Diario oficial de Colombia n° 49.901. 11 de junio de 2016

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    Fundado el 30 de abril de 1864

    DIARIO OFICIAL

    Repblica de Colombia

    LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA

    Informa que como lo dispone el Decreto nmero 53 deenero 13 de 2012, artculo 3, del Departamento Nacionalde Planeacin, a partir del 1 de junio de 2012 los contratosestatales no requieren publicacin ante la desaparicin delDiario nico de Contratacin Pblica.

    Ao CLI No. 49.901 Edicin de 56 pginas Bogot, D. C., sbado, 11 de junio de 2016 I S S N 0122-2112

    MINISTERIODECULTURA

    Resoluciones

    RESOLUCIN NMERO 1222 DE 2016

    (mayo 23)

    por la cual se adoptan procedimientos para la evaluacin de proyectos de ndole cultu-ral al interior del Ministerio de Cultura

    La Ministra de Cultura, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y en especiallas que le conere la Ley 397 de 1997, modicada parcialmente por la Ley 1185 de 2008, y

    CONSIDERANDO:

    Que la Constitucin Poltica de Colombia, en el artculo 70, establece: El Estadotiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianosen igualdad de oportunidades, por medio de la educacin permanente y la enseanzacientca, tcnica, artstica y profesional en todas las etapas del proceso de creacin dela identidad nacional.;

    Que por su parte, de acuerdo con el artculo 71 Superior, corresponde al Estado crearincentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecno-loga y las dems manifestaciones culturales y ofrecer estmulos especiales a personas einstituciones que ejerzan estas actividades;

    Que en desarrollo de este mandato Constitucional, la Ley General de Cultura (Ley 397de 1997) otorg competencia tanto al Ministerio de Cultura como a las entidades territo-riales, para fomentar las artes y el talento investigativo, estableciendo estmulos especialesa la creacin, la actividad artstica y cultural, la investigacin y el fortalecimiento de lasexpresiones arts ticas y culturales, a travs de programas, becas, premios anuales, concursos,festivales, entre otros, en el campo de la creacin, la ejecucin, la experimentacin, la for-macin y la investigacin a nivel individual y colectivo, para lo cual podrn brindar apoyoa las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresionesculturales, en los mbitos locales, regionales y nacional;

    Que el artculo 288 de la Constitucin Poltica establece que las competencias atribuidasa los distintos niveles territoriales sern ejercidas conforme a los principios de coordinacin,concurrencia y subsidiariedad en los trminos que establezca la ley;

    Que el artculo 298 de la Constitucin Poltica establece que los departamentos tienenautonoma para la administracin de los asuntos seccionales y la planicacin y promocindel desarrollo econmico y social dentro de su territorio en los trminos establecidos porla Constitucin; as mismo estipula que estos ejercen funciones administrativas, de coordi-nacin, de complementariedad de la accin municipal, de intermediacin entre la Nacin ylos Municipios y de prestacin de los servicios que determinen la Constitucin y las leyes;

    Que la Ley General de Cultura desarroll los artculos 70, 71 y 72 y dems artculosconcordantes de la Constitucin Poltica de Colombia y dicta normas sobre patrimoniocultural, fomentos y estmulos a la Cultura, y el Decreto nico Reglamentario del SectorCultura 1080 de 2015 compila las normas del Sector Cultura;

    Que de conformidad con lo dispuesto en el artculo 6 de la Ley 489 de 1998, lasautoridades administrativas deben prestar su colaboracin a las dems entidades para elejercicio de sus funciones;

    Que El patrimonio cultural de la Nacin est constituido por todos los bienes materia -les, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura queson expresin de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguasy dialectos de las comunidades indgenas, negras y creoles, la tradicin, el conocimientoancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hbitos, as como los bienes materiales denaturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial inters histrico,artstico, cientco, esttico o simblico en mbitos como el plstico, arquitectnico, urbano,arqueolgico, lingstico, sonoro, musical, audiovisual, flmico, testimonial, documental,literario, bibliogrco, museolgico o antropolgico. Para efectos de la presente resolucinse entiende lo establecido para los bienes declarados como de inters cultural del mbitonacional, centros histricos declarados en el mbito nacional, manifestaciones inmaterialesen especial aquellas incluidas en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterialy bienes expresamente declarados como Patrimonio Cultural de la Nacin;

    Que El patrimonio cultural mueble es el conjunto de bienes que las comunidades, losgrupos sociales y las instituciones pblicas y privadas reconocen como parte de su memoria

    e identidad, toda vez que les atribuyen, entre otros, valores colectivos, histricos, estticoy simblicos que suscitan intereses particulares en la poblacin. En 2013 la Direccide Patrimonio public la Poltica de Proteccin del Patrimonio Mueble que orienta y dlineamientos para la proteccin a corto, mediano y largo plazo, y contempla y armonizlas lneas estratgicas y los principios incluidos en la Poltica para la Gestin, ProteccinSalvaguardia del Patrimonio Cultural Colombiano, la Poltica de Salvaguardia del PatrimoniCultural Inmaterial, la Poltica de Museos, la Poltica de Lectura y Bibliotecas, la Poltica dArchivos y la Poltica de Cinematografa que incluye al patrimonio audiovisual colombiano

    Que segn el artculo 2.4.1.1.2. del Decreto 1080 de 2015, Los bienes inmuebles, parefectos de la adopcin de PEMP se clasican como se indica a continuacin, sin perjuici

    de otros que por va general reglamente el Ministerio de Cultura: 1. Del Grupo Urbano1. Sector Urbano: Fraccin del territorio de una poblacin dotada de sonoma, caractersticas y de rasgos distintivos que le coneren cierta unidad y particularidad. 2. Espaci

    Pblico: Conjunto de inmuebles de uso pblico, y de elementos de los inmuebles privadodestinados por su naturaleza, usos o afectacin a la satisfaccin de necesidades urbanacolectivas que trascienden los lmites de los intereses individuales de los habitantes. 11

    Del Grupo Arquitectnico: Construcciones de arquitectura habitacional, institucionacomercial, industrial, militar, religiosa, para el transporte y las obras de ingeniera. Etal sentido, el Ministerio de Cultura formula el Plan Nacional de Recuperacin de CentroHistricos y los Lineamientos de poltica para la recuperacin de los centros histricos dColombia, Conpes 3658 de 2010, que determinan acciones especcas enfocadas a garantizala conservacin, proteccin y sostenibilidad de los centros histricos;

    Que el Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nacin tiene por objeto contrbuir a la valoracin, preservacin, salvaguardia, proteccin, recuperacin, conservacisostenibilidad, divulgacin y apropiacin social del patrimonio cultural, de acuerdo con lestablecido en la Constitucin Poltica en la legislacin, en particular en la Ley 397 de 1997modicada por la Ley 1185 de 2008 y bajo los principios de descentralizacin, diversidad

    participacin, coordinacin y autonoma. Para cumplir con este objetivo el Ministerio dCultura, desde el ao 2012, apoya al Programa Escuelas Taller Colombia- Herramienta

    de Paz cuya misin principal es el rescate y la revaloracin de los ocios tradicionalepreservacin del patrimonio histrico y cultural e inclusin social y laboral de jvenes esituacin de vulnerabilidad a travs de la formacin en ocios inherentes al patrimonio;

    Que para dar cumplimiento a los anteriores preceptos constitucionales y legales, acatando los principios de igualdad, moralidad, celeridad, economa, imparcialidad, ecacieciencia, responsabilidad y transparencia es necesario mediante el presente acto administrativo adoptar y jar procedimientos para la evaluacin de proyectos de ndole cultural interior del Ministerio de Cultura.

    En mrito de lo expuesto,

    RESUELVE:

    Artculo 1. Adoptar en el Ministerio de Cultura los siguientes procedimientos y requsitos de presentacin de los proyectos del sector cultura.

    a) Para proyectos de infraestructura cultural clasicados como construccin de obrnueva, adecuacin y rehabilitacin de teatros, infraestructura cinematogrca, museoescuelas, de msica, bibliotecas, archivos, auditorios, casas de l a cultura, centros y parque

    1 Martnez Moreno, Andrea (2013) Poltica para la proteccin del patrimonio cultural mueblBogot. Ministerio de Cultura de Colombia. Imprenta Nacional de Colombia.

    http://www.archivogeneral.gov.co/sites/all/themes/nevia/PDF/GestionDocumental/Politica

    PCMU_Colombia.pdf

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    Sbado, 11 de junio de 2

    D I A R I O OFICIALFundado el 30 de abril de 1864

    Por el Presidente Manuel Murillo Toro

    Tarifa postal reducida No. 56

    D:DIOSELINAPARRADERINCN

    MINISTERIO DEL INTERIOR

    IMPRENTANACIONALDECOLOMBIA

    DIOSELINAPARRADERINCN

    Gerente General

    Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogot, D. C. ColombiaConmutador: PBX 4578000.

    e-mail:[email protected]

    culturales, y otras que se enmarquen en la competencia del Sector Cultura, los establecidosen el Anexo 1 del presente acto administrativo.

    b) Para estudios tcnicos, proyectos, obras o intervenciones en bienes muebles e inmueblesde inters cultural del mbito Nacional, as como proyectos de mejoramiento de vivienda en

    bienes de inters cultural del grupo urbano, estratos 1 a 4, se debe anexar: Copia del acto administrativo de la declaratoria del bien.

    Presupuesto general

    Cronograma de ejecucin

    Memoria descriptiva del alcance de los estudios o de la obra.

    Para el caso de intervencin, copia del acto administrativo de autorizacin expedidapor la entidad competente, con base en el artculo 7 de la Ley 397 de 1997 modicado porel artculo 7 de la Ley 1185 de 2008 de acuerdo con los requisitos establecidos por la Di-reccin de Patrimonio (ver anexo 2).

    Para el caso de intervencin en inmuebles, acta de compromiso del propietario en el cualse comprometa a realizar el mantenimiento preventivo y correctivo del inmueble intervenidoy a asegurar la sostenibilidad del bien una vez se nalicen las obras.

    c) Para proyectos y obras dirigidas a generar o intervenir espacio pblico en bienes deinters cultural del grupo urbano, de conformidad con las directrices establecidas en los PEMPaprobados, o reglamentaciones vigentes, o en los captulos de patrimonio contenidos en los

    instrumentos del ordenamiento territorial (POT, PBOT, EOT), se deber anexar: Memoria descriptiva.

    Presupuesto general.

    Cronograma de ejecucin.

    Para el caso de obras, copia del acto administrativo de autorizacin expedida por laentidad competente, con base en el artculo 7 de la Ley 397 de 1997 modicado por el art-culo 7 de la Ley 1185 de 2008 de acuerdo con los requisitos establecidos por la Direccinde Patrimonio (ver Anexo 2).

    Certicacin de la entidad territorial en la que indique que la naturaleza de los prediosobjeto del proyecto corresponde a una destinacin como espacio pblico y que se asegurela accesibilidad a las personas con movilidad reducida.

    d) Para formulacin de Planes Especiales de Manejo y Proteccin (PEMP) en bienes deinters cultural del mbito Nacional arquitectnicos o urbanos, se debe anexar:

    Memoria descriptiva del PEMP con base en lo establecido en el Decreto 763 de 2009(hoy Decreto 1080 de 2015).

