente: participar en proyectos de mitigación y

prevención de desastres, reforestación, campañas de limpieza y recicla-

je, descontaminación de agua, suelo y aire. d) Gestionar y canalizar

recursos económicos con personas naturales o Jurídicas, nacionales e

internacionales que permitan la realización de diversos programas y

proyectos de desarrollo comunal integral. e) Coordinar y aunar esfuerzos

con instituciones privadas, nacionales e internacionales para lograr un

verdadero proceso de desarrollo económico y Social. f) Implementar

diversos programas de capacitación y asistencia técnica, Social, econó-

mica y cultural. g) Realizar programas de asesoría, consultoría, capaci-

tación y asistencia técnica a personas naturales y Jurídicas nacionales e

internacionales. h) Firmar convenios y/o acuerdos de Cooperación

Mutua con personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales.

i) Apoyar y promover todo esfuerzo integrador, nacional e internacional

en pro de la paz y el respeto a los derechos humanos. CAPITULO III.

Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Apor-

tación de los miembros. b) Las donaciones, herencias, legados, contri-

buciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,

respectivamente; c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y las

rentas provenientes de los mismos, de conformidad con la ley. Art. 6.- EL

Patrimonio de la Asociación pertenece a ella como ente social y en

ningún caso a sus integrantes en forma individual o particular; el cual

se invertirá exclusivamente en el cumplimiento de su fi nalidad. Es ab-

solutamente prohibido el uso del patrimonio para actividades ajenas a

la fi nalidad de la Asociación. Art. 7.- La Junta Directiva y los órganos

de fi scalización de la Asociación, estarán obligados a garantizar que las

donaciones recibidas, sean de legítima procedencia. Constituye grave

violación de los presentes Estatutos, de los valores y principios, la ad-

misión de donaciones provenientes de acciones ilícitas. Art. 8.- El pa-

trimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las direc-

trices que le manifi este la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL

GOBIERNO DE LA ASOCIACION. Art. 9.- El gobierno de la Asocia-

ción será ejercido por: a) La Asamblea General. b) La Junta Directiva.

CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Art. 10.- La Asamblea

General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asocia-

ción y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y

Fundadores. Art. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente

una vez al año, y en Asamblea General Extraordinaria en cualquier fecha,

cuando así lo acuerde la Junta Directiva, o cuando por escrito y con

expresión del objeto y motivo, lo soliciten al menos el veinticinco por

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ciento de los miembros. Las sesiones se desarrollarán en el local de la

Asociación o en cualquier otro que sea acordado por la Junta Directiva.

Art. 12.- La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia

del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en pri-

mera convocatoria y en segunda convocatoria con los miembros que

asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor núme-

ro de asistentes. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos ex-

cepto en los casos especiales en que se requerirá una mayoría diferente.

Las resoluciones de las Asambleas Generales debidamente convocadas

y constituidas, tendrán carácter obligatorio. Instalada legalmente la

Asamblea General, los acuerdos serán válidos, aunque el quórum se

disminuyere durante el desarrollo de la misma. Art. 13.- Las convoca-

torias a sesión ordinaria o extraordinaria de Asamblea General, serán

realizadas mediante avisos que se publicarán en los medios de comuni-

cación o a través de otros medios que la Junta Directiva estime conve-

nientes; las convocatorias deberán realizarse por lo menos con quince

días de anticipación a la fecha de la sesión. En la convocatoria se inclui-

rá expresamente la agenda a tratar. En el mismo aviso se especifi cará el

orden en virtud de primera, segunda o tercera convocatoria. En una

misma asamblea podrán tratarse puntos Ordinarios y Extraordinarios si

la agenda, así, lo expresa. Art. 14. La convocatoria a Asamblea General

Extraordinaria deberá reunir las mismas formalidades de la Ordinaria.

Para que haya Quórum en las Sesiones de Asamblea General Extraor-

dinarias, se necesitará la asistencia de por lo menos el setenta y cinco

por ciento de los miembros en primera convocatoria y en segunda con-

vocatoria el cincuenta y uno por ciento de los miembros y en tercera

convocatoria con los miembros que asistan, tomándose las resoluciones

por mayoría. Art. 15.- Los puntos a desarrollarse en Asamblea Ordinaria

serán: a) Nombramiento o remoción de Junta Directiva. b) Nombramien-

to o remoción de Auditor. c) Aprobar o desaprobar la memoria de labo-

res presentada por la Junta Directiva. Art. 16.- Los Libros de Actas de

Asambleas Generales, de Junta Directiva, o de otros organismos, estarán

confi ados al cuidado del responsable de cada organismo, quien asentará

en ellos el resultado de las respectivas sesiones. Art. 17.- Todo miembro

que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General

por motivo justifi cado podrá hacerse representar por escrito por otro

miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la

voz y el voto de su representado. Art. 18.- Atribuciones de la Asamblea

General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcial a los miembros de

la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar y derogar los Estatutos y el

Reglamento Interno de la Asociación. c) Aprobar, y/o modifi car los

planes, programas o presupuesto anual de la Asociación. d) Aprobar o

desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada

por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones

eventuales de los miembros. f) Decidir sobre la integración de la Aso-

ciación con otras entidades nacionales e internacionales que sean de la

misma naturaleza y fi nes. g) Autorizar a la Junta Directiva para que

gestione, fi rme y acuerde la realización de planes, programas y proyec-

tos con distintas entidades nacionales e internacionales mediante con-

venios y préstamos. h) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de

los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación. i) Decidir todos

aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contem-

plados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DI-

RECTIVA. Art. 19.- La dirección y administración de la Asociación

estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguien-

te forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales pro-

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

pietarios, así como igual número de suplentes. Art. 20.- Los miembros

de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudien-

do ser reelectos. Art. 21.- La Junta Directiva en pleno podrá encomendar

funciones específi cas a cualquiera de sus integrantes. Art. 22.- Los in-

tegrantes de la Junta Directiva dejarán de pertenecer a la misma, por las

razones siguientes: a) Por renuncia voluntaria. b) Por violación de los

presentes Estatutos. c) Por la comisión de hechos delictivos dolosos. d)

Por demostrar poco interés en el cumplimiento de sus funciones. e) Por

inobservancia de los Valores que en los presentes Estatutos se establecen.

f) Por inobservancia de los principios y demás normas que sean estable-

cidas. g) Por causa de muerte. Art. 23.- La Junta Directiva tiene las si-

guientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el

logro de los fi nes de la Asociación. b) Aprobar el Plan de Trabajo de la

Asociación. c) Velar por la administración efi ciente y efi caz del Patri-

monio de la Asociación. d) Decidir sobre las solicitudes de incorporación

de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. e) Elaborar

la memoria anual de labores de la Asociación. f) Defi nir la estructura

organizativa de la Asociación. g) Normar el funcionamiento de la Aso-

ciación. h) Nombrar y remover al personal administrativo de la Asocia-

ción. i) Establecer las funciones y salarios del personal administrativo.

j) Autorizar la realización de contratos con otras personas naturales o

jurídicas. k) Autorizar a las personas que harán uso de las fi rmas para el

manejo de las fi nanzas. l) Conocer y resolver sobre la renuncia de inte-

grantes de la Junta Directiva, de los Clubes, Comités y de empleados de

la Asociación. m) Velar por el cumplimiento de los Estatutos. n) Nombrar

de entre los miembros de la Asociación los comités o comisiones que

considere necesarios. ñ) Convocar a Asamblea Ordinaria y Extraordi-

naria. o) Delegar en el presidente, cualquiera de sus atribuciones. p)

Cualquier otra función u obligación que le asigne la Asamblea General.

Art. 24.- La Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y ex-

traordinariamente cuantas veces sea necesario. Art. 25.- El quórum

necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más

uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayo-

ría de los asistentes. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de

calidad. Art. 26.- Corresponde al Presidente de la Asociación: a) Dirigir

la Asociación por los destinos que hagan posible el logro de su fi nalidad,

con el auxilio de los demás integrantes de la Junta Directiva. b) Presidir

las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. c) Ejercer

la representación legal de la Asociación. d) Adquirir, enajenar o gravar

bienes muebles e inmuebles, valores o derechos de la Asociación. e)

Autorizar el documento de identifi cación de los integrantes de la Aso-

ciación. f) Presentar la Memoria de Labores y cualquier informe que le

sea solicitado. g) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resolucio-

nes de la Junta Directiva y Ejecutar los acuerdos tomados por la Junta

Directiva y Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento

interno de la Asociación. h) Convocar a Sesiones Ordinarias y extraor-

dinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. i) Autorizar

juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la

Asociación. Art. 27.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros

de las actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registro de los miembros de la

asociación. c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas

a la Asociación. d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para

las sesiones. e) Preparar en consulta con el presidente los puntos de la

agenda de las sesiones y colaborar con él. f) Ser el Organo de comuni-

cación de la Asociación. g) Las demás que por razón de su cargo le sean

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

delegadas por la Asamblea General o la Junta Directiva. Art. 28.- Son

atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Aso-

ciación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar

o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asociación. c)

Tener actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles de la

Asociación. d) Presentar un informe y/o balance del estado fi nanciero

mensual de la Asociación a la Junta de Directiva. e) Realizar toda acti-

vidad acorde a su cargo, o por delegación de la Asamblea o de la Junta

Directiva. f) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

tenga que hacer la asociación. Art. 29.- Son atribuciones de los vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausen-

cia o impedimento, de conformidad al artículo 19 literal a) de estos

Estatutos. c) Las demás que le sean delegadas de la Asamblea General

o de la Junta Directiva. CAPITULO VII. Art. 30.- Podrán ser miembros

todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza,

credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la

Junta Directiva. Art. 31.- La Asociación tendrá las siguientes clases de

miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros

Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas

que suscriban el acta de Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS

ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales

en la Asociación. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las per-

sonas que por su labor y mérito a favor de la Asociación sean así nom-

brados por la Asamblea General. Art. 32.- Son derechos de los miembros

Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la

Asamblea General. b) Elegir y ser electo para desempeñar los cargos

Directivos de la Asociación, llenando los requisitos que señalen los

estatutos de la Asociación. c) Participar en las distintas actividades

propias de la Asociación. d) Proponer reformas a los Estatutos e inno-

vación y funcionamiento de la Asociación, mediante mociones escritas.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la

Asociación. Art. 33.- Son deberes de los miembros Fundadores y Acti-

vos: a) Asistir con puntualidad a las sesiones Ordinarias y Extraordina-

rias de la Asamblea General. b) Participar en el desarrollo de actividades

propias de la Asociación, que le fueren encomendadas. c) Cancelar las

cuotas acordadas en la Asamblea General. d) Aceptar y desempeñar los

cargos o responsabilidades que le delegue la Asamblea General o la

Junta Directiva. e) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos,

Reglamentos Interno acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

f) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamentos internos de

la Asociación. Art. 34.- La calidad de miembro se perderá por las causas

siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, reglamento Interno, acuer-

dos y resoluciones de la Asamblea General o de la Junta Directiva. b)

Por conducta notoriamente viciada que contradiga las normas y buenas

costumbres socialmente aceptadas. c) Por renuncia presentada por es-

crito a la Junta Directiva. d) Por aceptar a título personal en nombre de

la Asociación proyectos que afecten los intereses de la misma. e) Por

rechazar a título personal proyectos otorgados a favor de La Asociación.

f) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea Gene-

ral merezcan tal sanción. CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS

MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCE-

DIMIENTOS DE APLICACIÓN. Art. 35.- La violación de los presen-

tes Estatutos, tendrá las consecuencias siguientes: a) Amonestación

Escrita. b) Suspensión Temporal. c) Expulsión Defi nitiva. Art. 36.- Las

sanciones a las que se hace referencia en el artículo anterior, serán

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

aplicadas por los órganos siguientes: a) Las primera será competencia

del Presidente de la Asociación. b) La segunda sanción será impuesta

por resolución de la Junta Directiva. c) La Asamblea General será com-

petente para imponer la sanción de expulsión defi nitiva, respecto de los

integrantes de los Comités y Clubes correspondientes. CAPITULO IX.

DE LA DISOLUCIÓN. Art. 37.- No podrá disolverse la Asociación sino

por disposición de la ley o por resolución tomada en la Asamblea Ge-

neral Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos

que represente por lo menos el Setenta y cinco por ciento de sus miem-

bros. Art. 38.- En caso de acordarse la disolución se nombrará una

Junta de liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asam-

blea General Extraordinaria que acordó la disolución, los bienes que

sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a

cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la misma Asamblea General

señale. CAPITULO X. REFORMA DE ESTATUTOS. Art. 39.- Para

reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favo-

rable de no menos del setenta por ciento de los miembros en Asamblea

General convocada para tal efecto. CAPITULO XI. DISPOSICIONES

GENERALES. Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de ins-

cribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro

del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero

de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días la

nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho registro todos

los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES

SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro

cualquier dato que se le pidiera relativo a la Entidad. Art. 41.- Todo lo

relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos

Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual

deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea

General. Art. 42.- La “ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNI-

DADES PARA TODOS” se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos

y demás disposiciones legales aplicables. Art. 43.- El ejercicio econó-

mico de la Asociación será de un año calendario, desde el primero de

enero al treinta y uno de diciembre de cada año, o el que acordare la

Junta Directiva. CAPITULO XII. DE SU APROBACION Y VIGENCIA.

Art. 44.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su

publicación en el Diario Ofi cial. Hice al compareciente la advertencia

que se refi ere el artículo Noventa y uno de la Ley de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro, así se expresó el compareciente a quien

expliqué los efectos legales del presente instrumento y leído que se lo

hube íntegramente en un sólo acto no interrumpido, ratifi co su conteni-

do y fi rmamos. DOY FE.

WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio Ciento cuarenta vuelto, al folio Ciento cuarenta

y cinco vuelto, del LIBRO NOVENO DE MI PROTOCOLO, que vence

el día diez de Septiembre de dos mil seis, del cual extiendo, fi rmo y sello

el presente Testimonio, en la ciudad de San Salvador, a los dos días del

mes de diciembre de dos mil cinco, para ser entregado a ASOCIACION

SALVADOREÑA “OPORTUNIDADES PARA TODOS”.

WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,

NOTARIO.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

NUMERO DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO.- En la ciudad

de San Salvador, a las veinte horas del día veintisiete de febrero de dos

mil seis, Ante mí WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ;

Notario, de este domicilio, comparece el señor SANTIAGO MARGA-

RITO ALFARO RODRÍGUEZ, de Treinta y ocho años de edad, Pintor,

del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a quien

conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad

número Cero Tres millones ciento noventa y siete mil quinientos vein-

tiocho- ocho, quien actúa en representación de la “ASOCIACIÓN

SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS” y que podrá

abreviarse “ASOPT”, en su calidad de Presidente y Representante Legal

de la referida entidad y designado como Ejecutor Especial para que

comparezca ante Notario, a fi n de formalizar el acta de constitución de

la referida Asociación en la que consta los acuerdos tomados en Asam-

blea General de miembros de dicha Asociación, personería que más

adelante diré y ME DICE: I) Que en cumplimiento de la comisión que

le asignara la Asamblea General de Miembros de la Asociación Salva-

doreña Oportunidades Para Todos viene a rectifi car y ratifi car las Escri-

turas Públicas números setenta y cuatro otorgada a las diez horas, del

día veinticinco de octubre de dos mil cinco, y la segunda número cien-

to veintinueve, otorgada a las nueve horas, del día dos de diciembre del

mismo año ambas ante los ofi cios del suscrito Notario. II- Me presenta

el acta que literalmente DICE: “La Infrascrita Secretaria de LA ASO-

CIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS,

CERTIFICA: Que en sesión Extraordinaria celebrada en esta ciudad a

las ocho horas del día diez de febrero de dos mil seis del corriente año,

se aprobó el Acta número TRES, que corre agregada de folios Doce al

folio Dieciocho del Libro de Actas de la Asociación lleva, en la que

consta que se acordó RECTIFICAR LOS ESTATUTOS de la Asociación

en referencia a fi n de cumplir con las observaciones realizadas por el

Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-

terio de Gobernación, la cual literalmente dice: “ ACTA NUMERO

TRES. En la Ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día diez de

febrero de dos mil seis, siendo éstos el lugar, día y hora señalados en la

convocatoria para celebrar la Asamblea General Extraordinaria de la

“ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TO-

DOS”, como una entidad sin Fines de Lucro, apolítica, no religiosa y

con domicilio principal en la Ciudad de San Salvador. Con este propó-

sito estamos presentes en este acto SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ, de Treinta y ocho años de edad, Pintor, del domicilio de

Santa Tecla, Departamento de La Libertad, portador de mi Documento

Único de Identidad número Cero Tres millones ciento noventa y siete

mil quinientos veintiocho-Ocho; WILLIAM ERNESTO BARILLAS

HERNANDEZ, de Cuarenta y cinco años de edad, Electricista, del

domicilio de Mejicanos, portador de mi Documento Único de Identidad

número cero cero seiscientos veintitrés mil dieciséis- Seis; JOSE

MAURICIO BUSTOS HERNANDEZ, de cincuenta años de edad,

Empleado, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad,

portador de mi Documento Único de Identidad número cero cero qui-

nientos treinta y seis mil setecientos treinta y cinco- cero; MERCEDES

MARÍA MENDEZ DELGADO, de Veintinueve años de edad, Estudian-

te, de este domicilio, portadora de mi Documento Único de Identidad

número cero cero cero sesenta y un mil cuatrocientos veinticinco- cinco;

LUIS ARMANDO GUILLEN MALDONADO, de cuarenta y cinco

años de edad, Arquitecto, del domicilio de Cuscatancingo, portador de

mi Documento Único de Identidad número Cero Un millón doscientos

sesenta y dos mil trescientos treinta- uno. A continuación se sometió a

consideración de los presentes la agenda a desarrollarse, la cual fue

aprobada con los siguientes puntos: I.- Acuerdo de RECTIFICACION

DE LOS ESTATUTOS de la Asociación, a fi n de incorporar las obser-

vaciones propuestas por el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, previo a la Inscripción

de la Asociación en dicho Registro; II) Comisionar a su Presidente señor

SANTIAGO MARGARITO ALFARO RODRÍGUEZ, como Ejecutor

Especial, para que comparezca ante Notario, a otorgar la Escritura Pú-

blica a efecto de formalizar en Instrumento Público los acuerdos toma-

dos en esta Asamblea y por los cuales se RECTIFICAN LOS ESTATUTOS

de la ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

TODOS. III.- Respecto al primer punto de la Agenda, se comprueba que

están presentes los miembros que constituyen la Asociación, cuyos

nombres se han mencionado, quienes constituyen el quórum de este acto.

IV.- A continuación el señor SANTIAGO MARGARITO ALFARO

RODRÍGUEZ, quien actúa en su calidad Presidente somete a conside-

ración de la Asamblea, el proyecto de los Estatutos los cuales constan

de cuarenta y cuatro que se transcriben a continuación ESTATUTOS

DE LA “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA

TODOS” CAPITULO I.- DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN,

DOMICILIO Y PLAZO. Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salva-

doreña, que se denominará “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPOR-

TUNIDADES PARA TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT” como

una Entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes

estatutos se denominará la Asociación”. Art. 2. El domicilio de la Aso-

ciación será la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador,

pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera

de él. Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido. CA-

PITULO II FINES U OBJETIVOS Art. 4.- Para desarrollar su fi nalidad,

la Asociación deberá: a) Promover, organizar y realizar actividades y

proyectos de benefi cencia social. b) Solicitar cooperación de gobiernos,

organismos nacionales e internacionales, y de instituciones públicas y

privadas. c) Desarrollar diversos programas y proyectos que conlleven

apoyo y benefi cio integral de personas de escasos recursos económicos,

sin distinción de edad, raza, credo religión, sexo, nacionalidad o ideo-

logía política en las siguientes áreas: c.1- Proyectos Productivos: Desa-

rrollar y promover acciones que permitan la inserción laboral, en las

comunidades atendidas o bien facilitar herramientas de gestión empre-

sarial a las micro empresas existentes. c.2- Educación/capacitación:

ejecutar proyectos que incrementen la calidad educativa en la educación

formal en todos sus niveles, por medio de capacitaciones docentes que

les faciliten métodos y técnicas para la transferencia de aprendizaje en

los educandos, así mismo, promover charlas sobre conservación del

medio ambiente, turismo, jóvenes emprendedores, orientación vocacio-

nal, entre otros. De igual manera el desarrollo de un centro de formación

profesional basado en competencias ocupacionales y con la metodología

de talleres escuelas, Solicitando en su caso, autorización al Ministerio

de Educación. c.3- Salud: en conjunto con el Ministerio de Salud, uni-

dades de salud desarrollar campañas de vacunación, fumigaciones, SIDA,

asistencia médica, oftalmología, odontología, nutrición. c.4- Desarrollo

Local: en coordinación con las Alcaldías, promover el desarrollo local

a través de impulsar las microregiones especialmente en el comercio,

participar en la promoción de cabildos para determinar las necesidades

de la población. c.5- Infraestructura: Participar en proyectos de cons-

trucción y/o reconstrucción de viviendas, calles, parques, introducción

de agua potable, previa autorización y la respectiva constancia que no

se afectaran fuentes que posea ANDA y energía eléctrica, construcción

o reconstrucción de escuelas y casas comunales, enmarcándose en las

políticas de viviendas Nacionales y Municipales y en la Ley de Urba-

nismo y Construcción. c.6- Organización comunitaria: Generar la unión

en las comunidades para crear, directivas, juntas, comités que les per-

mitan impulsar proyectos que les posibiliten su desarrollo asistiéndolos

con capacitaciones en los diferentes ámbitos para la mejoría de sus

comunidades. c.7- Medio Ambiente: participar en proyectos de mitiga-

ción y prevención de desastres, reforestación, campañas de limpieza y

reciclaje, descontaminación de agua, suelo y aire; d) Gestionar y cana-

lizar recursos económicos con personas naturales o Jurídicas, nacionales

e internacionales que permitan la realización de diversos programas y

proyectos de desarrollo comunal integral. e) Coordinar y aunar esfuerzos

con instituciones privadas, nacionales e internacionales para lograr un

verdadero proceso de desarrollo económico y Social.- f) Implementar

diversos programas de capacitación y asistencia técnica, Social, econó-

mica y cultural. g) Realizar programas de asesoría, consultaría, capaci-

tación y asistencia técnica a personas naturales y Jurídicas nacionales e

internacionales. h) Firmar convenios y/o acuerdos de Cooperación

Mutua con personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales.

i) Apoyar y promover todo esfuerzo integrador, nacional e internacional

en pro de la paz y el respeto a los derechos humanos. CAPITULO III.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Art. 5 El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Aporta-

ción de los miembros. b) Las donaciones, herencias, legados, contribu-

ciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, res-

pectivamente; c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y las

rentas provenientes de los mismos, de conformidad con la ley. Art. 6.- El

Patrimonio de la Asociación pertenece a ella como ente social y en

ningún caso a sus integrantes en forma individual o particular; el cual

se invertirá exclusivamente en el cumplimiento de su fi nalidad. Es ab-

solutamente prohibido el uso del patrimonio para actividades ajenas a

la fi nalidad de la Asociación. Art. 7.- La Junta Directiva y los órganos

de fi scalización de la Asociación, estarán obligados a garantizar que las

donaciones recibidas, sean de legítima procedencia. Constituye grave

violación de los presentes Estatutos, de los valores y principios, la ad-

misión de donaciones provenientes de acciones ilícitas. Art. 8.- El pa-

trimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las direc-

trices que le manifi este la Asamblea General. CAPITULO IV DEL

GOBIERNO DE LA ASOCIACION Art. 9.- El gobierno de la Asociación

será ejercido por: a) La Asamblea General; b) La Junta Directiva. CA-

PITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL Art. 10.- La Asamblea

General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asocia-

ción y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y

Fundadores. Art. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente

una vez al año, y en Asamblea General Extraordinaria en cualquier fecha,

cuando así lo acuerde la Junta Directiva, o cuando por escrito y con

expresión del objeto y motivo, lo soliciten al menos el veinticinco por

ciento de los miembros. Las sesiones se desarrollarán en el local de la

Asociación o en cualquier otro que sea acordado por la Junta Directiva.

Art. 12.- La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia

del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en pri-

mera convocatoria y en segunda convocatoria con los miembros que

asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor núme-

ro de asistentes. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos ex-

cepto en los casos especiales en que se requerirá una mayoría diferente.

Las resoluciones de las Asambleas Generales debidamente convocadas

y constituidas, tendrán carácter obligatorio. Instalada legalmente la

Asamblea General, los acuerdos serán válidos, aunque el quórum se

disminuyere durante el desarrollo de la misma. Art. 13.- Las convoca-

torias a sesión ordinaria o extraordinaria de Asamblea General, serán

realizadas mediante avisos que se publicarán en los medios de comuni-

cación o a través de otros medios que la Junta Directiva estime conve-

nientes; las convocatorias deberán realizarse por lo menos con quince

días de anticipación a la fecha de la sesión. En la convocatoria se inclui-

rá expresamente la agenda a tratar. En el mismo aviso se especifi cará el

orden en virtud de primera, segunda o tercera convocatoria. En una

misma asamblea podrán tratarse puntos Ordinarios y Extraordinarios si

la agenda, así, lo expresa.- Art. 14.- La convocatoria a Asamblea Gene-

ral Extraordinaria deberá reunir las mismas formalidades de la Ordina-

ria. Para que haya quórum en las Sesiones de Asamblea General Ex-

traordinarias, se necesitará la asistencia de por lo menos el setenta y

cinco por ciento de los miembros en primera convocatoria y en segunda

convocatoria el cincuenta y uno por ciento de los miembros y en terce-

ra convocatoria con los miembros que asistan, tomándose las resolucio-

nes por mayoría.- Art. 15.- Los puntos a desarrollarse en Asamblea

Ordinaria serán: a) Nombramiento o remoción de Junta Directiva;

b)Nombramiento o remoción de Auditor; c)Aprobar o desaprobar la

memoria de labores presentada por la Junta Directiva. Art. 16.- Los

Libros de Actas de Asambleas Generales, de Junta Directiva, o de otros

organismos, estarán confi ados al cuidado del responsable de cada orga-

nismo, quien asentará en ellos el resultado de las respectivas sesiones.

Art. 17.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesio-

nes de Asamblea General por motivo justifi cado podrá hacerse repre-

sentar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de

un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Art. 18.- Atri-

buciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o

parcial a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar y

derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c)

Aprobar, y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la

Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas

mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir

sobre la integración de la Asociación con otras entidades nacionales e

internacionales que sean de la misma naturaleza y fi nes. g) Autorizar a

la Junta Directiva para que gestione, fi rme y acuerde la realización de

planes, programas y proyectos con distintas entidades nacionales e in-

ternacionales mediante convenios y préstamos. h) Decidir sobre la

compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a

la Asociación. i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Aso-

ciación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPI-

TULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 19.- La dirección y admi-

nistración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual

estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, Un Secretario, Un

Tesorero y Dos Vocales, propietarios, así como igual número de suplen-

tes. Art. 20. Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de dos años pudiendo ser reelectos. Art. 21.- La Junta Directiva

en pleno podrá encomendar funciones específi cas a cualquiera de sus

integrantes. Art. 22 - Los integrantes de la Junta Directiva dejarán de

pertenecer a la misma, por las razones siguientes: a) Por renuncia vo-

luntaria, b) Por violación de los presentes Estatutos, c) Por la comisión

de hechos delictivos dolosos, d) Por demostrar poco interés en el cum-

plimiento de sus funciones, e) Por inobservancia de los Valores que en

los presentes Estatutos se establecen, f) Por inobservancia de los prin-

cipios y demás normas que sean establecidas. g) Por causa de muerte.

Art. 23.- La Junta Directiva tiene las siguientes atribuciones: a) Desa-

rrollar las actividades necesarias para el logro de los Fines de la Asocia-

ción. b) Aprobar el Plan de Trabajo de la Asociación. c) Velar por la

administración efi ciente y efi caz del Patrimonio de La Asociación d)

Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y

proponerlos a la Asamblea General. e) Elaborar la memoria anual de

labores de la Asociación. f) Defi nir la estructura organizativa de La

Asociación g) Normar el funcionamiento de la Asociación. h) Nombrar

y remover al personal administrativo de La Asociación. i) Establecer las

funciones y salarios del personal administrativo. j) Autorizar la realiza-

ción de contratos con otras personas naturales o jurídicas. k) Autorizar

a las personas que harán uso de las fi rmas para el manejo de las fi nanzas.

l) Conocer y resolver sobre la renuncia de integrantes de la Junta Direc-

tiva, de los clubes, Comités y de empleados de La Asociación. m) Velar

por el cumplimiento de Los Estatutos. n) Nombrar de entre los miembros

de la Asociación los comités o comisiones que considere necesarios. ñ)

Convocar a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria. o) Delegar en el

presidente, cualquiera de sus atribuciones. p) Cualquier otra función u

obligación que le asigne la Asamblea General. Art. 24.- La Directiva

sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas

veces sea necesario. Art. 25.- El quórum necesario para que la Junta

Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus

acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso

de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Art. 26.- Corresponde

al Presidente de la Asociación: a) Dirigir la Asociación por los destinos

que hagan posible el logro de su fi nalidad, con el auxilio de los demás

integrantes de la Junta Directiva. b) Presidir las sesiones de la Junta

Directiva y de la Asamblea General. c) Ejercer la representación legal

de la Asociación. d) Adquirir, enajenar o gravar bienes muebles e

inmuebles, valores o derechos de la Asociación. e) Autorizar el docu-

mento de identifi cación de los integrantes de la Asociación. f) Presentar

la Memoria de Labores y cualquier informe que le sea solicitado. g)

Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta

Directiva y Ejecutar los acuerdos tomados por la Junta Directiva y

Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento interno de

la Asociación. h) Convocar a Sesiones Ordinarias y extraordinarias de

la Asamblea General y de la Junta Directiva. i) Autorizar juntamente

con el Tesorero las erogaciones que tengan que hacer la Asociación. Art.

27.- Son atribuciones del secretario: a) Llevar los libros de las actas de

las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el

archivo de documentos y registro de los miembros de la asociación. c)

Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e)

Preparar en consulta con el presidente los puntos de la agenda de las

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

sesiones y colaborar con él. f) Ser el Órgano de comunicación de la

Asociación. g) Las demás que por razón de su cargo le sean delegadas

por la Asamblea General o la Junta Directiva. Art. 28.- Son atribuciones

del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obten-

ga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar o tener

control directo de los libros de contabilidad de la Asociación. c) Tener

actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles de La Aso-

ciación. d) Presentar un informe y/o balance del estado fi nanciero

mensual de la Asociación a la Junta Directiva. e) Realizar toda actividad

acorde a su cargo, o por delegación de la Asamblea o de la Junta Direc-

tiva. f) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

tenga que hacer la Asociación. Art. 29.- Son atribuciones de los vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausen-

cia o impedimento, de conformidad al artículo 19 de estos Estatutos. c)

Las demás que le sean delegadas de la Asamblea General o de La Junta

Directiva.- CAPITULO VII. Art. 30. Podrán ser miembros todas las

personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, reli-

gión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 31.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a)

Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban

el acta de Constitución de la Asociación.- Serán MIEMBROS ACTIVOS:

Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Aso-

ciación. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que

por su labor y mérito a favor de la Asociación sean así nombrados por

la Asamblea General. Art. 32.- Son derechos de los miembros Funda-

dores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea

General. b) Elegir y ser electo para desempeñar los cargos Directivos

de la Asociación, llenando los requisitos que señalen los estatutos de la

Asociación. c) Participar en las distintas actividades propias de la Aso-

ciación.- d) Proponer reformas a los Estatutos e innovación y funciona-

miento de la Asociación, mediante mociones escritas.- e) Los demás que

les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Art.

33.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir con

puntualidad a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea

General. b) Participar en el desarrollo de actividades propias de la Aso-

ciación, que le fueren encomendadas.- c) Cancelar las cuotas acordadas

en la Asamblea General. d) Aceptar y desempeñar los cargos o respon-

sabilidades que le delegue la Asamblea General o la Junta Directiva.- e)

Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno

acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. f) Los demás que les

señalen los Estatutos y Reglamento interno de la Asociación. Art. 34.- La

calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación

a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la

Asamblea General o de la Junta Directiva. b) Por conducta notoriamen-

te viciada que contradiga las normas y buenas costumbres socialmente

aceptadas.- c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

d) Por aceptar a título personal en nombre de la Asociación proyectos

que afecten los intereses de la misma. e) Por rechazar a título personal

proyectos otorgados a favor de la Asociación. f) Por otras faltas graves

cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción.

CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLI-

CACIÓN Art. 35.- La violación de los presentes Estatutos, de acuerdo

a las causales mencionadas en el artículo 34, tendrá las medidas Disci-

plinarias siguientes: a) Amonestación Escrita. b) Suspensión Temporal.

c) Expulsión Defi nitiva. Art. 36.- Las Medidas disciplinarias a las que

se hace referencia en el artículo anterior, serán aplicadas por los órganos

siguientes: a) La primera sanción será competencia del Presidente de 1a

Asociación. b) La segunda sanción será impuesta por resolución de la

Junta Directiva. c) La Asamblea General será competente para imponer

la sanción de expulsión defi nitiva, respecto de los integrantes de los

Comités y Clubes correspondientes. CAPITULO IX DE LA DISOLU-

CIÓN. Art. 37.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición

de la ley o por resolución tomada en la Asamblea General Extraordina-

ria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por

lo menos el Setenta y cinco por ciento de sus miembros. Art. 38.- En

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

Caso de acordarse la disolución se nombrará una Junta de Liquidación

compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraor-

dinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de

cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Bené-

fi ca o Cultural que la misma Asamblea General señale. CAPITULO X

REFORMA DE ESTATUTOS. Art. 39.- Para reformar o derogar los

presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del

setenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para

tal efecto. CAPITULO XI DISPOSICIONES GENERALES Art. 40.- La

Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asocia-

ciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación,

en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los

Miembros y dentro de los cinco días la nueva Junta Directiva y en todo

caso inscribir en dicho Registro todos los documentos que la LEY DE

ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale

inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiera

relativo a la Entidad. Art. 41.- Todo lo relativo al orden interno de la

Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el

Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la

Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art. 42.- La “ASO-

CIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS” se

regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES

DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales

aplicables. Art. 43.- El ejercicio económico de la Asociación será de un

año calendario, desde el primero de enero al treinta y uno de diciembre

de cada año, o el que acordare la Junta Directiva. CAPITULO XII DE

SU APROBACION Y VIGENCIA. Art. 44.- Los presentes Estatutos

entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

IV.- En este acto todos los asistentes de la Asamblea General por una-

nimidad acuerdan comisionar al Señor SANTIAGO MARGARITO

ALFARO RODRÍGUEZ, como Ejecutor Especial, para que comparez-

ca ante notario a otorgar la Escritura Pública a efecto de formalizar en

Instrumento Público los acuerdos tomados. Y No habiendo más que

tratar se da por cerrada la sesión, con lo cual se termina la presente Acta

que fi rmamos. S. M. Rodríguez.- W. Ernesto B. H.- Mauricio Bustos.-

Mercedes Méndez D.- Luis Guillén.- RUBRICADAS: al fi nal del acta

aparece una fi rma que se lee: “Mercedes Méndez D”, que corresponde

a la señorita MERCEDES MARÍA MENDEZ DELGADO, en su calidad

de Secretaria de la Asociación. “doy fe: A) De haber explicado al com-

pareciente los efectos legales de este instrumento; B) De haber tenido a

la vista el Acta en la que constan LOS ESTATUTOS de dicha Asociación

relacionada en este instrumento; C) De ser legítima y sufi ciente la

personería con la que actúa el compareciente por haber tenido a la vista

la certifi cación del Acta de Asamblea General en la que consta su nom-

bramiento y la elección de la primera Junta Directiva.- Certifi cación

Extendida por la Secretaría de la referida Asociación.- Así se expresó el

compareciente a quien expliqué los efectos legales de este instrumento,

y de su obligación de registrarla, así como de los efectos del Registro,

y de las sanciones por la falta del mismo, de conformidad con el Artí-

culo Noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines

de Lucro, y leído que le fue por mí íntegramente todo lo escrito en un

solo acto sin interrupción ratifi ca su contenido, y fi rmamos DOY FE.-

ENTRELINEAS: y/o reconstrucción-previa autorización y la respectiva

constancia que no se afectaran fuentes que posea ANDA-enmarcándose

en las políticas de viviendas Nacionales y Municipales y en la Ley de

Urbanismo y Construcción- VALEN.- S. M. Rodríguez.- W. H. Vásquez.-

RUBRICADAS.

PASO ANTE MI, del folio Doscientos setenta y uno vuelto, al folio

Doscientos setenta y seis vuelto, del LIBRO NOVENO DE MI PRO-

TOCOLO, que vence el día diez de septiembre del presente año, del

cual extiendo, fi rmo y sello el presente Testimonio en la Ciudad de San

Salvador, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil seis, para

ser entregada a ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDADES

PARA TODOS.-

WILFREDO ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ,

NOTARIO.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN SALVADOREÑA

“OPORTUNIDADES PARA TODOS”

CAPITULO I

DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN,

DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de

San Salvador, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se deno-

minará “ASOCIACIÓN SALVADOREÑA OPORTUNIDADES PARA

TODOS” y que podrá abreviarse “ASOPT” como una Entidad apolítica,

no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará

“la Asociación”.

Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador,

departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el

territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FINES U OBJETIVOS

Art. 4.- Para desarrollar su fi nalidad, la Asociación deberá:

a) Promover, organizar y realizar actividades y proyectos de

benefi cencia social.

b) Solicitar cooperación de gobiernos, organismos nacionales

e internacionales, y de instituciones públicas y privadas.

c) Desarrollar diversos programas y proyectos que conlleven

apoyo y benefi cio integral de personas de escasos recursos

económicos, sin distinción de edad, raza, credo, religión, sexo,

nacionalidad o ideología política en las siguientes áreas:

c. 1- Proyectos Productivos: Desarrollar y promover acciones que

permitan la inserción laboral, en las comunidades atendidas o

bien facilitar herramientas de gestión empresarial a las micro

empresas existentes.

c. 2- Educación/capacitación: ejecutar proyectos que incrementen

la calidad educativa en la educación formal en todos sus ni-

veles, por medio de capacitaciones docentes que les faciliten

métodos y técnicas para la transferencia de aprendizaje en

los educandos, así mismo, promover charlas sobre conserva-

ción del medio ambiente, turismo, jóvenes emprendedores,

orientación vocacional, entre otros. De igual manera el

desarrollo de un centro de formación profesional basado en

competencias ocupacionales y con la metodología de talleres

escuelas, solicitando en su caso, autorización al Ministerio

de Educación.

c. 3- Salud: en conjunto con el Ministerio de Salud, Unidades de

Salud desarrollar campañas de vacunación, fumigaciones,

SIDA, asistencia médica, oftalmología, odontología, nutri-

ción.

c. 4- Desarrollo Local: en coordinación con las alcaldías, promover

el desarrollo local a través de impulsar las microregiones

especialmente en el comercio, participar en la promoción de

cabildos para determinar las necesidades de la población.

c. 5- Infraestructura: Participar en proyectos de construcción y/o

reconstrucción de viviendas, calles, parques, introducción de

agua potable, previa autorización y la respectiva constancia que

no se afectarán fuentes que posea ANDA y energía eléctrica,

construcción o reconstrucción de escuelas y casas comuna-

les, enmarcándose en las políticas de viviendas Nacionales

y Municipales y en la Ley de Urbanismo y Construcción

c. 6- Organización comunitaria: Generar la unión en las comuni-

dades para crear, directivas, juntas, comités, que les permitan

impulsar proyectos que les posibiliten su desarrollo asistién-

dolos con capacitaciones en los diferentes ámbitos para la

mejoría de sus comunidades.

c. 7- Medio Ambiente: participar en proyectos de mitigación y

prevención de desastres, reforestación, campañas de limpieza

y reciclaje, descontaminación de agua, suelo y aire.

d) Gestionar y canalizar recursos económicos con personas na-

turales o Jurídicas, nacionales e internacionales que permitan

la realización de diversos programas y proyectos de desarrollo

comunal integral.

e) Coordinar y aunar esfuerzos con instituciones privadas, na-

cionales e internacionales para lograr un verdadero proceso

de desarrollo económico y Social.

f) Implementar diversos programas de capacitación y asistencia

técnica, Social, económica y cultural.

g) Realizar programas de asesoría, consultoría, capacitación y

asistencia técnica a personas naturales y Jurídicas nacionales

e internacionales.

h) Firmar convenios y/o acuerdos de Cooperación Mutua con

personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales.

i) Apoyar y promover todo esfuerzo integrador, nacional e

internacional en pro de la paz y el respeto a los derechos

humanos.

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

CAPITULO III

Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Aportación de los miembros.

b) Las donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamen-

te;

c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y las rentas

provenientes de los mismos, de conformidad con la ley.

Art. 6.- EL Patrimonio de la Asociación pertenece a ella como ente

social y en ningún caso a sus integrantes en forma individual o particular;

el cual se invertirá exclusivamente en el cumplimiento de su fi nalidad. Es

absolutamente prohibido el uso del patrimonio para actividades ajenas

a la fi nalidad de la Asociación.

Art. 7.- La Junta Directiva y los órganos de fi scalización de la

Asociación, estarán obligados a garantizar que las donaciones recibidas,

sean de legítima procedencia. Constituye grave violación de los presentes

Estatutos, de los valores y principios, la admisión de donaciones prove-

nientes de acciones ilícitas.

Art. 8.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 9.- El gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) La Asamblea General.

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 10.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad

de los miembros Activos y Fundadores.

Art. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez

al año, y en Asamblea General Extraordinaria en cualquier fecha, cuando

así lo acuerde la Junta Directiva, o cuando por escrito y con expresión

del objeto y motivo, lo soliciten al menos el veinticinco por ciento de

los miembros.

Las sesiones se desarrollarán en el local de la Asociación o en

cualquier otro que sea acordado por la Junta Directiva.

Art. 12.- La Asamblea General sesionará válidamente con la asis-

tencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en

primera convocatoria y en segunda convocatoria con los miembros que

asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número

de asistentes. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos excepto

en los casos especiales en que se requerirá una mayoría diferente.

Las resoluciones de las Asambleas Generales debidamente convo-

cadas y constituidas, tendrán carácter obligatorio. Instalada legalmente

la Asamblea General, los acuerdos serán válidos, aunque el quórum se

disminuyere durante el desarrollo de la misma.

Art. 13.- Las convocatorias a sesión ordinaria o extraordinaria de

Asamblea General, serán realizadas mediante avisos que se publicarán

en los medios de comunicación o a través de otros medios que la Junta

Directiva estime convenientes; las convocatorias deberán realizarse por

lo menos con quince días de anticipación a la fecha de la sesión. En la

convocatoria se incluirá expresamente la agenda a tratar. En el mismo

aviso se especifi cará el orden en virtud de primera, segunda o tercera

convocatoria. En una misma asamblea podrán tratarse puntos Ordinarios

y Extraordinarios si la agenda, así, lo expresa.

