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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012.
Diario oficial
S U M a r i o
1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral
TOMO Nº 397 SAN SALVADOR, JUEVES 25 DE OCTUbRE DE 2012 NUMERO 200
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]
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ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Ramo de educación
Acuerdo No. 15-1112.- Se modifica la estructura organizativa del Ministerio de Educación. .....................................................
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
Ramo de la defensa nacional
Acuerdo No. 107.- Nombramiento dentro del personal de la Fuerza Armada. ......................................................................
Acuerdo No. 110.- Se autoriza listado de conformidad al Programa de Depuración de Material Inservible de la Fuerza Armada. ......................................................................................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUpREMA DE JUSTICIA
Acuerdo No. 582-D.- Se autoriza a la Licenciada Claudia Eleonora Velasco Barillas, para que ejerza la profesión de abogado en todas sus ramas. .....................................................................
INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDíAS MUNICIpALES
Decreto No. 1.- Reformas a la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales, del municipio de San Pedro Masahuat. ...................................................................................
Decretos Nos. 4, 2 y 23.- Ordenanzas transitorias de exención del pago de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos municipales, de las municipalidades de Zacatecoluca, San Pedro Masahuat y Texistepeque. ........................................
Decretos Nos. 4, 7 y 20.- Reformas al presupuesto municipal de Zacatecoluca y San Miguel. ..................................................
Decreto No. 5.- Ordenanza Reguladora de la Venta de Bebidas Alcohólicas y Consumo en Lugares Públicos, del municipio de Tepecoyo. .............................................................
Decreto No. 21.- Ordenanza Municipal para la Implementación de la Política Pública “Bosques para Siempre”, en el municipio de Texistepeque, departamento de Santa Ana.
SECCION CARTELES OFICIALES
DE pRIMERA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Cartel No. 1274.- Tránsito Arnulfo Hernández Díaz (3 v. alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 1275.- Carlota Alvarado (3 v. alt.) ..................
aviso de inscripción
Cartel No. 1276.- Asoc. Coop. de Comercialización y Aprovisionamiento Avícola de Jóvenes Productivos, de R.L. ACOGRAME DE R.L. (1 vez) ..................................................
Muerte Presunta
Cartel No. 1277.- Daicy Ruth Galdámez Valiente (1 vez)
DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro
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Edicto de Emplazamiento
Cartel No. 1278.- Rafael Adalberto Mendoza Rodríguez (1 vez) ........................................................................................
Cartel No. 1279.- Nelson Mauricio Ancheta Flores (1 vez) ........................................................................................
Cartel No. 1280.- Fredy Alcides Alfaro Estrada y Otro (1 vez) ........................................................................................
DE SEGUNDA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Cartel No. 1260.- Rosa Marina Ramírez viuda de Díaz (3 v. alt.) .....................................................................................
Cartel No. 1261.- María Eustacia Segovia y Otras (3 v. alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 1262.- Jaime Joel Aguilar (3 v. alt.) ................
DE TERCERA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Cartel No. 1246.- Teresa de Jesús García Velásquez (3 v. alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 1247.- María Coronada Flores de Montano y Otros (3 v. alt.) ...........................................................................
Cartel No. 1248.- Bienvenida del Carmen Cerritos de Solano (3 v. alt.) .....................................................................................
SECCION CARTELES pAGADOS
DE pRIMERA pUbLICACION
Declaratoria de Herencia
Carteles Nos. C006320, C006321, C006324, C006332, C006334, F057369, F057373, F057385, F057386, F057392, F057394, F057404, F057406, F057407, F057408, F057423, F057435, F057439, F057447, F057449, F057461, F057465, F057468, F057470, F057475, F057476, F057496 ....................
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C006306, C006331, C006333, C006336, F057388, F057391, F057419, F057442, F057444, F057478, C006322, C006325, F057370, F057411, F057421, F057433, F057434, F057437, F057438, F057484 .....................................
Herencia Yacente
Cartel No. C006319 ..........................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. C006329, C006330, F057416, F057430 ....
Título Supletorio
Carteles Nos. C006326, F057477 .....................................
Juicio de ausencia
Carteles Nos. C006307, C006327, F057377, F057412, F057413, F057415 .....................................................................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C006308, C006310, C006311, C006335, C006337, C006338, C006339, C006340, C006341 ..................
Nombre comercial
Carteles Nos. C006309, F057495 .....................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C006313, C006328, F057486.....................
Reposición de Certificados
Cartel No. F057473 ...........................................................
Disminución de capital
Cartel No. C006323 ..........................................................
Disolución y liquidación de Sociedades
Cartel No. F057458 ...........................................................
Patente de invención
Carteles Nos. F057395, F057396, F057397, F057398, F057399 .....................................................................................
Edicto de Emplazamiento
Carteles Nos. C006318, F057375, F057376, F057459, F057467, F057490 .....................................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C006312, C006314, C006315, C006316, F057402, F057492, F057493 .....................................................
DE SEGUNDA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C006192, C006194, C006197, C006200, C006201, C006204, F057015, F057016, F057032, F057035, F057043, F057053, F057054, F057058, F057144, F057157, F057174 .....................................................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. C006195, F057132, F057223, F057243 .....
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138-139
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140-141
141-143
144-152
Título Supletorio
Carteles Nos. C006173, C006196, F057033, F057073 ....
Título de Dominio
Cartel No. F057155 ...........................................................
renovación de Marcas
Carteles Nos. C006206, F057108, F057216 .....................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C006176, C006177, C006178, C006179, C006180, C006181, C006182, C006183, C006184, C006185, C006186, C006189, F057165, F057166, F057167, F057214, F057215 .....................................................................................
Nombre comercial
Carteles Nos. C006190, C006205, F057065, F057074, F057221 .....................................................................................
Señal de Publicidad comercial
Cartel No. C006203 ..........................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. F057104, F057105, F057107, F057112, F057113, F057114, F057115, F057116, F057148 ....................
Reposición de Certificados
Carteles Nos. F057049, F057092, F057118, F057119, F057120, F057121, F057123, F057210 .....................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. F057095, F057097, F057099, F057101, F057106, F057208 .....................................................................
Marca de Producto
Carteles Nos. C006174, F057029, F057103, F057204, F057222 .....................................................................................
DE TERCERA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C006124, C006127, C006132, C006137, F056637, F056672, F056678, F056705, F056722, F056747, F056755, F056793 .....................................................................
Herencia Yacente
Cartel No. C006117 ..........................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. C006138, F056710, F056721 .....................
Título Supletorio
Carteles Nos. C006128, F056698, F056699 .....................
renovación de Marcas
Cartel No. F056740 ...........................................................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C006093, C006095, C006096, C006097, C006098, C006099, C006100, C006101, C006102, C006103, C006104, C006105, C006106, C006107, C006108, C006109, C006110, C006111, C006112, C006113 ...................................
Nombre comercial
Cartel No. C006115 ..........................................................
Señal de Publicidad comercial
Cartel No. C006114 ..........................................................
convocatorias
Carteles Nos. C006131, C006133, C006134, C006135, C006136, F056999 .....................................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C006125, F056640, F056641, F056644, F056645, F056812 .....................................................................
Reposición de Certificados
Carteles Nos. F056655, F056657, F056658, F056659, F056772 .....................................................................................
administrador de condominio
Cartel No. F056666 ...........................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C006092, C006094, C006116 ....................
Marca de Producto
Carteles Nos. C006118, C006119, C006120, C006121, C006122, F056708 .....................................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resoluciones Nos. 1330(2), 1334, 1335, 1336, 1341, 1342, 1346, 1354, 1359, 1361, 1368, 1369, 1370, 1371, 1373, 1379, 1383, 1384, 1385, 1389, 1390, 1392, 1393, 1395, 1396, 1398 y 1399.- Reposiciones de títulos. ..................................................
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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
ORGANO EJECUTIVOMinisterio de educación
RAMO DE EDUCACIONacUErDo No. 15-1112.
San Salvador, 21 de Septiembre de 2012.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y CONSIDERANDO: I) Que de conformidad con el artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, el Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo expresado en los artículos 10, 67 y 68 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, los Ministros de Estado y Viceministros, tienen como función especial intervenir en la formulación y realización de la política nacional; III) Que mediante Acuerdo del Órgano Ejecutivo en el ramo correspondiente, publicado en Diario Oficial podrán autorizar, delegar o descentralizar en los funcionarios de sus respectivos ramos, la ejecución de atribuciones y facultades que este Reglamento y cualquier otra disposición legal señale a cada Secretaría de Estado o a sus Titulares; IV) Que mediante Decreto No. 8 de fecha 22 de marzo de 2006, publicado en el Diario Oficial Número 68, Tomo No. 371, de 06 de abril de 2006, se emitió el Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno Específicas del Ministerio de Educación y del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte, que en su artículo 16 establece: “ORGANIGRAMA: La máxima autoridad, debe aprobar la estructura organizativa institucional y las modificaciones que sean necesarias, que permita planear, ejecutar, controlar y monitorear las actividades en función del cumplimiento de los objetivos y metas de la Entidad. La Dirección General, Directores Nacionales, Directores de Staff y los Directo-res Departamentales, serán responsables de crear su propia estructura organizativa. La Dirección General y la Dirección de Planificación Educativa, orientarán una sola estructura para las Direcciones Departamentales de Educación y la correspondiente a los Centros Educativos. Todas deberán ser autorizadas por la máxima autoridad”; V) Que de conformidad con el Acuerdo Ejecutivo No. 15-1590 de fecha 21 de diciembre del año 2009, emitido por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, el Ministerio de Educación oficializó su nueva estructura organizativa; la cual ha sido modificada mediante los acuerdos siguientes: Acuerdo No. 15-0768 de fecha 12 de julio de 2010, en relación a las Direcciones de Staff con dependencia directa del Despacho Ministerial y Direcciones Nacionales con dependencia directa del Vice Ministerio de Ciencia y Tecnología; Acuerdo No. 15-1019 de fecha 12 de agosto de 2011, en relación a las Direcciones de Staff con Dependencia Directa del Despacho Ministerial, las Direcciones Nacionales con Dependencia Directa del Viceministerio de Educación y se modificó la denominación de una Gerencia adscrita a la Dirección Nacional de Educación en Ciencia, Tecnología e Innovación con Dependencia Directa del Vice Ministerio de Ciencia y Tecnología; Acuerdo No. 15- 0927, de fecha 27 de julio de 2012, en relación a las Direcciones Nacionales con Dependencia Directa del Vice Ministerio de Educación; acuerdo No. 15-0975, de fecha 15 de agosto de 2012, en relación a las Direcciones Nacionales con Dependencia Directa del Viceministerio de Educación y Direcciones de Staff con Dependencia Directa del Despacho Ministerial; VI) Que mediante Memorándum, de fecha 13 de junio de 2012, emitido por parte de la Dirección de Planificación, se autoriza la nueva estructura organizativa de la Dirección de Auditoría Interna a partir del mes de Julio de 2012, modificando el nombre de la Gerencia de Auditoría de Transferencia de Fondos a Programas Educativos a Gerencia de Auditoría Educativa; VII) Que se considera necesario adecuar el actual organigrama a las nuevas políticas institucionales, objetivos prioritarios, acciones estratégicas del Plan Social Educativo 2009-2014 “Vamos a la Escuela”. POR TANTO: Con base a los considerandos anteriores, este Ministerio, ACUERDA:
I) Modificar la estructura organizativa contenida en el acápite denominado DIRECCIONES DE STAFF CON DEPENDENCIA DIRECTA DEL DESPACHO MINISTERIAL, contemplado en Acuerdo Ejecutivo No. 15-1590, de fecha 21 de diciembre del año 2009, modificando el nombre de la Gerencia de Auditoría de Transferencia de Fondos a Programas Educativos a Gerencia de Auditoría Educativa, quedando establecida de la siguiente manera:
DirEccioNES DE STaff coN DEPENDENcia DirEcTa DEl DESPacHo MiNiSTErial:
2. Dirección de auditoría interna.
2.1 Gerencia de Auditoría Financiera.
2.2 Gerencia de Auditoría Operacional.
2.3 Gerencia de Auditoría de Tecnología de Información.
2.4 Gerencia de Auditoría Educativa.
II) Dejar sin efecto el Acuerdo No. 15-0768, únicamente en lo relativo al ordinal I literal “A”, en el sentido que se elimina el nombre de la Gerencia de Auditoría de Transferencia de Fondos a Programas Educativos.
III) Quedan vigente en todas sus demás partes, los Acuerdos Ejecutivos 15-1590 y 15-0768 relacionados en el Romano V) del presente Acuer-do;
IV) El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE.
FRANZI HASBÚN BARAKE,
MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.
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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012.
Ministerio de la defensa nacionalRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
ORGANO JUDICIALcorte supreMa de Justicia
acUErDo No. 107
San Salvador, 19 de octubre de 2012.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a los Artículos 8, ordinal 7° y 54 de la Ley de la Carrera Militar,
ACUERDA: NOMBRAR a partir del 01 de octubre de 2012, en el CUERPO DE AGREGADOS, al señor CNEL. MAN NELSON DE JESÚS
ARGUETA RAMÍREZ, por pasar a desempeñar otro cargo en la Administración Pública, en el CENTRO FARMACÉUTICO DE LA FUERZA AR-
MADA (CEFAFA), como Gerente General, en sustitución del señor TCNEL. TRANS. DEM y LIC. ARISTIDES FIDENCIO FIGUEROA CASTRO.
COMUNÍQUESE.
JoSÉ aTilio BENÍTEZ ParaDa,
GENEral DE DiViSiÓN,
MiNiSTro DE la DEfENSa NacioNal.
acUErDo No. 110
SaN SalVaDor, 04 de mayo de 2012.
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, ACUERDA: AUTORIZAR de conformidad al programa
de depuración de material inservible de la Fuerza Armada, el listado de TREINTA Y CINCO (35) vehículos (camiones, vehículos livianos, remolque
cisterna y otros) y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO (3,684) otros bienes muebles (calderas, lavadoras, secadoras, planchadores,
máquinas de escribir, máquinas de coser, equipo médico hospitalario, aires acondicionados, mobiliario de oficina, entre otros) descargados del inventario
y en calidad de chatarra, con un peso estimado de CIENTO CINCUENTA Y CINCO (155) toneladas de chatarra de hierro y CUATRO (4) quintales
de chatarra de aluminio, para que sean permutados por bienes muebles nuevos, de conformidad al peso real y al valor que se obtenga por quintal, los
cuales serán registrados en el inventario de bienes muebles de la Fuerza Armada. COMUNÍQUESE.
JoSÉ aTilio BENÍTEZ ParaDa,
GENEral DE DiViSiÓN,
MiNiSTro DE la DEfENSa NacioNal.
ACUERDO No. 582-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de mayo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha dieciséis
de febrero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada CLAUDIA ELEONORA VELASCO BARILLAS, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELÉNDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M.
TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F057381)
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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
INSTITUCIONES AUTONOMASalcaldías Municipales
acUErDo NÚMEro caTorcE.
DEcrETo MUNiciPal NÚMEro UNo 2012.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN PEDRO MASAHUAT, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,
CONSIDERANDO:
I.- Que de acuerdo con el Art. 204 Numerales 1 y 5 de la Constitución de la República, es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios;
II.- Que conforme a los Arts. 3 -Numerales 1 y 5 y 30 Numeral 21 del Código Municipal dentro de la autonomía y facultades del Concejo Municipal están la de emitir acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por servicios que brinda la municipalidad.
III.- Que conforme a la LEY GENERAL TRIBUTARIA MUNICIPAL corresponde al Concejo Municipal, crear, modificar, o suprimir tasas y contribuciones especiales, mediante la emisión de ordenanzas en las cuales se fijen las políticas, criterios y regulaciones, los Alcaldes y organismos dependientes de la Administración Tributaria Municipal.
IV.- Que las tasas vigentes, establecidas en la ordenanza que regula los servicios municipales, según los siguientes decretos: Número Tres de fecha 25 de julio de 2006, y Número Cinco de fecha 22 de enero de 2007 que contienen tributos que no permiten recuperar los costos del suministro de los servicios.
POR TANTO:
Este Concejo, en uso de sus facultades que le señala el Art. 204 ordinales 1° y 5° de la Constitución de la República, el Art. 30 numerales 4° y 21 del Código Municipal y los Artículos 2, 5 y 7, incisos 2 y 77 de la Ley General Tributaria Municipal,
DECRETA, la siguiente:
rEforMa a la orDENaNZa rEGUlaDora DE laS TaSaS Por SErVicioS MUNiciPalES DEl MUNiciPio DE SaN PEDro MaSaHUaT, DEParTaMENTo DE la PaZ.
caPÍTUlo PriMEro
coNcEPToS GENEralES.
Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular las TASAS MUNICIPALES a cobrarse, entendiéndose por tales aquellos tributos que se generan en razón de los servicios públicos de naturaleza administrativa o jurídica, prestados por el Municipio.
Art. 2.- Se entenderá por HECHO GENERADOR, el supuesto previsto en esta Ordenanza, que cuando ocurre en la realidad, da lugar al nacimiento de la Obligación Tributaria.
Art. 3.- Será SUJETO ACTIVO de la Obligación Tributaria Municipal, este municipio en su carácter de ACREEDOR de los respectivos tributos.
Art. 4.- Serán SUJETOS PASIVOS de la Obligación Tributaria Municipal, los CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES.
Se entiende por SUJETOS PASIVOS, aquellas personas naturales o jurídicas obligadas al cumplimiento de las prestaciones pecuniarias, ya sea como contribuyente o responsable.
CONTRIBUYENTE, es el Sujeto Pasivo respecto al cual se verifica el Hecho Generador de la Obligación Tributaria.
RESPONSABLE de la Obligación Tributaria es aquel que, sin ser contribuyente, por mandato expreso de esta Ordenanza deberá cumplir con las obligaciones del contribuyente.
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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Art. 5.- Para efectos de la aplicación de esta Ordenanza, se entenderán como SUJETOS PASIVOS de la Obligación Tributaria Municipal a las siguientes personas o entidades: Propietarios, Arrendatarios, Comodatarios, Usufructuarios, Fideicomisarios de Inmuebles, Adjudicatarios a cualquier Título, las Comunidades de Bienes, las Sucesiones, las Sociedades de Hecho y otros Entes Colectivos o Patrimonios, Herederos a Título Universal o Curador de la Herencia Yaciente del Contribuyente, fallecido hasta el monto de la masa hereditaria, poseedores o meros tenedores y en última instancia a la persona a cuyo nombre se haya solicitado el servicio prestado por esta Municipalidad.
Art. 6.- Serán también SUJETOS DE PAGO DE LAS TASAS que se originan por los servicios prestados por esta Municipalidad, el Estado, sus Instituciones Autónomas de cualesquiera naturaleza que fueren; así como los Estados Extranjeros.
caPÍTUlo SEGUNDo
DE laS TaSaS.
Art. 7.- Se establecen las siguientes TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES, que la Alcaldía Municipal de SAN PEDRO MASAHUAT, presta a sus habitantes residentes en su jurisdicción como se detalla a continuación:
1- SErVicioS MUNiciPalES
i. alUMBraDo PUBlico, metro lineal al mes
Luminarias de cualquier clase.............................................................................................................................. $ 0.09
Esta tasa se aplicará a la distancia de cuarenta metros lineales del poste en que se encuentre el bombillo o lámpara.
ii. aSEo, rEcolEccioN Y DiSPoSicioN fiNal, cada una al mes
a. Inmuebles para habitación y chalets en zonas municipales ........................................................................ $ 3.00
b. Empresas comerciales, inmuebles donde funcionen vivienda, negocio y oficina ....................................... $ 3.50
c. Empresas industriales o fábricas ................................................................................................................. $ 40.00
d. Grandes empresas ........................................................................................................................................ $ 35.00
e. Medianas empresas ...................................................................................................................................... $ 15.00
f. Oficinas gubernamentales .............................. …………...………………………………………… ..........$ 10.00
g. Empresas hoteleras……………………….………………………….………….......... .............................. $ 60.00
h. Inmuebles destinados totalmente para alquiler para el comercio, mesones, hospedajes y en general
para cualquier actividad lucrativa, religiosa y otros no especificados.................................................... .$ 4.00
i. Inmuebles baldíos en el casco urbano y rural................................................................. ............................ $ 2.06
j. Inmuebles adyacentes a la playa, c/u al mes …………………………...….................. ........................... .$ 4.00
k. Inmuebles dedicados a ranchos privados………………………………….…................ ........................... $ 4.50
l. Inmuebles ubicados en el centro y en los alrededores a la playa ................................................................ $ 3.00
m. Por recolección de ramajes u otros desechos no permitidos dentro de la recolección de
desechos domésticos pagarán ..................................................................................................................... $ 3.00
Queda terminantemente prohibido botar basura de toda clase o desperdicios en aceras, calles, avenidas, pasajes, plazas, parques municipalidad, predios baldíos públicos o privados, excepto en recipientes colocados exclusivamente para tal finalidad. La infracción a lo dispuesto anteriormente, hará incurrir al infractor con una multa de $2.86 hasta $57.15, según la gravedad del caso la cual será aplicable por la municipalidad.
iii. GaNaDEria
a. Revisión por cabeza
i. Ganado Mayor ..................................................................................................................................... $ 3.50
ii. Ganado Menor ..................................................................................................................................... $ 2.00
b. Sacrificio y destace de ganado Mayor, Menor y novillas al mes ................................................................ $ 8.00
c. Visto Bueno
i. Visto Bueno por cabeza ....................................................................................................................... $ 3.00
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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 ii. Cotejo de fierros por cabeza, sin perjuicio del impuesto fiscal .......................................................... $ 0.10
iii. Formulario de Carta de Venta ............................................................................................................. $ 1.00
iv. Específicos fiscales .............................................................................................................................. $ 0.10
v. Rastro y revisión de cerdo ................................................................................................................... $ 3.00
d. Otros servicios de Ganadería
i. Por expedición de guía de Transporte de ganado mayor y menor ...................................................... $ 3.50
ii. Por expedición de guías de conducción de carne a otras jurisdicciones previa inspección sanitaria $ 8.00
iii. Por expedición de guías de conducción de carne a esta jurisdicción previa inspección sanitaria ...... $ 10.00
iv. Por expedición de guías de conducción o introducir ganado de otro país, incluyendo el impuesto
que establece el Art. 26 del Reglamento para el uso de fierro o marcas de herrar ganado y
traslado, por cabeza ............................................................................................................................. $ 5.00
v. Cuando se encontrare a personas transportando ganado o carne sin la respectiva guía se sancionará
con una multa de .................................................................................................................................. $ 30.00
vi. Poste de ganado mayor por cabeza .................................................................................................... $ 18.00
vii. Poste ganado menor por cabeza .......................................................................................................... $ 12.00
viii. Diligencias de Cartas de Venta extraviadas ........................................................................................ $ 12.00
e. Matrículas de fierro, para herrar ganado
i. Registro o refrenda de matrícula de fierro, cada año ........................................................................... $ 10.00
ii. Registro o refrenda por matrícula de destazador o dueño de destace que Gobernación Política
Departamental extienda cada uno al año .......................................................................................... $ 12.00
iii. Por tramitación de expedición, traspaso o reposición por cada Matrícula, sin perjuicio del impuesto
fiscal ..................................................................................................................................................... $ 6.00
iv. Registro o refrenda por matrículas de comerciantes, correteros de ganado cada una al año ............. $ 12.00
iV. cEMENTErio
a. Derecho de Perpetuidad
i. Por obtener derecho perpetuo para enterramiento, cada metro cuadrado.......................................... $ 28.57
ii. Por enterramiento que se verifiquen en nichos construidos ................................................................ $ 12.00
iii. Enterramientos en fosa común sin nicho ............................................................................................. $ 2.00
iv. Específicos fiscales .............................................................................................................................. $ 0.10
v. Para abrir y cerrar nichos por cualquier motivo, salvo disposición judicial .................................... $ 11.43
vi. Por extracción de una osamenta para trasladarla a otro nicho o usar de la misma categoría
dentro del mismo cementerio .............................................................................................................. $ 12.00
b. Periodo de 7 años de primera clase
Los que están frente a la entrada principal hasta 10 metros
i. Por enterramiento de adultos en fosa común ....................................................................................... $ 6.00
ii. Por enterramientos de infantes ........................................................................................................... .$ 4.00
iii. Por prórroga de cada año para conservar en el mismo nicho los restos de un cadáver de adulto o
infante .................................................................................................................................................. $ 5.00
iv. Por prórroga de 7 años para conservar en el mismo nicho los restos de un cadáver ...................... $ 15.00
c. Fábricas ínfimas de Segunda clase
A partir del límite inferior de la primera clase hasta el final del terreno que comprende el cementerio.
i. Por enterramiento de adultos o infantes ............................................................................................. $ 3.00
ii. Por prórroga para conservar en la misma sepultura los restos de un cadáver ..................................... $ 5.00
d. Gratis (tercera clase)
i. Pertenecen a esta clase los enterramientos de pobres de solemnidad debidamente comprobada.
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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. e. Ingresos Varios
i. Formularios de título de derecho de perpetuidad, cada uno ................................................................ $ 5.00
ii. Traspaso o reposición de título de Derecho a Perpetuidad .................................................................. $ 15.00
iii. Por construcción de nichos tamaño estándar de mampostería ............................................................ $ 12.00
iv. Permiso para trasladar un cadáver fuera del Municipio ...................................................................... $ 10.00
2- SErVicioS aDMiNiSTraTiVoS o DE oficiNa
i. rEGiSTroS Y DocUMENToS
a. Inscripción
i. De título de terrenos rústicos, por cada uno ....................................................................................... $ 10.00
ii. De títulos de terrenos urbanos, por cada uno ...................................................................................... $ 5.00
b. Extensiones
i. De títulos de terrenos rústicos, además del impuesto establecido por la Ley Agraria, por
cada Título .......................................................................................................................................... $ 20.00
ii. De títulos de predios urbanos, además del impuesto establecido por la Ley sobre títulos
de predios urbanos, por cada título ...................................................................................................... $ 15.00
iii. Además pagarán por hectárea en predios rústicos ....................................................................................... $ 2.00
iv. Además pagarán por metro cuadrado en predios urbanos ........................................................................... $ 0.04
c. Reposición de Títulos de Predios Rústicos y Urbanos ................................................................................ $ 25.00
d. Servicios varios.
i. Inspección de terreno para la extensión de títulos de propiedad en la zona urbana cada una ............. $ 25.00
ii. Inspección de terreno para la extensión de títulos de propiedad en la zona rural cada una ................ $ 20.00
ii. cErTificacioNES Y coNSTaNciaS
a. De partidas de nacimiento, defunciones en el Registro del Estado Familiar
i. Fotocopias del libro original ............................................................................................................... $ 2.00
ii. Digitalizadas o mecanografiadas ......................................................................................................... $ 2.00
b. Constancias extendidas en el Registro del Estado Familiar ....................................................................... $ 2.00
c. Por cada asentamiento de partidas de reposición ........................................................................................ $ 5.00
d. Por copia de archivo de cédulas de identidad personal cada una ................................................................ $ 1.50
e. Actas de Matrimonio sin incluir celebración .............................................................................................. $ 3.00
f. De partidas de matrimonio, divorcio, adopciones y otros ........................................................................... $ 2.50
g. Por cada marginación en el Registro Familiar seguidas las diligencias por un Notario ............................ $ 7.00
h. Trámite por reposición de partidas .............................................................................................................. $ 2.16
i. Multa por Inscripciones Tardías en el Registro Familiar
i. Presentado por persona natural ............................................................................................................ $ 3.00
ii. Presentado por un Funcionario Público o Notario ............................................................................. $ 7.00
j. Por extensión y reposición de boletos nacimientos .................................................................................... $ 2.00
k. Por la extensión y reposición de carné de minoridad .................................................................................. $ 1.50
l. Formulario de carné de minoridad .............................................................................................................. $ 0.50
m. Por matrimonios, en concepto de gastos y trámites administrativos
i. En la oficina en días hábiles ................................................................................................................ $ 12.00
ii. Fuera de la oficina, sin incluir transporte
1.En la zona urbana ............................................................................................................................ $ 15.00
2. En la zona rural ............................................................................................................................... $ 17.00
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 n. Certificaciones y constancias extendidas por el Alcalde, cada una
i. Sin fines de lucro ..................................................................................................................................... $ 3.50
ii. Con fines de lucro .................................................................................................................................... $ 5.00
o. Resoluciones Motivadas .............................................................................................................................. $ 4.00
iii. oTroS SErVicioS aDMiNiSTraTiVoS
a. Certificaciones de credencial del Síndico/a Municipal o de miembros del Concejo Municipal ................. $ 5.00
b. Auténtica de firmas que el Alcalde autorice en cualquier otro documento de conformidad a la Ley ........ $ 6.00
c. Auténtica de documentos ............................................................................................................................ $ 5.00
d. Partida con Auténtica .................................................................................................................................. $ 5.71
e. Certificaciones de Escrituras o Documentos privados inscritos en los libros respectivos cada uno ......... $ 15.00
iV. rEGiSTro Y coNTrol TriBUTario
a. Inscripción en el Catastro Municipal
i. Por derecho de inscripción de Escrituras en el Catastro Municipal, por cada inmueble ..................... $ 2.50
ii. Por derecho de inscripción de Empresas de personas naturales, en el Catastro Municipal de
Empresas .............................................................................................................................................. $ 5.00
iii. Por derecho de inscripción de Escrituras de Sociedad en el Catastro Municipal de Empresas, por cada
instrumento .......................................................................................................................................... $ 12.00
b. Constancias de Catastro y Registro Tributario ........................................................................................... .$ 1.50
c. Inspecciones y mediciones a inmuebles a solicitud de parte interesada, sin incluir gastos de transporte.
i. En la zona urbana ................................................................................................................................ $ 7.00
ii. En la zona rural .................................................................................................................................... $ 10.00
d. Croquis de ubicación Catastral .................................................................................................................... $ 2.00
3. DErEcHoS Por USo DE SUElo, SUBSUElo Y ESPacio PÚBlico (cada uno)
Por MaNTENiMiENTo EN la JUriSDicciÓN (cada una al mes)
i. TorrES Y aNTENaS DE raDio, ElÉcTroMaGNÉTicaS,
TElEcoMUNicacioNES Y ElÉcTricaS.
i. Por funcionamiento de torres de transmisión de telefonía fija y/o celular, Telecomunicaciones,
Cable, Internet y de tendido eléctrico, así como cualquier otro servicio de comunicaciones,
mensual cada una ................................................................................................................................. $ 250.00
ii. Por funcionamiento de Módulos generadores de comunicación y recepción de señales vía satelital de
todo tipo pago mensual ........................................................................................................................ $ 75.00
ii. PoSTES
i. Tasa mensual por poste propiedad de Instituciones y Empresas distribuidoras de energía eléctrica .. $ 5.00
ii. Tasa mensual por poste de servicios de telecomunicación de Telefonía fija y móvil, Internet, señal
de cable, ya sean de madera, metal o concreto por cada poste al mes ............................................... .$ 1.00
iii. Tasa mensual por poste de madera, metal o concreto propiedad de otros operadores, de la municipalidad
o vecinos del municipio utilizados para prestar servicios de Instituciones y Empresas distribuidoras de
energía eléctrica y servicios de telecomunicación de telefonía fija y móvil, Internet, señal de cable por
cada poste al mes ................................................................................................................................. $ 3.00
iv. Tasa por utilización de postes de madera, metal o concreto por un segundo o tercer operador, siendo éstos
propiedad de la Empresa arrendadora, propiedad municipal o vecinos del municipio cada
poste al mes ......................................................................................................................................... $ 3.00
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. v. Tasa mensual por shelter, sub repetidores (armarios), de distribución de líneas telefónicas u
otros, en la jurisdicción municipal ...................................................................................................... $ 50.00
iii. caJaS TElÉfoNicaS
i. Por instalación de cajas de distribución líneas de telefónicas en el
municipio ............................................................................................................................................. $ 3.00
ii. Tasa mensual por cajas telefónicas, cada una al mes .......................................................................... $ 2.00
iii. Tasa mensual por plantas de telefónica ............................................................................................... $ 200.00
f. Por instalación de cableado o canalización subterránea para servicio telefónico, eléctrico de televisión, internet o
cualquier otro medio de comunicación, en el municipio, ya sea en predios públicos o privados .............. $ 500.00
a) oTroS rUBroS
i. Para perforaciones de pozos, previo permiso de la Dirección General de Salud y ANDA
Para fines comerciales e industriales ................................................................................................... $ 100.00
Para uso doméstico .............................................................................................................................. $ 10.00
Salvo aquellos proyectos con fines sociales estarán exentos del pago que establece este inciso.
ii. Por instalación de gasolineras en el municipio .................................................................................... $ 2,000.00
iii. Por tanque de almacenamiento de combustible o de otro tipo cada una al mes .................................. $ 60.00
iv. Matrícula de lanchas pago anual ......................................................................................................... $ 15.00
4. PErMiSoS Y licENciaS
i. PErMiSoS
a. Para construcciones, ampliaciones, reparaciones o mejoras de edificios o casas que tenga el dictamen técnico de la
OPLAGEST según lo establece la Ordenanza para el Desarrollo, Ordenamiento y Gestión del Territorial Municipio
de San Pedro Masahuat cancelarán de la siguiente manera:
1. Hasta $ 2,000.00 pagarán 1% sobre el monto invertido
2. De $2,000.01 hasta $5000.00 pagarán el 2% sobre el monto invertido
3. De $5000.01 hasta $30,000.00 pagarán el 3% sobre el monto invertido
4. De $30,000.01 en adelante pagarán el 4% sobre el monto invertido
5. Ampliación de edificios o casas pagarán según la inversión ............................................................ 2%
6. Reparaciones internas de las casas hasta $571.00 sobre la inversión ............................................... 4%
7. Se exceptúan las construcciones de verjas ornamentales y aceras
8. Para otra clase de construcciones como proyectos de calles, electrificación y otras obras ejecutadas
por empresas con estipulación presupuestaria, sobre la inversión ................................................... 4%
b. Para la extensión del Permiso de funcionamiento deberá presentar como requisito la recepción de obras
emitida por la OPLAGETS, LA PAZ ......................................................................................................... $ 50.00
c. Para situar materiales de construcción en las calles urbanas sin estorbar el tránsito de vehículos y
personas ....................................................................................................................................................... $ 7.00
d. Para la extensión de permiso de terracería en el casco urbano deberá presentar Dictamen Técnico favorable
emitido por la OPLAGEST, LA PAZ, cada metro cuadrado ...................................................................... $ 0.30
e. Para permiso de proyectos de Urbanizaciones que presenten el dictamen técnico favorable emitido por la
OPLAGEST, LA PAZ y demás requisitos establecidos en la Ordenanza para el Desarrollo, Ordenamiento y
Gestión del Territorio, pagarán por metro cuadrado del área útil .............................................................. $ 0.23
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 f. Para permisos de proyectos de Lotificaciones o Parcelaciones que presenten el dictamen técnico favorable
emitido por la OPLAGEST, LA PAZ y demás requisitos establecidos en la Ordenanza para el Desarrollo,
Ordenamiento y Gestión del Territorio, pagarán por cada metro cuadrado del área útil ............................ $ 0.20
g. Permiso para construir parcelaciones o urbanizaciones destinadas al turismo o recreo, y cualquier sitio turístico,
que presenten el dictamen técnico favorable emitido por la OPLAGEST, LA PAZ y demás requisitos establecidos
en la Ordenanza para el Desarrollo, Ordenamiento y Gestión del Territorio, pagarán por metro cuadrado del área
útil…................................................................................. .......................................................................... .$ 0.20
h. Permisos para lotificaciones, parcelaciones o urbanizaciones que llenen los requisitos establecidos en la Ordenanza
de Ordenamiento Territorial, pagarán por cada lote:
1. En zona urbana ................................................................................................................................ $ 10.00
2. En zona rural .................................................................................................................................... $ 8.00
i. Para construcción de Vallas y rótulos que atraviesan las calles, en tela o cualquier tipo de materiales, como también
luminosos, en lugares que la alcaldía lo permita, pagará 5% según el presupuesto.
j. Por construcción o reparación de shelter, sub repetidores (armarios), de distribución de líneas telefónicas u otros, en
la jurisdicción municipal, pagarán 5%, según presupuesto.
k. Para romper calles con el objeto de hacer reparaciones, conexiones de sistemas de agua potable, alcantarillados,
ampliaciones de redes, de cualquier tipo de servicios y otras finalidades, por cada metro:
1. De cubrimiento de concreto ................................................................................................................ $ 10.00
2. De cubrimiento de piedra y adoquinado .............................................................................................. $ 3.00
3. De cubrimiento de adoquinado mixto ................................................................................................. $ 5.00
4. De cubrimiento de mezcla asfáltica cada metro .................................................................................. $ 15.00
5. De cubrimiento de piedra .................................................................................................................... $ 1.00
6. En caso de personas de escasos recursos económicos comprobada se cobrará ................................. $ 2.50
l. Permiso para permitir la instalación de granjas avícolas, porquerizas y otras análogas que cumplan previamente
con los requisitos y permisos de las entidades sanitarias correspondientes ............................................. $ 700.00
m. Permiso para la venta de juegos pirotécnicos en temporada navideña ...................................................... .$ 4.00
n. Permiso para la construcción de torres de alta tensión, baja tensión, antenas y torres de telefonía celular, así como
repetidoras de radio, tanques para captación y distribución de agua, ya sea en lugares públicos o privados, pagarán
el 10% sobre el monto de invertido.
Quedan comprendidas dentro del literal l, también todas aquellas obras civiles para ampliaciones de tuberías
para red de distribución del agua potable en el municipio, red eléctrica, red de telecomunicaciones y red de señal
de televisión por cable lo que también incluirá el cableado aéreo y subterráneo, transformadores, fibra óptica y
otros, que sean utilizados por las empresas públicas y privadas o personas naturales en las ampliaciones y/o nuevas
obras. Así como también la construcción de estructuras para vallas publicitarias obras realizadas sin los permisos
correspondientes extendidos en el departamento de catastro de esta oficina se les aplicará una multa del 2% sobre
el presupuesto sujeto a cálculo.
o. Permiso por cada toma de agua en vertientes de la jurisdicción.
I. Con fines industriales al mes ............................................................................................................. $ 200.00
II. Con fines comerciales al mes
i. Por otras asociaciones, instituciones de otros municipios y empresas privadas .............................. $ 100.00
III. Permiso de operación de clínicas privadas, despachos jurídicos y bufetes pago al mes . ……………$ 10.00
IV. Permiso de operación de Ciber Cafés, pago mensual ................................................................................. $ 10.00
V. Permiso para mantener rancho privado en la zona costera ......................................................................... $ 12.00
VI. Permiso para mantener y operar ranchos privados con fines de lucro ....................................................... $ 25.00
VII. Permiso por mantener y operar expendios de aguardiente envasado, al mes .............................................. $ 30.00
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. ii. licENciaS MUNiciPalES PaGo aNUal
I. Licencia Municipal para mantener y operar empresas industriales............................................................. $ 100.00
II. De Registro Municipal para restaurantes, moteles, auto moteles y auto hoteles, pago anual .................... $ 75.00
III. De registro municipal para mantener y operar a empresas comercializadoras y proveedoras de servicio de
telefonía pública, fija y móvil dentro del Municipio cada año .................................................................... $ 250.00
IV. De Registro Municipal para mantener y operar de empresas generadoras, transmisoras, distribuidoras de
energía eléctrica en el municipio ................................................................................................................. $ 300.00
V. De Registro Municipal para las diferentes ventas o actividades que se efectúen durante el periodo de feria,
en el municipio ............................................................................................................................................ $ 10.00
VI. Para realizar exhibiciones de cualquier tipo de productos dentro del municipio por empresas comerciales o
personas naturales cada uno. ...................................................................................................................... $ 25.00
VII. Licencia Municipal para mantener y operar gasolineras en el municipio ................................................... $ 500.00
VIII. Licencia Municipal para mantener y operar Ciber Cafés en el municipio ............................................... ..$ 50.00
IX. Licencia Municipal para mantener y operar oficinas jurídicas en el municipio .......................................... $ 50.00
X. Licencia Municipal para mantener y operar clínicas privadas, odontológicas ............................................ $ 25.00
XI. Licencia Municipal para mantener y operar a empresas o personas naturales que posean tiendas que
paguen impuesto de conformidad a balances, agro servicios, Súperes, Ferreterías, Casas Comerciales,
Farmacias y mueblerías, al año ................................................................................................................... $ 50.00
XII. Licencia Municipal para mantener y operar venta de discos, renta videos y caset ..................................... .$ 15.00
XIII. Licencia Municipal para mantener y operar granjas avícolas, porquerizas y otras análogas que cumplan
previamente con los requisitos y permisos de las entidades sanitarias correspondientes ....................... ....$ 150.00
XIV. Licencia Municipal para mantener y operar empresas financieras u otras similares dentro del municipio,
cada una al año ............................................................................................................................................ $ 100.00
XV. Licencia Municipal para mantener y operar empresas de servicio y comercio dentro del municipio no
comprendidas en los literales anteriores, cada una al año ........................................................................... $ 100.00
XVI. Licencia Municipal para cualquier otra actividad o actos lícitos, no comprendidos en los numerales
anteriores, cada una al año .......................................................................................................................... $ 100.00
i. Por frente de inmuebles adyacentes a la playa por ml ........................................................................ $ 0.25
iii. TorrES, GENEraDorES Y aNTENaS
1. Licencia por instalación de Torres para tendido Eléctrico, Telecomunicaciones, Cable de televisión, Internet,
Telefonía fija y/o celular dentro del Área Geográfica de este Municipio por diferentes Instituciones y Empresa
suministrante de los Servicios....................................................................................................................$ 1,250.00
2. Licencia por instalación de antenas o dispositivos destinado a la comercialización de Telecomunicaciones,
Cable, Internet, Telefonía fija y/o celular, ya sea en torres, en propiedades públicas o privadas sean éstas
propias o subarrendadas, por cada antena o dispositivo............................................................................$ 1,250.00
3. Licencia por módulo generador de comunicación y recepción de señales vía satelital de todo tipo ...........$ 1,500.00
4. Licencia por instalar antenas o dispositivos de cable residencial ............................................................. ..$ 500.00
iV. PoSTES
1. Licencia de instalación de postes en el espacio público o privado por cada poste (se pagará una sola vez al momento
de instalarse y se aplicará a la empresa suministrante del servicio) ............................................................ $ 10.00
2. Licencia de instalación de cable subterráneo y aéreo en el espacio público de este municipio,
por cada metro lineal ................................................................................................................................... $ 500.00
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397V. PlaNTaS Y caJaS TElEfoNicaS
1. Licencia para la instalación de shelter, sub repetidores (armarios), de distribución de líneas telefónicas
u otros, en la jurisdicción municipal .......................................................................................................... $ 275.00
2. Licencia por instalación de plantas de telefonía .......................................................................................... $ 25.00
Vi. VallaS
1. Por instalación de vallas publicitarias en el municipio, pago anual ............................................................ $ 200.00
2. Por funcionamiento de vallas publicitarias, cada una al mes ...................................................................... $ 15.00
5. arrENDaMiENToS DE SiTioS ProPiEDaD MUNiciPal
a. Casas Comunales para cualquier tipo de evento pagarán por cada actividad.
1. Espectáculos artísticos, con fines comerciales .................................................................................... $ 18.00
2. Espectáculos artísticos, para cualquier finalidad ................................................................................. $ 12.00
3. Festivales danzantes u otra actividad similar, con fines comerciales .................................................. $ 18.00
4. Festividades danzantes u otra actividad similar o para cualquier otra finalidad ................................. $ 10.00
5. Fiestas matrimoniales, de bautismo, de primera comunión, de cumpleaños y de cualquier
otra finalidad ........................................................................................................................................ $ 10.00
b. Zonas verdes o inmuebles para cualquier evento pagarán .......................................................................... $ 5.00
c. Espectáculos artísticos de circos u otros similares, con fines de lucro, presentación diurna y
nocturna cada una ....................................................................................................................................... $ 15.00
d. Salón de usos múltiples ............................................................................................................................... $ 15.00
6. ZoNa coSTEra
a. arrENDaMiENToS
i. Locales comerciales temporales móviles .................................................................................................... $ 35.00
ii. Locales permanentes por metro cuadrado ................................................................................................... $ 4.00
b. raNcHo MUNiciPal
i. Por el uso de las instalaciones del rancho municipal
• Niños/as de 0 a 6 años no pagan
• Niños/as de 7 a 13 años ....................................................................................................................... $ 0.50
• Niños/as de 14 años en adelante .......................................................................................................... $ 1.00
• Adulto mayor de 60 años en adelante no pagan
ii. Alquiler de hamacas .................................................................................................................................... $ 1.00
iii. Alquiler de mesas y sillas ............................................................................................................................ $ 2.00
7. cliNica MUNiciPal
1. Poner inyección ........................................................................................................................................... $ 0.25
2. Curaciones ................................................................................................................................................... $ 0.50
3. Colocación de sueros dentro de la clínica ................................................................................................... $ 1.00
4. Colocación de sueros fuera de la clínica ..................................................................................................... $ 2.00
5. Pequeñas cirugías ....................................................................................................................................... $ 4.00
6. Nebulaciones ............................................................................................................................................... $ 1.50
7. Venta de medicamentos sobre su costo se aplicará el 30%.
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Art. 8.- Sobre todo ingreso que entere el contribuyente o usuario con destino al Fondo Municipal, proveniente de tasas o derechos por servicios de oficina e impuestos, pagarán adicional del 5% para la celebración de las ferias o fiestas patronales, cívicas y nacionales; excepción de los que cobraren mediante tiquetes debidamente autorizados por la municipalidad.
El gravamen que se menciona anteriormente, no se aplicará a las multas que establecen las leyes y ordenanzas, así como a los tributos clasificados como Fondos Específicos Municipales.
caPÍTUlo TErcEro
DE la Mora, PaGo EN EXcESo Y oTraS rEGUlacioNES
EN El coBro DE TaSaS
DE la Mora.
Art. 9.- Se entenderá que el sujeto pasivo cae en mora en el pago de las cuando no realizare el mismo y dejare transcurrir un plazo de más de SESENTA DÍAS, sin verificar dicho pago; estos tributos no pagados en las condiciones que señalan en esta disposición causarán un interés moratorio hasta la fecha de su cancelación equivalente a la tasa de interés vigente que por créditos comerciales se otorguen a través del sector financiero.
Los intereses se pagarán juntamente con el tributo sin necesidad de resolución o requerimiento. En consecuencia, la obligación de pagarlos subsistirá aun cuando no hubieren sido exigidos por el colector, bancos, financieras o cualquier institución autorizada para recibir dicho pago. Estos intereses se aplicarán desde el vencimiento del plazo en que debió pagarse la tasa hasta el día de la extinción de la obligación tributaria, excepto lo dispuesto en el inciso último del Art. 46 de la Ley General Tributaria Municipal.
DEl PaGo EN EXcESo
Art. 10.- Si un contribuyente pagare una cantidad en exceso o indebidamente, cualesquiera que fuere tendrá derecho a que la Municipalidad le haga la devolución del saldo a su favor o que se abone éste a deudas tributarias futuras.
oTraS rEGUlacioNES EN El coBro DE TaSaS
Art. 11.- Cuando en un mismo inmueble destinado para vivienda se desarrolle además una o más actividades de comercio, industria u otras o sea utilizado para cualquier otra actividad de recolección de basura y barrido de calles colindantes.
Art. 12.- Para los efectos de esta ordenanza se entenderán prestado el servicio de aseo, siempre que el inmueble reciba la prestación de recolección de basura y barrido de calles colindantes.
1. Se entenderá prestado el servicio de aseo a todos aquellos inmuebles que tengan uno de sus linderos adyacentes a una vía pública, en donde se preste el servicio o que tenga acceso a la misma calle, portón o entrada de cualquier naturaleza, abierta sobre otro inmueble colindante y siempre que el colindante más inmediato estuviere a una distancia de cincuenta metros de la línea de colindantes de la vía pública.
2. Así mismo se entenderá prestado el servicio a todos aquellos inmuebles que no teniendo linderos adyacentes a una vía pública, ni acceso a la misma por medio de calles o entradas de cualquier naturaleza abierta en otro inmueble colindante tenga algún lindero a menos de cincuenta metros de linderos colindantes a la calle el inmueble interpuesto, salvo que estuvieren separados totalmente por muro u otra división similar.
Pero en este caso debe solicitarlo el interesado.
Los inmuebles situados a orillas del radio urbano, en donde se presta el servicio, estarán afectados al pago de tasas, según las reglas anteriores a una distancia de cincuenta metros de vía o edificación.
Art. 13.- Los sujetos pasivos señalados en los artículos cuatro y cinco de la presente ordenanza estarán obligados al pago de las tasas por servicios que se les presten, como se estipula en esta Ordenanza.
Art. 14.- Serán también sujetos de pago de las tasas que se originan por los servicios prestados por la municipalidad, el Estado, sus instituciones Autónomas de cualquier naturaleza que fueren, así como los Estados extranjeros, como también los bienes inmuebles de las diferentes Iglesias debi-damente registradas en el Ministerio de Gobernación, estos últimos se les tasará con el 50% que establece la tarifa por servicios.
Art. 14.- La fracción de dólar se cobrará así: Si el segundo dígito del decimal es mayor de cinco se aproximará a la cantidad inmediata superior.
Art.15.- Un inmueble recibe servicio de alumbrado público, cuando alguno de sus linderos estuviere dentro del radio de treinta metros del poste
en que se encuentra instalada la lámpara o bombillo.
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Art. 16.- La refrenda de matrículas, licencias permisos o patentes si fueren anuales, deberán hacerse efectivas en los primeros tres meses de cada año. El pago fuera del periodo señalado hará incurrir al contribuyente en una multa equivalente al triple del valor que le corresponde pagar sin perjuicios de pagar el valor de la refrenda adeudada.
Art. 17.- Se presume que una persona continúa ejerciendo una actividad sujeta a licencia, matrícula, permisos o patentes, mientras no se dé aviso por escrito y se compruebe el caso de la actividad al cese de la actividad respectiva.
Art. 18.- Para la extensión de licencia, matrículas, permisos y patentes la municipalidad podrá establecer los requisitos y limitantes que considere convenientes o necesarios para expedición u otorgamiento de las mismas.
Art. 19.- Para obtener Solvencia municipal es necesario que el contribuyente esté al día en el pago total de las diferentes cuentas y multas que se hayan registrado a nombre del solicitante.
Art. 20.- La Alcaldía Municipal deberá exigir que el contribuyente se encuentre solvente con la municipalidad antes de extender licencia o permiso.
Si fuere comprobado que uno de sus funcionarios o empleados por acción u omisión ha concedido a contribuyentes en mora, será responsable de la recuperación de esos fondos sin perjuicios de las sanciones que sea sujeto de imposición.
Art. 21.- El alcalde deberá solicitar a la inspección general de servicios eléctricos, Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados, y Administración Nacional de Telecomunicaciones que esas instituciones exija la solvencia municipal, a quienes solicitan nuevas prestaciones de servicios de energía eléctrica, agua potable y teléfono.
Art. 22.- Toda exposición, solicitud o actuación relacionada con la presente deberá dirigirse al Concejo Municipal en papel simple.
Art. 23.- La acción de municipalidad para reclamar el pago de las tasas causadas con posterioridad a la vigencia de esta ordenanza prescribirá en 15 años contados desde la fecha que se debió efectuar la tasación.
Art. 24.- La obligación de todo propietario de inmueble de pagar las tasas por los servicios municipales que reciba, se origina desde el momento que se adquiere el inmueble esté o no registrado en el componente Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas.
Art. 25.- La municipalidad distribuirá en la forma que estime conveniente los fondos que se perciban en concepto Número 1141, en el art. 8 de esta ordenanza.
Art. 26.- Facúltese al Concejo Municipal para que demarque el municipio de San Pedro Masahuat con el fin de aplicar los respectivos tributos en base de esa demarcación pudiendo aplicarla cuando su desarrollo así lo exigiere.
Art. 27.- Todos los tributos menos de $0.12 podrán cobrarse por medio de tiquetes debidamente autorizados por la Corte de Cuentas de la República.
Art. 28.- Los arrendamientos de predios o edificios municipales que no sean de uso público a los cuales el número 1134, Numerales VII y VIII de esta ordenanza deberán formalizarlos por escrito, previo acuerdo de la municipalidad.
caPÍTUlo cUaTro
DE laS iNfraccioNES, claSES DE SaNcioNES, ProcEDiMiENToS Y loS rEcUrSoS.
claSES DE SaNcioNES.
Art. 29.- Se establecen las siguientes sanciones por la contravención tributaria:
1) Multa
2) Compromiso de especies que hayan sido el objeto o el medio para cometer la contravención o infracción
3) Clausura del establecimiento, cuando fuere procedente.
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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Art. 30.- Para efectos de esta ordenanza se consideran contravenciones o infracciones a la obligación de pagar las tasas por servicios municipales prestados el hecho de omitir el pago de hacerlo fuera de los plazos estipulados.
Art. 31.- Toda contravención o infracción en que incurren los contribuyentes responsables o terceros que consisten en violaciones a las obliga-ciones tributarias previstas en la Ley General Tributaria, en esta Ordenanza y que no estuviere tipificada expresamente en el presente CAPÍTULO pero se constituye en infracción conforme a otras leyes será sancionada con multa que oscilará entre $ 5.00, $57.14 y $75.00 de dólares.
Art. 32.- El ejercicio de actividades sin permiso de funcionario, licencias, Matrículas, o patente, hará incurrir al infractor en una multa de $ 5.00, $57.14 y $75.00 según la gravedad del caso y la capacidad económica del infractor.
Sin perjuicio de lo anterior y si el caso lo amerita, se aplicarán otras sanciones tales como el comiso de especies y cierre del establecimiento en su caso.
Art. 33.- El conocimiento de las contravenciones o infracciones y las sanciones correspondientes será competencia del Alcalde Municipal o del funcionario autorizado al efecto.
Art. 34.- Cuando no se tratare de la contravención o infracción a que se refiere el Artículo 29 de esta ordenanza, el procedimiento a seguir para aplicar sanciones será el que se establece en los Artículos 112 incisos 2° y 3°, 113 y 114 de la Ley General Tributaria Municipal.
DE loS rEcUrSoS
Art. 35.- De la determinación de tributos y de la aplicación de sanciones hecha por la Administración Tributaria Municipal, se admitirá recurso de apelación ante el Concejo Municipal; el cual deberá interponerse ante el funcionario que haya pronunciado la resolución correspon-diente y el plazo de tres días después de su notificación.
caPÍTUlo QUiNTo
DiSPoSicioNES GENEralES
Art. 36.- La determinación, verificación, control y recaudación de las tasas, como funciones básicas de la Administración Tributaria Municipal, serán ejercidas por el Concejo Municipal, alcalde y sus organismos dependientes quienes estarán en la obligación de cumplir la presente Ordenanza.
Art. 37.- Lo que no estuviere previsto en esta ordenanza estará sujeto a lo que se dispone en el Título Cuarto de la Ley General Tributaria Mu-nicipal, en lo que fuere pertinente.
Art. 38.- Las tasas que no estuvieren previstas en esta Ordenanza, estará sujeta a lo que se dispone en el Título Cuarto de la Ley General Tributaria Municipal, en lo que fuere pertinente.
DEroGaToria
Art. 39.- Deróguese las tasas establecidas en la reforma a la Ordenanza Decreto N° Tres de fecha 25 de julio de 2006 en el Diario Oficial Número 138, Tomo N°372 y Decreto N° Cinco de fecha 22 de enero de 2007 Diario Oficial Número 13, Tomo 374.
DE la ViGENcia
Art. 40.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el Salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, a los cinco días del mes de Septiembre del año dos mil doce.
LIC. CARLOS ALBERTO RAMOS RODRÍGUEZ, MARÍA DIGNA NAVARRO DE FLORES, ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICA MUNICIPAL.
