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Nohlen, Dieter, Diccionario de Ciencia Política. Citar directamente de la obra 1.-ENSAYO INTRODUCTORIO ¿Cómo enseñar y cómo estudiar Ciencia Política? Como es bien sabido, la Ciencia Política es una disciplina de larga tradición. Se remonta a los tiempos griegos. Es la disciplina madre de muchas otras disciplinas, cuando con el correr del tiempo se formaron dentro de su seno ámbitos del saber que posteriormente se desvincularon de ella y se constituyeron en disciplinas independientes y autónomas, como por ejemplo la Economía o, mejor dicho, la Economía Nacional. Esto es cierto para varias disciplinas especializadas que hoy rodean la Ciencia Política. La Sociología, sin embargo, no nace de su ámbito, sino que se desarrolla independientemente y mucho más tarde, a partir de la segunda mitad del siglo XIX, justo en el momento en que la Ciencia Política, dado el proceso de desintegración que había vivido durante siglos, prácticamente había dejado de existir. A comienzos del siglo XX, renace la Ciencia Política, fundada en Estados Unidos y refundada en Europa en su versión moderna. Crece entre las dos guerras y sufre mucho durante los totalitarismos en Europa, mientras que la emigración a Estados Unidos de muchos científicos europeos –especialmente alemanes– da un gran impulso para el mayor desarrollo de la disciplina en Norteamérica que, desde entonces, pasa a dominar la Ciencia Política a nivel mundial. Así, finalizada la Segunda Guerra Mundial, en el contexto de la redemocratización en Europa, la Ciencia Política retoma su evolución anterior a la guerra y recibe fuertes impulsos y orientaciones por parte de la Ciencia Política estadounidense. En Alemania especialmente, recobra importancia sobre todo por su íntima relación con el desarrollo de la democracia. A diferencia de la Sociología, que cultiva su autopercepción y función de disciplina crítica de la realidad (piénsese en la famosa Escuela de Francfort de Horkheimer, Adorno, Marcuse), la Ciencia Política se desarrolla en ese país como ciencia de y para la democracia, como ciencia que enseña la democracia y como ciencia en apoyo a la democracia. Sería esa función autoadscrita la que le facilitaría a la Ciencia Política el reencuentro de su lugar en el espectro de las ciencias del espíritu en las universidades alemanas. Sólo posteriormente, con la consolidación de la democracia y bajo la permanente influencia de la Ciencia Política norteamericana, la Ciencia Política en Alemania toma un desarrollo en dirección a una disciplina normal, una disciplina enraizada en las ciencias sociales, más amplia en sus funciones en cuanto a áreas de estudio y enseñanza, así como métodos de investigación, tanto crítica con la realidad como consultora para actores políticos. Relato esto para dar a entender que la Ciencia Política tiene una larga historia marcada – en cuanto disciplina científica– por grandes convulsiones e íntimas vinculaciones con el desarrollo político mismo, o sea, por factores internos y externos a la disciplina. Es sobre todo esta última dependencia la que contribuye a que –pensando en comparaciones internacionales– cada Ciencia Política tenga características propias, influidas por el propio desarrollo político del país. Lo antedicho también es cierto para los casos de España y Latinoamérica, donde la disciplina se ha desarrollado en estrecha relación con la propia evolución política. La reciente democratización de estos países marcó un cambio en el interés por el análisis político, acompañado por renovaciones teóricas y metodológicas que a veces aún están en marcha. El editor de este diccionario politológico viene de un país en el que hoy en día la Ciencia Política está bien enraizada en el panorama de las humanidades. Las

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1.-ENSAYO INTRODUCTORIO

¿Cómo enseñar y cómo estudiar Ciencia Política?

Como es bien sabido, la Ciencia Política es una disciplina de larga tradición. Se remonta a los tiempos griegos. Es la disciplina madre de muchas otras disciplinas, cuando con el correr del tiempo se formaron dentro de su seno ámbitos del saber que posteriormente se desvincularon de ella y se constituyeron en disciplinas independientes y autónomas, como por ejemplo la Economía o, mejor dicho, la Economía Nacional. Esto es cierto para varias disciplinas especializadas que hoy rodean la Ciencia Política. La Sociología, sin embargo, no nace de su ámbito, sino que se desarrolla independientemente y mucho más tarde, a partir de la segunda mitad del siglo XIX, justo en el momento en que la Ciencia Política, dado el proceso de desintegración que había vivido durante siglos, prácticamente había dejado de existir. A comienzos del siglo XX, renace la Ciencia Política, fundada en Estados Unidos y refundada en Europa en su versión moderna. Crece entre las dos guerras y sufre mucho durante los totalitarismos en Europa, mientras que la emigración a Estados Unidos de muchos científicos europeos –especialmente alemanes– da un gran impulso para el mayor desarrollo de la disciplina en Norteamérica que, desde entonces, pasa a dominar la Ciencia Política a nivel mundial. Así, finalizada la Segunda Guerra Mundial, en el contexto de la redemocratización en Europa, la Ciencia Política retoma su evolución anterior a la guerra y recibe fuertes impulsos y orientaciones por parte de la Ciencia Política estadounidense. En Alemania especialmente, recobra importancia sobre todo por su íntima relación con el desarrollo de la democracia. A diferencia de la Sociología, que cultiva su autopercepción y función de disciplina crítica de la realidad (piénsese en la famosa Escuela de Francfort de Horkheimer, Adorno, Marcuse), la Ciencia Política se desarrolla en ese país como ciencia de y para la democracia, como ciencia que enseña la democracia y como ciencia en apoyo a la democracia. Sería esa función autoadscrita la que le facilitaría a la Ciencia Política el reencuentro de su lugar en el espectro de las ciencias del espíritu en las universidades alemanas. Sólo posteriormente, con la consolidación de la democracia y bajo la permanente influencia de la Ciencia Política norteamericana, la Ciencia Política en Alemania toma un desarrollo en dirección a una disciplina normal, una disciplina enraizada en las ciencias sociales, más amplia en sus funciones en cuanto a áreas de estudio y enseñanza, así como métodos de investigación, tanto crítica con la realidad como consultora para actores políticos. Relato esto para dar a entender que la Ciencia Política tiene una larga historia marcada –en cuanto disciplina científica– por grandes convulsiones e íntimas vinculaciones con el desarrollo político mismo, o sea, por factores internos y externos a la disciplina. Es sobre todo esta última dependencia la que contribuye a que –pensando en comparaciones internacionales– cada Ciencia Política tenga características propias, influidas por el propio desarrollo político del país. Lo antedicho también es cierto para los casos de España y Latinoamérica, donde la disciplina se ha desarrollado en estrecha relación con la propia evolución política. La reciente democratización de estos países marcó un cambio en el interés por el análisis político, acompañado por renovaciones teóricas y metodológicas que a veces aún están en marcha. El editor de este diccionario politológico viene de un país en el que hoy en día la Ciencia Política está bien enraizada en el panorama de las humanidades. Las

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reflexiones sobre la disciplina, sobre cómo enseñarla y cómo estudiarla, tienen este trasfondo histórico y contextual.

I Una pregunta planteada no siempre ha de recibir una respuesta. Los cuestionamientos pueden también impulsar reflexiones. La pregunta del título del presente ensayo introductorio se entiende como una invitación a tales reflexiones. Me voy a referir a cuatro dimensiones de reflexión: —La primera se refiere al campo o cuerpo de conocimiento que engloba la Ciencia Política. Allí se desarrollan dos ideas: por un lado, lo que son sus áreas para una diferenciación interna de la disciplina y, por el otro, lo que son las áreas propias necesarias para poder formar una disciplina temáticamente completa. —La segunda dimensión se refiere –tomando en cuenta el objeto de estudio de la Ciencia Política y sus consecuencias epistemológicas– a la lógica y la metodología de la disciplina. —La tercera dimensión se centra en un método específico cuya enseñanza me parece de primer orden: el método comparativo. —La cuarta dimensión, finalmente, tiene que ver con la enseñanza de la disciplina en un nivel de abstracción que dista lo suficiente de la política cotidiana para que el alumnado entienda que política y Ciencia Política son dos cosas distintas, dados, ante todo, los diferentes objetivos y los correspondientes tipos de argumentos que caracterizan sendos discursos.

II 1. Respecto a la primera dimensión: en términos generales, hay que diferenciar

tres áreas que forman el cuerpo de materias de docencia en Ciencia Política. El área primera constituye la teoría política, que ciertamente incluye tres campos: a) la historia de las ideas, o filosofía política, b) la teoría política moderna, o sea, las grandes corrientes teóricas, las teorías de gran alcance y las metateorías o paradigmas científicos y, finalmente, c) la metodología en ciencias sociales. La importancia de tan heterogénea área reside en la enseñanza y en el estudio de la materia, en su contribución al desarrollo del conocimiento de los fundamentos de la política, en cuanto a lo normativo y a lo teórico, por un lado, y a lo metodológico en el estudio de la política, por el otro. El área segunda engloba la política comparada, incluyendo las tres dimensiones de la política que, debido a limitaciones idiomáticas, ni en alemán ni en español podemos diferenciar bien conceptualmente: polity, politics y policy, o sea, la forma, el proceso y el contenido de la política. El área tercera está conformada por las relaciones internacionales, que incluyen por ejemplo tanto la política exterior como las organizaciones internacionales, lo intergubernamental y –cada día más– lo intersocietal, así como lo supranacional, si nos referimos a procesos interestatales de integración. Puede darse el caso de que un instituto de Ciencia Política ofrezca enseñanza adecuada en las tres áreas, pues éstas se hallan íntimamente vinculadas en términos de que la falta de una de ellas pone en peligro una comprensión cabal del fenómeno de la política. No

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en vano la Ciencia Política se entiende como ciencia integradora: el objeto de estudio, la política, no se define a través de un solo concepto, una sola dimensión, un solo enfoque o un único método. La Ciencia Política, por consiguiente, no se define tampoco por una sola materia que conceptualmente se pueda asociar con la política. Se observa, sin embargo, que en algunos países las materias polity, politics y policies están separadas en forma de una dispersión en institutos diferentes según las áreas señaladas. Incluso hay casos en que se han creado institutos separados en una misma universidad en el área de la política comparada. Hay razones en el campo de la investigación para enfatizar la especialización, pues como decía ya Max Weber al principio del siglo pasado (en: La ciencia como vocación), “la obra realmente importante y definitiva es siempre obra de especialistas”. En la enseñanza y en el estudio, empero, me parece importante transmitir el alcance de la política en su expresión real y –aún más importante– la relación e interrelación de los fenómenos políticos de las diferentes áreas. Por ejemplo, si en las relaciones internacionales la tesis más confirmada hasta hoy día es que los Estados democráticos no emprenden guerras entre ellos, es muy importante entonces que la estudiosa/el estudioso conozca la democracia como forma (polity) y proceso (politics), las condiciones internas que llevan a que las democracias –en cuanto a resultado (policy)– se comporten a nivel internacional de manera que esta regla se confirme continuamente desde hace siglos. Aún más ilustrativo es el caso de las dimensiones de la política en el área de la política comparada. Prácticamente no hay ningún fenómeno político por entender o explicar en esta área en la cual no estén involucrados aspectos de polity, politics y policies. Tomemos el caso de –si me permiten– cualquier política pública: en el famoso círculo de una política pública (o policy cycle) entran desde el inicio de su desarrollo cuestiones del sistema político, de la institucionalidad dada, cuestiones de las relaciones de poder, de intereses y valores, la estructura de conflicto en el sistema de partidos políticos y los tipos de formación de consenso, etc. Si se diseñan políticas públicas sin tomar en cuenta esas variables de estructura y procesos, no se llega muy lejos. Si no se enseña o estudia la interrelación de las policies con politics y polity, el o la estudiante va a desarrollar un conocimiento poco realista, fragmentario y poco adecuado de la política.

2. Respecto a la segunda dimensión, la analítica, quisiera hacer hincapié en la importancia que tienen la lógica y el método en la enseñanza de la Ciencia Política. Esta orientación es especialmente valiosa debido a la dificultad que el objeto de estudio, la política, contiene para su análisis. La especial dificultad que enfrenta la Ciencia Política se hace notable sobre todo comparando esta disciplina con la Economía en cuanto a sus respectivos objetos de estudio y las consecuencias científicas o metodológicas que sus diferencias traen consigo. “Primero, el economista observa”, como decía Giovanni Sartori (en: La política. Lógica y método en las ciencias sociales, 1979: 62), “los comportamientos económicos, comportamientos guiados por un solo criterio identificado y constante: llevar al máximo el beneficio, la utilidad o el interés económico. Segundo, los comportamientos económicos son expresables (…) en valores monetarios, es decir en valores cuantitativos”. Así, “el economista encuentra una medida incorporada a los comportamientos observados: el Homo oeconomicus razona con números, con valores monetarios”. Con

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base en esto, el economista pudo desarrollar un lenguaje especial, cuyos conceptos, por ejemplo, valor, costo, precio, mercado, están claramente establecidos y no vuelven a ser discutidos cada vez que se los utiliza. El politólogo, sin embargo, observa comportamientos políticos guiados por este u otro criterio, o sea, por criterios diferentes y cambiantes que, por lo demás, son en su gran mayoría difíciles de expresar en términos cuantitativos. Sus métodos, por un lado, han de contemplar la peculiaridad y la naturaleza sui generis de su objeto de estudio, además de la lógica de la investigación. Por el otro lado, ésta deberá ser discutida en relación con todos y cada uno de los diseños de investigación. Es obvio que la economía se encuentra en una situación científica privilegiada que tiene su origen en el carácter del objeto de estudio, a partir del cual –en el caso de la economía– fue posible un desarrollo de cientificidad menos cuestionado que en el caso de la Ciencia Política. Por esta enorme distancia que separa a la Ciencia Política de la Economía, es conveniente referirse también a la interrelación entre ambas ciencias sociales y recordar lo que el erudito economista Albert O. Hirschman (ya en 1979) puso de manifiesto. Hirschman diferenció entre tres categorías: valoró positivamente la posibilidad de la interacción entre ambas disciplinas, por ejemplo, cuando la Ciencia Política pudiera aprovechar en sus estudios los resultados científicos de la Economía. Hizo también una valoración positiva de la interacción en áreas donde los objetos de estudio en economía y en política ostentan estructuras análogas, llamando la atención al campo limitado de objetos que presentan estas condiciones. En términos generales, estimó como positivas estas dos categorías de interacción porque se respeta la autonomía de lo político. Y continuó:

“But I do not want to deny that occasionally there may be a third category: Here the economist would transfer concepts and modes of analysis originally elaborated for the purpose of understanding the

economy to the political terrain. This is clearly a case of ‘imperialistic’ expansion of one discipline and (…) I have serious doubts about the practice (for reasons other than mere dislike of imperialism)”

(Hirschman: Essays in Trespassing Economics to Politics and Beyond, 1981, 261).

Cabe repetirlo, los conceptos en Ciencia Política no alcanzan el grado de homogeneidad y constancia que tienen aquéllos del lenguaje del economista, lo que obliga a enseñar su contenido plural, su natural vinculación con intereses cognoscitivos y valores en el lenguaje político y los criterios de su formación conforme a reglas y circunstancias para su uso en el análisis politológico. Una de las mayores necesidades de la enseñanza de la politología consiste en transmitirle al alumnado que los conceptos no sólo son fundamentales para el análisis y el diálogo científicos, que su definición no sólo es conditio sine qua non del conocimiento científico, sino que, además, tienen que alejarse de ontologismos y esencialismos y corresponder a criterios de utilidad científica. La definición de un concepto no equivale a una profesión de fe, para encarnar una verdad propia de la estudiosa/ del estudioso, sino a un examen lógico de su alcance, es decir, de sus límites (lo que incluye, lo que excluye) y de su adecuación semántica a los objetivos de conocimiento. Por poner un ejemplo: la democracia es un concepto sin definición precisa, universalmente aceptada. Se la puede definir en los términos de Robert A. Dahl (en Poliarquía, 1971) quien subrayó dos criterios: participación y pluralismo político. Es una definición sin duda estrecha y limitada, pero bien operacionalizable y mensurable. Es evidente que cada uno de nosotros podría preferir una definición más amplia, más esencialista, más normativa, en la cual entrara todo lo bueno y lo hermoso de un orden deseado. Sin embargo, tal concepto no serviría de mucho para el análisis científico, pues

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si cada uno tuviera su concepto normativo del fenómeno en estudio, resultaría difícil llegar a resultados intersubjetivamente transmisibles. Otra dificultad se presenta al ampliar el concepto del fenómeno en estudio de tal manera que algunos factores que interesan ser investigados respecto a su relación, entren como elementos del mismo concepto. El origen de esta conceptualización equivocada reside en confundir el ámbito del problema con el concepto mismo, como bien me señaló mi asistente de investigación Claudia Zilla. Un buen ejemplo de esto lo brinda, nuevamente, el concepto de democracia,cuando se le incluyen también los problemas que la atañen, por ejemplo, su relación con la sociedad. Esto se da cuando se define como democracia sólo aquel sistema político que se erige sobre las bases de una sociedad democrática. Con esta conceptualización se pierde de vista la relación política y científicamente importante entre tipo de sistema político y tipo de sociedad en términos de una homogeneidad necesaria, en términos de desfases y secuencias y en términos de su desarrollo en el tiempo. Al estudiantado se le debe enseñar la formación y el uso de las clasificaciones, de los tipos, de los tipos ideales y de las tipologías, sus funciones y alcances científicos. Hace poco, un ejercicio con un grupo de posgraduados me puso en evidencia la falta de práctica en ello. En Ciencia Política trabajamos mucho con dicotomías y trilogías o tríadas. El ejercicio constaba en encontrar, en el mundo de las formas políticas, alternativas que correspondieran a estos tipos de ordenamiento de los fenómenos. Ninguna de las cinco respuestas que recibimos fue correcta. O no se respetaba el objeto, las formas de gobierno, o se mezclaba el objeto con algo que no se refería al objeto, o los fenómenos que se mencionaban no eran de carácter disyuntivo. En resumen: cabe poner énfasis en la lógica del conocimiento tanto en la enseñanza como en el estudio de la Ciencia Política. Hay que enseñar a pensar lógica y sistemáticamente. Lo cual equivale a enseñar a diferenciar en lo conceptual entre niveles de abstracción, categorías, diferencias de grado, etc. Saber diferenciar hace la diferencia entre una interesada/un interesado en y una estudiosa/un estudioso de la política.