Art. 14. La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria deberá

reunir las mismas formalidades de la Ordinaria. Para que haya Quórum

en las Sesiones de Asamblea General Extraordinarias, se necesitará la

asistencia de por lo menos el setenta y cinco por ciento de los miembros

en primera convocatoria y en segunda convocatoria el cincuenta y uno

por ciento de los miembros y en tercera convocatoria con los miembros

que asistan, tomándose las resoluciones por mayoría.

Art. 15.- Los puntos a desarrollarse en Asamblea Ordinaria se-

rán:

a) Nombramiento o remoción de Junta Directiva.

b) Nombramiento o remoción de Auditor.

c) Aprobar o desaprobar la memoria de labores presentada por

la Junta Directiva.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Art. 16.- Los Libros de Actas de Asambleas Generales, de Junta

Directiva, o de otros organismos, estarán confi ados al cuidado del res-

ponsable de cada organismo, quien asentará en ellos el resultado de las

respectivas sesiones.

Art. 17.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de

las sesiones de Asamblea General por motivo justifi cado podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 18.- Atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcial a los miembros de

la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar y derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación.

c) Aprobar, y/o modifi car los planes, programas o presupuesto

anual de la Asociación.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Asociación, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

miembros.

f) Decidir sobre la integración de la Asociación con otras en-

tidades nacionales e internacionales que sean de la misma

naturaleza y fi nes.

g) Autorizar a la Junta Directiva para que gestione, fi rme y

acuerde la realización de planes, programas y proyectos con

distintas entidades nacionales e internacionales mediante

convenios y préstamos.

h) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Asociación.

i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 19.- La dirección y administración de la Asociación estará

confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma:

Un Presidente, Un Secretario, Un Tesorero y dos Vocales, propietarios,

así como igual número de suplentes.

Art. 20.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de dos años pudiendo ser reelectos.

Art. 21.- La Junta Directiva en pleno podrá encomendar funciones

específi cas a cualquiera de sus integrantes.

Art. 22.- Los integrantes de la Junta Directiva dejarán de pertenecer

a la misma, por las razones siguientes:

a) Por renuncia voluntaria.

b) Por violación de los presentes Estatutos.

c) Por la comisión de hechos delictivos dolosos.

d) Por demostrar poco interés en el cumplimiento de sus fun-

ciones.

e) Por inobservancia de los Valores que en los presentes Estatutos

se establecen.

f) Por inobservancia de los principios y demás normas que sean

establecidas.

g) Por causa de muerte.

Art. 23.- La Junta Directiva tiene las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes de la Asociación.

b) Aprobar el Plan de Trabajo de la Asociación.

c) Velar por la administración efi ciente y efi caz del Patrimonio

de la Asociación.

d) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

e) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación.

f) Defi nir la estructura organizativa de la Asociación.

g) Normar el funcionamiento de la Asociación.

h) Nombrar y remover al personal administrativo de la Asocia-

ción.

i) Establecer las funciones y salarios del personal administra-

tivo.

j) Autorizar la realización de contratos con otras personas

naturales o jurídicas.

k) Autorizar a las personas que harán uso de las fi rmas para el

manejo de las fi nanzas.

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

l) Conocer y resolver sobre la renuncia de integrantes de la

Junta Directiva, de los Clubes, Comités y de empleados de

la Asociación.

m) Velar por el cumplimiento de los Estatutos.

n) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comités

o comisiones que considere necesarios.

ñ) Convocar a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria.

o) Delegar en el presidente, cualquiera de sus atribuciones.

p) Cualquier otra función u obligación que le asigne la Asamblea

General.

Art. 24.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 25.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso de empate, el

Presidente tendrá voto de calidad.

Art. 26.- Corresponde al Presidente de la Asociación:

a) Dirigir la Asociación por los destinos que hagan posible el

logro de su fi nalidad, con el auxilio de los demás integrantes

de la Junta Directiva.

b) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea

General.

c) Ejercer la representación legal de la Asociación.

d) Adquirir, enajenar o gravar bienes muebles e inmuebles,

valores o derechos de la Asociación.

e) Autorizar el documento de identifi cación de los integrantes

de la Asociación.

f) Presentar la Memoria de Labores y cualquier informe que le

sea solicitado.

g) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la

Junta Directiva y Ejecutar los acuerdos tomados por la Junta

Directiva y Asamblea General, así como de los Estatutos y

Reglamento interno de la Asociación.

h) Convocar a Sesiones Ordinarias y extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

i) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Asociación.

Art. 27.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de las actas de las sesiones de Asamblea

General y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registro de los miembros

de la asociación.

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Asociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Preparar en consulta con el presidente los puntos de la agenda

de las sesiones y colaborar con él.

f) Ser el Organo de comunicación de la Asociación.

g) Las demás que por razón de su cargo le sean delegadas por

la Asamblea General o la Junta Directiva.

Art. 28.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en

el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Asociación.

c) Tener actualizado el inventario de los bienes muebles e

inmuebles de la Asociación.

d) Presentar un informe y/o balance del estado fi nanciero mensual

de la Asociación a la Junta Directiva.

e) Realizar toda actividad acorde a su cargo, o por delegación

de la Asamblea o de la Junta Directiva.

f) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

tenga que hacer la asociación.

Art. 29.- Son atribuciones de los vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo 19

de estos Estatutos.

c) Las demás que le sean delegadas de la Asamblea General o

de la Junta Directiva.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

CAPITULO VII

Art. 30.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de die-

ciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,

que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 31.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem-

bros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban el acta de Constitución de la Asociación.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Asociación.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por

su labor y mérito a favor de la Asociación sean así nombrados por la

Asamblea General.

Art. 32.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Elegir y ser electo para desempeñar los cargos Directivos de la

Asociación, llenando los requisitos que señalen los estatutos

de la Asociación.

c) Participar en las distintas actividades propias de la Asocia-

ción.

d) Proponer reformas a los Estatutos e innovación y funciona-

miento de la Asociación, mediante mociones escritas.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

Art. 33.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir con puntualidad a las sesiones Ordinarias y Extraor-

dinarias de la Asamblea General.

b) Participar en el desarrollo de actividades propias de la Aso-

ciación, que le fueren encomendadas.

c) Cancelar las cuotas acordadas en la Asamblea General.

d) Aceptar y desempeñar los cargos o responsabilidades que le

delegue la Asamblea General o la Junta Directiva.

e) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

f) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento interno

de la Asociación.

Art. 34.- La calidad de miembro se perderá por las causas Siguien-

tes:

a) Por violación a estos Estatutos, reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la Asamblea General o de la Junta Directi-

va.

b) Por conducta notoriamente viciada que contradiga las normas

y buenas costumbres socialmente aceptadas.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

d) Por aceptar a título personal en nombre de la Asociación

proyectos que afecten los intereses de la misma.

e) Por rechazar a título personal proyectos otorgados a favor de

La Asociación.

f) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción.

CAPITULO VIII

SANCIONES A LOS MIEMBROS,

MEDIDAS DISCIPLINARIAS,

CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN

Art. 35.- La violación de los presentes Estatutos, de acuerdo a las

causales mencionadas en el artículo 34, tendrá las medidas disciplinarias

siguientes:

a) Amonestación Escrita.

b) Suspensión Temporal.

c) Expulsión Defi nitiva.

Art. 36.- Las medidas disciplinarias a las que se hace referencia

en el artículo anterior, serán aplicadas por los órganos siguientes:

a) La primera sanción será competencia del Presidente de la

Asociación.

b) La segunda sanción será impuesta por resolución de la Junta

Directiva.

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

c) La Asamblea General será competente para imponer

la sanción de expulsión defi nitiva, respecto de los inte-

grantes de los Comités y Clubes correspondientes.

CAPITULO IX

DE LA DISOLUCIÓN

Art. 37.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de

la ley o por resolución tomada en la Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos el Setenta y cinco por ciento de sus miembros.

Art. 38.- En caso de acordarse la disolución se nombrará una Junta

de liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea

General Extraordinaria que acordó la disolución, los bienes que sobraren

después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad

Benéfi ca o Cultural que la misma Asamblea General señale.

CAPITULO X

REFORMA DE ESTATUTOS

Art. 39.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del setenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el

Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de lucro del Ministerio

de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la

Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días la nueva Junta Di-

rectiva y en todo caso inscribir en dicho registro todos los documentos

que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE

LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que

se le pidiera relativo a la Entidad.

Art. 41.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Art. 42.- La “ASOCIACION SALVADOREÑA OPORTUNIDA-

DES PARA TODOS” se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos

y demás disposiciones legales aplicables.

Art. 43.- El ejercido económico de la Asociación será de un año

calendario, desde el primero de enero al treinta y uno de diciembre de

cada año, o el que acordare la Junta Directiva.

CAPITULO XII

DE SU APROBACION Y VIGENCIA

Art. 44.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 0146

San Salvador, 26 de junio de 2006

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION SALVA-

DOREÑA OPORTUNIDADES PARA TODOS, compuestos de CUA-

RENTA Y CUATRO artículos, constituida en la ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, a las nueve horas del día 6 de octubre

del 2005 y formalizada por Escritura Pública celebrada en la ciudad de

San Salvador, Departamento de San Salvador, a las diez horas del día 25

de octubre del 2005, otorgada ante los ofi cios del Notario WILFREDO

ANTONIO HENRIQUEZ VASQUEZ, y con posteriores rectifi caciones

otorgada por Escritura Pública la primera celebrada en la ciudad de San

Salvador, Departamento de San Salvador, a las nueve horas del día 2

de diciembre de 2005, y la segunda celebrada en la misma ciudad, a las

veinte horas del día 27 de febrero del 2006, ambas escrituras otorgada

ante los ofi cios del mismo Notario, y no encontrando en ellos ninguna

disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65

de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano

Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en

todas sus partes confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA

JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Ofi cial; y c) Inscríbase la referida

entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES

SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. LA VICEMINISTRA DE

GOBERNACION, AGUILAR ZEPEDA.

(Registro No. F011813)

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

MINISTERIO DE HACIENDARAMO DE HACIENDA

ACUERDO No. 513.

MINISTERIO DE HACIENDA, DEPARTAMENTO JURIDICO, San Salvador, a las nueve horas del día cinco de junio de dos mil siete.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,

CONSIDERANDO:

I.- Que el Estado de El Salvador, en el Ramo de Hacienda, es legítimo dueño de un inmueble naturaleza rústica, que se compone de seis porciones de terreno que se encuentran unidos formando un solo cuerpo, denominado BENEFICIO INCAFE CHALCHUAPA, según inscripción UNO del Libro MIL NOVECIENTOS QUINCE, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oc-cidente, Departamento de Santa Ana, situado en los suburbios del Barrio Santa Cruz y al Norte de la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, según antecedente y de acuerdo a actual nomenclatura, situado en Calle y Colonia Tazumal, contiguo al Centro de Salud de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, de una extensión superfi cial registral de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CUARENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS.

II.- Que de conformidad a los Decretos Legislativos Números 794 y 795 de fecha 22 de marzo de 2002, publicados en el Diario Ofi cial número 76, Tomo 355 de fecha 26 de abril de 2002, se autorizó en su orden, la transferencia del dominio en calidad de Donación Irrevocable de 2 porciones del referido inmueble a favor del Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) de una extensión de 120,238.93 metros cuadrados, y 4,616.45 metros cuadrados cada una; y de 2 porciones de 17,060.03 metros cuadrados y 17,885.45 metros cuadrados a favor de la Alcaldía Municipal de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana.

III.- Que con el objeto de dar cumplimiento a los referidos decretos y en vista que registralmente el inmueble está formado por las referidas seis porciones de inmueble, a las que se les ha generado su propia matrícula, al ser trasladadas al actual Sistema de Inscripción de Folio Real Computarizado, es necesario otorgar la correspondiente Escritura Matriz de Reunión de Inmuebles de la seis porciones antes mencionadas, de conformidad a los artículos 23 y 24 del Reglamento del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, y 69 de la Ley de Reestructuración del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, a fi n de que se genere una matrícula para el inmueble resultante; el cual posteriormente es preciso que sea sometido a Diligencias de Remedición de Inmuebles, de conformidad al artículo 15 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, con el objeto de determinar la extensión superfi cial real del mismo, y poder segregar las porciones a donar al Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) y a la Alcaldía Municipal de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, respecto de lo cual se hace constar que las respectivas donaciones se efectuarán de conformidad a lo que autoricen los decretos pertinentes emitidos por la Asamblea Legislativa para tal efecto.

POR TANTO: Por las razones expuestas, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda,

ACUERDA:

A).- SOLICITASE la intervención al señor Fiscal General de la República, para que comparezca a otorgar la Escritura Matriz de Reunión de los seis Inmuebles propiedad del Estado de El Salvador, en el Ramo de Hacienda, inscritos bajo las matrículas: DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE CINCO CINCO - CERO CERO CERO CERO CERO, DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE CINCO OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO, DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE CINCO NUEVE - CERO CERO CERO CERO CERO, DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE SEIS CERO - CERO CERO CERO CERO CERO, DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE SIETE CERO - CERO CERO CERO CERO CERO Y DOS CERO UNO TRES CERO NUEVE SIETE DOS - CERO CERO CERO CERO CERO, todas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente, Departamento de Santa Ana; B) PROCEDASE al otorgamiento de la correspondiente Escritura Matriz de Reunión de Inmuebles, de conformidad a los artículos 23 y 24 del Reglamento del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, y 69 de la Ley de Reestructuración del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, a fi n de que se genere una matrícula para el inmueble resultante, para su correspondiente inscripción en el registro respectivo; C) PROCÉDASE a la Remedición del Inmueble resultante, de conformidad a lo prescrito en el artículo 15 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, con el objeto de determinar la extensión superfi cial real del mismo; en consecuencia, otórguese la correspondiente Escritura Matriz de Protocolización de Remedición del Inmueble, y a tal fi n SOLICITASE al señor Fiscal General de la República, que comparezca a iniciar, seguir y fenecer las Diligencias de Remedición del referido Inmueble; D) Respecto a las segregaciones de las porciones a donar al Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) y a la Alcaldía Municipal de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, se hace constar que se efectuarán de conformidad a lo que autoricen los decretos pertinentes emitidos por la Asamblea Legislativa para tal efecto. E) Asimismo se faculta al Licenciado Nelson Omar Guerra Trinidad, Jefe de la Unidad Jurídica del Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) para que ante sus ofi cios notariales se otorgue la Escritura de Reunión de Inmuebles antes referida, así como para que ante sus ofi cios notariales se inicien, sigan y fenezcan las Diligencias de Remedición del Inmueble resultante; y E) Será responsabilidad del Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO) el presentar los planos de reunión y remedición al Centro Nacional de Registros, para su respectiva revisión y aprobación, así como el pago de Derechos de Registro para la inscripción de cada uno de los instrumentos; debiendo remitir fotocopias certifi cadas por Notario de cada Escritura, debidamente inscritas al Despacho Ministerial de este Ministerio. COMUNIQUESE. WJ Handal, Ministro de Hacienda.

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

ACUERDO No. 697.-

San Salvador, 19 de julio de 2007.-

De conformidad a lo establecido en el Art. 26 lit. b) de la Ley del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión, creada mediante Decreto

Legislativo No. 775 de fecha 25 de abril de 1991, publicada en el Diario Ofi cial No. 90, Tomo 311 del 20 de mayo de 1991, modifi cada mediante De-

creto Legislativo No. 32 del 19 de junio de 1997, publicado en el Diario Ofi cial No. 127, Tomo No. 336 del 10 de julio de 1997. El Órgano Ejecutivo

en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Apruébase lo emitido en la Resolución No. 1-CDF-718/07 emitida por el Consejo Directivo del FOSEP el 5 de

julio de 2007, que dice:

“Conocida la solicitud del Ministerio de Economía (MINEC) presentada con el objeto de obtener recursos fi nancieros para la contratación de

los servicios de consultoría, para la elaboración del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336 KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA

ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO

(MCC), que forman parte de los Prediseños de 1,100 km. de Líneas de Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador,

bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto de Milenio (MCC)”, y analizado el documento FDI No. 18/07 preparado por la Administración del FOSEP en

el que se hace la relación del trámite de fi nanciamiento, el Consejo Directivo resuelve:

I- Asignar al Ministerio de Economía, en adelante denominado “El Benefi ciario”, la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS

DOS 66/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 66,902.66), con carácter reembolsable y con cargo a las re-

cuperaciones del Préstamo 860/SF-ES, o de otra de las fuentes de fondos del FOSEP que se encuentren disponibles a la fecha de los pagos,

para pagar la contratación del Consultor Ing. Pedro Salvador Manzano Reyes, para la elaboración del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO

DE 336 KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR,

BAJO LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1.100 km. de

Líneas de Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio

(MCC)”, bajo las condiciones siguientes:

A. MONTO MÁXIMO

Hasta la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS DOS 66/100 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 66,902.

66).

B. TASA DE SERVICIO

El Seis punto cinco por ciento (6.5 %) anual sobre saldos insolutos revisables Semestralmente.

C. COMISIONES:

De compromiso:

Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo, hasta el 31 de diciembre de 2007, revisable semes-

tralmente.

De Servicio:

Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo, hasta el 31 de diciembre de 2007, revisable semestral-

mente.

De Administración:

El tres por ciento (3 %) anual sobre saldos de cuotas vencidas.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

D. PLAZO

Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la fi rma del Contrato de Consultoría.

E. DESTINO

Los recursos de este fi nanciamiento únicamente podrán utilizarse para pagar el monto del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336

KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO

LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1,100 km. de Líneas de

Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio (MCC)”.

F. PERIODO DE DESEMBOLSOS

Máximo doce (12) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Benefi ciario en el Contrato de Consultoría, vencido dicho

plazo se prorrogará automáticamente por un período de seis meses, a partir de la fecha de su vencimiento.

G. FORMA DE DESEMBOLSO

1. Los desembolsos a efectuarse en virtud de este fi nanciamiento serán escalonados, de acuerdo al avance del estudio y deberán de estipularse en el Contrato de Consultoría. El FOSEP para hacer efectivos estos desembolsos, requerirá lo siguiente:

a) Solicitud de desembolso suscrita por el Representante del Benefi ciario, legalmente autorizado y aprobada por el Supervisor del

Estudio en original y una copia.

b) Acta del Comité Técnico de Seguimiento en la que se aprueba el informe correspondiente especifi cando los kilómetros de

prediseño realizado por el Consultor.

c) Recibo o Crédito Fiscal en original y una copia suscrito por el Representante Legal de la empresa consultora.

d) Para el pago del Informe Final y las retenciones será necesario contar con el Acta de aprobación del Informe Final, emitida

por el Comité Técnico de Seguimiento, Carta de Satisfacción del Propietario en que notifi ca la aprobación del mismo y la

autorización del pago del Informe Final por el Consejo Directivo del FOSEP.

2. El plazo para solicitar el primer desembolso no podrá exceder de sesenta (60) días a partir de la fecha de suscripción del “ES CON-

FORME” del Benefi ciario en el Contrato de Consultoría, exceptuando los casos de las fi rmas no domiciliadas.

H. CONDICIONES PREVIAS AL PRIMER DESEMBOLSO

Previamente al primer desembolso del fi nanciamiento el Benefi ciario deberá cumplir lo siguiente:

1. Designación del Funcionario que lo representará ante el FOSEP, con autorización para fi rmar solicitudes de desembolso.

2. Designación de un Técnico como Delegado ante el Comité Técnico de Seguimiento.

3. Designación de un Técnico con el cargo de Supervisor del estudio.

I. FORMA DE REEMBOLSO

Mediante catorce (14) cuotas semestrales, vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de

gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

J. OTRAS CONDICIONES

1. La evaluación, control y seguimiento técnico de cada uno de los estudios, estará a cargo del Comité Técnico de Seguimiento respectivo,

sujeto a las normas establecidas en el Reglamento Operativo del Programa de Preinversión FOSEP III y Contrato de Consultoría.

2. El Benefi ciario entregará al FOSEP dos ejemplares de cada uno de los informes parciales y del fi nal, presentados por el Consultor.

3. El Contrato de Consultoría estipulará que el pago fi nal no podrá ser menor del 10 % del costo total del estudio y que su desembolso

estará sujeto a la aprobación del Informe Final por parte del Comité Técnico de Seguimiento, el Propietario del Estudio y el Consejo

Directivo del FOSEP.

4. El Benefi ciario se compromete a que si después de efectuado el estudio, obtuviese los recursos necesarios para la inversión del pro-

yecto, y ésta incluyese recursos para preinversión, el saldo de este fi nanciamiento será reintegrado anticipadamente al FOSEP, con los

recursos del primer desembolso de la inversión.

5. El Benefi ciario mantendrá informado al FOSEP, de todas las actividades, avances, reuniones, correspondencia y otras que se generen

durante el desarrollo de los estudios.

6. El Benefi ciario se compromete a mencionar al BID y FOSEP como las entidades fi nancieras, en los informes parciales y fi nales de

los estudios, así como en la publicidad de cualquier clase que eventualmente se haga de los mismos.

7. El Benefi ciario proveerá al Comité Técnico de Seguimiento y al Supervisor del estudio, las facilidades de local, transporte, servicios

secretariales y otros que sean requeridos para el efi ciente desempeño de sus funciones.

K. SUSPENSIÓN DE DESEMBOLSOS

El FOSEP, se reserva el derecho de suspender los desembolsos de este fi nanciamiento, cuando compruebe que el Benefi ciario o los Con-

sultores Contratados no están cumpliendo a cabalidad las obligaciones contraídas.

II. Asignar al Ministerio de Economía, en adelante denominado “El Benefi ciario”, la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA

Y SIETE 35/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 8,697.35), con carácter reembolsable y con cargo a los

Recursos Propios del FOSEP, para pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), y completar

el monto total necesario para contratar el estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336 KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA

ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL

MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1,100 km. de Líneas de Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona

Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio (MCC), bajo las condiciones siguientes:

A. Monto Máximo

Hasta la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE 35/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

(US$ 8,697.35).

B. Tasa de servicio

El seis punto cinco por ciento (6.5 %) anual sobre saldos insolutos revisable semestralmente.

C. Comisiones

De compromiso:

Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo, hasta el 31 de diciembre de 2007, revisable semes-

tralmente.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

De Servicio:

Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo, hasta el 31 de diciembre de 2007 revisable semestral-

mente.

De Administración:

El tres por ciento (3 %) anual sobre saldos de cuotas vencidas.

D. Plazo

Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la fi rma del Contrato de Consultoría.

E. Destino:

Pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336

KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO

LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1.100 km., de Líneas de

Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio (MCC).

F. Período de Desembolsos:

Máximo doce (12) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Benefi ciario en el Contrato de Consultoría, vencido dicho

plazo se prorrogará automáticamente por seis meses a partir de la fecha de su vencimiento.

G. Forma de desembolso:

Los desembolsos serán escalonados, de acuerdo a la presentación del avance del estudio, de conformidad al literal G del Romano I de esta

Resolución.

H. Forma de Reembolso:

Mediante catorce (14) cuotas semestrales vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el periodo de

gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.

I. Condición Especial:

En el caso que la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), fuera modifi cada en su

porcentaje de pago, esta resolución se modifi cará en el monto necesario, de manera de que se pueda cumplir con la obligación que estipula

la Ley.

III. De acuerdo a lo establecido en el Artículo 16 literal i) de la Ley del FOSEP, autorízase al Presidente del FOSEP, para suscribir el Contrato

de Consultoría con el Consultor Ing. Pedro Salvador Manzano Reyes, para la realización del estudio “GRUPO A: PREDISEÑO DE 336

KM. DE LÍNEAS DE DISTRIBUCIÓN PARA LA ELECTRIFICACIÓN RURAL DE LA ZONA NORTE DE EL SALVADOR, BAJO

LA INICIATIVA DE LA CUENTA DEL RETO DEL MILENIO (MCC)”, que forman parte de los Prediseños de 1.100 km. de Líneas de

Distribución para la Electrifi cación Rural de la Zona Norte de El Salvador, bajo la Iniciativa de la Cuenta del Reto del Milenio (MCC).

COMUNÍQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República) El Ministro de Hacienda, WILLIAM JACOBO HANDAL HANDAL.

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

ACUERDO No. 654.

San Salvador, 5 de julio del 2007.

El Organo Ejecutivo en el Ramo de Economía, de conformidad con la Autorización de la Presidencia de la República No. 0467 de fecha 22 de

junio del 2007.

ACUERDA:

I - Legalizar la Misión Ofi cial del Licenciado EDUARDO ARTURO AYALA GRIMALDI, Viceministro de Economía, quien viajó a BERLIN,

ALEMANIA y BRUSELAS, BELGICA, los días del 9 al 16 de junio del 2007.

II - El objeto de la misión fue asistir a REUNION DE INTERCAMBIO DE OPINIONES SOBRE EL TEMA “RELACIONES COMERCIALES

ENTRE LA UNION EUROPEA Y CENTROAMERICA”.

III - Al Licenciado Ayala Grimaldi se le reconocieron: Tres cuotas de viáticos adicionales por los días del viaje $ 780.00 más cuota fi ja para

gastos terminales $ 45.00, fi nanciados con recursos del Fondo General, los demás gastos fueron fi nanciados en su totalidad con fondos del

Gobierno de ALEMANIA. COMUNIQUESE. BLANCA IMELDA DE MAGAÑA VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.

ACUERDO No. 15 - 0769.-

San Salvador uno de junio del 2007.

LA MINISTRA DE EDUCACION, en uso de las facultades legales que le confi ere el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERAN-

DO: I) Que con fecha nueve de diciembre del año dos mil cinco, se emitió el Decreto Legislativo Numero ochocientos noventa y cinco, publicado en

el Diario Ofi cial número Doce, Tomo trescientos setenta, de fecha dieciocho de enero del dos mil seis; II) Que dicho Decreto contiene disposiciones

de excepción y transitorias, que permiten que todas las personas que sin estar inscritas en el registro escalafonario, estén ejerciendo la docencia a la

fecha de la vigencia de la Ley de la Carrera Docente, continuarán desempeñando sus cargos y tendrán los derechos y obligaciones establecidos, pero el

Ministerio de Educación dictará las disposiciones necesarias que obliguen a aquellas a regular su situación, antes del treinta y uno de diciembre del año

dos mil siete; III ) Que en vista de lo anterior es procedente emitir por parte de este Ministerio una normativa que se denomina NORMATIVA PARA

LA APLICACIÓN DEL DECRETO OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO, REFERENTE A LA LEGALIZACIÓN DEL ESTATUS LABORAL DE

LOS DOCENTES IDONEOS; POR TANTO: ACUERDA: I ) Aprobar en todas y cada una de sus partes la NORMATIVA PARA LA APLICACIÓN

DEL DECRETO OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO, REFERENTE A LA LEGALIZACIÓN DEL ESTATUS LABORAL DE LOS DOCENTES

IDONEOS, la cual será de carácter obligatorio para todas las personas que sin estar escalafonadas, han estado ejerciendo la docencia antes y después

de la vigencia de la Ley de la Carrera Docente; COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 086.

SAN SALVADOR, 19 de julio de 2007.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las disposiciones especiales 1ª.- a), 2ª.-, 3ª.-, 4ª.- a), 5a.- a) 5., y

10ª.-, del Acuerdo Ministerial No. 1723 de fecha veinticinco de octubre de dos mil seis, ACUERDA: OTORGAR al señor Tcnel. Inf. DEM JOSÉ

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ANTONIO LEIVA LOBATO, Profesor Militar Invitado del Reino de España, la Condecoración ESTRELLA “POR SERVICIOS DISTINGUIDOS”,

por estrechar relaciones y contribuir al fortalecimiento de la Fuerza Armada de El Salvador en el campo docente como Profesor Militar Invitado del

CODEM. OTTO ALEJANDRO ROMERO ORELLANA, GENERAL DE DIVISION, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No. 087.

San Salvador, trece de julio del año dos mil siete.-

EL ORGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución del Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio veintidós de las Dili-

gencias Promovidas por la señora CARLOTA ISABEL MEJIA DE PINEDA hoy Viuda de PINEDA, conocida por CARLOTA ISABEL MEJIA, con

Documento Unico de Identidad Número 02408424-6, en calidad de esposa del extinto Miembro de Escoltas Militares de Barrio, Colonia y Cantón,

señor LUIS HERMINIO PINEDA IRAHETA, conocido por LUIS HERMINIO PINEDA.

CONSIDERANDO:

1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 447 de fecha once de

diciembre de 1985, que éste falleció a las quince horas con diez minutos del día 10 de junio del 2007, a consecuencia de Paro Respiratorio

por Infarto al Miocardio, con asistencia médica, lo que comprueba con la Certifi cación de la Partida de Defunción contenida a folio dos

extendida en la Alcaldía Municipal de San Isidro, Departamento de Cabañas, extendida el doce de junio de dos mil siete, que la señora

CARLOTA ISABEL MEJIA DE PINEDA hoy Viuda de PINEDA, conocida por CARLOTA ISABEL MEJIA, fue esposa del fallecido

pensionado señor LUIS HERMINIO PINEDA IRAHETA, conocido por LUIS HERMINIO PINEDA, vínculo que comprueba por medio

de la Certifi cación de la Partida de Matrimonio, contenida a folio tres extendida en la Alcaldía Municipal de San Isidro, Departamento de

Cabañas, extendida el doce de junio del dos mil siete.

2. Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de Diciembre de 1980,

publicado en el Diario Ofi cial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha, artículo uno del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de Marzo

de 1989; el Instructivo No. 5061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20

de noviembre de 1996, y el Dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en ofi cio No. 0922 de fecha 04 de julio del 2007, en

que se establece que se procede acceder a lo solicitado.

POR TANTO.

En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas:

ACUERDA:

Asignar a partir del día 10 de junio 2007, a favor de la señora CARLOTA ISABEL MEJIA DE PINEDA hoy Viuda de PINEDA, conocida por

CARLOTA ISABEL MEJIA, el MONTEPIO MILITAR MENSUAL de TREINTA Y CUATRO DOLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE

DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($34.29), que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio

de Hacienda. COMUNIQUESE. (RUBRICADO POR EL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y COMANDANTE GENERAL DE LA

FUERZA ARMADA). ABREGO ABREGO, VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 1097-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha cinco

de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FRANCISCO ULISES RAMIREZ IGLESIAS, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- G. A. ALVAREZ.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- -GUZMAN U. D.

C.- M. TREJO.- M. POSADA.-Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011728)

ACUERDO No. 1108-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha dieci-

nueve de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado HECTOR ALFREDO LOPEZ ASCENCIO, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.-VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN

U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.

RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011740)

ACUERDO No. 1167-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha quince de

marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado LUIS GERARDO CELIS BLOMGREN, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMU-

NIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U.D.C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA

A.- M. POSADA.-E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011715)

ACUERDO No. 1210-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha ocho

de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado DOUGLAS GEOVANNY CAMPOS VASQUEZ, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.-COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A.

CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.”

(Registro No. F011754)

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ACUERDO No. 1238- D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha dieciocho

de abril del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANNA NANCY JUAREZ MONTOYA, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

QUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- M. E. M. DE C.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- S. DE

MADRIZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- M. E. LEMUS.

(Registro No. F011744)

ACUERDO No. 1245- D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha vein-

tisiete de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARIA ROSALINA PEREIRA PEREIRA, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo.-COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A.

CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011723)

ACUERDO No. 1262-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha veintidós

de febrero del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARITZA DEL CARMEN LOPEZ AVILES, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- G. A. ALVAREZ .- VELASCO.- P. J.- VALDIV.-

GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

( Registro No. F011703)

ACUERDO No. 1267- D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha dieciséis

de abril del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada EDHA CRISTINA MARTIR GOMEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

QUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- M. E. M. DE C.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- S. DE

MADRIZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- M. E. LEMUS.

(Registro No. F011694)

ACUERDO No. 1307- D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha doce

de marzo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA JULIA GUEVARA DE MARQUINA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- P.J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.

POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011722)

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIAS

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-

CANOS, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte

minutos del día veintiséis de junio del presente año, se tuvo por aceptada

expresamente la herencia intestada y con benefi cio de inventario de los

bienes que a su defunción dejó el causante ROBERTO MARTINEZ

conocido por ROBERTO MARTINEZ ARIAS, quien falleció a las doce

horas del día treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y

nueve, en el Hospital Nacional Zacamil, siendo Mejicanos, su último

domicilio, de parte de la señora MARIA CECILIA LOPEZ VIUDA

DE MARTINEZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente. Se confi rió

además a la aceptante en el carácter antes indicado la Administración y

Representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación del

presente Edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas

y diez minutos del día veintiséis de junio de dos mil siete.- Lic. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN

ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 723-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-

CANOS, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte

minutos del día trece de junio del presente año, se tuvo por aceptada

expresamente la herencia intestada y con benefi cio de inventario de los

bienes que a su defunción dejó el causante SANTOS AVALOS conocido

por SANTOS AVALOS FLORES, quien falleció a la primera hora y diez

minutos del día diecinueve de diciembre de mil novecientos noventa y

seis, en Hospital del Seguro Social, siendo Mejicanos, su último domicilio,

de parte de la señora CRISTINA PERAZA conocida por CRISTINA

PERAZA MARTINEZ y de las menores KAREN TATIANA y LILIANA

LISBETH, ambas de apellidos AVALOS PERAZA, la primera en su con-

cepto de conviviente sobreviviente y las menores en su carácter de hijas

del causante, y como cesionarias del derecho hereditario que en dicha

mortual le correspondía a la señora VICTORIANA FLORES conocida

por VICTORIANA FLORES DE AVALOS como madre del causante.

Se confi rió además a las aceptantes en el carácter antes indicado la

Administración y Representación interina de la sucesión con las facul-

tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo

ejercerla las menores a través de su representante legal señora CRISTINA

PERAZA conocida por CRISTINA PERAZA MARTÍNEZ

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación del

presente Edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas

y diez minutos del día catorce de junio de dos mil siete. Lic. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN

ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 724-1

TITULOS SUPLETORIOS

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO,

HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado el Licenciado

Fredy Mauricio Calderón Sierra, en su carácter de Agente Auxiliar del

señor Procurador General de la República, en nombre y representación

del señor JOSÉ OVIDIO MAZARIEGO ORTIZ, solicitando obtener a

favor de dicho señor título supletorio de un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el Cantón San José, jurisdicción de Concepción de Ataco,

departamento de Ahuachapán, el cual tiene una extensión superfi cial de

doce mil trescientos treinta y ocho punto veintiséis metros cuadrados, que

linda así: AL NORTE, con Nora Arriaza de Quintanilla, AL ORIENTE,

Con María Eloísa Fagioli de Montes, camino de por medio, AL SUR,

con Ángela Pineda de Fagioli y AL PONIENTE, con Aída Guillermina

Monroy viuda de Granados.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las catorce horas diez mi-

nutos del día veintiocho de mayo del año dos mil siete.- Dr. JULIO

CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.-INOCENTE GRANILLO

CASTELLON, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 725-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de

la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de

la ley de esta Institución, EMPLAZAN: a los señores: MARIA ISABEL

LOPEZ ALFARO y CECILIO HERNANDEZ, o a sus representantes,

para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de

este edicto, comparezcan a manifestar su defensa en el presente Juicio

de Cuentas que se sigue en su contra por su actuación como Síndico

Municipal y Sexto Regidor respectivamente, en la Municipalidad de

San Juan Nonualco, Departamento de La Paz, durante el período del

uno de agosto de dos mil dos al treinta de abril de dos mil tres; Dicho

Juicio tiene por base legal el Pliego de Reparos No. II-JC-35-2007, el

que contiene dos reparos, Responsabilidad Patrimonial por la cantidad

de diez mil ciento sesenta y un dólares con cinco centavos ($10,161.05).

y Responsabilidad Administrativa.

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de

Cuentas de la República: San Salvador, a las once horas del día veinte

de julio de dos mil siete.

Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,

JUEZ DE CUENTAS.

Lic. WILFREDO BONIFACIO CORDOVA,

JUEZ DE CUENTAS.

Licda. BIRMANESA NELSY MANCIA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No.726

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de

la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88

de la Ley de esta Institución, EMPLAZAN: a la señora: CLAUDIA

ARELY PEÑA CRUZ, para que dentro de los cinco días siguientes a

la publicación de este edicto, comparezca a manifestar su defensa en el

presente Juicio de Cuentas, que se sigue en su contra por su actuación

como Quinta Regidora, en la MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN,

DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN, durante el período del uno de

enero de dos mil cuatro al treinta y uno de enero de dos mil seis. Dicho

Juicio tiene por base legal el Pliego de Reparos No. II-JC-40-2007,

con Responsabilidad Patrimonial por la cantidad de OCHO MIL SEIS-

CIENTOS TREINTA Y OCHO DOLARES CON DOS CENTAVOS

($8,638.02) y Responsabilidad Administrativa.

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de

Cuentas de la República: San Salvador, a las diez horas con veintiséis

minutos del día doce de julio de dos mil siete.

Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,

JUEZ.

Lic. WILFREDO BONIFACIO CORDOVA,

JUEZ.

Licda. BIRMANESA NELSY MANCIA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 727

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JUAN

CARLOS DUBON AYALA, que falleció el día trece de julio de dos

mil seis, en el Hospital Nacional de Jiquilisco, habiendo como último

domicilio esta ciudad, por parte de los menores ALLISON XIOMARA

y JUAN CARLOS, ambos de apellido DUBON VASQUEZ, en concepto

de hijos del causante y representados por su madre señora MARINA

DE JESUS VASQUEZ DE DUBON o MARINA DE JESUS VASQUEZ

MENDOZA; y se ha conferido a los aceptantes, interinamente, la admi-

nistración y representación de la sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este

aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintitrés días del

mes de mayo de dos mil siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ

DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 714-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día vein-

titrés de marzo de este año, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, la herencia intestada, que dejó LUIS ALONSO

CERON o LUIS ALONSO CERON VASQUEZ, fallecido el diez de

noviembre de dos mil seis, en Calle Principal, Cantón Las Animas de

Santiago Nonualco, su último domicilio, por parte de la menor MARLENE

CAROLINA CERON MEJIA, en concepto de hija del causante; repre-

sentada dicha menor por la Lic. LOYDA MARGARITA AREVALO

PORTILLO, en concepto de Agente Auxiliar del señor Procurador de

la República. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora

y representante de la sucesión y con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de abril de dos mil

siete. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 715-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor MARIANO

ALIRIO MARTÍNEZ MENJIVAR, que falleció el día cinco de junio de

dos mil cinco, en el cantón Penitente Arriba de esta jurisdicción, su último

domicilio, por parte de la señora MARIA DOLORES RUANO PÉREZ, y

de los menores YEISON ALIRIO, YENIFER ALICIA, JORDAN ALIRIO

y MARIANA ELIZABETH, todos de apellido RUANO MARTÍNEZ, la

primera en concepto de conviviente, y los menores, representados por su

madre señora Ruano Pérez mencionada, en concepto de hijos del fi nado;

y se les ha conferido la administración y representación interinas de la

sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este

aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los tres días del mes

de julio de dos mil siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO

CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 716-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor BRAULIO

HERNÁNDEZ, que falleció el día diez de septiembre de mil novecientos

ochenta, en el cantón Pineda de esta jurisdicción, su último domicilio, por

parte de su hijo señor OVIDIO PABLO HERNÁNDEZ, a quien se le ha

conferido la administración y representación interinas de la sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente día

de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los tres días del mes

de julio de dos mil siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO

CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 717-2

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora MARIA

JUSTA ALVARADO, conocida por MADRIA JUSTA ALVARADO DE

RENDEROS, MARIA ALVARADO y por MARIA ALVARADO DE

RENDEROS, que falleció el día veintitrés de julio de mil novecientos

noventa y tres, en el cantón San Rafael, jurisdicción de esta ciudad,

su último domicilio, por parte de la señora VIRGINIA RENDEROS

ALVARADO, en concepto de hija de la causante; y se le ha conferido

la administración y representación interinas de la sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los tres días del mes

de mayo de dos mil siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE

LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 718-2

TITULO SUPLETORIO

El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licencia-

da Loyda Margarita Arévalo Portillo, en concepto de Agente Auxiliar

del señor Procurador General de la República y en representación de

la señora CARMEN TEJADA DE CASTILLO o CARMEN TEJADA

GAMEZ, solicitando a favor de su representada título supletorio de un

inmueble rústico, situado en el Cantón San Juan Nahuistepeque, San Pedro

Nonualco, de una capacidad superfi cial de SEISCIENTOS NOVENTA Y

UNO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, aproximada-

mente; que mide y linda: NORTE, veintiún metros diez centímetros, con

David Meléndez y Carretera Nacional de por medio; ORIENTE, treinta

y cuatro metros, antes con Rubenia María Díaz Bayona, actualmente

con David Meléndez; SUR, veintidós metros diez centímetros, antes

con Irma Elizabeth Valencia de Gómez, actualmente con Rubenia María

Díaz Bayona, quebrada de invierno de por medio; y PONIENTE, treinta

y tres metros ochenta y cinco centímetros, antes con Carlos Montoya

Mendoza, actualmente con Francisco Merino y Carretera de por medio.

Dice la solicitante que su representada adquirió dicho terreno por compra

que de ella hizo al señor NICOLÁS MELÉNDEZ.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dos de julio de dos mil

siete.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 719-2

SUBASTA PÚBLICA

ÁNGELA DEL CARMEN TORRES DE ALBERTO, JUEZA DE

LO LABORAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL

PÚBLICO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída el

día diez de julio del año dos mil siete, en el Juicio Individual de Trabajo,

promovido por la Procuradora de Trabajo, Licenciada DINA GEMALY

HERNÁNDEZ GUADRÓN, en nombre y representación de la trabajadora

BLANCA ISABEL RIVERA CARDOZA, contra el señor RICARDO

ARTURO CAMPOS RODRÍGUEZ, reclamando indemnización por des-

pido de hecho y otras prestaciones laborales, según Exp. No. 279/05.- Se

venderá en pública subasta el: A) 1 esmeril de 2 piezas una ordinaria

y una fi na, marca Gruender, B) 1 conjunto para motor de carro, marca

Nissan para rectifi cado de motor, C) 1 pieza conocida como Maxi freno,

y D) 10 cajas de empaques Air Masters.

Librado en el Juzgado de lo Laboral: Santa Ana, a las quince ho-

ras y cincuenta minutos del día diez de julio del dos mil siete.- Licda.