    Presupuesto general del PEMP

    Cronograma de ejecucin

    Perles Profesionales Carta de compromiso de implementacin del PEMP suscrito por el alcalde una vez

    aprobado.

    e) Para proyectos que promuevan la salvaguardia efectiva del patrimonio cultural in-

    material denido por el Decreto nico Reglamentario 1080/15, Parte V (anterior Decreto2941/09) se debe cumplir con lo indicado en dicho decreto.

    f) Para creacin de nuevas Escuela Taller el interesado deber: Presentar proyecto de formulacin de Escuela Taller que contenga, la siguiente infor-

    macin, como mnimo:

    Datos bsicos. Nombre del Proyecto.

    Entidad proponente.

    Departamento / Municipio.

    Fuentes de Financiacin.

    Entidad que realiza la propuesta tcnica.

    Entidad Ejecutora.

    Potenciales Donantes y Socios del Proyecto.

    Impacto Geogrco del Proyecto (Municipios). Descripcin resumida del proyecto.

    Justicacin general y objetivos.

    Antecedentes.

    Objetivo General.

    Objetivos especcos. Poblacin beneciaria del proyecto. Principales actividades a ser adelantadas en el marco del proyecto.

    Resultados Esperados.

    Impactos esperados.

    Estrategia de sostenibilidad.

    Figura jurdica de la ET. Presupuesto.

    Cronograma de actividades.

    Carta de compromiso de apoyo de las Entidades Territoriales, DepartamentaMunicipales.

    Acreditar la titularidad del inmueble en el cual operar la Escuela Taller.g) Para fortalecer Escuelas Taller existentes en procesos de formacin, adecua

    ampliacin, dotacin de talleres o compra de inmueble:

    Presentar proyecto que incluya:

    Descripcin resumida del proyecto

    Justicacin. Poblacin beneciaria del proyecto. Presupuesto.

    Cronograma

    Soportes respectivos.

    h) Para proyectos de creacin de convocatorias tanto de estmulos como de apoiniciativas de las organizaciones culturales a nivel territorial, se debern presentar mnimo los siguientes documentos:

    Diagnstico realizado por la entidad territorial sobre las necesidades del sector qbuscan resolver con la creacin de la convocatoria.

    Descripcin de los actores involucrados en el desarrollo del proyecto (aliadoapoyarn a la entidad territorial en el desarrollo de la convocatoria y beneciados [a questar dirigida la convocatoria]).

    Estudios de factibilidad.

    Condiciones requeridas para la implementacin del proyecto

    Marco normativo

    Fuentes de nanciacin Presupuesto, cronograma y ujo de fondos y sostenibilidad Respaldo tcnico (personal e infraestructura).

    En el caso especco de los proyectos de creacin de convocatorias de estmulos, slos lineamientos descritos en el Manual para entidades territoriales: entrega de estma la formacin, investigacin, creacin y circulacin cultural publicado por el Minisde Cultura. (Ver Anexo 3). Si se trata de proyectos de creacin de convocatorias de apiniciativas de las organizaciones culturales a nivel territorial, tener en cuenta lo establecilos manuales de los diferentes planes y programas del Ministerio de Cultura, segn sea el

    Etapas de desarrollo del proyecto: desc ribir el proceso de desarrollo de la convocy la propuesta concreta de la misma. (Ver Anexo 3).

    Soportes pertinentes, tanto del proyecto, como de la propuesta de la convocatori

    i) Para todos los proyectos relacionados con la gestin de la actividad a rtstica se dcontar con un diagnstico de la situacin artstica en el territorio, que caracterice loscesos artsticos que se han llevado a cabo en la regin y cmo guardan concordanciael proyecto presentado.

    j) Para los proyectos relacionados con la gestin de la actividad artstica en el compode formacin se deber contar, adems de lo sealado en literal i, con un plan de trabajoagregado que incluya las necesidades en trminos de equipo humano, espacios y mater

    k) Para los proyectos relacionados con la gestin de la actividad artstica en el epoltica de Gestin del Conocimiento Artstico (informacin, investigacin, documenty sistematizacin de las artes), se deber contar, adems de lo sealado en el literal i, cplan de trabajo investigativo o documental, y las hojas de vida respaldadas con la experiinvestigativa o documental de los gestores encargados del proyecto.

    l) Para los proyectos relacionados con la proteccin y salvaguardia del patrimonio avisual colombiano se apoyarn los procesos de investigacin, preservacin, conservaccirculacin que comprenden el inventario, vericacin tcnica, catalogacin, sistematizde la informacin, restauracin fsica, duplicacin, digitalizacin, restauracin digitauna obra o coleccin audiovisual colombiana de imgenes en movimientoo de ma

    hemerogrco, bibliogrco, fotogrco o sonoro. (Ver Anexo 4)Artculo 2. Para la formulacin de proyectos que requieran ser nanciacin con

    al Sistema General de Regalas (SGR), previo a la solicitud de recursos se recomielos gestores en los entes territoriales asesorarse y buscar el acompaamiento de los equtcnicos del Ministerio de Cultura.

    Artculo 3.

    La presente resolucin rige a partir de la fecha de su publicacin y dela Resolucin nmero 3564 de 2015.

    Publquese, comunquese y cmplase.

    Dada en Bogot, D. C., a 23 de mayo de 2016.

    La Ministra de Cultura,

    Mariana Garcs Cr

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    Pgina2

    de2

    Cdigo:DI-DPA-002

    Versin:0

    Fecha:5/Oct/2015

    Conservacinyrestauracin

    4

    Memoriadescriptivadelatcnicadeelabora

    cin

    8

    Levantamientodelestadodeconservacin

    Levantamientogrficooplanimtricodelestadodeconservacin

    Estudiodelascondicionesambientales

    9

    Memoriadescriptivadelasintervencionesanteriores

    7

    Diagnsticodelestadodeconservacindelbien

    8

    Criteriosdeintervencin

    Metodologaypasosoperativos,detallandolosmateriales,equiposy/oherramientasrequeridas

    Equipodetrabajorequeridoyperfiles

    Levantamientogrficooplanimtricodelapropuestadeintervencin,enloscasosqueaplique(retablos,pinturamural,monumentosenespaciopblico,

    entreotros).Encasodeincluirobracivil,lap

    lanimetraserrequisitoindispensable.

    Cronogramadeintervencinporprocesosy

    duracindelosmismos,expresadoensemanasymeses

    Presupuestodelapropuestadeintervencin

    -Anlisisdepreciosunitarios(APUS)porpro

    cesos

    -Presupuestogeneral

    9

    Informefinaldelostrabajosrealizados.

    Fichadeseguimientoalestadodeconservacin.

    OBLIGATORIO

    CONDICIONADO

    N/A

    ESTADO

    DECONSERVACIN

    IDENTIFICACINDEINTERVENCIONESA

    NTERIORES

    DIAGNSTICO

    PROPUESTA

    DEINTERVENCIN

    SEGUIMIENTO

    ALAINTERVENCIN

    ESTUDIO

    DELATCNICADEELABORAC

    IN

    REQUISITOSPARA

    INTERVENIR

    UN

    BIEN

    MUEBLEY

    MONUMENTOSEN

    ESPACIO

    PUBLICO

    DECLARADO

    BICNAL

    1

    Manual

    paraentidades

    territoriales:

    Entregadeestmulos

    alaformacin,

    investigacin,

    creacin

    ycirculacin

    cultural

    i

    r

    r

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    Manualparaentidadesterritoria

    les:Entregadeestmulosalaformacin,

    investigacin,crea

    cinycirculacincultural

    2014,MinisteriodeCultura,Colombia

    ProgramaNacionaldeEstmulos

    Mariana

    GarcsCrdoba

    MinistradeCultura

    MaraClau

    diaLpezSorzano

    Vicemin

    istradeCultura

    EnzoRafaelArizaAyala

    SecretarioGeneral

    MaraClaudiaPariasDurn

    DirectoradeFomentoRegional

    ProgramaNa

    cionaldeEstmulos

    KatherineEslav

    aOtlora,coordinadora

    Beln

    AsensioPrez

    DianaRamrezGonzlez

    FrancyMoralesAcosta

    JorgeIvn

    BerdugoSnchez

    LadyJoh

    anaGmezDaz

    Ligia

    RosRomero

    MaraAlejand

    raCaicedoRodrguez

    Miguel

    BarreroPerilla

    Viviana

    TllezMendoza

    Fotografacubierta

    Alb

    ertoSierra

    Fo

    tografas

    Alb

    ertoSierra

    MiltonRamrez

    Diseoydiagramacin

    SusanaCarri

    ISBN

    Materialimpresodedistribucin

    gratuitaconfinesdidcticosyculturales.

    Quedaestrictamenteprohibidasureproduccintotaloparcialconnimodelucro,

    porcualquiersistemaomtodoelectrnicosinlaautorizacinexpresaparaello.

    Paramayorinformacincontactara:

    ProgramaNacionaldeEstmulosMinisteriodeCultura

    estimulos@

    mincultura.gov.co

    Carrera8No.8-43Piso3

    Telfono:3424100Ext.1381

    AlbertoSierra

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    Contenid

    o

    Presenta

    cin...............................................................................................................

    8

    Fundamentosconstitucionalesylegales..................................................................

    11

    Normatividadaplicablealasentidadesterritoriales

    Fuentesdefinanciacin.....1

    3

    Otorgam

    ientodeestmulosenelmarcodeunaconvocator

    iapblica.................1

    6

    Quesunaconvocatoriapblica?

    Porq

    uunaconvocatoriapblica?

    Aqu

    inessedirigelaconvocatoria?

    Atra

    vsdequmodalidadesseotorganlosestmulos?

    Culessonlaslneasdeaccinsobrelasquesearticulanlasconvocato

    rias?

    Etapasdelaconvocatoria.........................................................................................1

    9

    Prepa

    racinyformalizacindelasConvocatoriasdeEstmulos

    Estrategiadedivulgacin

    Recep

    cin,r

    adicacindeproyectosfsicosyverificacinderequisitosadministrativos

    yparaeljuradodelasobrasy/oproyectosinscritos

    Procesodeevaluacin

    Otorg

    amientodelosestmulos

    Sugerenciasgenerales..............................................................................................2

    3

    ReconocimientoporelGobiernoNacional...........................

    ..................................

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    Modelos

    ugerido.......................................................................................................

    26

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    Presentacin

    ElMinisteriodeCultura,atravsdelProgramaNacionaldeEstmulos,reco-

    nocelacreacin,

    investigacin,

    formacinycirculacin,comofuentespri-

    mordialesdeldesarrollocu

    ltural,ysecomprometeafomentarlos,estimu-

    larlosyapoyarlosencondicionesdeequidad.

    Estecompromisoserefleja

    enlasconvocatoriaspblicasanualesdeestmulosdirigidasacreadores,

    investigadoresygestoresvinculadosalsectorartsticoycultural.