3. Respecto a la tercera dimensión y la sugerencia de enseñar el cómo comparar, cabe distinguir entre dos líneas de comparación:la comparación histórica y la comparación internacional. Según mi experiencia, la comparación histórica es la que se ejerce fácilmente en América Latina. En diálogo con científicos sociales de la región me ocurrió bastantes veces que una pregunta acerca de la estructura –por ejemplo– del sistema de partidos me fuera contestada mediante un recuento de la historia de los partidos políticos. O sea, la entrada a la reflexión politológica en la región es más bien histórico-cronológica y mucho menos sistemático-comparativa. La enseñanza tendría que favorecer esta última perspectiva, nutriéndose de comparaciones internacionales que constituyen la base para tipologías y apreciaciones empíricas. Pues es importante señalar que para bien diferenciar y valorar un fenómeno es imprescindible compararlo. El comparar, sin embargo, no es tan fácil y tiene que ser aprendido. Lo primero que hay que enseñar es que comparar implica escoger prudentemente con qué comparar dentro de un alto número de posibles referentes. Se deberá reflexionar sobre cuál referente es racionalmente el más adecuado, el más plausible, evitando escoger un referente científicamente poco válido, pues la comparación se presta también a confusiones y distorsiones que –en el campo político o cuando la o el cientista sólo opina y se mueve en la política– a veces son intencionadas. Lo segundo que vale destacar en este contexto es el carácter de método científico de la comparación, a mi modo de ver el método más típico de la Ciencia Política. Aprender a comparar significa de este modo familiarizarse con el método más importante de la

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Ciencia Política. Sin embargo, no existe ninguna receta del método comparativo válida para cualquier caso en estudio. Por otra parte, el método comparativo consta de diferentes estrategias de investigación que consisten en jugar en el diseño de la investigación con la homogeneidad y la heterogeneidad del contexto, por un lado, y con la concordancia y diferencia de las variables, por el otro. Cada diseño de investigación tiene que ser estructurado acorde a las propias características del material en estudio y del interés cognoscitivo. El método comparativo se aplica en estudios cuantitativos y cualitativos, cada uno con su metodología específica, y dentro de cada área con variantes. De modo que, al tomar la decisión de aplicar el método comparativo, no está resuelta la cuestión del método, sino que recién ahí empieza justamente la reflexión metodológica. Dado que el método comparativo es el método en las ciencias sociales pensado para sustituir al método experimental (véase al respecto los clásicos J. St. Mill y E. Durkheim), la enseñanza de la Ciencia Política debería abordar también la cuestión de la causalidad en las ciencias sociales. Abundan tesis monocausales y unilineales en esta disciplina, resultado del tipo de formación de teorías deductivistas. Respecto a la comparación, ésta abre las perspectivas adecuadas para el estudio de casos empíricos que pueden operar como casos de control. Es importante enseñar la función de la comparación como instrumento de comprobación o falsificación de las teorías. Por lo demás, la comparación induce a la formación de teorías de tipo inductivista. Relacionado con esta diferencia de génesis de las teorías, es importante enseñar los tipos de teorías que se formulan en Ciencia Política, los tipos de teorías micro, macro, específicas y universales, etc. y señalar que las teorías de medio alcance, es decir, las que mantienen relación con el espacio y el tiempo, son las más adecuadas y mejor experimentadas en esta disciplina.

4. Respecto a la cuarta dimensión, no sólo la reflexión científica necesita cierta distancia del quehacer político cotidiano, sino también la enseñanza y el estudio de la Ciencia Política. Es bien notorio el interés en América Latina por referirse con prioridad a la política misma del momento, por intercambiar opiniones al respecto: existe la tentación de que el intercambio se politice, que la posición ideológica sustituya al argumento razonable, que la contingencia política se apodere de la Ciencia Política de modo que –al final de cuentas– la Ciencia Política se perciba como parte de la política. Recuérdense los tiempos de las ciencias sociales comprometidas, cuando incluso se postulaba que las ciencias sociales deberían ser parte integral de la lucha por la revolución social y política. Es cierto que la Ciencia Política no es neutra, no es objetiva en términos de que se pueda desvincular totalmente de intereses cognoscitivos, de valores y de objetivos socialtecnológicos. Sin embargo, estos parámetros tienen su plena legitimidad sólo en el contexto del surgimiento de una investigación y en el de la aplicación de sus resultados, pero tienen que suprimirse o desaparecer en el contexto interno de la argumentación científica. Aquí sólo es válido el argumento bien probable o bien probado, la teoría bien comprobada o refutada por el control empírico o de consistencia teórica. Para que este proceso argumentativo en el desarrollo de la investigación tenga su lugar también en la enseñanza de la Ciencia Política, parece conveniente distanciarse algo de la “sterile Aufgeregtheit” (excitación estéril) de la política cotidiana, como diría Max Weber (en: La Política como vocación), y plantear la enseñanza de la Ciencia Política a un nivel de abstracción más alto, algo lejano y fuera de la política, donde sea posible observar la política sine ira et studio.

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III

Para finalizar este ensayo introductorio, y a modo de resumen de las anteriores reflexiones, que tratan de responder a la pregunta planteada de cómo enseñar y cómo aprender Ciencia Política, me permito sugerir cuatro orientaciones: La primera sugerencia se refiere al cuerpo material o contenido de la disciplina, consistente en enseñar –y aprender– la Ciencia Política de modo que las diferentes áreas de la disciplina se puedan INTEGRAR. La segunda sugerencia se refiere a las herramientas conceptuales de la disciplina y consiste en enseñar –y aprender– a DIFERENCIAR. La tercera sugerencia se refiere a la perspectiva analítica de la disciplina, consistente en enseñar –y aprender– el arte y método de saber COMPARAR. La cuarta sugerencia se refiere a la argumentación científica (en alemán: Begründungszusammenhang) de la disciplina y consiste en enseñar –y aprender– la capacidad de JUSTIFICAR lógica y empíricamente. Quisiera terminar con una observación final: las últimas tres sugerencias se pueden resumir en una sola que tiene un alcance mayor al de la enseñanza universitaria de la Ciencia Política. Reside en sustituir la cultura de la opinión por la cultura del argumento. Aunque con un significado que va más allá de la universidad, es en sus aulas donde este proceso debe iniciarse. DIETER NOHLEN

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2.- Forma(s) del Estado, organización de las instituciones, estructura y esquema de acción de la Dominación política, cuya variedad puede ser clasificada de manera muy diversa. Entre otras, el Gobierno Comparado distingue según los siguientes criterios: (1) Número y fin de la dominación: según el número, entre la dominación (a) de una persona, (b) de pocas personas, (c) de muchas personas, o de una mayoría; según el fin (apoyándose en Aristóteles), entre la forma de gobierno “buena”, orientada por el Bien Común, y la forma de gobierno “degenerada”, de orientación egoísta. De la combinación resulta la siguiente tipología de las formas de gobierno buenas y malas: (a) monarquía – tiranía, (b) aristocracia – oligarquía; (c) en la Formación de la Voluntad Política 624 concepción aristotélica: politeia – Democracia; en la acepción moderna del concepto: democracia – oclocracia. (2) Forma del Estado en sentido estricto: entre la Monarquía y la República, en la acepción tradicional del concepto, entre (a) la dominación única del monarca, derivada de Dios (casi siempre hereditaria y absoluta, o a lo sumo limitada de forma estamentaria-feudalista), y (b) la dominación o el gobierno de los ciudadanos, o de muchas personas, en la república, que se basa en el Acuerdo, en la acepción moderna desde la Parlamentarización y Democratización del gobierno (a partir de los siglos XVII/XVIII), reducida a la distinción entre el monarca como (c) Jefe de Estado hereditario, y el presidente de la república como (d) Jefe de Estado electo. (3) Forma y limitación del ejercicio de la dominación: (a) entre Autocracia y constitucionalismo, es decir, entre sistemas de gobierno con Poder absoluto, no limitado del gobernante o de los gobernantes (entre otros, monarquía absoluta, las variadas modalidades de la Dictadura, del Totalitarismo basado en una ideología política), y las formas de gobierno en las cuales el poder político está limitado por el acuerdo y la constitución, especialmente por los Derechos Fundamentales, el Estado de Derecho, las Libertades ciudadanas, por amplios derechos de Participación del ciudadano, y por la División de Poderes, y otras formas de Checks and Balances en el Sistema Político-Administrativo; (b) entre el gobierno monista, por ejemplo en la forma de la

Democracia Identitaria, y el gobierno pluralista, en la forma de la Poliarquía. (4) Organización interna y diferenciación: (a) horizontalmente, correspondiendo al grado de división de poderes o entrelazamiento de los mismos, entre Presidencialismo – Sistema Parlamentario– Modelo Westminster; (b) verticalmente, entre centralismo/ Estado unificado, con sus variantes, y Federalismo/ Estado Federal, con sus variantes del Federalismo Intraestatal y el Federalismo Interestatal, del Sistema de Decisiones Conjuntas. (5) Esquemas de decisión y estilo de política: entre (a) decisiones jerárquico-mayoritarias, entre otras, en la forma de la Democracia de Competencia, y (b) la negociación orientada hacia el consenso, y la conducción indirecta, entre otras en la forma de la Democracia de Concordancia/ Democracia Proporcional, y a través de

Sistemas de Negociación tanto verticales como horizontales dentro del sistema político, como entre la política y la sociedad ( Corporativismo).

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Bibl.: Aristóteles 1981: Política, Madrid: Ed. Nacional. Bobbio, N. 1987: Teoría de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político, México: FCE. Dahl, R.A. 1971: Polyarchy. Participation and Opposition, New Haven/Londres: YUP. Loewenstein, K. 1976: Teoría de la constitución, Barcelona: Ariel. Gobierno Comparado. Rainer-Olaf Schultze

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3.-Democracia (del griego demos = pueblo, y kratein = dominar), dominio del pueblo, dominación de la mayoría, de los muchos, a diferencia de otras formas de _Dominación u otras _Formas de Estado, entre otras, la _Monarquía o la _Aristocracia del _Régimen Autoritario o de la _Dictadura. Según la famosa fórmula de Gettysburg, de Abraham Lincoln, acuñada durante la guerra civil de los EE.UU. en el año 1863, la D. es el “gobierno del pueblo, por el pueblo, para el pueblo”, es decir, en la D. la dominación surge del pueblo, es ejercida por el pueblo mismo y en su interés. 1. Desde la perspectiva del siglo XX, de esto resultan los siguientes criterios: (1) La dominación democrática se basa en el principio de la _Soberanía del pueblo y de la _Igualdad política de todos (y esto independientemente de sexo, raza, confesión, etc.). (2) Está asociada a la validez de los derechos fundamentales del ciudadano y a la protección del individuo por el Estado de Derecho ante la arbitrariedad estatal. (3) Los derechos y oportunidades de participación del ciudadano están democratizados fundamentalmente; esto presupone: (a) sufragio universal e igual (_Derecho Electoral); (b) _Participación efectiva, esto es, la posibilidad de formular las preferencias propias e integrarlas en el proceso de decisión, igualdad de oportunidades en el proceso de hacer valer los propios intereses; (c) Un _Público ilustrado; (d) Posibilidades de participación individuales y colectivas, formas de participación convencionales y no convencionales; (e) Decisión válida por un tiempo determinado; (f) Diferentes exigencias de anuencia, según el grado de reversibilidad y/o de la duración de las decisiones; (h) Libres posibilidades de desarrollo para la _Oposición, entendidas como protección de las minorías y como gobierno alternativo en espera, incluyendo la posibilidad de destituir a los gobernantes mediante elecciones de los ciudadanos (cf. Dahl 1971; 1985). Sin embargo, siguen siendo motivo de polémica las formas y la extensión de las posibilidades de participación. (4) La D. en interés del pueblo no solamente exige (a) _Responsividad de los gobernantes, sino que implica también (b) participación social y una cierta medida, reconocida como legítima, de _Justicia Social, cuya composición y extensión también siguen siendo igualmente polémicas. 2. La imposición de los tres elementos fundamentales, que deben inevitablemente aparecer juntos, pero que también son contradictorios, de la D. moderna: la protección, la participación, y la inclusión, está estrechamente ligada en el mundo marcado por la cultura europea con el desarrollo del moderno Estado constitucional, y ha sido lograda a fuerza de luchas desde el siglo XVII en varias etapas, en diferentes tiempos, no simultáneamente, y en parte también con desplazamientos en las secuencias: (a) la “democracia como protección” por medio del _Estado de Derecho y Constitucional liberal, _División de Poderes y parlamentarización de la dominación en los siglo XVII, XVIII y principios del XIX; (b) “Democracia como participación” por medio de la _Democratización fundamental, la integración política del _Movimiento Obrero y de la _Democracia de Partidos (_Estado de Partidos) desde el siglo XIX (cf. Macpherson 1983; Held 21996); (c) “Democracia como inclusión”, por medio de derechos sociales fundamentales y el _Estado de Bienestar en el siglo XX (cf. Marshall 1992). 3. Teóricamente se pueden distinguir tres modelos normativos de D.: al modelo de la D. liberal se contraponen los dos modelos estrechamente emparentados de la democracia republicana y la _Democracia Deliberativa. (1) Éstas últimas se conectan con la teoría y praxis de la D. griega de la Edad Antigua, y el _Bien Común apriorístico de la república de los ciudadanos, y con el modelo de Rousseau de la _Democracia Identitaria, como

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realización de la _Voluntad General, etc. Ellas confían en la fuerza de convencimiento de los argumentos racionales en el debate público, y apuestan porque los ciudadanos se puedan poner de acuerdo y se pongan de acuerdo de hecho acerca de las normas y los objetivos comunitarios en el proceso de la deliberación democrática, mediante la acción comunicativa y orientada a lograr un consenso, (a pesar de la gran variedad de intereses y también sin fundamentaciones últimas) (Habermas 1999; Barber 1984). Tales modelos son comunitarios y de democracia de base, aunque (por lo menos hasta el momento) poco practicables para la realidad de la D. moderna, determinada por la heterogeneidad social y la política de masas. (2) Frente a eso, el modelo de la D. liberal es realista y elitista. Se basa en una concepción instrumental de la política, dirigida por la imposición de intereses individuales, y pone en duda la posibilidad de que el ser humano pueda transformarse a sí mismo en el proceso de la participación democrática, desde el burgués egoísta, hasta el ciudadano comunitario. Por lo tanto, ocupan el centro del interés la protección del individuo y las posibilidades de hacer valer sus intereses privados como sujeto de la economía. Estos temas tienen prioridad ante la acción conjunta para determinar los objetivos comunitarios. Por lo tanto, el modelo de la D. liberal favorece (a) la limitación de la participación a la esfera de lo político, y apuesta (b) por la regulación de los conflictos sociales mediante la _Representación y otras formas de institucionalización y mediatización de la participación del ciudadano; concibe (c) a la D. no como forma de dominación y también forma de vida, sino como método, y de manera análoga al mercado, como competencia entre élites (partidistas) que compiten entre sí, y ve (d) al ciudadano como un consumidor que persigue de manera más o menos racional su beneficio individual, cuyas posibilidades de participación en la política se limitan esencialmente a la confirmación periódica o destitución de los gobernantes y sus programas (partidistas) mediante elecciones (_Elección; Comportamiento Electoral). Este llamado modelo realista de la democracia, fue conceptualizado de manera clásica por J. A. Schumpeter (1942), y perfeccionado, y sobre todo hecho eficiente para su aplicación, por los teóricos de la _Nueva Economía Política (entre otros Downs 1957; _Teorías de la Elección Racional). Este modelo determina en buena parte la realidad política de las modernas democracias de masas. 4. La democracia existe en una gran variedad de formas. La ciencia política distingue según los tipos ideales, entre otros (1) Según la concepción de la sociedad: _Democracia Identitaria, democracia unificada totalitaria (que parte de la homogeneidad social y/o una orientación unificada respecto a los valores) vs. D. pluralista (que parte de una gran variedad de intereses sociales; _Poliarquía); (2) Según la forma de participación de los ciudadanos: _Democracia Directa, _Democracia Plebiscitaria a través de una asamblea popular, _Consejos o _Votaciones populares vs. _Democracia Representativa mediante elecciones, representación y democracia de partidos; (3) Según la magnitud y el alcance de la participación: D. “fuerte” (que abarca la mayor cantidad posible de ámbitos sociales) vs. D. “débil” (que sólo abarca el ámbito de lo político, cf. Barber 1984); (4) Según los esquemas de decisión: democracia mayoritaria vs. democracia de consenso; (5) Según el estilo político: _Democracia de Competencia vs. _Democracia de Concordancia, _Democracia Proporcional. En esto existe, por un lado, una relación interna entre los modelos de la democracia y las formas de la democracia: la D. directa es, por lo menos según su concepción, también una D. fuerte, en la cual la D. se entiende como forma de dominación y también como forma de vida, y se deriva de los modelos del _Republicanismo o de la D. deliberativa. La D. liberal o pluralista es enteramente D. representativa o democracia de partidos. Si ésta se complementa con elementos de democracia directa, se trata por lo regular de la institución de la votación