ÁNGELA DEL CARMEN TORRES DE ALBERTO, JUEZA DE LO

LABORAL.- Lic. JAIME ERNESTO URRUTIA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 720-2

DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIAS

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO

DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PU-

BLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su

defunción acaecida, el día diecinueve de septiembre de dos mil cinco,

en el Cantón Tronalagua de esta jurisdicción, siendo Sensuntepeque,

Departamento de Cabañas su último domicilio; dejó el señor JOSE JOR-

GE FERNANDEZ ORTIZ, quien fue de setenta y seis años de edad,

soltero, jornalero, hijo de Félix Fernández y Julia Ortíz, originario de

esta ciudad; de parte de la señora MARIA FERMINA MOLINA DE

BELTRAN, como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

de hermana del causante le correspondían a la señora MARIA JULIA

FERNANDEZ VIUDA DE MOLINA, representada por la Licenciada

MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, como Agente Auxiliar

del señor Procurador General de la República. Habiéndosele conferido a

la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-

sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia

dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

quince días del mes de junio de dos mil siete. Lic. JOSE ANGEL PO-

SADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO

ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTERINO.

Of. 3 v. alt. No. 698-3

TITULOS SUPLETORIOS

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO

DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ, en calidad de Agente

Auxiliar del Procurador General de la República, en representación del

señor LUCAS GARCIA ESCALANTE, de sesenta y un años de edad,

Jornalero, del domicilio de Victoria, con residencia en el Cantón San

Antonio, Caserío San Francisco, Jurisdicción de Victoria, Departamento

de Cabañas, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, a favor

del expresado señor GARCIA ESCALANTE, de un inmueble de natu-

raleza rústica, situado en el Cantón San Antonio de la Jurisdicción de

Victoria, departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial de DOS

MIL SETECIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS, de los

linderos y colindancias siguientes: AL ORIENTE, veintiocho metros,

con terreno de José Israel Escalante, quebrada de por medio; AL SUR,

setenta y dos metros, con terreno de Enrique Hernandez Escobar, cerco

de piña de por medio; AL PONIENTE, dos tramos así, uno de sur a norte,

dieciséis metros, con José Luis Baires Escobar, camino vecinal de por

medio y dos, de cincuenta y siete metros de sur a norte, separados por

cerco de alambre; Y AL NORTE, treinta y seis metros, con la Asociación

de Desarrollo Comunal del Caserío San Francisco, divididos por cerco

de alambre. Tiene como accesorio construida una casa de sistema de

adobe, techo de tejas con dos corredores. Lo adquirió por compra que

le hizo al señor ERNESTO ESCALANTE PORTILLO, en el año de dos

mil cinco. Lo valora en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

cinco días del mes de julio de dos mil siete. Lic. JOSE ANGEL POSADA

CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO ERNESTO

MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTO.

Of. 3 v. alt. No. 699-3

HERENCIA YACENTE

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos

del día siete de junio del corriente año, se ha declarado yacente la herencia

que a su defunción dejó la señora LAURA ILDEFONSA VAQUERANO

conocida por LAURA VAQUERANO DE CUELLAR, quien fue LAURA

ILDEFONSA VAQUERANO conocida por LAURA VAQUERANO DE

CUELLAR. mayor de edad, de ofi cios domésticos, fallecida a las diez

horas del día once de abril del año de mil novecientos ochenta y dos, en

el Cantón San Pedro, jurisdicción de Apastepeque, de este departamento,

lugar de su último domicilio; y habiendo transcurrido el término de ley

sin que persona alguna se haya presentado aceptando su herencia, en

consecuencia de conformidad con el Art. 1164 C., declárase yacente tal

herencia, se ha nombrado curador de la misma para que represente a la

sucesión, al Licenciado ERNESTO ANTONIO SOTO IBARRA, quien

es mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Vicente, a quien deberá

hacérsele saber este nombramiento en Quinta calle Oriente número diez

guión A, contiguo al Centro Judicial, de esta ciudad, para su aceptación

y demás efectos legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas

veinte minutos del día siete de junio del año dos mil siete.- Dra. ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 702-3

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIAS

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas cuarenta y siete minutos del día tres de julio del corriente

año, se han declarado herederas abintestato, con benefi cio de inventario,

de la herencia intestada dejada a su defunción por la causante ANGELA

SANCHEZ ROMERO, ocurrida el día veintiuno de septiembre de dos

mil seis, en esta ciudad, siendo Colón el lugar de su último domicilio,

a las señoras MARTA ROMERO, TERESA ROMERO DE RAMOS,

MARIA MAGDALENA ROMERO, ANA ISABEL ROMERO DE

MELENDEZ y MARIA REYNA ROMERO o MARIA REYNA RO-

MERO DE RODRIGUEZ, en calidad de hijas de la causante; y se ha

conferido a las herederas declaradas, la administración y la representación

defi nitivas de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas

treinta y cinco minutos del día diecisiete de julio de dos mil siete.- LIC.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

1 v. No. F011700

SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ, Notario, de este domicilio,

con despacho notarial ubicado en Edifi cio Banco Salvadoreño, Avenida

Monseñor Oscar A. Romero, número ciento veintinueve local trescientos

sesenta y dos, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las nueve horas y diez minutos del día veinticinco de mayo del año dos

mil siete, se ha declarado al señor RUFINO BELTRÁN ROJAS, heredero

defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción,

en el Cantón Candelaria Jurisdicción de San Francisco Chinameca,

departamento de La Paz, su último domicilio, el día catorce de enero

de mil novecientos ochenta y nueve, dejara el señor RAMON ROJAS

LOPEZ, en su concepto de hijo sobreviviente del causante; habiéndole

concedido la representación y administración defi nitiva de la referida

sucesión intestada.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los treinta de mayo del año dos mil

siete.-

LICDA. SONIA ELIZABETH MOLINA CORTEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011712

LUIS YULBRAN SILVA FLORES, Notario, de este domicilio y de San

Salvador, con ofi cina profesional ubicada en Avenida Quince de Sep-

tiembre, número Cinco, Barrio Mercedes de la ciudad de Tonacatepeque,

departamento de San Salvador, al público,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las siete horas y treinta minutos del día veinticuatro de julio de dos mil

siete, se ha declarado a la señora ROSA ELENA TORRES VIUDA DE

TORRES conocida por ROSA TORRES, ROSA ELENA TORRES y

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

ROSA ELENA TORRES DE TORRES, Heredera Defi nitiva con benefi cio

de inventario, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el

Cantón Veracruz de la ciudad de Tonacatepeque, departamento de San

Salvador, a las dos horas del día seis de noviembre de dos mil siete, siendo

dicha ciudad su último domicilio, dejara el señor LADISLAO TORRES

conocido por LADISLAO TORRES TORRES, en su calidad de cónyuge

sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la Administración y

representación defi nitiva de la referida sucesión.-

Librado en la ciudad de Tonacatepeque, departamento de San

Salvador, a los veinticuatro días del mes de julio de dos mil siete.-

LIC. LUIS YULBRAN SILVA FLORES,

NOTARIO.

1 v. No. F011718

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLEN-

TE DE ESTE DISTRITO:

AVISA: Que por resolución de las nueve horas cuarenta y cinco

minutos del día veinticinco de Mayo del presente año ha sido declarada

heredera abintestato con benefi cio de inventario de la herencia dejada

por el señor FELIPE MORAN PEREZ, fallecido el día siete de Julio de

mil novecientos noventa y tres en esta ciudad, siendo la Población de

Sonzacate su último domicilio, a la señora GILBERTA ZEPEDA, en

concepto de Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en la referida

herencia le correspondían al señor Fernando Zepeda Morán, éste como

hijo del Causante.-

Se ha conferido a la heredera declarada la administración y

representación defi nitivas de la sucesión.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día diecio-

cho de Junio del año dos mil siete.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ

HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. CECILIA DEL

CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F011775

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIME-

RA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE,

DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS

EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce

horas de este día, se ha declarado heredero abintestato y con benefi cio

de inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción

acaecida, el día veinticuatro de septiembre de dos mil seis, en Guacotecti,

Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio;

dejó la señora VICTORIA REYES DE BARRERA o VICTORIA REYES

o VICTORIA REYES RUIZ DE BARRERA, quien fue de sesenta y cuatro

años de edad, casada, de ofi cios domésticos, hija de Onofre Antonio Reyes

y Telesfora Ruíz, originaria de Guacotecti, Departamento de Cabañas;

de parte del señor JUAN JOSE BARRERA, en calidad de cónyuge de

la causante. Habiéndosele conferido al heredero la administración y

representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

dieciséis días del mes de julio de dos mil siete. LIC. JOSE ANGEL

POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO

ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F011788

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO

DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PU-

BLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce

horas con diez minutos de este día, se ha declarado heredera abintestato

y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los bienes que a

su defunción acaecida, el día dos de julio de dos mil seis, en esta ciudad,

siendo el mismo lugar su último domicilio; dejó el señor ANDRES AL-

BERTO MARTINEZ MARTINEZ, quien fue de treinta y seis años de

edad, casado, comerciante, hijo de Agapito Alfaro Martínez, conocido

por Agapito Martínez; y Marcelina Martínez de Alfaro, conocida por

Marcelina Martínez, originario de esta ciudad; de parte de la señora

MARIA PASTORA MERCADO DE MARTINEZ, en calidad de cónyuge

del causante. Habiéndosele conferido a la heredera la administración y

representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

dieciséis días del mes de julio de dos mil siete. LIC. JOSE ANGEL

POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO

ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTERINO.-

1 v. No. F011789

El suscrito Notario, RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO, con

Ofi cina Profesional situada en Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Ro-

mero Edifi cio Ciento Veintinueve, Tercer Nivel número Trescientos

Diecinueve, de esta ciudad,

HACE SABER: Que de conformidad con la prueba presentada y

constando que han transcurrido más de quince días después del aviso de

haber tenido por aceptada expresamente de parte de la señora MARTA

VIRGINIA CABRERA MOLINA DE GIRON, como heredera y como

cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora

MARTA DOLORES MOLINA DE CABRERA, la herencia intestada

que a su defunción, dejó el señor ARMANDO CABRERA ARTIGA,

conocido por ARMANDO CABRERA y también por ARMANDO

ARISTIDES CABRERA ARTIGA, fallecido en la ciudad de San Sal-

vador, siendo su último domicilio en Colonia Quezaltepec, Pasaje “O”,

casa número ocho, Santa Tecla, Departamento de La Libertad, sin que

dentro de dicho término se haya presentado persona alguna a alegar igual

o mejor derecho; por resolución de las quince horas del día diez de julio

de este año, de conformidad con el Artículo Mil Ciento Sesenta y Cinco

del Código Civil y Artículo Diecinueve de la Ley del Ejercicio Notarial

de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias, ha sido declarada

HEREDERA DEFINITIVA, con benefi cio de inventario la señora MARTA

VIRGINIA CABRERA MOLINA DE GIRON, de los bienes que a su

defunción dejó el señor ARMANDO CABRERA ARTIGA, conocido

por ARMANDO CABRERA y también por ARMANDO ARISTIDES

CABRERA ARTIGA, quien fue de ochenta años de edad, Sastre, fallecido

en esta ciudad, a las dieciséis horas del día nueve de diciembre de dos mil

seis, siendo su último domicilio en Colonia Quezaltepec, Pasaje “O”, casa

número ocho, Santa Tecla, Departamento de La Libertad, habiéndosele

conferido la administración y representación defi nitiva de la sucesión y

ordenado dar los avisos correspondientes.

Librado en San Salvador, a los veinte días del mes de julio de dos

mil siete.

RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO,

NOTARIO.

1 v. No. F011795

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

El suscrito Notario, RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO, con

Ofi cina Profesional situada en Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Romero

número Ciento Veintinueve, Edifi cio Banco Salvadoreño, Tercer Nivel

número Trescientos Diecinueve, de esta ciudad,

HACE SABER: Que de conformidad con la prueba presentada y

constando que han transcurrido más de quince días después del aviso

de haber tenido por aceptada expresamente de parte del señor PEDRO

RIVERA TURCIOS, la herencia intestada de los bienes que a su defun-

ción dejó la causante señora TELMA ISABEL MELGAR DE RIVERA,

fallecida a las diecinueve horas cero cero minutos del día catorce de marzo

de dos mil siete, en Cantón Las Piedras, jurisdicción de la Villa de Santa

Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, siendo este mismo su último

domicilio, sin que dentro de dicho término se haya presentado persona

alguna a alegar igual o mejor derecho, por resolución de las nueve horas

del día once de julio de este año, de conformidad con el Artículo Mil

Ciento Sesenta y Cinco del Código Civil y Artículo Diecinueve de la Ley

del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias,

han sido declarado HEREDERO DEFINITIVO con benefi cio de inventario

al señor PEDRO RIVERA TURCIO, de los bienes que a su defunción

dejó la causante TELMA ISABEL MELGAR DE RIVERA, quien fue

de cuarenta años de edad, ofi cios domésticos, fallecida a las diecinueve

horas cero cero minutos del día catorce de marzo de dos mil siete, en

Cantón Las Piedras, jurisdicción de la Villa de Santa Isabel Ishuatán,

Departamento de Sonsonate, siendo este mismo su último domicilio,

habiéndosele conferido la administración y representación defi nitiva de

la sucesión y ordenado dar los avisos correspondientes.-

Librado en San Salvador, a los veinte días del mes de julio de dos

mil siete.-

RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO,

NOTARIO.

1 v. No. F011796

RAUL ANGEL CALDERON, Notario, de este domicilio, con despacho

notarial ubicado en Trece Calle Oriente y Pasaje Sagrera, Centro Comercial

Metro España, Local Doscientos Uno, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas, del día catorce de julio del dos mil siete, se han De-

clarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario a los señores

IRMA ROXANA TINOCCO GUIROLA y FRANCISCO RODRIGO

GUIROLA BEECHE, de la herencia testamentaria que a su defunción,

ocurrida en el Hospital Militar de esta ciudad, a las tres horas del día

veintiséis de marzo del dos mil siete, dejó el señor RAFAEL ANGEL

RAMON CRESCENCIO GUIROLA C/P RAFAEL GUIROLA, quien

fue de ochenta y siete años de edad, Agricultor, originario de Nueva San

Salvador hoy Santa Tecla, siendo su último domicilio la ciudad de San

Salvador, de parte de los señores IRMA ROXANA TINOCCO GUIRO-

LA y FRANCISCO RODRIGO GUIROLA BEECHE, en su concepto

de herederos testamentarios del causante; habiéndoles concedido la

Representación y Administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los catorce días del mes

de julio del dos mil siete.

RAUL ANGEL CALDERON,

NOTARIO.

1 v. No. F011802

JUANA DOLORES LOPEZ REYES, NOTARIO, DEL DOMICILIO

DE SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, con

ofi cina en Pasaje 3, No. 15-A, Urbanización Santa Adela, Centro de

Gobierno, Ciudad.

AVISA: Que por resolución dictada por la suscrita a las trece ho-

ras de este día, ha declarado heredera con benefi cio de inventario de la

herencia intestada que dejó la causante señora MARIA MARGARITA

RODRIGUEZ, conocida por JUANA MARGARITA RODRIGUEZ,

defunción ocurrida el día cinco de febrero de mil novecientos noventa

y siete, en Reparto Guadalupe, Jurisdicción de Soyapango, Departamento

de San Salvador, siendo ese su último domicilio; a la señora ROSA AL-

BERTA RODRIGUEZ DE CHAVEZ, en concepto de hija de la de cujus;

a quien se le ha conferido la administración y representación defi nitiva

de los bienes de la sucesión.

Page 48: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Lo que hace saber para los efectos de ley.

San Salvador, diecisiete de julio de dos mil siete.

JUANA DOLORES LOPEZ REYES,

NOTARIO.

1 v. No. F011803

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, este mismo

día, ha sido declarado heredero abintestato y con benefi cio de inventario de

la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día seis de noviembre

del dos mil cuatro en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo

el Cantón Primavera de esta jurisdicción el lugar de su último domicilio,

dejó la señora ILDA DEL CARMEN CRUZ conocida por ILDA DEL

CARMEN CRUZ DE CUELLAR, HILDA DEL CARMEN CRUZ e

HILDA DEL CARMEN CRUZ DE CUELLAR a: FREDY OBDULIO

CUELLAR CRUZ, en su calidad de hijo de la causante antes referida

confi riéndosele DEFINITIVAMENTE la Administración y Representa-

ción de la Sucesión expresada.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las quince horas con veinte minutos del día cinco de junio del

año dos mil siete. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS

DE GARCIA, SECRETARIO.

1 v. No. F011830

Licenciada BESSIE LIZET BONILLA DE REGALADO, Notario, del

domicilio de Santa Ana, con ofi cina establecida en Urbanización Altos

del Palmar, Block “B”, Polígono uno casa número once de la ciudad de

Santa Ana, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario proveída

a las diez horas del día veintitrés de Julio del año dos mil siete, se ha

declarado heredera defi nitiva Ab- intestato, con benefi cio de inventario

del señor JOSE JULIO MORAN conocido por JULIO CRUZ y JULIO

CRUZ MORAN, quien falleció el día seis de mayo de mil novecientos

noventa y tres, en la Ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio

el Cantón Nancintepeque, Departamento de Santa Ana, a la señora MA-

RIA DE LOS ANGELES GUIROLA CRUZ hoy de PORTILLO, en su

calidad de hija del causante y se le confi rió a la heredera declarada la

administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la ofi cina del Notario Bessie Lizet Bonilla de Regalado,

a las ocho horas del veinticuatro de Julio del año dos mil siete.

Lic. BESSIE LIZET BONILLA DE REGALADO,

NOTARIO.

1 v. No. F011833

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve

horas y cincuenta minutos de este día, se ha declarado heredero defi nitivo

con benefi cio de inventario en la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante señor CRESENCIO PEREZ, ocurrida el día catorce

de mayo del año de mil novecientos cincuenta, en el Cantón La Ceiba,

jurisdicción de Candelaria de este Departamento; al señor TEODORO

PEREZ NAVIDAD, en su carácter de hijo sobrevivientes del referido

causante; Habiéndose conferido al aceptantes la administración y repre-

sentación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas

del día trece de julio del año dos mil siete. Lic. MANUEL PAZ CANA-

LES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA,

SECRETARIO.

1 v. No. F011849

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

ACEPTACION DE HERENCIAS

RINA MARGARITA ASCENCIO MUÑOZ, Notario, de este domicilio,

con despacho notarial ubicado en la Veintisiete Calle Poniente número

cuatrocientos ocho,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario proveída

a las nueve horas del día veinticuatro de julio del año dos mil siete, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Neumológico

del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de San Salvador, a las quince

horas con diez minutos del día once de mayo del dos mil siete, dejó

el señor RAMON LOPEZ CHAVEZ, de parte de las señoras MARIA

TERESA RODRÍGUEZ DE LOPEZ, MARIA ROSARIO LOPEZ

RODRÍGUEZ, MARTA SILVIA LOPEZ RODRIGUEZ, ANA MARINA

RODRIGUEZ LOPEZ, hoy DE CHEVEZ, y SANDRA ELIZABETH

LOPEZ RODRÍGUEZ; la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente,

y las demás de hijas sobrevivientes del causante, habiéndose conferido

interinamente la administración y representación de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en San Salvador el día veinticuatro de julio del año dos

mil siete.

RINA MARGARITA ASCENCIO MUÑOZ,

NOTARIO.

1 v. No. C011030

JOSE SALVADOR CAZUN, Notario, del domicilio de Santa Ana y

Sonsonate, con despacho jurídico en Sexta Avenida Sur, Edifi cio El

Cordobés, Planta Baja, Local tres, de la ciudad de Sonsonate.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las doce horas del día veintitrés de julio de dos mil siete, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario por derecho propio,

la Herencia Intestada que a su defunción dejara la señora PETRONA DEL

CARMEN CARRANZA, quien falleció el día veintisiete de noviembre

de mil novecientos ochenta y seis, a la edad de cincuenta y siete años, en

el Barrio Santa Lucía, de la ciudad de Juayúa de este departamento, de

parte de la señora ANA LUISA HERRADOR DE ESCOBAR, conocida

por ANA LUISA CARRANZA DE ESCOBAR, ANA LUISA HERRA-

DOR CARRANZA, ANA LUISA CARRANZA HERRADOR y por

ANA LUISA HERRADOR, en concepto de HERMANA sobreviviente

de dicha causante, habiéndose conferido a la aceptante la administración

y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario JOSE SALVADOR CAZUN, en

la ciudad de Sonsonate, a los veintitrés días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. JOSE SALVADOR CAZUN,

NOTARIO.

1 v. No. F011763

ROMEL MORALES RUIZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubi-

cada en Setenta y Cinco Av. Norte y Calle Mano de León, Residencial

Villa Valencia, No. 23 San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día veintitrés de julio de dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

testamentaria que a su defunción, ocurrida en el Hospital Militar de la

Ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador el día nueve

de julio dos mil siete, dejó el señor ROGOBERTO ROJAS conocido

por RIGOBERTO DE JESUS ROJAS, por parte de las señoras Esposa

Delmi Esperanza Menéndez de Rojas, e Hijas: Linda Margarita Rojas

Menéndez y Xiomara Delmy Rojas Menéndez en concepto de HEREDE-

RAS TESTAMENTARIAS sobrevivientes del causante, habiéndoseles

conferido la administración y representación Interina de la sucesión, con

las facultades de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos sobre la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario Romel Morales Ruíz. En La

ciudad de San Salvador, a las trece horas del veintitrés de julio de dos

mil siete.

Lic. ROMEL MORALES RUIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011800

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

RAFAEL ANTONIO LOPEZ DAVILA, Notario de este domicilio, con

ofi cina Jurídica en Final Trece Calle Poniente, Condominio Centro de

Gobierno, local once, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día vein-

ticinco del presente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor LUIS

EDUARDO PACHECO quien falleció el día veintisiete de marzo del

año dos mil siete, en el Parqueo Contiguo a Pasaje y Polígono cuatro,

Urbanización Santisima Trinidad, de la jurisdicción de Ayutuxtepeque, de

este departamento, siendo su último domicilio la ciudad de Santa Tecla,

departamento de La Libertad, de parte de la señora LILIAN ROSARIO

PACHECO, conocida por LILIAN DEL ROSARIO PACHECO en su

calidad de MADRE del Causante; y se le ha conferido a la aceptante la

administración y representación interina de la Herencia Yacente.

Y cita a los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro de los quince días contados desde

el siguiente al de la última publicación del presente edicto.

San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del día veinticinco

de Junio del año dos mil siete.

RAFAEL ANTONIO LOPEZ DAVILA,

NOTARIO.

1 v. No. F011821

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzga-

do a las doce horas y cincuenta minutos de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los

señores JOSE EFRAIN UMAÑA ANDRADE, de treinta y tres años de

edad, jornalero, del domicilio de Jocoro, departamento de Morazán; con

Documento Unico de Identidad número cero dos millones seiscientos

noventa y nueve mil seiscientos cuatro, guión uno, y JUAN CARLOS

UMAÑA ANDRADE, de treinta años de edad, empleado del domicilio

de El Divisadero, Departamento de Morazán, con Documento Unico

de Identidad número cero tres millones, doscientos veintitrés mil ciento

setenta y siete guión siete; la herencia que en forma intestada dejó el

señor JOSE JUAN ANDRADE, quien fue de sesenta y dos años de edad,

Agricultor en Pequeño, soltero, originario de San Miguel, de Naciona-

lidad salvadoreña, hijo de SABINO ANDRADE y MARIA ARCADIA

OSORIO; quien falleció a las quince horas y cuarenta y cinco minutos

del día siete de febrero del año dos mil dos; siendo su último domicilio

la Villa de El Divisadero, departamento de Morazán; en concepto de

hijos del referido causante. Se ha conferido a los referidos aceptantes

en la calidad expresada la administración y representación INTERINA

de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de

la Herencia Yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a

las catorce horas y veinte minutos del día siete de mayo de dos mil

siete. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1º. DE 1ª.

INSTANCIA. Lic.. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011707-1

LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que por resolución dictada por este Juzgado a

las ocho horas veinte minutos del día tres de julio del corriente año.

Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSE JACOB

MELENDEZ conocido por JOSE JACOBO MELENDEZ HERNANDEZ

quien falleció a las siete horas del día ocho de octubre de mil novecien-

tos ochenta y dos en el Hospital Rosales en la ciudad de San Salvador,

siendo su último domicilio la Villa de San Juan Tepezontes, de parte de

la señora MARIA CELESTINA CORVERA VIUDA DE MELENDEZ,

en concepto de cónyuge sobreviviente del causante.

Confi riéndosele a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,

a los tres días del mes de julio del dos mil siete. Lic. DANIEL ORTIZ

MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. MARIA ELENA

ARIAS LOPEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011717-1

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolu-

ción proveída por este tribunal, a las nueve horas veinte minutos del día

ocho de junio de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente,

con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción

ocurrida a las catorce horas del día ocho de abril de dos mil cuatro, en

el Cantón El Coco de esta Jurisdicción, siendo su último domicilio la

ciudad de Chalchuapa; dejó la señora DOLORES CALDERON conocida

por DOLORES CALDERON MARTINEZ, quien fue de setenta y nueve

años de edad, de ofi cios domésticos, soltera; de parte de la señora ROSA

MELIDA CALDERON conocida por ROSA MELIDA CALDERON

RODRIGUEZ, en su calidad de heredera testamentaria instituida por la

expresada causante, a quien se le nombra INTERINAMENTE adminis-

tradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

Edicto.-

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas veintiocho mi-

nutos del día once de junio de dos mil siete.- Lic. HENRY EDMUNDO

MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO

GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011747-1

Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, de-

partamento de La Unión; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce

horas y cincuenta minutos del día uno de junio del corriente año; se tuvo

por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que al fallecer a las veintiuna horas y veinte minutos del dieciocho

de diciembre del año dos mil seis, siendo su último domicilio el Cantón

Pasaquinita, Jurisdicción de Santa Rosa de Lima, departamento de La

Unión, dejara el causante Agustín Bonilla, al heredero José Boanerge

Bonilla Vásquez conocido por José Boanerge Bonilla, en concepto de

hijo del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido

en el Art. 988 No. 1° del Código Civil. En consecuencia, se le confi rió al

aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina

de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los cinco días del mes de junio del año dos mil

siete.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011777-1

Licenciado Samuel Marcelino Godoy Lara, Juez Tercero de lo Civil de

este Distrito Judicial,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado

este mismo día, han sido declarados herederos abintestato y con benefi cio

de inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día

catorce de junio del año dos mil cinco, en el Cantón Natividad de esta

jurisdicción, siendo éste el lugar de su último domicilio dejó CARMEN

DE LA LUZ SIGÜENZA CASTANEDA conocida por LUZ DEL CAR-

MEN SIGÜENZA CASTANEDA, LUZ SIGÜENZA y por MARIA

LUZ SIGÜENZA, de parte de ROSA AMINTA SIGÜENZA, MARIA

ELENA SIGÜENZA hoy DE ROCA, ANA GLORIA SIGÜENZA, LI-

DIA DEL CARMEN SIGÜENZA MARROQUIN, ERICK XAVIER

SIGÜENZA DIAZ, y JOSE LUIS SIGÜENZA TEJADA, los primeros

cuatro como hijas de la causante y los dos últimos en su calidad de nietos

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

y por derecho de representación que le correspondía a LUIS ALONSO

SIGUENZA, en su calidad de hijo de la referida causante, confi riéndoseles

INTERINAMENTE la administración y representación de la mortual

expresada con las facultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal en el término de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL. Santa

Ana, a las doce horas con cinco minutos del día veinte de junio de dos

mil siete.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011783-1

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado de las ocho horas veinte minutos del día veintiuno de

mayo del dos mil siete. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESA-

MENTE y con benefi cio de inventario de parte de la señora BERTILA

AVALOS DE ROMERO, la herencia intestada que a su defunción dejó

el causante señor CARLOS ALBERTO CHAVEZ AVALOS, quien fa-

lleció en la Ciudad Jacksonville, Estado de Florida, Estados Unidos de

América, el día cinco de febrero de dos mil cinco, siendo la ciudad de

San Salvador, su último domicilio, aceptación que hace en su carácter

de madre del referido causante. Y SE LE HA CONFERIDO A LA HE-

REDERA DECLARADA la administración y representación interinas

de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las once horas del día veintitrés de mayo de dos mil

siete.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES

DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011786-1

LIC. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veinticinco

minutos del día diecinueve de este mes, dictada por este Juzgado, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-

rencia intestada que a su defunción dejó el señor JESUS ECHEVERRIA

ORELLANA, quien falleció a las tres horas y cincuenta y cinco minutos

del día veintiuno de marzo del dos mil siete, en el Lago Suchitlán del

lado sur del Centro Escolar, del Barrio La Vega, de la población de

Potonico, municipio de este Departamento, siendo dicha población,

su último domicilio, de parte de la señora ANA JULIA BARAHONA

DE ECHEVERRIA, y los menores BEATRIZ ELIZABETH, JER-

SON ALEXANDER y CRISTIAN OSWALDO, todos de apellidos

ECHEVERRIA BARAHONA, la primera en su concepto de cónyuge

sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios

que en la misma sucesión le correspondían a los señores MARIA ELVA

ECHEVERRIA DE ORELLANA, conocida por ELVA ECHEVERRIA

y ALFREDO ORELLANA SALAZAR, como padres sobrevivientes del

causante; y los menores en sus conceptos de hijos sobrevivientes del

citado causante quienes son representados legalmente por su madre

señora BARAHONA DE ECHEVERRIA, debiendo ejercer sus dere-

chos los menores antes mencionados a través de su madre ANA JULIA

BARAHONA DE ECHEVERRIA.

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la herencia yacente; debiendo ejercer sus derechos los

menores antes mencionados a través de su madre señora ANA JULIA

BARAHONA DE ECHEVERRIA.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chalatenango, a las

nueve horas y treinta y cinco minutos del día diecinueve de Julio de dos

mil siete.- Lic. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. ANA EDITH PERAZA,

SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. F011791-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta

minutos del día dieciséis de abril del año dos mil siete.- Se ha tenido

por Aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada dejada por el señor MIGUEL ANGEL ALVAREZ PAREDES,

conocido por MIGUEL ANGEL ALVAREZ, MIGUEL ALVAREZ, y

MIGUEL ALVAREZ PAREDES, fallecido el día siete de agosto del año

dos mil seis, en esta ciudad, siendo éste el lugar de su último domicilio,

de parte de las señoras ENA NOHEMY ROSAS RIVAS, DINA DAYSY

ROSAS ALVAREZ y ALFONSA RIVERA VASQUEZ o ALFONSO

RIVERA DE ALVAREZ, en carácter de hijas y la última en concepto

de cónyuge sobreviviente del mencionado causante.-

Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cincuenta

minutos del día veintitrés de abril del año dos mil siete.- Enmendado

–ALVAREZ- Vale.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO

CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011844-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las nueve horas con

treinta minutos del día cuatro de Julio de dos mil siete, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamen-

taria, que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, siendo

esta Ciudad su último domicilio, a los treinta días del mes de Julio de

dos mil seis, dejó la señora MARIA DOLORES AZUCENA VIUDA DE

PAZ, conocida por DOLORES AZUCENA y por DOLORES AZUCENA

DE PAZ, de parte de los señores RAFAEL ANTONIO PAZ AZUCE-

NA, DORA ALICIA PAZ AZUCENA, GABRIELA ENRIQUETA PAZ

AZUCENA, ANA CARMEN PAZ DE BLANCO conocida por ANA

CARMEN PAZ AZUCENA DE BLANCO y CONCEPCION PAZ AZU-

CENA DE ARIAS conocida por CONCEPCION PAZ ARIAS, quienes

fueron instituidos como herederos testamentarios de la causante, se ha

conferido a los aceptantes la administración y representación INTERINA

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas del día diecisiete de Julio de dos mil siete .- Dr. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX

ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011845-1

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

TÍTULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado por medio

de escrito el SEÑOR JOSÉ SALVADOR CAZUN, de cuarenta y cinco

años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad y Depar-

tamento de Sonsonate, con Documento Único de Identidad Número

cero cero ocho siete nueve cuatro cinco cuatro guión ocho; actuando

en nombre y representación como Apoderado General Judicial de la

señora MARIA CRUZ ESQUINA DE JUÁREZ, de treinta y siete años

de edad, Doméstica, del domicilio de Nahuizalco, Departamento de

Sonsonate, con Documento Único de Identidad Número cero cero nueve

uno cuatro nueve tres ocho guión cero, solicitando se le extienda TITULO

DE PROPIEDAD MUNICIPAL de un inmueble de naturaleza rústico,

situado en el Cantón Sabana Grande, de esta Jurisdicción, adquirido de

esta Alcaldía Municipal de Nahuizalco, un lote identifi cado como par-

cela número Cuatrocientos treinta y cuatro, Polígono D, número ciento

veintidós A; de una extensión superfi cial según certifi cación de la De-

nominación Catastral de NOVECIENTOS DOS METROS TREINTA

Y NUEVE DECÍMETROS SESENTA Y CUATRO CENTÍMETROS

CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:

Compuesto de dos tramos, el primero, de veinticinco punto setenta y

ocho metros; y el segundo, de veintiuno punto noventa y dos metros,

con Emilio Pérez y Noemí Sánchez Tepas; AL SUR: Cuarenta y siete

punto sesenta metros, con María Cristina Pérez de Reyes; AL ORIENTE:

Dieciocho punto diez metros, con Héctor Antonio Ramos Álvarez; y AL

PONIENTE: Diecinueve punto noventa metros, con María Luisa Ramos

de Aguilar, callejón de por medio. Dicho terreno no está inscrito a favor

de mi demandante, por no haberse encontrado la matrícula que ampara

este lote; el inmueble anteriormente descrito no es predio dominante,

ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales que respetar, no está

en proindivisión con ninguna persona. Dicho inmueble ha ejercido la

posesión material desde hace más de diez años continuos, en forma

quieta, pacífi ca e interrumpida. Dicho inmueble lo valúa en la suma

de UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA

Y TRES COLONES equivalentes a CIENTO SETENTA Y NUEVE

PUNTO VEINTINUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a los tres días del mes de julio

del año dos mil siete.- ROBERTO ESTANLEY GRIJALVA H., AL-

CALDE MUNICIPAL.- JOSÉ ANTONIO CASTILLO, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011762-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que el señor FRANCISCO MARTÍNEZ PINE-

DA, de cuarenta y cinco años de edad, agricultor en pequeño, de este

domicilio; solicita Título de Propiedad a su favor de un inmueble de

naturaleza rústica, ubicado en el Cantón El Caulote de esta jurisdic-

ción, de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y

CUATRO METROS CUADRADOS Y CUATROCIENTOS TREINTA

MILÍMETROS CUADRADOS, cuyos colindantes son los siguientes:

AL NORTE, linda con Elsa Cáceres Candel; AL ORIENTE, linda con

carretera a San Pedro Puxtla; AL SUR, linda con María Victoria Pineda

de López, carretera pavimentada de por medio; y AL PONIENTE, linda

con la misma señora María Victoria Pineda de López, calle antigua de

por medio. Adquirido por posesión material por más de diez años, en

forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, ejecutando actos que sólo da

el derecho de dominio; todo a ciencia y paciencia de vecinos y colin-

dantes, sin clandestinidad y sin haber sido perturbado por nadie. No es

dominante ni sirviente, no está en proindivisión con nadie y sin ningún

gravamen que le afecte. Lo estima en la suma de UN MIL DÓLARES

de los Estados Unidos de Norte América. Los colindantes son todos de

este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

ALCALDÍA MUNICIPAL: Santo Domingo de Guzmán, trece

de marzo de dos mil siete.- JUSTO ESQUIVEL OSORIO, ALCALDE

MUNICIPAL.- EZEQUIEL MEJÍA MONGE, SECRETARIO MUNI-

CIPAL.

3 v. alt. No. F011835-1

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

TITULO SUPLETORIO

JUAN ANTONIO COTO MENDOZA, Notario, con ofi cina en Cuarta

Calle Poniente, número cinco, Santa Ana, al público

AVISA: Que en mis ofi cios la Licenciada ROSA ALBA BENÍTEZ

DE MAYORGA, como Delegada del señor Fiscal General de la Re-

pública de El Salvador, sigue diligencias de Título Supletorio a favor

del ESTADO Y GOBIERNO DE EL SALVADOR, EN EL RAMO DE

SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL, de un inmueble rústico,

situado en el Cantón San Juan Las Minas, Caserío San Juan Las Minas

Abajo, jurisdicción de Metapán, Departamento de Santa Ana, de un área

de DOS MIL CIENTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS,

CERO CINCO DECÍMETROS CUADRADOS, CINCUENTA Y CINCO

CENTÍMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: En dos

tiros, el primero de treinta y ocho punto cero dos metros, el segundo de

veintitrés punto sesenta y cinco metros con propiedad de la Diócesis de

Santa Ana, y con propiedad del señor Juan José Figueroa Figueroa, calle

de por medio; AL ORIENTE: En tres tiros, el primero de catorce punto

cuarenta y un metros, el segundo de siete punto noventa y ocho metros,

y el tercero de doce punto cuarenta y siete metros, con propiedad de la

señora Delmi Figueroa; AL SUR: En cuarenta y cuatro punto sesenta y

cuatro metros, con propiedad del señor José Luis Figueroa, calle de por

medio; y AL PONIENTE: En dos tiros, el primero de veintisiete punto

noventa y siete metros, y el segundo de treinta y uno punto cuarenta y

dos metros, con propiedad del señor Camilo Figueroa Figueroa.- Que

de dicho inmueble el Estado se encuentra en posesión quieta, pacífi ca,

de buena fe e ininterrumpidamente desde el mes de noviembre de mil

novecientos setenta y ocho.

Santa Ana, treinta de mayo del año dos mil siete.

Lic. JUAN ANTONIO COTO MENDOZA,

NOTARIO.

1 v. No. F011746

JUICIOS DE AUSENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

MARÍA ESTHER RIVERA DE MEDINA, quien ha iniciado DILIGEN-

CIAS DE AUSENCIA en contra del señor JOSÉ SALVADOR DUBON

HERNÁNDEZ, en su calidad de representante legal de la sociedad GRUPO

V.R.C., S.A. DE C.V., por el hecho de que se ignora su paradero, y PIDE:

Que previa las formalidades legales, se le declare ausente y se le nombre

un CURADOR ESPECIAL, para que lo represente en el presente Juicio

Ejecutivo Mercantil; se previene que si el señor JOSÉ SALVADOR

DUBON HERNÁNDEZ, ha dejado procurador o Representante legal, se

presente a este juzgado dentro de los quince días después de la publicación

de este aviso por tercera vez, a comprobar su personería, conforme a lo

prescrito en el Art. 5 de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria y de otras

diligencias, y el Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, a las doce

horas y veinticinco minutos del día veintitrés de julio del dos mil

siete.- Dr. MIGUEL ÁNGEL REYES HERNÁNDEZ, JUEZ DE LO

LABORAL.- Licda. MIRNA MARGARITA DÍAZ DE DOMÍNGUEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. C011034

ERNESTO CEA, JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MER-

CANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licencia-

do EDMUNDO ALFREDO CASTILLO AGUILUZ, actuando como

Apoderado General Judicial del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD

ANÓNIMA promoviendo Diligencias de Ausencia, manifestando que

ha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil, reclamándole cantidad

de dinero y accesorios de ley a la Sociedad CORLETO ENTERPRISE,

S.A. DE C.V., del domicilio de esta ciudad, actualmente de domicilio

ignorado, siendo que como a la mencionada persona jurídica carece de

Procurador u otro Representante Legal, pide se le nombre un Curador

Especial para que la represente, en el Juicio aludido. PREVIENESE de

acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si la mencionada Persona Jurídica,

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Sociedad CORLETO ENTERPRISE, S.A. DE C.V., tiene Procurador o

Representante Legal se presente dentro de los quince días siguientes a

la última publicación de este aviso y pruebe tal circunstancia.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las quince horas nueve minutos del día veinticinco de

junio de dos mil siete.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO

MERCANTIL.- Licda. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. F011739

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo

Mercantil marcado con el número 589-E-05, promovido por el Licen-

ciado OSCAR ARMANDO CALDERÓN ARTEAGA, mayor de edad,

Abogado, y de este domicilio, como Apoderado de SCOTIABANK EL

SALVADOR, S.A., Institución Bancaria, de este domicilio, contra los

señores LUIS ATILIO GUARDADO GRANDE y EDWIN ENRIQUE

LARA ALVARADO.

Posteriormente a la fecha en que se inició dicho Juicio, se presentó

el Licenciado OSCAR ARMANDO CALDERÓN ARTEAGA, manifes-

tando que los señores LUIS ATILIO GUARDADO GRANDE, mayor

de edad, Empleado, antes del domicilio de Aguilares, Departamento de

San Salvador ahora de domicilio ignorado, a quien correspondía su Cé-

dula de Identidad Personal número CERO UNO- DOCE- CERO CERO

VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO, con Número

de Identifi cación Tributaria CERO SEISCIENTOS UNO- CIEN MIL

QUINIENTOS SETENTA Y DOS- CIENTO UNO- CERO; y EDWIN

ENRIQUE LARA ALVARADO, mayor de edad, Empleado, antes del

domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, ahora de do-

micilio ignorado, a quien correspondía su Cédula de Identidad Personal

número CERO UNO- CERO CUATRO- CERO CIENTO SETENTA Y

SEIS MIL CIENTO SESENTA Y UNO, con Número de Identifi cación

Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- TRESCIENTOS MIL

SEISCIENTOS SETENTA Y TRES- CIENTO DOCE- OCHO, se han

ausentado de sus domicilios, sin que se sepa de su paradero actual,

ignorándose además si han dejado Procurador u otro Representante Legal

en el país, para que intervenga en el Juicio de mérito; por lo que pidió,

previos los trámites legales, se les nombre CURADOR ESPECIAL que

los represente en el referido juicio.

En consecuencia, se previene que si los señores LUIS ATILIO

GUARDADO GRANDE y EDWIN ENRIQUE LARA ALVARADO,

tuvieren Procurador u otro Representante Legal, se presente a este Tribunal

a comprobar dicha circunstancia, dentro de los quince días siguientes a

la última publicación de este aviso.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las diez horas y cinco minutos del día doce de julio

del dos mil siete.- Lic. ANA MARIA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

1 v. No. F011781

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

SANTOS MARIO HUEZO TORRES, de treinta y siete años de edad,

Abogado, del domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador,

portador de su Documento Único de Identidad número: Cero uno tres

uno dos seis ocho tres - uno; en su carácter de Apoderado General Judi-

cial de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO

COMUNAL DE AGUA CALIENTE DE RESPONSABILIDAD LIMI-

TADA, QUE SE ABREVIA “ACAYCCOMAC”. Manifestando que viene

a iniciar diligencias de Nombramiento de Curador Especial, contra las

demandadas ausentes señoras CONCEPCIÓN MARINA MENDOZA

DE MENA; y ROSA FRANCISCA MENA MENDOZA; personas

que no fueron emplazadas, por no haberse encontrado en la dirección

proporcionada en la demanda de folios uno, y haber manifestado los

vecinos, que dichas personas tienen más de un año de no residir en la

dirección indicada, y desconocen su paradero actual, desconociendo si

existe Procurador o Representante legal en la República para que las

represente en el referido Juicio, por lo que se previene si dichas señoras

han dejado persona alguna para que las represente, se presente a este

Tribunal, dentro de los quince días posteriores a la última publicación de

los edictos respectivos, comprobando legalmente dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas

y veinte minutos del día siete de junio del año dos mil siete.- Lic. MA-

NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ORLANDO

BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.