LICDA. MARÍA MARIBEL GÓMEZ RODRÍGUEZ,SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F057480)
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397DEcrETo No. 4-2012
El coNcEJo MUNiciPal DE la ciUDaD DE ZacaTEcolUca, DEParTaMENTo DE la PaZ
coNSiDEraNDo:
I. Que la realidad económica a nivel nacional en los últimos años, ha debilitado la capacidad de pago de la mayoría de los habitantes y par-ticularmente la de aquellos que tienen obligaciones tributarias a favor del municipio de Zacatecoluca, situación que los ha convertido en sujetos morosos de los tributos municipales;
II. Que es urgente que el Gobierno Municipal de la Ciudad de Zacatecoluca, incremente sus ingresos, mediante el cobro de las Tasas e Impuestos Municipales, con el fin de mantener la prestación de los servicios públicos y la seguridad económica de sus habitantes, promoviendo en los contribuyentes, una cultura de pago de los tributos y así disminuir el índice de morosidad existente;
III. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del Municipio, es conveniente otorgar incentivos tributarios con carácter transitorio, que estimulen a los contribuyentes al pago de sus deudas Tributarias Municipales;
IV. Que en la Sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia con número de referencia 812-99 de fecha 26 de junio de 2003; el Alto Tribunal estableció que los Municipios tienen facultades de exención de intereses y multas provenientes de deudas por impuestos a favor del Municipio, facultad que será ejercida a través de Decretos Municipales Transitorios; y,
V. Que los municipios son autónomos en lo económico, técnico y administrativo y regularán las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales.
Por TaNTo: En uso de sus facultades constitucionales y legales, a la base de los artículos: 86 inciso tercero, 203 y 204 ordinal 3º y 5º de la Constitución de la República; 1, 3, 6-A, 30 número 4 y 32 del Código Municipal;
DEcrETa la siguiente:
orDENaNZa TraNSiToria DE EXENciÓN DE iNTErESES Y MUlTaS ProVENiENTES DE DEUDaS
Por TaSaS E iMPUESToS a faVor DEl MUNiciPio DE ZacaTEcolUca.
Art. 1.- Se concede un plazo de tres meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, para que los sujetos pasivos de la obliga-ción Tributaria Municipal, que adeuden Tasas e Impuestos al Municipio de Zacatecoluca, puedan acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, consistente en la exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas, o que sean atribuibles a los contribuyentes.
Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo anterior, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:
a) Aquellos que, estando calificados en el Registro de Contribuyentes del Municipio, se encuentren en situación de mora de las Tasas e Im-puestos Municipales;
b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia de la presente Ordenanza;
c) Los contribuyentes por Tasas e Impuestos que se encuentren en proceso de cobro judicial, iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza y se sometan a la forma de pago establecida en esta Ordenanza;
d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por Tasas e Impuestos, hayan suscrito el correspondiente convenio de pago;
e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial firme, en el proceso ejecutivo por parte de la Municipalidad, y se acojan a los beneficios de esta Ordenanza; y,
f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal, que tengan bienes inmuebles en el Municipio, que reciben uno o más servicios municipales, y que por cualquier motivo, no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.
Los contribuyentes deberán acogerse a los beneficios de esta Ordenanza, en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de su vigencia.
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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los beneficios de la presente Ordenanza, deberán solicitarlo a la Sección de Cuentas Corrientes del Municipio, en un plazo no mayor de tres meses, contados a partir de la entrada en vigencia de esta Ordenanza.
Art. 4.- Podrán gozar de los beneficios que establece esta Ordenanza, los contribuyentes que realicen en un solo acto, el pago total de lo adeudado, en el plazo de tres meses a que se refiere el artículo 1; así como también, aquellos contribuyentes que suscriban convenios de pago de conformidad a los plazos regulados en la presente Ordenanza.
Art. 5.- A los contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, cuya capacidad económica no permita el pago total de lo adeudado al Municipio y que el monto total de la deuda sea a juicio del Municipio, considerablemente elevada, podrán acceder a planes de pago de acuerdo a su capacidad económica y gozarán de los beneficios de esta Ordenanza.
Para obtener el beneficio que establece el inciso anterior, se deberá suscribir un convenio de pago entre el Municipio y el contribuyente; el cual debe suscribirse dentro del plazo de vigencia de esta Ordenanza y pagar de inmediato la primera cuota.
Los planes de pago a los que se refiere este artículo, no podrán ser mayores de doce meses, tanto para personas naturales y jurídicas. Dichos plazos están relacionados al monto adeudado, y la cantidad de cuotas mensuales que se pacten mediante convenio de pago, se determinarán conforme a lo establecido en los siguientes literales:
PlaNES DE PaGoS DE cUENTaS DE TaSaS MUNiciPalES DE PErSoNaS NaTUralES:
a) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es hasta $100.00, el plan de pagos podrá ser hasta de tres cuotas;
b) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $100.01, hasta $500.00, el plan de pagos podrá ser hasta de seis cuotas;
c) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $500.01, hasta $1,000.00, el plan de pagos podrá ser hasta de nueve cuotas; y,
d) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $1,000.01, en adelante, el plan de pagos podrá ser hasta de doce cuotas.
A las cuotas se les debe adicionar el mes en curso.
PlaNES DE PaGoS DE cUENTaS DE iMPUESToS MUNiciPalES DE PErSoNaS NaTUralES Y JUrÍDicaS Y TaSaS MUNiciPalES DE PErSoNaS JUrÍDicaS:
a) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es hasta $500.00, el plan de pagos podrá ser hasta de tres cuotas;
b) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $500.01, hasta $1,000.00, el plan de pagos podrá ser hasta de seis cuo-tas;
c) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $1,000.01, hasta $5,000.00, el plan de pagos podrá ser hasta de nueve cuotas; y,
d) Si el pago del monto neto adeudado (sin intereses y multa) es de $5,000.01, en adelante, el plan de pagos podrá ser hasta de doce cuotas.
A las cuotas se les debe adicionar el mes en curso.
Art. 6.- Los beneficios de este Decreto, cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento de dos cuotas del plan de pagos, pactado con el Mu-nicipio y en consecuencia, se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare que cumplirse. La fuerza mayor o el caso fortuito, deberán ser calificados por el Concejo Municipal, para que opere como excepción.
Art. 7.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DaDo EN la alcalDÍa MUNiciPal DE ZacaTEcolUca, a los tres días del mes de octubre del dos mil doce.
FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA,Alcalde Municipal.
MANUEL ANTONIO DE JESÚS CARBALLO GONZÁLEZ, OSGUALDO ARTURO MORENO, Síndico Municipal. Primer Regidor Propietario.
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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 SANTOS RAQUEL SARMIENTO AYALA, TITO DIÓMEDES APARICIO,
Segunda Regidora Propietaria. Tercer Regidor Propietario.
ALMA GLADIS SOSA DE LÓPEZ, DENNY ALEXANDER CHICAS CÁRCAMO,
Cuarta Regidora Propietaria. Quinto Regidor Propietario.
ZORINA ESTHER MASFERRER ESCOBAR, OSCAR MORENO RODRÍGUEZ,
Sexta Regidora Propietaria. Séptimo Regidor Propietario.
JOSEFA GIL DE VALDEZ, JULIO ANDRÉS SOTO,
Octava Regidora Propietaria. Noveno Regidor Propietario.
REINA ISABEL REYES, JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS,
Décima Regidora Propietaria. Secretario Municipal.
(Registro No. F057455)
acUErDo NÚMEro ocHo. DEcrETo NÚMEro DoS.
El coNcEJo MUNiciPal DE SaN PEDro MaSaHUaT, DEParTaMENTo DE la PaZ,
coNSiDEraNDo:
1. Que debido a la crisis económica que atraviesa nuestro país y las políticas económicas a nivel nacional e internacional de los últimos años,
ha disminuido la capacidad de pago de los habitantes del país y particularmente del municipio de San Pedro Masahuat, quienes por tal
situación se han convertido en sujetos morosos en el pago de sus Tributos Municipales.
2. Que es necesario que el Gobierno Municipal de San Pedro Masahuat tome las medidas adecuadas a las necesidades de la población del
municipio, a fin de que los contribuyentes morosos, solventen el pago de sus tributos municipales mediante la concesión de exenciones
en el pago de intereses y multas, generados por la falta de pago de impuestos y tasas, con la finalidad de mantener la actualización de los
hechos generadores, la prestación de los servicios municipales, el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.
3. Que el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, el Concejo Municipal otorgará incentivos tributarios con
carácter transitorio que motiven a los contribuyentes a solventar sus deudas Tributarias Municipales.
4. Que no existe en la Constitución ni en la Legislación secundaria prohibición alguna para perdonar o dispensar el pago de intereses o
accesorios a la obligación principal, por tanto, los beneficios de esta Ordenanza pretenden favorecer a los contribuyentes morosos y por
consiguiente que la municipalidad logre una mayor recaudación económica para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones.
5. Que de conformidad a los artículos 203 y 204, ordinal 5° de la Constitución de la República; Art. 3, 30 y 32 del Código Municipal vigente,
los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo Administrativo y regularán las materias de su competencia por medio
de Ordenanzas Municipales.
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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Por TaNTo:
En uso de sus facultades constitucionales y legales
DEcrETa LA SIGUIENTE:
orDENaNZa TraNSiToria DE EXENciÓN DE iNTErESES Y MUlTaS GENEraDaS EN coNcEPToS DE iMPUESToS Y
TaSaS a faVor DEl MUNiciPio DE SaN PEDro MaSaHUaT.
Art. 1.- Se concede un plazo de TRES MESES para efectuar el pago a partir de la vigencia de la presente Ordenanza a los sujetos pasivos de
la obligación tributaria que adeuden el principal o accesorios al Municipio de San Pedro Masahuat, exonerándolos del pago de intereses y multas
generados y cargados en sus respectivas cuentas.
Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo anterior las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera
de las siguientes situaciones:
a) Aquellos que están inscritos en el registro de contribuyentes del Municipio, y se encuentren en mora de los Impuestos y Tasas Municipa-
les.
b) Las personas naturales o jurídicas que se inscriban dentro del período de vigencia de la presente Ordenanza.
c) Los que actualmente tengan suscrito el correspondiente convenio de pago, gozarán únicamente de los beneficios de la presente Ordenanza
transitoria por el saldo pendiente de pago.
d) Gozarán de este beneficio los contribuyentes que hayan suscrito planes de pago, los cuales deberán ajustarse al plazo de esta Ordenanza.
Art. 3.- Los contribuyentes que deseen acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza deberán presentarse al departamento de Cuentas
Corrientes a pagar la deuda principal de sus tributos.
Art. 4.- La Administración Tributaria Municipal podrá acordar excepcionalmente conceder planes de pagos que no excedan de seis meses,
contados a partir de la fecha que se apruebe el plan de pago.
Art. 5.- En los casos excepcionales, cuando se haya aprobado el plan de pago, si el beneficiario no cumple con las condiciones establecidas en
el mismo, perderá los beneficios y deberá pagar el monto principal, la mora y los intereses de su deuda tributaria.
Art. 6.- No gozarán de los beneficios de la Ordenanza aquellos contribuyentes que se encuentren sometidos a procesos Administrativos o Judi-
ciales, en los cuales no haya resolución o sentencia definitiva por la Autoridad competente.
Art. 7.- La Presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal del Municipio de San Pedro Masahuat, a los ocho días del mes de Octubre del año dos mil
doce.
Lic. Carlos Alberto Ramos Rodríguez, María Digna Navarro de Flores,
Alcalde Municipal. Síndica Municipal.
Licda. María Maribel Gómez Rodríguez,
Secretaria Municipal.
(Registro No. F057479)
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397DEcrETo No. 23 del 2012.
El coNcEJo MUNiciPal DE TEXiSTEPEQUE, DEParTaMENTo DE SaNTa aNa,
coNSiDEraNDo:
I. Que en virtud de lo establecido en el Art. 204 numeral 1 de la Constitución de la República, Art. 7 inciso 2 de la Ley General Tributaria Municipal, Art. 3 numeral 1 y Art. 30 numeral 4 del Código Municipal, el municipio esta facultado para crear, modificar y suprimir tasas.
II. Que reconociendo la difícil situación económica que actualmente impera a nivel nacional y específicamente en nuestro municipio, muchos contribuyentes se encuentran con saldos en mora.
III. Que es obligación de la Municipalidad buscar los mecanismos estratégicos para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias.
IV. Que no existe en la Constitución ni en la Legislación Secundaria prohibición alguna para dispensar el pago de multas e intereses que son accesorios a la obligación principal, en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago pretende beneficiar a los contribuyentes con saldos en mora aplicándoles el principio de lo más favorable para ellos.
V. Que de igual manera al lograr una mayor recaudación, ésta se traduce en una mayor inversión social de beneficio para la comunidad de Texistepeque.
Por TaNTo:
En uso de las facultades legales,
SE DEcrETa la siguiente:
“orDENaNZa TraNSiToria Para El PaGo DE laS TaSaS coN DiSPENSa DE MUlTaS E iNTErESES”.
Art. 1.- Todo contribuyente, que se encuentre con saldos en mora con esta municipalidad respecto al pago de tasas por servicios municipales, será dispensado de la multa y de los intereses moratorios, mientras dure la vigencia de la presente Ordenanza.
Art. 2.- Esta ordenanza estará vigente hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil doce.
Art. 3.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALON DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE TEXISTEPEQUE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
JOSE ARMANDO PORTILLO PORTILLO, JUAN FRANCISCO RODRIGUEZ MAGAÑA, ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.
REGIDORES PROPIETARIOS
EDGAR ADRIAN HERNANDEZ MUNDO, ADAN ANTONIO ARGUETA ESTRADA, PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.
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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. ANA DEYSI HERRERA DE RAMIREZ, LUIS ALFONSO DUARTE AGUILAR, TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.
JOSE HERNAN GUEVARA ORTIZ, EDWIN TOMAS ESTRADA HURTADO, QUINTO REGIDOR. SEXTO REGIDOR.
REGIDORES SUPLENTES
JOSE ABELARDO CACERES BERGANZA, HILARIO ANTONIO LINARES PALMA, PRIMER REGIDOR SUPLENTE. SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE.
SULMA CAROLINA MAGAÑA DE MARROQUIN, MARIO ANTONIO SANDOVAL DUARTE, TERCERA REGIDORA SUPLENTE. CUARTO REGIDOR SUPLENTE.
CORINA MARISOL MAGAÑA ROSALES,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F057427)
DEcrETo No. 4-2012
El coNcEJo MUNiciPal DE ZacaTEcolUca, DEParTaMENTo DE la PaZ,
coNSiDEraNDo:
I. Que se ha recibido transferencia de capital del sector público correspondiente al Programa de Apoyo Temporal al Ingreso PATI;
II. Que es procedente autorizar la reforma al Presupuesto, por el ingreso adicional.
Por TaNTo:
En uso de las facultades que le confieren los artículos 203 y 207 inciso cuarto de la Constitución de la República; 1 y 81 del Código Munici-pal,
DEcrETa la siguiente:
rEforMa al PrESUPUESTo DE iNGrESoS Y EGrESoS DEl MUNiciPio DE ZacaTEcolUca 2012
Art. 1.- Refórmese al Presupuesto Municipal vigente, correspondiente al mes de abril de dos mil doce, incrementando los ingresos y egresos del Fondo Municipal, de la siguiente manera:
cÓDiGo coNcEPTo E. P. f. f f. r. iNGrESoS EGrESoS
22201 Trans. de Cap. del Sec. P. $40,000.00
61699 Obras de Infra. Diversas 030100 1 112 $40,000.00
ToTalES $40,000.00 $40,000.00
Art. 2.- El presente Decreto entrará ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE ZACATECOLUCA, a los veintiocho días de mes de marzo de dos
mil doce.
FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA,
ALCALDE MUNICIPAL.
MANUEL ANTONIO DE JESÚS CARBALLO GONZÁLEZ, LEONEL ALFREDO SOSA NERIO,
SÍNDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR PROPIETARIO.
JOSÉ AMÍLCAR MORENO, JULIA SELMA RAMÍREZ ABARCA,
SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO. TERCERA REGIDORA PROPIETARIA.
ELIDA GUADALUPE MONTANO, TITO DIÓMEDES APARICIO,
CUARTA REGIDORA PROPIETARIA INCORPORADA. QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.
KARLA ELIZABETH BURGOS DE ALDANA, JOSÉ ÁNGEL CÓRDOVA,
SEXTA REGIDORA PROPIETARIA. SÉPTIMO REGIDOR PROPIETARIO.
DELMY ELIZABETH DE PAZ FUNES, DENNYSSE MICHELL ARGUETA VARGAS,
OCTAVA REGIDORA PROPIETARIA. NOVENA REGIDORA PROPIETARIA INCORPORADA.
OSCAR MORENO RODRÍGUEZ, JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS,
DÉCIMO REGIDOR PROPIETARIO. SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F057456)
DEcrETo No. 7-2012
El coNcEJo MUNiciPal DE ZacaTEcolUca, DEParTaMENTo DE la PaZ,
coNSiDEraNDo:
I. Que se ha recibido transferencia de capital del sector público correspondiente al incremento de Ingresos en el Fondo General Municipal;
II. Que es procedente autorizar la reforma al Presupuesto, por el ingreso adicional.
Por TaNTo:
En uso de las facultades que le confieren los artículos 203 y 207 inciso cuarto de la Constitución de la República; 1 y 81 del Código Munici-
pal.
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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. DEcrETa la siguiente:
rEforMa al PrESUPUESTo DE iNGrESoS Y EGrESoS
DEl MUNiciPio DE ZacaTEcolUca 2012
Art. 1.- Refórmese el Presupuesto Municipal vigente, correspondiente al mes de junio de dos mil doce, incrementando los ingresos y egresos del
Fondo Municipal, de la siguiente manera:
cÓDiGo coNcEPTo E. P. f. f f. r. iNGrESoS EGrESoS
12109 Aseo Público $190,300.00
51201 Sueldo 010100 2 000 $81,000.00
54399 Servicios Generales y
Arrendamientos Diversos 010100 2 000 $9,300.00
61699 Obras de Infraestructura
Diversas 010100 2 000 $100,000.00
ToTalES $190,300.00 $190,300.00
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE ZACATECOLUCA, a los treinta días de mes de mayo de dos mil
doce.
FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA,
ALCALDE MUNICIPAL.
MANUEL ANTONIO DE JESÚS CARBALLO GONZÁLEZ, OSGUALDO ARTURO MORENO,
SÍNDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR PROPIETARIO.
SANTOS RAQUEL SARMIENTO AYALA, TITO DIÓMEDES APARICIO,
SEGUNDA REGIDORA PROPIETARIA. TERCER REGIDOR PROPIETARIO.
ALMA GLADIS SOSA DE LÓPEZ, DENNY ALEXANDER CHICAS CÁRCAMO,
CUARTA REGIDORA PROPIETARIA. QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.
ZORINA ESTHER MASFERRER ESCOBAR, OSCAR MORENO RODRÍGUEZ,
SEXTA REGIDORA PROPIETARIA. SÉPTIMO REGIDOR PROPIETARIO.
JOSEFA GIL DE VALDEZ, JULIO ANDRÉS SOTO,
OCTAVA REGIDORA PROPIETARIA. NOVENO REGIDOR PROPIETARIO.
REINA ISABEL REYES, JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS,
DÉCIMA REGIDORA PROPIETARIA. SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F057457)
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
(Registro No. F057362)
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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. DEcrETo No. 5
El coNcEJo MUNiciPal DE TEPEcoYo, DEParTaMENTo DE la liBErTaD,
coNSiDEraNDo:
I. Que el Art. 203 de la Carta Magna determina como un principio esencial en la Administración del Gobierno Local, la autonomía municipal,
en los asuntos que correspondan al municipio.
II. Que desde un enfoque preventivo es obligación de la municipalidad velar por el mantenimiento de la tranquilidad ciudadana y la armonía
social en el municipio para garantizar la convivencia pacífica de sus habitantes e impulsar el desarrollo económico y social, dentro del
marco del respeto a las garantías constitucionales y a los derechos humanos.
III. Que es función de los Gobiernos Municipales velar por el bienestar de los habitantes de su respectiva jurisdicción, constituyéndose en los
encargados de la rectoría y gerencia del bien común local, facultados por la Constitución de la República y Código Municipal, para crear
los mecanismos legales necesarios para garantizarlo.
IV. Que el Municipio está organizado para proteger a la persona y a la familia, teniendo como deberes el de garantizar a los habitantes del
mismo, la seguridad, la tranquilidad y el desarrollo integral de la persona.
Por TaNTo:
En uso de sus facultades legales y constitucionales, este Concejo Municipal;
DEcrETa LA SIGUIENTE:
orDENaNZa rEGUlaDora DE la VENTa DE BEBiDaS alcoHolicaS Y coNSUMo EN lUGarES PUBlicoS
TiTUlo i
caPiTUlo UNico
DiSPoSicioNES GENEralES
Art. 1.- Esta Ordenanza tiene por objeto regular la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en lugares de uso público, para prevenir ciertos
actos antisociales, que sin ser delitos ni faltas penales, sí constituyen contravenciones administrativas, ya que vulneran la tranquilidad de la vecindad
y la armonía social del municipio.
Art. 2.- Ámbito de aplicación de la Ordenanza: Esta ordenanza será aplicable a las personas que se dedican a la venta de bebidas que contengan
cualquier grado de alcohol y a las personas que las consuman en lugares de uso público.
TiTUlo ii
caPiTUlo i
DE la VENTa DE BEBiDaS EMBriaGaNTES
Venta de Bebidas embriagantes.
Art. 3.- Todo aquel que venda bebidas como cerveza, licor u otras sustancias embriagantes sin la autorización de la Alcaldía Municipal, ya sea
en el área urbana o rural, será sancionado con multa de Cien a Quinientos Dólares.
Los establecimientos que vendan cerveza o cualquier otra bebida embriagante a menores de edad, serán sancionados con una multa de Cien a
Trescientos Dólares y por la reincidencia se procederá al cierre definitivo del establecimiento.
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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397consumo de Bebidas Alcohólicas en lugares no autorizados.
Art. 4.- Se prohíbe el consumo y venta de bebidas alcohólicas en el espacio público, tanto urbano como rural del municipio. También se prohíbe
su venta y consumo en establecimientos públicos tales como mercados, gasolineras, centros educativos o deportivos, y cualquier otro similar de con-
centración de personas.
El que contraviniere lo dispuesto en el presente artículo será sancionado con multa de cinco a diez salarios mínimos diarios.
Ubicación de Negocios para la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas.
Art. 5.- No se autorizará el funcionamiento de negocios dedicados a la venta y/o el consumo de bebidas alcohólicas, ni aún las llamadas cantinas
o expendios de aguardiente envasado, a menos de 200 metros de distancia de centros educativos, centros de salud, oficinas públicas, hospitales e
Iglesias de cualquier denominación en lo que se refiere a nuevos negocios o traslados de los ya existentes.
Los 200 metros establecidos en el inciso anterior, se medirán a partir de la entrada principal de los dos inmuebles, al frente y a lo largo de las
calles de acceso entre ambos.
Restricción al Consumo de Bebidas Alcohólicas en Negocios de Venta Envasada.
Art. 6.- Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas, en el interior de los establecimientos a los cuales únicamente se les ha otorgado licencia
para la venta en forma envasada. Entre éstos las cantinas o expendidos de aguardiente envasado, depósitos de mayoristas, abarroterías, gasolineras,
tiendas y establecimientos similares. Esta disposición incluye las instalaciones circundantes de dichos establecimientos, tales como sus estacionamientos,
garajes, jardines, patios, áreas verdes y aceras.
La venta de cerveza o cualquier otra bebida alcohólica con un porcentaje igual o inferior al 6% del contenido alcohólico, no faculta al negocio
que se dedica a dicha actividad comercial a permitir el consumo de las mismas dentro de sus instalaciones.
restricciones de Venta para consumo en la Vía Pública.
Art. 7.- A las tiendas, abarroterías, chalets, cafeterías, comedores, pupuserías y cualquier otro establecimiento similar, les está prohibido la venta de
cerveza o cualquier otra bebida alcohólica para evidente consumo en la vía pública. El propietario del establecimiento que mediante su venta fomentare
el consumo de las mismas frente a su negocio u otro espacio público aledaño, será sancionado de conformidad a lo dispuesto en esta Ordenanza.
Prohibición de Venta de Bebidas alcohólicas a Menores de Edad.
Art. 8.- Se prohíbe terminantemente la venta de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años de edad, a cualquier hora del día o por la noche
los siete días de la semana, cualquiera que sea el contenido alcohólico de las mismas.
La sanción por infringir la presente disposición se impondrá sin perjuicio de la responsabilidad penal en que incurriere el contraventor.
Horario de restricción para la Venta y consumo de Bebidas alcohólicas.
Art. 9.- No se permitirá la venta, ni el consumo de bebidas alcohólicas en los establecimientos dedicados a tales actividades comerciales, a partir
de las 22:00 horas de un día hasta las 07:00 horas del siguiente día; salvo durante las Fiestas Patronales y días festivos que se permitirá las veinticuatro
horas.
Dentro de dicho horario de restricción, también están incluidas las salas donde funcionan máquinas electrónicas de diversión.
Sanciones por Venta de Bebidas alcohólicas a Menores y no cumplir horario de restricción.
Art. 10.- La venta de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años de edad, así como la venta y/o consumo de tales bebidas durante el horario
de restricción establecido en el artículo anterior, dará lugar a una multa hasta de Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Siete Dólares, Catorce Centavos,
de conformidad a lo establecido en el Art. 49 de la Ley Reguladora de la Producción y Comercialización de Bebidas Alcohólicas.
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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. En caso de reincidencia, además de la multa señalada se suspenderá temporalmente la licencia de venta o el permiso para consumo por un plazo
de seis meses. Si persistiere la contravención, se cancelarán definitivamente dichas autorizaciones y el propietario así sancionado no podrá obtenerlas
nuevamente. Todo lo anterior según lo dispuesto en la Ley mencionada en el inciso anterior.
rotulación y Publicidad de licencias y Permisos.
Art. 11.- En todo establecimiento donde se venda y/o consuman bebidas alcohólicas se deberá colocar un rótulo en un lugar visible al público, con
medidas mínimas de 30 cm. X 50 cm., en donde claramente se lea: “SE ProHiBE la VENTa Y coNSUMo DE BEBiDaS alcoHolicaS
a MENorES DE EDaD”.
Asimismo, se deberá colocar un rótulo similar en un lugar visible del establecimiento, en donde se exprese el HORARIO DE RESTRICCION
para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, según lo establecido en el Art. 9 de la presente Ordenanza.
Deberán colocar también el original o copia certificada por el Departamento de Catastro Municipal, la licencia para la venta y el permiso de
consumo de bebidas alcohólicas, a efecto de comprobar a las autoridades y público asistente, que el establecimiento está legalmente autorizado por la
municipalidad para llevar a cabo tales actividades.
Disposición Supletoria.
Art. 12.- En lo no previsto en la presente Ordenanza, se aplicarán las Disposiciones Comunes.
Vigencia.
Art. 13.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Alcaldía Municipal de Tepecoyo, Departamento de La Libertad, a los veintidós días del mes de octubre de dos
mil doce.
ANA JANET GONZALEZ SERMEÑO, MIRIAM GIRON DE GALDAMEZ,
ALCALDESA MUNICIPAL. SINDICA MUNICIPAL.
JORGE OVIDIO SOTO CASTRO, OSCAR DIAZ CABRERA,
PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
BRENDA RAQUEL MARTINEZ HERNANDEZ, ARTURO ALEXANDER CASTELLANOS,
TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.
PEDRO ANTONIO ANGEL PERAZA, RAUL ANTONIO PINTO MARTINEZ,
QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.
MARIO GUARDADO LEON,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F057469)
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397DEcrETo NÚMEro VEiNTiUNo DEl 2012
EL CONCEJO MUNICIPAL DE TEXISTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA,
CONSIDERANDO:
I.- Que en el contexto de la integración regional promovida por la Mancomunidad Trinacional Fronteriza Río Lempa, amparada en el Art. 4
del Tratado entre las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, para la ejecución del Plan Trifinio, se promueve la implementación
de la Política Pública Bosques para Siempre, la cual se transformará en un esfuerzo conjunto de los gobiernos locales de los tres países, en
la región Trinacional.
II.- Que el Art. 203 de la Constitución de la República establece que los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo
administrativo, y se regirán por un Código Municipal en el cual se sentarán los principios generales para su administración, funcionamiento
y ejercicio de sus facultades autónomas.
III.- Que el Art. 204 Ordinal 3°. y 5°. De la Constitución, regula que uno de los aspectos de la autonomía municipal consiste en decretar orde-
nanzas y reglamentos, así como gestionar libremente en materias de su competencia.
IV.- Que de conformidad al Art. 30 numeral 4, del Código Municipal, es facultad de los municipios, en el ejercicio de su autonomía, Decretar
Ordenanzas para el mejor desarrollo de sus competencias.
V.- Que de conformidad con el Art. 4 numeral 10 del Código Municipal, es competencia y obligación municipal, incrementar y proteger los
recursos naturales, renovables como no renovables, así como, contribuir a la preservación de dichos recursos; de la salud de sus habitantes
y del medio ambiente.
VI.- Que la Ley del Medio Ambiente en su Art. 1 establece la protección, conservación y recuperación del medio ambiente; el uso sostenible
de los recursos naturales que permitan mejorar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones.
VII.- Que la Ley Forestal en su Art. 1, inciso primero regula que: el incremento, manejo y aprovechamiento en forma sostenible de los recursos
forestales son necesarios, siendo los recursos forestales parte del patrimonio natural de la Nación.
VIII.- Que el art. 3 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, declara de interés social el establecimiento, manejo y desarrollo de las Áreas Naturales
Protegidas que forman parte del Patrimonio Natural del país.
IX.- Que es necesario disponer del instrumento jurídico municipal que regule todo lo relacionado con el manejo sostenible del bosque y manejo
para la conservación de las áreas naturales y zonas de amortiguamiento, ubicadas en la jurisdicción de este municipio.
POR TANTO
En uso de las facultades constitucionales y Municipales, este Concejo Municipal Decreta la siguiente,
orDENaNZa MUNiciPal Para la iMPlEMENTacioN DE la PoliTica PUBlica "BoSQUES Para SiEMPrE",
EN El MUNiciPio DE TEXiSTEPEQUE, DEParTaMENTo DE SaNTa aNa.
caPiTUlo i
DiSPoSicioNES GENEralES
oBJETo DE la orDENaNZa
Art. 1.- La presente ordenanza Municipal tiene por objeto:
a) Establecer el marco regulatorio, para la implementación de la política pública “Bosques para siempre”, al que se sujetarán las actividades
de Manejo sostenible de bosques y manejo para la conservación de las Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento, en el Municipio de
Texistepeque, Departamento de Santa Ana.
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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. b) Elevar los niveles de responsabilidad y participación ciudadana por medio de campañas de educación y concientización ambiental, con el
fin de promover el manejo sostenible de los bosques y el manejo para la conservación de las áreas naturales y zonas de amortiguamiento.
c) Fortalecer la capacidad de gestión de la Unidad Ambiental Municipal y coordinar esfuerzos con el gobierno central, Centros Escolares,
Unidad de Salud, Juzgado de Paz, Policía Nacional Civil, sector comercio e industria, Iglesias, ONGs, Asociaciones Comunales, comités
de barrios, colonias y otros; a fin de divulgar e implementar la presente ordenanza y promover el carácter preventivo, incentivador y
sancionatorio de la misma.
d) Fomentar la cultura de la denuncia individual o colectiva, principalmente de los delitos y faltas ambientales reguladas en la Ley del Medio
Ambiente, Ley Forestal, Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley de Conservación de Vida Silvestre, Código Penal y las infracciones a la
presente ordenanza.
e) Fomentar la responsabilidad ciudadana para lograr el establecimiento de mecanismos de pago por servicios ambientales que incluyan
incentivos forestales.
f) Desarrollar mecanismos que incentiven el manejo sostenible y la conservación de bosques, áreas naturales y zonas de amortiguamien-
to.
aMBiTo DE aPlicaciÓN
Art. 2.- Las presentes disposiciones serán de obligatorio cumplimiento, para todos los habitantes del Municipio de Texistepeque, Departamento
de Santa Ana, incluyendo las personas jurídicas, autoridades competentes y visitantes.
aUToriDaD coMPETENTE
Art. 3.- El/La Alcalde/sa Municipal o Funcionario Delegado, en adelante llamado "El Alcalde", "La Alcaldesa", o "El Delegado", es la Autoridad
Competente, para la aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza, incluyendo el procedimiento sancionatorio que establece esta Ordenanza,
a las personas que infrinjan sus disposiciones conforme lo determina el Art. 131 del Código Municipal.
fUNcioNES DE la MUNiciPaliDaD
Art. 4.- Las funciones de la Municipalidad serán:
a) Promover la organización de Comités y otras estructuras que sean necesarias, para el manejo sostenible de bosques, la conservación de
Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento del Municipio en general.
b) Realizar dictámenes técnicos necesarios en cumplimiento al art. 11 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, con el fin de solicitar el esta-
blecimiento de las mismas en el Municipio.
c) Identificar, delimitar y Proponer a las instituciones competentes la declaración de áreas naturales en el Municipio.
d) Gestionar los recursos necesarios para la formulación e implementación de los Planes de manejo de las áreas naturales del Municipio.
e) Dar opinión como lo establece la Ley de Áreas Naturales Protegidas para las autorizaciones de las zonas de amortiguamiento que otorgue
la institución competente.
f) La Municipalidad administrará las Áreas Naturales de su propiedad, previa calificación de la Unidad Ambiental Municipal.
g) La Municipalidad podrá solicitar a las instituciones competentes la administración de las Áreas Naturales Protegidas, siempre y cuando
tenga la capacidad para hacerla.
h) Gestionar fondos para la ejecución de proyectos de educación ambiental y para el manejo sostenible, conservación de bosques y áreas
naturales.
i) Cobrar Multas Ambientales con base al Código Municipal y a la presente Ordenanza.
j) Fomentar la cultura de la denuncia individual y/o colectiva, principalmente de los delitos y faltas ambientales reguladas en la Ley de Medio
Ambiente, Ley Forestal, Ley de Áreas Naturales Protegidas, esta ordenanza y otros instrumentos legales existentes.
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 k) Fomentar la responsabilidad ciudadana para el establecimiento de mecanismos de Pago por Servicios Ambientales (PSA) e incentivos
forestales que ofrece el bosque, para su conservación y sostenibilidad de los recursos naturales del mismo.
l) Elaborar e implementar planes de Vigilancia de las Aéreas Naturales, cuyo objetivo sea garantizar la protección efectiva de los bosques,
áreas naturales y zonas de amortiguamiento del Municipio.
m) Organizar e integrar Comités Asesores Locales, como el principal instrumento de participación ciudadana y coordinación entre el Área
Natural y su espacio social aledaño, de acuerdo al artículo 8 Literal c) de la Ley de Áreas Naturales Protegidas.
n) Asignar recursos financieros del presupuesto anual y administrar los recursos que se obtengan de las gestiones y donaciones que se realicen
para el manejo sostenible de los bosques.
o) Llevar un Inventario y Registro de los bosques, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento, donde se consigne toda la información
relacionada con el área referida.
p) Elaborar e implementar el respectivo plan de manejo sostenible de los Bosques, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento del Muni-
cipio.
foNDo forESTal
Art. 5.- El Concejo Municipal destinará parte del presupuesto anual, para garantizar el manejo sostenible de los bosques y para la conservación
de las áreas naturales y sus zonas de amortiguamiento. Dicho porcentaje estará compuesto de la siguiente manera: Una parte a través de la creación de
un convenio entre la municipalidad y el Fondo Trinacional, donde se estipule la cantidad a aportar por parte de La Alcaldía Municipal de Texistepeque
de acuerdo a los aportes o beneficios por parte de la Trinacional para el manejo sostenible de los Bosques y para la conservación de áreas naturales de
la región trifinio y sus zonas de amortiguamiento, un uno por ciento, servirá para el fortalecimiento institucional de la Unidad Ambiental Municipal
coNcEPToS Y DEfiNicioNES
Art. 6.- Para los efectos de esta ordenanza, se aplicarán los conceptos y definiciones consignados en la Ley de Medio Ambiente, Ley Forestal,
Ley de Áreas Naturales Protegidas y Ley de Conservación de Vida Silvestre.
caPiTUlo ii
PlaN cEro
Art. 7.- En el marco de la implementación del Programa Plan Cero, que la Mancomunidad Trinacional Fronteriza Río Lempa lleva a cabo, la
Municipalidad ejecutará proyectos de reforestación, procurando rescatar las zonas críticas del municipio con el apoyo de escuelas, Asociaciones
comunales (ADESCOS), Comités ecológicos, ONGs, instituciones públicas y de aquellas personas naturales que quieran colaborar.
Art. 8.- La Municipalidad implementará viveros comunales, para fortalecer la organización comunitaria y así incentivar una cultura ambiental
en todos los habitantes del municipio, de tal forma, que se impulsen campañas permanentes de reforestación, en áreas naturales, zonas de amortigua-
miento y corredores biológicos, con el apoyo de escuelas, organizaciones comunales, comités ecológicos, ONGS, instituciones públicas y de aquellas
personas que quieran colaborar.
Art. 9.- La Municipalidad elaborará y ejecutará planes de prevención y control de incendios forestales, para cual se realizarán jornadas de
concientización a los habitantes del Municipio, para que ellos también se apropien de la importancia de cuidar los bosques. Además, implementará
un programa de desarrollo económico y social, con las familias que viven dentro y en las cercanías de los bosques, para ir cambiando el hábito del
consumo de la leña por otras alternativas que beneficien al bosque.
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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. caPiTUlo iii
MaNEJo SoSTENiBlE DE loS BoSQUES, arEaS NaTUralES Y ZoNaS DE aMorTiGUaMiENTo
DEl MUNiciPio DE loS BoSQUES
DE loS PlaNES SoSTENiBlES DE loS BoSQUES.
Art. 10.- La municipalidad elaborará e implementará planes de manejo sostenible del bosque, considerando los criterios de uso múltiple: equidad,
rentabilidad, sostenibilidad con la finalidad de mejorar la calidad de vida en términos económicos, sociales y medioambientales.
aProVEcHaMiENTo
Art. 11.- Sin detrimento de lo establecido en otras disposiciones concernientes al aprovechamiento de madera, leña, recursos no renovables y
del ecoturismo de los bosques, la municipalidad vigilará, que los permisos otorgados por las diferentes instituciones se cumplan al tenor de lo ahí
consignado; so pena de aplicar la presente ordenanza y de realizar las acciones legales correspondientes.
Art. 12.- La municipalidad coordinará con: Policía Nacional Civil (PNC), Fiscalía General de la República (FGR), Ministerio de Medio ambiente
y Recursos Naturales, Asociaciones Comunales, diferentes acciones tendientes a controlar y verificar los permisos de talas de árboles; así como también
a denunciar la tala ilegal de árboles y la destrucción de la vida silvestre, con el objetivo de preservar el Ecosistema.
Los funcionarios y empleados municipales tienen la facultad, dentro y fuera de los Bosques, para detener a los transgresores sorprendidos infra-
ganti, juntamente con los productos que se hubieren obtenido o abandonado y entregarlos de forma inmediata a la autoridad competente.
Las comunidades asentadas y aledañas a los Bosques, podrán integrar comités con funciones de vigilancia y conservación de los recursos de
dichos bosques; así como también denunciar ante las autoridades municipales y demás, cualquier hecho o acto que contraríe lo dispuesto por la presente
ordenanza.
rEGiSTro
Art. 13.- La municipalidad llevará un registro de oficio de los bosques de su jurisdicción, el cual no le causará ninguna imposición económica
al propietario o poseedor del inmueble.
USo PÚBlico DE loS BoSQUES
Art. 14.- El uso público de los bosques es un derecho de los habitantes del municipio y visitantes, lo cual estará encauzado para el desarrollo
sostenible como el ecoturismo, a través de las correspondientes medidas de regulación y manejo en los planes operativos respectivos.
Art. 15.- La municipalidad de conformidad al Art. 15 de la Ley Forestal, otorgará los permisos de poda y tala de árboles en el casco urbano,
previa calificación de la Unidad Ambiental Municipal y al pago correspondiente.
Art. 16.- La municipalidad declarará de interés social, la protección y mejoramiento del medio ambiente; por lo que es necesaria la protección
de los bosques contra los incendios y las plagas forestales y las demás actividades nocivas que afecten el recurso forestal y el ambiente.
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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Art. 17.- En relación al Art. 4 de la Ley del Medio Ambiente, la municipalidad protegerá, conservará y manejará sosteniblemente los recursos
naturales que prestan bienes y servicios ambientales a los pobladores. Además, declarará y administrará las micro cuencas productoras de agua y
reconocimiento de los corredores biológicos como estrategia de integración y ordenamiento territorial.
Art. 18.- La Municipalidad recuperará las zonas degradadas, con el apoyo principalmente de la comunidad y otros actores locales; para ello
adoptará y aplicará prácticas productivas sostenibles, que garanticen: la recuperación del suelo, conservación de la humedad e incremento de la pro-
ductividad y la cobertura vegetal, todas estas acciones contribuirán al manejo del paisaje dentro del territorio de los corredores biológicos. Además
contribuirá a la identificación y consolidación de los corredores biológicos y Sistemas de Áreas Protegidas Nacionales, bi y trinacionales a través de
la incorporación de las áreas naturales municipales declaradas por esta municipalidad.
Art. 19.- La Municipalidad velará y coordinará con los actores del territorio, la articulación de las sinergias necesarias para canalizar los recursos
logísticos, humanos y financieros disponibles, para atender los bosques y áreas naturales que facilitan bienes y servicios ambientales.
arEaS NaTUralES
Art. 20.- La municipalidad administrará sus áreas naturales implementando sus respectivos planes de manejo, para esto contará con el auxilio de
organismos nacionales e internacionales especializados en manejo de bosques, áreas naturales y zonas de amortiguamiento, para lo cual, se propiciará
acercamientos con otras instancias para establecer convenios de cooperación. Para esta clase de ayuda será prioritario planificar proyectos que sean
gestionados ante los organismos respectivos.
Art. 21.- La Municipalidad colaborará y promoverá el Manejo para la Conservación de las Áreas Naturales Protegidas, facilitando la formulación
de planes y estrategias, según el art. 7 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas. Además, manejará, la conservación de las áreas naturales de acuerdo
a un Plan de Manejo elaborado por especialistas en el tema, que deberá contar con la participación de la población, de acuerdo con el art. 16 de la Ley
de Áreas Naturales Protegidas.
Art. 22.- Previa calificación del ente competente, los Planes de Manejo para la conservación de las áreas naturales, deberá contener los objetivos
señalados en el art. 79 de la Ley de Medio Ambiente. También la Municipalidad en coordinación con la Mancomunidad Trinacional Fronteriza Río
Lempa, promoverán el Manejo Sostenible para la conservación de las Áreas Naturales y Manejo Sostenible de los Bosques.
ZoNaS DE aMorTiGUaMiENTo
Art. 23.- La Municipalidad propiciará condiciones para que se establezcan zonas de amortiguamiento, de acuerdo al art. 19 de la Ley de Áreas
Naturales Protegidas, en torno a sus respectivos límites.
Los propietarios de terrenos privados y los pobladores ubicados en estas zonas, podrán realizar actividades productivas sujetándose a las normas
técnicas y a los usos del suelo que el Plan de Manejo respectivo establezca, o en su defecto lo que determine la Unidad Ambiental Municipal en
coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
ESTaBlEciMiENTo DE ZoNaS DE aMorTiGUaMiENTo
Art. 24.- La Municipalidad determinará en los Planes de Manejo de las Áreas Naturales, las zonas de amortiguamiento que sean necesarias en
terrenos Municipales, definiendo su extensión y regulando las actividades productivas que serán permitidas. A la vez vigilará que se cumplan los
Planes de Manejo Sostenibles de las Áreas Naturales y sus zonas de amortiguamiento, como parte de la responsabilidad de sus funciones, control que
ejercerá a través de guarda recursos.
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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Art. 25.- En caso de producirse un incendio en las Zonas de Amortiguamiento, se aplicará lo dispuesto en el art. 26 de la Ley Forestal.
Las comunidades aledañas deberán colaborar para hacer efectivas las medidas preventivas que se consideren necesarias al efecto, así como otras
instituciones u organizaciones privadas de servicios.
ViGilaNcia DEl PaTriMoNio forESTal
Art. 26.- La Municipalidad dispondrá como mínimo de dos Guarda Recursos para que desempeñen funciones de vigilancia y promoción ambiental
de los Bosques, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento del municipio, quienes serán capacitados, para conocer todo lo que respecta al manejo
sostenible de los bosques, protección y conservación de áreas naturales protegidas y zonas de amortiguamiento, en términos técnicos, científicos,
legales, administrativos y las demás que sean necesarias, procurando la inclusión de mujeres, de los cuales el 25 % podrán ser del sexo femenino.
Art. 27.- Los Guarda Recursos del municipio, en concordancia con las directrices de la municipalidad podrán articular sus acciones con otros
guarda recursos de municipios de El Salvador, Guatemala y Honduras, conformando la Red Trinacional de Guarda Recursos, la cual estará bajo la co-
ordinación de la Mancomunidad Trinacional Fronteriza Río Lempa, con el fin de proteger y conservar Bosques y Áreas Naturales bi y trinacionales.
caPiTUlo iV
iNcENTiVoS, DErEcHoS Y DEBErES.
ProMocioN DE iNcENTiVoS
Art. 28.- Los incentivos son aspectos fundamentales para el desarrollo de las políticas municipales, ya que contribuyen a la motivación de los
ciudadanos y ciudadanas, jóvenes, organizaciones sociales, asociaciones comunales, ONGS, instituciones educativas, propietarios de bosques, entre
otros, a involucrarse en programas y proyectos ambientales; por lo tanto, es necesario promoverlos, para el manejo sostenible de los bosques, la pro-
tección y conservación de las áreas naturales y zonas de amortiguamiento, detallándose así:
a.- Capacitación a los sectores agros productivos y forestales del municipio, con interés de desarrollar el aprovechamiento sostenible del bosque
y la industria forestal.
b.- Gestionar y otorgar becas estudiantiles, con el objeto de incentivar a jóvenes del municipio, por su reconocida vocación y liderazgo en la
conservación de los bosques y áreas naturales.
c.- Facilitar asistencia técnica a los pequeños propietarios de bosques y áreas naturales privadas, para que elaboren planes de manejo sostenibles,
para ser incorporados en los programas de incentivos nacionales y locales existentes.
d.- La Municipalidad en coordinación con la Mancomunidad Trinacional Fronteriza Río Lempa, implementarán anualmente la entrega, a los
propietarios de bosques y áreas naturales, bonos o incentivos forestales, con el fin de lograr la conservación de dichas áreas.
Los propietarios de bosques y áreas naturales tendrán que inscribirse en el Registro que para tales efectos llevará la municipalidad y la Manco-
munidad Trinacional.
Art. 29.- La municipalidad gestionará recursos económicos junto con el ente rector, en entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales,
para la obtención de los fondos necesarios para desarrollar un programa de incentivos forestales.
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397DErEcHoS DE laS PErSoNaS NaTUralES Y JUriDicaS
Art. 30.- Los habitantes del municipio tienen derecho a:
a) Participar en las consultas previas a la definición y aprobación de la política de bosques, áreas naturales y zonas de amortiguamiento en las
formas y mecanismos establecidos en la presente ordenanza,
b) Ser informados de forma oportuna, clara y suficiente de las políticas, programas y planes de manejo de los bosques, áreas naturales y zonas
de amortiguamiento;
c) Recibir capacitaciones relacionadas a los temas que desarrolla esta ordenanza.
d) Recibir incentivos forestales establecidos en la presente ordenanza.
Art. 31.- Toda persona natural o jurídica interesada en el manejo sostenible del bosque, en la protección y conservación de las áreas naturales y
zonas de amortiguamiento del municipio, podrá presentar al Concejo Municipal o a la Unidad Ambiental Municipal, previa opinión favorable de las
comunidades aledañas a éstas, propuestas o planes de acción con el objeto de fomentar e incrementar la recuperación y conservación de los mismos.
Si las propuestas de Manejo Sostenible de bosques, protección y conservación de áreas naturales y zonas de amortiguamiento presentadas al Concejo
Municipal, fueren aprobadas, las personas jurídicas podrán solicitar la firma de Convenios a efecto de ser ellos quienes lleven adelante dichos planes,
en coordinación con las organizaciones sociales existentes y que trabajan el tema.
DEBErES DE laS PErSoNaS NaTUralES Y JUriDicaS
Art. 32.- Toda persona natural o jurídica que haga uso de los recursos de los Bosques, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento, en legal
forma, estará obligada a:
1.- En el caso de tala, a sembrar por cada árbol talado diez de su misma especie en los mismos lugares o en aquellos donde la Unidad Ambiental
Municipal les señale.
2.- A darle cuido y mantenimiento a cada uno de los árboles sembrados hasta cuando se encontraren en buenas condiciones de desarrollarse
por sí mismos; estableciéndose un mínimo de tres años.
3.- A colaborar para hacer efectivas las medidas preventivas que se consideren necesarias, para el manejo sostenible de los Bosques, Áreas
Naturales y Zonas de Amortiguamiento.
4.- A denunciar cualquier falta o delito perpetrado en detrimento de los Bosques, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento a la autoridad
competente más próxima.
5.- A colaborar en la extinción de incendios en los Bosques, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento.
6.- Los demás que señale esta ordenanza y demás leyes relacionadas.
caPiTUlo V
oBliGacioNES Y ProHiBicioNES
oBliGacioNES
Art. 33.- Es obligación de todo persona que resida en el Municipio, hacer efectiva la protección y conservación de los Bosques, Áreas Naturales
y Zonas de Amortiguamiento.
Art. 34.- Todos los habitantes y autoridades del municipio, están en la obligación de incorporarse a las campañas de protección y conservación
de los Bosques, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento.
Art. 35.- Es obligación de todo habitante, evitar cualquier clase de pastoreo en los Bosques, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento,
principalmente cuando haya plantas recién sembradas y no han alcanzado los tres años de vida.
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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Art. 36.- Es obligación de la Municipalidad, coordinar con los habitantes, las comunidades aledañas, las asociaciones comunales, instituciones
públicas, instituciones privadas y ONGS, las diferentes actividades establecidas en los planes de manejo de los Bosques, Áreas Naturales y Zonas de
Amortiguamiento.
Art. 37.- Es obligación de todas las personas denunciar cualquier infracción cometida a esta ordenanza, a las autoridades municipales, a la Poli-
cía Nacional Civil, a los Juzgados Competentes, Fiscalía General de la República y otras que tengan competencia con la aplicación de las normas en
materia forestal.
Art. 38.- Las demás obligaciones que establezcan la presente Ordenanza Municipal y demás leyes relacionadas.
ProHiBicioNES.
Art. 39.- Quedan prohibidas las actividades que pongan en peligro o dañen las Áreas de Bosques, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamiento
principalmente la tala ilegal y quemas para cultivos, rastrojos y otras que degraden las zonas de amortiguamiento.
Art. 40.- No será permitido talar árboles en los veinticinco metros a cada lado de las riberas de los ríos, en los alrededores de lagos y lagunas.
Quedando prohibido el pastoreo de cualquier clase de animal en el área comprendida de bosque, área natural y zonas de amortiguamiento, principal-
mente en aquellos lugares recién reforestados y cuyas plantas no han alcanzado los tres años de vida.
Art. 41.- Se prohíbe ubicar asentamientos humanos, bases militares, instalaciones industriales o de cualquier otro tipo en las zonas boscosas,
áreas naturales y zonas de amortiguamiento.
DE laS SaNcioNES.
Art. 42.- Las infracciones a la presente ordenanza se clasifican en: Graves y Muy Graves. Las infracciones Graves se clasifican y sancionarán de
la manera siguiente:
1) Talar sin la autorización correspondiente, árboles en los bosques naturales: 1 a 5 salarios mínimos por cada árbol talado.
2) Aquel que no dictamine el mantenimiento de los árboles por el permiso correspondiente: 1 a 5 salarios mínimos.
3) El propietario, colindante, o cualquier otra persona que estando legalmente obligada, se negare a colaborar en la extinción de incendios
forestales, una vez requerido, por la autoridad correspondiente: 2 a 3 salarios mínimos;
4) Dejar abandonados materiales inflamables o contaminantes en los bosques, áreas naturales y zonas de amortiguamiento, o que puedan
originar combustión o peligros de incendios, tales como gasolina u otra clase de combustible, cigarrillos encendidos, vidrios, y otros; 3 a
5 salarios mínimos.
Art. 43.- Las infracciones Muy Graves se clasifican y sancionarán de la manera siguiente:
1) Transportar productos o subproductos forestales de los bosques, áreas naturales y zonas de amortiguamiento del municipio, sin la docu-
mentación que acredite su legítima procedencia o presentarla con falsificaciones o alteraciones: 2 a 8 salarios mínimos;
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 2) Efectuar quemas o provocar incendios de cualquier clase, excepto cuando se prescriba como actividad silvicultural controlada: 2 a 8 salarios
mínimos;
3) Destruir por cualquier medio bienes del patrimonio Forestal del municipio a que se refiere esta Ordenanza: 4 a 10 salarios mínimos;
4) Obstruir u obstaculizar por cualquier medio a los funcionarios o empleados de la Municipalidad, para que cumplan con sus funciones
relacionadas con esta Ordenanza: 5 a 8 salarios mínimos.
5) Otorgar permiso de tala de árboles de forma fraudulenta y no respetando las disposiciones de esta ordenanza: 10 a 12 salarios mínimos.
6) La reincidencia en cualquier infracción grave.
Art. 44.- La municipalidad solamente tendrá competencia para sancionar las infracciones aludidas en esta Ordenanza.
El salario mínimo aludido en cada una de las infracciones indicadas será el que mensualmente corresponda a los trabajadores del Comercio y
Servicios en la ciudad de San Salvador.
Art. 45.- En los casos que proceda, el Alcalde, su Delegado o autoridad competente, impondrá, además de la Sanción correspondiente el decomiso
de materiales, productos, medios o instrumentos utilizados para cometer la infracción.
Art. 46.- La Sanción en los casos de los artículos anteriores, podrá permutarse por trabajo de utilidad pública, en la forma y modo que disponga
el Código Municipal y la Constitución de la República y otras leyes relacionadas.
Art. 47.- En toda sanción impuesta, se tomará en cuenta la capacidad económica del infractor y si no tuviere la posibilidad económica, deberá
pagar con trabajo de utilidad pública.
caPiTUlo Vi
coMPETENcia, ProcEDiMiENToS Y rEcUrSoS.
Art. 48.- Para imponer las sanciones establecidas en esta Ordenanza, será competente el/la Alcalde/sa o el Delegado Municipal, que tuviere co-
nocimiento por cualquier medio, quien iniciará el procedimiento y recabará la prueba que fundamente la misma, siguiendo el debido proceso regulado
en el artículo 131 y siguientes del Código Municipal.
Art. 49.- Las multas que deriven de las sanciones, deberán ser canceladas dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución en que
se impongan, salvo en caso de interposición de un recurso, caso en el que la obligación de pago será dentro de los tres días siguientes a la resolución
del Concejo sobre el recurso interpuesto. Transcurrido el plazo establecido en el inciso anterior, sin que el infractor pague la multa, ésta causará el
interés del dos por ciento mensual, sobre el valor de la misma hasta su cancelación.
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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. caPiTUlo Vii
DiSPoSicioNES GENEralES
Art. 50.- Las Multas que se impongan en virtud de esta Ordenanza, ingresarán a un fondo municipal especial, y será utilizado en la protección
y conservación del Bosque, Áreas Naturales y Zonas de Amortiguamientos en el municipio. Por ello, las infracciones a la presente ordenanza será de
carácter obligatorio ponerlas en el conocimiento de la autoridad municipal correspondiente, de toda infracción de que tuviere conocimiento.
Art. 51.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, a los veintiséis de septiembre del año dos
mil doce.
JOSE ARMANDO PORTILLO PORTILLO, JUAN FRANCISCO RODRIGUEZ MAGAÑA,
ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.
rEGiDorES ProPiETarioS
EDGAR ADRIAN HERNANDEZ MUNDO, ADAN ANTONIO ARGUETA ESTRADA,
PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.
ANA DEYSI HERRERA DE RAMIREZ, LUIS ALFONSO DUARTE AGUILAR,
TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.
JOSE HERNAN GUEVARA ORTIZ, EDWIN TOMAS ESTRADA HURTADO,
QUINTO REGIDOR. SEXTO REGIDOR.
rEGiDorES SUPlENTES
JOSE ABELARDO CACERES BERGANZA, HILARIO ANTONIO LINARES PALMA,
PRIMER REGIDOR SUPLENTE. SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE.
SULMA CAROLINA MAGAÑA DE MARROQUIN, MARIO ANTONIO SANDOVAL DUARTE,
TERCERA REGIDORA SUPLENTE. CUARTO REGIDOR SUPLENTE.
