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S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 411 SAN SALVADOR, JUEVES 26 DE MAYO DE 2016 NUMERO 97 Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4 4-5 5 6-17 Pág. 18-24 25-26 26 27-28 DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL ORGANO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdo No. 219.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 128, de fecha tres de marzo de dos mil dieciséis. ...................... Acuerdo No. 235.- Se encarga el Despacho de Relaciones Exteriores, al señor Viceministro del Ramo. ............................. Acuerdo No. 239.- Se reconocen gastos por el desempeño de misión oficial. ........................................................................ MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL RAMO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL Estatutos de las Iglesias “Misión Cristiana Casa de Oración, Jrema Avance Misionero”, “Ministerios Emanuel Internacional San Salvador, Iglesia Cristiana”, “Evangélica Fuente de Líbano”, “Profética de Sanidad y Liberación Jesús Salva” y Acuerdos Ejecutivos Nos. 276, 54, 63 y 71, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica.................................................... MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 583.- Se modifica parcialmente el listado de incisos arancelarios no necesarios para la actividad incentivada, solicitada por la sociedad Insumos Textiles de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable. .................................... Acuerdo No. 733.- Se autoriza a la sociedad Actividades Petroleras de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable, la remodelación de la estación de servicio denominada “Texaco La Flecha”, ubicada en el municipio de Santiago Nonualco. .... MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-1756.- Reconocimiento de estudios académicos a favor de Dennis Amílcar Ticona Ordóñez........... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1206-D, 141-D, 189-D, 203-D y 258-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. ......................................................................................... - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 411 SAN SALVADOR, JUEVES 26 DE MAYO DE 2016 NUMERO 97

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

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DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

DIARIO OFI CIAL

ORGANO EJECUTIVO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Acuerdo No. 219.- Se modifi ca el Acuerdo Ejecutivo No.

128, de fecha tres de marzo de dos mil dieciséis. ......................

Acuerdo No. 235.- Se encarga el Despacho de Relaciones

Exteriores, al señor Viceministro del Ramo. .............................

Acuerdo No. 239.- Se reconocen gastos por el desempeño

de misión ofi cial. ........................................................................

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y

DESARROLLO TERRITORIAL

RAMO DE GOBERNACIÓN

Y DESARROLLO TERRITORIAL

Estatutos de las Iglesias “Misión Cristiana Casa de Oración,

Jrema Avance Misionero”, “Ministerios Emanuel Internacional

San Salvador, Iglesia Cristiana”, “Evangélica Fuente de Líbano”,

“Profética de Sanidad y Liberación Jesús Salva” y Acuerdos

Ejecutivos Nos. 276, 54, 63 y 71, aprobándolos y confi riéndoles

el carácter de persona jurídica. ...................................................

MINISTERIO DE ECONOMÍA

RAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 583.- Se modifi ca parcialmente el listado de

incisos arancelarios no necesarios para la actividad incentivada,

solicitada por la sociedad Insumos Textiles de El Salvador,

Sociedad Anónima de Capital Variable. ....................................

Acuerdo No. 733.- Se autoriza a la sociedad Actividades

Petroleras de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable,

la remodelación de la estación de servicio denominada “Texaco

La Flecha”, ubicada en el municipio de Santiago Nonualco. ....

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-1756.- Reconocimiento de estudios

académicos a favor de Dennis Amílcar Ticona Ordóñez. ..........

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1206-D, 141-D, 189-D, 203-D y 258-D.-

Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus

ramas. .........................................................................................

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

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Acuerdo No. 10-D.- Se autoriza a la Licenciada Elsy Noemi

Funes Alfaro para que ejerza las funciones de notario. .............

INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decretos Nos. 1 (2), 5.- Ordenanzas Transitorias de Exención

de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas a favor

de los municipios de Santiago de María, San Juan Opico y

Ereguayquín. ..............................................................................

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Colonia

La Libertad y Acuerdo No. 11, emitido por la Alcaldía Municipal

de Santa Ana, aprobándolos y confi riéndole el carácter de persona

jurídica. ......................................................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Juicio de Ausencia ...........................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Disolución y Liquidación de Sociedades .......................

Título Municipal ..............................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

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3DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

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126-127

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Marca de Servicios ..........................................................

Reposición de Póliza de Seguro ......................................

Reposición de Cheque .....................................................

Marca de Producto ..........................................................

Permiso de Operación de Ruta Aérea ...........................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Marca de Fábrica ............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Título Municipal ..............................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Resoluciones .....................................................................

Marca de Producto ..........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

AUTORIDAD MARÍTIMA PORTUARIA

Resoluciones Nos. 44/2016 y 56/2016.- Se autoriza

Habilitación Prestadores de Servicio, Convenio Marpol por cinco

años y se aprueba Modifi cación en el Texto del Pliego Tarifario

del Puerto Corsain vigente, respectivamente. ............................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

ACUERDO No. 219

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

En uso de sus atribuciones, ACUERDA: modifi car el Acuerdo Ejecutivo No. 128, emitido por esta Presidencia el 3 de marzo de 2016, por medio

del cual se les concedió viáticos, gastos de viaje y gastos terminales, a los señores Selso Antonio Rivera Escobar, Subsecretario de Comunicaciones;

Ronald Edgardo Chávez Sánchez, Técnico Especialista; Melvin Eduardo Chávez Molina, Editor de Video y Luis Alonso López Martínez, Fotógra-

fo, quienes viajaron a Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 22 al 25 de febrero del corriente año, a fi n de apoyar en la coordinación,

cobertura y otros, en la Reunión que sostuvo el señor Presidente de la República, Profesor Salvador Sánchez Cerén, con el Vicepresidente de los

Estados Unidos, Joseph Biden, en relación al Triángulo Norte de Centroamérica, en el sentido que dichos gastos fueron cubiertos con fondos de la

Unidad Presupuestaria 07 Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia y no 02 Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia como se mencionó

originalmente. Quedando dicho Acuerdo sin ninguna otra modifi cación.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día doce del mes de mayo de dos mil dieciséis.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA,

MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.

ACUERDO No. 235

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

En uso de sus atribuciones, ACUERDA: Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores, con carácter ad-honórem, del 17 al 19 de mayo de

2016, al señor Viceministro de Relaciones Exteriores, Integración y Promoción Económica, Licenciado Carlos Alfredo Castaneda Magaña y del 20

al 25 del mismo mes y año, a la señora Viceministra para los Salvadoreños en el Exterior, Licenciada Liduvina del Carmen Magarín de Esperanza,

conforme al detalle siguiente: En el caso del día 17 de mayo del presente año, dicho Encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio

ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

nacional del señor Ministro, Ingeniero Hugo Roger Martínez Bonilla, tratándose del día 25 del mencionado mes de mayo, el encargo será efectivo

hasta el arribo al país del mencionado titular, a quien se le ha encomendado el desempeño de una Misión Ofi cial en el exterior, del 17 al 25 de mayo

del corriente año, concediéndosele por tal motivo, licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día dieciséis del mes de mayo de dos mil dieciséis.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA,

MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.

ACUERDO No. 239

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

Vista la autorización de la Presidencia de la República contenida en nota No. MO-152-SEC-2016-STPP-6 de fecha 17 de mayo de 2016, por medio

de la cual se le concede Misión Ofi cial al Licenciado MANUEL ALBERTO ENRÍQUEZ VILLACORTA, Subsecretario Técnico y de Planifi cación de

la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016,

en México, D. F., México, ACUERDA: conceder al Licenciado Enríquez Villacorta, el pago de boletos aéreos por un monto de $372.38, viáticos por

$1,050.00, gastos de viaje por $315.00 y gastos terminales por $45.00; gastos que le serán proporcionados por la Presidencia de la República, Unidad

Presupuestaria 05; Secretaría Técnica; Línea de Trabajo: Asistencia Técnica; Códigos Presupuestarios: 2016-0500-1-0501-21-1-54402 y 2016-0500-

1-0501-21-1-54404.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día diecinueve de mayo de dos mil dieciséis.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA,

MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

ESTATUTOS DE LA IGLESIA MISION

CRISTIANA CASA DE ORACION

JREMA AVANCE MISIONERO

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

Art. 1.- Créase en la Ciudad de Talnique, Departamento de La Libertad, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará IGLESIA MISION CRISTIANA CASA DE ORACION JREMA AVANCE MISIONERO, como una Entidad apolítica, no lucrativa y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará "La Iglesia".

Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será en el Municipio de Talnique, Departamento de La Libertad, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FINES

Art. 4.- Los fi nes de la Iglesia serán:

a) Predicar el Evangelio de Jesucristo, conforme a lo estipulado en la Santa Biblia.

b) Difundir a través de los diferentes medios EL CONOCIMIEN-TO de los principios fundamentales de la Santa Biblia.

c) Elevar el estado espiritual, moral, social y emocional, a través del mensaje de Dios en base a La Santa Biblia.

d) Planifi car y desarrollar eventos públicos, con el objetivo de convivir con sus miembros y/o establecer fi liales de la Iglesia.

e) Mantener relación con otras iglesias y organizaciones na-cionales y/o extranjeras que persiguen similares principios y objetivos.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de 18 años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIALRAMO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban el acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que

por su labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la

Asamblea General.

Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Iglesia.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Iglesia.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-

tes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los

miembros Activos y Fundadores.

Art. 12.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una

vez al año, y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta

Directiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría

absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una

mayoría diferente.

Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las

sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o Presupuesto

Anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y

que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confi ada

a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un

Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y dos Voca-

les.

Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de dos años pudiendo ser reelectos.

Art. 17.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez al

mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será de cinco miembros y sus acuerdos deberán ser tomados

por la mayoría de los asistentes.

Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes de la Iglesia.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-

ral.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los Comités o

Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fi nes de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo

otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.

d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Las mismas atribuciones tendrá el Vicepresidente en ausencia del

Presidente.

Art. 21.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Iglesia.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Iglesia.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

Art. 22.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Iglesia tenga que realizar.

Art. 23.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva, excepto al Presidente, en caso de ausencia o impedimento, de con-formidad al artículo catorce literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Art. 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Art. 25.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Art. 26.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General seña-le.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 29.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio

de Gobernación y Desarrollo Territorial, en los primeros días del mes

de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco

días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del

Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado

Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Art. 31.- La IGLESIA MISION CRISTIANA CASA DE ORACION

JREMA AVANCE MISIONERO, se regirá por los presentes Estatutos

y demás disposiciones legales aplicables.

Art. 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 276

San Salvador, 01 de diciembre de 2015.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA MISION

CRISTIANA CASA DE ORACION JREMA AVANCE MISIONERO,

compuestos de TREINTA Y DOS Artículos, fundada en la ciudad de

Talnique, Departamento de La Libertad, a las nueve horas y veinte minutos

del día ocho de noviembre del dos mil quince, y no encontrando en ellos

ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con

los Artículos 26 de la Constitución de la República, 34 numeral 06 del

Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, 542 y 543 del Código Civil,

el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación y Desarrollo Territorial,

Acuerda: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad

el carácter de Persona Jurídica; b) Publíquese en el Diario Ofi cial. Co-

muníquese.- EL MINISTRO DE GOBERNACION Y DESARROLLO

TERRITORIAL, RAMON ARISTIDES VALENCIA ARANA.

(Registro No. F029608)

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

ESTATUTOS DE MINISTERIOS EMANUEL

INTERNACIONAL SAN SALVADOR, IGLESIA CRISTIANA

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

Artículo 1.- Créase en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departa-

mento de La Libertad, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se

denominará MINISTERIOS EMANUEL INTERNACIONAL SAN

SALVADOR, IGLESIA CRISTIANA y que podrá abreviarse MEIS,

como una Entidad de interés particular y religiosa, la que en los presentes

Estatutos se denominará "La Iglesia".

Artículo 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Antiguo

Cuscatlán, departamento de La Libertad, pudiendo establecer fi liales en

todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FINES

Artículo 4.- Los fi nes de la Iglesia serán:

a) La proclamación y enseñanza del mensaje del Evangelio, tal

y como se contempla en las Sagradas Escrituras, a través de

todos los medios disponibles y legales.

b) Elevar el estado espiritual, moral, social, cultural y físico de

sus miembros; y

c) Difundir el conocimiento de la Biblia, predicando sus prin-

cipios.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Artículo 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de

dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,

que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Artículo 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban el Acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que

por su labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por la

Asamblea General.

Artículo 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Acti-

vos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Iglesia.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Artículo 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Iglesia.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Artículo 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas

siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que ajuicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Artículo 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es

la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de

los miembros Activos y Fundadores.

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Artículo 12.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez al año, y Extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.

Artículo 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Artículo 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Iglesia; y

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico y dos Vocales.

Artículo 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos.

Artículo 17.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez al mes, y Extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Artículo 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-nes:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Iglesia.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-

ral.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los Comités o

Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fi nes de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Artículo 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo

otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.

d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Artículo 21.- Son atribuciones del Vicepresidente: Sustituir al

Presidente por ausencia debidamente comprobada.

Artículo 22.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Iglesia.

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Iglesia.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Artículo 23.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Iglesia tenga que realizar.

Artículo 24.- Son atribuciones del Síndico:

a) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia, así como las resoluciones de la Asamblea General y Junta Directiva; y

b) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia conjunta o separadamente con el Presidente.

Artículo 25.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Artículo 26.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Artículo 27.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Artículo 28.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

Artículo 29.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-narán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General señale.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 30.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Artículo 31.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al

Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, en los primeros días

del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro de los

cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del

Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado

Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Artículo 32.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Artículo 33.- MINISTERIOS EMANUEL INTERNACIONAL

SAN SALVADOR, IGLESIA CRISTIANA y que podrá abreviarse

MEIS, se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales

aplicables.

Artículo 34.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde

el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 054

San Salvador, 29 de febrero de 2016.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la Iglesia denominada

MINISTERIOS EMANUEL INTERNACIONAL SAN SALVADOR,

IGLESIA CRISTIANA y que podrá abreviarse "MEIS", compuestos

de TREINTA Y CUATRO Artículos, fundada en la ciudad de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a las diez horas del día diez de

octubre del dos mil quince, y no encontrando en ellos ninguna disposi-

ción contraria a las leyes del país, de conformidad con los Artículos 26

de la Constitución de la República, Art. 34 numeral 06 del Reglamento

Interno del Órgano Ejecutivo, y Arts. 542 y 543 del Código Civil, el

Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación y Desarrollo Territorial,

Acuerda: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad

el carácter de Persona Jurídica; b) Publíquese en el Diario Ofi cial. Co-

muníquese.- EL MINISTRO DE GOBERNACION Y DESARROLLO

TERRITORIAL, RAMON ARISTIDES VALENCIA ARANA.

(Registro No. F029483)

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Page 12: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

ESTATUTOS DE LA IGLESIA EVANGELICA

FUENTE DE LIBANO,

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

Artículo 1.- Créase en el Municipio de El Carmen, Departamento

de La Unión, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará

IGLESIA EVANGELICA FUENTE DE LIBANO y que podrá abreviarse

IEFL, como una Entidad de interés particular y religiosa, para promo-

ver la predicación del Evangelio de Jesucristo, la que en los presentes

Estatutos se denominará " La Iglesia".

Artículo 2.- El domicilio de la Iglesia será el municipio de El

Carmen, Departamento de La Unión, pudiendo establecer fi liales en

todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FINES

Artículo 4.- Los fi nes de la Iglesia serán:

a) Comunicar a todas las personas las Bases de la Fe Cristia-

na.

b) Usar la Palabra y todos los métodos de comunicación so-

cial.

c) Fomentar la lectura y difusión de la Biblia como palabra de

Dios.

d) Fomentar la recuperación Espiritual y Moral de sus miem-

bros.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Artículo 5.- Podrán ser miembros todas las personas que conscientes

de su necesidad acuden a Jesucristo para recibirle como Único Salvador

y luego proceden a inscribirse en el libro de membrecía de la Iglesia.

Artículo 6.-La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que

suscriban el acta de Constitución de la Iglesia. Serán MIEMBROS AC-

TIVOS: Todas las personas que en el desarrollo de la Evangelización se

vayan incorporando a la Iglesia con aceptación de la Junta Directiva.

Artículo 7.-Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Iglesia.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Artículo 8.-Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Iglesia.

c) Cancelar las cuotas voluntarias acordadas en Asamblea

General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Artículo 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas

siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO IVDEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Artículo 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO VDE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es

la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de

los miembros Activos y Fundadores.

Artículo 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una

vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta

Directiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría

absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una

mayoría diferente.

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Page 13: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Artículo 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de

las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Artículo 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, Sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto

anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y

que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VIDE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará

confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.

Artículo 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos

para un período de dos años pudiendo ser reelectos.

Artículo 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez

al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será tres de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados

por la mayoría de los asistentes.

Artículo 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes de la Iglesia.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea General.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o

Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fi nes de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Artículo 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia;

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo

otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Artículo 21.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Iglesia.

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Iglesia.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

Artículo 22.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el

Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Iglesia tenga que realizar.

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Page 14: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Artículo 23.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de

ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce

literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VIIDEL PATRIMONIO

Artículo 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las contribuciones voluntarias de los Miembros,

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

d) Ingresos provenientes de actividades lícitas.

Artículo 25.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO VIIIDE LA DISOLUCIÓN

Artículo 26.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición

de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros.

Artículo 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se

nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas

por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los

bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-

narán a cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General

señale.

CAPITULO IXDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Artículo 29.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al

Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, en los primeros días

del mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los

cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del

Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado

Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Artículo 30.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Artículo 31.- La Iglesia Evangélica Fuente de Líbano se regirá por

los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde

el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 063

San Salvador, 02 de marzo de 2016

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la Iglesia denominada IGLESIA

EVANGELICA FUENTE DE LIBANO, que podrá abreviarse IEFL,

compuestos de TREINTA Y DOS Artículos, fundada en el Municipio

de El Carmen, Departamento de La Unión, a las catorce horas y treinta

minutos del día cuatro de enero del año dos mil quince, y no encon-

trando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de

conformidad con los Artículos 26 de la Constitución de la República,

34 numeral 6 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 542 y

543 del Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación

y Desarrollo Territorial, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes

confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b)

Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. EL MINISTRO

DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL, RAMÓN

ARISTIDES VALENCIA ARANA.

(Registro No. F029484)

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Page 15: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

ESTATUTOS DE IGLESIA PROFETICA DE SANIDAD

Y LIBERACION "JESUS SALVA".

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO

Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en el Municipio de Soyapango, departamento de San

Salvador, la IGLESIA PROFETICA DE SANIDAD Y LIBERACION

"JESUS SALVA", de Nacionalidad Salvadoreña, como una Entidad de

interés particular y religiosa, apolítica, no lucrativa que en los presentes

Estatutos se denominará "La Iglesia".

Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será el Municipio de Soyapango,

departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el

territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FINES

Art. 4.- Los Fines de la Iglesia son:

a) Difundir por todos los medios a su alcance el mensaje del

Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, apoyada en los prin-

cipios de la Biblia.

b) Establecer Templos en toda la República de El Salvador que

ayuden a enseñar principios morales y espirituales en sus

respectivas comunidades, respetando a la vez las Leyes que

nos rigen y a las autoridades constituidas.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de die-

ciocho años, sin distinción de ninguna índole, que lo soliciten por escrito

a la Junta Directiva.

Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores;

b) Miembros Activos.

Son Miembros Fundadores las personas que asistan a la Primera

Asamblea General de fundación de la Iglesia y fi rmen el acta de cons-

titución de ésta.

Son Miembros Activos a los que la Junta Directiva les acepte la

solicitud para pertenecer a la Iglesia.

Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Iglesia.

c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Instruirse en la Doctrina de la enseñanza de la Biblia y crecer

en el conocimiento del evangelio.

c) Cooperar en la Iglesia presentando moralidad tanto material

como espiritual para alcanzar los fi nes.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Iglesia.

Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-

tes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos

y Resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas a la Iglesia que a juicio de

la Asamblea General merezcan tal sanción.

c) Por renuncia del miembro activo o fundador presentada por

escrito a la Junta Directiva.

d) Por fallar al cumplimiento de sus principios cristianos.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los

miembros Activos y Fundadores.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez

al año en el primer mes del año y extraordinariamente cuando fuere con-

vocada por la Junta Directiva. La Asamblea General Ordinaria sesionará

válidamente, con la asistencia del cincuenta por ciento de sus miembros

fundadores y activos como mínimo en primera convocatoria y el día

siguiente con los miembros que asistan, excepto en casos especiales en

que requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la

Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos

especiales en que se requiera una mayoría diferente.

Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las

sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Iglesia.

c) Aprobar o modifi car los planes, programas o presupuesto

anual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Iglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Iglesia.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confi a-

da a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma:

Un Presidente, un Vice - Presidente, un Secretario, un Tesoreroy dos

Vocales.

Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de un año pudiendo ser reelectos.

Art. 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente el último

domingo de cada mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesa-

rio.

Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes de la Iglesia.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-

ral

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General

y de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o

Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fi nes de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General.

Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General.

b) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos, Resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Representar Judicial Extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo

otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.

d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 21.- Son atribuciones del Vice - Presidente:

a) Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o defi -

nitiva.

Art. 22.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General

y de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Iglesia.

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Iglesia.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones.

e) Ser el Órgano de Comunicación de la Iglesia.

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Art. 23.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el

Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Iglesia.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que

la Iglesia tenga que realizar.

Art. 24.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de

ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce

literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Art. 25.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

Art. 26.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Art. 27.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de

la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 28.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará

una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la

Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes

que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a

cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General seña-

le.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 29.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 30. - La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio

de Gobernación y Desarrollo Territorial, en los primeros días del mes

de enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco

días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del

Acta de elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado

Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 31.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Art. 32.- La IGLESIA PROFETICA DE SANIDAD Y LIBERA-

CION "JESUS SALVA" se regirá por los presentes Estatutos y demás

disposiciones legales aplicables.

Art. 33.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 071

San Salvador, 11 de marzo de 2016.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la Iglesia que se denomi-

nará IGLESIA PROFETICA DE SANIDAD Y LIBERACION "JESUS

SALVA" compuestos de TREINTA Y TRES Artículos, fundada en la

ciudad Soyapango, Departamento de San Salvador, a las ocho horas y

treinta minutos del día diez de junio de dos mil trece y no encontrando en

ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad

con los Artículos 26 de la Constitución de la República, 34 numeral 6

del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 542 y 543 del Código

Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación y Desarrollo

Territorial, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a

dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA. b) Publíquese en el

Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN

Y DESARROLLO TERRITORIAL, RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA

ARANA.

(Registro No. F029476)

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

(Registro No. F029627)

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

ACUERDO No. 733

San Salvador, 16 de mayo de 2016.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:

Vistas las diligencias iniciadas el día veinticinco de abril del presente año, por el señor Miguel Esteban Nasser Bahaia, mayor de edad, Estudiante,

de este domicilio, quien actúa en su calidad de Representante Legal de la Sociedad ACTIVIDADES PETROLERAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia ACTIPETROL, S.A. DE C.V., referidas a que se autorice a su representada la remodelación

de la estación de servicio denominada TEXACO LA FLECHA, ubicada en el kilómetro cuarenta y dos, de la Carretera Litoral, desvío que conduce

a San Luis La Herradura, en el lugar conocido como El Cimarrón, cantón San José Obrajito, municipio de Santiago Nonualco, departamento de La

Paz, consistente en la instalación de una dispensadora adicional de alto fl ujo para Aceite Combustible Diésel fuera del "canopy", y su correspondiente

tubería fl exible de doble contención; y

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la existencia legal de la citada Sociedad, la personería con la que actúa su Representante Legal y la dispo-

nibilidad del inmueble en el que se pretende realizar el proyecto de remodelación, tal como lo establece la Ley Reguladora del Depósito,

Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento;

II. Que consta en autos la opinión favorable emitida por la División de Supervisión y Control de la Dirección de Hidrocarburos y Minas, en

la que se advierte que ha verifi cado la documentación técnica presentada por la Sociedad en referencia; y

III. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas, ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que señalan la Ley Reguladora

del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto, y a lo establecido en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero, 13 letras a), b) y c) de la Ley

Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, y 67 y 68 de su Reglamento, este Ministerio,

ACUERDA:

1°) AUTORIZAR a la Sociedad ACTIVIDADES PETROLERAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, que se abrevia ACTIPETROL, S.A. DE C.V., la remodelación de la estación de servicio denominada TEXACO LA FLECHA, en un

inmueble ubicado en kilómetro cuarenta y dos de la Carretera Litoral, desvío que conduce a San Luis La Herradura, en el lugar conocido

como El Cimarrón, cantón San José Obrajito, municipio de Santiago Nonualco, departamento de La Paz, consistente en la instalación de

una dispensadora adicional de alto fl ujo para Aceite Combustible Diésel fuera del "canopy", y su correspondiente tubería fl exible de doble

contención.

2°) La titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo

y su Reglamento.

b) Cumplir con los requisitos que indica la Ley de Medio Ambiente y demás leyes aplicables.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

c) Aceptar por escrito este Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial dentro de los OCHO

DÍAS HÁBILES siguientes al de su notifi cación.

d) Iniciar la remodelación de la estación de servicio, un mes después de publicado el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial, y fi nalizar

en los treinta días subsiguientes; y

e) Comunicar por escrito a la Dirección de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán

las pruebas de hermeticidad a las tuberías a efecto de que sus delegados testifi quen la calidad de las mismas, y presenciar las pruebas

de éstas, de conformidad al artículo 10-B, letra d) del Reglamento de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de

Productos de Petróleo.

3°) Una vez fi nalizada la remodelación, la titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

4°) El presente Acuerdo entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

COMUNÍQUESE. THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.

(Registro No. C009856)

ACUERDO No. 15-1756

San Salvador, 7 de diciembre de 2015.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN: En uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDE-

RANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Gestión Educativa, se presentó, DENNIS AMILCAR TICONA ORDOÑEZ, de nacionalidad boliviana,

solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de Bachiller en Humanidades (Por Madurez y Sufi ciencia) extendido por el Rector de la Universidad

Mayor de San Simón, Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, en el año 2005; II) Que según Resolución de fecha 16 de septiembre de 2015,

emitida por el Departamento de Registro Académico e Histórico de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, se ha compro-

bado que se ha cumplido con todos los requisitos legales exigidos para la autorización de lo solicitado con base al Artículo 60 de la Ley General de

Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de su Diploma de Bachiller en Humanidades (Por Madurez

y Sufi ciencia) extendido por el Rector de la Universidad Mayor de San Simón, Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, a favor de DENNIS

AMILCAR TICONA ORDOÑEZ, POR TANTO: de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7

del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás

disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de Bachiller en Humanidades (Por Madurez

y Sufi ciencia) extendido por el Rector de la Universidad Mayor de San Simón, Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, a favor de DENNIS

AMILCAR TICONA ORDOÑEZ, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese

en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F029654)

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

ACUERDO No. 1206-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, dieciocho de diciembre de dos mil quince.- El Tribunal con fecha

cuatro de noviembre de dos mil quince, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado KEVYN FERNANDO CORONADO PUENTE, para que ejerza la pro-

fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- RICARDO IGLESIAS.- J.

R. ARGUETA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F029652)

ACUERDO No. 141-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de febrero de dos mil dieciséis.- El Tribunal con fecha

dieciocho de noviembre de dos mil quince, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE DAVID QUINTANILLA MOLINA, para que ejerza la pro-

fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- D.

L. R. GALINDO.- L. R. MURCIA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F029542)

ACUERDO No. 189-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, dieciocho de marzo de dos mil dieciséis. El Tribunal con fecha

veinticuatro de septiembre de dos mil quince, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ROBERTO ANTONIO AYALA GONZALEZ, para que ejerza la

profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- O. BON. F.- RICARDO IGLESIAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.- DUE-

ÑAS.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F029604)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

ACUERDO No. 203-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, dieciocho de marzo de dos mil dieciséis.- El Tribunal con fecha

cuatro de enero de dos mil dieciséis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado OSCAR ARMANDO DE LA CRUZ PINEDA, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- D. L. R. GALINDO.- J.

R. ARGUETA.- L. R. MURCIA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F029662)

ACUERDO No. 258-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, dieciocho de marzo de dos mil dieciséis.- El Tribunal con fecha

seis de enero de dos mil dieciséis, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada KAREN ISAMAR ROMERO DE RAMIREZ, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S.

L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F029587)

ACUERDO No. 10 -D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, dos de febrero de dos mil dieciséis.- Habiendo aprobado el examen de

sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,

en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal

ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-

mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ELSY NOEMI FUNES ALFARO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.

B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- J. R. ARGUETA.- L. R. MURCIA.- DAFNE S.- SANDRA CHICAS.- P.

VELASQUEZ C.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F029531)

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

DECRETO NUMERO 1

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTIAGO DE MARIA, DEPARTAMENTO DE USULUTAN.

I. Que es urgente que el gobierno municipal de la ciudad de Santiago de María, incremente sus ingresos mediante el cobro de las tasas mu-

nicipales, con el fi n de mantener la prestación de los servicios públicos y la seguridad económica de sus habitantes, promoviendo en los

contribuyentes una cultura de pago de los tributos y así disminuir el índice de morosidad existente.

II. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente otorgar incentivos tributarios con

carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes el pago de sus deudas tributarias municipales.

III. Que no existe en el marco legal y técnico, prohibición alguna que explícitamente impida la dispensa del pago de multas e intereses que son

accesorios a la obligación principal.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y legales.

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCION DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDA POR TASAS A FAVOR

DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE MARIA, DEPARTAMENTO DE USULUTAN.

Art. 1.- Se concede un plazo de 90 días contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza para que los sujetos pasivos de la obligación

tributaria municipal, que adeuden tasas al municipio de Santiago de María, puedan acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza consistente en

la exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas o que sean atribuibles a los contribuyentes.

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes condiciones:

a) Aquellos que, estando califi cados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora de las tasas.

b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia

de la presente ordenanza.

c) Los contribuyentes por tasas que se encuentren en proceso de cobro judicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza y se sometan

a la forma de pago establecida en esta ordenanza.

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas, hayan suscrito el correspondiente convenio de

pago.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial fi rme en el proceso ejecutivo por

parte de la municipalidad y se acojan a los benefi cios de esta Ordenanza.

f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles en el municipio que reciben uno o más servicios

municipales, y por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Los planes de pago hasta hoy suscritos deberán ajustarse al plazo de este decreto, como condición para gozar de este benefi cio.

A los contribuyentes que ya tengan plan de pago establecido se les aplicará el benefi cio únicamente al ajustarse el plazo para las obligaciones

pendientes de pago, al establecido en esta ordenanza.

Los contribuyentes deberán acogerse a los benefi cios de esta ordenanza, en un plazo no mayor de 90 días contados a partir de su vigencia.

Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los benefi cios de la presente ordenanza deberán solicitarlo al Departamento de

Cuentas Corrientes del municipio en un plazo no mayor de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia de esta ordenanza.

Art. 4.- A los contribuyentes que al entrar en vigencia esta ordenanza, hubieren suscrito planes de pago que no excedan de 6 meses o no les faltare

más de seis meses, para su cumplimiento se les aplicará automáticamente el benefi cio de este decreto, siempre y cuando estén al día en sus pagos.

Art. 5.- Sólo podrán gozar de los benefi cios que establece esta ordenanza los contribuyentes que realicen su pago de forma total o a través de

pagos parciales siempre y cuando éstos se hagan en el plazo de vigencia de esta ordenanza.

Art. 6.- Los benefi cios de este decreto cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento del plan de pagos pactado con el municipio y en

consecuencia se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse.

La fuerza mayor o el caso fortuito deberán ser califi cada por el Concejo Municipal, para que opere como excepción.

Art. 7.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad de Santiago de María, a los 24 días del mes de Mayo del año dos mil Dieci-

séis.

ROBERTO EDMUNDO GONZÁLEZ LARA, DAVID ERNESTO RECINOS URRUTIA,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

ROBERTO E.B. MITJAVILA J.,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F029605)

DECRETO No. UNO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN OPICO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

CONSIDERANDO:

I. Que en virtud de lo establecido en el Art. 204 numeral 5° de la Constitución de la República, el Municipio está facultado para decretar las

ordenanzas y reglamentos locales. Así mismo, por mandato constitucional los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y

en lo administrativo, y se rigen por el Código Municipal, que establece las facultades derivadas de esa autonomía.

II. Que la situación económica y disminución de fuentes de empleo repercute en la falta de pago de las obligaciones tributarias de carácter

municipal.

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

III. Que el municipio por ministerio de ley es el garante del bien común local, por lo que se le han otorgado una cantidad de facultades que

se ven afectadas por los bajos niveles de recaudación de ingresos provenientes de tasas, por lo que, se hace necesario proporcionar a los

contribuyentes, incentivos que permitan el pago de los créditos tributarios a favor del municipio.

IV. Que es conveniente para este municipio otorgar estímulos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales, dando un plazo

y facilidades de manera transitoria, durante el cual los contribuyentes puedan pagar sus obligaciones tributarias, dispensándoles el pago de

intereses moratorios, recargos y multas conexas para actualizar su situación tributaria con el fi sco municipal.

POR TANTO:

El Concejo Municipal de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, en uso de las facultades que le confi ere el Art. 203 y 204 numerales 1

y 5 de la Constitución de la República y Artículos 3 numerales 1 y 5; 30 numerales 4, 14 y 21; 31 numeral 4 y Artículo 32 del Código Municipal.

DECRETA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA TRANSITORIA PARA EL PAGO DE TASAS MUNICIPALES CON DISPENSA DE MULTAS, RECARGOS E

INTERESES MORATORIOS DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN OPICO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

Art. 1.- El objeto de la presente ordenanza es proporcionar a los contribuyentes la oportunidad de cancelar sus deudas por tasas municipales,

GOZANDO LA DISPENSA DEL PAGO DE INTERESES MORATORIOS, RECARGOS Y MULTAS que se hayan generado como consecuencia

de dicha deuda.

Art. 2.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los benefi cios de la presente ordenanza, deberán solicitarlo a la Unidad de Admi-

nistración Tributaria Municipal, en un plazo no mayor sesenta días contados a partir de la entrada en vigencia de esta ordenanza.

Art. 3.- Para los efectos de la presente ordenanza, se entenderá por:

a) Municipio. Jurisdicción política y administrativa que constituye el territorio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad.

b) Concejo Municipal. Gobierno plural del Municipio, representado legal y administrativamente por el Alcalde.

c) Tasas municipales. Son tributos que se generan en ocasión de los servicios públicos de naturaleza administrativa o jurídica prestados por

los municipios.

d) Contribuyente. Persona natural o jurídica que tiene la obligación de pagar las tasas municipales.

e) Mora. Contravención tributaria por la falta de pago de las tasas municipales en el plazo o fecha límite estipulada.

f) Intereses. Rédito o cuantía que el contribuyente deberá pagar por motivo de su incumplimiento en el pago de las tasas.

g) Multa. Sanción pecuniaria a que se hace acreedor el contribuyente que incurre en una contravención tributaria.

h) Dispensa. Liberación de la obligación de pago de intereses moratorios, recargos y multas conexas.

Art. 4.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en la presente ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes situaciones:

a) Aquellos que estando inscritos en el registro de contribuyentes, se encuentren en situación de mora de las tasas municipales.

b) Las personas que se inscriban dentro del período de vigencia de la presente ordenanza.

c) Aquellos que soliciten a la Unidad de Administración Tributaria Municipal, gozar de los benefi cios de la misma, estableciendo al respecto

el correspondiente plan de pago, el cual no podrá exceder del plazo establecido en el Art. 6 de la presente ordenanza. Para las personas

jurídicas será únicamente el representante legal o apoderado, quien podrá solicitar y suscribir el respectivo plan de pago.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

d) Aquellos que hayan incumplido el plan de pago suscrito y no se les haya iniciado cobro judicial, estableciendo para el caso, un nuevo plan

de pago, el cual no podrá exceder del plazo establecido en el Artículo 6 de la presente ordenanza.

e) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan o hayan adquirido bienes inmuebles dentro de la jurisdicción del

municipio, que reciban servicios públicos prestados por la municipalidad y que por cualquier motivo no los hayan inscrito en el catastro y

registro tributario, ni se les haya califi cado como contribuyentes.

Art. 5.- El Concejo Municipal a través de la Unidad de Administración Tributaria Municipal, deberá dar a conocer por todos los medios posibles,

la presente ordenanza, a fi n de que los contribuyentes que se encuentran en situación de mora, puedan conocer los benefi cios concedidos por la misma

y tengan la oportunidad de actualizar su situación tributaria con el fi sco municipal.

Art. 6.- Concédase un plazo de sesenta días calendario contado a partir de la fecha de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, para que las

personas naturales o jurídicas que se encuentren en los casos contemplados en el Art. 4, puedan cancelar su deuda por tasas municipales, obteniendo

una dispensa en el pago de multas e intereses por mora generados en dicho concepto. Así mismo, los contribuyentes que formalicen su plan de pago

durante la vigencia de esta ordenanza gozarán del benefi cio antes mencionado, siempre y cuando el plazo y el pago del fi nanciamiento no excedan

de seis meses. Los planes de pago que se formalice incorporará la deuda total del contribuyente. El incumplimiento de una cuota en el plan de pago

formalizado, hace que el contribuyente pierda el benefi cio de la dispensa de multas e intereses, haciéndose exigible la totalidad de la deuda y dando

origen al inicio del proceso administrativo de cobro correspondiente.

Art. 7.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a los cinco días del mes de mayo de

dos mil dieciséis.

RAMÓN ANTONIO TRIGUEROS ALVARADO, PROF. MARTA ALICIA MEJÍA DE HERRERA,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICA MUNICIPAL.

LICDA. DANNÉ MAGALI ALVARADO VDA. DE ARGUETA, JOSÉ ADAN LEMUS JUÁREZ,

PRIMERA REGIDORA. SEGUNDO REGIDOR.

ORLANDO ATILIO AVILA MONTOYA, PAUL DALÍ TREJO FLORES,

TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.

LIC. BERTA LUZ AQUINO CANALES, JOSÉ RAÚL ORELLANA MOLINA,

SEXTA REGIDORA. OCTAVO REGIDOR.

DRA. CARMEN ABIGAIL GIRÓN CANALES, PROF. JUAN PABLO OLIVARES CLAVEL,

NOVENA REGIDORA. REGIDOR SUPLENTE.

JULIÁN ARMANDO UMAÑA CARBALLO, KARLA SUSANA DUEÑAS NAJARRO,

REGIDOR SUPLENTE. REGIDOR SUPLENTE.

LICDA. MARÍA IMELDA RIVAS DE AUCEDA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F029588)

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

DECRETO No. 5

EL CONCEJO MUNICIPAL PLURAL DE EREGUAYQUIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN.

CONSIDERANDO:

I. Que es urgente que el Gobierno Municipal Plural de Ereguayquín, incremente sus ingresos mediante el cobro de las tasas e impuestos

municipales, con el fi n de mantener la prestación de los servicios, el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.

II. Que es necesario que el Gobierno Municipal Plural promueve en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos para disminuir el

índice de morosidad existente.

III. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente otorgar incentivos tributarios con

carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes el pago de sus deudas tributarias municipales.

IV. Que al no existir en la Constitución ni en la Legislación secundaria prohibición alguna para perdonar o dispensar el pago de intereses o

accesorios a la obligación principal, en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago pretende benefi ciar a los

contribuyentes morosos y lograr una mayor recaudación, es procedente conceder los benefi cios de una ordenanza.

V. Que de conformidad a los artículos 203 y 204 ordinal 5° de la Constitución de la República; artículos 3, 13, 30 y 32 del Código Municipal,

los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y regularán de su competencia por medio de Ordenanza Municipal.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCION DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR

TASAS E IMPUESTOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE EREGUAYQUIN, DEPTO. DE USULUTAN.

Art. 1.- Se concede un plazo de 3 meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza para que los sujetos pasivos de la obligación

tributaria municipal, que adeuden tasas e impuestos al municipio de Ereguayquín, puedan acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza consistente

en la exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas o que sean atribuibles a los contribuyentes.

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes condiciones:

a) Aquellos que, estando califi cados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora de las tasas e impuestos

municipales.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia

de la presente Ordenanza.

c) Los contribuyentes por tasas e impuestos que se encuentren en proceso de cobro judicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza y

se sometan a la forma de pago establecido.

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos, hayan suscrito el correspondiente

convenio de pago.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial fi rme en el proceso ejecutivo por

parte de la municipalidad y se acojan a los benefi cios de esta Ordenanza.

f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles en el municipio que reciben uno o más servicios

municipales, y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes.

Los planes de pago hasta hoy suscritos deberán ajustarse al plazo de este decreto, como condición para gozar de este benefi cio.

A los contribuyentes que ya tengan plan de pago establecido se le aplicará el benefi cio únicamente al ajustarse el plazo para las obligaciones de

pago, al establecido en esta ordenanza.

Los contribuyentes deben acogerse a los benefi cios de esta ordenanza en un plazo no mayor de dos meses contados a partir de su vigencia.

Los contribuyentes a que se refi ere el literal d) del presente artículo, únicamente gozarán de los benefi cios obtenidos en esta ordenanza respecto

a las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente.

Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los benefi cios de la presente ordenanza deberán solicitarlo al departamento de

Cuentas Corrientes del municipio en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.

Art. 4.- Los contribuyentes que al entrar en vigencia esta ordenanza, hubieren suscrito planes de pago que no excedan de 6 meses o no les faltare

más de seis meses, para su cumplimiento se le aplicará automáticamente el benefi cio de este decreto, siempre y cuando estén al día en sus pagos.

Art. 5.- Sólo podrán gozar de los benefi cios que establece esta ordenanza los contribuyentes que realicen sus pagos de forma total o a través de

pagos parciales siempre y cuando éstos se hagan en el plazo de tres meses a que se refi ere el artículo 1.

Art. 6.- Los benefi cios de este decreto cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento del plan de pago pactado con el municipio y en con-

secuencia se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse.

Art. 7.- La presente ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal Plural de Ereguayquín, Departamento de Usulután, a los once días del mes mayo de dos

mil dieciséis.

LICDA. MELBA DE JESÚS MÉNDEZ DE FUNES, NORMA HAYDEÉ APARICIO FUNES,

ALCALDESA MUNICIPAL. SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F029638)

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL "COLONIA LIBERTAD"

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION,

DURACION Y DOMICILIO

Artículo 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por

la Constitución de la República, el Código Municipal, la Ordenanza

Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal del Municipio

de Santa Ana, por estos Estatutos, el Reglamento Interno y demás

disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y

no lucrativa, sino de provecho, podrá participar en el campo social,

económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que

fuese legal y provechoso a la comunidad. La Asociación se denominará

"ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL "COLONIA

LIBERTAD", que podrá abreviarse: "ADESCOLIB", que en los

presentes Estatutos se denominará la Asociación.

Artículo 2.- La duración de la Asociación será por tiempo inde-

fi nido, sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los

casos previstos en la ordenanza reguladora, estos Estatutos y demás

disposiciones aplicables.

Artículo 3.- El domicilio de la Asociación será la "COLONIA

LIBERTAD", Cantón Natividad, Municipio de Santa Ana, Departamento

de Santa Ana.

CAPITULO II

FINES DE LA ASOCIACION

Artículo 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano

y la obra física que proyecta la Asociación, para ello deberá:

a) Promover el desarrollo de la respectiva comunidad conjun-

tamente con instituciones públicas y organismos privados,

nacionales e internacionales que participen en los correspon-

dientes programas y proyectos.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre

los vecinos, sus grupos y entidades respectivas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados

en el municipio, en la mayor integración de sus miembros y

la mejor realización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación

promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fi n

de contribuir al mejoramiento de la organización de la comu-

nidad, la administración de proyectos sociales, económicos

y el mejoramiento de los niveles educativos y de salud.

e) Trabajar en el restablecimiento y mejoras de los servicios de la

comunidad, con el equipamiento y los medios indispensables

para solucionar los distintos problemas que existieren en la

comunidad.

f) Promover las organizaciones infantiles, juveniles y de adultos

haciéndoles partícipes de la responsabilidad de los programas

de desarrollo local.

g) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener re-

cursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de

la comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo local, regionales y

municipales y específi camente en la determinación de los

proyectos contemplados en su plan de actividades y establecer

los recursos locales que deben de utilizarse.

CAPITULO III

CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS

Artículo 5.- Los asociados podrán ser:

a) Activos.

b) Honorarios.

Todos deben ser mayores de dieciocho años, sin embargo cuando

las personas provengan de comités juveniles, el requisito de edad antes

mencionado será de dieciséis años.

Son Asociados Activos: Todas las personas que reúnen los requi-

sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de

la unidad vecinal correspondientes a reuniones vecinales colindantes

inmediatas.

Son Asociados Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asam-

blea General, por iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva conceda

tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes servicios

prestados a la Asociación.

c) El miembro no activo que desee incorporarse a la Asocia-

ción deberá pagar las aportaciones desde el momento de su

ingreso, la solicitud tendrá que ser por escrito y fi rmada por

el solicitante.

Artículo 6.- Son deberes y derechos de los Asociados Activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales;

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo

solicitaren por escrito;

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva;

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación;

e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asambleas Generales

y Junta Directiva, siempre que esté relacionado con los fi nes

de la Asociación.

Artículo 7.- Los Asociados Honorarios gozarán de los derechos

que la Asamblea General les otorgue.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Artículo 8.- El gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: Que será la máxima autoridad de la

Asociación;

b) La Junta Directiva: Que será el órgano ejecutivo y estará

integrado por el número de miembros que determinen los

estatutos.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados

y se instalará con la mayoría simple de los asociados activos, pudiendo

haber representación de los asociados; pero cada asociado no podrá

representar a más de una persona, las resoluciones se acordarán por la

mayoría de votos de los presentes o representantes.

Artículo 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente

una vez al año, al cierre del ejercicio socioeconómico del treinta y

uno de diciembre, la cual se celebrará en el mes de enero de cada año

y extraordinaria cuantas veces sea necesario. La convocatoria la hará

la Junta Directiva, si ésta no lo hiciera por cualquier motivo y estando

expresada la necesidad, lo hará el veinticinco por ciento de los asociados

con los requisitos establecidos en los estatutos.

Artículo 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados.

En las Asambleas Generales Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos

comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos

será nula.

Artículo 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria y

Extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito de forma pública,

con ocho días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho

horas para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y la

hora que se han de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse

la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día, una

hora después de la señalada con los asociados que concurran, en este

último caso las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para

aquellas que convocadas en la forma prescrita en estos estatutos no

concurrieren.

Artículo 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva;

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

fi nanciero de la Asociación;

c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los

miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos;

d) Retirar la cantidad de miembros de la misma a los que hubieren

renunciado, fallecido o perdido su calidad de asociado;

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenien-

tes;

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que

sean necesarios;

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos

que se dicten;

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-

to;

i) Otorgar la calidad de asociados honorarios; y

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

no previstas en estos estatutos que demanden inmediata

solución.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA

REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

Artículo 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados

de ella por acuerdo de la Asamblea General, tomando como base la

mayoría de votos, previa audiencia del interesado, por infracciones a la

ordenanza, reglamentos y estos estatutos, se consideran además como

causales de retiro o expulsión en los siguientes:

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

a) Mala conducta del asociado que se produzca en perjuicio

grave para la Asociación;

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan

en perjuicio de la Asociación;

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación

para sí o para terceros; y

d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-

ción.

Artículo 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva

electos por la Asamblea General podrán ser suspendidos temporalmente,

si no ameritare su destitución según lo grave del caso. Para proceder a

la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de

dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el

informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su

defensa resolverá tal destitución, nombrando a continuación los sustitutos.

En el caso de destitución de que habla el literal "c" del Artículo Catorce,

la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior; pero en este caso

será la Asamblea General quien resolverá tal destitución nombrando a

continuación los sustitutos.

Artículo 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo

de diez días conocida la infracción, no procede de conformidad a los

artículos anteriores, un número de diez de los asociados, por lo menos,

podrá convocar a Asamblea General para que ésta nombre la comisión

investigadora, para que sobre la base de su informe, la Asamblea Ge-

neral proceda a la suspensión o destitución. El mismo procedimiento se

seguirá cuando de acuerdo a las infracciones debe de conocer sobre la

suspensión temporal o destitución total de toda la Junta Directiva; los

restantes no inician el procedimiento dentro del plazo que establezca

el inciso anterior. En todos los casos de este artículo será la Asamblea

General la que resolverá la suspensión temporal o destitución de los

miembros y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los susti-

tutos, por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los

directivos sustitutos. La Asamblea General o Junta Directiva notifi cará

al interesado la suspensión temporal o defi nitiva a más tardar dentro de

cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.

Artículo 17.- De la resolución que establezca la suspensión tem-

poral decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente

el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la

notifi cación. De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá

ningún recurso.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 18.- La Junta Directiva será integrada por once miem-

bros propietarios electos en la Asamblea General, ya sea para cargos

separados o en planilla. En todo caso, la nominación de los cargos

será la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario,

Tesorero, Protesorero, Síndico y cuatro Vocales. Los cargos de la Junta

Directiva serán ad honórem; sin embargo, cuando el asociado trabaje en

actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar

una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y las

circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.

Artículo 19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo

menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario,

previa convocatoria que haga el presidente. Para que la sesión sea válida

deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las

resoluciones se tomarán por la mayoría de votos. En caso de empate el

Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.

Artículo 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de reforma de la Asociación y propo-

nerlo a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto

correspondiente.

c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a Asamblea General a reuniones ordinarias y

extraordinarias.

e) Coordinarse con los organismos del Estado, las municipalida-

des y con las entidades que tengan que trabajar en la región,

en proyecto de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamiento,

ejecución y evaluación de los programas y proyectos de

mejoramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los or-

ganismos que cooperan con sus programas de las actividades

que desarrollan.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y hacer cumplir

las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos

de la Asociación, hasta un máximo de quinientos dólares de

los Estados Unidos de América.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la Asociación.

k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General en la sesión ordinaria, la memoria anual de labores

realizadas.

l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva,

cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones

consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.

m) Presentar a consideración de la Asamblea General, con quince

días de anticipado de cada ejercicio administrativo, el plan

anual y el presupuesto de gastos de la Asociación; así como

también un estudio y análisis de las problemáticas comunales

para el desarrollo integral de todos sus miembros proponiendo

soluciones que no deberán violentar los derechos individuales

de cada miembro de la comunidad.

Artículo 21.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá las

sesiones de Asamblea General y la Junta Directiva y todos los demás

que le fuere encomendado por la Asociación.

Artículo 22.- El Vicepresidente colaborará con el Presidente y

lo sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo

demás que le fuese encomendado por la Asociación.

Artículo 23.- El Secretario será el órgano de comunicación de la

Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma y los libros

de actas de sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva;

además extenderá las certifi caciones que se soliciten a la Asociación y

todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Artículo 24.- El Prosecretario colaborará con el Secretario y lo

sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás

que le fuere encomendado por la Asociación.

Artículo 25.- El Tesorero será el depositario de los fondos y los

bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas

de la misma. Se encargará además, de que se hagan efectivos los crédi-

tos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada

sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la

Asociación. En todo caso serán autorizados los pagos por el Secretario

y con el VISTO BUENO del Presidente de la Asociación. Todos los

fondos serán depositados en una institución bancaria o crediticia, para

la cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán

las fi rmas del Tesorero, el Presidente y el Síndico de la Asociación.

Artículo 26.- El Protesorero tendrá las mismas funciones del

Tesorero, colaborará y sustituirá en caso de ausencia o impedimento de

éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Artículo 27.- El Síndico tendrá la responsabilidad judicial y

extrajudicial de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judicia-

les o administrativos y necesitará de la autorización previa de la Junta

Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico fungirán los

vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta

Directiva. De entre los Vocales de la Asociación, el Síndico elegirá un

Comité de Vigilancia formado por tres miembros que tendrán acceso a

todas las gestiones, operaciones, trabajo, libros y demás documentos de la

Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación

sea aplicado en la consecución de sus fi nes.

Artículo 28.- El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los

presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General

y por la Junta Directiva y todo lo demás que le fuese encomendado por

la Asociación.

Artículo 29.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en

la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los

miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere

encomendado por la Asociación.

Artículo 30.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por

un período de dos años, pudiendo ser reelectos únicamente para otro

período de forma consecutiva, si la Asamblea General así lo decidiere.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Artículo 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido:

a) Por la contribución que aporten los asociados activos y que será

de UN DOLAR de los Estados Unidos de América, mensual,

sujeta a modifi cación en asamblea y según necesidades,

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes

fuentes,

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para hacer llegar fondos a la Asociación,

d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier

título y las rentas que se obtengan de la administración de

los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables o

imprescriptibles, salvo que la Asociación con el voto de las

tres cuartas partes de sus miembros acordase afectarlos.