1 v. No. F011793

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1991002744

No. de Presentación: 20070092438

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, mayor de edad, ABOGADO y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM, INC., del domicilio de

PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00150 del Libro 00074 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra “CHILUDITOS”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos

mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011021-1

No. de Expediente: 1992003309

No. de Presentación: 20070092435

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de ADVANCED TOTAL

MARKETING SYSTEM, INC., del domicilio de Panamá, República de

Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00197 del Libro 00071 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra ESFERITAS, escrita en cualquier tipo

de letra, color o tamaño; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos

mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011022-1

No. de Expediente: 1990003290

No. de Presentación: 20070092436

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM, INC., del domicilio de

PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00166 del Libro 00072 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en el diseño de sombrero de charro mexicano

en silueta estilizada, visto de perfi l, la base de la copa lo adornan dos

fi nas líneas horizontales blancas y en la parte correspondiente al ala,

la marca Del Rancho, destaca en blanco sobre el negro; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos

mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011023-1

No. de Expediente: 1994000687

No. de Presentación: 20070092070

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGER

ROBERTO DIAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL

de SERVICIO PAN AMERICANO DE PROTECCION, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Dr. Andrade

No. 60, Colonia de los Doctores, Delegación Cauhtemoc, Distrito Federal,

Estados Unidos Mexicanos, de nacionalidad MEXICANA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00221 del Libro 00046 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL CONJUNTO FOR-

MADO POR LAS PALABRAS “SERVICIO PAN AMERICANO DE

PROTECCION” ESCRITAS EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS,

Y UN ESCUDO FORMADO POR TRES FRANJAS DIAGONALES

DESIGUALES, DE LAS CUALES LA SUPERIOR ES MAS GRANDE

Y DE COLOR OSCURO, LA DEL CENTRO ES DE COLOR CLARO Y

LA INFERIOR ES MAS PEQUEÑA QUE LAS OTRAS Y DE COLOR

OSCURO. AL CENTRO DE DICHO ESCUDO ESTA SUPERPUESTA

LA FIGURA DE UN ANIMAL MITOLOGICO CON ALAS, CABEZA

Y GARRAS DE AGUILA Y CUERPO DE LEON, PARADO EN SUS

PATAS TRASERAS, LISTO PARA ATACAR.; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 39 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los seis días del mes de junio del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011750-1

No. de Expediente: 1994000616

No. de Presentación: 20070092073

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGER RO-

BERTO DIAZ, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de SERVICIO PAN AMERICANO DE PROTECCION,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de

Dr. Andrade No. 60, Colonia de los Doctores, Delegación Cuauhtemoc,

Distrito Federal, Estados Unidos Méxicanos, de nacionalidad MEXI-

CANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00019

del Libro 00056 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en el

conjunto formado por las palabras “SERVICIO PAN AMERICANO

DE PROTECCION”, escritas en letras de molde mayúsculas, y un

escudo formado por tres franjas diagonales desiguales, de las cuales la

superior es más grande y de color oscuro, la del centro es de color claro

y la inferior es más pequeña que las otras y de color oscuro. Al centro

de dicho escudo está superpuesta la fi gura de un animal mitológico con

alas, cabeza y garras de águila y cuerpo de león, parado en sus patas

traseras, listo para atacar; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 36 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los siete días del mes de junio del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011751-1

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

No. de Expediente: 1994002486

No. de Presentación: 20070092072

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGER

ROBERTO DIAZ, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, del domi-

cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO ESPECIAL de SERVICIO PAN AMERICANO

DE PROTECCION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, del domicilio de Dr. Andrade No.60, Colonia de Los Doctores,

Delegación Cuauhtemoc, Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la ins-

cripción Número 00182 del Libro 00055 de INSCRIPCION DE MAR-

CAS, consistente en el conjunto formado por las palabras “SERVICIO

PAN AMERICANO DE PROTECCION”, escritas en letras de molde

mayúsculas, y un escudo formado por tres franjas diagonales desiguales,

de las cuales la superior es más grande y de color oscuro, la del centro

es de color claro y la inferior es más pequeña que las otras y de color

oscuro. Al centro de dicho escudo está superpuesta la fi gura de un animal

mitológico con alas, cabeza y garras de aguila y cuerpo de león, parado

en sus patas traseras, listo para atacar; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 38 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los siete días del mes de mayo del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011753-1

No. de Expediente: 1994002485

No. de Presentación: 20070092071

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGER

ROBERTO DIAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domi-

cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de SERVI-

CIO PAN AMERICANO DE PROTECCION, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de DR. ANDRADE No.60,

COLONIA DE LOS DOCTORES, DELEGACION CUAUHTEMOC,

DISTRITO FEDERAL, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, de nacio-

nalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00172 del Libro 00044 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en LA PALABRA AEROFLASH ESCRITA EN LETRAS

DE MOLDE MAYUSCULAS, DE LAS CUALES LA SILABA AERO

ESTA ESCRITA EN LETRAS DELGADAS Y LA SILABA FLASH EN

LETRAS MAS GRUESAS. TODA LA PALABRA ES ATRAVESADA

POR LINEAS HORIZONTALES QUE SEMEJAN VELOCIDAD Y QUE

PROVIENEN DE LA FIGURA DE UN ANIMAL MITOLOGICO CON

ALAS, CABEZA Y GARRAS DE AGUILA Y CUERPO DE LEON,

PARADO EN SUS PATAS TRASERAS, LISTO PARA ATACAR, QUE

SE ENCUENTRA A LA DERECHA DE LA PALABRA “AEROFLASH”

ARRIBA DE ESTO SE ENCUENTRA LA FRASE: EXPERTOS EN

MENSAJERIA, SOBRE LA CUAL NO SE PRETENDE EXCLUSI-

VIDAD Y ABAJO, ESTA OTRA FRASE: SU ENVIO, SEGURO VA

QUE VUELA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 38 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL Registro de la

Propiedad Industrial Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los seis días del mes de junio del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011755-1

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2007068430

No. de Presentación: 20070095835

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAXIMILIANO

RODOLFO VALDIVIESO SUAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

Page 60: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Del Chamán y diseño, que servirá

para: AMPARAR: AGUARDIENTE Y LICOR.

La solicitud fue presentada el día trece de julio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de julio del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011713-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007068255

No. de Presentación: 20070095592

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SILVIA RE-

BECA MENDOZA CHICAS, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL de INCAPRO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra INCAPROSA y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR LA EMPRESA DEDICADA A LA COMPRA,

VENTA, IMPORTACION Y EXPORTACION, DISEÑO, FABRICA-

CION, INSTALACION Y SUPERVISION DE EQUIPOS, REPUESTOS,

MAQUINARIA Y ACCESORIOS INDUSTRIALES, AGRICOLAS, Y

AUTOMOTRICES Y EN GENERAL TODO LO CONCERNIENTE A

ESTA ACTIVIDAD, UBICADA EN URBANIZACION Y AVENIDA

VISTA HERMOSA NUMERO CIENTO DIEZ, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día nueve de julio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de julio del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011020-1

No. de Expediente: 2007066773

No. de Presentación: 20070093133

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLADIS

HAYDEE DEL ROSARIO ORELLANA DE VALDIVIA, de naciona-

lidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando

el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras ESCUELA REIKI DE EL SALVADOR,

GLADIS ORELLANA “MANOS QUE SANAN” y diseño, a las palabras

de uso común individualmente no se le concede exclusividad, que servirá

para: IDENTIFICAR A LA EMPRESA DE SERVICIO DEDICADO A

DAR TERAPIAS ENERGETICAS E IMPARTIR ENSEÑANZA DE

REIKI, UBICADO EN LA SESENTA Y SIETE AVENIDA SUR, PA-

SAJE A, NUMERO TRECE, COLONIA ROMA, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de mayo del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011026-1

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2007058742

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058742- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FULVIO

ENRIQUE RIVAS RIVERA, de nacionalidad SALVADOREÑA, con

número de Documento Unico de Identidad 02038144-2 del domicilio

de MEJICANOS, SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0104-100964-001-1, el cual ha presentado solicitud a las

diez horas y ocho minutos del día cuatro de mayo de dos mil siete, con

la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058742 inscripción

161 y el asiento de Establecimiento No. 2007058742- 001, inscripción

162, ambos del Libro 144 de Asientos de Matrícula de Empresa y

Establecimiento. La Empresa se dedica a COMPRA Y VENTA DE

PRODUCTOS AGROPECUARIOS, con dirección en BOULEVARD

SANTA ELENA Y CALLE ALEGRIA ORIENTE No. 1 del domicilio

de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuyo activo asciende

a SESENTA Y DOS MIL OCHENTA Y OCHO 89/100 DOLARES

($62,088.89) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

NUTRICION Y TECNOLOGIA ANIMAL DE EL SALVADOR ubicado

en BOULEVARD SANTA ELENA Y CALLE ALEGRIA ORIENTE

No. 1, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y que se dedica a

COMPRA Y VENTA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, siete de mayo de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C011018-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007058026

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058026- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SALVADOR

RODRIGUEZ RODRIGUEZ en su calidad de Representante legal de la

sociedad CONCEPTOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que puede abreviarse CONCEPTOS, S.A. DE C.V.; sociedad

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de AHUACHAPAN,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 64 del libro 2171 del

Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-

tifi cación Tributaria: 0614-021006-101-9; el cual ha presentado solicitud

a las nueve horas y veintiocho minutos del día veintitrés de enero de dos

mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058026

inscripción 27 y el asiento de Establecimiento No. 2007058026- 001,

inscripción 28; ambos del Libro 137 de Asientos de Matrícula de

Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina CONCEPTOS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a SERVICIOS MEDICOS, con dirección en 10ª CALLE PONIENTE,

No. 3-7 del domicilio de AHUACHAPAN, cuyo activo asciende a

ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

CONCEPTOS, S.A. DE C.V. ubicado en 10ª CALLE PONIENTE, No.

3-7, AHUACHAPAN, y que se dedica a SERVICIOS MEDICOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de enero de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C011019-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001036751

ESTABLECIMIENTO 2001036751 - 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSÉ

CARRANZA en su calidad de Apoderado de la sociedad PROYEC-

CIÓN DUAL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN

SALVADOR, SAN SALVADOR cuya escritura social está inscrita bajo

el número 15 del libro 1629 del Registro de Sociedades del Registro

de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-190601-

102-0, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCIÓN DE LA

EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO, a las once horas y treinta minutos

del día veintisiete de junio de dos mil siete. Con la cual se le otorga el

asiento de modifi cación No. 198 del libro 149 del folio 397 al 398; a

favor de la Empresa denominada PROYECCIÓN DUAL EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a

PUBLICIDAD, con dirección en AVENIDA LAS PALMAS, No. 128-2,

COLONIA SAN BENITO del domicilio de SAN SALVADOR, SAN

SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado PROYECCIÓN

DUAL EL SALVADOR, S.A. DE C.V., el cual se dedica a PUBLICIDAD,

con dirección en AVENIDA LAS PALMAS, No. 128-2, COLONIA SAN

BENITO del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintisiete de junio de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C011025-1

ASIENTO DE EMPRESA 2000034064

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2000034064- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANTONIO

CARL DAHL CASTELLI en su calidad de Representante legal de la

sociedad CASTELLI RIVAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse CASTELLI RIVAS, S.A. DE C.V.; de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya

escritura social está inscrita bajo el número 40 del libro 1494 del Registro

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-131299-102-5; el cual ha presentado solicitud con la cual

se otorgó el asiento de Empresa No. 2000034064 inscripción 169 y el

asiento de Establecimiento No. 2000034064 -001 inscripción 170, ambos

del libro 150 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;

la Empresa denominada CASTELLI RIVAS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a HOTEL, con dirección

en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LAS PALMAS Y PASAJE

No. 6 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a UN

MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS

NOVENTA 84/100 DOLARES ($1,837,590.84) y que tiene el estable-

cimiento siguiente: 001-) denominado HOTEL SUITE LAS PALMAS

ubicado en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LAS PALMAS Y

PASAJE No. 6, SAN SALVADOR y que se dedica a HOTEL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, cinco de julio de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C011033-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007058497

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058497- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAIME

OVIDIO BATRES ESTRADA, en su calidad de Representante legal de

la sociedad GRUPO TICAMEX LOGISTICS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse TICAMEX, S.A. DE

C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y de-

partamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 34 del libro 2188 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 9483-251106-101-0;

el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y veintisiete minutos del

día veintiocho de marzo de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento

de Empresa No. 2007058497 inscripción 71 y el asiento de Estableci-

miento No. 2007058497- 001, inscripción 72, ambos del Libro 150 de

Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se

denomina GRUPO TICAMEX LOGISTICS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTRAS ACTIVIDADES

DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección

en KILOMETRO 28½ CARRETERA A COMALAPA, ZONA FRAN-

CA INTERNACIONAL, EDIFICIO MULTISERVICIOS, BODEGA

No. 9 del domicilio de OLOCUILTA, LA PAZ cuyo activo asciende

a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES

($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denomi-

nado GRUPO TICAMEX LOGISTICS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE ubicado en KILOMETRO 28½ CARRETERA

A COMALAPA, ZONA FRANCA INTERNACIONAL, EDIFICIO

MULTISERVICIOS, BODEGA No. 9 del domicilio de OLOCUILTA,

LA PAZ y que se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS

NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, cuatro de julio de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F011716-1

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

SUBASTAS PÚBLICAS

DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,

AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en vista del Juicio Civil Ejecutivo, REF.

72-1-05, promovido por el señor RAMIRO PAREDES CONSTANZA,

actualmente de setenta y tres años de edad, Jubilado, de este domicilio,

con Documento Único de Identidad número cuatrocientos ochenta y

un mil setecientos cuarenta y dos guión cinco; en contra del señor

DOMINGO ANTONIO ABREGO VILLALOBOS, conocido por AN-

TONIO VILLALOBOS, mayor de edad, estudiante, del domicilio de

San Cayetano Istepeque, con residencia en el Barrio Istepeque de esa

población, representado legalmente por el Licenciado JOSÉ APARICIO

IRAHETA HERNÁNDEZ, de sesenta y cuatro años de edad, Abogado, de

este domicilio, en su calidad de Curador Especial del deudor, a quien le

reclama el pago de la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, más los intereses del cinco

por ciento mensual, más costas procesales del proceso, se venderá en

pública subasta en este Tribunal, por la suma de DOS MIL QUINIENTOS

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en la fecha

en que oportunamente se indicará, un inmueble de naturaleza urbana,

situado en el Barrio Istepeque, de la población de San Cayetano Istepeque,

en este Departamento, de la extensión superfi cial de CIENTO OCHO

METROS CUADRADOS, SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS,

NOVENTA CENTÍMETROS CUADRADOS, de los linderos y medidas

especiales siguientes: AL NORTE, mide once metros ochenta y cinco

centímetros y linda con la porción de solar vendida del mismo inmueble

general a Candelaria Beatriz Aguilar Paniagua; AL ORIENTE, mide

ocho metros veinte centímetros, y linda con solar que fue de Antonio

Chacón, ahora de Antonio Fernández, servidumbre de por medio; AL

SUR, mide catorce metros sesenta y cuatro centímetros, y linda con la

porción de solar vendida del mismo inmueble general a Santos Fidel

Paniagua; y AL PONIENTE, mide ocho metros veinte centímetros y

linda con la porción de solar que fue de Antonio Aguilar Durán, hoy

de Lucio de Jesús Aguilar. La porción de terreno antes descrita goza de

servidumbre de tránsito de dos metros cincuenta centímetros de ancho

por cuarenta metros de largo, para darles salida a la porción de solar que

hoy se vende, y a las porciones de solar vendidas a Candelaria Beatriz

Aguilar Paniagua y Santos Fidel Paniagua Villalobos, por la orilla del

rumbo Oriente del inmueble general de Norte a Sur, o sea el resto de

solar que le ha quedado al vendedor, para darles salida a la calle nacional

que de San Vicente conduce a Guadalupe. La porción descrita mide más

por el rumbo Norte, por ser de forma irregular, el inmueble general,

debido a la confi guración del mismo. Inscrita a favor del deudor bajo

el SISTEMA DE FOLIO REAL COMPUTARIZADO CON LA MA-

TRICULA NUMERO SIETE CERO CERO UNO UNO DOS NUEVE

CUATRO GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO UNO

DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAÍZ E HIPOTECAS DE LA

SEGUNDA SECCIÓN DEL CENTRO DEL DEPARTAMENTO DE

SAN VICENTE.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las trece horas cuarenta y cinco

minutos del día nueve de julio del año dos mil siete.- Dra. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA ARMIDA MEJÍA

DE MUÑOZ, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. C011002-1

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido inicial-

mente por la Licenciada MARTA MILEYDI CAMPOS, y continuado por

el Doctor MANUEL CÓRDOVA CASTELLANOS, ambos en su carácter

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

de Apoderados Generales Judiciales del señor ROBERTO CORNEJO, y

posteriormente continuado por el Doctor TITO SÁNCHEZ VALENCIA,

en su calidad de Apoderado General Judicial de la Sociedad CÚMU-

LOS INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, como Cesionaria del Derecho Litigioso que en el presente

Juicio le correspondía al señor ROBERTO CORNEJO, en contra de la

señora VICTORIA DE LA PAZ CRUZ SERRANO DE HERRADOR

conocida por VICTORIA DE ALFARO hoy viuda de HERRADOR;

LUIS EDGAR HERRADOR conocido por LUIS EDGAR ALFARO

CRUZ y HERBER ROBERTO HERRADOR conocido por HERBER

ROBERTO HERRADOR CRUZ, se venderá en publica subasta, en fecha

que posteriormente se proporcionará, el inmueble embargado ubicado en:

Un inmueble urbano situado en el Barrio San Miguelito de esta ciudad,

de las medidas y linderos generales siguientes: AL NORTE, en doce

metros quinientos cuarenta milímetros, con fundo de los señores Soler,

antes de los señores Viaud Hermanos, calle pública de por medio; AL

ORIENTE, en línea quebrada de dos tramos de Norte a Sur; el primero

de treinta y dos metros treinta y ocho centímetros, con fondos del Doc-

tor José Jesús Villafañe, y de Don Alberto Ramentol, que fue de Juana

Zepeda; y el segundo ligeramente oblícuo, de trece metros con predio

de Don Alberto Ramentol; AL SUR, en veinticinco metros cuatrocientos

milímetros, con terreno de María Candelaria Piche; y AL PONIENTE,

en línea quebrada de tres tiros, el primero de Sur a Norte, mide doce

metros quinientos cuarenta milímetros, con terreno de María Candelaria

Piche, el segundo de Poniente a Oriente, tiene catorce metros novecientos

cincuenta y cinco milímetros, con predios de Francisco Aguirre antes de

Josefa Piche, y el tercero, de Sur a Norte, ligeramente inclinado, mide más

o menos treinta y tres metros y medio, con terreno de Francisco Piche

Aguirre. Dicho inmueble está marcado con el número ciento veintiséis,

antes veintidós de la Veintisiete Calle Oriente, Barrio San Miguelito de

esta ciudad. Aunque el antecedente no lo menciona, de acuerdo a sus

medidas lineales, el inmueble descrito tiene un área de SETECIENTOS

DIECINUEVE PUNTO SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS

CUADRADOS. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor

de los ejecutados al número SETENTA Y OCHO del Libro DOS MIL

TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE, del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Se admitirán posturas que se verifi quen siendo legales.

Librado en el JUZGADO QUINTO DE LO LABORAL: San

Salvador, a las nueve horas del día trece de junio del año dos mil sie-

te.- Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE

LO LABORAL.- Lic. ÁNGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011719-1

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este

Tribunal promueve inicialmente el Licenciado Natividad de León Benítez,

conocido por León Benítez, continuado por el Licenciado Oscar Alfonso

Tejada Ibañez y actualmente por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS

LANDAVERDE, en calidad de Apoderados Generales Judiciales del

BANCO SALVADOREÑO SOCIEDAD ANÓNIMA, contra los señores

JOSÉ BLAS PÉREZ SOLANO y FERNANDO ANTONIO MENCIA

PAULER, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que

más adelante se señalará, los bienes muebles que a continuación se lo-

calizan y describen, ASÍ: 1) Un monitor modelo CM cuarenta y nueve,

Marca AST-VGA; 2) Un teléfono-Fax, marca Lanierfox, modelo dos mil

doscientos treinta, Serie dos mil doscientos veinticinco BG, serie: cero

doce mil doscientos treinta y ocho; 3) Un aparato para disket, Marca

AST, modelo Bravo cuatro/doscientos cincuenta y cinco; 4) Un teclado

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

marca AST, modelo KB-CIENTO DOS, 5) Un ratón; 6) Un impresor,

Marca EPSON FX - mil ciento setenta, Modelo P- setecientos-once

A, serie seis dos uno uno cero nueve dos siete cinco siete.- Los bienes

muebles anteriormente descritos se encuentran depositados en la Agencia

del Banco Salvadoreño Sociedad Anónima, ubicadas en Calle Obispo

Marroquín, Número dos- ocho, ahora trasladados a la Avenida Claudia

Lars y Primera Calle Poniente Héctor Armando Magaña, número dos

-uno, frente a la Alcaldía Municipal de Sonsonate, de la Ciudad y De-

partamento de Sonsonate.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL,

San Salvador, a las doce horas y dos minutos del día catorce de junio

del año dos mil siete.- Lic. ANA MARIA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011758-1

INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO MERCAN-

TIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promo-

vido por el FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que

se abrevia FONAVIPO, a través de su Apoderado General Judicial

Licenciado VÍCTOR MANUEL BURGOS ELENA, continuado por la

Licenciada CARLA MARIA MÉNDEZ REYES, en el mismo carácter

que el primero, contra el señor OSCAR ANTONIO MONTES LÓPEZ,

se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble rústico, en

proceso de Urbanización, situado en el cantón San Miguel, jurisdicción

de Mejicanos de este Departamento, en donde se ha construido un com-

plejo habitacional denominado CONDOMINIO ATLANTA SEGUNDA

ETAPA, identifi cado como APARTAMIENTO NUMERO VEINTIDÓS,

EDIFICIO “I”, PLANTA ALTA que se describe así: Este apartamento está

ubicado en la segunda planta o piso y consta de una superfi cie construida

de treinta punto cero cuatro metros cuadrados, equivalentes a cuarenta

y dos punto noventa y ocho varas cuadradas y de un jardín interior en la

primera planta ubicado en el vértice Sureste de la construcción, el cual

tiene una superfi cie de cinco punto treinta metros cuadrados, equivalentes

a siete punto cincuenta y ocho varas cuadradas. La medida cúbica de

la construcción es de ochenta y dos punto sesenta y un metros cúbicos.

La construcción está ubicada en la elevación de setecientos cincuenta y

ocho punto treinta y cinco metros y el jardín interior, en la elevación de

setecientos cincuenta y cinco punto sesenta metros, ambas medidas sobre

el nivel medio del mar, por lo que se hará una descripción individual de

cada porción de la siguiente manera, iniciándose por la construcción.

Partiendo de la intersección de los ejes de la calle al Volcán y el pasaje

número ocho, se mide sobre el eje del último con rumbo Norte, cero

cinco grados catorce punto un minutos Oeste, una distancia de setenta

y cuatro punto treinta y un metros. En este punto se hace una defl exión

derecha de noventa grados y se mide una distancia de dos metros, loca-

lizando el nivel de piso de la primera planta. Desde este punto se mide

verticalmente hacia arriba una altura de dos punto setenta y cinco metros,

localizando así al esquinero Suroeste del inmueble cuyos linderos son

los siguientes: LADO PONIENTE, Tramo recto de rumbo Norte, cero

cinco grados, catorce punto un minutos Oeste y distancia de cinco mil

veinticinco metros, lindando con el espacio aéreo del estacionamiento

de vehículos número dos del Condominio, estando de por medio el

espacio aéreo del pasaje número ocho, de cuatro metros de ancho de

derecho de vía; LADO NORTE, tramo recto de rumbo Norte, ochenta

y cuatro grados, cuarenta y cinco punto nueve minutos Este y distancia

de cinco punto cero cinco metros, lindando con el apartamento número

veinte del edifi cio I. LADO ORIENTE, Línea quebrada compuesta por

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

cinco tramos rectos: 1) Rumbo Sur, cero cinco grados, catorce punto un

minutos Este y distancia de uno punto cero setenta y cinco metros; 2)

Rumbo Norte, ochenta y cuatro grados, cuarenta y cinco punto nueve

minutos Este y distancia de uno punto sesenta metros; 3) Rumbo Sur,

cero cinco grados catorce punto un minutos Este y distancia de uno

punto cuarenta metros; 4) Rumbo Sur, ochenta y cuatro grados, cuarenta

y cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de cero punto sesenta y

cinco metros; 5) Rumbo Sur, cero cinco grados, catorce punto un minutos

Este y distancia de dos punto cincuenta y cinco metros, lindando con los

espacios aéreos de los jardines interiores de los apartamentos números

veintiuno y veintidós ambos del edifi cio I; LADO SUR, tramo recto

de rumbo Sur, ochenta y cuatro grados, cuarenta y cinco punto nueve

minutos Oeste, y distancia de seis metros, lindando con el apartamento

número veinticuatro, estando de por medio el espacio aéreo del acceso

común a los apartamentos números veintiuno, veintidós, veintitrés y

veinticuatro, todos del edifi cio “I”; dicho acceso tiene uno punto ochenta

metros de ancho. Este inmueble linda también por el lado inferior o

piso con el apartamento número veintiuno del edifi cio I, losa de con-

creto de veinticinco centímetros de espesor de por medio y por el lado

superior o cielo a dos punto setenta y cinco metros de altura promedio

de construcción, linda con el espacio aéreo nacional. Los colindantes

mencionados en los linderos Poniente, Norte, Oriente, Sur e inferior,

forman parte del Condominio “Atlanta”, II Etapa. La descripción del

jardín interior se inicia en el vértice Sureste de la porción que se acaba

de describir, en donde se mide verticalmente hacia abajo una altura de

dos punto setenta y cinco metros. Desde este punto se mide con rumbo

Sur, cero cinco grados, catorce punto un minutos Este, una distancia de

cero punto noventa metros, localizando así el esquinero Suroeste del

inmueble cuyos linderos son los siguientes: LADO PONIENTE, tramo

recto de rumbo Norte, cero cinco grados, catorce punto un minutos Oeste

y distancia de dos punto sesenta y cinco metros, lindando con el acceso

común de los apartamentos números veintiuno, veintidós, veintitrés y

veinticuatro, todos del edifi cio I y con la construcción del apartamento

número veintiuno, del mismo edifi cio. LADO NORTE, tramo recto de

rumbo Norte, ochenta y cuatro grados, cuarenta y cinco punto nueve

minutos Este y distancia de dos metros, lindando con el jardín interior

del apartamento número veintiuno del edifi cio I. LADO ORIENTE,

tramo recto de rumbo Sur, cero cinco grados, catorce punto un minutos

Este y distancia de dos punto sesenta y cinco metros, lindando con el

jardín interior del apartamento número diez del edifi cio I. LADO SUR,

tramo recto de rumbo Sur, ochenta y cuatro grados, cuarenta y cinco

punto nueve minutos Oeste y distancia de dos metros, lindando con el

jardín interior del apartamento número veinticuatro del edifi cio I. Este

inmueble linda también por el lado inferior o piso con el bien raíz del

Condominio y por el lado superior o cielo con el espacio aéreo nacional.

Los colindantes mencionados en los linderos Poniente, Norte, Oriente y

Sur, forman parte del Condominio “Atlanta”, II Etapa, cuya propiedad se

desglosa de la siguiente manera: El terreno donde se han construido las

edifi caciones es propiedad del Ingeniero Pedro Manuel Pérez Guillén, y

las edifi caciones son propiedad de Cromeyer - Durón, Ingenieros Civiles,

Sociedad Anónima de Capital Variable.- Dicho inmueble es propiedad

del señor OSCAR ANTONIO MONTES LÓPEZ, por estar inscrito a su

favor en la Matrícula al Número SEIS CERO CERO UNO TRES SIETE

NUEVE OCHO- A CERO CERO SIETE CUATRO, del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a

las catorce horas y cuarenta minutos del día veinticuatro de Noviembre

de dos mil seis.- Dra. INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO

DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- Licda. JACQUELINE JOHANNA

ORTIZ DURÁN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011812-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS SEÑA-

LADOS EN AUTO,

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

Juzgado por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA y

continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES como

Apoderados del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que

se abrevia “FONDO o FONAVIPO” en contra de la señora SOFIA ESPE-

RANZA TRIGUEROS DE RIVERA, se ha ordenado la venta en pública

subasta en este Juzgado del inmueble situado en Condominio Atlanta,

segunda etapa, apartamento número treinta y ocho edifi cio “HH”, cantón

San Miguel, Jurisdicción de Mejicanos, inmueble de naturaleza urbana, el

apartamento está ubicado en la segunda planta o piso del edifi cio y consta

de una porción construida de treinta punto cero cuatro metros cuadrados,

equivalentes a cuarenta y dos punto noventa y ocho varas cuadradas, la

cual tiene una medida cúbica de ochenta y dos punto sesenta y un metros

cúbicos, posee además un jardín interior en la primera planta, situado en

el vértice nor-este de la construcción, el cual tiene una superfi cie de cinco

punto treinta metros cuadrados, equivalentes a siete punto cincuenta y

ocho varas cuadradas. La construcción está ubicada en la elevación de

setecientos cincuenta y nueve punto quince metros, y el jardín interior

en la elevación de setecientos cincuenta y seis punto cuarenta metros

ambas medidas sobre el nivel medio del mar. Desde este punto se mide

con rumbo sur cero cinco grados catorce punto un minuto Este, una

distancia de cero punto noventa metros, localizando el esquinero nor-

este del inmueble cuyos linderos son los siguientes: LADO ORIENTE:

tramo recto de rumbo Sur cero cinco grados catorce punto un minutos

Este y distancia de dos punto sesenta y cinco metros, lindando con el

acceso común a los apartamentos números treinta y siete, treinta y ocho,

treinta y nueve y cuarenta, todos del edifi cio “HH” y con el apartamento

número treinta y siete del mismo edifi cio “HH”. LADO PONIENTE:

tramo recto de rumbo Norte cero cinco grados catorce punto un minuto

Oeste y distancia de dos punto sesenta y cinco metros lindando con

terreno propiedad de Pablo Luna, estando de por medio una servidumbre

para canaletas de aguas lluvias del condominio ancho variable. LADO

NORTE: tramo recto rumbo Norte ochenta y cuatro grados cuarenta

y cinco punto nueve minutos Este y distancia de dos punto cero cero

metros lindando con el jardín interior del apartamento número cuarenta

del edifi cio “HH”. Este inmueble linda también por el lado inferior o

piso con el bien raíz del condominio y por el lado superior o cielo, con

el espacio aéreo del Condominio. Los apartamentos y la servidumbre

para canaletas colindantes mencionados en los linderos oriente, sur,

poniente y norte, forman parte del Condominio Atlanta, segunda etapa,

cuyo terreno es propiedad del Ingeniero Pedro Manuel Pérez Guillén y

edifi caciones propiedad de Cromeyer-Durón Ingenieros Civiles, S.A.

de C.V., inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro, al número cero cero tres de la Matrícula

número M cero uno dos tres nueve ocho tres ocho, a nombre de la señora

SOFIA ESPERANZA TRIGUEROS DE RIVERA.

La que se hace saber al público para los efectos legales correspon-

dientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas y

treinta minutos del día once de mayo de dos mil siete. Lic. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN ESTELA

HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011814-1

RENE DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ

DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE METAPAN.-

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil promovido actualmente por la Licenciada CARLA MA-

RIA MENDEZ REYES en el carácter de Apoderada General Judicial

DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR que se abrevia

EL FONDO o FONAVIPO en contra de la demandada señora MARIA

CARLOTA LEMUS FIGUEROA, reclamándole la cantidad de SEIS-

CIENTOS VEINTIDOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

AMERICA Y VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR y accesorios de

ley, se venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se deter-

minará en este Juzgado, EL BIEN INMUEBLE SIGUIENTE: Ubicado

en PARCELACION TRINIDAD, Polígono número Once, Lote número

diez, TECOMAPA, TECOMAPA, METAPAN, SANTA ANA inscrito en

el sistema de folio real computarizado del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente de la ciudad de Santa

Ana, matrícula número 20004228-00000 EN EL ASIENTO CINCO.

Librado en el Juzgado Primero de Paz; Metapán, a las diez horas

y treinta minutos del día quince de junio de dos mil siete.- Lic. RENE

DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ. Lic.

ERICK FERNANDO GONZALEZ PORTILLO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011816-1

RENE DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ

DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE METAPAN.-

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil promovido actualmente por la Licenciada CARLA MA-

RIA MENDEZ REYES en su carácter de Apoderada General Judicial

DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR que se abrevia

EL FONDO o FONAVIPO en contra del demandado señor PEDRO

ALFONSO TEJADA, reclamándole la cantidad de SEISCIENTOS

VEINTIDOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Y VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR, y accesorios de ley; se

venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se determinará

en este juzgado, EL BIEN INMUEBLE SIGUIENTE: Ubicado en PAR-

CELACION TRINIDAD, Polígono número nueve, lote número cinco,

TECOMAPA, TECOMAPA, METAPAN, SANTA ANA, inscrito en el

sistema de folio real computarizado del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente con sede en la ciudad

de Santa Ana, Matrícula número 20004196-00000 EN EL ASIENTO

CINCO.

Librado en el Juzgado Primero de Paz; Metapán, a las once horas

y treinta minutos del día quince de junio de dos mil siete. Lic. RENE

DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ. Lic.

ERICK FERNANDO GONZALEZ PORTILLO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011817-1

RENE DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ

DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN.-

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el

Juicio Ejecutivo Civil promovido actualmente por la Licenciada CAR-

LA MARIA MENDEZ REYES en el carácter de Apoderada general

judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR que se

abrevia EL FONDO o FONAVIPO en contra de la demandada señora

BLANCA MAYRA COREA MARTINEZ, reclamándole la cantidad de

SEISCIENTOS VEINTIDOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA Y VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR y accesorios

de ley, se venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se de-

terminará en este juzgado, EL BIEN INMUEBLE SIGUIENTE: Ubicado

en Parcelación Trinidad, polígono número Cinco, Polígono número ocho,

TECOMAPA, TECOMAPA, METAPAN, SANTA ANA, inscrito en el

sistema de folio real computarizado del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente con sede en la ciudad

de Santa Ana, matrícula número 20004059-00000 EN EL ASIENTO

CINCO.

Librado en el Juzgado Primero de Paz; Metapán, a las diez horas

del día quince de junio de dos mil siete.-Enmendado.-civil.-Vale.- Lic.

RENE DANILO RAMIREZ MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ.

Lic. ERICK FERNANDO GONZALEZ PORTILLO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011818-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que en virtud de Juicio Ejecutivo Civil promovido

por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, en su calidad de

Apoderada General Judicial del Fondo Nacional de Vivienda Popular,

que puede denominarse EL FONDO o FONAVIPO, Institución Pública

de Crédito de carácter Autónomo, del domicilio de la ciudad de San Sal-

vador, contra la señora MARGARITA CANDELARIA PEREZ GOMEZ,

mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Tecoluca, de este

Departamento, reclamándole el pago de cantidad adeudada, intereses

y costas procesales, se venderá en pública subasta por la cantidad y

en fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble: un lote o

porción de terreno rústico situado en jurisdicción de Tecoluca, de este

Departamento, identifi cado como Lote número tres del Polígono “F”, de

la Lotifi cación El Playón, con un área de DOSCIENTOS SEIS PUNTO

CERO CUATRO METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas

siguientes: AL NORTE, ocho punto cero cuatro metros; AL ORIENTE,

veinticinco punto cincuenta y tres metros; AL SUR, ocho punto cero

dos metros; y AL PONIENTE, veinticinco punto noventa y ocho metros.

Inscrito a favor de la señora MARGARITA CANDELARIA PEREZ

GOMEZ bajo la Matrícula SIETE CERO CERO CERO TRES CUATRO

SIETE NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, con

sede en esta ciudad.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecinueve días

del mes de abril del año dos mil siete. Dra. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F011819-1

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado

con el número 103-E-97, promovido inicialmente por el Licenciado

VICTOR MANUEL BURGOS ELENA, posteriormente continuado por

la Licenciada ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS, actualmente

continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, en

su calidad de Apoderados Generales Judiciales del FONDO NACIO-

NAL DE VIVIENDA POPULAR, contra el señor JUAN FRANCISCO

HERNANDEZ RAMIREZ, se venderá en Pública Subasta en este Tri-

bunal, en fecha que más adelante se señalará, un Bien Inmueble que a

continuación se describe y localiza así: Un terreno de naturaleza urbana,

situado sobre la Séptima Calle Oriente y Final Avenida El Cementerio

del Barrio El Santuario de la Ciudad de San Vicente, en el cual se ha

construido un Proyecto Habitacional denominado “URBANIZACION

JIBOA”. Que del inmueble antes relacionado por este acto segrega el

lote marcado con el número catorce del block “F” Sur de la referida

urbanización, con un área superfi cial de CINCUENTA METROS, que

mide: AL NORTE: línea recta de cinco metros; AL ESTE: línea recta

de diez metros: AL SUR: línea recta de cinco metros; y AL OESTE:

línea recta de diez metros, inscrito en el Registro Social de Inmuebles a

la Matrícula M CERO UNO CERO TRES CUATRO UNO UNO UNO,

Asiento número CERO CERO UNO, del Registro Social de Inmuebles

del Departamento de San Vicente.

SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día uno de septiem-

bre de dos mil seis. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA

DE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011820-1

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.- Al público para

los efectos de Ley,

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-

movido por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA,

seguido por la Licenciada ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS

y continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES,

los tres en concepto de Apoderados Generales Judiciales, del FONDO

NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO o

FONAVIPO, contra la ejecutada señora IRASEMA ISABEL MADRID

DE RECINOS, se venderá en pública SUBASTA en este Tribunal, en

fecha que oportunamente se señalará: “Un lote de terreno que forma

parte de la Parcelación Amate Blanco, Polígono “D”, lote número tres,

correspondiente a la ubicación geográfi ca de El Zacamil, Candelaria

de la Frontera, Santa Ana, de una extensión superfi cial de CIENTO

CINCUENTA METROS CUADRADOS, el cual mide: AL NORTE,

siete punto cincuenta metros, AL SUR, siete punto cincuenta metros,

AL ORIENTE, veinte metros, y AL PONIENTE, veinte metros. El in-

mueble antes descrito, es propiedad de la ejecutada, señora IRASEMA

ISABEL MADRID DE RECINOS, por estar inscrito a su favor bajo la

Matrícula M 03030524, hoy trasladado a la Matrícula de Siryc número

20103738-00000, del Registro de la Propiedad de este Departamento.-

Se admitirán posturas siendo legales.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas

treinta y cinco minutos del día trece de noviembre de dos mil seis.- LIC.

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F011822-1

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA, Al público para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-

movido por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA,

seguido por la Licenciada ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS

y continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES,

los tres en concepto de Apoderados Generales Judiciales, del FONDO

NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO

o FONAVIPO, contra el ejecutado señor OVIDIO DOLORES LIMA

JIMENEZ, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha

que oportunamente se señalará: “Un lote de terreno que forma parte

de la Parcelación Amate Blanco, Polígono “E”, lote número Cinco,

correspondiente a la ubicación geográfi ca de El Zacamil, Candelaria

de la Frontera, Santa Ana, de una extensión superfi cial de CIENTO

SESENTA Y SIETE PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS,

el cual mide: AL NORTE, dieciocho punto ochenta y cinco metros,

AL SUR, veintidós punto noventa y cinco metros, AL ORIENTE, ocho

metros veinte metros, y AL PONIENTE, ocho punto noventa y nueve

metros. El inmueble antes descrito, es propiedad del ejecutado, señor

OVIDIO DOLORES LIMA JIMENEZ, por estar inscrito a su favor bajo

la Matrícula M 03030558, hoy trasladado a la Matrícula de Siryc número

20103725-00000, del Registro de la Propiedad de este Departamento.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas

cincuenta minutos del día trece de noviembre de dos mil seis. LIC.

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011823-1

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA. - Al público para

los efectos de Ley,

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-

movido por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA, y

seguido por la Licenciada ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS

y continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES,

los tres en concepto de Apoderados Generales Judiciales, del FONDO

NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO

o FONAVIPO, contra la ejecutada señora BERTA LUZ GONZALEZ

LINARES, se venderá en pública SUBASTA en este Tribunal, en fecha

que oportunamente se señalará: “Un lote de terreno que forma parte de la

Parcelación Amate Blanco, Polígono “F”, lote número Diez, correspon-

diente a la ubicación geográfi ca de El Zacamil, Candelaria de la Frontera,

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Santa Ana, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CINCUENTA

Y SIETE PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS, el cual mide:

AL NORTE, once punto treinta y siete metros, AL SUR, catorce punto

treinta y siete metros, AL ORIENTE, veinte metros, y AL PONIENTE,

veinte metros. El inmueble antes descrito, es propiedad de la ejecutada

señora BERTA LUZ GONZALEZ LINARES, por estar inscrito a su

favor bajo la matrícula M 03030584, hoy trasladado a la Matrícula de

Siryc número 20103408-00000, del Registro de la Propiedad de este

Departamento.-

Se admitirán posturas siendo legales.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas

veinte minutos del día trece de noviembre de dos mil seis.- LIC. HENRY

EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY

OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011824-1

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA, Al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por

la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, como Apoderada

General Judicial del actor FONDO NACIONAL DE VIVIENDA PO-

PULAR, que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO; contra la ejecutada

señora ANA GLORIA DIAZ LIMA, se venderá en pública SUBASTA,

en fecha que oportunamente se señalará, el inmueble siguiente: “Un

lote que forma parte de la Parcelación Amate Blanco, polígono “A”,

lote número dieciséis, situada en El Zacamil, Candelaria de la Frontera,

departamento de Santa Ana, de una extensión superfi cial de CIENTO

CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, el cual

mide: AL NORTE, siete punto cincuenta metros; AL SUR, siete punto

cincuenta metros; AL ORIENTE, veinte punto cero cero metros, y AL

PONIENTE, veinte punto cero cero metros. El inmueble antes descrito,

es propiedad de la ejecutada, señora ANA GLORIA DIAZ LIMA, por

estar inscrito a su favor bajo la Matrícula M CERO TRES MILLONES

TREINTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE, hoy

trasladada al Siryc bajo la Matrícula DOS CERO UNO CERO OCHO

UNO UNO SEIS CERO CERO CERO CERO CERO, en el Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas, del Departamento de Santa Ana.-

Se admitirán posturas siendo legales.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las once horas

veinticinco minutos del día veintidós de marzo de dos mil seis.-En-

mendado:once -Vale.- LIC. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011825-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las nueve horas del día trece de abril de dos mil siete, en el Juicio

Mercantil Ejecutivo, promovido por el FONDO NACIONAL DE LA

VIVIENDA POPULAR, por medio de su Apoderada General Judicial

Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, en contra del señor

JUAN ANTONIO GARCIA, se venderá en PUBLICA SUBASTA Y

EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, el inmueble

siguiente: un inmueble situado en Cantón Tecomapa de esta comprensión,

del lugar denominado COMUNIDAD TRINIDAD, SECTOR SUR, mar-

cado como lote número CUARENTA Y OCHO C del polígono ONCE

de una extensión superfi cial de NOVENTA METROS CUADRADOS

equivalentes a CIENTO VEINTIOCHO PUNTO SETENTA Y SIETE

VARAS CUADRADAS, el cual mide: AL NORTE, seis metros; AL

ORIENTE, quince metros; AL SUR, seis metros; Y AL PONIENTE,

quince metros.- Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo el sistema

de folio real computarizado a favor del deudor con Matrícula número

DOS CERO CERO CERO CUATRO DOS SEIS SEIS - CERO CERO

CERO CERO CERO de Propiedad.-

Servirá de base para el remate las dos terceras partes de su valúo, se

admitirán posturas siendo legales.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas del

día veintiuno de abril de dos mil siete. LIC. JOSE HERNAN PALACIOS

LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA

FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011827-1

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que según resolución proveída por este Juzgado a

las once horas con cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo

del dos mil siete, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el

FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que puede abreviarse

FONAVIPO, por medio de su Apoderada General Judicial Licenciada

KARLA MARIA MÉNDEZ REYES, en contra de la señora DELMI-

RA ISABEL GALDAMEZ, se venderá en PÚBLICA SUBASTA Y EN

FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, el bien inmueble

siguiente: Situado en el Cantón Tecomapa, Jurisdicción de Metapán,

Departamento de Santa Ana, del lugar denominado COMUNIDAD

TRINIDAD, SECTOR SUR, marcado como lote número CUARENTA

Y TRES, del polígono ONCE, de una extensión superfi cial de NOVEN-

TA METROS CUADRADOS, equivalente a CIENTO VEINTIOCHO

PUNTO SETENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, que mide y lin-

da: AL NORTE, seis metros; AL ESTE, quince metros; AL SUR, seis

metros; y AL OESTE, quince metros.- Dicho inmueble se encuentra

inscrito a favor de la señora DELMIRA ISABEL GALDAMEZ, bajo

la matrícula número DOS CERO CERO CERO CUATRO DOS SEIS

UNO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente.