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popular, como por ej: en la democracia de referéndum de Suiza. Las formas puras no aparecen en la realidad política.También las D. representativas muestran rasgos plebiscitarios, por ej. ya por la fuerte personalización y mediación a través de los medios de comunicación de la política y las elecciones. Además, desde la llamada revolución participativa de los años 1970, le corresponde una importancia cada vez mayor a la participación no convencional y/o de democracia directa, por ejemplo la participación política en _Iniciativas Ciudadanas. 5. Es evidente el éxito de la D., y esto no apenas desde la llamada Tercera Ola de _Democratización, a fines del siglo XX (cf. Huntington 1991; _Cambio de Sistema). En comparación con los sistemas no democráticos de dominación política, las D. disponen por lo regular de una base de legitimación bastante más amplia, y una medida relativamente alta de capacidad de respuesta, muchas veces debido a su mayor eficiencia. Sin embargo, las D. liberales muestran también debilidades en su rendimiento y problemas estructurales, por lo que no puede excluirse que algunas D. se vengan abajo en el futuro. Entre los problemas estructurales se cuentan sobre todo: (1) la dominación democrática depende mucho del contexto, especialmente de las condiciones de desarrollo económico, la integración social, y la _Cultura Política. Esto es válido sobre todo cuando el componente étnico y el componente de población se separan, como en los sistemas políticos cada vez más multiculturales y multinacionales, debido a la _Globalización y la _Migración, y cuando faltan, como entre otros en la Unión Europea (_Modelos de Europa), los requisitos comunicativos de un _Ámbito Público común, y con ello también una de las condiciones esenciales para la aceptación solidaria de las decisiones democráticas de la mayoría (_Déficit Democrático). (2) La D. está expuesta al peligro de la “dictadura de la mayoría” (de Tocqueville); con ello, existe la amenaza de excluir a la(s) minoría(s), sobre lo cual ha advertido, entre otras, la crítica de la democracia llevada a cabo por el _Feminismo, y la “integración del otro” (Habermas) se convierte en un desafío constante. (3) La tecnocracia, la burocratización y el privilegio que se otorgan a sí mismos ciertos grupos, socavan la capacidad de respuesta de los gobernantes, y también pueden tener como consecuencia en la democracia la elevación de la _Clase Política. (4) El regirse por el calendario de las elecciones tiene consecuencias para la capacidad de solución de problemas y la eficiencia de la política; esta situación recompensa una política de dádivas electorales de corto plazo, y frecuentemente conduce a que problemas cuya naturaleza es de largo plazo solamente se trabajen insuficientemente. (5) La voluntad del pueblo cree en ficciones, es falible y puede ser seducida, lo cual es de importancia sobre todo en referencia a la legislación popular, y pone límites a la democracia de referéndum, que no sirve como un procedimiento de rutina, sino solamente como un procedimiento de reserva y para complementar la D. representativa (cf. Offe 1992). Por lo tanto, sobre todo hay que enfrentar los peligros de exigir demasiado poco al ciudadano, de una falta de capacidad de respuesta y de la manipulación de la voluntad popular de parte de los gobernantes. De esta forma, se convierten en una tarea constante la democratización “desde abajo”, a través de la participación democrática directa, y especialmente la democratización “al interior” de las instituciones políticas, por ej: a través de la D. dentro de los partidos y las asociaciones, y “por fuera”, a través del fortalecimiento de los discursos políticos en la _Sociedad Civil. _Teoría(s) de la Democracia.

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Bibl.: Barber, B. 1984: Strong Democracy, Berkeley: UCP. Benhabib, S. (Ed.) 1996: Democracy and Difference, Princeton: PUP. Bobbio, N. 32001: El futuro de la democracia, México: FCE (e.o. 1984). Dahl, R.A. 1971: Polyarchy. Participation and Opposition, New Haven/Londres: YUP. Dahl, R.A. 1985: A Preface to Economic Democracy, Oxford: Polity Press. Dahl, R. 1991: La democracia y sus críticos, Buenos Aires: Paidós (e.o. 1989). Dahl, R.A. 1998: On Democracy, New Haven: YUP. Downs, A. 1957: An Economic Theory of Democracy, New York: Harper & Row. Habermas, J. 1999: Drei normative Modelle der Demokratie (Tres modelos normativos de democracia), en: ídem.: La inclusión del otro, Barcelona: Paidós. Held, D. 21996: Models of Democracy, Stanford: SUP. Hirschman, A.O. 1982: Shifting Involvements, Princeton, NJ: PUP. Klingemann, H.D./ Neidhardt, F. (Ed.) 2000: Zur Zukunft der Demokratie (Sobre el futuro de la democracia), Berlín: Sigma. Huntington, S.P. 1991: The Third Wave. Democratization in the Late Twentieth Century, Norman: Univ. Oklahoma Press. Macpherson, C.B. 1977: The Life and Times of Liberal Democracy, Nueva York: OUP. Marshall, T.H. 1950: Citizenship and Social Class, Cambridge: CUP. Nohlen, D. (Ed.) 1995: Democracia y neocrítica en América Latina. En defensa de la transición, Francfort del Meno /Madrid: Iberoamericana. Offe, C. 1992: Wider scheinradikale Gesten (Contra gestos aparentemente radicales), en: Hoffmann, G./ Perger, W.A. (Ed.): Die Kontroverse (La controversia), Francfort del Meno: Eichborn, 126–142. Phillips, A. 1991: Engendering Democracy, Cambridge: Polity Press. Sartori, G. 1987: The Theory of Democracy Revisited, Chatham, NJ: Chatham House Publ. Scharpf, F.W. 1975: Demokratietheorie zwischen

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Utopie und Anpassung (Teoría de la democracia entre teoría y adaptación), Kronberg/Ts.: Scriptor (1ª ed. 1970). Schmidt, M.G. 32000: Demokratietheorien (Teorías de la democracia), Opladen: Westdeutscher Verlag. Schumpeter, J.A. 1996: Capitalismo, socialismo y democracia, 2 vols., Barcelona: Ed. Folio (e.o. 1942). Transparencia/ Acuerdo de Lima/ BID et al. (Ed.) 2003: Democracia en América Latina y el Caribe. Análisis y evaluación, Lima: Asociación Transparencia Civil. Rainer-Olaf Schultze

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4.-Poliarquía (en griego: gobierno de muchos), en la antigüedad griega, la P. como _Dominación de centros de poder más pequeños (distinta de la _Oligarquía, el gobierno de pocos), no tenía un lugar fijo en la tipología constitucional clásica (_Formas del Estado). R.A. Dahl (1971) introduce de nuevo el concepto, con el fin de designar, distinguiéndolo del sistema democrático ideal, sus imperfectas aproximaciones en la política fáctica empírica. Como “regímenes relativamente democratizados (aunque imperfectamente)” (Dahl 1971: 9) las P. son mejorables democráticamente en dos direcciones: por un lado, hacia la liberalización y/o la discusión pública, y por otro, hacia la inclusión y/o _Participación activa de los ciudadanos. G. Sartori propone adicionalmente una definición normativa, que concretiza como “poliarquía meritoria”, seleccionando el dimensionamiento vertical, descuidado en la _Teoría de la Democracia por parte de una élite cualitativa como grupo de referencia. A pesar del campo significativo diferenciado (o debido a él), el concepto de P. no se ha impuesto más ampliamente. Bibl.: Dahl, R.A. 1971: Polyarchy, New Haven: YUP (versión castellana: La poliarquía: participación y oposición, Madrid: Tecnos, 1997). Sartori, G. 1988: La teoría de la democracia, 2 vols., Madrid: Alianza Ed. Ulrich Weiß

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5.- Democracia Consociacional, (en inglés: consociational democracy), concepto desarrollado por A. Lijphart (1968), con el ejemplo del _Sistema Político de los Países Bajos, en el campo de los _Sistemas Políticos Comparados, para un tipo de _Democracia liberal, en la cual los conflictos (_Cleavages) entre los grandes grupos sociales no se regulan a través de la competencia y los plebiscitos mayoritarios, sino a través de evaluaciones proporcionales y el acomodo de élites, cruzando las fronteras de los bloques y polos políticos (_Acomodación). Al concepto relacionado de sociedades segmentadas y sistemas políticos fragmentados de la D.C. corresponden en alemán los conceptos, desarrollados simultáneamente por G. Lehmbruch (1967) con el ejemplo de los sistemas políticos de Austria y Suiza, de la _Democracia de Concordancia o_Democracia Proporcional. Bibl.: _Democracia. Rainer-Olaf Schultze Democracia Defectuosa, concepto aplicado recientemente en Alemania para designar _Sistemas Políticos de la tercera ola de la _Democratización, que si bien son democracias, también muestran los llamados defectos, es decir, sistemas a los cuales les faltan determinadas características propias de la _Democracia, o que han sido desarrollados de manera errónea. Dentro del _Tipo se lleva a cabo otra diferenciación entre diferentes subtipos, los cuales engloban con un adjetivo las democracias comunes hasta el momento en la literatura internacional de la ciencia política (Collier/Levitsky 1997). Para el análisis de las D.D., la democracia se concibe como una estructura de cinco “regímenes parciales” (régimen electoral; derechos de participación política; derechos de libertad ciudadana; control horizontal de poderes; poder de gobierno efectivo), que se influyen recíprocamente. Las D.D. se definen como “sistemas de gobierno que se distinguen por la existencia de un régimen electoral democrático ampliamente funcional para la regulación del acceso a la dominación, pero que por perturbaciones en la lógica funcional de uno o varios de los otros regímenes parciales pierden los apoyos complementarios que en una democracia que funcione son indispensables para asegurar la libertad, la igualdad y el control” (Merkel et al. 2003: 66). Expresado de una manera simplificada, las D.D son sistemas políticos en los cuales sí se llevan a cabo elecciones democráticas, pero que comparados con las bases normativas de democracias liberales “funcionales” presentan “defectos”. A diferencia del tipo de los llamados regímenes híbridos, el concepto se adhiere formalmente a la separación categorial de la democracia y la autocracia (como concepto superior para sistemas totalitarios y autoritarios). Las D.D. se consideran democracias, solamente que tienen que ser vistas como “subtipos disminuidos” cualitativamente de la democracia. Para que no se atraviese el umbral hacia el _Autoritarismo, las D.D. tienen que mostrar un contenido democrático básico. Para la delimitación de los _Regímenes Autoritarios, aquí se le concede una importancia definitoria al régimen electoral democrático. (Pero la distinción categorial se vuelve a difuminar por el subtipo –en mi opinión, autoritario– de la “democracia exclusiva”; ver más abajo). Al mismo tiempo, los diferentes regímenes parciales sirven para delimitar las D.D. de las democracias liberales “funcionales”. De acuerdo con cuál de los regímenes parciales esté “dañado”, se distinguen cuatro subtipos de D.D.: democracia exclusiva (limitaciones del sufragio universal _Derecho Electoral general y los derechos de participación política), democracia iliberal (violación de los derechos de las libertades ciudadanas), _Democracia Delegativa (falta de control del poder ejecutivo de parte del legislativo y el judicial), democracia de _Enclaves Autoritarios (limitación del poder de gobierno de

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sus portadores democráticamente legitimados por parte de “poderes de veto”, como el ejército, la guerrilla, los empresarios, los latifundistas, los consorcios multinacionales, etc.). Dado que los casos reales se presentan casi siempre como formas mixtas,la asignación de las D.D. a uno de los subtipos se lleva a cabo según cuál de los regímenes parciales haya sido el más limitado (aunque la importancia relativa de los problemas funcionales constitutivos de los subtipos, y con ello la asignación tipológica del país correspondiente, se pueden modificar rápidamente). Se han desarrollado criterios verificables empíricamente para cada régimen parcial (cf. Merkel et al. 2003: 73-95). En el caso ideal, la verificación se lleva a cabo en el marco de las investigaciones histórico-cualitativas. El concepto de las D.D. se incluye en muchos otros intentos de captar los problemas funcionales de las democracias jóvenes a través de agregados adjetivales, la mayor parte de las veces despectivos. Con respecto a la distinción entre sistemas democráticos y autocráticos, las D.D. corresponden ampliamente a las “democracias electorales”; _Democracia Electoral. También los diferentes subtipos de D.D. se asocian a las democracias discutidas internacionalmente con adjetivos que apuntan –frecuentemente con intención polémica– a problemas específicos de democracias jóvenes o en surgimiento, como por ej. a las carencias en el Estado de derecho, a la concentración del poder del ejecutivo, o a las reservas de poder extra-constitucionales respecto a los gobierno electos (cf. O’Donnell 1994, Collier/ Levitsky 1997). No obstante, a diferencia de muchos otros “subtipos disminuidos”, el concepto de la D.D. se ha desarrollado de forma teórico-sistemática, y se ha refinado sucesivamente en el curso de los años pasados (cf. Lauth 1997, Merkel 1999, Merkel/ Croissant 2000, Croissant/ Thiery 2000, Merkel et al. 2003). En parte se aplica en la más reciente _Investigación de la Transición en Alemania, pero también se lo critica fuertemente. A diferencia de lo que sucede con tipologías establecidas de sistemas democráticos, que apuntan por ej. a la estructura institucional del sistema político (_Presidencialismo, _Parlamentarismo), con el concepto de la D.D. se fija la diferenciación interna de las democracias al desarrollo democrático, sirviendo como escala las normas, desarrolladas de forma teórico-deductiva, de una democracia liberal, de Estado de derecho y delimitada constitucionalmente (embedded democracy). El concepto lleva nuevas conceptualizaciones tipológicas para problemas funcionales –ya conocidos e investigados– de las democracias jóvenes. En este sentido se trata sobre todo de una nueva creación conceptual-tipológica, y menos de un enriquecimiento de contenido y sistemático para el análisis de las democracias jóvenes. Y el concepto está construido de manera tan amplia, que la mayoría de las democracias jóvenes –y considerado estrictamente, también algunas establecidas, lo cual por desgracia no se tematiza– deben ser consideradas como defectuosas. Porque por un lado, el valor umbral para ser aceptado en el círculo de las D.D. es bajo: para esto se necesita solamente de un régimen electoral suficientemente democrático, aunque en el marco de la “democracia exclusiva” se aceptan incluso limitaciones del sufragio universal y de los derechos de participación política. Por otro lado, los estándares para que una democracia ya no se considere como defectuosa están fijados a un nivel bastante alto, porque se consideran como escalas de comparación los fundamentos típico-ideales y normativos de las democracias occidentales establecidas, que no se dan casi en ningún país del Tercer Mundo, ni se han dado nunca. De acuerdo con esto, la tercera ola de democratización no se interpreta como una historia de éxitos de las democracias liberales, sino de las D.D.: la mayor parte de los países de transición exitosos en Europa del Este, y sobre todo en América Latina, Asia y África, pertenece, según el concepto, a las democracias defectuosas.

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La visión eurocentrista (occidental), vinculada con una conceptualización despectiva frente a las desviaciones de la norma occidental, muestra también los límites del concepto: no tiene una postura históricamente abierta, y deja poco espacio para valoraciones relativas, sensibles al contexto, que permitirían apreciar progresos democráticos pequeños, pero logrados bajo condiciones difíciles. La referencia no es lo políticamente factible, que se podría sondear, por ej., a través de la comparación sistemática con aquellos países que atravesaron desarrollos democráticos bajo condiciones análogas, o que justamente no los atravesaron, sino más bien lo exigente normativamente, que resulta de la comparación con las condiciones –muchas veces ampliamente embellecidas– de las democracias occidentales en pleno. Bibl.: Collier, D./ Levitsky. S. 1997: Democracy with Adjectives: Conceptual Innovation in Comparative Research, en: World Politics (49) 3, 430-451. Croissant, A./ Thiery, P 2000: Von defekten und anderen Demokratien (Sobre las defectuosas y otras democracias), en: Welt Trends (29), 9-33. Krennerich, M. 2002: Weder Fisch noch Fleisch? Klassifikationsprobleme zwischen Demokratie und Diktatur (¿Ni chicha ni bacalao? Problemas de clasificación entre democracia y dictadura), en: Bendel, P. et al. (Ed.) 2002: Zwischen Demokratie und Diktatur (Entre democracia y dictadura), Opladen: Leske & Budrich, 55-70. Lauth, H.-J. 1997: Dimensionen der Demokratie und das Konzept defekter und funktionierender Demokratien (Las dimensiones de la democracia y el concepto de las D.D. y las que funcionan), en: Pickel, G. et al. (Ed.): Demokratie. Entwicklungsformen und Erscheinungsbilder im interkulturellen Vergleich (Democracia. Formas de desarrollo y apariencia en comparación intercultural), Francfort del Oder/ Bamberg: Scripvaz, 33-55. Merkel, W. 1999: Defekte Demokratien (D.D.), en: Merkel, W./ Busch, A. (Ed.): Demokratie in Ost und West (Democracias en el Este y el Oeste), Francfort del Meno: Suhrkamp, 361-382. Merkel, W. 2004: Embedded and Defective Democracy, en: Democratization 11 (5), 33-58. Merkel, W./ Croissant, A. 2000: Formale und Informale Institutionen in defekten Demokratien (Instituciones formales e informales en las D.D.), en: PVS (41) 1, 3-31; Merkel, W. et al. 2003: Defekte Demokratie (D.D.), Vol. 1: Theorie (Teoría), Opladen: Leske & Budrich. O’Donnell, G.: Delegative Democracy,