Artículo 32.- De las utilidades obtenidas por la Asociación se

aportará el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incre-

mentar el capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará

un libro especial de registro de capital (libro único contable de ingresos

y egresos) en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del

mismo. La Asociación para poder desarrollar obras con fi nes de carácter

social, siempre que se haga uso de las operaciones canalizadas a través

de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Direc-

tiva, siempre y cuando no exceda de quinientos dólares de los Estados

Unidos de América, caso contrario, lo aprobará la Asamblea General,

específi camente para el acta en que comparezca el representante de la

Asociación.

Artículo 33.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtu-

viera superávit, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los

proyectos a que pueden ser aplicadas tales ganancias, como también el

tiempo y la forma de invertir el fondo de reserva.

CAPITULO IX

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Artículo 34.- En caso de disolución, si después de pagadas las

obligaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta

Directiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente

que hubiese quedado, después de treinta días pagadas las obligaciones

que tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos

a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la

localidad del domicilio de la Asociación.

Artículo 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras

partes de la Asociación, por los motivos que la Ordenanza Reguladora

de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables que

se establezcan.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al

Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección,

la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar al

expresado Concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Aso-

ciación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior,

las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en

forma defi nitiva. Dentro de los treinta días posteriores a la elección de

la nueva Junta Directiva, deberá enviarse al expresado Concejo su plan

de actividades.

Artículo 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho

días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

El Infrascrito Secretario del Concejo de la ciudad de Santa Ana,

CERTIFICA: Que en Sesión Ordinaria celebrada por el Concejo

Municipal, a las siete horas del día cinco de mayo del año dos mil dieciséis,

en acta número dieciocho, se emitió el siguiente Acuerdo Municipal:

NUMERO ONCE: "El Concejo, ACUERDA: 1) Otorgar la Per-

sonalidad Jurídica a la Asociación de Desarrollo Comunal COLONIA

LIBERTAD, que podrá abreviarse ADESCOLIB, ubicada en Colonia

Libertad, del Cantón Primavera, Municipio y Departamento de Santa

Ana. 2) Aprobar sus estatutos que constan de 37 artículos. 3) Publíquese

en el Diario Ofi cial los estatutos que hoy se aprueban. 4) Se instruye al

Departamento de Desarrollo Comunal para que la inscriba en los Regis-

tros que para tal efecto lleva esta Municipalidad. Todo de conformidad

con el Art. 121, Art. 30 numeral 23 y Art. 119 del Código Municipal y

Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de

Santa Ana. Remítase este Acuerdo a la Sindicatura Municipal, Gerencia

Legal, Departamento de Desarrollo Comunal y donde más corresponda,

para los efectos de Ley consiguientes. COMUNIQUESE".-

Dado en Alcaldía Municipal: Santa Ana, el veintitrés del mes de

mayo del año dos mil dieciséis.

Lic. MIGUEL ERNESTO ZALDAÑA CRUZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

Ing. MARIO DAVID MOREIRA CRUZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

(Registro No. F029498)

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LICDA, GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY;

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince minutos del día cuatro de mayo de este año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante JUANA CONSUELO HERNANDEZ, conocida por CONSUELO HERNANDEZ DE SEÑORA y por JUANA CONSUELO HERNANDEZ VIUDA DE SEÑORA quien falleció el día veintiocho de julio del año dos mil diez, en el Barrio El Carmen, Calle al Nisper de la ciudad de San Juan Talpa, Departamento de La Paz, siendo esta ciudad su último domicilio; por parte de MARTHA OFELIA SEÑORA DE CASTILLO, en concepto de hija de la referida causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de mayo de dos mil dieciséis.- LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 464-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascritos Jueces de la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de esta Institución, EMPLAZAN al señor: CARLOS AR-MANDO ORTIZ, para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, se presente a ésta Cámara a recibir copia del Pliego de Reparos, donde se le señala al referido servidor y otros Responsabilidad Patrimonial por la cantidad Ochenta y Cinco Mil Ochocientos Setenta y Nueve Dólares de los Estados Unidos de América con treinta y seis centavos ($85,879.36), y Responsabilidad Administrativa por su actuación como Tesorero del uno de enero al trece de octubre de dos mil trece, en la Municipalidad de Rosario de Mora, Departamento de San Salvador, durante el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece, según Informe de Auditoría Financiera, que dio origen al Juicio de Cuentas Número JC-IV-27-2015.

Librado en la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, San Salvador, a las ocho horas y cuarenta minutos del día dieciocho de abril de dos mil dieciséis.

LCDA. SILVIA ELIZABETH HERNANDEZ ARIAS, JUEZA.

LIC. WILFREDO BONIFACIO CORDOVA,JUEZ.

LICDA. DEYSI MARGOTH BAZAN MEJIA,SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 465

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PÚBLICO PARA EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las

diez horas y cinco minutos del día once de mayo del dos mil dieciséis, SE

HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO

DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción

dejó el causante EMILIO GRANADOS, de parte de la señora MARÍA

BLANCA ESTELA GRANADOS VILLALTA, de cuarenta y tres años

de edad, empleada, del domicilio de esta Ciudad de San Francisco Gotera,

Morazán, con Documento Único de Identidad número cero cero cero

uno seis cero cuatro tres- siete, y Número de Identifi cación Tributaria

un mil trescientos diez- cero setenta y un mil doscientos setenta y dos-

uno cero uno- ocho; como cesionaria de los derechos hereditarios que

le correspondían al señor JOSÉ DE LA PAZ GRANADOS ARGUETA,

en calidad de hijo del causante; quien a la fecha de su fallecimiento era

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

de noventa y tres años de edad, soltero, jornalero, originario de Corinto,

Morazán; hijo de DOMINGA GRANADOS; falleció, a las dieciséis

horas del día diecisiete de abril del dos mil doce, en la Colonia Morazán,

de esta Ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán;

siendo en este lugar su último domicilio. Se le confi rió a la aceptante

antes mencionada y en la forma establecida, la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el expresado

periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán; a los once días del mes de mayo del

dos mil dieciséis.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA,

JUEZ 2°. De 1ª. INSTANCIA. Lic. CARLOS AMILCAR PINEDA

NOLASCO, SECRETARIO INTERINO.

Of. 3 v. alt. No. 461-2

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil

y Mercantil, Santa Ana, de conformidad con lo prescrito en el artículo

1163 del Código Civil, al público en general

HACE SABER: Que se han promovido, en esta sede judicial

por la licenciada JULIA LISSETH PINEDA CASTRO, Diligencias

Judiciales de Aceptación de Herencia Intestada sobre los bienes que a su

defunción dejara el señor MIGUEL ÁNGEL GARCÍA, quien falleció el

día veinte de enero de dos mil dieciséis, habiéndose aceptado herencia

con benefi cio de inventario por parte de la señora ESTELA NUBIA

RAMÍREZ DE GARCÍA en calidad de cónyuge del causante MIGUEL

ÁNGEL GARCÍA.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan pre-

sentarse a este juzgado, dentro del plazo de quince días contado a partir

de la tercera publicación de este edicto, las personas que se crean con

derecho a la herencia que a su defunción dejara el referido causante.

Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana,

a los tres días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.- LIC. MELVIN

MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, SANTA ANA. LICDA. ELIDA ZULEIMA MENDEZ

GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL, SANTA ANA.

Of. 3 v. alt. No. 446-3

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE IZALCO, DEPARTAMENTO DE

SONSONATE.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas y

cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante JUAN FRANCISCO NAVAS MARINERO, quien

falleció el día seis de enero del año dos mil quince, a la edad de vein-

tidós años, siendo su último domicilio en Izalco, Sonsonate, de parte

de los señores SALVADOR DE JESÚS NAVAS, en calidad de padre

del causante, y MARÍA ALICIA MARINERO AYALA, conocida por

MARÍA ALICIA MARINERO, en calidad de madre del causante, y

del menor ÓSCAR ANTONIO NAVAS CHÁVEZ, en calidad de hijo

del causante, representado legalmente por su madre señora LORENA

LISSETH CHÁVEZ CONSUEGRA. Confi érese a los aceptantes en los

conceptos antes expresados, la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. Quedan citadas aquellas personas que se crean con

derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término

de quince días, contados desde el día siguiente a la tercera publicación

de este edicto en el Diario Ofi cial.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, el día dos de mayo del año dos mil dieciséis.-

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 447-3

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas y

veintidós minutos de este día y año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante señor DOUGLAS MAURICIO BELLOSO PINEDA,

quien falleció el día doce de Febrero del año dos mil quince, a la edad

de cuarenta y nueve años, siendo en esta ciudad su último domicilio,

de parte del señor SANTIAGO EPIFANIO GARCIA conocido por

SANTIAGO EPIFANIO GARCIA PINEDA, SANTIAGO PINEDA

GARCIA, SANTIAGO PINEDA y por SANTIAGO GARCIA PENE-

DA, en calidad de padre del causante.- Confi érese al aceptante en el

concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para que puedan presentarse a

este Juzgado las personas que se crean con derecho a la herencia que a

su defunción dejara la referida causante.

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, a un día del mes de Abril del año dos mil dieciséis.- LIC.

ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 448-3

RAMÓN HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ARMENIA; SONSONATE.

HACE SABER: Que a las 11:00 horas de este día se emitió reso-

lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada por el causante Pedro Manuel

Zaldaña, quien era de sesenta y cuatro años de edad, soltero, carpintero,

originario de Tepecoyo, departamento de La Libertad, falleció a las

12:30 horas del día 2 de enero del año 1991 en el Barrio "San Simón"

de Sacacoyo, departamento de La Libertad, a causa de intoxicación alco-

hólica, sin asistencia médica, hijo de los señores Pedro Zaldaña Barrera

y Romilia Peña de Zaldaña, con último domicilio en Tepecoyo; de parte

de la señora Gloria Zaldaña Flores, en calidad de hija sobreviviente del

referido causante.

Se nombró interinamente a la señora antes referida, administradora

y representante de la sucesión del expresado causante con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término de

15 días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,

a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil dieciséis. LIC.

RAMÓN HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SE-

CRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 449-3

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE IZALCO, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante

ELMER ANTONIO BAUTISTA CHAVEZ, quien falleció el día catorce

de abril del año dos mil catorce, a la edad de treinta y siete años, siendo

su último domicilio en Izalco, Sonsonate, de parte de las señoras MARIA

JULIA BAUTISTA DE HERNANDEZ, en calidad de madre del causante,

y BLANCA PATRICIA ARGUMEDO VIUDA DE BAUTISTA, en

calidad de cónyuge del causante, y de los menores ALMA PATRICIA

BAUTISTA ARGUMEDO y LUIS FERNANDO BAUTISTA AR-

GUMEDO, en calidad de hijos del causante, representados legalmente

por su madre señora BLANCA PATRICIA ARGUMEDO VIUDA DE

BAUTISTA. Confi érese a los aceptantes en los conceptos antes expre-

sados, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Quedan citadas aquellas personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados

desde el día siguiente a la tercera publicación de este edicto en el Diario

Ofi cial.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, el día veintinueve de marzo del año dos mil dieciséis.

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 450-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este juzgado

a las doce horas con cincuenta minutos del día veintisiete de abril de

dos mil dieciséis; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada dejada por la causante ANGELA

COLOCHO DE MAZARIEGO, quien fue de sesenta y seis años de

edad, ama de casa, fallecida el día siete de septiembre de dos mil diez,

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de los señores JESUS

MAZARIEGO, LILIAN ELIZABETH MAZARIEGO DE ESCOBAR,

DINA ESPERANZA MAZARIEGO DE HERNANDEZ y JOHEL

MAZARIEGO COLOCHO.- Los expresados aceptantes lo hace en calidad

de CONYUGE SOBREVIVIENTE el primero e HIJOS los demás de la

mencionada causante, a quien se les confi rió la administración y repre-

sentación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones

de los Curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que tengan derecho a la herencia a presentarse

a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas

con veinte minutos del día veintisiete de abril de dos mil dieciséis. LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 451-3

HERENCIA YACENTE

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas quince

minutos del día veintinueve de febrero del corriente año, ha sido de-

clarada yacente la herencia dejada por el señor RICARDO CORTEZ

HERNANDEZ, fallecido el día veintiséis de octubre del dos mil trece,

en el Cantón Santa Emilia de esta jurisdicción, siendo Sonsonate, el lugar

de su último domicilio y se ha nombrado curadora para que lo represente

a la Licenciada ANA DAYSI SALINAS DE VEGA, a quien se le hizo

saber para su aceptación y demás efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas diez minutos

del día nueve de marzo de dos mil dieciséis. LIC. RAUL WILFREDO

BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CECILIA

DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 453-3

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas y

diecisiete minutos del día veintitrés de Noviembre del año pasado, se

ha declarado yacente la herencia que en forma intestada dejó el señor

JOSE ANTONIO NAJO, quien falleció el día dieciocho de Febrero del

dos mil quince, a la edad de ochenta y seis años, siendo en esta ciudad,

su último domicilio; habiéndose Nombrado Curador para que la repre-

sente a la Licenciada ANA DAYSI SALINAS DE VEGA, de treinta y

nueve años de edad, Abogado, del domicilio de Santa Isabel Ishuatán,

departamento de Sonsonate, quien aceptó el cargo.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Izalco, Departamento

de Sonsonate, a los dos días del mes de Mayo del año dos mil dieciséis.-

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 454-3

RAÚL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO:

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cinco mi-

nutos del día dieciocho de Febrero del corriente año ha sido declarada

YACENTE la herencia dejada por el señor TOMAS PEÑATE MOJICA,

fallecido el día treinta y uno de Mayo del año dos mil quince, en Esta

ciudad, siendo Esta ciudad su último domicilio, y se nombró Curador a

la Licenciada Ana Daysi Salinas de Vega, a quién se le hizo saber para

su aceptación y demás efectos de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas diez minutos del

día catorce de Marzo del dos mil dieciséis.- LIC. RAÚL WILFREDO

BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 455-3

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO, Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este juzgado a las catorce horas y cuarenta minutos del día veintitrés de Mayo del dos mil dieciséis; han sido DECLARADAS HEREDERAS DEFINITIVAS con benefi cio de inventario de los bienes intestados que a su defunción dejara el causante MANUEL LÓPEZ ORELLANA, con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro uno siete- cero uno cero uno cinco dos-uno cero uno-siete; quien falleció a las veintitrés horas cuarenta minutos del día seis de mayo del dos mil trece; en Hospital Nacional Rosales, de Jurisdicción de San Salvador, siendo su último domicilio el de Caserío Papayán, Cantón San Lucas, Jurisdicción de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán; de parte de las señoras DOLORES MARGARITA LÓPEZ MENJÍVAR, PAULA LÓPEZ DE SANTAMARÍA, ANA LITA LÓPEZ DE HERNÁNDEZ, ANA MIRIAM LÓPEZ MENJÍVAR, MARÍA MIRNA LÓPEZ MEN-JÍVAR y MARÍA VILIA LÓPEZ DE LANDAVERDE, actuando todas en su concepto de hijas sobrevivientes de dicho causante, siendo dichas Señoras DOLORES MARGARITA LÓPEZ MENJÍVAR de veintitrés y tres años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero cuatro siete dos cuatro nueve dos ocho-nueve y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero cuatro uno siete-dos cero uno uno nueve dos-uno cero uno-nueve, PAULA LÓPEZ DE SANTAMARÍA de cuarenta y un años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero cero nueve cero nueve dos seis cero-seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero cuatro cero dos- dos seis cero dos siete cinco-uno cero dos-uno, ANA LITA LÓPEZ DE HERNÁNDEZ de treinta y cinco años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero uno dos tres dos cinco cuatro ocho-dos y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero cuatro cero dos-uno dos cero seis ocho cero-uno cero dos-ocho, ANA MIRIAM LÓPEZ MENJÍVAR de diecinueve años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero cinco cinco uno ocho cero cinco nueve-seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero seis uno cuatro-uno ocho cero cuatro nueve siete-uno cinco dos-seis, MARÍA MIRNA LÓPEZ MENJÍVAR de treinta y dos años de edad, Estudiante, del domicilio de Aguilares, departamento de San Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero dos cuatro ocho seis nueve uno dos-cinco y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero cuatro cero dos-cero cinco uno uno ocho tres-uno cero uno-uno; y MARÍA VILIA LÓPEZ DE LANDAVERDE, de treinta y ocho años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Aguilares, departamento de San Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero tres cero seis uno tres cinco uno-seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: cero cuatro uno siete-dos nueve uno uno siete siete-uno cero dos-cero.

Se les ha conferido a las herederas declaradas la administración y representación defi nitiva de la expresada sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las quince horas del día veintitrés de Mayo del dos mil dieciséis.-LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.

1 v. No. C009861

JOSE PEDRO GUZMAN VIGIL, Notario, de este domicilio, con despacho

notarial ubicado en Décima Avenida Sur, número seiscientos diecisiete,

Colonia Belén, en la Ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

en la Ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día veintitrés de mayo

de dos mil dieciséis, se ha declarado heredero defi nitivo al señor JOSE

LUIS SANCHEZ MEDINA, de setenta y cuatro años de edad, Pensionado

Jubilado, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador; con

Documento Único de Identidad Número: Cero cero seis seis seis ocho ocho

uno-cuatro; y Número de Identifi cación Tributaria: Uno cuatro uno seis-uno

uno uno cero cuatro uno- cero cero uno- cuatro; de la herencia intestada de

los bienes que a su defunción dejara el señor TRANQUILINO MEDINA,

sexo masculino, de ochenta y siete años de edad, de nacionalidad salvadoreña,

comerciante, originario y del domicilio de Barrio El Convento, jurisdicción

de Santa Rosa de Lima, casado con Virginia Abenicia Sánchez de Medina o

Virginia Avenicia Sánchez de Medina, ya fallecida, hijo de Paula Medina,

ya fallecida; quien falleció, a las seis horas treinta minutos del día dos de

diciembre de dos mil nueve, en Hospital de Especialidades Nuestra Señora

de la Paz de San Miguel, a consecuencia de intoxicación por gramoxone,

con asistencia médica, atendido por el Doctor Armendárez, herencia que le

corresponde en su concepto hijo, habiéndosele concedido la representación

y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la Ciudad de San Miguel, a los veinticuatro días del mes

de mayo de dos mil dieciséis.

JOSE PEDRO GUZMAN VIGIL, NOTARIO.

1 v. No. C009868

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado de las nueve

horas cinco minutos de este día, se ha declarado heredera defi nitiva y con

benefi cio de inventario a la señora VERONICA DEL CARMEN CASTILLO

DE RIVAS, de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor

SANTOS FERNANDO CASTILLO HERNANDEZ, fallecido a las diecisiete

horas con treinta minutos del día veinte de Abril del año dos mil diez, en

Caserío Las Pavas, Jurisdicción de San Pablo Tacachico, siendo dicha Ciudad

su último domicilio, en calidad de hija del referido causante, por medio de

su Apoderada General Judicial Licenciada JORGELINA AGUILAR DE

CISNEROS; confi riéndosele al declarado heredero en el concepto indicado

la administración y representación defi nitivas de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primer Instancia, San Juan Opico, a las nueve

horas diez minutos del día veintitrés de Mayo del año dos mil dieciséis.-

LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-

TARIO.

1 v. No. C009871

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución pronunciada por este juzgado, a las once horas y veinte minutos del día seis de mayo del año en curso, se han decla-rado herederos, con benefi cio de inventario, de la herencia intestada, dejada por el causante, señor ALEJANDRO ANTONIO CARDONA MENDOZA, fallecido en el Hospital General del Seguro Social de San Salvador, el día veinte de diciembre de dos mil catorce, siendo Antiguo Cuscatlán, el lugar de su último domicilio, a los señores ANA GLADYS VELADO DE CAR-DONA conocida por ANA GLADYS VELADO DOMÍNGUEZ, por ANA GLADIS VELADO DOMÍNGUEZ y por ANA GLADIS VELADO DE CARDONA, y JOSE ALEJANDRO CARDONA VELADO, en calidad de cónyuge sobreviviente e hijo del causante respectivamente, y además, ambos como cesionarios del derecho hereditario que correspondía a la señora EMMA MENDOZA VIUDA DE CARDONA, como madre del causante; y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y la representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Jugado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas y cincuenta minutos del día veinte de mayo de dos mil dieciséis.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

1 v. No. C009874

EVELYN DEL CARMEN GOMEZ DE MELÉNDEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en la Calle Walter A. Soundy, Número Tres- Seis A, de la Ciudad de Santa Tecla,

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a las diecisiete horas del día veintitrés de mayo de dos mil dieciséis, se ha declarado al señor: LEOPOLDO ENRIQUE CAMPOS PALUCHA, Heredero Defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción en la población de San Salvador, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día nueve de septiembre de dos mil quince, dejó la señora VILMA MARGARITA CAMPOS PALUCHA, en su concepto de heredero intestado, habiéndole concedido la administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por los que se avisa al público para los efectos de Ley

Librado en la Ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, el día veinticuatro de mayo de dos mil dieciséis.

EVELYN DEL CARMEN GOMEZ DE MELÉNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F029487

EL INFRASCRITO NOTARIO: Al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de las once horas del día veinte de Mayo del corriente año; se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA, con benefi cio de Inventario: de parte de ANA MARIBEL AVALOS o ANA MARIBEL AVALOS DE GALDAMEZ, como esposa sobreviviente del causante.- En la sucesión interina que dejó el señor RODOLFO CESAR ANTONIO GALDAMEZ MELENDEZ, al fallecer el día cuatro de Septiembre del año dos mil quince, en el Hospital Clínica Orellana de la ciudad de Usulután, y esa misma su último domicilio, y de Nacionalidad Salvadoreño: Confi riéndole a la heredera declarada en la Administración y representación DEFINITIVA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de ley.-

Librado en mi Ofi cina Notarial.- Ubicado en Primera Avenida Norte número uno, Usulután, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.-

LIC. MODESTO REYES MONICO, ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F029493

SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZA DE LO CIVIL SU-PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE USULUTAN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos del día veintiuno de Abril del corriente año, se ha DECLARADO HEREDEROS DE-FINITIVOS y CON BENEFICIO DE INVENTARIO a los señores ANDRES ERNESTO OLIVA SARAVIA, SAUL ENRIQUE OLIVA SARAVIA, a la menor NATHALY ESTEFANIA OLIVA SARAVIA, y a la señora MARIA DE LA CRUZ SARAVIA OLIVA, conocida como MARIA DE LA CRUZ SARAVIA DE OLIVA y por MARIA DE LA CRUZ SARAVIA, los tres primeros como hijos del causante, y la última como cónyuge sobreviviente del causante, y además como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondía a los señores ANA ISABEL TEJADA DE OLIVA, o ANA ISABEL TEJADA, y ANDRES CIPRIANO OLIVA CORNEJO, o ANDRES OLIVA CORNEJO, como padres del mismo causante señor ANDRES ER-NESTO OLIVA TEJADA, conocido como ANDRES ERNESTO OLIVA CORNEJO, y por ANDRES ERNESTO OLIVA CORNEJO TEJADA, en la Herencia intestada que éste dejó él al fallecer a las trece horas y treinta minutos del día siete de Marzo del año dos mil quince, en Colonia Alberto Masferrer de la ciudad de Usulután, Departamento de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio.

Confi riéndoseles a los Herederos Declarados la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión, con las Facultades de ley, a la menor NATHALY ESTEFANIA OLIVA SARAVIA, por medio de su repre-sentante legal señora MARIA DE LA CRUZ SARAVIA OLIVA, conocida como MARIA DE LA CRUZ SARAVIA DE OLIVA y por MARIA DE LA CRUZ SARAVIA.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a las once horas y cincuenta minutos del día veintiuno de abril del año dos mil dieciséis.- LICDA. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F029502

GILBERTO RIVAS HERRERA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina Profesional situada en Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, Edifi cio Viena, Local Once, Centro de Gobierno, al público:

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, en esta ciudad, a las catorce horas del día once de mayo del año dos mil dieciséis se ha declarado al señor JOSE RAFAEL CASTRO MACHADO, heredero defi nitivo Ab-Intestato con benefi cio de inventario en su calidad de cónyuge sobreviviente de los bienes que a su defunción dejó la causante señora MARIA EUFEMIA ALTAMIRANO MARTINEZ, conocida por MARIA EUFEMIA ALTAMIRANO DE CASTRO, y por MARIA EUFE-MIA ALTAMIRANO, quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Mejicanos, departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero cero tres dos tres tres siete ocho-tres; con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-quince cero dos sesenta y uno-cero cero cuatro-cero; fallecida en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, a las cinco horas del día veintitrés de octubre del año dos mil quince, siendo su último domicilio la ciudad

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

de Mejicanos, departamento de San Salvador, y se le ha conferido a dicho heredero la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.

Lo anterior se hace saber al público por el presente y único aviso para los efectos de Ley.-

Librado en mi Ofi cina Profesional. San Salvador, a los doce días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.-

GILBERTO RIVAS HERRERA,

NOTARIO.

1 v. No. F029522

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las doce horas veinte minutos de este día, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO, con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora LIDIA DEL CARMEN HENRIQUEZ MONTECINOS; quien fue de ochenta y cinco años de edad, fallecida el día veintiséis de agosto de dos mil quince, siendo el Municipio de Chapeltique el lugar de su ultimo domicilio; al señor JOSE ELMER MONTECINOS HENRIQUEZ, en calidad de hijosde la causante.

Confi riéndole en estas diligencias al aceptante la administración y representación DEFINITIVA, de la sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las doce horas veintiún minutos del día doce de mayo de dos mil dieciséis.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETA-RIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. F029532

LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince minutos de este día, se ha declarado a la señora ROSA MARÍA DIAZ, heredera abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora ELVIRA DE MERCEDES DÍAZ, conocida por ELVIRA DE MERCEDES DÍAZ DE CALIXTO y ELBA DIAZ, quien fue de ochenta y un años de edad, Doméstica, Viuda, salvadoreña, originaria y del domicilio de San Vicente, departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad número cero dos millones trescientos ochenta y ocho mil quinien-tos cincuenta y tres-cuatro, y Número de Identifi cación Tributaria un mil diez-ciento cincuenta mil doscientos treinta y uno-ciento tres-tres, habiendo fallecido a las veintidós horas treinta minutos del día veintiuno de junio del año dos mil doce, en el Hospital Nacional Santa Gertrudis de esta ciudad, siendo la ciudad de San Vicente, departamento de San Vicente el lugar de su último domicilio, en concepto de hija de la causante.

Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y repre-sentación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. F029533

CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, Jueza de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente, AL PUBLICO: Para los efectos de Ley.

HACE SABER: que según resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas del día cinco de mayo del año dos mil dieciséis, en virtud de haberse presentado las páginas del Diario Ofi cial en las que consta que ya transcurrió más de quince días después de la tercera y última publi-cación del edicto respectivo, sin que persona alguna se haya presentado haciendo oposición. Así como haberse demostrado con la documentación pertinente, con los cuales se comprueba legalmente la calidad que ostenta en las presentes diligencias los señores CHRISTIAN EVELIO CHAVEZ VALDEZ, DARWIN ALEXANDER CHAVEZ VALDEZ, y CLAUDIA ELIZABETH CHAVEZ VALDEZ; en calidad de hijos de la causante señora ROSA AMALIA VALDEZ DE CHAVEZ, así como el Derecho que le asiste para intentar la presente pretensión, por lo que se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS DE LA HERENCIA INTESTADA, Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de la causante señora ROSA AMALIA VALDEZ DE CHAVEZ, de sesenta y dos años de edad, casada, costurera, salvadoreña, del domicilio de Santo Domingo del Departamento de San Vicente, con documento único de Identidad Personal número 00373508-6, y con tarjeta de identifi cación Tributaria número 1005-190752-101-1, de su defunción ocurrida el día el día veintidós de noviembre de dos mil ca-torce, siendo Santo Domingo del Departamento de San Vicente su último domicilio, a los señores CHRISTIAN EVELIO CHAVEZ VALDEZ, con DUI 00977581-4 y NIT 1 1005-060574-101-6; DARWIN ALEXANDER CHAVEZ VALDEZ, con DUI 00808997-7 y NIT 1005-200476-101-2; y CLAUDIA ELIZABETH CHAVEZ VALDEZ, con DUI 00909197-7 y NIT 1005-250478-101-0; en calidad de hijos de la causante.-

Confi riéndose a los herederos declarados la Administración y Repre-sentación DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: del distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente, a las once horas del día cinco de mayo del año dos mil dieciséis.-

LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

1 v. No. F029541

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las once horas cinco minutos del día once de enero del corriente año, SE HA DE-CLARADO HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción defi rió la causante NANSY MARILU AMAYA AVILES, conocida por NANCY MARILU AMAYA AVILES, quien falleció el día uno de noviembre de dos mil trece, en la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio Soyapango, ANTONIA DEL CARMEN AVILÉS LÓPEZ conocida por ANTONIA DEL CARMEN AVILÉS, con Documento Único de Identidad número: 00908460-3, y número de Identifi cación Tributaria: 1121-130352-001-8, en su calidad de madre sobreviviente de la causante.

Y se le confi rió a la heredera declarada la administración y represen-tación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas treinta minutos del día uno de febrero de dos mil dieciséis.- LIC. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL (2).- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F029545

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado a las catorce horas del día ocho de abril del corriente año, se declaró heredera expresamente, y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de enero del año dos mil tres, siendo la Ciudad de El Sauce, departamento de La Unión, el lugar de su último domicilio, dejara la causante Encarnación Reyes, a favor del señor Juan Reyes, en concepto de hijo sobreviviente de la causante y además como Cesionario de los derechos hereditarios que en la referida sucesión le correspondía a los señores Mercedes Reyes de Fernández, Santamaría Reyes de Reyes, María Esperanza Reyes Cruz, Cándida Rosa Reyes de Ochoa y Rosa Reyes, como hijos de la causante antes mencionada, de conformidad con lo establecido en los Art. 988 N° 1° y el 1699 del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación defi nitiva de los bienes de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, a los catorce días del mes de abril del año dos mil dieciséis.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F029546

NELSON BLADIMIR HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ Notario, del domicilio de San Salvador, con despacho ubicado en Colonia Ciudad Satélite, Avenida Washington, Polígono X, Casa Número Dos, San Salvador,

HAGO SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída en esta Ciudad, a las catorce horas del día veinte de Mayo del presente año, en las respectivas diligencias de Aceptación de Herencia, se ha declarado al señor ANGEL REMBERTO VASQUEZ FLORES, en su calidad de hijo sobreviviente del causante y como Cesionario de los Derechos Hereditarios en abstracto que le correspondían a las señoras MARIA ISABEL VASQUEZ FLORES, MARIA ANTONIA VASQUEZ DE VILLEDA, SOILA ALEJANDRINA VASQUEZ FLORES, MARIA DEL CARMEN VASQUEZ DE SOLIS, ROSA MINDA VASQUEZ FLORES e ILDA VASQUEZ DE PORTILLO, como hijas sobrevivientes del causante, HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de la herencia abintestato del causante señor INOCENTE VASQUEZ, quien falleció el día veintitrés de julio de mil novecientos noventa y cinco, en el Barrio El Centros, de la Ciudad de La Palma, Departamento de Chalatenango, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de Bronquio neumonía, con asistencia médica; y se le ha conferido al mismo LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION, en el concepto de heredero intestado, en las calidades antes mencionadas, de los derechos hereditarios en abstracto.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil dieciséis.

NELSON BLADIMIR HERNANDEZ HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F029561

ROBUSTIANO NELSON CORDOVA ORTIZ, Notario de este domicilio, con ofi cina jurídica en avenida Morazán Número catorce Barrio Dolores de esta ciudad

AVISA: Que por resolución del suscrito Notario proveída a las ocho horas de este día, se ha declarado Heredero Defi nitivo Abintestato y con benefi cio de Inventario, al señor JOSE ALBERTO CAMPOS PERALTA, mayor de edad, Jornalero, del domicilio de Caluco, departamento de Sonsonate, portador de su Documento Único de Identidad Número cero tres millones ciento noventa mil quinientos veintisiete-cinco, en su carácter de hijo sobreviviente y en calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían a la señora MARIA DEL TRANSITO PERALTA VIUDA DE CAMPOS, mayor de edad, Ama de casa, del domicilio de Izalco, departamento de Sonsonate, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero un millón seiscientos veintiún mil seiscientos trece-cero y quien es Cónyuge sobreviviente del Causante señor RAMON CAMPO, conocido por RAMON CAMPOS y por RAMON CAMPOS MONTES, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, casado, agricultor en pequeño, originario de San Pedro Puxtla, departamento de Ahuachapán y de este domicilio, quien falleció a las dos horas del día veintiocho de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, en el Cantón Cuntan, de esta Jurisdicción, a consecuencia de trauma cráneo encefálico, sin asistencia médica, siendo éste su último domicilio, habiéndosele conferido al aceptante la Representación y Administración Defi nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Ciudad de Izalco, departamento de Sonsonate, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

LIC. ROBUSTIANO NELSON CORDOVA ORTIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F029578

XIOMARA GUADALUPE LOPEZ MARTINEZ, Notario, de este domicilio, con despacho Notarial ubicado en Cuarta Calle Oriente, Lourdes, Colón, Departamento de La Libertad, contiguo a Agroindustrias Vezel, teléfono 2338-4777.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída a las quince horas del día dieciocho de mayo del presente año, se ha declarado al señor SAUL OVIDIO LOPEZ RIVAS, heredero defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en el Hospital Bautista de El Salvador, S.A. de C.V., de la Ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la Ciudad de Quezatepeque, Departamento de La Libertad, el día tres de febrero de dos mil dieciséis, dejó el señor PEDRO DE JESUS CASTILLO, conocido por PEDRO DE JESUS CASTILLO LOPEZ, PEDRO DE JESUS LOPEZ CASTILLO y PEDRO LOPEZ CASTILLO, de parte del señor SAUL OVIDIO LOPEZ RIVAS, en calidad de heredero testamentario del causante, habiéndosele concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en Lourdes, Colón, Departamento de La Libertad, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

LIC. XIOMARA GUADALUPE LOPEZ MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F029590

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

MARTIN RODOLFO AYALA CERRITOS, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Final 7ª Av. Norte, Urb. Santa Adela, Edifi cio San José, 2ª Planta, Local 202, Centro de Gobierno, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veintitrés del presente mes y año, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO al señor ALBERTO PORTILLO QUINTANILLA, conocido por ALBERTO PORTILLO, quien actúa en calidad de padre del causante, quien es representado en estas diligencias por la Licenciada IVETTE GUADALUPE DOMINGUEZ MERINO, en su calidad de Apoderada General Judicial y Administrativa con Clausula Especial, de la herencia intestada que a su defunción dejara el señor JOSE ALBERTO PORTILLO, conocido por JOSE ALBERTO PORTILLO LEMUS, quien falleció a las once horas y treinta minutos del día veinticinco de agosto del dos mil quince, en Calle a Agua Caliente sobre acera contiguo a Ferretería Ferrominera, en el Municipio de Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, siendo su último domicilio Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, habiéndole conferido la Administración y Representación Defi nitiva de la referida sucesión Intestada.

San Salvador, a nueve horas del día veinticuatro de mayo de dos mil dieciséis.

LIC. MARTIN RODOLFO AYALA CERRITOS,

NOTARIO.

1 v. No. F029601

DOCTOR ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO DE SAN SALVADOR.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas con cinco minutos del día dieciocho de marzo de dos mil dieciséis, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción acaecida el día veintitrés de agosto del año dos mil catorce, dejó el causante señor DAMASO ERNESTO VILLALOBOS MEJÍA, quien fue de cuarenta y cuatro años, periodista, casado, de nacionalidad salvadoreña, originario del municipio de San Salvador, hijo de Petrona Mejía y Armando Villalobos, y cuya defunción acaeció el día veintitrés de agosto del año dos mil catorce, siendo su último domicilio el de San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce-ciento setenta mil ciento setenta-ciento dieciocho- cero y con Documento Único de Identidad cero cero dos nueve cuatro cuatro nueve tres-tres; a las siguientes personas: i) la señora MIRNA VERÓNICA NAVARRETE DE VILLALOBOS conocida por MIRNA VERÓNICA NAVARRETE MOLINA, de cuarenta y un años, Licenciada en comunicación y periodismo, de este domicilio, portadora de su Documento Único de Identidad: cero un millón doscientos mil cuatrocientos setenta y cinco-uno y con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce-cero uno cero nueve setenta y tres-ciento dos-cero, en su calidad de cónyuge del causante; y ii) al adolescente ANDRÉS ERNESTO VILLALOBOS NAVARRETE, de doce años de edad, estudiante, de este domicilio, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce-cero cuatro cero cuatro cero tres-ciento siete-dos, en su calidad de hijo del causante y cesionario de los derechos hereditarios otorgados por los padres del causante ya relacionados. Aclarando que el menor ANDRÉS ERNESTO VILLALOBOS NAVARRETE actúa representado por la señora MIRNA VERÓNICA NAVARRETE DE VILLALOBOS conocida por MIRNA VERÓNICA NAVARRETE MOLINA, quien es madre del mismo. Por lo que se les confi rió a ellos la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, de San Salvador, a las nueve horas con cincuenta y cinco minutos del día dieciocho de marzo de dos mil dieciséis.- DR. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO SAN SALVADOR. LIC. OSCAR ANTONIO DIAZ, SECRETARIO.

1 v . No. F029629

ALEXIS ODUBER LÓPEZ ORELLANA, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en Condominios Cuscatlán, tercer nivel, Local Número trescientos veintiuno, cuarta Calle Poniente entre veintitrés y veinticinco Avenida Sur, Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída, a las quince horas del día veintitrés de mayo de dos mil dieciséis, se ha declarado a las señoras CELINA ROSIBEL ZEPEDA CORDOVA y EDITH OLINDA ZEPEDA DE CRUZ, herederas defi nitivas con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en el Municipio de Santa María Ostuma, departamento de La Paz, y registrada su defunción en el Municipio de Mercedes La Ceiba, departamento de La Paz, el día trece de enero del dos mil dieciséis, dejara la señora MARIA DORA CORDOVA ZEPEDA, siendo el Municipio de Santa María Ostuma, departamento de La Paz, y registrada su defunción en el Municipio de Mercedes La Ceiba, departamento de La Paz, su último domicilio, a favor de las señoras: CELINA ROSIBEL ZEPEDA CORDOVA y EDITH OLINDA ZEPEDA DE CRUZ, quienes tienen la calidad de hijas de la Causante; confi riéndole en consecuencia la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día veinticuatro de mayo de dos mil dieciséis.

LIC. ALEXIS ODUBER LOPEZ ORELLANA,

NOTARIO.

1 v. No. F029640

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída a las once horas de este día, los señores CRISTINA CUEVA DE MORENO, JOSE DEL CARMEN CUEVA AGUILAR y ROSA CUEVA AGUILAR, han sido declarados herederos defi nitivos, con benefi cio de inventario en la herencia intestada que dejó el señor PABLO CUEVA conocido por PAULO CUEVA, quien falleció el día once de febrero de dos mil dos, en el Barrio Guadalupe, de la Ciudad de San Alejo, de este Distrito y Departamento, siendo ese lugar su último domicilio, en calidad de hijos del causante.

Confi érasele a los aceptantes en el carácter indicado la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil dieciséis.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. MARITZA EVELIN MARTINEZ VILLATORO, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. F029658

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

EDWIN EDGARDO RAMIREZ REYES, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Novena Avenida Norte, Edifi cio Multiclínicas, Local # 10, de esta Ciudad,

HACE CONSTAR: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas del día dieciocho de Febrero del año dos mil dieciséis, se ha tenido por ACEPTADA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta Ciudad, el día once de febrero de mil novecientos noventa y uno, dejó la señora BERTA ALICIA PINEDA o BERTA ALICIA PINEDA COLATO y BERTA ALICIA PINEDA DE CAMPOS, de parte del señor LEONCIO ANTONIO URBINA CLAROS, en calidad de cesionario de don José Ángel Campos Quintanilla, por cesión que le hicieran los señores MARÍA ELVIRA CAMPOS DE VÁSQUEZ, JUANA LORENA CAMPOS PINEDA, ISABEL ANTONIA CAMPOS PINEDA; y JOSÉ CRISTÓBAL CAMPOS PINEDA, quienes tienen la calidad de hijos de la causante, habiéndose conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario EDWIN EDGARDO RAMIREZ REYES. En la ciudad de San Miguel, a los diecinueve días del mes de Febrero del año dos mil dieciséis.

EDWIN EDGARDO RAMIREZ REYES,

NOTARIO.

1 v. No. C009880

EL SUSCRITO NOTARIO: MODESTO REYES MONICO, Notario, de este domicilio, situada la Ofi cina en Primera Avenida Norte Número uno, Barrio La Merced, de la Ciudad de Usulután, Al público para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de las diez horas del día cinco de mayo del corriente año; Se ha tenido por aceptada y con benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor MIGUEL ANGEL NIETO CORCIOS, al fallecer el día nueve de junio del año dos mil ocho, en Ciudad Delgado, San Salvador, y la Ciudad de Alegría, Usulután, su último domicilio, y de Nacionalidad Salvadoreño: de parte de CRISTINA DEL CARMEN NIETO DE PLEITEZ, actuando como cesionaria del derecho que le corresponde a Miguel Ángel Nieto Portillo, como hijo del causante, confi riéndoles la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION de dicha sucesión INTERINA, con las facultades y restricciones de Ley, Se cite a los que se crean con derecho de la Herencia para que se presenten a esta ofi cina a deducirlo en el término de quince días, después de la tercera publicación de este Edicto.

Librado en mi Ofi cina Notarial.- Usulután, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

DR. MODESTO REYES MONICO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F029492

MARINA GUADALUPE CAÑAS AYALA, Notario, del domicilio de San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán, con Ofi cina ubicada en Final calle doce de octubre, de la jurisdicción de San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintitrés de Mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora BLANCA MARGARITA CALDERON DE CANALES, ocurrida en la Ciudad El Carmen, el día dieciséis de Noviembre de dos mil quince, de parte de la señora DOLORES JACQUELINE MARTINEZ CALDERON, en concepto de Cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían a los señores LAZARO MANUEL CANALES PEÑA, AMILCAR ANTONIO CANALES CALDERON, y MELBA MARGARITA CANALES CALDERON, el primero en su calidad cón-yuge, y los dos últimos en su calidad de hijos de la causante, y herederos Universales, habiéndosele conferido la administración y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia testamentaria.

Librado en la Ofi cina de la Notario MARINA GUADALUPE CAÑAS AYALA. En la Ciudad de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, a las catorce horas del día veintitrés de Mayo de dos mil dieciséis.

LIC. MARINA GUADALUPE CAÑAS AYALA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F029495

CARLOS ENRIQUE AVELINO RIVERA. Notario, del domicilio de Santa Ana, con ofi cina establecida en Sexta Calle Poniente y Cuarta Avenida Norte, casa de esquina, de la Ciudad de Santa Ana, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las once horas del día veintitrés de Mayo del año dos mil dieciséis, se ha tenido por Aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital General del Seguro Social de la Ciudad de San Salvador, el día siete febrero del año dos mil dieciséis y siendo lugar de su último domicilio la Ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, la cual dejó el señor FÉLIX ALBERTO RODRÍGUEZ CABALLERO, de parte de las señoras YENI MARISOL RODRÍGUEZ DE SANABRIA, en su calidad de hija sobreviviente y PAULA DE JESÚS MORENO DE RODRÍGUEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente; habiéndoseles conferido la Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.

San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Mayo del año dos mil dieciséis.

CARLOS ENRIQUE AVELINO RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. F029507

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

KATYA LISSETTE GUDIEL ESTRADA, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Segunda Avenida Norte, entre Segunda y Cuarta Calle Poniente, local número dos, de la ciudad de Santa Ana, al publico.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las once horas del día doce de mayo del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la He-rencia Intestada que a su defunción, dejó la señora GLADIS ADELA MAGAÑA DE ROSALES, conocida por GLADIS ADELA MAGAÑA MATA, GLADIS ADELA MAGAÑA, GLADIS ADELA MAGAÑA MATA VIUDA DE ROSALES, y por GLADIS ADELA MAGAÑA VIUDA DE ROSALES, quien a su defunción fue de sesenta y ocho años de edad, Profesora en Educación Básica, casada con Francisco Rosales, de nacionalidad Salvadoreña, originaria del Municipio de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, siendo su último domicilio en Reparto Santa Julia, pasaje Los Geraneos, Block F, Municipio de Santa Ana, Departa-mento de Santa Ana, hija de Félix Asunción Magaña y de Victoria Mata, falleciendo a consecuencia de Shock Séptico, Abdomen Obstructivo, en el Hospital General del Seguro Social, de San Salvador, a las veintidós horas y veintisiete minutos, del día dieciocho de marzo del año dos mil dieciséis; de parte de las señoras KAREN LIZETH ROSALES MAGAÑA, quien es de cuarenta y cuatro años de edad, Licenciada en Contaduría Pública, del domicilio del Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, persona a quien no conozco pero la identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero uno uno cinco ocho seis tres ocho guión seis, y con número de Identifi cación Tributaria cero dos uno cero guión uno siete cero seis siete uno guión cero cero uno guión cuatro; y HEYZEL PATRICIA ROSALES MAGAÑA, quien es de treinta y nueve años de edad, Secretaria, del domicilio del Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, persona a quien no conozco pero la identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero dos cinco ocho seis seis uno guión dos, y con Número de Identifi cación Tributaria cero dos uno cero guión uno nueve cero dos siete siete guión cero cero uno guión dos, en sus calidades de hijas sobrevivientes de la causante, nombrándoseles a dichas herederas mencionadas, interinamente administradoras y representantes legales de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario KATYA LISSETTE GUDIEL ESTRADA. En la ciudad de Santa Ana, a las diez horas del día diecinueve de mayo del año dos mil dieciséis.

KATYA LISSETTE GUDIEL ESTRADA,

NOTARIO.

1 v. No. F029511

ALBA EDIS URBINA, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cina en Colonia Miramonte, Avenida Los Girasoles, número 174, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita, proveída en esta ciudad a las ocho horas del día veinte de mayo del presente año, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE

INVENTARIO, la herencia testada que a su defunción, ocurrida el día cuatro de febrero del corriente año, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, dejó el señor JUAN BENJAMIN POLANCO FERNANDEZ, conocido por JUAN BENJAMIN POLANCO, quien fue de ochenta y tres años de edad, casado, salvadoreño, empleado; de parte de los se-ñores LETICIA DEL CARMEN POLANCO ANAYA, ALEJANDRO GUILLERMO POLANCO ANAYA Y MARIA VERONICA POLANCO ANAYA, en su carácter de herederos testamentarios del referido causante, habiéndosele conferido la administración y representación interinas de la referida sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

En consecuencia se CITA a quienes se crean con derecho a tal herencia para que se presenten a deducirlo legalmente ante la suscrita Notario en la dirección arriba señalada, dentro de los quince días siguientes al de la tercera publicación de este edicto.

San Salvador, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil dieciséis.

LIC. ALBA EDIS URBINA,

NOTARIO.

1 v. No. F029519

LUZ YESENIA CORLETO, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubi-cada en Primera Calle Oriente y Primera Avenida Sur, Edifi cio Virgilio Guerra, Segunda Planta, Local cuatro, de la ciudad de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las nueve horas con treinta minutos del día dieciséis de mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Caserío Piedra de Agua, Cantón El Guineo, jurisdicción de El Congo, municipio del departamento de Santa Ana, a las nueve horas cinco minutos del día trece de febrero del año dos mil dieciséis, dejó la señora LORENA DEL CARMEN CHAVEZ ORTIZ, quien tuvo su último domicilio la ciudad de El Congo, municipio del departamento de Santa Ana; de parte de la señora ANGELA CHAVEZ ORTIZ conocida por ANGELA CHAVEZ, en su carácter de madre sobreviviente de la causante, por medio de su Apoderado el Licenciado PABLO EDGARDO MARTINEZ CRUZ, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina antes relacionada en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario LUZ YESENIA CORLETO. En la ciudad de Santa Ana, a las ocho horas del día diecisiete de mayo del año dos mil dieciséis.

LUZ YESENIA CORLETO,

NOTARIO.

1 v. No. F029525

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

VICTOR MANUEL PEREZ SANCHEZ, Abogado y Notario, del domi-cilio de San Vicente y de San Salvador, departamento de San Salvador, con ofi cina ubicada en Calle Alvaro Quiñonez de Osorio, Número 39 "BIS", Barrio San Juan de Dios; San Vicente.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las a las diez horas treinta minutos del día nueve de mayo del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en Cantón San Juan Mirafl ores Arriba, Jurisdicción de Candelaria, departamento de Cuscatlán, como su último domicilio, el día veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y siete, dejó la causante HENRIQUETA MUÑOZ, conocida por ENRIQUETA MUÑOZ, HENRIQUETA MU-ÑOS MARTINEZ, MARIA MUÑOZ, MARIA MUÑOZ BELTRAN y por MARIA MUÑOZ DE BELTRAN, de parte de la Licenciada Alva Estela Ramírez Pineda, en su calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del señor ATILIO BELTRAN MUÑOZ conocido por ATILIO BELTRAN, en su concepto de hijo sobreviviente de la causante, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina, en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Vicente, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

LIC. VICTOR MANUEL PEREZ SANCHEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F029536

DELMY GABRIELA PORTILLO ORELLANA, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Colonia y Avenida Tres de Mayo, Número ciento setenta y cuatro-A, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita, proveída a las ocho horas del dieciocho de mayo del año dos mil dieciséis. Se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la HERENCIA TESTADA, que dejó la señora SANTA ANA FRANCO DE LETONA, conocida por SANTANA FRANCO ARRIAGA DE LETONA, y por SANTANA FRANCO DE MULATO, quien falleció a los noventa y tres años de edad, Ama de Casa, Salvadoreña, Viuda, originaria de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango y del domicilio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero un millón trescientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y seis-nueve y Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos quince-doscientos sesenta mil setecientos veintiuno-ciento uno-ocho; siendo hija de Alfredo Franco y de Celestina Arreaga, lugar del fallecimiento Barrio El Calvario, de la Jurisdicción de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, a las cinco horas y treinta

minutos del día diecinueve de Marzo del año dos mil quince; de parte de los señores JOSÉ ANTONIO FRANCO, MARIA ALICIA MULATO FRANCO, ANA ENMA MULATO FRANCO y JORGE LORENZO MULATO FRANCO, en sus calidades de Hereditarios Testamentarios, habiéndoseles conferido la Administración y Representación Provisional de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en la ofi cina de la Notario, a las nueve horas del día die-ciocho de Mayo del año dos mil dieciséis.

DELMY GABRIELA PORTILLO ORELLANA,

NOTARIO.

1 v. No. F029560

DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, Notario del domicilio de Santa Tecla, al público para los efectos legales.

HACE SABER: Que por resolución emitida en su ofi cina, a las doce horas del nueve de mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora CLAUDIA CAMPOS ELÍAS, conocida por CLAUDIA CAMPOS y por CLAUDIA INÉS CAMPOS, quien fue de cincuenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, su último domicilio, Salvadoreña por nacimiento, originaria de San Salvador, Departamento de San Salvador, Soltera, falleció a las diecinueve horas del día cinco de enero de dos mil trece, en Cantón San Antonio Abad, Los Indios/Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, de parte de los señores ODILIO LOZANO CAMPOS, en su calidad de hijo de la causante y PATRIS BEATRIZ CAMPOS MARTÍNEZ, por sí en su calidad de hija de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a sus hermanos señores OSCAR ANTONIO CAM-POS LOZANO, GLADIS DEL TRANSITO CAMPOS MARTÍNEZ, y ELSIDA MARIXA CAMPOS MARTÍNEZ,. Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a la ofi cina notarial del doctor DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, ubicada en la Quinta Calle Poniente y Cuarta Avenida Norte número cuatro-dos, Santa Tecla, a deducirlo en el término de quince días contados desde la siguiente a la tercera publicación de este edicto en el Diario Ofi cial y en dos periódicos de mayor circulación.

Librado en la ciudad de Santa Tecla, a las trece horas del día nueve de mayo de dos mil dieciséis.

DR. DIONISIO HERIBERTO GUERRERO,

NOTARIO.

1 v. No. F029564

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, Notario del domicilio de Santa Tecla, al público para los efectos legales.