Servirá de base para el remate de los bienes inmuebles a subastar

las dos terceras partes de su valúo y se admitirán posturas que sean

legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con

quince minutos del día veintitrés de mayo del dos mil siete.- Lic. JOSÉ

HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011829-1

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido en

este Tribunal por el Licenciado VÍCTOR MANUEL BURGOS ELENA,

continuado por la Licenciada ALBA AMÉRICA CASTILLO RECINOS,

y por la Licenciada CARLA MARIA MÉNDEZ REYES, en sustitución

de los dos primeros, en su carácter de Apoderada General Judicial del

FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR que se abrevia EL

FONDO o FONAVIPO, INSTITUCIÓN PÚBLICA DE CRÉDITO DE

CARÁCTER AUTÓNOMO, del domicilio de San Salvador; contra el

señor EVERTH LISANDRO LÓPEZ CARRILLO; se venderá en pública

subasta en fecha que oportunamente se determinará en este Tribunal

el inmueble siguiente: Un inmueble rústico, identifi cado como lote

número Uno, del polígono Seis, de la Comunidad “JARDINES DE

TENANCINGO”, situado en el Barrio La Democracia, del Municipio

de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial

de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe así:

AL NORTE: Con una distancia de seis punto cero cero metros; AL

ORIENTE: Con una distancia de doce punto cero cero metros; AL SUR:

Con una distancia de seis punto cero cero metros; y AL PONIENTE:

Con una distancia de doce punto cero cero metros; inscrito a favor del

demandado bajo la Matrícula Número M CINCO CERO CERO CERO

CERO CERO SIETE TRES GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO,

Asiento Número DOS, del Registro de la Propiedad del Departamento

de Cuscatlán.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas

del día dieciocho de mayo del año dos mil siete.- Lic. MANUEL PAZ

CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ORLANDO BELTRÁN

MEJÍA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011831-1

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal por

la Licenciada CARLA MARIA MÉNDEZ REYES, como Apoderada

General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR

que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO contra el señor ROBERTO

RIVERA, se venderá en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha que

oportunamente se publicará, el cincuenta por ciento de un terreno de

naturaleza rústica, identifi cado como lote número TRES del polígono o

Block “A” que forma parte de la parcelación Municipal “LA GRANADI-

NA”, ubicada en jurisdicción de San Julián, de este Departamento, de una

extensión superfi cial de DOSCIENTOS PUNTO OCHENTA METROS

CUADRADOS, con los linderos especiales siguientes: AL NORTE, en

dos tramos el primero de uno punto noventa y seis metros, el segundo

de ocho punto cero cinco metros; AL SUR, diez punto cero cero metros;

AL PONIENTE, veinte punto trece metros; AL ORIENTE, diecinueve

punto noventa y nueve metros. Inscrito bajo lo matrícula número UNO

CERO UNO UNO CERO OCHO CUATRO CERO - CERO CERO

CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Tercera Sección de Occidente, de este Departamento.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Juzgado de Primera Instancia de lzalco, Departamento de Sonsonate,

a un día del mes febrero del año dos mil siete. Lic. ROBERTO RICAR-

DO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. SARA

ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011832-1

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal por

la Licenciada CARLA MARIA MÉNDEZ REYES, como Apoderada

General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR

que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO contra el señor JOSÉ ARNULFO

GALDAMEZ, se venderá en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha

que oportunamente se publicará, el cincuenta por ciento de un terreno

de naturaleza rústica, identifi cado como lote número DIEZ del polígono

“D” que forma parte de la parcelación Municipal “LA GRANADINA”,

ubicada en jurisdicción de San Julián, de este Departamento, de una

extensión superfi cial de DOSCIENTOS CINCO PUNTO CERO CERO

METROS CUADRADOS, con los linderos especiales siguientes, AL

NORTE, veinte punto cero cero metros; AL SUR, veinte punto cero cero

metros; AL PONIENTE, diez punto veinticinco metros; AL ORIENTE,

diez punto veinticinco metros, el derecho proindiviso correspondiente al

cincuenta por ciento propiedad del señor JOSÉ ARNULFO GALDAMEZ,

inscrito bajo lo matrícula número UNO CERO UNO UNO CERO OCHO

OCHO OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente, de este

Departamento.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.

Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate,

a un día del mes de febrero del año dos mil siete.- Lic. ROBERTO

RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic.

SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011834-1

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por

la Licenciada Carla María Méndez Reyes, en su calidad de Apoderada

General Judicial del Fondo Nacional de Vivienda Popular, contra la

señora MARIA MACLOVIA CARRILLO DEODANES, se venderá

en Pública Subasta en este Juzgado el siguiente inmueble: “””Lote que

forma parte de la Lotifi cación Loma Linda del Polígono Veinticinco Lote

número cinco, situada en Tamanique, departamento de La Libertad, de

una extensión superfi cial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, el

cual mide: AL NORTE, veinticinco metros; AL SUR, veinticinco metros;

AL ORIENTE, ocho metros; y AL PONIENTE, ocho metros. Inscrito a

favor de la demandada señora MARIA MACLOVIA CARRILLO DEO-

DANES, bajo la matrícula TRES CERO CERO TRES CERO SIETE

SIETE NUEVE - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de La Libertad.”

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los

doce días del mes de abril del dos mil siete.- Lic. DIGNA GLADIS

MEDRANO RIVERA DE GÓMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F011836-1

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por

la Licenciada Carla María Méndez Reyes, en su calidad de Apoderada

General Judicial del Fondo Nacional de Vivienda Popular, contra la

señora MARIA AUDELIA MEJÍA SIBRIAN, se venderá en Pública

Subasta en este Juzgado el siguiente inmueble: “Lote que forma parte

de la Lotifi cación Loma Linda del Polígono Veintiuno Lote número

DIECISÉIS, situado en Tamanique, departamento de La Libertad, de

una extensión superfi cial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS,

el cual mide: AL NORTE, ocho metros; AL SUR, ocho metros; AL

ORIENTE, veinticinco metros; y AL PONIENTE, veinticinco metros.-

Inscrito a favor de la demandada señora MARIA AUDELIA MEJÍA

SIBRIAN, bajo la matrícula TRES CERO CERO TRES CERO SIETE

SIETE CERO - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departa-

mento de La Libertad.”

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los

doce días del mes de abril del dos mil siete.- Lic. DIGNA GLADIS

MEDRANO RIVERA DE GÓMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F011838-1

Page 75: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

REPOSICION DE CERTIFICADOS

El Banco Promérica S.A. COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Av.

Gustavo Guerrero, Barrio El Centro Corinto Morazán, se ha presentado el

Propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO Número:

1903-0000000288, solicitando reposición de dicho CERTIFICADO por

MIL DOSCIENTOS 00/100 DOLARES ($1,200.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

en general para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de su tercera publicación de este aviso y si no hubiera ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

Corinto, 19 de Julio de 2007.

MARIO ANTONIO MENDEZ,

BANCO PROMERICA, S.A.

AGENCIA CORINTO.

3 v. alt. No. F011731-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE, se ha presentado

el propietario del certifi cado No. 204249 del Depósito a Plazo Fijo

aperturado el 10 de agosto de 1998, a 90 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si trascurridos 30 días después de la tercera y última publicación del

presente aviso el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 24 de julio de 2007.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011804-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia TEXISTEPEQUE, se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 471930 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 06 de febrero de 2007, a 60 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 24 de julio de 2007.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011806-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia ZACATECOLUCA, se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 70060 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 10 de agosto de 1992, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 24 de julio de 2007.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011807-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SANTA ANA, se ha presentado el pro-

pietario del certifi cado No. 412680 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 24 de noviembre de 2004, a 180 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 24 de julio de 2007.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011808-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia LA UNION, se ha presentado el pro-

pietario del certifi cado No. 56249 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 11 de febrero de 2003, 90 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 23 de julio de 2007.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011809-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SALVADOR DEL MUNDO, se ha

presentado el propietario del certifi cado No. 332500 del Depósito a

Plazo Fijo aperturado el 22 de febrero de 2001, 180 días prorrogables,

solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del cono-

cimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado

conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 23 de julio de 2007.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011810-1

Page 77: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

3 v. alt. No. F011748-1

BALANCE DE LIQUIDACION

Page 78: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

FRECUENCIA DE USO REGULAR

Page 79: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

Page 80: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

2 v. alt. No. F011696-1

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

TITULOS MUNICIPALES

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

ARACELI ALFARO RAMIREZ, quien es del domicilio de Olocuilta, La

Paz quien actúa como Apoderada de la señora EVA ALICIA MARTINEZ

GONZALEZ, solicitando Título Municipal, a favor de su mandante, de

un inmueble de Naturaleza Rústica, Ejidal, situado en Cantón San José

La Montaña, de esta jurisdicción, inmueble que se describe así: de una

Extensión Superfi cial de MIL QUINIENTOS VEINTICINCO PUNTO

DIECISEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL NORTE: ochenta y tres punto cincuenta y cinco metros

linda con Luis Abelardo Torres Portillo y Margarita Cisneros de Torres,

AL ORIENTE: noventa punto sesenta metros linda con Luis Abelardo

Torres Portillo y Margarita Cisneros de Torres camino vecinal de por

medio, AL SUR: sesenta y siete punto noventa noventa metros linda

con Ismael Duarte, y AL PONIENTE: ochenta y uno punto cincuenta

metros linda con Manuel Najarro, Francisco Beltrán, Luis Abelardo

Torres Portillo y Margarita Cisneros de Torres. Todos los colindantes

son de este domicilio; el inmueble no es predio dominante ni sirviente,

y no le afecta carga o derechos reales a favor de otras personas, y no lo

posee en proindivisión con nadie, valora el inmueble en la cantidad de

MIL DOLARES AMERICANOS. Todos lo anterior en cumplimiento

a lo ordenado en los Art. 101,102,103, de la Ley Agraria vigente y sus

reformas.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO CHINAMECA,

departamento LA PAZ, a los veintinueve días del mes de junio de dos

mil siete. ELIEZER MARTÍNEZ CORTEZ, ALCALDE MUNICI-

PAL.- NEMORIO INDALECIO RAUDA CUELLAR, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011701-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

ARACELI ALFARO RAMIREZ, quien es del domicilio de Olocuilta,

La Paz, quien actúa como Apoderada de la señora ANA MARIA

DOMINGUEZ DE MARTINEZ, solicitando Título Municipal, a favor

de su mandante, de un inmueble de Naturaleza Rústica, Ejidal, situado en

Cantón San Isidro, Calle Los Guachipilines, de esta jurisdicción, inmue-

ble que se describe así: de una Extensión Superfi cial de QUINIENTOS

TREINTA PUNTO CERO OCHO METROS CUADRADOS, de las

medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: cinco metros cuarenta

y cuatro centímetros linda con Misión Cristiana Elim, AL ORIENTE:

veintinueve metros catorce centímetros, línea recta, linda con Flor de

María Martínez Domínguez de Ramírez camino vecinal de por medio

y Sonia Melany Domínguez de Morán, Camino vecinal de por medio,

AL SUR: veinticinco metros cincuenta centímetros linda con Misión

Cristiana Elim, y AL PONIENTE: treinta y dos metros setenta y ocho

centímetros linda con Misión Cristiana Elim. Todos los colindantes son

de este domicilio; el inmueble no es predio dominante ni sirviente, y no

le afecta carga o derechos reales a favor de otras personas, y no lo posee

en proindivisión con nadie, valora el inmueble en la cantidad de DOS

MIL DOLARES AMERICANOS. Todo lo anterior en cumplimiento a

lo ordenado en los Art. 101,102,103, de la Ley Agravia vigente y sus

reformas.

Se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL DE CUYULTITAN, departamento de

LA PAZ, a los veinte días del mes de junio de dos mil siete. DR. OSCAR

GUSTAVO AYALA LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- CARLOS

ALEXANDER BOLAÑOS, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F011702-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora FE-

LICITA PINEDA VIUDA DE SANTOS, solicitando Título Municipal, a

su favor, de un inmueble de Naturaleza Urbana, Ejidal, situado en Barrio

El Carmen, Calle Arce, de esta jurisdicción, inmueble que se describe así:

de una Extensión Superfi cial de SETENTA Y DOS PUNTO SESENTA

Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias si-

guientes: AL NORTE: nueve punto cincuenta y cinco metros, linda con

Dora Ilma Quiterio de Rojas, AL ORIENTE: ocho metros, linda con

Page 82: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Francisco Orlando Santos Pineda, AL SUR: seis punto sesenta metros

linda con Gloria Escalante y María Fidelina Miranda calle de por medio

con ambas colindantes, y AL PONIENTE: dos tramos de norte a sur cuatro

punto cincuenta metros, y de poniente a sur cuatro punto noventa y cinco

metros linda con Juan Francisco Sánchez. Todos los colindantes son de

este domicilio; el inmueble no es predio dominante ni sirviente, y no le

afecta carga o derechos reales a favor de otras personas, y no lo posee

en proindivisión con nadie, valora el inmueble en la cantidad de DOS

MIL DOLARES AMERICANOS. Todos lo anterior en cumplimiento

a lo ordenado en los Art. 101, 102,103, de la Ley Agraria vigente y sus

reformas.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL DE OLOCUILTA, departamento LA

PAZ, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil siete. DR.

MARVIN ULISES RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.

HUGO FREDY HERNANDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011704-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE

FREDI CORTEZ ALFARO, mayor de edad, agricultor en pequeño, de

este domicilio, solicitando por sí y a su favor TITULO MUNICIPAL

de un Inmueble de Naturaleza Urbana, situado en el Barrio La Cruz,

Avenida Tercera Avenida Sur, casa sin número, de esta Villa, compuesto

de DOSCIENTOS VEINTISEIS PUNTO CERO NUEVE METROS

CUADRADOS de extensión superfi cial, con los colindantes siguientes:

NORTE, con René Armando Herrera, Juana Angélica Herrera Merlos,

María Esther Herrera Merlos, Rosa del Carmen Herrera Merlos, María

Sofía Rodríguez García, Elmer Alberto Rodríguez, Sara Ericela Rodríguez

García, Nery Angélica Rivas de Joachin; ORIENTE, con Miguel Chávez

Barahona, Cecilia del Carmen Rivas de Rivas, María Carmela Menjívar

de Rivas, María Susana Rivas de Chávez, calle pública de por medio,

SUR, con Nery Angélica Rivas de Joachin; y al PONIENTE, Miguel

Elías Quinteros. Lo hubo por compra que hizo a la señora Neri Angélica

Rivas de Joachin. Lo valúa en DIEZ MIL COLONES. No es sirviente

ni dominante. Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales.

Alcaldía Municipal de San Juan Tepezontes, Departamento de La

Paz, dos de marzo de dos mil siete. FRANCISCO ALIRIO CANDRAY,

ALCALDE MUNICIPAL.- TITO LOPEZ ESCOBAR, SECRETARIO

MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F011826-1

MARCAS DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2007067803

No. de Presentación: 20070094810

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

D’ Salud

Consistente en: la palabra D’ Salud, que servirá para: AMPARAR:

NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-

NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011003-1

Page 83: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

No. de Expediente: 2007067802

No. de Presentación: 20070094809

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

D.Salud

Consistente en: la palabra D.Salud, que servirá para: AMPARAR:

NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-

NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011004-1

No. de Expediente: 2007067801

No. de Presentación: 20070094808

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

D-Salud

Consistente en: la palabra D-Salud, que servirá para: AMPARAR:

NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-

NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETAS DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011005-1

Page 84: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

No. de Expediente: 2007067795

No. de Presentación: 20070094802

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

D-Combustible

Consistente en: la palabra D-COMBUSTIBLE, que servirá para:

AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO

LA ADMINISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CRE-

DITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011007-1

No. de Expediente: 2007067796

No. de Presentación: 20070094803

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

D´Combustible

Consistente en: la expresión D’ Combustible, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS FINANCIEROS Y MO-

NETARIOS, COMO LA ADMINISTRACIÓN, USO Y MANEJO DE

TARJETA DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de junio del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011008-1

No. de Expediente: 2007067797

No. de Presentación: 20070094804

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

D. Combustible

Consistente en: la palabra D.COMBUSTIBLE, que servirá para:

AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO

LA ADMINISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CRE-

DITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011009-1

Page 85: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

No. de Expediente: 2007067794

No. de Presentación: 20070094801

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADO

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

D.Viajes

Consistente en: la expresión D.Viajes, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS,

COMO LA ADMINISTRACIÓN, USO Y MANEJO DE TARJETA DE

CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de junio del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011010-1

No. de Expediente: 2007067793

No. de Presentación: 20070094800

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

D´ Viajes

Consistente en: la palabra D’VIAJES, que servirá para: AMPARAR:

NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-

NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011011-1

No. de Expediente: 2007067792

No. de Presentación: 20070094799

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

D-Viajes

Consistente en: la palabra D-VIAJES, que servirá para: AMPARAR:

NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-

NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

Page 86: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011012-1

No. de Expediente: 2007067789

No. de Presentación: 20070094796

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Bank@work

Consistente en: las palabras Bank@work, traducido al castellano

como Banco Trabaja, a los elementos de uso común no se le concede

exclusividad, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS

Y MONETARIOS TALES COMO PRODUCTOS EMPRESARIALES,

PRODUCTOS DE BANCA DE PERSONAS DE CAPTACION, PRES-

TAMOS PERSONALES.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011013-1

No. de Expediente: 2007067788

No. de Presentación: 20070094795

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

B*Smart

Consistente en: la palabra B*Smart, traducido al castellano como

B*Inteligente, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINAN-

CIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMINISTRACION, USO

Y MANEJO DE TARJETAS DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011014-1

No. de Expediente: 2007067787

No. de Presentación: 20070094794

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

B´ Smart

Consistente en: la palabra B’SMART traducida al castellano como

B’Inteligente, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIE-

ROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMINISTRACION, USO Y

MANEJO DE TARJETA DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011015-1

No. de Expediente: 2007067786

No. de Presentación: 20070094793

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

B.Smart

Consistente en: la palabra B.Smart traducida al castellano como

B.Inteligente, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS

Y MONETARIOS, COMO LA ADMINISTRACION, USO Y MANEJO

DE TARJETA DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011016-1

No. de Expediente: 2007067784

No. de Presentación: 20070094791

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

BANCO UNO, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

B-Smart

Consistente en: la palabra B-Smart, traducido al castellano como B-

Inteligente, que servirá para: AMPARAR: NEGOCIOS FINANCIEROS

Y MONETARIOS, COMO LA ADMINISTRACION, USO Y MANEJO

DE TARJETAS DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011017-1

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

CONCESION DE FRECUENCUAS

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

2 v. alt. No. F011697-1

LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES

HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO: Que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 7 y 61 de la Ley de Telecomunicaciones y en los artículos 5 y 7 del Reglamento de dicha Ley, en uso de sus facultades legales emitió con fecha 27 de junio de 2007 la resolución número T-489-2007 a fi n de otorgarle por un período de 30 años la

CONCESION PARA PROVEER EL

SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA

A la Sociedad:

MULTIPHONE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

Para los efectos legales correspondientes, la Concesión se inscribió en la Sección de Actos y Contratos del Registro adscrito a la SIGET.

San Salvador, 16 de julio de 2007.

LIC. FERNANDO ARGÜELLO TÉLLEZ,

SUPERINTENTENDE.

2 v. alt. No. F011699-1

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACIÓN DE HERENCIAS

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, Departamento

de La Unión, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas del día veinte de Junio del corriente año, se tuvo por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que

al fallecer a las veintitrés horas y veinte minutos del día trece de Junio

del año dos mil seis, en la ciudad de Dallas, Texas, Estados Unidos de

América, su último domicilio la Villa de Concepción de Oriente, de este

Distrito, Departamento de La Unión, dejó la causante Eugenia Bonilla

Velásquez, conocida por Eugenia Bonilla, y por Eugenia Velásquez

Bonilla, de parte del señor Reinaldo Bonilla o Reynaldo Bonilla, en

concepto de Cesionario de los Derechos que como herederos les corres-

pondían a los señores Ana Beralda Bonilla Bonilla, José Fredy Bonilla,

Silvia Milagro Bonilla, y Celina Orestila Bonilla Bonilla, en concepto

de hijos de la referida causante, de conformidad con el Artículo 1699

C. C. Se le confi ere al aceptante en el carácter dicho la administración

y representación INTERINA de la indicada sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos respectivos.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

veintiún días del mes de Junio de dos mil siete. LIC. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010936-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, Departamento de La Unión, al público para

los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce

horas y cincuenta minutos del día ocho de junio del corriente año; se tuvo

por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que al fallecer diez horas del día nueve de marzo del año dos

mil seis, en el Barrio El Centro de la ciudad de Anamorós, departamento

de La Unión, siendo su último domicilio la ciudad de Anamorós, dejara

la causante Ana Josefa Cruz viuda de Cruz conocida por Ana Josefa

Cruz, por Ana Josefa Cruz de Cruz y por Josefa Cruz, a la heredera

Lidia Concepción Cruz viuda de Chávez conocida por Lidia Concepción

Cruz y por Lidia Concepción Cruz de Chávez, en concepto de hija y

además como Cesionaria de los derechos hereditarios que en la referida

sucesión le correspondían a los señores Leonidas Cruz Cruz conocido

por Leonidas Cruz; Raúl Antonio Cruz Cruz conocido por Raúl Antonio

Cruz; y César Neftalí Cruz conocido por César Neftalí Cruz Cruz, como

hijos de la referida causante, de conformidad con lo establecido en los

Arts. 988 No. 1° y el 1699 del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho,

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los doce días del mes de junio del año dos mil

siete. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010937-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, Departamento de La Unión, al público para

los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las quince

horas y dieciocho minutos del día doce de junio del corriente año; se tuvo

por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que al fallecer a las nueve horas del día diez de marzo de mil

novecientos setenta y ocho, en el Cantón Honduritas, Jurisdicción de

Nueva Esparta, Departamento de La Unión, siendo su último domicilio

la ciudad de Nueva Esparta, dejara la causante Cecilia Velásquez, al

heredero José María Mejía Velásquez, en concepto de hijo del causante

antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No.

1º del Código Civil.

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho,

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los catorce días del mes de junio del año dos

mil siete. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. C010938-2

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, Departamento

de La Unión, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas del día catorce de Junio del corriente año, se tuvo por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al

fallecer a las diez horas y treinta minutos del día veintiséis de enero de

mil novecientos ochenta y dos, en el Barrio San Felipe, de la ciudad de

San Miguel, siendo su último domicilio esta ciudad, Departamento de

La Unión, dejó la causante María Ascención Robles, conocida por María

Ascensión Robles, por María Asención Robles, y por Ascención Robles,

de parte del señor José Rubén Ventura Robles, en concepto de hijo de la

referida causante, de conformidad con el Artículo 998 Numeral 1º C. Se

le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la administración

y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los

dieciocho días del mes de Junio de dos mil siete. LIC. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010940-2

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y cincuenta minutos del día veintiséis de junio del corriente año;

se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que al fallecer el causante Juan Antonio Valladares,

a las diecinueve horas y treinta minutos del día veintiséis de marzo

del corriente año, en el Hospital Militar de la ciudad de San Salvador,

originario y del domicilio de esta ciudad, Departamento de La Unión,

siendo dicho lugar su último domicilio, dejara a favor de la señora Enma

Claribel Guevara de Valladares conocida por Enma Claribel Guevara y

por Emma Claribel Guevara, en calidad de cónyuge sobreviviente del

expresado causante de conformidad con el Art. 988 No. 1º del Código

Civil.- Se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho la administración

y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil

siete.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010942-2

VILMA YOLANDA PANIAGUA DE OLIVARES, NOTARIO, DEL

DOMICILIO DE LA CIUDAD DE SONSONATE, CON OFICINA

UBICADA EN SEXTA AVENIDA NORTE NÚMERO DOS-UNO,

DE ESTA CIUDAD.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario,

proveída a las siete horas del día dieciocho de julio del año dos mil

siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de in-

ventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ

LUIS MUNDO ORELLANA conocido por JOSÉ LUIS ORELLANA,

fallecido el día uno de diciembre de mil novecientos noventa y dos, en la

ciudad de Sonsonate, siendo el lugar de su último domicilio San Julián,

Departamento de Sonsonate, de parte de la señora Eulalia Aquino de

Mundo, en su concepto de cónyuge sobreviviente, y los señores Lucia

del Carmen Aquino Orellana, Blanca Estela Aquino Orellana, Maribel

Aquino Orellana, Luis Gustavo Mundo Aquino conocido por Luis

Gustavo Aquino Orellana, Nelson Mauricio Aquino Orellana, Luisa

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Yaneth Mundo Aquino y José Raúl Aquino Orellana, en su concepto de

hijos del Causante, confi riéndoseles a los aceptantes la administración y

representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina

citada en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

En la ciudad de Sonsonate, a los veintitrés días del mes de julio

del año dos mil siete.

Lic. VILMA YOLANDA PANIAGUA DE OLIVARES,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. C010954-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL

PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce

horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada del causante, señor MIGUEL

FUENTES MURCIA, quien falleció en Santiago de la Frontera el día tres

de agosto de mil novecientos setenta y ocho, lugar de su último domicilio,

de parte de los señores MARIA ELENA FUENTES VIUDA DE LEMUS;

CRISTINA FUENTES DE ZETINO; MARDOQUEO FUENTES CRUZ

y ÁNGELA ANTONIA FUENTES DE SALAZAR, como hijos del de

cujus y en el carácter dicho se les confi ere interinamente la administración

y representación de la sucesión con las formalidades y restricciones que

la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.

LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las

catorce horas veinte minutos del día jueves doce de abril de dos mil

siete.- Enmendado-MENDOZA-por-agosto-ANGELA-representación-

vale.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ

PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NÚÑEZ

MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011332-2

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las quince horas y cinco minutos de este mismo día; se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

de los bienes que a su defunción dejó el causante RAFAEL CRISTINO

PORTILLO VIVAS conocido por RAFAEL CRISTINO VIVAS POR-

TILLO, ocurrida el día veintitrés de febrero del año dos mil seis; en

el Instituto de Medicina Legal Dr. Alberto Masferrer de la Ciudad de

San Salvador, siendo su último domicilio San Pedro Perulapán de este

Departamento, de parte de los señores ISAURA PORTILLO PANA-

MEÑO hoy DE VIVAS y JOSÉ MAURICIO VIVAS SÁNCHEZ, en su

calidad de padres del referido causante.- Habiéndoseles conferido a los

aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en

el término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de sus dere-

chos.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas

y veinte minutos del día doce de julio del año dos mil siete.- Lic. MA-

NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ORLANDO

BELTRÁN MEJÍA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011350-2

MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta

minutos del día catorce de junio del año dos mil siete. Se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada dejada por el señor JOSÉ FRANCISCO CORADO MÁRQUEZ,

fallecido el día veintisiete de septiembre de mil novecientos noventa y

cinco, en el Cantón San José La Majada, de la jurisdicción de Juayúa su

último domicilio, de parte de las señoras JUANA ANGÉLICA CORADO

MÁRQUEZ, ROSARIO DEL CARMEN CORADO DE VELADO y

GLADIS YESENIA CORADO MÁRQUEZ, en concepto de hermanas

y además como cesionarias de los derechos hereditarios que en la re-

ferida herencia les correspondían a los señores ROBERTO CORADO

MÁRQUEZ, LETICIA CORADO DE CASTANEDA, JULIO CESAR

CASTANEDA CORADO, Medardo Arturo Corado Márquez, Ovidio

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

Corado Márquez, Sigfredo Corado Márquez, también como hermanos

todos del causante.

Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del día

doce de julio del año dos mil siete.- Dr. MARIO MOISA MARTÍNEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE

ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011361-2

RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con quince

minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor José Liberato Soriano Ventura, quien fue de setenta y cuatro años

de edad, jubilado, casado, salvadoreño, quien falleció el día veintisiete

de julio del dos mil tres en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de

parte de los señores: Clara Isabel Martínez de Soriano, Fredy Antonio

Soriano Martínez, Ana Isabel Soriano Martínez y Pablo Felipe Soriano

Martínez, la primera en concepto de cónyuge y los demás como hijos

del mismo causante.

Y se ha nombrado a los aceptantes en el carácter y forma expre-

sados administradores y representantes interinos de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas del día seis de

enero del dos mil seis.- Lic. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE

AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011363-2

CARLOS ROBERTO VALENCIA FUNES, NOTARIO, DE ESTE

DOMICILIO, CON OFICINA UBICADA EN COLONIA YUMURI,

AVENIDA MAYARI No. 178, DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día trece de julio del año en curso, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

testamentaria que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Mount Holly,

New Jersey, Estado de Nueva York, Estados Unidos de Norte América,

el día dieciséis de diciembre del año dos mil cinco, a las veintidós horas

y cuarenta y dos minutos, dejó el señor ALFREDO ROSALES RUIZ,

de parte de la señora ANA AGUSTINA HERNÁNDEZ AGUILAR

conocida por ANA AGUSTINA HERNÁNDEZ DE ROSALES, en su

calidad de cónyuge sobreviviente del causante, representada legalmente

por su Apoderado General Judicial, con Facultades Especiales Licenciado

Carlos Adolfo Ortega Umaña conocido por Carlos Adolfo Ortega Arteaga,

habiéndosele conferido la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos, a la referida ofi cina en él término de quince días, contados

desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario Carlos Roberto Valencia Funes,

en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día dieciséis de julio

del año dos mil siete.

Dr. CARLOS ROBERTO VALENCIA FUNES,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011366-2

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce

horas del día cinco de junio del corriente año, se tuvo por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al

fallecer a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintitrés

de enero del año dos mil dos, en la ciudad Miami Florida, Estados Unidos

de Norte América, siendo su último domicilio la ciudad de Santa Rosa

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

de Lima, departamento de La Unión, dejara el causante JOSÉ NILO

MENJIVAR conocido por JOSÉ NILO MENJIVAR REYES, a la heredera

Dora Consuelo Sánchez de Menjívar conocida por Doris de Menjívar y

por Dora Consuelo Sánchez, en concepto de cónyuge sobreviviente del

Causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el

Art. 988 No. 1º del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librada del Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departamento

de La Unión, a los siete días del mes de junio del año dos mil siete.- Lic.

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-

RINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011372-2

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cincuenta y

cinco minutos del día veintiocho de junio de dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción ocurrida a las trece horas del día uno de

julio de mil novecientos setenta y uno, en el Cantón Loma de la Gloria

de esta jurisdicción, su último domicilio dejó la señora SUSANA RUIZ

PADILLA o SUSANA RUIZ; de parte del señor ADALID ROMEO RUIZ,

en su calidad de cesionario del derecho hereditario que en la sucesión le

correspondía al señor JOSÉ RIGOBERTO RUIZ, en su carácter de hijo

de la causante; y se ha nombrado interinamente al aceptante representante

y administrador de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las nueve horas treinta y

siete minutos del día dieciséis de julio del año dos mil siete.- Dr. JULIO

CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO

CASTELLÓN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011374-2

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LA

UNIÓN; AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las ocho

horas del día veinticinco de mayo del presente año, se tuvo por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que

al fallecer a las tres horas y quince minutos del día veinticinco de abril de

dos mil seis, en Mejicanos, Departamento de San Salvador, siendo Barrio

El Calvario, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, siendo

dicho lugar de su último domicilio, dejara el causante Oscar Lorenzo

Benítez, a favor de los herederos señores Xiomara Marilyn Benítez de

Ventura conocida por Xiomara Marilyn Benítez, Glenda Ysabel Benítez

de Hernández conocida por Glenda Ysabel Benítez y por Glenda Isabel

Benítez y Oscar Josué Benítez Majano, en calidad de hijos de la referida

causante, de conformidad con el Art. 988, No. 1°, del C. C.

Se les confi ere a los herederos declarados en el carácter dicho, la

administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los treinta días de mayo de dos mil siete.- Lic.

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-

RINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011375-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta

y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora

DOMINGA ALFARO BONILLA conocida por DOMINGA ALFARO

y por DOMINGA BONILLA, quien falleció el día diecisiete de agosto

de mil novecientos noventa y seis, en caserío El Havillal del Cantón El

Ciprés, de la Jurisdicción de Conchagua de este distrito y Departamento,

siendo ese lugar su último domicilio, de parte del señor CRESENCIO

HERNÁNDEZ, en calidad de cesionario de los derechos hereditarios

de los señores MARIA GRISELDA BONILLA, MARIA EMERITA

ALFARO, y JOSÉ PASTOR BONILLA HERNÁNDEZ, hijos de la cau-

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

sante. Confi érase al aceptante en el carácter indicado la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cártel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los ocho días del

mes de mayo de dos mil siete.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PÉREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011390-2

ARTURO DERMIDIO GUZMÁN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cuarenta

y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora MIRNA

ELIZABETH TORRES conocida por MIRNA ELIZABETH TORRES

DE VILLATORO, quien falleció el día seis de enero de dos mil cinco,

en el Cantón Agua Fría de la jurisdicción de San Alejo, siendo ese lugar

su último domicilio, de parte del señor ELMER ALIRIO VILLATORO

TORRES, en calidad de hijo de la causante y como cesionario de los de-

rechos hereditarios que correspondían a los señores LUCIO VILLATORO

CONTRERAS, EDGAR GUSTAVO VILLATORO TORRES, RAÚL

ALBERTO VILLATORO TORRES y HUGO ENRIQUE VILLATORO

TORRES, el primero en calidad de cónyuge sobreviviente y los demás

hijos de la causante. Y se le ha conferido a dicho aceptante en el carácter

indicado la administración y representación interinas de la sucesión con

las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de Ley después de la tercera publicación de este cártel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los once días del

mes de junio de dos mil siete.- Lic. ARTURO DERMIDIO GUZMÁN

MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Br. JORGE ALBERTO

PÉREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011391-2

SONIA ESTER PÉREZ BARRIENTOS, NOTARIO, DE ESTE DOMICI-

LIO, CON OFICINA UBICADA EN CUARTA AVENIDA SUR ENTRE

CALLE JOSÉ MARIANO MÉNDEZ Y ONCE CALLE PONIENTE,

NÚMERO CINCUENTA Y SIETE, DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a

las quince horas y treinta minutos del día quince de junio de dos mil siete,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Barrio Santa Cruz, de

esta ciudad, el día nueve de mayo de dos mil, dejó el señor ABRAHAN

OVIEDO conocido por ABRAHAM OVIEDO TREJO; por parte de la

señora MIRIAN ELIZABETH CRUZ OVIEDO, en su concepto de hija

sobreviviente del causante; habiéndosele conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de Santa

Ana, a las ocho horas del día dieciséis de julio del año dos mil siete.

Lic. SONIA ESTER PÉREZ BARRIENTOS,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011404-2

Doctora Ana Felícita Estrada, Juez de lo Civil del distrito judicial del

Departamento de San Vicente, al público para los efectos legales.

HACE: SABER: Que por resolución de las nueve horas cinco

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la

señora CONCEPCION PEREZ FLORES DE DURAN, de cincuenta y

seis años de edad, de ofi cios del hogar, e hija de los señores Fidel Pérez

y María Flores, fallecida a las cinco horas veinte minutos del día treinta

de Julio de mil novecientos noventa y dos, en el Barrio El Calvario de

la ciudad de Guadalupe, en este distrito judicial, lugar de su último do-

micilio, de parte de la señora ANGELA DURAN PEREZ, de cuarenta y

tres años de edad, Empleada del domicilio de San Salvador, por sí como

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

hija de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que

les corresponderían a los señores JOSE GREGORIO DURAN ALFARO,

cónyuge de la causante; MANUEL DE JESUS DURAN, JOSE ANGEL

DURAN PEREZ, SALVADOR DURAN PEREZ, GLORIA ESPERAN-

ZA DURAN DE MARTINEZ y ROSA VILMA DURAN DE ORTIZ,

todos en su condición de hijos de la causante; y se ha nombrado a la

aceptante señora ANGELA DURAN PEREZ, por sí y como cesionaria

de los derechos hereditarios que les corresponderían a los señores JOSE

GREGORIO DURAN ALFARO, MANUEL DE JESUS DURAN, JOSE

ANGEL DURAN PEREZ, SALVADOR DURAN PEREZ, GLORIA

ESPERANZA DURAN DE MARTINEZ y ROSA VILMA DURAN DE

ORTIZ, en el concepto antes expresado, administradora y representante

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas treinta minutos

del día cinco de julio del año dos mil siete.- Doctora ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011434-2

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-

DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y trece minutos

del día veintisiete de marzo del dos mil siete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el señor JOSE SANTOS MACHADO GUEVARA,

conocido por JOSE SANTOS MACHADO, quien falleció a las nueve

horas del día veintiuno de noviembre del dos mil cuatro, en la Ciudad de

Chapeltique, Distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar

su último domicilio, de parte de la señora ANA MARIA GUEVARA,

como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la

señora MARIA SANDRA MACHADO RIVERA, en calidad de hija del

causante y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indica-

do, la administración y representación interinas de la sucesión, con 1as

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once

horas y trece minutos del día veintisiete de marzo del dos mil siete.

Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011458-2

LUIS ALBERTO ESCOBAR ARCHILA, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina ubicada en Calle Obispo Marroquín #6-3, Sonsonate,

al público,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día diecisiete del mes de Julio del año dos mil siete,

se tiene por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la

Herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Nacional

Jorge Mazzini Villacorta de Sonsonate, siendo éste su último domicilio,

el día seis de Junio del año dos mil siete, dejó el señor FRANCISCO

ALFREDO VELASQUEZ ZEPEDA, de parte del Licenciado ERNESTO

VINICIO BELLOSO ESCOTO, actuando como apoderado de los seño-

res MARIA MARTA BRITO DE VELASQUEZ; EDITH CAROLINA

VELASQUEZ BRITO; CATALINA VELASQUEZ BRITO; BERTA

ALICIA VELASQUEZ BRITO; GUSTAVO ERNESTO VELASQUEZ;

MARTIN ALFREDO VELASQUEZ y MARIA ISABEL VELASQUEZ

DE RODRIGUEZ, la primera en su calidad de cónyuge y los demás

en su calidad de hijos sobrevivientes del referido causante, habiéndose

conferido la administración y Representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada

Ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente de

la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de Sonsonate, a los veintisiete días del mes

de Julio del año dos mil siete.

Licdo LUIS ALBERTO ESCOBAR ARCHILA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011469-2

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER Que por resolución dictada por este Juzgado a las

catorce horas con veintiséis minutos del día cinco de julio de dos mil siete,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la Herencia intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su

último domicilio, el día veintiocho de abril de mil novecientos noventa

y tres, dejó la señora MERCEDES DE LOS REYES LOPEZ VIUDA

DE LOPEZ, conocida por MERCEDES DE LOS REYES LOPEZ,

MERCEDES LOPEZ y por MERCEDES LOPEZ DE LOPEZ, de par-

te del señor HECTOR ALIRIO MEJIA, en su calidad de cesionario de

los derechos hereditarios que en dicha sucesión le correspondían a los

señores GUILLERMO LOPEZ y BERTA ALICIA LOPEZ DE RECINOS,

como hijos sobrevivientes de la causante, se ha conferido al aceptante

la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas con cuarenta minutos del día dieciséis de julio de dos mil

siete.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F011478-2

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las catorce horas con cinco minutos del día seis de Julio de dos mil siete,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San

Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio

esta Ciudad de San Marcos, el día treinta de marzo del año de mil no-

vecientos setenta y uno, dejó el causante señor AGUSTIN CALZADA

RODRIGUEZ conocido por AGUSTIN CALZADA, de parte del señor

JOSE SALVADOR CALZADO MARTINEZ conocido por JOSE SAL-

VADOR CALZADA MARTINEZ, en su calidad de hijo del causante en

mención, se ha conferido al aceptante la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-

guiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal

a hacer uso de sus derechos.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día

dieciséis de Julio del año dos mil siete.- Dr. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ARACELY FLORES

ALVAREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011530-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las doce horas con veinticinco minutos del día trece de junio del dos mil

siete; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción dejó la causante TRANSITO

CABRERA MORENO, quien fue de setenta y nueve años de edad, de

ofi cios domésticos, fallecida el día diecisiete de septiembre del año de

mil novecientos noventa y seis, siendo esta ciudad su último domicilio;

por parte del señor DAVID RUBEN DERAS LANDAVERDE; en cali-

dad de cesionario del derecho que le correspondía a los señores NIMIA

BERTA ALICIA CABRERA DE FUENTES, HUMBERTO ANTONIO

CABRERA LANDAVERDE, JOSE LEON CABRERA y MAXIMINO

ALFREDO CABRERA, en concepto de hijos de la referida causante.