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en: JoD 5 (1), 55-69. Zakaría, F. 2003: The Future of Freedom. Illiberal Democracy at Home and Abroad, Nueva York: Norton. Michael Krennerich Democracia Delegativa, concepto acuñado por G. O’Donnell (1994) que tiene como contenido la concentración de poder en el cargo de presidente sin control horizontal, y con el cual se intenta determinar tipológicamente la práctica gubernamental presidencial en las democracias jóvenes. El concepto se desarrolló a propósito del caso de Argentina y la fase temporalmente limitada de la delegación del poder legislativo al presidente a principios de la administración de C. Menem (cf. Panizza 2000), y el de Perú bajo el presidente A. Fujimori, que en su momento ya no era una democracia. Esta débil base empírica no le hizo daño a su amplia recepción, ya que la D.D. corresponde a una tendencia defectológica, muy extendida, a poner adjetivos a y delimitar tipológicamente las nuevas democracias que han surgido por el _Cambio de Sistema. Al mismo tiempo, se incluye como adjetivo en este concepto de _Democracia la parte de las condiciones sociales, del Estado de Derecho, y político-culturales que dificulta su imposición y su éxito, y se difumina conceptualmente el límite categorial entre las formas de dominación democráticas y no democráticas. _División de Poderes; Presidencialismo. Bibl.: Ferreira Rubio, D./ Goretti, M. 1994: El gobierno por decreto en Argentina (1983-1993), en: El Derecho, Año XXXII No.8525, 27 de junio, 75 – 94. O’Donnell, G. 1994: Delegative Democracy, en: JoD 5 (1), 55–69. Panizza, F. 2000: Beyond ‹Delegative Democracy›, en: Latin American Studies 32, 737–764. Dieter Nohlen Democracia Deliberativa (del latín deliberare = sopesar, aconsejar), modelo normativo de democracia que (de manera muy semejante a la _Teoría del Discurso de J. Habermas) apuesta por la capacidad de convencimiento de las consideraciones y conclusiones sistemáticas en el debate público y por una acción de los ciudadanos orientada por la comprensión y la comunicación. Por lo tanto, la D.D. está en oposición con el modelo alternativo de la democracia liberal, pero también se distingue de la concepción de la política del _Republicanismo, de la cual se tomó prestada, e intenta integrar elementos de ambos modelos. 1. El modelo de la democracia liberal, determinado por el escepticismo respecto a la participación y una concepción instrumental de la política de imposición de intereses privados individuales y/o colectivos, concibe a la democracia como método (de decisión mayoritaria) y, de forma análoga al mercado, como intercambio social, como competición entre partidos y sus líderes (_Democracia); el punto de inflexión “no es la autodeterminación democrática de los ciudadanos en deliberación…, sino la normatividad conforme al Estado de Derecho de una sociedad económica, que debe garantizar un bien común, comprendido de manera apolítica, a través de la satisfacción de las expectativas de felicidad privadas de los ciudadanos productivamente activos” (Habermas 1996: 287). En cambio, el republicanismo (y también la D.) se interesan más bien por la acción conjunta, por “garantizar un proceso de opinión y formación de voluntad inclusivo, en el cual los ciudadanos libres e iguales se ponen de acuerdo sobre los objetivos y normas para el interés común de todos” (ídem.: 280). Para ello, J. Cohen (1989), B. Barber (1984), y

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otros, sugieren procesos amplios y procedimientos por etapas de consulta pública, libres de constricciones internas y externas, que, estructuradas a través del diálogo, se basen en las posibilidades de retroalimentación de las modernas tecnologías de telecomunicaciones, con las cuales se espera poder generar el “interminable proceso de deliberación, decisión y acción” (Barber 1984: 151). 2. Sin embargo, más escéptico que el republicanismo o el _Comunitarismo, el modelo de la D.D. no confía ni en las virtudes de los ciudadanos para actuar siempre de acuerdo al _Bien Común, ni supone la existencia de ideas sobre el bien común apriorísticas, mucho menos en la versión de Rousseau de la _Democracia Identitaria. Junto con la concepción liberal de la política, el modelo de la D. D. parte de la inevitabilidad de los conflictos de interés, rechaza las fundamentaciones últimas, y consecuentemente se basa en los derechos fundamentales y el Estado de Derecho “como respuesta consecuente a la pregunta de cómo se pueden institucionalizar los exigentes requisitos de comunicación del proceso democrático” (Haberlas 1996: 287). Así, teóricamente, el consenso democrático se da en el proceso de la deliberación no solamente “a través de la auto-comprensión ética”, como en el republicanismo, sino también “por el equilibrio de intereses y el compromiso, con una elección de los medios racional y orientada a los objetivos, una fundamentación moral y una verificación de la coherencia a través de la legalidad” (ídem.: 284). Hasta ahora, han resultado poco prometedoras las propuestas de cómo tendría que estructurarse el modelo discursivo abstracto y complejo de la D.D. para llegar a resultados que correspondan a las fuertes exigencias del modelo y sean al mismo tiempo practicables. Bibl.: Barber, B. 2004: Democracia fuerte, Córdoba: Almuzara (e.o. en inglés, 1984: Strong Democracy, Berkeley et al.: UCP). Benhabib, S. (Ed.) 1996: Democracy and Difference, Princeton: PUP. Bohman, J./Rehg, W. (Ed.) 1997: Deliberative Democracy, Cambridge: CUP. Cohen, J. 1989: Deliberation and Democratic Legitimacy, en: Hamlin, A./Pettit, P. (Ed.): The Good Polity, Londres: Blackwell, 17–34. Elster, J. (Ed.) 2000: La democracia deliberativa, Barcelona: Gedisa. Fishkin, J.S. 1991: Democracy and Deliberation, New Haven/Londres: YUP. Fishkin, J.S/ Laslett, P. (Ed.) 2003: Debating Deliberative Democracy, Oxford: Blackwell. Gerstenberg, O. 1997: Bürgerrechte und deliberative Demokratie (Derechos civiles y democracia deliberativa), Francfort del Meno: Suhrkamp. Habermas, J. 1996: Drei normative Modelle der Demokratie (Tres modelos normativos en la democracia), en: ídem.: Die Einbeziehung des Anderen, Francfort del Meno: Suhrkamp, 277–292, (versión española: La inclusión del otro, Barcelona: Paidós, 1999). Habermas, J. 1987: Teoría de la acción comunicativa, 2 vols., Madrid:

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Taurus (e.o. 1981). Habermas, J. ³2001: Facticidad y validez, Madrid: Trotta. Miller, D. 1993: Deliberative Democracy and Social Choice, en: Held, D. (Ed.): Prospects for Democracy, Stanford: SUP, 74–92. _Democracia. Rainer-Olaf Schultze Democracia Directa, la _Dominación directa del pueblo, a diferencia de la _Democracia Representativa, en la cual la dominación es ejercida por representantes elegidos por el pueblo (_Representación). 1. Algunas concepciones de la democracia directa, como por ej. el modelo puro de consejos, parten de la _Identidad por principio de los gobernantes y los gobernados (_Consejos). Al pueblo se le concede (por lo menos la presuposición) de una competencia total en todos los asuntos: la _Voluntad General del pueblo se instituye constantemente, como si fuera de manera automática. Esto presupone la participación constante de todos los ciudadanos en todas las decisiones. Aquí, el ciudadano es un homo politicus; no es posible una diferenciación del Estado y la sociedad que se asiente en la distinción de _Ciudadano y _Burgués (_Burguesía). Constantemente, el burgués supera su interés egoísta, o un grupo de burgueses sus intereses particularistas, en favor del _Bien Común. Los ciudadanos toman sus decisiones “en la base”, en asambleas populares o grupos de base, y a través de iniciativas populares y plebiscitos. Si por razones que tienen que ver con el tamaño de la entidad común es necesario que exista un _Parlamento con delegados elegidos, éste es un ejecutor de la voluntad general. Para evitar una independización de los parlamentarios en una _Élite política con peso propio, éstos se vinculan a la base con ayuda del _Mandato Imperativo, el principio de _Rotación y la _Revocación, y a través de la elección popular directa. De esta manera se pretende establecer la identidad de los gobernantes y gobernados. Por lo tanto, la D.D. tiende a la superación de la dominación. La _Democracia se postula como principio social, y no se limita, como en las concepciones de la democracia representativa, a la esfera política y estatal. 2. En la realidad constitucional, las concepciones de la D.D. no han sido realizadas hasta ahora, ni tampoco el modelo de consejos. Si ha de funcionar la D.D., solamente es pensable en una (ciudad-) Estado relativamente pequeña y controlable, en la cual viva una población socialmente homogénea. Incluso J.J. Rousseau, el padre de la democracia directa, de la democracia clásica, recomendaba, por ej., para Córcega, una constitución mixta, ya solamente debido al tamaño del país. También los teóricos socialistas tenían una actitud escéptica frente a las concepciones de la D.D. Así, las propuestas del socialdemócrata M.Rittinghausen, (quien consideraba una degeneración al sistema representativo), publicadas en 1868-72, de introducir la legislación directa a través del pueblo, se encontraron con la aguda crítica de K.Kautsky; en su propio partido apenas tuvieron recepción alguna. Es evidente (afirma la crítica de los representantes de la teoría del pluralismo a las teorías de la D.D.) que los procedimientos de democracia directa, precisamente debido al desarrollo de los medios de comunicación modernos y las campañas electorales, pueden degenerar fácilmente en demagogia, y pueden tomar rasgos cesaristas (_Regímenes Autoritarios). Sin embargo, no se discute que todas las constituciones y realidades constitucionales contienen de manera más o menos fuerte elementos de la D.D., es decir, un componente plebiscitario: estos elementos van desde los town meetings en Nueva Inglaterra, pasando por la elección popular del presidente del Reich tras la constitución de la República de Weimar, hasta el plebiscito tras la Ley Fundamental, de Alemania, que solamente está limitado a un caso determinado. G. Leibholz es considerado como representante de una concepción modificada de la D.D.:

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él ve en el desarrollo hacia el _Estado de partidos “la modalidad racionalizada de la democracia plebiscitaria”. De acuerdo con esto, el Estado partidista es de alguna forma un sustituto para la D.D., y la mayoría partidista correspondiente en el parlamento y en el gobierno representa la voluntad general. _Pluralismo. Bibl.: Barczak, M. 2001: Representation by Consultation? The Rise of Direct Democracy in Latin America, in: Latin American Politics and Society 43 (3), 37-59. Bermbach, U. (Ed.) 1973: Theorie und Praxis der direkten Demokratie. Texte und Materialien (Teoría y práctica de la D.D. Textos y materiales), Opladen: Westdeutscher Verlag. Broder, D.S. 2000: Democracy Derailed, Nueva York: Harcourt. Butler, D./ Ranney, A. (Ed.) 1978: Referendums: A Comparative Study of Practice and Theory, Washington, DC: AEI. Fraenkel, E. 71979: Deutschland und die westlichen Demokratien (Alemania y las democracias occidentales), Stuttgart: Kohlhammer. Frey, B. et al 1997: Una aproximación a la democracia directa, en: Revista Acta Académica, San José de Costa Rica, 137-143. Kirchgässner, G./Feld, L.P./Savioz, M.R. 1999: Die direkte Demokratie ( La D.D.), Múnich: Vahlen. Leibholz, G. 1971: Problemas fundamentales de la democracia moderna, Madrid: IEP (e.o. 1958). Prud’homme, J.-F. 22001: Consulta popular y democracia directa, México: IFE. Rittinghausen, M. 51893: Die direkte Gesetzgebung durch das Volk (La legislación directa a través del pueblo), Zürich: Kommissionsverlag des Schweizerischen Grütlivereins. Schiller, T. (Ed.) 1999: Direkte Demokratie in Theorie und kommunaler Praxis (La D.D. en teoría y praxis), Francfort del Meno: Campus. Seidel, K. 1998: Direkte Demokratie in der innerparteilichen Willensbildung (La D.D. en la formación de la voluntad intrapartidaria), Francfort del Meno: Peter Lang. Thibaut, B. 1998: Instituciones de democracia directa en América Latina, en: Nohlen, D./ Picado, S. / Zovatto, D. (Eds.), Tratado de derecho electoral comparado de América Latina, México: FCE, 65–89. Peter Lösche

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Democracia Económica, conceptualmente la transferencia de un concepto valorativo y organizativo del _Sistema Político – _Democracia– al subsistema de la economía. Para fundamentarla, se señala sobre todo la _Interdependencia de los sistemas, especialmente el peligro de que se mine el sistema político democrático por una concentración y conducción equivocada en el sistema económico. En contra, se argumenta con el hecho de que los subsistemas siguen sus propias leyes y su eficiencia debe garantizarse mediante una organización específica, y se refieren diferentes modelos de democracia, por ej. la_Economía de Mercado como democracia de los consumidores con su _Plebiscito diario. La D.E. ha sido discutida, con acentuaciones diferentes, como concepto de transformación de sistema, sobre todo en el marco del _Socialismo Democrático (por R. Hilferding, F. Naphtali, entre otros), enfatizando los instrumentos de control del poder económico, incluyendo la socialización parcial, una amplia _Cogestión en todos los niveles de la economía, así como la planificación marco macroeconómica, incluyendo la conducción directa e indirecta de la inversión. Bibl.: Naphtali, F. 41977: Wirtschaftsdemokratie (D.E.), Colonia: Fritz Verlag (e.o. 1928). Vilmar, F. 41992: Wirtschaftsdemokratie (D.E.), en: Nohlen, D./ Schultze, R.-O. (Ed..): Politikwissenschaft (Ciencia política), Múnich et al.: Piper, 1147–1149. _Economía de Mercado. Uwe Andersen Democracia Identitaria, variante de la _Teoría de la Democracia que se remonta a J.J. Rousseau y exige la_Identidad de gobernantes y gobernados, puesto que la _Soberanía Popular no debe ser asumida por medio de representación o gobierno, sino ejercida por el mismo pueblo en forma directa (_Democracia Directa). La teoría de la identidad de Rousseau tiene como sustrato la supuesta existencia de una voluntad general apriórica (_Voluntad General; Bien Común) que puede y debe ser percibida y reconocida por todos los ciudadanos inteligentes. Las precondiciones para ello son dimensiones pequeñas, homogeneidad social y una educación amplia para la virtud, la razón y el patriotismo: que son condiciones imposibles de crear en las sociedades modernas, caracterizadas por los conflictos de intereses, la individualización y el_Pluralismo, por las dimensiones grandes y la complejidad. En consecuencia, las democracias de masas son necesariamente_Democracias Representativas. Sin embargo, es fatal si cualquier complemento de elementos de democracia directa que busca romper las estructuras endurecidas del _Parlamentarismo y del _Estado de Partidos, enseguida es tachado de _Totalitarismo. _Comunitarismo; Democracia Deliberativa; Democracia Plebiscitaria. Bibl.: Barber, B. 1984: Strong Democracy. Participatory Politics for a New Age, Berkeley: UCP. Grebing, H. 1972: Volksrepräsentation und identitäre Demokratie (Representación popular y democracia identitaria), en: PVS 13, 162–180. Rousseau, J.J. 1987: El contrato social, Madrid: Espasa-Calpe (e.o. 1762). _Bien Común; Democracia. Rainer-Olaf Schultze

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Democracia Industrial, denominación tomada del inglés (= industrial democracy) para aquellas instituciones y procesos que permiten la participación de los trabajadores o sus órganos de representación (por ej., los consejos de cogestión) en la toma de decisiones a nivel empresarial y supraempresarial. En la D.I., los trabajadores pueden influir en las políticas empresariales respecto de la producción, el diseño de los procesos de trabajo, las _Relaciones Laborales y de sueldos, etc. (_Cogestión). El mismo concepto supone que los modos de formación de voluntades democráticas son transferibles a los procesos de producción industrial y la toma de decisiones referentes a la administración de una empresa (_Autogestión Obrera, Democracia Económica). _Democracia. Rainer-Olaf Schultze Democracia Interna (del Partido), término que se refiere a la forma de organización interna y la toma de decisiones de los partidos políticos. Se usa a menudo como demanda hacia una mayor _Democratización de los procesos internos de un partido. La D.I. está relacionada con: (1) la selección de candidatos a cargos públicos, (2) la elección de cargos del partido, (3) las decisiones de contenido y (4) la rendición de cuentas. En primer lugar hay que distinguir entre el comportamiento democrático de un partido en el _Sistema de Partidos (democracia interpartidaria) y su organización democrática interna (democracia intrapartidaria o D.I.). Ambos aspectos no tienen que ir juntos necesariamente; es más: algunos autores incluso dudan que la democracia interpartidaria pueda ir junto con democracia interna. M. Ostrogorski (1964), uno de los primeros que investigó el funcionamiento interno de los partidos, considera que los partidos no reflejan la voluntad de la población sino que sirven para movilizar a los electores e imponer las políticas de sus propios funcionarios. Esta noción la siguió desarrollando R. Michels (1911), que estableció la llamada _Ley de la Oligarquía, según la cual toda organización de cierto tamaño tiene, al cabo de un determinado periodo de existencia, estructuras oligárquicas y burocráticas. S.M. Lipset (1987) en cambio nota que la democracia se asegura a través del control de los demás partidos y de la competencia entre ellos; es decir, los posibles efectos negativos inherentes a la oligarquía se atenúan mediante la competencia entre los partidos. M. Weber (1998) describe el tipo de político profesional que produce un partido oligárquico. La interpretación positiva o negativa de la presunta oligarquía depende sobre todo de cuál de las distintas funciones de los partidos políticos se considera de mayor importancia. La D.I. es importante si se destaca el rol de los partidos como transmisores de la voluntad del pueblo; no lo es si, por el contrario, se considera que su rol primordial es el de competir por votos (véase Wiesendahl 1980, para una descripción de las funciones). Además depende del concepto de _Democracia: las teorías de mercado requieren menos D.I. que las participativas. Mill (1865) postula que la D.I. es necesaria para la democracia. Para otros la D.I. es supérflua o incluso perju- La selección de candidatos a cargos públicos (1) por los miembros del partido o los electores es una elección primaria. Por lo general se considera que la selección de candidatos es uno de los aspectos clave para la democracia interna. Las _Elecciones Primarias fueron introducidas paulatinamente en EE.UU. a principios del siglo XX parar combatir la influencia de las ‘máquinas’ partidarias e impedir la toma de decisiones en los proverbiales cuartos llenos de humo. Las consecuencias de primarias son controvertidas: Sus defensores realzan la mayor influencia de los miembros del partido o los electores en general a coste de la cúpula del partido. Sus oponentes en cambio temen menos cohesión y al contrario una mayor influencia de la cúpula a coste de los funcionarios medianos del partido. Según M. Duverger (1957) primarias crean