CORINA MARISOL MAGAÑA ROSALES,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F057426)
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
SECCION CARTELES OFICIALESde priMera publicación
acEPTacioN DE HErENcia
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución pronunciada a las doce horas con veinte minutos del día cinco de octubre del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Sali-nas, California, Estados Unidos de América, siendo la Ciudad de San Salvador su último domicilio, a las cinco horas con quince minutos del día uno de diciembre de mil novecientos noventa y seis, dejó la señora ROSA ALPINA DIAZ AMAYA conocida por ROSA ALPINA DIAZ y por ROSA ALPINA MARTINEZ, de parte del señor TRANSITO ARNULFO HERNANDEZ DIAZ conocido por TONY HERNANDEZ, se le ha conferido al aceptante la administración y representación inte-rina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se han declarado herederos con beneficio de inventario de la Herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Salinas, California, Estados Unidos de América, siendo la Ciudad de San Salvador su último domicilio, a las cinco horas con quince minutos del día uno de diciembre de mil novecientos noventa y seis, dejó la señora ROSA ALPINA DIAZ AMAYA conocida por ROSA ALPINA DIAZ, y por ROSA ALPINA MARTINEZ, de parte de los señores TRANSITO ARNULFO HERNANDEZ DIAZ conocido por TONY HERNANDEZ y DAVID HERNANDEZ DIAZ en su concepto de hijos de la causante.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las catorce horas del día cinco de octubre del año dos mil doce.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1274-1
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante VICTOR MANUEL VALLADARES o VICTOR MANUEL SEGOBIA VALLADARES, quien falleció el día treinta de abril de dos mil nueve, en el Barrio Concepción de San Juan Nonualco, su último domicilio por parte de CARLOTA ALVARADO o CARLOTA PALACIOS ALVARADO DE VALLADARES hoy viuda DE VALLADARES, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Nómbrase a la aceptante interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticuatro de sep-tiembre de dos mil doce.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1275-1
aViSo DE iNScriPcioN
AVISO DE INSCRIPCION
EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos 16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero de su Reglamento.
HACE SABER: Que la “ASOCIACION COOPERATIVA DE COMERCIALIZACION Y APROVISIONAMIENTO AVICOLA DE JOVENES PRODUCTIVOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, que se abrevia “ACOGRAME de R.L.”, con domicilio legal en Metapán, Departamento de Santa Ana, ha sido INSCRITA en el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número NUEVE, folios ciento cuarenta y dos frente a folios ciento cincuenta y seis frente del Libro TERCERO de Registro e inscripción de Asociaciones Cooperativas de COMERCIALIZACION, que lleva el Registro Nacional de Asociacio-nes Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO, diez de octubre de dos mil doce.
MISAEL EDGARDO DIAZ,
Jefe del Registro Nacional de Asociaciones
Cooperativas.
Of. 1 v. No. 1276
MUErTE PrESUNTa
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JU-DICIAL.
HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado el Licen-ciado JOSE TULIO SALGUERO MAGAÑA, en calidad de Represen-tante Procesal del señor JOSE DOLORES RIVAS SANTILLANA a promover en nombre de dicho señor Diligencias de Muerte Presunta de la señora DAICY RUTH GALDAMEZ VALIENTE o DAICI RUTH GALDAMEZ VALIENTE o DEICI RUTH GALDAMEZ DE RIVAS, quien fue de cuarenta y nueve años de edad, casada, de oficios domésti-cos, Salvadoreña, de este origen y domicilio, siendo su último domicilio Colonia I.V.U, Avenida Los Toles, pasaje B, número 30, de esta ciudad, quien desapareció a las seis de la mañana del día tres de enero del año mil
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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. novecientos noventa y dos, cuando se dirigía al Mercado Municipal de esta ciudad, ignorándose a la fecha su paradero y si vive o no. Habiendo transcurrido el término señalado por la ley, llenando los requisitos legales y dándole cumplimiento a lo normado en el artículo 80 numeral 2° del Código Civil, CITESE POR TERCERA VEZ A LA DESAPARECIDA SEÑORA DAICY RUTH GALDAMEZ VALIENTE o DAICI RUTH GALDAMEZ VALIENTE o DEICI RUTH GALDAMEZ DE RIVAS, de generales ya relacionadas, para que si vive, comparezca a este Juz-gado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las nueve horas dos minutos del día veintisiete de agosto del año dos mil doce.- DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 1277
EDicTo DE EMPlaZaMiENTo
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los Infrascritos Jueces de la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de esta Institución, EMPLAZAN: Al señor RAFAEL ADALBERTO MENDOZA RODRIGUEZ, para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, se presenten a esta Cámara a recibir copia del Pliego de Reparos, donde se le señala Responsabilidad Patrimonial y Responsabilidad Administrativa por sus actuaciones como Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, en el Tribunal Supremo Electoral (TSE), durante el período del diez de diciembre de dos mil ocho al nueve de julio de dos mil diez, según el Informe de Examen Especial al Proceso de Adquisición y Contratación del Software para reforzar el Aparato Informático del Centro de Pro-cesamiento de Datos (CNPRE) del Tribunal Supremo Electoral (TSE) en el período antes referido, que ha dado origen al Juicio de Cuentas Número JC-11-2011-3.
Librado en la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día dieciocho de octubre de dos mil doce.
LICDA. ROSA GUADALUPE JIMENEZ LARIN,
JUEZ.
LIC. JUAN GILBERTO RODRIGUEZ LARIN,
JUEZ.
LIC. MANUEL DE JESUS POSADA MAJANO,
SECRETARIO DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 1278
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los Infrascritos Jueces y Secretaria de Actuaciones de la Cámara Pri-mera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República de conformidad con el Artículo 88 de su Ley, EMPLAZAN al señor Nelson Mauricio Ancheta Flores, quien desempeñó el cargo de Cuarto Regidor, en la Alcaldía Municipal de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, durante el período auditado comprendido del uno de mayo al treinta y uno de diciembre de dos mil nueve; para que dentro del término de cinco días hábiles posteriores a la publicación de este Edicto comparezcan personalmente o por medio de sus representantes a manifestar su defensa en el Juicio de Cuentas seguido en su contra, teniendo como base legal el Pliego de Reparos No. CI.022-2012, en el cual se ha determinado Responsabilidad Patrimonial y Administrativa.
Librado en la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República; San Salvador, a las nueve horas del día veinticinco de septiembre de dos mil doce.
LIC. FRANCISCO IGNACIO SANCHEZ,
LICDA. TERESA ESPERANZA GUZMAN DE CHAVEZ,
JUECES CAMARA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA.
LIC. DEYSI MARGOTH BAZAN MEJIA,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 1279
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los Infrascritos Jueces y Secretaria de Actuaciones de la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República, EMPLAZAN a los señores: Fredy Alcides Alfaro Estrada y Carlos Eduardo Rivas Cortez, para que dentro del término de cinco días hábiles posteriores a la publicación de este Edicto comparezcan personalmente o por medio de su Representante a ejercer su derecho de defensa en el Juicio de Cuentas que se sigue en esta Cámara, por sus actuaciones como Colector Auxiliar FAE/HMC y como Jefe del Departamento Administrativo y Logística HMR respectivamente en el Hospital Militar Central, Departamento de San Salvador, correspondiente al período auditado comprendido del uno de enero de dos mil nueve al treinta y uno de agosto de dos mil diez, teniéndose como base legal el Pliego de Reparo Número JC-C.I. 028-2011.
Librado en la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República. San Salvador, a las quince horas del día dieciséis de octubre del año dos mil doce.
LIC. FRANCISCO IGNACIO SANCHEZ,
JUEZ.
LICDA. TERESA ESPERANZA GUZMAN DE CHAVEZ,
JUEZA.
LIC. DEYSI MARGOTH BAZAN,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 1280
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
acEPTacioN DE HErENcia
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las nueve horas con diez minutos del día veintitrés de abril del corriente
año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor MARCOS
RAMIREZ, fallecido el día diecinueve de marzo de mil novecientos
cuarenta y uno, en el Barrio San Juan de la Ciudad de San Rafael Oriente,
de este Distrito, Departamento de San Miguel, siendo la ciudad antes men-
cionada su último domicilio; de parte de la señora Rosa Marina Ramírez
Viuda de Díaz, de setenta y dos años de edad, salvadoreña, de oficios
domésticos, viuda, originaria y residente en Ereguayquín, Departamento
de Usulután, con Documento Único de Identidad Personal Número cero
un millón trescientos ochenta y cuatro mil novecientos guión siete y con
Tarjeta de Identificación Tributaria Número: Mil ciento seis guión ciento
ochenta mil setecientos treinta y nueve guión cero cero uno guión tres,
en su concepto de hija del causante.- Nómbrasele a la aceptante en el
carácter dicho administradora y representante interina de la sucesión de
que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los
curadores de la herencia.- Publíquense los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las
nueve horas con veinte minutos del día veintitrés de abril de dos mil
doce. LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 1260-2
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO. Al público,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con cincuenta
y ocho minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la
causante ANA LUISA MEJIA SEGOVIA, quien fue de cincuenta años
de edad, soltera, fallecida el día cuatro de junio del año dos mil nueve,
siendo Cuscatancingo su último domicilio, de parte de las señoras MARIA
EUSTACIA SEGOVIA, mayor de edad, ama de casa, del domicilio de
Cuscatancingo, con Número de Identificación Tributaria 0603-290351-
001-6 y número de Documento Único de Identidad 00533642-2, MARIA
CRISTINA MEJIA DE PEREZ, mayor de edad, ama de casa, casada, del
domicilio de Mejicanos, con Número de Identificación Tributaria 0603-
051255-101-5 y Número de Documento Único de Identidad 00019722-1,
REINA ELIZABETH MEJIA, mayor de edad, contadora, soltera, del
domicilio de Cuscatancingo, con Número de Identificación Tributaria
0603-150566-101-4, y número de Documento Único de Identidad
02692636-3, JUANA MILAGRO MEJIA, mayor de edad, costurera,
del domicilio de Cuscatancingo, con número de Documento Único de
Identidad 00995177-9 y señora FELIPA MEJIA DE SANCHEZ, quien
es mayor de edad, ama de casa, del domicilio de Cuscatancingo, con
número de Documento Único de Identidad 01128678-2, todas en su
calidad de hermanas sobrevivientes de la causante. Las señoras María
Eustacia Segovia, María Cristina Mejía de Pérez y Reina Elizabeth Mejía
son representadas judicialmente por la Licenciada LUZ DE MARIA
ARABIA TENORIO. Confiriéndoseles a las aceptantes la administración
y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia Yacente.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las diez horas quince
minutos del día cuatro de septiembre del año dos mil doce.- LICDA.
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL
DE DELGADO.- LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1261-2
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE TEJUTLA.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída
a las nueve horas y treinta minutos de este día, tiénese por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó la señora Adriana Aguilar, quien era de sesenta y dos
años de edad, soltera, de oficios domésticos, originaria y residente de La
Palma, de nacionalidad Salvadoreña, hija de Juana Aguilar, falleció a las
dos horas cincuenta y cinco minutos del día treinta y uno de enero del
año dos mil uno, en el cantón Los Chilamates de Nueva Concepción, por
parte del señor Jaime Joel Aguilar, en su calidad de hijo. Confiérese al
aceptante la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones legales que le corresponden a los curadores
de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los veintisiete días del mes de Octubre
del dos mil cuatro. DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA.- LICDA. ERLINDA
GUADALUPE GUERRERO DE JIMENEZ, SECRETARIA.-
Of. 3 v. alt. No. 1262-2
de segunda publicación
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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012.
acEPTacioN DE HErENcia
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta
minutos del día diez de Octubre del corriente año, se ha tenido por acep-
tada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora
TERESA DE JESUS GARCIA VELASQUEZ, la herencia intestada que
a su defunción dejó la señora MIRIAN ESPERANZA VELASQUEZ
MEMBREÑO, conocida por MIRIAM ESPERANZA VELASQUEZ,
MIRIAN ESPERANZA VELASQUEZ DE GARCIA y por MIRIAM
ESPERANZA VELASQUEZ DE GARCIA, quien fue de sesenta y ocho
años de edad, casada, salvadoreña, con Documento Único de Identidad
Número cero un millón novecientos treinta y siete mil novecientos
treinta y seis-nueve y Número de Identificación Tributaria uno cuatro
cero seis-dos cinco cero cinco cuatro tres-cero cero dos-cero, fallecida
el día seis de Junio del año dos mil once, siendo esta ciudad el lugar de
su último domicilio, en calidad de hija de la causante y se ha nombrado
a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diez días del
mes de octubre del año dos mil doce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA ARMIDA MEJIA DE MUÑOZ,
SECRETARIO INTERINO.
Of. 3 v. alt. No. 1246-3
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día
nueve de agosto de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte de los señores María Coronada
Flores de Montano conocida por María Coronada Flores, Claudina
Montano Flores conocida por Claudina Montano, Reyna Montano
Flores conocida por Reyna Montano, Rosa Montano Flores conocida
por Rosa Montano, Cecilio Montano Flores conocido por Cecilio Mon-
tano, Guadalupe Montano de Juárez conocida por Guadalupe Montano,
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JUAN
MONTANO conocido por JUAN MONTANO RODAS, quien fue de
ochenta y cuatro años de edad, Agricultor en pequeño, fallecido a las diez
horas veinte minutos de día tres de marzo de dos mil doce, en Hospital
Nacional Santa Gertrudis, de esta ciudad, siendo su último domicilio
el municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente, la primera
en concepto de cónyuge sobreviviente del causante y los demás como
hijos del referido causante. Y se ha nombrado a los aceptantes adminis-
tradores y representantes interinos de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce horas
veinte minutos del día nueve de agosto de dos mil doce.- DRA. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. TATIANA
ARMIDA MEJIA DE MUÑOZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 1247-3
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta
minutos del día cinco de octubre de dos mil doce, se ha tenido por acep-
tada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora
BIENVENIDA DEL CARMEN CERRITOS DE SOLANO conocida por
BIENVENIDA DEL CARMEN CERRITOS, la herencia intestada que
a su defunción dejó el causante señor ELI NAUN SOLANO conocido
por ELI NAUN SOLANO CERRITOS, quien fue de noventa y seis
años de edad, zapatero, fallecido a las cero horas treinta minutos del
día dos de septiembre de dos mil seis, en la Colonia Dos de Septiembre
de la Ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente, lugar de
su último domicilio, en calidad de madre sobreviviente del causante. Y
se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas
cuarenta minutos del día cinco de octubre de dos mil doce.- DRA. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. TATIANA
ARMIDA MEJIA DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINO.
Of. 3 v. alt. No. 1248-3
de tercera publicación
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
SECCION CARTELES pAGADOSde priMera publicación
DEclaraToria DE HErENcia
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, de las
catorce horas y cinco minutos del día once de Octubre del corriente año,
SE HA DECLARADO HEREDERO EN FORMA DEFINITIVA CON
BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que
a su defunción dejó la causante MARIA JUSTINIA SORTO conocida
por MARIA JUSTINA SORTO y por FAUSTINA SORTO, al señor
RENE ANGEL SORTO, de cuarenta y cuatro años de edad, Albañil,
del domicilio de Osicala, Departamento de Morazán, con Documento
Único de Identidad Número cero dos tres nueve cero uno nueve cero
guión ocho; y con Número de Identificación Tributaria Un mil trescientos
quince guión doscientos setenta mil ciento sesenta y siete guión ciento
uno guión nueve; como Cesionario de los derechos que le correspondían
al señor VICENTE ANTONIO SORTO PEREZ, éste por derecho propio
en calidad de hijo de la mencionada causante, quien a la fecha de su
fallecimiento fue de setenta y dos años edad, Ama de Casa, originaria
y del domicilio de Osicala, Departamento de Morazán; hija de Refugio
Digena Sorto, falleció a las diecisiete horas del día dos de Mayo de dos
mil once, en Mixco, Guatemala; siendo la ciudad de Osicala, lugar de
su último domicilio.- Se le confirió al aceptante antes mencionado y en
la forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION
DEFINITIVA de la Sucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, a las quince horas y veinticinco minutos del día diecisiete
de Octubre de Dos Mil Doce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN
URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. KARINA
ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
1 v. No. C006320
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día veintinueve de julio
del corriente año, se ha declarado heredera con beneficio de inventario
de la herencia intestada dejada a su defunción por el causante OSCAR
ANTONIO MACAL DUEÑAS, ocurrida el día veintidós de diciem-
bre de dos mil seis, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a la
señora MARIA INES GUERRA DE MACAL, en calidad de cónyuge
sobreviviente del causante y además como cesionaria de los derechos
hereditarios que correspondían a los señores OSCAR ANTONIO MACAL
GUERRA, SALVADOR ENRIQUE MACAL GUERRA y MARIA
EVELIA MACAL GUERRA, como hijos del expresado causante; y se
ha conferido a la heredera declarada la administración y la representación
definitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas
y treinta y cinco minutos del día veintiuno de agosto de dos mil doce.-
LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.
KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
1 v. No. C006321
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las once horas del día treinta y uno de agosto del corriente año, se de-
clararon herederas definitivas y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante señor MARCO ANTONIO
ALVARADO ROBLES, quien falleció a las tres horas y cuarenta y cinco
minutos del día seis de febrero del año dos mil doce, en el Hospital San
Francisco de la Ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la
Ciudad de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel; de parte
de la señora CECILIA DEL CARMEN LOPEZ DE ALVARADO, con
Documento Único de Identidad Número cero tres millones novecientos
sesenta y seis mil ochenta y cinco guión tres y con Tarjeta de Identificación
Tributaria Número un mil ciento dieciséis guión veinte cero uno ochenta
y ocho guión ciento uno guión cero, en su calidad de Cónyuge sobrevi-
viente y además cesionaria del derecho hereditario que le correspondía
al señor Gustavo Alvarado como padre del causante; asimismo de parte
de la menor DARMA NATALIA ALVARADO LOPEZ, representada
por su madre Cecilia del Carmen López de Alvarado, en su calidad de
hija del causante.
Confiéreseles a las herederas declaradas la administración y repre-
sentación definitiva de la sucesión de que se trata.
Publíquese el edicto de Ley.
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos
legales.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las once
horas treinta minutos del día diecisiete de octubre de dos mil doce.-
LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
1 v. No. C006324
MARIA DEL CARMEN MARTINEZ BARAHONA, Notario, del
domicilio de San Salvador, con oficina profesional ubicada en Urba-
nización La Gloria, Polígono D-S, Calle Santa Fe, Casa #28, de la
jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador, al público
y para efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución del Acta Notarial librada en
esta ciudad, a las trece horas y quince minutos del día veinte de octu-
bre de dos mil doce, se ha declarado a la señora TELMA HAYDEE
GENOVEZ viuda DE PORTILLO conocida por TELMA HAYDEE
GENOVEZ ESCOBAR, heredera definitiva expresamente y con bene-
ficio de inventario de la herencia intestada dejada a su defunción por el
señor PABLO ALBERTO PORTILLO CUBIAS conocido por PABLO
ALBERTO LINARES y PABLO ALBERTO PORTILLO, quien falleció
a las diecinueve horas cuarenta minutos del día catorce de julio del año
dos mil ocho, en el Cantón La Reforma, jurisdicción de Ciudad Arce,
Departamento de La Libertad, siendo originario y del domicilio de Ciudad
Arce, Departamento de La Libertad, y de nacionalidad salvadoreña; en
su concepto de esposa y como cesionaria de los derechos hereditarios
que en abstracto le otorgaran los señores María Hortencia Cubías de
Portillo, Antonio del Carmen Portillo Linares y Reyna Maricela Portillo
Genovez, éstos en su concepto de padres e hija respectivamente del
causante, confiriéndosele a la heredera declarada la administración y
representación definitiva de la referida sucesión.
Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado por la suscrita Notario en la oficina profesional arriba
mencionada, a las trece horas y cincuenta minutos del día veinticuatro
de octubre de dos mil doce.
LICDA. MARIA DEL CARMEN MARTINEZ BARAHONA,
NOTARIO.
1 v. No. C006332
JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio y del
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con oficina en Diecinue-
ve Calle Poniente y Tercera Avenida Norte, Casa número doscientos
treinta y ocho, segunda planta, Centro de Gobierno, San Salvador, al
público en general.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Nota-
rio, a las nueve horas del día veintidós de octubre del año dos mil doce,
se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA y con beneficio de
inventario a la señora ASCENCION ABREGO viuda DE ESCOBAR,
en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante JOSE MARIO
ESCOBAR ESCOBAR, quien falleció en Primera Calle Oriente y Die-
cisiete Avenida Norte, Número novecientos veinticuatro, Jurisdicción de
Apopa, Departamento de San Salvador, a las catorce horas veinticinco
minutos del día catorce de octubre de mil novecientos noventa y cinco, a
consecuencia de Causa Indeterminada, sin asistencia médica, y habiéndole
conferido la administración y representación definitiva de la mencionada
sucesión. Y para ser publicado por una sola vez en el Diario Oficial.
Libro el presente aviso, en la Ciudad de San Salvador, a las nueve
horas del día veintitrés de octubre del año dos mil doce.
LIC. JORGE ALBERTO MORAN FUNES,
NOTARIO.
1 v. No. C006334
EDGAR ARTURO FLORES MARTINEZ, Notario, de este domicilio,
con oficina situada en: Avenida Olímpica, Condominio Villa Olímpica,
Edificio “B”, local cuatro, en esta ciudad, al público para los efectos
de Ley.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito
Notario, a las quince horas dieciocho minutos del día diecinueve de
los corrientes mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente, con
beneficio de inventario, LA HERENCIA INTESTADA que con su de-
función dejó la señorita MARITZA ELIZABETH ROMERO ORTIZ,
quien fue de treinta y ocho años de edad, soltera, Ingeniera Química,
salvadoreña, del domicilio de la Ciudad de Mejicanos, Departamento
de San Salvador, originaria de la Ciudad de San Vicente, Departamento
de San Vicente; por parte del señor MANUEL ANTONIO ROMERO
VELIZ, conocido por MANUEL ANTONIO ROMERO, en concepto
de PADRE sobreviviente de la causante; y se le ha conferido la Admi-
nistración y Representación Definitivas de la sucesión.
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Librado en San Salvador, a los veinte días del mes de octubre del
año dos mil doce.
LIC. EDGAR ARTURO FLORES MARTINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F057369
ANGEL RAMOS COELLO, Notario, del domicilio de la Ciudad de San
Salvador, con oficina situada en Avenida Los Lirios, Número un mil
ciento cincuenta y nueve, Urbanización Universitaria, de esta ciudad,
al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que en las respectivas diligencias promovidas
en sus oficios Notariales, han sido declarados herederos definitivos
con beneficio de inventario, en la herencia intestada que a su defunción
dejó la señora MARIA ALICIA RODAS viuda DE CORTEZ, conocida
antes por MARIA ALICIA RODAS DE CORTES, ALICIA RODAS
DE CORTES y MARIA ALICIA RODAS RODAS, quien falleció el
uno de julio del corriente año, en la Ciudad de Santo Domingo, Repú-
blica Dominicana, habiendo sido la Ciudad de San Salvador, su último
domicilio, los señores NORA ROXANA DEL CARMEN CORTEZ
RODAS, JOSE REYNALDO ANTONIO CORTEZ RODAS y CELINA
MARIA CORTEZ RODAS conocida por CELINA MARIA ESPINAL,
y se les ha conferido la administración y la representación definitivas de
la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes
de octubre del año dos mil doce.
DR. ANGEL RAMOS COELLO,
NOTARIO.
1 v. No. F057373
AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las
catorce horas veinticuatro minutos del día veinticinco de septiembre de
dos mil doce, se han declarado herederos abintestatos con beneficio de
inventario de los bienes dejados a su defunción por la señora FRANCISCA
RIVERA DE QUIJADA conocida por FRANCISCA RIVERA BURGOS,
quien fue de ochenta y seis años de edad, doméstica, casada, originaria
y del domicilio de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, fallecida
el día dos de enero de dos mil doce; de parte del señor RAYMUNDO
QUIJADA conocido por RAIMUNDO QUIJADA ORELLANA, y por
RAYMUNDO QUIJADA ORELLANA, en calidad de cónyuge de la
causante y del señor MIGUEL ANGEL RIVERA, y BALBINA RIVE-
RA, en concepto de hijos de la causante a quienes se les ha conferido la
administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Lo que se hace saber al público en general para los demás efectos
de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once
horas treinta y dos minutos del día veinticinco de septiembre de dos mil
doce.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA
DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-
CRETARIO.
1 v. No. F057385
AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal,
a las once horas y quince cincuenta minutos del día veinticinco de
septiembre de dos mil doce, se han declarado herederas abintestato con
beneficio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción
por el señor SALVADOR HENRIQUEZ VALLE, quien fue de treinta
y seis años de edad, agricultor en pequeño, fallecido el día veintisiete de
abril de dos mil once, en Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social
de San Salvador, siendo Quezaltepeque su último domicilio, de parte
de las menores KATHERINE IVANIA y KAREN IDALIA, ambas
de apellidos HENRIQUEZ GUEVARA, TATIANA ALEJANDRA y
EVELYN DANIELA, ambas de apellidos HENRIQUEZ PALACIOS y
la señora MARIA GERTRUDIS VALLE DE HENRIQUEZ, conocida
por MARIA GERTRUDIS VALLE, las primeras cuatro en el concepto
de hijas del causante y la última en el concepto de madre del mismo, a
quienes se les ha conferido la administración y representación DEFINI-
TIVA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente, debiendo ejercerla las menores KATHERINE
IVANIA y KAREN IDALIA, ambas de apellidos HENRIQUEZ
GUEVARA, por medio de su representante legal señora ANA ROSA
GUEVARA o ANA ROSA GUEVARA SANTAMARIA y las menores
TATIANA ALEJANDRA y EVELYN DANIELA, ambas de apellidos
HENRIQUEZ PALACIOS, por medio de su representante legal señora
ANA SILVIA PALACIOS CAÑAS.
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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Lo que se hace saber al público en general para los demás efectos
de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once
horas y veinte minutos del día veinticinco de septiembre de dos mil
doce.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA
DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-
CRETARIO.
1 v. No. F057386
MORENA BEATRIZ BARRAZA FUNES, Notaria, de este domicilio,
con oficina jurídica ubicada en BOULEVARD DOCTOR HECTOR
SILVA, PASAJE ROMERO, APARTAMENTO CIENTO CUARENTA
Y CUATRO, APARTAMENTO CUATRO, COLONIA MEDICA, SAN
SALVADOR, al público en general.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída
a las ocho horas y quince minutos del día dieciocho de octubre del
corriente año, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio
de Inventario de parte de las señoras ZOILA ELIZABETH GARCIA
MENDOZA, CARLOTA ESPERANZA GARCIA MENDOZA,
FRANCISCA CRISTABEL GARCIA MENDOZA y DOMINGA ANA
GARCIA MENDOZA, de los bienes que a su defunción dejara el señor
MANUEL ANTONIO MENDOZA, ocurrida en la Ciudad de San Pedro
Perulapán, Departamento de Cuscatlán, el día treinta de agosto de dos
mil nueve, en su calidad de hijas del causante, habiéndosele conferido
la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del
mes de octubre de dos mil doce.
LICDA. MORENA BEATRIZ BARRAZA FUNES,
NOTARIA.
1 v. No. F057392
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las catorce horas y treinta y cinco
minutos de este día, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA
con beneficio de inventario a la señora SONIA ISABEL SERRANO
DE SERPAS conocida por SONIA ISABEL SERRANO, en calidad de
cesionaria del derecho hereditario que les correspondían a los señores
EDUMBERTO BLADIMIR SERPAS SERRANO, YASMINA
SERPAS SERRANO, MANUEL RAFAEL SERPAS e INES DE LOS
SANTOS DEL CID SERPAS conocida por MARIA INES DEL CID DE
SERPAS, el primero y la segunda como hijos del causante y el tercero y
la cuarta en su calidad de padres del causante señor VICTOR MANUEL
SERPAS DEL CID conocido por VICTOR MANUEL DEL CID, al
fallecer el día nuevo de septiembre del dos mil once, en el Cantón La
Poza, Los Martínez, de la jurisdicción de Usulután, siendo esta misma
ciudad su último domicilio.
Confiriéndosele a la Heredera Declarada la Administración y
Representación Definitiva de la Sucesión con las Facultades de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
ocho días del mes de octubre del dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F057394
ROBERTO ROSALES CHAVARRIA, Notario, del domicilio de Antiguo
Cuscatlán, con Despacho Notarial ubicado en Avenida Río Amazonas,
Pasaje Oriente, No. 2, Casa No. 11, Antiguo Cuscatlán, La Libertad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día cinco del mes de octubre de dos mil doce,
se ha declarado al señor Michael John Valle, heredero definitivo con
beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en la Ciudad
de San Salvador, su último domicilio, el día veintidós del mes de mayo
de dos mil doce dejara la señora María Guillermina Cárcamo González,
conocida por Guillermina Cárcamo González y Guillermina Cárcamo
de Valle, en su concepto de nieto paterno sobreviviente de la causante;
habiéndosele concedido la representación y administración definitiva
de la referida sucesión.
Por lo que se le avisa al público, para los efectos de Ley.
Librado en la Ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los doce días del
mes de octubre de dos mil doce.
ROBERTO ROSALES CHAVARRIA,
NOTARIO.
1 v. No. F057404
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-PLENTE DE ESTE DISTRITO:
AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día dieciséis de Octubre del año dos mil doce, ha sido declarada heredera definitiva expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor Humberto Navarrete, quien fue conocido por José Humberto Navarrete y por José Humberto Navarrete Valenzuela, fa-llecido el día veinticuatro de Febrero del presente año, en esta ciudad, lugar de su último domicilio el cantón Santa Emilia, jurisdicción de este Departamento; a la señora Rubidia Margarita Sandoval de Navarrete, en su concepto de Cónyuge sobreviviente del referido Causante.-
Y se le ha conferido a la heredera declarada la administración y representación definitivas de la sucesión.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas veinte minutos del día dieciséis de Octubre del año dos mil doce.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.-
1 v. No. F057406
LUIS ALONSO AYALA LOPEZ, Notario, de este domicilio y de Santa Tecla, ambos en el Departamento de La Libertad, con Despacho Notarial ubicado en Kilómetro veinticuatro y medio, carretera que de Sonsonate conduce a San Salvador, Colonia El Progreso, Lourdes Colón, Departamento de La Libertad,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las once horas del día treinta y uno de julio del año dos mil doce, se ha declarado a la señora ELENA DURAN PINEDA, Heredera Definitiva con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en Barrio Concepción, Calle La Ronda, Jurisdicción de Tepecoyo, De-partamento de La Libertad, el día diez de Febrero del año dos mil doce, siendo Tepecoyo, Departamento de La Libertad, su último domicilio, dejará el señor MATIAS DURAN PINEDA, en su concepto de Hermana del Causante; habiéndole concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para efectos de Ley.
Librado en Lourdes, Ciudad de Colón, Departamento de La Libertad, a los siete días del mes de Agosto del año dos mil doce.
LUIS ALONSO AYALA LOPEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F057407
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial; al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con quince minutos del día de hoy, se ha declarado heredera abintestato con beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor TORIBIO AYALA, quien fue de cincuenta años de edad, Jornalero, soltero sin descendencia, originario de Apastepeque, en el departamento de San Vicente, y del domicilio de San Vicente, de Nacionalidad Salvadoreña
por nacimiento, con Documento Único de Identidad Número: cero dos millones ciento cuarenta y tres mil doscientos cuarenta y dos - cuatro, con Número de Identificación Tributaria: un mil uno - doscientos se-tenta mil quinientos sesenta y uno - ciento tres - cero, quien falleció a las once horas del día diecisiete de Noviembre del año dos mil once, en el Cantón Parras Lempa, jurisdicción de San Vicente, el lugar de su último domicilio, a la señora: JUANA AYALA GUZMAN o JUANA AYALA, de setenta y cinco años de edad, Ama de casa, y del domicilio de San Vicente, con Documento Único de Identidad Número: cero dos millones seiscientos cuarenta y seis mil novecientos once - siete, con Número de Identificación Tributaria: un mil uno - doscientos cuarenta mil seiscientos treinta y seis - ciento uno - nueve, en calidad de madre sobreviviente del causante.
Confiéraseles a la heredera declarada la administración y repre-sentación definitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil doce. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F057408
JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo Civil de este Municipio Judicial,
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas con cuarenta minutos del día veinticuatro de septiembre de dos mil doce.- Se ha declarado herederas definitivas con beneficio de inventario en la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida el día veinte de junio del año dos mil diez, en la Ciudad de Olocuilta, Departamento de La Paz, siendo también su último domicilio, dejó el causante GREGORIO IG-NACIO LORENZANA, a las señoras MARIA ARACELI LORENZANA DE CHAVEZ, conocida por MARIA ARACELY LORENZANA DE CHAVEZ; y MARIA ALIDA LORENZANA ORELLANA, en su calidad de herederas testamentarias.
Se ha conferido a las herederas declaradas la administración y representación definitiva de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-partamento de San Salvador, a las doce horas con cuarenta minutos del día veintiocho de Septiembre de dos mil doce. LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.-
1 v. No. F057423
ROMEO GARAY MOISA, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Condominio Central "E", Local Número uno, situado en diecisiete Calle Poniente y Avenida España, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario proveída a las quince horas veinte minutos del día diecisiete de octubre del año dos mil doce, se ha declarado a las señoras Rosa Emilia Mancía de Núñez, Sonia Elizabeth Núñez de Argueta, Rosa Marlene Núñez Mancía
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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Viuda de Barrera conocida por Rosa Marleni Núñez de Barrera, Gladis
Aminda Núñez Mancía conocida por Gladis Arminda Núñez Mancía,
Silvia Guadalupe Núñez Ingles conocida por Silvia Guadalupe Núñez
Molina, y Gloria Icela Núñez Mancía, herederas definitivas Testamen-
tarias, y con beneficio de inventario, de los bienes que a su defunción
dejará el señor FRANCISCO DE ASIS NUÑEZ CALDERON conocido
por FRANCISCO DE ASIS NUÑEZ, quien era de setenta y dos años
de edad, Agricultor, casado, originario y del domicilio de Santa Rosa
Guachipilín, departamento de Santa Ana, quien falleció a las dieciocho
horas veinticinco minutos del día veintinueve de marzo de dos mil
doce, en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San Salvador;
habiéndole concedido la representación y administración definitiva de
la referida sucesión.-
Por lo que se le avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, el día dieciocho de octubre del año dos
mil doce.
ROMEO GARAY MOISA,
NOTARIO.
1 v. No. F057435
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE
PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-
TAMENTO DE MORAZAN.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las
doce horas y treinta minutos de este día, se ha DECLARADO HERE-
DERA DEFINITIVA y con beneficio de inventario a: MARIA NERY
MARTINEZ, de cuarenta y nueve años de edad, de oficios domésticos,
del domicilio del Cantón El Pedernal, jurisdicción de Chilanga, de-
partamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número
cero tres millones seiscientos seis mil setecientos once guión uno; de la
herencia que en forma TESTAMENTARIA dejó el causante IGNACIO
MARTINEZ VASQUEZ, conocido por IGNACIO MARTINEZ; quien
fue de noventa y seis años de edad, soltero, agricultor en pequeño,
originario de la ciudad de Chilanga, departamento de Morazán:, hijo de
Pablo Martínez, y Carlota Vásquez; quien falleció a la una horas con
cuarenta minutos del día veinte de mayo del dos mil doce, en el Cantón
El Pedernal de Chilanga departamento de Morazán; en concepto de
Heredera Testamentaria de los bienes dejados por el referido causante.-
Se ha conferido a la mencionada heredera en la calidad expresada, la
administración y representación DEFINITIVA de dicha sucesión.
Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera,
Departamento de Morazán, a las doce horas y cuarenta minutos del
día veinticuatro de septiembre de dos mil doce.- LIC. BACILIA DEL
CARMEN PORTILLO, JUEZA 1° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA
ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.-
1 v. No. F057439
DANILO ARNOLDO ORELLANA GODINEZ, Notario, del domicilio de Santa Ana, con oficina Jurídica situada en la intersección de Avenida Independencia Norte y Sexta Calle Oriente, frente a Policía Metropoli-tana y Farmacia Santa María de la ciudad de Santa Ana, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día veinte de Octubre del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada DEFINITIVAMENTE la Herencia Intestada que a su defunción dejó el Ingeniero VICTOR RAIMUNDO CHAVARRI OCHOA, conocido por VICTOR RAYMUNDO CHAVARRI OCHOA, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, Ingeniero Agrónomo, originario y del domicilio de Santa Ana, quien falleció en su casa de habitación en el Barrio San Juan de la ciudad de Santa Ana, el día diecisiete de Marzo del año dos mil doce, siendo su último domicilio la ciudad de Santa Ana, de parte de los señores: MARIA ROCIO CHAVARRI SANDOVAL y VICTOR FERNANDO CHAVARRI SANDOVAL, en su calidad de hijos y además de Herederos Intestados del causante; confiéreseles la Representación y Administración Definitiva de los bienes que a su defunción dejó el de Cujus.
Librado en la ciudad de Santa Ana, el día veinte de Octubre del año dos mil doce.
LIC. DANILO ARNOLDO ORELLANA GODINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F057447
DANILO ARNOLDO ORELLANA GODINEZ, Notario, del domicilio de Santa Ana, con oficina Jurídica situada en la intersección de Avenida Independencia Norte y Sexta Calle Oriente, frente a Policía Metropoli-tana y Farmacia Santa María de la ciudad de Santa Ana, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día veinte de Octubre del año dos mil doce, se ha tenido por aceptada DEFINITIVAMENTE la Herencia Intestada que a su defunción dejó la Arquitecto ROSA MARIA CATALINA SANDOVAL DE CHAVARRI, conocida por ROSA MARIA SANDOVAL DE CHAVARRI y por ROSA MARIA DE CHAVARRI, quien fue de cuarenta y nueve años de edad, Arquitecto, originaria y del domicilio de Santa Ana, quien falleció en su casa de habitación en el Barrio San Juan de la ciudad de Santa Ana, el día nueve de Enero del año dos mil tres, siendo su último domicilio la ciudad de Santa Ana, de parte de los señores: MARIA ROCIO CHAVARRI SANDOVAL y VICTOR FERNANDO CHAVARRI SANDOVAL, en su calidad de hijos y además de Herederos Intestados de la causante, confiéreseles la Representación y Administración Definitiva de los bienes que a su defunción dejó la de Cujus.
Librado en la ciudad de Santa Ana, el día veinte de Octubre del año dos mil doce.
LIC. DANILO ARNOLDO ORELLANA GODINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F057449
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397JOSE ROBERTO AMAYA VALLE, Notario, de este domicilio, con
Despacho Jurídico en Avenida Olímpica, Condominios Villa Olímpica,
Edificio "C", local 3-C, Ciudad, al público en general para los efectos
de Ley,
AVISA: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las
diecisiete horas treinta minutos del día dieciséis de octubre del presente
año, se han declarado HEREDEROS TESTAMENTARIOS DEFINITI-
VOS y con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó
la causante señora BLANCA DELFINA RIVAS DE HERNANDEZ,
quien fue de setenta y cinco años de edad, Profesora, viuda, originaria
de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz y del domicilio de
Mejicanos, Departamento de San Salvador, de nacionalidad salvado-
reña; a los señores MERCEDES LISSETTE HERNANDEZ RIVAS y
ENRIQUE ALFONSO HERNANDEZ RIVAS, en su calidad de hijos
de la causante, habiéndoseles conferido a los Herederos declarados LA
ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la
Sucesión.
San Salvador, diecinueve de octubre de dos mil doce.
LIC. JOSE ROBERTO AMAYA VALLE,
NOTARIO.
1 v. No. F057461
JOSE ANTONIO MORALES EHRLICH, Notario, de este domicilio,
con oficina ubicada en 4ª Calle Poniente y 25 Avenida Sur, Condominio
Cuscatlán, L-309, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día diez de Enero de dos mil doce, se ha declarado
Heredera Definitiva, con Beneficio de Inventario de los bienes que a su
defunción ocurrida, el diecinueve de Septiembre de dos mil diez, en la
ciudad de Guazapa, dejará la señora LEILA ARACELY HERNANDEZ
DE AGUIRRE, o LEILA ARACELY MARROQUIN HERNANDEZ,
a la señora TERESA HERNANDEZ DE MARROQUIN conocida por
TERESA DE JESUS HERNANDEZ, en concepto de madre de la cau-
sante, y como cesionaria de los derechos de Milton Mauricio Aguirre
Vega, esposo de la causante, de Manuel de Jesús Marroquín, padre de la
causante y de Katherine Fabiola Mejía Marroquín, hija de la causante.-
Habiéndole concedido la representación y administración definitiva de
la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el día veintisiete de Octubre de dos mil
nueve.
JOSE ANTONIO MORALES EHRLICH,
NOTARIO.
1 v. No. F057465
LICENCIADO JOSE DAVID MORALES RIVAS, NOTARIO DE ESTE
DOMICILIO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las dieciocho horas del día quince de Octubre del corriente año, se ha
declarado heredera abintestato y con beneficio de inventario de la heren-
cia intestada que a su defunción dejará el causante ISMAEL ARTURO
MENDOZA GONZALEZ, fallecido el día dos de Abril del año dos
mil ocho, a las veintidós horas y quince minutos, en El Hospital San
Juan de Dios de esta Ciudad, de parte de la señora BLANCA ESTELA
POSADA VIUDA DE MENDOZA, EN SU CONCEPTO DE CON-
YUGE SOBREVIVIENTE DEL CAUSANTE, CONFIRIENDOSELE
DEFINITIVAMENTE la administración y representación de la mortual
expresada con las facultades de Ley.
LIBRADO: EN LA CIUDAD DE SANTA ANA, A LOS DIECISEIS
DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
LICDO. JOSE DAVID MORALES RIVAS,
NOTARIO.
1 v. No. F057468
MILAGRO DE JESUS GARAY DE CEVALLOS, Notario, de este do-
micilio, con oficina situada en Diagonal Doctor Arturo Romero, Edificio
Cuatrocientos cuarenta y cuatro, local Nueve - Segunda Planta, Colonia
Médica, San Salvador. Al público para los efectos de Ley
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las once horas treinta minutos del día veintinueve de septiembre de dos
mil doce, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO AB-INTESTATO
con beneficio de inventario de la señora GLORIA MARINA GARCIA,
quien falleció en el Municipio de El Calmen, departamento de Cuscatlán,
el día catorce de diciembre de dos mil nueve, siendo ese su último do-
micilio, al señor JOSE TORIBIO MARTINEZ GARCIA, en su calidad
de hijo sobreviviente de la causante; y se le confirió al heredero la
administración y representación definitiva de la sucesión intestada.
Librado en la Oficina de la Notario MILAGRO DE JESUS GARAY
DE CEVALLOS, a los un día del mes de octubre de dos mil doce.-
LIC. MILAGRO DE JESUS GARAY DE CEVALLOS,
NOTARIO.
1 v. No. F057470
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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a
las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día veinticinco de
septiembre del presente año, se ha declarado heredera, con beneficio
de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción por el
causante señor EDGARD ALBERTO MARTINEZ, conocido por
EDGAR ALBERTO MARTINEZ, ocurrida el día doce de agosto de
dos mil once, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a la señora
IRMA GLORIA TURCIOS DE MARTINEZ, conocida por DINORA
TURCIOS RODRIGUEZ, por DINORAH TURCIOS y por DINORA
RODRIGUEZ TURCIOS, en calidad de cónyuge sobreviviente del
causante; y se ha conferido a la heredera declarada, la administración y
la representación definitivas de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas y
cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de octubre de dos mil doce.-
LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.
KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.-
1 v. No. F057475
GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las
once horas cuatro minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil
doce, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario de
la herencia intestada que a su defunción defirió el causante señor VA-
LENTIN DURAN conocido por VALENTIN DURAN GONZALEZ y
VALENTIN GONZALEZ DURAN, quien falleció el día Veinticuatro de
Noviembre del Año Dos Mil Seis, en la ciudad de Soyapango, siendo su
último domicilio la misma ciudad, al señor JUAN ANTONIO DURAN
MARTINEZ, conocido por JUAN ANTONIO DURÁN, en su calidad
de hijo sobreviviente del causante y cesionario de los derechos heredi-
tarios de los señores Concepción Martínez Viuda de Durán, conocida
por Concepción Martínez y Concepción Martínez de González, Digna
del Rosario Durán Martínez, Pedro González Martínez, Rosa Cándida
Durán Martínez o Rosa Cándida Durán de Flores, José Camilo Durán
Martínez y Sandra Elizabeth Durán Martínez.
Confiérase al heredero declarado la administración y representación
definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas
y cuarenta y cinco minutos del día diez de octubre de dos mil doce.
LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE
LO CIVIL.- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ,
SECRETARIA.-
1 v. No. F057476
DELMY ELENA ARAUJO GARCIA, Notario, de este domicilio, con
Oficina ubicada en la COLONIA MIRAMONTE, CALLE COLIMA
NUMERO OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO, SAN SALVA-
DOR. DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario proveída
a las trece horas con treinta minutos del día veinte de Octubre de dos mil
doce, se ha declarado a la Señora CLARA LUZ CRUZ RIVAS, conocida
por CLARA LUZ RIVAS y por CLARA LUZ RIVAS DE GREAVES;
HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los
bienes que a su definición dejara el Señor FREDERICK JOSEPH GREAVES;
quien en vida fuera de ochenta y dos años de edad, casado, originario de
los Estados Unidos de América, de Nacionalidad Estadounidense, Pensio-
nado, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador;
quien falleciera a consecuencia de INFARTO AL MIOCARDIO, en la
URBANIZACION ALTOS DEL BOULEVARD, BLOCK DOS, CASA
NUMERO SEIS, SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN
SALVADOR, a las dieciocho horas del día cuatro de Julio de dos mil
doce; siendo hijo de los Señores FRED CARROL, GREAVES y MAR-
GARET, PUTNAM, ya fallecidos; habiendo sido su último domicilio
la expresada Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,
quien antes de su fallecimiento no había formalizado testamento alguno
en relación a sus bienes; la primera en concepto de: cónyuge sobrevi-
viente y heredera ad-intestado del de cujus; habiéndosele concedido la
representación y administración definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el día veintidós de Octubre de dos mil
doce.-
DELMY ELENA ARAUJO GARCIA,
ABOGADA Y NOTARIO.
1 v. No. F057496
acEPTacioN DE HErENcia
FABIO LEHILUD ESTRADA PARADA, Notario, de este domicilio,
con Despacho Notarial situado en: Centro Comercial Andrómeda local
seis primer nivel Boulevard Constitución, San Salvador. AL PUBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito, a las
ocho horas del día dieciséis de septiembre de dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de parte de la
señora: MARIA ELENA FLORES VEGA, de cuarenta y cinco años de
edad ama de casa, del domicilio de Soyapango, Departamento de San
Salvador y del de la ciudad de Los Ángeles california de los Estados
Unidos de América, en su concepto de hija, de la Herencia Intestada que
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397a su defunción ocurrida, a la UNA HORA Y CUARENTA Y CINCO
MINUTOS del día ONCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SIETE,
siendo su último domicilio la ciudad de Los Ángeles California de los
Estados Unidos de América, lugar donde residía; dejó la causante señora:
SALVADORA VEGA VIUDA DE LOPEZ, quien fue de setenta y un
años de edad, ama de casa, del domicilio de la ciudad de Los Ángeles
California de los Estados Unidos de América.
A la aceptante se le ha conferido la Administración y Represen-
tación Interino de la Sucesión con las facultades y limitaciones de los
curadores de la Herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos legales.
Librado en la oficina del Notario FABIO LEHILUD ESTRADA
PARADA, en San Salvador, a los dieciocho días del mes de Septiembre
de dos mil doce.
FABIO LEHILUD ESTRADA PARADA,
NOTARIO.
1 v. No. C006306
MARIO OSWALDO RAMOS CABRERA, Notario, del domicilio de
San Salvador, con oficina ubicada en Colonia Escalón, noventa y una
Avenida Norte, número seiscientos veintiséis, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, provista
a las nueve horas del día diecinueve de octubre del año dos mil doce, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Militar,
de la ciudad de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del
día veinticuatro de mayo del año dos mil cinco, dejó la señora CORO-
NADO DEL CARMEN VILLEDA VIUDA DE SANTOS conocida por
CORONADO DEL CARMEN VILLEDA ORELLANA, CARMEN
VILLEDA VIUDA DE SANTOS, CORONADO DEL CARMEN
VILLEDAS, CARMEN VILLEDA DE SANTOS y por CARMEN
VILLEDA, a favor del señor SANTIAGO RAUL SANTOS VILLEDA,
en su concepto de HIJO sobreviviente de la referida causante, a quien
se le confiere la administración y representación interina de la referida
Sucesión. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario MARIO OSWALDO RAMOS
CABRERA. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día
veintidós de octubre del año dos mil doce.-
MARIO OSWALDO RAMOS CABRERA,
NOTARIO.
1 v. No. C006331
MAURICIO REBOLLO CONTRERAS, Notario, del domicilio de
San Salvador, con Bufete en Condominio Viena, Pasaje Viena, No. 7,
esquina 1ª Avenida Norte y 19ª, Calle Poniente San Salvador, Tel-Fax.
2226-4292, AL PUBLICO
AVISO: En las Diligencias de Aceptación de Herencia Testamen-
taria de JULIA DEL CARMEN HERNANDEZ DE MOLINA conocida
como JULIA HERNANDEZ DE MOLINA y JULIA DEL CARMEN
HERNANDEZ VIUDA DE MOLINA, de 80 años Profesora, domicilio
San Salvador, originaria de Tapalhuaca, La Paz, hija de María de la Paz
Hernández, fallecida el 26 de febrero de 2004 en Mejicanos, siendo San
Salvador su último domicilio, la sucesión ha sido aceptada expresamente
con beneficio de inventario por hijos herederos Testamentarios: SANDRA
CECILIA MOLINA HERNANDEZ conocida como SANDRA CECI-
LIA MOLINA DE HENSEL, MORENA DEL CARMEN MOLINA
HERNANDEZ, conocida como MORENA CARMEN MOLINA, JUAN
RAMON MOLINA HERNANDEZ y por su nieta MONICA CARMEN
BOSCH MOLINA conocida como MONICA CARMEN BOSCH, por
derecho de SUSTITUCION de la heredera testamentaria ANGELA
DELSI MOLINA HERNANDEZ madre de la aceptante, ella falleció
antes de la testadora quien en cláusula 5ª de su testamento, ordenó que
al fallecer algún heredero antes de ella, sería sustituido por los hijos de
ellos en la cuota correspondiente y al enunciar sus nietos citó el nombre
de esta aceptante. Les he conferido la administración y representación
interinas de la sucesión, con facultades y restricciones de los Curadores
de la Herencia Yacente.
El Notario CITO a quienes tengan igual o mejor derecho en la su-
cesión o se opongan, a deducirlo legalmente ante el Notario en su Bufete
profesional dentro de quince días siguientes al de la tercera publicación
de este edicto.
Librado en San Salvador, a los ocho días de octubre de dos mil doce.
MAURICIO REBOLLO CONTRERAS,
NOTARIO.
1 v. No. C006333
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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. JORGE ADALBERTO SALAZAR GRANDE, Notario, de este domicilio,
con oficina ubicada en Reparto y Pasaje El Rosal número Uno- A, Calle
El Progreso de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito proveida a las ocho
horas del doce de octubre del año dos mil doce, se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria que
a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, departamento de
San Salvador, el treinta de marzo del año dos mil doce, dejó el causante,
Doctor JOSE ORLANDO ANTONIO BAÑOS PACHECO conocido
por ORLANDO BAÑOS PACHECO, de parte de la señora CLARA
LUZ RIVAS VIUDA DE BAÑOS, antes CLARA LUZ RIVAS DE
BAÑOS, heredera testamentaria y cesionaria de los derechos hereditarios
de Clarissa Esther del Pilar Baños de Argueta, Linda Lissette Baños de
Larín, Sussie C Mcintyre, antes Sussie Carolina Baños Rivas y Orlando
Edgardo Baños Rivas, todos hijos del causante, habiéndosele conferido la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia,
por este medio se cita a quienes se crean con derecho sobre la referida
herencia, para que se presenten a la mencionada oficina en el término de
quince días, contado desde el siguiente a la última publicación de este
edicto.
Librado en la oficina del firmante, en la ciudad de San Salvador,
a las nueve horas del día doce de octubre del año dos mil doce.
JORGE ADALBERTO SALAZAR GRANDE,
NOTARIO.
1 v. No. C006336
MILAGRO BEATRIZ RECINOS MOLINA, Notario, del domicilio
de Coatepeque, departamento de Santa Ana, con oficina de Notariado
en Cuarta Calle Poniente, Barrio El Calvario, Local número Ocho, del
domicilio de Apopa, departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución que se ha pronunciado a las
diez horas del día diecinueve de octubre del año dos mil doce, tiénese
por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción en Colonia El Tikal Sur, Polígono "M", calle principal, casa
diecisiete, de esta jurisdicción, el día veintiuno de enero de dos mil once,
a las doce horas y diez minutos, dejó el señor FERMIN ALVARADO
conocido por JOSE FERMIN ALVARADO HERNANDEZ, de parte de
la señora MARIA LUCILA ALEMAN DE ALVARADO, en el concepto
de esposa sobreviviente del causante. Confiérase a la aceptante la admi-
nistración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y
restricciones de Ley.
CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para
que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados
a partir del día siguiente de la publicación de este edicto.
Librado en la OFICINA DE LA NOTARIO LICENCIADA MI-
LAGRO BEATRIZ RECINOS MOLINA. Apopa, a los veintitrés días
del mes de octubre del año dos mil doce.
LIC. MILAGRO BEATRIZ RECINOS MOLINA,
ABOGADA Y NOTARIO.
1 v. No. F057388
SONIA ELIZABETH GARCIA PORTILLO, Notario, de este domicilio,
con Oficina Profesional situada en Sesenta y Siete Avenida Sur, Número
Trescientos, Local número Tres, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, de las
siete horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción
ocurrida en la ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador, el
día catorce de noviembre del año de mil novecientos ochenta y siete,
siendo éste su último domicilio; que dejó el señor JOSE GUILLERMO
SOLORZANO VARELA, conocido por JOSE GUILLERMO VA-
RELA SOLORZANO, JOSE GUILLERMO VARELA y por JOSE
GUILLERMO SOLORZANO; por parte de los señores PATRICIA
IVETTE VARELA PORTILLO, CLAUDIA LORENA VARELA POR-
TILLO, y MOISES RICARDO VARELA PORTILLO, en su concepto
de hijos sobrevivientes del de Cujus; por lo que se les ha conferido la
Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las obli-
gaciones de curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este
medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia,
para que se presenten a mi oficina en el término de quince días, contados
desde el siguiente día de la última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina Profesional de la Notario SONIA ELIZABETH
GARCIA PORTILLO, en la ciudad de San Salvador, a los Veintitrés
días del mes de Octubre del año dos mil doce.-
LIC. SONIA ELIZABETH GARCIA PORTILLO,
NOTARIO.
1 v. No. F057391
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397JORGE ISIDORO NIETO MENENDEZ, Notario, de este domicilio, con
oficina ubicada en Colonia San Benito, Boulevard del Hipódromo, Edificio
Gran Plaza, Tercer Nivel, Local Trescientos Dos, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las quince horas del día diecinueve de octubre del año dos mil doce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la herencia testamentaria que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, a
las dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del día catorce de octubre
del año dos mil ocho, dejara la señora MYRIAM DEL CARMEN SIRI
SANGLAS DE SIMAN, conocida por MYRIAM DEL CARMEN SIRI
DE SIMAN, de parte del señor ROBERTO SIMAN JACIR, en su concepto
de heredero testamentario, habiéndosele conferido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se
cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que
se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados
desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario JORGE ISIDORO NIETO
MENENDEZ. En la ciudad de San Salvador, a los veintidós días del
mes de octubre del año dos mil doce.