    EnellasseevidenciaelintersdelEstadoporconsolidarlaculturacomoeje

    fundamentaldeldesarrollointegraldelanacinydesushabitantes,de-

    mostrandodeestaforma,laimportanciaquerepresentaparaelsector,en

    todossusniveles,elfortalecimientodelosprocesosartsticosyculturalesy

    lademocratizacinenlosp

    rocedimientosdeadjudicacin.

    ElMinisterioextiendelainvitacinalasentidadesterritorialesdelpas

    (municipios,distritosydepartamentos),yenespecialalsectorartsticoy

    cultural,paraqueparticipendeformaactivaenesteprocesodeestructu-

    racinyformulacindeco

    nvocatoriaspblicas,demaneratalqueabar-

    quenlasdiferentesreas,d

    isciplinasytemticasquehacenpartedenues-

    traculturaydenuestrasm

    anifestacionesartsticas.

    Enconcordanciaconloant

    erioryatendiendoasupapelcomoenterector

    delapolticapblicaculturalanivelnacional,elMinisteriodeCulturapu-

    blicaelpresenteManualparaentidadesterritoriales:Entregadeestmulos

    alaformacin,investigaci

    n,creacinycirculacinculturalelcualbusca

    seruninsumoenelprocesodeconsolidacindeprogramasdeestmulos

    enlaentidadterritorial,as

    comosucontribucinalcumplimientodelas

    polticasyelapoyoeimpu

    lsoalacultura.

    Contienelineamientosbsicos

    queelMinisteriodeCulturahaseguidoenelprocesodeconstruccinde

    lasconvocatoriaspblicas

    anualesqueofertaparalosefectosantessea-

    ladosyrevelaunaseriede

    experienciasyconocimientosadquiridosconel

    transcursodelosaosdesdelacreacindelosestmulospormediodela

    LeyGeneraldeCultura.

    Conscientedelosesfuerzos

    einiciativasadelantadasenvariasregionesdel

    pasyconelpropsitode

    implementarprogramasyestrategiasquepo-

    sibilitenlatransparentey

    objetivaasignacindelosrecursosdirigidosal

    sectorcultural,elMinister

    iodeCulturahacreadoesteinstrumentoque

    esperafacilitarlaimplementacindedichasiniciativas.

    9

    1.

    Fundamentos

    constitucionales

    ylegales

    MiltonRamrez

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    Sbado, 11 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL

    16

    Manualparaentidadesterritoriales:entre

    gadeestmulosalacreacineinvestigacincultural

    3.

    Otorgamientode

    estmulosenel

    marcodeuna

    convocatoria

    pblica

    MiltonRamrez

    17

    MinisteriodeCultura

    Quesunaconvocatoriapblica?

    EsuninstrumentoquedefinelaComisinNacionaldelServicioCivil

    ,

    comounanormareguladoradetodoprocesod

    eseleccinoconcurso,

    obligatantoalaadministracin,comoalasentidadescontratantesya

    losparticipantesdentrodelmismo,asucumplim

    ientoexpreso.

    Porquunaconvocatoriapblica?

    Porqueesunmecanismoidneoparaimpleme

    ntardemaneratrans-

    parente

    ,democrticaydecaraalsectoryalaciudadana

    ,unapoltica

    deentregadeestmulos,

    garantizandoaslapa

    rticipacindeartistas,

    investigadores,creadores,gestores,

    institucione

    s,

    entreotros,encon-

    dicionesdeequidad

    ,inclusinyoportunidad

    .

    Alrealizarlosprocesosatravsdeconvocatorias

    pblicas,

    lasentidades

    territorialeslegarantizanalsectorculturalque

    lasdecisionesquese

    adoptansonobjetivas,basadasenreglasclarasd

    eparticipacinyselec-

    cinparatodoslosaspirantes,f

    omentandoaslaequidadylaexcelencia.

    Aquinessedirigelaconvocatoria?

    Enlaconvocatoriapuedenparticipar:

    Personasnaturalesattuloindividual.

    Personasnaturalesattulocolectivo(g

    ruposconstituidos,en-

    tendidoscomounaalianzatemporaldedosomspersonas

    naturalesquedecidenunirseparapresentaryejecutarunpro-

    yecto,

    deacuerdoconlasbasesespecfi

    casdecadaunadelas

    convocatorias).

    Personasjurdicasdenaturalezamixt

    a,p

    blicayprivada.

    Nota:

    Talycomohasidosealado,

    elfundament

    oconstitucionaldelas

    convocatoriasdeestmuloseselartculo71dela

    C.P.

    ynoelartculo355

    delaC

    .P.,

    porloquenoe

    xiste

    impedimentoalgu

    noenotorgarestmu-

    losapersonasnaturalesoapersonasjurdicas.

    Atravsdequmodalidadesseotorgan

    losestmulos?

    Teniendoencuentalosobjetivosdelotorgamie

    ntodeestmulosylos

    diferentesperfilesaquienesestndirigidaslasc

    onvocatorias,seconsi-

    derapertinenterealizarlasiguienteclasificacin

    :

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    18 DIARIO OFICIALEdicin 49

    Sbado, 11 de junio de 2

    18

    Becas:Tienencomoobjetivoincrementarlasoportunidades

    deformacin,creacin,

    investigacinycirculacin,atravs

    deldesarrollode

    proyectosartsticosyculturales.

    Seotorgan

    paraeldesarrollo

    oculminacindeunproyectoenparticular.

    Pasantas:Suobjetivoescomplementarprocesosparafor-

    maroparaform

    arse.

    Dichosprocesosdebenserdesarrolla-

    dosenundepartamentodistintoalderesidenciadelparti-

    cipante.

    Premios:Reconocenlalaborylosprocesosdeaquelloscrea-

    dores,

    investigad

    oresygestoresculturales,cuyotrabajoha

    enriquecidolam

    emoriaculturaldenuestropas.

    Seotorgan

    aobras,proyecto

    soprocesosyarealizados.

    Residenciasartsticas:Apoyan

    eldesarrollo

    deproyectos

    creativosoexplo

    racionesartsticasenunlugardiferenteal

    deresidenciadel

    artista,yaseaenColombiaoenelexterior.

    Culessonl

    aslneasdeaccins

    obrelasquesearticulanl

    as

    convocatorias?

    Lasconvocatoriassearticulandeacuerdoconlassiguienteslneasde

    accin:

    Formacin:Reco

    nocerlasprcticas,

    tradicionesysaberes

    empricos,acadmicosycientficos,comoespaciosvitalesen

    lageneracinde

    conocimientoyeneldesarrollocultural.

    Investigacin:Fomentar,estimularyapoyarlosprocesosde

    investigacincultural,quefavorezcanlasistematizacinde

    experiencias,sab

    eresyprcticasquevisibilicenelquehacer

    culturalyartstic

    o,ascomosuaportealpas.

    Creacin:Actoin

    dividualocolectivoquepermitealasper-

    sonasinnovaryrecrearlaculturayadaptarseasituaciones

    nuevasdentrode

    larealidad.

    Circulacin:Dem

    ocratizacinyaumentodeofertadebienes

    yservicioscultur

    alesdecalidad,generandoincentivosalos

    intercambiosyaccesodelosmismos.

    Manualparaentidadesterritoriales:Entregadeestmulosalaformacin,investigacin,creacinycirculacincultural

    19

    MinisteriodeCultura

    4

    .Et

    apasdela

    co

    nvocatoria

    AlbertoSierra

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    Sbado, 11 de junio de 2

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    Conposterioridad,

    yunavezestudiadoslosajustesrequeridos

    deserprocedentes,e

    lProgramaNacionaldeEstmulosenviar

    solicitudalaOficin

    aAsesoraJurdicadelMinisteriodeCultura

    paraquesetramiteelactoadministrativomedianteelcualse

    reconozcaelProgramapresentado.

    7.

    Modelo

    sugerido

    MiltonRamrez

    Manualparaentidadesterritoriales:Entregadeestmulosalaformacin,investigacin,creacinycirculacincultural

    27

    Sesugierequeseorganicedelamaneramsclarayposibleelportafo-

    lio,

    paraello,

    adjuntamoscomoguaeldiseadoporelProgramaNa-

    cionaldeEstmulosparalavigencia2013.

    Enfrentedecadattulose

    incluyenalgunasobservacionesatenerencuenta:

    Requisitosgeneralesdeparticipacin(Soncomu

    nesatodaslasconvo-

    catorias)

    Puedenparticipar(Definirlasgeneralidadesdequinespuedenparti-

    ciparenlasconvocatorias)

    Nopuedenparticipar(Definirlasgeneralidadesdequinesnopuedenparti-

    ciparenlasconvocatorias)

    Proceso

    para

    participar

    Documentacinrequerida:

    a)

    Documentosadministrativos

    Diligenciarelformulariodeparticipa

    cin(loprimordialdel

    formulariodeparticipacinsondosaspect

    os:a)identificarlain-

    formacindelosparticipantesyb)tenerel

    consentimientodelos

    participantesparaacogersealascondicionesdelaconvocatoriaa

    laquesepostulan,e

    llosehacemediantelafirmadelmismo).

    Adjuntarlasiguientedocumentaci

    n(sonlosdocumentos

    administrativosrequeridosparaparticiparp

    orcadatipodepartici-

    pante.A

    nexamossugerenciaparacadauna).

    Personanatural.

    Personajurdica.

    Gruposconstituidos.

    MinisteriodeCultura

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    Sbado, 11 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL

    32

    Cuanta(Seestableceelvalordecadaestmulooladescripcindeloque

    elganadorrecibir,

    p.e.

    Tiquetes,a

    lojamiento,

    alimentacin,e

    tc)

    reasconvocadas

    Contacto(definiruncorreo

    electrnicoalcualpuedanrealizarlasconsul-

    taslosparticipantes)

    Adiciona

    lmentesiesbeca,

    incluir:

    Lneadeaccin(formacin,

    investigacin,

    creacinocirculacin)

    Duracin

    Objeto(Paraquseofertala

    convocatoria)

    Perfildelaspirante(Describ

    irdemaneraespecficaaquinesestdirigida

    laconvocatoria)

    Puedenparticipar

    Nopuedenparticipar

    Documentosrequeridos

    Documentosadministrativ

    os(Seremitealapginadondesesolicitaron

    enlosRequisitosGeneralesdeParticipacin)

    Documentosparaeljurado

    (Sesolicitantres(3)copias,unaparacadaju-

    rado.C

    uandosesoliciteexp

    erienciaestablecercmolaacreditan.S

    iseso-

    licitalahojadevida,

    especificarquedebenadjuntarsoportesyenelcaso

    delosgruposconstituidos,requerirlahojadevidadecadaunodelosin-

    tegrantes)

    Criteriosdeevaluacin(De

    bencoincidirloscriteriosconlosdocumentos

    solicitadosparaeljurado.P

    orejemplo:siuncriteriodeevaluacinesla

    viabilidadfinanciera,

    sedeb

    esolicitareldocumentopertinenteparaeva-

    luarla,

    ejemplo:unpresupu

    esto)

    Derechosdelganador(Establecerlaformadepago)

    Deberesdelganador(Determinarsisegenerandeberesuobligacioneses-

    pecficasparacadaconvocatoria)

    Manualparaentidadesterritoriales:Entregadeestmulosalaformacin,investigacin,creacinycirculacincultural

    33

    MinisteriodeCultura

    MiltonRamrez

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    Sbado, 11 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL

    Li

    b er

    t a

    y

    Ord e

    n

    Carrera8No.