En consecuencia, se le ha conferido a dicho aceptante la adminis-

tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades

y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacen-

te.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con

veinticinco minutos del día veintiuno de junio del dos mil siete.- Lic.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011535-2

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se a presentado por sí y escrito

el Licenciado RAUL ANTONIO MEDINA UMANZOR, mayor de edad,

Abogado y Notario, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San

Miguel, en su calidad de Apoderado General Judicial con cláusula especial

del señor RIGOBERTO ANTONIO COREAS COREAS, conocido como

RIGOBERTO ANTONIO COREAS CORTEZ, de cuarenta y cuatro años

de edad, soltero, jornalero, de este mismo domicilio, con Documento

Único de Identidad número cero, cero, doscientos setenta y cuatro mil

cuatrocientos sesenta y cinco- cero, solicitando se le extienda Título de

Propiedad de un Inmueble de naturaleza urbana situado en el Barrio

Concepción de esta Ciudad, de una extensión superfi cial de noventa

metros cuadrados y según certifi cación de la denominación catastral

de sesenta y ocho metros noventa y cinco centímetros cuadrados y es

de las medidas y linderos siguientes: ORIENTE: siete punto cincuenta

metros, linda con el Terreno de Daniel Ulises Amaya Juárez, pared de

ladrillo y también hay cerco de alambre propio de por medio AL NORTE:

catorce punto cincuenta metros colinda con terreno de Porfi rio Coreas,

pared de ladrillo propio del terreno que se describe de por medio AL

PONIENTE: ocho punto cincuenta metros linda con solar de Domingo

Cabrera, calle que conduce a Berlín de por medio y AL SUR: ocho metros

colinda con solar de Daniel Ulises Amaya Juárez, pared de ladrillo de

por medio propio del terreno que se describe, en el inmueble descrito

existe construida una casa de sistema mixto con sus respectivos servicios

de agua potable y Energía Eléctrica y lo valúa en la cantidad de diez

mil colones exactos. El referido inmueble no es dominante ni sirviente,

no posee en él derechos ni cargas reales y lo adquirió por compra venta

formal en escritura pública, hecha en Santiago de María, a las once horas

del día siete de enero del dos mil dos, ante el Licenciado Miguel Angel

Flores, Notario, del domicilio de Santiago de María y unida la posesión

material a la de su antecesor, quien ya es fallecido, es por más de diez

años continuos, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Ciudad de Mercedes Umaña, a las once

horas del día once de julio del año dos mil siete.- ANTONIO AN-

GEL RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- ELBA OLIMPIA

RODRIGUEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F011394-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

DOMITILA ABREGO DE ARIAS, de sesenta y siete años de edad,

ama de casa, del domicilio de esta Ciudad, con Documento Único de

Identidad Número cero cero ochocientos ochenta y nueve mil ochocientos

sesenta y cinco guión uno, solicitando que se extienda, a su favor Título

de Propiedad de un solar urbano con su construcción Identifi cado como

lote número diecisiete, situado sobre la fi nal de la Cuarta Avenida Sur

del Barrio Los Desamparados de esta ciudad, de CIENTO SESENTA

METROS CUADRADOS, de extensión superfi cial, comprendido dentro

de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, en línea recta

hacia el Sur, mide ocho metros linda con propiedad de Ana María

López Molina, servidumbre de tránsito de cinco metros, cincuenta

centímetros de ancho de por medio, AL NORTE, en línea recta hacia

el Poniente, mide veinte metros y linda con propiedad de Edmundo

Miranda Carvajal, AL PONIENTE, en línea recta hacia el Sur mide

ocho metros, linda con propiedad de Santiago Valladares; y AL SUR,

en línea recta hacia el oriente hasta llegar al punto donde se comenzó la

descripción mide veinte metros, linda con propiedad de Ursula Vilma de

Herrera, no es dominante ni sirviente no tiene cargas o derechos reales

ni está en proindivisión. Lo hubo por compra a Francisca Velásquez

Guzmán y lo estima en SEIS MIL DOLARES.- Los colindantes son de

este domicilio.

Alcaldía Municipal: Ilobasco, a los diez días del mes de julio de

dos mil siete.- JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE

MUNICIPAL.- MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011498-2

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

TITULOS SUPLETORIOS

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA;

HACE SABER: Que con fecha seis de julio del corriente año, se

presentó a este juzgado el Licenciado Edwin Antonio Moraga Salgado,

de treinta y un años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la

ciudad El Triunfo, departamento de Usulután, con Documento Único de

Identidad número cero dos millones cuatrocientos diez mil ochocientos

ochenta y nueve - seis; en concepto de Apoderado General Judicial de la

señora Blanca Zoila Coreas Granados, solicitando se le extienda a favor

de su mandante Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústico

situado en Cantón Las Marías, jurisdicción y distrito de Chinameca,

departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de Setecien-

tos ochenta y siete punto setenta y tres metros cuadrados, que tiene las

medidas y colindancias actuales siguientes: AL NORTE: Setenta metros

ciento noventa y un milímetros, con terreno de Alberto Recinos e hijos,

hoy con José Alejandro Romero, alambre de por medio; AL ORIEN-

TE: Diez metros ochocientos sesenta y ocho milímetros, con Alberto

Recinos e hijos, hoy de Cooperativa ADEMUR; AL SUR: Cincuenta y

ocho metros, con Silvia Guevara Paíz, hoy con Jorge Saravia, pared de

ladrillo en parte y en otra posteado de cemento propio del terreno que se

describe; y AL PONIENTE: Diez metros, con Duban Torres Funes, hoy

con Erasmo Castro, calle pavimentada que conduce a Santa Elena de por

medio. Actualmente dicho terreno contiene una casa de sistema mixto de

aproximadamente sesenta metros cuadrados, y lo adquirió su mandante

por compra venta que le hizo al señor Luis Alonso Manueles Sánchez;

que el inmueble no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a

otra persona, ni lo posee en proindivisión y lo valúa en la cantidad de

Cuatro Mil dólares de los Estados Unidos de América.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las

once horas veinte minutos del día once de julio de dos mil siete.- Lic.

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Br. ROSALÍA DE JESÚS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011369-2

OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

EDWIN ANTONIO MORAGA SALGADO, de treinta y un años de edad,

Abogado, del domicilio de la ciudad de El Triunfo, Departamento de

Usulután, con Documento Único de Identidad número: Cero dos millones

cuatrocientos diez mil ochocientos ochenta y nueve-seis; como Apoderado

General Judicial de la señora CECILIA ALEJANDRA PORTILLO DE

MARTÍNEZ, de treinta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, del

domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad número

cero cero novecientos veintisiete mil diecisiete - tres, con Número de

Identifi cación Tributaria: Un mil trescientos catorce- doscientos veinte

mil cuatrocientos setenta y cuatro-ciento dos-cuatro; solicitando se le

extienda TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica

situado en Cantón Tapesquillo Alto, jurisdicción de Jucuapa, departamento

de Usulután, de la capacidad superfi cial de MIL SETENTA Y CUATRO

PUNTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas

y colindancias siguientes: AL NORTE, treinta y siete metros, linda con

Dolores Salinas, quebrada de por medio; AL ORIENTE, treinta y ocho

metros, linda con Elisa Rivas; AL PONIENTE, veinticinco punto dos

metros, linda con Oscar Arnoldo Álvarez; y AL SUR, treinta y un metros,

linda con Pedro Francisco Portillo, callejón de por medio.- Dicho inmue-

ble lo hubo por compra que hizo en escritura privada al señor MOISÉS

RIVAS TURCIOS, mayor de edad, agricultor, de este domicilio, quien

ya falleció, tal como consta en partida de defunción que adjunta dicha

escritura, no era inscribible y se le extravió.- El inmueble descrito no

tiene cargas ni derechos reales, ni lo posee en proindivisión, y lo valúa

en la suma de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las quince

horas y treinta minutos del día seis de julio del dos mil siete.- Lic.

OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011370-2

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN, AL PÚBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

José Edilberto Velásquez Gómez, Abogado, de este domicilio, como

Apoderado General Judicial de los señores Valentín Bonilla e Hilaria

Bonilla de Bonilla, de cuarenta y cuatro y treinta y seis años de edad, en

su orden, jornalero y de ofi cios domésticos, respectivamente, ambos del

domicilio de Concepción de Oriente, con residencia en Cantón Gueripe,

quienes solicitan título supletorio de dos terrenos de naturaleza rústica,

situados en el Cantón Gueripe, Caserío Cuevas, Jurisdicción de Concep-

ción de Oriente, Distrito de Santa Rosa de Lima, departamento de La

Unión, EL PRIMERO, de la capacidad superfi cial de Un mil trescientos

treinta metros, veinticuatro decímetros cuadrados, que mide y linda: AL

NORTE, veinticinco metros con propiedad de la señora Eulogia Bonilla,

un callejón de por medio; AL SUR, cuarenta y ocho metros, ochenta

centímetros, con propiedad del señor Ángel Bonilla, cerco de malla de

ciclón propio de por medio; AL ORIENTE, cuarenta y un metros cin-

cuenta centímetros, con propiedad de la señora María Ángela Bonilla,

calle que conduce de Concepción de Oriente hacia Polorós de por medio;

y AL PONIENTE, treinta metros sesenta centímetros, con propiedad de

la señora Eulogia Bonilla, callejón de por medio, existe construida en el

interior de este lote, una casa paredes de adobe, techo de tejas, de nueve

varas de largo por seis de ancho, con servicio de energía eléctrica, y un

anexo, paredes de ladrillo, techo de tejas; EL SEGUNDO, de la misma

naturaleza y situación del anteriormente descrito, de la capacidad su-

perfi cial de Siete mil setenta y ocho metros, noventa y cinco decímetros

cuadrados, que mide y linda: AL NORTE, ciento catorce metros, con

propiedad de la señora María Ángela Bonilla, cerco de alambre y piña

de por medio; AL SUR, ciento seis metros, setenta centímetros, con

propiedad del señor Anacleto Bonilla, cerco de alambre y piña de por

medio; AL ORIENTE, setenta y siete metros, setenta centímetros, con

propiedad de César Bonilla, cerco de alambre y piña de por medio; y AL

PONIENTE, cincuenta metros, sesenta centímetros, con propiedad de

Jesús Vanegas, quebrada invernal de por medio, carece de construcciones

y cultivos permanentes. Valúan dichos inmuebles en su conjunto en la

suma de Cuatro mil dólares de los Estados Unidos de América, y los

adquirieron por compra informal hecha a la señora Adela Bonilla, en el

año de mil novecientos noventa y uno.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, el día siete de junio del año dos mil siete.- Lic.

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARINA

CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011371-2

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO

DE LA UNIÓN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que se han presentado a este Juzgado los señores

Daniel Cárcamo Velásquez, de cincuenta y tres años de edad, Comer-

ciante, Ethelvina Cárcamo; de cuarenta y nueve años de edad, de ofi cios

domésticos, y Julia Marible Cárcamo de Hernández, de cuarenta y tres

años de edad, el primero y tercera de este domicilio y la segunda del

domicilio de la ciudad de Pasaquina, con Documentos Únicos de Identidad

números cero dos millones trescientos ochenta y cinco mil novecientos

doce-siete; cero dos millones trescientos ochenta y seis mil quinientos

sesenta y nueve-nueve; y cero dos millones trescientos ochenta y seis mil

ciento siete-siete, en su orden, Representados por su Apoderado General

Judicial Licenciado José Edilberto Velásquez Gómez, solicitando título

supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San

Felipe, Jurisdicción de Pasaquina, de este Distrito, Departamento de La

Unión, de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS OCHENTA Y

TRES METROS, SESENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS

que mide y linda: AL ORIENTE, veintidós metros treinta centímetros,

con propiedad del señor Juan Ángel Fuentes Guevara; AL NORTE,

dieciocho metros cuarenta y cinco centímetros, con propiedad del mismo

señor Juan Ángel Fuentes Guevara, cerco de alambre de por medio; AL

PONIENTE, veintisiete metros, con terreno del señor Pablo Aguilar, cerco

de alambre de por medio; y AL SUR, veinte metros ochenta centímetros,

con propiedad de los señores Marina Cárcamo y Tomás Cárcamo, calle

pública de por medio, hay construidas dos casas paredes de ladrillo,

techo de tejas y plafón.- Valúan el referido inmueble en la cantidad de

DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Y lo adquirieron por donación Informal que les hiciera su difunto padre

Jerónimo Contreras, en el mes de junio de dos mil cuatro.

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

cuatro días del mes de julio de dos mil siete.- Lic. ÁNGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCIÓN

MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011373-2

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA;

HACE SABER: Que con fecha veintinueve de junio del corriente

año, se presentó a este juzgado el Licenciado Néstor Alfredo Zelaya

Salamanca, de cuarenta y siete años de edad, Abogado del domicilio de

Nueva Guadalupe, departamento de San Miguel, con Documento Único

de Identidad número cero uno ocho cero dos cuatro uno cuatro guión

nueve, en concepto de Apoderado General Judicial del señor José Antonio

Funes Solórzano, solicitando se le extienda a favor de su mandante Título

Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón

Valencia, jurisdicción de Lolotique, de este distrito, departamento de

San Miguel, de la capacidad superfi cial de cuatro hectáreas siete áreas

treinta y nueve centrarías cuarenta y dos milésimas de centrarías o sea

Cuarenta mil setecientos treinta y nueve metros cuadrados con cuarenta

y dos centímetros cuadrados; que mide y linda: AL NORTE: Ciento

setenta y tres punto veintinueve metros, colinda con terreno que fue de

Amparo Alegría, ahora Carlos Castro, cerco de piña y alambre de púas

de por medio propiedad del colindante; AL ORIENTE: Doscientos ocho

punto cero uno metros, colindando con terrenos que fueron de Carlos

Armando Molina; ahora de Paz Molina y Guadalupe Molina, quebrada

de por medio; AL SUR: Ciento noventa y nueve punto ochenta y cinco

metros, colinda con terreno que fue de Agatón Funes, ahora de María

Funes de Benavides, Virgilio Benavides y Andrés Salamanca, cerco de

piña y alambre de púas y quebrada de por medio, propiedad de los co-

lindantes; y AL PONIENTE: Doscientos veintiocho punto sesenta y un

metros, colindando con terrenos que fueron de Agatón Funes, Bartolomé

Funes e Isabel Quintanilla viuda de Funes, ahora de Israel Funes, Juana

Gómez y Antonio Funes, cerco de alambre propio y callejón de por medio;

que dicho inmueble no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan

a otra persona, no existe construcción alguna ni cultivos permanentes; y

su mandante lo adquirió por compra venta material que le hizo al señor

Justiniano Funes, el día veintisiete de septiembre de dos mil uno.- Y

lo valúa en la cantidad de Dos mil doscientos veinticinco dólares con

setenta y un centavos de dólar de los Estados Unidos de América.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las

once horas cincuenta minutos del día tres de julio de dos mil siete.- Lic.

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Br. ROSALÍA DE JESÚS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011453-2

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora

MARIA BASILIA VALENCIA GARCÍA, de sesenta y siete años de

edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Ilobasco, departamento

de Cabañas, con Documento Único de Identidad número cero un mi-

llón novecientos nueve mil doscientos seis guión cuatro; solicitando

TITULO SUPLETORIO a su favor, de dos inmuebles de naturaleza

rústica, situados en el Cantón Sitio Viejo, jurisdicción de Ilobasco, de-

partamento de Cabañas; el primer inmueble de la extensión superfi cial

de DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: En

tres tramos así: El primero de Sur a Norte, mide setenta metros, linda

con Pablo Leiva; el segundo de Poniente a Oriente, desde un árbol de

pepeto, mide treinta metros hasta un árbol de jiote, linda con terreno del

señor Atilio Guerra; y el tercero de Norte a Sur, desde el árbol de jiote

antes mencionado mide treinta y cuatro punto ochenta metros, hasta

llegar a un árbol de mango, linda con terreno del señor Bartolo Guerra,

y según certifi cación linda con terrenos de Pedro Flores Leiva, Víctor

Flores, y Juan José Guerra; AL ORIENTE: En dos tramos, el primero

del árbol de mango antes dicho, pasando por zanjuela que está por un

árbol de ojuste hasta llegar a un árbol de jiote, mide setenta metros; el

segundo de Norte a Sur, del árbol de jiote últimamente mencionado mide

ciento diez metros, en ambos tramos linda con terreno del señor Bartolo

Guerra, divide cerco de madera y alambre, y según certifi cación de la

denominación catastral linda con terreno del señor Juan José Guerra;

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

AL SUR: Un tramo en línea recta, mide noventa y ocho metros, linda

con terreno del señor Braulio Echeverría, cerco de piña de por medio,

y según certifi cación de la denominación catastral linda con terreno de

Víctor Flores y Juan José Guerra; y AL PONIENTE: En dos tramos así:

El primero de Sur a Norte, mide ochenta metros, cerco de piña de por

medio; y el segundo de Poniente a Oriente mide treinta metros, en ambos

tramos linda con terreno del señor Pablo Leiva. Dicho inmueble carece

de construcciones y cultivos permanentes. El segundo: De la extensión

superfi cial de DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y TRES METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: En

dos tramos de Poniente a Oriente; el primero de cien metros y el segundo

de ciento ochenta metros, linda con terreno del señor Miguel Pineda, en

parte y en otra con terreno propiedad del señor Juan Guardado, quebrada

de por medio, y según certifi cación de la denominación catastral linda

con terrenos de Marcelina Castellanos, Luparia Castellanos de Herrera,

Pedro Torres, río de por medio; AL ORIENTE: Mide ciento quince punto

ochenta metros, linda con terreno del señor Atilio Guerra, camino vecinal

de por medio, y según certifi cación de la denominación catastral linda

con terreno del señor Atilio Guerra, río de por medio, y con Juan José

Guerra, divide camino vecinal de por medio; AL SUR: Mide doscientos

diez metros, zanjuela arriba, linda con terreno de la señora Juana Guerra,

cerco de piña de por medio; y según certifi cación de la denominación

catastral, linda con terreno de Juan José Guerra; y AL PONIENTE: Mide

veinticuatro punto treinta metros, linda con terreno del señor Miguel

Pineda, y según certifi cación de la denominación catastral linda con

terreno del señor Juan José Guerra. Dicho inmueble por el rumbo Oriente

tiene construida una casa, paredes de adobe y techo de lámina y tejas,

sin cultivos permanentes. Los terrenos así descritos no son dominantes

ni sirvientes, ni se encuentran en proindivisión con persona alguna; lo

valúa el primer inmueble en la cantidad de UN MIL SETECIENTOS

CATORCE DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA cada uno de los inmuebles

descritos. Los hubo por posesión que ha ejercido por más de veinte años

consecutivos.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las catorce horas cincuenta minutos del día doce de julio de dos mil

siete.- Lic. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA PROPIETARIO.- Lic. CORNELIO SANTOS, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F011497-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado

WILLIAN EDUARDO HERRERA RECINOS, de treinta y tres años

de edad, Abogado, de este domicilio, Apoderado General Judicial de

la señora ZOILA ESPERANZA BARRERA, de cincuenta y siete años

de edad, soltera, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Jucuarán,

promoviendo Diligencias Sumarias de Título Supletorio, de un terreno

de naturaleza rústica, situado en Cantón El Jutal Municipio de Jucuarán,

Departamento de Usulután, cuya capacidad es de treinta y tres áreas,

de los linderos siguientes: ORIENTE, linda con terreno de EULOGIO

BONILLA, hoy de JAVIER BONILLA, y VICENTE ALVAYEROS,

hoy del señor SANTOS DE LEÓN, actualmente linda con ANTONIO

FRANCO, callejón de servidumbre de por medio de tres metros de

ancho; NORTE, linda con porción vendida a la señora CRISTORIA

DEL CARMEN BARRERA, cerco de alambre de por medio, una parte

propia y la otra parte del colindante MILTON YANEZ; PONIENTE,

terreno de la sucesión de DOLORES CRUZ, hoy de MOISÉS CRUZ,

río El Jutal de por medio; y AL SUR, linda con porción vendida al se-

ñor JOSÉ ROBERTO BARRERA, cerco de alambre de por medio, una

parte propia y la otra del colindante.- Lo adquirió por compraventa que

le hizo el señor HÉCTOR ORTEGA BARRERA.- Y lo estima en Dos

Mil Dólares de los Estados Unidos de América, y lo ha poseído desde

el mes de marzo del año mil novecientos ochenta, no es dominante ni

sirviente, ni está en proindivisión con nadie.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a las

catorce horas y dieciséis minutos del día diecinueve de junio del año dos

mil siete.- Lic. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011500-2

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

IRMA DE LA PAZ RIVERA VALENCIA, mayor de edad, Abogado y

Notario, del domicilio de San Miguel, actuando en concepto de Apode-

rada General Judicial con Cláusula Especial de la Iglesia Católica de El

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

Salvador, DIOCESIS DE SAN MIGUEL, con Tarjeta de Identifi cación

Tributaria, número un mil doscientos diecisiete-doscientos mil ocho-

cientos ochenta y siete- ciento uno- cero. Viene a solicitar TITULO DE

DOMINIO, de una porción de terreno, de Naturaleza Urbana, situado en

el Barrio El Calvario, de la Ciudad de San Alejo, distrito y departamento

de La Unión, de la capacidad superfi cial de SETECIENTOS TREINTA

Y CINCO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, de las

medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide veintiún metros,

linda con solar del señor Luis Robles, calle de por medio; AL NORTE:

mide treinta y cinco punto cuarenta metros, y linda con el señor José

Norberto Sorto, quebrada de por medio; AL PONIENTE: mide veintiuno

punto cincuenta metros, y linda con solar del señor Carlos Salomón

Lazo Romero y Amalia Bautista Romero, quebrada de por medio; y al

SUR: mide treinta y tres punto ochenta metros, linda con Isidro Reyes,

calle de por medio. Dicho inmueble tiene como accesorio una ermita,

cercada por los rumbos Sur y Oriente con tapial de piedra y malla, y

por los rumbos Norte y Poniente tapial de piedra y bloque, con servicio

de energía eléctrica y agua potable. El inmueble antes descrito no es

dominante ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales, ni está en

proindivisión con nadie, y lo adquirió por compraventa que le hizo al

señor Isidro Vanegas, en esta ciudad, el día diecinueve de marzo del año

mil novecientos catorce. Posesión que ejerce por más de noventa y dos

años continuos, la cual ha sido de manera quieta, pacífi ca, pública y no

interrumpida, la solicitante lo evalúa en la cantidad de CINCUENTA

MIL COLONES equivalentes a CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE

PUNTO VEINTINUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

NORTE AMERICA. Los colindantes son de este domicilio.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley correspon-

diente.

Alcaldía Municipal de San Alejo, a los treinta y un días del mes de

enero del año dos mil siete. ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL, AL-

CALDE MUNICIPAL.- WILLIAM ERNESTO MURILLO MAJANO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011460-2

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2007065893

No. de Presentación: 20070091659

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

TERESA EGUIZABAL VIUDA DE SANCHEZ, en su calidad de RE-

PRESENTANTE LEGAL de PLATINUM ENTERPRISES, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PLATINUM

ENTERPRISES, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra WIMAX y diseño, que servirá para:

AMPARAR: APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISION,

REPRODUCCION DEL SONIDO O DE IMAGENES; Y EQUIPOS

PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION (PROCESO DE

DATOS).

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de junio del año dos mil siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010921-2

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

No. de Expediente: 2007068312

No. de Presentación: 20070095666

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL AN-

GEL MORALES MONTESINOS, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de DISTRIBUIDORA MORALES, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIMO, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra ZON y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: MASCON PARA LAVAR TRASTOS, INSTRUMENTOS

MANUALES DE LIMPIEZA.

La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de julio del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010932-2

No. de Expediente: 2007067265

No. de Presentación: 20070094001

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN CARLOS

RAMIREZ CIENFUEGOS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de INXAIT EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra COPILOTO, que servirá para: AMPA-

RAR: UNA REVISTA.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010959-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007068184

No. de Presentación: 20070095435

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RANULFO

ANTONIO PEÑATE MEDRAN O, en su calidad de REPRESENTANTE

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

LEGAL de GLOBALES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GLOBALES DE EL SAL-

VADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras DOOR DEPOT y diseño, que se tra-

duce al castellano como DEPOSITO DE PUERTA. Sobre los términos

aisladamente considerados no se le concede exclusividad, sino por todo

el conjunto, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIEN-

TO COMERCIAL DEDICADO A LA FABRICACION Y VENTA DE

MUEBLES EN GENERAL, CONSISTENTES EN: MUEBLES PARA

SALA, MUEBLES PARA COMEDOR, MUEBLES PARA OFICINA,

MUEBLES PARA BAÑO, MUEBLES PARA COCINA Y MUEBLES

PARA DORMITORIO; ASI COMO LA FABRICACION Y VENTA

DE PUERTAS; MUEBLES Y PUERTAS QUE PUEDEN SER DE

MADERA, METAL, VIDRIO O ALUMINIO.

La solicitud fue presentada el día tres de julio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de julio del año dos mil siete.

ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010919-2

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2007058844.

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058844- 001.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JENNY

LORENA ZABLAH NOSTHAS, de nacionalidad SALVADOREÑA,

con número de Documento Unico de Identidad 00932483-3 del domicilio

de NUEVO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, quien ha presentado soli-

citud a las diez horas y ocho minutos del día veintidós de mayo de dos

mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058844

inscripción 78 y el asiento de Establecimiento No. 2007058844- 001,

inscripción 79, ambos del Libro 146 de Asientos de Matrícula de Empresa

y Establecimiento. La Empresa denominada PALESTINO S BAKERY,

que se dedica a SUMINISTROS DE BANQUETES, con dirección en

AVENIDA OLA SUR Y 7a. CALLE PONIENTE No. 13 VIA DEL

MAR del domicilio de NUEVO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuyo

activo asciende a ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE

14/100 DOLARES ($11,657.14) y que tiene el establecimiento siguiente:

001-) denominado PALESTINO S BAKERY ubicado en AVENIDA OLA

SUR Y 7a. CALLE PONIENTE No. 13 VIA DEL MAR, del domicilio

de NUEVO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, y que se dedica a SUMI-

NISTROS DE BANQUETES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintitrés de mayo de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010941-2

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ASIENTO DE EMPRESA 1996025354

ESTABLECIMIENTO 1996025354- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MEDINA

LOPEZ, LUIS ALONSO, en su calidad de Representante legal de la

sociedad LAM HOLDINGS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse LAM HOLDINGS, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 38 del libro 1148 del

Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-

tifi cación Tributaria: 0614-280995-103-1, ha presentado solicitud a las

diez horas y cincuenta y cinco minutos del día veintisiete de septiembre

de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa

No. 1996025354 y Establecimiento No. 1996025354- 00l; a favor de

la Empresa denominada LAM HOLDINGS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE ABO-

GACIA Y NOTARIADO, con dirección en CALLE CONCHAGUA

POLIGONO J-1 No. 43, CUMBRES DE CUSCATLAN del domicilio

de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a VEINTIUN MIL

NOVECIENTOS OCHO DOLARES CON 51/100 $21,908.51 y que

tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) LAM HOLDINGS,

S.A. DE C.V., ubicado en CALLE CONCHAGUA POLIGONO J-1

No. 43, CUMBRES DE CUSCATLAN, del domicilio de ANTIGUO

CUSCATLAN.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, cuatro de octubre de dos mil cuatro.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010948-2

ASIENTO. DE EMPRESA 2007059012

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059012- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSUE COR-

NEJO BONILLA, en su calidad de Representante legal de la sociedad

IMPORTADORA UNIVERSAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse IMPORTADORA UNIVERSAL, S.A.

DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y

departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita

bajo el número 37 del libro 2227 del Registro de Sociedades del Registro

de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-090507-

102-3; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y cincuenta y seis

minutos del día catorce de junio de dos mil siete. Con la cual se otorgó

el asiento de Empresa No. 2007059012 inscripción 211 y el asiento de

Establecimiento No. 2007059012- 001, inscripción 212, ambos del Libro

148 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

se denomina IMPORTADORA UNIVERSAL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMERCIALIZACION Y

DISTRIBUCION DE TODA CLASE DE ARTICULOS Y PRODUCTOS

DEL HOGAR Y CONSUMO FAMILIAR; IMPORTACION, EXPOR-

TACION, PRODUCCION, DISTRIBUCION, COMERCIALIZACION,

COMPRAVENTA DE PRODUCTOS Y EQUIPOS PARA USOS IN-

DUSTRIALES, COMERCIALES, AGRICOLAS, con dirección en

5ª AVENIDA SUR No. 115-C del domicilio y departamento de SAN

SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS

VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el estable-

cimiento siguiente: 001-) denominado IMPORTADORAUNIVERSAL,

S.A. DE C.V., ubicado en 5ª AVENIDA SUR No. 1l5-C del domicilio

y departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a COMERCIA-

LIZACION Y DISTRIBUCION DE TODA CLASE DE ARTICULOS

Y PRODUCTOS DEL HOGAR Y CONSUMO FAMILIAR; IMPOR-

TACION, EXPORTACION, PRODUCCION, DISTRIBUCION, CO-

MERCIALIZACION, COMPRAVENTA DE PRODUCTOS Y EQUIPOS

PARA USOS INDUSTRIALES, COMERCIALES, AGRICOLAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de junio de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010949-2

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 2007059266

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059266- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RAMON

GONZALEZ SUVILLAGA, en su calidad de Representante legal de la

sociedad SUVILLAGA HERMANOS Y COMPAÑIA; de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SAN LUIS TALPA, LA PAZ y cuya

escritura social está inscrita bajo el número 2 del libro 767 del Registro de

Sociedades del Registro de Comercio, el cual ha presentado solicitud a las

trece horas y diez minutos del día diecisiete de julio de dos mil siete con la

cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059266 inscripción 182 y el

asiento de Establecimiento No. 2007059266- 001 inscripción 183 ambos

del libro 151 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;

la Empresa denominada SUVILLAGA HERMANOS Y COMPAÑIA,

la cual se dedica a AGRICULTURA, con dirección en CALLE A LA

ZUNGANERA, PORTON ROJO, ENTRADA PRINCIPAL, FRENTE A

TRANSFORMADORES del domicilio de SAN LUIS TALPA, LA PAZ

y cuyo activo asciende a CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS

VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($51,428.57) y que tiene el esta-

blecimiento siguiente: 001-) denominado SUVILLAGA HERMANOS

Y COMPAÑIA ubicado en CALLE A LA ZUNGANERA, PORTON

ROJO, ENTRADA PRINCIPAL, FRENTE A TRANSFORMADORES,

SAN LUIS TALPA, LA PAZ y que se dedica a AGRICULTURA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecisiete de julio de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010952-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002011256

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002011256- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

ISAAC RENDEROS FUNES en su calidad de Representante legal de

la sociedad STEREO MI PREFERIDA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse STEREO MI PREFERI-

DA, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio

de COLON, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 32 del libro 475 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-071085-001-5;

quien ha presentado solicitud a las nueve horas y cuarenta y ocho mi-

nutos del día veinticinco de junio de dos mil uno, con la cual se otorgó

el asiento de Empresa No. 2002011256 inscripción 132 y el asiento de

Establecimiento No 2002011256- 001 inscripción 133, ambos del libro

151 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

denominada STEREO MI PREFERIDA, S .A. DE C.V., la cual se dedica

a RADIODIFUSION COMERCIAL, con dirección en RESIDENCIAL

GUADALUPE, POLIGONO “E”, LOTE No. 9, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuyo activo asciende a TRES MILLONES QUINIENTOS

OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE

58/100 COLONES (¢3,588,849.58) y que tiene el establecimiento si-

guiente: 001-) denominado STEREO MI PREFERIDA, S.A. DE C.V.,

ubicado en RESIDENCIAL GUADALUPE, POLIGONO “E”, LOTE

No. 9 y que se dedica a RADIODIFUSION COMERCIAL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciséis de julio de dos mil siete.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA,

3 v. alt. No. C010953-2

ASIENTO DE EMPRESA 2007059183

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059183- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAVIER

EDGARDO ROMERO ROSALES, en su calidad de Representante

Legal de la sociedad MULTISERVICIOS JR, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MULTISERVICIOS

JR, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 51 del libro 2243 del Registro de Sociedades del Registro

de Comercio; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y trece

minutos del día cinco de julio de dos mil siete, con la cual se otorgó

el asiento de Empresa No. 2007059183 inscripción 25 y el asiento de

Establecimiento No. 2007059183-001, inscripción 26, ambos del Libro

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

151 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

se denomina MULTISERVICIOS JR, S.A. DE C.V., la cual se dedica a

TODA CLASE DE ACTIVIDADES COMERCIALES, INDUSTRIA-

LES, AGRICOLAS, DE SERVICIO, con dirección en RESIDENCIAL

PINARES DE SUIZA, POLIGONO 11 CASA No. 17 del domicilio de

SANTA TECLA, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a ONCE MIL

CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y

que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado MULTISER-

VICIOS JR, S.A. DE C.V. ubicado en RESIDENCIAL PINARES DE

SUIZA, POLIGONO 11 CASA No. 17, SANTA TECLA, LA LIBERTAD

y que se dedica a TODA CLASE DE ACTIVIDADES COMERCIALES,

INDUSTRIALES, AGRICOLAS, DE SERVICIO;

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diez de julio de dos mil siete.

Lic. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C010955-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001016910

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001016910- 002

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO

JOSE CARBONE SCANAVINO en su calidad de Representante legal de

la sociedad ARQUITECTURA, MUEBLES, INDUSTRIAS DIVERSAS

ARTESANIAS, SOCIEDAD ANONlMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVA-

DOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 27 del libro 757

del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identifi cación Tributaria: 0614-011190-102-1, ha presentado solicitud

de apertura de nuevo establecimiento. Con la cual se otorgó asiento de

Establecimiento No. 2002016910- 002; denominado PORTICO REAL

PASEO situado en PASEO GENERAL ESCALON, CENTRO COMER-

CIAL EL PASEO, No. 28 del domicilio de SAN SALVADOR que se

dedica a VENTA DE ENSERES DOMESTICOS COMO CUBIERTOS Y

OTROS y que forma parte de la empresa denominada ARQUITECTURA,

MUEBLES, INDUSTRIAS DIVERSAS ARTESANIAS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, trece de julio de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010960-2

ASIENTO DE EMPRESA 2007059033

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059033- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR

MAURICIO HURTADO SALDAÑA, en su calidad de Representante

legal de la sociedad INVERSIONES TURISTICAS CONTINENTALES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse

INVERSIONES TURISTICAS CONTINENTALES, S.A. DE C.V.; so-

ciedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento

de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número

26 del libro 2216 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-150307-103-1; el cual ha

presentado solicitud a las catorce horas y treinta y nueve minutos del día

dieciocho de junio de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2007059033 inscripción 15 y el asiento de Establecimiento

No. 2007059033- 001, inscripción 16, ambos del Libro 149 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina

INVERSIONES TURISTICAS CONTINENTALES, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTRAS ACTIVI-

DADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con

dirección en PASAJE SENDA FLORIDA NORTE No. 124, COLONIA

ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende

a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES

($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denomina-

do INVERSIONES TURISTICAS CONTINENTALES, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en PASAJE SENDA

FLORIDA NORTE No. 124, COLONIA ESCALON del domicilio y

departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a OTRAS ACTI-

VIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinte de junio de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010962-2

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 2007059034

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059034- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR

MAURICIO HURTADO SALDAÑA, en su calidad de Representante

legal de la sociedad DESARROLLOS TURISTICOS DEL PACIFICO,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse

DESARROLLOS TURISTICOS DEL PACIFICO, S.A. DE C.V.; socie-

dad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento

de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número

26 del libro 2212 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-010307-102-8; el cual ha

presentado solicitud a las catorce horas y cuarenta y dos minutos del día

dieciocho de junio de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2007059034 inscripción 32 y el asiento de Establecimiento

No. 2007059034- 001, inscripción 33, ambos del Libro 149 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina

DESARROLLOS THRISTICOS DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTRAS ACTI-

VIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE,

con dirección en COLONIA ESCALON, PASAJE SENDA FLORIDA

NORTE No. 124 del domicilio y departamento de SAN SALVADOR,

cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO

57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente:

001-) denominado DESARROLLOS TURISTICOS DEL PACIFICO,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en CO-

LONIA ESCALON, PASAJE SENDA FLORIDA NORTE No. 124

del domicilio y departamento de SAN SALVADOR Y que se dedica

a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS

PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinte de junio de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010963-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001036670

ESTABLECIMIENTO 2001036670- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO

DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-

CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

BONILLA ECHEVERRIA, SAIDA, Comercianta, de nacionalidad

SALVADOREÑA, originaria de Sensembra, con dirección en 3a. Calle

Poniente #3-bis, del domicilio de SAN FRANCISCO GOTERA, con

Número de Identifi cación Tributaria: 1322-091152-001-6, ha presentado

solicitud a las trece horas con veinticuatro minutos del día dieciocho de

noviembre de dos mil tres. Por la cual se otorgaron los asientos de Em-

presa No. 2001036670 y Establecimiento No. 2001036670- 001; a favor

de la Empresa denominada SAIDA BONILLA ECHEVERRIA, la cual

se dedica a RESTAURANTE, con dirección en 3ª CALLE PONIENTE

No. 3- BIS del domicilio de SAN FRANCISCO GOTERA, cuyo activo

asciende a CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS

SESENTA Y TRES DOLARES CON 91/100 $158,463.91 y que tiene el

establecimiento siguiente 001- RESTAURANTE BONANZA ubicado en

3ª CALLE PONIENTE No. 3- BIS, del domicilio de SAN FRANCISCO

GOTERA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiuno de octubre de dos mil cuatro.

Lic. ANGELITA SOTO SOLER,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F011443-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001036546

ESTABLECIMIENTO 2001036546 - 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

RIGOBERTO HERNANDEZ en su calidad de Representante Legal

de la sociedad INGENIERIA Y SERVICIOS PROFESIONALES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA ANA, cuya escritura social

está inscrita bajo el número 40 del libro 1653 del Registro de Sociedades

del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0210-

070901-101-6, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE

LA EMPRESA, a las diez horas y cincuenta minutos del día catorce de

febrero de dos mil seis. Con la cual se le otorga el asiento de modifi cación

No. 134 del libro 106 del folio 269 al 270; a favor de la Empresa deno-

minada INGENIERIA Y SERVICIOS PROFESIONALES, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA

Y VENTA DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE AIRES, MATERIALES

ELECTRICOS, con dirección en CALLE LIBERTAD ORIENTE, ENTRE

17 Y 19 AVENIDA NORTE, BARRIO SANTA CRUZ, CASA #48, del

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

domicilio de SANTA ANA, y que tiene el establecimiento denominado

INGENIERIA Y SERVICIOS PROFESIONALES, S.A. DE C.V., el

cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE EQUIPOS Y SISTEMAS

DE AIRES, MATERIALES ELECTRICOS, con dirección en CALLE

LIBERTAD ORIENTE, ENTRE 17 Y 19 AVENIDA NORTE, BARRIO

SANTA CRUZ, CASA #48, del domicilio de SANTA ANA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, catorce de febrero de dos mil seis.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F011493-2

ASIENTO DE EMPRESA 2007059190.

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059190- 001.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

SABINO CENTENO CHAVEZ, en su calidad de Representante legal de

la sociedad CONSTRUCTORA CENTENO CHAVEZ FRANCISCO, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse

C.H.F. S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de SAN MIGUEL, cuya escritura social está inscrita bajo el

número 30 del libro 2238 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 1217-170507-101-7;

quien ha presentado solicitud a las catorce horas y veinte minutos del

día cinco de julio de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2007059190 inscripción 30 y el asiento de Establecimiento

No. 2007059190- 001, inscripción 31, ambos del Libro 151 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina

CONSTRUCTORA CENTENO CHAVEZ FRANCISCO, S.A. DE C.V.,

la cual se dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIE-

RIAS, con dirección en AVENIDA GERARDO BARRIOS, COLONIA

LA PAZ, CHAPELTIQUE del domicilio de SAN MIGUEL, cuyo acti-

vo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100

DOLARES ($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado CONSTRUCTORA CENTENO CHAVEZ FRANCISCO,

S.A. DE C.V., ubicado en AVENIDA GERARDO BARRIOS, COLONIA

LA PAZ, CHAPELTIQUE del domicilio de SAN MIGUEL, y que se

dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diez de julio de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F011501-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002006112

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002006112- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAMON MI-

GUEL VIDRI LADOUCEUR en su calidad de representante legal de la

sociedad AGENCIA INTERNACIONAL DE MERCADEO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse AGIMER.

S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de LA

LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 29 del

libro 179 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

número de Identifi cación Tributaria: 0614-120877-001-0; el cual ha

presentado solicitud a las nueve horas y catorce minutos del día diez de

octubre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 2002006112 inscripción 166 y el asiento de Establecimiento No.

2002006112- 001 inscripción 167 ambos del libro 98 de Asientos de

Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada AGEN-

CIA INTERNACIONAL DE MERCADEO, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a REPRESENTACIONES

COMERCIALES, con dirección en AVENIDA JOSE MARIA CASTRO

No. 6, del domicilio de QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD, cuyo

activo asciende a VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y

NUEVE DOLARES CON 52/100 $ 29,699.52 y que tiene el estable-

cimiento siguiente: 001-) denominado AGENCIA INTERNACIONAL

DE MERCADEO S.A. DE C.V. ubicado en AVENIDA JOSE MARIA

CASTRO, No. 6, QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD y que se dedica

a REPRESENTACIONES COMERCIALES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, seis de diciembre de dos mil cinco.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F011503-2

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 200204637

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 200204637- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAMON

MIGUEL VIDRI LADAUCEUR en su calidad de Representante legal de

la sociedad LA SALVADORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse LA SAL, S.A. DE C.V.; de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura

social está inscrita bajo el número 28 del libro 88 del Registro de Socie-

dades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

0614-310870-001-9; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y

treinta y dos minutos del día veintisiete de octubre de dos mil seis, con la

cual se otorgó el asiento de Empresa No. 200204637 inscripción 161 y el

asiento de Establecimiento No. 200204637- 001 inscripción 162 , ambos

del libro 135 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento;

la Empresa denominada LA SALVADORA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ARRENDAMIENTO

DE INMUEBLES, con dirección en 21ª AVENIDA SUR, ENTRE 12ª

Y 14ª CALLE PONIENTE del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo

activo asciende a CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y

CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE 88/100 DOLARES

($5,835,639.88) y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-)

denominado LA SALVADORA, S. A. DE C.V. ubicado en 21ª AVENIDA

SUR, ENTRE 12ª Y 14ª CALLE PONIENTE, SAN SALVADOR, y que

se dedica a ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, tres de enero de dos mil siete.

RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F011504-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002001876

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002001876- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAMON MI-

GUEL VIDRI LAUDOUCEUR en su calidad de Representante legal de

la sociedad DISTRIBUIDORA DE AVIONES, SOCIEDAD ANONIMA

que puede abreviarse DA, S.A.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 51 del libro 18 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-080964-001-

8; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y once minutos del

día diez de octubre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2002001876 inscripción 61 y el asiento de Establecimiento

No. 2002001876- 001 inscripción 62 , ambos del libro 101 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada

DISTRIBUIDORA DE AVIONES, SOCIEDAD ANONIMA, la cual

se dedica a COMPRA-VENTA DE REPUESTOS PARA AVIONES Y

HELICOPTEROS, con dirección en AEROPUERTO DE ILOPANGO

del domicilio de ILOPANGO, cuyo activo asciende a CUARENTA Y UN

MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON 48/100

$ 41,557.48 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

DISTRIBUIDORA DE AVIONES, SOCIEDAD ANONIMA ubicado en

AEROPUERTO DE ILOPANGO, y que se dedica a COMPRA-VENTA

DE REPUESTOS PARA AVIONES Y HELICOPTEROS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, cinco de enero de dos mil seis.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F011506-2

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ASIENTO DE EMPRESA 2004053229

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2004053229- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAMON MI-

GUEL VIDRI LADOUCEUR en su calidad de Representante legal de la

sociedad VIDRI LADOUCEUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse VIDRI LADOUCEUR, S.A. DE C.V.;

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 14 del libro 1580 del

Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identi-

fi cación Tributaria: 0614-071200-108-7; el cual ha presentado solicitud a

las trece horas y cuarenta y dos minutos del día diecinueve de diciembre de

dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2004053229

inscripción 117 y el asiento de Establecimiento No. 2004053229-001

inscripción, ambos del libro 108 de Asientos de Matrícula de Empresa

y Establecimiento; la Empresa denominada VIDRI LADOUCEUR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a INVERSIONISTA, con dirección en 21ª AVENIDA SUR, ENTRE 12ª

Y 14ª CALLE PONIENTE del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo

activo asciende a SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y

UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES DOLARES CON 65/100

$7,551,333.65 y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-)

denominado VIDRI LADOUCEUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE ubicado en 21ª AVENIDA SUR, ENTRE 12ª Y 14ª

CALLE PONIENTE y que se dedica a INVERSIONISTA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, tres de marzo de dos mil seis.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F011507-2

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de INGENIERIA Y SERVICIOS PROFESIONALES

S.A. DE C.V. CONVOCA a los Accionistas de ésta, para que concurran

a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de

las diecisiete horas del día dieciocho de julio del dos mil siete, en las

ofi cinas situadas en Calle Libertad Oriente entre 17 y 19 Av. Sur, número

48 Bo. San Rafael, Santa Ana.

La Agenda de la Junta General será la siguiente:

1. Establecimiento del Quórum.

2. Lectura del Acta de la sesión anterior.

3. Presentación de la memoria de labores de la Administra-

ción.

4. Presentación de los Estados Financieros de la Sociedad,

correspondientes al ejercicio económico del año 2006.

5. Presentación de informe del Auditor Externo.

6. Nombramiento de Administradores.

7. Nombramiento del Auditor Externo y su suplente, y fi jación

de los emolumentos del primero.

8. Nombramiento del Auditor Fiscal y sus emolumentos.

9. Aplicación de utilidades.

10. Puntos Varios.

Esta Junta General se considera legalmente instalada al encontrarse

presente y representadas el cincuenta y uno por ciento de las Acciones

que conforman el Capital Social.

Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convoca-

toria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta

General Ordinaria, a las diecisiete horas del día 19 de julio del Dos Mil

Siete, en el mismo lugar señalado en esta convocatoria.

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

Para la segunda convocatoria, el quórum se constituirá con la

asistencia de las presentes.

San Salvador, 6 de julio de 2007.

JOSE RIGOBERTO HERNANDEZ,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. F011490-2

SUBASTA PUBLICA

MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez de Paz de Nahuizalco,

Sonsonate.

HACE SABER: Que por ejecución seguida, en este Juzgado, por

la Licenciada MARÍA OFELIA PARADA ORELLANA DE GARZO-

NA, en su carácter de Apoderada General Judicial del señor MÓNICO

FLORENTÍN PARADA, contra el señor AGAPITO PATRIZ ELENA,

se venderá en pública subasta, en la sede de este Juzgado, y en fecha

posterior, el siguiente inmueble: “Un inmueble de naturaleza urbana y

está situado en el Cantón El Carrizal de la Jurisdicción de Nahuizalco,

del departamento de Sonsonate, en el proyecto denominado COMU-

NIDAD “LA SABANITA”, que en el plano de lotifi cación respectivo

está marcado con el número NUEVE del Block C, de una extensión

superfi cial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, equivalentes a

DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS PUNTO DIECISÉIS VARAS CUA-

DRADAS, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE, diez metros;

AL ORIENTE, veinte metros; AL SUR, diez metros; AL PONIENTE,

veinte metros, se encuentra libre de todo gravamen. “Dicho inmueble

se encuentra inscrito a favor del señor AGAPITO PATRIZ ELENA, en

el asiento número cero cero uno de la Matrícula número M 03006058

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de

Occidente”.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales.

Juzgado de Paz de Nahuizalco, a los cinco días del mes de junio de

dos mil siete. Lic. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ DE

PAZ.- Lic. ALEX MANUEL ZEPEDA ORANTES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011471-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL: Al público para los efectos

de LEY:

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y quince

minutos de este día, se ha ordenado la venta en Pública Subasta en el

Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado HERNAN REYES

ZELAYA, de cuarenta y dos años de edad, Abogado, del domicilio de

esta ciudad, Apoderado General Judicial de la señora AMPARO DEL

CARMEN GUZMAN, de cincuenta y nueve años de edad, comerciante,

del domicilio de Chirilagua y de esta ciudad, contra el señor AMILCAR

DE PAZ CLAROS, en ese entonces de cincuenta y dos años de edad,

Motorista, de este domicilio, sobre un inmueble de naturaleza rústica

situado en la Isla El Arco, Cantón El Espino, jurisdicción de Jucuarán,

Distrito y Departamento de Usulután, de SETECIENTOS CINCUENTA

Y DOS METROS OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CINCUENTA

CENTIMETROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: ORIEN-

TE, con Julia Membreño, NORTE con Nasis Handal, PONIENTE, con

porción vendida a René Romero Rivera Arce, y SUR, con Isabel Zavala,

servidumbre de por medio.- Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente bajo el número TREIN-

TA Y NUEVE del Libro MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO de

Propiedad, inscrito a favor del señor AMILCAR DE PAZ CLAROS.

Quien quiera hacer postura que concurra que se le admitirá siendo

legal.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Usulután, a los veintinueve días

del mes de junio de dos mil siete. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011491-2

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que según resolución proveída por este Juzgado a

las catorce horas del día trece de junio del dos mil siete; en el Juicio Eje-

cutivo Civil promovido por el demandante MIGUEL ANGEL HERRERA

MOLINA, en contra de la señora ROSA MELIDA RODRIGUEZ DE

MARTINEZ; se venderá en PUBLICA SUBASTA Y EN FECHA QUE

OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA los bienes muebles siguientes:

I) Dos féretros dorados, uno con decoraciones plásticas doradas a los

lados, completamente nuevos; II) Dos féretros color gris sencillos sin

decoraciones, nuevos; III) Un féretro color gris, con dos ventanillas y

decoraciones plásticas color plateadas a los lados, completamente nuevos;

y IV) un televisor de aproximadamente veinte pulgadas, a color, marca

PANASONIC, modelo CT- dos dos uno uno seis W, Serie MA ocho dos

nueve nueve cero uno seis seis.

Servirá de base para el remate de los bienes muebles a subastar, las

dos terceras partes de su valúo y se admitirá posturas que sean legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con

treinta y cinco minutos del día veinticinco de junio del dos mil siete.-

Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011534-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-

ción promovida en este Juzgado por el LICENCIADO FRANCISCO

ESPINOSA AGUILAR, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, contra la señora, REINA ISABEL CARBALLO DE MERI-

NO, conocida por REINA ISABEL CARBALLO TRUJILLO, se venderá

en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que

oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: “UN

LOTE DE NATURALEZA URBANA, construido por la SOCIEDAD

VIAGUR, S.A. DE C.V., marcado con el NUMERO CUARENTA Y UNO

DEL POLIGONO CINCUENTA Y CINCO del PASAJE CINCUEN-

TA Y OCHO DE LA URBANIZACION CIUDAD FUTURA, situada

en los Cantones San Luis Mariona y Barranca Honda, jurisdicción de

Cuscatancingo, de este Departamento, y en él hay construida una casa de

sistema mixto; siendo su descripción técnica la siguiente: Partiendo del

punto de intersección formado por los ejes de Avenida Princesa Chasca

Norte y pasaje número cincuenta y ocho ambos ejes abiertos en la Urba-

nización, se mide sobre el segundo eje con rumbo Norte ochenta y ocho

grados veintiocho minutos veintiocho segundos Oeste, una distancia de

ciento ochenta y ocho punto cincuenta metros, en donde con defl exión

izquierda de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta metros, se

llega al esquinero Nor-Este o mojón número uno, del lote que se describe,

que mide y linda así: AL ORIENTE. Partiendo del mojón número uno,

con rumbo Sur cero grados treinta y uno minutos treinta y dos segundos

Oeste y distancia de doce punto cero metros, se llega al mojón número

dos, lindando por este tramo con lote número cuarenta y dos, del mismo

polígono y Urbanización. AL SUR. Partiendo del mojón número dos

con rumbo Norte ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintiocho

segundos Oeste y distancia de cinco punto cero metros, se llega al mojón

número tres, lindando por este tramo con lote número treinta y siete del

mismo polígono y Urbanización. AL PONIENTE. Partiendo del mojón

número tres, con rumbo norte cero grados treinta y uno minutos treinta

y dos segundos Este y distancia de doce punto cero metros, se llega al

mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número cuarenta

del mismo polígono y Urbanización. AL NORTE. Partiendo del mojón

número cuatro, con rumbo Sur ochenta y ocho grados veintiocho minutos

veintiocho segundos Este y distancia de cinco punto cero metros, se llega

al mojón número uno, donde se inició la presente descripción, lindando

por este tramo con lote número treinta del polígono número cincuenta

y seis de la misma Urbanización, pasaje número cincuenta y ocho de

cinco punto cero metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene

una superfi cie de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a

OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUA-

DRADAS. Inmueble inscrito a favor de la demandada bajo la Matrícula

No. 60204991-00000 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E

HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION DEL CENTRO.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las doce horas del día trece de julio del dos mil siete.- Lic.

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. c. No. F011769-2

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovi-

do el abogado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, como apoderado

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el demandado

ANTONIO ALFREDO LARA AMAYA, reclamándole cumplimiento de

obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este

Tribunal el inmueble que se describe a continuación: ‘’Un lote urbano

construido por la Sociedad Cobyrsa de C. V, que contiene marcado

con el número TRECE DEL BLOCK CUARENTA Y TRES PASAJE

“U” DEL REPARTO LA CAMPANERA TERCERA ETAPA, situada

en PORCION “B” llamado “Cruz de Piedra” o “El Limón”, Cantón El

Limón, Jurisdicción de Soyapango, de este Departamento de una extensión

superfi cial de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS con una

área construida de veintinueve punto ochenta metros cuadrados, valorada

en Cuarenta y Tres Mil Doscientos Cincuenta Colones y Cuarenta y un

Centavos, cuyas medidas perimetrales son las siguientes: AL NORTE:

nueve punto cero cero metros; AL ORIENTE: cinco punto cero cero

metros; AL SUR: nueve punto cero cero metros; y AL PONIENTE: cinco

punto cero cero metros. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito

a nombre de el señor ANTONIO ALFREDO LARA AMAYA, bajo el

Sistema de Folio Real Automatizado Matrícula Número 60233239-00000,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, del Departamento de San Salvador.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

nueve horas y cuarenta minutos del día trece de julio del año dos mil

siete.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-

VIL.- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. c. No. F011770-2

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.

Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 33601086020 (059482) emitido en

Suc. Nueva Concepción el 05 de julio de 2006, por valor original de

$17,650.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.850% de interés

solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. F011479-2

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.

Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 22601051708 (338583) emitido en

Suc. Jardín el 28 de diciembre de 2002, por valor original de $9,979.00

a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 3.500% de interés solicitando

la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. F011481-2

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.

Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 14601296984 (11516) emitido en

Suc. San Francisco Gotera el 12 de enero de 2007, por valor original de

$3,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.500% de interés

solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. F011483-2

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.

Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 14601296992 (11517) emitido en

Suc. San Francisco Gotera el 12 de enero de 2007, por valor original de

$7,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.500% de interés

solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. F011484-2

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.

Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 34601035435 (026276) emitido en

Suc. Mejicanos el 31 de enero de 2005, por valor original de $1,028.57

a un plazo de 2 meses, el cual devenga el 2.000% de interés solicitando

la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado referencia

San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. F011485-2

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a Plazo No. 14601269448 (031014) emitido en

Suc. San Francisco Gotera, el 21 de marzo de 2005, por valor original de

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

$3,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 3.450% de interés

solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. F011486-2

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.

Comunica: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 51601026367 (07142) emitido en

Suc. Unicentro el 17 de enero de 2007, por valor original de $22,104.38

a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 4.750% de interés solicitando

la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. F011487-2

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se

ha presentado el propietario del certifi cado de depósito a plazo No.

13601225806 (14276) emitido en Suc. Chalatenango el 26 de febrero

de 2007, por valor original de $5,400.00 a un plazo de 4 meses, el cual

devenga el 3.250% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado

por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F011488-2

AVISO

EL BANCO SALVADORENO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se

ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No.

15601128535 (01056) emitido en Suc. Metrocentro el 03 de julio de 2006,

por valor original de $20,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga

el 4.500% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por

habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil

siete.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F011489-2

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

AUMENTO DE CAPITAL

AVISO

El Infrascrito Presidente de la Sociedad Transportes Pesados, Sociedad

Anónima de Capital Variable, inscrita en el Registro de Comercio al

Número cincuenta y cuatro del Libro Número setecientos veintinueve

de Registro de Sociedades certifi ca: Que en el libro de actas de Juntas

Generales de Accionistas, se encuentra el acta de Junta General Ex-

traordinaria de Accionistas número TREINTA Y DOS de fecha cuatro

de septiembre de dos mil seis, cuyo punto número tres a celebrar fue

el AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE VARIABLE,

al público en general hace saber: Que por sesión de Junta General Ex-

traordinaria de accionistas celebrada en la ciudad de Santa Ana, a las

diez horas del día cuatro de septiembre del dos mil seis, convocada para

el efecto, por unanimidad se acordó. Aumentar el Capital Social, de la

cantidad de Dos millones ciento cuatro mil quinientos cuarenta y ocho

dólares de los Estados Unidos de América con cincuenta y seis centavos,

se acordó Aumentarlo en su Parte Variable por la cantidad de Un millón

cuarenta y ocho mil treinta y cuatro dólares de los Estados Unidos de

América con veintiocho centavos, quedando el nuevo Capital Social

por la cantidad de Tres millones ciento cincuenta y dos mil quinientos

ochenta y dos dólares de los Estados Unidos de América con ochenta y

cuatro centavos. La cual se llevará a cabo y fueron canceladas en efectivo

por los socios. En la misma sesión se acordó nombrar como Ejecutor

Especial al señor HUMBERTO BERNARDO MÜLLER LINO, para

cumplir con los acordados, previa publicación de este aviso.

Santa Ana, veinte de septiembre del dos mil seis.

HUMBERTO BERNARDO MÜLLER LINO,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. C010928-2

DISMINUCIÓN DE CAPITAL

AVISO

El Infrascrito Presidente de la Sociedad Müller de El Salvador Sociedad

Anónima de Capital Variable, inscrita en el Registro de Comercio al Núme-

ro treinta y tres del Libro Número quinientos ochenta y nueve de Registro

de Sociedades certifi ca: Que en el libro de actas de Juntas Generales

de Accionistas, se encuentra el acta de Junta General Extraordinaria de

Accionistas número TREINTA Y CUATRO de fecha diecisiete de agosto

de dos mil seis, cuyo punto único a celebrar fue la DISMINUCION DEL

CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE VARIABLE, al público en general

hace saber: Que por sesión de Junta General Extraordinaria de accionistas

celebrada en la ciudad de Santa Ana, a las once horas del día diecisiete

de agosto del dos mil seis, convocada para el efecto, por unanimidad se

acordó, disminuir el Capital Social en su parte variable, de la cantidad

de Un millón ciento cincuenta y un mil ochocientos ochenta y cinco

dólares de los Estados Unidos de América con setenta y un centavos, se

acordó disminuirlo en su Parte Variable por la cantidad de Novecientos

sesenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta siete dólares de los Estados

Unidos de América con catorce centavos, quedando el nuevo Capital

Social por la cantidad de ciento ochenta y tres mil cuatrocientos vein-

tiocho dólares de los Estados Unidos de América con cincuenta y siete

centavos. La cual se llevará a cabo y serán canceladas en efectivo a los

socios. En la misma Sesión se acordó nombrar como Ejecutor Especial

al Señor HUMBERTO BERNARDO MÜLLER LINO para cumplir con

los acordados, previa publicación de este aviso.

Santa Ana, veinte de septiembre del dos mil seis.

HUMBERTO BERNARDO MÜLLER LINO,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. C010926-2

DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES

AVISO

LA SUSCRITA LIQUIDADORA DE LA SOCIEDAD “PORRAS HER-

MANAS Y COMPAÑÍA”, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de

La Libertad, inscrita en el Registro de Comercio bajo el Número VEINTI-

TRES del Libro OCHOCIENTOS SESENTA de Registro de Sociedades,

en esta ciudad, el día diecinueve de junio de mil novecientos noventa y dos,

CERTIFICA: Que en el libro de Actas respectivo se encuentra asentada

el Acta correspondiente a la Junta General Extraordinaria de Accionistas,

celebrada en esta ciudad, a las dieciséis horas del día dieciocho de mayo

del año dos mil siete, en la que se leen literalmente los puntos siguientes:

PRIMERO, ACUERDO DE DISOLUCION. Con la aprobación unánime

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

de los accionistas que representan la totalidad de las acciones en las

que divide el capital social, se acordó disolver la sociedad “PORRAS

HERMANAS Y COMPAÑÍA”. SEGUNDO: NOMBRAMIENTO DE

LIQUIDADORA. Asimismo se acordó nombrar Liquidadora a la señora

Lilian Ana Dolores Porras Avilés de Casanova, mayor de edad, de las

Atenciones de su Hogar, de nacionalidad salvadoreña y de ese domicilio,

para que acuda ante Notario a otorgar la escritura de disolución de la

sociedad y posteriormente continúe con los trámites necesarios para la

liquidación de la sociedad. A continuación, la Administradora de la Junta

General Extraordinaria de Accionistas comprobó con los asistentes que

no había ningún otro punto que tratar y no habiendo más que tratar, se

da por terminada la presente Junta.

Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para los

efectos legales consiguientes, se extiende la presente certifi cación, en la

ciudad de San Salvador, a los veintidós días del mes mayo del año dos

mil siete.

DOLORES PORRAS DE CASANOVA,

LIQUIDADORA.

“PORRAS HERMANAS Y COMPAÑÍA.”

3 v. alt. No. F011355-2

PATENTE DE INVENCIÓN

No. de Expediente: 2006002695

No. de Presentación: 20060005072

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado CARLOS

HUMBERTO CROMEYER MEJIA, mayor de edad, INGENIERO CIVIL,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de INSTITUTO TECNOLÓGICO

CENTROAMERICANO, del domicilio de KM. 11 ½ CARRETERA

A SANTA TECLA LA LIBERTAD, EL SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE

INVENCIÓN denominada PROCESO PARA LA PRODUCCIÓN DE

TINTE ORGÁNICO A BASE DE AÑIL, por el término de VEINTE

AÑOS, con Clasifi cación Internacional C12P 19/00.

Se refi ere a: UN PROCEDIMIENTO MEJORADO PARA LA

PRODUCCIÓN DE TINTE COMPLETAMENTE ORGÁNICO A BASE

DE AÑIL, PROPORCIONANDO MAYORES RENDIMIENTOS, UN

TONO MÁS BRILLANTE, ASÍ COMO VENTAJAS ECOLÓGICAS

Y ECONÓMICAS.

La solicitud fue presentada a las diez horas y seis minutos del día

seis de noviembre del año dos mil seis.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-

TO DE PATENTES. San Salvador, a los cinco días del mes de junio del

año dos mil siete.

Lic. JOSÉ EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. No. C010996-2

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,

que se ha presentado SILVIA MARGARITA AMAYA, del domicilio

de USULUTAN, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida

4635 emitida el 30/08/2002. Si dentro de 30 días contados a partir de la

última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá

a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 18 de julio de 2007.

ALBA ARMIDA DE ANDREU

RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL.

3 v. alt. No. C010917-2

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY:

HACE SABER: Que por resolución pronunciada, a las doce

horas y cuarenta minutos del día seis de julio del año dos mil siete, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su

último domicilio, el día 17/12/2006, dejó la causante señora JULIA EVA

CRISTINA LOPEZ ARAUJO, conocida por JULIA EVA CRISTINA

LOPEZ, JULIA EVA CRISTINA LOPEZ VIUDA DE AMORY, EVA

CRISTINA LOPEZ HOY VIUDA DE AMORY, y por EVA CRISTINA

LOPEZ, de parte de la señora WANDA MARGARITA AMORY, en su

concepto de heredera testamentaria. Se le ha conferido a la aceptante

la Administración y Representación interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

ocho horas y quince minutos del día diez de julio del año dos mil siete.

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda.

CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010852-3

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las

once horas y dos minutos del día treinta y uno de Mayo de dos mil siete,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

sucesión intestada que a su defunción dejó el señor ANDRÉS FELIPE

GUERRA GARCIA conocido por ANDRÉS GUERRA GARCÍA y por

ANDRÉS FELIPE RENDEROS GUERRA; quien fue de setenta y seis

años de edad, pensionado, soltero, de este domicilio y originario de San

Salvador, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Amalia Elisa Guerra y

Andrés Renderos García, quien falleció el día nueve de Enero de dos mil

cuatro; de parte de la señora CANDIDA ONDINA GÓMEZ MORAZÁN

o CANDIDA ONDINA GÓMEZ, en calidad de conviviente del causante

y de parte de los señores FRANCISCO ARMANDO GUERRA GÓMEZ,

GLORIA MARINA GÓMEZ DE HERNÁNDEZ y CÉSAR ORLANDO

GUERRA GOMEZ, en su calidad de hijos del causante.

Se ha conferido a los aceptantes la representación y administración

INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después

de la última publicación de este Edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas

y treinta y dos minutos del día treinta y uno de Mayo de dos mil siete.

Enmendado: setenta y seis.- Vale. Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA

AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELA SORIANO

NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010853-3

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER Que por resolución a las diez horas y trece minutos

del día quince de Junio del dos mil siete, se ha tenido por aceptada ex-

presamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor LEONEL GONZALEZ BENITEZ, quien falleció

a las catorce horas del día ocho de Julio de dos mil uno, en el Cantón

Los Ejidos, jurisdicción de Moncagua, Distrito y Departamento de San

Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte de la señora ANA

MIRIAN VIGIL de GONZALEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente

del causante y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes in-

dicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez

horas y quince minutos del día quince de Junio del dos mil siete.- Dra.

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F010996-3

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce

horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARTA IRENE

MARTÍNEZ PORTILLO, la herencia intestada dejada a su defunción

por la señora TRÁNSITO MARTÍNEZ REYMUNDO, quien falleció a

las dieciséis horas y treinta minutos del día ocho de agosto del presente

año, en el Cantón Chanmico de esta jurisdicción, siendo esta ciudad su

último domicilio, en concepto de hija de la causante, promovidas por la

Licenciada OLINDA OFELIA MONTOYA MEJIA, en el carácter de

Apoderada General Judicial de la señora MARTA IRENE MARTÍNEZ

PORTILLO. Confi érese a la referida aceptante en el concepto indicado, la

administración y representación interinas de la indicada sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese

a las personas que se crean con derecho en las presentes diligencias.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

doce horas y cincuenta minutos del día tres de julio de dos mil siete.

Licdo. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F011010-3

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta y

seis minutos del día cuatro de junio de dos mil siete, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida a las veintidós horas treinta minutos del día

veinticinco de agosto del año dos mil seis, en el Centro Clínico Hospi-

talario de Ahuachapán C.E.C.L.I.S.A. de la ciudad de Ahuachapán, su

último domicilio, dejó el señor AGUSTIN CABEZA CASTANEDA;

de parte de la señora BLANCA JULIA CLEMENTE DE CABEZAS,

conocida por BLANCA JULIA CLEMENTE DE CABEZA, BLANCA

JULIA GIRON DE CABEZA, BLANCA JULIA CLEMENTE GIRON

y BLANCA JULIA GIRON, en su calidad de cónyuge sobreviviente del

causante, y, además en su carácter de cesionaria del derecho hereditario

que en la sucesión le correspondía a la señora MARIA DEL CARMEN

CASTANEDA, conocida por CARMEN CASTANEDA, madre del

mismo causante; y a quien se ha nombrado interinamente representante

y administradora de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las quince horas treinta

y cuatro minutos del día tres de julio del año dos mil siete. Dr. JULIO

CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO

CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011019-3

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución a las diez horas y trece mi-

nutos del día quince de Junio del dos mil siete, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor SANTIAGO MORALES, conocido

por SANTIAGO AYALA o SANTIAGO AYALA MORALES, quien

falleció a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día dos de

febrero del dos mil siete, en el Cantón Hualama, Jurisdicción, Distrito

y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio,

de Parte de la señora ROSA ELVIRA VARGAS de AYALA, en calidad

de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios

que les correspondían al señor SANTIAGO AYALA VARGAS, como

hijo del causante y se le ha conferido al aceptante en el carácter antes

indicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez

horas y catorce minutos del día quince de Junio del dos mil siete.- Dra.

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUN-

DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F011027-3

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado proveída a las

catorce horas con cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el señor CELIO GUILLEN CALDERON conocido

por CELIO GUILLEN, quien fue de noventa y un años de edad, viudo,

agricultor en pequeño, originario de San Ignacio, Departamento de

Chalatenango, hijo de Candelario Guillén y Leonarda Calderón, falle-

ció el día veintinueve de mayo del dos mil seis, en el Cantón Las Pilas,

jurisdicción de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, lugar de su

último domicilio, de parte del señor RICARDO GUILLEN VASQUEZ, en

concepto de hijo del causante. Confi érese al aceptante la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

a los veintiséis días de junio del dos mil siete. Dr. DANILO ANTONIO

VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ERLINDA

GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011036-3

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA

HACE CONSTAR: Que por resolución de este Juzgado proveída a

las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la

señora JOAQUINA VASQUEZ DE GUILLEN conocida por JOAQUI-

NA VASQUEZ y por JOAQUINA VASQUEZ ARRIAGA, quien fue de

ochenta y tres años de edad, casada, de ofi cios domésticos, originaria

de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, hija de José Tránsito

Vásquez y Juliana Arriaga, falleció el día diez de julio del dos mil dos,

en la Unidad de Salud del Cantón Las Pilas, a consecuencia de Paro

Cardíaco, con asistencia médica, siendo su último domicilio el munici-

pio de San Ignacio de este departamento, de parte del señor RICARDO

GUILLEN VASQUEZ, en concepto de hijo de la causante. Confi érese al

aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores

de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los dos días de julio del dos mil siete.

Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011037-3

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día

dieciocho de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los bienes

que a su defunción dejó la causante VIRGINIA ARAUJO CASTILLO

VIUDA DE CRUZ conocida por VIRGINIA ARAUJO, quien falleció

a las dos horas del día diecinueve de julio de mil novecientos noventa y

dos, en el Barrio El Centro de esta ciudad, su último domicilio, de parte

de JOSE LUZ FLORES conocido por JOSE LUZ FLORES ARAUJO,

como cesionario de los derechos hereditarios que correspondían a la señora

MARIA ISABEL CASTILLO conocida por MARIA ISABEL ARAUJO

CASTILLO, en calidad de hermana de la causante, confi riéndole a la

aceptante, la administración y representación interina de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Citénse a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de

sus derechos.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las quince

horas y veinte minutos del día dieciocho de junio de dos mil siete. Lic.

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE

HENRIQUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011043-3

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

nueve horas con cinco minutos del día trece de junio del dos mil siete;

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción dejó el causante SANTOS DE

JESUS RAMOS LOPEZ conocido por SANTOS DE JESUS RAMOS,

quien fue de cuarenta y siete años de edad, motorista, fallecido el día diez

de mayo del dos mil seis, siendo Metapán, su último domicilio, por parte

del joven JESUS EDUARDO RAMOS y la menor MIRIAM ROXANA

RAMOS GUZMAN, en concepto de hijos del referido causante.

En consecuencia, se les ha conferido a dichos aceptantes la admi-

nistración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades

y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente,

la que será ejercida por la referida menor a través de su representante

legal, señora BLANCA MIRIAM GUZMAN FLORES o BLANCA

MIRIAM GUZMAN.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con

treinta minutos del día dieciocho de junio del dos mil siete. Lic. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011063-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las doce horas del día trece de junio del dos mil siete; se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada

dejada por el causante JUAN CASTRO MATUTE o JUAN CASTRO,

quien fue de cuarenta y nueve años de edad, agricultor, fallecido el día

veintiuno de abril del dos mil; siendo esta ciudad su último domicilio,

de parte de la señora GREGORIA MEJIA VIUDA DE CASTRO, en su

calidad de cónyuge sobreviviente del referido causante.

En consecuencia, se le ha conferido a dicha aceptante la adminis-

tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades

y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacen-

te.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con

treinta minutos del día veinticinco de junio del dos mil siete. Lic. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011065-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY:

HACE SABER: Que por resolución pronunciada, a las doce horas

del día veinticuatro de mayo del año dos mil siete, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día

21/08/1968, dejó el causante señor JESUS BARRIENTOS CARCAMO,

conocido por JESUS BARRIENTOS, de parte del señor MARIO DE PAZ

AYALA, en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le

correspondían al señor JAIME FERNANDO ANTONIO BARRIENTOS,

en su concepto de nieto del causante. Se le ha conferido al aceptante la

Administración y Representación interina de la sucesión, con las facul-

tades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas del día seis de junio del año dos mil siete. MARIO AGUILAR

MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CONCEPCION

PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011085-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

del causante señor JUAN ANTONIO QUIJADA, que por resolución dic-

tada por este Juzgado a las catorce horas con treinta y seis minutos del día

veinte de junio de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia Intestada, que a su defunción

ocurrida en la ciudad de Sonsonate, siendo esta ciudad de San Salvador

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

su último domicilio, el día treinta de marzo de dos mil dos, dejó el señor

JUAN ANTONIO QUIJADA de parte de las señoras BERTA ALICIA

MARROQUIN DE QUIJADA, FABIOLA MICHELLE y GERARDO

JOSUE, ambos de apellido QUIJADA MARROQUIN, en el concepto

de cónyuge sobreviviente del causante la primera y en concepto de hijos

los segundos.

Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas y siete minutos del día veintisiete de junio de dos mil siete. Dr.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.

Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011098-3

ALVARO HENRY CAMPOS SOLORZANO, Notario, de este domicilio,

con despacho notarial ubicado en Calle del Caribe Tres, Jardines de

Guadalupe, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,

HACE SABER Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diecisiete horas del día nueve de julio de dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

testamentaria que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, el día cinco de junio de dos mil siete,

dejara la señora MARIA EUGENIA ARGÜELLO HURTADO, conocida

por MARIA EUGENIA ARGÜELLO HURTADO DE TRIGUEROS,

de parte de los señores CARMEN ELENA TRIGUEROS DE RUS-

CONI, ALVARO TRIGUEROS ARGÜELLO, y GUSTAVO ADOLFO

TRIGUEROS ARGÜELLO, habiéndose conferido la administración y

representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en San Salvador, el día diez de julio de dos mil siete.

ALVARO HENRY CAMPOS SOLORZANO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011104-3

EL INFRASCRITO JUEZ,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, a las nueve

horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó al fallecer

el señor JOSE JESUS DIAZ CHICAS, conocido por JOSE DE JESUS

DIAZ, el día cinco de febrero del año dos mil seis, en Cantón Ojo de

Agua, de esta Ciudad de Usulután, habiendo sido esta Ciudad su último

domicilio, de parte de ANA FLORIPE CARRANZA ARGUETA, co-

nocida por ANA FLORIPES CARRANZA, en calidad de cesionaria de

los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ALBA LUZ

CARRANZA DIAZ, en calidad de hija de la causante; Confi riéndosele la

administración y representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después

de de la tercera publicación de este edicto.

JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los cinco días del mes de

febrero del año dos mil siete. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011116-3

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

AVISA: Que por resolución de las diez horas con cuarenta minutos

de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio

de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor:

MANUEL ANTONIO FERNANDEZ, al fallecer el día doce de febrero

del año dos mil tres, en el Hospital San Pedro de esta ciudad, siendo esta

misma ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como su último domicilio,

de parte de: KRYSSIA NAIKE, BETZAIDA LISSETTE y de la menor

INGRID ASTRID, todas de apellidos MARTINEZ FERNANDEZ,

esta última representada por la señora: ANA PEDRINA MARTINEZ

GOMEZ conocida por ANA PEDRINA MARTINEZ, en calidad de hijas

del causante.

Confi riéndoseles a las aceptantes dichas, la Administración y Re-

presentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades

de los Curadores de la Herencia Yacente.

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

cuatro días del mes de mayo del año dos mil siete. Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011117-3

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y quince

minutos del día once de mayo de este año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

dejó GREGORIA CORCIO, fallecida el veinticuatro de octubre del año

dos mil cuatro, en el Cantón San Francisco El Porfi ado, de la jurisdic-

ción de Santiago Nonualco, su último domicilio, por parte de MIGUEL

ANGEL CORCIO ZEPEDA, en concepto de hijo de la causante, y

como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a

ELSA ELIZABETH CORCIO, ANA CRISTINA CORCIO y MARIA

EUGENIA CORCIO DE FLORES, hijas de la causante. Nómbrase al

aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de julio de dos

mil siete. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011118-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

nueve horas treinta minutos del día veintiocho de junio del presente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada dejada a su defunción por el causante HERIBERTO

MARROQUÍN RODRÍGUEZ, ocurrida el día dieciséis de diciembre de

dos mil seis, en esta ciudad, siendo Colón el lugar de su último domici-

lio, de parte de los menores JUAN JOSÉ, HERIBERTO EDUARDO y

CARLOS ADALBERTO, todos de apellidos MARROQUÍN MARTÍNEZ,

en calidad de hijos del causante; y se ha conferido a los aceptantes,

la administración y la representación interinas de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas

quince minutos del día diecisiete de julio de dos mil siete.- Lic. YOALMO

ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA

SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011124-3

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

doce horas con treinta minutos del día diez de julio del dos mil siete.- Se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en

la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San

Juan Talpa, Departamento de La Paz, siendo la Ciudad de Olocuilta, del

mismo Departamento, su último domicilio, el día seis de noviembre de

mil novecientos noventa y uno, dejó el causante CIRILO RAMÍREZ

ESCOBAR conocido por CIRILO RAMÍREZ, de parte de las señoras

MARIA MAGDALENA VILLEDA RAMÍREZ y JESSICA JASMIN

RAMÍREZ RODRÍGUEZ, ambas en su calidad de hijas del referido de

cujus.- Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para

que transcurridos el término de quince días contados desde el siguiente

a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer

uso de su derecho.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-

mento de San Salvador, a las quince horas del día diecisiete de julio del

año dos mil siete.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO

CIVIL.- Lic. IRMA ARACELY FLORES ÁLVAREZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011135-3

HERENCIA YACENTE

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER :Que por resolución de las ocho horas y treinta

minutos del día uno de junio del corriente año, se ha declarado yacente

la herencia intestada que dejó al fallecer el señor ARNULFO CHÁVEZ,

el día diez de julio de dos mil dos, de la ciudad de San Agustín, lugar

de su último domicilio, habiendo nombrado Curador Especial de la

Herencia Yacente al Licenciado JOSÉ OSCAR ROSALES, a quien se

le hizo saber su nombramiento jurando cumplir fi el y legalmente con su

cometido para los demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los veintiséis

días de junio de dos mil siete.- Lic. MANUEL DE JESÚS SANTOS,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA YANETH MEJÍA

HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011004-3

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que en esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado

JOSÉ URSUS AGUILAR LÓPEZ, abogado y notario, del domicilio de La

Libertad y de Santa Tecla, en su calidad de apoderado del señor REYES

MELARA CASTRO, de cincuenta y siete años de edad, empleado, de

este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero cero

nueve dos siete ocho cero dos - cuatro; solicitando extender TÍTULO

DE PROPIEDAD a favor de su poderdante, de un solar urbano situado

en Barrio Concepción de la Calle Principal de esta Población, con cons-

trucciones, de una extensión superfi cial de CIENTO TREINTA Y CINCO

PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, el cual mide

y linda: AL NORTE: Treinta metros setenta y un centímetros, linda con

José del Carmen Martínez Molina; AL ORIENTE: Cinco metros, linda

con María Monrroy, Brenda Recinos Monrroy, María Elizabeth Recinos

Monrroy y José Mario Recinos Monrroy, y Primera Avenida Sur de por

medio; AL SUR: Veintiocho metros noventa y tres centímetros, linda

con Francisca Catalina de Paz de Carpio, José Saúl Palma Menjívar, y

José Dolores Beltrán Rivera; y AL PONIENTE: Cinco metros, linda

con Benjamín Roberto Beltrán Rosales y Eduardo Amaya. El cual fue

adquirido por compra que le hizo a la señora Alma del Rosario Parada

de Sibrián, según Escritura Pública de Compraventa otorgada en la

ciudad de Santa Tecla a las trece horas con treinta minutos del día dos

de octubre de dos mil seis, ante los ofi cios notariales de la Licenciada

Marina Haydee Martínez de Ortega; dicho inmueble lo valora en OCHO

MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley correspon-

dientes.

Alcaldía Municipal de Tamanique, a los cinco días del mes de julio

de dos mil siete.- Dr. ENRIQUE ARTURO POLANCO HERNÁNDEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. VERÓNICA ELIZABETH PALACIOS

CASTELLANOS, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C010846-3

TITULOS SUPLETORIOS

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora

PAZ MENJIVAR VIUDA DE LARA, a promover DILIGENCIAS

DE TITULO SUPLETORIO en su carácter personal y manifi esta que

es dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífi ca y

no interrumpida de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el

Cantón Barahona de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial de

DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE PUNTO CINCUENTA

Y UN METROS CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes:

AL NORTE, con Saturnino Menjívar Lara y Ministerio de Educación;

AL ORIENTE, con Ministerio de Educación y Berta Alicia Lara; AL

SUR, con Lucia Rivas de Tobar, camino vecinal de por medio y Pedro

Santamaría Ramos; y AL PONIENTE, con María Luisa Lara de Díaz

y de Raúl Tiburcio Alfaro; dicho inmueble no es predio dominante ni

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a persona

alguna y lo posee en proindivisión con la señora MARIANA DE JESÚS

LARA TOBAR. Y lo valora en la suma de CINCO MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

SAN PEDRO MASAHUAT, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO

DEL DOS MIL SIETE.- Lic. DANIEL ORTIZ MARTÍNEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- Licda. MARIA ELENA ARIAS LÓPEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011081-3

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora

SANTOS LUCÍA LÓPEZ POCASANGRE o SANTOS LUCIA LÓPEZ,

de cuarenta y nueve años de edad, ama de casa, de este domicilio, solici-

tando TITULO SUPLETORIO a su favor de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en los suburbios del Barrio El Calvario de la ciudad de

Ilobasco, departamento de Cabañas, en el lugar denominado Los Lava-

deros de la extensión superfi cial de DIECISIETE ÁREAS Y MEDIA

aproximadamente, que linda: AL ORIENTE, con terreno de Miguel

Rivera, divididos por cerco de piña de un jiote esquinero recto a un pito;

AL NORTE, con terreno de Victoriano Barahona, del pito dicho recto a

un jiote esquinero; AL PONIENTE, con resto de terreno que le queda

al compareciente, divididos por cerco de piña del jiote expresado recto

a otro jiote esquinero; y AL SUR, con resto de terreno que le queda al

compareciente divididos por cerco de piña del jiote relacionado recto

al jiote donde se comenzó la descripción. En el inmueble se encuentra

construida una casa paredes de sistema mixto, sin cultivos permanentes.

Lo valúa en CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA.- Lo hubo por compra al señor Cleofás Tobías Rivera

Guardado, el diez de mayo de mil novecientos ochenta.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco; Cabañas,

a las ocho horas treinta minutos del día veinticinco de junio de dos mil

siete.- Lic. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA PROPIETARIO.- Lic. CELIO GERMAN MENJIVAR

ROMERO, SECRETARIO DE PRIMERA INSTANCIA.

3 v. alt. No. F011107-3

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2007067633

No. de Presentación: 20070094556

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

ROBERTO PAREDES CASTILLO conocido por MANUEL ROBERTO

PAREDES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CEN-

TRAL AMERICANA DE DISTRIBUCION, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CADISA, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

WUYANG

Consistente en: la palabra WUYANG, que servirá para: AMPARAR:

MOTOCICLETAS, VEHICULOS; APARATOS DE LOCOMOCION

TERRESTRE, AEREA O ACUATICA.

La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de junio del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010863-3

No. de Expediente: 2007066638

No. de Presentación: 20070092881

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO

DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN SER

INDIFERENTE, MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS OJOS NO

VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAMISAS, GORRAS,

SOMBREROS, ROPA PARA DAMAS Y NIÑOS, ROPA PARA CA-

BALLERO.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010868-3

No. de Expediente: 2007066636

No. de Presentación: 20070092876

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO

DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:

UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN SER

INDIFERENTE, MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS OJOS NO

VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: LLAVEROS ELABORA-

DOS DE METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010869-3

No. de Expediente: 2007066640

No. de Presentación: 20070092885

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO

DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:

UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN SER

INDIFERENTE MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS OJOS NO

VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: CUADERNOS, PAPEL,

CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPREN-

DIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTI-

CULOS DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; PAPELERIA;

ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA

CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE

ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO

APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO

COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM-

PRENTA; CLICHES.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010870-3

No. de Expediente: 2007063772

No. de Presentación: 20070087531

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-

TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de

RESEARCH IN MOTION LIMITED, de nacionalidad CANADIENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

BLACKBERRY PEARL

Consistente en: la palabras BLACKBERRY PEARL, traducido

al castellano como PERLA DE ZARZAMORA, que servirá para:

AMPARAR: UNIDADES ELECTRONICAS MANUFACTURADAS

Y ACCESORIOS, BATERIAS, EQUIPO PARA CARRO, CARGA-

DORES, AUDIFONOS, CLIPS PARA CINTURON/PISTOLERAS,

ESTUCHES, COBERTORES PARA BATERIAS Y CARGAS PARA

RECEPTORES INALAMBRICOS Y/O PARA LA TRANSMISION DE

INFORMACION CON LA CUAL TIENE LA CAPACIDAD PARA

TRANSMITIR Y RECIBIR COMUNICACION DE VOZ; PROGRA-

MAS PARA LA TRANSMISION Y/O RECEPCION DE MENSAJES,

RED INFORMATICA GLOBAL DE CORREO ELECTRONICO, Y/O

OTRA INFORMACION ENTRE UNA O MAS UNIDADES ELEC-

TRONICAS MANUFACTURADAS Y ALMACENAJE DE INFOR-

MACION ASOCIADA A UNA COMPUTADORA PERSONAL O A

UN SERVIDOR, PROGRAMA PARA LA SINCRONIZACION DE

INFORMACION ENTRE UNA ESTACION REMOTA O UNIDAD Y

UNA ESTACION ANEXA O UNIDAD Y PROGRAMACION, EL CUAL

PERMITE Y PROPORCIONA UNA O DOS VIAS DE CONECTIVIDAD

INALAMBRICA A LA INFORMACION, SOBRETODO INFORMA-

CION CORPORATIVA.