JORGE ISIDORO NIETO MENENDEZ,
NOTARIO.-
1 v. No. F057419
JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA, Abogado y Notario, del do-
micilio de Usulután, con Oficina situada en Avenida Guandique, Casa
número cuatro, Frente al Banco Agrícola, Departamento de Usulután,
AL PUBLICO
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, Pronun-
ciada, a las nueve horas del día dieciséis de Octubre del año dos mil doce,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Nacional
de Jiquilisco, Departamento de Usulután, a consecuencia de Diabetes,
Hipertenso, con Asistencia Médica, de la Doctora MARIA JOSEFINA
SALMERON CONTRERAS, Doctora en Medicina General, hijo de la
señora: MARIA ADILIA POSADA y del señor JOSE NIETO, a las ocho
horas y treinta minutos del día trece de Septiembre del año dos mil doce,
el señor JOSE MARIO POSADA NIETO, conocido por JOSE MARIA
POSADA, JOSE MARIA POSADA NIETO, JOSE MARIA POZADA
NIETO, y por JOSE MARIO POSADA, sin formular su Testamento y
dejando como única heredera a la señora GLENDA CAROLINA APARICIO
DE POSADA conocida por GLENDA CAROLINA APARICIO RIVERA,
en concepto de Cónyuge del causante, habiéndole conferido la Adminis-
tración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en la Oficina Notarial, del Licenciado JUAN FRANCISCO
CRUZ MAYORGA.- Usulután, a las quince horas del día dieciocho de
Octubre del año dos mil doce.
JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA,
NOTARIO.
1 v. No. F057442
EL LICENCIADO ERNESTO MONGE VASQUEZ, Notario, de este
domicilio, con oficina ubicada en Urbanización Siglo XXI, Centro
Comercial Swatmy, local 13, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída
a las once horas treinta minutos del día dieciocho de octubre del pre-
sente año, se ha declarado heredero interinamente y con beneficio de
inventario, al señor RICARDO ALBERTO RIVERA RODRIGUEZ,
en concepto de padre sobreviviente, de la herencia intestada que a su
defunción dejó la señora REBECA SUSANA RIVERA RIVERA; y en
consecuencia se le confirió al heredero la administración interina de los
bienes de la causante con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos
los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten
a la oficina del suscrito notario en el término de quince días, contados
desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día
diecinueve de octubre de dos mil doce.-
LICDO. ERNESTO MONGE VASQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F057444
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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. CARMEN PINEDA HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, con
oficina situada en 19 calle Poniente, número 325, local 2, Edificio
Mossi-Portillo, de esta ciudad, para los efectos de ley.
HACE SABER: Que en esta notaría, por resolución de la suscrita,
de las ocho horas del día quince de octubre del año en curso, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de parte de la
señora MORENA GUADALUPE CABRERA DE MOLINA, la herencia
intestada que a su defunción, ocurrida el día doce de marzo del año dos
mil ocho, dejó su cónyuge Miguel Ángel Molina Servano conocido por
Miguel Ángel Molina Méndez, quien fue de cincuenta y cuatro años de
edad, Comerciante, originario de la ciudad de Jayaque, departamento
de La Libertad, siendo éste su último domicilio. Confiriéndosele a la
aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos que señala
la ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, quince de octubre de dos
mil doce.
CARMEN PINEDA HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F057478
Licenciado EDWIN ARQUIMIDES CABEZAS CALDERON, Notario,
del domicilio de Ahuachapán, con oficina establecida en Cuarta Avenida
Sur, número tres-cuatro, de la ciudad de Ahuachapán.
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las once horas del día quince de Octubre de dos mil doce, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que a su defunción ocurrida el día cuatro de Agosto del año
dos mil doce, a las dieciocho horas, en el Barrio El Calvario, Concepción
de Ataco, Departamento de Ahuachapán, siendo esa ciudad su último
domicilio, dejó el señor WILLIAM ALFREDO VASQUEZ RIVERA, de
parte del señor JOSE VASQUEZ, en su calidad de padre sobreviviente
del causante, habiéndosele conferido la administración y la representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones del curador de
la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los
que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten
a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la última publicación del presente edicto.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la oficina del suscrito Notario Licenciado Edwin Ar-
químides Cabezas Calderón, a las ocho horas del día veinte de Octubre
del año dos mil doce.
EDWIN ARQUIMIDES CABEZAS CALDERON,
ABOGADO Y NOTARIO.
3 v. alt. No. C006322-1
OSCAR NEETALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a
las ocho horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de la herencia testamentaria
que a su defunción dejó la señora DORILA CARMEN ORELLANA
VIUDA DE PORTILLO O DORILA CARMEN ORELLANA O DORI-
LA ORELLANA, quien fue de ochenta años de edad, viuda, de oficios
domésticos, originaria de Chapeltique, Departamento de San Miguel,
de nacionalidad salvadoreña, hija de Eusebio Orellana y de Margarita
Rivas; quien falleció a las nueve horas del día quince de agosto del año
dos mil once, en Barrio San Simón, de la ciudad de Jucuapa, departa-
mento de Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de HILDA
CONCEPCION PORTILLO DE HERRERA o HILDA CONCEPCION
PORTILLO, de cincuenta y un años de edad, casada, modista, de este
domicilio, con Documento Único de Identidad número: cero dos millones
setecientos setenta mil setecientos treinta y dos guión dos; y con Tarjeta
de Identificación Tributaria número: un mil doscientos cuatro guión
veintidós cero uno sesenta y uno guión ciento uno guión seis, JUANA
ALBERTINA PORTILLO ORELLANA conocida por JUANA ALBER-
TINA PORTILLO o ALBERTINA DE LEON o JUANA ALBERTINA
PORTILLO DE LEON, de cuarenta y ocho años de edad, divorciada, de
oficios del hogar, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número: cero cinco millones treinta y un mil doscientos treinta y nueve
guión dos y con Tarjeta de Identificación Tributaria número: un mil
doscientos cuatro guión veintinueve once sesenta y tres guión ciento
uno guión seis, en concepto de hijas y herederas testamentarias de la
causante.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para
que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir
del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, A LAS NUEVE HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL
DIA VEINTIDOS DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE. LIC. OSCAR
NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC.
RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006325-1
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRI-
MERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ACAJUTLA.
HACE SABER: Al público en general y para los efectos legales
consiguientes, que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las
doce horas cinco minutos del día diecisiete de Octubre del presente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejo el señor JORGE ANTONIO
FLORES CHAVEZ, la cual ocurrió a las veinte horas cero minutos del
día veintisiete de Octubre del dos mil diez, en el Caserío Kilo Cinco
del Cantón San Julián de la jurisdicción de Acajutla, siendo su último
domicilio la ciudad de Acajutla; de parte de la señora MARILENA
GAITAN ARGUETA, en su concepto de cesionaria de los derechos
hereditarios que le correspondían a los señores María de los Ángeles,
Aracely Elizabeth, Willian Balmore y Sergio de Jesús, todos de apellidos
Flores Gaitán, en su calidad de hijos del causante mencionado, por lo que
se le nombra interinamente administradora y representante de la indicada
sucesión, con las mismas facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente.
Se cita a todas aquellas personas que crean tener derecho a la
herencia en referencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo
en el término de quince días contados desde el día siguiente a la tercera
publicación del presente edicto.
Librado en el juzgado de Primera Instancia de Acajutla, a las doce
horas veinte minutos del día diecisiete de Octubre del dos mil doce.
LICDA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ
LEIVA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057370-1
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; JUEZ DE LO CIVIL, DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO
DE LA UNIÓN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez
horas y quince minutos del día diecisiete de septiembre del corriente
año. Se declaró heredero expresamente y con beneficio de inventario de
la herencia intestada que al fallecer a las dieciséis horas del día veinte
de mayo de dos mil diez, en el Cantón Guayabo de la jurisdicción de
Concepción de Oriente, de este distrito, Departamento de La Unión, su
último domicilio dejó la causante Carmela Bonilla de Turcios o Carmela
Bonilla Bonilla, de parte del señor Flavio Turcios o Flavio Turcios
Serrano, en concepto de cónyuge sobreviviente, de conformidad con
el Artículo 988 C.C. Se le confiere al heredero declarado en el carácter
dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de
la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos
correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-
mento de La Unión, a los dieciocho días del mes de septiembre de dos
mil doce. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057411-1
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, al público para efectos
de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte mi-
nutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio
de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
señor AGUSTIN ELIAS BLANCO; quien fue de sesenta y nueve años
de edad, fallecido el día seis de agosto de dos mil dos, siendo el cantón
Habillal de este municipio el lugar de su último domicilio; de parte
del señor JOSE AGUSTIN ELIAS BONILLA, en calidad de hijo del
causante. Confiriéndose al aceptante en el carácter indicado la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL, San Miguel, a los once días del mes de octubre de dos mil doce.
LICDA. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA
AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F057421-1
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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta y
cinco minutos del día nueve de octubre del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
intestada dejada por el señor GONZALO HERNANDEZ HERNANDEZ,
fallecido el día doce de mayo del dos mil once, en San Salvador,
siendo Sonsonate, el lugar de su último domicilio, de parte del señor
EDUARDO RIVAS CRUZ, en concepto de cesionario de los derechos
hereditarios que les correspondían a los señores MARGARITA JOVEL
DE HERNANDEZ y GONZALO HERNANDEZ JOVEL la primera en
concepto de cónyuge sobreviviente y el segundo como hijo ambos del
mencionado causante.
Y se ha conferido al aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas quince
minutos del día doce de Octubre del dos mil doce. DR. MARIO MOISA
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057433-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas veinticinco
minutos del día veintisiete de Marzo del presente año, ha sido declarado
heredero expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
intestada dejada por el señor Alejandro Precentación Chamul quien fue
conocido por Alejandro Presentación Chamul y por Alejandro Chamul,
fallecido el día uno de Noviembre del año dos mil, en la Cooperativa de
Santa Cruz Tazula de este departamento, lugar de su último domicilio, de
parte del señor Jose Mauricio Chulo, como cesionario de los Derechos
hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a las señoras
Margarita Estrada Chamul, Vilma Isabel Estrada Chamul ahora de
Miranda y Sonia Elisabeth Chulo Chamul, en su concepto de hijas del
referido Causante.
Y se ha conferido al aceptante declarado la administración y re-
presentación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones
de Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las quince horas cuarenta minutos
del día veintisiete de Marzo del año dos mil doce. DR. MARIO MOISA
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057434-1
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas y
treinta y cinco minutos del día veintidós del mes de Mayo del año dos mil
doce y ampliado por auto de las catorce horas y diez minutos de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora BEATRIZ
VALERIANA CASTRO conocida por BEATRIZ VALERIANA CAS-
TRO, BEATRIZ CASTRO MACIN, BEATRIS CASTRO Y BEATRIZ
CASTRO, quien falleció el día veintiuno de Noviembre del año dos mil
dos, a la edad de sesenta y siete años, siendo en esta ciudad su último
domicilio, de parte de la señora ANA FILOMENA CASTRO AREVALO
como cesionaria de los derechos que en dicha sucesión le correspondía
a los señores ROSA HAYDEE CASTRO VIUDA DE LOPEZ, antes
CASTRO MAYE, ANTONIA YOLANDA CASTRO, SONIA MAR-
GORISTA CASTRO DE ALFARO, antes CASTRO AREVALO, RENE
ISMAEL CASTRO y ALFREDO ANTONIO CASTRO, éstos en calidad
de hijos de la causante y además la interesada se ha declarado heredera en
calidad de hija de la referida causante.- Confiéresele a la aceptante en el
concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-
mento de Sonsonate, a los veintiún días del mes de Agosto del año
dos mil doce.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057437-1
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para
efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a
las quince horas y cincuenta minutos del día veinte de Septiembre del
corriente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y
CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA
que a su defunción dejaron los causantes MARIA ISABEL ROMERO y
TIBURCIO GARCIA, conocido por TIBURCIO GARCIA VASQUEZ,
de parte de los señores BERNABE EENRIQUE ROMERO GARCIA;
CRUZ CONCEPCION ROMERO GARCIA; JOSE SANTOS ROMERO
GARCIA, Y ERNESTO ROMERO GARCIA, por derecho propio en
calidad de hijos de los mencionados causantes, quienes a la fecha de
sus fallecimientos fueron la primera de sesenta y cuatro años de edad,
de Oficios Domésticos, originaria de Jocoaitique, Departamento de
Morazán; hija de María Magdalena Romero; falleció a las veintidós
horas y quince minutos del día doce de Junio de Dos Mil Cinco, en la
Colonia Las Flores; y el segundo de setenta y seis años de edad, jornalero,
originario de Jocoaitique, hijo de María Eustaquia García; falleció en la
Colonia Morazán, ambas de esta ciudad de San Francisco Gotera; siendo
esta misma ciudad lugar de sus últimos domicilios. Se les confirió a los
aceptantes antes mencionados y en la forma establecida, la ADMINIS-
TRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el
siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-
dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-
cisco Gotera, a las nueve horas y dieciséis minutos del día veintiséis
de Septiembre de Dos Mil Doce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN
URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA. LICDA. KARINA
ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057438-1
LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó la causante ROSA ENMA AGUILAR conocida
por MARIA ROSA AGUILAR, quien falleció el día ocho de octubre de
dos mil once en el Parqueo de la Morgue del Hospital Santa Teresa de esta
ciudad, siendo Zacatecoluca, su último domicilio, por parte de MARIA
ANTONIA DEL CARMEN AGUILAR BERNABE, en concepto de hija
de la causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora
y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticuatro de septiembre
de dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057484-1
HErENcia YacENTE
LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO
DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y cincuenta
minutos de este día; se declaró YACENTE, la herencia que en forma
intestada dejó el causante JUAN FRANCISCO FLORES ESTRADA,
quien fue de ochenta y tres años de edad, soltero, originario y del
domicilio de Sociedad, de nacionalidad Salvadoreña; hijo de la señora
GUMERCINDA FLORES ESTRADA, quien falleció a las OCHO HO-
RAS del día DIECISEIS de JULIO del año DOS MIL OCHO; siendo la
ciudad de Sociedad su último domicilio; DECLARASE YACENTE, la
misma y se nombró como Curador para que la represente al Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, a quien se le hara saber este
nombramiento, para su aceptación, protesta y demás efectos legales. Y
cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del termino de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las
quince horas y cincuenta y cinco minutos del día quince de octubre de
dos mil doce. LICDA. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA
1° DE 1ª INSTANCIA. LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO
DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006319-1
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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. TÍTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor
MARLO IVAN OSEGUEDA HENRÍQUEZ; solicitando se les
extienda, TÍTULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza
urbana, situado en Barrio San Antonio, Sexta Avenida Sur, y pasaje
número uno, de esta ciudad, de una extensión superficial de TRES-
CIENTOS CINCO PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS, que
se describe AL NORTE, dieciocho punto sesenta metros, calle pública
de por medio, con Samuel Hernández, y Francisco Alfredo Guardado;
AL ORIENTE, catorce metros, calle pública de por medio, con
Elías Quevedo; AL SUR, veinticinco metros, con Gladis del Carmen
Osegueda Barrera; y AL PONIENTE, catorce metros, con Ovidio
Deras. El inmueble descrito no tiene cargas o derechos reales de ajena
pertenencia que deban respetarse, ni están en proindivisión con nadie y
lo valúan en la suma de MIL DOSCIENTOS DÓLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
demás efectos de Ley.
ALCALDÍA MUNICIPAL; de la ciudad de Chalatenango, a los
ocho días de mes de agosto de dos mil doce.- Dr. JOSÉ RIGOBERTO
MEJÍA MENJÍVAR, ALCALDE MUNICIPAL. JOSÉ ENRIQUE
RAMÍREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006329-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora
ANASTACIA GUARDADO DE HERRERA; solicitando se les extienda,
TÍTULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza urbana, situado
en Colonia Veracruz, Calle a Upatoro de esta ciudad, de CUARENTA Y
CUATRO PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS, que
se describe AL ORIENTE, mide nueve metros, con Franklin Manzano,
calle que conduce a Las Palmeras de por medio; AL NORTE, mide
cuatro metros cincuenta centímetros, con Juan Antonio Herrera Mena,
dividido por pared de ladrillo propio del inmueble general que se describe;
AL PONIENTE, mide diez metros treinta centímetros, con Cementerio
Municipal en línea recta; y AL SUR, mide cuatro metros cincuenta
centímetros, con cementerio Municipal. El inmueble descrito no tiene
cargas o derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse, ni
están en proindivisión con nadie y lo valúan en la suma de TRES MIL
DÓLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
demás efectos de Ley.
ALCALDÍA MUNICIPAL; de la ciudad de Chalatenango, a los
quince días de mes de octubre de dos mil doce.- Dr. JOSÉ RIGOBERTO
MEJÍA MENJÍVAR, ALCALDE MUNICIPAL. JOSÉ ENRIQUE
RAMÍREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006330-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que el Licenciado WILLIAM JOSÉ LÓPEZ
EMÉSTICA, Apoderado General Judicial de la señora KARLA
GUADALUPE ESCALANTE DE AGUIRRE, se ha presentado a esta
oficina, solicitando a favor de su poderdante Título de Propiedad de un
inmueble, urbano y construcciones que contiene, situado en el Barrio
San Juan de Dios, sobre la Sexta Avenida Norte número uno- diez de
esta ciudad, de una extensión superficial de CIENTO VEINTIDÓS
PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de los linderos
y medidas siguientes: AL PONIENTE, cinco punto noventa y cuatro
metros, Sexta Avenida Norte de por medio, con Carmen Vásquez; AL
NORTE, quince punto noventa y nueve metros, con Mauricio Armando
Rodríguez Maza y Mario Alberto Rodríguez Maza; AL ORIENTE, ocho
punto cincuenta y nueve metros, con Alfredo Ramírez; AL SUR, en tres
tramos: El primero de Oriente a Poniente diez punto cuarenta y cinco
metros, el segundo dobla hacia el Norte con tres punto veintiséis metros
y el tercero hacia el Poniente en cinco punto cero tres metros, con María
Guillermina Aguilar de Cortez o María Guillermina Aguilar Méndez.
Por los cuatro rumbos tiene paredes propias. Dicho inmueble carece de
antecedente inscrito y lo valora en la suma de DOS MIL DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y lo obtuvo por donación
en documento privado que le otorgó el día catorce de febrero de mil
novecientos noventa y tres, la señora Coralia Stella Ramírez, quien es
mayor de edad, de oficios domésticos, originaria del domicilio de esta
ciudad, quien reside en el mismo inmueble objeto de esta titulación.
Desde el mes de febrero de mil novecientos noventa y tres, su mandante
ha poseído dicho inmueble en forma quieta, pacífica e ininterrumpida,
haciendo actos como verdadera dueña, reparando la vivienda de sistema
mixto que contiene, construyendo y habitándolo juntamente con su
familia; no es predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos
reales que deba respetar y no está en proindivisión.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley.
ALCALDÍA MUNICIPAL: Ahuachapán, a los diez días del mes
de julio del año dos mil doce.- Lic. RAFAEL ANTONIO MORÁN
ORELLANA, ALCALDE MUNICIPAL. NORMA ISABEL AMAYA
DE ORTIZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F057416-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
SAN JORGE, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL;
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora
ÁNGELA MARIBEL TORRES DE CALDERÓN, de cuarenta y siete
años de edad, de profesión u oficio corte y confección, de este domi-
cilio, con Documento Único de Identidad Número 00942623-7 y con
Número de Identificación Tributaria 1108-010364-101-8, solicitando se
le expida TÍTULO DE PROPIEDAD, de dos inmuebles de naturaleza
URBANA, situado en el Barrio Santa Rosa, de esta Ciudad de San Jorge,
Distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel; EL PRIMERO
de la capacidad superficial según medidas lineales de 736.00 M² de las
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397medidas y colindancias siguientes: AL NORTE; 25.00 metros lineales
con terreno del señor José German Garay Quintanilla, cerco de tirabuzón
propio de por medio; AL ORIENTE; 40.00 metros lineales, con terreno
de la señora Susana Chávez, antes de Ana Luisa Campos de Aparicio,
cerco de tirabuzón de por medio propio de la colindante; AL SUR;
21.00 metros lineales con terreno de la señora Ana Luisa Campos de
Aparicio, cerco de alambre propio de la colindante; y AL PONIENTE:
24.00 metros lineales con terreno del señor Ofilio Aparicio, quebrada
de por medio y EL SEGUNDO, de la capacidad superficial de 1,038.50
M² de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE; 30.00 metros
lineales con terreno del señor Adonay Quintanilla, cerco de alambre y
tirabuzón propio de por medio; AL ORIENTE; 23.00 metros lineales,
con terreno del señor Juan García, cerco de alambre propio del colin-
dante; AL SUR; 37.00 metros lineales con terreno de la señora Bertila
Gámez Aguilar; y AL PONIENTE; 39.00 metros lineales con terreno
de la señora Ciriaca Aparicio, cerco de alambre y tirabuzón propio del
colindante; Ambos inmuebles gozan de una servidumbre de salida de seis
metros de ancho al extremo Sur, hacia el Oriente, hasta salir a la carretera
pavimentada; Dichos inmuebles en la actualidad forman un solo cuerpo,
no son dominantes, ni sirvientes, ni está en proindivisión con nadie, no
tiene cargas, ni derechos reales que pertenezcan a terceras personas y
lo adquirió por compra que hizo a la señora ERLINDA TORRES, hace
más de diez años y se estiman en la cantidad de UN MIL DÓLARES
EXACTOS. Los colindantes son de este domicilio y se avisa al público
en general para efectos de Ley.
Dado en el Despacho del Secretario de la Alcaldía Municipal
de la Ciudad de San Jorge, a los diez días de octubre de dos mil
doce.- CLEMENTE DE JESÚS APARICIO ULLOA, ALCALDE
MUNICIPAL. Lic. NELSON APARICIO GARCÍA, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F057430-1
TÍTUlo SUPlETorio
EL INFRASCRITO NOTARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido ROSA MIRIAN
RIVERA RIVERA, de treinta y cinco años de edad, Ama de casa, del
domicilio de El Carrizal, departamento de Chalatenango, con Docu-
mento Único de Identidad número cero uno dos seis cero nueve cinco
tres- cinco, y con Número de Identificación Tributaria cero cuatro cero
nueve- cero ocho cero seis siete seis- uno cero uno- tres; solicitando le
extienda Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado
en Cantón Potrerillos, Caserío San Cristóbal, lugar conocido como Piedra
Ancha, jurisdicción de El Carrizal, departamento de Chalatenango, de
una extensión superficial de TRES MIL CUATROCIENTOS METROS
CUADRADOS, aproximadamente, de las colindancias siguientes: AL
ORIENTE, con terrenos de Miguel Morís Rivera Llanes y Fulgencio
Rivera Santos; AL NORTE, con terreno de Rosa Emma García Escobar,
con calle de por medio; AL PONIENTE, con terreno de Natividad Robles
Santos; y AL SUR, con terreno de Eva Galdámez Cruz. El inmueble lo
valúa en cinco mil dólares de los Estados Unidos de América.
Lo que se avisa al público para los fines de ley. Se previene a las
personas que desean presentar oposición, lo hagan dentro del término legal
en mi despacho notarial situado en sexta Calle Poniente, local cinco- A,
costado Norte del Parque Municipal de Aguilares, departamento de San
Salvador.
Aguilares, veintidós de octubre de dos mil doce.-
JULIO AMILCAR PALACIOS GRANDE,
NOTARIO.
1 v. No. C006326
LUIS YULBRAN SILVA FLORES, Notario, con oficina en Avenida
Quince de Septiembre, número cinco, Tonacatepeque,
HACE SABER: A mi oficina se ha presentado el señor ANDRÉS
ROSALES CORNEJO, de cuarenta y cinco años de edad, jornalero, del
domicilio de San Martín, con Documento Único de Identidad número cero
cero doscientos setenta mil trescientos cincuenta y dos- tres; solicitando
TÍTULO SUPLETORIO de Tres Inmuebles Rústicos del Cantón Animas,
San Martín, San Salvador. El primero de extensión superficial de TRES
MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO PUNTO DIECIOCHO METROS
CUADRADOS de medidas y colindancias siguientes: NORTE, línea de
sesenta punto treinta metros, con inmueble de Neemías Mejía Menjívar;
ORIENTE, línea de ochenta y uno punto cuarenta metros, con inmueble
de Andrés Rosales Cornejo; SUR, línea de setenta y dos punto ochenta
metros, con inmueble de Manuela Cornejo Hernández; y PONIENTE,
Tres tramos: primero veinticuatro punto cincuenta metros, segundo
dieciocho punto veinte metros y tercero once punto sesenta metros, con
inmuebles de Manuel de Jesús Navas Orellana, José Lucas Acosta Flores
y Maximiliano Ángel Preza Acosta. El segundo de extensión superficial de
DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO SETENTA
METROS CUADRADOS de medidas y colindancias siguientes: NORTE,
línea de sesenta y cinco punto setenta metros, con inmueble de Neemías
Mejía Menjívar; ORIENTE, línea de cincuenta y tres punto cincuenta
metros, con inmueble de Blanca Lilian Rosales Cornejo; SUR, línea de
treinta y tres metros, con inmueble de Manuela Cornejo de Hernández;
y PONIENTE, línea de ochenta y uno punto cuarenta metros, con in-
mueble de Andrés Rosales Cornejo; y el tercero de extensión superficial
de MIL CIENTO QUINCE PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS
CUADRADOS, de medidas y colindancias siguientes: NORTE, línea
de treinta y ocho metros, con inmuebles de Francisco Mejía y Héctor
Adrián Acosta; ORIENTE, línea de veinticinco metros, con inmueble de
Noris Albe Moz, camino vecinal de por medio; SUR, línea de treinta y
ocho metros, con inmueble de Francisco Rosales Cornejo; y PONIENTE,
línea de veintisiete metros, con inmueble de Francisco Rosales Cornejo.
El segundo inmueble posee al Sur un acceso de salida. Dichos inmuebles
no son sirvientes, ni dominantes y fueron adquiridos por venta de la
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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. señora María Cornejo de Rosales el día veinte de abril de mil novecientos
noventa y nueve siendo dicha posesión quieta, pacífica e ininterrumpida
por más de diez años. Valorado cada uno en mil cuatrocientos dólares.
Librado en la Ciudad de Tonacatepeque, San Salvador, a los
dieciséis días de octubre de dos mil doce.-
Lic. LUIS YULBRAN SILVA FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F057477
JUicio DE aUSENcia
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo
Mercantil promovido por el Licenciado EDUARDO GARCÍA
GUTIÉRREZ, actuando en su calidad de Apoderado General Judicial
de la sociedad LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS SOCIEDAD
ANÓNIMA, en contra de la sociedad SOLUCIONES ENERGÉTICAS,
S. A. DE C. V., y de los señores JAIME RUIZ AVILA, CARLOS
SANTIAGO RUIZ SANDOVAL y MARCOS EDUARDO RUIZ
AVILA.
Posteriormente a la fecha en que se inició dicho Juicio, se presentó
el Licenciado EDUARDO GARCÍA GUTIÉRREZ, en el concepto antes
expresado, manifestando que los demandados sociedad SOLUCIONES
ENERGÉTICAS, S. A. DE C. V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán,
Departamento de La Libertad, con Número de Identificación Tributaria
CERO SEISCIENTOS CATORCE- CIENTO CUARENTA MIL QUI-
NIENTOS CUATRO- CIENTO SIETE- OCHO, quien es representada
por el señor JAIME RUIZ AVILA, además, actúa en su carácter personal,
quien es mayor de edad, Ingeniero Físico, antes del domicilio de Nuevo
Cuscatlán, Departamento de La Libertad, ahora de domicilio ignorado,
con Documento Único de Identidad número CERO CERO SIETE CINCO
TRES DOS OCHO UNO- DOS; y Número de Identificación Tributaria
CERO SEISCIENTOS CATORCE- DOSCIENTOS MIL TRESCIEN-
TOS SETENTA- CERO CERO UNO- CERO; se ha ausentado de su
domicilio, sin que se sepa de su paradero actual; ignorándose además,
si han dejado Procurador u otro Representante Legal en el país, para que
intervenga en el Juicio de mérito; por lo que pidió, previo los trámites
legales, se les nombre CURADOR ESPECIAL que les represente en el
referido juicio.
En consecuencia, se previene que sí la sociedad demandada SO-
LUCIONES ENERGÉTICAS, S. A. DE C. V., y el señor JAIME RUIZ
AVILA; tuvieren Procurador u otro Representante Legal, se presenten
a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro de los quince
días siguientes a la última publicación de este aviso.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las diez horas y veinte minutos del día tres de septiembre
del dos mil doce.- Licda. ANA MARÍA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL. Licda. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
1 v. No. C006307
CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.
AVISA: Al público para los efectos de Ley, que en este tribunal,
se ha presentado la Licenciada ALICIA ISABEL RIVERA CAMPOS,
como Apoderada General Judicial del actor, BANCO DE FOMENTO
AGROPECUARIO, del domicilio de San Salvador, manifestando que
ha promovido JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, contra el ejecutado
señor MARCIAL ANTONIO SOLÍS RAMÍREZ, de treinta y tres años de
edad, comerciante, del domicilio de Chalchuapa, Departamento de Santa
Ana, actualmente ignorándose su paradero, ya que se ha ausentado de
la República, desconociéndose si ha dejado Procurador o Representante
Legal en el País, para que legalmente lo pueda representar; por lo que
viene a iniciar como Incidente dentro del presente Juicio, las respectivas
diligencias, a efecto de que se DECLARE AUSENTE al referido ejecu-
tado y se le nombre un Curador Especial para que lo represente en dicho
Juicio; en consecuencia, se previene si el señor MARCIAL ANTONIO
SOLÍS RAMÍREZ, tuviere Procurador o Representante Legal se presente
a este tribunal dentro del término de quince días después de la última
publicación de este Aviso a comprobar dicha circunstancia.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas
catorce minutos del día cuatro de octubre de dos mil doce. Lic.
CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic.
HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C006327
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO,
AVISA: Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado
MAURICIO RUANO ROMERO, en su calidad de Apoderado General
Judicial del BANCO DE COOPERACIÓN FINANCIERA DE LOS
TRABAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABI-
LIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse
BANCOFIT, en contra de los demandados señores ANA EDY
CONTRERAS DE RIVAS, JOSÉ EMILIO TOBAR CONTRERAS,
CYNDI PATRICIA NENEXY ZOMETA MINEROS y WALTER
ANTONIO TOBAR; en esa virtud y en cumplimiento a lo dispuesto en
el Art. 141 Pr. C. por ignorarse actualmente el paradero de los señores
JOSÉ EMILIO TOBAR CONTRERAS y CYNDI PATRICIA NENEXY
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397ZOMETA MINEROS, el Licenciado RUANO ROMERO ha promovido
diligencias de nombramiento de curador a un ausente no declarado como
incidente en el proceso ejecutivo, a fin de que se le nombre un curador
a los ejecutados para que los represente en el presente proceso. En ese
orden de ideas, se previene al público que si hubiere persona alguna que
tuviere calidad de procurador o de representante legal de los ausentes no
declarados señores JOSÉ EMILIO TOBAR CONTRERAS y CYNDI
PATRICIA NENEXY ZOMETA MINEROS, se presente a este Tribunal
dentro de los quince días después de la última publicación en el Diario
de circulación nacional respectivo a probar dicha circunstancia.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, a las ocho horas
con cincuenta y cuatro minutos del día tres de mayo del año dos mil
doce.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DE DELGADO. Lic. JORGE ROBERTO BURGOS
GONZÁLEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F057377
JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó primeramente la
Licenciada SANTOS YANIRA CRUZ, y continuado por los Licenciados
GERSON ALEXIS ACOSTA ALFARO y EDGAR ALEXANDER
FUENTES JOYA, como apoderados generales judiciales del BANCO
DE LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL, SOCIEDAD COO-
PERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE que podrá abreviarse BANCOMI S. C. DE R. L. DE C.V.,
conocida comercialmente como BANCOMI o sólo como BANCO DE
LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL, MANIFESTANDO: Que
su poderdante demandará en JUICIO CIVIL EJECUTIVO, a los señores
FRANCISCO ANTONIO CHÉVEZ HERNÁNDEZ y HÉCTOR VIDAL
ARGUETA SALAMANCA, en aquel entonces de cuarenta y siete y treinta
y un años de edad, comerciante y motorista, el primero del domicilio de
San Miguel, y el segundo del domicilio de Chirilagua respectivamente;
antes, hoy de domicilio ignorado, por lo que se le PREVIENE que si los
ausentes señores FRANCISCO ANTONIO CHÉVEZ HERNÁNDEZ y
HÉCTOR VIDAL ARGUETA SALAMANCA, tuvieren procurador o
representante legal que se presenten a este tribunal dentro del término
de quince días, contados a partir de la última publicación de este aviso,
comprobando dicha circunstancia.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL. San Miguel,
a las quince horas y quince minutos del día treinta de julio de dos mil
doce.- Dr. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-
VIL. Lic. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
1 v. No. F057412
JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
GERSON ALEXIS ACOSTA ALFARO, como Apoderado General
Judicial del BANCO DE LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL,
SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE, con sede en esta Ciudad, Representada
Legalmente por el Coronel MAURICIO VELÁSQUEZ FERRUFINO,
demandando en el carácter expresado en Juicio Mercantil Ejecutivo, al
demandado señor ARNOLDO MOREIRA MELÉNDEZ, del domicilio
actualmente ignorado, sin que se sepa su paradero o si ha dejado en el
país Procurador u otro Representante Legal, por lo que se previene si lo
tuviere se presente a este Juzgado dentro de los quince días siguientes
a la publicación del último aviso, comprobando tal circunstancia.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,
a las nueve horas y treinta minutos del día quince de agosto de dos mil
doce. Dr. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.
Lic. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
1 v. No. F057413
JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los Licencia-
dos GERSON ALEXIS ACOSTA ALFARO, y EDGAR ALEXANDER
FUENTES JOYA, como apoderados generales judiciales del BANCO
DE LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL, SOCIEDAD COO-
PERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE que podrá abreviarse BANCOMI S. C. DE R. L. DE C. V.,
conocida comercialmente como BANCOMI o sólo como BANCO DE
LOS TRABAJADORES DE SAN MIGUEL, representada legalmente por
el señor MAURICIO VELÁSQUEZ FERRUFINO, MANIFESTANDO:
Que su poderdante demandará en JUICIO MERCANTIL EJECUTIVO,
al señor EDWIN OMAR GRIJALVA CERNA, de treinta y siete años de
edad, carpintero y del domicilio de esta ciudad, antes, hoy de domicilio
ignorado, por lo que se le PREVIENE que si el ausente señor EDWIN
OMAR GRIJALVA CERNA, tuviere procurador o representante legal
que se presente a este tribunal dentro del término de quince días, conta-
dos a partir de la última publicación de este aviso, comprobando dicha
circunstancia.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL. San
Miguel, a las diez horas y treinta y cinco minutos del día veintiocho
de septiembre de dos mil doce.- Dr. JUAN RAMÓN MONTOYA,
JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. ERNESTO ALCIDES FLORES
CAÑAS, SECRETARIO.
1 v. No. F057415
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. MarcaS DE faBrica
No. de Expediente: 2008078017
No. de Presentación: 20080111798
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de ZING ASSOCIATES INC., de nacionalidad PANA-
MEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO.
Consistente en: la palabra ECOMOTO y diseño, que servirá
para: AMPARAR: VEHICULOS; APARATOS DE LOCOMOCION
TERRESTRE, AEREA O ACUATICA. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil
ocho.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006308-1
No. de Expediente: 2012116528
No. de Presentación: 20120165130
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
de Philip Morris Brands Sàrl, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: la palabra DIPLOMAT y diseño, que se traduce
como DIPLOMÁTICO, que servirá para: AMPARAR: TABACO,
PROCESADO, Y SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TABACO,
INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO
PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO
PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y
CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO
DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO MEDICO);
ARTICULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE
CIGARRILLOS Y TUBOS DE CIGARRILLOS, FILTROS PARA
CIGARRILLOS, ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGA-
RRILLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA
ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FOSFOROS. Clase:
34.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de agosto del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006310-1
No. de Expediente: 2012116527
No. de Presentación: 20120165129
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397de Philip Morris Brands Sàrl, de nacionalidad SUIZA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: la palabra DIPLOMAT y diseño, que se traduce
como DIPLOMÁTICO, que servirá para: AMPARAR: TABACO,
PROCESADO Y SIN PROCESAR; PRODUCTOS DE TABACO,
INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO
PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO
PARA PIPA, TABACO PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y
CIGARROS HECHOS DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO
DE OLOR; SUSTITUTOS DEL TABACO (NO PARA USO MEDICO);
ARTICULOS PARA FUMADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE
CIGARRILLOS Y TUBOS DE CIGARRILLOS, FILTROS PARA
CIGARRILLOS, ESTUCHES PARA TABACO, CAJAS DE CIGA-
RRILLO Y CENICEROS, PIPAS, APARATOS DE BOLSILLO PARA
ENROLLAR CIGARRILLOS, ENCENDEDORES, FOSFOROS. Clase:
34.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de agosto del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006311-1
No. de Expediente: 2012119912
No. de Presentación: 20120170783
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO MARTINEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de DIMEBI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: DIMEBI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO.
NErViSEDa
Consistente en: la palabra NERVISEDA, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE ORIGEN NATURAL.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006335-1
No. de Expediente: 2012119908
No. de Presentación: 20120170779
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO MARTINEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de DIMEBI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: DIMEBI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO.
HEPaforT
Consistente en: la palabra HEPAFORT, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE ORIGEN NATURAL.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil
doce.
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006337-1
No, de Expediente: 2012119907
No. de Presentación: 20120170778
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO MARTINEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de DIMEBI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: DIMEBI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO.
fiToGraS
Consistente en: la palabra FITOGRAS, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE ORIGEN NATURAL.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006338-1
No. de Expediente: 2012119906
No. de Presentación: 20120170777
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO MARTINEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de DIMEBI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: DIMEBI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO.
ESPEcToliPTo
Consistente en: la palabra ESPECTOLIPTO, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE ORIGEN NA-
TURAL. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006339-1
No. de Expediente: 2012119904
No. de Presentación: 20120170775
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO MARTINEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de DIMEBI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397se abrevia: DIMEBI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO.
PHYToMEGa
Consistente en: la palabra PHYTOMEGA, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE ORIGEN NATURAL.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006340-1
No. de Expediente: 2012119905
No. de Presentación: 20120170776
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
ALONSO MARTINEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de DIMEBI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: DIMEBI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO.
circUVEN
Consistente en: la palabra CIRCUVEN, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE ORIGEN NATURAL.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006341-1
NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2012119539
No. de Presentación: 20120170067
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY
BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO
de INDUSTRIA DE MERCADEO S.A., de nacionalidad PANAMEÑA,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
MEGaclUB
Consistente en: la palabra MEGACLUB, que servirá para: IDEN-
TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A
LA VENTA DE ROPA CASUAL, ROPA DEPORTIVA, CALZADOS,
ZAPATILLAS, ZAPATOS DEPORTIVOS PARA HOMBRES, MU-
JERES Y NIÑOS.
La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta y uno de agosto del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006309-1
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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012117900
No. de Presentación: 20120167584
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FATIMA
SOFIA MINERO DOÑAN, en su calidad de APODERADO de LUIS
AARON MARTINEZ FIGUEROA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: las palabras SUSTAINABILITY & RESEARCH y
diseño, que se traducen al castellano como Sostenibilidad e Investigación,
que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LOS
SERVICIOS DE CONSULTORIA Y EDUCACION.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de agosto del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057495-1
SUBaSTa PUBlica
LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE
SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-
PEQUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil promo-
vido por el Doctor MARIO ADALBERTO RIVERA, actuando como
mandatario de la CAJA DE CREDITO DE SOYAPANGO, SOCIE-
DAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE
CAPITAL VARIABLE, se ha ordenado la venta del bien inmueble
embargado, inmueble que se describe así: Un lote de terreno urbano
y construcciones que contiene, marcado con el número tres, del grupo
sesenta y dos, de la Urbanización La Cima de San Bartolo Dos, situado
en la jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador,
de una extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CIN-
CUENTA METROS CUADRADOS, y que se describe así: a partir de
la intersección del pasaje número cuarenta y cinco poniente se miden
sobre el eje del pasaje número cuarenta y cinco poniente doce punto
cincuenta metros y con deflexión derecha de noventa grados y una dis-
tancia de uno punto cincuenta metros se llega al esquinero nor-oeste del
lote que se describe, el cual tiene las medidas y linderos siguientes: AL
NORTE: con distancia de cinco punto cero cero metros y rumbo norte
ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos este, con
lote número treinta y nueve del grupo número sesenta y uno, propiedad
de SURGE, S.A. DE C.V., pasaje número cuarenta y cinco poniente
de por medio de tres punto cero cero metros de ancho; AL ESTE: con
distancia de diez punto cincuenta metros y rumbo sur cero dos grados
cero cero punto tres minutos este, linda con lote número cuatro del grupo
número sesenta y dos, propiedad de SURGE. S.A. DE C.V.; AL SUR:
con distancia de cinco punto cero cero metros y rumbo sur ochenta y
siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos oeste, linda con
zona de estacionamiento; y AL OESTE: con distancia de diez punto
cincuenta metros y rumbo norte cero dos grados cero cero punto tres
minutos oeste, linda con lote número dos del grupo setenta y dos propie-
dad de SURGE, S.A. DE C.V. Embargo que se encuentra debidamente
inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección del Centro, con matrícula 60044257-00000, asiento 5, con un
porcentaje de cien por ciento de derecho de embargo a favor de la CAJA
DE CREDITO DE SOYAPANGO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. Dicho
Inmueble es propiedad del señor RODOLFO ARRIAGA conocido por
RODOLFO ORTEGA ARRIAGA, inscrito en el correspondiente Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas, con matrícula número M05138682,
y que sobre dicho inmueble el demandado ha constituido PRIMERA
HIPOTECA, a favor de la referida Caja, con inscripción registral y
matrícula M600444257-00000, asiento 4.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de
Tonacatepeque, a los diez días del mes de agosto del año de dos mil
doce.- LIC. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SA-
NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA
ARIAS ZETINO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006313-1
DIARIO
OFI
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por Ejecución promovida por la Licenciada
DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, como Apoderada General
Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, Institución
Oficial de Crédito, del domicilio de San Salvador, en contra del señor
WILFREDO GARCIA HERNANDEZ y VERONICA ISABEL ROME-
RO MARQUEZ: Se venderá en Pública subasta en este Juzgado, los
siguientes bienes muebles: Vehículo Automotor Placa Particular número
P QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y TRES –
DOS MIL UNO: AÑO: MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO,
NUMERO DE PROPIETARIO UNO, MARCA: TOYOTA, COLOR:
AZUL Y NEGRO, CLASE: RUSTICO, CAPACIDAD: CINCO PUN-
TO CERO CERO ASIENTOS, MODELO: RAV CUATRO UTILITY,
NUMERO DE MOTOR: TRES S DOS CUATRO CINCO CUATRO
CERO DOS UNO; NUMERO DE CHASIS GRABADO: SXA UNO
UNO CERO UNO SIETE NUEVE SEIS CINCO TRES; NUMERO DE
CHASIS VIN: J T TRES H P UNO CER V NUEVE W CERO UNO
SIETE NUEVE SEIS CINCO TRES, EN CALIDAD DE PROPIEDAD
DEL SEÑOR WILFREDO GARCIA HERNANDEZ. Y también los
siguientes: 1) Un aparato de sonido Marca ARWA, color gris, modelo
número CX – NS250LH, con sus respectivas bocinas; 2) Un televisor
marca Panasonic, modelo TC – ZORALOLP, color gris de veintiún
pulgadas; 3) Un televisor Marca Philips, modelo L03 – ZLAA, color
gris, de veintiún pulgadas; 4) Un aparato de sonido, Marca SANKEY,
color gris, modelo RCD-588, con sus respectivas bocinas; 5) Un juego de
comedor de madera, de color natural, con sus respectivas sillas; 6) Una
refrigeradora Marca FRIGIDAIRE, Color blanco, Modelo FRD28E; 7)
Un juego de sala tipo 321, color rojo; 8) Un tocador pequeño, compuesto
por un espejo y una mesa de vidrio, color rojo; 9) Una mesa de madera
pequeña, color natural; 10) Un DVD marca SONY, modelo DUP-NSSOP;
11) Una juguetera color café; 12) Una máquina de hacer ejercicio con
sus respectivas pesas, marca MARCY, color negro y gris.
Lo que se pone en conocimiento del Público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Primero de Lo Civil: San Miguel, a los
veinte días del mes de Septiembre del año dos mil doce. DR. JUAN
RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. ERNESTO
ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006328-1
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN JUAN OPICO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Civil clasificado bajo el número de referencia 06-EM-2007, promovido por la Licenciada DEBORAH JEANNET CHAVEZ CRESPIN, en calidad de Apoderada General Judicial del BANCO AGRICOLA SOCIEDAD ANONIMA, en contra de la señora MIRNA ESPERANZA ESCAMILLA DE MARTINEZ, se venderá en PUBLICA SUBASTA en este Juzgado en fecha posterior, un inmueble de naturaleza urbana, identificado como Lote Número Ocho, del Block Diecisiete, de la Urbanización Nuevo Lourdes, Jurisdicción de Colón, departamento de La Libertad, de una extensión superficial de SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, inscrito a la matrícula número TRES CERO CERO UNO SIETE SEIS CERO DOS – CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sec-ción del Centro, Santa Tecla, a favor de la señora MIRNA ESPERANZA ESCAMILLA DE MARTINEZ.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, departa-mento de La Libertad, a las catorce horas y treinta minutos del día veinte de agosto de dos mil doce. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057486-1
rEPoSicioN DE cErTificaDoS
AVISO
EL HOSPITAL DE DIAGNOSTICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
HACE SABER: Que los certificados que a continuación se detallan, han sido extraviados. Por lo que de conformidad a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio, serán repuestos a su Titular DR. OTTO IVAN MELENDEZ RIVAS.
No. de Fecha Cantidad
Certificado de Emisión de acciones
4543 09-10-2003 50
6386 17-09-2009 9
Si trascurridos treinta días, después de la tercera y última publicación de este aviso, no se recibiere reclamo alguno, consecuentemente se pro-cederá a la reposición de los certificados arriba mencionados.
San Salvador, 6 de julio del 2012.
DR. RODRIGO ALFONSO ANTONIO BRITO LARA,
PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. F057473-1
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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. DiSMiNUcioN DE caPiTal
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA Y ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA
SOCIEDAD "MANUEL LARIN Y COMPAÑIA",
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Juntas Generales de Socios,
se encuentra asentada el Acta Número treinta y tres, celebrada en la
ciudad de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día doce
de enero del año dos mil doce, en las oficinas principales de la sociedad,
en la cual se trataron ASUNTOS de carácter EXTRAORDINARIO Y
ORDINARIOS, en los cuales en los ASUNTOS EXTRAORDINARIOS
en el punto tercero de la Agenda se acordó y resolvió lo siguiente:
"PUNTO TERCERO AUMENTO Y DISMINUCION DE CAPITAL
SOCIAL: La Junta General acordó por unanimidad realizar aumento de
capital social por la suma de DOCIENTOS NUEVE MIL TRESCIEN-
TOS SETENTA Y CINCO 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, el cual proviene de capitalización de utilidades
de ejercicios anteriores por la suma de CUARENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO 27/100 DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y capitalización de revalúo
por la suma de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
CUARENTA Y DOS 40/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA así mismo se acuerda, disminuir el capital social para
amortizar déficit acumulado por la suma de DOSCIENTOS SEIS MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE 17/100 DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA quedando un capital social de
CUATROCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS 00/100 DO-
LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA".
Lo certificado y lo transcrito es respectivamente conforme con su
original y para los efectos legales consiguientes, extiendo y firmo la
presente en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de
octubre del año dos mil doce.
SILVIA LARIN DE CUENCA,
SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA Y
ORDINARIA DE FECHA 12 DE ENERO DE DOS MIL DOCE.-
3 v. alt. No. C006323-1
DiSolUcioN Y liQUiDacioN DE SociEDaDES
AVISO DE CANCELACION
EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-
CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO
DE FOMENTO COOPERATIVO, en cumplimiento de los Artículos
16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y Artículo 5 del
Reglamento de la misma,
HACE SABER: Que los miembros de la ASOCIACION COOPE-
RATIVA DE APROVISIONAMIENTO, AHORRO, CREDITO DE
EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE DE CARGA LIVIANA LAS
COLINAS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia "LAS
COLINAS, de R. L" en Asamblea General Extraordinaria de Asociados
celebrada el día diez de diciembre del dos mil diez, acordaron la diso-
lución de la entidad y su posterior liquidación, proceso que se concluyó
el día treinta y uno de agosto del año dos mil doce.
Por lo tanto, queda cancelada definitivamente la inscripción, el
reconocimiento oficial y la personalidad Jurídica de la ASOCIACION
COOPERATIVA DE APROVISIONAMIENTO, AHORRO, CREDITO
DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE DE CARGA LIVIANA LAS
COLINAS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia
"LAS COLINAS, de R. L" y que se encontraba inscrita bajo el número
OCHO, folios ciento cuarenta y uno frente a folios ciento sesenta y uno
frente, del Libro DECIMO de Registro e Inscripciones de Asociaciones
Cooperativas de APROVISIONAMIENTO, que había obtenido perso-
nalidad jurídica el día diez de septiembre de mil novecientos noventa y
ocho, y tenía su domicilio legal en Nueva San Salvador, Departamento
de La Libertad.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de la ley.
San Salvador, 17 de octubre del año 2012.
LIC. MISAEL EDGARDO DIAZ,
JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE
ASOCIACIONES COOPERATIVAS.
1 v. No. F057458
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397PaTENTE DE iNVENcioN
No. de Expediente: 2012004218
No. de Presentación: 20120012998
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de RV LIZENZ
AG, del domicilio de DAMMSTRASSE 19, CH-6301 ZUG, SUIZA, de
nacionalidad SUIZA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE
DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT
No PCT/EP2010/067847 denominada USO TERMICO Y QUIMICO
DE MATERIALES CARBONOSOS, EN PARTICULAR PARA
LA GENERACION DE ENERGIA LIBRE DE EMISIONES, por el
término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional C07C
29/151, C10G 2/00, C10J 3/66, F01K 23/06, F02C 3/28, F23J 15/06,
y con prioridad de la solicitud EUROPEA No. 09176684.0, de fecha
veinte de noviembre del año dos mil nueve, solicitud EUROPEA No.
10151481.8, de fecha veintidós de enero del año dos mil diez, solicitud
EUROPEA No. 10151473.5, de fecha veintidós de enero del año dos
mil diez, solicitud EUROPEA No. 10154449.2, de fecha veintitrés de
febrero del año dos mil diez.
Se refiere a: EN UN PROCESO DE ACUERDO CON LA INVENCION
PARA LA GENERACION DE ENERGIA Y/O HIDROCARBUROS
Y OTROS PRODUCTOS MEDIANTE EL USO DE MATERIALES
CARBONOSOS EN UNA PRIMERA ETAPA DE PROCESO (PI)
SE SUMINISTRAN LOS MATERIALES CARBONOSOS Y SE OB-
TIENEN PIROLIZADOS, FORMANDOSE COQUE DE PIROLISIS
(M21) Y GAS DE PIROLISIS (M22). EN UNA SEGUNDA ETAPA
DE PROCESO (P2), EL COQUE DE PIROLISIS (M21) PROCEDEN-
TE DE LA PRIMERA ETAPA DE PROCESO (P1) SE GASIFICA,
FORMANDOSE GAS DE SINTESIS (M24) Y SE ELIMINAN ES-
CORIA Y OTROS RESIDUOS (M91, M92, M93, M94). EN UNA
TERCERA ETAPA DE PROCESO (P3), EL GAS DE SINTESIS
(M24) PROCEDENTE DE LA SEGUNDA ETAPA DE PROCESO
(P2) SE CONVIERTE EN HIDROCARBUROS Y/U OTROS PRO-
DUCTOS SOLIDOS, LIQUIDOS Y/O GASEOSOS (M60) QUE SE
DESCARGAN. LAS TRES ETAPAS DEL PROCESO (P1, P2, P3)
FORMAN UN CICLO CERRADO. EL GAS EXCEDENTE (M25)
PROCEDENTE DE LA TERCERA ETAPA DE PROCESO (P3) SE
PASA COMO GAS DE RECICLADO A LA PRIMERA ETAPA DE
PROCESO (P1) Y/O A LA SEGUNDA ETAPA DE PROCESO (P2)
Y EL GAS DE PIROLISIS (M22) PROCEDENTE DE LA PRIMERA
ETAPA DE PROCESO (P1) SE PASA A LA SEGUNDA ETAPA DE
PROCESO (P2) Y/O A LA TERCERA ETAPA DE PROCESO (P3).
La solicitud fue presentada internacionalmente el día diecinueve de
noviembre del año dos mil diez.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMENTO
DE PATENTES. San Salvador, a los veintisiete días del mes de junio
del año dos mil doce.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. F057395
No. de Expediente: 2012004150
No. de Presentación: 20120012603
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado SUZANNE JULIE-
TA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de VIFOR (INTERNATIONAL) AG, del
domicilio de RECHENSTRAßE 37, CH-9001 ST. GALLEN, SUIZA,
de nacionalidad SUIZA, solicitando se conceda Registro de la PATEN-
TE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional
PCT/EP2010/062708 denominada NUEVOS ANTAGONISTAS DE
PIRIMIDINHEPCIDINA Y TRIAZINHEPCIDINA, por el término de
VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/506, A61K
31/53, A61K 31/5377, A61P 7/06, C07D 239/47, C07D 251/18, C07D
251/66, C07D 401/04, C07D 401/14, C07D 403/04, y con prioridad de
la solicitud EUROPEA No. 09169286.3, de fecha dos de septiembre
del año dos mil nueve.
Se refiere a: NUEVOS ANTAGONISTAS DE HEPCIDINA DE
FORMULA(I), A COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE
COMPRENDEN ESTOS, ASI COMO A SU USO COMO FÁRMACOS,
PARTICULARMENTE PARA EL TRATAMIENTO DE TRASTOR-
NOS DEL METABOLISMO DEL HIERRO, COMO PARTICULAR-
MENTE ENFERMEDADES POR DEFICIENCIA DE HIERRO Y
ANEMIAS, PARTICULARMENTE ANEMIAS EN RELACION CON
ENFERMEDADES INFLAMATORIAS CRONICAS (ANEMIA POR
ENFERMEDAD CRONICA (AEC) Y ANEMIA POR INFLAMACION
(AI)). La solicitud fue presentada internacionalmente el día treinta y uno
de agosto del año dos mil diez.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintisiete días del mes
de junio del año dos mil doce.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. F057396
No. de Expediente: 2012004292
No. de Presentación: 20120013475
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR Y ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTA-
MENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BAYER HEALTHCARE LLC, del
domicilio de 555 WHITE PLAINS ROAD, TARRYTOWN, NEW
YORK 10591, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE
DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT/
US2011/025592 denominada PROCEDIMIENTO DE ACTIVACION
Y CONJUGACION DE BIOMOLECULAS, por el término de VEINTE
AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/00, y con prioridad de
la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/306, 513, de fecha veintiuno
de febrero del año dos mil diez.
Se refiere a: UN PROCEDIMIENTO PARA PRODUCIR UN CON-
JUGADO DE BIOMOLÉCULAS EN EL QUE EL PROCEDIMIENTO
ESTÁ INTEGRADO EN UNA SOLA OPERACIÓN UNITARIA. La
solicitud fue presentada internacionalmente el día veintiuno de febrero
del año dos mil once.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMENTO
DE PATENTES. San Salvador, a los veintitrés días del mes de agosto
del año dos mil doce.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. F057397
No. de Expediente: 2012004294
No. de Presentación: 20120013496
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR Y ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTA-
MENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BAYER INTELLECTUAL PRO-
PERTY GMBH, del domicilio de ALFRED-NOBEL-STR. 10, 40789
MONHEIM, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando se
conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional
de una solicitud internacional PCT/EP2011/052781 denominada ARIL
TRIAZOLONAS LIGADAS A BISARILO Y SU USO, por el término
de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional C07D 249/12, C07D
401/06, C07D 403/06, C07D 409/06, C07D 409/14, C07D 413/06, C07D
413/14, C07D 417/06, A61K 31/4196, A61P 9/00, y con prioridad de
la solicitud ALEMANA No. 10 2010 009 631.8, de fecha veintisiete de
febrero del año dos mil diez.