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rivalidades internas sin eliminar la influencia de la elite partidista:en vez de elegir a los candidatos simplemente eligen a los pre-candidatos. Una fuerte apertura del proceso junto con una mayor centralización por tanto pueden crear una D.I. ficticia que en realidad fortalece a la cúpula del partido (Katz 2001). La elección de cargos del partido (2) es muy parecida a la selección de candidatos. dicial para la democracia porque con ella pierden eficacia y cohesión (Schattschneider 1964, Sartori 1988). El grado de D.I. lo podemos proyectar en un continuo de inclusión (Rahat/Hazan 2001). En un extremo el líder del partido toma las decisiones solo. En el otro extremo los que deciden son todos los miembros del partido (proceso cerrado) o incluso los votantes (proceso abierto). Democratización interna significa un mayor grado de inclusión. Podemos distinguir tres tipos de organización según el lugar de toma de decisiones: (a) en la cúpula del partido, (b) en comisiones y (c) por los miembros o votantes. Sin embargo, estas elecciones prácticamente nunca suelen ser abiertas en el sentido de que personas no miembro del partido puedan votar. Decisiones de contenido (3) se refiere a la programática de un partido, ya sea a un programa completo o a alguna cuestión fundamental. Aquí el mayor grado de D.I. no sería una elección primaria, sino un referendo. La rendición de cuentas (4) incluye a la selección de candidatos y sobre todo a la elección de cargos del partido. Es la posibilidad de obligar a la cúpula del partido a asumir la responsabilidad de sus acciones, fundamentalmente a través del derecho de revocación o reelección. En América Latina, D.I. es un fenómeno relativamente reciente en la agenda política. Nace sobre todo de un _Desencanto con los resultados de la democracia. Por tanto, la crítica viene más del lado del output que de reflexiones teóricas sobre el funcionamiento de la democracia. Una mayor D.I. es vista como un medio para asegurar mejores resultados del sistema político. Se puede constatar que en general hay un aumento de D.I. en los partidos de América Latina. Sin embargo, hay poca investigación sobre ese tema. Entre las pocas excepciones son las publicaciones de de Luca/Jones/Tula (2002) y Freidenberg (2003). En 2004 diez países de América Latina regulaban procesos internos de partidos por ley. Además, muchos partidos en distintos países han voluntariamente experimentado con procesos más democráticos, sobre todo en la selección de candidatos. Las razones para una apertura son por un lado una reacción a demandas públicas: los partidos esperaban una ventaja electoral al darse una estructura interna más democrática. Por otro lado la ampliación de la D.I. puede ser una solución para un impasse interno, sobre todo cuando dos o más grupos se bloquean mutuamente y hacen imposible una decisión a nivel de las élites o comisiones. No obstante, no es una tendencia unidireccional: los partidos suelen cambiar la forma de tomar decisiones con alguna frecuencia y por tanto variar el grado de democracia interna. Bibl.: Alcántara Sáez, M./ Freidenberg, F. (Ed.) 2001: Partidos políticos de América Latina, 3 vols., Salamanca: Ediciones Universidad de Salamanca. Duverger, M. 1957: Los partidos políticos, México: FCE (e.o. 1951). Freidenberg, F. 2003: Selección de candidatos y democracia interna en los partidos políticos de América Latina, Lima: Asociación Civil Transparencia/ International IDEA. Gallagher, M./ Marsh, M. (Ed.) 1988: Candidate Selection

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in Comparative Perspective, Londres et al.: Sage. Lipset, S.M. 1987: El hombre político, Madrid: Tecnos (e.o.1959). Michels, R. 1969: Los partidos políticos, Buenos Aires: Amorrortu (e.o. 1911). Katz, R.S. 2001: The Problem of Candidate Selection and Models of Party Democracy, en: Party Politics 7 (3), 277–296. de Luca, M./ Jones, M.P./ Tula, M.I. 2002: Black Rooms or Ballot Boxes?, en: Comparative Political Studies 35 (4), 413–436. Mill, J.S. 61865: Principles of Political Economic With Some of Their Applications to Social Philosophy, tomo 2, Londres: Longman. Ostrogorski, M. 1964: Democracy and the Organization of Political Parties, ed. y acortado por S.M. Lipset, 2 vols., Chicago: Quadrangle (e.o.1902). Panebianco, A. 1988: Political Parties: Organization and Power, Cambridge: CUP. Rahat, G./ Hazan, R.Y. 2001: Candidate Selection Methods, en: Party Politics 7 (3), 297–322. Rohrschneider, R. 1994: How Iron is the Iron Law of Oligarchy?, en: EJPR 25, 207–238. Sartori, G. 1988: Teoría de la democracia, Madrid: Alianza (e.o. 1965). Scarrow, S.E. 1999: Democracy Within – and Without – Parties, en: Party Politics 5 (3), 275–282. Schattschneider, E.E. 1964: Régimen de partidos, Madrid: Tecnos (e.o. 1942). Teorell, J. 1999: A Deliberative Defence of Intra-Party Democracy, en: Party Politics 5 (3), 363–382. Weber, M. 1998: La política como vocación, en: Weber, M.: El político y el científico, Madrid: Alianza (e.o. 1921). Wiesendahl, E. 1980: Parteien und Demokratie (Partidos y democracia), Opladen: Leske & Budrich. Matthias Catón Democracia Militante, denominación de una _Democracia que se defiende de modo activo y combativo mediante diversas precauciones institucionales ante peligros para su existencia que puedan surgir de fuerzas antidemocráticas y opuestas al sistema. A diferencia de la República de Weimar, en la República Federal de Alemania los elementos medulares del Orden Fundamental Liberal-Democrático (OFLD) –especialmente los derechos (garantías) fundamentales mencionados en el artículo 1 de la Ley Fundamental, el orden de la República Federal de Alemania fijado en el artículo 20 de la misma ley, en cuanto _Estado Federal, _Estado de Derecho y_Estado Social democrático, así como las_Elecciones y votaciones, el_Pluralismo y la_División de

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Poderes– se encuentran protegidos por la «garantía de perpetuidad » del artículo 79 de la Ley Fundamental y no pueden ser legalmente modificados o abolidos aun con la mayoría de dos tercios del parlamento requerida para modificar la constitución. Los instrumentos de la D.M. para proteger el orden democrático incluyen, entre otros: (1) la pérdida de determinados derechos (garantías) fundamentales, (2) la limitación y privación del derecho de libre asociación y reunión, (3) la prohibición de partidos, (4) la persecución penal, (5) la fidelidad especial de los funcionarios y empleados del servicio público (su fidelidad a la constitución se comprueba en el momento de su contratación, según el llamado Decreto Sobre Radicales), (6) la constitución para el estado de emergencia. Sobre la legalidad de las mencionadas medidas de prevención decide (en última instancia) el Tribunal Constitucional Federal. Su uso extensivo, particularmente el manejo de las prácticas de contratación para el servicio público, ha despertado muchas críticas justificadas. Sin embargo, este hecho no significa que no sea correcta la intención de la D.M. de enfrentarse activamente con medios democráticos y procedimientos propios del Estado de derecho a aquellas fuerzas extremistas de derecha o de izquierda que tratan de eliminar la democracia abusando de sus posibilidades liberales. _Democracia; Teoría(s) de la Democracia. Bibl.: Backes, U./ Jesse, E. 1996: Die streitbare Demokratie in der Krise (La D.M. en crisis), en: Jahrbuch. Extremismus & Demokratie (Anuario sobre extremismo y democracia), n° 8, 13–35. Jesse, E. 21981: Streitbare Demokratie (D.M.), Berlín: Colloquium. Loewenstein, K. 1976: Teoría de la constitución, Barcelona: Ariel. Rainer-Olaf Schultze Democracia Participativa, concepto algo vago y difuso, que tiene diferentes raíces y connotaciones; en general expresa la idea de ampliar los mecanismos de integración del Estado y de acercar la _Democracia a la sociedad. Por un lado, el proyecto de la D.P. se vincula con el noble propósito de aumentar la participación de la sociedad en los asuntos públicos de acuerdo a la tradición conceptual del _Republicanismo de hacer la democracia una realidad vivida. En este sentido se integra perfectamente en el marco de la _Democracia Representativa, mejorando sus precondiciones cívicas. Por otro lado, en la actualidad la D.P. está propulsada por actores y teóricos de la_Sociedad Civil que no se contentan con la oferta de _Participación de las democracias existentes por desconfiar del mecanismo de _Representación y sobre todo de los _Partidos Políticos, desafiando a la democracia representativa. Esta última tendencia es especialmente fuerte en los países con democracias de reciente creación que no han sido capaces de satisfacer las expectativas, en parte exacerbadas, que amplios sectores de la población tenían respecto a las virtudes de la democracia. A menudo, en tales países se sigue alimentando la vieja creencia del enfrentamiento entre la sociedad civil y el Estado, fundada efectivamente en la experiencia de siglos. Finalmente, en su política económica y social, los “partidos tradicionales” son considerados tan vinculados con el_Neoliberalismo que parece imperioso oponerse a ellos dentro y fuera de los canales convencionales de la política. Estos y otros factores, como por ej. la _Corrupción y el mal manejo del gobierno, han contribuido a la fuerte crítica a la democracia representativa, al _Hartazgo de la Política y a la intensa demanda de mayor transparencia y participación. Para aliviar la situación, en algunos países, se ha reformado la norma constitucional respecto a la forma de

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gobierno, añadiendo a los adjetivos clásicos de la democracia (representativa, social, pluralista, etc.), el concepto de participativa. En el marco de estas innovaciones, se ha quebrado el _Privilegio Partidista, de modo que independientes y asociaciones civiles pueden participar con candidatos propios en las _Elecciones y competir con los partidos políticos. En términos generales, se han extendido las posibilidades de los grupos civiles de intervenir de forma directa en la política. Mirado desde la perspectiva de aproximar la política a la sociedad, todo esto parece positivo. Sin embargo, coincidente con estos avances participativos, el Estado ha sufrido un declive enorme en su capacidad de implementación de políticas públicas, pues grupos de la sociedad civil, apoyados por los medios de comunicación, pueden bloquear fácilmente cualquier proyecto del gobierno, sin que éste alcance a hacer uso del monopolio legítimo de la violencia. La actividad política se ha desinstitucionalizado, e intereses que se pueden generalizar, han sido sustituidos por intereses específicos, a veces defendidos con toda la intransigencia de los que piensan que la esencia de la política consiste en imponerse al otro de una vez por todas. En aras de lograr la consolidación democrática es insdispensable el buen desempeño del gobierno, para lo cual se necesitan partidos políticos capaces de formar acuerdos y pactos. Si no se preserva la centralidad del sistema representativo, difícilmente puede mantenerse la _Gobernabilidad democrática. _Gobernabilidad y Participación. Bibl.: _Democracia; Gobernabilidad; Gobernabilidad y Participación; Participación; Representación; Sociedad Civil. Dieter Nohlen Democracia Plebiscitaria, sinónimo de _Democracia Directa, en la cual el pueblo (en la forma de la asamblea de todos los ciudadanos activos) toma directamente las decisiones políticas, como por ejemplo en las ciudades- Estado griegas de la antigüedad (_Polis), las comunidades regionales suizas, y los town meetings de los Estados Unidos. Su condición previa necesaria es (a diferencia de la _Democracia Representativa) el territorio delimitado. 1. Según Max Weber (1976: 156) “el tipo más importante de la democracia de líder, … de acuerdo con su sentido genuino, una especie de dominación carismática, que se oculta bajo la forma de una legitimidad derivada de la voluntad de los dominados y que solamente permanece debido a ella. En realidad, el líder (demagogo) domina en virtud de la fidelidad y la confianza de sus seguidores políticos a su persona como tal”. El concepto de la D.P. aparece aquí para la instauración plebiscitario-democrática del líder como la única fuente de legitimación de las dictaduras abiertas o encubiertas, o el vuelco cesarista en la selección de líderes en las democracias de masas. 2. En sentido estricto, la D.P. significa ahora la utilización de elementos de democracia directa en sistemas que por lo demás son representativo-democráticos, sobre todo: plebiscito; referéndum; _Iniciativa Popular; realizado actualmente en la forma más destacada en el _Sistema Político de Suiza (democracia de referéndum), y en la menos destacada en el _Modelo Westminster británico de democracia representativa. Sin embargo, la tendencia va decididamente en dirección a la ampliación de los elementos de la democracia directa. En Alemania, los instrumentos de la D.P. están siendo cada vez más utilizados a nivel de la política de los Estados miembro y los municipios, y también al interior de los partidos, en las decisiones sobre asuntos objetivos y de personal; en la política federal, las iniciativas populares y el plebiscito solamente siguen

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siendo posibles en caso de decisiones sobre una nueva estructuración de los Estados (_Estado Federal, Federalismo), dado que la Ley Fundamental fue diseñada de manera puramente representativa, debido a las experiencias con la _Participación de democracia directa durante la República de Weimar, consideradas como negativas por el Consejo Parlamentario constituyente. Por lo regular, las demandas de ampliación de los elementos plebiscitarios se asocian con el objetivo de una mayor participación y reformas que transformen a la sociedad. Sin embargo, como lo muestran los resultados más bien conservadores y retardatarios de los referéndums suizos, sus efectos pueden resultar claramente ambivalentes. Bibl.: Budge, I. 1996: The New Challenge of Direct Democracy, Cambridge: Polity Press. Butler, D./ Ranney, A. (Ed.) 1994: Referendums around the World, Washington, DC: AEI. Fraenkel, E. 71991: Deutschland und die westlichen Demokratien (Alemania y las democracias occidentales), Francfort del Meno: Suhrkamp (e.o. 1964). Jung, O. 1989: Direkte Demokratie in der Weimarer Republik (La democracia directa en la República de Weimar), Francfort del Meno: Campus. Klages, A./ Paulus, P. 1996: Direkte Demokratie in Deutschland (Democracia directa en Alemania), Marburg: Schüren. Leibholz, G. 31966: Das Wesen der Repräsentation und der Gestaltwandel der Demokratie, Berlín: de Gruyter. Luthardt, W. 1994: Direkte Demokratie. Ein Vergleich in Westeuropa (D.D. una comparación en Europa occidental), Baden-Baden: Nomos. Weber, M. 51976: Wirtschaft und Gesellschaft, Studienausgabe, Tubinga: Mohr (versión castellana: Economía y sociedad, México: FCE, 152004; e.o. 1921). _Democracia; Democracia Directa. Rainer-Olaf Schultze Democracia Popular, término tautológico procedente del instrumentario táctico del marxismo soviético, utilizado para la autodescripción de los países de Europa oriental que después de la Segunda Guerra Mundial quedaron bajo la influencia de la URSS. Este concepto cumplió en la controversia ideológica del _Conflicto entre Este y Oeste principalmente tres funciones: (1) de delimitación frente a la _Democracia liberal y «burguesa» de Occidente, la que según la concepción marxista sólo disimula la dominación clasista de la _Burguesía; (2) de descripción de la forma particular del Estado y la sociedad en Europa (Central) oriental después de 1945 y su variante especial de una vía pacífica del capitalismo al socialismo, divergente del proceso de transformación revolucionaria y de la _Dictadura del Proletariado según el ejemplo soviético; y de esta manera, (3) de legitimación de los procesos de transformación en los países de Europa oriental y su integración al Pacto de Varsovia y al Consejo de Ayuda Económica Mutua. De hecho, sin embargo, todas las D.P. evolucionaron –sobre todo

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después de las purificaciones estalinistas– hacia _Regímenes Autoritarios o dictaduras totalitarias dominados por el principio del _Centralismo Democrático y el predominio del Partido Comunista; de manera que pronto las instituciones de D.P., entre otras, los sistemas multipartidistas formales bajo la figura del _Frente Nacional o del _Sistema de Bloque perdieran su importancia. Bibl.: Fetjö, F. 1972: Die Geschichte der Volksdemokratien (La historia de las D.P.), 2 vols., Viena et al.: Styria Verlag. Lamentowicz,W. 41992: Volksdemokratie (D.P.), en: Nohlen, D./ Schultze, R.-O. (Ed.): Politikwissenschaft (Ciencia Política), Múnich/Zúrigo: Piper, 1102–1103. Rainer-Olaf Schultze Democracia Proporcional (Proporzdemokratie), designación para las_Democracias en las cuales todas las fuerzas políticas y sociales importantes de una sociedad participan en la_Formación de Voluntad Política del Estado de forma pareja, o sea de acuerdo a su fuerza o su importancia relativas. Por lo regular, las decisiones no se toman sobre la base del _Principio de Mayoría, sino que se intentan lograr a través de la vía de la negociación, con la formación de un consenso. Ejemplos típicos de D.P: son Austria, con sus largas fases de grandes coaliciones a nivel federal (1945–67, 1987–2000) y el principio de proporcionalidad partidista institucionalizado en los gobiernos de los Estados federales austriacos, o bien la _Democracia de Concordancia suiza. En especial en las sociedades segmentadas, las D.P. pueden contribuir a superar los _Cleavages socio-culturales (étnicos, lingüísticos, confesionales), así como los conflictos socio-económicos o también regionales, y con ello contribuir a la estabilidad del sistema político, evitando el peligro de la exclusión a largo plazo de las minorías de los procesos de decisión, el cual se presenta como una amenaza con una aplicación estricta del principio de mayoría. Pero las D.P. también tienden a la _Segmentación de la sociedad, a cementar el status quo político, y al patronazgo excesivo respecto a los puestos; por ello, muchos las consideran (frecuentemente de manera errónea) como hostiles a las innovaciones. _Consenso; Democracia Consociacional; Democracia de Negociación; Democracia de Concordancia. Bibl.: Lehmbruch, G. 1967: Proporzdemokratie. Politisches System und politische Kultur in der Schweiz und Österreich (Democracia proporcional. Sistema político y cultura política en Suiza y Austria), Tubinga: Mohr. _Democracia de Concordancia. Rainer-Olaf Schultze Democracia Representativa, la forma usual de la _Democracia en el moderno Estado constitucional, en la cual el pueblo no ejerce directamente la dominación (_Democracia Directa), sino por medio de órganos representativos que designa constitucionalmente en _Elecciones generales, y renueva periódicamente. Fundamental para esta concepción de la democracia es el concepto de la _Representación, cuyo núcleo representa la dominación a través de órganos que actúan en nombre del pueblo (pero sin el encargo obligatorio de éste). Para la D.R. es típico el proceso de la _Formación de Voluntad