HACE SABER: Que por resolución proveída por la ofi cina nota-rial del doctor DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, a las diez horas del dieciocho de enero de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora DOLORES HERNÁNDEZ VIUDA DE CARTAGENA, quien fue de ciento dos años de edad, de ofi cios domés-ticos, con Documento Único de Identidad número cero cero seiscientos noventa y siete mil quinientos diez-seis, viuda, originaria de Talnique Departamento de La Libertad, del domicilio de Talnique, de Nacionalidad Salvadoreña, falleció a las veintiún horas del día ocho de abril de dos mil quince, en Cantón Los Cipreses, jurisdicción de Talnique, Departamento de La Libertad, de parte del señor JOSÉ SEBASTIÁN CARTAGENA, en su calidad de cesionario del derecho que le podría corresponder a la señora JUANA CARTAGENA DE HERNÁNDEZ, hija de la causante. Se ha conferido al aceptante la administración y representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-cia para que se presenten a la ofi cina notarial del doctor DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, ubicada en la Quinta Calle Poniente y Cuarta Avenida Norte número cuatro-dos, Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a deducirlo en el término de quince días contados desde la siguiente a la tercera publicación de este edicto en el Diario Ofi cial y en dos periódicos de mayor circulación.

Librado en la ciudad de Santa Tecla, a las once del día dieciocho de enero de dos mil dieciséis.

DR. DIONISIO HENRIBERTO GUERRERO,

NOTARIO.

1 v. No. F029565

ERNESTO MORALES FLORES, de cincuenta y tres años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad Número: Cero dos cuatro cinco tres tres tres siete- seis, con Número de Identifi cación Tributaria: Cero ochocientos diez- doscientos sesenta mil doscientos sesenta y tres- ciento uno- seis y Número de Credencial DOCE MIL CIENTO OCHENTA Y UNO.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las catorce, del día veintidós de abril, del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, dejó el señor GIL MENDOZA BELTRÁN, ocurrida el día veintinueve de marzo del presente año, en su Casa de Habitación, ubicada en el Cantón Santa Anita, de San Cris-tóbal, Departamento de Cuscatlán, siendo éste su último domicilio, de parte de los señores SANTOS PANTALEÓN MENDOZA HERNÁN-DEZ, en su carácter de hijo y SANTOS ALEXANDER MENDOZA REYES, como cesionario de los derechos de la esposa sobreviviente señora GUMERCINDA HERNÁNDEZ DE MENDOZA, habiéndose conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a mi despacho

legal ubicado en Calle José Francisco López, Número C-12, en el término

de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del

presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario ERNESTO MORALES FLO-

RES. En la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán a los

veinticuatro días de mayo del año dos mil dieciséis.

ERNESTO MORALES FLORES,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F029566

ANA GLORIA CASTRO DE VILLALOBOS, Notario, de este domici-

lio, ofi cina en Décima Calle Poniente Trescientos Catorce, Barrio San

Francisco, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día veintitrés de mayo del año dos mil dieciséis, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio del inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó: ROSA ELVIRA VENTURA

PORTILLO, CONOCIDA POR ROSA ELVIRA VENTURA, ocurrido

en Cantón San Antonio Silva, de San Miguel, el siete de julio de dos mil

catorce, de parte de: JOSE LUIS COLINDRES ESCOLERO, representado

por Griselda Maribel Gutierrez Granados, en su concepto de cesionario

de los derechos de Dina Abidail Ventura Ramos, Julio Cesar Ventura

Ramos, Udilfi do Orlando Ventura Ramos, Hector Misael Ramos Ventura,

en su calidad de hijos sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido

la administración y representación de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario ANA GLORIA CASTRO DE

VILLALOBOS. En la ciudad de San Miguel, a las diez horas del día

veintitrés de mayo del año dos mil dieciséis.

ANA GLORIA CASTRO DE VILLALOBOS,

NOTARIO.

1 v. No. F029573

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

KARLA INES GONZALEZ GARCIA, Notario, del domicilio de San Martín, con ofi cina jurídica ubicada en Residencial Alta Vista, Polígono sesenta y seis, Senda sesenta y seis E, número noventa y tres, San Martín, Departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del día veinticuatro de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Amatepec del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, del municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, siendo la ciudad de Soyapango su último domicilio, a las veintiún horas y cuarenta minutos, del día nueve de diciembre del año dos mil quince, dejó el señor JORGE EMILIO CONRADO, de parte del señor JORGE EMILIO CONRADO RAMIREZ, en su concepto de hijo sobreviviente del de cujus, a quien se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

En consecuencia, se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a mi ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en San Martín, a los veinticinco días del mes de mayo de dos mil dieciséis.

KARLA INES GONZALEZ GARCIA,

NOTARIO.

1 v. No. F029575

HEIDI LISSETTE BERNAL MELGAR, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Séptima Calle Poniente, entre Décima Avenida Sur y Avenida José Matías Delgado Oriente, número once guión A, Santa Ana. PARA LOS EFECTOS LEGALES.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada esta misma fecha, en las Diligencias de Aceptación de Herencia promovidas ante mis ofi -cios Notariales por parte del señor EDUARDO ATILIO RODRIGUEZ, conocido por EDUARDO ATILIO OLMEDO, EDUARDO OLMEDO, EDUARDO ATILIO RODRIGUEZ OLMEDO y también EDUARDO ATILIO OLMEDO HILL, en calidad de hijo sobreviviente de la causante señora MARIA EPIFANIA ISABEL RODRIGUEZ OLMEDO, conocida por ISABEL RODRIGUEZ OLMEDO, ISABEL OLMEDO, MARIA ISABEL OLMEDO, MARIA ISABEL RODRIGUEZ, y también como MARIA ISABEL RODRIGUEZ OLMEDO, se HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVEN-TARIO, la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejara la causante señora MARIA EPIFANIA ISABEL RODRIGUEZ OLMEDO, conocida por ISABEL RODRIGUEZ OLMEDO, ISABEL OLMEDO, MARIA ISABEL OLMEDO, MARIA ISABEL RODRIGUEZ, y también como MARIA ISABEL RODRIGUEZ OLMEDO, quien falleció el día diecisiete de junio del año dos mil siete, siendo de noventa y siete años de edad, ama de casa, soltera, salvadoreña, originaria de Santa Ana,

del mismo departamento, y domicilio. Y SE LE HA CONFERIDO AL ACEPTANTE EDUARDO ATILIO RODRIGUEZ, conocido por EDUARDO ATILIO OLMEDO, EDUARDO OLMEDO, EDUARDO ATILIO RODRIGUEZ OLMEDO y también EDUARDO ATILIO OLMEDO HILL, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio SE CITA a los que se crean con derecho, para que se presenten en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente aviso, a mi ofi ci-na.

Santa Ana, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil dieciséis.

HEIDI LISSETTE BERNAL MELGAR,

NOTARIO.

1 v. No. F029580

SONIA MAGDALENA ROSALES GARCIA, Notario, del domicilio de Soyapango, con ofi cina ubicada en Calle Arce, Condominios Arcadas Arce, Local B- Nueve, contiguo a Escuela de Derecho de la Universidad Tecnológica, de esta Ciudad.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las diez horas del día diecisiete de marzo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte del señor CARLOS HUMBERTO FLORES VASQUEZ, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador, el día diecinueve de Junio de dos mil catorce, siendo su último domicilio Ciudad Delgado, dejó la señora MARIA ESTER PORTILLO VIUDA DE FLORES, en su calidad de Cesionario, de los derechos que le correspondían a su padre señor CARLOS HUMBERTO FLORES PORTILLO, en su calidad de hijo de la causante, habiéndosele conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la mencionada herencia, para que se presenten a la ofi -cina arriba referida en el término de quince días, contados desde el día siguiente de la última publicación del presente edicto.

Líbrese y Publíquese los edictos de Ley.

Librado en a ciudad de San Salvador, a las quince horas del día veintitrés del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

LICDA. SONIA MAGDALENA ROSALES GARCIA,

NOTARIO.

1 v. No. F029586

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

BLANCA ESTELA GUTIERREZ TEJADA, NOTARIO, con ofi cina

en Avenida Chicunhuexo, número Sesenta y Nueve, Barrio El Rosario,

Nueva Concepción, Chalatenango.

HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita en

esta fecha, ha TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA QUE

DEJÓ EL CAUSANTE SEÑOR CARLOS HUMBERTO PORTILLO

CASTRO, fallecido a las dieciocho horas del día cinco de octubre del año

dos mil quince, en Cantón El Zapote, Nueva Concepción, Chalatenango,

a consecuencia de lesión de cráneo, tórax y abdomen causado por proyec-

tiles disparados por arma de fuego, sin asistencia médica, atendido por

la Doctora Edda Altagracia Romero de Cañas, Médico Forense, siendo

esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora YONI MARLENY

PERLERA VIUDA DE PORTILLO, en su calidad de esposa y además

como Cesionaria de los Derechos Hereditarios en Abstracto que le

corresponden a los señores Carmen Portillo Rivera y Edita Castro de

Portillo, padres del causante y las señoritas Iris Yamileth Portillo Perlera,

Dalila Arely Portillo Perlera y Heydi Noemi Portillo Perlera, hijas del

causante.

Confi riéndose a la aceptante la Administración y Representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente; por lo que CITA a los que se crean con derecho a la

herencia para que dentro del término de ley se presenten a deducirlos.

Librado en Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, a

los veintiún días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

LICDA. BLANCA ESTELA GUTIERREZ TEJADA,

NOTARIO.

1 v. No. F029595

YO, JOSE URSUS AGUILAR LOPEZ, Notario, de los domicilios de

Santa Tecla y de La Libertad, ambos del departamento de La Libertad,

con Ofi cina Jurídica en: Primera Calle Poniente, número Veinticinco

guión Uno, La Libertad, departamento de La Libertad.

HACE CONSTAR: Que por Resolución del Suscrito Notario,

proveída a las ocho horas del día veintiuno de mayo de dos mil dieciséis,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario,

la herencia Intestada que a su defunción dejara la señora GLORIA

ESPERANZA GONZALEZ DE ARRIOLA conocida por GLORIA

ESPERANZA GONZALEZ BOCANEGRA DE ARRIOLA y por

GLORIA ESPERANZA DE ARRIOLA, ocurrida en la ciudad de San

Salvador, Departamento de San Salvador, a las trece horas y treinta

minutos del día diez de marzo de dos mil dieciséis a consecuencia de

Cáncer Renal con asistencia médica, quien a la fecha de su fallecimiento

era de cincuenta y nueve años de edad, Profesora, casada, originaria de

Tejutla, departamento de Chalatenango, hija de Berta Paula Bocanegra

y Jorge Salvador González, siendo su último domicilio la ciudad de San

Salvador, departamento de San Salvador; de parte de los señores MARIO

ADALBERTO ARRIOLA SOLORZANO, MARIO ADALBERTO

ARRIOLA GONZALEZ, GLORIA JAMILET ARRIOLA GONZALEZ

y ASTRID MARICELA ARRIOLA GONZALEZ, EN SU CALIDAD

EL PRIMERO COMO CONYUGE Y LOS ÚLTIMOS COMO HIJOS

DE LA CAUSANTE, habiéndoseles conferido la Administración y

Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se CITA a todos los que se crean

con derecho a la referida Herencia, para que se presenten a la referida

Ofi cina Jurídica, en el término de QUINCE DIAS contados desde el

siguiente día de la última publicación del presente Edicto, en el Diario

Ofi cial.

Librado en la Ofi cina del Notario JOSE URSUS AGUILAR LOPEZ,

en la Ciudad de La Libertad, a las doce horas del día veintiuno de mayo

de dos mil dieciséis.

LIC. JOSE URSUS AGUILAR LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F029599

HECTOR SAUL PORTILLO, Notario, de este domicilio, con ofi cina

ubicada en Avenida Palma Soriano y Calle Holguín, Colonia Yumuri

Miramonte, número Ciento Sesenta y Seis, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día dieciocho de mayo del año dos mil dieciséis, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia Intestada que a su defunción dejó la señora YESENIA LINETH

HERNANDEZ ORDOÑEZ, ocurrida a las ocho horas treinta minutos del

día treinta de junio del año dos mil quince, en Santa Tecla, departamento

de La Libertad, sin asistencia médica, causa de origen indeterminada,

a los cuarenta años de edad, soltera, empleada, originaria de Juayúa,

departamento de Sonsonate de nacionalidad Salvadoreña, siendo hija

de Josefi na Hernández y de Mamerto de Jesús Ordoñez Linares, este

último ya fallecido, su último domicilio Santa Tecla, departamento de

La Libertad; de parte de las señoras RUTH ANGELICA HERNANDEZ

ORDOÑEZ, JUANA GRISELDA ORDOÑEZ HERNANDEZ cono-

cida por JUANA GRISELDA HERNANDEZ ORDOÑEZ y DIANA

MELISA ORDOÑEZ HERNANDEZ conocida por DIANA MELISA

HERNANDEZ ORDOÑEZ, en calidad de hermanas sobrevivientes de

la causante, habiéndoseles conferido la Administración y Representación

interina, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con

derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en el

término de quince días, siguientes a la publicación de este edicto.

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Librado en la ofi cina del Notario HECTOR SAUL PORTILLO, en la ciudad de San Salvador, a las once horas del día veintitrés de mayo del año dos mil dieciséis.

LIC. HECTOR SAUL PORTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. F029609

LUIS ALONSO AYALA LOPEZ, Notario, de este domicilio y de Santa Tecla, con ofi cinas profesionales ubicadas en kilómetro Veinticuatro y Medio, carretera que de Sonsonate conduce a San Salvador, Colonia El Progreso, Lourdes, Colón, Departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída en este mismo lugar, a las nueve horas con veinte minutos del día vein-tinueve de Abril del año dos mil dieciséis, se ha tenido por Aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en frente a Restaurante Vista al Mar, ubicado en sector de la Playa Metalío, Jurisdicción de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, a las catorce horas con treinta minutos del día cinco de mayo del año dos mil doce, siendo siete ocho nueve cuatro, Seafarer Way, Lorton, Virginia, Estados Unidos de América, su último domicilio, dejó la señora MARIA GUADALUPE URIAS MORENO, de parte de la señora MARIA FLORINDA URIAS VIUDA DE MENDEZ, en su calidad de Cesionaria de los Derechos Hereditarios en Abstracto que le correspondían al señor DANY WILLIAN HERNANDEZ URIAS, hijo de la causante, habiéndosele conferido la Administración y Represen-tación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente Edicto.

Librado en la ofi cina del Notario LUIS ALONSO AYALA LOPEZ, en Lourdes, Ciudad Colón, Departamento de La Libertad, a las once horas del día veintiuno de mayo del año dos mil dieciséis.

LUIS ALONSO AYALA LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F029619

LUIS ALONSO AYALA LOPEZ, Notario, de este domicilio y de Santa Tecla, con ofi cinas profesionales ubicadas en kilómetro Veinticuatro y Medio, carretera que de Sonsonate conduce a San Salvador, Colonia El Progreso, Lourdes, Colón, Departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída en este mismo lugar, a las diez horas con quince minutos del día vein-tiuno de mayo del año dos mil dieciséis, se ha tenido por Aceptada

expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que

a su defunción, ocurrida en el Cantón El Limón, Jurisdicción de Santa

Tecla, Departamento de La Libertad, a las veinte horas del día ocho

de febrero de mil novecientos noventa y ocho, siendo Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, su último domicilio, dejó el señor JOSE

MARIA HERNANDEZ, de parte del señor FRANCISCO GUEVARA

HERNANDEZ, en su calidad de hijo de la causante, habiéndosele confe-

rido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la herencia, para que se presenten a la referida ofi cina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

Publicación del presente Edicto.

Librado en la ofi cina del Notario LUIS ALONSO AYALA LOPEZ,

en Lourdes, Ciudad Colón, Departamento de La Libertad, a las quince

horas con treinta y cinco minutos del día veintiuno de mayo del año dos

mil dieciséis.

LUIS ALONSO AYALA LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F029624

VICTOR RENE GUZMAN, Notario, de este Domicilio, con Ofi cina en

la Colonia Médica, Pasaje Doctor Guillermo Rodríguez Pacas, número

58, de esta Ciudad.

HAGO SABER: Que por Resolución de las diez horas del día veinte

de mayo del año en curso, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, de parte del señor JOSE CARLOS AVALOS,

en concepto de cónyuge sobreviviente, la Herencia Intestada que a su

Defunción ocurrida a las veintitrés horas y cincuenta minutos, del día

veinticinco de enero del año dos mil once, en la Ciudad de Soyapango,

dejó la señora OFELIA PEÑA DE AVALOS, siendo Ciudad Delgado,

su último domicilio. Y se ha conferido al aceptante la Administración y

Representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que hago del conocimiento Público, para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil dieciséis.

VICTOR RENE GUZMAN,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F029642

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

KARLA JANETH TUTILA MENENDEZ, Notario, del domicilio de

San Salvador, con ofi cina en Ochenta y Siete Avenida Norte, número

Ciento Cuarenta y Siete, Colonia Escalón, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria,

pronunciada a las ocho horas del día veinticuatro de mayo de dos mil

dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de

inventario de parte de la señora: CARMEN DOLORES GARCIA DE

RAMIREZ, de generales conocidas en las presentes diligencias; LA

HERENCIA INTESTADA, dejada a su defunción por el señor JOSE

LUIS RAMIREZ SERRANO, quien falleció en el Hospital General del

Seguro Social, departamento de San Salvador, a las tres horas del día

seis de julio de dos mil doce, a consecuencia de Síndrome Hepatorrenal,

Cirrosis Hepática, sin formular testamento alguno. Lo cual corresponde

a la aceptante antes mencionada en concepto de esposa sobreviviente del

causante en comento y como cesionaria de los derechos hereditarios que

le corresponde. Habiéndose conferido en consecuencia a la aceptante, la

Administración interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de la ley.

Lo que avisa al público en general, para los efectos de hacer valer

sus derechos, si los hubiere.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del

mes de mayo de dos mil dieciséis.

LICDA. KARLA JANETH TUTILA MENENDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F029643

MARIA ESTELA YANES DE ALVARADO, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Cuarenta y Siete Avenida Norte, entre Primera

Calle Poniente y Alameda Juan Pablo Segundo, Condominio Metro - Dos

Mil, local A - Treinta y Tres, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita, proveída a las

diez horas con treinta minutos del día once de mayo de dos mil dieciséis,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

de parte de las solicitantes INES ARBELICA CARRANZA, en su

calidad de madre biológica, LORENA ELIZABETH RIVAS LUCHA,

en su calidad de compañera de vida declarada judicialmente en unión

no matrimonial, y KRISCIA BERENICE CARRANZA AGUILAR,

en su calidad de hija, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida

en la Morgue del Hospital Nacional Santa Teresa, en el municipio de

Zacatecoluca, el día seis de octubre del año dos mil catorce, dejó el

causante REMBERTO CARRANZA, habiéndoseles conferido la Ad-

ministración y Representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la expresada

ofi cina en el término de quince días contados desde el día siguiente a la

última publicación del presente edicto.

San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil dieciséis.

MARIA ESTELA YANES DE ALVARADO,

NOTARIO.

1 v. No. F029657

LICENCIADA PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZA (1)

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR, AL

PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución provista por este Juzgado, a

las ocho horas con treinta minutos del día veintiuno de diciembre de dos

mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora

VICTORIA VÁSQUEZ VÁSQUEZ, quien fue de cincuenta y tres años

de edad, soltera, de nacionalidad Salvadoreña, originaria del Municipio

de Panchimalco, Departamento de San Salvador, hija de Lucia Vásquez

y Víctor Vásquez, quien falleció el día diecinueve de agosto de dos mil

quince, y cuyo último domicilio fue el del Municipio de Panchimalco,

Departamento de San Salvador, de parte del señor SERGIO MARTÍNEZ

VÁSQUEZ, en su calidad de hijo sobreviviente de la causante, a quien

se les ha conferido en el carácter antes indicado, la Administración y

Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales

correspondiente, y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con

derecho a la herencia referida, a fi n que comparezcan a esta sede judicial

a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Sal-

vador, a las ocho horas con quince minutos del día cinco de enero de dos

mil dieciséis. LICDA. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZA

(1) TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.

LIC. OSCAR ANTONIO DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009859-1

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado de

las catorce horas diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con

benefi cio de inventario de parte del señor OSCAR LEONEL AGUILAR

CISNEROS, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el se-

ñor MARCOS AGUILAR LANDAVERDE conocido por MARCOS

AGUILAR, fallecido a las nueve horas con treinta minutos del día treinta

de junio del año dos mil once, en su casa de habitación ubicada en Cantón

San Isidro, Jurisdicción de San Pablo Tacachico, siendo dicha ciudad

su último domicilio, en calidad de hijo del referido causante, por medio

de su Apoderada General Judicial Licenciada JORGELINA AGUILAR

DE CISNEROS, confi riéndosele al aceptante en el concepto indicado la

Administración y Representación interina de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente,

ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a

la sucesión para que se presenten a deducirla dentro de los quince días

subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a

las catorce horas veinte minutos del día dieciséis de mayo del año dos

mil dieciséis. LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009870-1

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las catorce horas y treinta minutos del día doce de mayo del presente

año, fue aceptada expresamente y con BENEFICIO DE INVENTA-

RIO la herencia intestada que a su defunción dejó la causante MIRNA

OSORIO RODRÍGUEZ, conocida por MIRNA OSORIO, quien falleció

el día ocho de mayo del dos mil quince, a la edad de setenta y cuatro

años, ama de casa, viuda, originaria de Tamanique, Departamento de

La Libertad, siendo el mismo su último domicilio, de parte de la señora

ANA MIRNA RAMOS DE VARGAS antes ANA MIRNA RAMOS

OSORIO, con NIT: 0518-260765-101-8, en su calidad de hija de la referida

causante; confi riéndose a la heredera declarada la ADMINISTRACION

Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión referida, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, de

conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil;

Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores

a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a

los doce días del mes de mayo de dos mil dieciséis. LICDA. DIGNA

GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,

L.L. LIC. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009872-1

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado pronunciada

a las quince horas cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor

JUAN ANTONIO CASTRO ARCE, de la Herencia Intestada dejada a

su defunción por el señor ANTONIO CASTRO, quien al momento de

fallecer era de noventa y cinco años de edad, originario de Coatepeque,

hijo de Basilio Alas y Arcadia Castro, falleció a las trece horas del día

uno de marzo de mil novecientos noventa, en el Barrio El Centro, de

San Pablo Tacachico, siendo San Pablo Tacachico, su último domicilio,

en concepto de hijo sobreviviente del referido causante. Confi érasele

al aceptante expresado en el concepto indicado la Administración y

Representación Interina de la indicada sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a las personas

que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

quince horas cincuenta y cinco minutos del día trece de mayo del año dos

mil dieciséis. LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029475-1

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

LA INFRASCRITA JUEZA 3 DEL JUZGADO PRIMERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, Al público para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas

y treinta minutos del día trece de mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido

por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la Herencia

Intestada que a su defunción dejó el causante señor José Fulgencio

Echeverría Escobar con DUI cero dos cinco seis uno ocho tres ocho-

uno, quien en el momento de fallecer era de sesenta y un años de edad,

Agricultor en Pequeño, del domicilio de Rosario de Mora, Departamento

de San Salvador, siendo éste su último domicilio, fallecido el día siete

de julio de dos mil trece, de parte de la señora Teresa Domínguez de

Echeverría, con DUI: cero dos millones quinientos catorce mil sesenta y

dos-uno y NIT: cero novecientos tres-ciento un mil doscientos cincuenta

y seis-cero cero dos-cuatro, en su calidad de esposa sobreviviente del

causante, confi riéndosele a la aceptante la administración y represen-

tación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones

del curador de la herencia yacente. Representada la aceptante en estas

Diligencias por el Licenciado Martin Eliseo Martínez Henríquez, en su

calidad de Apoderado General Judicial de la señora Teresa Domínguez

de Echeverría. Publíquese el edicto de Ley.

Lo que hace saber al público en general, para que todo aquel que

tenga derecho en la presente sucesión, se apersone a este Tribunal legi-

timando su derecho en el término de quince días, todo de conformidad

al Art. 1163 C.C.

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, San

Salvador, a las horas once minutos cinco minutos del día dieciséis de

mayo del año dos mil dieciséis.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA

CALDERON, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL(3).

LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ VALDIVIESO SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F029478-1

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN; AL

PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce

horas del día ocho de marzo del corriente año, se tuvo por aceptada

expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que

al fallecer a las siete horas del día veinticinco de mayo del año dos mil

trece, en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Pasaquina, departamento

de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio dejara el causante

José Pablo Medrano, a favor de los señores, José Pablo Aguilar y Ro-

sinda Margarita Aguilar Medrano, en concepto de hijos sobrevivientes

del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en

el Art. 988 N° 1° del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho,

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los once días del mes de marzo del año dos mil

dieciséis.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029496-1

DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, JUEZ DE LO CIVIL,

SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO

DE LA UNIÓN; Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nueve

horas día dieciséis de mayo del corriente año, se tuvo por aceptada ex-

presamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al

fallecer a las diecisiete horas y treinta minutos del día cinco de octubre

del año dos mil ocho, siendo su último domicilio la ciudad de Santa Rosa

de Lima, departamento de La Unión, dejara la causante María Leticia

Gómez conocida por María Leticia Gómez, a favor de los señores, Nimia

del Rosario Gómez de Portillo y Mauricio Balmoris Gómez, en concepto

de hijos sobrevivientes de la causante antes mencionada, de conformidad

con lo establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil.

En consecuencia, se les confi rió a los aceptantes, en el carácter

dicho, la administración y representación interina de los bienes de la

indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de

la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos

mil dieciséis.-DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZ DE LO

CIVIL, SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ

DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029497-1

LICENCIADO MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE SANTA ANA: Al

público en general,

HACE SABER: Que Se han promovido por los licenciados, José

Amílcar González Alvarenga y Edgardo Otoniel Matute Barrientos,

Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada con Benefi cio de

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Inventario, sobre los bienes que a su defunción dejara el causante señor

Ely Ernesto Luna Espino, quien falleció sin haber dejado testamento, el

día veinticinco de marzo de dos mil quince, siendo su último domicilio

Colonia Argentina, número nueve, Cantón Natividad, Municipio y

departamento de Santa Ana, y este día se tuvo por aceptada la herencia

antes referida y se nombró como administrador y representante interi-

no con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia

Yacente de dicha sucesión, al señor Francisco Adolfo Luna Espino, en

calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían

a la señora Ana María Espino de Luna, conocida por Ana María Espino

viuda de Luna, Ana María Espino, y por María Espino, en calidad de

madre sobreviviente.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presen-

tarse a este Juzgado las personas que se crean con derecho a la herencia

que a su defunción dejara el referido causante, a más tardar dentro de

los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, de la ciudad

de Santa Ana, a los cuatro días del mes de mayo de dos mil dieciséis.-

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA. LIC. ELIDA ZULEIMA

MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.

3 v. alt. No. F029517-1

PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR; AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución provista por este Juzgado,

a las quince horas y veinte minutos del día nueve de mayo, de dos

mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

IGNACIO DE JESÚS RAMÍREZ MARTÍNEZ conocido por IG-

NACIO DE JESÚS RAMÍREZ, quien fue de cincuenta y cinco años,

soltero, originario del Municipio de Santa Tecla, Departamento de La

Libertad, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Paulina Ramírez y

Catarino Martínez, y cuya defunción acaeció el día diez de abril de dos

mil quince, siendo su último domicilio el de San Salvador; de parte de las

solicitantes: la señora ANDREA IVONNE RAMÍREZ GALDÁMEZ,

mayor de edad, soltera, de nacionalidad salvadoreña, estudiante, del

domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad: cero

cuatro millones trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos- dos y con

Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce- trescientos

mil setecientos noventa- ciento nueve- cuatro y de la adolescente ESME-

RALDA ABIGAIL RAMÍREZ GALDÁMEZ, de diecisiete años de

edad, soltera, de nacionalidad salvadoreña, Estudiante, del domicilio de

San Salvador, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos

catorce- cero sesenta mil ochocientos noventa y ocho- ciento ocho- ocho;

quien por ser menor de edad es representada actualmente por su madre,

la señora Edelmira Yanet Galdámez Chacón. Ambas solicitantes actúan

en su calidad de hijas del causante.

A quienes se les ha conferido en el carácter antes indicado, la ad-

ministración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales

correspondiente, y en consecuencia,

SE CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida,

a fi n que comparezcan a esta sede judicial a deducir tal circunstancia

dentro del plazo de quince días contados desde el siguiente a la tercera

ublicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las quince horas y cuarenta minutos del día nueve de mayo

de dos mil dieciséis.-LICDA. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO,

JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.

LIC. OSCAR ANTONIO DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029518-1

KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA QUIN-

TO DE LO CIVIL Y MERCANTIL (3) DE ESTE DISTRITO JUDI-

CIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado de las once horas y diez minutos del día veintiséis de

abril de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario de parte de las señoras, ZOILA ELENA ORTÍZ

DE AGUILAR, DELMY HORTENSIA ORTÍZ ARIAS y EVA ARELY

MARROQUÍN HENRIQUEZ, todas mayores de edad, de ofi cios do-

mésticos, las dos primeras de este domicilio y la última del domicilio de

Atiquizaya, departamento de Ahuachapán, la herencia testamentaria que

a su defunción dejó la causante señora ANA LUZ ORTÍZ ARIAS, quien

a la fecha de su defunción era de sesenta y cinco años de edad. soltera,

de nacionalidad salvadoreña, originaria del municipio de Chalchuapa.

departamento de Santa Ana, con último domicilio en la ciudad de San

Salvador, departamento de San Salvador, y quien falleció en esta ciudad,

a las veintidós horas treinta minutos del día diez de octubre del año dos

mil doce; aceptación que hacen las señoras antes mencionadas en sus

calidades de herederas universales de la mencionada causante, Arts.

1039, 1078 y 1162 del Código Civil.

Y SE LES HA CONFERIDO a las aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente, Art. 480 Código Civil.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este tribunal a ejercerlo en el término deQUINCE

DÍAS, contados a partir del siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL. San Salvador, a las doce horas del día veintiséis de abril

de dos mil dieciséis.- LICDA. KARLA MARIA REGINA MURCIA

CARRILLO, JUEZA QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL (3).

LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. F029520-1

DRA. DELMY RUTH ORTÍZ SÁNCHEZ: Juez de lo Civil; del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince

horas y treinta minutos del día doce de Mayo de dos mil dieciséis.- Con

el mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios

uno y dos, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias,

y con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la Corte Suprema

de Justicia, agregado a folios 16. Se le declara heredero expresamente

y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a

las trece horas del día veinte de Julio del año dos mil tres, en el Cantón

Terreros, de la jurisdicción de la ciudad de Lislique, de este distrito, De-

partamento de La Unión, su último domicilio dejó la causante MODESTA

RODRIGUEZ RIOS, CONOCIDA POR MODESTA RODRIGUEZ, de

parte del señor MAXIMINO ALEXANDER MOLINA RODRIGUEZ,

en concepto de hijo sobreviviente de la causante antes mencionada, de

conformidad con el artículo 988 numeral 1° del Código Civil. Se le

confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la administración y

representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los doce días del mes de Mayo de dos mil

dieciséis.- DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO

CIVIL SUPLENTE. LIDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029548-1

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL; del

Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al

público para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las catorce horas

y treinta y cinco minutos del día cuatro de Marzo de dos mil dieciséis.-

Con el mérito de los documentos que fueron presentados adjuntos a la

solicitud de folios 1 y 2, con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor

de la Corte Suprema de Justicia, agregado a folios 17. Se le declara

heredera expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que al fallecer a las ocho horas del día dieciséis de Noviembre

de mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad de Pasaquina, de este

distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó la causante

Carmelina Martínez Viuda de Hernández, conocida por Carmelina

Martínez, Carmelina Martínez de Hernández, Carmelina Martínez hoy

Viuda de Hernández, de parte de la señora Maria del Carmen Hernández

de Luna, en concepto de hija sobreviviente de la referida causante, de

conformidad con el Artículo 988 Numeral 1° del Código Civil..

Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la adminis-

tración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los nueve días del mes de Marzo de dos mil

dieciséis.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029549-1

DRA. DELMY RUTH ORTÍZ SÁNCHEZ: Juez de lo Civil; del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de doce horas

y cuarenta minutos del día dos de Mayo de dos mil dieciséis.- Con el

mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios

uno y dos, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias, y

con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la Corte Suprema de

Justicia, agregado a folios 19, en donde consta que efectivamente existen

con anterioridad Diligencias Civiles de Aceptación promovidas por los

señores María Silvia Perla de Guzmán, y Rosa Lidia Perla de Pineda, en

concepto de hijas sobreviviente las cuales ya fueron declarada herederas

en forma defi nitiva, tal como consta en el informe de Secretaria de folios

18, por lo que se le declara heredera expresamente y con benefi cio de

inventario de la herencia intestada que al fallecer a las veinte horas del

día veinte de Marzo del año de mil novecientos ochenta y cinco, en el

Cantón El Algodón, de esta jurisdicción y distrito, Departamento de La

Unión, dejó la causante Dominicia Perla, conocida por Dionicia Perla,

de parte de la señora Reina de La Paz Perla de Pineda, en concepto de

hija sobreviviente, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° del

Código Civil.

Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la adminis-

tración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, De-

partamento de La Unión, a los dos días del mes de Mayo de dos mil

dieciséis.- DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO

CIVIL SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029551-1

LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de

lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta

minutos del día dos de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, que a su defunción dejó el

causante CATARINO DIAZ o CATARINO DIAZ ALVARADO,

quien falleció el día nueve de enero de dos mil once, en el hospital Mé-

dico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, originario

de Zacatecoluca, del domicilio de San Juan Nonualco, siendo éste su

último domicilio; por parte de los señores, ROSA VILMA ALFARO

DE DIAZ, CATARINO DE JESUS DIAZ ALFARO, SANDRA CA-

ROLINA DIAZ ALFARO, JESSIKA ELIZABETH DIAZ ALFARO,

MARIA TERESA DIAZ DE ALVARADO y YESSENIA LISSETTE

DIAZ ALFARO, la primera en concepto de cónyuge y los demás en

concepto de hijos sobrevivientes del causante. Nómbrase a los aceptantes,

interinamente, administradores y representantes de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dos de mayo de dos mil

dieciséis.- LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA,

JUEZA DE LO CIVIL. LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029559-1

LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA

DE LO CIVIL, de este distrito judicial, al público para los efectos de

ley;

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta

minutos del día veintisiete de abril de este año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, que a su defunción dejó el

causante LUCAS LOPEZ conocido por LUCAS LOPEZ REYES, quien

falleció el día nueve de julio de dos mil quince, en Colonia Anabella

número dos, de la jurisdicción de Zacatecoluca, siendo éste su último

domicilio; por parte de la señoras ADALBERTA VELASQUEZ DE

LOPEZ, ANDREA CONCEPCIÓN LOPEZ DE HENRIQUEZ y

MARIA RAQUEL LOPEZ VELASQUEZ, en concepto de cónyuge

sobreviviente la primera y las segundas en concepto de hijas sobrevi-

vientes del causante.

Nómbrase a las aceptantes interinamente, administradoras y

representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintisiete de abril de

dos mil dieciséis.- LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-

RRERA, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO

ORREGO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029569-1

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público que para los efectos de ley que por

resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas del día dieciséis

de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida

a las dieciséis horas y treinta minutos del día veintiocho de diciembre

de dos mil quince, en Hospital Nacional Dr. Jorge Mazzini Villacorta

de Sonsonate, siendo la ciudad de Acajutla su último domicilio, dejó

el señor Edwin Widmar Menjivar Teban, de parte de los señores

Mercedes Teban de Menjivar, Pedro Antonio Menjivar Cerritos y el

menor Widmar Adrian Menjivar Calma, los primeros dos en calidad

de padres sobrevivientes del causante y el menor en su calidad de hijo

sobreviviente del expresado causante; a quienes se les ha nombrado

interinamente administradores y representantes de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; la

que ejercerá el menor Widmar Adrian Menjivar Calma por medio de

su representante legal Mabel Calma Alfaro.

Se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el plazo de quince días

contados a partir desde el día siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Acajutla, a las

nueve horas quince minutos del día dieciséis de mayo de dos

mil dieciséis.- LICDA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ

ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ELSA

CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029593-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las diez horas y veinte minutos de este día; se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte de: MARGARITA

SALVADOR DE VENTURA, de 73 años de edad, Ofi cios Domésticos,

del domicilio de Sociedad, Departamento de Morazán, con DUI Número

01436156-5, y NIT Número 1323-280141-001-9; de la herencia que en

forma Intestada dejó el causante MIGUEL ANGEL VENTURA FUEN-

TES, quien fue de 87 años de edad, Casado, Agricultor en Pequeño,

Originario de Sociedad, Departamento de Morazán, hijo de José María

Ventura y Luisa Fuentes; quien falleció a las 0 horas y 2 minutos del día

4 de Enero de 2016, en el Hospital San Francisco de la Ciudad de San

Miguel, a consecuencia de "Neumonía"; siendo Sociedad, Departamento

de Morazán, lugar de su último domicilio; en concepto de esposa del

referido causante.- Confi érasele a la referida aceptante en la calidad

expresada, la administración y representación INTERINA de dicha su-

cesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.- Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, a las diez horas y veinticinco minutos del

día veintitrés de Mayo de Dos Mil Dieciséis. LIC. ISIDRO ENRIQUE

MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTAN-

CIA. LIC. DIONICIO EVENOR ARAGON ARGUETA, SECRETARIO

INTO.

3 v. alt. No. F029597-1

LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE

LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resoluciones proveídas por este Juzgado

a las doce horas treinta minutos del día veintiséis de Abril de dos mil

dieciséis; y a las catorce horas del día once de Mayo del dos mil dieciséis.

Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San

Marcos, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio

esta Ciudad de San Marcos, el día veintitrés de noviembre del dos mil

quince, dejó la causante ANA MARÍA VALLADARES; de parte del

señor LUIS APOLONIO VALLADARES, en su calidad de hijo de

la referida causante. Se ha Conferido al aceptante la administración y

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención

para que transcurridos que sean quince días contados a partir de la tercera

publicación del edicto correspondiente, concurran a este tribunal a hacer

uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las once horas con treinta minutos del día

dieciséis de Mayo de dos mil dieciséis. LICDA. AMADA LIBERTAD

INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL. LICDA. IRMA

ARACELY FLORES DE CERON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029639-1

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado pronun-

ciada a las quince horas veinte minutos de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los

señores MARIA ROSAURA MELGAR DE AYALA, MARIA ANA

AYALA DE CORTEZ, MARIA JOSEFA AYALA MELGAR, MARIA

GUADALUPE AYALA DE PALACIOS, JUAN ANTONIO AYALA

MELGAR, JOSE MARIO AYALA MELGAR, GENARO AYALA

MELGAR, SARA DEL CARMEN AYALA DE HERCULES, de la He-

rencia Intestada dejada a su defunción por el señor VENTURA AYALA

MENJIVAR conocido por VENTURA AYALA, quien al momento de

fallecer fue de ochenta años de edad, agricultor, casado, originario de

esta ciudad, hijo de Genaro Ayala y Martina Amelia Menjívar, falleció

a las doce horas treinta minutos del día tres de septiembre de dos mil

diez, en Hospital Nacional San Rafael, Santa Tecla, departamento de La

Libertad, siendo esta ciudad su último domicilio, la primera, en concepto

de cónyuge del causante y los otros en calidad de hijos sobrevivientes

del referido causante.

Confi éraseles a los aceptantes expresados en el concepto indicado

la Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las quince horas cuarenta minutos de día trece de mayo del año dos

mil dieciséis. LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029646-1

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

HERENCIA YACENTE

NELLY EDITH POZAS HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las doce horas y veinte minutos del día veintisiete de octubre del año dos

mil quince, se ha declarado Yacente la Herencia que a su defunción dejó

el causante señor JUAN RAMÓN ARIAS, ocurrida el día siete de febrero

del año dos mil nueve, en la ciudad de San Salvador, siendo Cojutepeque,

Departamento de Cuscatlán, su último domicilio; habiéndose nombrado

nuevo Curador Especial de la misma al Licenciado PEDRO PABLO

MELENDEZ ALVARENGA, quien es mayor de edad, Abogado, del

domicilio de San Vicente, a quien se le hará saber este nombramiento,

para su aceptación, juramentación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas del

día nueve de mayo del año dos mil dieciséis.- LICDA. NELLY EDITH

POZAS HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC. JOSE

ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029543-1

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora:

MARÍA DOLORES GÓMEZ VELASCO, de treinta y seis años de

edad, estudiante, de este domicilio, portadora de mi Documento Único

de Identidad Número: cero cero ocho cero cuatro cero ocho cinco guión

cero, y con Número de Identifi cación Tributaria: cero ocho uno cinco

guión uno siete cero cuatro siete nueve guión uno cero uno guión nueve,

solicitando Título de Propiedad, de un inmueble de naturaleza urbana,

situado en Barrio Santa Rita, Avenida Alejandro Merlos, del Municipio de

San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, inmueble que posee una

Extensión Superfi cial de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO TRECE

METROS CUADRADOS, el cual posee las medidas y colindancias

siguientes: AL NORTE, mide seis metros veinticinco centímetros, linda

con inmuebles propiedad de las señoras María Luisa Molina y María

Marta Molina; AL ORIENTE, mide ocho metros quince centímetros,

linda con inmuebles propiedad de las señoras Ana Concepción Molina y

Lorena Guadalupe Molina; AL SUR, mide siete metros sesenta y cuatro

centímetros, linda con inmuebles de Ana Concepción Molina y Lorena

Guadalupe Molina; AL PONIENTE, seis metros noventa y cinco centí-

metros, linda con inmueble propiedad del señor Saúl Francisco Molina

Ramírez. El referido inmueble es predio dominante puesto que goza de

una servidumbre de paso de un metro setenta centímetros de ancho sobre

el resto del terreno el que dará acceso a salir a la calle pública y no lo

posee en proindivisión con nadie. Lo estima en UN MIL DOSCIENTOS

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Se avisa al Público para los efectos de ley.

SAN PEDRO MASAHUAT, DEPARTAMENTO LA PAZ, a los

veinte días del mes de Abril del año dos mil dieciséis. LIC. CARLOS AL-

BERTO RAMOS RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. CARMEN

ZELENIA RAMIREZ DE CHAVEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C009855-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE SAN

ISIDRO, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado

HERBERT MAURICIO VILLACORTA, actuando como Apoderado

General Judicial con Cláusula Especial de los señores SONIA MAR-

GOTH DIAZ PONCE, de treinta y seis años de edad, empleada, origi-

nario de la Villa del Rosario, departamento de Morazán, y TARCICIO

ALEXANDER REYES GUEVARA, de cuarenta años de edad, empleado,

originario de San Isidro, departamento de Morazán, y actualmente ambos

del domicilio de la ciudad de Hempstead, condado de Nassau, Estado de

Nueva York, de los Estados Unidos de América, solicitando TITULO

DE PROPIEDAD, sobre: Un inmueble urbano, situado en el Barrio El

Calvario, de este municipio de San Isidro, Departamento de Morazán, de la

extensión superfi cial de CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS,

y de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide diez metros,

lindando con terreno del señor Magdaleno Monteagudo, calle vecinal de

por medio que conduce al cantón El Cerro; AL SUR: mide diez metros;

AL ORIENTE: mide dieciséis metros; y Al PONIENTE: mide dieciséis

metros, lindando por estos tres últimos rumbos con terreno del donante

señor Faustino Guevara; Existiendo al interior del inmueble antes des-

crito, arranques para la construcción de una casa de sistema mixto; Que

dicho inmueble, los solicitantes lo valúan en la cantidad de TRES MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y que además

el mismo, no es predio sirviente ni dominante, no tiene carga alguna ni

derechos reales constituidos en él, a favor de otras personas, igualmente

no está en proindivisión con otras personas.- El inmueble anteriormente

descrito, lo adquirieron sus representados por medio de donación que

les hiciera a su favor el señor Faustino Guevara, el día cinco de junio

del año dos mil trece, por lo que los solicitantes son dueños en partes

iguales o sea en proporción del cincuenta por ciento para cada uno de

ellos, del derecho de propiedad sobre el mencionado inmueble, el cual

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

ha sido poseído de manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida, tanto por

el donante, como por los donatarios-solicitantes, por más de diez años

consecutivos.

Lo que pone en conocimiento del público en general para los efectos

de Ley respectivos.

Alcaldía Municipal de San Isidro, Departamento de Morazán, a los

cuatro días del mes de enero del año dos mil dieciséis. LIC. JOSE JULIO

FRANCO GUEVARA, ALCALDE MUNICIPAL. LICDA. SANTOS

ABIGAIL VENTURA MARTINEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F029574-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. AL PUBLICO EN

GENERAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el señor ANTONIO

RODRIGUEZ ABREGO, de cincuenta y cinco años de edad, Motorista,

del domicilio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, por-

tador de su Documento Único de Identidad número cero, dos, cinco, uno,

uno, ocho, cuatro, cero - nueve, y Número de Identifi cación Tributaria

cero, cuatro, uno, cinco – uno, ocho, cero, dos, seis, cero – cero, cero,

uno – cero, solicitando TITULO DE PROPIEDAD a su favor, de un

inmueble de Naturaleza URBANA, descrito según Certifi cación de la

Denominación Catastral número: cero, cuatro, dos, cero, uno, cinco,

cero, cero, tres, nueve, cuatro, cinco, expedida por la Ofi cina de Man-

tenimiento Catastral de Chalatenango, el día diez de septiembre del año

dos mil quince, situado en el Barrio El Centro, Calle Uno, sin número,

jurisdicción de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango. De

una extensión superfi cial de TRESCIENTOS OCHO PUNTO SESENTA

Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE: está formado por dos tramos con las siguientes

distancias: Tramo uno, con una distancia de seis punto noventa y tres

metros. Tramo dos, con una distancia de veintisiete punto treinta me-

tros; colindando con terrenos de Romilia Navarro de Ortega, con cerco

de púas. AL SUR: está formado por un Tramo, con una distancias de

nueve punto ochenta y tres metros; colindando con terrenos de Plaza

Pública, con calle de por medio; AL PONIENTE: está formado por un

Tramo con una distancias de veintisiete punto setenta y seis metros,

colindando con terrenos antes de Carlos Gustavo Hernandez Aguirre, y

ahora de Gilberto Ortega, con cerco terrenos ahora de Norma Rodríguez

de Ortega: con terrenos , ahora de Doris Ruth Hernandez; AL NORTE:

está formado por tres Tramos con las distancias, Tramo uno, con una

distancia de seis punto treinta metros; Tramo dos, con una distancia de

nueve punto noventa y cuatro metros; Tramo tres, con una distancia de

tres punto cincuenta y ocho metros; colindando con terrenos antes de

Carlos Gustavo Hernandez Aguirre, y ahora de Doris Ruth Hernandez,

con cerco de púas; colindando con terrenos ahora de Olinda Sosa con

calle de por medio con este colindante. En el inmueble antes descrito

existe construida una casa y cocina de techo de tejas y paredes de ado-

be. Dicho inmueble no soporta servidumbre ni cualquier otro derecho

real, ni está en proindivisión con nadie, lo valora en la cantidad de

MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa, por más de

doce años consecutivos en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin

oposición de persona alguna. Dicho inmueble no soporta servidumbre ni

cualquier otro derecho real, ni está en proindivisión con nadie, lo valora

en la cantidad de MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa

otorgada en la ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, por el

señor Isabel Rodríguez López, el día diecinueve de diciembre de mil

novecientos ochenta y nueve ante los ofi cios del Notario Ezequiel Díaz

Hijo, que su posición sumada a la de su antecesor suma más de doce años

consecutivos en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin oposición

de persona alguna.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley consiguien-

tes.

Alcaldía Municipal de Nombre de Jesús, Departamento de

Chalatenango, tres de marzo de dos mil dieciséis. GUILLERMO

RODRIGUEZ CHAVEZ, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ROBERTO

BELTRAN ORTIZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F029602-1

TITULO SUPLETORIO

GLICERIO OSWALDO MEDINA CORNEJO, Notario, del domicilio

de San Salvador, con ofi cina jurídica situada sobre Primera Avenida

Norte, Barrio El Centro, jurisdicción de San Rafael Cedros, Departa-

mento de Cuscatlán.

HACE SABER: Que la señora ARACELY RODAS VIUDA DE

AGUILLON conocida por ARACELY RODAS BARAHONA VIU-

DA DE AGUILLON y por ARACELY RODAS BARAHONA DE

AGUILLON, y por ARACELY RODAS DE AGUILLON, de cincuenta

y dos años de edad, Ama de casa, del domicilio de esta ciudad, con

Documento Único de Identidad número cero dos millones trescientos

sesenta y siete mil setecientos quince – uno, y con Tarjeta de Identifi cación

Tributaria número mil seis - doscientos ochenta y un mil sesenta - ciento

uno – dos, está promoviendo ante mis ofi cios notariales Diligencias de

TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

en Cantón Palacios, Caserío Los Ventura, jurisdicción de este municipio

y departamento, que se describe así; LINDERO NORTE, línea quebrada

compuesta por siete tramos rectos, que suman doscientos ochenta y tres

punto cuarenta metros, colindando con terreno de José Mauricio Mo-

reno Montoya, cerca divisoria de alambre, perteneciente al colindante.

LINDERO ORIENTE, línea quebrada compuesta por tres tramos rectos

que suman ochenta y uno punto cuarenta y dos metros, colinda con

propiedad de Rumualdo Bolaños, antes de José Abarca Montenegro,

quebrada de por medio. LINDERO SUR; línea quebrada compuesta

por dieciocho tramos rectos, que suman cuatrocientos cincuenta y uno

punto once metros, colindando en este rumbo, en los primeros cinco

tramos con terreno de José Lucas Bonilla Saravia, en el sexto tramo con

bocacalle de servidumbre, del tramo siete al diecisiete, con propiedad

de Sabino Martínez y en el tramo dieciocho con terreno de María Ana

Hernández Ventura, cerca divisoria de alambre perteneciente al terreno

que se describe. LINDERO PONIENTE; línea quebrada compuesta por

diecisiete tramos rectos, que sumadas sus distancias es de trescientos

ocho punto sesenta y seis metros; colinda en el primer y segundo tramo,

con terreno de María Ana Hernández Ventura, en los tramos del tres al

siete, con terreno de Manuel de Jesús Deras Osorio, en el tramo ocho, con

bocacalle de servidumbre, en los tramos del nueve al trece, con terreno

de Juan Pablo Aguilón y del tramo catorce al diecisiete, con terreno

de Delmy del Tránsito Martínez de Cruz, cerca divisoria de alambre,

perteneciente a todos los colindantes, de una extensión superfi cial de

TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO

TREINTA METROS CUADRADOS. Dicho predio goza de servidumbre

de tránsito de tres metros de ancho hasta la salida a la calle, por el rumbo

sur del terreno de Juan Pablo Aguillón y también sobre él, ha sido abierta

una servidumbre de tres metros de ancho, que sirve de acceso a otros

inmuebles situados por el rumbo Sureste, dicho inmueble es dominante,

y sirviente, no lo posee en proindivisión con nadie, y no recae sobre él

ningún gravamen o carga real, con construcciones de sistema mixto y lo

valúa en VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y la posesión ejercida

sumada a la de los antecesores sobrepasa de ejercerla de DIEZ AÑOS,

en forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida. Todos los colindantes

son del lugar del terreno.

Lo que se avisa para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina del notario el día veintiocho de enero de dos

mil dieciséis.

GLICERIO OSWALDO MEDINA CORNEJO,

NOTARIO.

1 v. No. F029552

ALVARO ROMEO PERAZA QUIJADA, Notario, del domicilio de

Santa Rita, Chalatenango, con Ofi cina en Barrio Concepción, Avenida

Comercial, Dulce Nombre de María, Chalatenango, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado: TERESA DE

JESUS RAMIREZ DE FUENTES, quien es de cuarenta y cinco años de

edad, Cosmetóloga, del domicilio de Santa Rita; solicitando TITULO

SUPLETORIO, de un inmueble rústico, situado en Cantón Tobías,

Santa Rita, Departamento de Chalatenango, de un área de CUATRO

MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS PUNTO CINCUENTA ME-

TROS CUADRADOS, el cual se describe así: AL NORTE: noventa

y siete metros, con Linda Concepción Herrera de Trejo, alambre de

piña medianero; AL SUR: está compuesto por tres tramos, el primero

cuarenta punto cincuenta metros, el segundo treinta y un metros, y el

tercero sesenta y un metros, colinda con José Daniel Guardado, cerco

de alambre; AL ORIENTE: mide treinta y tres metros, colinda con

José Daniel Guardado dividido por alambrado y piña medianero; y AL

PONIENTE: mide cuarenta y un metros, colinda con Santos Herrera,

José Ángel López, Orbelina Herrera y Marta Menjívar, dividido por

cerco de alambre. Se hace constar que por el rumbo poniente existe una

servidumbre de tránsito que sirve de acceso al terreno que mide ocho

metros de entrada y treinta metros de largo, reduciéndose a tres metros y

medio hasta llegar al terreno. El inmueble no es dominante ni sirviente,

ni se encuentra en proindivisión alguna, y lo adquirió por compra que

le hizo a la señora Norma Beatriz Herrera de Ardón y lo valúa en la

cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

Dulce Nombre de María, a los once días del mes de mayo del año

dos mil dieciséis.