Se refiere a: NUEVOS DERIVADOS DE 5-ARIL-1,2,4-TRIAZO-
LONA LIGADA A BISARILO, A PROCESOS PARA PREPARARLOS,
A SU USO SOLOS O EN COMBINACIONES PARA EL TRATAMIEN-
TO Y/O LA PREVENCION DE ENFERMEDADES Y TAMBIEN A
SU USO PARA LA PRODUCCION DE MEDICAMENTOS PARA
EL TRATAMIENTO Y/O LA PREVENCION DE ENFERMEDADES,
MAS PARTICULARMENTE PARA EL TRATAMIENTO Y/O LA
PREVENCION DE TRASTORNOS CARDIOVASCULARES. La
solicitud fue presentada internacionalmente el día veinticinco de febrero
del año dos mil once.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMENTO
DE PATENTES. San Salvador, a los veintinueve días del mes de agosto
del año dos mil doce.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. F057398
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012004283
No. de Presentación: 20120013425
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado SUZANNE
JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR Y ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO
DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH,
del domicilio de ALFRED-NOBEL-STRASSE 10, 40789 MONHEIM,
ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando se conceda
Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una
solicitud internacional PCT No PCT/EP2011/051532 denominada ESTI-
MULADORES DE LA SGC O ACTIVADORES DE LA SGC SOLOS
Y EN COMBINACION CON INHIBIDORES DE LA PDE5 PARA EL
TRATAMIENTO DE LA FIBROSIS QUÍSTICA, por el término de
VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/18, A61K
31/194, A61K 31/427, A61K 31/4418, A61K 31/498, A61K 31/4985,
A61K 31/506, A61K 31/519, A61K 31/53, A61K 45/06, A61P 11/00,
y con prioridad de la solicitud EUROPEA No. 10152727.3, de fecha
cinco de febrero del año dos mil diez.
Se refiere a: GUANILATO CICLASA SOLUBLE (SGC) Y A FOS-
FODIESTERASAS (PDE) Y A LA FARMACOLOGÍA DE LOS
ESTIMULADORES DE LA SGC, ACTIVADORES DE LA SGC
E INHIBIDORES DE LA PDE. MAS PARTICULARMENTE, LA
INVENCIÓN SE REFIERE AL USO DE ESTIMULADORES DE
LA SGC Y DE ACTIVADORES DE LA SGC EN COMBINACIÓN
CON INHIBIDORES DE LA PDE5 PARA LA PREPARACIÓN DE
MEDICAMENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA FIBROSIS
QUÍSTICA (CF). La solicitud fue presentada internacionalmente el día
tres de febrero del año dos mil once.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los diez días del mes de
agosto del año dos mil doce.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. F057399
EDicTo DE EMPlaZaMiENTo
RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, Juez de Primera
Instancia de la ciudad de Armenia; departamento de Sonsonate.
Emplazo al demandado Mario Obed Magaña Valencia, de 45 años
de edad en el año 2006, estudiante, Salvadoreño, del domicilio de esta
ciudad, con DUI No. 00714705-7 y NIT No. 0614-180361-010-6, para que
en el plazo de diez días hábiles posteriores a la publicación del presente
edicto, comparezca a contestar la demanda presentada a las 15:20 horas
del día 14 de junio de 2011 por la Sociedad Banco de América Central,
Sociedad Anónima, que se abrevia Banco de América Central, S. A.
Institución Bancaria, del domicilio de San Salvador, departamento de
San Salvador, con NIT 0614-031293-101-8, por medio del Licenciado
Amílcar Aníbal Somoza García, con dirección en Segunda Calle Po-
niente y Avenida nueve de septiembre, casa No. 1, Barrio "El Centro",
de esta ciudad, la cual fue admitida según Proceso Especial Ejecutivo
PE 19-3/11 por auto de las 9:00 horas del día 30 de junio del año 2011,
por medio de la cual y amparándose en documento con fuerza ejecutiva
agregado al expediente y que consiste en Testimonio de Escritura Matriz
de Mutuo con Primera Hipoteca y acta cesión de crédito le reclama la
cantidad de un mil quinientos treinta y nueve dólares de los Estados
Unidos de América con setenta y cuatro centavos de dólar ($ 1, 539.74)
en concepto de capital; más Intereses convencionales de 20.25 % anual
a partir del día 31 de marzo del año 2009 y un interés moratorio del 5%
anual a partir de esa misma fecha, más las costas procesales; de igual
forma pueda preparar la defensa de sus derechos o intereses legítimos,
advirtiéndole que de no hacerlo se le nombrará un curador ad litem para
que lo represente en el proceso, conforme lo señala los artículos 181,
182 número 4 y 186 CPCM.
Haciéndole a la vez la advertencia que deberá comparecer al proceso
por medio de Procurador, y de carecer de recursos económicos deberá
abocarse a la Procuraduría General de la República, conforme lo señalan
los artículos 67,68,69 y 75 del CPCM.
Se hace saber al ejecutado, que de comparecer al proceso se le
entregarán copias de la demanda, documentos anexos a la misma y del
auto que la admitió.
Y para que le sirva de legal emplazamiento al señor Mario Obed
Magaña Valencia, se libra el presente edicto en el Juzgado de Primera
Instancia de Armenia, a los treinta y un días del mes de julio del año
dos mil doce.
Lic. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
1 v. No. C006318
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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. DOCTOR EMILIO AGUILAR CHAVARRÍA, JUEZ UNO TERCERO
DE MENOR CUANTÍA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil con Número
Único de Expediente 18963-10-EM-3MC1, ha comparecido el Licenciado
MAURICIO RUANO ROMERO, que actúa en su calidad de Apoderado
General Judicial del BANCO DE COOPERACIÓN FINANCIERA DE
LOS TRABAJADORES SOCIEDAD COOPERATIVA DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE que
puede abreviarse BANCOFIT, S. C. DE R. L. DE C. V., BANCOFIT, DE
C. V., o BANCOFIT DE R. L. DE C. V., quien Cita, Notifica y Emplaza
al demandado señor DANY WILLIAM CAMPOS HENRÍQUEZ, como
Deudor Principal, con Documento Único de Identidad cero un millón
doscientos sesenta y cuatro mil setecientos setenta y siete- nueve y Número
de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos treinta
mil seiscientos setenta y ocho- ciento treinta y dos- cinco, mayor de
edad, estudiante, de este domicilio; y habiéndose agotado las diligencias
particulares y oficiales pertinentes, para determinar un domicilio donde
pueda realizarse el emplazamiento al demandado, sin obtener resultado
positivo; por auto de las nueve horas con cuarenta minutos del día dos
de octubre de dos mil doce, se ordenó Notificar, Citar y Emplazar al
demandado señor DANY WILLIAM CAMPOS HENRÍQUEZ, por
medio de Edictos, y que deberá presentarse a este Juzgado, a ejercer su
derecho constitucional de defensa y contestar o presentar oposición a la
demanda incoada en su contra, por medio de Abogado o Procurador que
lo represente, y en caso de carecer de recursos económicos suficientes, puede
solicitar ser representado gratuitamente por medio de la Procuraduría
General de la República. De conformidad a lo establecido a los Artículos
67 y 75 del Código Procesal Civil y Mercantil. Dentro del término de
DIEZ DÍAS HÁBILES, contados desde el día siguiente al de la última
publicación de este edicto, el cual se publicará una sola vez en el Tablero
Judicial de este Centro Judicial, una vez en el Diario Oficial y tres veces
en un periódico impreso de circulación diaria y nacional. Se advierte
al demando que en el mismo plazo deberá señalar dirección dentro de
la circunscripción territorial de este Juzgado, o por medio técnico para
recibir notificaciones, de conformidad al Art. 170 CPCM.; de igual
manera se advierte que una vez hechas las publicaciones, si dicho señor
no comparece en el término concedido, se le nombrará un curador Ad
Litem, para que lo represente en el presente proceso, de conformidad al
Art. 186 Inc. 4° CPCM.
Lo que se hace del conocimiento público para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Tercero de Menor Cuantía, Juez Uno, San
Salvador, a las diez horas del día dos de octubre del año dos mil doce.-
Dr. EMILIO AGUILAR CHAVARRÍA, JUEZ UNO TERCERO DE
MENOR CUANTÍA. Lic. RICARDO NAPOLEÓN IBARRA CAL-
DERÓN, SECRETARIO.
1 v. No. F057375
YANIRA MARIBEL AVILA ALARCON, JUEZA 1, DEL JUZGADO
CUARTO DE MENOR CUANTÍA, MUNICIPIO DE SAN SALVADOR,
DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil
Referencia NUE. 18965-10-EM-4MC1 (4), promovido por el
Licenciado MAURICIO RUANO ROMERO, como Apoderado
General Judicial del BANCO DE COOPERACIÓN FINANCIERA
DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,
que se abrevia BANCOFIT, S. C. DE R. L. DE C. V.; en contra de
los señores FERNANDO ANTONIO SÁNCHEZ LÓPEZ, VILMA
ADELA REYES DE TORRES, conocida tributariamente por VILMA
ADELA REYES DIAZ, y SALVADOR REYES, como demandados;
en virtud de haberse agotado las diligencias pertinentes a fin de localizar
al señor SALVADOR REYES, con último domicilio conocido el de
la Jurisdicción de Santa Ana, hoy de domicilio desconocido; a pesar
de haber agotado las diligencias pertinentes para ubicar al Demandado
SALVADOR REYES, sin que a la fecha se haya logrado obtener
su domicilio actual, para efectos de Emplazamiento, la suscrita en
cumplimiento a lo preceptuado en el Art. 186 CPCM., por este medio
Notifica y Emplaza al señor SALVADOR REYES, para que dentro
del PLAZO DE DIEZ DÍAS, Arts. 181 lnc.1° y 186 Inc. 4° CPCM.,
ejerza su Derecho Constitucional de Defensa, Art. 4 CPMC., y Art.
12 Inc. 1° CN., pudiendo formular su Oposición Art. 462 CPCM.,
por medio de Apoderado General Judicial conforme los Arts. 66
y 67 CPCM., y proporcione una dirección para hacerle llegar las
Notificaciones correspondientes.
Librado en el Juzgado Cuarto de Menor Cuantía, San Salvador,
a las catorce horas con quince minutos del día veintiuno de septiembre
de dos mil doce.- Licda. YANIRA MARIBEL ÁVILA ALARCÓN,
JUEZA 1. JUZGADO CUARTO DE MENOR CUANTÍA, Lic. JOSÉ
RENÉ CASTILLO PORTILLO, SECRETARIO.
1 v. No. F057376
LICENCIADO ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO DE SAN
SALVADOR,
HACE SABER: Al demandado JOSÉ CARLOS SUAREZ
AVENDAÑO, mayor de edad, publicista, con Documento Único de
Identidad número cero cero cuatro cero uno siete siete seis- seis, y con
Número de Identificación Tributaria número cero seis uno cuatro- uno
ocho cero uno cinco siete- cero cero tres- ocho, que en esta sede judicial
el Licenciado JULIO ENRIQUE VIDES BORGWARDT, quien puede
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397ser localizado en Séptima Calle Poniente, número cinco mil ciento
treinta y seis, Colonia Escalón de esta ciudad, en calidad de Apoderado
General y Especial Judicial de la sociedad DEI DESARROLLO E
INVERSIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
que puede abreviarse DEI DESARROLLO E INVERSIONES S. A.
DE C. V., o simplemente DEINVER S. A. DE C. V., con dirección en
Ochenta y Siete Avenida Norte y Quince Calle Poniente, Nivel Uno,
Local Tres Torre Vip, Hotel Crown Plaza, Colonia Escalón, de esta
ciudad, ha promovido demanda en su contra en el Proceso Ejecutivo
marcado bajo la referencia 1-PE-360-11, por lo cual dicho demandado
deberá comparecer a más tardar en el plazo de diez días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones a que hace
referencia el Art. 186 Inc. 3° CPCM., a contestar la demanda promovida
en su contra, so pena de nombrarle un curador Ad Litem para que lo
represente en dicho proceso.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil
doce.- Lic. ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO, SAN SALVADOR.
Licda. MÓNICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA, SECRETARIA.
1 v. No. F057459
EL INFRASCRITO JUEZ DOS SUPLENTE, DEL JUZGADO
CUARTO DE MENOR CUANTÍA DE SAN SALVADOR,
LICENCIADO CARLOS ALBERTO GALÁN, al demandado LUIS
ALONSO SOLÍS ROMERO, mayor de edad, Comerciante, con Tarjeta
de Identificación Tributaria número cero seis uno cuatro- uno siete
cero dos tres tres- cero cero uno- tres,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las catorce horas del día veintidós de junio de dos mil once, se resolvió
admitir la demanda de JUICIO CIVIL EJECUTIVO, en contra del
mismo, por estar en deberle al Estado de El Salvador, en el Ramo de
Hacienda, clasificado con el Número Único de Expediente NUE. 07487-
11-EC-4MC2(7), presentada por la Licenciada SANDRA MERCEDES
GARZONA ACOSTA, actuando en su calidad de Agente Auxiliar del
Señor Fiscal General de la República; y a solicitud de la parte actora
por desconocer el domicilio actual del Señor LUIS ALONSO SOLIS
ROMERO, se procede a NOTIFICÁRSELE en legal forma el decreto
de embargo y demanda que lo motiva, de conformidad al Art. 186 del
CPCM, en consecuencia se le previene al Señor SOLÍS ROMERO, que
se presente a este Juzgado, debidamente identificado dentro del término
de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de la
última publicación de ley, a efecto de contestar la demanda incoada en
su contra o mostrar oposición de la misma por medio de procurador, el
presente Edicto será publicado mediante Tablero Judicial; por una sola
vez en el Diario Oficial, y finalmente en tres ocasiones en un periódico
de circulación diaria nacional; y en caso de hacer caso omiso a dicho
llamado se procederá a nombrarle un curador Ad Litem para que lo
represente en el proceso, lo que se hace del conocimiento del público
para los efectos de ley correspondientes, y para que le sirva de legal
emplazamiento al demandado LUIS ALONSO SOLIS ROMERO.
Se libra el presente Edicto en el Juzgado Cuarto de Menor Cuantía
Juez Dos Suplente, San Salvador, a las doce horas del día dieciocho de
julio de dos mil doce.- Lic. CARLOS ALBERTO GALÁN, JUEZ DOS
SUPLENTE, JUZGADO CUARTO DE MENOR CUANTÍA, SAN
SALVADOR. Licda. SANDRA DINORA GIRÓN GIRÓN, SECRE-
TARIA DOS, JUZGADO CUARTO DE MENOR CUANTÍA, SAN
SALVADOR.
1 v. No. F057467
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Francisco Gotera,
Departamento de Morazán, de este Distrito Judicial, al Público para
efectos de Ley,
HACE SABER: Que en este Tribunal se tramita PROCESO CIVIL
DECLARATIVO ABREVIADO DE EXCLUSIÓN DE CRÉDITO
HIPOTECARIO, promovido por el Doctor RAFAEL ANTONIO
GÁLVEZ ABREGO, como Apoderado General Judicial de la señora
AMINTA RODRÍGUEZ DE DIAZ, de setenta y nueve años de edad,
del Domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, en
contra de la demandada GLORIA ARMIDA MENA DE PALOMO,
mayor de edad, Licenciada en Idiomas, de domicilio Ignorado. Con
la finalidad de buscar la continuidad de la tramitación del proceso, al
no haberse localizado a la demandada para su emplazamiento, a pesar
de los esfuerzos combinados del demandante y del tribunal; y con el
objeto de garantizar el Derecho de Defensa a la demandada a quien se
le desconoce su domicilio, tras el agotamiento de las diligencias para su
localización, por medio del presente se le cita a la demandada GLORIA
ARMIDA MENA DE PALOMO, para que se presente a este Tribunal,
dentro de los próximos diez días, contados desde el siguiente a la Tercera
Publicación de este Edicto, a ejercer su defensa. Si no comparece en
el plazo señalado, se procederá a nombrarle un Curador Ad Litem para
que la represente en el Proceso.
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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-
cisco Gotera, a las nueve horas del día diecisiete de octubre de dos mil
doce.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2°.
DE 1ª. INSTANCIA. Licda. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE
NAVARRO, SECRETARIA.
1 v. No. F057490
Marca DE SErVicio
No. de Expediente: 2012117364
No. de Presentación: 20120166606
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSÉ
LUIS MERINO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ALBA ALIMENTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALBA ALIMENTOS DE
EL SALVADOR, S. A, DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras ALBA ALIMENTOS DE EL
SALVADOR EMPRESA SOCIOPRODUCTIVA y diseño, que servirá
para: AMPARAR: FINANCIAMIENTO PARA TERCEROS PARA
LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS
PRODUCTORES; CRÉDITOS PARA TERCEROS PARA LA
IMPORTACIÓN DE FERTILIZANTES Y PRODUCTOS AGRÍCOLAS.
Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de agosto del año dos mil doce.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006312-1
No. de Expediente: 2012117365
No. de Presentación: 20120166607
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSÉ
LUIS MERINO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ALBA ALIMENTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALBA ALIMENTOS DE
EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras ALBA ALIMENTOS DE EL
SALVADOR EMPRESA SOCIOPRODUCTIVA y diseño, que
servirá para: AMPARAR: ALQUILER DE MATERIAL PARA
EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS; ALQUILER DE EQUIPOS
AGRÍCOLAS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
quince de agosto del año dos mil doce.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006314-1
No. de Expediente: 2012117363
No. de Presentación: 20120166605
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSÉ
LUIS MERINO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ALBA ALIMENTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALBA ALIMENTOS DE
EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras ALBA ALIMENTOS DE EL
SALVADOR EMPRESA SOCIOPRODUCTIVA y diseño, que
servirá para: AMPARAR: INFORMACIONES EN MATERIA DE
EDUCACIÓN; ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN DE TALLERES DE
FORMACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA; CAPACITA-
CIONES PARA TERCEROS EN EL CAMPO DE LA PRODUCCIÓN
AGRÍCOLA, Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de agosto del año dos mil doce.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006315-1
No. de Expediente: 2012117366
No. de Presentación: 20120166608
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSÉ
LUIS MERINO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ALBA ALIMENTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALBA ALIMENTOS DE
EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras ALBA ALIMENTOS DE EL
SALVADOR EMPRESA SOCIOPRODUCTIVA y diseño, que
servirá para: AMPARAR: VENTA AL POR MAYOR Y MENOR
DE TODA CLASE DE PRODUCTOS E INSUMOS AGRÍCOLAS
Y AGROPECUARIOS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de agosto del año dos mil doce.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006316-1
No. de Expediente: 2012122068
No. de Presentación: 20120175341
CLASE: 35, 40.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSUE
ERNESTO SILVA ALFARO, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de S&M EBEN-EZER INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: S&M EBEN-EZER
INDUSTRIAL, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras SILMAG FACTORY y diseño, donde
la palabra FACTORY se traduce al castellano como FÁBRICA, que
servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE VENTA DE MUEBLES Y
ELECTRODOMÉSTICOS. Clase: 35. Para: AMPARAR FABRICA-
CIÓN DE MUEBLES Y ELECTRODOMÉSTICOS. Clase: 40.
La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil
doce.
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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de octubre del año dos mil doce.-
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057402-1
No. de Expediente: 2012117909
No. de Presentación: 20120167595
CLASE: 35, 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FÁTIMA
SOFÍA MINERO DOÑAN, en su calidad de APODERADO de
ROBERTO NEFTALÍ PANAMEÑO HERNÁNDEZ, de nacionalidad
SALVADOREÑA y JUAN JOSÉ MINERO DOÑAN, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
Consistente en: La palabra Jevux y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE VENTA Y PUBLICIDAD. Clase:
35. Para: AMPARAR: DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS
INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintidós de agosto del año dos mil doce.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057492-1
No. de Expediente: 2012117618
No. de Presentación: 20120167074
CLASE: 41, 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FÁTIMA
SOFÍA MINERO DOÑAN, en su calidad de APODERADO de LUIS
AARÓN MARTÍNEZ FIGUEROA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras SUSTAINABILITY & RESEARCH
y diseño, que se traducen al castellano como SOSTENIBILIDAD E
INVESTIGACIÓN, que servirá para: AMPARAR; SERVICIOS DE
EDUCACIÓN EN EL CONSUMO DE COMBUSTIBLES TALES
COMO GAS PROPANO, GASOLINA Y DIESEL Y SERVICIOS.
DE EDUCACIÓN EN EL MANEJO DE ENERGÍA SOSTENIBLE.
Clase: 41. Para: AMPARAR: CONSULTORIA PARA EL AHORRO
DE ENERGÍA ELÉCTRICA. DISEÑO DE SISTEMAS DE ENERGÍA
SOLAR Y CONSULTORÍA PARA DISEÑO SOSTENIBLE DE EDI-
FICACIONES. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de julio del año dos mil doce.-
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057493-1
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
acEPTacioN DE HErENcia
LICDA. YANETH MARISOL GUZMÁN VILLALTA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA, INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
Al público y para los efectos de ley
HACE SABER: Que mediante resolución pronunciada por este
Tribunal a las diez horas del día tres de octubre del año dos mil doce.
Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JEREMIAS
ORELLANA, quien falleció a las dieciocho horas y treinta minutos del
día dieciocho de junio de mil novecientos setenta y seis en el Barrio El
Centro de la población de San Rafael, siendo esta población su último
domicilio; de parte de las señoras MARIA DOMINGA MURCIA
ORELLANA y BLANCA LUZ MURCIA DE CAMPOS en las cali-
dades de hijas sobrevivientes del causante en mención. Habiéndoseles
conferido a las aceptantes la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de
María, Departamento de Chalatenango, a los tres días del mes de oc-
tubre del año dos mil doce. LICDA. YANETH MARISOL GUZMAN
VILLALTA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. OSCAR IMERY
HERNÁNDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006192-2
LA INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDI-
CIAL LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta
minutos del día dos de octubre del año dos mil doce, se ha tenido por
aceptada la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las dos
horas veinticinco minutos, del día veintinueve de mayo de dos mil tres
en el Cantón La Ceiba, de la Jurisdicción de San Francisco Menéndez,
Ahuachapán, siendo éste su último domicilio, el de esta Ciudad, dejó la
causante señora CLEMENTINA FIGUEROA; de parte de los señores
MARIA ANDREA FIGUEROA GUERRA, PEDRO FIGUEROA
GUERRA, ELSA JOAQUINA FIGUEROA, JORGE ADALBERTO
FIGUEROA, MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA Y FERMINA DE JESÚS
FIGUEROA GUERRA en su calidad de hijos de la causante, a quienes
se les ha nombrado interinamente representantes y administradores de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las nueve horas treinta y
tres minutos del día dos de octubre del año dos mil doce. LICDA. DANI
BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.
LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA
DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. C006194-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZÁN AL PÚBLICO PARA EFECTOS
DE LEY
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a
las diez horas y cinco minutos del día nueve de Octubre del Dos Mil
Doce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a
su defunción dejó el causante JOSE GUADALUPE NOLASCO, de parte
del señor NOE AGUILAR CHICAS, de cuarenta y cuatro años de edad,
transportista, del domicilio de Osicala, Morazán, con Documento Único
de Identidad Número cero un millón doscientos quince mil cuatrocientos
veintitrés guión nueve; y Tarjeta de Identificación Tributaria Número un
mil trescientos once guión ciento cuarenta mil seiscientos sesenta y siete
guión cero cero uno guión seis; como cesionario del derecho hereditario
que le correspondía al señor JOSE GUADALUPE HERNANDEZ NOLA-
CO, en calidad de hijo del causante; quien a la fecha de su fallecimiento
fue de setenta y tres años de edad, comerciante en pequeño, originario y
del domicilio de Osicala, Morazán, hijo de Eva Nolasco; falleció el día
doce de Mayo del Dos Mil Doce, en Osicala Morazán; siendo este lugar
el de su último domicilio. Confiérese al aceptante antes mencionado y
en la forma establecida, la administración y representación interina de
la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
Con citación a los que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, a las once horas del día nueve de Octubre del Dos Mil
Doce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º.
DE 1ª. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE
NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006197-2
de segunda publicación
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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE
USULUTAN, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cincuenta
minutos del día veintisiete de Septiembre del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia
Intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante LUIS ALONSO
HERNANDEZ SARAVIA, o LUIS ALONSO HERNANDEZ, quien
falleció a las doce horas y treinta minutos del día tres de Mayo de dos mil
ocho, en el Cantón El Caulote, Jurisdicción de Mercedes Umaña; siendo
éste su último domicilio de parte de GLADIS ANTONIA MARTINEZ
DE HERNANDEZ o GLADIS ANTONIA MARTINEZ; en calidad de
esposa del causante antes mencionado, confiriéndole la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley, se presente a este Juzgado a hacer uso de sus
derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las nueve
horas y diez minutos del día veintisiete de septiembre del año dos mil
doce. LICDA. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ANA MARGARITA
BERMÚDEZ DE HENRÍQUEZ, SRIO.
3 v. alt. No. C006200-2
DR. ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL
SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: que por resolución de las diez horas de esta fecha,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
de parte de la señora Mirna Aracely Vásquez Jovel o Mirna Aracely
Vásquez de Rivas, y de la menor Stefany Georgina Rivas Vásquez Jovel,
representada por la madre antes mencionada, la primera en calidad de
cónyuge sobreviviente y la menor en calidad de hija del causante, través
de su apoderado Abogado Orlando Aquino Alvarado, de la herencia
intestada que a su defunción dejó William Omir Rivas Castillo, quien
fue de treinta y ocho años de edad, casado, tendero, originario y del
domicilio de Soyapango, hijo de Yolanda Rivas conocida por Yolanda
Rivas González y Ángel Antonio Castillo, de nacionalidad salvadoreña,
quien falleció el día treinta y uno de octubre de dos mil seis.
Confiérese a las aceptantes la representación y administración
INTERINA de la herencia con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, principalmente
a la madre del causante Yolanda Rivas conocida por Yolanda Rivas
González, para que se presenten dentro del término de ley, a este Juzgado
a deducir en legal forma sus derechos.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas
cincuenta minutos del ocho de septiembre de dos mil once. DR. ROMEO
EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LI-
CDA. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006201-2
SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado la Diligencia
de Aceptación de Herencia Intestada, promovido por la Licenciada María
Teresa Flores Guadrón, como Apoderada de los señores: 1)Ysenia Mejía,
conocida por Ysenia Guevara Mejía y por Yesenia Guevara Mejía, y
por Ysenia Mejía Guevara; 2) José Vidal Guevara Mejía; 3) Nohemy
Abigaíl Guevara Mejía.; 4)Ana Raquel Guevara Mejía (Menor); 5)
Daniel Gedeón Guevara Mejía (Menor), estos últimos representados por
su tutor legítimo, el señor José Mauricio López Méndez, en la sucesión
que dejó la señora Rosaura Mejía de Guevara, conocida por Rosaura
Mejía y por Rosa Mejía, y que por resolución de las doce horas del día
veintiséis de septiembre del año dos mil doce, donde se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la SUCESIÓN
INTESTADA que a su defunción dejó la causante: ROSAURA MEJÍA
DE GUEVARA, conocida por ROSAURA MEJIA y por ROSA MEJIA,
quien falleció el día cinco de marzo del año dos mil diez, su último
domicilio fue en San Salvador, al fallecer tenía cincuenta y cuatro años
de edad, su estado familiar era casada, era originaria de San Salvador,
y de nacionalidad Salvadoreña, el nombre de su Padre era Manuel de
Jesús López conocido por Juan Mejía López, y el nombre de la madre
era: Concepción Méndez. Y al haber tenido por aceptada la Herencia
Intestada por parte de los hijos de la causante: 1) Ysenia Mejía, conocida
por Ysenia Guevara Mejía y por Yesenia Guevara Mejía, y por Ysenia
Mejía Guevara; 2) José Vidal Guevara Mejía; 3) Nohemy Abigaíl Gue-
vara Mejía; 4) Ana Raquel Guevara Mejía(Menor); 5) Daniel Gedeón
Guevara Mejía (Menor) estos últimos representados por su tutor legítimo,
el señor José Mauricio López Méndez, en la sucesión que dejó la señora
Rosaura Mejía de Guevara; a quienes de conformidad al Art. 1163 del
Código Civil se les confirió la administración y representación interina de
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente. Asimismo, en dicha resolución se ordenó citar
a los que se crean con derecho a la sucesión para que dentro del plazo
de quince días contados a partir del siguiente a la tercera publicación
del edicto de ley, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos. Y
para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento, se
libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de
San Salvador, a las doce horas del día veintiséis de septiembre del año
dos mil doce. DR. SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. LICDA. GABRIELA
CAROLINA PALACIOS CRISTALES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006204-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las quince
horas y veinticinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente,
con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor TITO
ANTONIO TURCIOS BUSTILLO conocido por TITO ANTONIO
TURCIOS y por TITO ANTONIO TURCIOS BUSTILLOS, quien
falleció el día veintidós de marzo del dos mil once, en el Caserío Chi-
quirín, Cantón Agua Escondida, Departamento de La Unión, siendo ese
lugar su último domicilio, de parte de TITO ANTONIO ALVAREZ
TURCIOS en calidad de hijo y cesionario de los derechos hereditarios
que le correspondían a BEATRIZ ALVAREZ DE TURCIOS conocida
por BEATRIZ ALVAREZ, ALEYDA YAMILETH TURCIOS DE
PEREZ, y ALFREDO DE JESUS ALVAREZ TURCIOS. La primera
en calidad de cónyuge y los demás en calidad de hijos del causante.
Confiriéndole a dicho aceptante, en el carácter indicado la administración
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinte días del
mes de Septiembre del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057015-2
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho
horas y quince minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con
beneficio de inventario la herencia intestada, que dejó el señor CORNE-
LIO CRUZ FLORES o CORNELIO CRUZ, quien falleció el día once
de mayo del dos mil once, en el Hospital Plaza Médica Vida, de esta
ciudad de La Unión, siendo este lugar su último domicilio; de parte de
las señoras BLANCA MIRIAN EUCEDA ALFARO y KENIA RUBI
CRUZ EUCEDA, en calidad de hijas del causante así también la primera
en calidad de cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a
la señora ANA CRISTINA GUEVARA CRUZ, ésta en calidad de hija.
Confiriéndole a dichas aceptantes, en el carácter indicado, la adminis-
tración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve días
del mes de Septiembre del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057016-2
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta
minutos del día trece de agosto del dos mil doce, se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia INTESTADA
de los bienes que a su defunción dejó la causante BACILIA PEREZ
DE AGUILAR conocida por MARIA BASILIA PEREZ CRESPIN y
BASILIA PEREZ CRESPIN, quien falleció a las doce horas con treinta
minutos del día dieciséis de octubre de mil novecientos ochenta y uno,
siendo su último domicilio el de esta Ciudad, de parte del señor JOEL
YUDANY AGUILAR PEREZ, en su concepto de hijo de la causante.
Confiérese al aceptante en el carácter antes indicado la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión Intestada con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y se CITA a los que se crean con Derecho a la referida herencia a
deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-
cación del presente edicto.
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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las catorce horas
y cuarenta minutos del día trece de agosto del dos mil doce. LIC. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057032-2
LICENCIADO MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez
Tercero de lo Civil y Mercantil, de Santa Ana: Al público en general
HACE SABER: Que se han promovido por el Licenciado José
Rafael Cabezas Quezada, Diligencias de Aceptación de Herencia con
Beneficio de Inventario, sobre los bienes que a su defunción dejara la
señora Ana Delmy Méndez Sambrano conocida por Ana Delmi Méndez
Sambrano, Ana Delmy Méndez y Ana Delmi Méndez, quien falleció
sin haber dejado testamento, el día veintidós de agosto del año dos mil
nueve, siendo su último domicilio Cantón Cutumay Camones, ciudad de
Santa Ana, departamento de Santa Ana, y este día se tuvo por aceptada la
herencia antes referida y se nombró como administrador y representante
Interino con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia
Yacente de dicha sucesión, al señor Carlos Humberto Zambrano, en
calidad de cesionario de los derechos que como hijos sobrevivientes
les correspondían a los señores Mario Napoleón Méndez Lucha y Silvia
Yolanda Méndez Cerón.
Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presen-
tarse a este Juzgado las personas que se crean con derecho a la herencia
que a su defunción dejara el referido causante.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, de la ciudad
de Santa Ana, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil doce.
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA. LIC. JOSÉ APOLONIO
TOBAR SERRANO, SECRETARIO INTERINO DEL JUZGADO
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.
3 v. alt. No. F057035-2
MARÍA ANGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
nueve horas y cuatro minutos del día ocho de octubre de dos mil doce, se
ha tenido por ACEPTADA expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada sobre los bienes ubicados en la República de El
Salvador dejados por la causante MERCEDES SOLEDAD JUBELLS
IRAHETA, conocida por MERCEDES SOLEDAD CUBELLS DE
MORAN CALDERÓN y por MERCEDES CUBELS DE MORAN
CALDERÓN, quien fuera de ochenta años de edad, salvadoreña, Ama
de Casa, Casada, del domicilio de San Salvador, originaria de San Sal-
vador, hija de María Esperanza Iraheta y Roberto Ney Jubells España;
a su defunción ocurrida a las trece horas y cuarenta minutos del día
treinta y uno de agosto de dos mil once en San Salvador, siendo esta
ciudad el lugar de su último domicilio, por parte de las señoras MARIA
GUADALUPE LARÍN MORAN y SILVIA MORÁN CUBELLS, en
su calidad de herederas testamentarias de la referida causante, a quienes
se les ha conferido la administración y representación interina de la
referida sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente. Por lo que se CITA a todos los que se crean con
derecho a la sucesión para que dentro del término de ley se presenten a
este Tribunal a deducir su derecho.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salva-
dor, a las nueve horas con treinta minutos del día ocho de octubre del año
dos mil doce. LICDA. MARÍA ANGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA
SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.
LIC. LUIS HECTOR ALBERTO PÉREZ AGUIRRE, SECRETARIO
DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F057043-2
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN: AL
PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y quince minutos
de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio
de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la señora
MARIA ANGELA GONZALEZ DE CRUZ, conocida por MARIA
ANGELA GONZALEZ, al fallecer el día veintidós de abril de dos mil
doce, Hospital Nacional San Pedro de esta Ciudad de Usulután, siendo
Ozatlán su último domicilio, de parte de la señora CANDIDA LILIAN
CRUZ GONZALEZ, en calidad de hija de la causante y como cesionaria
de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores ROSA
MIGDALIA CRUZ DE RIVERA y SANTOS CRUZ, la primera como
hija de la causante y el segundo como cónyuge sobreviviente de la misma
causante.
Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-
sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
diez días del mes de septiembre de dos mil doce. LIC. JOSÉ ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN
HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057053-2
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN.
AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta y dos
minutos de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE
Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO la Herencia intestada que a su
defunción dejó el señor ADRIÁN VELÁSQUEZ, al fallecer el día uno
de septiembre del año dos mil nueve, en Colonia Altos de La Ceiba, de
la jurisdicción de San Dionisio, Departamento de Usulután, el lugar que
tuvo como último domicilio de parte del señor LUIS ALONSO ARAUJO
GONZÁLEZ, en calidad de cesionario de los derechos hereditarios que
les correspondía a los señores CÁNDIDA SUSANA VELÁSQUEZ
PENADO y FRANCISCO ANTONIO PENADO VELÁSQUEZ, como
hijos del causante.
Confiriéndosele al aceptante dicho, la Administración y Represen-
tación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los diez
días del mes de septiembre del año dos mil doce. Lic. JOSÉ ANTONIO
GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARÁN
HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057054-2
MARÍA ÁNGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA SEGUNDO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las
ocho horas del día cuatro de octubre del año dos mil doce, se ha tenido
por ACEPTADA expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada dejada por el causante, señor REYNALDO MISAEL QUIJANO
PINEDA, quien fue de treinta y nueve años de edad, de nacionalidad
salvadoreña, casado, del domicilio de Sun Valley, California, hijo de
TRÁNSITO PINEDA HERNÁNDEZ y ASCENCIÓN QUIJANO,
conocido como ASCENCIÓN QUIJANO MARROQIN, MISAEL
ASCENCIÓN QUIJANO y MISAEL ASCENCIÓN QUIJANO MA-
RROQUÍN; a su defunción ocurrida a las cero horas y veintiséis minutos
del día diez de abril de dos mil cinco, en Sun Valley, Los Ángeles,
California, Estados Unidos de América, siendo éste el lugar de su últi-
mo domicilio, por parte del señor ASCENCIÓN QUIJANO, conocido
como ASCENCIÓN QUIJANO MARROQIN, MISAEL ASCENCIÓN
QUIJANO y MISAEL ASCENCIÓN QUIJANO MARROQUÍN, en
su calidad de padre del referido causante, a quien se le ha conferido la
administración y representación interina de la referida sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por
lo que se CITA a todos los que se crean con derecho a la sucesión para
que dentro del término de ley ejerzan el mismo ante este Juzgado.
Librado en el juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a las ocho horas y cinco minutos del día cuatro de octubre del
año dos mil doce.- Licda. MARÍA ÁNGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA
SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.
Lic. LUIS HÉCTOR ALBERTO PÉREZ AGUIRRE, SECRETARIO
DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F057058-2
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL. AL
PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas diez minutos
del día nueve de octubre de dos mil doce, se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó la causante señora MARGARITA GUZMÁN, conocida
por MARGARITA GUZMÁN DE COPLAND, quien fue de cincuenta
y cinco años de edad, doméstica, divorciada, fallecida el día once de
junio de dos mil diez, siendo la ciudad de San Miguel, el lugar de su
último domicilio, de parte del señor JOSÉ GERVACIO COPLAND
GUZMÁN, como hijo de la causante y como cesionario de los derechos
hereditarios que le correspondían a las señoras DOLORES MARGARITA
COPLAND GUZMÁN y JENNIE MARISOL GUZMÁN MOLINA,
en calidad de hijas de la causante, confiriéndole en el carácter indicado
la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL, San Miguel, a las doce horas doce minutos del día nueve
de octubre de dos mil doce.- Licda. DIANA LEONOR ROMERO DE
REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Licda.
MILAGRO ORELLANA COREAS, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F057144-2
JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce horas con
treinta y cinco minutos del día nueve de octubre del año dos mil doce,
en las diligencias de Aceptación de Herencia Testamentaria, clasificadas
con el NUE: 00768-12-DV-1CM1-222-02; se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventado, la herencia testamentaria
dejada por el causante, señor ISABEL PORTILO ARGUETA, quien
falleció a las diecinueve horas con cuarenta minutos del día veintinueve
de julio del año dos mil diez, en Cantón Miraflores, Caserío El Cedral,
Municipio y Departamento de San Miguel, a los Ochenta y un años de
edad, Agricultor en pequeño, del domicilio de Cantón Miraflores, Caserío
El Cedral, Municipio y Departamento de San Miguel, originario del
Municipio y Departamento de San Miguel, de nacionalidad Salvadoreña,
hijo de Rafael Portillo y Luisa Argueta; de parte de las señoras MARÍA
EVA PORTILLO HERNÁNDEZ, de treinta y seis años de edad, do-
méstica, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Miguel, con
Documento Único de Identidad número cero cero trescientos ochenta
y dos mil cuatrocientos treinta- seis, (00382430-6), y con Número de
Identificación Tributaria un mil doscientos diecisiete- ciento sesenta mil
doscientos setenta y seis- ciento diez- cuatro, (1217-160276-110-4), y la
señora JUDITH MAGDALENA HERNÁNDEZ, de treinta años de edad,
doméstica, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Miguel,
con Documento Único de Identidad número cero dos millones setecien-
tos dieciséis mil cuatrocientos sesenta y seis- tres, (02716466-3), y con
Número de Identificación Tributaria un mil doscientos diecisiete- cero
once mil doscientos ochenta y uno- ciento doce- tres, (1217-011281-
112-3), en calidad de Herederas Testamentarias de los bienes que a su
defunción dejó el Causante; y se les ha conferido a los aceptantes, en
el carácter antes indicado, la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después
de la última publicación de este edicto. Lo que pone en conocimiento
del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel,
a las catorce horas con cuarenta minutos del día nueve de octubre del
año dos mil doce.- Lic. JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ,
JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
Licda. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA DE
ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F057157-2
OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.-
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a
las catorce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que
a su defunción dejó LUIS ÁNGEL CHÉVEZ RIVERA, de cuarenta
y dos años de edad, jornalero, casado, originario y del domicilio de
Jucuapa, Departamento de Usulután, quien falleció a las doce horas
y treinta minutos del día veinticinco de octubre del año dos mil diez,
en el Cantón Llano Grande, jurisdicción de Jucuapa, Departamento de
Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de MARÍA DO-
LORES IBARRA o MARÍA DOLORES IBARRA DE CHÉVEZ, de
cuarenta y cinco años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio,
con Documento Único de Identidad número cero dos siete uno siete
siete ocho dos- ocho y Tarjeta de Identificación Tributaria un mil ciento
veintidós- cero diez mil quinientos sesenta y siete- ciento uno- ocho,
en su concepto de cónyuge del causante y cesionaria de los derechos
hereditarios que le correspondían al señor Santana Chévez, en su calidad
de padre del causante. Art. 988 C.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida,
para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a
partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA; a las catorce horas y cincuenta minutos del día veintiséis de
septiembre de dos mil doce. Lic. OSCAR NEFTALÍ ESCOLERO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057174-2
TÍTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SAN SIMÓN,
DEPARTAMENTO DE MORAZÁN,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Licenciada
GLORIA MARISOL ARGUETA DE VENTURA, como apoderada
del señor JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ SANTOS, solicitando
TÍTULO DE PROPIEDAD de una porción de terreno de naturaleza
urbana, situado en el Barrio La Fuente, de la Jurisdicción de San Simón,
Distrito de Osicala, Departamento de Morazán, de la extensión superficial
de CUATROCIENTOS VEINTISIETE METROS CERO DOS DECÍ-
METROS CINCUENTA CENTÍMETROS CUADRADOS, que mide
y linda: AL ORIENTE, consta de tres tramos así: El primero de Norte a
Sur veinticinco metros, el segundo tramo de Poniente a Oriente de once
metros setenta centímetros, linda en ambos tramos con terreno de Romira
del Carmen Santos, y el tercer tramo de Norte a Sur de veinticinco metros
cincuenta centímetros, linda con terreno del señor Teodoso Fuentes, cerco
de alambre y jiote de por medio; AL NORTE, dos metros con cincuenta
centímetros, linda con terreno del Centro Escolar Alberto Masferrer,
calle de por medio; y AL PONIENTE, cuarenta y ocho metros, lindando
con terreno de Ernestina Renderos de Aranda, tapial de por medio; y
AL SUR, trece metros, linda con terreno de Zoila Gloria Santos viuda
de Santos, divide cerco de piedra.- El inmueble anteriormente descrito
lo adquirió mi representado por medio de compraventa de posesión
material que corresponde a la número CUATRO que a folios tres vuelto
y folio cuatro vuelto del Libro DIECISÉIS DE PROTOCOLO, que el
Notario Ricardo Antonio Villalta Benítez, lleva en el corriente año y
el cual vencerá el día treinta de julio del año dos mil trece, otorgada en
esta ciudad, a las quince horas y quince minutos del día treinta de julio
del año dos mil doce, que le hiciere al señor JOSÉ MONTIEL SANTOS
MORALES, en la suma de TRES MIL QUINIENTOS DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, no es predio sirviente, ni
dominante, no tiene carga, ni derechos reales construidos en él no está
en proindivisión con nadie.
San Simón, departamento de Morazán, a los diez días del mes
de octubre del año dos mil doce. CARLOS MARIO DÍAZ AMAYA,
Alcalde Municipal. JOSÉ REINALDO ROMERO HERNÁNDEZ,
Secretario Municipal.
3 v. alt. No. C006195-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado ALFREDO
ANTONIO ESCALANTE CALDERÓN, de cuarenta y nueve años de
edad, Abogado y Notario del domicilio de Sonsonate, con Documento
Único de Identidad número cero cero siete cinco dos dos dos seis guión
cinco y Número de Identificación Tributaria cero uno cero siete guión
ciento ochenta mil cuatrocientos sesenta y tres guión cero cero uno
guión cero, como apoderado general Judicial de la señora Matilde García
Ramos, de cuarenta años de edad, ama de casa, del domicilio de Santo
Domingo de Guzmán, departamento de Sonsonate, con Documento
Único de Identidad Número cero cero ocho cinco dos nueve cuatro seis
guión cuatro, y Número de Identificación Tributaria cero trescientos
catorce guión cero uno cero dos siete dos guión ciento uno guión cero;
solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de su poderdante de un inmueble
de naturaleza Urbana, situado en el Barrio El Calvario, Calle Agrupación, del
Municipio de Santo Domingo de Guzmán, departamento de Sonsonate,
de una Extensión Superficial de CIENTO VEINTICUATRO PUNTO
SEIS MIL SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS,
identificada como PARCELA TRESCIENTOS CINCO, de las medidas
y colindancias siguientes: AL ORIENTE, siete punto veintisiete metros
linda con terreno de Horacia Ramírez de Pineda; AL PONIENTE, ocho
punto sesenta y ocho metros linda con propiedad de Sebastián Ramos,
antes hoy de Cabildo Ramos, calle de por medio; y AL NORTE,
diecisiete punto setenta y dos metros, linda con propiedad de Sebastián
Ramos, antes hoy Cabildo Ramos y al SUR en tres tramos de cinco
punto noventa y nueve, nueve punto noventa y dos y cero punto treinta
y siete metros respectivamente, linda con propiedad de Jesús Vásquez
y Alejandro Álvarez Cortez, calle de por medio.- El inmueble descrito
no es predio sirviente, ni dominante, no tiene carga, ni derecho real que
respetar, no está en proindivisión con ninguna persona y lo adquirió
por donación verbal hecha por tíos de la señora Matilde García Ramos,
Sebastián Ramos, Andrea Ramos o Andrea Ramos Pérez y Teodoro
Ramos, siendo la posesión en forma quieta, pacífica e ininterrumpida,
y que ha ejercido la actual poseedora por más de diez años continuos,
sumada su posesión a la de sus antecesores, sin haber sido perturbada su
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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. posesión por persona alguna, ejerciendo todos los actos a que da lugar el
derecho de dominio, como cercarlo, recolectar leña, cultivarlo, recolectar
sus frutos y otros; y lo valora en la suma de UN MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- Dicho inmueble carece de
título inscrito en el Registro de la propiedad respectivo por carecer de
antecedente inscrito, por lo que se hace saber al público para efectos de
Ley.
ALCALDÍA MUNICIPAL: Santo Domingo de Guzmán,
diecinueve de septiembre de dos mil doce.- GUILLERMO SENSENTE
SANTIAGO, Alcalde Municipal. EDWIN ADALVERTO VÁSQUEZ
VÁSQUEZ, Secretario Municipal.
3 v. alt. No F057132-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Señor
JOSÉ HERNÁN PORTILLO VALLE, de treinta y nueve años de
edad, agricultor, del domicilio de Nueva Concepción, Departamento de
Chalatenango, portador del Documento Único de Identidad número cero
cero setecientos sesenta y cuatro mil setecientos cincuenta guión dos,
y con Número de Identificación Tributaria cero cuatrocientos dieciséis
guión doscientos treinta mil trescientos setenta y dos guión ciento tres
guión uno. Solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de
naturaleza Rural, situado en Caserío El Zapote, Cantón El Zapote, del
Municipio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, de
una extensión superficial de TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA
Y DOS PUNTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de
las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, en setenta punto
noventa metros, con propiedad de Gregoria Valle Portillo de Rivera y
María Cruz Portillo Viuda de Valle, callejón de por medio; AL SUR,
en cincuenta y cinco metros, con propiedad de Sara Valle de Portillo y
Guadalupe Melgar Valle, Callejón y Río de por medio; AL ORIENTE,
en setenta y ocho punto setenta metros, con propiedad de María Cruz
Portillo Viuda de Valle, quebrada El Aguacate, de por medio; y AL
PONIENTE, en cuarenta y cuatro punto sesenta metros, con propiedad de
Félix Rivera Valle, callejón de por medio. El inmueble que se pretende
Titular, no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión con otras
personas, así mismo no posee cargas, ni derechos reales de ajena
procedencia, y el Titulante lo adquirió por compra verbal hecha a la Señora
BALBINA LÓPEZ, en el año de 1990, y lo valora en la cantidad de
TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,
dicho inmueble no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del Centro, del departamento de
Chalatenango, por carecer de antecedente inscrito.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Librado en la Alcaldía Municipal de Nueva Concepción, Depar-
tamento de Chalatenango, a los diecinueve días del mes de octubre
del año dos mil doce.- FÉLIX MANUEL PORTILLO MENJÍVAR,
Alcalde Municipal. MARIO RAFAEL VALLE LEMUS, Secretario
Municipal.
3 v alt. No. F057223-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado la señora
MARIA LUCIA GUARDADO DE FIGUEROA, de este domicilio,
solicitando se le extienda a su favor TÍTULO DE PROPIEDAD de un
inmueble de naturaleza urbana, ubicado en el BARRIO EL CHILE, FINAL
TERCERA AVENIDA SUR, MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE
CHALATENANGO, de una extensión superficial de CIENTO OCHEN-
TA Y CINCO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, que
se describe así: AL ORIENTE, mide seis punto cincuenta metros, con
Cementerio Monte Piedad; AL NORTE, mide veintiocho punto cincuenta
metros, con ELVA FUNES y OSCAR FUNES; AL PONIENTE, mide
seis punto cincuenta metros, con NICOLASA PEREZ; AL SUR, mide
veintiocho punto cincuenta metros, con MARIA ANGELICA GUAR-
DADO DE GUARDADO. El inmueble antes descrito lo adquirió la
titulante por compra que hizo a VICTORIANO ABREGO ALEMAN,
no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales de ajena
pertenencia que deban respetarse ni está en proindivisión con persona
alguna y lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES.
Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los
demás efectos de Ley.
ALCALDÍA MUNICIPAL: De la Ciudad y Departamento de
Chalatenango, nueve de octubre de dos mil doce. JOSE RIGOBERTO
MEJÍA MENJÍVAR, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ENRIQUE
RAMÍREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. c. No. F057243-2
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397TiTUlo SUPlETorio
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZÁN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada,
GLORIA MARISOL SALMERON PERLA; en su calidad de Apoderada
General Judicial de las señoras MARIA ARELY ROMERO DIAZ; ALBA
ELVIRA ROMERO DIAZ y RUBIA FATIMA ROMERO; solicitando
TITULO SUPLETORIO, de UN INMUEBLE, de naturaleza rústica,
situado en el Cantón San Pedro, Caserío Río Seco, Jurisdicción de El
Divisadero, departamento de Morazán, de la capacidad superficial de
TRES MIL SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS: de las
medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE; en dos tramos el primero
de veinticinco metros, linda con Pastor Saravia, cerco de 3 alambre del
colindante de por medio y el segundo de veintisiete metros, linda con
Paulino Vásquez, cerco de alambre propio de por medio; AL NORTE:
cuarenta y siete metros, linda con Alejandro Escobar, cerco de alambre
del colindante de por medio; al PONIENTE: setenta y tres metros linda
con Alejandro Escobar, cerco de alambre del colindante de por medio;
y AL SUR: cincuenta y un metros, linda con el señor Julio Membreño,
cerco de alambre propio y calle de por medio hasta llegar a donde se
comenzó. Que dentro del terreno anteriormente descrito existen dos
casas, techos de tejas, láminas, paredes de adobe, piso de tierra, con el
correspondiente servicio de energía eléctrica y agua potable, cada una.
Dicho inmueble lo adquirieron las señoras antes mencionadas por com-
pra venta que le hicieran a la señora SANTOS IGNACIA ROMERO, y
lo valoran en el precio de UN MIL DOLARES de los Estados Unidos
de Norte América. Aclarando que para la señora MARIA ARELY
ROMERO DIAZ; le corresponde el cincuenta por ciento y las señoras
ALBA ELVIRA ROMERO DIAZ y RUBIA FATIMA ROMERO, el
veinticinco por ciento cada una.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las
quince horas y cincuenta y cinco minutos del día veintiséis de septiembre
de dos mil doce. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA
1° DE 1ª INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE
ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006173-2
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General Ju-
dicial del señor JOSE FRANCISCO CHICA PEREIRA, a solicitar a favor
de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica,
ubicado en el Caserío El Portillo, Cantón Volcancillo, de la jurisdicción
de Joateca, Departamento de Morazán; de la capacidad superficial de
TRES MIL CUATROCIENTOS DOS PUNTO CUARENTA Y SIETE
METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: al
NORTE, setenta y uno punto veinticuatro metros, linda con terreno de
Gregorio Chica; al ORIENTE, cuarenta y ocho punto treinta metros, linda
con terreno de José Anacleto Chica Pereira; al SUR, ochenta y cinco
punto treinta y dos metros, linda con terreno de José Anacleto Chica
Pereira; y al PONIENTE, treinta y dos punto treinta y cinco metros, linda
con terreno de José Anacleto Chica Pereira.-. Valuado dicho inmueble
en la cantidad de TRES MIL DOLARES; y adquirió dicho inmueble
por compra venta verbal de la Posesión Material que le efectuó el señor
JOSE ANACLETO CHICA PEREIRA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las diez horas del día cinco de Octubre de Dos Mil Doce. LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTAN-
CIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006196-2
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó el señor JUAN
ANTONIO MAZARIEGO CALDERON, mayor de edad, agricultor, de
este domicilio, a través de su procurador Licenciado CARLOS RAUL
HERRERA GALDAMEZ, solicitando que se extienda a su favor Título
Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado en Cantón La
Joya, Caserío Santa Cruz, Calle hacia Caserío La Joya, de esta com-
prensión territorial, de una extensión superficial de VEINTINUEVE
MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO METROS VEINTIOCHO
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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. DECIMETROS OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRA-
DOS, con las colindancias siguientes: AL NORTE, según antecedente
con Tomasa Mazariego, aunque realmente linda con ECORTA S.A.
DE C.V. y Tomasa Mazariego de Solito, calle de por medio con am-
bos; AL ORIENTE, según antecedente con Cemento de El Salvador,
aunque realmente linda con Andrés Molina Mazariego; AL SUR, según
antecedente con Andrés Mazariego, aunque realmente linda con Ricardo
Solito; y AL PONIENTE, según antecedente con Ricardo Solito aunque
realmente linda con Tomasa Mazariego de Solito.
Dicho inmueble no se encuentra en proindivisión con persona alguna,
ni existen cargas que respetar, y lo valúa en la cantidad de OCHO MIL
DOLARES.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con
cinco minutos del día catorce de septiembre de dos mil doce. LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057033-2
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA.