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Política a través de _Partidos y elecciones, en las cuales los representantes populares obtienen el _Mandato (libre), para tomar decisiones en cuestiones objetivas que obligan a los electores. Conceptualmente en una contradicción, y en la realidad constitucional más bien en una relación de tensión respecto a eso, se encuentran los elementos de la democracia directa o _Democracia Plebiscitaria, del _Plebiscito (referéndum, iniciativa popular, etc.), que sin embargo existen en la mayor parte de las D.R. Bibl.: Carbonell, M. (Ed.) 2005: Democracia y representación. Un debate contemporáneo, México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. _Democracia; Representación. Dieter Nohlen Democracia de Asamblea, una forma de _Democracia en la que las decisiones políticas sobre cuestiones tanto materiales como personales se toman en asambleas de todos los ciudadanos con derecho a voto. La D.A. es, entonces, la forma originaria de la _Democracia Directa, hecha realidad en la _Polis de la Atenas clásica y posible, cuando mucho, solamente en unidades pequeñas y apreciables. Sin embargo, también en estos casos se le agregan elementos de _Representación, por ej. mediante la selección de los objetos a decidir, la formulación (previa) de las alternativas de decisión y la necesaria delegación de la realización de las decisiones a órganos ejecutivos. Actualmente, la D.A. se practica únicamente en casos extremadamente raros a nivel municipal en EE.UU. y Suiza. Suzanne S. Schüttemeyer Democracia de Base, difuso concepto colectivo para diferentes formas y prácticas de _Democracia Directa, especialmente con respecto a procesos de participación dentro de los partidos y asociaciones. El elemento común a las diferentes utilizaciones del concepto es la referencia a la participación inmediata de la base política en la formación de voluntad y determinación de decisiones de una organización o una comunidad, aunque frecuentemente sigue sin aclararse quién debe ser incluido concretamente en la llamada base (afiliados, activistas, afectados, etc.). Con la reactivación de las _Iniciativas Ciudadanas, _Nuevos Movimientos Sociales, y partidos políticos alternativos en las naciones occidentales industrializadas, el concepto de D.B. cobró un impulso coyuntural. La D.B. se trataba en muchos casos como una alternativa (extraparlamentaria) a las estructuras de la _Democracia Representativa. Las ventajas se veían sobre todo en la mayor legitimación del sistema político a través de los ciudadanos. Como desventajas, se registraban, entre otras, las siguientes: los altos umbrales para la formación de consenso, y con ello el retraso en la solución de problemas, así como el hecho de que los acuerdos democráticos de base, incluso al interior de las organizaciones, favorecen a los grupos capaces de organizarse y de enfrentar conflictos. Bibl.: Angus, I. 2003: Emergent Publics: An Essay on Social Movements and Democracy, Miami: Arbeiter Ring Publ. Dalton, R.J./ Kuechler, M. 1992: Los nuevos movimientos sociales, València: Ed. Alfons el Magnànim. Koopmans, R. 1995: Democracy from Below: New Social Movements

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and the Political System in West Germany, Boulder et al.: Westview Press. Petra Bendel Democracia de Competencia, también: democracia de mayoría, conceptos del área _Sistemas Políticos Comparados para un tipo de _Democracia liberal o los _Sistemas Políticos en los cuales (a diferencia de la_Democracia de Concordancia) las regulaciones de conflictos y las _Decisiones Políticas están dominadas por el principio de mayoría y por la competencia de los _Partidos por el poder político. 1. Según A. Lijphart (1984), las D.C. están determinadas por las siguientes características: (1) concentración del poder ejecutivo; gobierno de un solo partido o gobierno de coalición lo más reducido posible, y determinado por el partido de mayoría; (2) imbricación de poderes del gobierno y de la mayoría parlamentaria; predominio del gobierno; (3) parlamento de una cámara o parlamento asimétrico de dos cámaras; (4) elecciones por mayoría relativa; (5) bipartidismo; (6) _Sistema de Partidos unidimensional debido a un _Cleavage social dominante; (7) estructura de Estado unitaria; (8) constitución no escrita y soberanía parlamentaria; (9) estricto orden representativo-democrático sin formación de voluntad directamente democrática. 2. A diferencia de las concepciones de _Democracia Deliberativa, los sistemas de la D.C. se basan, como todos los tipos de democracia liberal, en una comprensión instrumental de la política, dirigida por la voluntad de hacer valer los intereses individuales. La democracia se comprende como un método y, de manera análoga al mercado, como una competencia entre partidos y líderes de los mismos, y la/el ciudadana/o queda prácticamente reducida/o al papel de elector/a entre las ofertas políticas alternativas de los partidos (cf. Schumpeter 1942). Los objetivos de la democracia de competencia representativa son la imposición de élites conscientes de su responsabilidad, la instauración de un partido de mayoría estable y eficiente, al cual en la forma del_Bipartidismo se le opone una fuerte _Oposición, que se concibe a sí misma como un gobierno alternativo a la espera. 3. Como ejemplo del modelo de D.C. se considera el sistema de gobierno británico, el llamado _Modelo Westminster, también conocido como cabinet government, o prime ministerial government. Se considera que sus virtudes son la sencillez, la eficiente regulación de conflictos, la claridad de alternativas, y la posibilidad de cambio de gobierno. Sin embargo, se pasa fácilmente por alto que para esto se necesitan ciertos requisitos importantes: (1) socialmente: un alto grado de homogeneidad socio-cultural y polarización de la sociedad a lo largo del conflicto social; (2) respecto a la cultura política: una concepción de la política que esté definida por la adversary politics, por el _Conflicto, la _Mayoría y la representación territorial, y que esté firmemente enraizada en la población; (3) respecto a la política de las instituciones: verdadera soberanía parlamentaria y de la práctica indiscutida de la toma de decisiones vertical jerárquica. Con ello, las D.C. están expuestas al peligro de que (a) con cada cambio de gobierno se dé también un cambio tan profundo de política, que su posible beneficio innovador no guarde la proporción adecuada con los costos que se generan para la sociedad en su conjunto, o que (b) la voluntad de la mayoría se autonomice, y la(s) mayoría(s) subordinada(s) quede(n) excluida(s) a largo plazo (A. de Tocqueville: “Tiranía de la mayoría”). 4. Sin embargo, en la realidad política no aparecen formas puras de democracia de concordancia o de D.C. Todas las democracias están determinadas por la competencia juntamente con la concordancia y solamente se distinguen en el mayor o menor grado de competencia y negociación, con lo que como consecuencia de la pérdida de _Soberanía hacia afuera y de autonomía de acción al interior, ha aumentado

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y seguirá aumentando el valor de los _Sistema(s) de Negociación y soluciones consensuadas en todas las democracias liberales (esto, independientemente del tipo de democracia, inclusive en tan típicas democracias de competencia como la británica). Bibl.: Lijphart, A. 1984: Democracies: Patterns of Majoritarian and Consensus Government in Twenty-One Countries, New Haven/Londres: YUP. Lijphart, A. 1999: Patterns of Democracies, New Haven/ Londres: YUP. Scharpf, F.W. 1975: Demokratietheorie zwischen Utopie und Anpassung (Teorías de la democracia entre la utopía y la adaptación), Kronberg/ Taunus: Athenäum. Schmidt, M.G. 32000: Demokratietheorien (Teorías de la democracia), Opladen: Leske & Budrich. Schumpeter, J.A. 1996: Capitalismo, socialismo y democracia, 2 vols., Barcelona: Ed. Folio (e.o. 1942). Tocqueville, A. de 122001: La democracia en América, México: FCE (e.o. 1835/40). _Democracia; Democracia Deliberativa; Democracia de Concordancia. Rainer-Olaf Schultze Democracia de Concordancia (del latín concordantia=coincidencia, acuerdo), concepto del área _Sistemas Políticos Comparados para un tipo de _Democracia liberal, o bien los _Sistemas Políticos en los cuales (a diferencia de la _Democracia de Competencia) los conflictos no se regulan primordialmente a través de la competencia partidista y decisiones de mayoría, sino sobre todo a través de la negociación, el compromiso y la proporcionalidad. 1. Según A. Lijphart (1984), las D.C. están determinadas por las siguientes características: (1) división del poder ejecutivo a través de gobiernos de coalición (frecuentemente grandes coaliciones); (2) _División de Poderes formal e informal, con relativa independencia del gobierno y el parlamento; (3) sistema simétrico de dos cámaras y representación de minorías; (4) elecciones proporcionales; (5) pluripartidismo (sistema de varios o muchos partidos); (6) sistema de partidos multidimensional, debido a la superposición de _Cleavages sociales; (7) estructura estatal federativa o descentralizada; (8) constitución escrita, con altos y expresos condicionamientos para su reforma. 2. Con ello, los principios que sostienen la D.C. son la difusión del poder y la adecuada consideración de todas las fuerzas socio-políticas importantes de una sociedad en el proceso de _Formación de la Voluntad Política y de toma de decisión; en el sistema político –horizontalmente– a través de coaliciones y formación de redes y –verticalmente– a través del _Federalismo y _Sistema de Decisiones Conjuntas, entre la política y la sociedad a través de arreglos y _Sistemas de Negociación del _Corporativismo o Neo-corporativismo. Las D.C. generan así la posibilidad de protección de las minorías y de _Integración en sociedades segmentadas (a través de ámbitos culturales, lingüísticos, confesionales, sociales, etc.); con ello muestran un nivel de estabilidad duradera en su sistema democrático, lo cual repetidas veces ha llamado mucho la atención, normalmente por medio de acomodos de

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las élites, pasando a través de los límites de sus ambientes y medios específicos (_Acomodación). Los ejemplos paradigmáticos de las D.C. son, o eran, Austria, Bélgica, Suiza y los Países Bajos. Sin embargo, en su valoración positiva de la D.C. (porque son inclusivas), la ciencia política descuida casi siempre las consecuencias negativas de la _Segmentación social y los altos costos de la formación de consenso, que resultan de tomar en cuenta proporcionalmente los intereses de grupo en el resultado total de la sociedad, y de los largos procesos de decisión que resultan (o pueden resultar) de consensos mínimos basados en el mínimo común denominador. Bibl.: Lehmbruch, G. 1967: Proporzdemokratie. Politisches System und politische Kultur in der Schweiz und in Österreich (D. proporcional. El sistema y la cultura política en Suiza y Austria), Tubinga: Mohr. Lijphart, A. 21975: The Politics of Accommodation. Pluralism and Democracy in the Netherlands, Berkeley/Los Ángeles: UCP (e.o. 1968). Lijphart, A. 1977: Democracy in Plural Societies, New Haven/Londres: YUP. Lijphart, A. 1984: Democracies, New Haven/Londres: YUP. Lijphart, A. 1999: Patterns of Democracies, New Haven/Londres: YUP. McRae, K.D. (Ed.) 1974: Consociational Democracy. Political Accommodation in Segmented Societies, Toronto: McClelland & Stewart. Schultze, R.-O. 1977: Politik und Gesellschaft in Kanada (Política y sociedad en Canadá), Meisenheim: Hain. _Democracia. Rainer-Olaf Schultze Democracia de Negociación, término politológico general para _Sistemas Políticos democráticos en los que la toma de decisiones es determinada no primordialmente por la competencia de partidos, la alternancia en el gobierno y la toma de decisiones jerárquico-mayoritaria, sino en la regulación de conflictos domina el modo de _Negociación (al igual que en los sistemas de la _Democracia de Concordancia, la _Democracia Proporcional, la _Interdependencia de la política). Las D.N. dependen de una _Cultura Política orientada por el consenso y una elevada disposición de cooperar y acceder a compromisos por parte de las _Élites Políticas, sobre todo porque muchas veces las decisiones están ligadas a altos niveles de consenso (unanimidad, mayorías calificadas, derechos de veto). Empero, en la realidad democrática siempre se encuentran únicamente formas mixtas, nunca tipos puros de D.N. o de _Democracia de Competencia o de mayoría. Como consecuencia, por un lado, de la creciente diferenciación social y autonomía de los _Subsistemas y, por el otro, de la cada vez mayor penetración mutua entre la política y la sociedad, las soluciones negociadas y los arreglos de red adquieren definitivamente mayor importancia para el proceso de conducción política (incluso en las democracias de mayoría). No obstante, la toma de decisiones consensuales es tardada, muchas veces no llega más allá del denominador común mínimo, y debido al peligro de situaciones de empate y bloqueo amenazan la

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detención de reformas y la inmovilidad política. _Democracia; Democracia Consociacional; Sistema de Negociación. Bibl.: Czada, R./ Schmidt, M. G. (Ed.) 1993: Verhandlungsdemokratie, Interessenvermittlung, Regierbarkeit (D.N, representación de intereses, gobernabilidad), Opladen: Leske & Budrich._Democracia de Concordancia. Rainer-Olaf Schultze Democracia de Partidos, en la concepción valorativa neutral, una _Democracia en la cual los partidos desempeñan un importante papel en el proceso de formación de voluntad política y decisión (party government). En la concepción crítica de los partidos, una democracia en la cual los partidos políticos ejercen una dominación que controla todo, de manera análoga a como se enfatiza en la crítica al _Estado de Partidos. 1. La valoración de la D.P. depende del punto de vista teórico respecto a la democracia que se tenga, y de la función ahí formulada de los partidos políticos (“paradigma de integración vs. paradigma de competencia” Wiesendahl 1980), pero en parte también de valoraciones condicionadas por las generaciones respecto a la función y el lugar de los partidos políticos en la democracia. En un principio, los partidos se consideran como pilares fundamentales del sistema democrático. En cambio, D.P. se utiliza de manera despectiva para una visión de la democracia en la cual los partidos desempeñan un papel excesivo. Ésta se apoya en (a) la destacada posición (de _Oligopolio) de los partidos políticos en relación con las organizaciones y asociaciones sociales respecto al reclutamiento del personal político (“absolutismo representativo”), (b) en el _Financiamiento de Partidos público, (c) en su alejamiento de la sociedad en favor de una más intensa “estatización”, con la cual parecían perder de vista su objetivo de la mediación de intereses. Como consecuencia de esto, a finales de los años 1960, las instituciones representativo- democráticas, aseguradas a través de los partidos, fueron cuestionadas, exigiendo elementos de _Democracia Directa (“paradigma de transmisión”; _Democracia de Base). Se decía que el cumplimiento unilateral de sus funciones de parte de los partidos (_Maximización de Votos en lugar de agregación y representación de intereses, simbolización en lugar de solución de problemas, _Patrimonialismo de partido para satisfacer unilateralmente los intereses de los miembros y funcionarios, en lugar de un desarrollo de alternativas ideológico-programáticas) había conducido a que el _Sistema Político en su totalidad cayera en dificultades de legitimación y que aumentara la _Disconformidad con los Partidos Políticos. Además, se decía, la decreciente fuerza cohesiva de los partidos políticos estaba fortaleciendo la presión competitiva que éstos estaban sufriendo de parte de los _Movimientos Sociales en surgimiento. Esto obligó a los _Partidos Populares “sin contornos” a adaptar sus estructuras y contenidos. De esta manera, se han ampliado los _Sistemas de Partidos de los países occidentales industrializados, y han sido tomados en cuenta intereses sociales de nuevo tipo, a través del establecimiento de nuevos partidos. Sin embargo, la valoración de estos desarrollos, su estabilidad o inestabilidad, y la capacidad de integración y flexibilidad de los partidos que se les atribuyen, siguen siendo motivo de controversias en la ciencia política. 2. Al interior de los partidos, la D.P. designa una estructura interna que debe estar organizada democráticamente (_Democracia Interna de Partido). Ambos niveles de significación están estrechamente entrelazados, dado que la competencia partidista solamente genera un sentido normativo en vinculación con la democracia al interior del partido. Solamente la democracia al

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interior del partido, como dice Leibholz (1971), puede evitar que los partidos se independicen, y se conviertan de esta manera en un Estado dentro del Estado. Sin embargo, los enfoques de democracia radical, que en los años 1970 exigían transformar a todo el sistema a través de la democracia intra- partidista, no han sido realizados en la práctica. Bibl.: Brewer Carias, A. 1985: Instituciones políticas y constitucionales, 2 tomos, Caracas: Universidad Católica de Tachira. Leibholz, G. 1971: Problemas fundamentales de la democracia moderna, Madrid: Instituto de Estudios Políticos (e.o. 1958). Mair, P./ Smith, G. (Ed.) 1989: Understanding Party System Change in Western Europe, Londres: Frank Cass. Raschke, J. 1977: Organisierter Konflikt in westeuropäischen Parteien (Conflicto organizado en los partidos europeos occidentales), Opladen: Westdeutscher Verlag. Wiesendahl, E. 1998: Parteien in Perspektive (Partidos en perspectiva), Opladen/Wiesbaden: Westdeutscher Verlag. _Estado de Partidos; Partidos; Sistema de Partidos; Teoría de Partidos. Petra Bendel Democradura, neologismo de la _Investigación de la Transición o de la democracia; designa _Sistemas Políticos que formalmente han constituido instituciones políticas al estilo de una_Democracia, pero en el fondo son autoritarias o han seguido siéndolo. Dieter Nohlen