ALVARO ROMEO PERAZA QUIJADA,

NOTARIO.

1 v. No. F029596

CARLOS HERNÁNDEZ LEON, Notario, del domicilio de San Salvador

de este Departamento con ofi cina Notarial ubicada en Primera Calle

Poniente y Cuarenta y Cinco Avenida Norte, número doscientos cuarenta

y siete, San Salvador, departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor CI-

FREDO ARTURO OLIVARES CACERES, de cincuenta y ocho años de

edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de Santa Tecla, Departamento

de La Libertad, a quien no conozco pero identifi co por medio de su Do-

cumento Único de Identidad número cero uno uno tres ocho cuatro cinco

ocho-cero, con número de identifi cación tributaria cero tres uno seis-uno

dos cero cinco cinco siete-cero cero uno-cinco, solicitando TITULO

SUPLETORIO, el cual está situado en el Cantón San Alfonso, calle a

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Tamanique, kilómetro dos y medio carretera a Tamanique, Departamento

de La Libertad, y tiene una superfi cie de DOSCIENTOS NOVENTA

Y CUATRO MIL METROS CUADRADOS, comprendida dentro de

las colindancias siguientes: AL NORTE: con Propiedad de Francesco

Martino Tinetti Santos y Julio Enrique Salguero Magaña, Evelio Morales

Morales, AL ORIENTE: Inversiones Monei, Santos Morales Morales,

Santos Soriano Aguilar,: AL SUR: Inversiones Monei, Y AL PONIENTE:

con carretera que conduce al pueblo de Tamanique. El terreno descrito

no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o

derechos que pertenezcan a terceras personas que desde su adquisición

por compra que hizo al señor Valentín Fuentes Pérez el día diez de Abril

de mil novecientos noventa y cuatro y ha poseído el referido terreno en

forma quieta, pacífi ca y no interrumpida. El compareciente valúa dicho

inmueble en la suma de QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se avisa al Público para los fi nes de Ley.

Se previene a las personas que deseen presentar oposición a las

pretensiones del solicitante, lo haga dentro del término legal en mi

despacho notarial situado en la dirección antes mencionada.

Librado en la ofi cina del Notario CARLOS HERNANDEZ LEON,

en la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, a las diez

horas del día quince de Abril del año dos mil dieciséis.

LIC. CARLOS HERNÁNDEZ LEON,

NOTARIO.

1 v. No. F029606

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que ante esta municipalidad se ha presentado la

señora ANDREA PEÑA SIGUENZA, de sesenta y un años de edad,

comerciante, del domicilio de Zaragoza, Departamento de La Libertad,

portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero

doscientos diecinueve mil ochocientos noventa y tres - cero, y de la

Tarjeta de Identifi cación tributaria número cero setecientos dieciséis

- trescientos un mil ciento cincuenta y cuatro - ciento uno - tres, a pro-

mover DILIGENCIAS DE TITULO MUNICIPAL a fi n de se le expida

TITULO DE DOMINIO de un inmueble situado en Barrio El Centro,

sin número, de este municipio, de naturaleza urbana, de una extensión

superfi cial de DOSCIENTOS SEIS PUNTO NOVENTA Y UN METROS

CUADRADOS, el vértice Nor Poniente es el punto de partida de esta

descripción técnica tiene las siguientes coordenadas NORTE doscientos

noventa mil ochocientos catorce punto trece Este quinientos dos mil

seiscientos doce punto ochenta y dos. LINDERO NORTE: partiendo

del vértice Nor Poniente está formado por un tramo con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cero ochenta y ocho grados cero

tres minutos trece segundos Este con una distancia de ocho punto ochenta

y siete metros, cerco de alambre propio de la porción de terreno que se

describe, colindando con propiedad de Manuel Antonio Cerros Bejarano

antes hoy de Manuel Sigüenza con cerco de púas propio del colindante,

LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor Oriente está formado

por un tramo con los siguientes rumbos y distancias; Tramo uno, Sur

cero cinco grados cero tres minutos treinta y un segundos Oeste con una

distancia de veintidós punto sesenta metros, cerco de alambre propio de

la porción de terreno que se describe, colindando con terreno propiedad

del Estado de El Salvador, por existir línea férrea de por medio, con cerco

de púas de por medio propio del inmueble que se describe, en parte poste

de cemento y parte mojones de izote y pito. LINDERO SUR: partiendo

del vértice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Norte setenta y seis grados cuarenta y

ocho minutos catorce segundos Oeste, con una distancia de diez punto

treinta y cinco metros, colindando con resto del inmueble, propiedad

del señor Hugo Enrique Cañas Barrera, con cerco de púas, propio de la

porción que describe, en parte poste de cemento y parte mojones de izote

y pito. LINDERO PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente, está

formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Norte cero ocho grados cincuenta y cuatro minutos veinte segundos

Este, con una distancia de veinte punto setenta metros, cerco de alambre

propio del inmueble que se describe, en parte poste de cemento y parte

mojones de izote y pito colindando con propiedad de Fátima Beatriz

Menjívar Pineda, así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto

de donde se inició esa descripción, y que adquirió por compra que hizo

al señor HUGO ENRIQUE CAÑAS BARRERA, actualmente vivo, el

cual posee de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida, posesión

que sumada a la ejercida por la titulante y la de los antecesores sobrepasa

de diez años, valuado en la suma de SIETE MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Todos los colindantes pueden

ser citados en el lugar del inmueble, no es sirviente ni dominante y no

recae sobre el ningún gravamen real, y no lo posee en proindivisión con

nadie.

Por lo que se avisa y se cita a las personas que se crean con derecho

en el referido inmueble a deducirlo dentro de los quince días contados a

partir del día siguiente al de la última y tercera publicación del presente

aviso.

Alcaldía Municipal de Santa Cruz Michapa, departamento de

Cuscatlán, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil dieciséis.

Nombre de Alcalde Municipal. ALCALDE MUNICIPAL, ANDRES

SANTOS VALLE. SECRETARIO MUNICIPAL, BORIS ALEXIS

ZELAYA MARTINEZ,.

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

JUICIO DE AUSENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE SOYAPANGO, LICEN-

DIADO EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL,

de este Distrito Judicial.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

DEBORAH JEANNET CHÁVEZ CRESPÍN, en su calidad de Apoderada

General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA , clasifi cado bajo la referencia número 0577209CCEJC01-

C01- No.590; demandado en Juicio Ejecutivo Civil a la señora FLOR

IDALIA SERRANO TORRES, que cuando adquirió la obligación era

de veinte años, empleada, del domicilio de Ilopango, poseedora de su

Documento Único de Identidad personal número 03757014-1 ; y habien-

do sido imposible emplazarla a la demandada señora FLOR IDALIA

SERRANO TORRES, por que se desconoce si dicha señora ha dejado

Procurador o Representante Legal que lo represente en el país, por lo que

pide se le nombre un CURADOR AD-LITEM para que los representen

en juicio.

Previénese como incidente y de acuerdo con el Art. 141 PRC, que

si la señora FLOR IDALIA SERRANO TORRES; tiene Procurador o

Representante legal, se presenten a este Tribunal dentro de quince días

subsiguientes a la última publicación de este aviso, para que pruebe tal

circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas y

cincuenta y dos minutos del día once de marzo de dos mil quince.LICDO.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. F029610

El Infrascrito Juez de lo Laboral de Santa Tecla, Juez Dos, al público

para los efectos de ley;

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha iniciado por parte del

Licenciado Oscar Armando Zaldaña Lazo en el carácter de apoderado de

la señora Imelda Arely Clemente de Berna conocida por Imelda Arely

Clemente Cruz, contra la señora Marta Elizabeth López Arévalo, con

número de identifi cación tributaria cero quinientos once- doscientos

once mil sesenta- ciento dos- siete, con Documento Único de Identidad

número cero un millón seiscientos ocho mil cuatrocientos treinta y tres-

nueve, secretaria y se desconoce si la señora López Arévalo ha dejado

Apoderado, Procurador o Representante Legal y deseándose continuar

con el Juicio Ejecutivo Civil que le ha promovido el Licenciado Oscar

Armando Zaldaña Lazo, en su carácter de Apoderado de la señora Imelda

Arely Clemente de Berna conocida por Imelda Arely Clemente Cruz;

pide que previa formalidades legales se le declare AUSENTE y se le

nombre un CURADOR ESPECIAL para que lo represente en dicho

juicio. En consecuencia, se previene que si la señora Marta Elizabeth

López Arévalo, tiene Abogado, Procurador o Representante Legal en la

República se presente en este Tribunal dentro de los quince días después

de la publicación de este AVISO POR TERCERA VEZ, a comprobar

su personería conforme a lo prescrito en el artículo cinco y veinticinco

de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras

Diligencias.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez Dos,

Santa Tecla, a las nueve horas y cinco minutos del día uno de febrero

de dos mil dieciséis.LIC. JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, JUEZ DOS.- LIC. HAZEL

LOHENGRIN CABRERA ÁVALOS, SECRETARIA.

1 v. No. F029650

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2016150793

No. de Presentación: 20160230989

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

EDUARDO MONTENEGRO PALOMO, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de ASOCIACIÓN SALVADOREÑA DE EMPRESAS

DE SEGUROS que se abrevia: ASES, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

ESCUELA DE ESTUDIOS DEL SEGURO DE CENTROAMÉRICA "LIC.

RUFINO GARAY h."

Consistente en: las palabras ESCUELA DE ESTUDIOS DEL

SEGURO DE CENTROAMÉRICA "LIC. RUFINO GARAY h.", que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

DEDICADO A LA FORMACIÓN DE ESPECIALISTAS EN EL AREA

DE SEGUROS, UBICADO EN CALLE LOS CASTAÑOS, NUMERO

120, COLONIA SAN FRANCISCO, CIUDAD Y DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de mayo del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009875-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2016151922

No. de Presentación: 20160233264

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado CRISTINA

GUADALUPE MONGE ROMERO, en su calidad de APODERADO de

ANGELA MARIELOS ESCOBAR DE CHACHAGUA conocido por

ANGELA MARIELOS ESCOBAR MORALES, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras PeKeMimos y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A SERVICIOS

Y ACCESORIOS RELACIONADOS AL EMBELLECIMIENTO,

CONSERVACIÓN E HIGIENE PERSONAL EN NIÑOS.

La solicitud fue presentada el día cinco de mayo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de mayo del año dos mil dieciséis.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029530-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2015148593

No. de Presentación: 20150226512

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado BENJAMIN

ARCE GUEVARA, en su calidad de APODERADO de OIKOCREDIT,

ECUMENICAL DEVELOPMENT COOPERATIVE SOCIETY, U.A.,

de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la EXPRESION

O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión OIKO CREDIT invertir en las personas

y diseño. La marca a la que hace referencia la presente Expresión o Señal

de Publicidad Comercial es: Oikocredit - SOCIEDAD COOPERATI-

VA ECUMENICA DE DESARROLLO y diseño, la cual se encuentra

inscrita al Número 00090 del Libro 00081 de Marcas, que servirá para:

ATRAER LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE

PROMOCIONAR PRÉSTAMOS DE DINERO EN EFECTIVO DES-

TINADOS A APOYAR GRUPOS EN DESVENTAJA ECONÓMICA

Y LA PROMOCIÓN DE INVERSIONES SOCIALMENTE RESPON-

SABLES.

La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de abril del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009867-1

CONVOCATORIAS

La Junta Directiva de ASESUISA VIDA, S.A. Seguros de Personas,

convoca a los señores accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA

Y EXTRAORDINARIA a celebrarse en primera convocatoria el día

23 de junio de 2016, a partir de las 9:30 a.m. horas en las ofi cinas de

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

la Sociedad ubicadas en el Edifi cio de ASESUISA, Alameda Enrique

Araujo y Calle La Reforma, Colonia San Benito, de esta ciudad, para

conocer y resolver lo siguiente:

ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

1. Lectura de acta anterior

2. Nombramiento de Directores de Junta Directiva

3. Varios.

ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

4. Modifi cación al Pacto Social

5. Nombramiento de Ejecutores Especiales

6. Varios

De no existir el quórum necesario en la primera fecha de la convo-

catoria, conforme se detalla a continuación, por este medio se convoca

en segunda convocatoria, para las 09:30 a.m. horas del día 24 de junio

de dos mil dieciséis, en el mismo lugar, para celebrar la Junta y conocer

los puntos de agenda antes señalados.

Para conocer los puntos de carácter ordinario en la primera fecha

de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo menos

más de la mitad de las acciones en que se divide el capital social y en

segunda convocatoria, la junta se considerará válidamente constituida

cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se

tomará resolución con más de la mitad de los votos concurrentes, tanto

en primera como en segunda convocatoria.

Para conocer los puntos de carácter extraordinario en la primera

fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo

menos las tres cuartas partes de las acciones en que se divide el capital

social y en segunda convocatoria, la junta se considerará válidamente

constituida cualquiera que sea el número de acciones presentes o re-

presentadas y se tomará resolución con más de la mitad de los votos

concurrentes, tanto en primera como en segunda convocatoria.

La información relacionada con los puntos considerados en la

agenda, estará a su disposición, a partir de esta fecha, en el área de

Presidencia de ASESUISA, ubicada en la siguiente dirección:

Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo y Calle La Reforma, Con-

dominio Plaza Suiza, Edifi cio ASESUISA, Colonia San Benito, San

Salvador.

Esperamos contar con su presencia, pero si esto no fuera posible,

le solicitamos devolvernos fi rmado el formulario adjunto, designando

a su representante.

San Salvador, 23 de mayo de dos mil dieciséis.

JOAQUÍN PALOMO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009862-1

La Junta Directiva de ASEGURADORA SUIZA SALVADOREÑA, S.A.,

convoca a los señores accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA

Y EXTRAORDINARIA a celebrarse en primera convocatoria el día

23 de junio de 2016, a partir de las 9:00 a.m. horas en las ofi cinas de

la Sociedad ubicadas en el Edifi cio de ASESUISA, Alameda Enrique

Araujo y Calle La Reforma, Colonia San Benito, de esta ciudad, para

conocer y resolver lo siguiente:

ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

1. Lectura de acta anterior

2. Nombramiento de Directores de Junta Directiva

3. Varios.

ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

4. Modifi cación al Pacto Social

5. Nombramiento de Ejecutores Especiales

6. Varios

De no existir el quórum necesario en la primera fecha de la convo-

catoria, conforme se detalla a continuación, por este medio se convoca

en segunda convocatoria, para las 09:00 a.m. horas del día 24 de junio

de dos mil dieciséis, en el mismo lugar, para celebrar la Junta y conocer

los puntos de agenda antes señalados.

Para conocer los puntos de carácter ordinario en la primera fecha

de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo menos

más de la mitad de las acciones en que se divide el capital social y en

segunda convocatoria, la junta se considerará válidamente constituida

cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se

tomará resolución con más de la mitad de los votos concurrentes, tanto

en primera como en segunda convocatoria.

Para conocer los puntos de carácter extraordinario en la primera

fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas por lo

menos las tres cuartas partes de las acciones en que se divide el capital

social y en segunda convocatoria, la junta se considerará válidamente

constituida cualquiera que sea el número de acciones presentes o re-

presentadas y se tomará resolución con más de la mitad de los votos

concurrentes, tanto en primera como en segunda convocatoria.

La información relacionada con los puntos considerados en la

agenda, estará a su disposición, a partir de esta fecha, en el área de

Presidencia de ASESUISA, ubicada en la siguiente dirección:

Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo y Calle La Reforma, Con-

dominio Plaza Suiza, Edifi cio ASESUISA, Colonia San Benito, San

Salvador.

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Esperamos contar con su presencia, pero si esto no fuera posible,

le solicitamos devolvernos fi rmado el formulario adjunto, designando

a su representante.

San Salvador, 23 de mayo de dos mil dieciséis.

JOAQUÍN PALOMO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009863-1

SUBASTA PUBLICA

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY:

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, iniciado

en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Salvador y continuado en

este Juzgado por el Abogado RAMON JOSE ANDRES MENDEZ

QUINTEROS, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VI-

VIENDA, contra el demandado señor REYES ARMANDO CASTRO

SERRANO, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás

accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el

inmueble que se describe a continuación: """" Un terreno urbano y

construcciones que contiene marcado con el número TRESCIENTOS

DOS, BLOCK "E" de la Urbanización denominada VALLE DEL SOL,

situada en Cantón San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa,

de este departamento, de una extensión superfi cial de cincuenta metros

cuadrados, con área de construcción de veintiséis metros cuadrados.

Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Santa Catarina y

el pasaje número quince de la urbanización Valle del Sol y midiendo

una distancia de veintiséis punto cincuenta metros sobre el eje del

pasaje, con rumbo norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cin-

cuenta y cinco segundos este, se llega a un punto en el cual se hace una

defl exión negativa de noventa grados y midiendo una distancia de dos

punto cincuenta metros se llega al esquinero SUR ESTE del lote que se

describe el cual mide y linda: AL SUR, recta de cinco punto cero cero

metros, rumbo sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta

y cinco segundos Oeste, linda con el lote número doscientos cincuenta

y uno de este mismo Block, pasaje número quince de cinco punto cero

cero metros de ancho de por medio; AL PONIENTE, recta de diez

punto cero cero metros, rumbo norte nueve grados cero dos minutos

cero cinco segundos Oeste, linda con el lote número trescientos tres de

este mismo Block; AL NORTE, recta de cinco punto cero cero metros,

con rumbo norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y

cinco segundos Este, linda con el lote número trescientos treinta y nue-

ve de este mismo Block; AL ORIENTE, recta de diez punto cero cero

metros, rumbo Sur nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos

este, linda con el lote número trescientos uno de este mismo Block. Los

lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad

de CERAMICA INDUSTRIAL CENTROAMERICANA, S.A. DE C.

V. """". El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre del

demandado señor REYES ARMANDO CASTRO SERRANO, bajo la

Matrícula número 60206718-00000, del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San

Salvador.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las quince

horas treinta minutos del día cuatro de enero del año dos mil dieciséis.

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LI-

CDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZÁLEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029632-1

MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley que en el

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, Promovido por el Licenciado

GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ Apoderado General Judicial

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el demandado

señor JOSE DAVID TORRES TURCIOS, reclamándole cantidad de

dólares y accesorios de Ley, se venderán en pública subasta en fecha

que oportunamente se determinará en este Juzgado, el bien inmueble

embargado siguiente : Un lote Urbano y construcciones que contiene,

marcado en el plano respectivo con el número TREINTA Y OCHO , DEL

BLOCK VEINTE, de una extensión superfi cial de SESENTA Y OCHO

PUNTO NOVENTA METROS CUADRADOS. Dicho lote forma parte

de la URBANIZACIÓN NUEVO LOURDES, situado en jurisdicción de

Colón, Departamento de La Libertad, cuyas medidas perimetrales son:

AL NORTE: cinco punto treinta metros, AL ORIENTE: trece metros,

AL SUR: cinco punto treinta metros, AL PONIENTE: trece metros.- El

inmueble antes descrito se encuentra inscrito al cien por ciento que le

corresponde el derecho de la propiedad, a favor del demandado señor

JOSE DAVID TORRES TURCIOS, bajo la Matrícula número M CERO

UNO DOS OCHO DOS NUEVE CINCO CERO, ASIENTO CERO

CERO CERO CINCO, HOY TRASLADADA AL FOLIO REAL AU-

TOMATIZADO bajo el número de matrícula TRES CERO DOS TRES

OCHO TRES CERO CUATRO guión CERO CERO CERO CERO CERO

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, Santa Tecla, Departamento de La Libertad.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT.

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil; San Salvador, a

las nueve horas del día doce de agosto de dos mil quince.- MASTER.

MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO

DE LO MERCANTIL.- Por: LIC. JUAN CARLOS NAJARRO PEREZ,

SECRETARIO.INTO.

3 v. alt. No. F029633-1

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY;

HACE SABER: QUE EN EL JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-

movido inicialmente en el Juzgado Cuarto de lo Civil de San Salvador y

continuado en este Juzgado, por el Abogado OVIDIO CLAROS AMAYA

como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA VIVIENDA contra

el demando señor EFRAIN DIAZ CHAVEZ conocido por EFRAIN

CHAVEZ DIAZ, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás

accesorios de Ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal el

inmueble que se describe a continuación"""" un lote de terreno urbano

y construcciones de sistema mixto que contiene marcado en el plano

respectivo con el NUMERO TREINTA Y NUEVE, POLIGONO NU-

MERO CINCO, PASAJE "A", DE LA URBANIZACION CUMBRES

DE SAN BARTOLO, situado en jurisdicción de Tonacatepeque, de este

Departamento, el cual de describe así: AL NORTE, diez punto cero cero

metros; AL ORIENTE, cinco punto cero cero metros; AL SUR, diez

punto cero cero metros; y AL PONIENTE, cinco punto cero cero me-

tros. """"" el área del lote descrito es de CINCUENTA PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS y se encuentra inscrito a nombre del

demandado señor EFRAIN DIAZ CHAVEZ conocido por EFRAIN

CHAVEZ DIAZ, bajo la matrícula número, SEIS CERO DOS SIETE

UNO CUATRO UNO CERO - CERO CERO CERO CERO CERO del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo éstas legales.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

nueve horas y treinta y cinco minutos del diecisiete de junio del año

dos mil quince.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL.- LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZÁLEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029634-1

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

DE SAN SALVADOR; AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

inicialmente en el Juzgado Segundo de lo Civil y continuado en este

Juzgado, por la Abogada SUSANA MARIBEL PIMENTEL CASTRO,

y posteriormente por la Abogada SILVIA RAQUEL CHAVARRIA

SANTOS, ambas como Apoderadas del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA en contra de la demandada señora ORQUIDEA EUGENIA

ZALDAÑA SALINAS, reclamándole cumplimiento de obligaciones y

demás accesorios, se venderá en pública subasta, en este Tribunal el

inmueble que se describe a continuación: """"""un LOTE DE TERRENO

URBANO y construcciones que contiene MARCADO CON EL NUME-

RO SIETE PASAJE OCHENTA, POLIGONO "OCHENTA Y OCHO-

A", DE URBANIZACION CIUDAD FUTURA, CUSCATANCINGO,

SAN SALVADOR DE las medidas perimetrales siguientes: NORTE:

CINCO PUNTO CERO CERO METROS: ESTE: doce punto cero cero

metros; SUR: CINCO PUNTO CERO CERO METROS Y OESTE:

DOCE PUNTO CERO CERO METROS. El lote descrito tiene un área

de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS"""''''.

El inmueble así descrito está inscrito a favor de la demandada señora

ORQUIDEA EUGENIA ZALDAÑA SALINAS, bajo la Matrícula

Número 60212748-00000, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección del Centro.

Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

quince horas del día uno de marzo del año dos mil dieciséis.- MARIO

AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA.

IVONNE LIZZETTE FLORES GONZÁLEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029635-1

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY;

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

inicialmente en el Juzgado Segundo de lo Civil y continuado en este

Juzgado por elAbogado OVIDIO CLAROS AMAYA, como Apoderado

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JOSE

CESAR ESCOBAR MARAVILLA, reclamándole el cumplimiento de

obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública subasta en

esteTribunal el inmueble que se describe a continuación""""" un terreno

urbano y construcciones que contiene marcado con el número CINCO

del Block "C", Pasaje Dos, de RESIDENCIAL AMATEPEC, situado

en la parte Sureste y en el margen oriente del río Acelhuate, al fi nal de

la calle El Progreso, de la Colonia General Francisco Morazán, Barrio

San Jacinto, de esta ciudad y Departamento, de una extensión superfi cial

de OCHENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales

son; AL NORTE, dieciséis metros; AL ORIENTE, cinco metros;

AL SUR, dieciséis metros; y AL PONIENTE, cinco metros """"El

inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre del demandado

señor JOSE CESAR ESCOBAR MARAVILLA a la Matrícula número

SEIS CERO UNO NUEVE SIETE DOS CERO SIETE- CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

quince horas con treinta minutos del día dos de septiembre del año dos

mil quince.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- LIC. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. F029636-1

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, promovido por el Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTS, en carácter de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el demandado señor MARIO ERNESTO PALACIOS MORALES, se ORDENA LA VENTA EN PUBLICA SUBASTA, de un bien inmueble que se le ha embargado el cual perte-nece en cien por ciento, venta que en fecha oportuna se señalará en este Tribunal, el cual se describe a continuación: un Lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el número VEINTIUNO, BLOCK CIENTO VEINTIDOS DE LA URBANIZACION NUEVO LO-URDES, situado en jurisdicción de Colón, departamento de La Libertad, de una extensión superfi cial de SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a NOVENTA Y OCHO PUN-TO CINCUENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, de las medidas perimetrales siguientes: AL NORTE Y AL SUR: trece punto cero cero metros; AL ORIENTE Y AL PONIENTE: cinco punto treinta metros; y según razón de inscripción el inmueble tiene la siguiente dirección: Lote número veintiuno, del Polígono ciento veintidós, Urbanización Nuevo Lourdes, Porción III, el inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del demandado MARIO ERNESTO PALACIOS MORALES, a la Matrícula Número TRES CERO CERO CUATRO DOS SIETE OCHO UNO - CERO CERO CERO CERO CERO, (30042781-00000), Asiento CUATRO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO: EN EL JUZGADO DE LO CIVIL-A: Soyapango, a las catorce horas cincuenta minutos del día diez de marzo de dos mil dieciséis.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL SOYAPANGO.- LICDA. AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F029637-1

LICENCIADO RENE CRUZ ARANIVA, JUEZ DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: AL PUBLICO, para los efectos de ley, que por resolución proveída por este Tribunal a las catorce horas con doce minutos del día dieciocho de Marzo de dos mil catorce, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Licenciado Oscar Armando Zaldaña Lazo, en su carácter de Apoderado General Judicial de la señora Imelda Arely Clemente de Berna, conocida por Imelda Arely Clemente Cruz, contra la señora: Maira López Arévalo, conocida por Maira López de Henríquez, reclamando capital adeudado e intereses, se ordenó la VENTA EN PUBLICA SUBASTA de bien embargado, en fecha que oportuna-mente se señalará, siendo el inmueble a subastarse el que se describe a continuación: Inmueble de naturaleza rústica, situado en Jurisdicción de Ciudad Arce, antes Jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, de una extensión superfi cial de CUARENTA PUNTO

CUARENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a CINCUENTA Y SIETE PUNTO OCHENTA VARAS CUADRADA, de las medidas y linderos específi cos siguientes: AL NORTE: mide cinco metros y linda con terreno de la señora Marta Etelvina Cruz de Clemente, AL ORIENTE: mide ocho metros y linda con resto del inmueble general de la vendedora Imelda Areli Clemente Cruz, hoy Imelda Arely Clemente de Berna; AL SUR: mide cinco metro diez centímetros y linda con solar número cuarenta de la señora Mata Mendoza; AL PONIENTE: mide ocho metros y linda con resto del inmueble general de la señora Imelda Areli Clemente Cruz, hoy Imelda Arely Clemente de Berna. En la porción descrita hay una construcción de sistema mixto de una extensión superfi cial de VEINTISEIS PUNTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS, la porción del inmueble antes descrita por todo el rumbo Norte goza de servidumbre de tránsito activa de diez metros de largo hasta salir a la calle de siete metro ancho mencionada en el rumbo Oriente del inmueble general, y tiene servidumbre pasiva por el mismo rumbo, siendo el ancho de la misma de un metro veinte centímetros. Dicho inmueble está inscrito a favor de la Señora MAIRA LOPEZ AREVALO, bajo la matrícula número TRES CERO CERO NUEVE NUEVE SIETE DOS NUEVE-CERO CEROCEROCEROCE-RO, ASIENTO TRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro.

LIBRADO: En el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las catorce horas con treinta minutos del día dieciocho de marzo de dos mil catorce.- LIC. RENE CRUZ ARANIVA, JUEZ DE LO LABORAL.- LICDA. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMIGUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029651-1

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida inicialmente en el Juzgado Tercero de lo Civil del municipio de San Salvador y continuada en este Tribunal por el Abogado EDGAR ADOLFO ESCOBAR CHACON, como Apoderado de la señora NORMA STELLA LEON SALEH DE ARGUETA, conocida por NORMA STELLA LEON DE ARGUETA y actualmente por los Abogados VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA y REYNALDO ANIBAL AGUILAR como Apoderados del señor JAIME JACOBO MIGUEL BAHAIA, conocido por JAIME J. MIGUEL, como Cesionario de los Derechos Reales de Hipoteca y Derechos Litigiosos de la señora NORMA STELLA LEON SALEH DE ARGUETA, conocida por NORMA STELLA LEON DE ARGUETA, contra la Sociedad PICK AND SAVE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, reclamándole cumplimiento de obligaciones y accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado que se describe así: ""LOCAL NUMERO NUEVE del primer nivel o primera planta, que linda: al RUMBO NORTE: en trece punto treinta y siete metros con acera común al Condominio; al RUMBO ORIENTE, en seis tramos rectos que miden sucesivamente ocho punto sesenta metros y cero punto cero nueve metros con local o apartamiento número ocho, tres punto cincuenta, cinco punto veinte metros, nueve punto ochenta y cinco metros y siete punto quince metros, con área de circulación peatonal, el lindero con el local o apartamiento

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

número ocho es el eje de la pared, al RUMBO SUR: lindero formado por tres tramos rectos de Veinte punto doce metros con edifi caciones de Cuarta etapa de Metrocentro cinco punto veinte metros y tres punto treinta y cinco Metros con el local de subestación y medición eléctrica; al RUMBO PONIENTE: en dos tramos rectos de catorce punto setenta y seis metros y tres punto ochenta y cuatro metros con local administrativo de Metrocentro, por la parte baja o piso con el subsuelo del condominio, obra gruesa de por medio y por la parte alta o cielo raso con local o apartamiento número nueve segundo nivel y con local o apartamiento número diez segundo nivel, obra gruesa de por medio. El inmueble así descrito tiene un área de CUATROCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS DOCE DECIMETROS CUADRADOS y una capaci-dad de UN MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CÚBICOS. "Inscrito a favor de la Sociedad PICK AND SAVE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a la Matrícula número 60046926-A0007 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro del departamento San Salvador.

Lo que avisa al público para los efectos legales.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas con cuarenta minutos del día siete de abril del año dos mil dieciséis.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. F029663-1

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

LA CAJA DE CRÉDITO DE SONSONATE, SOC. COOP. DE R.L. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Cl. Obispo Marroquín y 10a Av. Sur, No. 5-10, Bo. El Ángel, en Ofi cina Central, Sonsonate, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO A PLAZO FIJO No. 05638 SERIE CCS, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por $1,540.00.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

Sonsonate, 14 de mayo de 2016.

JOSE ISMAEL GARCIA PEREZ,

GERENTE GENERAL.

3 v. alt. No. C009869-1

BANCO PROCREDIT, S.A.

AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Sensuntepeque

parte interesada manifestando que ha extraviado el certifi cado de Depósito

a Plazo Fijo No. 42981 de la cuenta No. 2602-01-000597-4 extendido

por nuestra institución el 13 de diciembre de 2010 a nombre de Juventino

Barrera Segovia por un monto de Mil Cuatrocientos Quince 00/100

dólares, (US $1,415.00) a 180 días plazo, a una tasa de interés del 2%.

Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición

del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del código

de comercio vigente.

En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-

cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto

a éste, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 24 de mayo del 2016.

YESSENIA HERNANDEZ,

JEFE BACK- OFFICE CENTRALIZADO.

3 v. alt. No. C009876-1

AVISO

El BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario

del certifi cado de depósito a plazo No. 010601097170 (10000149/667),

emitido en Suc. Ahuachapán, el 17 de marzo de 2015, por valor original

$63,550.00; a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 4.000% de interés,

solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extravia-

do.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veinte días de mayo de dos mil dieciséis.

ING. JULLYANA ESPERANZA VASQUEZ DE ORELLANA,

SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F029583-1

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Page 74: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

AVISO

El BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósito a plazo No. 000160499798(49979) emitido en Suc. Centro de Créditos, el 05 de Marzo de 1990, por valor original ¢15,000.00 ($1,714.29), a un plazo de 180 días, el cual devenga el 18.000% de interés, solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veinte días de mayo de dos mil dieciséis.

ING. JULLYANA ESPERANZA VASQUEZ DE ORELLANA,

SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F029584-1

AVISO

EL BANCO DE COOPERACION FINANCIERA DE LOS

TRABAJADORES SOCIEDAD COOPERATIVA DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

(BANCOFIT, S.C. DE R.L. DE C.V.)

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Alameda Roosevelt y 41 Avenida Norte No. 2174, Colonia Flor Blanca, San Salvador, se han presentado los propietarios de los certifi cados de acciones siguientes: certifi cado 26794 por $71.82, certifi cado 36533 por $111.72, certifi cado 37158 por $87.78, certifi cado 45754 por $103.74, certifi cado 64602 por $167.58, certifi cado 85121 por $50.16, certifi cado106944 por $199.50, certifi cado 108155 por $68.40, certifi cado 131181 por $1.14, certifi cado 131185 por $228.00, Solicitando la reposición de dichos certifi cados por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso, si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer los certifi cados en referencia.

Dado en San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

SONIA DEL CARMEN AGUIÑADA CARRANZA,

DIRECTORA PRESIDENTA.

3 v. alt. No. F029649-1

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES

La Infrascrita Secretaria en Funciones de la Junta General de Accionistas de la Sociedad "CERAMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "CERAMA, S.A. DE C. V.", del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio bajo el Número CUARENTA Y OCHO del Libro SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO del Registro de Sociedades.

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas que legalmente lleva la sociedad, se encuentra asentada el Acta Número QUINCE de Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las catorce horas del día veintidós de Marzo de dos mil dieciséis, y en la que consta que en su Punto Número Uno, relativo a la Disolución y Liquidación de la sociedad, DICE: "Se acuerda la Disolución y Liquidación de la sociedad, por acuerdo unánime de todos los accionistas que forman el Capital Social, de acuerdo al Artículo Ciento ochenta y siete, numeral Cuatro del Código de Comercio y la Cláusula XX) del Pacto Social. Como consecuencia de lo anterior, se nombró al Administrador Único Propietario, Licenciada MONICA ELIZABETH CERROS AMAYA, liquidadora de la sociedad, quien ha aceptado expresamente el cargo y deberá practicar la liquidación, dentro del plazo máximo estipulado por la Ley, a partir de la fecha en que se inscriba el Acuerdo de Disolución contenido en esta Acta en el Registro de Comercio. Declaratoria de Disolución: Por medio de la presenta Acta de la citada Junta General, se reconoce la causal de disolución acordada, declarando disuelta la Sociedad "CERAMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "CERAMA, S.A. DE C. V.", por la causal de acuerdo unánime de los accionistas; en consecuencia la sociedad queda en liquidación, continuando para los efectos de ésta, con la siguiente denominación: "CERAMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE EN LIQUIDACION" debiéndose hacer las publicaciones tal como la expresa el Artículo Sesenta y cuatro del Código de Comercio".

Y para ser presentada en el Registro de Comercio, se extiende la presente en la Ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de Mayo del dos mil dieciséis.

MIRIAN CERROS AMAYA,

SECRETARIA EN FUNCIONES DE LA JUNTA GENERAL

DE ACCIONISTAS.

1 v. No. F029521

TÍTULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta alcaldía se ha presentado la señora MARIA JULIA SORIANO ALVARENGA, de cuarenta y seis años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Santa Rita, departamento de

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Chalatenango, a través de su Apoderado Especial, Licenciado ALVA-

RO ROMEO PERAZA QUIJADA, quien por la facultad que le da el

artículo 2 de la Ley sobre Titulación de Predios Urbanos, ya que tal

como comprueba con la Escritura Pública de compra venta, es poseedora

de buena fe de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Barrio

Concepción, Pasaje sin Nombre, Número S/N, municipio de Dulce

Nombre de María, Departamento de Chalatenango, de una capacidad

superfi cial de CINCUENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y SIETE ME-

TROS CUADRADOS, cuya descripción es la siguiente: AL NORTE:

mide nueve punto ochenta y nueve metros en línea recta, colinda con

Pedrina Leveron Giron; AL ORIENTE: mide nueve punto cuarenta y

cinco metros, colinda con Graciela de Jesús Soriano de Colato; AL SUR:

mide seis punto setenta metros, colinda con Graciela de Jesús Soriano de

Colato; y AL PONIENTE: mide ocho punto veintitrés metros, colinda

con Ismael Antonio Flores, pasaje de por medio. En el inmueble antes

descrito, existe construida una casa de techo de lámina galvanizada,

sobre paredes de ladrillo block. El inmueble lo valora en TRES MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, no es do-

minante ni sirviente, ni tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan

a otra persona, ni se encuentra en proindivisión. POR CARECER DE

DOCUMENTO INSCRITO, vino ante mí digna autoridad a solicitarme

TITULO MUNICIPAL DE PROPIEDAD, de conformidad con la Ley

Sobre Titulación de Predios Urbanos, por lo que se hace saber al público

para los efectos legales correspondientes.

Alcaldía Municipal de Dulce Nombre de María, veintiocho de abril

del año dos mil dieciséis.- ELISANDRO LEON RIVERA, ALCALDE

MUNICIPAL.- ENRIQUE GEOVANI PEREZ LANDAVERDE, SE-

CRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F029598-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LICENCIADA MARÍA ELENA CONDE GARCÍA, JUEZ 1 DEL

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN

SALVADOR.

HACE SABER: Al demandado ANTONIO ALBERTO GUADRON

MAZARIEGO, mayor de edad, Ingeniero Electricista, del domicilio de

San Salvador, San Salvador, con Documento Único de Identidad número

01879366-7, y con Número de Identifi cación Tributaria 0210-070959-

002-1, que en esta sede judicial el Licenciado RENY FRANCISCO

CORNEJO ROSALES, quien puede ser localizado en Avenida Olímpica,

Condominio Villa Olímpica, Edifi cio "A", 2° nivel, local número 6-A,

de esta ciudad, en calidad de apoderado general y especial judicial del

BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse

BANCO PROCREDIT, S.A., con dirección en Boulevard Constitución y

1a Calle Poniente, número 3538, de esta ciudad; ha promovido demanda

en su contra en el Proceso Ejecutivo marcado bajo la referencia PE-

15-14, por lo que deberá comparecer a este Tribunal a más tardar en el

plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la última

de las publicaciones a que hace referencia el Art. 186 Inc. 3° CPCM, a

contestar la demanda promovida en su contra, so pena de nombrarle un

Curador Ad Lítem que lo represente y continuar con la tramitación de

dicho proceso.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las diez horas con cuarenta minutos del día diez de febrero

del año dos mil dieciséis.- LICDA. MARIA ELENA CONDE GARCIA,

JUEZ 1 DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SAN SALVADOR.- LICDA. MONICA ALEJANDRA RIVAS

ARGUETA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. C009864

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, Juez de lo Civil de

este Distrito Judicial.

HACE SABER: Que según resolución emitida por este Juzgado

a las diez horas del día dos de octubre de dos mil trece, se admitió la

demanda del PROCESO EJECUTIVO MERCANTIL, presentada por el

Licenciado Reny Francisco Cornejo Rosales, como Apoderado General

Judicial del Banco Procredit, Sociedad Anónima, que puede abreviarse

Banco Procredit, S. A., Representada Legalmente por el señor Benedikt

Gabriel Hoffmann, contra los señores Julio Cesar Mendoza Montoya y

María Cándida Márquez, quienes tuvieron su último domicilio conocido

en el primero en Cantón Huisquil, contiguo al Centro Escolar, Juris-

dicción de Conchagua, de este Departamento; y A LA SEGUNDA en:

Cantón Yologual, calle a Amapalita, Jurisdicción de Conchagua de este

Departamento, y actualmente de domicilio ignorado y en base al Art.

186 C. P. C. Y M; SE EMPLAZA POR MEDIO DE ESTE EDICTO a

los señores Julio Cesar Mendoza Montoya y María Cándida Márquez, a

quien se le previene para que dentro del plazo de DIEZ DIAS HABILES

SIGUIENTES, contados después de la última publicación de éste edicto

se presente a éste Juzgado a contestar la demanda presentada en su

contra y a ejercer sus derechos como tal, bajo prevención de designarle

un Curador Ad Lítem para que lo represente si no lo hiciere como antes

se establece.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil, La Unión, a los dieciséis días

del mes de febrero del dos mil dieciséis.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. MARITZA EVELIN

MARTINEZ VILLATORO, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. C009865

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,

HACE SABER: Que en este Tribunal, se promueve en contra las

señoras BERTA ALICIA LEMUS HERNANDEZ y JULIA ASUNCION

HERNANDEZ CALDERON, conocida por JULIA HERNANDEZ, ac-

tualmente de paradero ignorado, el PROCESO EJECUTIVO MERCAN-

TIL, con N° de Expediente PEM-71/2014; siendo la demandante CAJA

DE CREDITO DE CHALCHUAPA, SOCIEDAD COOPERATIVA

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,

del domicilio de Chalchuapa, por medio de la Apoderada de la parte de-

mandante, Licenciada LORENA ELIZABETH COSTTE GRANADOS,

del domicilio de San Salvador, con número de telefax 2268-6401.

Que por medio de este EDICTO SE NOTIFICA, LA SENTENCIA de

fs. 58 fte., a 62 fte., dictada por este Tribunal, a las catorce horas y veinte

minutos del día diez de octubre de dos mil catorce, a las demandadas,

señoras BERTA ALICIA LEMUS HERNANDEZ y JULIA ASUNCION

HERNANDEZ CALDERON, conocida por JULIA HERNANDEZ; la

cual en su fallo literalmente expresa "A NOMBRE DE LA REPUBLICA

DE EL SALVADOR, FALLO: ORDENASELES a las demandadas se-

ñoras BERTA ALICIA LEMUS HERNANDEZ y JULIA ASUNCION

HERNANDEZ CALDERON, conocida por JULIA HERNANDEZ,

pagar a la demandante CAJA DE CREDITO DE CHALCHUAPA,

SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

DE CAPITAL VARIABLE, la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS

NOVENTA Y SEIS DOLARES CON TRECE CENTAVOS DE DO-

LAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, más los intereses

convencionales, del VEINTE POR CIENTO anual sobre saldos, más el

interés moratorios del CINCO POR CIENTO anual, ambos intereses a

partir del día diecinueve de diciembre de dos mil trece y las costas pro-

cesales de esta instancia. SIGASE adelante la ejecución de acuerdo con

las normas que rigen la ejecución de sentencia.- HAGASE SABER.-"

PREVIENESELE a las ejecutadas señoras BERTA ALICIA LEMUS

HERNANDEZ y JULIA ASUNCION HERNANDEZ CALDERON,

conocida por JULIA HERNANDEZ, que comparezcan a este Tribunal

por medio de su procurador, nombramiento que habrá de recaer en un

abogado de la República, en el plazo de diez días hábiles, contados a

partir del día siguiente al de la última publicación del edicto, de no ha-

cerlo de conformidad con lo dispuesto en Inc. 4° del Art. 186 CPCM.,

el proceso continuará sin su presencia y se procederá a nombrarles un

curador ad lítem para que lo represente en el proceso y así se continuará

el proceso.

El presente edicto deberá publicarse en el tablero de este Tribunal,

asimismo por una sola vez en el Diario Ofi cial y por tres veces en un

periódico impreso de circulación diaria y nacional, con intervalos de

cinco días hábiles.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas

y veinticuatro minutos del día cuatro de enero de dos mil dieciséis.- Lic.

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DE

CHALCHUAPA.- Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. C009877

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE SAN-

TA TECLA SUPLENTE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: Que en este Juzgado la Licenciada LORENA

ELIZABETH COSTTE GRANADOS, mayor de edad, abogada, del

domicilio de San Salvador, quien ha señalado para realizarle notifi ca-

ciones el fax: 2268-6401; en calidad de apoderada judicial de la Caja de

Crédito de Candelaria de la Frontera, Sociedad Cooperativa de Respon-

sabilidad Limitada de Capital Variable, del domicilio de Candelaria de la

Frontera, representada por el señor Francisco Salvador Aguirre Linares,

quien ha señalado para realizarle notifi caciones: el telefax 2268-6401;

promueve proceso ejecutivo con referencia No. 599-E-12, contra los

señores Carmen María Campos, conocida por Carmen María Campos

Vargas y René Otmaro Oviedo Barahona, ignorándose el paradero o

residencia actual de dichos demandados, asimismo, se desconoce si

tienen procurador o representante legal que los represente en el proceso;

razón por la cual, de conformidad a lo establecido en el Art. 186 CPCM,

este juzgado EMPLAZA a los señores CARMEN MARÍA CAMPOS,

conocida por CARMEN MARÍA CAMPOS VARGAS y RENÉ OT-

MARO OVIEDO BARAHONA y se les hace saber que tienen el plazo

de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir de la tercera publicación

de este edicto en el periódico de circulación nacional, para contestar la

demanda incoada en su contra, por medio de procurador habilitado y si

no lo hicieren, se procederá a nombrarles un curador ad-lítem que los

represente en el proceso. Además se hace saber que anexos a la demanda

se han presentado: la fotocopia certifi cada por notario del testimonio de

la escritura de poder judicial, otorgado a favor de la Licenciada Lorena

Elizabeth Costte Granados, por medio de la cual legitimó su personería,

el documento autenticado de mutuo, otorgado en la ciudad de Santa Ana,

el día quince de octubre de dos mil once y el documento denominado

detalle de movimientos emitido por el gerente general y el contador

general de la referida caja; que la demanda fue admitida por resolución

de las ocho horas con quince minutos del día veintidós de octubre de

dos mil doce, misma en la que se decretó embargo en bienes propios de

los demandados y que por decreto de las doce horas con quince minutos

del día nueve de mayo de dos mil trece, se ordenó el emplazamiento de

los referidos demandados.

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas

con treinta minutos del día cuatro de enero de dos mil dieciséis.- Dra.

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.-

Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

1 v. No. C009878

LA LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO,

INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SOYA-

PANGO,

HACE SABER: Al señor GUILLERMO RAMIRO GALAN

CALLES, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria: 0614-250169-106-3

que ha sido demandado en Proceso Especial Ejecutivo clasifi cado bajo

el NUE. 02528-15-SOYCVPE-0CV2, promovido por el Licenciado

GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, como Apoderado del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, demanda que ha sido admitida

en este tribunal y se ha decretado el respectivo embargo solicitado. Se

le advierte al demandado GUILLERMO RAMIRO GALAN CALLES,

que tiene el plazo de diez días para presentarse a ejercer su derecho de

defensa y contestar la demanda incoada en su contra, so pena de continuar

el proceso sin su presencia y en consecuencia se nombrará un curador

ad lítem para que lo represente en el proceso, de conformidad a los Arts.

181, 182, 186 y 462 del Código Procesal Civil y Mercantil.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas

y treinta minutos del día siete de marzo de dos mil dieciséis.- Licda.

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F029611

LICENCIADA MARIA ELENA CONDE GARCIA, JUEZ "1" SEGUN-

DO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Al demandado JOSÉ ALFREDO AYALA

GONZALEZ, mayor de edad, mecánico industrial, con Documento Unico

de Identidad número 00329241-0 y Número de Identifi cación Tributaria

0821-060228-103-7, que la Licenciada SILVIA RAQUEL CHAVARRÍA

SANTOS, quien puede ser localizada en Colonia Centroamérica, Calle

San Salvador, Casa #425, de la ciudad y departamento de San Salvador,

como apoderada general y especial judicial del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, institución de crédito autónoma, del domicilio de San

Salvador y con ofi cinas ubicadas en Calle Rubén Darío, número 901,

entre 15 y 17 Avenida Sur, de esta ciudad, ha promovido demanda en

su contra en el proceso ejecutivo marcado bajo la referencia PE-187-13,

por lo cual dicho demandado deberá comparecer a más tardar en el plazo

de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última

de las publicaciones a que hace referencia el Art. 186 Inc. 3° CPCM., a

contestar la demanda promovida en su contra, so pena de nombrarle un

curador ad lítem para que lo represente en dicho proceso.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las ocho horas con cincuenta y cinco minutos del día seis

de abril del año dos mil dieciséis.- Licda. MARIA ELENA CONDE

GARCIA, JUEZ "1" SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN

SALVADOR.- Licda. MONICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. F029613

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LA INFRASCRITA JUEZ DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL (3) DE SAN SALVADOR, LICENCIADA JUDITH

GUADALUPE MAZA CALDERON,

HACE SABER: Que en este Tribunal de conformidad al Art.

186 C.P.C.M., se tramita Proceso Ejecutivo Mercantil, clasifi cado bajo

la referencia 01785-15-CVPE-1CM3 / E-69-15-7, promovido por el

Licenciado Reynaldo Alfonso Herrera Chavarría, actuando como Apo-

derado General Judicial con Cláusula Especial del Fondo Social para la

Vivienda, contra el señor Martin Neftalí Jacobo Pérez, fundamentando

su pretensión en un Testimonio de Mutuo Hipotecario, por la cantidad

de seis mil setecientos sesenta y un dólares de los Estados Unidos de

América, de conformidad a los Arts. 181 Inc. 3° y 186 C.P.C.M.

Lo que se hace saber al señor Martin Neftalí Jacobo Pérez, de este

domicilio, Departamento de San Salvador, mayor de Edad, Comercian-

te, con DUI: cero cero dos siete ocho uno nueve seis-uno y NIT: cero

trescientos seis-ciento cincuenta mil ciento sesenta y cuatro-ciento

uno-cuatro, que tiene un plazo de diez días hábiles contados a partir de

la presente publicación para contestar la demanda incoada en su contra,

de conformidad al Artículo 462 C.P.C.M., debiendo comparecer al

proceso mediante abogado, a quien deberá otorgar poder en legal forma,

Artículo 66 y 67 Código Procesal Civil y Mercantil; asimismo, se le

hace saber al señor Martín Neftalí Jacobo Pérez, que de no hacerlo el

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

proceso continuará sin su presencia, nombrando un Curador para que lo

represente, de ser necesario hasta el proceso de ejecución forzosa, todo

hasta su transe, pago o remate. Se previene a la parte demandada que

dentro del mismo plazo de DIEZ DIAS proporcione dirección para oír

notifi caciones dentro de la circunscripción territorial de esta sede judicial,

por lo que se le advierte que en caso de no evacuarla, se le notifi cará de

conformidad al Art. 171 CPCM.-

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: San Salvador, a las catorce horas quince minutos del

día veintinueve de febrero del año dos mil dieciséis.- Licda. JUDITH

GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL (3).- Licda. ELISA MARGARITA RODRIGUEZ

GAMEZ, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. F029614

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LA SUSCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SAN SALVADOR, LICENCIADA MARIA ANGELA MIRANDA

RIVAS,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las quince horas con cuarenta y siete minutos del día treinta de noviembre

del año dos mil doce, se admitió la demanda en el Proceso Ejecutivo de

referencia 12-PE-405-J2, promovido por el FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio,

con dirección en Calle Rubén Darío, entre Quince y Diecisiete Avenida

Sur, número novecientos uno, San Salvador, a través de su representante

procesal, Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, con dirección en:

Centro Profesional Roosevelt, Cuarenta y Cinco Avenida Norte y Pro-

longación Calle Arce, Local número Treinta y Uno, Tercera Planta, San

Salvador, en contra de BETTY LISSETTE RODRÍGUEZ ESCALANTE,

mayor de edad, comerciante, con Documento Único de Identidad Número

02808795-3, y con Número de Identifi cación Tributaria 0614-260778-

110-0; actualmente de domicilio ignorado; razón por la cual se procede

a EMPLAZAR por medio de este edicto a dicha demandada, para que

comparezca a este Juzgado a manifestarse en cuanto a su defensa,

contestando la demanda incoada en su contra dentro de los DIEZ DIAS

HABILES, contados a partir del siguiente día a la tercera publicación de

este edicto, para lo cual deberán nombrar abogado que le represente, de

conformidad a lo establecido en el Art. 67 CPCM., caso contrario, una

vez transcurrido el plazo antes señalado se le nombrará un Curador Ad

Lítem, de conformidad al artículo 186 CPCM. y el proceso continuará

sin su presencia.