HACE SABER: Que con fecha dieciocho de septiembre del corriente
año, se presentaron a este Juzgado Los Licenciados Buenaventura Cruz
Meza, de cuarenta y seis años de edad Abogado, del domicilio de San
Miguel, con Carnet de Abogado número ocho mil ochocientos sesenta y
ocho y con Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil doscientos
ocho guión doscientos cuarenta mil doscientos sesenta y seis guión ciento
uno guión tres y Noelio Antonio Cruz Pérez, de veintinueve años de edad,
Abogado, del domicilio de la Ciudad de Lolotique, Departamento de
San Miguel, con Carnet de Abogado número dieciséis mil ochocientos
veinte y con Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil ciento
veintiuno guión ciento sesenta mil cuatrocientos ochenta y tres guión
ciento tres guión cinco, en concepto de Apoderados Generales Judiciales
de la señora CANDIDA MARICELDA CRUZ DE OCHOA, quien es
de treinta y siete años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de
la Ciudad de Lolotique, Departamento de San Miguel, portadora de su
Documento Unico de Identidad Personal número cero cero cero setenta y
tres mil cuatrocientos noventa y cinco guión cero y Tarjeta de Identificación
Tributaria número un mil doscientos ocho guión doscientos cuarenta y un
mil doscientas setenta y cuatro guión ciento tres guión uno, solicitando
se le extienda a favor de su mandante Título Supletorio de un terreno de
naturaleza rústica, situado en el Caserío Las Lajas, del cantón Amaya,
Jurisdicción de Lolotique, Distrito de Chinameca, Departamento de San
Miguel, de la extensión superficial de CINCO MIL CUATRO PUNTO
CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas
y linderos siguientes: AL NORTE: Está compuesto por tres tramos así:
del mojón Uno al mojón Dos, con una distancia de treinta y dos punto
veintiséis metros y rumbo Nor-Oriente de treinta y tres grados veintiséis
minutos cuarenta segundos; del mojón Dos al mojón tres, con una distancia
veintisiete punto trece metros y un rumbo Nor-Oriente de setenta y nueve
grados cuarenta y un minutos cero un segundos; del mojón Tres al mojón
Cuatro, con una distancia de dieciocho punto treinta y siete metros y un
rumbo Nor-Oriente de ochenta y dos grados doce minutos cuarenta y
cinco segundos; colindando en ambos tramos con Jose Santos Henríquez
Sandoval, callejón de cuatro punto cinco metros de por medio, además
sobre el costado Nor-Oriente existe un callejón de acceso a dicho terreno
de sesenta y siete metros de largo por trece metros de ancho,y sobre este
callejón pasa una quebrada de cuatro punto cinco metros de ancho. AL
ORIENTE: Está compuesto por cuatro tramos así del Mojón Cuatro al
mojón Cinco con una distancia de dieciocho punto cero nueve metros y
un rumbo Sur-Oriente de cero cuatro grados cuarenta y cuatro minutos
cero tres segundos; del mojón Cinco al mojón Seis con una distancia de
treinta y dos punto cincuenta y un metros y un rumbo Sur-Oriente de trece
grados cero cero minutos cero seis segundos; del mojón Seis al mojón
Siete con una distancia de diecisiete punto sesenta y tres metros y un
rumbo Sur-Oriente, de dieciséis grados quince minutos cuarenta y cinco
segundos; del mojón Siete al Mojón Ocho, con una distancia de catorce
punto veintiún metros y un rumbo Sur-Oriente, de veintiocho grados
veinticinco minutos treinta y tres segundos; colindando con Cornelio
Gómez, quebrada de por medio, AL SUR: Está compuesto por un solo
tramo así del mojón Ocho al mojón Nueve, con una distancia de cincuenta
y siete punto sesenta y cinco metros y un rumbo Sur-Poniente de setenta
y ocho grados veintiocho minutos cuarenta y seis segundos, colindando
con José Macario Henríquez Paiz, AL PONIENTE Está compuesto por
seis tramos así del mojón Nueve al mojón Diez, con una distancia de
dieciocho punto noventa y cuatro metros y un rumbo Nor-Poniente de
veinticuatro grados cero dos minutos cero ocho segundos; del mojón Diez
al mojón Once con una distancia de once punto diecinueve metros y un
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397rumbo Nor-Poniente de treinta y cuatro grados treinta y cuatro minutos
treinta segundos; del mojón Once al mojón Doce con una distancia de
trece punto sesenta metros y un rumbo Nor-Poniente de cincuenta y dos
grados diecinueve minutos cero un segundos; del mojón Doce al mojón
Trece con una distancia de dos punto veinticinco metros y un rumbo
Nor-Oriente de treinta y dos grados cincuenta y un minutos veinticinco
segundos; del mojón Trece al mojón Catorce con una distancia de tres
punto trece metros y un rumbo Nor-Oriente de cero seis grados cuarenta
y cinco minutos veintisiete segundos; del mojón Catorce al mojón Uno
con una distancia de dieciséis punto ochenta y nueve metros y un rumbo
Nor-Poniente de once grados cuarenta y cinco minutos trece segundos,
colindando con José Santos Henríquez Paiz, quebrada y callejón de cuatro
punto cero metros de por medio. Que el inmueble lo adquirió la señora
Cándida Maricela Cruz de Ochoa, por donación verbal que le hiciera
su madre la señora Virginia Cristina Henríquez de Cruz (ya fallecida),
el día diez de diciembre del año dos mil cinco y valora dicho inmueble
en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES. Que la posesión que
ejerció la señora Virginia Cristina Henríquez de Cruz y sus poseedores
anteriores, con la ejercida por la mandante sobrepasan más de diez años
consecutivos. Que la posesión que ha ejercido la señora Cruz de Ochoa,
ha sido quieta, pacífica e interrumpida, consistiendo la misma en actos
de verdadera dueña tales como cercarlos, reparar sus cercas, sembrarle
arboles y cultivos de diversas índoles sin que ninguna persona desde
aquella fecha hasta hoy haya disputado la posesión del inmueble. Lo
que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancias Chinameca, a las
catorce horas con quince minutos del día veinte de septiembre de dos mil
doce. LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057073-2
TiTUlo DE DoMiNio
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó el señor JOSE
FRANCISCO CRUZ GARCIA, de sesenta años de edad, Agricultor,
de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero
cero cuatrocientos trece mil cuatrocientos cuarenta y ocho guión siete,
solicitando a su favor Título de Dominio de un inmueble de naturaleza
urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Avenida Cinco de Enero,
número cincuenta y tres, jurisdicción, Distrito y Departamento de San
Miguel, de la extensión superficial de: QUINIENTOS NOVENTA Y
SIETE PUNTO TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de
las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veintiséis metros setenta
y ocho centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora Lucila
Cáceres, pared de ladrillo propiedad de la colindante; AL ORIENTE:
veintisiete metros catorce centímetros, colinda con inmueble propiedad
del señor Santana Blanco, tapial propiedad de la colindante; AL SUR:
veinticuatro metros, Calle de por medio, colinda con inmueble propiedad
de la Diócesis de San Miguel; y AL PONIENTE: veinte metros diez
centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora Consuelo
Velásquez, Calle de por medio.- En el inmueble antes descrito existen
construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios.- Dicho
inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente,
no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la
poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad
de TRES MIL DOLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE
DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió
mediante Escritura Pública de Compra Venta de la posesión material,
que le otorgó a su favor la señora SATURNINA ARACELY BENITEZ,
quien es mayor de edad, Licenciada en Psicología, del domicilio de
Moncagua, Departamento de San Miguel, en esta ciudad a las quince
horas del día seis de enero de dos mil doce, ante los oficios del notario
Jesús Antonio López Campos.- Que la posesión material que ha ejercido
y ejerce actualmente la poseedora sumada a la de su antecesora data
más de treinta y dos años y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e
ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este
domicilio.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los seis días del mes
de septiembre del año dos mil doce. JOSE WILFREDO SALGADO
GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. GERBERT LEONEL
LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL INTERINO.
3 v. alt. No. F057155-2
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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. rENoVacioN DE MarcaS
No. de Expediente: 2001019862
No. de Presentación: 20120170735
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA TE-
RESA FLORES GUADRON, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio
de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PIEL
Y CALZADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00085 del Libro
00161 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra REAL
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los once días del mes de septiembre del año dos mil doce.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006206-2
No. de Expediente: 2002023725
No. de Presentación: 20120173723
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
ADOLFO TORRES LEMUS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-
RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO de VALLECILLA B. Y VALLECILLA M. Y CIA.,
S.C.A. CARVAL DE COLOMBIA, del domicilio de SANTIAGO DE
CALI, COLOMBIA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00227 del Libro 00161 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una figura caprichosa que
simula ser una letra "C" en tres planos con una leve inclinación hacia
la izquierda cuyo lado interior es de color verde y su lado exterior es
de color amarillo en tono mostaza, bajo esta figura aparece la palabra
"CARVAL" escrita en letras mayúsculas estilizadas de color verde, cuyas
letras "A" son una letra "V", invertida; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil doce.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057108-2
No. de Expediente: 2000004136
No. de Presentación: 20110156449
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de SCHERING-PLOUGH LTD., del domicilio
de Toepferstrasse 5 CH 6004 Lucerne, Suiza, de nacionalidad SUIZA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00159 del Li-
bro 00143 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
AZLAIRE, escrita en letras de molde mayúsculas y negras; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057216-2
MarcaS DE faBrica
No. de Expediente: 2012121480
No. de Presentación: 20120174096
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra MAGICOS y diseño, que servirá para:
AMPARAR: ÚTILES ESCOLARES, PAPEL CARTÓN, PRODUCTOS
DE IMPRENTA, FOTOGRAFÍAS, MATERIALES PARA ARTISTAS,
ACUARELAS, CINTAS ADHESIVAS, ADHESIVOS (PEGAMEN-
TOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO, MATERIAS
PLÁSTICAS PARA EMBALAR; CARACTERES DE IMPRENTA,
CLICHÉS DE IMPRENTA, BOLÍGRAFOS, CLIPS, COLORES, CAJAS
DE PINTURAS (MATERIAL ESCOLAR), IMPRESOS GRÁFICOS,
MATERIAL IMPRESO, COMPASES, TINTAS CORRECTORAS,
CUADERNOS, ENGRAPADORAS, GOMAS PARA BORRAR, GRA-
PAS, LÁPICES, MATERIAL ESCOLAR, PINCELES, LAPICEROS,
BANDAS ADHESIVAS PARA USO DE PAPELERÍA O PARA USO
DOMÉSTICO, ETIQUETAS ADHESIVAS, ESTUCHES DE ESCRITU-
RA (SETS), ESTUCHES DE ESCRITURA (PAPELERÍA), FÓLDERES,
LIBRETAS, MATERIALES DE DIBUJO, REGLAS DE ESCUADRA,
SACAPUNTAS, ARTÍCULO DE ENCUADERNACIÓN, MATERIAL
DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO, Y TODO LO QUE
COMPRENDE PRINCIPALMENTE EL PAPEL, LOS PRODUCTOS
DE PAPEL Y LOS ARTÍCULOS DE OFICINA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006176-2
No. de Expediente: 2012121477
No. de Presentación: 20120174093
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra FACELA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: ÚTILES ESCOLARES, PAPEL CARTÓN, PRODUCTOS
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. DE IMPRENTA, FOTOGRAFÍAS, MATERIALES PARA ARTISTAS,
ACUARELAS, CINTAS ADHESIVAS, ADHESIVOS (PEGAMEN-
TOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMESTICO, MATERIAS
PLÁSTICAS PARA EMBALAR, CARACTERES DE IMPRENTA,
CLICHES DE IMPRENTA, BOLÍGRAFOS, CLIPS, COLORES, CAJAS
DE PINTURAS (MATERIAL ESCOLAR), IMPRESOS GRÁFICOS,
MATERIAL IMPRESO, COMPASES, TINTAS CORRECTORAS,
CUADERNOS, ENGRAPADORAS, GOMAS PARA BORRAR, GRA-
PAS, LÁPICES, MATERIAL ESCOLAR, PINCELES, LAPICEROS,
BANDAS ADHESIVAS PARA USO DE PAPELERÍA O PARA USO
DOMESTICO, ETIQUETAS ADHESIVAS, ESTUCHES DE ESCRITU-
RA (SETS), ESTUCHES DE ESCRITURA (PAPELERÍA), FÓLDERES,
LIBRETAS, MATERIALES DE DIBUJO, REGLAS DE ESCUADRA,
SACAPUNTAS, ARTICULO DE ENCUADERNACIÓN, MATERIAL
DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO, Y TODO LO QUE
COMPRENDE PRINCIPALMENTE EL PAPEL, LOS PRODUCTOS
DE PAPEL Y LOS ARTÍCULOS DE OFICINA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006177-2
No. de Expediente: 2012121478
No. de Presentación: 20120174094
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GrafiT
Consistente en: la palabra GRAFIT, que servirá para: AMPA-
RAR: ÚTILES ESCOLARES, PAPEL CARTÓN, PRODUCTOS DE
IMPRENTA, FOTOGRAFÍAS, MATERIALES PARA ARTISTAS,
ACUARELAS, CINTAS ADHESIVAS, ADHESIVOS (PEGAMEN-
TOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO, MATERIAS
PLÁSTICAS PARA EMBALAR, CARACTERES DE IMPRENTA,
CLICHÉS DE IMPRENTA, BOLÍGRAFOS, CLIPS, COLORES, CAJAS
DE PINTURAS (MATERIAL ESCOLAR), IMPRESOS GRÁFICOS,
MATERIAL IMPRESO, COMPASES, TINTAS CORRECTORAS,
CUADERNOS, ENGRAPADORAS, GOMAS PARA BORRAR, GRA-
PAS, LÁPICES, MATERIAL ESCOLAR, PINCELES, LAPICEROS,
BANDAS ADHESIVAS PARA USO DE PAPELERÍA O PARA USO
DOMÉSTICO, ETIQUETAS ADHESIVAS, ESTUCHES DE ESCRITU-
RA (SETS), ESTUCHES DE ESCRITURA (PAPELERÍA), FÓLDERES,
LIBRETAS, MATERIALES DE DIBUJO, REGLAS DE ESCUADRA,
SACAPUNTAS, ARTICULO DE ENCUADERNACIÓN, MATERIAL
DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO, Y TODO LO QUE
COMPRENDE PRINCIPALMENTE EL PAPEL, LOS PRODUCTOS
DE PAPEL Y LOS ARTÍCULOS DE OFICINA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
primero de octubre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006178-2
No. de Expediente: 2012121479
No. de Presentación: 20120174095
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
DIARIO
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra JUMBO, que servirá para: AMPA-
RAR: ÚTILES ESCOLARES, PAPEL CARTÓN, PRODUCTOS DE
IMPRENTA, FOTOGRAFÍAS, MATERIALES PARA ARTISTAS,
ACUARELAS, CINTAS ADHESIVAS, ADHESIVOS (PEGAMEN-
TOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO, MATERIAS
PLASTICAS PARA EMBALAR, CARACTERES DE IMPRENTA,
CLICHÉS DE IMPRENTA, BOLÍGRAFOS, CLIPS, COLORES, CAJAS
DE PINTURAS (MATERIAL ESCOLAR), IMPRESOS GRÁFICOS,
MATERIAL IMPRESO, COMPASES, TINTAS CORRECTORAS,
CUADERNOS, ENGRAPADORAS, GOMAS PARA BORRAR, GRA-
PAS, LAPICES, MATERIAL ESCOLAR, PINCELES, LAPICEROS,
BANDAS ADHESIVAS PARA USO DE PAPELERÍA O PARA USO
DOMÉSTICO, ETIQUETAS ADHESIVAS, ESTUCHES DE ESCRITU-
RA (SETS), ESTUCHES DE ESCRITURA (PAPELERÍA), FÓLDERES,
LIBRETAS, MATERIALES DE DIBUJO, REGLAS DE ESCUADRA,
SACAPUNTAS, ARTÍCULO DE ENCUADERNACIÓN, MATERIAL
DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDACTICO, Y TODO LO QUE
COMPRENDE PRINCIPALMENTE EL PAPEL, LOS PRODUCTOS
DE PAPEL Y LOS ARTÍCULOS DE OFICINA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006179-2
No. de Expediente: 2012121484
No. de Presentación: 20120174102
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras MERCURY BICOLOR y diseño, en
donde MERCURY se traduce al castellano como MERCURIO, que
servirá para: AMPARAR: ÚTILES ESCOLARES, PAPEL CARTÓN,
PRODUCTOS DE IMPRENTA, FOTOGRAFÍAS, MATERIALES
PARA ARTISTAS, ACUARELAS, CINTAS ADHESIVAS, ADHESI-
VOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO,
MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR, CARACTERES DE
IMPRENTA, CLICHÉS DE IMPRENTA, BOLÍGRAFOS, CLIPS,
COLORES, CAJAS DE PINTURAS (MATERIAL ESCOLAR), IM-
PRESOS GRÁFICOS, MATERIAL IMPRESO, COMPASES, TINTAS
CORRECTORAS, CUADERNOS, ENGRAPADORAS, GOMAS PARA
BORRAR, GRAPAS, LÁPICES, MATERIAL ESCOLAR, PINCELES,
LAPICEROS, BANDAS ADHESIVAS PARA USO DE PAPELERÍA O
PARA USO DOMÉSTICO, ETIQUETAS ADHESIVAS, ESTUCHES
DE ESCRITURA (SETS), ESTUCHES DE ESCRITURA (PAPELE-
RÍA), FÓLDERES, LIBRETAS, MATERIALES DE DIBUJO, REGLAS
DE ESCUADRA, SACAPUNTAS, ARTÍCULO DE ENCUADERNA-
CIÓN, MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO,
Y TODO LO QUE COMPRENDE PRINCIPALMENTE EL PAPEL,
LOS PRODUCTOS DE PAPEL Y LOS ARTÍCULOS DE OFICINA.
Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintisiete de septiembre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006180-2
DIARIO
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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012121474
No. de Presentación: 20120174090
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra CARIBE, que servirá para: AMPARAR:
ÚTILES ESCOLARES, PAPEL CARTÓN, PRODUCTOS DE IMPREN-
TA, FOTÓGRAFIAS, MATERIALES PARA ARTISTAS, ACUARE-
LAS, CINTAS ADHESIVAS, ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE
PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO, MATERIAS PLÁSTICAS
PARA EMBALAR, CARACTERES DE IMPRENTA, CLICHÉS DE
IMPRENTA, BOLÍGRAFOS, CLIPS, COLORES, CAJAS DE PINTU-
RAS (MATERIAL ESCOLAR), IMPRESOS GRÁFICOS, MATERIAL
IMPRESO, COMPASES, TINTAS CORRECTORAS, CUADERNOS,
ENGRAPADORAS, GOMAS PARA BORRAR, GRAPAS, LÁPI-
CES, MATERIAL ESCOLAR, PINCELES, LAPICEROS, BANDAS
ADHESIVAS PARA USO DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉS-
TICO, ETIQUETAS ADHESIVAS, ESTUCHES DE ESCRITURA
(SETS), ESTUCHES DE ESCRITURA (PAPELERÍA), FÓLDERES,
LIBRETAS, MATERIALES DE DIBUJO, REGLAS DE ESCUADRA,
SACAPUNTAS, ARTÍCULO DE ENCUADERNACIÓN, MATERIAL
DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO, Y TODO LO QUE
COMPRENDE PRINCIPALMENTE EL PAPEL, LOS PRODUCTOS
DE PAPEL Y LOS ARTÍCULOS DE OFICINA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
primero de octubre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006181-2
No. de Expediente: 2012121481
No. de Presentación: 20120174098
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra CARIBE y diseño, que servirá para:
AMPARAR: ÚTILES ESCOLARES, PAPEL CARTÓN, PRODUC-
TOS DE IMPRENTA, FOTOGRAFÍAS, MATERIALES PARA
ARTISTAS, ACUARELAS, CINTAS ADHESIVAS, ADHESIVOS
(PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMESTICO,
MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR, CARACTERES DE
IMPRENTA, CLICHÉS DE IMPRENTA, BOLÍGRAFOS, CLIPS,
COLORES, CAJAS DE PINTURAS (MATERIAL ESCOLAR),
IMPRESOS GRÁFICOS, MATERIAL IMPRESO, COMPASES,
TINTAS CORRECTORAS, CUADERNOS, ENGRAPADORAS,
GOMAS PARA BORRAR, GRAPAS, LAPICES, MATERIAL ES-
COLAR, PINCELES, LAPICEROS, BANDAS ADHESIVAS PARA
USO DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO, ETIQUETAS
ADHESIVAS, ESTUCHES DE ESCRITURA (SETS), ESTUCHES
DE ESCRITURA (PAPELERÍA), FÓLDERES, LIBRETAS, MATE-
RIALES DE DIBUJO, REGLAS DE ESCUADRA, SACAPUNTAS,
ARTÍCULO DE ENCUADERNACIÓN, MATERIAL DE INSTRUC-
CIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO, Y TODO LO QUE COMPRENDE
PRINCIPALMENTE EL PAPEL, LOS PRODUCTOS DE PAPEL Y
LOS ARTÍCULOS DE OFICINA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de octubre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006182-2
DIARIO
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012121476
No. de Presentación: 20120174092
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
facela
Consistente en: la palabra FACELA, que servirá para: AMPA-
RAR: UTILES ESCOLARES, PAPEL CARTON, PRODUCTOS DE
IMPRENTA, FOTOGRAFIAS, MATERIALES PARA ARTISTAS,
ACUARELAS, CINTAS ADHESIVAS, ADHESIVOS (PEGAMEN-
TOS) DE PAPELERIA O PARA USO DOMESTICO, MATERIAS
PLASTICAS PARA EMBALAR, CARACTERES DE IMPRENTA,
CLICHES DE IMPRENTA, BOLIGRAFOS, CLIPS, COLORES,
CAJAS DE PINTURAS (MATERIAL ESCOLAR), IMPRESOS
GRAFICOS, MATERIAL IMPRESO, COMPASES, TINTAS CO-
RRECTORAS, CUADERNOS, ENGRAPADORAS, GOMAS PARA
BORRAR, GRAPAS, LAPICES, MATERIAL ESCOLAR, PINCELES,
LAPICEROS, BANDAS ADHESIVAS PARA USO DE PAPELERIA O
PARA USO DOMESTICO, ETIQUETAS ADHESIVAS, ESTUCHES
DE ESCRITURA (SETS), ESTUCHES DE ESCRITURA (PAPELE-
RIA), FOLDERES, LIBRETAS, MATERIALES DE DIBUJO, REGLAS
DE ESCUADRA, SACAPUNTAS, ARTICULO DE ENCUADERNA-
CION, MATERIAL DE INSTRUCCION O MATERIAL DIDACTICO,
Y TODO LO QUE COMPRENDE PRINCIPALMENTE EL PAPEL,
LOS PRODUCTOS DE PAPEL Y LOS ARTICULOS DE OFICINA.
Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006183-2
No. de Expediente: 2012121487
No. de Presentación: 20120174105
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: las palabras CHECK LINE BICOLOR y diseño, que
se traducen al castellano como VERIFICAR LA LINEA BICOLOR, que
servirá para: AMPARAR: UTILES ESCOLARES, PAPEL CARTON,
PRODUCTOS DE IMPRENTA, FOTOGRAFIAS, MATERIALES
PARA ARTISTAS, ACUARELAS, CINTAS ADHESIVAS, ADHESI-
VOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERIA O PARA USO DOMESTICO,
MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAR, CARACTERES DE
IMPRENTA, CLICHES DE IMPRENTA, BOLIGRAFOS, CLIPS,
COLORES, CAJAS DE PINTURAS (MATERIAL ESCOLAR),
IMPRESOS GRAFICOS, MATERIAL IMPRESO, COMPASES,
TINTAS CORRECTORAS, CUADERNOS, ENGRAPADORAS,
GOMAS PARA BORRAR, GRAPAS, LAPICES, MATERIAL ES-
COLAR, PINCELES, LAPICEROS, BANDAS ADHESIVAS PARA
USO DE PAPELERIA O PARA USO DOMESTICO, ETIQUETAS
ADHESIVAS, ESTUCHES DE ESCRITURA (SETS), ESTUCHES
DE ESCRITURA (PAPELERIA), FOLDERES, LIBRETAS, MATE-
RIALES DE DIBUJO, REGLAS DE ESCUADRA, SACAPUNTAS,
ARTICULO DE ENCUADERNACION, MATERIAL DE INSTRUC-
CION O MATERIAL DIDACTICO, Y TODO LO QUE COMPRENDE
PRINCIPALMENTE EL PAPEL, LOS PRODUCTOS DE PAPEL Y
LOS ARTICULOS DE OFICINA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006184-2
DIARIO
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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012121485
No. de Presentación: 20120174103
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: la expresión SUPRA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: JUEGOS Y JUGUETES, APARATOS PARA JUEGOS
Y DEPORTES DIVERSOS, BALONES Y PELOTAS DE JUEGO,
ARTICULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS
EN OTRAS CLASES, ADORNOS PARA ARBOLES DE NAVIDAD
EXCEPTO ARTICULOS DE ILUMINACION Y GOLOSINAS. Clase:
28.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de septiembre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006185-2
No. de Expediente: 2012121482
No. de Presentación: 20120174100
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
ariSToS
Consistente en: la expresión ARISTOS, que servirá para: AM-
PARAR: JUEGOS Y JUGUETES; APARATOS PARA JUEGOS
Y DEPORTES DIVERSOS, BALONES Y PELOTAS DE JUEGO,
ARTICULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS
EN OTRAS CLASES; ADORNOS PARA ARBOLES DE NAVIDAD
EXCEPTO ARTICULOS DE ILUMINACION Y GOLOSINAS. Clase:
28.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de septiembre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006186-2
No. de Expediente: 2012121870
No. de Presentación: 20120174954
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCIA
JEANNET DURAN GAMEZ, en su calidad de APODERADO GENE-
RAL JUDICIAL de AGROINDUSTRIAS LACTEAS LOS QUESOS DE
ORIENTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
DIARIO
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397abrevia: LOS QUESOS DE ORIENTE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: las palabras LOS QUESOS DE ORIENTE y diseño. Sobre el uso de los elementos denominativos que componen la marca, aisladamente no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de octubre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006189-2
No. de Expediente: 2012121752
No. de Presentación: 20120174778
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado GUILLERMO KOCH GEISSE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
laMiDa DE Vaca
Consistente en: las palabras LAMIDA DE VACA, que servirá para: AMPARAR: COLONIA, VASELINA, TALCO, ACEITE, SHAMPOO, ACONDICIONADOR, JABON LIQUIDO, LOCION, DESODO-RANTE, ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE PARA UÑAS, CREMA, Y POLVOS COMPACTOS, AEROSOL FIJADOR PARA CABELLO, GELATINA PARA CABELLO, GELATINA BRILLO
PARA CABELLO Y TINTES PARA CABELLO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de octubre del año dos mil doce.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057165-2
No. de Expediente: 2012119809
No. de Presentación: 20120170557
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
GUILLERMO KOCH GEISSE, en su calidad de DIRECTOR PRESI-
DENTE Y REPRESENTANTE de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO.
laXocrEaM
Consistente en: la palabra LAXOCREAM, que servirá para: AM-
PARAR: COLONIA, VASELINA, TALCO, ACEITE, SHAMPOO,
ACONDICIONADOR, JABON LIQUIDO, LOCION, DESODO-
RANTE, ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE PARA UÑAS,
CREMA, Y POLVOS COMPACTOS, AEROSOL FIJADOR PARA
CABELLO, GELATINA PARA CABELLO, GELATINA BRILLO
PARA CABELLO Y TINTES PARA CABELLO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de Junio del año dos
mil doce.
DIARIO
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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057166-2
No. de Expediente: 2012119282
No. de Presentación: 20120169690
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado GUILLERMO KOCH GEISSE, en su calidad de DIRECTOR PRESI-DENTE Y REPRESENTANTE de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
BlUES rEacTiVa
Consistente en: las palabras BLUES REACTIVA. Se traduce al castellano como: Azules Reactiva, que servirá para: AMPARAR: CO-LONIA, VASELINA, TALCO, ACEITE, SHAMPOO, ACONDICIO-NADOR, JABON LIQUIDO, LOCION, DESODORANTE, ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE PARA UÑAS, CREMA, Y POLVOS COMPACTOS, AEROSOL FIJADOR PARA CABELLO, GELATINA PARA CABELLO, GELATINA BRILLO PARA CABELLO Y TINTES PARA CABELLO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057167-2
No. de Expediente: 2012116759
No. de Presentación: 20120165668
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de MSD Consumer Care, Inc., de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO.
DUraflEX
Consistente en: la palabra DURAFLEX, que servirá para: AM-
PARAR: PREPARACIONES DE PROTECCION SOLAR Y NO
MEDICADAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de septiembre del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057214-2
No. de Expediente: 2012116946
No. de Presentación: 20120165938
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
DIARIO
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397APODERADO de MSD Consumer Care, Inc., de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
WET'N clEar
Consistente en: la expresión WET'N CLEAR. Se traduce al cas-tellano como: Mojado y claro, que servirá para: AMPARAR: PREPA-RACIONES DE PROTECCION SOLAR Y NO MEDICADAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057215-2
NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2012121871
No. de Presentación: 20120174955
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARCIA JEANNET DURAN GAMEZ, en su calidad de APODERADO GENE-RAL JUDICIAL de AGROINDUSTRIAS LACTEAS LOS QUESOS DE ORIENTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LOS QUESOS DE ORIENTE, S.A. DE C.V., de na-cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: las palabras LOS QUESOS DE ORIENTE y di-seño, que servirá para: IDENTIFICAR LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, DEDICADO A LA ACTIVIDAD DE COMERCIA-
LIZACION DE PRODUCTOS LACTEOS.
La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
doce de octubre del año dos mil doce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006190-2
No. de Expediente: 2012121100
No. de Presentación: 20120173336
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA
TERESA FLORES GUADRON, en su calidad de APODERADO de PIEL
Y CALZADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: PIEL Y CALZADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.
riMET
Consistente en: la expresión RIMET, que servirá para: IDENTIFI-
CAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA COMPRA Y VENTA DE
CALZADO.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006205-2
DIARIO
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012121306
No. de Presentación: 20120173724
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RAFAEL
ANTONIO BELLOSO ALFARO conocido por RAFAEL ANTONIO
BELLOSO hijo, en su calidad de APODERADO de VELVET SPOON,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
VELVET SPOON, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
DoWN ToWN DrEaMlaND
Consistente en: la frase DOWN TOWN DREAMLAND que se
traduce al castellano como El Centro de la ciudad de Los Sueños, que
servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO
A BRINDAR EL SERVICIO DE ARRENDAMIENTOS DE BIENES
INMUEBLES.
La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecisiete de septiembre del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057065-2
No. de Expediente: 2011114907
No. de Presentación: 20110161669
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ALMA
EMPERATRIZ DE LEON ZAVALETA, en su calidad de REPRE-
SENTANTE LEGAL de ALMA DE AÑIL SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMA DE AÑIL, S.A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del
NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Alma de Añil y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA
FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR Y BOLSOS DE AÑIL.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de diciembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de junio del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057074-2
No. de Expediente: 2012119494
No. de Presentación: 20120169974
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA
TERESA FLORES GUADRON, en su calidad de APODERADO de
UNIVERSAL DE CALZADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
del NOMBRE COMERCIAL,
ToP SHoES
Consistente en: las palabras TOP SHOES que se traducen al caste-
llano como ZAPATO EL MAS ALTO, que servirá para: IDENTIFICAR
UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA COMPRA Y VENTA
DE CALZADO.
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 La solicitud fue presentada el día catorce de junio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. Salvador,
catorce de septiembre del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057221-2
SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial
No. de Expediente 2012118662
No. de Presentación: 20120168808
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por
JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL
DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
TE KiTa El HaMBrE
Consistente en: la expresión TE KITA EL HAMBRE, que servirá
para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES SOBRE
PRODUCTOS, MERCANCIAS, EN PARTICULAR: CAFE, TE, CA-
CAO; AZUCAR; ARROZ; TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DEL
CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES,
PAN, BIZCOCHOS, TORTAS, PASTELERIA Y CONFITERIA,
HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-
DURA, POLVO PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; PIMIENTA,
VINAGRE, SALSAS; ESPECIAS; HIELO.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de septiembre del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006203-2
SUBaSTa PUBlica
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado FRANCISCO ESPINO-
SA AGUILAR, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno
cuatro- uno siete cero siete cuatro nueve-cero cero cuatro-tres; como
Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma de Derecho
Público, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación
Tributaria cero seiscientos catorce - cero setenta mil quinientos setenta
y cinco - cero cero dos - seis, contra el señor ISMAEL ANTONIO
VASQUEZ, con Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos
dieciocho- trescientos mil trescientos ochenta y uno-ciento dos- cinco,
de veinticinco años de edad a la fecha del contrato, enderezador y pintor,
siendo la ciudad de Apopa su último domicilio conocido, actualmente de
paradero ignorado, representado por medio de su Curador Ad - Litem,
Licenciado MIGUEL ANGEL MERINO PALACIOS, de treinta y cuatro
años de edad, Abogado, del domicilio de Mejicanos; reclamándole el pago
total de CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON VEINTIUN CEN-
TAVOS DE DOLAR, en concepto de capital; más el interés del SIETE
PUNTO SETENTA Y SIETE POR CIENTO ANUAL sobre saldos,
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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. contados a partir del día treinta de abril del año dos mil siete en adelante;
más la suma de NOVENTA Y TRES DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS DE
DÓLAR, comprendidas desde el día uno de mayo del año dos mil siete,
hasta el día veintinueve de mayo del año dos mil nueve, en concepto
de Primas de Seguro de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la
Propiedad, y costas procesales reclamadas; se ha ordenado VENDER
EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el
precio que oportunamente se indicará, un inmueble de naturaleza urbano
y construcciones que contiene marcado con el número QUINIENTOS
NOVENTA Y NUEVE, TIPO "A" ubicado en el Block "B", el cual forma
parte de la Urbanización "VALLE DEL SOL, II ETAPA", situado en
Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, departa-
mento de San Salvador, y según Razón y Constancia de inscripción lote
número quinientos noventa y nueve, Tipo "A", del Block "B", situado
en Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa,
Urbanización Valle del Sol, correspondiente a la ubicación geográfica
de Apopa, San Salvador, el cual de acuerdo a su antecedente tiene la
localización, medidas y linderos siguientes: partiendo de la intersección
de los ejes de la Avenida el Tarrascón y el pasaje San Reynaldo de la
Urbanización Valle del Sol y midiendo una distancia de treinta y uno
punto ochenta y siete metros, sobre el eje del pasaje con rumbo Norte
setenta y seis grados cuarenta y nueve minutos cinco segundos Oeste,
se llega a un punto en el cual se hace una deflexión positiva de noventa
grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros, se llega
al esquinero Sur-Este del lote que se describe, el cual mide y linda así: AL
SUR: recta de cinco metros rumbo Norte setenta y seis grados cuarenta
y nueve minutos cinco segundos Oeste, linda con el lote de zona verde
de este mismo block, pasaje San Reynaldo de cinco metros de ancho de
por medio; AL PONIENTE: recta de once metros, rumbo Norte trece
grados diez minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote
número seiscientos de este mismo block; AL NORTE: recta de cinco
metros, rumbo Sur setenta y seis grados cuarenta y nueve minutos cinco
segundos Este, linda con el lote número seiscientos sesenta y uno de
este mismo block; Y AL ORIENTE: recta de once metros, rumbo Sur
trece grados diez minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con
el lote número quinientos noventa y ocho de este mimo Block.- Los lotes
que se mencionan en las colindancias, son o que han sido propiedad de
Cerámica Industrial Centroamericana, S.A. DE C.V.- El Inmueble asi
descrito tiene una extensión superficial de CINCUENTA Y CINCO
METROS CUADRADOS, equivalentes a setenta y ocho punto sesenta
y nueve varas cuadradas- Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e
Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en la Matrícula Número,
SEIS CERO UNO SEIS SIETE CUATRO SEIS SEIS- CERO CERO
CERO CERO CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y
treinta minutos del día dieciocho de julio del año dos mil doce. DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F057104-2
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER:Que en virtud de la ejecución promovida en este
Juzgado por la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO
como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con-
tra la Señora SANDRA ELIZABETH PEÑA MORAN, reclamándole
cantidad de dinero y sus accesorios, se ha ordenado la Venta en Pública
Subasta es este Tribunal de un inmueble inscrito a favor de la deman-
dada SANDRA ELIZABETH PEÑA DE MORAN, en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro
Departamento de San Salvador, inscrito bajo la Matrícula SEIS CERO
DOS SEIS SEIS DOS NUEVE UNO– CERO CERO CERO CERO
CERO, de naturaleza urbana, con una superficie de CINCUENTA
PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, ubicado en Lote
veintinueve, Z B, Pasaje doce, Urbanización Brisas del Norte, Zona
B, correspondiente a la ubicación geográfica de Apopa, Departamento
de San Salvador, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE; Cinco
punto cero cero metros, AL ORIENTE; Diez punto cero cero metros,
AL SUR; Cinco punto cero cero metros, AL PONIENTE; Diez punto
cero cero metros. Dicho inmueble anteriormente descrito se encuentra
gravado con PRIMERA HIPOTECA ABIERTA Y EMBARGO, todos
a favor del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA en los asientos de
inscripción DOS, y CUATRO, respectivamente, de la correspondiente
matrícula ya relacionada, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Primera Sección del Centro Departamento de San Salvador.
Lo que hace saber al público para su conocimiento y efectos legales
consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del valúo
que resulte.
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas
y cincuenta minutos del día cuatro de junio de dos mil doce.LIC. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA DE ACTUACIO-
NES.
3 v. alt. No. F057105-2
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las
once horas y cuarenta minutos del día veintisiete de julio del presente año,
en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por la Licenciada Deborah Jeannet
Chávez Crespín, en calidad de apoderada del FONDO SOCIAL PARA
LA VIVIENDA, contra el señor ROBERTO ERNESTO MARTINEZ
ANGULO, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZ-
GADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA,
EL SIGUIENTE INMUEBLE: """"Un lote urbano y construcciones que
contiene marcado con el número catorce del block UNO, pasaje Las Moras,
de la urbanización El Botoncillal, jurisdicción de Colón, departamento
de La Libertad, que se localiza , mide y linda así: Partiendo del punto
de intersección formado por los ejes de la Avenida Principal y el pasaje
Las Moras, ambas vías abiertas en la urbanización El Botoncillal, con
rumbo Norte ochenta y siete grados cuarenta y tres punto dos minutos
Este, se mide sobre el eje del pasaje Las Moras una distancia de cien
punto cincuenta metros, determinándose un punto de referencia con
una deflexión derecha de noventa grados y una distancia de tres punto
cincuenta metros, a partir de dicho punto o mojón y siguiendo el sentido
del movimiento de las agujas del reloj, mide y linda así: AL ESTE: línea
recta de veinte metros con rumbo Sur cero dos grados dieciséis punto
ocho minutos Este lindando en este tramo con el lote número dieciséis
del block número uno de la misma urbanización; AL SUR: línea recta
de doce punto cincuenta metros con rumbo Sur ochenta y siete grados
cuarenta y tres punto dos, minutos Oeste, lindando en este tramo con lote
número trece del block número uno de la misma urbanización; AL OESTE:
línea recta de veinte metros con rumbo Norte cero dos grados dieciséis
punto ocho minutos Oeste, lindando en este tramo con lote número doce
del block número uno de la misma urbanización; y AL NORTE: línea
recta de doce punto cincuenta metros, con rumbo Norte ochenta y siete
grados cuarenta y tres punto dos minutos Este, lindando en este tramo
con lotes números diecinueve y veintiuno del block número dos, pasaje
Las Moras de siete punto cero metros de derecho de vía de por medio,
llegamos así al punto o mojón donde comenzó la descripción de este
lote. El terreno tiene un área de DOSCIENTOS CINCUENTA PUNTO
CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTAS
CINCUENTA Y SIETE PUNTO SETENTA VARAS CUADRADAS;
inscrito a favor del señor ROBERTO ERNESTO MARTINEZ ANGULO,
bajo la matrícula número 30181159-00000 del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, departamento de La
Libertad.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas
y cuarenta y cinco minutos del día veinte de septiembre de dos mil
doce.- Entrelíneas-que se localiza, mide y linda así:-Vale. Enmendado
-localiza-Vale. LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO
CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F057107-2
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las
once horas con quince minutos del día veinte de marzo del corriente año,
en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado Reynaldo
Alfonso Herrera Chavarría, en calidad de apoderado del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA, contra el señor RAFAEL ERNESTO CAÑAS
GARCIA, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZ-
GADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, EL
SIGUIENTE INMUEBLE: Un lote urbano y construcciones que contiene,
marcado en el plano respectivo con el número CUARENTA, BLOCK
TREINTA Y DOS, DE LA URBANIZACION NUEVO LOURDES
desmembración II, situada en jurisdicción de Colón, departamento de La
Libertad, de una extensión superficial de SESENTA Y OCHO PUNTO
NOVENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son:
AL NORTE y AL SUR, cinco punto treinta metros; AL ORIENTE y
AL PONIENTE, trece metros. Dicho inmueble es propiedad del señor
RAFAEL ERNESTO CAÑAS GARCIA, y se encuentra inscrito a la
matrícula número 30175053-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e
Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, departamento de La Liber-
tad.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas y
trece minutos del día veinticinco de abril de dos mil doce.- Enmendados-
horas-GARCIA-Valen. LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ
DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA,
SECRETARIA.
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ
CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AL PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido
por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, a través de su Apode-
rado General Judicial Licenciado RAMÓN JOSÉ ANDRÉS MÉNDEZ
QUINTEROS, contra el señor CARLOS GEOVANY HENRIQUEZ
ACOSTA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble
de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado con el
Número CIENTO TREINTA Y UNO, Polígono CINCUENTA Y UNO,
el cual forma parte del COMPLEJO URBANO ALTAVISTA, Jurisdic-
ción de San Martín, Departamento de San Salvador, de una extensión
superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a
SETENTA Y UN PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUA-
DRADAS. Se hace constar que las partes divisorias del inmueble antes
relacionado son propiedad común, y para cualquier ampliación vertical
deberá construirse una junta de dilatación con la pared medianera y con
su estructura independiente, el referido inmueble es propiedad del señor
CARLOS GEOVANY HENRIQUEZ ACOSTA, según antecedente
registral inscrito al Asiento DOS de la Matrícula SEIS CERO UNO
OCHO SIETE SEIS DOS SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, cuya descripción técnica, según preantecedente registral es la
siguiente: AL NORTE, diez metros; AL ORIENTE, cinco metros; AL
SUR, diez metros; y AL PONIENTE, cinco metros.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las
ocho horas y diez minutos del día veinticinco de junio de dos mil doce.
LIC. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA,
JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.- LICDA. JACQUELINE
JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057113-2
LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo
Civil de este Municipio Judicial.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Mercantil, promovido por la Licenciada SILVIA RAQUEL
CHAVARRIA SANTOS, como Apoderada General Judicial con Cláusula
Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor
JORGE ALBERTO ALFARO GRANADOS, próximamente se venderá
en Pública Subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: número
ciento diez, del Polígono ''L", del Proyecto de Vivienda denominado
Residencial Altavista, situada en la Jurisdicción de Tonacatepeque, de
este departamento, y registralmente identificado como lote ciento diez,
Polígono "L", Residencial Altavista, Segunda Fase, I Etapa, Jurisdicción
de Tonacatepeque, de una extensión superficial de CINCUENTA ME-
TROS CUADRADOS, el cual se describe así: AL NORTE, diez metros;
AL ORIENTE, cinco metros; AL SUR, diez metros; y AL PONIENTE,
cinco metros. Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor
JORGE ALBERTO ALFARO GRANADOS, en el Sistema de Folio
Real Automatizado, bajo la Matrícula Número SEIS CERO DOS SIETE
CERO CINCO CUATRO UNO - CERO CERO CERO CERO CERO,
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, Ciudad de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-
mento de San Salvador, a las once horas y quince minutos del día cinco
de septiembre del año dos mil doce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE
MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ
GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057114-2
LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo
Civil de este Municipio Judicial.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el
Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada SILVIA RAQUEL
CHAVARRIA SANTOS, como Apoderada General Judicial con Cláusula
Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor
ROBERTO RIVERA RIVAS, quien es representado por su Curadora
Ad-Litem, Licenciada ALICIA ISABEL RIVERA CAMPOS, próxi-
mamente se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, el inmueble
siguiente: Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene,
marcado en el Plano respectivo, con el Número VEINTE, del Polígono
ONCE Block "B", el cual forma parte de la Urbanización denominada
REPARTO MONTELIMAR, situado en la Jurisdicción de Olocuilta,
Departamento de La Paz, el cual tiene una extensión superficial de SE-
SENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son las
siguientes: Por los rumbos NORTE y SUR, con una distancia de cinco
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397metros; y por los rumbos ORIENTE y PONIENTE, con una distancia de
doce metros. Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor
ROBERTO RIVERA RIVAS, en el Sistema de Folio Real Automatizado,
bajo la Matrícula Número CINCO CINCO CERO UNO CINCO CERO
SIETE CINCO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, Ciudad
de Zacatecoluca, Departamento de La Paz.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos,
Departamento de San Salvador, a las nueve horas y quince minutos
del día diecinueve de junio del año dos mil doce.- LICDA. JUDITH
GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC.
ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057115-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal, por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES
MENDEZ QUINTEROS, como Apoderado del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA, que se abrevia "EL FONDO", Institución de
Crédito, Autónoma de Derecho Público, de este domicilio, contra el
señor NESTOR WEYLER MARTINEZ ASCENCIO, mayor de edad,
Empleado y Estudiante, actualmente de este domicilio, reclamándole
cantidad de dinero y demás accesorios legales, se venderá en Pública
Subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: "Un
lote de terreno urbano, situado en el Proyecto Residencial Altavista,
Jurisdicción de Ilopango, de este Departamento, marcado con el número
Veinte, Polígono D, del Pasaje Tres Norte cuya descripción técnica es
la siguiente: AL NORTE: diez metros; AL ORIENTE: cinco metros;
AL SUR: diez metros; y AL PONIENTE: cinco metros. El lote así des-
crito tiene una superficie de CINCUENTA METROS CUADRADOS,
equivalentes a SETENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO
VARAS CUADRADAS". Dicho lote se encuentra inscrito a favor de
NESTOR WEYLER MARTINEZ ASCENCIO, bajo la Matrícula Número
M CERO UNO CERO NUEVE CINCO CUATRO DOS TRES- CERO
CERO CERO CERO CERO del Registro de este Departamento.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez
horas con diez minutos del día ocho de noviembre de dos mil once. DR.
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.-
BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057116-2
LA INFRASCRITA JUEZA INTERINA QUINTO DE LO MERCANTIL
DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y
SOCIAL DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en los Juicios Ejecutivos Mercantiles Acu-
mulados 323-EM-08, 540-EM-08 y 473-EM-08, han sido promovidos
por el Doctor CARLOS AMÍLCAR AMAYA y el Licenciado ADOLFO
RODRIGO CAÑAS ALEMÁN, ambos mayores de edad, Abogados, de
este domicilio, actuando en calidad de Apoderados Generales Judiciales
del BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, hoy BANCO
HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA o BANCO HSBC,
SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra la SOCIEDAD
GENERAL DE PRODUCTOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse GEPRO
DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., y SOCIEDAD MEKATRADE, SO-
CIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse
MEKATRADE, S.A., y los señores ASTRID ILEANA MELHADO DE
DYER, antes ASTRID ILEANA MELHADO ORELLANA y OSCAR
ERNESTO MELHADO ORELLANA, la primera Empresaria y el Se-
gundo Ingeniero, mayores de edad, y de este domicilio, se venderá en este
Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará:
UN VEHÍCULO: de las siguientes características: Placa C NUEVE
CINCO DOS DOS SIETE; Clase: CAMION; Marca: GMC; Modelo;
CUATRO POR DOS; Año MIL NOVECIENTOS NOVENTA; Color:
BLANCO, Propiedad de la Sociedad GENERAL DE PRODUCTOS DE
EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
Número de Motor SEIS BG UNO OCHO CERO DOS SIETE TRES
SIETE; Número de Chasis: JL TRES CERO CERO DOS DOS OCHO
NUEVE; Número de Chasis Vin: J OCHO DE CINCO B UNO U
SEIS L TRES CERO CERO CERO DOS DOS OCHO NUEVE; dicho
VEHÍCULO SE ENCUENTRA radicado en: La agencia del BANCO
HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, que se encuentra
sobre la CALLE RUBEN DARÍO, San Salvador.
Se admitirán posturas siendo éstas legales.
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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a
las ocho horas del día quince de octubre de dos mil doce.- DOCTORA
INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZA INTERINA QUINTO DE
LO MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,
SECRETARIO JUDICIAL.
3 v. alt. No. F057148-2
rEPoSiciÓN DE cErTificaDoS
AVISO
NEGOCIOS DE ORIENTE, S.A. DE C.V., del domicilio de San
Miguel.
HACE SABER: Que a sus oficinas que se encuentran ubicadas
en 11ª Avenida Norte No. 308, San Miguel, se ha presentado el señor
BALMORE ENRIQUE IRAHETA PACHECO; y expresa que no tiene
en su poder los Certificados No. 2202 que ampara 1 acción número 399
y Certificado No. 2087 que ampara 2 acciones números 5528-5529; por
lo que solicita la REPOSICION de dicho Certificado.
Siendo procedente lo anterior, se hace del conocimiento del público
de conformidad a los Arts. 486 y Art. 932 del Código de Comercio. Y
transcurridos treinta días después de la tercera publicación, tanto en un
periódico de mayor circulación como en el Diario Oficial. Y de no haber
ninguna posición procédase a reponer los Certificados en referencia.
San Miguel, 24 de agosto de 2012.
LIC. CARLOS ALBERTO PICHE BENAVIDES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057049-2
AVISO
COMEDICA DE R.L.:
Comunica: Que se ha presentado el propietario del Certificado
de Depósito a Plazo Fijo No. 27120 por la cantidad de US$1,714.29 a
un plazo de 180 DIAS en Agencia Colegio Médico, ubicada en Final
Pasaje 10, Edificio Colegio Médico, Colonia Miramonte, solicitando
reposición de dicho Certificado.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los
efectos legales correspondientes que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,
se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado.
San Salvador, 15 Oct. 2012.
COMEDICA DE R.L.
AGENCIA COLEGIO MEDICO,
LIC. VERONICA CERNA
JEFE DE AGENCIA.
3 v. alt. No. F057092-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SANTA ROSA DE LIMA, se ha presen-
tado el propietario del Certificado No. 572031 del Depósito a Plazo Fijo
emitido el 31 de marzo de 2012, a 180 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho Certificado, lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado.
San Salvador, 18 de octubre de 2012.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F057118-2
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SANTA ROSA DE LIMA, se ha pre-
sentado el propietario del Certificado No. 572091 del Depósito a Plazo
Fijo emitido el 25 de abril de 2012, a 60 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho Certificado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado.
San Salvador, 18 de octubre de 2012.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F057119-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA Que en su agencia CHIRILAGUA, se ha presentado el
propietario del Certificado No. 4513470687 del Depósito a Plazo Fijo
emitido el 25 de mayo de 2002, a 60 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho Certificado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado.
San Salvador, 18 de octubre de 2012.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F057120-2
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE se ha presentado el
propietario del certificado No. 2745 del Depósito a Plazo Fijo emitido el
28 de febrero de 2008, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 18 de octubre de 2012.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F057121-2
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia METROCENTRO se ha presentado
el propietario del certificado No 3602470694 del Depósito a Plazo Fijo
emitido el 07 de octubre de 2004, a 30 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del
presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se
procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 18 de octubre de 2012.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F057123-2
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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. AVISO
La Asociación Cooperativa de Ahorro Crédito y Consumo de la Policía
Nacional Civil de El Salvador de R. L. (ACACYC-PNC de R.L.) CO-
MUNICA Que a sus oficinas ubicadas en prolongación calle Arce entre
47 y 49 ave. Norte col. Flor Blanca, San Salvador, se ha presentado el
propietario de CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO No 2014
Cuenta No. 01199600070400001, por valor de Veintidós mil 00/100
Dólares ($22,000.00), solicitando la reposición del mismo.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
SAN SALVADOR, 19 de octubre de 2012.
YANIRA DE RODRIGUEZ,
JEFE DE OPERACIONES.
ACACYC -PNC, de R. L.
OFICINA CENTRAL
Tel. 2261-7511
3 v. alt. No. F057210-2
Marca DE SErVicio
No. de Expediente: 2012121453
No. de Presentación: 20120174040
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado KAREN
IVONNE CRUZ MELENDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS.
Consistente en: la expresión BFI y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION. Clase:
35.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiocho de septiembre del año dos mil doce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057095-2
No. de Expediente: 2012121454
No. de Presentación: 20120174041
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado KAREN
IVONNE CRUZ MELENDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS.
Consistente en: la expresión BFI y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS PRESTADOS PARA TRANSPORTAR
PERSONAS O MERCANCIAS DE UN LUGAR A OTRO, POR VIA
FERROVIARIA, TERRESTRE, MARITIMA, AEREA: SERVICIOS
DE MUDANZAS INTERNACIONALES, EMBALAJES Y EMPA-
QUES. Clase: 39.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de septiembre del año
dos mil doce.
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057097-2
No. de Expediente: 2011114999
No. de Presentación: 20110161823
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la palabra ARGIUS y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS Y ADMINIS-
TRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA; SERVICIOS
DE VENTA A DISPOSICION AL PUBLICO A TRAVES DE ALMA-
CENES Y TIENDAS LA VENTA AL DETALLE; SERVICIOS DE
VENTA AL POR MAYOR O AL DETALLE A TRAVES DE REDES
GLOBALES DE COMUNICACION; POR CORREO, SERVICIOS
DE CATALOGO Y DISTRIBUCION, POR TELEFONO, A TRAVES
DE EMISIONES TELEVISIVAS Y A TRAVÉS DE OTROS MEDIOS
ELECTRONICOS; PROVISION DE INFORMACION DE PRODUC-
TO AL CONSUMIDOR MEDIANTE LA INTERNET; SERVICIOS
DE COMERCIALIZACION, IMPORTACION, EXPORTACION, DIS-
TRIBUCION, COMPRA Y VENTA. SERVICIOS DE PROMOCION
PRESTADOS POR UNA EMPRESA COMERCIAL A TRAVES DE
UNA TARJETA DE FIDELIZACION DE CLIENTES, EMISION DE
CERTIFICADOS DE REGALOS; COMPILACION Y SISTEMATI-
ZACIÓN DE DATOS EN UN ORDENADOR CENTRAL; GESTION
DE FICHEROS INFORMATICOS; RELACIONES PUBLICAS. Clase:
35.
La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057099-2
No. de Expediente: 2011114995
No. de Presentación: 20110161819
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras Urbe Ventura y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS Y
ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA; SER-
VICIOS DE VENTA A DISPOSICION AL PUBLICO A TRAVES DE
ALMACENES Y TIENDAS LA VENTA AL DETALLE; SERVICIOS
DE VENTA AL POR MAYOR O AL DETALLE A TRAVES DE
REDES GLOBALES DE COMUNICACION; POR CORREO, SER-
VICIOS DE CATALOGO Y DISTRIBUCION, POR TELEFONO, A
TRAVES DE EMISIONES TELEVISIVAS Y A TRAVES DE OTROS
MEDIOS ELECTRONICOS; PROVISION DE INFORMACION
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. DE PRODUCTO AL CONSUMIDOR MEDIANTE LA INTERNET;
SERVICIOS DE COMERCIALIZACION, IMPORTACION, EXPOR-
TACION, DISTRIBUCION, COMPRA Y VENTA. SERVICIOS DE
PROMOCION PRESTADOS POR UNA EMPRESA COMERCIAL A
TRAVES DE UNA TARJETA DE FIDELIZACION DE CLIENTES,
EMISION DE CERTIFICADOS DE REGALOS; COMPILACION Y
SISTEMATIZACION DE DATOS EN UN ORDENADOR CENTRAL;
GESTION DE FICHEROS INFORMATICOS; RELACIONES PUBLI-
CAS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057101-2
No, de Expediente: 2012119800
No. de Presentación: 20120170546
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de BANCO G&T CONTINENTAL EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA que se abrevia: BANCO G&T CONTINENTAL EL
SALVADOR, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS.
crEE
Consistente en: la palabra CREE, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS FINANCIEROS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057106-2
No. de Expediente: 2012116897
No. de Presentación: 20120165881
CLASE: 35, 38, 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OSCAR ARMANDO COLOCHO PALACIOS, en su calidad de APODERADO de OSCAR ANTONIO AVELAR CHINCHILLA, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la expresión 105 SALSA y diseño, que servirá para: AMPARAR: ANUNCIOS COMERCIALES. Clase: 35. Para: AMPA-RAR: PROGRAMAS RADIOFONICOS (DIFUSION DE). Clase: 38. Para: AMPARAR: PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISION (MONTAJE DE). Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de octubre del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057208-2
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397Marca DE ProDUcTo
No. de Expediente: 2012121512
No. de Presentación: 20120174220
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado GODO-
FREDO SOL MIXCO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de DESARROLLO AGRICOLA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DESARRO-
LLO AGRICOLA DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO.
Consistente en: las palabras Café El Orgullo Guanaco y diseño,
que servirá para: AMPARAR CAFE. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de octubre del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,REGISTRADOR.
RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006174-2
No. de Expediente: 2011113423
No. de Presentación: 20110158620
CLASE: 24, 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CAROLINA
MARIA CASANOVA PORRAS, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras Mío & Mía y diseño, que servirá
para: AMPARAR: ROPA DE CAMA, FUNDAS DE ALMOHADAS,
FUNDAS DE COJIN, PATRONES DE IMPRENTA ELABORADOS
A BASE DE TELA, QUE NO SEAN DE PAPEL, SABANAS, EDRE-
DONES, COBERTORES DE TELA PARA CAMAS Y TOALLAS DE
MATERIAS TEXTILES. Clase: 24. Para: AMPARAR: PRENDAS DE
VESTIR, CALZADO Y ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase:
25.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057029-2
No. de Expediente: 2012118646
No. de Presentación: 20120168788
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de PRODUCTOS FINOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. GUATEMALTECA: solicitando el registro de la MARCA DE PRO-
DUCTO.
Consistente en: la expresión DK12 y diseño, que servirá para:
AMPARAR: JABONES DE TOCADOR Y JABONES DE LAVAR.
Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de octubre del año dos mil doce.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057103-2
No. de Expediente: 2012120665
No. de Presentación: 20120172531
CLASE: 13.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
CALIXTO HERRERA HURTADO, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de INVERSIONES HERRERA MARROQUIN,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
INHEMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra LEOPARDO y diseño, que servirá para:
AMPARAR: LUCES DE BENGALA. Clase: 13.