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6.-Teoría(s) de la Democracia, los proyectos conceptuales, ideales y sistemáticos sobre la _Democracia, desde la Edad Antigua hasta la Época Contemporánea, junto con sus fundamentaciones normativas y las afirmaciones descriptivas y explicativas acerca de la naturaleza de sus variantes _Empíricas. 1. El concepto y la causa de la democracia han sido tan exitosos, que este concepto clave de la ciencia política moderna se ha establecido casi sin ser cuestionado en la semántica política. Incluso los opositores de la democracia tienen una fijación terminológica respecto a ella; sus objeciones no las postulan como dirigidas contra la democracia, sino que las disfrazan con la crítica a modalidades actuales de la misma. Sobre qué es la democracia no existe una opinión doctrinaria generalmente aceptada que se pudiera concretizar en una fórmula definitoria sencilla. Existe una gran variedad de intentos de definición igualmente insatisfactorios, que en la mayoría de los casos destacan un elemento como especialmente característico: _Soberanía popular, _Igualdad, _Participación,_Dominación de la mayoría, _Tolerancia, limitación y control de la dominación, _Derechos Fundamentales, _División de Poderes, _Estado de Derecho, Estado Social, _Sistema Multipartidista, _Elecciones generales, _Ámbito Público, competencia de opiniones, _Pluralismo, y otros más. El acceso que sigue siendo el más fructífero a las nociones esenciales que se vinculan con el concepto de democracia, lo ofrece una mirada retrospectiva etimológica y de la historia de los conceptos. “Democracia” se compone de los elementos semánticos griegos demos = pueblo, y kratein = dominar. La democracia es el “dominio del pueblo”, o bien, según la fórmula de Gettysburg de Abraham Lincoln, del año de 1863, que se ha hecho ya muy famosa: la democracia es “el gobierno del pueblo, por el pueblo, para el pueblo”. Las tres preposiciones aquí contenidas señalan con diferente énfasis las características esenciales de la democracia: que en ella, la dominación proviene del pueblo (de), que es ejercida por el pueblo (por), y en interés propio (para). En especial esta última característica está encaminada, más allá de una utilización conceptual puramente estadística, a una manera de ver las cosas en la cual la democracia aparece como un encargo con un contenido, como un objetivo del Estado que tiene que ser solventado en el marco de un movimiento político y social. En su utilización original, desde la antigüedad griega hasta la Revolución Francesa, la palabra democracia se utilizaba casi exclusivamente como concepto de la teoría de las formas del Estado. Democracia designaba para Heródoto (en cuyas obras aparece por primera vez el concepto), como para Platón, Aristóteles, Cicerón, Séneca y otros autores clásicos, no una forma especial de la sociedad, sino una forma especial de su organización de dominación estatal: concretamente aquélla en la cual no dominaba uno (como en la monarquía, y en la forma que representa su degeneración, la tiranía), ni tampoco algunos (como en la aristocracia y sus formas degeneradas, la oligarquía y la plutocracia), sino todos. Sobre todo Aristóteles, con su séxtuple tipología de las tres formas estatales “buenas” y sus degeneraciones (tiranía, _Oligarquía, democracia, y oclocracia, o el dominio del «populacho», de la masa), hizo valer, además del criterio de clasificación numérico-cuantitativo (“¿quién domina?”), también características cualitativas (“¿cómo se domina?”). En este proceso, la democracia sale mal parada. Descrita como forma degenerada de la Politie, permanece por casi dos milenios como consecuencia de este veredicto en la esfera de influencia de connotaciones conceptuales polémicas. Sin embargo, con el concepto no se devaluaba de ninguna manera también la causa de la democracia. Frecuentemente se pasa por alto que la Politie que Aristóteles favorecía contiene toda una serie de elementos que se acercan mucho a la posterior consideración positiva de la democracia. La revaloración del concepto y la ampliación

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semántica del campo de la palabra, ya mencionada, se imponen sobre todo a consecuencia de la Revolución Francesa. La palabra democracia se convierte en un concepto que designa una tendencia, la dirección de un movimiento social, su objetivo político y social. A partir de entonces, ya no significa solamente una forma constitucional, que se opone como una alternativa a la monarquía y la aristocracia, sino que es la clave filosófico-histórica y de la sociología de la dominación para la suma de las demandas de autonomía y co-determinación liberal-burguesas, y de los esfuerzos e ideas respecto a la igualdad social. Se convierte en el impulso central y en un elemento esencial, inherente a todo el desarrollo constitucional moderno. La _Democratización se refiere al proceso que, partiendo de los inicios del constitucionalismo inglés y estadounidense, y de la Revolución Francesa, ha producido las modalidades actuales del Estado constitucional democrático. Precisamente bajo el aspecto de lo inconcluso y en proceso, solamente se puede acceder a la democracia desde el contexto estructural del moderno Estado constitucional. Éste no encarna un acontecimiento constitucional “final”, ni un concepto de constitución “terminado”, sino el resultado de un proceso histórico en varios niveles, siempre provisional (cf. Cuadro 14). 2. El moderno Estado constitucional comenzó con el sometimiento y desarme de las partes beligerantes de las guerras civiles confesionales, con la imposición de la autoridad estatal mediante el monopolio de los medios de “violencia física legítima” (Max Weber) por parte del _Estado. En esta etapa (I) se funda por primera vez el Estado como Estado en sentido moderno, aclarando la cuestión de la soberanía y asegurando la paz interna. Sin embargo, esto todavía era poco decir respecto a la calidad de su organización de dominación. Apenas en la siguiente etapa (II), el “Leviatán” (Th. Hobbes) que aseguraba la paz y la supervivencia, se convierte en Estado constitucional, a través de la división de poderes y garantizando los _Derechos Fundamentales irrenunciables y los _Derechos Humanos; y no fue sino hasta la siguiente fase (III), con la imposición del principio de la soberanía popular y la obtención a través de la lucha del derecho a voto general, que llegó el Estado constitucional democrático, que en el desarrollo posterior fue complementado con los componentes del Estado social y de bienestar (IV). Así que el repertorio se extiende desde la garantía de los derechos generales de supervivencia y seguridad (paz), pasando por el reconocimiento de los derechos de libertad personal (libertad) –los derechos fundamentales y humanos irrenunciables– y la garantía de participación política y derechos de cogestión (igualdad), hasta el logro de los derechos (del ciudadano) del _Estado de Derecho (fraternidad). Sin embargo, con ello la dinámica del desarrollo del Estado constitucional democrático no parece haberse agotado en absoluto. Detrás de la cuarta etapa del _Estado Social, y más allá de ella, se vislumbra ya una nueva dimensión de reivindicaciones y exigencias de garantías: derechos vitales y referidos al medio ambiente, reivindicaciones para mantener una ecología y un ámbito vital intactos frente a los imperativos del crecimiento económico y de la _Seguridad social y militar; a esto se agregan demandas de validez global y de carácter obligatorio para la comunidad mundial. 3. Aunque a consecuencia de estos desarrollos la D. se rija cada vez más por la praxis democrática, no puede ser identificada simplemente con la historia constitucional. La mirada retrospectiva tiene para ella primordialmente la función de ilustrar. Ella explica sus problemas muy sistemáticamente según la necesidad de las cuestiones de orden superior que dirigen el conocimiento. En general pueden distinguirse primero dos tipos fundamentales: (a)_Teorías Normativas, y (b) _Teorías Empírico-analíticas. Mientras las primeras fundamentan lo que idealmente constituye la democracia, y por qué es superior a otras formas de gobierno, los planteamientos del segundo tipo describen lo que es la democracia y analizan cómo funciona realmente. Empero, esta

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diferenciación solamente permite una orientación aproximada; porque también las fundamentaciones normativas se remiten a la _Experiencia, y a la inversa, los planteamientos empíricos nunca describen meramente la realidad encontrada, sino que la interpretan y la organizan bajo un aspecto inquisitivo específico. Dentro de estos dos esquemas fundamentales se pueden distinguir diferentes corrientes, cada una de las cuales fija sus puntos esenciales, y pone en el centro de la consideración distintos conceptos y contextos. (1) La D. tradicional-liberal parte del tópico central en la descripción de la democracia representativa de origen anglosajón (E. Burke): de su caracterización como gobierno responsable (W. Bagehot 1867), como gobierno que toma decisiones y al mismo tiempo tiene que hacerse responsable de ellas. Aquí, el punto focal no es la abolición de la diferencia entre los dominadores y los dominados –el principal interés de la concepción de democracia igualitaria, inspirada por Rousseau– sino el surgimiento de decisiones responsables y conscientes de su alcance. La _Democracia Representativa apunta sobre todo a hacer posible y visible la responsabilidad, y menos a la participación, aunque el cumplimiento de la obligación de rendir cuentas del gobierno se lleva a cabo la mayor parte de las veces a través de procedimientos participativos. En esta perspectiva, la democratización no significa solamente “maximización de las oportunidades de participación”, sino al mismo tiempo “maximización de la responsabilidad política”. La constitución y limitación de la dominación política son los elementos fundamentales de la concepción representativa de la democracia (cf. Mandt 1974). La voluntad del pueblo no se expresa inmediatamente como una voluntad indivisa, sino que se sirve de la intervención mediadora de representantes, que son los que se encargan de echar a andar por primera vez la formación de la voluntad del pueblo mismo, y en caso de decisión política, la interpretan y se anticipan a ella bajo su propia responsabilidad. Entre los representantes y los representados existe una relación de confianza y de encargo (trust; Fraenkel 1991), para la cual ambas cosas son igualmente constitutivas: la independencia y competencia discrecional del diputado, la cual se mueve dentro de los límites trazados constitucionalmente, por un lado, y la autorización otorgada por el pueblo (a través de las elecciones), por el otro. Los representantes de la democracia igualitaria rechazan como elementos ajenos a la estructura de la verdadera democracia precisamente esas cosas: la representatividad, la delegación de poderes, el surgimiento de poderes intermedios. De manera muy consecuente con este orden de ideas, para Rousseau el pueblo inglés solamente era verdaderamente libre durante un único día, el día en que elegía a su parlamento. Una vez que las elecciones parlamentarias han tenido lugar, “entonces vive nuevamente en servidumbre, es nada”. Así que si el pueblo quiere seguir siendo libre, no puede someterse de ninguna manera al yugo de los procedimientos para determinar las decisiones organizados de acuerdo a la división de tareas: “Toda ley que el pueblo no haya confirmado personalmente, es nula y sin valor, no es una ley” (Rousseau 1959: 107). Esta rigidez se basa a fin de cuentas en la ficción, que no se sostiene a nivel empírico, de una voluntad popular pensada como homogénea. Solamente en una común referencia a un bien común presupuesto a priori, pero que no puede ser documentado en ninguna parte, los gobernados y los gobernantes son idénticos, se desecha la diferenciación de dominantes y dominados, como lo exige Rousseau. En este punto, también se puede aclarar de la mejor manera la oposición con la democracia pluralista-representativa. (2) Los defensores de la concepción pluralista parten del hecho de que la percepción en primer plano del propio beneficio es parte inmodificable de la naturaleza humana. Por ello, tampoco la homogeneidad del pensamiento y la voluntad puede ser el objetivo de toda política, sino la reflexión lo más completa posible (“representación”) de las variadas corrientes sociales de intereses y

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opiniones. Es sólo tras haber dirimido los antagonismos existentes, en un proceso de compartir unos con otros y unos contra otros, que surge una especie de “bien común a posteriori” (Fraenkel 1991). Bajo este aspecto existe una coincidencia estructural con los argumentos de los representantes de una concepción de la democracia relativista y escéptica (cf. por ej. Radbruch 1957; Kelsen 1929), que derivan la democracia y las reglas de la mayoría precisamente de la imposibilidad de decidir la verdad, y de la igualdad en valores por principio de todas la opiniones e intereses. Debido a ello, los representantes de la D. pluralista, sucesores del cultivador de la ciencia política y socialista británico H. Laski (1921), consideran imposible un monopolio del proceso de encontrar decisiones políticas por parte de un solo grupo social, porque el proceso de decisión y formación de voluntad siempre es mantenido en una “vía media” por un sistema de fuerzas y contrafuerzas (checks and balances), el cual está igualmente alejado de cualquiera de los intereses y de las posiciones particulares. La política escucha a todos, y precisamente por eso no sigue a ninguna voz de manera irrestricta. Por lo tanto, la concepción del pluralismo presupone un equilibrio de fuerzas que excluye la utilización de la acción al servicio de un poder social parcial. Los partidarios de la idea de representación tienden a responder la cuestión de si es o no deseable la participación política más bien según los requerimientos funcionales del sistema; en cambio, los representantes de una formación no mediatizada de la voluntad popular, que critican a la representación, tienden a estilizar la participación política hasta convertirla en un “valor en sí”. Para G. Leibholz, que intenta combinar ambas concepciones, la democracia moderna ha sufrido una “transformación estructural” en dirección al _Estado de Partidos: los partidos se han convertido en “portavoces”, de los cuales se sirve el “pueblo que ha alcanzado la mayoría de edad”. Este desarrollo permite igualar la voluntad partidista y la voluntad popular, y comprender el Estado de partidos plebiscitario como un “sustituto de la democracia directa en el Estado moderno” (Leibholz 1966: 93 y s.). (3) Los partidarios de la D. elitista se vuelven también contra los excesos y las proyecciones que subyacen a los antiguos ideales liberales de la democracia. Sin embargo, de las discrepancias entre las nociones ideales de democracia del siglo XIX y la realidad no derivan ellos la comprobación de una “falsa” realidad. De alguna manera, es como si la carga probatoria se invirtiera: no es la realidad la que se tiene que justificar ante el ideal, sino que el ideal tiene que demostrar pragmáticamente que es eficaz en la realidad. En la última consecuencia, este orden de ideas conduce a abandonar por completo un papel autónomo de las convicciones normativas sobre lo que debe ser. Lo que actúa es la fuerza normativa de lo fáctico. Lo que pueda y deba lograr la democracia se desarrolla a partir de lo que ella logra de manera objetivamente comprobable. De la necesidad del ideal desilusionado surge la virtud del realismo resistente a las ilusiones. Una orientación así deja de lado que además de la fuerza normativa de lo fáctico, también la fuerza fáctica de lo normativo interviene para regular. Los partidarios de la D. elitista parten de la experiencia empírica de que incluso bajo la condición de una dominación democrática mayoritaria, las decisiones políticas son tomadas sobre todo por minorías. A diferencia de los partidarios de una teoría crítica de la democracia, que toman radicalmente en serio los postulados de la democracia de la soberanía del pueblo, de la igualdad y de la autodeterminación política, a través de la participación en las decisiones, ellos no ven defecto alguno en los fenómenos de la dominación democrática elitista, sino que más bien sacan de ellos la consecuencia concluyente de que no existe ni un concepto del bien común científicamente claro y políticamente vinculante, ni una conducta estrictamente racional de los ciudadanos respecto a sus votos en las elecciones y en las decisiones reales. En el modelo elitista de J. A. Schumpeter, la demanda democrática se reduce al método para

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encargar la dominación: “El método democrático es el orden de la institución para lograr decisiones políticas, en la cual algunos adquieren la autorización para realizar las decisiones por medio de una competencia por los votos del pueblo” (1992: 428). Según este modelo, las grandes sociedades diferenciadas no logran su capacidad de acción política por la vía de una participación permanente de todos en la determinación de todos los asuntos, sino solamente a través de una especie de “división política del trabajo”, en la cual la élite dominante elegida ejerce a largo plazo funciones de representación frente a la mayoría popular, que es incapaz de hablar y actuar por sí misma. Por lo tanto, la ventaja de la democracia frente a otras formas de dominación fáctica de la minoría reside casi exclusivamente en el modo en que la mayoría realiza el encargo de la dominación, el cual por lo menos debe hacer posible la permeabilidad, el cambio político, y también una especie de control ex-post reducido. Una concepción semejante no permite una amplia justificación de la dominación política sobre la base de razones de validez normativas. (4) A. Downs (1957), en su enfoque extraordinariamente influyente de una “Teoría económica de la democracia”, como sucesor de la formación de teorías de la economía nacional, parte del supuesto fundamental de que todas las personas desean maximizar su beneficio individual a través de la acción racional. A esta noción subyace la imagen conductora del homo oeconomicus, el hombre económico ampliamente informado y capaz de tomar decisiones únicamente sobre una base racional. Sin embargo, es muy dudoso que realmente se pueda comparar la decisión electoral con una decisión de mercado. Porque esta comparación deja de lado lo que distingue a la decisión política de cualquier otra decisión; que en ella se encuentran rastros de una racionalidad de acción colectiva, porque las decisiones políticas presuponen una capacidad para procesar información como solamente se da en los procesos de interacción sociales. La excesiva individualización de la racionalidad de la conducta hace que también J. M. Buchanan y G. Tullock (1962), continuando con el planteamiento de Downs, aboguen por una fundamentación de la democracia sobre la base de las antiguas teorías contractualistas. Para ellos, la democracia y la decisión de la mayoría son las reglas de decisión respecto a las cuales se ponen de acuerdo forzosamente los individuos que actúan racionalmente. (5) La crítica de la D. crítica se dirige contra las que desde su perspectiva son fatales consecuencias de los enfoques teóricos empírico-descriptivos, la “teoría de la dominación elitista democrática” (Bachrach 1970) y la teoría del pluralismo: la corriente de investigación dominante en la democracia está perdiendo la distancia crítica respecto a la realidad político-social correspondiente, afirman. La D. crítica confronta la realidad con rigurosos postulados normativos, en cuyo centro se encuentra el ideal de la auto-determinación individual. Esta orientación respecto a la autonomía del individuo puede conducir a dos consecuencias totalmente diferentes, e incluso contrarias: a la demanda de una participación política proveniente de todos lados, y democratización de la sociedad en su conjunto, por un lado, y por otro a la demanda de una libertad general de la dominación. En la práctica, muchas veces las dos variantes de la D. crítica, la “participativa” y la “anarquista” son difíciles de mantener separadas, dado que tanto en la crítica como en los valores a los que se remiten se sirven de argumentos y tópicos semejantes. El concepto de participación entiende la auto-determinación como co-determinación; en esta tendencia, todos los ámbitos de la vida se comprenden como necesitados de co-determinación. No existen espacios privados o sociales apolíticos. El objetivo es la democratización integral de todos los ámbitos de la vida (Vilmar 1973). El acompañante de esta concepción de la democracia es un concepto expansionista de la política que también incluye los ámbitos vitales sociales y privados.