Lo que se hace de conocimiento público para los efectos de ley

correspondientes.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las ocho horas con cuarenta minutos del día nueve de octubre

del año dos mil quince.- Licda. MARIA ANGELA MIRANDA RIVAS,

JUEZA "2" SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVA-

DOR.- Licda. VIOLETA EMPERATRIZ ASCENCIO DE MAYORGA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. F029616

LA INFRASCRITA JUEZ TRES DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, LICENCIADA ANA

MARIA CORDON ESCOBAR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que la señora PATRICIA DOLORES VENTURA

CASTRO, mayor de edad, empleada, del domicilio de Corinto, Depar-

tamento de Morazán, con Cédula de Identidad Personal número 12-03-

0009811 y con Número de Identifi cación Tributaria 1303-060367-101-0,

ha sido demandada en el Proceso Ejecutivo marcado bajo el número

de referencia 2541-E-14, promovido por el FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, con domicilio en CALLE RUBEN DARIO, ENTRE

QUINCE Y DIECISIETE AVENIDA SUR, NUMERO NOVECIEN-

TOS UNO, SAN SALVADOR, por medio de su representante procesal,

Licenciada ROSINA JEANNETTE FIGUEROA DE ALAS, quien puede

ser localizada en la siguiente dirección: APARTAMENTO TREINTA Y

TRES DEL CONDOMINIO CENTRO DE GOBIERNO, SITUADO EN

SEPTIMA AVENIDA NORTE Y TRECE CALLE PONIENTE, SAN

SALVADOR, quien reclama a favor de su poderdante, en virtud del

título ejecutivo que corre agregado al proceso, a la señora PATRICIA

DOLORES VENTURA CASTRO, cantidad de dinero y accesorios

legales.

Posteriormente, siendo que no pudo ser localizada no obstante se

realizaron las diligencias pertinentes para tal fi n, se ordenó en resolución

motivada el emplazamiento por edictos, para que la demandada señora

PATRICIA DOLORES VENTURA CASTRO, compareciera a estar

a derecho, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 186 del Código

Procesal Civil y Mercantil.

Se hace constar que la demanda fue presentada el día seis de mayo

de dos mil catorce y que el documento base de la acción es una Escritura

Pública de Mutuo Hipotecario, con el fi n de cumplir con el requisito

contenido en el ordinal 5° del Art. 182 CPCM.

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

En consecuencia, se previene a la demandada señora PATRICIA

DOLORES VENTURA CASTRO, que si tuviere apoderado, procurador

u otro representante legal o curador en el país, se presente a este tribunal

a comprobar dicha circunstancia dentro de los diez días siguientes a la

tercera publicación de este aviso, plazo legal establecido en el Art. 186

CPCM., advirtiendo a la parte demandada que de no hacerlo el proceso

continuará sin su presencia.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, Juez Tres: San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos

del día ocho de abril de dos mil dieciséis.- Lic. ANA MARIA CORDON

ESCOBAR, JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES.- Lic. SAMUEL ROBERTO

APARICIO PEÑATE, SECRETARIO.

1 v. No. F029617

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE SOYAPANGO-A, LICEN-

CIADO EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, AL DEMANDADO

SEÑOR BERNABE MEDRANO RIVAS, conocido por BERNABE

RIVAS MEDRANO,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido en

esta sede judicial, por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS

MENENDEZ, mayor de edad, abogado, del domicilio de Nuevo Cuscatlán,

departamento de La Libertad, actuando en calidad de Apoderado General

Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor

BERNABE MEDRANO RIVAS, conocido por BERNABE RIVAS

MEDRANO, de paradero desconocido.

En virtud de que el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS

MENENDEZ, en el carácter antes expresado, ignora el paradero del

demandado señor BERNABE MEDRANO RIVAS, conocido por

BERNABE RIVAS MEDRANO, así como se ignora si tiene apoderado,

curador o representante legal, para que lo represente en el proceso y ha-

biéndose realizado todas las averiguaciones pertinentes, de conformidad

al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, lo procedente es

que sea emplazado por medio de edictos, a fi n de que ejerza su derecho

de defensa en el referido proceso.

En consecuencia, emplácese al señor BERNABE MEDRANO

RIVAS, conocido por BERNABE RIVAS MEDRANO, a fi n de que

comparezca a este Tribunal en el plazo de diez días hábiles siguientes a

la tercera publicación de este edicto, a contestar la demanda.

Adviértase al demandado que al contestar la demanda deberá darle

cumplimiento a lo regulado el Art. 67 del CPCM, es decir, deberá hacerlo

a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en abogado de la

República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art.

69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos sufi cientes

recurra a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal,

de conformidad al Art. 75 CPCM.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango-A, a las nueve

horas cinco minutos del día nueve de octubre de dos mil quince.- Lic.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.

MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. F029618

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ-

GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en este juzgado el licenciado Jorge Adalberto

Salazar Grande, abogado, del domicilio de San Salvador, quien ha señalado

para realizarle notifi caciones a través del fax 2208-5230, promueve en

calidad de apoderado general judicial del Fondo Social para la Vivienda,

del domicilio de San Salvador, cuyas ofi cinas se encuentran ubicadas

en: Calle Rubén Darío, número novecientos uno, San Salvador, proceso

ejecutivo, con referencia 141-E-14, contra el señor Alfredo Vladimir

Hernández Gómez, mayor de edad, empleado, del domicilio de Colón,

ignorándose el paradero o residencia actual del expresado señor Alfredo

Vladimir Hernández Gómez, asimismo se desconoce si tiene procurador

o representante legal que lo represente en el proceso, razón por la cual,

de conformidad a lo establecido en el Art. 186 CPCM., este juzgado

emplaza al señor Alfredo Vladimir Hernández Gómez y se le hace saber

que tiene el plazo de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir de la

tercera publicación de este edicto, en el periódico de circulación diaria

y nacional, para que se presente a contestar la demanda incoada en su

contra, por medio de procurador habilitado y si no lo hiciere, se procederá

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

a nombrarle un curador ad-lítem que lo represente en el proceso. Además

se hace saber que anexos a la demanda se han presentado: la fotocopia

certifi cada por notario del poder otorgado por la institución acreedora, a

favor del expresado abogado Salazar Grande, la certifi cación del crédito

a cargo del señor Alfredo Vladimir Hernández Gómez, extendida por

el Gerente General del Fondo Social para la Vivienda, el testimonio

de la escritura de mutuo, del que consta que el señor Alfredo Vladimir

Hernández Gómez, recibió a título de mutuo de parte del Banco Agrícola,

Sociedad Anónima, la suma de NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA

Y SIETE DOLARES CON CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y el documento de cesión del referido

crédito a favor del Fondo Social para la Vivienda, que la demanda fue

admitida por resolución de las ocho horas del día veintiocho de mayo de

dos mil catorce, misma en la que se decretó embargo en bienes propios

del demandado y que por decreto de las diez horas del día veinticinco

de junio de dos mil catorce, se ordenó el emplazamiento.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas

y quince minutos del día dieciséis de febrero de dos mil dieciséis.- Dra.

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL.-

Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

1 v. No. F029620

LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo

Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil, marcado

con el No. de Referencia 173-PEM-2015, promovido en este tribunal

por el Licenciado DENNYS HORACIO CRUZ AGUILAR, de treinta

y seis años de edad, Abogado, del domicilio de la Ciudad Mejicanos,

Departamento de San Salvador, con carnet de Abogado Número uno

seis dos nueve cero y con Número de Identifi cación Tributaria cero

doscientos diez - ciento treinta y un mil ciento setenta y nueve - ciento

cuatro - dos; actuando en calidad de Apoderado General Judicial con

Cláusulas Especiales del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

que se abrevia EL FONDO, del domicilio de la Ciudad de San Salva-

dor, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce

- cero setenta mil quinientos setenta y cinco - cero cero dos - seis, en

contra del señor TEODORO DE JESUS RIVERA, quien al momento

de contraer la obligación era de treinta y tres años de edad, motorista,

con último domicilio en la Ciudad de Olocuilta, Departamento de La

Paz, con Documento Único de Identidad Número cero dos cero cuatro

cero tres tres uno - siete y Número de Identifi cación Tributaria uno

cero uno uno - uno cinco cero uno seis ocho - uno cero uno - cero, por

este medio se NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA, al demandado señor

TEODORO DE JESUS RIVERA, en virtud de no haber sido encontrado

en el lugar señalado por la parte actora; no obstante haberse realizado

las diligencias pertinentes para dar con su paradero, por ignorarlo la

parte actora, se procede a darle cumplimiento a lo que ordena el Art.

186 CPCM, en el presente proceso que se le reclama una obligación de

pago por la cantidad de NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y

SEIS DOLARES CON CUARENTA SEIS CENTAVOS DE DOLAR

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, con base a un Mutuo con

Garantía Hipotecaria, suscrito por el demandado señor TEODORO DE

JESUS RIVERA, como deudor, a favor del BANCO SALVADOREÑO

SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO SALVADO-

REÑO S. A., como acreedor, el cual fue cedido y traspasado a favor del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en la Ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, el día veintiuno de mayo del año dos mil

uno.- Así mismo, conforme lo establece el Art. 182 No. 4, del CPCM.-

SE LE HACE SABER QUE: 1) Art. 462 CPCM.-""La notifi cación del

decreto de embargo equivale al emplazamiento para que la deudora

comparezca a estar a derecho y pueda contestar la demanda en el plazo

de diez días. Al hacerlo podrá formular su oposición por los motivos

señalados en el título primero del Libro Tercero de dicho Código. ""Por

lo que tiene DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del siguiente del

presente acto de comunicación procesal para contestar.- 2) Que deberá

comparecer con Apoderado General Judicial o Procurador de la Repú-

blica, conforme al Art. 68 CPCM.- 3) Que en caso de no comparecer,

en el plazo y formas previstas por la ley, el proceso incoado continuará

sin su presencia, que se le nombrará un Curador Ad-Lítem, para que

la represente aun en la fase de ejecución forzosa, si fuere necesario y

se dictará sentencia sin más trámite, de conformidad a lo previsto en el

Art. 465 Código Procesal Civil y Mercantil.- 4) Se previene a la parte

demandada que dentro del mismo plazo de DIEZ DIAS, proporcione

dirección para oír notifi caciones dentro de la circunscripción territorial de

esta sede judicial, por lo que se le advierte que en caso de no evacuarla,

se le notifi cará de conformidad al Art. 171 CPCM.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las once horas con quince minutos del día

veintidós de abril del año dos mil dieciséis.- Licda. AMADA LIBER-

TAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- Licda. IRMA

ARACELY FLORES DE CERON, SECRETARIO.

1 v. No. F029621

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLEN-

TE DE APOPA.

HACE SABER: Al señor ROBERTO ENRIQUE ROMERO

MONTANO, actualmente de treinta y ocho años de edad, Joyero, del

domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador, quien se identifi có

con su Documento Único de Identidad Número: Cero cero ochocientos

ochenta y nueve mil trescientos noventa y uno-cero, y con Número de

Identifi cación Tributaria: cero seiscientos catorce-doscientos setenta mil

cuatrocientos setenta y seis-ciento ocho-tres; que ha sido demandado en

el Proceso Ejecutivo, registrado con Referencia: 08-PE-15/3, en esta Sede

Judicial, por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de

Crédito, Autónoma, de Derecho Público, con Número de Identifi cación

Tributaria: Cero seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta y

cinco-cero cero dos-seis, cuyas ofi cinas principales están ubicadas en Calle

Rubén Darío, Número 901, entre 15 y 17 Avenida Sur, de la ciudad de San

Salvador; representado procesalmente por medio del Licenciado JORGE

ADALBERTO SALAZAR GRANDE, con Número de Identifi cación

Tributaria: Cero seiscientos catorce-ciento un mil sesenta y ocho-cero

cero seis-nueve, quien puede ser localizado mediante el telefax número:

2208-5230; reclamándole la cantidad de OCHO MIL CUATROCIENTOS

CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON

TREINTA Y OCHO CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de capital,

más el Interés Convencional del SEIS POR CIENTO ANUAL SOBRE

SALDOS INSOLUTOS, contado a partir del día dieciséis de mayo del

año dos mil nueve, en adelante; Primas de Seguro de Vida Decreciente y

de Daños, por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON NOVENTA Y

NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR, comprendidas desde el día uno de

junio del año dos mil nueve, hasta el día treinta y uno de diciembre del

año dos mil catorce; todo hasta su completo pago, transacción o remate

y Costas Procesales; con fundamento en una Escritura Pública de Mutuo

Hipotecario; y por no haber sido posible determinar el paradero del señor

ROBERTO ENRIQUE ROMERO MONTANO, SE LE EMPLAZA

POR ESTE MEDIO, PREVINIENDOSELE al mismo para que, dentro

del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente de la

última publicación de este edicto en un Periódico de Circulación Diaria

y Nacional o la del Diario Ofi cial en su caso, se presente a este Tribunal,

ubicado en: Colonia Guadalupe, Avenida Olimpia, Número Nueve, de

la ciudad de Apopa; a contestar la demanda y a ejercer sus derechos,

si no lo hiciere el Proceso continuará, sin su presencia y se procederá

a nombrarle un Curador Ad Lítem, para que lo represente, de confor-

midad al Artículo 186 del C.P.C.M.- Se advierte al demandado que de

conformidad al Artículo 67 del C.P.C.M., todas las actuaciones deberán

realizarse por medio de Procurador y en caso de carecer de recursos

económicos sufi cientes podrá solicitar la asistencia de la Procuraduría

General de la República, tal como lo estipula el Artículo 75 del mismo

Cuerpo Legal.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, once horas y treinta

minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil dieciséis.- LICDA.

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE

DE APOPA.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-

RIO.

1 v. No. F029623

Licenciada ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, Juez

Suplente del Juzgado Segundo de Primera Instancia, del Distrito Judi-

cial de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, este Distrito

Judicial, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que en este Tribual se tramita PROCESO CIVIL

EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por la Licenciada MARIA DEL

CARMEN MENENDEZ, como Apoderada General Judicial del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra de la señora ELMI ESPE-

RANZA DIAZ AMAYA DE ARGUETA.- Con la fi nalidad de buscar la

continuidad de la tramitación del proceso, al no haberse localizado a la

demandada para su emplazamiento, a pesar de los esfuerzos combinados

del demandante y del tribunal; y con el objeto de garantizar el Derecho

de Defensa a la demandada a quien se le desconoce su domicilio, tras

el agotamiento de las diligencias para su localización, por medio del

presente se le cita a la demandada ELMI ESPERANZA DIAZ AMAYA

DE ARGUETA, quien es mayor de edad, de ofi cios domésticos, del

domicilio en Cantón El Limón, Colonia La Campanera, del Municipio de

Soyapango, del Departamento de San Salvador, con Documento Único

de Identidad número CERO UNO CINCO DOS CUATRO CERO SIETE

SEIS GUION DOS, para que se presente a este Tribunal, dentro de los

próximos diez días, contados desde el siguiente a la Tercera Publicación

de este Edicto, a ejercer su defensa. Si no comparece en el plazo señalado,

se procederá a nombrarles un Curador Ad Lítem para que lo represente

en el Proceso.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las quince horas del día veintiocho de abril de dos mil dieci-

séis.- LICDA. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ,

JUEZ SUPLENTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,

SECRETARIA.

1 v. No. F029625

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE

SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO

JUDICIAL DE TONACATEPEQUE, al señor ROBERTO ANTONIO

GONZALEZ.

HACE SABER: Que se ha ordenado su emplazamiento por me-

dio de este edicto en el proceso ejecutivo mercantil, promovido por el

Licenciado DENNYS HORACIO CRUZ AGUILAR, actuando como

mandatario del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, según re-

solución emitida por este Juzgado, a las doce horas del día diecinueve

de abril de dos mil dieciséis, para notifi carle el decreto de embargo y

demanda que lo motiva al demandado señor ROBERTO ANTONIO

GONZALEZ, para que le sirva de legal emplazamiento, y comparezca

a este Juzgado a estar a derecho y a contestar la demanda en el plazo de

diez días, contados a partir del día siguiente de la notifi cación de éste

proveído por medio de edicto, por manifestar el mismo mandatario que

de su demandado se desconoce el domicilio o paradero actual y que se

han realizado las diligencias pertinentes para su localización sin haber

obtenido resultado, Art. 186 CPCM, por constar en autos que se le ignora

su actual domicilio, se le ignora si tiene apoderado o representante legal

lo que hace imposible efectuar su emplazamiento. Emplazamiento que se

verifi ca por medio del presente edicto a efecto que el señor ROBERTO

ANTONIO GONZALEZ, comparezca en un plazo de diez días a este

Juzgado a estar a derecho, una vez se efectúen las respectivas publicacio-

nes en el tablero judicial, por una sola vez en el Diario Ofi cial y por tres

en un periódico circulación nacional, caso contrario se le nombrará un

curador ad lítem para que lo represente en el mencionado proceso, todo

en base al Art.186 CPCM. Razón por la cual el Juzgado ha admitido la

demanda incoada en su contra, por reunir los presupuestos procesales de

los Arts. 459 y siguientes CPCM, y se ha ordenado notifi car el decreto de

embargo y demanda que lo motiva al referido demandado. Se le previene

al demandado si tuviere procurador o representante legal acreditado en

el país, se presente a este Juzgado una vez transcurra el término de las

referidas publicaciones y compruebe dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Tonacatepeque, a los diecinueve días del mes de abril del año de dos

mil dieciséis.- LICDA. MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES

DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA

LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIA.

1 v. No. F029626

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE

DE APOPA.

HACE SABER: A la señora CARMEN DE JESUS FLORES

BAÑOS, actualmente de treinta y dos años de edad, Operaria, del

domicilio de Apopa, con Documento Único de Identidad Número: cero

dos tres siete tres tres siete siete-nueve; y con Número de Identifi cación

Tributaria: cero doscientos dos-cero veinte mil ciento ochenta y dos-

ciento uno-nueve; que ha sido demandada en el Proceso Ejecutivo,

registrado con Referencia 37-PE-2015 (2), en esta Sede Judicial, por el

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identifi cación

Tributaria: cero seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta

y cinco-cero cero dos-seis; representado procesalmente por medio de la

Licenciada DEBORAH JEANNET CHAVEZ CRESPIN, con Número

de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos ocho-ciento ochenta mil

novecientos setenta y uno- uno cero uno-cinco, quien puede ser localizada

en Avenida José Martí, casa número diecisiete, Colonia Escalón, Frente

a la Secretaría de Inclusión Social, de San Salvador, o al Telefax: dos

dos uno ocho seis cinco uno dos; reclamándole la cantidad de CINCO

MIL UN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto

de capital, más intereses del SIETE PUNTO NOVENTA Y SIETE POR

CIENTO ANUAL SOBRE SALDOS, desde el día treinta de septiembre

del año dos mil ocho, en adelante; y la cantidad de DOSCIENTOS

CINCUENTA Y SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA CON SESENTA Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR, en

concepto de Primas de Seguro de Vida y de Daños, comprendidos desde

el día uno de octubre del año dos mil ocho, hasta el día treinta y uno de

marzo del año dos mil quince, más costas procesales; con fundamento en

una Escritura Pública de Mutuo Hipotecario; y por no haber sido posible

determinar el paradero de la señora CARMEN DE JESUS FLORES BA-

ÑOS, SE EMPLAZA POR ESTE MEDIO, PREVINIENDOSELE para

que dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente

al de la última publicación de este edicto en un periódico de circulación

diaria y nacional o la del Diario Ofi cial, en su caso, se presente a este

Tribunal, ubicado en: Colonia Guadalupe, Avenida Olimpia, Número

Nueve, de la ciudad de Apopa; a contestar la demanda y a ejercer sus

derechos; si no lo hiciere el proceso continuará, sin su presencia y se

procederá a nombrarle un Curador Ad Lítem, para que la represente, de

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

conformidad al Artículo 186 CPCM.- Se advierte a la demandada que

de conformidad al Artículo 67 CPCM, todas las actuaciones deberán

realizarse por medio de Procurador y en caso de carecer de recursos

económicos sufi cientes podrá solicitar la asistencia de la Procuraduría

General de la República, tal como lo estipula el Artículo 75 del mismo

cuerpo Legal.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas

y treinta minutos del día quince de marzo del año dos mil dieciséis.-

LICDA. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE DE APOPA.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F029628

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por el presente Edicto se Emplaza al señor

JOSÉ ARÍSTIDES GUZMÁN VALLADARES, de conformidad al

JUICIO EJECUTIVO, de Referencia: E-51-15-2, promovido por la

Licenciada DEBORAH JEANNET CHÁVEZ CRESPÍN, de cuarenta y

cuatro años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador,

con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos ocho-ciento

ochenta mil novecientos setenta y uno-ciento uno-cinco; apoderada del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta y

cinco-cero cero dos-seis; siendo el señor JOSÉ ARÍSTIDES GUZMÁN

VALLADARES, actualmente de cuarenta y tres años de edad, Jornalero,

del domicilio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, con

Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-diecisiete

cero tres setenta y tres-ciento veinticinco-siete; quien según Escritura

Pública de MUTUO con garantía hipotecaria, otorgada el día veintiocho

de agosto del año dos mil seis, ante los Ofi cios Notariales de la Licenciada

Ana Jasmina López de Flores, recibió del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, en calidad de Mutuo la cantidad de NUEVE MIL QUI-

NIENTOS OCHENTA Y CUATRO DÓLARES CON CUARENTA

Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, obligándose a pagarlos dentro del plazo de TRESCIENTOS

MESES, contados a partir del día uno de septiembre del año dos mil

seis, de la siguiente manera: DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE,

cuotas mensuales, fi jas, vencidas y sucesivas de SETENTA Y SIETE

DÓLARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, cada una, pagaderas los

días treinta de cada uno de los meses comprendidos dentro del plazo

estipulado cuotas que comprenden capital intereses, seguro de deuda,

seguro de daños y el impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a

la Prestación de Servicios; y una última cuota por el saldo que resultare

pendiente más los intereses y seguros respectivos al fi nal del plazo del

referido crédito; la obligación relacionada quedó garantizada, con Primera

Hipoteca Abierta constituida por el deudor a favor del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, sobre un lote de terreno urbano y construcciones

que contiene, marcado con el número OCHO Polígono H, Urbanización

Residencial Villa Linda Primavera, Jurisdicción de Quezaltepeque,

Departamento de La Libertad, de una extensión superfi cial de CIENTO

VEINTISÉIS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, ins-

crita a la Matrícula TRES CERO UNO UNO TRES CUATRO CERO

CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, del departamento de

La Libertad, hipoteca que se encuentra en mora en el cumplimiento de

sus obligaciones a partir del treinta de marzo de dos mil nueve, con un

saldo deudor de capital de NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS

DÓLARES CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, que es la fecha en la cual

cayó en mora; además reconoció un interés nominal del siete punto se-

tenta y siete por ciento anual sobre saldos insolutos, el cual se encuentra

en mora, con su obligación de pago y el plazo a caducado y ésta se ha

vuelto exigible en su totalidad; a fi n de que se le condene a pagar al

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA la cantidad antes dicha; por

lo que la Licenciada DEBORAH JEANNET CHÁVEZ CRESPÍN, ha

solicitado que en Sentencia Defi nitiva sea condenado al demandado ya

mencionado a pagarle al FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA las

cantidades de dinero adeudadas, intereses hasta su cancelación total y

costas procesales. Se hace saber al señor JOSÉ ARÍSTIDES GUZMÁN

VALLADARES, que tiene un plazo de diez días hábiles contados a partir

de la presente notifi cación para contestar la demanda incoada en su contra,

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

debiendo comparecer al proceso mediante su Abogado a quien deberá

otorgar poder en legal forma, artículos 66, 67 Código Procesal Civil y

M. asimismo, se le hace saber que de no hacerlo el proceso continuará

sin su presencia a la tercera publicación de este aviso, nombrándole un

curador ad lítem para que la defi enda art. 186 CPCM.

Lo que se le hace saber para los efectos de Ley.

Publíquese por una sola vez en el Diario Ofi cial y por tres veces

en un periódico de circulación diaria y nacional.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las ocho

horas cuarenta y tres minutos del día veintitrés de febrero de dos mil

dieciséis.- LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO,

JUEZ DE LO CIVIL INTO.- LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR

BERMUDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F029630

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUES DE LO CIVIL SUPLENTE

DE APOPA.

HACE SABER: Al señor MIGUEL ANGEL RIVERA, actualmente

de treinta y tres años de edad, Empleado, del domicilio de Apopa, con

Documento Único de Identidad Número: cero cero setecientos cincuenta

mil quinientos cincuenta- seis, y con Número de Identifi cación Tributaria:

cero seiscientos nueve-cero cuarenta mil cuatrocientos ochenta y dos-

ciento dos-cinco; que en el Proceso Ejecutivo registrado con Referencia:

102-PE-2013/1, promovido en esta Sede Judicial por EL FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho

Público, del domicilio de San Salvador, con Número de Identifi cación

Tributaria: cero seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta

y cinco-cero cero dos-seis; cuyas ofi cinas están ubicadas en Calle

Rubén Darío, número 901, entre Quince y Diecisiete Avenida Sur, de

la ciudad de San Salvador; representado procesalmente por medio de

su Apoderado General Judicial Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENENDEZ, con Número de Identifi cación Tributaria: cero

seiscientos catorce- cero cuarenta mil quinientos cincuenta y seis-cero

cero cuatro- nueve; por resolución de las nueve horas y cuarenta y dos

minutos del día veintisiete de agosto del año dos mil quince, se dictó

Sentencia estimativa, cuyo fallo literalmente DICE: "PRONUNCIA-

MIENTO: De conformidad a las consideraciones anteriores y en base a

los Artículos: 1, 11, 18, 172 y 185, todos de la Cn; 6, 67, 90, 217, 218,

276, 288, 312, 457, numeral 1°, 458, 459, 460, 465, 466 y 475, todos

del Código Procesal Civil y Mercantil; a nombre de la República: FA-

LLO: A) CONDENASE a los ejecutados, señores: MIGUEL ANGEL

RIVERA y MARIO ANTONIO RIVERA, este último representado

por su Curadora Ad Lítem, Licenciada SILVIA EUGENIA OROZCO

BARRA, a pagarle al FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, la

cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA en concepto de capital;

más el interés convencional del SEIS POR CIENTO ANUAL sobre

saldos, contado a partir del día uno de septiembre del año dos mil seis, en

adelante; más la suma de SETECIENTOS VEINTICINCO DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CUARENTA Y

CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto de Primas de Seguro

de Vida y Daños, comprendidas desde el día uno de septiembre del año

dos mil seis, hasta el día treinta y uno de mayo del año dos mil trece;

B) Ha lugar, a la condena en costas en contra de la parte demandada; y,

C) Continúese con la ejecución hasta su completo pago, transacción o

remate; y atendiendo a los Principios Constitucionales de Audiencia y

Legítima Defensa, de conformidad al Artículo 169 del CPCM; Notifíquese

la presente Sentencia Estimativa a la parte demandada, señores: MIGUEL

ANGEL RIVERA y MARIO ANTONIO RIVERA.- NOTIFIQUESE.";

y por no haber sido posible determinar el paradero del señor MIGUEL

ANGEL RIVERA, SE LE PREVIENE MEDIANTE ESTE EDICTO, que

debe comparecer al Juzgado de lo Civil de Apopa, ubicado en Colonia

Guadalupe, Avenida Olimpia, Número Nueve, de la Ciudad de Apopa;

a darse por notifi cado de la sentencia estimativa dictada en este proceso;

si no lo hiciere el proceso continuará sin su presencia y se procederá a

nombrarle un Curador Ad-Lítem, para que lo represente; advirtiéndole al

demandado que todas sus actuaciones deberá realizarlas por medio de un

Abogado de la República y en caso de carecer de recursos económicos

sufi cientes podrá solicitar la asistencia de la Procuraduría General de la

República, tal como lo estipula el Art. 75 del CPCM.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y

cuarenta minutos del día tres de marzo de dos mil dieciséis.- LICDA.

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE

DE APOPA.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-

RIO.

1 v. No. F029631

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2016151901

No. de Presentación: 20160233195

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado KARINA

GISSELE MEZA HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS:

Consistente en: la palabra TU MUESTRA GRATIS y diseño,

"SOBRE LAS PALABRAS TU MUESTRA GRATIS", no se le concede

exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD, GESTIÓN

DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMER-

CIAL; TRABAJOS DE OFICINA, INCLUYENDO SERVICIOS DE

AGENCIAS PUBLICITARIAS, DISTRIBUCIÓN DIRECTA O POR

CORREO DE FOLLETOS, DISTRIBUCIÓN DE MUESTRAS; OR-

GANIZACIÓN Y GESTIÓN DE PLANES DE INCENTIVACIÓN Y

FIDELIDAD EMPRESARIAL. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cinco de mayo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de mayo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009857-1

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO

AVISO

MAPFRE La Centro Americana, S.A.

HACE DEL CONOCIMIENTO del público en general, que se ha

presentado ROSA EMILIA PERDOMO GUTIERREZ del domicilio de

SAN MIGUEL, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida

20145 emitida el 11/06/2014. Si dentro de 30 días contados a partir de la

última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá

a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 17 de mayo de 2016.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

Responsable de Vida Individual y Decesos.

3 v. alt. No. C009858-1

REPOSICION DE CHEQUE

AVISO

El BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario

del cheque de caja No. 221815768 (584294) emitido en Suc. Jardín, el

16 de diciembre de 2015, por valor original $19,571.90, solicitando la

reposición de dicho cheque de caja por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el cheque de caja en referencia.

San Salvador, a los veinte días de mayo de dos mil dieciséis.

ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA,

Subgerente de Pagos y Depósitos.

3 v. alt. No. F029585-1

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2016149255

No. de Presentación: 20160227642

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ZOILA

DEL CARMEN CRUZ DE FIGUEROA, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de CBZ ORGANICOS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CBZ ORGANICOS, S.A. DE

C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO:

Consistente en: las letras y números ATP 365 y diseño, que servirá

para: AMPARAR: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEO-

SAS, Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS DE FRUTAS

Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES

PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de enero del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009854-1

No. de Expediente: 2016151810

No. de Presentación 20160232978

CLASE: 29, 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado EVER

SIGIFREDO VALLES ANDRADE, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN

AGROPECUARIA "CANASTA CAMPESINA" DE RESPONSA-

BILIDAD LIMITADA que se abrevia: "ACPACAC" DE R.L., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO

Consistente en: Las palabras CORTO CIRCUITO y diseño, que

servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y

CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDU-

RAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELA-

DAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS;

HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS

COMESTIBLES. Clase: 29. Para: AMPARAR: PRODUCTOS AGRI-

COLAS, HORTICOLAS Y FORESTALES; GRANOS Y SEMILLAS

EN BRUTO O SIN PROCESAR; FRUTAS Y VERDURAS, HOR-

TALIZAS Y LEGUMBRES FRESCAS; SEMILLAS; PLANTAS Y

FLORES NATURALES; ANIMALES VIVOS; ALIMENTOS PARA

ANIMALES; MALTA. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de mayo del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009879-1

No. de Expediente: 2016151139

No. de Presentación: 20160231702

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

ALEXANDER ALBERTO MARTINEZ HERNANDEZ, en su calidad

de APODERADO de ROBERTO ENRIQUE ALVARADO RAMIREZ,

DIARIO

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO:

Consistente en: la palabra ESSENCIAL y diseño, que servirá para:

AMPARAR: DESINFECTANTE PARA USO HIGIENICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de abril del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029513-1

No. de Expediente: 2016150935

No. de Presentación: 20160231336

CLASE: 35, 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS

ALFONSO MORALES RECINOS, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de CREATIVE OPENSPACE, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO:

Consistente en: la frase hue. Image Creative y diseño, que se traduce

al castellano como Hue imagen creativa, que servirá para: AMPARAR:

PUBLICIDAD. Clase: 35. Para: AMPARAR: DISEÑO GRAFICO,

IMAGENES CORPORATIVAS Y LOGOS, DISEÑO EN PAGINAS

WEB, DISEÑO DE EMPAQUE Y TARJETAS DE PRESENTACION,

ILUSTRACION Y VISUALIZACION. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de marzo del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029591-1

PERMISO DE OPERACIÓN DE RUTA AEREA

EL SUSCRITO DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AUTORIDAD DE

AVIACIÓN CIVIL DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR.

HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO: Que el Licenciado José

Freddy Zometa Segovia, en su calidad de Apoderado General Judicial

con Cláusula Especial de SPIRIT AIRLINES, INC., ha solicitado que

se renueve el Permiso de Operación, de su representada para la pres-

tación de servicios de Transporte Aéreo Público Internacional Regular

de Pasajeros y Carga en las rutas: a) Fort Lauderdale, Florida, Estados

Unidos de América - Aeropuerto Internacional de El Salvador Monseñor

Oscar Arnulfo Romero y Galdámez - Fort Lauderdale, Florida, Estados

Unidos de América y b) Houston, Texas, Estados Unidos de América

- Aeropuerto Internacional de El Salvador Monseñor Oscar Arnulfo

Romero y Galdámez. El Salvador - Houston, Texas, Estados Unidos de

América. Ambas rutas, con dos frecuencias semanales y con derechos

de Tráfi co de Tercera y Cuarta Libertades del Aire, a partir del diez de

Junio de dos mil dieciséis.

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 70 incisos segundo

y tercero, se señala las ofi cinas de la Autoridad de Aviación Civil, para

que el día Viernes tres de Junio del dos mil dieciséis, a las diez horas, se

lleve a cabo la celebración de la Audiencia Pública que manda la Ley, a fi n

que las partes interesadas puedan apoyar u oponerse a lo solicitado.

Autoridad de Aviación Civil, veinticinco de Mayo del dos mil

dieciséis.

ING. JORGE ALBERTO PUQUIRRE TORRES,

Director Ejecutivo.

AUTORIDAD DE AVIACIÓN CIVIL.

1 v. No. C010029

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

ACEPTACION DE HERENCIA

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, al público para efectos

de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte mi-

nutos del día veintinueve de abril de dos mil dieciséis, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante señor JOSE ATILIO MENDOZA

CARRANZA, conocido por JOSE ATILIO MENDOZA, quien fue de

cincuenta y siete años de edad, fallecido el día quince de noviembre de

dos mil ocho, siendo Sesori, el lugar de su último domicilio, de parte

de la señora SANTOS DIAS VIUDA DE MENDOZA, conocida por

SANTOS DIAS DE MENDOZA y por SANTOS DIAZ DIAZ, como

cónyuge sobreviviente del causante, y como cesionaria de los derechos que

le correspondían a los señores FREDIS OMAR, GLENDA ELIZABETH,

y RUTH NOHEMI, todos de apellidos MENDOZA DÍAZ, como hijos

sobreviviente del causante.

Confi riéndole a la aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: San Miguel: a las nueve horas veinticinco minutos

del día veintinueve de abril de dos mil dieciséis.- LICDA. DIANA

LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009796-2

LA INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE DE USULU-

TÁN, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-

nefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el

causante señor JOSÉ EUFRACIO LOZANO, al fallecer el día veintiocho

de julio del año dos mil quince, en el Centro Médico Usuluteco, de la

ciudad de Usulután, siendo la ciudad de Santa Elena, departamento de

Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio; de parte de la señora

DIGNA ELISABETH LOZANO DE ZELAYA, en calidad de hija del

causante.

Confi érasele a la aceptante antes dicha la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se

crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en

el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera

publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los cuatro días del mes

de mayo del año dos mil dieciséis.- LICDA. SANDRA ELIZABETH

SÁNCHEZ DÍAZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. EDNA

ARMIDA MELÉNDEZ APARICIO, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. C009799-2

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL, al público

para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día once

de mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente

con benefi cio de inventario, la herencia intestada que su defunción dejó

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

la causante señora María de la Cruz Colato viuda de Rivas; quien fue

de ochenta y ocho años de edad, fallecida el día diecisiete de febrero de

dos mil dieciséis, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de

parte de los señores Elmer Antonio Colato y Mary Ethel Colato, como

hijos sobrevivientes de la causante.

Confi riéndose a los aceptantes la administración y representación

interina, de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: San Miguel, a las doce horas cinco minutos del día once

de mayo de dos mil dieciséis.- LICDA. DIANA LEONOR ROMERO

DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN

MIGUEL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. C009810-2

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que por resolución dictada a las catorce horas y

treinta minutos de este día, en las Diligencias de Aceptación de Herencia

que promueve en este Juzgado el Licenciado Héctor Arturo Escobar

Sorto, en calidad de Apoderado General Judicial del señor Santos Aníbal

Ventura Reyes, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, de parte de los señores Santos Aníbal Ventura Reyes, de

veinticuatro años de edad, agricultor y del domicilio de Guatajiagua,

Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad nú-

mero 04595322-2; con Número de Identifi cación Tributaria Número

1309-270391-101-4; José Omar Ventura Reyes, de treinta y un años de

edad, soltero, estudiante, originario y residente en Cantón El Volcán,

Caserío San Ramón, del Municipio de Guatajiagua, Departamento de

Morazán; 02474353-1, con Número de Identifi cación Tributaria Húmero

1309-141184-101-9; Sonia Elizabeth Reyes, por medio de su Curador

Especial Ad Lítem Licenciado Ricardo Ernesto González Cortez; de

cuarenta y dos años de edad, Abogado, del domicilio de Urbanización el

Cafetal, Pasaje Arábigo, número veintiuno, del municipio de Chinameca,

del Departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad

número 02524409-3; de la herencia que en forma intestada dejó la señora

LETICIA REYES DE VENTURA, quien fue de cuarenta y cuatro años

de edad, de ofi cios domésticos, casada, originaria y del domicilio de

Guatajiagua, municipio del Departamento de Morazán; salvadoreña, hija

de FELICIANA REYES; fallecida, y de ADÁN ÁLVAREZ CASTILLO,

fallecido; la causante falleció a las cuatro horas del día nueve de octubre

del año dos mil diez, a consecuencia de Cáncer de Cérvix, con asisten-

cia médica, en el Cantón El Volcán, de Guatajiagua, Departamento de

Morazán, en concepto de hijos, de la referida causante.

Se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y

representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,

departamento de Morazán, a las quince horas del día once de marzo de

dos mil dieciséis.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES,

JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. YESENIA

ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009811-2

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, al público para efectos

de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas diez minutos

del día veintinueve de abril de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó la causante señora JESUS ANA MEDRANO VIUDA

DE PORTILLO, quien fue de ochenta y dos años de edad, fallecida el

día dos de febrero de dos mil dieciséis, siendo éste del municipio el

lugar de su último domicilio, de parte de los señores VILMA DE JESUS

MEDRANO PORTILLO, DINA DEYSI MEDRANO DE FUENTES y

JOSE FILMAS PORTILLO MEDRANO, como hijos sobrevivientes de

la causante, confi riéndole a los aceptantes la Administración y Repre-

sentación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL; San Miguel: a las nueve horas quinte minutos del día veintinueve

de abril de dos mil dieciséis. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE

REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC.

IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009814-2

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta y

cinco minutos del día veintiséis del corriente mes y año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la heren-

cia intestada dejada por el señor ENRIQUE CRUZ MONTERROSA,

conocido por Enrique Cruz Monterroza, fallecido el día veintidós de

diciembre del dos mil catorce, en Santa Tecla, Departamento de La

Libertad, siendo Sonsonate, el lugar de su último domicilio, de parte de

las señoras KELLY JUDITH CRUZ DE MATA y NANCY BEATRIZ

CRUZ DE PEREZ, en concepto de hijas sobrevivientes del causante

y además como cesionarias de los derechos hereditarios que en dicha

sucesión correspondían a la señora AMADA AREVALO DE CRUZ,

en concepto de cónyuge sobreviviente del mencionado causante.

Y se ha conferido a las aceptantes la Administración y Representa-

ción interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las doce horas cinco

minutos del día veintiséis de abril del dos mil dieciséis. LIC. RAÚL

WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009816-2

CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

los siete días del mes de abril del año dos mil dieciséis, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testa-

mentaria que dejó al fallecer el señor RUTILIO ANTONIO FIGUEROA

LARA, quien fue de sesenta y dos años de edad, empleado, salvadoreño,

casado, originario de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, hijo de

Ireneo Figueroa y Cruz María Lara, fallecido el día dieciséis de julio de

dos mil quince, siendo su último domicilio la ciudad y departamento de

San Miguel; de parte de la señora LILIAN PATRICIA SEGOVIA DE

FIGUEROA, mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio,

con documento único de identidad número 00520750-0 y con número

de identifi cación tributaria 1217-050365-105-8, en calidad de heredera

testamentaria del causante. Se le ha conferido a la aceptante, en el carácter

aludido, la Administración y Representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, y

se CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que

se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del

siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: SAN MIGUEL, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE

ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS. LIC. CRISTIAN ALEXANDER

GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.

LIC. JUAN CARLOS HERNÁNDEZ PÉREZ, SECRETARIO DE

ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F029152-2

KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las diez horas y cuarenta y dos minutos de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

que a su defunción dejó el señor MARIO ERNESTO CONTRERAS

MEJÍA, fallecido el día veintiocho de octubre de dos mil catorce, a los

cincuenta años de edad, quien fue estudiante, soltero, de nacionalidad

salvadoreña, originario de esta ciudad, y cuyo último domicilio fue el

de la ciudad de San Salvador, siendo hijo de LEONEL CONTRERAS

OLMEDO y FELIPA MEJÍA PÉREZ, ya fallecida, de parte de la señora

ANA RUBIDIA MUNDO, mayor de edad, empleada, del domicilio de

Soyapango, en su calidad de Cesionaria de los Derechos Hereditarios

que le correspondían a JOHANNA STEFANY, ANDY ERNESTO y

JONATHAN ELÍAS, todos apellidos CONTRERAS MEJÍA, ellos en su

calidad de hijos del causante, quien tiene Documento Único de Identidad

número cero cero trescientos ochenta y nueve mil trescientos dieciocho-

cinco y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número cero ochocientos

veintiuno-ciento cincuenta y un mil ciento sesenta y ocho-ciento seis-cinco,

a quien se le ha conferido en el carácter antes indicado, la Administración

y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales

correspondientes, y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con

derecho a la herencia referida, a fi n que comparezcan a esta sede judicial

a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado (3) Quinto de lo Civil y Mercantil, San

Salvador, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día trece de

mayo de dos mil dieciséis. LICDA. KARLA MARÍA REGINA MURCIA

CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.

LIC. VÍCTOR MANUEL SALGADO MONTERROSA, SECRETARIO

INTO.

3 v. alt. No. F029155-2

DRA. DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las catorce horas

y treinta y cinco minutos del día dieciocho de abril de dos mil dieciséis.

Con el mérito de los documentos que fueron presentados adjuntos a la

solicitud de folios 1 y 2, con el informe procedente de la Ofi cialía Ma-

yor de la Corte Suprema de Justicia, agregado a folios 16, se le declara

heredera expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que al fallecer a las doce horas del día veinticinco de marzo

del año de mil novecientos ochenta y nueve, en el Barrio El Centro, de

la ciudad de Pasaquina, de este distrito, Departamento de La Unión, su

último domicilio, dejó la causante Transito Flores, conocida por María

del Transito Flores, de parte de la señora Ángela Flores de Martínez, en

concepto de hija sobreviviente de la referida causante, de conformidad

con el Artículo 988 numeral 1° del Código Civil. Se le confi ere a la he-

redera declarada en el carácter dicho la Administración y Representación

INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento

de La Unión, a los dos días del mes de mayo de dos mil dieciséis. DRA.

DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.

LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029164-2

EL LICENCIADO MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez

Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana: DE CONFORMIDAD

AL INCISO 1° DEL ARTÍCULO 1163, DEL CÓDIGO CIVIL, AL

PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que se han promovido por la Licenciada Rosa

Elena Morales Alarcón, Diligencias de Aceptación de Herencia Intestadas

con Benefi cio de Inventario sobre los bienes que a su defunción dejara

el señor SANTOS QUINTANILLA CARRANZA, quien falleció el día

once de agosto del año dos mil quince, siendo su último domicilio esta

ciudad, y este día se tuvo por aceptada la herencia antes referida y se

nombró como ADMINISTRADORA Y REPRESENTANTE INTERINA

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente

de dicha sucesión, a la señora Lilian Ester Montes viuda de Quintanilla,

en calidad de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos

que le correspondían a los señores Santos Martín Quintanilla Montes y

Víctor Manuel Quintanilla Montes, en calidad de hijos sobrevivientes

del causante.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presen-

tarse a este Tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia

que a su defunción dejara la referida causante, dentro de los quince días

siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad de

Santa Ana, el día diecisiete de marzo de dos mil dieciséis. LIC. MELVIN

MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL DE SANTA ANA. LICDA. YESENIA ELIZABETH

ALVERGUE GARCÍA, SECRETARIA INTERINA DEL JUZGADO

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

3 v. alt. No. F029179-2

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DE LA CIUDAD DE USULUTAN,

AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta y cinco

minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con

Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó

el señor RAFAEL HUMBERTO APARICIO, en la sucesión intestada

que éste dejó al fallecer el día cuatro del mes de marzo del año dos mil

once, en la Urbanización Las Cumbres de San Bartolo, pasaje "L", del

Polígono Diecinueve, casa número Diez, de la Jurisdicción de la ciudad

de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, siendo la ciudad de

Ereguayquín, departamento de Usulután, su último domicilio, de parte FE-

LICITA IRAHETA LEIVA y la menor XENIA MADELLIN APARICIO

IRAHETA, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente del causante

y la menor en su calidad de hija del mismo causante. Confi riéndosele a

las aceptantes dichas, la Administración y Representación Interina de

la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la

Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

veintiún días del mes de diciembre del dos quince. LICDA. SANDRA

ELIZABETH SANCHEZ DÍAZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.

LIC. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029193-2

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, departamento de La Unión; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once

horas y treinta minutos del día diecinueve de marzo del corriente año,

se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada, que al fallecer a las dieciséis horas del día once de

agosto del año mil novecientos noventa, en el Cantón Molino, Juris-

dicción de Concepto de Oriente, departamento de La Unión, siendo su

último domicilio la Villa de Concepción de Oriente, dejara el causante

Donacino Granados, a favor de la señora Cornelia Flores, en concepto

de hija sobreviviente del causante antes mencionado, de conformidad

con lo establecido en el Art. 988 No. 1° del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho,

la Administración y Representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los uno días del mes de abril del año dos mil

dieciséis. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029199-2

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las quince horas y cinco minutos del día nueve de julio de dos mil

catorce; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario de parte: MARIA CANDELARIA DE LA CRUZ LAZO DE

MOLINA, de 60 años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

Lolotiquillo, Departamento de Morazán, con DUI número 01083297-0;

de la herencia que en forma Intestada dejó el causante SANTOS LAZO

DIAZ, o SANTOS LAZO, quien fue de 88 años de edad, jornalero,

soltero, originario de Lolotiquillo, Departamento de Morazán, hijo de

FELIX LAZO y CAYETANA DIAZ; quien falleció a las 7 horas del día

13 de noviembre del 2013, en Lolotiquillo, Departamento de Morazán,

siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de hija del referido

causante.

Se le ha conferido a la referida aceptante en la calidad expresada,

la Administración y Representación INTERINA de dicha sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Y

cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera, Instancia, San Francisco Gotera,

departamento de Morazán, a las doce horas y cincuenta y cinco minutos

del día cuatro de mayo de dos mil dieciséis. LIC. ISIDRO ENRIQUE

MORENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA. LIC. YESENIA

ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029202-2

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, Juez de lo Civil Su-

plente, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión; al público

para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once horas

y treinta minutos día doce de mayo del corriente año, se tuvo por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que al

fallecer a las veinte horas y ocho minutos del día quince de diciembre

del año dos mil quince, en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social,

de la ciudad de San Miguel, departamento de San Miguel, siendo su

último domicilio el Municipio de Nueva Esparta, departamento de La

Unión, dejara el causante Salvador Joya Ramírez conocido por Salvador

Joya, a favor de la señora Rosa Delia Benítez conocida por Rosa Delia

Benítez de Joya, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante

antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art. 988

No. 1° del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho,

la Administración y Representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos

mil dieciséis. DRA. DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, JUEZ DE LO

CIVIL SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ

DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029220-2

LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cua-

renta minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de señora BLANCA ROSAURA

AGUIRRE DE OSORIO, la herencia intestada que a su defunción dejó

EL SEÑOR JOSE MAURICIO OSORIO, quien fue de sesenta y siete

años de edad, empleado, de este domicilio en este distrito Judicial lugar

de su último domicilio, en concepto de cónyuge del causante.

Y se ha nombrado a la aceptante Administradora y Representante

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintinueve días

del mes de abril del dos mil dieciséis. LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ

HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029224-2

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las catorce horas y diez minutos de este día; se ha tenido por aceptada

EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte de

los señores MARIA GLORIA FLORES ARGUETA, de 56 años de edad,

de ofi cios domésticos, del domicilio de esta Ciudad de San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad

número 02085038-6 y Tarjeta de Identifi cación Tributariamente Número

1322-280359-101-8; y JOSE ISIDRO FLORES ARGUETA, de 51 años

de edad, casado, empleado, del domicilio de esta ciudad de San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad

número 05661732-6 y Tarjeta de Identifi cación Tributariamente Número

1322-040464-101-7; de la herencia que en forma Intestada dejó el cau-

sante HECTOR FLORES VENTURA, conocido por HECTOR FLORES

quien fue de 80 años de edad, Agricultor, originario de Sensembra, y del

domicilio de San Carlos, Departamento de Morazán, de Nacionalidad

Salvadoreña, hijo de los señores PETRONA VENTURA y GUILLERMO

FLORES, quien falleció a las 16 horas y 35 minutos del día 1 de febrero

del año 2016, en el Hospital Nacional de San Miguel, a consecuencia de

Trauma Cerrado de Tórax, con asistencia médica; siendo la población

de San Carlos, Departamento de Morazán, el lugar su último domicilio,

en concepto de HIJOS del referido causante. Confi érasele a los referidos

aceptantes en la calidad expresada, la Administración y Representación

INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia Intestada.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera, Instancia, San Francisco Gotera,

departamento de Morazán, a las catorce horas y veinte minutos del día

veintidós de abril de dos mil dieciséis. LIC. ISIDRO ENRIQUE MO-

RENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA. LIC. YESENIA

ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029240-2

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA

DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-

CIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,

AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las ocho horas cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testada de los

bienes que a su defunción acaecida, el veintiséis de marzo de dos mil

quince, en el Cantón Los Jobos, Caserío El Jute, jurisdicción de San Isidro,

Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio;

dejó la señora TEODORA LAURA MORENO CRUZ o TEODORA

LAURA MORENO, quien fue de setenta y dos años de edad, soltera,

de ofi cios domésticos, hija de José del Carmen Moreno y de Juana Cruz,

originaria de Cantón Los Jobos, San Isidro, Departamento de Cabañas;

de parte de los señores JOSE ROBERTO VILLALOBOS MORENO y

MARIA BERTILA MORENO VIUDA DE VILLALOBOS, el primero

como heredero testamentario y la segunda como cesionaria de los dere-

chos hereditarios que como herederos testamentarios les correspondían

a los señores PEDRO ANTONIO VILLALOBOS MORENO y YESICA

GUADALUPE CASTILLO VILLALOBOS o YESICA GUADALUPE

VILLALOBOS MORENO; representados por el Licenciado CARLOS

ANTONIO MEDINA AMAYA, como Apoderado General Judicial con

Cláusula Especial. Habiéndosele conferido al aceptante la administra-

ción y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida su-

cesión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal en caso de desacuerdo

dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la

última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

catorce días del mes de marzo de dos mil dieciséis. LICDA. PATRICIA

LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA DE PRI-

MERA INSTANCIA. LIC HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029249-2

NORMA ELIZABETH LEMUS DE MILLA, JUEZA SUPLENTE DEL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL

DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL

PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su

defunción dejó la señora MARIA TRANSITO ORELLANA, acaecida el

día veinte de enero de dos mil dieciséis, en la Ciudad de San Salvador,

siendo la Ciudad de San Isidro, Departamento de Cabañas su último

domicilio, fue de cincuenta y seis años de edad, soltera, ofi cios domés-

ticos, hija de María Magdalena Orellana conocida por María Magdalena

Orellana Mercado y por Magdalena Orellana, originaria de la Ciudad

de San Isidro, Departamento de Cabañas; de parte de los señores JOSE

TOMAS ORELLANA, JUAN FRANCISCO ORELLANA y SANTOS

ADELINA BRIOSO DE CAÑAS conocida por SANTOS ADELINA

ORELLANA y por ADELINA ORELLANA, en su calidad de herma-

nos de la causante; representados por la Licenciada IRIS ELIZABETH

TORRES, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial.