    8-55

    Bogot,

    Colombia

    Conmutador(571)3424100

    www.m

    incultura.gov.co

    DIRECCINDECINEMATOGRAFA

    FORMATOPARAPRESENTACINDEPROYECTOSDEPROTECCINY

    SALVAGUARDIADEPATRIMONIOAUDIOVISUAL

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    RESOLUCIN NMERO 1261 DE 2016

    (mayo 26)

    por la cual se da apertura a la Convocatoria: Concurso para talleres de la Red deEscritura Creativa, RELATA 2016 - Cuento y poesa.

    La Ministra de Cultura, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y enespecial las conferidas en la Ley 397 de 1997, y

    CONSIDERANDO:

    Que de conformidad con el artculo 71 de la Constitucin Poltica de Colombia, corres -

    ponde al Estado, crear incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomentenla ciencia y la tecnologa y las dems manifestaciones culturales y, para ofrecer estmulosespeciales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades;

    Que segn lo dispuesto en los artculos 17 y 18 ibdem, el Estado, a travs del Mi-nisterio de Cultura, fomentar las artes en todas sus expresiones y establecer estmulosespeciales y promocionar la creacin, la actividad artstica y cultural, la investigacin y elfortalecimiento de las expresiones culturales a travs de programas, becas, premios anuales,concursos, festivales, entre otros;

    Que el numeral 2 del artculo 13 del Decreto 1746 de 2003, prev como funcin de laDireccin de Artes, la de disear, desarrollar y ejecutar polticas que reconozcan y fortalez-can la creacin, la produccin y la investigacin artstica, as como las formas inditas deexpresin creativa, las nuevas propuestas experimentales y multidisciplinarias vinculadascon la educacin y la investigacin artstica;

    Que de conformidad con lo dispuesto en el artculo 13 del Decreto-ley 1746 de 2003,dentro de las funciones de la Direccin de Artes del Ministerio de Cultura, se encuentran lassiguientes: Disear, desarrollar y ejecutar polticas que reconozcan y fortalezcan la creacin,la produccin y la investigacin artstica, as como las formas inditas de expresin creativa,las nuevas propuestas experimentales y multidisciplinarias vinculadas con la educacin yla investigacin artstica (numeral 2) y; fomentar la actividad artstica nacional, en sus di-

    versas manifestaciones, a travs de programas de fomento, estmulo, divulgacin, difusiny comercializacin, en el nivel nacional e internacional (numeral 5);

    Que la Direccin de Artes, mediante ocio del 23 de mayo de 2016, solicit a la O -cina Asesora Jurdica del Ministerio de Cultura la elaboracin del acto administrativo porel cual se da apertura a la convocatoria Concurso para talleres de la Red de EscrituraCreativa, RELATA 2016 - Cuento y poesaen la cual se incluyen los requisitos generalesde participacin;

    Que el Concurso para talleres de la Red de Escritura Creativa, RELATA 2016 - Cuentoy poesa, est encauzada a los directores del ProgramaLibertad Bajo Palabray, a losdirectores y asistentes a los talleres de la Red de Escritura CreativaRELATA.

    Que las piezas 1iterarias ganadoras de la presente convocatoria sern publicadas enla Antologa RELATA 2016, la cual contar con un editor, contratado por el Ministeriode Cultura, quien har el acompaamiento pedaggico a quienes resulten ganadores delconcurso en la categora de asistentes a taller.

    Que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolucin se cancelarn concargo al Certicado de Disponibilidad Presupuestal nmero 53316 del 21 de enero de 2016.

    En mrito de lo expuesto,

    RESUELVE:

    Artculo 1. Ordenar la apertura la Convocatoria: Concurso para talleres de la Redde Escritura Creativa, RELATA 2016 - Cuento y poesa, encauzado a los directores delPrograma Libertad Bajo Palabra y, a los directores y asistentes a los talleres de la Red deEscritura Creativa RELATA.

    Pargrafo. Ser responsabilidad de la Direccin de Artes velar por la oportunidad,contenido y ejecucin del precitado concurso.

    Artculo 2. Los requisitos generales y las bases especcas de participacin del Concursoa que alude el artculo anterior, son las establecidas en el documento denominado BASES

    DEL CONCURSO PARA TALLERES DE LA RED DE ESCRITURA CREATIVA, RE-LATA 2016 - CUENTO Y POESA, el cual hace parte integral de la presente resolucin.

    Artculo 3. La convocatoria al Concurso de que trata esta resolucin se publicar enelDiarioOfcialy en la pgina web del Ministerio de Cultura www.mincultura.gov.co ytendr el siguiente cronograma:

    Fecha de apertura:3 de junio de 2016 a las 8:00 a. m.Fecha de cierre:17 de junio de 2016 a las 5:00 p. m.Fecha de publicacin resultados:16 de agosto de 2016.

    Artculo 4. Los recursos para el desarrollo y ejecucin del Concurso para talleres dela Red de Escritura Creativa, RELATA 2016 - Cuento y poesa, se cancelarn con cargo al

    Certicado de Disponibilidad Presupuestal nmero 53316 del 21 de enero de 20l6.Artculo 5. La presente resolucin rige a partir de la fecha de su publicacin.

    Publquese, comunquese y cmplase.

    Dada en Bogot, D. C., a 26 de mayo de 2016.

    La Ministra de Cultura,

    Mariana Garcs Crdoba.

    BASES DEL CONCURSO PARA TALLERES DE LA RED DE ESCRITURACREATIVA, RELATA 2016 CUENTO Y POESA

    JUSTIFICACIN

    El Plan Nacional de Desarrollo 2014 2018, se fundamenta en los pilares de Paz, Equi-dad y Educacin. A partir de estos pilares se proponen una serie de estrategias transversales

    entre las que est la Movilidad Social, entendida como una situacin donde las personasindependientemente de sus caractersticas y circunstancias personales o fsicas, tienen lamismas oportunidades y pueden competir en igualdad de condiciones en el mercado laborao en cualquier mbito que deseen desempearse, siendo retribuidos de acuerdo con su nivde esfuerzo y talento.

    Para fomentar los procesos de movilidad social es necesario reducir las inequidadeque se acumulan en el trascurso de la vida de las personas, de tal manera que sus logroy resultados no dependan de sus condiciones de origen u otras fsicas y sociales. As, lmovilidad social por tanto debe abarcarse desde una mirada multidimensional, que favorezca el empoderamiento de las personas como actores de su propio desarrollo; para est

    se ha propuesto, entre otros, el componente de Formacin en Capital Humano, con sucorrespondientes estrategias y ejes de trabajo.

    Una de dichas estrategias es la Formacin de ciudadanos integrales para la convivencipacca del fomento a la lectura, la construccin de proyectos de vida en torno a la cultuy el deporte y el desarrollo de actividades ldicas y recreativas. Las actividades ldicarecreativas y deportivas tambin juegan un papel fundamental en este proceso al fortalecelos valores del ser humano en contextos de distencin y de empata con sus pares. Ademsestos ambientes contribuyen al desarrollo y fortalecimiento de competencias para la viden sociedad, facilitan la integracin de las comunidades, y consolidan la identidad regionay nacional. En este sentido, en el prximo cuatrienio el Gobierno nacional promover emayor acceso de la poblacin colombiana, especialmente de la ms pobre y vulnerablea actividades fsicas y a aquellas relacionadas con la lectura, la escritura y la formacimusical y deportiva.

    En este contexto y de acuerdo con lo propuesto en el plan de accin del Grupo de Literatura y Libro, se realizarn procesos formativos para fortalecer los procesos de escritucreativa en las diferentes regiones del pas, la promocin de escritores y nuevos autoremediante la edicin de publicaciones, junto con la apropiacin de las acciones de fomenta la lectura y escritura.

    Como complemento a los procesos de formacin, el Grupo de Literatura y Libro de l

    Direccin de Artes ofertar un concurso para piezas literarias creadas por directores y asistentes a los talleres de vinculados alPrograma de Fortalecimiento a la Escritura Creativadque hacen parte la Red de Escritura Creativa RELATA y el Programa Libertad Bajo Palabra

    CONCURSO PARA TALLERES DE LA RED DE ESCRITURA CREATIVARELATA 2016

    CUENTO Y POESA

    Fecha de apertura: 3 de junio de 2016 a las 8:00 a. m.Fecha de cierre: 17 de junio de 2016 a las 5:00 p. m.Fecha de publicacin resultados: 16 de agosto de 2016.Modalidad:Seudnimo.1

    Lnea de Accin:Creacin.Nmero de estmulos:Cinco (5).Cuanta: Quince millones de pesos ($15.000.000) distribuidos de la siguiente maneraDirectores de taller:

    Tres millones quinientos mil pesos ($3.500.000) a mejor cuento.

    Tres millones quinientos mil pesos ($3.500.000) a mejor propuesta potica.

    Asistentes a taller:

    Tres millones de pesos ($3.000.000) a mejor cuento. Tres millones de pesos ($3.000.000) a mejor propuesta potica.

    Dos millones de pesos ($2.000.000) al segundo mejor cuento.

    OBJETOIncentivar la creacin y apoyar la circulacin de piezas literarias, en los gneros d

    cuento y poesa, creadas por los directores del Programa Libertad Bajo Palabra, y por lodirectores y asistentes a los talleres de la Red de Escritura Creativa RELATA.

    Cada participante solo podr presentar una (1) pieza literaria, ya sea en el gnero dcuento o poesa, en la modalidad de seudnimo. Las piezas que resulten ganadoras de esconcurso, adems de recibir un estmulo econmico, sern publicadas en la Antolog

    RELATA 2016.2

    Pueden participar: Directores de taller3

    1 Segn la denicin de la Real Academia de la Lengua Espaola, el seudnimo es el nombre utilizado por un artista en sus actividades, en vez del suyo propio. El participandeber elegir un seudnimo con el cual se identicar como proponente en el proceso devaluacin.

    2 LaAntologa RELATA 2016, tiene como nalidad reunir los textos creados por directorey asistentes de los talle res de la Red de Escritura Creativa RELATA y el Programa LibertaBajo Palabra. La publicacin contar con un editor que har acompaamiento pedaggica los participantes en la categora de asistentes a taller que resulten ganadores del concursy a aquellos que sean seleccionados por los directores de taller para ser incluidos en laAntologa RELATA 2016.La publicacin estar integrada por los cuatro (4) textos ganadoredel concurso, junto con una seleccin realizada por los directores de los talleres, de la Rede Escritura Creativa RELATA vinculados al Programa de Fortalecimiento a la EscriturCreativadel Ministerio de Cultura, de mximo dos (2) piezas por taller. La publicacin dlas piezas enviadas por los directores de taller estar sujeta a la disponibilidad de espacioque en ningn caso superar las cuatrocientas (400) pginas, y depender de factores talecomo la extensin de las piezas y otros relativos al proceso de edicin, diseo y diagramacin de la publicacin.