La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiuno de agosto del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F057204-2
No. de Expediente: 2012119692
No. de Presentación: 20120170332
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA
TERESA FLORES GUADRON, en su calidad de APODERADO de
JUAN CARLOS AFANE SAADE, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
liMPiN
Consistente en: la palabra LIMPIN, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS DE LIMPIEZA DE USO DOMESTICO, COMO
DETERGENTES EN POLVO Y LIQUIDO, LEJIAS, JABON DE
LAVAR EN BARRA Y BOLA. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de agosto del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F057222-2
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
de tercera publicación
acEPTacioN DE HErENcia
LICENCIADO ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ SEGUN-
DO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO, SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las ocho horas con cinco minutos del día veintisiete de septiembre del
año dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente la herencia
intestada dejada por la causante LIDIA DEL CARMEN PEREZ o LIDIA
DEL CARMEN MONTEAGUDO PEREZ, a su defunción ocurrida a
las tres horas con treinta minutos del día veintinueve de junio de dos mil
cinco, en Hospital Nacional Rosales, San Salvador, lugar de su último
domicilio, por parte de las señoras ROXANA GUADALUPE GARAY
DE TOBIAS y de ANA LISSETTE GARAY PEREZ, en sus calidades
de hijas de la referida de cujus, y se les ha conferido la administración
y representación interina de la sucesión intestada anteriormente relacio-
nada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a las catorce horas con diez minutos del día veintiocho de
septiembre del año dos mil doce.- LIC. ROMEO EDGARD PINO
MARTINEZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTE-
RINO, SAN SALVADOR.- LICENCIADA MONICA ALEJANDRA
RIVAS ARGUETA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006124-3
JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN,
AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las diez horas de este día se ha
tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO
DE INVENTARIO la Herencia Intestada que a su defunción dejó
la causante señora ISABEL DEL CARMEN LARÍN, conocida por
ISABEL DEL CARMEN LARÍN RODRÍGUEZ A, al fallecer el día
cuatro de mayo de dos mil doce, en el Hospital Nacional San Pedro, de
la ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio, de parte
de los señores CARLOS ALFREDO LARÍN, EDUARDO ERNESTO
ZELAYA LARÍN y MIRIAM DEL CARMEN ZELAYA LARÍN,
en calidad de Hijos de la causante, y como cesionarios del derecho
hereditario que le correspondía a la señora ROSA EMILIA LARÍN,
como madre de dicha causante.
Confiriéndosele a los aceptantes dichos, la Administración y
Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los diez
días del mes de octubre del año dos mil doce. Lic. JOSÉ ANTONIO
GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARÁN
HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006127-3
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y diez minutos
del día catorce de febrero de dos mil doce, se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que
dejó la señora LUISA GOCIA VALLE DE VELÁSQUEZ, conocida
por GOCIA VALLE, GOCIA PERLA VALLE y por LUISA GOCIA
VALLE, quien falleció el día dieciséis de diciembre de dos mil ocho, en
el Cantón Amapalita, Distrito y Departamento de La Unión, siendo este
lugar su último domicilio, de parte del señor RENE VALLE, en calidad
de hijo de la causante y como cesionario de los derechos hereditarios
que correspondían a los señores, Adela del Carmen Valle, José de la
Cruz Valle, Rosa Lilian Valle de Mejía, Bony Marín Valle, como hijos
de la causante.
Y se le ha conferido a dicho aceptante en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintisiete
días del mes de agosto de dos mil doce. Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO
PÉREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006132-3
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para
efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las
catorce horas del día diecisiete de septiembre del corriente año, SE HA
TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO
DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción
dejó el causante BRAULIO MARTÍN FLORES, de parte de los señores
MARÍA CANDELARIA OCON FLORES y MARIO FIDEL OCON
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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. FLORES, por derecho propio en calidad de hijos del mencionado cau-
sante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de setenta y un años de
edad, Agricultor en Pequeño, originario y del domicilio de esta ciudad
de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; hijo de Santos
Bersabé Flores; falleció a las dieciséis horas del día siete de septiembre
de dos mil once, en el Cantón El Triunfo, de esta ciudad de San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán; lugar de su último domicilio.- Se les
confirió a los aceptantes antes mencionados y en la forma establecida,
la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA DE LA
SUCESIÓN, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten
a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera
publicación de este edicto en el expresado periódico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las nueve horas y treinta y seis minutos del día veintiuno de
septiembre de dos mil doce.- Enmendado. MARIO. VALE.- Lic. JORGE
ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.
Licda. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006137-3
DRA. ANA FELÍCITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos
del día once de octubre de dos mil doce, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora SONIA
DEL CARMEN ZELADA DE SALGADO o SONIA DEL CARMEN
ZELADA, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor
ADILIO DE JESÚS SALGADO TURCIOS, quien fue de cuarenta y dos
años de edad, comerciante, casado, fallecido a las nueve horas treinta
minutos del día veintisiete de mayo de dos mil seis, en el Hospital Militar
de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el municipio
de Tecoluca, departamento de San Vicente, en concepto de cónyuge
sobreviviente del causante y además, como cesionario de los derechos
hereditarios que en la sucesión del causante les correspondía a los señores
JOSÉ ARNULFO TURCIOS o ARNULFO TURCIOS y OLWAR DE
JESÚS SALGADO ZELADA, el primero en concepto de padre, y el
segundo en concepto de hijo del referido causante. Y se ha nombrado a
la aceptante administradora y representante interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas
quince minutos del día once de octubre del año dos mil doce.- Dra. ANA
FELÍCITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056637-3
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día
dos de octubre de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente
con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
el señor AGUSTÍN M. CRESPÍN RAMOS, conocido por AGUSTÍN
MAGDALENO CRESPÍN RAMOS, AGUSTÍN MAGDALENO
CRESPÍN, AGUSTÍN CRESPÍN y AGUSTÍN M. CRESPÍN, quien
falleció el día catorce de julio de dos mil once, siendo Ilobasco, departamento
de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de las señoras 1)
MARÍA MAGDALENA GUERRA o MARÍA MAGDALENA GUERRA
DE CRESPÍN 2) MARÍA LUZ CRESPÍN o MARÍA LUZ CRESPÍN
GUERRA, o MARÍA LUZ CRESPIN DE ERROA y 3) MARINA DEL
CARMEN CRESPÍN GUERRA, en calidad de hijas del causante; y se le
ha conferido a las aceptantes, la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departamento
de Cabañas, a las quince horas treinta minutos del día dos de octubre de dos
mil doce. Lic. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Licda. ÁNGELA VERÓNICA GUERRA HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056672-3
Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
departamento de La Unión; al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las quince
horas del día catorce de septiembre del corriente año; se tuvo por
aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia intestada
que al fallecer a las diecinueve horas del día treinta de octubre del año
dos mil dos, en que al fallecer el día dos de octubre del año dos mil tres,
en el Municipio de Nueva Esparta, departamento de La Unión, siendo
dicho lugar su último domicilio, dejara la causante María Guadalupe
Castro, conocida por Guadalupe Castro, a favor de los señores Dina
Mercedes Mejía Castro y Santos Flavio Mejía Castro, en concepto de
hijos sobreviviente de la causante antes mencionada, de conformidad con
lo establecido en el Art. 988 No. 1° del Código Civil. En consecuencia,
se le confirió a la aceptante en el carácter dicho, la administración y
representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departamento
de La Unión, a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil
doce.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.
MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056678-3
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta
y cinco minutos del día veinticuatro de septiembre del corriente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
de la herencia intestada dejada por la señora CANDELARIA CRUZ o
CANDELARIA CRUZ LEIVA, fallecida el día treinta de enero de mil
novecientos noventa y cinco, en Santa Ana, siendo Juayúa, el lugar de
su último domicilio, de parte de las señoras ENMA CRUZ DE ZEPEDA
y EVA NAVARRO DE FLORES, en concepto de hijas sobrevivientes
y como cesionaria de los derechos hereditarios que en dicha sucesión
correspondían al señor Jorge Alberto Cruz, también como hijo de la
mencionada causante.
Y se ha conferido a las aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas quince
minutos del día cinco de octubre del dos mil doce.- Dr. MARIO MOISA
MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN
CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056705-3
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cinco
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con
beneficio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó
la señora MARÍA ÉLIDA RIVAS, quien fue de sesenta y tres años
de edad, soltera, falleció el día siete de septiembre del año dos mil
ocho, siendo Delgado el lugar de su último domicilio, con Número
de Identificación Tributaria 1010-120245-002-0 y Documento Único
de Identidad 00673883-5. De parte de las señoras MARÍA CLARA
RIVAS, con Número de Identificación Tributaria 1010-040963-103-0;
ANA DEYSI ROJAS DE RODRÍGUEZ, con Número de Identificación
Tributaria 1010-100176-107-1; ANA PATRICIA RIVAS, con Número
de Identificación Tributaria 1010-220471-102-5 y NAZARIO ROJAS
RIVAS, con Número de Identificación Tributaria 1100-010166-001-0
quienes son hijos de la causante. Confiriéndosele a la aceptante la
administración y representación INTERINA de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Siendo
representados los aceptantes por el Licenciado FRANCISCO ANTONIO
TORRES, con Número de Identificación Tributaria 0614-070954-008-9.
Publíquese el edicto de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las diez horas y quince
minutos del día catorce de septiembre del año dos mil doce.- Licda.
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO
CIVIL DE DELGADO. Lic. JORGE ROBERTO BURGOS
GONZÁLEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056722-3
DRA. ANA FELÍCITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos
de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario de parte de los señores JOSÉ NICOLAS IRAHETA ÁVALOS,
ROSARIO IRAHETA DE DURÁN, BASILIO IRAHETA ÁVALOS,
y MARÍA GREGORIA DE JESÚS IRAHETA DE MEJÍA, la herencia
Intestada que a su defunción dejó la señora NICOLASA ÁVALOS DE
IRAHETA, quién fue de setenta y ocho años de edad, oficios domésti-
cos, casada, salvadoreña, originaria de Apastepeque y del domicilio de
Caserío Las Marías, Cantón San Felipe, jurisdicción de Apastepeque,
de este departamento, con Documento Único de Identidad número
cero cero cinco uno siete cinco cero dos- cero, y Número de Identifi-
cación Tributaria uno cero uno- dos tres uno dos tres cuatro- cero cero
dos- cuatro, habiendo fallecido a las cuatro horas del día veintisiete de
junio del año dos mil doce, en Caserío Las Marías, Cantón San Felipe,
jurisdicción de Apastepeque, de este departamento, lugar de su último
domicilio, en concepto de hijos de la causante. Y se ha nombrado a los
aceptantes administradores y representantes interinos de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los doce días del
mes de octubre del año dos mil doce.- Dra. ANA FELÍCITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL. Licda. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056747-3
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de once horas
treinta y cinco minutos del día doce de los corrientes, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
intestada dejada por el señor MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ, fallecido
el día nueve de diciembre del dos mil tres, en El Cantón Los Naranjos,
Jurisdicción de Juayúa, siendo ese el lugar de su último domicilio, de parte
de los señores MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ ESCOBAR y DALILA
MARITZA VÁSQUEZ DE ZAÑAS, el primero en concepto de hijo del
causante y la segunda como cesionaria de los derechos hereditarios que
le correspondían al señor César Alfredo Escobar Rodríguez, como hijo
de la causante.
Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL; Sonsonate, a las once horas quince
minutos del día veintiuno de septiembre del dos mil doce.- Dr. MARIO
MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL
CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056755-3
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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Lic. Ángel Albino Alvarenga; Juez de Lo Civil, del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas y diez minutos del día dieciséis de julio del corriente año. Se declaró heredero expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las dieciocho horas del día veintinueve de agosto del año dos mil diez, en el Barrio El Calvario de esta ciudad, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante Víctor Manuel Flores Flores, conocido por Víctor Manuel Flores, de parte del señor José René Flores Flores, en concepto de heredero testamentario, de conformidad con el Artículo 953 C.c. Se le confiere al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-mento de La Unión, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil doce. Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056793-3
HErENcia YacENTE
JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con cinco minutos del día treinta de agosto de dos mil doce, luego de abierta la sucesión, y no habiéndose presentado persona aceptando la herencia, o si habiéndose presentado no se hubiere comprobado suficientemente la calidad de heredero, de conformidad a lo regulado en los artículos 480 y 1164 del Código Civil se ordenó DECLARAR YACENTE LA HERENCIA que a su defunción dejó el señor ABILIO DIAZ SIGARÁN, conocido por ABILIO DIAZ, quien fue de noventa y seis años de edad, comerciante, viudo, originario de Osicala, departamento de Morazán, del domicilio de Barrio La Cruz, Sexta Avenida Norte y Octava Calle Oriente número quinientos dos, San Miguel, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Eulalio Díaz y de Mariana Sigarán, falleció a las seis horas quince minutos del día siete de febrero de dos mil doce en Octava Calle Oriente y Sexta Avenida Norte bis número quinientos dos, San Miguel, a conse-cuencia de Infarto Agudo al Miocardio, con asistencia médica, atendido por el Doctor Edwin E. Villeda B., con J.V.P.M. No 4499, sucesión que será representa por el Licenciado JEOVANNY ALEXANDER PERLA ALVAREZ, en calidad de curador, quien es mayor de edad, abogado, del domicilio de la ciudad y departamento de San Miguel.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las catorce horas con cinco minutos del día treinta de agosto de dos mil doce. Lic. JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Lic. ROLANDO ARTURO LAZO ANDRADE, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. C006117-3
TiTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE CONSTAR: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Lic.
Juan Carlos Barquero Elías, mayor de edad, del domicilio de San Sal-
vador, en calidad de Apoderado General Judicial con cláusula Especial
del señor ILDEFONSO BENITO MEJIA GARCIA o ILDEFONSO
BENITO GARCIA, de cincuenta y cuatro años de edad, empleado, del
domicilio de San Ramón, departamento de Cuscatlán, con Documento
Único de Identidad número cero cuatro uno cuatro cuatro nueve cinco
dos- dos y con número de Identificación Tributaria cero siete uno dos- dos
siete cero uno cinco ocho- cero cero dos- tres, solicitando se le extienda
TITULO DE PROPIEDAD a favor de su apoderado, de un inmueble
de naturaleza urbana, ubicado en Barrio de Jesús, Jurisdicción de San
Ramón del Departamento de Cuscatlán, de la Extensión Superficial
de TRESCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS
VEINTISEIS DECIMETROS Y SESENTA Y DOS CENTIMETROS
CUADRADOS, de los linderos particulares siguientes: AL ORIENTE
mide dieciocho metros ochenta centímetros linda con terreno de Anto-
nio Pérez Ramos, cerco de piña de división, propio del colindante AL
NORTE, mide veinticinco metros cuarenta y cinco centímetros, linda
con terreno de Miguel Angel Mejía, AL PONIENTE: mide dieciséis
metros ochenta y seis centímetros linda con terreno de José Juan Mejía
Medrano, y AL SUR: mide doce metros ochenta y cuatro centímetros,
linda con terreno de Antonio Pérez Ramos, Inmueble que adquirió
por compraventa que hizo al señor José Juan Mejía Medrano, según
escritura Pública otorgada a las quince horas del día cuatro de Junio de
dos mil doce, en la ciudad de Cojutepeque, ante los oficios Notariales
del Licenciado Juan Carlos Barquero Elías, y que habiéndolo poseído
más de veinte años incluyendo los años de posesión material de parte
del vendedor.- No tiene carga, ni derechos reales que pertenezcan a otra
persona, no es dominante, ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión
con nadie.- Todos sus colindantes son de este domicilio.- El inmueble
lo valora en la cantidad de DOS MIL DOLARES.
Y para ser publicado en el Diario Oficial, se extiende el presente
edicto, en la Alcaldía Municipal de San Ramón, Departamento de
Cuscatlán, a los veintiocho días del mes de Septiembre de dos mil doce.
TULIO SURIA LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL. MARIA FRAN-
CISCA CASTILLO DE RIVERA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006138-3
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL INTERINO DE SAN
SALVADOR,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la se-
ñora FRANCISCA GUTIÉRREZ conocida como FRANCISCA
GUTIÉRREZ MÉNDEZ, de cincuenta y seis años de edad, soltera,
doméstica, del domicilio de esta ciudad y departamento, con Documento
Único de Identidad número cero dos millones trescientos veinticuatro
mil doscientos treinta - cuatro; con Número de Identificación Tributaria
cero quinientos seis - doscientos cuarenta y un mil cincuenta y cinco
- cero cero uno - cero; manifestando que SOLICITA TÍTULO DE
PROPIEDAD, en calidad personal, de un inmueble de naturaleza urbana,
ubicado en Colonia México, Pasaje Penjamo, lote número treinta y uno
- A del municipio y departamento de San Salvador, con una extensión
superficial, según descripción técnica presentada por la interesada, de
CIENTO CINCUENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y TRES ME-
TROS CUADRADOS, equivalentes a doscientos veinticuatro punto
treinta y nueve varas cuadradas, el terreno está situado a una distancia
aproximada de trescientos dos metros en el kilómetro cuatro y medio
de la carretera hacia Los Planes de Renderos, hasta el mojón uno del
terreno en medición y específicamente situado en la Colonia México, de
Los Planes de Renderos, del municipio y departamento de San Salvador,
partiendo del RUMBO ESTE, este rumbo está compuesto de dos tramos
así: Del mojón uno al mojón dos, con una distancia de seis punto sesenta
y cinco metros, y rumbo sur de veintinueve grados, cincuenta y tres
minutos y cuarenta y tres segundos oeste, del mojón dos al mojón tres,
con una distancia de diez punto setenta y cuatro metros, y rumbo sur de
veinte grados, un minuto, trece segundos oeste, linda en estos tramos
con Pasaje Penjamo; RUMBO SUR, este rumbo está compuesto de un
tramo así: Del mojón tres al mojón cuatro, con una distancia de dieciocho
punto noventa y nueve metros, y rumbo norte de setenta y tres grados,
cincuenta y cinco minutos y dieciocho segundos este, linda en este tramo
con el terreno de la señora Isabel Barahona Guevara, RUMBO OESTE,
este rumbo está compuesto de un tramo así: Del mojón cuatro al mojón
cinco, con una distancia de siete punto diecinueve metros, y rumbo norte
de veinte grados, treinta y ocho minutos y veintisiete segundos oeste,
linda en este tramo con el terreno de la señora Ramona Elva Aguilar
Menjívar, RUMBO NORTE, este rumbo está compuesto de un tramo
así: Del mojón cinco al mojón uno, con una distancia de nueve punto
cincuenta y cuatro metros, y rumbo norte, sesenta y seis grados, cuatro
minutos y cincuenta y cinco segundos oeste, linda en este tramo con
el terreno del señor Mario Enrique Zaldaña Palma. Según la medición
hecha recientemente, el área total del terreno es de ciento cincuenta y
seis punto ochenta y tres metros cuadrados, equivalentes a doscientos
veinticuatro punto treinta y nueve varas cuadradas, la porción de terreno
descrita no es dominante ni sirviente, no tiene ninguna carga o derecho
real que le pertenezca a otra y no se encuentra en proindivisión con
nadie, no pertenece al estado ni es ejidal, este inmueble lo valúa en
la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, inmueble del cual se ha ejercido una posesión quieta
y pacífica, ininterrumpida y de buena fe desde el mes de febrero de mil
novecientos ochenta y cinco, la posesión material de dicho inmueble la
adquirió por medio de Donación Verbal que a su favor le hizo su madre,
la señora Francisca Gutiérrez Amaya, ya fallecida, quien era de oficios
domésticos de este domicilio y departamento; lo que se avisa al público
para los fines de ley.
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR: San Salvador,
a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil doce. Ing. JULIO
ERNESTO MENA CAMPOS, ALCALDE MUNICIPAL INTERINO.
Dr. JOSE ARMANDO ZEPEDA VALLE, SECRETARIO MUNICI-
PAL.
3 v. alt. No. F056710-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el Licenciado
OMAR SAUL AYALA DIAZ, Apoderado General Judicial del señor
MANUEL ANTONIO JOVEL ROSA, solicitando Título de Propiedad
y Dominio a favor de su representado de un terreno de naturaleza urba-
na situado en Barrio El Calvario, Cuarta Calle Oriente de esta Ciudad,
Departamento de San Miguel, de la extensión superficial de DOSCIEN-
TOS CUARENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y SEIS METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: está
formado por dos tramos, el primero de diez punto veintinueve metros,
y el segundo de once punto diez, colindando con terrenos de AMINTA
JURADO, Tapial de Block de por medio; AL ORIENTE: Trece punto
veinticuatro metros colinda con terrenos de Teresa Machado Portillo
cerco de por medio; AL SUR: Catorce punto Cuarenta y nueve metros,
colindando con terrenos de José Napoleón Machado Portillo cerco de
púas de por medio y AL PONIENTE: está formado por dos tramos el
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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. primero con una distancia de once punto cincuenta metros el segundo
con una distancia de tres punto sesenta y nueve metros; colindando con
terrenos de ISRAEL HERNÁNDEZ y TOMAS AYALA, calles de por
medio los colindantes son de este domicilio, la posesión se alega por
más de catorce años, y se avisa al público para los efectos de Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL DE NUEVO EDEN DE SAN JUAN,
DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a veinticinco de septiembre
del dos mil doce. MARQUIOVIC VILLEGAS CEDILLOS, ALCALDE
MUNICIPAL. ANTE MI: EDWIN ARQUIMIDES AMAYA AYALA,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F056721-3
TiTUlo SUPlETorio
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licencia-
do PEDRO ANTONIO FUENTES REYES, Mayor de edad, Abogado,
y de este domicilio, en calidad de Apoderado General Judicial del señor
CELESTINO ROMERO, de cincuenta y dos años de edad, empleado,
del domicilio de San Alejo, solicitando se le extienda a su poderdante,
TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado
en el Cantón Bobadilla, Municipio de San Alejo, Departamento de La
Unión, de la capacidad superficial de OCHENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y UN
METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes:
COSTADO NORTE: consta de cuarenta y siete tramos: el tramo cero
uno mide veintisiete punto cincuenta metros, con rumbo Norte ochenta
y dos grados veintiocho minutos treinta y un segundos Este; el tramo
cero dos mide veinte punto noventa y cinco metros, con rumbo norte
ochenta y ocho grados cuarenta y cuatro minutos veintiocho segundos
Este; el tramo cero tres mide dieciocho punto ochenta metros, con
rumbo Norte ochenta y siete grados diez minutos cero cuatro segundos
Este; el tramo cero cuatro mide diecinueve punto cincuenta y dos metros,
con rumbo Norte ochenta y ocho grados cero seis minutos cuarenta y
ocho segundos Este; el tramo cero cinco mide dieciocho punto quince
metros, con rumbo Norte ochenta y ocho grados cuarenta y seis minutos
treinta y cinco segundos Este; el tramo cero seis mide dieciocho punto
setenta y tres metros , con rumbo Sur ochenta y tres grados cuarenta y
cinco minutos cero siete segundos Este; el tramo cero siete mide cero
tres punto cero ocho metros, con rumbo Sur setenta y un grados veinti-
cinco minutos veinte segundos Este; el tramo cero ocho mide cero siete
punto setenta y cinco metros, con rumbo Sur cincuenta y cinco grados
treinta y seis minutos cincuenta y nueve segundos Este; el tramo cero
nueve mide doce punto veintiséis metros, con rumbo Sur ochenta y ocho
grados cero dos minutos cuarenta y nueve segundos Este; el tramo diez
mide cero siete punto noventa y un metros, con rumbo Norte setenta y
tres grados cincuenta y nueve minutos treinta y siete segundos Este; el
tramo once mide dieciocho punto veintiséis metros, con rumbo Norte
sesenta y nueve grados veintiséis minutos cuarenta y seis segundos Este,
el tramo doce mide diez punto noventa y seis metros, con rumbo Norte
veintiséis grados once minutos cincuenta y cinco segundos Oeste; el
tramo trece mide cero tres punto sesenta y siete metros, con rumbo
Norte veinticinco grados treinta y tres minutos cero dos segundos Este;
el tramo catorce mide veinte punto ochenta y ocho metros, con rumbo
Norte treinta y ocho grados quince minutos veintisiete segundos Este;
el tramo quince mide once punto treinta y cinco metros, con rumbo
Norte treinta y un grados cuarenta y cuatro minutos cero seis segundo
Este; el tramo dieciséis mide cero ocho punto cuarenta y ocho metros
con rumbo Sur setenta y cuatro grados cuarenta y tres minutos cincuen-
ta y seis segundos Este; el tramo diecisiete mide cero seis punto noven-
ta y dos metros con rumbo Sur setenta y nueve grados cuarenta y tres
minutos diecisiete segundos Este; el tramo dieciocho mide cero seis
punto treinta y tres metros con rumbo Norte ochenta y tres grados cua-
renta y cuatro minutos cero seis segundos Este; el tramo diecinueve mide
cero siete punto setenta metros con rumbo Norte sesenta y dos grados
quince minutos treinta y dos segundos Este; el tramo veinte mide cero
nueve punto cero siete metros con rumbo Norte setenta grados cuaren-
ta y nueve minutos veinticinco segundos Este; el tramo veintiuno mide
dieciséis punto cuarenta y seis metros con rumbo Sur veintinueve grados
veintisiete minutos veintinueve segundos Este; el tramo veintidós mide
veintisiete punto noventa y un metros, con rumbo Sur veintiocho grados
treinta y seis minutos cero dos segundo Este; el tramo veintitrés mide
treinta y siete punto doce metros, con rumbo Sur cincuenta y siete
grados treinta minutos cuarenta y cinco segundos Oeste; el tramo vein-
ticuatro mide cero tres punto setenta y nueve metros, con rumbo Sur
cincuenta y seis grados cero cero minutos cero cuatro segundos Oeste;
el tramo veinticinco mide treinta y cuatro punto cuarenta y ocho metros,
con rumbo Sur cuarenta y tres grados cuarenta y tres minutos treinta y
un segundos Este; el tramo veintiséis mide doce punto cincuenta y un
metros, con rumbo Sur cuarenta y seis grados veintidós minutos veinti-
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397cuatro segundos Este; el tramo veintisiete mide trece punto cincuenta y
un metros, con rumbo Sur cuarenta y un grados veintitrés minutos
treinta segundos Este; el tramo veintiocho mide once punto ochenta y
ocho metros, con rumbo Sur treinta y nueve grados once minutos trein-
ta y tres segundos Este; el tramo veintinueve mide veinticuatro punto
treinta y dos metros, con rumbo Sur cuarenta y siete grados cincuenta
y cuatro minutos cuarenta y dos segundos Este; el tramo treinta mide
once punto setenta y seis metros, con rumbo Sur cincuenta y ocho
grados cero tres minutos veintiocho segundos Este; el tramo treinta y
uno mide cero tres punto setenta y siete metros, con rumbo Sur setenta
y dos grados treinta y cinco minutos doce segundos Este; el tramo
treinta y dos mide cero ocho punto sesenta y cinco metros, con rumbo
Sur setenta y cuatro grados cincuenta y siete minutos cero seis segundos
Este; el tramo treinta y tres mide doce punto doce metros, con rumbo
Sur setenta y seis grados treinta y seis minutos cincuenta y dos segundos
Este; el tramo treinta y cuatro mide cero cuatro punto veintidós metros,
con rumbo Sur sesenta y tres grados cuarenta y seis minutos cero nueve
segundo Este; el tramo treinta y cinco mide cero siete punto cincuenta
y ocho metros, con rumbo Sur cincuenta y cinco grados trece minutos
veinticuatro segundos Este; el tramo treinta y seis mide diez punto cero
uno metros, con rumbo Sur cincuenta y un grados cuarenta minutos
treinta y dos segundos Este; el tramo treinta y siete mide diecisiete
punto sesenta y cinco metros, con rumbo Sur cincuenta y tres grados
cincuenta y ocho minutos once segundos Este; el tramo treinta y ocho
mide cero tres punto veintitrés metros, con rumbo Sur cincuenta y
cuatro grados veintiún minutos diez segundo Este; el tramo treinta y
nueve mide cero cuatro punto sesenta y ocho metros, con rumbo Sur
cincuenta y un grados cincuenta y dos minutos cero dos segundos Este;
el tramo cuarenta mide cero cuatro punto veintinueve metros, con rum-
bo Sur cincuenta grados cuarenta y tres minutos cincuenta y cinco se-
gundos Este; el tramo cuarenta y uno mide cero uno punto cuarenta y
tres metros, con rumbo Sur cincuenta y nueve grados cero cuatro minu-
tos veinticuatro segundos Este; el tramo cuarenta y dos mide catorce
punto treinta y nueve metros con rumbo Sur cincuenta y cuatro grados
cincuenta y cuatro minutos veintiocho segundos Este; el tramo cuaren-
ta y tres mide diecisiete punto noventa y ocho metros, con rumbo Sur
ochenta y cuatro grados veintitrés minutos treinta y cinco segundos Este;
el tramo cuarenta y cuatro mide cero nueve punto sesenta metros con
rumbo Norte cincuenta grados dieciséis minutos treinta y ocho segundos
Este; el tramo cuarenta y cinco mide cero nueve punto cero cero metros
con rumbo Norte treinta y tres grados veintiún minutos cincuenta y ocho
segundos Este; el tramo cuarenta y seis mide cero cinco punto dieciocho
metros, con rumbo Norte treinta y siete grados cincuenta y siete minutos
cuarenta y cuatro segundos Este; el tramo cuarenta y siete mide cero
nueve punto cuarenta y siete metros, con rumbo Norte treinta y dos
grados cincuenta y un minutos treinta y dos segundos Este; Lindando
en estos tramos con las propiedades de los señores Adán Romero, Her-
melinda Fuentes, Dolores Conde, Concepción Vanegas y Atilio Conde.-
COSTADO ORIENTE: Consta de doce tramos: el tramo cero uno mide
catorce punto ochenta y siete metros, con rumbo Sur treinta y nueve
grados diecinueve minutos cincuenta y nueve segundos Este; el tramo
cero dos mide diez punto veintisiete metros, con rumbo Sur treinta y
seis grados veintitrés minutos treinta y cuatro segundos Este; el tramo
cero tres mide catorce punto setenta y cinco metros, con rumbo Sur
cincuenta y tres grados cuarenta y ocho minutos veintinueve segundos
Este; el tramo cero cuatro mide quince punto noventa y un metros, con
rumbo Sur sesenta y seis grados dieciséis minutos veintitrés segundos
Este; el tramo cero cinco mide cero siete punto setenta y cinco metros,
con rumbo Sur setenta y siete grados cuarenta y seis minutos cuarenta
segundos Este; el tramo cero seis mide cero siete punto sesenta y dos
metros, con rumbo Sur cero cero grados treinta y cuatro minutos trein-
ta y cuatro segundos Oeste; el tramo cero siete mide cero dos punto
sesenta y dos metros, con rumbo Sur cero siete grados cero cero minu-
tos cuarenta y nueve segundos Este; el tramo cero ocho mide cero seis
punto sesenta y nueve metros, con rumbo Sur once grados treinta y dos
minutos quince segundos Oeste; el tramo cero nueve mide cero cinco
punto setenta metros, con rumbo Sur doce grados veinte minutos trein-
ta segundos Oeste; el tramo diez mide cero cinco punto diez metros, con
rumbo Sur diez grados veinticinco minutos cuarenta segundos Oeste; el
tramo once mide cero uno punto noventa y un metros, con rumbo Sur
treinta y dos grados diecisiete minutos veintitrés segundos Este; el tramo
doce mide cero tres punto ochenta y cinco metros, con rumbo Sur vein-
titrés grados veinticuatro minutos cuarenta y seis segundos Este.- Lin-
dando en este tramo con las propiedades de los señores Adán Flores,
Santiago Ochoa, quebrada de invierno de por medio y con la señora
Dora Dávila, lindero de por medio.- COSTADO SUR: consta de cua-
renta tramos: el tramo cero uno mide once punto dieciocho metros, con
rumbo Sur cincuenta y nueve grados veintidós minutos treinta y siete
segundos Oeste; el tramo cero dos mide quince punto cuarenta y dos
metros, con rumbo Sur cincuenta y dos grados cincuenta y cinco minu-
tos veintiocho segundos Oeste; el tramo cero tres mide veintiuno punto
veintiocho metros, con rumbo Sur treinta y siete grados veintisiete mi-
nutos veintiocho segundos Oeste; el tramo cero cuatro mide cero dos
punto noventa y un metros, con rumbo Sur veintiséis grados cincuenta
y un minutos cero seis segundo Oeste; el tramo cero cinco mide dieci-
nueve punto cuarenta y seis metros, con rumbo Sur treinta y tres grados
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. treinta y ocho minutos doce segundos Oeste; el tramo cero seis mide
cero ocho punto treinta y ocho metros, con rumbo Sur cuarenta y ocho
grados cincuenta y nueve minutos dieciocho segundos Oeste; el tramo
cero siete mide cero nueve punto cuarenta y nueve metros, con rumbo
Sur cuarenta grados treinta y tres minutos cero tres segundos Oeste; el
tramo cero ocho mide diecisiete punto diecisiete metros, con rumbo
Norte setenta y nueve grados doce minutos cero ocho segundos Oeste;
el tramo cero nueve mide veinticinco punto treinta y nueve metros, con
rumbo Norte cuarenta y nueve grados veinticuatro minutos veintisiete
segundos Oeste; el tramo diez mide diez punto setenta y un metros , con
rumbo Norte cincuenta y tres grados treinta y cinco minutos doce se-
gundos Oeste; el tramo once mide cero tres punto setenta y nueve metros,
con rumbo Norte setenta y cuatro grados cuarenta minutos cero un se-
gundos Oeste; el tramo doce mide diecisiete punto cuarenta y tres metros,
con rumbo Norte setenta y seis grados veintinueve minutos veinticuatro
segundos Oeste; el tramo trece mide veinte punto ochenta y nueve
metros, con rumbo Norte setenta y siete grados veintitrés minutos once
segundos Oeste; el tramo catorce mide veintiocho punto treinta y cinco
metros, con rumbo Norte setenta y siete grados cuarenta y dos minutos
cero cinco segundos Oeste; el tramo quince mide treinta y tres punto
ochenta metros, con rumbo Norte setenta y nueve grados veintidós
minutos diecisiete segundos Oeste; el tramo dieciséis mide veintiocho
punto ochenta y nueve metros, con rumbo Sur cero dos grados cuaren-
ta y cinco metros treinta y cuatro segundos Este; el tramo diecisiete mide
veinte punto veintiún metros, con rumbo Sur cero siete grados dieciocho
minutos veintinueve segundos Este; el tramo dieciocho mide veinticin-
co punto sesenta y cuatro metros, con rumbo Sur cero cuatro grados
cuarenta minutos cero un segundos Este; el tramo diecinueve mide cero
cinco punto veinticuatro metros, con rumbo Sur cero seis grados cua-
renta y ocho minutos cuarenta y dos segundos Este; el tramo veinte mide
cero tres punto sesenta y dos metros, con rumbo Sur cero nueve grados
doce minutos cero cuatro segundos Oeste; el tramo veintiuno mide cero
seis punto veintidós metros, con rumbo Sur catorce grados cuarenta y
dos minutos veinticinco segundos Oeste; el tramo veintidós mide cero
siete punto treinta y cuatro metros, con rumbo Sur ochenta y seis grados
cincuenta y tres minutos cuarenta segundos Oeste; el tramo veintitrés
mide cero dos punto setenta y siete metros, con rumbo Norte cero dos
grados cincuenta y nueve minutos cero seis segundo Oeste; el tramo
veinticuatro mide cero seis punto cuarenta y cinco metros, con rumbo
Norte cincuenta y ocho grados catorce minutos treinta y cinco segundos
Oeste; el tramo veinticinco mide quince punto veintidós metros, con
rumbo Norte treinta y seis grados veintitrés minutos veintiséis segundos
Oeste; el tramo veintiséis mide diez punto veintisiete metros con rumbo
Sur sesenta y cuatro grados cincuenta y siete minutos cero cuatro se-
gundos Oeste; el tramo veintisiete mide cero cinco punto veintiséis
metros con rumbo Sur cuarenta y seis grados cuarenta minutos veintiún
segundos Oeste; el tramo veintiocho mide once punto sesenta y seis
metros, con rumbo Sur setenta y cinco grados diez minutos cincuenta y
seis segundos Oeste; el tramo veintinueve mide diez punto quince metros,
con rumbo Sur sesenta y ocho grados cuarenta y nueve minutos cuaren-
ta y un segundos Oeste; el tramo treinta mide veinticinco punto cincuen-
ta y cinco metros, con rumbo Sur sesenta y seis grados treinta y ocho
minutos diez segundos Oeste; el tramo treinta y uno mide cero cuatro
punto cuarenta y cuatro metros, con rumbo Norte veintiocho grados
veintiocho minutos cuarenta y tres segundos Oeste; el tramo treinta y
dos mide cero cinco punto doce metros con rumbo Norte cuarenta y
ocho grados veintiún minutos treinta segundos Oeste; el tramo treinta y
tres mide trece punto setenta y tres metros, con rumbo Norte cincuenta
y cuatro grados cero dos minutos veintiséis segundos Oeste; el tramo
treinta y cuatro mide cero siete punto diez metros, con rumbo Norte
cuarenta y un grados cincuenta y seis minutos cero cero segundos Oes-
te; el tramo treinta y cinco mide cero cuatro punto treinta y tres metros,
con rumbo Norte ochenta y nueve grados cero cinco minutos cero tres
segundos Oeste; el tramo treinta y seis mide treinta y cinco punto vein-
tisiete metros, con rumbo Sur veintisiete grados cuarenta y un minutos
cero tres segundos Oeste; el tramo treinta y siete mide veintitrés punto
veintiún metros, con rumbo Sur cincuenta y tres grados catorce minutos
cuarenta y un segundos Oeste; el tramo treinta y ocho mide veintiocho
punto setenta y tres metros, con rumbo Norte veintidós grados veintitrés
minutos veinte segundos Oeste; el tramo treinta y nueve mide veinte
punto sesenta y un metros, con rumbo Sur sesenta y un grados cero un
minutos cuarenta y cinco segundos Oeste; el tramo cuarenta mide die-
cisiete punto cero cuatro metros, con rumbo Sur sesenta y cuatro grados
cincuenta minutos veintiséis segundos Oeste. Lindando en estos tramos
con propiedades de la señora Angela Ferman, quebrada de invierno de
por medio, Angel Ferman, lindero de por medio, Concepción Fuentes
quebrada de invierno de por medio y Francisco Martínez, lindero de por
medio.- COSTADO PONIENTE: consta de diecinueve tramos: el tramo
cero uno mide quince punto veintiocho metros con rumbo Norte dieci-
siete grados doce minutos cero cuatro segundos Oeste; el tramo cero
dos mide treinta y siete punto sesenta y ocho metros, con rumbo Norte
dieciocho grados cuarenta y dos minutos veinticuatro segundos Oeste;
el tramo cero tres mide cuarenta y un punto noventa y siete metros, con
rumbo Norte veintinueve grados cincuenta y siete minutos treinta y ocho
segundos Oeste; el tramo cero cuatro mide cero cinco punto veintiún
metros, con rumbo Norte veintiséis grados treinta y nueve minutos
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397dieciséis segundos Oeste; el tramo cero cinco mide once punto cuaren-
ta y dos metros, con rumbo Norte veintiún grados cuarenta y cinco
minutos treinta y nueve segundos Oeste; el tramo cero seis mide diecio-
cho punto sesenta y un metros, con rumbo Norte diecinueve grados
catorce minutos dieciséis segundos Oeste; el tramo cero siete mide cero
ocho punto treinta y seis metros, con rumbo Norte veintitrés grados cero
cinco minutos veintiún segundos Oeste; el tramo cero ocho mide diez
punto dieciocho metros con rumbo Norte diecisiete grados cuarenta
minutos catorce segundos Oeste; el tramo cero nueve mide cuarenta y
dos punto cuarenta y nueve metros, con rumbo Norte veinte grados
cuarenta y cuatro minutos cero cero segundos Oeste; el tramo diez mide
cero seis punto treinta metros, con rumbo Norte veintisiete grados die-
cinueve minutos treinta y seis segundos Oeste; el tramo once mide cero
ocho punto veinticuatro metros, con rumbo Sur cincuenta y seis grados
cincuenta y tres minutos treinta y dos segundos Oeste; el tramo doce
mide cero cinco punto cero cinco metros, con rumbo Norte once grados
cuarenta y un minutos cero un segundo Oeste; tramo trece mide veinti-
trés punto setenta y cuatro metros, con rumbo Norte cero ocho grados
dieciséis minutos veintiocho segundos Este; el tramo catorce mide once
punto treinta y siete metros , con rumbo Norte treinta grados treinta y
ocho minutos cuarenta y cuatro segundos Este; el tramo quince mide
cero ocho punto cuarenta y siete metros, con rumbo Norte treinta y
cuatro grados cero nueve minutos cuarenta y tres segundos Este; el
tramo dieciséis mide veinticuatro punto cero cinco metros, con rumbo
Norte catorce grados dieciséis minutos treinta y cinco segundos Este; el
tramo diecisiete mide veintidós punto cincuenta y ocho metros, con
rumbo Norte cero cero grados cincuenta y tres minutos treinta y cuatro
segundos Oeste; el tramo dieciocho mide diecinueve punto cuarenta y
ocho metros, con rumbo Norte cero un grados cincuenta y tres minutos
veintiuno segundos Oeste; el tramo diecinueve mide quince punto
treinta y ocho metros, con rumbo Norte cero siete grados cincuenta y
nueve minutos treinta y dos segundos Oeste.- Y lo ha valorado en la
suma de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTE AMERICA, y lo adquirió por herencia que a su defunción dejó
su padre señor CELESTINO LAZO CONDE, tal como consta en la
Declaratoria de Herederos otorgada en este Juzgado el día veintiocho
de enero del dos mil nueve.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintisiete
días del mes de abril del dos mil doce. Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006128-3
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licen-
ciada ELIZABETH DEL ROSARIO MENDEZ DIAZ, como Apode-
rada General Judicial de los señores ANDRES ABELINO CASTRO y
JUANA FUENTES DE CASTRO, a solicitar a favor de éstos TITULO
SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica, situado en el
Cantón Laguna, jurisdicción de Corinto, Departamento de Morazán, de la
extensión superficial de TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CIN-
CUENTA Y CINCO METROS CINCUENTA Y SEIS DECIMETROS
DOS CENTIMETROS CUADRADOS; de las medidas y colindancia
actuales siguientes: al ORIENTE, cincuenta y cuatro metros, linda con
terreno del señor Juan José cerco de piña y alambre de por medio; al
NORTE, ciento treinta y cinco metros, linda con terreno de los señores
Juan Joya y Andrés Abelino Castro, cerco de alambre y piña de por
medio; al PONIENTE, en tres tramos así; el primero dirigido de Norte
a Sur de cuarenta y seis metros, linda con terreno del señor Dolores Al-
varado, cerco de alambre de por medio; el segundo dirigido de Poniente
a Oriente, de ciento dos metros, linda con resto de terreno de donde se
segrega la porción que se describe, cerco de alambre de por medio; y
el tercero dirigido de Norte a Sur, de cuarenta y siete metros, linda con
resto de terreno que le queda a la vendedora, señora María Ermelinda
Reyes Benítez, conocida por María Ermelinda Reyes, cerco de alambre
de por medio; y al SUR, sesenta y dos metros cincuenta centímetros, linda
con terreno del señor Andrés Abelino Castro, cerco de alambre de por
medio.- Valorado dicho terreno en la cantidad de UN MIL CUATRO-
CIENTOS DOLARES; y, lo adquirió por medio de compraventa de la
Posesión Material por Escritura Pública que le efectuó la señora María
Ermelinda Reyes Benítez, conocida por María Ermelinda Reyes.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las once horas del día cinco de Octubre de Dos Mil Doce. LIC.
JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTAN-
CIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056698-3
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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licencia-
da ELIZABETH DEL ROSARIO MENDEZ DIAZ, como Apoderada
General Judicial del señor FELIX CONTRERAS, a solicitar a favor de
éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de naturaleza rústica,
sin nombre situado en el Cantón Hondable, jurisdicción de Corinto,
Departamento de Morazán, de la extensión superficial de CUATRO
MANZANAS, o sean DOS HECTAREAS OCHENTA AREAS, equi-
valentes a VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS
PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS, que tiene las medidas
y linderos siguientes: al NORTE, formado por catorce tramos cuyas
distancias consecutivos son: quince punto veintiún metros; diez punto
cero cero metros; ocho punto veinticinco metros, catorce punto ochenta
y siete metros dieciocho punto noventa y siete metros; veinticinco punto
cero cero metros; doce punto cero cuatro diecinueve punto noventa y dos
metros veinticuatro punto cuarenta y un metros treinta y uno punto setenta
y ocho metros, veintiuno punto veintiún metros cuatro punto veinticua-
tro metros cuatro punto cuarenta y siete metros, siete punto cero siete
metros con Feliciano Villatoro; al ORIENTE, formado por seis tramos
cuyas distancias consecutivas son: cuarenta y dos punto cincuenta y dos
metros, veintiséis punto cuarenta metros trece punto cuarenta y cinco
metros, cuarenta y siete punto cero un metros veintisiete punto ochenta
metros diecinueve punto veinticuatro metros, con terreno de Benjamín
Barrios; al SUR, formado por cuatro tramos cuyas distancias consecuti-
vas son: veintinueve punto veintisiete metros veintisiete punto cero dos
metros; sesenta y uno punto cero siete metros; veintiocho punto cero
dos metros con Felipa Pérez Hernández y Gregoria Villatoro, quebrada
de por medio no contiene construcciones; al PONIENTE, formado por
cuatro tramos cuyas distancias consecutivas son: veinte punto ochenta
y un metros, cuarenta y dos punto ochenta y nueve metros, cuarenta y
uno punto setenta y seis metros cincuenta y cinco punto ochenta y tres
metros con Blanca Isabel Villatoro.- Valorado dicho terreno en la cantidad
de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES; y lo adquirió por medio
de compraventa de la Posesión Material por Escritura Pública que le
efectuó la señora MARIA SEBASTIANA VILLATORO ALVAREZ.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-
cisco Gotera, a las catorce horas y veinticinco minutos del día catorce
de Septiembre de Dos Mil Doce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN
URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA. LICDA. KARINA
ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056699-3
rENoVacioN DE MarcaS
No. de Expediente: 2002021962
No. de Presentación: 20120173732
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado VLADIMIR
REYNALDO AGUILAR MIRANDA, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando
como APODERADO de INDUSTRIAS MIKE-MIKE, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00129 del Libro 00159 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra “EXPEDITION”, escrita en letras
de molde todas del mismo tamaño, color negro, dentro de un rectángulo
color blanco con el borde color negro; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 18 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil doce.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056740-3
MarcaS DE faBrica
No. de Expediente: 2011109327
No. de Presentación: 20110151258
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Church
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397& Dwight Co., Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA.
SiMPlY SaliNE
Consistente en: las palabras SIMPLY SALINE, que se traducen
al castellano como SIMPLEMENTE SALINA, que servirá para: AM-
PARAR PREPARACIONES PARA EL ALIVIO DE CONGESTION
NASAL, SEQUEDAD NASAL, IRRITACIONES NASALES, SINTO-
MAS DE ALERGIA Y AFECCIONES DE SENOS PARANASALES,
ESPECIFICAMENTE, ENJUAGUES NASALES, SPRAYS NASALES
Y AEROSOLES NASALES; PREPARACIONES HOMEOPÁTICAS
PARA EL ALIVIO DE SINTOMAS DE RESFRIADOS, GRIPES,
ALERGIAS Y AFECCIONES DE SENOS PARANASALES;
SOLUCIONES SALINAS PARA PROPOSITOS MÉDICOS; PRE-
PARACIONES ANTIBACTERIALES PARA LA LIMPIEZA E
IRRIGACIÓN DE HERIDAS Y DE RASPADURAS DE LA PIEL;
KIT DE LAVADO DE SENOS PARANASALES CONSISTENTE EN
UN APLICADOR Y PAQUETES PRE-MEDIDO DE CLORURO DE
SODIO; GEL NASAL SALINO; PREPARACIONES DE LAVADO
PARA LA NARIZ, SENOS PARANASALES, HERIDAS DE LA PIEL
Y RASPADURAS DE LA PIEL; SOLUCIONES HIGIÉNICAS PARA
EL CUIDADO DE LENTES DE CONTACTO, ESPECÍFICAMENTE
SOLUCIONES PARA LA LIMPIEZA DE LENTES DE CONTACTO
Y SOLUCIONES PARA DESINFECTAR LENTES DE CONTACTO;
HISOPOS DE ALGODÓN IMPREGNADOS CON PREPARACIONES
HOMEOPÁTICAS; FARMACÉUTICAS O HIGIÉNICAS PARA LA
LIMPIEZA DE LA NARIZ, HERIDAS DE LA PIEL Y RASPADURAS
DE LA PIEL. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de abril del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de junio del año dos mil doce.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006093-3
No. de Expediente 2012117498
No. de Presentación: 20120166864
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN
MARLENE BONILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Falck
Danmark A/S, de nacionalidad DANESA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA.
Consistente en: un diseño identificado como Halcón, que servirá
para: AMPARAR: PAPEL Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MATERIAL IMPRESO; MA-
TERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA;
ADHESIVOS PARA LA PAPELERÍA O LA CASA; MATERIAL PARA
ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS
DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUC-
CIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS
PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDOS EN OTRAS
CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA, CLICHÉS, LIBROS DE
TEXTO, LIBROS IMPRESOS, PUBLICACIONES, FOLLETOS Y
CARPETAS; IMPRESOS Y PUBLICACIONES PERIÓDICAS SOBRE
LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES, LIMITACIÓN DE DAÑOS,
SEGURIDAD, VIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE PERSONAS,
ANIMALES Y OBJETOS DE VALOR; (NO COMPRENDIDOS EN
OTRAS CLASES). Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006095-3
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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. No. de Expediente: 2012116988
No. de Presentación: 20120166023
CLASE: 08.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN
MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Panasonic
Corporation, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA.
Consistente en: las palabras Panasonic ideas for life, que se traducen
al castellano como Ideas para la Vida, que servirá para: AMPARAR:
HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS DE MANO ACCIONADOS
MANUALMENTE; ARTÍCULOS DE CUCHILLERÍA, TENEDORES
Y CUCHARAS; ARMAS BLANCAS; NAVAJAS Y MAQUINILLAS
DE AFEITAR; RASURADORAS ELÉCTRICAS; MAQUINILLAS
DE AFEITAR ELÉCTRICAS; CARTUCHOS RECARGABLES
CONTENIENDO COSMÉTICOS ANEXADOS A RASURADORAS
ELÉCTRICAS; ADAPTADORES PARA RASURADORAS ELÉCTRI-
CAS; CUCHILLAS (HOJAS) PARA RASURADORAS ELÉCTRICAS;
CUCHILLAS (HOJAS) PARA MÁQUINAS DE CORTAR PELO ELÉC-
TRICAS; MAQUINILLAS DE AFEITAR SEGURAS; CUCHILLAS
(HOJAS) PARA MAQUINILLAS DE AFEITAR SEGURAS; CUCHI-
LLAS (HOJAS) PARA RECORTADORAS; MÁQUINAS ELÉCTRI-
CAS DE CORTAR PELO ELÉCTRICAS; MÁQUINAS DE CORTAR
PELO PARA MASCOTAS; RECORTADORAS ELÉCTRICAS DE
BARBA; APARATOS DE LIMPIEZA, UTENSILIOS DE LIMPIEZA Y
CARGADORES PARA RASURADORAS ELÉCTRICAS; ESTUCHES
PARA AFEITADORAS; DISPOSITIVOS DEPILATORIOS, ELÉCTRI-
COS Y NO ELÉCTRICOS; PULIDORES DE UÑAS, ELÉCTRICOS
Y NO ELÉCTRICOS; SETS DE MANICURA, ELÉCTRICOS Y NO
ELÉCTRICOS; SETS DE PEDICURA, ELÉCTRICOS Y NO ELÉC-
TRICOS; LIMAS ELÉCTRICAS DE UÑAS PARA MASCOTAS;
Y CINTURONES DE HERRAMIENTAS [SUJETADORES] PARA
HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS; RECORTADORAS ELÉCTRI-
CAS DE PELO PARA LA NARIZ Y LAS OREJAS; RIZADORES
DE CABELLO NO ELÉCTRICOS; PLANCHAS DE CABELLO NO
ELÉCTRICAS; CEPILLOS RIZADORES NO ELÉCTRICOS. Clase:
08.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de Junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006096-3
No. de Expediente: 2012118460
No. de Presentación: 20120168456
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de MIT-
SUBISHI JIDOSHA KOGYO KABUSHIKI KAISHA, de nacionalidad
JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
l300
Consistente en: la palabra L300, que servirá para: AMPARAR:
AUTOMÓVILES, BUSES, FURGONETAS, VAGONES, CAMIO-
NES, PICK-UPS, VEHÍCULOS PARA MEZCLA EN CONCRETO,
AMBULANCIAS, VEHÍCULOS REFRIGERADOS, MOTOS DE
NIEVE, VEHÍCULOS TODO TERRENO, VEHÍCULOS UTILITARIOS
DEPORTIVOS, CAMIONETAS, CARRITOS PARA LA LIMPIEZA,
CAMIONES BOMBA; TRACTORES, VEHÍCULOS DE MOTOR;
CARROS DE CICLO; COCHE TRANSMISOR DE BATERÍA DE
ALMACENAMIENTO, VEHÍCULOS DE CONTROL REMOTO
(QUE NO SEA DE JUGUETE); CARROS PARA ACAMPAR, CA-
RRO CISTERNA, COCHES DEPORTIVOS, CASAS RODANTES,
MONTACARGAS, MOTOCICLETAS, TRICICLOS, CARROS PORTA
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397EQUIPAJE, VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN POR AIRE, AGUA O
FERROCARRIL, CARROCERÍAS DE AUTOMÓVILES; CHASIS
DE AUTOMÓVILES, EJES PARA VEHÍCULOS; FRENOS PARA
VEHÍCULOS; EMBRAGUES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES,
MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; CAJA DE CAM-
BIOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; ENGRANAJES PARA
VEHÍCULOS TERRESTRES, SISTEMAS DE SUSPENSIÓN PARA
VEHÍCULOS TERRESTRES; VOLANTES PARA VEHÍCULOS;
CONVERTIDORES DE TORQUE PARA VEHÍCULOS TERRESTRES;
PARABRISAS; ENGRANES DE REDUCCIÓN PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES; TRANSMISIONES PARA VEHÍCULOS TERRES-
TRES; CUBOS DE RUEDAS DE VEHÍCULOS, MOTORES PARA
VEHÍCULOS TERRESTRES; PUERTAS DE VEHÍCULOS; TOMA
DE AIRE, REJILLAS DE AUTOMÓVILES, PROTECCIONES PARA
LOS BUMPERS, BUMPERS PARA AUTOMÓVILES, RUEDAS
PARA AUTOMÓVILES, PROTECTORES DE LA PARILLA, CAPÓ
DE VEHÍCULOS; PROTECTORES DEL CAPÓ, SPOILER, SUN
ROOF, CAPÓS DE AUTOMÓVILES, PORTABICICLETAS PARA
AUTOMÓVILES; PORTAEQUIPAJES PARA AUTOMÓVILES;
CANASTILLA(PARRILLA) PARA TECHO; PORTA ESQUÍS PARA
AUTOMÓVILES; ACOPLAMIENTOS DE ESQUÍ/TABLAS PARA
NIEVE PARA AUTOMÓVILES; TAPÓN DE LLENADO DE ACEITE,
GUARDABARROS, VISOR DE LLUVIA, CADENAS DE AUTOMÓ-
VILES, TAPACUBOS; DEFLECTOR DE VIENTO PARA SUN ROOF;
MARCOS PARA PLACAS; ESCALERAS PARA AUTOMÓVILES,
REMOLQUES, ENGANCHES DE REMOLQUE, NEUMÁTICOS,
CUBIERTAS PARA LOS NEUMÁTICOS, RUEDAS PARA VEHÍCU-
LOS; TAPAS PARA RUEDAS, CUBIERTAS PARA RUEDAS; HOJAS
LIMPIAPARABRISAS (ESCOBILLAS), LIMPIAPARABRISAS, DIS-
POSITIVOS ANTIRROBO PARA VEHÍCULOS, ADVERTENCIAS
DE MARCHA ATRÁS PARA VEHÍCULOS; ESPEJOS PARA AU-
TOMÓVILES; BOCINAS PARA AUTOMÓVILES, INDICADORES
DE DIRECCIÓN PARA AUTOMÓVILES; PEDALES; CUBIERTAS
PARA PEDALES; ASIENTOS DE SEGURIDAD PARA NIÑOS; CIN-
TURONES DE SEGURIDAD PARA VEHÍCULOS TERRESTRES;
CUBIERTAS PARA ASIENTOS PARA AUTOMÓVIL; ARNÉS
DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS DE VEHÍCULOS; ESTRIBOS
(PLACA DE DESGASTE DEL UMBRAL DE LA PUERTA) PARA
AUTOMÓVILES; REDES PORTAEQUIPAJES PARA VEHÍCULOS;
CONSOLA CENTRAL PARA EL AUTOMÓVIL; FUNDAS PARA
AUTOMÓVILES, POMO DE LA PALANCA, DESCANSOS PARA
LA CABEZA Y LOS PIES, PANEL DE INSTRUMENTOS, CESTA
DE EQUIPAJE PARA AUTOMÓVILES, PORTAEQUIPAJES PARA
VEHÍCULOS; REDES PORTAEQUIPAJES PARA VEHÍCULOS;
VOLANTE, CUBIERTAS PARA VOLANTE, PERSIANAS ADAP-
TADAS PARA AUTOMÓVILES. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de Julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006097-3
No. de Expediente: 2012119352
No. de Presentación: 20120169775
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-
RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de Sanofi Pasteur,
de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA.