Habiéndosele conferido a los aceptantes la administración y represen-

tación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida su-

cesión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a allanarse o repudiar

herencia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente

al de la última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

veintiséis días del mes de abril de dos mil dieciséis. LICDA. NORMA

ELIZABETH LEMUS DE MILLA, JUEZA SUPLENTE DE PRIME-

RA INSTANCIA. LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029262-2

PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA

DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-

CIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,

AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de

los bienes que a su defunción dejó el señor ROSARIO ESPERANZA

COREAS SORIANO, acaecida el día veinticinco de marzo de dos mil

cinco, en el Cantón El Volcán, jurisdicción de la Ciudad de Sensuntepeque,

Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio,

fue de sesenta y cuatro años de edad, soltero, jornalero, hijo de Lasaro

Coreas Amaya conocido por Lazaro Coreas Amaya y por Lazaro Coreas,

y de Fernanda Soriano, originario de la Ciudad de Sensuntepeque, Depar-

tamento de Cabañas; de parte del señor EDGAR ARNULFO COREAS

VELASQUEZ, en calidad de hijo del causante como cesionario de los

derechos hereditarios que en calidad de hija del causante le correspondían

a la señora LORENA GUADALUPE COREAS DE RODRIGUEZ;

representada por el Licenciado NORIO OSWALDO REYES RUIZ,

como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele

conferido al aceptante la administración y representación INTERINA

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida su-

cesión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a allanarse o repudiar

herencia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente

al de la última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

once días del mes de mayo de dos mil dieciséis. LICDA. PATRICIA

LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA DE PRI-

MERA INSTANCIA. LIC HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029263-2

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARIA EMMA

CRUZ CARTAGENA, de la Herencia Intestada dejada a su defunción

por el señor EUGENIO VILLALOBOS CARTAGENA, quien falleció

el día catorce de julio de mil novecientos noventa, en Cantón Mogotes,

jurisdicción de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, siendo

su último domicilio San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad,

en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le correpondía

a la señora MARIA ARELY VILLALOBOS CRUZ, ésta en concepto

de hija del causante, por medio de su Apoderada la Licenciada JENNY

ELIZABETH TILIANO DE MONTEJO.

Confi riéndosele a la aceptante expresada en el concepto indicado

la administración y representación interinas de la indicada sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Primero de Primera Instancia: San Juan

Opico, a las nueve horas treinta minutos del día seis de mayo del año dos

mil dieciséis. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029265-2

LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL IN-

TERINO, de este Distrito Judicial, al Público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resoluciones la primera de las ocho horas

treinta minutos del día dos de junio del año dos mil ocho y la segunda de

las ocho horas cincuenta y cinco minutos del día treinta de julio del año

dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario de parte de los señores ALFREDO DAVID CHÁVEZ MON-

JARAS, de treinta y cinco años de edad, Estudiante, de este domicilio

con Documento Único de Identidad número: cero cero nueve nueve ocho

siete cinco tres-cuatro; y NOEMY ISABEL CHÁVEZ PÉREZ, de treinta

y cinco años, Modista, del domicilio de Soyapango, departamento de

San Salvador, con Documento Único de Identidad Número: cero dos dos

cero tres ocho dos seis-cinco; la herencia intestada que a su defunción

dejó el señor SANTOS ALFREDO CHÁVEZ HERNÁNDEZ o SAN-

TOS ALFREDO CHÁVEZ, quien fue de sesenta y dos años de edad,

Mecánico Industrial, soltero, salvadoreño, originario de Tecoluca de este

departamento, y del domicilio de esta ciudad, habiendo fallecido a las

dieciséis horas treinta minutos del día trece de septiembre del año dos

mil siete, en el Barrio Concepción de esta ciudad, lugar donde su último

domicilio, en concepto de hijos del causante. Y se ha nombrado a los

aceptantes administradores y representantes interinos de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintisiete

días del mes de abril del año dos mil dieciséis. LIC. LUIS ANTONIO

BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029288-2

LIC. RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas veintitrés

minutos del día diez de Noviembre del año dos mil quince, se ha tenido

por aceptada expresamente con benefi cio de inventario de la herencia

intestada dejada por la Causante señora Teresa Ramos, fallecida el día

uno de Enero de mil novecientos noventa y siete, en esta ciudad, lugar

de su último domicilio, de parte de la señora Doribel Elena Ramos co-

nocida por Elena Doribel Ramos viuda de Trinidad, como cesionaria de

los derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a

los señores Raúl, Mario, Carlos, Isabel y Rosa Elvira, todos de apellido

Ramos, en su concepto de hijos de la Causante-

Habiendo comprobado la aceptante con las certifi caciones de

partida de defunción de la Causante, de nacimientos de los cedentes, y

la escritura pública de cesión de derechos hereditarios, la calidad con la

que comparece, confi éresele la administración y representación interinas

de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Publíquese el edicto respectivo y de existir personas que se crean

con derecho a la herencia, se presenten a este Juzgado a deducirlo en

el plazo de Ley, contados a partir del día siguiente a la publicación del

referido edicto.-

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas treinta y ocho

minutos del día diez de Noviembre del año dos mil quince. LIC. RAUL

WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC.

CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029293-2

TITULO SUPLETORIO

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN; AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licencia-

do SATURNINO ADILSON DIAZ PEREIRA, como apoderado Gene-

ral Judicial de los señores GERMAN SATURNINO GARCIA

DIAZ,HILDA MARINA GARCIA DE GARCIA, BLANCA DORIS

GARCIA DIAZ, MIRIAN MARGARITA GARCIA DIAZ,VILMA

ANA LUZ GARCIA DE CABALLERO, y BELKY CECIBEL GARCIA

DIAZ, a solicitar a favor de éstos Título Supletorio de dos terrenos de

naturaleza rústica, situados en el Cantón Ojos de Agua, Jurisdicción de

la Villa El Rosario, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán,

El PRIMERO: de la capacidad superfi cial de DIECIOCHO MIL DOS-

CIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias en sentido horario si-

guientes: LINDERO NORTE: Está formado por diez tramos así: El

primero, con rumbo sureste, mide cinco punto sesenta y seis metros; El

segundo, con rumbo sureste, mide nueve punto veintisiete metros; El

tercero, con rumbo sureste, mide diecinueve punto dieciocho metros; El

cuarto, con rumbo sureste, mide nueve punto cincuenta y cinco metros;

El quinto, con rumbo sureste, mide treinta y tres punto treinta y un

metros; El Sexto, con rumbo sureste, mide dieciocho punto sesenta y

dos metros; El séptimo, con rumbo sureste, mide veinticuatro punto

treinta y ocho metros; El octavo, con rumbo sureste, mide doce punto

cero cinco metros; El noveno, con rumbo sureste, mide catorce punto

cuarenta y siete metros; y El décimo, con rumbo sureste, mide veintidós

punto veinticuatro metros; colindando en estos tramos con terrenos de

Florencio Chicas y Balmore Díaz, calle de por medio.- LINDERO

ORIENTE: Está formado por cuatro tramos así: El primero, con rumbo

Suroeste, mide veinte punto diecinueve metros; El segundo, con rumbo

Suroeste, mide once punto cero uno metros; El tercero, con rumbo Su-

reste, mide veinte punto setenta y siete metros; y El cuarto, con rumbo

suroeste, mide veintiuno punto veintitrés metros; colindando en estos

tramos con terrenos de Juana Díaz de Chicas, cerco de alambre de por

medio.- LINDERO SUR: Está formado por nueve tramos así: El prime-

ro, con rumbo suroeste, mide diecinueve punto veinticuatro metros; El

segundo, con rumbo suroeste, mide diez punto cero nueve metros; El

tercero, con rumbo suroeste, mide seis punto cincuenta y dos metros; El

cuarto, con rumbo suroeste, mide cinco punto sesenta y dos metros; El

quinto, con rumbo suroeste, mide treinta y tres punto treinta y dos metros;

El sexto, con rumbo noroeste, mide cincuenta punto diecisiete metros;

El séptimo, con rumbo noroeste, mide ocho punto sesenta y dos metros;

El octavo, con rumbo noroeste, mide veintitrés punto noventa y tres

metros; y El noveno, con rumbo noroeste, mide trece punto sesenta y

cuatro metros; colindando en estos tramos con terrenos de Deysi Chicas,

Edith Chicas, Sucesión de Francisca Chicas y Nellys Chicas de Claros,

cerco de alambre de por medio.- Y LINDERO PONIENTE: Está for-

mado por seis tramos así: El primero, con rumbo noroeste, mide cua-

renta y dos punto veinticuatro metros; El segundo, con rumbo noreste,

mide trece punto sesenta metros; El tercero, con rumbo noreste, mide

cinco punto dieciséis metros; El cuarto, con rumbo noreste, mide trein-

ta y siete punto ochenta y ocho metros; El quinto, con rumbo noreste,

mide veinticinco punto noventa y tres metros; y El sexto, con rumbo

noreste, mide trece punto treinta y tres metros; colindando en estos

tramos en una parte con terrenos de Raúl Díaz y en otra parte con terre-

nos de Balmore Díaz, cerco de alambre y calle de por medio.- Así se

llega al vértice Norponiente que es donde se inició la presente descrip-

ción; EL SEGUNDO: de forma irregular de la capacidad superfi cial de

TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO

PUNTO CERO CUATRO METROS CUADRADOS, de la misma

naturaleza y situación que el anterior, cuya descripción es la que sigue:

LINDERO NORTE: Está formado por nueve tramos así: El primero,

con rumbo noreste, mide setenta y ocho punto cincuenta metros; El

segundo, con rumbo noreste, mide cuarenta y cuatro punto setenta y seis

metros; El tercero, con rumbo noreste, mide treinta y cinco punto cin-

cuenta y ocho metros; El cuarto, con rumbo sureste, mide veintiocho

punto setenta y cinco metros; El quinto, con rumbo sureste, mide once

punto diez metros; El Sexto, con rumbo sureste, mide cinco punto cin-

cuenta y seis metros; El séptimo, con rumbo sureste, mide veintiocho

punto cero un metros; El octavo, con rumbo sureste, mide dieciocho

punto veintinueve metros; y El noveno, con rumbo sureste, mide vein-

titrés punto veintisiete metros; colindando en estos tramos con terrenos

de Antonio Díaz, Leónidas Díaz y Sucesión de José Silvestre Díaz,

cerco de alambre de por medio.- LINDERO ORIENTE: Está formado

por dieciocho tramos así: El primero, con rumbo suroeste, mide veinte

punto veintisiete metros; El Segundo, con rumbo suroeste, mide veinti-

trés punto veintidós metros; El tercero, con rumbo suroeste, mide

treinta y ocho punto treinta y dos metros; colindando en estos tramos

con lindero sin materializar; El cuarto, con rumbo sureste, mide cuaren-

ta y uno punto trece metros; El quinto, con rumbo sureste, mide treinta

y dos punto cuarenta y seis metros; El sexto, con rumbo sureste, mide

noventa y ocho punto cuarenta y nueve Metros; El séptimo, con rumbo

sureste, mide cuatro punto ochenta y un metros; El octavo, con rumbo

sureste, mide siete punto setenta y dos metros; El noveno, con rumbo

suroeste, mide veintiuno punto cincuenta y cuatro metros; El décimo,

con rumbo suroeste, mide catorce punto cincuenta y ocho metros; El

undécimo, con rumbo suroeste, mide diez punto setenta y seis metros;

El duodécimo, con rumbo suroeste, mide seis punto ochenta y tres

metros; El décimo tercero, con rumbo suroeste, mide cinco punto cin-

cuenta metros; El décimo cuarto, con rumbo suroeste, mide seis punto

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

cincuenta metros; El décimo quinto, con rumbo suroeste, mide dieciocho

punto dieciocho metros; El décimo sexto, con rumbo suroeste, mide

dieciséis punto cincuenta y tres metros; El décimo séptimo, con rumbo

suroeste, mide siete punto treinta y un metros; y El décimo octavo, con

rumbo suroeste, mide nueve punto cincuenta y siete metros; colindando

en estos tramos con terrenos de Raúl Díaz, en parte lindero sin materia-

lizar y en otra parte cerco de alambre de por medio; con Rosa Díaz y

Mercedes Díaz, cerco de alambre y calle de por medio.- LINDERO

SUR: Está formado por veintitrés tramos así: El primero, con rumbo

noroeste, mide veintiocho punto cincuenta y dos metros; El segundo,

con rumbo noroeste, mide tres punto veintitrés metros; El tercero, con

rumbo noroeste, mide treinta y uno punto cero siete metros; El cuarto,

con rumbo noroeste, mide veinte punto treinta y ocho metros; El quinto,

con rumbo noroeste, mide veintidós punto veintiún metros; El sexto,

con rumbo noroeste, mide cinco punto sesenta y cuatro metros; El

séptimo, con rumbo noroeste, mide cuarenta y cinco punto doce metros;

El octavo, con rumbo noroeste, mide tres punto setenta y ocho metros;

El noveno, con rumbo noroeste, mide tres punto sesenta y ocho metros;

El décimo, con rumbo noroeste, mide veintitrés punto treinta y nueve

metros; El undécimo, con rumbo noroeste, mide siete punto setenta y

dos metros; El duodécimo, con rumbo noroeste, mide treinta y seis

punto ochenta y un metros; El décimo tercero, con rumbo noroeste, mide

uno punto ochenta y siete metros; El décimo cuarto, con rumbo suroes-

te, mide ocho punto veinte metros; El décimo quinto, con rumbo suroes-

te, mide diecisiete punto noventa y nueve metros; El décimo sexto, con

rumbo suroeste, mide sesenta y dos punto sesenta metros; El décimo

séptimo, con rumbo suroeste, mide setenta punto ochenta y tres metros;

El décimo octavo, con rumbo sureste, mide treinta y seis punto veinti-

nueve metros; El décimo noveno, con rumbo suroeste, mide ocho

punto setenta y nueve metros; El vigésimo, con rumbo suroeste, mide

siete punto cincuenta y cinco metros; El vigésimo primero, con rumbo

suroeste, mide trece punto sesenta y tres metros; El vigésimo segundo,

con rumbo suroeste, mide cero punto treinta y siete metros; y El vigé-

simo tercero, con rumbo noroeste, mide tres punto ochenta y tres metros;

colindando en estos tramos con terrenos de Florencio Chicas, cerco de

alambre de por medio; con Juana de Dios Díaz, cerco de alambre, ba-

rranco y quebrada de por medio, y Octavia Argueta, cerco de alambre

y calle de por medio.- Y LINDERO PONIENTE: está formado por diez

tramos así: El primero, con rumbo noroeste, mide cinco punto cuarenta

y seis metros; el segundo, con rumbo noreste, mide diez punto sesenta

y tres metros; El tercero, con rumbo noroeste, mide veintiséis punto

dieciséis metros; El cuarto, con rumbo noroeste, mide treinta y nueve

punto noventa y un metros; El quinto, con rumbo noroeste, mide diez

punto cincuenta y nueve metros; El sexto, con rumbo noroeste, mide

treinta y seis punto setenta y ocho metros; El séptimo, con rumbo no-

reste, mide veintiséis punto veintiséis metros; El octavo, con rumbo

noroeste, mide catorce punto dieciocho metros; El noveno, con rumbo

noreste, mide seis punto cuarenta y un metros; y El décimo, con rumbo

noreste, mide treinta y nueve punto cero un metros; colindando en estos

tramos, en una parte con terrenos de María Baltazar García de Díaz,

Antonio Díaz y Leónidas Díaz, zanjuela y cerco de alambre de por

medio.- Así se llega al vértice Norponiente que es donde se inició la

presente descripción.-Dichos inmuebles los adquirieron por continuar

ejerciendo la posesión material que a su defunción dejara el padre de

los mismos, señor Eulalio García, desde el año dos mil seis.- Se estiman

ambos inmuebles descritos en la cantidad de CINCO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán; a los tres días del mes de Mayo del dos

mil dieciséis. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009792-2

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER. Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado

HECTOR ALCIDES CASTILLO HERNANDEZ, de treinta y cuatro

años de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, actuando en la

calidad de Apoderado General Judicial del señor JOSE ANGEL AMA-

YA CASTILLO, solicitando a su nombre TITULO SUPLETORIO de

un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón Potrerillo s/n

lugar llamado caserío El Dique, del Municipio de Nombre de Jesús,

departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial de CIENTO

NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, el cual tiene los

linderos y colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide diez metros,

línea recta, calle que conduce de la población de San Antonio de la

Cruz, hacia la presa cinco de noviembre, AL NORTE: al norte mide

quince metros línea recta, calle de por medio que conduce a la plaza

del caserío el Dique, AL PONIENTE: mide catorce metros línea recta

colinda con Milesia Castillo Ortega, AL SUR, mide quince metros línea

recta, colinda con Carmen Castillo Ramírez.

El inmueble descrito no es dominante ni sirviente ni tiene cargas

reales que debe de respetarse por no tenerlas en proindivisión con ninguna

persona y las valora en la cantidad de VEINTICINCO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se pone del conocimiento al público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las

diez horas con treinta minutos del día veintiocho de Abril del dos mil

quince. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029137-2

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licen-

ciado HÉCTOR ARTURO SORTO, como Apoderado General Judicial

del señor RENE LEODAN MENBREÑO RAMOS, solicitando se le

extienda a favor de su representado Título de dominio de un inmueble

de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Calvario, de esta Villa de

Carolina, distrito de Sesori, departamento de San Miguel, que tiene

las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: quince metros

trescientos setenta y tres milímetros carretera pública de por medio con

terreno de Telina Hernández y dolores Orellana; AL NORTE: quince

metros trescientos setenta y tres milímetros, colinda con terreno que antes

fue de Virginia Pastora ahora de Encarnación Chicas pared de bloques

de por medio al titulante ; AL PONIENTE: quince metros trescientos

setenta y tres milímetros colinda con terreno que antes fue de Miguel

Ángel Rivera ahora de los señores Elvira Sorto y Evila Pineda para de

bloques de cemento propiedad del titulante; AL SUR: quince metros

setecientos veintitrés milímetros, colinda con terreno que antes fue de

Pilar Hernández ahora de Josefi na Hernández para de bloques de por

medio propiedad del titulante; el inmueble descrito tiene una capacidad

superfi cial de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUA-

DRADOS CERO TRES DECÍMETROS CUADRADO TRESCIENTOS

TREINTA Y CUATRO MILÍMETROS CUADRADOS EQUIVALEN-

TE A TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS VARAS CUADRADA,

tiene construcciones de sistema mixto, y lo adquirió su representado por

medio de compra verbal que le hiciera la señora EUSEBIA RAMOS

DE MENBREÑO ya fallecida dicho terreno lo ha poseído de manera

quieta, pacífi ca, continua e ininterrumpida por más de treinta años, y lo

valora en DIEZ MIL DOLARES de los Estados Unidos de América.

Se avisa al público, para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Ciudad Carolina, departamento de San

Miguel, siete días del mes de Diciembre de dos mil quince.- JOSÉ AR-

MANDO HERNÁNDEZ CHICAS, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSÉ

GUADALUPE CARBALLO RIVERA, SECRETARIO MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. C009815-2

MARCA DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2012123157

No. de Presentación: 20120177069

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado YUDY

ARACELY JIMENEZ DE GUERRERO, en su calidad de APODERADO

de PLASTICOS EL PANDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: PLASTICOS EL PANDA, S.A. DE C.V.„ de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: la palabra EL Panda y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAUCHO, GUTAPERCHA, GOMA, AMIANTO, MICA Y PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE MATERIAS PLÁSTICAS SEMIELABORADOS; MATERIALES PARA CALAFATEAR, ES-TOPAR Y AISLAR; TUBOS FLEXIBLES NO METÁLICOS. Clase: 17.

La solicitud fue presentada el día treinta de noviembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de diciembre del año dos mil doce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009790-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2016150907

No. de Presentación: 20160231283

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS ARMANDO SOLORZANO MARTINEZ, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de TURISTICA PUNTA MANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TURISTICA PUNTA MANGO. S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: las palabras MONKEY LALA y diseño, traducido como Mono Lala, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECI-MIENTO DEDICADO A HOTEL, SERVICIO DE RESTAURAN-TE.

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de marzo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009789-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

RAFAEL ANTONIO BELLOSO ALFARO, Secretario de la Junta Direc-

tiva de la sociedad "PARQUES Y JARDINES DE CUSCATLAN, S.A.

DE C.V.", del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador,

por este medio CONVOCA a todos los accionistas de la sociedad, para

que asistan a la celebración de JUNTA GENERAL ORDINARIA DE

ACCIONISTAS, la cual se realizará el día DIECISÉIS de JUNIO del

corriente año, a las NUEVE HORAS, en las ofi cinas de la sociedad situadas

en Calle Los Eucaliptos número 228, Colonia Las Mercedes, de la ciudad

de San Salvador. La agenda que se conocerá es la siguiente:

1. VERIFICACION DEL QUORUM.

2. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR.

3. NOMBRAMIENTO DE LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA,

PERIODO DE FUNCIONES Y EMOLUMENTOS.

El quórum necesario para conocer en este tipo de juntas en primera

convocatoria será la mitad más uno de las acciones que constituyen el

capital social, es decir, CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y

TRES ACCIONES (4,733 acciones) y sus decisiones se tomarán por

mayoría de votos presentes.

Si por falta de quórum la Junta no pudiere celebrarse en la fecha

y hora indicadas, se convoca por segunda vez, a la misma hora, en el

mismo lugar, el día DIECISIETE de JUNIO del corriente año; y en este

caso, la Junta General Ordinaria se considerará válidamente constituida,

cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones

se tomarán por mayoría de los votos presentes.

San Salvador, dieciocho de mayo de dos mil dieciséis.

DR. RAFAEL ANTONIO BELLOSO ALFARO,

SECRETARIO,

PARQUES Y JARDINES DE CUSCATLAN, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F029201-2

SUBASTA PÚBLICA

LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en virtud del Juicio Ejecutivo Civil, promovido

por la Licenciada ROSA MARIA AMAYA CORNEJO o ROSA MA-

RIA AMAYA DE VILLALTA, EN SU CALIDAD DE APODERADA

GENERAL JUDICIAL DE LA SEÑORA MARÍA TRANQUILINA

INGLES, en contra del demandado señor FELICIANO CASTILLO,

MAYOR DE EDAD, COMERCIANTE, DEL DOMICILIO DE SAN

SALVADOR Y ACTUALMENTE DE DOMICILIO IGNORADO, se

venderá en pública subasta un inmueble de naturaleza rústica, sin cultivos,

situado en el Cantón San Antonio Abad de la Jurisdicción de San Sal-

vador, de una capacidad de treinta áreas, de superfi cie que mide y linda:

AL NORTE, veintiséis metros ochenta y seis centímetros con terreno de

Ángela Pérez que fue de José Cañenguez, AL SUR: setenta y un metros

sesenta y un centímetros línea angulosa con terreno de Gonzalo Avalos

quebrada seca de por medio; AL ORIENTE: Cincuenta y cinco metros

línea medio curva calle de servidumbre de por medio de cuatro varas de

ancho hasta salir a la calle vecinal del Cantón con terreno de Eugenia

Cañenguez y AL PONIENTE: Sesenta metros veintidós centímetros con

terreno de Calixto Cañenguez, inscrito a favor del demandado al número

seis del tomo mil doscientos siete de propiedad del departamento de San

Salvador, y que se venderá por la cantidad de CINCO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA valúo dado por el perito

valuador nombrado en fecha que oportunamente se ordenará.

Se admitirán posturas legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cuatro días del

mes de mayo del dos mil dieciséis.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ

HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029157-2

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito de Ciudad Barrios de

R.L. que a sus ofi cinas en 1ª. Calle Pte. No. 15, B° Concepción, Ciudad

Barrios, San Miguel.

Se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSITO

A PLAZO FIJO No. 2807-405-905197, Solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO POR ($2,443.63).

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

CIUDAD BARRIOS, 20 de Mayo de 2016.

ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE

CIUDAD BARRIOS, DE R.L AGENCIA: SAN LUIS DE LA REYNA,

TELÉFONO DE OFICINA: 2668-6300,

JOSÉ JUVENCIO BOLAÑOS,

PRESIDENTE DE CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

3 v. alt. No. C009786-2

Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito de Ciudad Barrios de R.L que a sus ofi cinas en 1ª. Calle Pte. No. 15, B° Concepción, Ciudad Barrios, San Miguel.

Se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO No. 2803-405-401030, Solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO POR ($3,000.00).

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

CIUDAD BARRIOS, 20 de Mayo de 2016.

ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE

CIUDAD BARRIOS, DE R.L AGENCIA: GUATAJIAGUA,

TELÉFONO DE OFICINA: 2668-6300,

JOSÉ JUVENCIO BOLAÑOS,

PRESIDENTE DE CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

3 v. alt. No. C009787-2

BANCO PROCREDIT, S.A.

AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Santa Elena parte interesada manifestando que ha extraviado el certifi cado de Depósito a Plazo Fijo No. 53894 de la cuenta No. 2502-01-001225-9 extendido por nuestra institución el 06 de julio de 2015 a nombre de Jaime Ricardo Astacio Azucena por un monto de Diez Mil Quinientos 00/100 dólares, (US $10,500.00) a 360 días plazo, a una tasa de interés del 5%

Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del código de comercio vigente.

En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto a éste, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 20 de Mayo del 2016.

YESSENIA HERNÁNDEZ,

JEFE BACK-OFFICE CENTRALIZADO.

3 v. alt. No. C009818-2

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10 carretera a

Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DE-

PÓSITO A PLAZO FIJO No. 635695, solicitando la reposición de dicho

CERTIFICADO por (US$ 13,000.00) TRECE MIL DOLARES.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN FRANCISCO GOTERA, Jueves, 05 de mayo de 2016.

LIGIA MARIA GARCIA GUZMAN,

SUBGERENTE AGENCIA,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

AGENCIA SAN FRANCISCO GOTERA.

3 v. alt. No. F029239-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 582532 del Depósito a Plazo Fijo emitido

el 19 de junio de 2013, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F029250-2

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Page 101: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia METROCENTRO SAN MIGUEL se

ha presentado el propietario del certifi cado No. 1016471867 del Depósito

a Plazo Fijo emitido el 07 de mayo de 2015, a 360 días prorrogables,

solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del cono-

cimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado

conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F029251-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S A.

AVISA: Que en su agencia SANTA ELENA se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 11109 del Depósito a Plazo Fijo emitido

el 27 de diciembre de 1998, a 180 días prorrogables, solicitando la re-

posición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F029252-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia METROCENTRO se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 600869 del Depósito a Plazo Fijo emitido

el 21 de julio de 2015, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No.F029253-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia USULUTAN se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 3801479463 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 12 de octubre de 2015, a 180 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F029254-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia USULUTAN se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 3816472740 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 15 de abril de 2016, a 360 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F029255-2

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Page 102: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SAN MIGUELITO se ha presentado

el propietario del certifi cado No. 4712474098 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 25 de junio de 2011, a 360 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F029256-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SAN MIGUELITO se ha presentado

el propietario del certifi cado No. 2321472616 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 25 de abril de 2013, a 120 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F029257-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia 25 Avenida Sur se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 2101483633 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 30 de diciembre de 2015, a 120 días prorrogables, solicitando

la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F029258-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia METAPAN se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 1203541135 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 16 de marzo de 2015, a 120 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F029259-2

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 44328 del Depósito a Plazo fi jo emitido el

09 de octubre de 2014, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 19 de mayo de 2016.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F029260-2

DIARIO

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

TÍTULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

PERFECTA DE DOLORES TORRES DE ESCOBAR; de cincuenta

y ocho años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Victoria,

Departamento de Cabañas, con Documento Único de Identidad Número

cero uno nueve cinco siete ocho dos siete-dos; y Número de Identifi cación

Tributaria cero nueve cero ocho-tres cero cero cuatro cinco siete-uno

cero uno-seis; quien de conformidad al Artículo Uno de la Ley sobre

Títulos de Predios Urbanos, solicita título de un inmueble urbano, situado

en BARRIO SAN ANTONIO, PASAJE VAQUERANO, Municipio de

Sensuntepeque, Departamento de Cabañas. El que tiene como accesorio

construida una casa de sistema mixto, techo de tejas, piso en su mayor

parte ladrillo de cemento y el resto encementado con servicios básicos

de agua potable y energía eléctrica, de una extensión superfi cial

de CIENTO CINCUENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y DOS

METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTOS VEINTISEIS

PUNTO SESENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, y se describe así:

El vértice nororiente que es el punto de partida de esta descripción técnica

se encuentra ubicado en el margen poniente del PASAJE VAQUERANO.

LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente está formado por

un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cinco

grados dieciséis minutos veintiséis segundos Oeste con una distancia

de diez punto veintiún metros; colindando con RAUL HENRIQUEZ

y CON JOSE AGUSTIN HENRIQUEZ con pasaje Vaquerano de por

medio. LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente está formado

por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte

ochenta y dos grados treinta y nueve minutos treinta y seis segundos

Oeste con una distancia de siete punto treinta y cuatro metros; Tramo

dos ochenta y cuatro grados cero cinco minutos treinta y ocho segundos

Oeste con una distancia de ocho punto diecinueve metros; colindando

con GENOVEVA CORTEZ con pared propia de por medio.

LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente está formado

por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte

cuatro grados cincuenta y un minutos cincuenta y cinco segundos Este

con una distancia de diez punto diez metros, colindando con MIGUEL

CUELLAR con pared propia de por medio. LINDERO NORTE partiendo

del vértice Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Sur ochenta y cuatro grados cincuenta

y un minutos cincuenta segundos Este con una distancia de ocho punto

veintiséis metros; Tramo dos, Sur ochenta y dos grados treinta y nueve

minutos treinta y seis segundos Este, con una distancia de siete punto

treinta y cuatro metros, colindando con MARIA DELFA ASCENCIO

DE VAQUERANO, con pared de por medio. Así se llega al vértice Nor

Poniente que es el punto de inicio de esta descripción técnica. El inmueble

antes descrito lo valora en VEINTICINCO MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y lo obtuvo por compraventa

que hizo al señor José Diego Vaquerano, según Escritura Pública de

Compraventa otorgada en la Ciudad de Sensuntepeque, a las ocho horas

del día cuatro de abril del año dos mil tres, ante los ofi cios Notariales

del Licenciado Nelson Edgardo López Guardado, la posesión sumada

con la de sus antecesores resulta ser de más de diez años y la ha

ejercido de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin proindivisión

con terceros. Dicho inmueble no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas

ni gravámenes de ninguna naturaleza a favor de terceros.

Los colindantes son de este domicilio.

Se previene a las personas que deseen presentar oposición alguna

a las pretensiones de la solicitante, lo hagan dentro del término legal en

Avenida Libertad y Calle Doctor Jesús Velasco Número Dos, Barrio San

Antonio de la Ciudad de Sensuntepeque, Cabañas. Sensuntepeque, a

los cuatro días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.- ING. JE-

SUS EDGAR BONILLA NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL.

ROSALINA CUELLAR ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F029142-2

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2016150906

No. de Presentación: 20160231281

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS

ARMANDO SOLORZANO MARTINEZ, en su calidad de REPRE-

SENTANTE LEGAL de TURISTICA PUNTA MANGO, SOCIEDAD

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TURISTICA

PUNTA MANGO. S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras MONKEY LALA y diseño, se traduce

al castellano la palabra monkey como: mono, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE HOTELES Y RESERVAS. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009788-2

No. de Expediente: 2016150669

No. de Presentación: 20160230743

CLASE: 38, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO

CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de

TELEVISA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras TD CENTRO y diseño, que servirá

para: AMPARAR: TELECOMUNICACIONES. Clase: 38. Para: AMPARAR:

EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de mayo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009804-2

No. de Expediente: 2016149478

No. de Presentación: 20160228209

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado NELSON

ALEXANDER OCHOA MENDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de EL GRAN IMPERIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: EL GRAN IMPERIO, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras el gran imperio y diseño, que servirá

para: AMPARAR: VENTA DE ROPA AMERICANA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de enero del año

dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de mayo del año dos mil dieciséis.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029246-2

DIARIO

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

RESOLUCIONES

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

2 v. alt. No. F029309-2

DIARIO

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2016151888

No. de Presentación: 20160233164

CLASE: 04, 19, 35, 37, 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de PUMA ENERGY INTERNATIONAL S.A., de nacionalidad BAHAMENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: la palabra PUMA y diseño, que servirá para: AM-PARAR: PETRÓLEO CRUDO O REFINADO; ACEITES, INCLUIDOS: DE RICINO CON FINES TÉCNICOS, DE COMBUSTIBLES, DE DIE-SEL, DE MOTOR, LUBRICANTES; COMBUSTIBLES, INCLUIDO: DE ILUMINACIÓN Y DE MOTOR, DIESEL; ADITIVOS NO QUÍ-MICOS PARA CARBURANTES; ÉTER DE PETRÓLEO, GAS COM-BUSTIBLE; GASOLINA; QUEROSENO, ACEITES LUBRICANTES, NAFTA. Clase: 04. Para: AMPARAR: BREA, ALQUITRÁN, BETÚN, ASFALTO, MATERIALES Y ELEMENTOS DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS, SUS PARTES Y ACCESORIOS INCLUIDOS EN ESTA CLASE. Clase: 19. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR Y AL DETALLE DE PETRÓLEO CRUDO, LUBRI-CANTES, GASOIL, NAFTAS, DERIVADOS DEL PETRÓLEO Y DE SUMINISTROS DE GASOLINA. SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR Y AL DETALLE DE ARTÍCULOS DE FARMACIA Y PER-FUMERÍA, GASOLINAS, SNACKS, GALLETITAS, PRODUCTOS ALIMENTECIOS, BEBIDAS, REVISTAS Y DIARIOS. SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR Y AL DETALLE DE PARTES Y AC-CESORIOS DE AUTOMÓVILES; PUBLICIDAD. NINGUNO DE LOS SERVICIOS MENCIONADOS SE ENCUENTRAN RELACIONADOS CON LOS DEPORTES, ARTICULOS DEPORTIVOS, VESTIMENTA DEPORTIVA O CASUAL. Clase: 35. Para: AMPARAR: ESTACIO-NES DE SERVICIO (GASOLINERAS), SERVICIOS DE REPARA-CIÓN, LAVADO, PULIDO, LUBRICACIÓN, MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y ENGRASE DE VEHÍCULOS Y REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES, LAVADO DE MOTORES DE VEHÍCULOS, RECAUCHUTADO DE NEUMÁTICOS, SERVICIOS DE VULCA-NIZACIÓN DE NEUMÁTICOS [REPARACIÓN]. Clase: 37. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE TRANSPORTE, ALMACENAJE Y DISTRIBUCIÓM DE COMBUSTIBLES; ALQUILER DE PLAZAS DE ESTECIONAMIENTO; ASISTENCIA EN CASO DE AVERÍA DE VEHÍCULOS; SERVICIOS DE REMOLQUE DE VEHÍCULOS. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009801-2

No. de Expediente: 2015143931

No. de Presentación: 20150218303

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO

CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de Co-

mercializadora de Lácteos y Derivados, S.A. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

LALA SOY SALUT

Consistente en: Las palabras LALA SOY SALUT, que servirá

para: AMPARAR: BEBIDAS Y PRODUCTOS LACTEOS, SUERO,

LECHE, LECHE DE SOJA Y DE ARROZ (SUCEDANES DE LECHE).

Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de abril del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009802-2

No. de Expediente: 2015143925

No. de Presentación: 20150218297

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado JULIO

CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de Co-

mercializadora de Lácteos y Derivados, S.A. de C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

LALA SOY ALMENDRA

Consistente en: Las palabras LALA SOY ALMENDRA, que servirá

para: AMPARAR: BEBIDAS Y PRODUCTOS LÁCTEOS, SUERO

DE LECHE, LECHE DE SOJA Y DE ARROZ (SUCEDÁNEOS DE LA

LECHE.). Clase: 29.

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Page 108: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de abril del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009803-2

No. de Expediente: 2016150445

No. de Presentación: 20160230364

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO

CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de FA-

BRICA DE EMBUTIDOS EUROPEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad

HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

Consistente en: las palabras HACIENDA LOURDES y diseño,

que servirá para: AMPARAR: EMBUTIDOS EN GENERAL, INCLU-

YENDO: CARNE, CARNE DE CAZA, EXTRACTOS DE CARNE,

GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de mayo del año dos mil dieciséis.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009805-2

No. de Expediente: 2016150441

No. de Presentación: 20160230360

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de CARNES PROCESADAS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-DUCTO.

Consistente en: la palabra PARIS y diseño. Sobre el uso de la palabra EMBUTIDOS que compone la marca, individualmente considerada no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: EMBUTIDOS EN GENERAL, INCLUYENDO: CARNE, CARNE DE CAZA, EX-TRACTOS DE CARNE, GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009806-2

No. de Expediente: 2016150442

No. de Presentación: 20160230361

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de ALIMENTOS INDUSTRIALES SANTA LUCIA, SOCIEDAD ANO-NIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras SANTA LUCÍA EMBUTIDOS EN TU MESA TODO EL DIA, que servirá para: AMPARAR: EMBUTI-

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Page 109: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

DOS EN GENERAL, INCLUYENDO: CARNE, CARNE DE CAZA,

EXTRACTOS DE CARNE, GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de mayo del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009807-2

No. de Expediente: 2016151642

No. de Presentación: 20160232673

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO

CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de

MERCASID, S.A., de nacionalidad DOMINICANA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO.

NUTRA by MERCASID

Consistente en: las palabras NUTRA by MERCASID traducidas

al castellano como NUTRA POR MERCASID, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS LÁCTEOS EN GENERAL, INCLUYENDO:

SUS DERIVADOS Y SUSTITUTOS, LECHE DE SOYA. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de abril del año dos mil dieciséis.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009808-2

No. de Expediente: 2016149190

No. de Presentación: 20160227459

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de MAGNOLIA IP HOLDINGS LLC, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras M MAGNOLIA HOME BY JOANNA

GAINES y diseño, traducidas al castellano como M MAGNOLIA HO-

GAR POR JOANNA GAINES, que servirá para: AMPARAR: PINTU-

RAS COMO: PINTURAS ARQUITECTÓNICAS; IMPRIMACIONES

DE PINTURA; SELLADORES DE PINTURA; COLORANTES PARA

MADERA; TINTES, A SABER, TINTES Y ACABADOS CLAROS

PARA USO EXTERIOR E INTERIOR EN UNA VARIEDAD DE

SUSTRATOS. Clase: 02.

La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de mayo del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029211-2

No. de Expediente: 2015145912

No. de Presentación: 20150221950

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

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Page 110: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

de COMPO GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

COMPO EXPERT

Consistente en: las palabras COMBO EXPERT traducida al

castellano como EXPERTO COMBO, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES PARA DESTRUIR BICHOS: HERBICIDAS,

PESTICIDAS, FUNGICIDAS, FEROMONAS; Y SUSTANCIAS

PROTECTORAS PARA COMBATIR PARASITOS, ESPORAS Y

HONGOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029212-2

No. de Expediente: 2015145913

No. de Presentación: 20150221951

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de COMPO GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

COMPO EXPERT

Consistente en: la frase COMPO EXPERT, que se traduce al caste-

llano como Experto Compo, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS

QUÍMICOS UTILIZADOS EN AGRICULTURA, HORTICULTURA

Y SILVICULTURA Y EN LA CONSTRUCCIÓN DE CAMPO DE

DEPORTES Y JARDINERIA; TIERRA PARA PLANTAS, PRODUC-

TOS QUIMICOS DE ACONDICIONAMIENTO DE SUELO, TURBA;

REGULADORES DE CRECIMIENTO, ABONOS. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029214-2

No. de Expediente: 2016150432

No. de Presentación: 20160230341

CLASE: 16, 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN EN-

RIQUE FLORES JUAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: la palabra SEDCOI y diseño, que servirá para:

AMPARAR. MATERIAL DE INSTRUCCION O MATERIAL DIDAC-

TICO. Clase: 16. Para: AMPARAR. DESARROLLO DE SOFTWARE

INFORMÁTICO; ADMINISTRATIVOS CONTABLES EN EL ÁREA

DE NEGOCIOS Y EDUCACIÓN. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de marzo del año dos mil dieciséis.

MARÍA DAFNE RUÍZ,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F029276-2

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

ACEPTACION DE HERENCIA

SAMUEL ELY MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Juez de Primera Instancia

Interino de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas cincuenta

minutos del día doce de mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor ILDEFONSO PORTILLO, quien

falleció el día veintitrés de julio de mil novecientos setenta y dos, en

el Cantón Calera, jurisdicción de Ilobasco, departamento de Cabañas,

lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARÍA CARMEN

GARCÍA MAJANO DE PORTILLO o MARÍA CARMEN GARCÍA

DE PORTILLO, en concepto de cesionaria del derecho hereditario

que le corresponde a cada uno de los señores Daniel Portillo Leiva o

Daniel Portillo y Erlinda Portillo Leiva de Majano, en calidad de hijos

del causante; y se le ha conferido a la aceptante, la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las quince horas del día doce de mayo de dos mil dieciséis.- LIC.

SAMUEL ELY MARTINEZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA INTERINO.- LIC. OSCAR ARMANDO LOPEZ SANCHEZ,

SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. C009728-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y veinticin-

co minutos, de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, con

benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JORGE

MAURICIO GONZALEZ FLORES, quien falleció el día veinticinco de

octubre del año dos mil quince, en Lotifi cación Rivas, Pasaje Virginia,

Barrio Las Flores, de este Departamento de La Unión, siendo este lugar

su último domicilio; de parte de los señores MAURICIO ALBERTO

GONZALEZ CRUZ conocido por MAURICIO ALBERTO GONZALEZ,

y MARIA CATALINA FLORES DE GONZALEZ, en calidad de padres

del causante.

Confi érese a dichos aceptantes, en la calidad antes mencionada, la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los ocho días del mes

de abril del dos mil dieciséis.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. GLENDA YAMILETH CRUZ

RAMOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009737-3

GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las doce horas y cincuenta y cinco minutos este día, se ha declarado

Heredero Ab-intestato, con Benefi cio de Inventario del causante señor

JOSÉ AMADEO LOPEZ, quien falleció a las dieciséis horas treinta y

cinco minutos del día veintiocho de noviembre de dos mil quince, en

el parqueo del Instituto de Medicina Legal, Usulután siendo su último

domicilio Santiago de María, Departamento de Usulután, de parte de la

señora MARIA DEL CARMEN LÓPEZ DE APARICIO, conocida por

MARIA DEL CARMEN LÓPEZ y por CARMEN LÓPEZ, en calidad

de madre del causante.

Confi riéndole a la aceptante de las diligencias de Aceptación

Herencia la Administración y Representación Legal Interina de la suce-

sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: San-

tiago de María, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil dieci-

séis.- LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SANDRA ELIZABETH GOMEZ

GARAY, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009741-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, JUEZ TRES DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas con quince minu-

tos del día catorce de abril del año dos mil dieciséis, se le ha conferido

la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA y con

benefi cio de inventario de la HERENCIA INTESTADA de los bienes

que a su defunción dejó la causante señora VALENTINA RIVERA DE

MELENDEZ, quien falleció a las nueve horas diez minutos del día quince

de noviembre de dos mil nueve, en la Ciudad de Westchester, Estado

de New York, de los Estados Unidos de América, siendo éste su último

domicilio; al señor SANTOS MAURICIO MELÉNDEZ, en su calidad

de cónyuge sobreviniente y como cesionario de los derechos hereditarios

que le correspondían a la señora KRISHNA IVETTE MELENDEZ

RIVERA, en su calidad de hija sobreviviente del causante.

Habiéndosele conferido la ADMINISTRACION Y REPRESEN-

TACION INTERINA de la sucesión intestada con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente, Art. 473, 480 y

siguientes C.C.

Se hace saber al público en general, para que todo aquel que tenga

derecho en la presente sucesión, se apersone a este Tribunal legitimando

su derecho en el término de quince días Art. 1163 C.C.

Publíquense los edictos de ley, por una vez en el Diario Ofi cial y

por tres veces consecutivas en dos periódicos de circulación nacional,

todo de conformidad al Art. 5 de la Ley del Ejercicio Notarial de la

Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, Juez Tres,

a las nueve horas del día veintiocho de abril de dos mil dieciséis.-

LIC. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, JUEZ 3.- LICDA.

JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA 3.

3 v. alt. No. C009746-3

MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cuarenta

minutos del día doce de mayo del dos mil dieciséis, se ha tenido por

aceptada y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor JOSE ADAN RIVERA QUEZADA conocido

por JOSE ADAN RIVERA, quien falleció a las diez horas con cinco

minutos del día siete de mayo de dos mil diez, en el Hospital Rosales

de San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de

ANA SILVIA RIVERA PALMA y MARITZA RUBIA RIVERA DE

ALVARENGA en calidad de hijas sobrevivientes del causante.

Se confi ere a las herederas declaradas la administración y repre-

sentación interina de la herencia, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las once horas con cincuenta minutos del día doce de mayo del dos mil

dieciséis.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028674-3

LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMIREZ, JUEZA DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinticinco

minutos del día veinte de abril de dos mil dieciséis, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia testa-

mentaria que a su defunción, ocurrida a las dieciocho horas dos minutos

del día dieciocho de diciembre de dos mil quince, en Centro Médico

de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, dejó el causante señor

JULIO ALBERTO TOMAS SALINAS DOUDS, conocido por JULIO

SALINAS DOUDS, de parte de los señores FLORENCE SALINAS DE

BRACAMONTE, JULIO ANGEL SALINAS REINERI y RODRIGO

SALINAS REINERI, en calidad de herederos testamentarios instituidos

por el causante; a quienes se ha nombrado interinamente representantes

y administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para que los que se

crean con derecho se presenten a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente de la tercera publicación del presente

edicto.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas veintio-

cho minutos del día veinte de abril de dos mil dieciséis.- LICDA. DANI

BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA.

CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028735-3

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cuarenta

minutos del día veintinueve de marzo del año dos mil dieciséis; se ha

tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la heren-

cia intestada que a su defunción ocurrida a las doce horas y veinticinco

minutos del día veintinueve de agosto de dos mil catorce, en Hospital

Nacional de Maternidad, San Salvador; siendo su último domicilio el

de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán; dejó la señora GLADIS

ESTELA ECHEVERRIA, de parte de los señores NERY ALFREDO

y WALTER ENRIQUE, ambos de apellidos VIANA ECHEVERRIA,

ambos en calidad de hijos sobrevivientes de la causante y como cesio-

narios del derecho hereditario de Sandra Yesenia Viana de Bueno, como

hija de la causante.

Nómbrase interinamente a los aceptantes representantes y admi-

nistradores de la sucesión, con las facultades y restricciones del curador

de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas cuarenta y

un minutos del día veintinueve de marzo del año dos mil dieciséis.- LIC.

DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028740-3

LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de

lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución a las nueve horas y cuarenta

y cinco minutos de día veintiséis de abril de este año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante JOSE ANIBAL HERRERA cono-

cido por JOSE ANIBAL HERRERA DOMINGUEZ, quien falleció el

día veintiséis de noviembre de dos mil quince, en el Hospital General

del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, San Salvador y habiendo

sido su último domicilio en la Jurisdicción de San Juan Nonualco; por

parte de JUANA HERRERA, en concepto de madre sobreviviente del

referido causante.

Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y represen-

tante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, día veintiséis de abril de

dos mil dieciséis.- LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-

RRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO

ORREGO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028793-3

LA LICENCIADA MELIDA RIVERA CISNEROS, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD

BARRIOS.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y tres

minutos del día veintiocho de abril del año dos mil dieciséis; se ha tenido

por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia

Intestada que a su defunción dejó la causante señora MARÍA ANGELA

UMAÑA DE DEL CID, quien fue de setenta y dos años de edad, de

ofi cios domésticos, casada, Salvadoreña, originaria y del domicilio del

Municipio de San Gerardo, Departamento de San Miguel, quien falleció

a las ocho horas del día seis de agosto de dos mil catorce, en su lugar

de residencia en Barrios Las Flores del Municipio de San Gerardo,

Departamento de San Miguel, sin asistencia médica, siendo la causa del

fallecimiento Infarto Cardiaco, siendo el Municipio de San Gerardo su

último domicilio; de parte de los señores LUISA EDELMIRA UMAÑA

y MIGUEL ANTONIO DEL CID UMAÑA, en calidad de hijos de la

causante; en calidad de Herederos Intestados de la causante; todo de

conformidad al Artículo 1163 del Código Civil. Habiéndole conferido

a los aceptantes declarados en el carácter indicado, la Administración

y Representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA: a los

que se crean con Derecho a la Herencia referida para que se presenten

a deducirlo dentro del término de QUINCE DÍAS, contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, a las quince horas y once minutos del

día veintinueve de abril del año dos mil dieciséis.- LICDA. MELIDA

RIVERA CISNEROS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA INTERI-

NA.- LIC. NERY DAVID RUBIO CONTRERAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028811-3

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

El Licenciado MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez

Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana: DE CONFORMIDAD

AL INCISO 1° DEL ARTÍCULO 1163 DEL CODIGO CIVIL AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que se han promovido por la Licenciada Berta Bea-

triz Sandoval Martínez, Diligencias de Aceptación de Herencia Intestadas

con Benefi cio de Inventario, sobre los bienes que a su defunción dejara

la señora Julia Emma Barillas, conocida por Julia Emma Barillas Morán

y por Julia Barillas, quien falleció el día veinticinco de febrero del año

dos mil, siendo su último domicilio esta ciudad y este día se tuvo por

aceptada la herencia antes referida y se nombró como ADMINISTRADOR

Y REPRESENTANTE INTERINO con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente de dicha sucesión, al señor José

Ricardo Barillas, en calidad de hijo sobreviviente de la causante y como

cesionario de los derechos que le corresponden a la señora Dirna Dinora

Barillas Menéndez, en calidad de hija sobreviviente de la causante.

Lo que se hace del conocimiento público, para que puedan presen-

tarse a este tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia

que a su defunción dejara el referido causante, dentro de los quince días

siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciu-

dad de Santa Ana, el día veinticinco de abril de dos mil dieciséis.- Lic.

MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA

MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

3 v. alt. No. F028821-3

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

(2) DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,

a las once horas del día cuatro de marzo del año dos mil dieciséis, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veintiséis de enero

de dos mil ocho, en la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salva-

dor, dejó el causante señor BALBINO RIVAS, conocido por BALBINO

HERCULES ORELLANA, siendo su último domicilio el de esta ciudad,

de parte de la señora MARÍA OFELIA GRANDE DE RIVAS, en su

calidad de cónyuge sobreviviente del causante y por repudiada dicha

herencia por parte de los señores CRISTINA GUADALUPE RIVAS DE

ALVARADO, CARMEN ELENA RIVAS GRANDE DE MARTINEZ,

CARLOS ALBERTO RIVAS GRANDE, BALBINO ERNESTO RIVAS

GRANDE, ROBERTO ALONSO RIVAS GRANDE, SARA NOEMI

RIVAS GRANDE, en su calidad de hijos del de cujus.

Y se le ha conferido a la aceptante, la administración y representación

interina de los bienes de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a las

nueve horas del día siete de marzo de dos mil dieciséis.- Licda. GENNY

SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL (2).- Licda.

EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028831-3

SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZA DE LO CIVIL

SUPLENTE DE USULUTAN: AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta minutos

de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio

de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora

MARIA ANTONIA GOMEZ o MARIA ANTONIA GOMEZ DE

VASQUEZ, al fallecer el día tres de febrero del año dos mil doce, en el

Cantón Piedra de Agua, Jurisdicción de Santa Elena, siendo la Ciudad

de Santa Elena, su último domicilio, de parte del señor JOSE TOMAS

VASQUEZ GOMEZ, en calidad de hijo y como cesionario de los derechos

hereditarios que les correspondían a los señores ADRIAN VASQUEZ,

en calidad de cónyuge sobreviviente y JOSE RICARDO VASQUEZ

GOMEZ, en calidad de hijo de la misma causante.-

Confi érasele al aceptante dicho, la Administración y Representación

Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores

de la Herencia Yacente.-

Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citándose a los que

se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en

el término que la ley indica. Art . 1163 C. C..-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

veintiocho días del mes de abril de dos mil dieciséis.- Licda. SANDRA

ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.-

Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F028838-3

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA

IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cinco minutos

del día uno de marzo de dos mil dieciséis, dictada en las Diligencias

Varias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas en este Juzgado

con el NUE: 01806-15-CVDV-1CM1-141/15(1); promovidas por el

Licenciado José David Morales Rivas, como Apoderado General Judicial

con Cláusula Especial del señor Cristóbal de Jesús Linares Alcántara; se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de

parte del referido señor CRISTÓBAL DE JESÚS LINARES ALCÁN-

TARA, como hijo de la causante y como cesionario de los derechos

que les correspondían a los señores María Emigdia Linares Alcántara

y Rafael de los Ángeles Linares Alcántara, como hijos de la causante,

en la herencia intestada dejada a su defunción por la señora VIRGINIA

LINARES TRINIDAD, conocida por VIRGILIA LINARES ORDOÑEZ,

VIRGINIA LINARES y VIRJINIA LINARES, quien según certifi cación

de partida de defunción, fue de sesenta años de edad, soltera, de Ofi cios

Domésticos, con último domicilio en Santiago de la Frontera, de este

departamento y quien falleció en el Cantón Chilamates, Jurisdicción

de Santiago de la Frontera, de este departamento, a las veinte horas del

día uno de octubre de mil novecientos ochenta y uno. Nombrándosele

INTERINAMENTE representante y administrador de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con

igual o mejor derecho a la herencia de que se trata, para que en el plazo

de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto,

comparezcan a deducirlo a este Juzgado, ubicado en Cuarta Avenida

Sur, entre Once Calle Poniente y Calle José Mariano Méndez Poniente,

número cuarenta y uno de esta ciudad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,

uno de marzo de dos mil dieciséis.- Lic. THELMA IDALIA ESPERANZA

ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL.- Lic. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028842-3

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, a

las once horas con dos minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora SARA

NOHEMY RIVERA MANZANARES, mayor de edad, estudiante, de

este domicilio, en calidad de hija del causante, la herencia intestada que a

su defunción dejó el señor JOSE NARCISO RIVERA BONILLA, quien

fue de cincuenta y tres años de edad, mecánico, casado, originario de San

Miguel, departamento de San Miguel, hijo de los señores Sofía Bonilla y

Francisco Rivera, fallecido el día once de enero de dos mil trece, siendo

su último domicilio San Miguel, departamento de San Miguel.