    3 Los directores de taller vinculados a los dos (2) proyectos relativos alPrograma de Fortalecimiento la Escritura Creativa (Red de Escritura Creativa RELATA y Programa Libertad Bajo Palabra) podr

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    Personas que a la fecha de la presente convocatoria al concurso ejerzan como directoresde taller vinculados a la Red de Escritura Creativa RELATA 2016.

    Directores de los talleres del Programa Libertad Bajo Palabra, activos en el ao 2016,debidamente certicados por la Coordinacin del Programa.

    Asistentes a taller4

    Personas naturales asistentes a los talleres presenciales pertenecientes a la Red deEscritura Creativa RELATA 2016, que se encuentren activos a la fecha de la presenteconvocatoria al concurso.

    Personas naturales asistentes a los talleres virtuales pertenecientes a la Red de EscrituraCreativa RELATA, del segundo semestre de 2015.

    No pueden participar

    Los directores y asistentes a taller que hayan sido ganadores de la ConvocatoriaApoyoa mejores textos en talleres de escritura creativa de la Red de Escritura Creativa RELATA2014 y 2015.

    Asistentes a talleres vinculados al Programa Libertad Bajo Palabra.

    Criterios de evaluacin

    Conforme a los criterios contemplados a continuacin, el jurado evaluar, elaborar,sustentar y rmar el acta de veredicto de ganadores del concurso.

    El Ministerio de Cultura designar los ganadores mediante acto administrativo contrael cual no procede recurso por va gubernativa.

    Cuento:

    Originalidad de la obra (Unidad temtica y discursiva).

    Estructura narrativa.

    Riqueza argumental.

    Poesa: Originalidad de la obra (Unidad temtica, retrica y discursiva).

    Riqueza potica (Recursos estilsticos y guras retricas).

    Ritmo/Musicalidad.

    Jurados

    La terna de jurados estar integrada por escritores de amplia trayectoria en formacin ycreacin literarias; con capacidad para valorar los procesos desarrollados en los proyectosvinculados al Programa de Fortalecimiento a la Escritura Creativa. El Grupo de Litera-tura y Libro de la Direccin de Artes realizar la preseleccin de jurados. El Ministerio deCultura proferir la correspondiente resolucin de designacin.

    Derechos y deberes de los ganadores

    Los participantes que a juicio del jurado resulten ganadores de los estmulos ofrecidospara las piezas literarias de cuento y poesa creadas por directores y asistentes a talleresvinculados a los proyectos relativos al Programa de Fortalecimiento a la Escritura Creativa,quedarn sujetos al marco general de los derechos y deberes que se precisan a continuacin:

    Derechos de los ganadores

    Recibir copia digital del acto administrativo que los acredita como ganadores delconcurso.

    Recibir el pago del estmulo de acuerdo con los montos estipulados en la convocatoriadel concurso, previo al envo al Grupo de Literatura y Libro, en un trmino no superior acinco (5) das hbiles contados a partir de la fecha de la publicacin de los resultados, dela siguiente documentacin:

    Copia clara del RUT (Registro nico Tributario).

    Formato de Radicacin a Terceros diligenciado y rmado (Formato enviado por elGrupo de Literatura y Libro al momento de ser noticado como ganador).

    Certicacin bancaria con nmero de cuenta personal a la que se desembolsar elmonto del estmulo.

    Certicacin de aliacin activa al sistema de seguridad social en salud.

    Ser publicados en laAntologa RELATA 2016.

    De conformidad con lo dispuesto en el literal l), inciso tercero del artculo 5 delDecreto 1512 de 1985, por el cual se reglamenta el artculo 30 de la Ley 9 de 1983 yse dictan normas en materia de retencin en la fuente, los pagos que correspondan a

    premios en concurso o certmenes de carcter cientco, literario, periodstico, artstico o

    deportivo reconocidos por el Gobierno nacional, no se encuentran sometidos a retencinpor otros ingresos, sin perjuicio de que en el momento de presentar la declaracin de rentael contribuyente deba reportar este ingreso como gravado y por ende liquidar el impuestosobre la ganancia ocasional.

    participar en este concurso con una nica p ieza literaria. La recepcin de dos (2) o ms textos de unsolo autor, ser causal automtica de rechazo.

    4 La calidad de asistente se acreditar mediante una certicacin expedida por el director del taller(ANEXO 3: CERTIFICADO DE ASISTENCIA A TALLERES VINCULADOS A LA RED DE ES-CRITURA CREATIVA RELATA Este anexo es exclusivamente para demostrar la asistencia del

    participante al taller, y en ningn momento podr ser utilizado como mecanismo para excluir o coartarla participacin de un integrante del taller). Podrn participar en con una nica pieza literaria. La re-cepcin de dos (2) o ms textos de un slo autor, ser causal automtica de rechazo.

    Deberes de los ganadores

    Aceptar las correcciones y ajustes realizados por el editor5de laAntologa RELATA 2

    Entregar el texto a ser editado, digitado en computador en un documento Word, mcinco (5) das hbiles despus de la expedicin del acto administrativo mediante el cule notica como ganador. El texto debe ser enviado al correo: [email protected]

    En caso de no aceptar las condiciones y/o no enviar el texto en el plazo estipuel ganador recibir el estmulo econmico pero el Ministerio de Cultura se abstend

    publicar el texto.

    Documentos requeridos

    Para adjuntar la documentacin requerida tenga en cuenta los siguientes pasos:

    Paso 1:En un sobre tamao carta rotulado como: DOCUMENTOS ADMINISTTIVOSse deber adjuntar una (1) copia de cada uno de los siguientes documentos:

    Administrativos: Los documentos administrativos no son subsanables, por lo qcaso de que estos no lleguen completos y debidamente diligenciados, esto ser causrechazo automtico.

    Formulario de participacin debidamente diligenciado en letra legible y rm(ANEXO 1: FORMULARIO DE PARTICIPACIN).

    Es necesario que especique la direccin exacta de correspondencia postal paenvo de los dos (2) ejemplares a los que tienen derecho los autores en caso de quobras sean publicadas en laAntologa RELATA 2016.

    Fotocopia clara del documento de identidad.

    Autorizacin de uso para publicar la pieza literaria debidamente diligenciada enimprenta y rmada (ANEXO 2: AUTORIZACIN DE USO DE OBRAS PROTEGIPOR DERECHOS DE AUTOR).

    Certicado de registro de la pieza literaria ante la Direccin Nacional de DerecAutor (Opcional).

    Certicado de vinculacin a los proyectos del Programa de FortalecimientoEscritura Creativa:

    Directores:

    Su vinculacin como director de taller de la Red de Escritura Creativa RELATvericar con la documentacin que reposa en el Programa de fortalecimiento a la Etura Creativa.

    Su vinculacin como director de taller delPrograma Libertad Bajo Palabra, dser expedida porla Coordinacin del Programa.

    Asistentes:

    Certicacin expedida por el director del taller al que pertenece el participante (AN3: CERTIFICADO DE ASISTENCIA A TALLERES VINCULADOS A LA RED DECRITURA CREATIVA RELATA).

    Adicionalmente, su vinculacin como asistente se cotejar de acuerdo con las de asistencia enviadas al principio del ao 2016.

    Paso 2: Identique la modalidad en la que desea participar (cuento o poesa) 6y adcuatro (4) copias de los documentos correspondientes en un sobre tamao carta, rotu

    como: DOCUMENTOS PARA EL JURADO.Para el jurado: Si el participante revela su identidad en los documentos para el jura

    propuesta no ser enviada para ser evaluada por los mismos y se rechazar automticam

    Participantes en modalidad de cuento:

    Cuatro (4) copias impresas (cosidas, sin argollar y sin carpeta) en papel bond btamao carta (21,59 cm x 27,94 cm) en computador.

    La extensin mxima es de cinco(5) cuartillas, a uno punto cinco (1.5) de interlinpor una (1) sola cara, en fuente Times New Roman, tamao doce (12).

    Cada copia debe estar identicada con seudnimo (sin el nombre del participancon el nmero de documento de identidad del participante.

    El tema de las piezas literarias, a enviar al concurso, es libre.

    Los textos deben ser inditos.

    Participantes en modalidad poesa:

    Cuatro (4) copias impresas (cosidas, sin argollar y sin carpeta) en papel bond btamao carta (21,59 cm x 27,94 cm) en computador.

    La extensin mxima es de (5) cuartillas, a uno punto cinco (1.5) de interlineado

    una (1) sola cara, en fuente Times New Roman, tamao doce (12) y la extensin mser de una (1) cuartilla.

    Cada copia debe estar identicada con seudnimo (sin el nombre del participancon el nmero de documento de identidad del participante.

    5 El editor de la Antologa RELATA 2016, realizar acompaamiento pedaggico a aquellos ppantes que resulten ganadores en el concurso o sean seleccionados por los directores de taller pincluidos en laAntologa. Este tendr una amplia trayectoria en formacin literaria y edicin de caciones, adems de contar con la capacidad para valorar los procesos desarrollados en los proyvinculados al Programa de Fortalecimiento a la Escritura Creativa.Su designacin ser realizael Grupo de Literatura y Libro de la Direccin de Artes del Ministerio de Cultura.

    6 Recuerde que slo podr participar con una (1) pieza literaria, ya sea en el gnero de cuento o pen la modalidad de seudnimo. La recepcin de dos (2) o ms textos de un solo autor, ser caustomtica de rechazo.

  • 7/26/2019 Diario oficial de Colombia n 49.901. 11 de junio de 2016

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    31Edicin 49.901

    Sbado, 11 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL

    El tema de las piezas literarias, a enviar al concurso, es libre.

    Los textos deben ser inditos.

    Paso 3:Los documentos administrativos y los documentos para el jurado deben ir ensobres tamao carta independientes, que vengan dentro de un (1) slo paquete. Slo se

    recibirn sobres sellados. Las propuestas7debern enviarse por correo certicado o radi-

    carse directamente en la Ocina de Correspondencia del Ministerio de Cultura (Calle 8 N

    8 55, Bogot, D. C.).