La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, treinta de mayo del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010886-3

No. de Expediente: 2007066091

No. de Presentación: 20070091951

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA

NOEMI MORENO DE VALENCIA, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de LOVABLE DE HONDURAS, S. A. DE C.V.,

de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Lovable y diseño, traducida al castellano

como adorable, que servirá para: DISTINGUIR: BRASSIERES (SOSTE-

NES), BLOOMERS (CALZONES), FAJAS PARA TALLAR, SAYAS,

CORPIÑOS, TEDDYS (ENTERIZO AFINADOR DE SILUETA), BLU-

SITAS, BOXER (CALZONCILLO), BIKERS (PANTALON CORTO

PARA CICLISTAS), BABY DOLL, PIJAMAS, TRAJES DE BAÑO,

CAMISETAS, TOP, BLUSAS, TANGAS, PANTALONES, ROPA PARA

HACER EJERCICIOS, ROPA IMPERMEABLE, GORROS, VISERAS,

BUFANDAS, CHAQUETAS, BLAZER, CORBATAS, UNIFORMES,

ABRIGOS, PAÑUELETAS, CALCETINES, CALCETERIA, SOMBRE-

RERIA Y CUALQUIER OTRA CLASE DE ROPA INTERIOR PARA

DAMAS Y NIÑAS.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

siete.

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de julio del año dos mil siete.

ALICIA ESTER GARCÍA COREAS,

REGISTRADOR.

MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011113-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007068091

No. de Presentación: 20070095257

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA

MARLENE ANDINO DE NIETO, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de COSMETICOS NIETO ANDINO, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COMENIA, S. A. DE C. V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión INTERNATIONAL SCHOOL OF

DESIGN TOTAL IMAGE”, que se traduce al castellano como ESCUELA

INTERNACIONAL DE DISEÑO IMAGEN TOTAL, Y HAIR-FACE-

BODY se traduce como CABELLO-ROSTRO-CUERPO, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA DE

PRODUCTOS DE BELLEZA, A LA PRESTACION DE SERVICIOS EN

RAMA DE BELLEZA Y AL ASESORAMIENTO EMPRESARIAL.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de julio del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010855-3

No. de Expediente: 2007068090

No. de Presentación: 20070095256

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA

MARLENE ANDINO DE NIETO, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de COSMETICOS NIETO ANDINO, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COMENIA, S. A. DE C. V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión ESCUELA INTERNACIONAL DE

DISEÑO TOTAL IMAGE y diseño, las palabras TOTAL IMAGE se

traducen al castellano como TOTAL IMAGEN, sobre los términos indivi-

dualmente no se concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR

UNA EMPRESA QUE SE DEDICARA A LA VENTA DE PRODUCTOS

DE BELLEZA, A LA PRESTACION DE SERVICIOS EN LA RAMA

DE BELLEZA Y AL ASESORAMIENTO EMPRESARIAL.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de julio del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010856-3

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

No. de Expediente: 2007066355

No. de Presentación: 20070092406

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

ROBERTO PAREDES CASTILLO, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de CENTRAL AMERICANA DE DISTRIBUCION, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CADISA,

S.A DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

del NOMBRE COMERCIAL,

REPUESTOS TOTAL

Consistente en: las palabras REPUESTOS TOTAL, a la palabra

REPUESTOS no se le concede exclusividad, que servirá para: IDEN-

TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE

REPUESTOS PARA MOTOCICLETAS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de julio del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010861-3

No. de Expediente: 2007066357

No. de Presentación: 20070092408

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

ROBERTO PAREDES CASTILLO conocido por MANUEL ROBERTO

PAREDES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CEN-

TRAL AMERICANA DE DISTRIBUCION, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CADISA, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

RT

Consistente en: las letras RT, que servirá para: IDENTIFICAR: UN

ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA VENTA DE REPUESTOS

PARA MOTOCICLETAS.

La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de julio del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010862-3

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2006056524

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006056524- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEJANDRO

GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Docu-

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

mento Unico de Identidad 01363537-7 del domicilio de SAN MIGUEL,

con Número de Identifi cación Tributaria: 1217-160760-003-9, el cual

ha presentado solicitud a las nueve horas y treinta y cinco minutos del

día trece de junio de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2006056524 inscripción 206 y el asiento de Estableci-

miento No. 2006056524- 001, inscripción 207, ambos del Libro 116

de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa

denominada DISTRIBUIDORA GONZALEZ se dedica a VENTA

Y COMPRA DE GAS PROPANO, con dirección en COLONIA EL

MOLINO, SENDA JARDIN No. 4, POLIGONO “K” CASA No. 30

del domicilio y departamento de SAN MIGUEL, cuyo activo asciende

a DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN 55/100 DO-

LARES ($18,551.55) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado DISTRIBUIDORA GONZALEZ ubicado en COLONIA

EL MOLINO, SENDA JARDIN No. 4, POLIGONO “K” CASA No.

30 del domicilio y departamento de SAN MIGUEL y que se dedica a

VENTA Y COMPRA DE GAS PROPANO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, catorce de junio de dos mil seis.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010850-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003051314

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2003051314 - 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAIME OMAR

LOPEZ MONGE en su calidad de Representante legal de la sociedad

GRUPO ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO

CUSCATLAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 17 del

libro 1816 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

Número de Identifi cación Tributaria: 0614 -240503-102-8, ha presen-

tado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA, con

la cual se le otorga el asiento de modifi cación No. 43 del libro 121 del

folio 87 al 88; a favor de la Empresa denominada GRUPO ESTRELLA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a VENTA DE PRODUCTOS ODONTOLOGICOS Y MEDICOS Y DE

CONSULTORIA, con dirección en URBANIZACIÓN SANTA ELENA,

PLAZA SANTA ELENA, LOCAL 109, CALLE CERRO VERDE, AN-

TIGUO CUSCATLÁN, LA LIBERTAD, y que tiene el establecimiento

denominado GRUPO ESTRELLA, S.A. DE C.V., el cual se dedica a

VENTA DE PRODUCTOS ODONTOLOGICOS Y MEDICOS Y DE

CONSULTORIA, con dirección en URBANIZACIÓN SANTA ELENA,

PLAZA SANTA ELENA , LOCAL 109, CALLE CERRO VERDE,

ANTIGUO CUSCATLÁN, LA LIBERTAD, del domicilio de ANTIGUO

CUSCATLAN.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinte de julio de dos mil seis.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010859-3

ASIENTO DE EMPRESA 1997027475

ESTABLECIMIENTO 1997027475- 143

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO

DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-

CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALBERTO

ANDRES DAVISON MENDOZA en su calidad de Representante legal

de la sociedad COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 48 del libro 1248

del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identifi cación Tributaria: 0614-210297-104-4, ha presentado solicitud de

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

apertura de nuevo establecimiento a las nueve horas y cincuenta minutos

del día once de junio de dos mil siete. Con la cual se otorgó asiento de

Establecimiento No. 1997027475- 143; denominado AGENCIA PUERTA

DE ORIENTE, con dirección en CENTRO COMERCIAL PUERTA

DE ORIENTE, EDIFICIO UNO, LOCALES 1 y 2, CARRETERA

DEL LITORAL, del domicilio de USULUTAN, que se dedica a TE-

LECOMUNICACIONES y que forma parte de la empresa denominada

COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, con dirección

en COLONIA Y COMPLEJO ROMA, FINAL CALLE EL PROGRESO

del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, once de junio de dos mil siete.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010864-3

ASIENTO DE EMPRESA 1995022412

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 1995022412- 001, 002, 003,

004, 005, 006, 007

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SANDRA

ESPERANZA HERNANDEZ DE CABEZAS en su calidad de Repre-

sentante legal de la sociedad ELEMENTOS NATURALES, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ELENAT,

S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 36 del

libro 1074 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

Número de Identifi cación Tributaria: 0614-181194-106-3; el cual ha pre-

sentado solicitud a las once horas y veintidós minutos del día veintisiete

de febrero de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 1995022412 inscripción 14 y los asientos de Establecimiento No.

1995022412- 001, 002, 003, 004, 005, 006, 007 inscripciones 15, 16,

17, 18, 19, 20 y 21, del libro 113 de Asientos de Matrícula de Empresa

y Establecimiento; la Empresa denominada ELEMENTOS NATURA-

LES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual

se dedica a COMPRA VENTA DE PRODUCTOS NATURALES Y

COSMETICOS, con dirección en CALLE CHILTIUPAN, CENTRO

COMERCIAL PLAZA MERLIOT, NIVEL 200 LOCAL No. 214, del

domicilio de SANTA TECLA, cuyo activo asciende a OCHOCIENTOS

CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES

81/100 DOLARES ($859,433.81) y que tiene el(los) establecimiento(s)

siguiente(s): 001-) denominado ELENAT, S.A. DE C.V. ubicado en

CALLE CHILTIUPAN, CENTRO COMERCIAL PLAZA MERLIOT,

NIVEL 200 LOCAL No. 214, 002-) denominado ELENAT, S.A. DE

C.V. SUCURSAL No. 1 ubicado en CENTRO COMERCIAL HIPER

EUROPA, LOCAL No. 4-B, COLONIA ESCALON, ENTRE ALAME-

DA MANUEL ENRIQUE ARAUJO Y CALLE NUEVA UNO Y DOS,

003-) denominado ELENAT, S.A. DE C.V. SUCURSAL No. 2 ubicado

en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO 4a ETAPA, LOCAL No.

35-A, 004-) denominado ELENAT, S.A. DE C.V. SUCURSAL No. 3

ubicado en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO SAN MIGUEL,

CARRETERA PANAMERICANA Y 30ª AVENIDA SUR, LOCAL No.

85-E, 005-) denominado ELENAT, S.A. DE C.V. SUCURSAL No. 4

ubicado en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO SANTA ANA,

COLONIA LOMA LINDA, FINAL AVENIDA INDEPENDENCIA Y

BAYPASS SUR, LOCAL No. 202-AB, 006-) denominado ELENAT, S.A.

DE C.V. SUCURSAL No. 5 ubicado en CENTRO COMERCIAL HIPEL

MALL LAS CASCADAS, INTERSECCION AVENIDA JERUSALEN Y

CARRETERA PANAMERICANA No. 116, 007-) denominado ELENAT,

S.A. DE C.V., SUCURSAL No. 6 ubicado en CENTRO COMERCIAL

MULTIPLAZA, CARRETERA PANAMERICANA, ENTRE AVENIDA

JESURALEM Y EL ESPINO, LOCAL C-31 y que se dedican a COMPRA

VENTA DE PRODUCTOS NATURALES Y COSMETICOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dos de mayo de dos mil seis.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010865-3

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ASIENTO DE EMPRESA 2002000639

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002000639- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAIME

FRANCISCO ROMERO VENTURA en su calidad de Representante

legal de la sociedad CONFECCIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CONDE,

S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 54 del

libro 4 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

Número de Identifi cación Tributaria: 0614-021263-001-7; el cual ha

presentado solicitud a las doce horas y un minutos del día veintiocho

de febrero de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Em-

presa No. 2002000639 inscripción 174 y el asiento de Establecimiento

No. 2002000639-001 inscripción 175, ambos del libro 79 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada

CONFECCIONES DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., la cual se dedica

a FABRICACION DE ROPA INTERIOR FEMENINA, con dirección

en CARRETERA TRONCAL DEL NORTE, KILOMETRO 7, No. 33

CONTIGUO A RESTAURANTE MI FINCA, CANTON MILINGO del

domicilio de CIUDAD DELGADO, cuyo activo asciende a TRES-

CIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE DOLARES

CON 61/100 $ 308,927.61 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado CONFECCIONES DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

ubicado en CARRETERA TRONCAL DEL NORTE, KILOMETRO 7,

No. 33 CONTIGUO A RESTAURANTE MI FINCA y que se dedica

a FABRICACION DE ROPA INTERIOR FEMENINA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diez de marzo de dos mil cinco.

LIC. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C010866-3

ASIENTO DE EMPRESA 2007058884

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058884- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE AL-

BERTO ALVARADO ALVAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

con número de Documento Unico de Identidad 02681966-3 del domicilio

de SAN SALVADOR con Número de Identifi cación Tributaria: 0821-

160368-002-7, el cual ha presentado solicitud a las once horas y cuatro

minutos del día veintiocho de mayo de dos mil siete, con la cual se otorgó

el asiento de Empresa No. 2007058884 inscripción 29 y el asiento de

Establecimiento No. 2007058884 - 001, inscripción 30, ambos del Libro

147 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa

se dedica a FABRICACION, COMPRA Y VENTA DE MEDICINA

NATURAL Y COMERCIALIZACION DE ESTOS MISMOS ARTI-

CULOS POR INTERNET, con dirección en RESIDENCIAL UTILA,

FINAL 7ª AVENIDA SUR No. 11, del domicilio de SANTA TECLA,

LA LIBERTAD cuyo activo asciende a CINCO MIL CUATROCIENTOS

OCHENTA Y NUEVE 80/100 DOLARES ($5,489.80) y que tiene el

establecimiento siguiente: 001-) denominado MEGALIFE NATURAL

ubicado en RESIDENCIAL UTILA, FINAL 7ª AVENIDA SUR No. 11,

SANTA TECLA, LA LIBERTAD y que se dedica a FABRICACION,

COMPRA Y VENTA DE MEDICINA NATURAL Y COMERCIALI-

ZACION DE ESTOS MISMOS ARTICULOS POR INTERNET.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de mayo de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C010878-3

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 2002003688

ESTABLECIMIENTO 2002003688-062, 063, 064, 065,066,

067, 068, 069, 070, 071, 072, 073, 074, 075

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER; Que a esta ofi cina se ha presentado PETER JO-

HANNES GERARDUS JOZEF ABEN en su calidad de Representante

legal de la sociedad ALMACENES ADOC, SOCIEDAD ANONIMA, de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SOYAPANGO, cuya

escritura social está inscrita bajo el número 87 del libro 3 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-210464-001-7, ha presentado solicitud de apertura de

nuevos establecimientos a las diez horas y cuarenta y ocho minutos del día

veintisiete de octubre de dos mil seis. Con la cual se otorgó asientos de Es-

tablecimientos Nos. 2002003688 - 062, 063, 064, 065, 066, 067, 068, 069,

070, 071, 072, 073, 074, 075; denominados ALMACENES ADOC, S.A.,

062) DISTRIBUIDORA N° 28 situado en CALLE QUIÑONEZ OSORIO,

N° 16 del domicilio de SAN VICENTE; 063) DISTRIBUIDORA No. 32

situado en CENTRO COMERCIAL HIPERMALL LAS CASCADAS,

LOCAL N° 103, ENTRE CARRETERA PANAMERICANA, CALLE

CHILTIUPAN Y AVENIDA MASFERRER del domicilio de SANTA

TECLA, LA LIBERTAD; 064) DISTRIBUIDORA N° 38 situado en

2ª CALLE ORIENTE, N° 102 Y AVENIDA JOSE SIMEON CAÑAS

del domicilio de SAN MIGUEL; 065) DISTRIBUIDORA N° 40 si-

tuado en CENTRO COMERCIAL HIPERMALL LAS CASCADAS,

LOCAL N° 147, ENTRE CARRETERA PANAMERICANA, CALLE

CHILTIUPÁN Y AVENIDA MASFERRER del domicilio de SANTA

TECLA, LA LIBERTAD; 066) DISTRIBUIDORA No. 46 situado en

CENTRO COMERCIAL PERIPLAZA APOPA, LOCAL No. 23 del

domicilio de APOPA, SAN SALVADOR; 067) DISTRIBUIDORA N°

50 situado en CENTRO COMERCIAL PLAZA MUNDO, LOCALES

N° 54, 55, 56 Y 57, 1º. NIVEL, UBICADO EN EL KILÓMETRO

4½ BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL del domicilio de

SOYAPANGO, SAN SALVADOR; 068) DISTRIBUIDORA N° 51

situado en CENTRO COMERCIAL PLAZA MUNDO, LOCALES N°

81, 81-A, 82-B Y 82-C, 2° NIVEL, UBICADO EN EL KILÓMETRO

4½ DEL BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL del domicilio

de SOYAPANGO, SAN SALVADOR; 069) DISTRIBUIDORA No. 52

situado en CENTRO COMERCIAL HIPERMALL LAS CASCADAS,

LOCAL N° 121, ENTRE CARRETERA PANAMERICANA, CALLE

CHILTIUPÁN Y AVENIDA MASFERRER del domicilio de SANTA

TECLA, LA LIBERTAD; 070) DISTRIBUIDORA No. 61 situado en

AVENIDA MORAZAN, N° 01 BIS del domicilio de SAN FRANCIS-

CO GOTERA, MORAZAN; 071) DISTRIBUIDORA N° 78 situado

en KISMET METRO CENTRO 8ª ETAPA, 33ª AVENIDA NORTE

Y BOULEVARD TUTUNICHAPA, LOCAL N° 258 del domicilio de

SAN SALVADOR; 072) DISTRIBUIDORA N° 79 situado en CIUDAD

MERLIOT, KISMET MERLIOT, CENTRO COMERCIAL PLAZA

MERLIOT, CALLE CHILTIUPÁN, LOCALES N° 301 y 303 del do-

micilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD; 073) DISTRIBUIDORA

N° 80 situado en KISMET ESCALON, PASEO GENERAL ESCALON

Y 79ª AVENIDA SUR, N° 135 del domicilio de SAN SALVADOR;

074) DISTRIBUIDORA N° 87 situado en CENTRO COMERCIAL

GALERIAS, NIVEL COMERCIO UNO, LOCAL N° 139, DEL MO-

DULO N° 2, COLONIA ESCALON, SOBRE EL PASEO GENERAL

ESCALON, ENTRE 73ª Y 74ª AVENIDA NORTE del domicilio de

SAN SALVADOR; 075) DISTRIBUIDORA N° 88 situado en CENTRO

COMERCIAL LA GRAN VIA, LOCALES N° 301 Y 302, CALLE

CHILTIUPAN Y CARRETERA PAPAMERICANA del domicilio de

ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD; que se dedican a DISTRI-

BUCION Y VENTA AL POR MAYOR Y AL DETALLE DE ZAPATOS Y

OTRAS MERCADERIAS y que forma parte de la empresa denominada

ALMACENES ADOC, SOCIEDAD ANONIMA, se dedica a VENTA

DE CALZADO, con dirección en BOULEVARD DEL EJERCITO

NACIONAL, KILOMETRO 4½ FINAL CALLE PRINCIPAL DE LA

COLONIA MONTECARMELO, N° 800 del domicilio de SOYAPANGO,

SAN SALVADOR cuyo activo ascienda a: DOS MILLONES CIENTO

CUARENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO 00 /100

DOLARES $ 2,140,554.00.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintisiete de octubre de dos mil seis.

LIC. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C010883-3

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ASIENTO DE EMPRESA 2002031740

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002031740-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA VIC-

TORIA MOISA en su calidad de Representante Legal de la sociedad

CACEMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

puede abreviarse CACEMA S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADO-

REÑA, del domicilio de COLON, LA LIBERTAD, cuya escritura social

está inscrita bajo el número 26 del libro 1033 del Registro de Sociedades

del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

0614-170594-107-0; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y

cuarenta y ocho minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil dos,

con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002031740 inscripción

42 y el asiento de Establecimiento No. 2002031740- 001 inscripción 43,

ambos del libro 145 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estableci-

miento; la Empresa denominada CACEMA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE PRODUCTOS

(INSUMOS) AGRICOLAS, con dirección RESIDENCIAL UTILA

II, 15ª AVENIDA SUR, POLIGONO N° 3, CASA N° 6 del domicilio

de SANTA TECLA, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a CIENTO

NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUATRO 43/100 DOLARES

($191,304.43) y que tiene el establecimiento siguiente: 001) denominado

CACEMA, S.A. DE C.V. ubicado en RESIDENCIAL UTILA II, 15ª

AVENIDA SUR, POLIGONO N° 3, CASA N° 6, SANTA TECLA, LA

LIBERTAD y que se dedica a VENTA DE PRODUCTOS (INSUMOS)

AGRICOLAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, quince de mayo de dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F011087-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001036121

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001036121-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

ALEXANDER MARTINEZ ACOSTA en su calidad de Representante

legal de la sociedad V. S. R. EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse V.S.R. EL SALVADOR,

S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio

y departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita

bajo el número 73 del libro 1626 del Registro de Sociedades del Registro

de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-220601-

102-6; el cual ha presentado solicitud a las horas y minutos del día siete

de agosto de dos mil uno. Con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 2001036121 inscripción 77 y el asiento de Establecimiento No.

2001036121- 001, inscripción 78, ambos del Libro 151 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina

V. S. R. EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, la cual se dedica a OTROS SERVICIOS A EMPRESAS

NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en COLONIA

ESCALON, CALLE NUEVA N° 1, ALAMEDA MANUEL ENRIQUE

ARAUJO, EDIFICIO PALIC, TORRE NORTE, 3º NIVEL del domicilio

y departamento de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL

CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57)

y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado V.S.R. EL

SALVADOR, S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA ESCALON, CALLE

NUEVA N° 1, ALAMEDA MANUEL ENRIQUE ARAUJO, EDIFICIO

PALIC, TORRE NORTE, 3º NIVEL del domicilio y departamento de

SAN SALVADOR y que se dedica a OTROS SERVICIOS A EMPRESAS

NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de julio de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F011111-3

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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

SUBASTAS PUBLICAS

LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD

ANONIMA que puede abreviarse BANCO AGRICOLA, S.A., cuyos

nombres comerciales son BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL

SALVADOR, BANCO AGRICOLA COMERCIAL, BANCO AGRI-

COLA, o solamente EL AGRICOLA, con sus siglas BAC, contra los

señores ALDO ENRIQUE CONDE SILIEZAR y GEORGINA MER-

LIN ESCALANTE HOY DE CONDE, conocida por GEORGINA

MERLIN ESCALANTE HERNANDEZ, y por GEORGINA MERLIN

ESCALANTE DE CONDE, reclamándoles cantidad de colones y

accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en

fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado

siguiente: “UN LOTE DE TERRENO de naturaleza urbana y construc-

ciones que contiene, marcado con el número TREINTA Y UNO, del

Bloque “A”, del proyecto Residencial “Mónaco”, situado en la Noventa

y Tres Avenida Norte y Prolongación Juan Pablo II, Colonia Escalón de

esta ciudad, cuya descripción técnica es la siguiente: AL NORTE: seis

punto cero siete metros; AL ORIENTE: treinta y uno punto cuarenta y

cuatro metros; AL SUR: Seis punto cero cero metros, y AL PONIENTE:

treinta y dos punto treinta y cinco metros; el lote anteriormente descrito

tiene un área de CIENTO NOVENTA Y UNO PUNTO TREINTA Y UN

METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS SETENTA Y

TRES PUNTO SETENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, y su medida

cúbica es de CUATROCIENTOS VEINTICINCO PUNTO SETENTA

Y TRES METROS CUBICOS. El área del lote anteriormente descritos

se encuentra gravado al rumbo Norte por una servidumbre de aguas

negras constituida a favor de la Administración Nacional de Acueductos

y Alcantarillados, ANDA, y que se describe así: AL NORTE: formado

por dos tramos: El Primero: de uno punto cero nueve metros y el segundo

de cinco punto cero dos metros, AL ORIENTE: tres punto trece metros,

AL SUR: formado por dos tramos, el primero de cinco punto quince

metros, y el segundo de cero punto noventa y cuatro metros, Y AL PO-

NIENTE: tres punto cero nueve metros, la porción así descrita tiene un

área de DIECIOCHO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS,

equivalentes a VEINTISEIS PUNTO CUARENTA Y SIETE VARAS.

El inmueble anteriormente descrito es propiedad de los señores ALDO

ENRIQUE CONDE SILIEZAR y GEORGINA MERLIN ESCALANTE

HOY DE CONDE conocida por GEORGINA MERLIN ESCALANTE

HERNANDEZ y por GEORGINA MERLIN ESCALANTE DE CONDE

en proindivisión y por partes iguales equivalentes al cincuenta por ciento

para cada uno por estar inscrito bajo el número de Matrícula M SEIS

CERO CERO UNO CERO CUATRO TRES CINCO GUION A CERO

CERO TRES DOS, del Registro Social de Inmuebles.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la Subasta

que deberán de presentar sus respectivos Documentos de Identidad, NIT,

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San

Salvador, a las doce horas del día doce de julio de dos mil siete. Licda.

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO

DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011035-3

HERBERT IVAN PINEDA ALVARADO, JUEZ DE FAMILIA DE

SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las

quince horas con veinte minutos del día veintidós de enero del presente

año, en el proceso de declaratoria judicial de paternidad, promovido

por la señora ROSA AMELIA ALFARO CRUZ, representada por la

Licenciada Ana Yanira Sánchez de Parada, en contra del señor CARLOS

FRANCISCO ORTIZ DOMINGUEZ, SE VENDERA EN PUBLICA

SUBASTA, en fecha que oportunamente se señalará; el derecho del

cien por ciento del inmueble de naturaleza urbana y construcciones que

tiene inscrito a su favor al número treinta y dos, libro dos mil doscientos

veintiocho del Registro de la propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta

Sección del Centro, que forma parte de la Urbanización Peña Blanca,

de esta jurisdicción, marcado como lote número ocho de la mencionada

urbanización la cual se describe de la siguiente forma: partiendo de los

puntos de intersección de los ejes, de la “Calle El Carmen,” y de Senda

Los Azahares, ambas abiertas en esta urbanización, se mide sobre el eje

de esta última, una distancia de veintisiete metros, con rumbo norte cero

cuatro grados cero dos punto cuatro minutos este llegando a un punto

en donde con defl exión, izquierda de noventa grados y con distancia

de tres puntos cincuenta metros se localiza el esquinero sur - este del

terreno cuyas medidas y colindancias son al sur: línea recta de rumbo

norte ochenta y cinco grados cincuenta y siete punto seis minutos oeste

y distancia de dieciséis punto cincuenta metros colindando con lote

número nueve de la misma urbanización, al oeste: línea recta de rumbo

norte cero cuatro grados cero dos punto cuatro minutos este y distancia

de cinco punto cincuenta metros lindando con el lote número diecisiete

de la misma urbanización; al norte: línea recta de rumbo sur ochenta

y cinco grados cincuenta y siete punto seis minutos este y distancia de

dieciséis punto cincuenta metros lindando con lote número siete de la

misma urbanización y al este: línea recta de rumbo sur cero cuatro grados

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

cero dos punto cuatro minutos oeste y distancia de cinco punto cincuenta

metros lindando con lote número cinco, de la misma urbanización senda

de Los Azahares, de siete metros de ancho de por medio llegando así al

esquinero sur - este del terreno, que fue donde se dio inicio a la presente

descripción, el inmueble antes descrito tiene una extensión superfi cial de

noventa punto setenta y cinco metros cuadrados equivalentes a Ciento

veintinueve punto ochenta y cinco varas cuadradas. En dicho inmueble

hay construida una casa de sistema mixto con un área de construcción

de setenta punto sesenta y ocho metros cuadrados. Servirá de base para

el remate de conformidad a los artículos 218 de la Ley Procesal de

Familia y 606 del Código de Procedimientos Civiles, el valor que los

peritos asignaren al bien.

Librado en el Juzgado de Familia de Santa Tecla, a las nueve

horas y diez minutos del día veintisiete de abril del dos mil seis. Lic.

HERBERT IVAN PINEDA ALVARADO, JUEZ DE FAMILIA. Lic.

MELVIN MARBELY TEJADA MARTINEZ, SECRETARIA. INTA.

3 v. alt. No. F011040-3

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas principales ubicadas en Agencia

Senda Florida Pasaje Senda Florida Sur, Colonia Escalón, se ha presen-

tado el propietario del Certifi cado de Acciones número 267, solicitando

la reposición de dicho certifi cado por haberlo extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiese ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, 16 de julio de dos mil siete.

JOSE ROBERTO NAVARRO E.,

Presidente.

3 v. alt. No. F011024-3

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A.,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 015PLA000186364,

solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por MIL QUINIEN-

TOS 00/100 DOLARES (US$1,500.00) MIL QUINIENTOS 00100

DOLARES.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

Soyapango, 31 de marzo de 2006.

CELINA DE RODAS,

Banco Cuscatlán S.A.

Agencia UNICENTRO.

3 v. alt. No. F011049-3

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

AVISA: Que en su agencia COJUTEPEQUE se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 7895470656 del Depósito a Plazo Fijo

aperturado el 13 de agosto de 2001, 180 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 17 de julio de 2007.

IRMA DE REYES,

Scotiabank El Salvador, S.A.

3 v. alt. No. F011128-3

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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

AVISA: Que en su agencia COJUTEPEQUE se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 453871 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 19 de junio de 2006, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 18 de julio de 2007.

IRMA DE REYES,

Scotiabank El Salvador, S. A.

3 v. alt. No. F011129-3

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

AVISA: Que en su agencia COJUTEPEQUE se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 60356 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 10 de febrero de 2004, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 18 de julio de 2007.

IRMA DE REYES,

Scotiabank El Salvador, S. A.

3 v. alt. No. F011130-3

AUMENTOS DE CAPITAL

El Suscrito Administrador Unico Propietario de la Sociedad Mercan-

til, del domicilio de San Salvador, que gira con la denominación de

“INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES ORELLANA MURILLO,

SOCIEDAD ANONlMA DE CAPITAL VARIABLE”.

AVISA: Que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de Ac-

cionistas, celebrada en esta ciudad a las trece horas del día dieciocho de

Junio del dos mil siete, se acordó aumentar el capital social mínimo de

CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES

a SIETE MILLONES DE COLONES, mediante la emisión de CIEN

ACCIONES comunes y nominativas de SETENTA MIL COLONES cada

una, totalmente suscritas y exhibidas de modo que la sociedad funcionará

con el capital de SIETE MILLONES DE COLONES equivalentes a

OCHOCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, totalmente suscrito y pagado.

San Salvador, diecisiete de Julio del dos mil siete.-

Ing. CESAR AUGUSTO ORELLANA MURILLOS,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C010860-3

La Sociedad EL BOLIGRAFO, S.A. DE C.V.,

HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Accio-

nistas, celebrada en la ciudad de Santa Tecla, a las doce horas del día

ocho de mayo de dos mil siete, en su local ubicado en Calle Comasagua

No.23, Jardines de La Libertad, Ciudad Merliot, Departamento de La

Libertad, por unanimidad acordaron aumentar el capital social mínimo

de TREINTA MIL COLONES a DOSCIENTOS DOS MIL COLONES,

incrementándose el capital social mínimo en CIENTO SETENTA Y

DOS MIL COLONES mediante nuevas aportaciones de los socios y

emisión de nuevas acciones, las cuales serán suscritas en proporción a

la participación social de los accionistas; consecuentemente el capital

social mínimo será de DOSCIENTOS DOS MIL COLONES, equivalentes

a VEINTITRÉS MIL OCHENTA Y CINCO DOLARES SETENTA Y

UN CENTAVOS DE DOLAR de los Estados Unidos de América.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.-

San Salvador, quince de mayo de dos mil siete.

Lic. ANGEL MARIO VEGA REYES,

Apoderado General Administrativo.

3 v. alt. No. C010867-3

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

AVISO DE COBRO

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Departamento ha presentado escrito

la señora ANA CELIA AREVALO DE MEJIA, conocida también como

Ana Celia Arévalo Canales y por Ana Celia Arévalo, en su carácter de

cónyuge sobreviviente del señor Luis Alonso Mejía Ventura, solicitando

se le autorice fi rmar los documentos respectivos para que se le entregue

la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS 03/100 DOLARES

($266.03), en concepto de excedente del Impuesto sobre la Renta del

ejercicio 2006, que dejó pendiente de cobro, su extinto cónyuge, por

haber fallecido el día 31 de enero de 2007.

Lo anterior, se hace de conocimiento del Público para que toda

persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Depar-

tamento a más tardar dentro de los quince días subsiguientes, contados a

partir del día siguiente al de la tercera y última publicación del presente

aviso, a fi n de ejercer su derecho.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los cinco días del mes de

julio de dos mil siete.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

MINISTERIO DE HACIENDA

3 v. 1 v. c 3/d. No. F010555-3

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ, subjefe del Departamento Jurídico

del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley

HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la se-

ñora SILVIA DEL CARMEN BERMUDEZ DE MARTINEZ, conocida

por Silvia del Carmen Bermúdez; y WENDY BEATRIZ MARTINEZ,

conocida por Wendy Beatriz Martínez Bermúdez, cónyuge sobreviviente

la primera e hija la segunda, quienes piden se les permita fi rmar los do-

cumentos correspondientes y poder cobrar la cantidad de $308.49, que

por haber fallecido el causante ANDRES MARTINEZ MATA, conocido

por Andrés Martínez, dejó pendiente de cobro por haber fallecido el 20

de noviembre de 2006, los cuales le correspondían como devolución

después del pago del Impuesto sobre la Renta del año 2006. Lo anterior

se hace de conocimiento del público en general, para que toda persona

que se crea con igual o mejor derecho se presente hacer uso del mismo

ante este Ministerio, dentro del término de quince días posteriores a la

última publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los nueve días del mes de julio del año dos mil siete.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO,

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1. v. c/3 días No. F010643-3

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: Al Público,

HACE SABER: Que en esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado AMILCAR GUTIERREZ LAZO, de cuarenta y siete años de edad, Abogado, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, portador del carné de abogado número trece mil novecientos cincuenta y tres; quien actúa como apoderado del Señor ANTONIO RAMOS ORTIZ o ANTONIO RAMOS, de cuarenta y ocho años edad, Empleado, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad Número Cero Un Millón Setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y cinco guión seis, y número de Identifi cación Tributaria Número Cero Seiscientos diez guión ciento diez mil quinientos cincuenta y ocho guión cero cero uno guión siete, Solicitando TITULO MUNICIPAL, de un inmueble de Naturaleza URBANA, situado en el Barrio Concepción de la Ciudad de Panchimalco, Departamento de San Salvador; que tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: doce metros cuarenta centímetros, linda con los señores Víctor Manuel Ortiz Vásquez, Blanca Luz Vega Ortiz, Rosa Margarita Vega Ortiz, Dina Esmeralda Vega Ortiz, Dora de Jesús Ortiz Vásquez y Francisco Ortiz Vásquez; AL NORTE: mide diecinueve metros cincuenta centímetros, linda con los señores Tomás Andrés y Aurelio Basilio, antes de Adelaida Pérez en línea recta, calle de por medio; AL PONIENTE: mide doce metros setenta centímetros, linda con la señora Eleuteria Jorge Rivera viuda de Jorge, antes de la Sucesión de doña Jesús García, en línea recta; y AL SUR: Mide catorce metros, cuarenta centímetros, linda con la señora Eleuteria Jorge Rivera viuda de Jorge, antes de Juan Vásquez, en línea recta. Tiene brotones vivos de varias clases y esquineros de piedras sembradas. Todos los colindantes son de este domicilio. La referida propiedad tiene una Capacidad Superfi cial de CIENTO NOVENTA Y TRES PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, dicho inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene carga, ni derechos reales, no está en proindivisión con ninguna persona, el inmueble lo adquirió por compra que le hizo a la señora María Esperanza Torres Escobar de Méndez, Según Escritura Pública Número Cuatro Libro Treinta y Tres del Año de mil Novecientos Noventa; teniéndolo en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida por más de dieciséis años. Y lo valúa en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Se le comunica al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Panchimalco, trece días del mes de Julio de dos mil siete. ISABEL VEGA VASQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. FRANCISCO JAVIER BERNABE, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011000-3

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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

TITULO DE PREDIO URBANO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que el señor JOSE CORONADO AMAYA

GOMEZ, de setenta y dos años de edad, jornalero, de este domicilio, con

Documento Único de Identidad número cero cero novecientos noventa y

un mil ochocientos quince - tres, y Número de Identifi cación Tributaria:

cero novecientos seis - ciento ochenta mil ochocientos treinta y cuatro

- cero cero tres - dos, solicita título de un de inmueble urbano, situado

en Quinta Avenida Sur y Tercera Avenida Sur, número cuarenta y tres

- A y número treinta y dos, del Barrio El Calvario, de esta ciudad, de una

extensión superfi cial de TRESCIENTOS CUARENTA Y UN METROS

SESENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS, que tiene las

medidas y colindantes siguientes; AL ORIENTE: nueve punto cero dos

metros, Tercera Avenida Sur de por medio, con inmuebles de Pascual

Mercado y Domingo Abarca; AL NORTE: treinta y ocho punto treinta

y siete metros, paredes de división, con inmuebles de Miguel Alvarenga

Escobar y de Teresa Amaya; AL PONIENTE: ocho punto setenta y nueve

metros, la Quinta Avenida Sur de por medio, con inmueble de Antonio

Beltrán; y AL SUR: treinta y ocho punto treinta y siete metros, en línea

casi recta, en donde hay paredes de división, con inmueble de Eduardo

Rodríguez y de Antonio Ventura. En el terreno descrito se encuentran

construidas dos casas de habitación una con número cuarenta y tres - A,

en la Quinta Avenida Sur, y la otra número treinta y dos, en la Tercera

Avenida Sur. No es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni gravámenes

de ninguna naturaleza a favor de terceros, lo adquirió por compra que hizo

al señor José Alfredo Acosta, y lo estima en UN MIL TRESCIENTOS

SETENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Caba-

ñas, a cinco de junio de dos mil siete. Ing. JESUS EDGAR BONILLA

NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR

ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011084-3

MARCA DE SERVICIO

No. de Expediente: 2007066639

No. de Presentación: 20070092883

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO

DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:

UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN

SER INDIFERENTE MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS

OJOS NO VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS

DE ORGANIZACION DE ACTIVIDADES CON LA FINALIDAD DE

RECOLECCION DE DINERO PARA OBRAS DE CARIDAD.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010871-3

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

No. de Expediente: 2007066637

No. de Presentación: 20070092878

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO

DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:

UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN SER

INDIFERENTE MIRA CON EL CORAZÓN LO QUE TUS OJOS NO

VEN y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENSE-

ÑANZA Y EDUCACIÓN PARA NIÑOS Y GENTE JOVEN.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010872-3

No. de Expediente: 2007066634

No. de Presentación: 20070092874

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO

DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:

UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

MIRA CON EL CORAZÓN LO QUE TUS OJOS NO VEN

Consistente en: Las palabras MIRA CON EL CORAZÓN LO QUE

TUS OJOS NO VEN, que servirá para: DISTINGUIR: SERVICIOS DE

ENSEÑANZA Y EDUCACIÓN PARA NIÑOS Y GENTE JOVEN.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010873-3

No. de Expediente: 2007066641

No. de Presentación: 20070092887

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO

Page 143: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007.

DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:

UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

MARCA LA DIFERENCIA SIN SER INDIFERENTE

Consistente en: Las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN

SER INDIFERENTE, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE

ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CON LA FINALIDAD DE

RECOLECCIÓN DE DINERO PARA OBRAS DE CARIDAD.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010874-3

No. de Expediente: 2007066633

No. de Presentación: 20070092873

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO

DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:

UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

MIRA CON EL CORAZON LO QUE TUS OJOS NO

VEN

Consistente en: Las palabras: MIRA CON EL CORAZÓN LO QUE

TUS OJOS NO VEN, sobre las palabras de uso común individualmente

consideradas no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CON LA

FINALIDAD DE RECOLECCIÓN DE DINERO PARA OBRAS DE

CARIDAD.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010875-3

No. de Expediente: 2007066632

No. de Presentación: 20070092872

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

AGUILAR BOLAÑOS, en su calidad de APODERADO de FONDO

DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA que se abrevia:

Page 144: diario 27 juliobiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/... · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Julio de 2007. 1 DIARIO OFI CIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur

144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

UNICEF, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

MARCA LA DIFERENCIA SIN SER INDIFERENTE

Consistente en: Las palabras MARCA LA DIFERENCIA SIN

SER INDIFERENTE, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE

ENSEÑANZA Y EDUCACIÓN PARA NIÑOS Y GENTE JOVEN.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010876-3

No. de Expediente: 2007063771

No. de Presentación: 20070087530

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-

TONIO RUSCONI GUTIÉRREZ, en su calidad de APODERADO de

RESEARCH IN MOTION LIMITED, de nacionalidad CANADIENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BLACKBERRY PEARL

Consistente en: Las palabras BLACKBERRY PEARL, traducida

al castellano como PERLA DE ZARZAMORA, que servirá para: AM-

PARAR: SERVICIOS DE CORREO ELECTRÓNICO, SERVICIO DE

MENSAJES DE INFORMACIÓN INALÁMBRICA, PARTICULAR-

MENTE SERVICIOS QUE PERMITE AL USUARIO ENVIAR O RE-

CIBIR MENSAJES A TRAVÉS DE UNA RED INALÁMBRICA, UNA

O DOS VÍAS DE SERVICIOS COMPAGINADOS, TRANSMISIÓN

Y RECEPCIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN DE VOZ.

La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de mayo del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010887-3

REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO

AVISO

“AIG, S. A., SEGUROS DE PERSONAS”, Compañía de Seguros,

hace del conocimiento del público en general que a sus ofi cinas se ha

presentado EDDIE YOHALMO ALVARADO MAURICIO, Ingeniero

Civil, del domicilio de La Paz, solicitando la Reposición de la Póliza

No. VO-42.395, emitida por esta Compañía a su favor, con fecha 15 de

junio del 2000; si dentro de treinta días, contados a partir de la fecha

de la última publicación de este aviso, no se presentare oposición, la

Compañía procederá a reponer la mencionada Póliza.

San Salvador, diecisiete de julio del dos mil siete.

GLADYS L. AGUILAR DE GRANADOS,

SUSCRIPCIÓN SEGUROS DE PERSONAS.

3 v. alt. No. F011006-3

Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.