Se le ha conferido a la aceptante en el carácter aludido, la admi-

nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente y se CITA a los

que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten

a deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al

de la última publicación del presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, A LOS DIECISEIS

DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- Lic.

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. NELSON ENRIQUE VILLANUEVA

MAJANO, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F028852-3

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ-

GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,

a las diez horas del día ocho de junio del año recién pasado, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada dejada por la causante, señora Jesús Mijango viuda de Dueñas,

ocurrida el día ocho de agosto de dos mil trece, en Quezaltepeque, lugar

de su último domicilio, de parte de la señora Antonia Noemi Dueñas

de Rodas, en calidad de hija de la causante y además como cesionaria

del derecho hereditario que le correspondía a la señora Victoria del

Carmen Dueñas de Serrano, en calidad de hija de la causante y se ha

conferido a la aceptante, la administración y la representación interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas

y cinco minutos del día veintiuno de enero de dos mil dieciséis.- Dra.

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL.-

Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028856-3

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

SAMUEL ELY MARTINEZ MARTINEZ, Juez de Primera Instancia

Interino de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día doce

de mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente

con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó

el señor TOMÁS LEMUS ESCOBAR, quien falleció el día diecisiete

de diciembre de dos mil quince, en el Hospital Nacional de la ciudad

de Ilobasco, siendo la Villa de Jutiapa, departamento de Cabañas, lugar

de su último domicilio, de parte de la señora JUANA ESCOBAR ES-

COBAR, conocida por JUANA ESCOBAR, en concepto de madre del

causante.

Y se le ha conferido a la aceptante, la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a

las diez horas diez minutos del día doce de mayo de dos mil dieciséis.- Lic.

SAMUEL ELY MARTINEZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA INTERINO.- Lic. OSCAR ARMANDO LOPEZ SANCHEZ,

SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F028859-3

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve

horas de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-

nefi cio de inventario, de parte de la señora ELSA MARINA CORADO

DE RIVERA, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante

señora MARIA ELVIRA CORADO, conocida por MARIA ELBIRA

CORADO CORADO y por MARIA ELVIRA CORADO CORADO,

quien fue de setenta y un años de edad, ofi cios domésticos, fallecido a

las dos horas cincuenta y cinco minutos del día catorce de diciembre de

dos mil trece, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de

Santa Ana, siendo la ciudad de Atiquizaya, su último domicilio, como

hija de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le

correspondía a la señora ALMA YANETH CERNA CORADO, como

hija de la causante.

Se le ha conferido a la aceptante en el carácter dicho, la ADMI-

NISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCE-

SION con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Se le ha conferido a la aceptante en el carácter dicho la ADMI-

NISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCE-

SION con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las once

horas quince minutos del día cinco de mayo año dos mil dieciséis.- Lic.

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028876-3

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las

catorce horas y treinta minutos del día diecinueve de febrero del presente

año, fue aceptada expresamente y con BENEFICIO DE INVENTARIO, la

herencia intestada que a su defunción dejó la causante MARÍA CONCEP-

CIÓN BARAHONA DE MORALES, quien falleció el día veinticuatro de

octubre del año mil nueve, a la edad de cincuenta y nueve años, casada,

naturópata, originaria de Jiquilisco, Departamento de Usulután, siendo

esta Ciudad su último domicilio, de parte de los señores: 1°) DAMARIS

NOHEMI MORALES DE LÓPEZ, 2°) LOIDA ESTHER MORALES

DE ALVARADO, 3°) KARLA REBECA MORALES BARAHONA,

4°) OVED ELISEO MORALES BARAHONA, 5°) EUNICE LISSETH

MORALES DE HERNÁNDEZ y 6°) MARTA LIDIA MORALES

DE VALLE; con Números de Identifi cación Tributaria en el orden

respectivo, la primera: 1108-100881-101-8, la segunda: 1108-090184-

103-4; la tercera: 1108-291179-104-6; el cuarto: 1108-161074-102-0;

la quinta: 1108-010376-101-3; y la sexta: 1108-050377-107-7; todos

en su calidad de hijos de la causante y cesionarios de los derechos he-

reditarios que como madre de la referida causante le correspondían a la

señora ANGELINA AGUILERA DE BARAHONA. Lo anterior según

Testimonio de Escritura Pública de Derechos Hereditarios otorgada en la

Ciudad de San Juan Opico, a las once horas del día veintiuno de agosto

del dos mil quince, ante los ofi cios Notariales de la Licenciada MARÍA

MARIBEL ALAS CERNA.

Confi riéndose a los herederos declarados la ADMINISTRACION

Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión referida, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente de

conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil,

citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia, para

que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores a

la tercera publicación del presente edicto.

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a

los diecinueve días del mes de febrero de dos mil dieciséis.- Licda.

DIGNA GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA, L. L.- Lic. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028887-3

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, a

las quince horas con treinta y dos minutos de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la se-

ñora MARÍA INES GAMEZ DE AMAYA, conocida por MARÍA INES

GALEAS DE AMAYA, mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este

domicilio, en calidad de cónyuge del causante, la herencia intestada que

a su defunción dejó el señor LUIS AMAYA GRANADOS, conocido

por JOSE LUIS AMAYA, JOSE LUIS AMAYA GRANADOS y por

LUIS AMAYA, quien fue de ochenta y cinco años de edad, agricultor,

casado, originario de San Miguel, departamento de San Miguel, hijo de

los señores Clara Granados y Pablo Amaya, fallecido el día veintitrés

de enero de dos mil ocho, siendo su último domicilio San Miguel, de-

partamento de San Miguel.

Confi érasele a la aceptante en el carácter aludido, la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Y se CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida,

para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a

partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, A LOS CATORCE

DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- Lic.

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028895-3

ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE

DELGADO, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a

las quince horas con treinta minutos del día veintitrés de octubre de dos

mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en

San Salvador, pero con último domicilio en Delgado, el día veintiséis

de junio de dos mil trece, dejó la causante señora MARÍA GRACIELA

GALDÁMEZ LEÓN, de parte del señor CAMILO DE LELIS MEJÍA

GALDÁMEZ, en su calidad de heredero testamentario de la señora en

comento.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil Juez Dos: Delgado, a las quince

horas con cuarenta minutos del día nueve de mayo de dos mil dieciséis.-

Lic. ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ DE LO CIVIL.- Br.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028901-3

HERENCIA YACENTE

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las doce

horas cincuenta minutos de este día, a petición del Licenciado CRISTIAN

ARMANDO ALFARO MORENO, Apoderado General Judicial del

señor PORFIRIO DE DOLORES CARTAGENA CONTRERAS, se

ha declarado yacente la herencia intestada dejada a su defunción por la

señora ELVA LUS CARTAGENA CONTRERAS, quien al momento

de fallecer fue de sesenta y seis años de edad, hija de Cornelio Cartagena

y Marcos Contreras, falleció a las tres horas del día veintidós de octubre

de dos mil doce, en Cantón San Antonio, de esta jurisdicción, siendo

esta ciudad su último domicilio, habiéndose nombrado Curador de ella

al Licenciado RAFAEL ALBERTO TICAS PALACIOS, mayor de edad,

Abogado, del domicilio de San Salvador, portador de su Documento

Único de Identidad número cero cero cero diecisiete mil quinientos

noventa y dos-ocho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

catorce horas diez minutos del día veintiuno de abril del año dos mil

dieciséis.- Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028883-3

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

TITULO DE PROPIEDAD

EL INSFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

LOLOTIQUE, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL:

HACE SABER QUE: A esta ofi cina se ha presentado el señor:

ARTURO MARTINEZ MEZA, de setenta y dos años de edad, Casado,

Agricultor, del domicilio de Lolotique, departamento de San Miguel,

solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, de un terreno

de naturaleza urbana situado en el Barrio San Isidro, de la ciudad de

Lolotique, Departamento de San Miguel, de una capacidad superfi cial

de SETECIENTOS VEINTIDOS PUNTO CUARENTA Y SIETE

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE: cinco tramos: lindero uno; de mojón uno a mojón dos;

doce punto cero cuatro metros, de mojón dos a mojón tres; cero punto

sesenta metros, de mojón tres a mojón cuatro; once punto sesenta y

tres metros, colindando en este tramo con Milton David Parada y Rosa

Haydee Morales; del mojón cuatro al mojón cinco; once punto cuarenta

y dos metros; del mojón cinco al mojón seis; veintiuno punto veintidós

metros, colindando con Karen Lisseth Martínez. AL ORIENTE: está

compuesto por un tramo; de mojón seis a mojón siete; diez punto sesenta

y dos metros; colindando con María Elena Sandoval, calle de por medio.

AL SUR: compuesto por tres tramos: de mojón siete a mojón ocho;

veinticinco punto cero cuatro, de mojón nueve a mojón ocho a mojón

nueve; cuatro punto cuarenta y ocho metros; del mojón nueve al mojón

diez; diecinueve punto dieciocho metros colindando con Brenda Michelle

Pérez de Martínez. AL PONIENTE: compuesto por un tramo: del mojón

diez a mojón uno; veintitrés punto treinta y dos metros, colindando con

José Evelio Morales e Irma Victoria Jurado Martínez calle de por medio.

Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión material que

le hiciera a la señora Teresa Portillo de Ramos, hace más de diez años

que el inmueble no se encuentran en proindivisión con nadie y los valora

en CINCO MIL DOLARES ($5,000.00).

Alcaldía Municipal de Lolotique, a los nueve días del mes de Mayo

de dos mil dieciséis. COLOMBO CARBALLO VARGAS, ALCALDE

MUNICIPAL.- FLOR ESTELA RIVAS DE QUINTANILLA, SECRE-

TARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028717-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CELSA

CRUZ SALINAS LÓPEZ, mayor de edad, Abogada del domicilio de

Las Vueltas, Departamento de Chalatenango, con Documento Único

de Identidad número cero un millón seiscientos seis mil setecientos

ochenta y nueve - cero, quien actúa como apoderado Especial de la

Señora MARTA LILIAN TEJADA CARDOZA, de treinta y ocho años

de edad, Empleada, de este domicilio, portadora de su Documento Único

de Identidad número cero cero trescientos treinta y un mil seiscientos

cinco - dos. Solicitando a favor de su poderdante, TITULO DE PRO-

PIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio San

Antonio Avenida uno norte sin número, Municipio de San Francisco

Morazán, Departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial

de NOVECIENTOS VEINTINUEVE PUNTO QUINCE METROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE,

mide treinta y ocho metros con sesenta y dos centímetros y colinda con

José Domingo Tejada Ábrego, muro de Ladrillo de block de por medio

propiedad del colindante. AL ORIENTE: mide trece metros veinticinco

centímetros y colinda con Jesús Cardoza Landaverde, muro de piedra y

block de por medio propiedad del colindante; AL SUR, en veintinueve

metros con cuarenta y un centímetros colinda con propiedad de Juan

Antonio Tejada Ábrego, cerco de alambre y pared de por medio propie-

dad del colindante; y AL PONIENTE, mide cuarenta y un metros con

treinta y dos centímetros y colinda con propiedad de Elvira Romero,

Calle La Ronda de por medio. El inmueble que se pretende titular no es

dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con otras personas, así

mismo no posee carga o derecho real alguno. Dicho inmueble lo posee

de buena fe, en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida y lo adquirió

por compra que le hiciera a la señora María Angélica Cardoza Viuda

de Tejada, según escritura pública número cincuenta y nueve, otorgada

en la Ciudad de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, ante los

ofi cios de la Notario Lic. Cristian Geovany Hernández Rivas, de fecha

catorce de octubre de dos mil quince; quien lo poseía, en los mismos

términos, por lo que unida su posesión a la de su antecesor sobrepasan

más de diez años consecutivos, y lo valora en la cantidad de UN MIL

CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

NORTE AMERICA. Dicho inmueble no está inscrito en el Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de Chalatenango, por carecer de antecedente

inscrito.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en la Alcaldía Municipal de San Francisco Morazán,

Departamento de Chalatenango, a los nueve días del mes de marzo de

dos mil dieciséis.- ING. MARVIN ALEXANDER CARDOZA QUIJA-

DA, ALCALDE MUNICIPAL.- MARIO RAFAEL VALLE LEMUS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F028863-3

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

TITULO SUPLETORIO

LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino

de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que el Licenciado Ronald de Jesús Portillo Se-

govia, en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Espe-

cial de la señora María Isabel López Rivas, mayor de edad, doméstica,

del domicilio de Guadalupe, departamento de San Vicente, con Docu-

mento Único de Identidad número: cero un millón sesenta y nueve mil

tres-cinco, y Número de Identifi cación Tributaria: un mil dos-cero se-

tenta y un mil ciento cuarenta y tres-ciento uno-uno, solicitan Título

Supletorio de un terreno de naturaleza rústico, situado en Cantón San

Emigdio, Caserío El Tablón, Municipio de Guadalupe, departamento de

San Vicente, según certifi cación de la denominación catastral tiene una

extensión superfi cial de SEIS MIL CIENTO SESENTA Y TRES PUN-

TO CATORCE METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHO MIL

OCHOCIENTOS DIECIOCHO PUNTO VEINTIDÓS VARAS CUA-

DRADAS de las medidas y colindancias siguientes: cuya descripción

técnica da inicio del vértice Nor Poniente que es el punto de partida de

esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas: NORTE:

doscientos setenta y siete mil cuatrocientos ocho punto noventa y siete;

ESTE quinientos catorce mil trescientos noventa y cinco punto sesenta

y tres; LINDERO NORTE: partiendo del vértice Nor Poniente está

formado por siete tramos con los Siguientes rumbos y distancias: Tramo

Uno, Norte cincuenta y seis grados cero cinco minutos dieciséis segun-

dos Este, con una distancia de tres punto noventa y seis metros, Tramo

Dos, Norte treinta y siete grados veinticuatro minutos veinticuatro se-

gundos Este, con una distancia de cuatro punto cuarenta y un metros;

Tramo Tres, Norte treinta y un grados cincuenta y seis minutos cero tres

segundos Este, con una distancia de doce punto cuarenta y cuatro metros;

Tramo cuatro, Norte veinticuatro grados cero tres minutos cincuenta y

seis segundos Este, con una distancia de dieciséis punto cero siete metros;

Tramo Cinco, Norte veintiún grados treinta minutos cero un segundos

Este, con una distancia de siete punto ochenta y un metros; Tramo Seis,

Norte dieciocho grados cero dos minutos cuarenta segundos Este, con

una distancia de ocho punto veinte metros; Tramo Siete, Norte veintio-

cho grados veintiocho minutos cuarenta y siete segundos Este, con una

distancia de tres punto ochenta y cinco metros; colindando con LETICIA

RAMIREZ, con cerco de púas; LINDERO ORIENTE: partiendo del

vértice Nor Oriente está formado por diecinueve tramos con los siguien-

tes rumbos y distancias:Tramo Uno, Sur once grados catorce minutos

veintiocho segundos Este, con una distancia de un punto setenta y dos

metros; Tramo Dos, Sur treinta y cinco grados cuarenta y nueve minutos

cero cinco segundos Este, con una distancia de seis punto cincuenta y

cuatro metros; Tramo Tres, Sur treinta y cuatro grados veintiocho mi-

nutos cuarenta y siete minutos Este, con una distancia de cinco punto

diez metros; Tramo Cuatro, Sur treinta y siete grados cuarenta y cinco

minutos catorce segundos Este, con una distancia de once punto dieci-

nueve metros; Tramo Cinco, Sur treinta y un grados veinte minutos

veintisiete segundos Este, con una distancia de tres punto noventa y

nueve metros; Tramo Seis, Sur treinta y siete grados treinta y ocho

minutos veintiún segundos Este, con una distancia de nueve punto

quince metros; Tramo Siete, Sur treinta y siete grados cincuenta y nue-

ve minutos cero nueve segundos Este, con una distancia de diez punto

diez metros; Tramo Ocho, Sur treinta y ocho grados cincuenta y dos

minutos treinta y un segundos Este, con una distancia de nueve punto

veintitrés metros; Tramo Nueve, Sur treinta y siete grados veintiocho

minutos dieciocho segundos Este, con una distancia de siete punto

treinta y seis metros; colindando con GENOVEVA RIVAS, con cerco

de púas; Tramo Diez, Sur treinta y siete grados cuarenta y cinco minu-

tos cincuenta y nueve segundos Este, con una distancia de cinco punto

ochenta y siete metros; Tramo Once, Sur treinta y cuatro grados cero

seis minutos cuarenta y un segundos Este, con una distancia de diez

punto sesenta metros; Tramo Doce, Sur treinta y cuatro grados treinta

minutos treinta y cinco segundos Este, con una distancia de seis punto

cincuenta y dos metros; Tramo Trece, Sur treinta y siete grados cero tres

minutos treinta y siete segundos Este, con una distancia de nueve punto

treinta y tres metros; Tramo Catorce, Sur treinta grados treinta y ocho

minutos cincuenta y un segundos Este, con una distancia de diecisiete

punto ochenta y seis metros; Tramo Quince, Sur treinta grados cero un

minutos veintinueve segundos Este con una distancia de diez punto

sesenta y dos metros; Tramo Dieciséis, Sur veintiséis grados cincuenta

y un minutos quince segundos Este, con una distancia de un punto

cuarenta y cinco metros; Tramo Diecisiete, Sur veinticinco grados

treinta minutos cincuenta y dos segundos Este, con una distancia de tres

punto doce metros; Tramo Dieciocho, Sur cincuenta y tres grados cua-

renta y cinco minutos veintiséis segundos Este, con una distancia de

dieciocho punto treinta y nueve metros; Tramo Diecinueve, Sur ochen-

ta y tres grados cero nueve minutos cuarenta y tres segundos Este con

una distancia de trece punto ochenta y cinco metros; colindando con

ISAIAS DE JESÚS RIVAS PLATERO, con cerco de púas; LINDERO

SUR: partiendo del vértice Sur Oriente está formado por once tramos

con los siguientes rumbos y distancias; Tramo Uno, Sur setenta grados

cuarenta y cuatro minutos treinta y un segundos Oeste, con una distan-

cia de veinticinco punto ochenta y cinco metros; colindando con

YOLANDA MARROQUIN, con zanjuela de por medio; Tramo Dos,

Norte cincuenta y cinco grados cincuenta y ocho minutos cero cero

segundos Oeste, con una distancia de doce punto cuarenta metros;

Tramo Tres, Norte setenta y tres grados cincuenta y tres minutos trece

segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto noventa y cinco

metros; Tramo Cuatro, Norte setenta y siete grados treinta y cuatro

minutos veinte segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto cero

cero metros; Tramo Cinco, Norte setenta y cuatro grados once minutos

cero cinco segundos Oeste, con una distancia de siete punto cero cuatro

metros; Tramo Seis, Norte ochenta y siete grados cero seis minutos

cuarenta y cuatro segundos Oeste, con una distancia de cinco punto

cuarenta y dos metros; Tramo Siete, Norte cuarenta y tres grados vein-

tiséis minutos treinta y un segundos Oeste, con una distancia de ocho

punto veinticinco metros; Tramo Ocho, Norte cincuenta y cuatro grados

treinta y ocho minutos veintidós segundos Oeste, con una distancia de

dos punto cuarenta y cinco metros; Tramo Nueve, Norte ochenta y dos

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

grados cincuenta y nueve minutos veintiocho segundos Oeste, con una

distancia de tres punto diecisiete metros; Tramo Diez, Norte setenta y

cuatro grados cincuenta minutos treinta y nueve segundos Oeste, con

una distancia de tres punto noventa y cuatro metros; Tramo Once, Nor-

te ochenta grados treinta y dos minutos diez segundos Oeste, con una

distancia de trece punto noventa y dos metros; colindando con YOLANDA

MARROQUIN, con quebrada de por medio; y LINDERO PONIENTE:

partiendo del vértice Sur Poniente está formado por once tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Norte cincuenta y cinco

grados cuarenta y ocho minutos cero un segundos Oeste, con una dis-

tancia de un punto treinta y siete metros; Tramo Dos, Norte ochenta y

nueve grados cincuenta y un minutos cincuenta y cuatro segundos

Oeste, con una distancia de siete punto cincuenta y seis metros; Tramo

Tres, Norte setenta y dos grados doce minutos cero cero segundos

Oeste, con una distancia de dos punto sesenta y tres metros; Tramo

Cuatro, Norte sesenta y ocho grados treinta y seis minutos veintisiete

segundos Oeste, con una distancia de tres punto cincuenta y ocho metros;

Tramo Cinco, Norte cincuenta y cuatro grados diecisiete minutos cin-

cuenta y ocho segundos Oeste con una distancia de doce punto veintidós

metros; Tramo Seis, Norte cuarenta y un grados veinticuatro minutos

cincuenta y un segundos Oeste, con una distancia de seis punto setenta

y seis metros; Tramo Siete, Norte sesenta y cuatro grados cuarenta y

cuatro minutos cero cuatro segundos Oeste, con una distancia de dos

punto veintisiete metros; Tramo Ocho, Norte sesenta y siete grados cero

cero minutos cuarenta y ocho segundos Oeste, con una distancia de

siete punto cero un metros; Tramo Nueve, Norte cincuenta y tres grados

cuarenta y un minutos cero nueve segundos Oeste, con una distancia de

cinco punto noventa y nueve metros; Tramo Diez, Norte cero nueve

grados cero nueve minutos cuarenta y dos segundos Este, con una dis-

tancia de trece punto ochenta y un metros; Tramo Once, Norte doce

grados diecisiete minutos treinta y tres segundos Oeste con una distan-

cia de veinte punto veinticinco metros; colindando con MILAGRO

MARROQUIN con quebrada de por medio. Así se llega al vértice Nor

Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción. Dicho inmue-

ble se valúa en la suma de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA. La señora María Isabel López Rivas, ha

poseído el inmueble objeto de las presentes diligencias desde el día doce

de noviembre de mil novecientos sesenta y uno, por lo que dicha pose-

sión data de más de diez años, de estar poseyendo en forma quieta,

pacífi ca e ininterrumpida y sin proindivisión con ninguna otra perso-

na.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciséis

días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.- LIC. LUIS ANTONIO

BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LICDA.

LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028896-3

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 1997007033

No. de Presentación: 20150214131

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y

NOTARIO(A), del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de DERIVADOS DE MAIZ ALIMENTICIO, SOCIE-

DAD ANONIMA, del domicilio de Pavas, de la Embajada Americana

dos kilómetros al oeste, San José, Costa Rica, de nacionalidad COSTA-

RRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00144 del Libro 00189 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra TortiRicas y diseño; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de febrero del año dos mil dieciséis.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009717-3

No. de Expediente: 1999006941

No. de Presentación: 20150216799

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO

ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y NOTARIO(A),

DIARIO

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de METALCO, SOCIEDAD ANONIMA, del domi-

cilio de Apartado 1131-1000, San José, República de Costa Rica, de

nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00126 del Libro 00189 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra METALCO; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 06 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de noviembre del año dos mil quince.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009718-3

No. de Expediente: 2001014153

No. de Presentación: 20160231137

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y

NOTARIO(A), del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de Accenture Global Services Limited, del do-

micilio de 3 Grand Canal Plaza, Upper Grande Canal Street, Dublin 4,

Irlanda, de nacionalidad IRLANDESA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00031 del Libro 00191 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra "accenture" escrita en letras de

molde minúsculas de color blanco; arriba de la letra "t" se encuentra una

fi gura de color blanco semejante al extremo angular de una fl echa. Todo

esto se encuentra dentro de un rectángulo de color negro; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 37 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009719-3

No. de Expediente: 2001014152

No. de Presentación: 20160231139

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y

NOTARIO(A), del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de Accenture Global Services Limited, del domicilio

de 3 Grand Canal Plaza, Upper Grande Canal Street, Dublin 4, Irlanda,

de nacionalidad IRLANDESA, solicitando RENOVACION, para la

inscripción Número 00030 del Libro 00191 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra "accenture" escrita en letras de

molde minúsculas de color blanco; arriba de la letra "t" se encuentra una

fi gura de color blanco semejante al extremo angular de una fl echa. Todo

esto se encuentra dentro de un rectángulo de color negro; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009720-3

DIARIO

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 1983000372

No. de Presentación: 20160227772

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL

ANGEL VENTURA AYALA, mayor de edad, ABOGADO(A) Y

NOTARIO(A), del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Santa Ana, Departamento de

Santa Ana, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVA-

CION, para la inscripción Número 00082 del Libro 00135 de REGIS-

TRO DE MARCAS, consistente en la palabra GERMANY; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil dieciséis.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009734-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 1998003354

No. de Presentación: 19980003354

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OVIDIO

SERVELLON CAMPOS, en su calidad de APODERADO de MIGUEL

ANGEL EDUARDO VILLEDA RIVERA, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra "FURGONSAL", escrita en letras ma-

yúsculas, en colores verdes con fondo blanco, del tipo CASTELLAR,

con efecto de texto de "DESINFLAR", que servirá para: UN ESTA-

BLECIMIENTO DEDICADO A LA FABRICACION DE FURGONES

REFRIGERADOS Y CORRIENTES, EN VEHICULOS LIVIANOS Y

PESADOS, ELABORADOS CON LAMINA Y HIERRO DE DISTIN-

TAS CLASES Y MEDIDAS, DURAPAX, PERNOS, PLATINAS Y

OTROS ESTABLECIDOS O QUE SE ESTABLECIEREN EN ESTA

CIUDAD, EN CUALQUIER OTRO LUGAR DE LA REPUBLICA O

EN EL EXTRANJERO.

La solicitud fue presentada el día doce de junio del año mil nove-

cientos noventa y ocho.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de noviembre del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009721-3

No. de Expediente: 2016151295

No. de Presentación: 20160231961

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado RAUL ER-

NESTO BARRENECHEA LOPEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de PENSERTRUST, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

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Page 123: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras pensertrust y diseño, cuya traducción

al castellano por separado es: pensar confi anza, que servirá para: IDEN-

TIFICARÁ UNA EMPRESA DEDICADA A LA DISTRIBUCIÓN DE

SOFTWARE.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009730-3

No. de Expediente: 2016150002

No. de Presentación: 20160229517

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA

CAROLINA ROMERO BONILLA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras FINCA ESPERANZA CENTRO ECO

TURISTICO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA

O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A: TURISMO,

HOSPEDAJE TEMPORAL, RESTAURANTE, UBICADO EN BARRIO

EL CALVARIO ENTRADA A ARAMBALA, MORAZAN.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de febrero del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JUAN ROBERTO VEGA SUNCIN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028688-3

No. de Expediente: 2015148709

No. de Presentación: 20150226763

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA MIRIAM ARGUETA NOLASCO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras La Casa de Las Especias y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADA A LA VENTA DE GRANOS BÁSICOS Y ESPECIAS.

La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de enero del año dos mil dieciséis.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ CHAVEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028689-3

DIARIO

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2016151797

No. de Presentación: 20160232933

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CONSTAN-TINO DIMITRAKIS KATZURAKIS, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de LAHUN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LAHUN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-CIAL.

Consistente en: las palabras Coffee with Heart y diseño traducidas al castellano como CAFÉ CON CORAZÓN, que servirá para: IDEN-TIFICAR: UNA EMPRESA DEDICADA A LA EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DE CAFÉ.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil dieciséis.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028690-3

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2007064786

No. de Presentación: 20070089761

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de UR-BANO EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: URBANO EXPRESS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL

DE PUBLICIDAD COMERCIAL.

EL CORREO HA EVOLUCIONADO

Consistente en: las palabras EL CORREO HA EVOLUCIONADO,

que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES

HACIA LOS PRODUCTOS PROCESADORES PROGRAMABLES

DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA GIS; SISTEMAS

DE GEOREFERENCIACIÓN AUTOMÁTICA E INTELIGENTE DE

DIRECCIONES; SISTEMAS BUSINESS INTELLIGENCE PARA

VENTAS Y MERCADEO; SISTEMAS DE BASES DE DATOS DE

CENSOS Y SOCIO GEODEMOGRAFIA DETALLADOS; SISTEMAS

PARA OBTENCIÓN DE ANÁLISIS Y REPORTES A LA MEDIDA;

SISTEMA PARA LOCALIZAR, ENCAMINAR Y BUSCAR LO-

CALIZACIÓN DE LOS MENSAJEROS QUE ANDAN EN RUTA

DESPACHANDO CORRESPONDENCIA; SOFTWARE PARA LA

INTEGRACIÓN DE MAPAS, DE LA INFORMACIÓN DE LOCALI-

ZACIÓN EN PÁGINAS WEB Y COMUNICACIONES ELECTRÓNI-

CAS; SOFTWARE PARA PROPORCIONAR EL ACCESO A MAPAS

VÍA COMPUTADORAS EL CUAL PROPORCIONA INFORMACIÓN

SOBRE RECORRIDOS, DIRECCIONES Y LOCALIZACIÓN DE

NEGOCIOS; MAPAS DIGITALES INTELIGENTES (MDI) QUE

SE PUEDEN DESCARGAR DE UNA RED DE ORDENADORES

GLOBAL; PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS DESCARGABLES

ELECTRÓNICAMENTE EN LAS QUE SE PERMITE EL ACCESO

A UN SISTEMA INTEGRADO QUE CONTIENE INFORMACIÓN

Y DATOS EN EL CAMPO SOBRE EL RECORRIDO GEOGRÁFICO

PROPORCIONADA EN BASES DE DATOS ELECTRÓNICAS O

DEL INTERNET; SOFTWARE INTERACTIVO PARA DETERMI-

NAR INFORMACIÓN Y DATOS SOBRE RECORRIDOS Y LO-

CALIZADORES GEOGRÁFICOS; Y SERVICIOS DE BÚSQUEDA

DE INFORMACIONES DE FICHEROS INFORMÁTICOS PARA

TERCEROS; TRANSCRIPCIÓN DE TELECOMUNICACIONES;

CORREO PUBLICITARIO; DIFUSIÓN DE ANUNCIOS PUBLICI-

TARIOS; DIFUSIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO (FOLLETOS,

PROSPECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS); DISTRIBUCIÓN DE MA-

TERIAL PUBLICITARIO (FOLLETOS, PROSPECTOS, IMPRESOS,

MUESTRAS); PUBLICIDAD POR CORRESPONDENCIA; CORREO

PUBLICITARIO; SERVICIOS DE CREACIÓN DE MAPAS IMPRE-

SOS Y MAPAS ELECTRÓNICOS EN INTERNET DELIMITADO

POR ZONAS GEOGRÁFICAS; SERVICIOS DE EXPEDICIÓN DE

MENSAJES (DESPACHOS); RASTREO DE CORRESPONDENCIA

EN LINEA; SERVICIOS DE ALQUILER DE CONTENEDORES

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

DE ALMACENAJE; DISTRIBUCIÓN DE MENSAJES; DISTRI-

BUCIÓN DE PAQUETES; DISTRIBUCIÓN DE PERIÓDICOS;

DISTRIBUCIÓN (REPARTO) DE MERCADERÍA; EMBALAJE DE

PRODUCTOS; EMPAQUETADO DE MERCANCÍAS; SERVICIOS

DE ENVIÓ DE MENSAJES Y MERCANCÍAS; INFORMACIONES

EN MATERIA DE ALMACENAJES; MENSAJERÍA (CORREO O

MERCANCÍA); MENSAJERÍA ELECTRÓNICA; REPARTO DE

PAQUETES; REPARTO DE MERCANCÍAS; REPARTO DE MER-

CANCÍAS SOLICITADAS POR CORRESPONDENCIA; DISTRI-

BUCIÓN MASIVA DE CORRESPONDENCIA A DOMICILIO CON

DETALLES DE ENTREGA; ENTREGA DE CORRESPONDENCIA

A DOMICILIO PRINCIPALMENTE FACTURAS, ESTADOS DE

CUENTA CORRIENTE, TARJETAS O CARTONES DE CRÉDITO,

MAILINGS, VERIFICACIÓN DE DIRECCIONES, NOTAS DE

CRÉDITO O DEBITO, PAGARES, CHEQUERAS, REVISTAS,

FOLLETOS; SERVICIOS DE RECONSTITUCIÓN DE BASE DE

DATOS; CONVERSIÓN DE DATOS O DOCUMENTOS DE UN

SOPORTE FÍSICO A UN SOPORTE ELECTRÓNICO; CONVERSIÓN

DE DATOS Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS (NO CONVERSIÓN

FÍSICA); PLANIFICACIÓN EN MATERIA DE URBANISMO; ELA-

BORACIÓN DE PLANOS O MAPAS; ACTUALIZACIÓN DE BASE

DE DATOS; SERVICIOS DE SISTEMAS DE GEOCODIFICACIÓN

DE BASE DE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA POR ZONAS

Y ÁREAS GEOGRÁFICAS; SERVICIO INFORMÁTICO USANDO

RED DE ORDENADORES GLOBAL PARA CAPTURAR Y EXHIBIR

POR MEDIO DE MAPAS GEOGRÁFICOS LAS LOCALIZACIONES

DE LOS CLIENTES LOCALIZADOS EN UNA UBICACIÓN GEO-

GRÁFICA DETERMINADA; SERVICIOS DE ZONIFICACIÓN DE

BASE DE DATOS DE MANERA ELECTRÓNICA.

La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos

mil siete.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de enero del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009710-3

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS DE BANCO PROMERICA, S.A.

La Junta Directiva de BANCO PROMERICA, S.A. convoca a los

señores accionistas a Junta General para conocer asuntos de carácter

EXTRAORDINARIO a celebrarse en la sala de capacitaciones No. 1

en el tercer nivel del Edifi cio Banco Promerica, ubicado en el Centro La

Gran Vía, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, República de El Salvador, el

día QUINCE DE JUNIO de 2016 de las nueve horas y treinta minutos en

adelante. De no haber quórum en la fecha señalada se convoca para el día

DIECISEIS DE JUNIO del mismo año, a la misma hora y en el mismo

lugar para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.

PUNTOS EXTRAORDINARIOS

I. Establecimiento del quórum;

II. Autorización de aumento de capital social;

III. Modifi cación del pacto social en su cláusula QUINTA y

autorización para reunir todas las cláusulas en un solo docu-

mento;

IV. Designación de ejecutores especiales de los acuerdos toma-

dos.

Para que la Junta pueda conocer asuntos de carácter EXTRAORDI-

NARIOS, el quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha

de la convocatoria, será de las tres cuartas partes del capital social y para

formar resolución se necesitará igual proporción de votos presentes. El

quórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de la convo-

catoria será de la mitad más una de las acciones que componen el capital

social y para formar resolución en todos los asuntos extraordinarios serán

las tres cuartas partes de las acciones presentes.

Antiguo Cuscatlán, a los dieciséis días del mes de Mayo del año

dos mil dieciséis.

OSCAR MARBYN OROZCO ABREGO,

DIRECTOR SECRETARIO,

BANCO PROMERICA, S.A.

3 v. alt. No. F028760-3

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS DE INVERSIONES FINANCIERAS PROMERICA,

S.A.

La Junta Directiva de INVERSIONES FINANCIERAS PROMERICA,

S.A. convoca a los señores accionistas a Junta General para conocer

asuntos de carácter EXTRAORDINARIO a celebrarse en la sala de

capacitaciones No. 1 en el tercer nivel del Edifi cio Banco Promerica,

ubicado en el Centro La Gran Vía, Antiguo Cuscatlán, La Libertad,

República de El Salvador, el día QUINCE DE JUNIO de 2016 de las

nueve horas en adelante. De no haber quórum en la fecha señalada se

convoca para el día DIECISEIS DE JUNIO del mismo año, a la misma

hora y en el mismo lugar para conocer tales asuntos o los que quedaren

pendientes.

PUNTOS EXTRAORDINARIOS

I. Establecimiento del quórum;

II. Autorización de aumento de capital social;

III. Modifi cación del pacto social en su cláusula SEPTIMA y

autorización para reunir todas las cláusulas en un solo docu-

mento;

IV. Designación de ejecutores especiales de los acuerdos toma-

dos.

Para que la Junta pueda conocer asuntos de carácter EXTRAORDI-

NARIOS, el quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha

de la convocatoria, será de las tres cuartas partes del capital social y para

formar resolución se necesitará igual proporción de votos presentes. El

quórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de la convo-

catoria será de la mitad más una de las acciones que componen el capital

social y para formar resolución en todos los asuntos extraordinarios serán

las tres cuartas partes de las acciones presentes.

Antiguo Cuscatlán, a los dieciséis días del mes de Mayo del año

dos mil dieciséis.

OSCAR MARBYN OROZCO ABREGO,

DIRECTOR SECRETARIO,

INVERSIONES FINANCIERAS PROMERICA, S.A.

3 v. alt. No. F028761-3

SUBASTA PÚBLICA

MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley que en el JUICIO

EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por BANCO CITIBANK DE

EL SALVADOR por medio de su Apoderado Licenciado JOSE MARIO

VALDIVIESO BERDUGO, contra el demandado señor SALVADOR

DE JESUS SANTAMARIA HERNANDEZ, reclamándole cantidad de

dólares y accesorios de Ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal

en fecha que más adelante se proveerá, el bien inmueble embargado: "Un

Inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, ubicado

en Residencial Miramundo, Joya Galana, Polígono "G", Lote Número

Nueve, Jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador, de una

extensión superfi cial de SESENTA Y TRES PUNTO CUARENTA

Y SEIS METROS CUADRADOS inscrito bajo la Matrícula Número

SEIS CERO CERO UNO SEIS UNO CUATRO UNO - CERO CERO

CERO CERO CERO (60016141-00000)del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, propiedad del señor

SALVADOR DE JESUS SANTAMARIA HERNANDEZ.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las nueve horas del día veintitrés de febrero de dos mil

dieciséis.- MSC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,

JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS

NAJARRO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028698-3

HECTOR ARNOLDO BOLAÑOS MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal

inicialmente por el Lic. YACIR ERNESTO FERNANDEZ SERRA-

NO, y continuado por las Licenciadas MARIA ANTONIETA JOSA

GUTIERREZ ahora MARIA ANTONIETA JOSA DE PARADA y

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

TATIANA DENISE MELARA ALEGRIA ahora TATIANA DENISE

MELARA DE CUENCA, como Apoderadas de la señora YOLANDA

BEATRIZ MAGAÑA DE PANIAGUA, en contra de la sucesión del

señor LUIS ERNESTO ANTONIO BELISMELIS MARTINEZ repre-

sentada por su heredero JOSE ERNESTO BELISMELIS CASTRO,

clasifi cado al No. 73-10, se venderá en pública subasta el siguiente

inmueble: de naturaleza urbana, ubicado en el Barrio San Juan de esta

ciudad con un área de CUATROCIENTOS DIECINUEVE METROS

CUADRADOS SETENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS

Y OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS, que tiene

las medidas siguientes: AL NORTE: treinta y tres metros, cuatrocientos

cuarenta milímetros, en realidad treinta y seis metros, ochenta y dos

centímetros, con propiedad de LUCILA VIUDA DE MURGA, MARIA

LUISA, ANA MARIA HERNANDEZ QUINTEROS y RICARDO

CACERES; AL ORIENTE: doce metros, quinientos cuatro milímetros,

Avenida José Matías Delgado de por medio, predio de JAIME FONT; AL

SUR: igual medida que al Norte, en realidad treinta y siete metros, diez

y ocho centímetros, predio de JOSE EMETERIO MONTUFAR; Y AL

PONIENTE: doce metros, sesenta centímetros, predio de GRACIELA

VIUDA DE GUILLEN. Inscrito a favor del ejecutado al asiento SEIS

de la matrícula Número DOS CERO UNO SIETE OCHO CUATRO

UNO NUEVE GUION CERO CERO CERO CERO CERO que lleva

el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este departamento.

Lo que se hace del conocimiento del público para los fi nes de

ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas y cuarenta

minutos del día once de mayo del dos mil dieciséis.- LIC. HECTOR

ARNOLDO BOLAÑOS MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

LIC. CARLOS ROBERTO ORELLANA ARGUETA, SECRETARIO

INTERINO.

3 v. alt. No. F028700-3

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

La Sociedad COMPAÑÍA DE TELECOMUNICACIONES DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

que puede abreviarse CTE, S.A. de C. V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor Ricar-

do Alberto Lazo Quevedo, mayor de edad, de ocupación Pensionado

o Jubilado y del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La

Libertad, en su calidad de propietario del certifi cado de acciones # 27002,

emitido el día 4 de Febrero del año 2009 por la referida sociedad, el cual

ampara un total de 650 acciones comunes y nominativas, solicitando la

reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto

en los Arts. 311, 486 y 932 del Código de Comercio, se hace del co-

nocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos

treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición

se procederá a reponer el certifi cado de acciones en referencia.

San Salvador, a los 4 días del mes de Mayo del año 2016.

RAFAEL BALMORE MENJIVAR MORALES,

REPRESENTANTE LEGAL,

DE CTE, S.A. de C. V.

3 v. alt. No. F028764-3

AVISO

BANCO PROMERICA, S.A.

COMUNICA: Que en su agencia ubicada en Edifi cio Torre Roble

1ra. planta Metrocentro, San Salvador se ha presentado el propietario

del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo Número 829 a nombre de

RAYMUNDO PEÑA MEJIA con vencimiento el día 04/06/2016,

solicitando la reposición de éste por extravío.

En consecuencia de lo anterior; se hace del conocimiento del público

en general para los efectos del caso.

Transcurrido treinta días después de la tercera publicación de

este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá a reponer el

certifi cado en referencia.

San Salvador, a los 25 días del mes de abril de 2016.

CECILIA DE MÉNDEZ,

GERENTE DE AGENCIA.

3 v. alt. No. F028812-3

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2015145943

No. de Presentación: 20150221997

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de KPO

ALPHA INC, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad COSTARRI-

CENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

KPO ALPHA

Consistente en: las palabras KPO ALPHA, cuya traducción al cas-

tellano es: KPO Alfa. Sobre el uso de la palabra ALPHA que compone

la marca, individualmente considerada no se concede exclusividad, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD, GESTIÓN

DE NEGOCIOS COMERCIALES Y SERVICIOS DE VENTA DE

PRODUCTOS AL DETALLE, ABASTECIMIENTO DE PRODUCTOS

PARA OTRAS EMPRESAS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de febrero del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009679-3

No. de Expediente: 2016150285

No. de Presentación: 20160230039

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Impact Hub Association - Verein zur Förderung sozialer Innovationen,

de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

IMPACT HUB

Consistente en: las palabras IMPACT HUB, cuya traducción al castellano es: IMPACTO CONCENTRADOR, que servirá para: AM-PARAR: MERCADOTECNIA; CONSULTORÍA PROFESIONAL EN NEGOCIOS INCLUYENDO CONSULTORÍA EN ORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS; SERVICIOS DE GESTIÓN DE CONTACTOS CO-MERCIALES Y DE NEGOCIOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de marzo del año dos mil dieciséis.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ CHAVEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009688-3

No. de Expediente: 2015144467

No. de Presentación: 20150219187

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de AR-DENT HOLDINGS LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ARDENT

Consistente en: la palabra ARDENT que se traduce al castellano como ARDIENTE, que servirá para: AMPARAR: SALVAMENTOS DE BARCOS; SALVAMENTO DE EMBARCACION; SALVAMEN-TO DE BUQUES; REMOCIÓN DE NAUFRAGIO; SERVICIOS DE GABARRAJE; GESTION DE PROYECTOS EN LOS CAMPOS DE SALVAMENTO MARITIMO Y ELIMINACION DEL BARCO NAU-FRAGIO; LAS OPERACIONES DE RESPUESTA DE EMERGENCIA MARITIMA, A SABER, EL SUMINISTRO DE INGENIEROS NA-VALES, ARQUITECTOS NAVALES Y OTROS ESPECIALISTAS MARINOS PARA RESCATAR BARCOS HUNDIDOS Y PROPOR-CIONAR CONSULTA CON RESPECTO A LA MISMA; RESCATE DE BARCOS EN PELIGRO; SERVICIOS DE RESCATE DEL BARCO; BUCEO Y SALVAMENTO SUBACUATICO. Clase: 39.

DIARIO

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de junio del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de febrero del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009691-3

No. de Expediente: 2016150714

No. de Presentación: 20160230875

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Bain & Company Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BAIN

Consistente en: la palabra BAIN, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS FINANCIEROS, A SABER, ASESORAMIENTO DE INVERSIÓN, GESTIÓN DE INVERSIONES, CONSULTORIA DE IN-VERSIÓN, E INVERSIÓN DE FONDOS DE TERCEROS, SERVICIOS DE SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009697-3

No. de Expediente: 2015142050

No. de Presentación: 20150214669

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ELSY

ELENA DURAN CAMPOS, en su calidad de APODERADO de ANA

RAQUEL CAÑAS SIBRIAN, de nacionalidad SALVADOREÑA y

MARIA JOSÉ DIAZ AREVALO, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Our Favorite Style By Raquel y María

José y diseño, que se traduce al castellano como Nuestro Favorito Estilo

por Raquel y María José, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS

DE TRATAMIENTOS DE BELLEZA PARA PERSONAS INCLU-

YENDO: SERVICIOS DE ASESORAMIENTO, INFORMACIÓN O

CONSULTA EN RELACIÓN A PRODUCTOS Y TIPS DE BELLEZA

Y CUIDO DE LA PIEL, CARA Y MAQUILLAJE, SERVICIOS DE

ASESORAMIENTO, INFORMACIÓN O CONSULTA EN RELACIÓN

A LA CREACIÓN DE ATUENDOS DE ROPA (BELLEZA) PARA

PASARELAS, CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN, ANUNCIOS

ASI COMO PARA LOS DIFERENTES ESTILOS DE VIDA DE LAS

PERSONAS INCLUYENDO SERVICIOS DE ASESORAMIENTO,

INFORMACIÓN O CONSULTA EN RELACIÓN A LA COMBINA-

CIÓN DE LA ROPA, ACCESORIOS Y ZAPATOS, SERVICIOS DE

ASESORAMIENTO, INFORMACIÓN O CONSULTA EN RELACIÓN

A ACTUALIZACIÓN DE LA MODA (BELLEZA) POR MEDIO DE

REPORTES QUE SE HACEN PERIÓDICAMENTE CON TENDEN-

CIAS NACIONALES E INTERNACIONALES DE MODA. Clase:

44.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009699-3

DIARIO

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Page 130: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2016150716

No. de Presentación: 20160230877

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Bain & Company Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BAINCAPITAL

Consistente en: la palabra BAINCAPITAL, que servirá para: AM-

PARAR: SERVICIOS FINANCIEROS, A SABER, ASESORAMIENTO

DE INVERSIÓN, GESTIÓN DE INVERSIONES, CONSULTORÍA

DE INVERSIÓN, E INVERSIÓN DE FONDOS DE TERCEROS;

SERVICIOS DE SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPE-

RACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase:

36.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de marzo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009700-3

No. de Expediente: 2016150761

No. de Presentación: 20160230934

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de The

Polo/Lauren Company, L.P., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras POLO RALPH LAUREN y diseño, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR

Y SERVICIOS DE VENTA EN LINEA DE PRENDAS DE VESTIR,

ARTÍCULOS DE SOMBRERERÍA, CALZADO, ACCESORIOS Y

COLECCIÓN DE HOGAR PARA HOMBRES, MUJERES Y NIÑOS.

Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de marzo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009703-3

No. de Expediente: 2013132170

No. de Presentación: 20130194262

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado GILBERTO

ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO de

GITI TIRE PTE. LTD., de nacionalidad SINGAPURENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

GT RADIAL

Consistente en: la expresión GT RADIAL, que servirá para:

AMPARAR: PUBLICIDAD Y MARKETING; COORDINACIÓN,

DIRECCIÓN, Y ORGANIZACIÓN DE EXPOSICIONES, FERIAS,

CONFERENCIAS, SEMINARIOS Y TALLERES CON FINES CO-

MERCIALES, PROMOCIONALES O PUBLICITARIOS; ADMINIS-

TRACIÓN DE EMPRESAS; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIA-

LES; RECOPILACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE INFORMACIÓN EN BASES DE DATOS INFORMÁTICAS, GESTIÓN DE BASES DE

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Page 131: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

DATOS; SERVICIOS DE RELACIONES PROMOCIONALES, DE PUBLICIDAD Y PÚBLICAS; RECOPILACIÓN Y SUMINISTRO DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL O EL COMERCIO; SERVICIOS EMPRESARIALES DE INFORMACIÓN ESTADISTICA; PROMO-CIÓN DE SERVICIOS DE CONCESIONARIOS DE AUTOMÓVILES; SERVICIOS DE PEDIDOS (PARA TERCEROS); SERVICIOS DE AGENCIAS DE MARKETING; DIFUSIÓN DE ANUNCIOS PUBLI-CITARIOS PARA TERCEROS A TRAVÉS DE PUBLICACIONES IMPRESAS, LA RADIO, LA TELEVISIÓN Y REDES ELECTRÓNI-CAS DE COMUNICACIONES; ESCAPARATISMO; SERVICIOS DE VENTA MAYORISTA Y MINORISTA DE NEUMÁTICOS PARA RUEDAS DE VEHÍCULOS; SERVICIOS DE VENTA AL POR MAYOR Y POR MENOR DE REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA VEHICULOS AUTOMOTORES; TODOS LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento dé Signos Distintivos. San Salvador, catorce de diciembre del año dos mil quince.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009714-3

No. de Expediente: 2015149111

No. de Presentación: 20150227335

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de SAIC MOTOR CORPORATION LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño de tres fi guras triangulares, que servirá para: AMPARAR: TRANSPORTE; EMBALAJE DE MERCANCÍAS; TRANSPORTE EN AUTOMÓVIL; INFORMACIÓN SOBRE TRAFI-CO; TRANSPORTE EN TAXI; ALQUILER DE VEHÍCULOS; SER-VICIOS DE CHOFER; ALMACENAMIENTO DE MERCANCIÍAS; SERVICIOS DE MENSAJERÍA (CORREO O MERCANCÍAS); Y VISITAS TURÍSTICAS (TURISMO). Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de abril del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028743-3

No. de Expediente: 2015149119

No. de Presentación: 20150227343

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-

CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de

SAIC MOTOR CORPORATION LIMITED, de nacionalidad CHINA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

SAIC

Consistente en: la palabra SAIC, que servirá para: AMPARAR:

INFORMACIÓN SOBRE REPARACIONES; CONSTRUCCIÓN;

INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MAQUI-

NARIA; INSTALACIÓN Y REPARACIÓN DE APARATOS ELÉC-

TRICOS; MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DE

MOTOR; ESTACIONES DE SERVICIO (REABASTECIMIENTO DE

COMBUSTIBLE Y MANTENIMIENTO); ASISTENCIA EN CASO

DE AVERÍA DE VEHÍCULOS (REPARACIÓN); TRATAMIENTO

ANTIOXIDANTE; RECAUCHUTADO DE NEUMÁTICOS; Y CUI-

DADO DEL CUERO, LIMPIEZA Y REPARACIÓN. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil quince.