    Dicho paquete debe venir rotulado de la siguiente manera:

    FORMULARIO DE PARTICIPACIN

    CONCURSO PARA TALLERES DE LA RED DE ESCRITURA CREATIVA, RELATA,

    CUENTO Y POESA

    ANEXO 1Ao: 2016.1. DATOS DEL PARTICIPANTE

    (a) Nombres y apellidos (Completos):

    (b) Tipo y nmero de identicacin: C.C.______C.E._____ No.___________________________

    (c) Direccin completa:

    (d) Municipio: (e) Departamento:

    (f) Correo electrnico:

    (g) Celular: (h) Telfono:

    (i) Marque con una X la opcin que corresponda. Esusted:

    Director deTaller

    Asistente a Taller

    2. DATOS DEL TALLER(j) Nombre del taller:

    (k) Municipio: (l) Departamento:

    (m) Nombre del director de taller:3. INFORMACIN DE LA PROPUESTA

    (n) Ttulo de la pieza literaria:

    (o) Seudnimo del participante:

    (p) Marque con un X la opcin que corresponda. Elgnero de su pieza literaria es:

    Cuento Poesa

    La participacin en este concurso implica de forma automtica la plena y total aceptacin, sin reservas,de las presentes bases. Declaro que no tengo inhabilidad o incompatibilidad alguna para participar en elConcurso para Talleres de la Red de Escritura Creativa, RELATA, 2016 Cuento y poesa, y que heledo las bases generales y requisitos especcos de participacin de la convocatoria al concurso en elcual participo.

    Autorizo al Ministerio de Cultura para que las copias de la pieza literaria de mi propiedad que se enven alos jurados y que no sean reclamadas durante los tres (3) meses siguientes al cierre de la convocatoria alconcurso, sean destruidas, recicladas o transferidas nicamente para lectura en centros de documentacindel Ministerio. Bajo ninguna circunstancia el Ministerio de Cultura correr con gastos de devolucin delos proyectos a sus propietarios.

    En caso de ser elegido para hacer parte de la publicacin de laAntologa RELATA 2016, soy conscientede que mi pieza literaria ser publicada en el marco de un proyecto de coedicin, en el cual el tiraje serdistribuido de manera gratuita por parte del Ministerio de Cultura y de manera comercial por parte delcoeditor con el propsito de garantizar su difusin y circulacin, confo rme a lo estipulado en los trminosdel contrato de la coedicin de laAntologa RELATA 2016.

    Con la presentacin de esta pieza literaria maniesto que con ozco y acepto todos los requerimientos q uese derivan de la convocatoria al concurso, incluidas las obligaciones que me correspondan en caso deresultar beneciario. En todo caso responder por cualquier reclamo que en materia de derechos de autorse pueda presentar, exonerando de toda responsabilidad al Ministerio de Cultura y a la entidad coeditora.Con mi rma acepto plenamente las condiciones de la convocatoria al concurso en el que participo.

    7 Las propuestas que no ingresen al Ministerio de Cultura a ms tardar a las 5:00 p. m. del 17 dejunio de 2016, por ser extemporneas, se rechazarn automticamente.

    Firma: _________________________________________________.

    Documento de identidad: __________________________________.

    Ciudad: ________________________________________________.

    Fecha: _________________________________________________.

    ANEXO 2

    AUTORIZACIN DE USO PARA OBRAS PROTEGIDAS POR DERECHOS DE AUTOR

    Yo_________________________ mayor de edad, identicado con cdula de ciudadana No. ________d_______________en mi calidad de titular de los derechos de autor de la pieza literaria que aqu se enuncia, por medio del presente documento, autorizo al MINISTERIO DE CULTURA DE COLOMBIA

    para que la reproduzca, comunique al pblico, transforme y distribuya, adapte y/o traduzca, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Convenio de Berna, la Decisin Andina 351 de 1993, la Ley23 de 1982, Ley 44 de 1993 y dems concordantes. INFORMACIN DE LA PROPUESTA

    Ttulo de la pieza literaria:

    Ao de creacin:

    Seudnimo del participante:

    Marque con un X la opcin que co-rresponda. El gnero de su pieza li-teraria:

    Cuento Po esa

    Proyecto / Publicacin: ANTOLOGA RELATA 2016.

    El presente acto se realiza segn las siguientes condiciones:1.No exclusividad: La licencia aqu conferida no es exclusiva, el Ministerio de Cultura no impedir dninguna manera que, como titular de los derechos de la obra descrita, enajene a terceros o explote econ

    micamente los derechos que se derivan de ella.2. Gratuidad de la Licencia: La autorizacin se concede de manera gratuita al Ministerio de Cultura yla entidad coeditora, por lo tanto, el titular de los derechos renuncia a recibir emolumento alguno po

    publicacin, copias, distribucin, comunicacin pblica o cualquier otro uso que haga el Ministerio y laentidad coeditora de su pieza literaria, en los trminos de esta licencia.3. Tiempo:Esta autorizacin se concede de forma irrevocable y sin lmite en el tiempo, es decir, por emximo trmino legal vigente, salvo lo establecido en el pargrafo 4 del artculo 30 de la Ley 23 d1982.4.Alcance de la Licencia. La autorizacin faculta al Ministerio de Cultura para: (1) Reproducir la piezliteraria por cualquier forma o procedimiento conocido o por conocerse, entendiendo reproduccin comla jacin en cualquier medio que permita su comunicacin o la obtencin de copias de toda o parte deella, incluyendo sin limitarse a impresin en formato rstico, fsica, digital, electrnica, a travs de lasredes internas y externas del Ministerio de Cultura y la inclusin del texto en los ndices y buscadores questime necesarios para promover el proyecto del que forma parte; (2) La comunicacin pblica de la piezliteraria por cualquier medio que permita su difusin, incluyendo, sin limitarse, las formas establecidas eel artculo 15 de la Decisin Andina 351 de 1993; (3) La distribucin pblica de ejemplares o copias de l

    pieza literaria, por cualquier medio, fsico o digital; (4) La traduccin, adaptacin, arreglo u otra transformacin de la obra. La presente licencia incluye la autorizacin al Ministerio para utilizar la pieza literariadirectamente o por intermedio de terceros, en otras publicaciones o compilados que estime pertinentesa n de divulgar el material producido por medio de sus programas y proyectos, dentro de las funcioneque la Constitucin y la ley le impo nen. Las obras derivadas que se produzcan en el marco de la presentelicencia (adaptaciones, traducciones, arreglos o transformaciones) sern de propiedad del Ministerio d

    Cultura y la entidad coeditora sin que se cause derecho de retribucin a favor del autor, con ocasin dla realizacin, publicacin o uso que se haga de tales obras derivadas. La licencia incluye la autorizacin

    para que el Ministerio publique laAntologa RELATA 2016 el marco de un proyecto de coedicin, en ecual el tiraje ser distribuido de manera gratuita por parte del Ministerio de Cultura y de manera comercia

    por parte del coeditor con el propsito de garantizar su difusin y circulacin, conforme a lo estipuladoen los trminos del contrato de coedicin que se realice para laAntologa RELATA 2016, renunciando dforma expresa el licenciante, al derecho de retribucin econmica derivado de la p uesta en circulacin dtales ejemplares por parte del Ministerio o el Coeditor.5.Derecho Moral:El Ministerio se obliga a mencionar el nombre del autor(a), en cualquiera de las formas en que ejerza las facultades conferidas por la presente licencia. Tambin se abstendr de deformarmutilar o atentar contra el decoro de la obra o mi reputacin como autor (Art. 11, Decisin Andina 351de 1993).6.Indemnidad: El/la autor(a) garantiza que es el titular de los derechos objeto del presente instrumentoque no existen restricciones o derechos conferidos a terceros que impidan al Ministerio su ejercicio decualquier forma y se obliga a mantenerlo indemne respecto de cualquier reclamacin, demanda, o requerimiento de indemnizacin, por parte de terceros que aleguen tener derecho total o parcial sobre las piezaliterarias, tanto en su contenido moral como patrimonial.

    Firma: _________________________________________________.Documento de identidad: _________________________________.Ciudad: ________________________________________________.Fecha _________________________________________________.

    ANEXO 3CERTIFICADO DE ASISTENCIA A TALLERES DE LA RED DE ESCRITURA CREATIVA,

    RELATA, 2016

    1. DATOS DEL ASISTENTE

    (a) Nombres y apellidos (Completos):

    (b) Tipo y nmero de identicacin: C.C.______C.E._____ No.___________________________

    (c) Nombre del taller:

    (d) Ciudad: (e) Departamento:

  • 7/26/2019 Diario oficial de Colombia n 49.901. 11 de junio de 2016

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    32 DIARIO OFICIALEdicin 49

    Sbado, 11 de junio de 2

    (f) Ttulo de la pieza literaria:

    (g) Marque con un X la opcin que corresponda. Elgnero de su pieza literaria es:

    Cuento Poesa

    2. DATOS DEL DIRECTOR DE TALLER

    (h) Nombres y apellidos (Completos):

    (i) Tipo y nmero de identicacin: C.C.______C.E._____ No.___________________________

    Yo, __________________________ ____________________________ _______ actuando en nombre pro-

    pio y como director del taller_______________ ____________________________ _________________

    realizado en la ciudad de ___________________ certico ante el MINISTERIO DE CULTURA DE

    COLOMBIA que los datos del asistente anteriormente relacionados corresponden a una persona que

    asiste regularmente a las sesiones del taller por mi impartido y que la pieza literaria participante es pro-

    ducto del proceso de formacin que se ha llevado a cabo en el mismo.

    En constancia se rma, a los _____ das del mes de ______________ de 2016, en la ciudad de

    ______________________.

    Firma: ________________________________________.

    Correo electrnico: _______________________________________________________.

    Celular: ________________________________________________________________.

    (C. F.).

    UNIDADESADMINISTRATIVASESPECIALES

    Unidad Administrativa Especial de Gestin de Restitucin deTierras Despojadas

    Resoluciones

    RESOLUCIN NMERO 1146 DE 2016

    (marzo 9)

    por la cual se modica la Resolucin nmero 002 de 2012 por la cual se distribuye laPlanta de Personal, se dene la jurisdiccin de las Direcciones Territoriales y se creantrece Grupos de Trabajo en la Unidad Administrativa Especial de Gestin de Restitucin

    de Tierras Despojadas.