DENGQUaDra
Consistente en: la palabra DENGQUADRA, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; VACUNAS. Clase:
05.
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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiséis de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006098-3
No. de Expediente: 2012119778
No. de Presentación: 20120170493
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO
AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de Fage Dairy Industry S.A., de nacionalidad GRIEGA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA.
faGE SPliT cUP
Consistente en: las palabras FAGE SPLIT CUP en donde SPLIT
CUP se traduce al castellano como DIVIDIDO TAZON, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS LÁCTEOS, ESPECIFICAMENTE,
YOGURT. Clase; 29.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de julio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006099-3
No. de Expediente: 2012118014
No. de Presentación: 20120167715
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de DePuy,
Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA.
GloBal icoN
Consistente en: las palabras GLOBAL ICON, que servirá
para: AMPARAR: IMPLANTES DE HOMBROS ARTIFICIALES
ORTOPÉDICOS, HOMBROS ARTIFICIALES Y PARTES DE LOS
MISMOS; INSTRUMENTOS QUIRÚRGICOS PARA SU USO EN
PROCEDIMIENTOS ORTOPÉDICOS. Clase: 10.
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006100-3
No. de Expediente: 2012118021
No. de Presentación: 20120167722
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de GRUPO JMA ALTUNA AGRUPACION EUROPEA DE INTERES ECONOMICO, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Consistente en: las letras JMA y diseño, que servirá para: AM-PARAR: MANDOS A DISTANCIA PARA CERRAJERÍA; TAR-JETAS MAGNÉTICAS DE IDENTIFICACIÓN, DE CONTROL DE ACCESOS, DE CONTROL DE PRESENCIA; CHIPS; CIRCUITOS INTEGRADOS; CERRADURAS ELÉCTRICAS; ALARMAS AN-TIRROBO; APARATOS DE CONTROL REMOTO; SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN AUTOMÁTICA; TRANSPONDEDORES Y LLAVES ELECTRÓNICAS CODIFICADAS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de julio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006101-3
No. de Expediente: 2010105103
No. de Presentación: 20100143781
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Moto-rola Trademark Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
MoTorola XooM
Consistente en: la expresión MOTOROLA XOOM, que servirá para: AMPARAR: COMPUTADORAS MOVILES Y ACCESORIOS RELACIONADOS A LAS MISMAS, ESPECIFICAMENTE, DIQUES (DOCKS), BASES (CRADLES), MONTAJES, PORTACOMPUTA-DORAS, SOPORTES, ESTUCHES PARA TRANSPORTAR DICHAS COMPUTADORAS, CUBIERTAS, FORROS PROTECTORES O DE-CORATIVOS, BATERIAS, ADAPTADORES DE PODER, CABLES, CONECTORES, AURICULARES Y ALTAVOCES. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de julio del año dos mil doce.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006102-3
No. de Expediente: 2012118463
No. de Presentación: 20120168459
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de AKZO NOBEL COATINGS INTERNATIONAL B.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
ProMaSTEr
Consistente en: la palabra PROMASTER, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS Y PINTURAS DE IMPRIMACION PARA INTERIORES Y EXTERIORES. Clase: 02.
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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006103-3
No. de Expediente: 2012119779
No. de Presentación: 20120170494
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Fage Dairy Industry S.A., de nacionalidad GRIEGA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
SPliT cUP
Consistente en: las palabras SPLIT CUP, que se traducen al castellano como DIVIDIDO TAZON, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS LACTEOS, ESPECIFICAMENTE, YOGURT. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de julio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006104-3
No. de Expediente: 2012119909
No. de Presentación: 20120170780
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TE-TRA LAVAL HOLDINGS & FINANCE S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
TETra PaK
Consistente en: la expresión TETRA PAK, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS (EXCEPTO CERVEZAS). Clase: 33.
La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de julio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006105-3
No. de Expediente: 2012119413
No. de Presentación: 20120169861
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TOYOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (also trading as TOYOTA MOTOR CORPORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
ETioS
Consistente en: la palabra ETIOS, que servirá para: AMPARAR: AUTOMOVILES Y PARTES ESTRUCTURALES DE LOS MISMOS. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil doce.
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006106-3
No. de Expediente: 2012119458
No. de Presentación: 20120169916
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNI-LEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
iMPUlSE
Consistente en: la palabra IMPULSE, que se traduce al castellano como IMPULSO, que servirá para: AMPARAR: COLONIAS, AGUAS DE TOCADOR, PERFUME PARA CUERPO EN SPRAY; ACEITES, CREMAS Y LOCIONES PARA LA PIEL; ESPUMA DE AFEITAR, GEL DE AFEITAR, LOCIONES PARA ANTES Y DESPUES DEL AFEITADO; POLVO DE TALCO; PREPARACIONES PARA EL BAÑO Y LA DUCHA; LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTIFRICOS; ENJUAGUES BUCALES NO MEDICADOS; DESODORANTES: ANTI TRANSPIRANTES PARA USO PERSONAL; PREPARACIONES DE TOCADOR NO MEDICADAS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006107-3
No. de Expediente: 2012119354
No. de Presentación: 20120169777
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Beachbody, LLC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Tai cHENG
Consistente en: la expresión TAI CHENG, que servirá para: AMPARAR: CINTAS DE VIDEO, CASETES, DVD'S Y CD'S PRE-GRABADOS, CONTENIENDO EJERCICIOS, FITNESS E INFORMACION E INSTRUCCION SOBRE DIETAS, Y MATERIAL INSTRUCTIVO DISTRIBUIDO EN CONEXION CON LOS MISMOS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006108-3
No. de Expediente: 2012119355
No. de Presentación: 20120169779
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Beachbody, LLC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
THE BoDY BEaST
Consistente en: la expresión THE BODY BEAST que se traduce al castellano como La bestia del cuerpo, que servirá para: AMPARAR: CINTAS DE VIDEO, CASETES, DVD'S Y CD'S PRE-GRABADOS, CONTENIENDO EJERCICIOS, FITNESS E INFORMACION E INSTRUCCION SOBRE DIETAS, Y MATERIAL INSTRUCTIVO DISTRIBUIDO EN CONEXION CON LOS MISMOS. Clase: 09.
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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006109-3
No. de Expediente: 2009093592
No. de Presentación: 20090123416
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES
TAURA DE CUCHILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
TriNZoN
Consistente en: La palabra TRINZON, no tiene traducción al idioma
castellano, que servirá para: AMPARAR: FARMACEUTICOS PARA
USO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos
mil nueve.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de junio del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006110-3
No. de Expediente: 2012115571
No. de Presentación: 20120162975
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Consistente en: la palabra ultraflexible y diseño, que servirá para: AMPARAR; ALMOHADILLAS DE PROTECCION FEMENINA. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006111-3
No. de Expediente: 2011113071
No. de Presentación: 20110157926
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de PUMA SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Consistente en: DISEÑO DE OLA FS, que servirá para: AM-PARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase: 25.
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil doce.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006112-3
No. de Expediente: 2012116360
No. de Presentación: 20120164771
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de JUSTE, Sociedad Anónima, Químico-Farmacéutica, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
acErTiNa
Consistente en: la palabra ACERTINA, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS: PRODUCTOS HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DANIÑOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006113-3
NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2012116070
No. de Presentación: 20120164321
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de PRONE, PROMOCIONES Y NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA, de na-cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
SUPEr 24
Consistente en: la palabra SUPER 24, que servirá para: IDENTI-FICAR ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DEDICADOS A LA VENTA DE PRODUCTOS VARIOS EN LA MODALIDAD DE SUPERMERCADOS Y TIENDAS DE CONVENIENCIA.
La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006115-3
SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial
No. de Expediente: 2011114952
No. de Presentación: 20110161748
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ALIMENTOS MARAVILLA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionali-dad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
GaNalE a TU SED
Consistente en: la expresión GANALE A TU SED, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR EN CUANTO A BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, AGUA PURIFICADA, BEBIDAS CARBONATADAS.
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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año
dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de junio del año dos mil doce.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006114-3
coNVocaToriaS
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA ESPECIAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD "LA SIERRA, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", "LA SIERRA, S.A. DE
C.V.", abreviadamente.
El Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad "LA SIERRA,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede
abreviarse "LA SIERRA, S.A. DE C.V.", convoca a los señores accionistas
de LA SIERRA, S.A. DE C.V., a Junta General Especial Extraordinaria
de Accionistas, a celebrarse en las oficinas de la Sociedad ubicadas en
Bulevar Venezuela número 1131, San Salvador, el día veintisiete de
noviembre del año 2012, de las ocho horas y treinta minutos en ade-
lante. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día
veintiocho de noviembre del mismo año, a la misma hora y en el mismo
lugar, para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.
PUNToS EXTraorDiNarioS:
I. ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM.
II. ACUERDO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL SOCIAL
MÍNIMO.
III. MODIFICACIÓN DEL PACTO SOCIAL ADECUÁNDO-
LAS AL CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE.
IV. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL DEL
ACUERDO.
Previo a asistir a la Junta, los accionistas deberán estar inscritos
como tales en el registro que lleva la sociedad y depositar sus acciones
en la secretaría de la sociedad con cuarenta y ocho horas de anticipación
al señalamiento efectuado, siendo el señor Ramón René Arce García,
quien extienda los recibos correspondientes.
El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de
la convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones de
la sociedad, y para formar resolución se necesitará igual proporción.
El quórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de
la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que componen
el capital social. El número de votos necesario para formar resolución
en estos casos, serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos
mil doce.
OSCAR ROBERTO GARCIA FLORES,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. C006131-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA ESPECIAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD “REPRESENTACIONES, EX-
PORTACIONES E IMPORTACIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE”, “REIS, S.A. DE C.V.”, abreviadamente.
El Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad “REPRESEN-
TACIONES, EXPORTACIONES E IMPORTACIONES, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse “REIS,
S.A. DE C.V.”, convoca a los señores accionistas de REIS, S.A. DE C.V.,
a Junta General Especial Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse
en las oficinas de la Sociedad ubicadas en Bulevar Venezuela número
1131, San Salvador, el día veintinueve de noviembre del año 2012, de
las ocho horas y treinta minutos en adelante. De no haber quórum en la
fecha señalada, se convoca para el día treinta de noviembre del mismo
año, a la misma hora y en el mismo lugar, para conocer tales asuntos o
los que quedaren pendientes.
PUNToS EXTraorDiNarioS:
I. ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM.
II. ACUERDO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL SOCIAL
MÍNIMO.
III. MODIFICACIÓN DEL PACTO SOCIAL ADECUÁNDO-
LAS AL CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE.
IV. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL DEL
ACUERDO.
Previo a asistir a la Junta, los accionistas deberán estar inscritos
como tales en el registro que lleva la sociedad y depositar sus acciones
en la secretaría de la sociedad con cuarenta y ocho horas de anticipación
al señalamiento efectuado, siendo el señor Ramón René Arce García,
quien extienda los recibos correspondientes.
El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de
la convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones de
la sociedad, y para formar resolución se necesitará igual proporción.
DIARIO
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397 El quórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de
la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que componen
el capital social. El número de votos necesario para formar resolución
en estos casos, serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.
San Salvador, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil
doce.
OSCAR ROBERTO GARCIA FLORES,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. C006133-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA ESPECIAL EXTRAORDINA-
RIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD “MADERAS DE
CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE”, “MADERAS DE CENTROAMÉRICA, S.A. DE C.V.”,
abreviadamente.
El Administrador Único de la Sociedad “MADERAS DE
CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE”, que puede abreviarse “MADERAS DE CENTROAMÉRICA,
S.A. DE C.V.”, convoca a los señores accionistas de MADERAS DE
CENTROAMÉRICA, S.A. DE C.V., a Junta General Especial Ex-
traordinaria de Accionistas, a celebrarse en las oficinas de la Sociedad
ubicadas en Bulevar Venezuela número 1131, San Salvador, el día
treinta de noviembre del año 2012, de las ocho horas y treinta minutos
en adelante. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para
el día tres de diciembre del mismo año, a la misma hora y en el mismo
lugar, para conocer tales asuntos o los que quedaren pendientes.
PUNToS EXTraorDiNarioS:
I. ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM.
II. ACUERDO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL SOCIAL
MÍNIMO.
III. MODIFICACIÓN DEL PACTO SOCIAL ADECUÁNDO-
LAS AL CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE.
IV. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL DEL
ACUERDO.
Previo a asistir a la Junta, los accionistas deberán estar inscritos
como tales en el registro que lleva la sociedad y depositar sus acciones
en la secretaría de la sociedad con cuarenta y ocho horas de anticipación
al señalamiento efectuado, siendo el señor Ramón René Arce García,
quien extienda los recibos correspondientes.
El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de
la convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones de
la sociedad, y para formar resolución se necesitará igual proporción
El quórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de
la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que componen
el capital social. El número de votos necesario para formar resolución
en estos casos, serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos
mil doce.-
OSCAR ROBERTO GARCIA FLORES,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. C006134-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA ESPECIAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD “MERCADEO DE PRODUCTOS,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, “MERPRO, S.A.
DE C.V.”, abreviadamente.
El Administrador Único de la Sociedad “MERCADEO DE PRO-
DUCTOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que
puede abreviarse “MERPRO, S.A. DE C.V.”, convoca a los señores
accionistas de MERPRO, S.A. DE C.V., a Junta General Especial Ex-
traordinaria de Accionistas, a celebrarse en las oficinas de la Sociedad
ubicadas en Bulevar Venezuela número 1131, San Salvador, el día vein-
tiocho de noviembre del año 2012, de las ocho horas y treinta minutos
en adelante. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para
el día veintinueve de noviembre del mismo año, a la misma hora y en
el mismo lugar, para conocer tales asuntos o los que quedaren pendien-
tes.
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. PUNToS EXTraorDiNarioS:
I. ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM.
II. ACUERDO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL SOCIAL
MÍNIMO.
III. MODIFICACIÓN DEL PACTO SOCIAL ADECUÁNDO-
LAS AL CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE.
IV. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL DEL
ACUERDO.
Previo a asistir a la Junta, los accionistas deberán estar inscritos
como tales en el registro que lleva la sociedad y depositar sus acciones
en la secretaría de la sociedad con cuarenta y ocho horas de anticipación
al señalamiento efectuado, siendo la señora Rosa María Portillo de Arce,
quien extienda los recibos correspondientes.
El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de
la convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones de
la sociedad, y para formar resolución se necesitará igual proporción.
El quórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de
la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que componen
el capital social. El número de votos necesario para formar resolución
en estos casos, serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.
San Salvador, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil
doce.-
Lic. RAMÓN RENÉ ARCE GARCÍA,
ADMINISTRADOR ÚNICO.
3 v. alt. No. C006135-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA ESPECIAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD “ARCE PORTILLO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, “APOR, S.A. DE C.V.”,
abreviadamente.
El Administrador Único de la Sociedad “ARCE PORTILLO, SO-
CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que puede abreviarse
“APOR, S.A. DE C.V.”, convoca a los señores accionistas de APOR,
S.A. DE C.V., a Junta General Especial Extraordinaria de Accionistas, a
celebrarse en las oficinas de la Sociedad ubicadas en Bulevar Venezuela
número 1131, San Salvador, el día veintiséis de noviembre del año 2012,
de las ocho horas y treinta minutos en adelante. De no haber quórum
en la fecha señalada, se convoca para el día veintisiete de noviembre
del mismo año, a la misma hora y en el mismo lugar, para conocer tales
asuntos o los que quedaren pendientes.
PUNToS EXTraorDiNarioS:
I. ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM
II. ACUERDO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL SOCIAL
MÍNIMO
III. MODIFICACIÓN DEL PACTO SOCIAL ADECUÁNDO-
LAS AL CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE
IV. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL DEL
ACUERDO
Previo a asistir a la Junta, los accionistas deberán estar inscritos
como tales en el registro que lleva la sociedad y depositar sus acciones
en la secretaría de la sociedad con cuarenta y ocho horas de anticipación
al señalamiento efectuado, siendo la señora Rosa María Portillo de Arce,
quien extienda los recibos correspondientes.
El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de
la convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones de
la sociedad, y para formar resolución se necesitará igual proporción.
El quórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de
la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que componen
el capital social. El número de votos necesario para formar resolución
en estos casos, serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.
San Salvador, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil
doce.-
Lic. RAMÓN RENÉ ARCE GARCÍA,
ADMINISTRADOR ÚNICO.
3 v. alt. No. C006136-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE AC-
CIONISTAS
El Infrascrito Administrador Único de la sociedad "DEL HUERTO,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE" abreviadamente
"DEL HUERTO, S.A. DE C.V.",
HACE SABER: Que convoca a los señores accionistas para celebrar
Junta General que tratará asuntos de carácter Ordinario correspondientes
al ejercicio comprendido entre el 1 de enero 2011 al 31 de diciembre de
2011. Dicha junta se celebrará en primera convocatoria a las ocho horas
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397del día diez de noviembre del año dos mil doce en las oficinas principales
de la sociedad ubicadas en Final Calle Nueva Número Dos, Residencial
Villas del Árbol Número treinta y ocho treinta y ocho, Apartamento
Número catorce, Colonia Escalón, San Salvador, y si no existe Quórum
en esa fecha, en segunda convocatoria, en el mismo lugar, a las nueve
horas del día diez de noviembre del año dos mil doce. Siendo la Agenda
de la Junta la siguiente:
1. Nombramiento del Presidente y Secretario de la Junta.
2. Verificación del Quórum.
Puntos de carácter ordinario:
3. Presentación de la Memoria de Labores de la Administra-
ción.
4. Informe Balance General de la sociedad.
5. Informe de Estados de Resultados y Estado de Cambios en
el Patrimonio.
6. Informe del Auditor Externo.
7. Nombramiento y emolumentos del auditor externo para el
ejercicio comprendido del uno de enero del año dos mil doce
al treinta y uno de diciembre del año dos mil doce.
En primera convocatoria para instalar y celebrar la Junta General
Ordinaria es necesario un quórum de asistencia de las tres cuartas partes
de todas las acciones de la Sociedad presentes y/o representadas y para
tomar resolución se necesitará igual proporción.
El quórum necesario para instalar y celebrar sesión en segunda
convocatoria, será de la mitad más una de las acciones presentes y/o
representadas y sus resoluciones se tomarán por las tres cuartas partes
de las acciones presentes y/o representadas.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos
mil doce.
DENISE ALLISON DALTON ESPINOZA,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. F056999-3
SUBaSTa PUBlica
EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO SEGUNDO
DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO
EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por el Licenciado MAURICIO ANTONIO ÁLVAREZ GÁLVEZ y
continuado por el Licenciado ADAN ERNESTO RAMIREZ FUENTES,
ambos actuando como Apoderados Generales Judiciales de la Sociedad
GENERAL DE VEHÍCULOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE; contra el señor VLADIMIRO P. VILLALTA, se venderán
en pública subasta en este tribunal en hora y fecha que será señalada
posteriormente los inmuebles que a continuación se describen: "UN
TERRENO rústico, que de acuerdo a los planos respectivos se describe
así: Lote número VEINTISIETE - Zona "A" Polígono Playas Blancas,
de una extensión superficial de MIL TRESCIENTOS SETENTA Y
CINCO METROS CUADRADOS, cuya descripción comenzando por
su vértice Noroeste mide y linda: AL NORTE, veinticinco metros linda
con lote número nueve Zona B, con Calle de dieciséis metros de ancho
de por medio; AL ORIENTE, cincuenta y cinco metros, linda con lote
número veintiséis Zona A, con calle de doce metros de ancho de por
medio; SUR, veinticinco metros, linda con el Océano Pacífico; y AL
PONIENTE, cincuenta y cinco metros linda con lote número veintiocho,
Zona A. Este lote tiene mojones de concreto en sus cuatro vértices;
Tres de sus colindantes pertenecen al mismo polígono Playas Blancas,
excepto el del Sur. El inmueble antes descrito es propiedad del señor
VLADIMIRO P. VILLALTA, inscrito al número TREINTA Y TRES
del Libro DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, corres-
pondiente al departamento de La Unión. TRES PORCIONES de terreno
rústico que se describen así: PRIMERO: El resto de un terreno rústico
que originalmente fue de dos hectáreas, ahora reducido a manzana y
media más o menos o sean ciento cinco áreas de extensión superficial,
situado en el lugar "El Guarda", denominado también "El Tránsito" de
la jurisdicción de La Palma, departamento de Chalatenango, que linda:
Al Oriente, con terreno de la sucesión de Aureliano Gutiérrez, repre-
sentada por Adela Salguero, empezando de un mojón de pito esquinero
en el extremo Sur, de éste sigue mirando al Norte por cerco de madera
de este terreno hasta llegar a otro mojón de pito esquinero; Al Norte,
con terreno de la sucesión de Francisco Ramos y Marcial Chacón, del
mojón anterior sigue por cerco de zanjo y piña propios de este terreno
hasta llegar a una macoya de cerezo, colindando con Rosario Morales
hasta un mojón de jiote; Al Poniente, con terreno de Ramón Octavio
Mejía, antes de Eugenio Flores Hernández y Estanislao Rodríguez,
desde un mojón de pitarrillo, camino de por medio y cercos de este
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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. terreno hasta otro mojón de piedra y brotón de pito esquinero; y Al Sur,
con terreno de la Sucesión de Aureliano Gutiérrez, del mojón anterior
línea recta hasta llegar a una joyita y de aquí por el cerco de piña de este
terreno hasta llegar al mojón donde se comenzó, hay en el terreno una
pequeña finca de café y huerta y una casa de tejas, paredes de adobes
de nueve metros de largo por cinco de ancho. SEGUNDO: Una Porción
de terreno rústico, inculto, situado en el mismo lugar que el anterior,
segregada hacia el rumbo Norte de otro de mayor extensión, UN MIL
DOSCIENTOS METROS CUADRADOS de superficie, que linda; Al
Oriente, con terreno de Feliciano Gutiérrez, empezando de un mojón
de un jiote, recto a un mojón de cerezo y mide treinta y siete metros;
Al Norte, con terreno de Marcial Chacón, cerco de piña del terreno que
se describe, del cerezo recto a un izote y mide veintinueve metros; Al
Poniente, con terreno de Encarnación Guillén, antes de Ramón Octavio
Mejía, camino de por medio desde el izote mencionado, hasta llegar a
otro mojón de izote, y mide cuarenta y cuatro metros cercos de piña y
zanjas del terreno que se describe; y Al Sur, con terreno de Feliciano
Gutiérrez, del mojón anterior mirando al Oriente, por zanjoncitos arriba
hasta llegar al jiote donde se comenzó la demarcación y mide veintiséis
metros. TERCERO: Otra porción de terreno rústico cubierta de pasto
natural y árboles de pino, occidentado, de la extensión de tres cuartos de
hectáreas o sean setenta y cinco áreas poco más o menos desmembrada
hacia el rumbo Norte del Inmueble general, situado en el lugar llamado
"Las Cruces", de la jurisdicción de La Palma, del mismo departamento,
que linda: Al Norte con predio de la vendedora línea recta, con setenta
metros y predios de la sucesión de Francisco Ramos, representada por
Raymunda Ramos, ahora de su sucesión; Al Sur, con terreno de Mar-
garita Salguero, con setenta y dos metros en línea recta; Al Oriente, con
terreno de Margarita Salguero y los de la sucesión Ramos, representada
por Raymunda Ramos, ahora de su sucesión con cuarenta metros; y Al
Poniente, con terreno de Carmen Aguilar, en parte y en parte con Sofía
Peraza, con sesenta y cuatro metros línea recta. El inmueble antes des-
crito es propiedad del señor VLADIMIRO P. VILLALTA, inscrito al
número TRES del Libro CIENTO CUARENTA Y TRES, del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas del departamento de Chalatenango.
Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa la público para
los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las nueve horas cuarenta minutos del día catorce de
septiembre del año dos mil doce. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS
CHORRO, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. Licda.
TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006125-3
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado con el
número 13213-EM-09, promovido por la Licenciada ELSY ELIZABETH
GALVEZ SANCHEZ, actuando en su calidad de Apoderada General
Judicial del BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONI-
MA, contra la señora LIDIA CAROLINA BEATRIZ MONTALVO DE
ZELAYA; se venderá en Pública Subasta, en este Tribunal en fecha que
más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación se localiza
y describe así: "La Jurisdicción de San Salvador, Departamento de San
Salvador." En URBANIZACION JARDINES DE LA CIMA SEGUNDA
ETAPA, jurisdicción de esta ciudad y Departamento, que se describe y
localiza así: LOTE NUMERO VEINTISIETE DEL POLIGONO "LL"
DE LA URBANIZACION JARDINES DE LA CIMA SEGUNDA
ETAPA que se describe, así: AL NORTE, seis punto cero cero metros;
AL ORIENTE, veinte punto cero cero metros; AL SUR, seis punto
cero cero metros; AL PONIENTE, veinte punto cero cero metros. El
lote así descrito tiene una extensión superficial de CIENTO VEINTE
PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. En el inmueble que
se ha descrito existen construcciones de sistema mixto de un área de
SESENTA Y SIETE PUNTO SETENTA Y SIETE METROS CUA-
DRADOS. Inscrito a favor de la señora LIDIA CAROLINA BEATRIZ
MONTALVO DE ZELAYA, a la matrícula número M CERO UNO UNO
DOS DOS TRES NUEVE SEIS; del Registro Social de Inmuebles, de
este Departamento".
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las quince horas y treinta minutos del día tres de julio
de dos mil doce. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056640-3
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS SEÑA-
LADOS EN AUTO,
HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este
Juzgado por la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ
como Apoderada del BANCO HSBC SALVADOREÑO S.A., en contra
del señor FRANCISCO ANTONIO RIVERA BATRES se ha ordenado
la venta en pública subasta en este Juzgado de un inmueble propiedad
del demandado, de naturaleza urbana identificado como lote número
VEINTIUNO -A del polígono "D" del proyecto Residencial EL JARDIN
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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397de la jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador, cuya
descripción es la siguiente, partiendo del punto de intersección del Pasaje
número uno y la Avenida Miramundo se mide sobre el eje de esta última
una distancia de ocho metros sesenta y nueve centímetros de longitud,
rumbo norte cuarenta y tres grados cinco punto tres minutos Este, lle-
gando al principio de una curva derecha de cinco metros cincuenta y
tres centímetros de longitud y radio cuarenta y cinco metros cincuenta
y nueve centímetros, en este punto se hace una deflexión izquierda con
respecto a la tangente y se mide una distancia de seis metros cincuenta
centímetros llegando al esquinero surponiente donde se inicia la presente
descripción: PONIENTE: Lindero recto de veintidós metros treinta y
ocho centímetros de longitud con rumbo Norte cuarenta y seis grados
cincuenta y cuatro punto siete minutos este, linda con el lote número
veinte del mismo polígono de Residencial Montebello; AL NORTE:
Tramo recto de ocho metros quince centímetros de longitud con rumbo
norte cuarenta y tres grados cinco punto tres minutos este, lindando con
lote número cuarenta y siete del mismo polígono; ORIENTE: Lindero
recto de veintitrés metros treinta centímetros de longitud con rumbo
sur treinta y seis grados uno punto ocho minutos oeste, linda con lote
número veintiuno B del mismo polígono del proyecto Residencial EL
JARDIN propiedad de SAHESA DE C.V.; AL SUR: Lindero curvo
izquierdo de cinco metros ochenta centímetros de longitud con radio
de curvatura de cincuenta y dos metros y nueve centímetros, linda con
área verde y zona de escuela, Avenida Miramundo de trece metros de
derecho de vía de por medio, llegando al esquinero donde se inició la
presente descripción. El lote así descrito tiene un área superficial de
CIENTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS NUEVE
DECIMETROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTAS DIECI-
SIETE VARAS CUADRADAS SESENTA Y UNA CENTESIMAS DE
VARA CUADRADA inscrito a favor del señor FRANCISCO ANTONIO
RIVERA BATRES a la Matrícula número SEIS CERO UNO OCHO
SIETE TRES TRES CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro.
Lo que se hace saber al público para los efectos legales correspon-
dientes aceptándose posturas siendo éstas legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas y
quince minutos del día veinticuatro de junio de dos mil once. Lic. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056641-3
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS SEÑA-
LADOS EN AUTO,
HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este
Juzgado iniciado por el Licenciado JOSE ANGEL GOMEZ LARIOS
y continuado por la Licenciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA
como Apoderada del BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANONIMA, en contra del señor JESUS ZALDIVAR
ALEGRIA, representado en el proceso por su Curadora Especial nom-
brada Licenciada LUCIA MARTINEZ MARTINEZ, se ha ordenado la
venta en pública subasta en este Juzgado de un inmueble propiedad del
demandado, inscrito a la Matrícula número M 05191737 del Registro
Social de Inmuebles de este Departamento, actualmente trasladado bajo
el sistema SYRC bajo matrícula 60084130-00000 Asiento 1, de un solar
rústico situado en calle al Volcán, Pasaje San José, frente a Urbanización
Australia, de esta jurisdicción, que se describe así: Un inmueble de na-
turaleza rústica inculto, situado en cantón San Miguel, jurisdicción de
Mejicanos, Departamento de San Salvador, de CIENTO CINCUENTA
METROS CUADRADOS QUINCE DECIMETROS CUADRADOS,
de una extensión que mide y linda AL NORTE: quince metros noventa
centímetros con resto del terreno de don Francisco Rivera Flores, de
donde se segregó este inmueble, pasaje de dos metros de ancho de por
medio abierto en resto de terreno; AL SUR: catorce metros noventa
centímetros con predio de Felícita Rivera; AL ORIENTE: nueve metros
setenta centímetros, con inmueble que fue de Pedro Rivera Flores hoy
de su sucesión; AL PONIENTE: nueve metros ochenta centímetros con
el resto del terreno de don Francisco Rivera Flores, de donde se segregó
este inmueble; el inmueble anteriormente descrito es de propiedad del
demandado señor JESUS ZALDIVAR ALEGRIA.
Lo que se hace saber al público para los efectos legales correspon-
dientes aceptándose posturas siendo éstas legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas
y quince minutos del día veinticinco de junio de dos mil doce. Lic. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056644-3
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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado
con el número 507-EM-06, promovido en este Tribunal por la Licen-
ciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA, actuando en su calidad de
Apoderada del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., antes
denominado BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, S.A.; contra
la señora AMINTA MARIBEL GUIROLA AYALA y los herederos
desconocidos del causante señor FREDY BELMORIS HERNANDEZ
FUNES; se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que
más adelante se señalará el bien inmueble que a continuación se loca-
liza y describe así: "La Ciudad de San Marcos, Departamento de San
Salvador" Un Inmueble de Naturaleza Urbana, situado en el Kilómetro
ocho, Autopista a Comalapa, identificado como CONDOMINIO SAN-
TORINI II, Jurisdicción de San Marcos, Departamento de San Salvador,
identificado como Apartamento Número DIECISEIS-B, PASAJE TRES,
de un área de CINCUENTA PUNTO CUARENTA Y DOS METROS
CUADRADOS, y un volumen de CIENTO VEINTISEIS PUNTO CERO
CINCO METROS CUBICOS, y se describe de la siguiente manera: Al
NORTE: dos punto cincuenta y siete metros cuadrados, al SUR: cinco
punto cero siete metros cuadrados, al ORIENTE: diez punto sesenta
metros cuadrados, y al PONIENTE: nueve punto veinticinco metros
cuadrados, dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Social
de Inmuebles del Departamento de San Salvador, a favor de la señora
AMINTA MARIBEL GUIROLA AYALA, según Matrícula número M
CERO UNO TRES UNO CUATRO NUEVE TRES CUATRO Asiento
CERO CERO CERO SIETE.
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día diez de Septiem-
bre de dos mil doce. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F056645-3
LICENCIADA MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUICIO
EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el BANCO HSBC SAL-
VADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA o BANCO HSBC, SOCIEDAD
ANONIMA o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA
o BANCOSAL, SOCIEDAD ANONIMA indistintamente que puede
abreviarse BANCO HSBC, SALVADOREÑO, S.A., BANCO HSBC,
S.A., BANCO SALVADOREÑO, S.A. o BANCOSAL, S.A., contra
los señores DOLORES DEL CARMEN ARDON DE HERNANDEZ y
GERMAN DE JESUS HERNANDEZ SIFONTES, reclamándole cantidad
de dólares y accesorios de ley, se venderá en pública subasta en fecha
que oportunamente se determinará en este Juzgado, los bienes inmuebles
embargados siguientes: "PRIMER INMUEBLE: Un lote de terreno de
naturaleza rústica, ahora urbano, situado en los suburbios del Barrio El
Pilar, de la ciudad y departamento de Sonsonate, desmembrado de otro
mayor hacia el rumbo Sur, lote marcado con el número TRESCIENTOS
SESENTA, el cual es de la capacidad de DOSCIENTOS CINCUENTA
METROS CUADRADOS, y de las medidas y linderos siguientes: AL
NORTE, mide diez metros y linda con lote trescientos setenta y cinco,
arrendado a Carlos Benjamín Zepeda, calle número uno de quince metros
de ancho de por medio; AL SUR, mide diez metros y linda con lote
número trescientos cuarenta y seis, arrendado a Faustino Castillo; AL
ORIENTE, mide veinticinco metros, linda con lote número trescientos
cincuenta y nueve, arrendado a María Julia Herrera de Cuéllar Zelada;
y AL PONIENTE, mide veinticinco metros y linda con lote número
trescientos sesenta y uno, todos los lotes colindantes son o han sido
propiedad de la Sociedad Rauda Hermanas y Compañía, que es de donde
se segregó el descrito. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito
a favor del demandado señor GERMAN DE JESUS HERNANDEZ
SIFONTES bajo el número de matrícula UNO CERO CERO UNO
CINCO SIETE NUEVE DOS- CERO CERO CERO CERO CERO
Asiento UNO en el Sistema de Folio Real Automatizado, en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente
del Departamento de Sonsonate." "SEGUNDO INMUEBLE: Un lote
de terreno de naturaleza rústica, ahora urbana, situado en los suburbios
del Barrio El Ángel, de la ciudad de Sonzacate en el Departamento de
Sonsonate y que forma parte de un proyecto residencial denominado
Residencial Florencia, marcado como lote número veintisiete, cuya
descripción es la siguiente: Partiendo de la intersección de las líneas
centrales de la Décima Avenida Norte y Pasaje Florencia con rumbo
Norte setenta y dos grados treinta y un minutos cuarenta y dos segundos
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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397Oeste y una distancia de ciento veintiuno punto seiscientos metros de
este punto con distancia de cinco punto doscientos cincuenta metros y
rumbo Norte diecisiete grados veintiocho minutos dieciocho segundos
Este, se llega al punto marcado con la letra A que es donde comienza la
descripción técnica de este lote, LADO SUR: Línea A-B, recta de uno
punto seiscientos metros y rumbo Norte setenta y dos grados treinta y
un minutos cuarenta y dos segundos Oeste, línea B-C, curva de nueve
punto cuatrocientos veinticinco metros de longitud con radio de seis punto
cero metros, línea C-D, recta de uno punto cero metros rumbo Norte de
dieciséis grados treinta y nueve minutos dieciséis punto setenta segundos
Este; LADO PONIENTE, línea D-E, recta de cinco punto trescientos
veinticuatro metros y rumbo Norte setenta y tres grados veinte minutos
cuarenta y tres punto treinta segundos Oeste, línea E-F, recta de seis punto
seiscientos treinta y dos metros y rumbo Norte dieciséis grados treinta y
nueve minutos diecinueve punto diez segundos Este; LADO NORTE,
línea F-G, recta de trece punto dieciséis metros y rumbo Sur setenta y
dos grados treinta y nueve minutos treinta y uno punto treinta segundos
Este; LADO ORIENTE, línea G-A, recta de catorce punto seiscientos
sesenta y dos metros y rumbo Sur diecisiete grados veintiocho minutos
dieciocho segundos Oeste. Llegando así al punto "A" donde comenzó
esta descripción técnica. El inmueble antes descrito posee una extensión
superficial de CIENTO TREINTA Y TRES PUNTO OCHOCIENTOS
VEINTISÉIS METROS CUADRADOS, equivalentes a: CIENTO NO-
VENTA Y UNO PUNTO CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO
VARAS CUADRADAS. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito
a favor de la demandada señora DOLORES DEL CARMEN ARDÓN
DE HERNÁNDEZ, bajo el número de matrícula UNO CERO CERO
TRES TRES CUATRO SEIS NUEVE- CERO CERO CERO CERO
CERO Asiento SEIS en el Sistema de Folio Real Automatizado, en
el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de
Occidente del Departamento de Sonsonate.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta
que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT,
y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,
cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento
similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL; San
Salvador, a las diez horas del día dieciséis de julio de dos mil doce. Licda.
MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO
DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056812-3
rEPoSicioN DE cErTificaDoS
NEGOCIOS DE ORIENTE, S.A. DE C.V., del domicilio de San
Miguel,
HACE SABER: Que a sus oficinas que se encuentran ubicadas en
11a. Avenida Norte No. 308, San Miguel, se ha presentado el señor Héctor
Antonio Pérez; y expresa que no tiene en su poder el Certificado No. 175
que ampara 1 acción número 877; por lo que solicita la REPOSICION
de dicho Certificado.
Siendo procedente lo anterior se hace del conocimiento del público
de conformidad a los Art. 486 y Art. 932 del Código de Comercio, y
transcurridos treinta días después de la tercera publicación tanto en un
periódico de mayor circulación como en el Diario Oficial.
Y de no haber ninguna posición procédase a reponer los certificados
en referencia.
San Miguel, 17 de Septiembre de 2012.
Lic. CARLOS ALBERTO PICHE BENAVIDES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056655-3
NEGOCIOS DE ORIENTE, S.A. DE C.V., del domicilio de San
Miguel,
HACE SABER: Que a sus oficinas que se encuentran ubicadas en
11a. Avenida Norte No. 308, San Miguel, se ha presentado la señora
DEISY CANDELARIA PORTILLO DE LOZANO; y expresa que no
tiene en su poder el Certificado No. 890 que ampara 3 acciones números
320-322; por lo que solicita la REPOSICION de dicho Certificado.
Siendo procedente lo anterior se hace del conocimiento del público
de conformidad a los Art. 486 y Art. 932 del Código de Comercio. Y
transcurridos treinta días después de la tercera publicación tanto en un
periódico de mayor circulación como en el Diario Oficial.
Y de no haber ninguna posición procédase a reponer los certificados
en referencia.
San Miguel, 17 de Septiembre de 2012.
Lic. CARLOS ALBERTO PICHE BENAVIDES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056657-3
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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. NEGOCIOS DE ORIENTE, S.A. DE C.V., del domicilio de San
Miguel,
HACE SABER: Que a sus oficinas que se encuentran ubicadas
en 11a. Avenida Norte No. 308, San Miguel, se ha presentado el señor
Pedro Fausto Arieta Vega; y expresa que no tiene en su poder los Cer-
tificados No. 09 que ampara 4 acciones números 41-44, y el certificado
N. 204 que ampara 2 acciones números 168-169; por lo que solicita la
REPOSICION de dicho Certificado.
Siendo procedente lo anterior se hace del conocimiento del público
de conformidad a los Art. 486 y Art. 932 del Código de Comercio. Y
transcurridos treinta días después de la tercera publicación tanto en un
periódico de mayor circulación como en el Diario Oficial.
Y de no haber ninguna posición procédase a reponer los certificados
en referencia.
San Miguel, 17 de Septiembre de 2012.
Lic. CARLOS ALBERTO PICHE BENAVIDES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056658-3
NEGOCIOS DE ORIENTE, S.A. DE C.V., del domicilio de San
Miguel,
HACE SABER: Que a sus oficinas que se encuentran ubicadas en
11a. Avenida Norte No. 308, San Miguel, se ha presentado el señor José
Oscar Lozano Castro; y expresa que no tiene en su poder los Certificados
No. 222 que ampara 2 acciones números 795-796, certificado N. 458
que ampara 2 acciones números 1761-1762, certificado No. 573 que
ampara 2 acciones números 2656-2657 y certificado No. 756 que ampara
3 acciones números 3984-3986; por lo que solicita la REPOSICION de
dicho Certificado.
Siendo procedente lo anterior se hace del conocimiento del público
de conformidad a los Art. 486 y Art. 932 del Código de Comercio. Y
transcurridos treinta días después de la tercera publicación tanto en un
periódico de mayor circulación como en el Diario Oficial.
Y de no haber ninguna posición procédase a reponer los certificados
en referencia.
San Miguel, 17 de Septiembre de 2012
Lic. CARLOS ALBERTO PICHE BENAVIDES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056659-3
AVISO
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA,
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 carretera a
Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DE-
PÓSITO A PLAZO FIJO No. 439212, solicitando la reposición de dicho
CERTIFICADO por CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA
00/100 (US$ 4,950.00)
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
Soyapango, miércoles 17 de octubre de 2012.
ELIA DOMINGUEZ,
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
Agencia Plaza Mundo.
3 v. alt. No. F056772-3
aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNioS
CONDOMINIO MONTECASTELLO
El infrascrito Secretario de Junta Directiva del CONDOMINIO MON-
TECASTELLO, por la presente
CERTIFICA: Que en Asamblea de Propietarios del condominio,
celebrada el quince de marzo de dos mil doce, a las diecinueve horas,
en el área social del mismo, se ACORDO: Nombrar Administrador del
CONDOMINIO MONTECASTELLO, para el período de un año que
comenzará el primero de mayo de dos mil doce, al señor Jorge Guerra,
quien es mayor de edad, empleado, del domicilio de Santa Ana y se
identifica con su Documento Único de Identidad número cero cero
dos cinco seis seis tres cero-tres (DUI 00256630-3), y pagarle por los
servicios de administración y vigilancia, en concepto de honorarios, la
cantidad de dos mil trescientos dólares mensuales.
Y en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento del Con-
dominio y para ser publicada en el Diario Oficial, extiendo la presente
constancia en San Salvador, a los treinta días del mes de septiembre de
dos mil doce.
VICTOR CATANI,
SECRETARIO CONDOMINIO MONTECASTELLO.
3 v. alt. No. F056666-3
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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397Marca DE SErVicioS
No. de Expediente: 2012116986
No. de Presentación: 20120166021
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN
MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Panasonic
Corporation, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras Panasonic ideas for life, que se traducen
al castellano como Ideas para la Vida, que servirá para: AMPARAR:
PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMI-
NISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA, VENTA AL
POR MENOR; PROMOCIÓN; GESTIÓN DE NEGOCIOS; ADMI-
NISTRACIÓN DE NEGOCIOS; SUMINISTROS DE INFORMACIÓN
RELACIONADA A VENTAS DE MERCADERÍAS; SUMINISTRO DE
INFORMACIÓN DE NEGOCIOS; AGENCIAS DE INFORMACIÓN
COMERCIAL; RENTA DE MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS; LA
UNIFICACIÓN, PARA EL BENEFICIO DE OTROS, DE UNA VARIEDAD
DE ARTÍCULOS, PERMITIENDO CONVENIENTEMENTE A LOS
CLIENTES VER Y COMPRAR ESTOS ARTÍCULOS EN UNA TIENDA
ELECTRÓNICA DE VENTAS AL POR MENOR. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos
mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de junio del año dos mil doce.-
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006092-3
No. de Expediente: 2012119353
No. de Presentación: 20120169776
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE
DE JESÚS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de MasterCard
International Incorporated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
MaSTErcarD TraVEl SErVicES
Consistente en: Las palabras MASTERCARD TRAVEL
SERVICES. Se traduce al castellano como: Servicios de viaje tarjeta
maestra, que servirá para: AMPARAR: TRANSPORTE, EMBALAJE
Y ALMACENAJE DE MERCANCÍAS; ARREGLOS DE VIAJES,
INFORMACIÓN TURÍSTICA Y SERVICIOS DE VIAJES, ORGA-
NIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE TOURS Y SUMINISTRO DE
INFORMACIÓN SOBRE TRANSPORTE; SERVICIOS DE AGEN-
CIA DE RESERVA; SERVICIOS DE RESERVA DE TIQUETES;
SERVICIOS DE AGENCIA PARA ORGANIZAR EL ALQUILER
DE COCHES; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN RELATIVA A
VIAJES Y EL TRANSPORTE; ORGANIZACIÓN Y RESERVA
DE VACACIONES; EXCURSIONES Y VISITAS; SERVICIOS DE
TRANSPORTE AEREO Y SERVICIOS DE VENTA DE TIQUETES
DE TRANSPORTE AEREO; ORGANIZACIÓN DE BOLETOS
DE AEROLÍNEAS, BOLETOS DE CRUCEROS Y BOLETOS DE
TREN; ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS Y SUS EQUIPAJES;
OFICINAS DE TURISMO; SERVICIOS DE AGENCIAS DE VIAJES,
ESPECÍFICAMENTE, HACER LAS RESERVACIONES Y RESERVAS
PARA TRANSPORTE; TRANSPORTE AEREO; SERVICIOS DE
GUIAS TURÍSTICOS; SERVICIOS DE ALQUILER DE VEHÍCULOS;
ASESORÍA Y CONSULTORÍA RELACIONADOS CON TODOS LOS
PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS; ARREGLOS DE VIAJE Y
LA INFORMACIÓN PARA LOS MISMOS, TODOS PRESTADOS
EN LÍNEA DESDE UNA BASE DE DATOS DE COMPUTADORA
O DE INTERNET; SERVICIOS COMPUTARIZADOS DE RESER-
VACIÓN PARA LOS VIAJES; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN
DE VIAJE POR COMPUTADORA; COLACIÓN DE INFORMACIÓN
RELATIVA A LOS VIAJES. Clase: 39.
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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil
doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de junio del año dos mil doce.-
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006094-3
No. de Expediente: 2012115993
No. de Presentación: 20120163781
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Wall Street Institute KFT, de nacionalidad LUXEMBURGUESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras Wall Street ENGLISH y diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; ESPARCIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTU-RALES; SERVICIOS PRESTADOS POR INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA, EN PARTICULAR ENSEÑANZA DE IDIOMAS; SERVICIOS DE ENSEÑANZA PERSONALIZADOS, EN PARTICULAR ENSEÑANZA DE IDIOMAS, INCLUIDOS LOS SERVICIOS PRESTADOS, EN INSTITUCIONES, A DOMICILIO O ATRAVÉS DE REDES DE COMUNICACIONES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de julio del año dos mil doce.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006116-3
MarcaS DE ProDUcTo
No. de Expediente: 2012121676
No. de Presentación: 20120174585
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARTA EUGENIA JAIME DE LA O, en su calidad de APODERADO de FARMACÉUTICA INDUSTRIAL FERSON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FERSON, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
NErVofEr 5,000
Consistente en: La frase NERVOFER 5,000, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil doce.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006118-3
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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397No. de Expediente: 2012121674
No. de Presentación: 20120174583
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARTA EUGENIA JAIME DE LA O, en su calidad de APODERADO de FAR-MACÉUTICA INDUSTRIAL FERSON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FERSON, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
BENDriN
Consistente en: La palabra BENDRIN, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil doce.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006119-3
No. de Expediente: 2012121673
No. de Presentación: 20120174582
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARTA EUGENIA JAIME DE LA O, en su calidad de APODERADO de FARMACÉUTICA INDUSTRIAL FERSON, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FERSON, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
roJaMiNa
Consistente en: La palabra ROJAMINA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil doce.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006120-3
No. de Expediente: 2012121671
No. de Presentación: 20120174579
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARTA EUGENIA JAIME DE LA O, en su calidad de APODERADO de FAR-MACÉUTICA INDUSTRIAL FERSON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FERSON, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de La MARCA DE PRODUCTO,
BETaDEX
Consistente en: La palabra BETADEX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 05.
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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil doce.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006121-3
No. de Expediente: 2012121672
No. de Presentación: 20120174580
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARTA EUGENIA JAIME DE LA O, en su calidad de APODERADO de FARMACÉUTICA INDUSTRIAL FERSON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FERSON, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
XiNaBroN
Consistente en: La palabra XINABRON, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año
dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de octubre del año dos mil doce.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006122-3
No. de Expediente: 2012119524
No. de Presentación: 20120170052
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FÁTIMA
LISSETTE BENAVIDES DE ROMERO, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: Las palabras BAMBÚ EL SALVADOR y diseño, que servirá para: AMPARAR: VELAS AROMÁTICAS, Clase: 04.
La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil doce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de octubre del año dos mil doce.-
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F056708-3
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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397
SECCION DOCUMENTOS OFICIALESMinisterio de educación
RESOLUCION No. 1330/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE OLOCUILTA, Municipio de Olocuilta, Departamento de La Paz, extendido con fecha 05 de enero de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE OLOCUILTA, Municipio de Olocuilta, Departamento de La Paz, a MARTA ALICIA BLANCO GUTIÉRREZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049150)
RESOLUCION No. 1330/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiún días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTIAGO NONUALCO, Municipio de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática Física obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTIAGO NONUALCO, Municipio de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, a JAIME DAGOBERTO VILLACORTA GUZMÁN. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049139)
RESOLUCION No. 1334/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiún días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE NOMBRE DE JESÚS, Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Secretariado obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE NOMBRE DE JESÚS, Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango, a SUYAPA OTERO AYALA. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049183)
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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. RESOLUCION No. 1335/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL NUEVA ESPERANZA DEL BAJO LEMPA, Municipio de Jiquilisco,
Departamento de Usulután, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con
respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facul-
tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL
NUEVA ESPERANZA DEL BAJO LEMPA, Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, a ANA GUADALUPE MARTÍNEZ ZÚNIGA.
Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049182)
RESOLUCION No. 1336/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Computación obtenido
en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JACQUELINE
ELIZABETH SANDOVAL ACEVEDO. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049731)
RESOLUCION No. 1341/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL NUEVA ESPERANZA DEL BAJO LEMPA, Municipio de Jiquilisco,
Departamento de Usulután, extendido con fecha 14 de marzo de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con
respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facul-
tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL
NUEVA ESPERANZA DEL BAJO LEMPA, Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, a JOSÉ DOLORES ROJAS ZEPEDA. Para los
efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049311)
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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397RESOLUCION No. 1342/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 16 de febrero de 2010 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JOCELYN SOFIA MACHADO GARAY. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049447)
RESOLUCION No. 1346/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL SIMÓN BOLIVAR, Municipio de Santo Tomás, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL SIMÓN BOLIVAR, Municipio de Santo Tomás Departamento de San Salvador, a ADOLFO BENIGNO TOBAR BELTRÁN. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049365)
RESOLUCION No. 1354/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los once días del mes de mayo de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO OFELIA HERRERA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 12 de diciembre de 2008 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO OFELIA HERRERA, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a RENÉ RICARDO GARCÍA ALVAREZ. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F011465)
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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. RESOLUCION No. 1359/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciséis días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SALARRUÉ, Municipio de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SALARRUÉ, Municipio de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, a WALTER GENIEL OLIVA CASTRO. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049533)
RESOLLJCION No. 1361/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA TERESA DE JESÚS, Municipio de San Marcos, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA TERESA DE JESÚS, Municipio de San Marcos, Departamento de San Salvador, a JOSÉ NICOLÁS DE LA CRUZ CRUZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049623)
RESOLUCION No. 1368/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR LAMATEPEC, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR LAMATEPEC, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a OVIDIO FRANCISCO VILLATORO BARRIERE. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050134)
RESOLUCION No. 1369/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de septiembre de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ MARIA PERALTA LAGOS, Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 18 de enero de 2008 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con
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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facul-tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ MARIA PERALTA LAGOS, Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, a ZAYRA IVETTE URRUTIA GÁLVEZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049958)
RESOLUCION No. 1370/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiún días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ DAMIÁN VILLACORTA, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Comercial, Opción Asistencia Contable obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ DAMIÁN VILLACORTA, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a MARÍA LUISA MOLINA SILVA. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049775)
RESOLUCION No. 1371/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE AGUILARES, Municipio de Aguilares, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE AGUILARES, Municipio de Aguilares, Departamento de San Salvador, a FREDY OSMARO ALFARO PINEDA. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049787)
RESOLUCION No. 1373/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO POLITÉCNICO NAZARETH, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO POLITÉCNICO NAZARETH, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a DAYSI JACQUELINE SALAZAR OSORIO. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049817)
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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. RESOLUCION No. 1379/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN ANTONIO MASAHUAT, Municipio de San Antonio Masahuat, Departamento de La Paz, extendido con fecha 05 de diciembre de 2008 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN ANTONIO MASAHUAT, Municipio de San Antonio Masahuat, Departamento de La Paz, a EDGAR MAURICIO MARTÍNEZ PEÑA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F049954)
RESOLUCION No. 1383/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SOYAPANGO, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 1990 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SOYAPANGO, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a JAIME GIOVANI HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050019)
RESOLUCION No. 1384/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE 1875, Municipio de San Francisco Gotera, Departa-mento de Morazán, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE 1875, Municipio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a SILIAN LORENA QUINTEROS ARGUETA. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050028)
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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397RESOLUCION No. 1385/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE 1875, Municipio de San Francisco Go-
tera, Departamento de Morazán, extendido con fecha 23 de febrero de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Comercial, Opción Asistencia Administrativa obtenido
en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE 1875, Municipio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a DIANA
LISSETH QUINTEROS ARGUETA. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050029)
RESOLUCION No. 1389/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo ESCUELA AMERICANA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido
con fecha 10 de junio de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se
ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo ESCUELA AMERICANA, Municipio de San Salvador, Departamento de
San Salvador, a CARLOS RODRIGO VILÁ RIVERA. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050518)
RESOLUCION No. 1390/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EUCARÍSTICO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido
con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,
se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EUCARÍSTICO, Municipio de San Salvador, Departamento de
San Salvador, a CARMEN ELENA ORELLANA hoy CARMEN ELENA ORELLANA OSORIO. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente
Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050155)
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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 25 de Octubre de 2012. RESOLUCION No. 1392/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo COLEGIO COMERCIAL BILINGÜE 1821, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1995 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COLEGIO COMERCIAL BILINGÜE 1821, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a CINTHYA DENISE CAÑAS CRUZ. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050156)
RESOLUCION No. 1393/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO VILLACORTA, Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 04 de diciembre de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, Opción Mecánica Automotriz obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SUPERIOR PROFESOR EDMUNDO ALIRIO VILLACORTA, Municipio de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, a ALBERTO ALDAIR MANZANO BARRERA. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050194)
RESOLUCION No. 1395/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de septiembre de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-chiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo COLEGIO AHUACHAPANECO DE COMERCIO, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, extendido con fecha 30 de noviembre de 1983 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el Centro Educativo COLEGIO AHUACHAPANECO DE COMERCIO, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, a GLADIS ESTELA VÁSQUEZ GARCIA. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050177)
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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 397RESOLUCION No. 1396/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ SIMEÓN CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus faculta-des legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Comercial, Opción Asistencia Contable obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ SIMEÓN CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a EDGARDO SALOMÓN NAVARRETE. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050182)
RESOLUCION No. 1398/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EXTERNADO DE SAN JOSÉ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EXTERNADO DE SAN JOSÉ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a EDUARDO JOSÉ MORATAYA RUIZ. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050212)
RESOLUCION No. 1399/2012
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de agosto de dos mil doce.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAN PABLO DE LA CIUDAD DE SAN MARTÍN, Municipio de San Martín, Depar-tamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAN PABLO DE LA CIUDAD DE SAN MARTÍN, Municipio de San Martín, Departamento de San Salvador, a YEISON ENRIQUE RIVAS MÁRTIR. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Lic. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,
Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F050323)
Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.
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