DIARIO

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Page 132: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028745-3

No. de Expediente: 2015149112

No. de Presentación: 20150227336

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de SAIC MOTOR CORPORATION LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: INSTA-LACIÓN DE MAQUINARIA, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN; RECONSTRUCCIÓN DE MAQUINAS USADAS O PARCIALMENTE DESTRUIDAS; INSTALACIÓN Y REPARACIÓN DE APARATOS ELÉCTRICOS; INSTALACIÓN Y REPARACIÓN DE APARATOS DE AIRE ACONDICIONADO; MENTENIMIENTO Y REPACIÓN DE VEHICULOS DEMPTPR; ESTACIONES DE SERVICIO (RE-ABASTECIMIETO DE COMBUSTIBLE Y MANTENIMIETO); ASISTENCIA EN CASO DE AVERÍA DE VEHÍCULOS (REPARA-CIÓN): RECAUCHUTADO DE NEMATICOS; E INSTALACIÓN Y REPARACIÓN DE ALARMAS CONTRA ROBO. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028746-3

No. de Expediente: 2015149116

No. de Presentación: 20150227340

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-

CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de

SAIC MOTOR CORPORATION LIMITED, de nacionalidad CHINA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra SAIC y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: INFORMACIÓN SOBRE REPARACIONES; CONSTRUCCIÓN;

INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MAQUI-

NARIA; INSTALACIÓN Y REPARACIÓN DE APARATOS ELÉC-

TRICOS; MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHICULOS DE

MOTOR; ESTACIONES DE SERVICIO (REABASTECIMIENTO DE

COMBUSTIBLE Y MANTENIMIENTO); ASISTENCIA EN CASO

DE AVERÍA DE VEHÍCULOS (REPARACIÓN); TRATAMIENTO

ANTIOXIANTE; RECAUCHUTADO DE NEUMATICOS, Y CUI-

DADO DEL CUERO, LIMPIZA Y REPARACIÓN. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028750-3

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Page 133: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014137809

No. de Presentación: 20140206083

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado GILBERTO ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO de AVON PRODUCTS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras AVON Encanto y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE CUIDADO PERSONAL, A SABER, LOCIONES CORPORALES, ACEITES CORPORALES, CREMAS PARA MANOS Y CUERPO, EXFOLIANTE PARA LA PIEL, JABON LIQUIDO PARA EL CUERPO, GEL PARA EL BAÑO Y LA DUCHA, DESODORANTES PARA USO PERSONAL, ANTI-TRANSPIRANTES, JABONES PARA USO PERSONAL, TALCOS, SPRAYS CORPORALES (REFRESCANTES), BALSAMO PARA LOS LABIOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de febrero del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009670-3

No. de Expediente: 2016150257

No. de Presentación: 20160229959

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROXANA MARIA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de GRUPO

BIMBO, SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: GRUPO BIMBO, S.A. B. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PIPIOLOConsistente en: la palabra PIPIOLO, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-MENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de febrero del año dos mil dieciséis.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ CHAVEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009671-3

No. de Expediente: 2016150283

No. de Presentación: 20160230036

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Impact Hub Association - Verein zur Förderung sozialer Innovationen, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

IMPACT HUB

Consistente en: las palabras IMPACT HUB traducido al caste-llano como IMPACTO CONCENTRADOR, que servirá para: AMPA-RAR: PROVISIÓN DE PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS (NO DESCARGABLES); SERVICIOS DE ENTRENAMIENTO Y DE FORMACIÓN CONTINUA INCLUYENDO CONDUCCIÓN DE LA CAPACITACIÓN DE LOS MEDIOS (ENTRENAMIENTO Y DE FORMACIÓN CONTINUA); ORGANIZACIÓN Y CONDUCCIÓN DE CONFERENCIAS, FORMACIÓN, CURSOS Y TALLERES, EN

DIARIO

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Page 134: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

PARTICULAR EN RELACIÓN A LA FORMACIÓN Y EL PERFE-

CIONAMIENTO PROFESIONAL; SERVICIOS DE EDICIÓN DE

PUBLICACIONES EN FORMATO ELECTRÓNICO EN LÍNEA,

TAMBIÉN EN INTERNET. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de marzo del año dos mil dieciséis.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ CHAVEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009673-3

No. de Expediente: 2015145376

No. de Presentación: 20150220709

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de RICH & RUITZ PERFUMES TRADING L.L.C., de nacionalidad

EMIRATI, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras R&R RICH & RUITZ y diseño,

traducida al castellano cmo R&R RICO & RUITZ, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA EL USO DE LAVANDERÍA; LIMPIEZA,

PULIR, DESENGRASAR Y PREPARACIONES A BASE DE

ABRASIVOS; JABONES, PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES,

COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS.

Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009674-3

No. de Expediente: 2015145538

No. de Presentación: 20150221243

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PILEJE SAS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

FEMINABIANE

Consistente en: la palabra FEMINABIANE, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; COMPLE-MENTOS ALIMENTICIOS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS Y PRODUCTOS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009675-3

DIARIO

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Page 135: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

No. de Expediente: 2016150538

No. de Presentación: 20160230500

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de

Grupo Bimbo, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable que se

abrevia: Grupo Bimbo, S.A. B. de C.V., de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

BIMBO NUTRISALVADO

Consistente en: las palabras BIMBO NUTRISALVADO, que

servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL

CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES

A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y

CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA;

LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil dieciséis.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009676-3

No. de Expediente: 2015145535

No. de Presentación: 20150221240

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROXANA

MARIA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de SO-

NOSCAPE MEDICAL CORP., de nacionalidad CHINA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra MediScape, que servirá para: AMPA-RAR: APARATOS E INSTRUMENTOS MEDICOS INCLUYENDO APARATO PARA SU USO EN ANALISIS MEDICO; APARATOS DE DIAGNOSTICO PARA USO MEDICO; EQUIPOS ULTRASO-NICOS Y COMPONENTES PARA USO MEDICO; APARATOS E INSTRUMENTOS QUIRURGICOS; APARATOS E INSTRUMENTOS GENERADORES DE RAYOS X PARA USO MEDICO; APARATOS PARA ANALISIS DE SANGRE; APARATOS DE ANALISIS PARA USO MEDICO; ELECTROCARDIOGRAFOS; APARATOS DENTA-LES ELECTRICOS; MOBILIARIO ESPECIAL PARA USO MEDICO. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009677-3

No. de Expediente: 2016150539

No. de Presentación: 20160230501

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de GRUPO BIMBO, SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO BIMBO, S.A. B. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

BIMBO FORTIMANZANA

Consistente en: las palabras BIMBO FORTIMANZANA, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de marzo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009678-3

No. de Expediente: 2016150265

No. de Presentación: 20160229967

CLASE: 05, 40, 42, 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Coherus BioSciences, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

COHERUS BIOSCIENCES

Consistente en: la frase COHERUS BIOSCIENCES, que se traduce al castellano como Coherus Biociencias, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05. Para: AMPA-RAR: SERVICIOS DE FABRICACIÓN PARA TERCEROS EN EL CAMPO DE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 40. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y CONSULTORÍA EN LOS CAMPOS MÉDICOS, FARMACÉUTICOS Y BIOTECNOLÓGICOS. Clase: 42. Para: AMPARAR: PROVISIÓN DE INFORMACIÓN EN LOS CAMPOS DE LA SALUD Y LA ME-DICINA. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009680-3

No. de Expediente: 2015147732

No. de Presentación: 20150224847

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SCENTSIBLE, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

POO-POURRI

Consistente en: la expresión evocativa POO-POURRI, que servirá para: AMPARAR: AMBIENTADORES INCLUYENDO DESODO-RANTES DE AIRE. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009681-3

No. de Expediente: 2016149801

No. de Presentación: 20160228878

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Victoria's Secret Stores Brand Management, Inc., de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SHEER LOVE

Consistente en: las palabras SHEER LOVE traducidas al castellano como PURO AMOR, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS

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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

PARA EL CUIDADO PERSONAL, COSMÉTICOS, Y PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, PRINCIPALMENTE, ROCÍOS PARA EL CUER-PO, AEROSOLES PARA EL CUERPO, PREPARACIONES PARA RESTREGAR EL CUERPO, JABONES PARA EL CUERPO, JABÓN LÍQUIDO PARA EL CUERPO, MOUSSE PARA EL CUERPO, CRE-MAS PARA EL CUERPO, LOCIONES PARA EL CUERPO, ACEITES PARA EL CUERPO, POLVOS PARA EL CUERPO, PRODUCTOS DE BURBUJAS PARA EL BAÑO, GEL PARA LA DUCHA, JABONES PARA LAS MANOS, CREMAS PARA LAS MANOS Y LOCIONES PARA LAS MANOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009682-3

No. de Expediente: 2016150267

No. de Presentación: 20160229969

CLASE: 05, 40, 42, 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Coherus BioSciences, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: un diseño identifi cado como Logo de Coherus, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE FABRICACIÓN PARA TERCEROS EN EL CAMPO DE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTI-COS. Clase: 40. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y CONSULTORÍA EN LOS CAMPOS MÉDICOS, FARMACÉUTICOS Y BIOTECNOLÓGICOS. Clase: 42. Para: AM-PARAR: PROVISIÓN DE INFORMACIÓN EN LOS CAMPOS DE LA SALUD Y LA MEDICINA. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009683-3

No. de Expediente: 2016149911

No. de Presentación: 20160229207

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de SCA Hygiene Products AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identifi cado como Diseño de Corazón rodar pequeño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE LIMPIEZA INCLUYENDO JABONES, PREPARACIONES DE LIMPIEZA, PAÑOS IMPREGNADOS CON PREPARACIONES DE LIMPIEZA; TOALLITAS COSMÉTICAS INCLUYENDO TOALLAS IMPREGNADAS CON LOCIONES COSMÉTICOS, TOALLITAS IMPREGNADAS DE PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA USO DE MAQUILLAJE Y CUIDADO, GASA DE CELULOSA PARA USO COSMÉTICO, BASTONCILLOS DE ALGODÓN PARA USO COSMÉTICO, DESMAQUILLADORES, LOCIONES PARA USO COSMÉTICO, HISOPOS PARA USO COSMÉTICO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de febrero del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009684-3

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2016150503

No. de Presentación: 20160230456

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Johnson Controls Technology Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

POWERFRAME

Consistente en: la palabra POWERFRAME, que servirá para: AMPARAR: BATERÍAS (ACUMULADORES), REJILLAS PARA ACUMULADORES ELÉCTRICOS Y ELEVADORES DE TENSIÓN. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009685-3

No. de Expediente: 2016149863

No. de Presentación: 20160229136

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de Ebel International Limited, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

FASHION 101 CY°ZONE

Consistente en: las palabras FASHION 101 CY°ZONE, traducida al castellano como MODA 101 CY°ZONA, que servirá para: AMPARAR:

MAQUILLAJE, PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA EL CUIDADO PERSONAL INCLUYENDO PREPARACIONES COSMÉTICAS PARA TRATAMIENTO FACIAL, CORPORAL Y CAPILAR. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día tres de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009686-3

No. de Expediente: 2016149944

No. de Presentación: 20160229308

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de AN-DLAND OVERSEAS S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Diopal

Consistente en: la palabra Diopal, que servirá para: AMPARAR: ANESTÉSICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cinco de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009687-3

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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

No. de Expediente: 2015143338

No. de Presentación: 20150217190

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado GILBERTO ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO de LVMH FRAGRANCE BRANDS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

GIVENCHY LIVE IRRESISTIBLE

Consistente en: la frase GIVENCHY LIVE IRRESISTIBLE, que se traduce al castellano como GIVENCHY VIVE IRRESISTIBLE, que servirá para: AMPARAR: PERFUMES, AGUA DE TOCADOR, GEL PARA LA DUCHA Y DESODORANTES PARA USO PERSONAL, LECHES PARA EL CUERPO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009689-3

No. de Expediente: 2016150286

No. de Presentación: 20160230040

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Stockton (Israel) Ltd., de nacionalidad ISRAELI, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

STK REGEV

Consistente en: las palabras STK REGEV, que servirá para: AMPA-RAR: FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS, INSECTICIDAS Y BACTERICIDAS PARA USO AGRICOLA. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de marzo del año dos mil dieciséis.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009690-3

No. de Expediente: 2016150262

No. de Presentación: 20160229964

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

AryoSeven

Consistente en: la palabra AryoSeven, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IM-PRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de marzo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JUAN ROBERTO VEGA SUNCIN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009692-3

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2016150719

No. de Presentación: 20160230880

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de

BLENASTOR C.A., de nacionalidad ECUATORIANA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra Blendy Blenastor y diseño, que servirá

para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y

OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA: PREPARACIONES

PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;

PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COS-

MÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009693-3

No. de Expediente: 2015148640

No. de Presentación: 20150226609

CLASE: 03, 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de John

Varvatos Apparel Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

JOHN VARVATOS

Consistente en: las palabras JOHN VARVATOS, que servirá para: AMPARAR: FRAGANCIAS, PERFUMES, COLONIA, DESODORAN-TES Y ANTITRANSPIRANTES, CREMAS PARA LA PIEL INCLU-YENDO CREMAS PARA DESPUÉS DEL AFEITADO, CREMAS PARA AFEITAR, GELES Y LOCIONES INCLUYENDO LOCIONES EN GEL, LOCIONES PARA LA PIEL, LOCIONES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO, CHAMPÚ PARA EL CABELLO, ACONDICIO-NADORES PARA EL CABELLO, POLVOS PARA EL CUERPO Y TALCO, JABONES PARA EL CUERPO Y LA CARA INCLUYENDO JABÓN LÍQUIDO PARA EL CUERPO. Clase: 03. Para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR A SABER TRAJES INCLUYENDO TRAJES A MEDIDA, ESMOQUIN, CHAQUETAS INCLUYENDO CHAQUE-TAS DE CUERO, CHAQUETAS DE PIEL DE OVEJA, CHAQUETAS PARA LA LLUVIA, ABRIGOS INCLUYENDO ABRIGOS DE PIEL DE OVEJA, CHALECOS DE PIEL DE OVEJA, BLUSAS, GABA-NES, PANTALONES INCLUYENDO PANTALONES CASUALES, PANTALONES CORTOS, SUÉTERES, CARDIGAN, CAMISAS, CAMISETAS, INCLUYENDO CAMISETAS QUE SE USAN COMO ROPA INTERIOR, CORBATAS, CINTURONES [VESTIMENTA], TIRANTES, FULARES, GUANTES, PRENDAS DE CALCETERÍA INCLUYENDO CALCETINES, ROPA PARA BAÑARSE INCLU-YENDO TRAJES DE BAÑO, CALZADO INCLUYENDO BOTAS, MOCASINES, PANTUFLAS, ZAPATOS INCLUYENDO ZAPATOS ATLÉTICOS, ARTÍCULOS DE SOMBRERERÍA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009694-3

No. de Expediente: 2016150758

No. de Presentación: 20160230931

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de

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Page 141: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Stockton (Israel) Ltd., de nacionalidad ISRAELI, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO

Consistente en: las palabras TIMOREX GOLD y diseño, cuya

traducción al castellano es: TIMOREX Oro, que servirá para: AMPA-

RAR: FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS, INSECTICIDAS

Y BACTERICIDAS PARA USO AGRÍCOLA. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009695-3

No. de Expediente: 2016150263

No. de Presentación: 20160229965

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Avon

Products, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO.

RARE VIOLET DIAMOND

Consistente en: las palabras RARE VIOLET DIAMOND, cuya

traducción al castellano es: RARO VIOLETA DIAMANTE, que ser-

virá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y

OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES

PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES;

PRODUCTOS DE PERFUMERÍA INCLUYENDO FRAGANCIAS,

ACEITES ESENCIALES, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS;

PRODUCTOS DE TOCADOR; COSMÉTICOS INCLUYENDO PRE-

PARACIONES COSMÉTICAS PARA EL CUIDADO PERSONAL DE

LA PIEL, OJOS, LABIOS, CABELLO, PIES Y UÑAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de febrero del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009696-3

No. de Expediente: 2016150258

No. de Presentación: 20160229960

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROXANA

MARIA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Grupo

Bimbo, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable que se abrevia:

Grupo Bimbo, S.A. B. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: un diseño identifi cado como Diseño de Personaje

Oso De Perfi l, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO Y

SUCEDANEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS

Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS

DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL,

JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL;

MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS;

HIELO. Clase: 30.

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009698-3

No. de Expediente: 2016150259

No. de Presentación: 20160229961

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROXANA MARIA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de GRUPO BIMBO, SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: GRUPO BIMBO, S.A. B. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: un diseño identifi cado como Diseño de Oso Bim-bo Con Brazos Hacia Abajo, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-MENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009701-3

No. de Expediente: 2016150260

No. de Presentación: 20160229962

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de

SERVICIOS CONDUMEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras CONDUMEX ZEROH y diseño, que

servirá para: AMPARAR: CABLES ELÉCTRICOS PARA LA CONS-

TRUCCIÓN; CABLES DE DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD

PARA BAJA, MEDIA Y ALTA TENSIÓN; CABLES DE POTENCIA

DE ELECTRICIDAD; CABLES CONTROL ELÉCTRICOS; CABLES

FLEXIBLES ELÉCTRICOS; CABLES DE ELECTRICIDAD PARA

MINAS; CABLES DESNUDOS DE COBRE Y ALUMINIO PARA

ELECTRICIDAD; CABLES ELÉCTRICOS PARA LA TELEFONÍA Y

PARA PLANTA EXTERNA PARA TRANSMISIÓN DE VOZ Y DA-

TOS; CABLES ELÉCTRICOS PARA LA TELEFONÍA DE PLANTA

INTERNA, CABLES DE FIBRA ÓPTICA, CABLES COAXIALES,

CABLES MULTIPARES DE ELECTRICIDAD; CABLE ELÉCTRICOS

Y ELECTRÓNICOS PARA USO AUTOMOTRIZ Y CONECTORES

ELÉCTRICOS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de febrero del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009702-3

DIARIO

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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

No. de Expediente: 2015145917

No. de Presentación: 20150221956

CLASE: 03, 16, 18, 20, 21, 24, 25, 28, 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Lucasfi lm Ltd. LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

STAR WARS ROGUE ONE

Consistente en: la frase STAR WARS ROGUE ONE que se traduce al castellano como ESTRELLA GUERRAS ROJO UNO, que servirá para: AMPARAR: COSMETICOS; DENTIFRICOS; ARTICULOS DE TOCADOR NO MEDICADOS; FRAGANCIAS; PERFUMES. Clase: 03. Para: AMPARAR: PAPEL Y ARTICULOS DE PAPEL; CARTON Y ARTICULOS DE CARTON; PRODUCTOS DE IMPRENTA; PU-BLICACIONES; LIBROS; BOLSAS PARA FIESTA; FOTOGRAFIAS; RETRATOS; PINTURAS (CUADRO); ARTICULOS DE PAPELERIA, BOLSAS PARA LA COMPRA; MATERIALES DE OFICINA Y ES-COLAR. Clase: 16. Para: AMPARAR: BOLSAS; MOCHILAS, TARJE-TEROS; MONEDEROS QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; MOCHILAS QUE SE SUJETAN A LAS POSADERAS; ESTUCHES PARA LLAVES; LLAVEROS; BOLSOS DE VIAJE; ETIQUETAS PARA MALETAS; CARTERAS; PARAGUAS; BILLETERAS. Cla-se: 18. Para: AMPARAR: MUEBLES; BRILLANTINA (GLITTER); PRODUCTOS DE YESO, PLASTICO, CERA O MADERA; ABANI-COS; MARCOS [ARTE Y DECORACION]; SACOS DE DORMIR; ESPEJOS; INSIGNIAS; ALMOHADAS; MOVILES DECORATIVOS QUE PRODUCEN SONIDOS CUANDO LOS MUEVE EL VIEN-TO; PERSIANAS DE INTERIOR PARA VENTANAS [MOBILIA-RIO], PANCARTAS DE PLASTICO. Clase: 20. Para: AMPARAR: UTENSILIOS PARA HORNEAR; CRISTALERIA PARA BEBER; CEPILLOS; BUSTOS; SALVAMANTELES; TAZAS, VIDRIO O CRISTAL DECORATIVOS; CUBERTERIA; VAJILLA; PAJAS PARA LA DEGUSTACION DE BEBIDAS; FIGURAS [ESTATUILLAS]: CRISTALERIA; ARTICULOS PARA EL HOGAR; HERVIDORES; UTENSILIOS DE COCINA; PORTAVIANDAS (LONCHERAS); KITS DE LONCHERAS QUE COMPRENDEN DE LAS CAJAS DE AL-MUERZO Y LOS ENVASES DE BEBIDAS, COPAS PARA BEBER; PLATOS; NEVERAS PORTATILES QUE NO SEAN ELECTRICAS; AISLANTES DESMONTABLES PARA LATAS Y BOTELLAS DE BEBIDAS; UTENSILIOS PARA SERVIR; TETERAS; CEPILLOS DE DIENTES; BANDEJAS; PAPELERAS. Clase: 21. Para: AMPARAR: TEXTILES; TEJIDOS; ROPA DE CAMA; ROPA DE MESA; ROPA DE BAÑO, EXCEPTO PRENDAS DE VESTIR; ROPA BLANCA QUE NO SEA ROPA INTERIOR; TEXTILES NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; FUNDAS DE PLASTICO PARA MESAS. Clase: 24. Para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase: 25. Para: AMPARAR: JUGUETES, JUEGOS Y ARTICULOS DE JUGUETE; ARTICULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES (EXCEPTO PRENDAS DE VESTIR); UNIDADES PORTA-TILES DE JUEGOS ELECTRONICOS PARA SU USO CON O SIN MONITOR DE PANTALLA EXTERNA; MEDIAS O CALCETAS DECORATIVAS CON MOTIVOS NAVIDEÑOS (DE JUGUETE);

ADORNOS Y DECORACIONES PARA ARBOLES DE NAVIDAD; BOLAS CON NIEVE. Clase: 28. Para: AMPARAR: BEBIDAS SIN ALCOHOL; JUGOS; SIROPES PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de febrero del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009704-3

No. de Expediente: 2016150875

No. de Presentación: 20160231215

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ad-vanced Drainage Systems, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ADVANEDGE

Consistente en: la palabra ADVANEDGE, que servirá para: AM-PARAR: CONDUCTO, CAÑERÍA Y TUBERÍA NO METÁLICOS; ACOPLAMIENTOS DE TUBOS NO METÁLICOS. Clase: 17.

La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009705-3

DIARIO

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2016149685

No. de Presentación: 20160228615

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de GRANDILER INVERSIONES S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra ALTERMAN y diseño, que servirá para: AMPARAR: HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS PORTÁTILES PARA: ATORNILLAR, PERFORAR O DEMOLER, INCLUYENDO TALADROS DE IMPACTO, ATORNILLADORES, DEMOLEDORES Y ROTOMARTILLOS; HERRAMIENTAS PARA PERFORAR ESTA-CIONARIAS O FIJAS, INCLUYENDO TALADROS DE COLUMNA; HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS PORTÁTILES O ESTACIONARIAS UTILIZADAS PARA EL CORTE Y DESBASTE DE PERFILES Y BARRAS METÁLICAS, INCLUYENDO AMOLADORAS, TRON-ZADORAS E INGLETADORAS; HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS PORTÁTILES CUYA FUNCIÓN ES PULIR, EXTRAER BRILLO Y ALISAR SUPERFICIES METÁLICAS, INCLUYENDO PULIDORAS ANGULARES O RECTAS; HERRAMIENTAS PORTÁTILES O ESTACIONARIAS UTILIZADAS PARA HACER ROSCAS EN UNA SUPERFICIE CILÍNDRICA LISA, INCLUYENDO ROSCADORAS; HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS PORTÁTILES O ESTACIONA-RIAS UTILIZADAS PARA CORTAR, LIJAR O CALAR MADERAS, AGLOMERADOS, LAMINADOS Y REVESTIMIENTOS PARA MADERAS, INCLUYENDO CEPILLADORAS, CALADORAS, LIJADORAS, SIERRAS Y TROMPOS; EQUIPO DE USO DOMÉS-TICO O INDUSTRIAL UTILIZADOS PARA ASPIRAR O SOPLAR POLVO O PEQUEÑAS PARTÍCULAS DE SUCIEDAD DEL SUELO O DISTINTAS SUPERFICIES, INCLUYENDO ASPIRADORAS Y SOPLADORAS; EQUIPOS ELÉCTRICOS ESTACIONARIOS QUE, A TRAVÉS DE UN AUMENTO DE LA PRESIÓN CON-TENIDO EN UN TANQUE RECEPTOR, LOGRA COMPRIMIR AIRE O GASES, INCLUYENDO COMPRESORES DE AIRE DE CORREA O COAXIALES; HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS QUE GENERAN CALOR PARA SOLDAR O DESPEGAR DIFERENTES MATERIALES, INCLUYENDO PISTOLAS DE CALOR; EQUIPOS O HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS UTILIZADAS EN PLOMERÍA O FONTANERÍA PARA SOLUCIONAR ATASCAMIENTOS EN DRENAJES O TUBERÍAS, INODOROS (WC POR SUS SIGLAS EN INGLÉS), LAVAMANOS, FREGADEROS, CENTRO PISOS [DESAGÜE DE PISO] MEDIANTE EL USO DE PARTES Y PIEZAS FLEXIBLES ESPECIALIZADOS, INCLUYENDO DESTAPADORES DE CAÑERÍAS; EQUIPOS O MÁQUINAS ELÉCTRICAS QUE BOM-BEAN AGUA A ALTA PRESIÓN PARA LA LIMPIEZA DE SUPER-FICIES E HIGIENE DE HOGARES, COMERCIOS O INDUSTRIAS, INCLUYENDO HIDROLAVADORAS Y BOMBAS PARA LÍQUIDOS INCLUYENDO MOTOBOMBAS; HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS PORTÁTILES UTILIZADAS PARA REALIZAR MECANIZADOS

POR ARRANQUE DE VIRUTA MEDIANTE EL MOVIMIENTO DE UNA HERRAMIENTA ROTATIVA DE VARIOS FILOS DE CORTE DENOMINADA FRESA, INCLUYENDO FRESADORAS; PARTES Y PIEZAS UTILIZADAS CON LAS HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS PARA PERFORAR, DEMOLER, CORTAR, PULIR, DESBASTAR O LIJAR DIFERENTES MATERIALES: METALES, CONCRETO, VIDRIO O PORCELANA, PLÁSTICOS, MADERAS INCLUYEN-DO PARTES Y PIEZAS A SABER: BROCAS CON DIFERENTES ACOPLES Y USOS, CINCELES, HOJAS PARA CALAR, DISCOS DE CORTE, DESBASTES METÁLICOS O ABRASIVOS, CEPILLOS, LIJAS DE BANDA O DISCOS, BONETES DE LANA; PARTES Y PIEZAS UTILIZADAS CON LAS HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS PARA DESTAPAR CAÑERÍAS, COMO GUAYAS FLEXIBLES; MAQUINARIAS PARA USO AGRÍCOLA INCLUIDAS SUS PARTES Y PIEZAS, EQUIPOS PARA EL CORTE Y EL PROCESAMIENTO DE MADERAS, INCLUYENDO MOTOSIERRAS; APARATOS Y EQUIPOS DE COMBUSTIÓN INTERNA INCLUYENDO MOTORES QUE NO SEAN PARA VEHÍCULOS, SUS PARTES Y PIEZAS Y EQUIPOS QUE INCORPOREN ESTOS MOTORES, INCLUYENDO GENERADORES, FUMIGADORES, GUADAÑAS, HIDROLAVA-DORAS.. Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de febrero del año dos mil dieciseis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009706-3

No. de Expediente: 2016150874

No. de Presentación: 20160231214

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

ANGLICIS

Consistente en: la palabra ANGLICIS, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

DIARIO

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Page 145: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS, MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HER-BICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009707-3

No. de Expediente: 2016150872

No. de Presentación: 20160231212

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

BEZOAR

Consistente en: La palabra BEZOAR, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IM-PRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de marzo del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009708-3

No. de Expediente: 2016150871

No. de Presentación: 20160231211

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de The Latin America Trademark Corporation, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

BRANTIA

Consistente en: la palabra BRANTIA, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HER-BICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009709-3

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Page 146: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2016150870

No. de Presentación: 20160231210

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

MABOMMUL

Consistente en: la palabra MABOMMUL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HER-BICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de marzo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009711-3

No. de Expediente: 2016150759

No. de Presentación: 20160230932

CLASE: 18, 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de The

Polo/Lauren Company, L.P., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: diseño identiciado como: C Laurel, que servirá

para: AMPARAR: ARTÍCULOS DE CUERO, PRINCIPALMENTE,

MALETINES PARA DOCUMENTOS, MOCHILAS, BOLSAS DE

PLAYA, PORTAFOLIOS, BASTONES, TARJETEROS, CARTERAS,

ESTUCHES PARA LLAVES, BANDOLERAS [CORREAS] DE

CUERO, PARASOLES, CARTERAS DE BOLSILLO, MONEDEROS,

BOLSITAS, BOLSONES COLEGIALES, MOCHILAS ESCOLARES,

MOCHILAS PORTABEBÉS DE CUERO, BOLSAS PARA LA COM-

PRA, MALETAS DE MANO, PORTATRAJES, BOLSOS DE MANO,

BAULES DE VIAJE, VALIJAS, PARAGUAS, BILLETERAS. Clase:

18. Para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCU-

LOS DE SOMBRERERÍA PARA HOMBRES, MUJERES Y NIÑOS.

Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009712-3

No. de Expediente: 2016150938

No. de Presentación: 20160231339

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Victoria,s

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Page 147: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

Secret Stores Brand Management, Inc., de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PASSION STRUCK

Consistente en: Las palabras PASSION STRUCK, cuya traducción

al castellano es: PASIÓN GOLPEADO, que servirá para: AMPARAR:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA

LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; DENTÍFRICOS;

PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL, COSMÉTICOS Y

PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, PRINCIPALMENTE, LOCIONES

CAPILARES, AGUAS DE TOCADOR, ROCÍOS PARA EL CUERPO,

AEROSOLES PARA EL CUERPO, PREPARACIONES PARA RES-

TREGAR EL CUERPO, JABONES INCLUYENDO JABONES PARA

EL CUERPO, JABÓN LÍQUIDO PARA EL CUERPO Y JABONES

PARA LAS MANOS, MOUSSE PARA EL CUERPO, CREMAS

PARA EL CUERPO INCLUYENDO CREMAS PARA LAS MANOS,

LOCIONES PARA EL CUERPO INCLUYENDO LOCIONES PARA

LAS MANOS, ACEITES ESENCIALES INCLUYENDO ACEITES

PARA EL CUERPO, POLVOS PARA EL CUERPO, PRODUCTOS

DE BURBUJAS PARA EL BAÑO, GEL PARA LA DUCHA Clase:

03.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de marzo del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009713-3

No. de Expediente: 2016149870

No. de Presentación: 20160229143

CLASE: 09, 35, 36, 42,

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de SOLUCIONES DE PAGO MB, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacio-

nalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: la palabra LYSTOCARD y diseño traducida al

castellano como lysto tarjeta, que servirá para: AMPARAR: APARATOS

E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS,

FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAJE,

DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPEC-

CIÓN), DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E

INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANS-

FORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL

DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS DE GRABACIÓN, TRANS-

FORMACIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO O IMÁGENES;

SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS;

DISCOS COMPACTOS, DVD Y OTROS SOPORTES DE GRABA-

CIÓN DIGITALES; MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO

PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MÁQUINAS DE CALCULAR,

EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS, ORDENADORES;

SOFTWARE; EXTINTORES. Clase: 09. Para: AMPARAR: PUBLICI-

DAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRA-

CIÓN COMERCIAL; RELACIONADOS DIRECTAMENTE CON

SERVICIOS FINANCIEROS. Clase: 35. Para: AMPARAR: SEGUROS;

OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES MONETARIAS;

NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36. Para: AMPARAR: SERVI-

CIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS, ASÍ COMO SERVICIOS

DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS

DE ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y

DESARROLLO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE.

Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día tres de febrero del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009715-3

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Page 148: Diario Oficial 26 de Mayo 2016€¦ · la Presidencia, para que participe en el "TRIGÉSIMO SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CEPAL", a realizarse el 23 al 28 de mayo de 2016, en México,

148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2015147690

No. de Presentación: 20150224735

CLASE: 09, 14, 16, 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ve-

rizon Trademark Services LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra verizon y diseño, que servirá para:

AMPARAR: EQUIPO TECNOLÓGICO PARA SER USADO EN LAS

TELECOMUNICACIONES, ASÍ COMO EN TELEVISIÓN, REDES DE

COMPUTADORAS E INFORMACIÓN DE TECNOLOGÍA, COMPO-

NENTES Y SISTEMAS: SOFTWARE DE TELECOMUNICACIONES;

TELÉFONOS, COMPUTADORAS TIPO TABLET Y DISPOSITI-

VOS DE COMUNICACIÓN INALÁMBRICA DE VOZ, DATOS, O

TRANSMISIÓN DE IMÁGENES, REPRODUCTORES DE MEDIOS;

DISPOSITIVO DE RECEPCIÓN Y DECODIFICACIÓN DE SEÑAL

DE TELEVISIÓN (POR SU DENOMINACIÓN EN INGLÉS SET TOP

BOXES); VIDEOGRABADORAS DIGITALES (POR SUS SIGLAS

EN INGLÉS DVR); CONTROL REMOTOS PARA TELEVISORES,

ORDENADORES, Y DISPOSITIVO DE RECEPCIÓN Y DECODIFI-

CACIÓN DE SEÑAL DE TELEVISIÓN (POR SU DENOMINACIÓN

EN INGLÉS SET TOP BOXES); DISPOSITIVOS DIGITALES DE

TRANSMISIÓN DE MEDIOS; MÓDEMS Y ENRUTADORES (IN-

FORMÁTICA); SISTEMA DE NAVEGACIÓN POR SATÉLITE, A

SABER, DISPOSITIVOS DE SISTEMAS DE POSICIONAMIENTO

GLOBAL (GPS POR SUS SIGLAS EN INGLÉS); ACCESORIOS

PARA TELÉFONOS, TELÉFONOS MÓVILES, COMPUTADORAS

TIPO TABLET Y DISPOSITIVOS DE COMUNICACIÓN INALÁM-

BRICA, A SABER, AUDÍFONOS Y AURICULARES, CARGADORES

DE TELÉFONOS, CARGADORES DE BATERÍAS, SOPORTES DE

COCHES, SOSTENEDORES DE TELÉFONOS MÓVILES; ESTACIO-

NES DE CARGA Y ACOPLAMIENTO, ESTUCHES PROTECTORES

PARA TELÉFONOS MÓVILES Y COMPUTADORAS TIPO TABLET,

CUBIERTAS Y ESTUCHES DE PROTECCIÓN PARA DISPOSITIVOS

ELECTRÓNICOS PORTÁTILES, FUNDAS DE TELÉFONOS CELU-

LARES, PELÍCULAS PLÁSTICAS AJUSTABLES ANTI-REFLEJOS

Y ANTI-RAYONES, ADAPTADAS PARA USARSE SOBRE PANTA-

LLAS DE TELÉFONOS MÓVILES; ALTAVOCES INALÁMBRICOS

Y MÓVILES; ESTUCHES PARA DISCOS COMPACTOS (POR SUS

SIGLAS EN INGLÉS CD) Y DISCOS DIGITALES VERSÁTILES (POR

SUS SIGLAS EN INGLÉS DVD); BOLSAS DE COMPUTADORA;

ALFOMBRILLAS DE RATÓN; RATONES DE ORDENADOR;

IMANES DECORATIVOS; DISPOSITIVOS INALÁMBRICOS DE

TELECOMUNICACIONES PARA LA TRANSMISIÓN DE AUDIO,

VOZ, DATOS, IMAGEN, VIDEO Y MENSAJERÍA, ACCESO A

INTERNET, ACCESO A LA NAVEGACIÓN Y EL SERVICIO DE

DIRECCIÓN Y LA CAPACIDAD DE DESCARGAR MÚSICA, VI-

DEOS Y APLICACIONES A TRAVÉS DEL AIRE, Y QUE PUEDEN

INCLUIR UN REPRODUCTOR DE MÚSICA Y UNA CÁMARA;

DISPOSITIVOS INALÁMBRICOS DE COMUNICACIONES QUE

ESTABLECEN UNA RED INALÁMBRICA LOCAL; DISPOSITIVOS

ELECTRÓNICOS PERSONALES USABLES Y SENSORES QUE

PROCESAN, ALMACENAN Y TRANSMITEN DATOS BIOMÉTRI-

COS DEL USUARIO; SISTEMAS ELECTRÓNICOS DE RESPUESTA

DE EMERGENCIA PERSONAL QUE CONSISTEN EN UN DISPO-

SITIVO INALÁMBRICO QUE SE USA EN EL CUERPO CON UN

BOTÓN QUE LOS USUARIOS PRESIONAN PARA NOTIFICAR A

TERCEROS EN CASO DE UNA EMERGENCIA, Y UNA UNIDAD

REMOTA QUE MARCA HACIA FUERA EN EL TELÉFONO PARA

PEDIR AYUDA; DISPOSITIVOS USABLES DE LOCALIZACIÓN

PERSONAL EQUIPADOS CON UN SOFTWARE QUE PERMITE

A LOS PADRES PARA MONITOREAR LA UBICACIÓN DE LOS

HIJOS; HARDWARE Y SOFTWARE PARA TELECOMUNICACIO-

NES, TELEVISIÓN, REDES DE COMPUTADORAS Y TECNOLOGÍA

DE LA INFORMACIÓN; APLICACIONES DE SOFTWARE EN LOS

CAMPOS DE ENTRETENIMIENTO, JUEGO Y PRODUCTIVIDAD;

SOFTWARE PARA LA GESTIÓN DE REDES, SOFTWARE PARA SU

USO EN EL CONTROL DE ACCESO A LA RED, Y EN LA CREA-

CIÓN Y MANTENIMIENTO DE CORTAFUEGOS; PROGRAMAS

DE ORDENADOR PARA ACCEDER A UNA RED INFORMÁTICA

GLOBAL Y RED INTERACTIVA DE COMUNICACIONES POR

COMPUTADORA; PROGRAMAS INFORMÁTICOS PARA EL CI-

FRADO; SOFTWARE DE SEGURIDAD PARA COMPUTADORAS

Y PARA LA RED; SOFTWARE PARA MANTENIMIENTO DE

MÁQUINA A MÁQUINA (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS M2M),

DISPOSITIVOS CONECTADOS Y EL INTERNET DE LOS OBJE-

TOS (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS IOT); KITS DE DESARRO-

LLO DE SOFTWARE (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS SDK) Y LA

INTERFAZ DE PROGRAMACIÓN DE APLICACIONES (POR SUS

SIGLAS EN INGLÉS API) PARA LA CREACIÓN DE SOFTWARE Y

APLICACIONES RELACIONADAS CON MÁQUINA A MÁQUINA

(POR SUS SIGLAS EN INGLÉS M2M) Y DISPOSITIVOS INTER-

NET DE LOS OBJETOS (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS IOT), Y

PRODUCTOS Y SERVICIOS DE INTERNET DE LOS OBJETOS

(POR SUS SIGLAS EN INGLÉS IOT); SOFTWARE PARA LA RED

DE INTERNET DE LOS OBJETOS (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS

IOT); Y LA CONECTIVIDAD DE DATOS, GESTIÓN DE DISPOSI-

TIVOS, CONFIGURACIÓN, PROVISIÓN, GESTIÓN Y CONTROL

DE DISPOSITIVOS; SOFTWARE QUE RECOGE Y TRANSMITE

DATOS DESDE DISPOSITIVOS CONECTADOS EN MÁQUINA A

MÁQUINA (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS M2M) Y EL INTERNET

DE LOS OBJETOS (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS IOT) Y QUE

INTEGRA DATOS DE LA EMPRESA, LA WEB Y EL SOFTWARE

DE APLICACIONES MÓVILES; APLICACIÓN DE SOFTWARE

QUE OFRECE MENSAJERÍA E INTERCAMBIO DE VOZ, DATOS

Y FOTOS; SOFTWARE PARA PROPORCIONAR UN SERVICIO DE

TELEVISIÓN BASADO EN INTERNET; SOFTWARE PARA CREAR,

DESCARGAR, TRANSMITIR, RECIBIR, EDITAR, EXTRAER,

CODIFICAR, DECODIFICAR, VISUALIZAR, REPRODUCIR, AL-

MACENAR Y ORGANIZAR TEXTOS, DATOS, GRÁFICOS, IMÁ-

GENES, VIDEOS, JUEGOS ELECTRÓNICOS, MEDIOS DIGITALES

Y PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS; PROGRAMAS Y SOFT-

WARE PARA VIDEOS Y JUEGOS ELECTRÓNICOS; SOFTWARE

PARA LA TRANSMISIÓN DE CONTENIDOS; SOFTWARE PARA

RECORTE DE VIDEOS; SOFTWARE INFORMÁTICO PARA LA

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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

RECOPILACIÓN, EDICIÓN, ORGANIZACIÓN, MODIFICACIÓN, MARCACIÓN DE LIBROS, TRANSMISIÓN, ALMACENAMIENTO E INTERCAMBIO DE DATOS E INFORMACIÓN; SOFTWARE DE APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA TELÉFONOS MÓVILES, A SABER, SOFTWARE PARA EL PROCESAMIENTO DE DATOS; SOFTWARE DE APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA TELÉFO-NOS MÓVILES, A SABER, SOFTWARE PARA LA FACILITACIÓN DE LA COMUNICACIÓN; SOFTWARE DE JUEGOS ELECTRÓ-NICOS PARA DISPOSITIVOS INALÁMBRICOS; SOFTWARE DE RECONOCIMIENTO DE GESTOS PARA EL INTERCAMBIO DE VOZ, IMÁGENES Y DATOS; APLICACIÓN DE SOFTWARE PARA LA TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA AL BIENES-TAR, ACTIVIDAD Y SALUD; APLICACIÓN DE SOFTWARE PARA MANEJAR INFORMACIÓN CON RESPECTO A UN PROGRAMA DE SALUD Y BIENESTAR; APLICACIÓN DE SOFTWARE PARA DISPOSITIVOS BIOMÉTRICOS DE MONITORIZACIÓN Y DA-TOS; SOFTWARE PARA PERMITIR LA TRANSMISIÓN DE LA CARTOGRAFÍA, NAVEGACIÓN, TRÁFICO, METEOROLOGÍA Y PUNTOS DE INTERÉS, A REDES DE TELECOMUNICACIONES, SITIOS DE INTERNET Y TELÉFONOS MÓVILES; SISTEMAS DE HARDWARE Y SOFTWARE DE ORDENADOR, A SABER, LEC-TOR DE DIAGNÓSTICO A BORDO (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS OBD), TRANSCEPTOR DE RADIO Y ALTAVOZ PROGRAMADO PARA LA COLOCACIÓN DE Y RESPUESTA A LAS SOLICITUDES DE ASISTENCIA EN CARRETERA, LA TRANSMISIÓN DE VOZ Y DATOS, LA UBICACIÓN Y LA RECUPERACIÓN DEL VEHÍ-CULO, EL DIAGNÓSTICO DE VEHÍCULOS EN TIEMPO REAL, DETECCIÓN DE INCIDENTES DE EMERGENCIA Y LA EXPEDI-CIÓN DE LA ASISTENCIA DE EMERGENCIA EN CARRETERA, A TRAVÉS DEL USO DE UN SISTEMA DE NAVEGACIÓN POR SATÉLITE, A SABER, DISPOSITIVOS DE SISTEMAS DE POSI-CIONAMIENTO GLOBAL (GPS POR SUS SIGLAS EN INGLÉS) Y LAS TELECOMUNICACIONES CELULARES; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA EL DESPACHO DE LOS VEHÍCULOS DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA EN CARRETERA EN RESPUESTA A LAS SOLICITUDES DE SERVICIO; APLICACIÓN MÓVIL QUE PROPORCIONA UN PARQUÍMETRO; APLICACIÓN MÓVIL PARA LA LOCALIZACIÓN DEL VEHÍCULO EN EL MAPA; SOFTWARE INFORMÁTICO QUE PERMITE A LOS USUARIOS CONFIGURAR RECORDATORIOS PARA NOTIFICACIONES DE MANTENI-MIENTO DE VEHÍCULOS; APLICACIÓN DE SOFTWARE PARA REALIZAR PAGOS Y PARA TRANSFERIR Y RECIBIR DINERO; APLICACIÓN DE SOFTWARE PARA FACILITAR LOS PAGOS MÓVILES; PLATAFORMA FINANCIERA ELECTRÓNICA QUE TIENE CAPACIDAD PARA MÚLTIPLES TIPOS DE TRANSAC-CIONES DE PAGO Y DÉBITO A TRAVÉS DE UN TELÉFONO MÓVIL. Clase: 09. Para: AMPARAR: RELOJES INCLUYENDO RELOJES DEPORTIVOS; RELOJES DE PARED, JOYERÍA; CRO-NÓMETROS MANUALES. Clase: 14. Para: AMPARAR: MATERIAL DE IMPRENTA, A SABER, GUÍAS TELEFÓNICAS; PANFLETOS, FOLLETOS, HOJAS Y TARJETAS IMPRESAS, Y MATERIALES PARA LA INSTRUCCIÓN Y ENSEÑANZA, TODOS ELLOS EN LOS CAMPOS DE LAS TELECOMUNICACIONES, REDES DE COMPUTADORAS Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN; LÁPICES; PLUMAS DE TINTA; RESALTADORES DE TEXTO; LIBRETAS PARA NOTAS; BLOCS DE NOTAS ADHESIVAS; PI-SAPAPELES; CALENDARIOS; ENGRAPADORAS; CLIPS PARA BILLETES DE BANCO. Clase: 16. Para: AMPARAR: MALETINES PARA ATLETAS; PARAGUAS; BOLSAS CON AGARRADERAS DE MANO; TARJETEROS; MOCHILAS; PORTAFOLIOS; ETIQUETAS PARA EQUIPAJE. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009716-3

No. de Expediente: 2016149968

No. de Presentación: 20160229394

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de INTERNATIONAL GAMING PROJECTS LIMITED, de nacionalidad MALTESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras MONEY MANIA y diseño, traducidas al castellano como MANIA POR DINERO, que servirá para: AMPA-RAR: PROGRAMAS DE ORDENADOR DE BINGO, SOFTWARE DE BINGO Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO DE BINGO. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil dieciséis.

HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028739-3

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2015149110

No. de Presentación: 20150227334

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de SAIC MOTOR CORPORATION LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: VEHÍ-CULOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREA, ACUÁTICA Y FÉRREA; VEHÍCULOS ELÉCTRICOS; AUTOMÓVILES; PARA-CHOQUES PARA AUTOMÓVILES; VAGONES; CARROCERÍAS PARA VEHÍCULOS; TAPIZADOS PARA INTERIORES DE VEHÍ-CULOS; REPOSACABEZAS PARA ASIENTOS DE VEHÍCULOS; EMBRAGUES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; Y ASIENTOS DE VEHÍCULOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028742-3

No. de Expediente: 2015149118

No. de Presentación: 20150227342

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de

SAIC MOTOR CORPORATION LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra SAIC y diseño, que servirá para: AM-PARAR: PISTONES (PARTES DE MÁQUINAS O DE MOTORES); CILINDROS PARA MOTORES; DISPOSITIVOS DE ENCENDIDO PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA; RODAMIEN-TOS (PARTES DE MÁQUINAS); BOMBAS (MÁQUINAS); COMPRESORES (MÁQUINAS); JUNTAS UNIVERSALES (JUNTAS CARDAN); VÁLVULAS (PARTES DE MÁQUINAS); CARRETILLA ELEVADORAS; Y HERRAMIENTAS DE MANO QUE NO SEAN ACCIONADAS MANUALMENTE. Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028747-3

No. de Expediente: 2015149117

No. de Presentación: 20150227341

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de SAIC MOTOR CORPORATION LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las letras SAIC y diseño, que servirá para: AM-PARAR: VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREA, ACUÁTICA Y FÉRREA; AUTOMÓVILES; MECANISMOS DE PROPULSIÓN PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; VEHÍCULOS ELÉCTRICOS; MOTORES ELÉCTRICOS PARA VEHÍCULOS TE-RRESTRES; LLANTAS [RINES] PARA RUEDAS DE VEHÍCULOS;

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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

CUBOS DE RUEDAS DE VEHÍCULOS; ASIENTOS DE SEGURI-

DAD PARA NIÑOS PARA LOS VEHÍCULOS; EMBRAGUES PARA

VEHÍCULOS TERRESTRES; Y TAPIZADOS PARA INTERIORES

DE VEHÍCULOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028749-3

No. de Expediente: 2015149109

No. de Presentación: 20150227333

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-

CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de

SAIC MOTOR CORPORATION LIMITED, de nacionalidad CHINA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SAIC

Consistente en: la palabra SAIC, que servirá para: AMPARAR:

VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREAS, ACUÁTI-

CA Y FÉRREA; AUTOMÓVILES; MECANISMO DE PROPULSIÓN

PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; VEHÍCULOS, ELÉCTRICOS;

MOTORES ELÉCTRICOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES;

LLANTAS [RINES] PARA RUEDAS DE VEHÍCULOS; CUBOS DE

RUEDAS DE VEHÍCULOS, ASIENTOS DE SEGURIDAD PARA

NIÑOS PARA LOS VEHÍCULOS; EMBRAGUES PARA VEHÍCULOS

TERRESTRES; Y TAPIZADOS PARA INTERIORES DE VEHÍCU-

LOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028752-3

No. de Expediente: 2015149114

No. de Presentación: 20150227338

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCIS-CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de SAIC MOTOR CORPORATION LIMITED, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

MAXUS

Consistente en: la palabra MAXUS, que servirá para: AMPARAR: VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREA, ACUÁTICA Y FÉRREA, VEHÍCULOS ELÉCTRICOS; AUTOMÓVILES, PARA-CHOQUES PARA AUTOMÓVILES; VAGONES; CARROCERÍAS PARA VEHÍCULOS; TAPIZADOS PARA INTERIORES DE VEHÍ-CULOS; REPOSACABEZAS PARA ASIENTOS DE VEHÍCULOS; Y EMBRAGUES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES Y ASIENTOS DE VEHÍCULOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028753-3

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

No. de Expediente: 2016151418

No. de Presentación: 20160232168

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ALEXANDER AGUILAR HASBUN, en su calidad de APODERADO de Protein S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ROSUGRAS

Consistente en: la palabra ROSUGRAS, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS EN ESPECÍFICO PARA DISMINUIR LOS NIVELES DE COLESTEROL EN SERES HUMANOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día trece de abril del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de abril del año dos mil dieciséis.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028790-3

No. de Expediente: 2016151248

No. de Presentación: 20160231847

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL AN-GEL VENTURA AYALA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de MAGUS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: Las palabras SKIPPERS ESCOLAR y diseño, cuya traducción al castellano es: SALTADORES ESCOLAR, que servirá para: AMPARAR: VESTIDOS, CON INCLUSIÓN DE BOTAS, ZAPATOS Y ZAPATILLAS, EN DIVERSOS ESTILOS, COLORES Y MEDIDAS. Clase: 25,

La solicitud fue presentada el día siete de abril del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de mayo del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JUAN ROBERTO VEGA SUNCIN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028816-3

No. de Expediente: 2016151332

No. de Presentación: 20160232014

CLASE: 09, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL ANGEL VENTURA AYALA, en su calidad de APODERADO del señor MARIO EDGARDO GALLEGOS BURUCA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

DecimaERP

Consistente en: La palabra DecimaERP, que servirá para: AM-PARAR: SOFTWARE. Clase: 09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACIÓN, Y FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENI-MIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día once de abril del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JUAN ROBERTO VEGA SUNCIN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028819-3

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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

No. de Expediente: 2016151252

No. de Presentación: 20160231855

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado NADY PATRICIA MARROQUIN REYES, en su calidad de APODERADO de JOSE ROBERTO CAÑAS PINEDA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras LUXURY PROFESIONAL, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS, Y CAPILARES, ESPECIALMENTE TINTES, SHAMPOOS, ACONDICIONADORES, GEL, CREMAS PARA EL PELO, AMPOLLETAS, POLVO DECOLORANTE CAPI-LAR, PERMANENTES, CREMAS ALISADORAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día siete de abril del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de abril del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028822-3

No. de Expediente: 2016151251

No. de Presentación: 20160231854

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado NADY PATRICIA MARROQUIN REYES, en su calidad de APODERADO de JOSE ROBERTO CAÑAS PINEDA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras 4X4 PROFESIONAL, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS, Y CAPILARES, ESPECIALMENTE TINTES, SHAMPOOS, ACONDICIONADORES, GEL, CREMAS PARA EL PELO, AMPOLLETAS, POLVO DECOLORANTE CAPI-LAR, PERMANENTES, CREMAS ALISADORAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día siete de abril del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de abril del año dos mil dieciséis.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F028824-3

No. de Expediente: 2015145510

No. de Presentación: 20150221190

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de LIVSMART BRANDS, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras PETIT LIFE y diseño, cuya traducción al castellano de la palabra LIFE es: Vida, que servirá para: AMPARAR: AGUAS MINERALES, AGUAS CON GAS, AGUAS GASEOSAS, BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTA, JUGOS CON SABOR A FRU-TAS, OTRAS BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F028902-3

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESAUTORIDAD MARÍTIMA PORTUARIA

(Registro No. F029504)

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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 26 de Mayo de 2016.

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 411

Imprenta Nacional - Tiraje 350 Ejemplares.

(Registro No. F029506)

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