    El Director General, en ejercicio de las facultades legales otorgadas por el artculo 209de la Constitucin Poltica de Colombia, en especial la que les conere el artculo 115 de laLey 489 de 1998, el artculo 2 del Decreto nmero 4939 de 2011 y conforme a las compe -tencias atribuidas en los numerales 9 y 20 del artculo 9 del Decreto nmero 4801 de 2011, y

    CONSIDERANDO:

    Que el artculo 103 de la Ley 1448 de 2011 cre la Unidad Administrativa Especial deGestin de Restitucin de Tierras Despojadas, como una entidad especializada de carctertemporal, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con autonoma admi-nistrativa, personera jurdica y patrimonio independiente, con el n de servir de rganoadministrativo del Gobierno Nacional para la restitucin de tierras de los despojados;

    Que para el cumplimiento e implementacin de la ley de restitucin de tierras, el Go-bierno nacional, dispuso de 10 aos, rearmando la igualdad entre las vctimas, pero almismo tiempo garantizando una atencin diferenciada de acuerdo con sus caractersticas y

    bajo los principios de progresividad, gradualidad y sostenibilidad;

    Que el artculo 76 de la citada ley establece que El Registro de Tierras Despojadas yAbandonadas Forzosamente (RTDAF), se implementar en forma gradual y progresiva, deconformidad con el reglamento, teniendo en cuenta la situacin de seguridad, la densidadhistrica del despojo y la existencia de condiciones para el retorno. La conformacin yadministracin del registro estar a cargo de la Unidad Administrativa Especial de Gestinde Restitucin de Tierras Despojadas que se crea por esta ley (...);

    Que con el n de continuar la implementacin gradual y progresiva del Registro deTierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (RTDAF), facilitar el acceso al servicio

    por parte de las vctimas y procurar mayor celeridad y eciencia administrativa, resultanecesario ampliar la intervencin de la Unidad en el sur del pas a efectos de dar alcance a

    los mencionados principios de gradualidad y progresividad;Que al tenor de lo dispuesto en el artculo 17 de la Ley 1448 de 2011 el principio de

    progresividad establece el compromiso de iniciar procesos que conlleven al goce efectivo delos derechos humanos. Al respecto es de suma importancia destacar que tal principio implicaque los trmites tendientes a la inscripcin en el Registro deben realizarsepaulatinamentey de forma creciente, lo anterior de conformidad con el numeral 7 del artculo 2.15.1.1.3.,del Decreto nmero 1071 de 2015;

    Que en consonancia con lo dispuesto en el artculo 18 de la mencionada ley, el prin -cipio de gradualidad lleva nsito la implementacin de los programas, planes y proyectosde atencin, asistencia y reparacin en todo el pas, lo que conlleva a que el desarrollo delos trmites administrativos de restitucin y la intervencin de la Unidad de Restitucinse desarrolle en forma continua, secuencial y sostenible, hasta completar la totalidad del

    territorio nacional, esto en armona con lo establecido en el numeral 8 del artculo 2.15del decreto en comento;

    Que mediante el Decreto nmero 4801 de 2011, se estableci la estructura interna Unidad Administrativa Especial de Gestin de Restitucin de Tierras Despojadas, que econformada por Direcciones Territoriales y que en el marco de sus funciones se encue1. Ejecutar las polticas, planes, programas y proyectos de competencia de la entid

    su correspondiente jurisdiccin de conformidad con los lineamientos y delegaciones

    lados por la Direccin General y adelantar el seguimiento y evaluacin de los mism

    Que mediante el Decreto nmero 4939 de 2011, se determin la planta de personal

    Unidad Administrativa Especial de Gestin de Restitucin de Tierras Despojadas, sealque el Director General de la Unidad distribuir los cargos de la planta global, medacto administrativo y ubicar el personal teniendo en cuenta la organizacin internnecesidades del servicio, los planes, programas y proyectos de la institucin;

    Que en virtud de lo anterior, el Director General de la Unidad prori la Resolnmero 0002 de 2012, por la cual se distribuye la Planta de Personal, se dene la jdiccin de las Direcciones Territoriales y se crean trece Grupos de Trabajo en la Un

    Administrativa Especial de Gestin de Restitucin de Tierras Despojadas la cual hamodicada por las siguientes Resoluciones nmeros 441, 895 de 2012; 194, 570, 744,809, 843, 1066, 1114, 1119 de 2013; 39, 340, 503, 666, 719, 735 de 2014; 192 y 206 de 2

    Que por otra parte, existen zonas del pas en donde, segn la planeacin establecidla entidad, estn prximas a culminar con el trmite administrativo de las solicitudinscripcin en el RTDAF. Por lo tanto, se hace necesario que los equipos cedan de ma

    progresiva los cargos de planta y la jurisdiccin que en un principio les fueron asignalas direcciones territoriales que disponga la Direccin General de esta entidad;

    Que por lo anteriormente expuesto, es necesario la modicacin del artculo 1 Resolucin nmero 0002 de 2012, en el sentido de asignarle de manera gradual y progra la Direccin Territorial Caquet y a la Direccin Territorial Huila, los cargos que resnecesarios para el funcionamiento de las mismas;

    Que as mismo se debe modicar el artculo 2 de la citada resolucin, por mediocual se delimit la jurisdiccin y cobertura geogrca de las Direcciones Territorialeel sentido de asignarle la jurisdiccin a la Direccin Territorial Caquet y a la DirecTerritorial Huila;

    Que adems de lo antes indicado, tambin resulta necesario modicar el aparte naartculo 2 de la Resolucin nmero 666 de 17 de octubre de 2014, bajo el cual se amp

    jurisdiccin de la Direccin Territorial Putumayo para asumir la competencia en los mcipios del departamento del Caquet. Lo antes sealado, bajo el entendido de que medla presente resolucin se ordenar la distribucin de personal de la Direccin TerriCaquet, se asignar la jurisdiccin y cobertura geogrca de la misma;

    Qu adicionalmente, es imperioso dejar sin efectos el artculo 3 de la Resolucimero 666 de 17 de octubre de 2014 por la cual se modica la Resolucin nmero 002012, en virtud de la cual se distribuye la planta de personal, se dene la jurisdicci

    las Direcciones Territoriales y se crean trece grupos de trabajo en la Unidad Admin istr

    Especial de Gestin de Restitucin de Tierras, en el sentido de asignar la jurisdiccin

    Direccin Territorial de Choc, ampliar la jurisdiccin de algunas Direcciones Territo

    y crear la ocina de Plato como adscrita a la Direccin Territorial de Magdalenael cual se traslad la jurisdiccin asignada a la Direccin Territorial Huila a la DireTerritorial de Tolima. Lo anterior atendiendo que por medio de la presente resoluciordenar la distribucin de personal de la Direccin Territorial Huila, su jurisdicccobertura geogrca incluyendo dentro de su competencia todos los municipios de

    partamento del Huila;

    Que en aras de dar alcance a los mencionados principios, se ha dispuesto que la enintervenga en los departamentos de Caquet y Huila en atencin a la especial relevanciestos ostentan en el contexto histrico del conicto armado del pas. En todo caso, atendo los criterios de la situacin de seguridad, densidad histrica del despojo y la existde condiciones para el retorno conforme lo dispone el artculo 76 de la Ley 1448 de 2

    Que por otra parte las Direcciones Territoriales Atlntico y Sucre han culminado emite administrativo de inscripcin en el RTDAF de gran parte de las solicitudes somea su jurisdiccin. Por lo tanto, resulta necesario que los equipos de trabajo tanto humcomo fsicos paulatinamente se trasladen a zonas donde se ampliar la intervencinUnidad de Restitucin de Tierras;

    Que en mrito de lo expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Espde Gestin de Restitucin de Tierras Despojadas,

    RESUELVE:Artculo 1. Suprimir las Direcciones Territorial de Atlntico y Sucre, que a partir

    fecha harn parte de las Direcciones Territoriales de Magdalena y Crdoba, respectivamde conformidad con la parte motiva de la presente resolucin.

    Artculo 2. Crear por necesidades del servicio las Direcciones Territoriales de Cay Huila, con sedes en las ciudades de Florencia y Neiva, respectivamente, de conformcon la parte motiva de la presente resolucin.

    Artculo 3. Modicar el artculo 1 de la Resolucin nmero 0002 de 2012 por mdel cual se distribuy la planta de personal de la Unidad, en el sentido de, asignarmanera gradual y progresiva a la Direccin Territorial Caquet y a la Direccin TerriHuila, los cargos que resulten necesarios para el funcionamiento de las mismas, a sab

  • 7/26/2019 Diario oficial de Colombia n 49.901. 11 de junio de 2016

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    33Edicin 49.901

    Sbado, 11 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL

    DIRECCINTERRITORIAL ADONDE SE ASIG-

    NA EL CARGO

    N DECARGOS

    DIRECCINTERRITORIAL

    DONDE SEUBICABA EL

    CARGO

    DENOMINACINDEL CARGO

    CDIGO GRADO

    CAQUET

    1 Atlntico Director Territorial 0042 19

    1 AtlnticoProfesional Especia-

    lizado2028 17

    1 SucreProfesional Especia-

    lizado2028 15

    1 Atlntico Profesional Especia-lizado 2028 15

    1 AtlnticoProfesional Especia-

    lizado2028 15

    1 AtlnticoProfesional Especia-

    lizado2028 15

    1 Sucre Ayudante 4069 08

    1 SucreProfesional Especia-

    lizado2028 13

    1 SucreProfesional Especia-

    lizado2028 13

    1 SucreTcnico Adminis-

    trativo3124 12

    1 SucreProfesional Univer-

    sitario2044 08

    1 Sucre Ayudante 4069 08

    1 Su cre Secretario Ejecutivo 4210 20

    HUILA

    1 Sucre Director Territorial 0042 19

    1 SucreProfesional Especia-

    lizado2028 18

    1 Atlntico Profesional Especia-lizado 2028 15

    1 SucreProfesional Especia-

    lizado2028 15

    1 SucreProfesional Especia-

    lizado2028 15

    1 AtlnticoProfesional Univer-

    sitario2044 08

    1 AtlnticoProfesional Especia-

    lizado2028 13

    1 AtlnticoTcnico Adminis-

    trativo3124 12

    1 AtlnticoProfesional Univer-

    sitario2044 08

    1 Atlntico Ayudante 4069 08

    1 Atlntico Ayudante 4069 08

    1 Atlntico Secretario Ejecutivo 4210 20

    1 AtlnticoProfesional Univer-

    sitario2044 08

    1 SucreProfesional Especia-

    lizado2028 15

    Artculo 4. Reubicar por necesidades del servicio, los empleos vacantes de las Di-

    recciones Territoriales Bolvar y Magdalena, a la Direccin Territorial Caquet, en los

    siguientes trminos:

    DIRECCINTERRITORIAL

    A DONDE SEASIGNA EL

    CARGO

    No. DECARGOS

    DIRECCIN TE-RRITORIAL DON-

    DE SE UBICABA ELCARGO

    DENOMINACINDEL CARGO

    CDIGO GRADO

    CAQUET1 Bolvar

    Profesional Especia-lizado

    2028 15

    1 MagdalenaProfesional Especia-

    lizado2028 13

    Artculo 5. Reubicar por necesidades del servicio, un empleo vacante de la Direccin

    Territorial Magdalena, a la Direccin Territorial Huila, en los siguientes trminos:

    DIRECCINTERRITORIAL

    A DONDE SEASIGNA EL

    CARGO

    N DECARGOS

    DIRECCIN TE-RRITORIAL DON-DE SE UBICABA

    EL CARGO

    DENOMINACINDEL CARGO

    CDIGO GRADO

    HUILA 1 MagdalenaProfesional Especia-

    lizado2028 13

    Artculo 6. Como consecuencia a lo sealado en los artculos precedentes, la distri-

    bucin de los empleos en las Direcciones Territoriales de Magdalena, Crdoba y Bolvar

    quedar de la siguiente manera:

    DIRECCINTERRITORIAL N DE CARGOS

    DENOMINACIN DELCARGO CDIGO GRADO

    MAGDALENA

    1 Director Territorial 0042 19

    1 Profesional Especializado 2028 13

    1 Profesional Especializado 2028 13

    1 Profesional Universitario 2044 08

    1 Profesional Universitario 2044 08

    1 Tcnico Administrativo 3124 12

    1 Auxiliar Administrativo 4044 20

    1 Ayudante 4069 08

    1 Ayudante 4069 081 Secretario Ejecutivo 4210 20

    1 Topgrafo 3136 10

    1 Profesional Especializado 2028 18

    1 Profesional Especializado 2028 17

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 13

    1 Profesional Especializado 2028 13

    1 Topgrafo 3136 08

    1 Topgrafo 3136 08

    1 Topgrafo 3136 10

    1 Topgrafo 3136 10

    CRDOBA

    1 Director Territorial 0042 19

    1 Profesional Especializado 2028 18

    1 Profesional Especializado 2028 17

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 13

    1 Profesional Especializado 2028 13

    1 Profesional Universitario 2044 08

    1 Profesional Universitario 2044 08

    1 Tcnico Administrativo 3124 12

    1 Topgrafo 3136 08

    1 Topgrafo 3136 10

    1 Ayudante 4069 08

    1 Ayudante 4069 08

    1 Secretario Ejecutivo 4210 20

    1 Profesional Especializado 2028 17

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Topgrafo 3136 08

    1 Topgrafo 3136 08

    1 Topgrafo 3136 10

    1 Topgrafo 3136 10

    BOLVAR

    1 Director Territorial 0042 19

    1 Profesional Especializado 2028 17

    1 Profesional Especializado 2028 13

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 15

    1 Profesional Especializado 2028 13

    1 Profesional Especializado 2028 13

    1 Profesional Universitario 2044 08

    1 Profesional Universitario 2044 08

    1 Tcnico Administrativo 3124 12

    1 Ayudante 4069 081 Ayudante 4069 08

    1 Secretario Ejecutivo 4210 20

    1 Profesional Especializado 2028 15

    Pargrafo: Los cargos que provienen de las Direcciones Territoriales de Atlntico Sucre quedarn supeditados a las reubicaciones y traslados que se hagan necesarios, locuales se harn de manera paulatina de acuerdo con a las necesidades del servicio, tras lsupresin de las mencionadas Direcciones Territoriales.

    Artculo 7. Modicar el artculo 2 de la Resolucin nmero 0002 de 2012 por medidel cual se delimit la jurisdiccin y cobertura geogrca de las Direcciones Territorialeen el sentido de designarle la jurisdiccin a la Direccin Territorial Caquet y a la Direcci

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    35Edicin 49.901

    Sbado, 11 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL

    Cdigo DANE Depart. Municipio Direccin Territorial Ofcina DT URT ofcina adscrita DT URT

    05615 ANTIOQUIA RIONEGRO ANTIOQUIA MEDELLN 05628 ANTIOQUIA SABANALARGA ANTIOQUIA MEDELLN 05631 ANTIOQUIA SABANETA ANTIOQUIA MEDELLN 05642 ANTIOQUIA SALGAR ANTIOQUIA MEDELLN 05647 ANTIOQUIA SAN ANDRS ANTIOQUIA MEDELLN 05649 ANTIOQUIA SAN CARLOS ANTIOQUIA MEDELLN 05652 ANTIOQUIA SAN FRANCISCO ANTIOQUIA MEDELLN 05656 ANTIOQUIA SAN JERNIMO ANTIOQUIA MEDELLN 05658 ANTIOQUIA SAN JOS DE LA MONTAA ANTIOQUIA MEDELLN

    05660 ANTIOQUIA SAN LUIS ANTIOQUIA MEDELLN 05664 ANTIOQUIA SAN PEDRO ANTIOQUIA MEDELLN 05667 ANTIOQUIA SAN RAFAEL ANTIOQUIA MEDELLN 05670 ANTIOQUIA SAN ROQUE ANTIOQUIA MEDELLN 05674 ANTIOQUIA SAN VICENTE ANTIOQUIA MEDELLN 05679 ANTIOQUIA SANTA BRBARA ANTIOQUIA MEDELLN 05686 ANTIOQUIA SANTA ROSA DE OSOS ANTIOQUIA MEDELLN 05690 ANTIOQUIA SANTO DOMINGO ANTIOQUIA MEDELLN 05697 ANTIOQUIA SANTUARIO ANTIOQUIA MEDELLN 05756 ANTIOQUIA SONSN ANTIOQUIA MEDELLN 05761 ANTIOQUIA SOPETRN ANTIOQUIA MEDELLN 05789 ANTIOQUIA TMESIS ANTIOQUIA MEDELLN 05792 ANTIOQUIA TARSO ANTIOQUIA MEDELLN 05809 ANTIOQUIA TITIRIB ANTIOQUIA MEDELLN 05819 ANTIOQUIA TOLEDO ANTIOQUIA MEDELLN 05842 ANTIOQUIA URAMITA ANTIOQUIA MEDELLN 05847 ANTIOQUIA URRAO ANTIOQUIA MEDELLN 05856 ANTIOQUIA VALPARASO ANTIOQUIA MEDELLN 05858 ANTIOQUIA VEGACH ANTIOQUIA MEDELLN 05861 ANTIOQUIA VENECIA ANTIOQUIA MEDELLN 05885 ANTIOQUIA YAL ANTIOQUIA MEDELLN

    05887 ANTIOQUIA YARUMAL ANTIOQUIA MEDELLN 05890 ANTIOQUIA YOLOMB ANTIOQUIA MEDELLN 05031 ANTIOQUIA AMALFI ANTIOQUIA CAUCASIA05040 ANTIOQUIA ANOR ANTIOQUIA CAUCASIA05045 ANTIOQUIA APARTAD ANTIOQUIA APARTAD05051 ANTIOQUIA ARBOLETES ANTIOQUIA APARTAD05120 ANTIOQUIA CCERES ANTIOQUIA CAUCASIA05147 ANTIOQUIA CAREPA ANTIOQUIA APARTAD05154 ANTIOQUIA CAUCASIA ANTIOQUIA CAUCASIA05172 ANTIOQUIA CHIGOROD ANTIOQUIA APARTAD05250 ANTIOQUIA EL BAGRE ANTIOQUIA CAUCASIA05361 ANTIOQUIA ITUANGO ANTIOQUIA CAUCASIA05475 ANTIOQUIA MURIND ANTIOQUIA APARTAD05480 ANTIOQUIA MUTAT ANTIOQUIA APARTAD05490 ANTIOQUIA NECOCL ANTIOQUIA APARTAD05495 ANTIOQUIA NECH ANTIOQUIA CAUCASIA05604 ANTIOQUIA REMEDIOS ANTIOQUIA CAUCASIA05659 ANTIOQUIA SAN JUAN DE URAB ANTIOQUIA APARTAD05665 ANTIOQUIA SAN PEDRO DE URAB ANTIOQUIA APARTAD05736 ANTIOQUIA SEGOVIA ANTIOQUIA CAUCASIA05790 ANTIOQUIA TARAZ ANTIOQUIA CAUCASIA

    05837 ANTIOQUIA TURBO ANTIOQUIA APARTAD05854 ANTIOQUIA VALDIVIA ANTIOQUIA CAUCASIA05873 ANTIOQUIA VIGIA DEL FUERTE ANTIOQUIA APARTAD05895 ANTIOQUIA ZARAGOZA ANTIOQUIA CAUCASIA27006 CHOC ACAND ANTIOQUIA APARTAD27150 CHOC CARMEN DEL DARIN (Curbarado) ANTIOQUIA APARTAD27615 CHOC RIOSUCIO ANTIOQUIA APARTAD27800 CHOC UNGUA ANTIOQUIA APARTAD11001 BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25001 CUND. AGUA DE DIOS BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25019 CUND. ALBN BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25035 CUND. ANAPOIMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25040 CUND. ANOLAIMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25053 CUND. ARBELEZ BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25086 CUND. BELTRN BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25095 CUND. BITUIMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25099 CUND. BOJAC BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25120 CUND. CABRERA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25123 CUND. CACHIPAY BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25126 CUND. CAJIC BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25148 CUND. CAPARRAP BOGOT, D. C. BOGOT, D. C.

    25151 CUND. CQUEZA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25154 CUND. CARMEN DE CARUPA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25168 CUND. CHAGUAN BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25175 CUND. CHA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25178 CUND. CHIPAQUE BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25181 CUND. CHOACH BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25183 CUND. CHOCNT BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25200 CUND. COGUA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25214 CUND. COTA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25224 CUND. CUCUNUB BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25245 CUND. EL COLEGIO BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25258 CUND. EL PEN BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25260 CUND. EL ROSAL BOGOT, D. C. BOGOT, D. C.

  • 7/26/2019 Diario oficial de Colombia n 49.901. 11 de junio de 2016

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    36 DIARIO OFICIALEdicin 49

    Sbado, 11 de junio de 2

    Cdigo DANE Depart. Municipio Direccin Territorial Ofcina DT URT ofcina adscrita DT UR

    25269 CUND. FACATATIV BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25279 CUND. FMEQUE BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25281 CUND. FOSCA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25286 CUND. FUNZA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25288 CUND. FQUENE BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25290 CUND. FUSAGASUG BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25293 CUND. GACHAL BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25295 CUND. GACHANCIP BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25297 CUND. GACHET BOGOT, D. C. BOGOT, D. C.

    25299 CUND. GAMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25307 CUND. GIRARDOT BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25312 CUND. GRANADA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25317 CUND. GUACHET BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25320 CUND. GUADUAS BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25322 CUND. GUASCA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25324 CUND. GUATAQU BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25326 CUND. GUATAVITA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25328 CUND. GUAYABAL DE SQUIMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25335 CUND. GUAYABETAL BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25339 CUND. GUTIRREZ BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25368 CUND. JERUSALN BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25372 CUND. JUNN BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25377 CUND. LA CALERA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25386 CUND. LA MESA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25394 CUND. LA PALMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25398 CUND. LA PEA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25402 CUND. LA VEGA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25407 CUND. LENGUAZAQUE BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25426 CUND. MACHET BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25430 CUND. MADRID BOGOT, D. C. BOGOT, D. C.

    25436 CUND. MANTA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25473 CUND. MOSQUERA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25483 CUND. NARIO BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25486 CUND. NEMOCN BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25488 CUND. NILO BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25489 CUND. NIMAIMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25491 CUND. NOCAIMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25506 CUND. VENECIA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25513 CUND. PACHO BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25518 CUND. PAIME BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25524 CUND. PANDI BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25535 CUND. PASCA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25572 CUND. PUERTO SALGAR BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25580 CUND. PUL BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25592 CUND. QUEBRADANEGRA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25594 CUND. QUETAME BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25596 CUND. QUIPILE BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25599 CUND. APULO BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25612 CUND. RICAURTE BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25645 CUND. SAN ANTONIO DE TEQUENDAMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25649 CUND. SAN BERNARDO BOGOT, D. C. BOGOT, D. C.

    25653 CUND. SAN CAYETANO BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25658 CUND. SAN FRANCISCO BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25662 CUND. SAN JUAN DE RIOSECO BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25718 CUND. SASAIMA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25736 CUND. SESQUIL BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25740 CUND. SIBAT BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25743 CUND. SILVANIA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25745 CUND. SIMIJACA BOGOT, D. C. BOGOT, D. C. 25754 CUND. SOACHA BOGOT, D. C