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Si como consecuencia de la concepción participativa de la democracia se da una “politización total”, la variante anarquista, inversamente, apunta más bien a una “privatización total”: el objetivo y la función de la democracia es aquí la reducción de la dominación de cualquier tipo. Los defensores del ideal de la libertad de dominación apuestan por el discurso libre de dominación y represión, que debe generar la indispensable cantidad mínima de características comunes, develando sin engaño los intereses de todos los participantes. El modelo discursivo de J. Haberlas parte de la capacidad de verdad de las cuestiones prácticas, y desemboca consecuentemente en la exigencia de procedimientos de consenso para llegar a un acuerdo. Cuando ya no se le impone la voluntad a nadie por mayoría de votos, nadie puede sentirse tampoco dominado y determinado por otros. En este punto de fuga utópico se tocan la variante participativa y la anarquista de la teoría crítica de la democracia: la demanda de participación fija de manera absoluta la soberanía del pueblo, y con la consecuencia de Rousseau comprende al pueblo como un sujeto dotado de una voluntad unitaria; la demanda de libertad de la dominación fija de manera absoluta la autonomía y autorrealización individual, de manera que solamente pueden darse acciones colectivas obligatorias cuando todos estén unidos por una voluntad común. (6) De manera muy semejante, también la D. socialista se encuentra en una doble relación de tensión respecto a la idea de la democracia: por un lado existe en la perspectiva del comunismo sin Estado la reserva casi “natural” frente a toda forma de dominación de una posición que se ha adscrito al ideal de la falta de dominación; y por otro lado, se tiene el temor de que la democracia pudiera embellecer el “contenido clasista de la democracia burguesa” (Lenin 1959: 240), y reducir de esta manera la disposición a la revolución. Según la teoría marxista solamente existen democracias de clases. Si el “revisionista” E. Bernstein (1899: 126) había elogiado a la democracia como la “alta escuela del compromiso”, precisamente este efecto atenuador de conflictos y, con ella aparejada, la ceguera frente a la contradicción de clase que sigue existiendo, es algo que los ortodoxos no soportan: bajo la fachada del principio de mayoría y de la igualdad formal, la “democracia burguesa” solamente esconde su carácter represivo de clase, afirman; solamente la democracia “proletaria” o “socialista” trae consigo una ampliación decisiva más allá del Estado burgués pseudo-democrático; solamente la revolución socialista hace que surja un “pueblo unido socialmente” como base de una dominación popular real. Es cierto que todavía existen clases diferentes, pero, según la doctrina estalinista, las contradicciones de intereses producidas por ellas ya no son antagónicas, de manera que el Estado tampoco actúa ya como instrumento de represión al servicio de una clase. Para la D. socialista, la democracia es solamente un fenómeno histórico transitorio; la primera etapa de desarrollo está totalmente bajo el signo de la estrategia de conquista y afirmación política del poder del proletariado. Lukács acuñó para esta fase el concepto aparentemente paradójico de la “dictadura democrática”. Sólo en la segunda fase la democracia amplía su círculo funcional a todo el pueblo. Y finalmente, “en la sociedad comunista, transformándose y convirtiéndose en una costumbre, se extinguirá” (Lenin 1959: 240s.). En el contexto de la teoría marxista del Estado, la democracia es un componente de una amplia teoría de la sociedad, con una perspectiva y periodización basadas en la filosofía de la historia. Esta teoría describe su objetivo y función de manera casi completa. En la democracia occidental, esta relación está determinada de manera completamente distinta. Aquí, la democracia no es la coincidencia en base a una amplia homogeneidad social y en la cosmovisión, sino una coincidencia política que requiere constantemente ser renovada, precisamente debido a la constante diferencia social y en cosmovisiones. La democracia occidental no conoce la prescripción obligatoria de un

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objetivo del Estado. Ella requiere la unificación democrática continua de la voluntad, que define el objetivo de la entidad común de manera constantemente nueva. El compromiso con un procedimiento que asegura la pluralidad, competencia de valores y tolerancia, sustituye el compromiso con un objetivo histórico y social fijado ideológicamente. (7) N. Luhmann (1969), en su versión de _Teoría de Sistemas, intentó definir de nuevo los requisitos normativos de la democracia. Él parte de un “grado de complejidad” históricamente sin igual del horizonte de realidad políticamente relevante: los objetivos de la acción individual y colectiva ya no están dados previamente de manera clara. Nos encontramos en un mundo abierto en principio, extremadamente complejo y ónticamente indeterminado. La política tiene que “elaborarse” continuamente los propios fundamentos y criterios de su decisión. En estas situaciones, la democracia aparece como respuesta adecuada, porque proporciona una estructura de procedimientos para producir decisiones ampliamente neutrales en cuanto a los contenidos, es decir, libre de “decisiones previas valorativas”, o también, en el lenguaje de la _Teoría de Sistemas, porque tiene “una alta capacidad de selección”. La democracia se distingue de otras formas de Estado por el hecho de que “a pesar del constante trabajo de decisión” sigue manteniendo el ancho de banda de la complejidad (Luhmann 1969: 319 s.). Aunque con cada decisión tomada desecha una gran variedad de otras decisiones posibles, es decir, que “reduce la complejidad”, en total también intenta mantener un espacio de selección lo más incluyente posible para decisiones futuras. Por lo tanto, la democracia combina la capacidad de producir decisiones vinculantes con el mantenimiento de la complejidad, es decir, con la apertura estructural respecto a alternativas futuras de acción. A primera vista, esto suena mucho a los argumentos de la fundamentación tradicional-liberal de la democracia, libertad, variedad, pluralidad, apertura, participación, y competencia de opiniones. Sin embargo, estos valores y principios obtienen un sentido totalmente diferente en el contexto de una fundamentación de la democracia concebida desde la teoría de sistemas: la variedad no se fundamenta aquí como una oportunidad de enriquecimiento psicológico desde el sujeto individual; la capacidad de adaptación y de transformar los objetivos son valores positivos, porque son los que más garantizan el mantenimiento del sistema bajo las condiciones de un entorno complejo; la participación democrática no obtiene su importancia como instrumento de realización de la autonomía individual y colectiva, sino como garante de un campo de selección lo más amplio posible para las decisiones políticas; y la elección, finalmente, como la “pieza clave” clásica de la democracia, sirve en el sistema representativo menos para la realización de la libertad individual y la autorrealización, que para proteger a la capa administrativa encargada de las decisiones frente a estados de ánimo de los electores y fugaces procesos político-competitivos. En pocas palabras: en la fundamentación funcionalista de la democracia de la teoría de sistemas, la motivación subjetiva y la gratificación psicológica de la democracia son sustituidas consecuentemente por rendimientos objetivos, funcionales para el sistema: la participación produce variedad, “complejidad”; y la complejidad asegura la supervivencia a largo plazo del sistema. La democracia no es justificada como la forma “más humana” de organización de procesos de dominación, sino como la forma del Estado que bajo las condiciones modernas es la que más garantiza el mantenimiento del sistema. En contra de su pretensión, la fundamentación de la democracia concebida por la teoría de sistemas no determina de nuevo las premisas normativas de la democracia, sino que hace superflua una fundamentación genuinamente normativa. La sustitución de las características tradicionales normativas, estructurales y procedurales de la democracia por criterios funcionalistas respecto a la capacidad del sistema de mantenerse a sí mismo, no crea

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una base genuina de legitimidad para la democracia. Por principio, toda forma de organización de dominación que optimice las oportunidades del sistema de afirmarse a sí mismo es capaz de justificarse sobre esta base. 4. La oscilación de las orientaciones democráticas relevantes entre los polos “utopía” y “adaptación” (Scharpf 1970) no ha sido precisamente positiva para la discusión sobre la democracia de las últimas dos décadas. Una democracia que satisfaga los estándares científicos actuales tendría que ser lo suficientemente compleja y elástica para integrar ambos impulsos, es decir, para relacionar mutuamente con sentido heurístico las cuestiones específicas y las deducciones incluso de planteamientos diferentes. Tendría que tomar en cuenta los datos y conocimientos empíricos de la investigación de _Partidos y _Grupos de Interés, de la _Investigación Electoral, de la _Psicología Política y otras disciplinas especializadas, al igual que las “cuestiones relevantes”, los objetivos y valoraciones sociales, las esperanzas y temores que se relacionan en cada caso con la democracia. No puede comprometerse solamente con un valor y un objetivo (participación o eficiencia, libertad o igualdad, Estado de Derecho o Estado social, protección de minorías o dominación de la mayoría, autonomía o autoridad), sino que tiene que combinar un número lo más grande posible de objetivos que hayan demostrado tener sentido desde el punto de vista social en la filosofía occidental de la democracia y en la práctica de la misma. No puede solamente reproducir la realidad, ni puede perderse en utopías tan alejadas de la realidad que resultan inalcanzables. Lo que se requiere es un planteamiento teórico complejo que mantenga una distancia media entre la visión y la referencia a la realidad; una democracia que esté siempre por delante de su realidad, pero sin perderla de vista. Entre las nuevas cuestiones de la democracia contemporánea también estará, sobre todo, la cuestión de si la democracia es posible sin un bienestar creciente. En el pasado, la democracia se estructuraba casi siempre como “comunidad social de ganancia”. Esto ha sido también esencial para fundamentar su atractividad y dinamismo. ¿También funciona como asociación política solidaria para la organización de las renuncias y la distribución de cargas? ¿O se requiere resguardar las nuevas obligaciones ecológicas y globales de lo impredecible de la polémica de opiniones, y fijarlas por escrito como prescripciones normativas de Derecho constitucional del proceso político, de la misma manera en que hemos procedido en el caso de los derechos fundamentales generales y las definiciones actuales de los objetivos del Estado? _Teoría Discursiva de la Acción Comunicativa. Bibl.: Adler, M. 1926: Politische oder soziale Demokratie (Democracia política o social), Berlín: Laub. Agnoli, J./ Brückner, P. 1967: Die Transformation der Demokratie (La transformación de la democracia), Francfort del Meno: Europäische Verlagsanstalt. Bachrach, P. 1967: Theory of Democratic Elitism, Boston: Little Brown. Barber, B. 1984: Strong Democracy, Berkeley et al.: UCP. Bernstein, E. 1899: Die Voraussetzungen des Sozialismus und die Aufgaben der Sozialdemokratie (Las condiciones previas del socialismo y las tareas de la Socialdemocracia), Stuttgart: Dietz. Bobbio, N. 32001: El futuro

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7.-Régimen Autoritario, tipo de sistema político sui generis, no simplemente una forma mixta de regímenes totalitarios y sistemas democráticos. Las dimensiones de investigación tipológicamente relevantes y los criterios nítidos de separación que hacen distinguibles a los R.A. del _Totalitarismo y la _Democracia, son la forma de ejercer el poder, las formas de organización, los sistemas de creencias y de valores, la vinculación del poder estatal y la esfera social, así como la asignación de papeles a la población en el proceso político. Aquí queda excluido un análisis de los resultados de la política, al igual que los objetivos buscados o la razón de ser del régimen. Ante el fondo de estas limitaciones, los R.A. se pueden designar como sistemas que cuentan solamente con un _Pluralismo limitado, no poseen una _Ideología ampliamente formulada, y –excepto en sus fases de surgimiento– no recurren a una movilización ni extensiva ni intensiva (cf. Linz 2000). 1. El pluralismo limitado de los R.A. tiene que ser considerado como la principal característica delimitante respecto a las democracias (y su pluralismo, ilimitado por principio), y los sistemas totalitarios (monismo). El pluralismo limitado de los R.A. no es solamente el pluralismo de la organización de un solo partido, o del aparato del Estado, sino de las estructuras sociales, económicas, institucionales y políticas, que existían antes del R.A., o que se desarrollaron fuera del régimen, y que se distinguen en este aspecto del pluralismo de intereses en los sistemas comunistas o en el Estado nacionalsocialista (_Nacionalsocialismo). La admisión y los espacios de acción de los actores políticos y sociales dependen en buena parte de los dirigentes autoritarios del Estado. Dentro de los límites del pluralismo limitado varían las formas de _Participación política. Van desde la apatía política, pasando por formas de participación semipluralistas, elitistas, hasta llegar a una movilización intensamente organizada. Frecuentemente, la despolitización demuestra ser muy funcional, dado que una constante movilización de masas, dirigida por un partido, podría ser experimentada como una amenaza por los grupos dirigentes, como la burocracia, el ejército, la Iglesia y los grupos de interés. En delimitación respecto al totalitarismo, para los R.A. es más acertado hablar de_Mentalidades que de ideologías. La mentalidad es, como lo expresa T. Geiger (1932), “espíritu subjetivo”, y en cambio, la ideología es “espíritu objetivo”. Las ideologías son reflexiones, las mentalidades, predisposiciones psíquicas, las primeras tienen contornos claros y están codificadas, y las segundas funcionan de manera amorfa. La falta de una ideología de contornos definidos la pagan los R.A. con la pérdida de la capacidad de movilización e identificación afectiva de la población con el sistema. Por otro lado, el recurso a valores solamente generales, como el patriotismo, el _Nacionalismo, la modernización, el orden, etc., permite a los dirigentes de los regímenes autoritarios una orientación más pragmática en la formulación política. Los regímenes autoritarios son aquellos que no se basan, o no se basan solamente en la _Legitimidad tradicional, como por ejemplo las monarquías islámicas. Tampoco pueden igualarse con la _Dominación puramente personal, que está construida sobre la violencia y _Corrupción para beneficio del gobernante, su familia, sus clientes (_Clientelismo) y pretorianos, que se puede designar como sultanista en el sentido de Max Weber (por ej., Trujillo, Somoza). La represión y el terror estatal no son características distintivas de regímenes totalitarios y R.A., aunque los regímenes totalitarios frecuentemente han conducido a un nivel considerable de represión, y los R.A. son frecuentemente menos represivos. Los R.A. surgen de la crisis y el desmoronamiento de los sistemas democráticos, de la transición desde la dominación tradicional, de la inestabilidad tras la descolonización, de los conflictos en sociedades multi-étnicas, de la “rutinización” del utopismo totalitario. 2. Las tres dimensiones

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centrales –pluralismo limitado, despolitización o participación limitada, mentalidades– no solamente permiten una delimitación respecto a los regímenes totalitarios monistas, altamente movilizados e ideologizados, sino también, en una diferenciación comparativa, una tipologización más fina de los R.A. mismos. La clasificación que resulta de esto es tipológicamente ideal, en el sentido de Weber, y sólo raras veces corresponde enteramente a los regímenes realmente existentes, dado que éstos siempre son también el resultado de tendencias contradictorias. (1) Tipo burocrático-militar. Este tipo de R.A. no dispone ni de instituciones complejas de un corporativismo dispuesto autoritariamente, ni de un partido capaz de organizar movilizaciones, que pudiera servir para reclutar a la élite y canalizar la participación. Es algo así como un “tipo paradigmático” de R.A., dado que está igualmente alejado de los sistemas democráticos y de los sistemas totalitarios. Dirigido casi siempre por militares no carismáticos, este tipo de régimen está orientado pragmáticamente dentro de los límites de su mentalidad burocrático-militar. No pocas veces se da a continuación de los sistemas liberal-democráticos, en los cuales el _Sistema de Partidos no fue capaz de producir lealtades al sistema o a los gobiernos estables (Stepan 1973; O’Donnell 1973; Collier 1979). (2) Corporativismo autoritario. Este tipo está caracterizado por un procedimiento de representación de intereses dispuesto por el Estado. Este tipo de esquema de solución de conflictos institucionalizado obligatoriamente, permite la representación de intereses sociales, limitando al mismo tiempo los _Conflictos en forma administrativa obligatoria. Como “democracia orgánica” el corporativismo autoritario sirvió como una alternativa ideológica para las sociedades que no podían ser gobernadas solamente con medios tecnocrático-autoritarios, debido a su complejidad económica y social (Stepan 1978). El “Estado Novo” de Salazar encarnó este tipo de la forma más clara. Pero también el régimen de Dollfuß en Austria (1934–1938), y la España de Franco después del periodo fascista pre-totalitario, se pueden incluir en el tipo del corporativismo autoritario. (3) R.A. de movilización en sociedades post-democráticas. A diferencia de otras concepciones autoritarias, el tipo de movilización intenta generar una identificación afectiva de los gobernados con sus gobernantes autoritarios, a través de formas emocionales de legitimación. Las formas plebiscitarias de participación tienen el propósito adicional de ayudar a asegurar el apoyo de las masas. Estos R.A. fascistas de movilización son menos pluralistas, y en cambio, más ideológicos y abiertos a la participación que los regímenes burocrático-militares, o corporativistas obligatorios. Están más cerca de la democracia que del _Liberalismo, intentan compensar la pérdida de libertad individual a través de oportunidades controladas de participación, son menos conservadores y más abiertos respecto al cambio limitado. (4) Regímenes de movilización post-coloniales. La debilidad simultánea de la autoridad tradicional y la falta de comprensión para los complejos mecanismos de una autoridad racional y legal, hicieron aparecer esta variante específica sobre todo en el África post-colonial. El carácter artificial de las fronteras estatales post-coloniales, las divisiones étnicas, lingüísticas y religiosas a través de la población, las disparidades económicas entre los centros urbanos y la periferia rural (_Cleavages), así como la debilidad de las burocracias administrativas, hicieron creer a muchos líderes de los Estados que se habían independizado que un partido y una conducción del Estado dirigidos de manera autoritaria eran los únicos instrumentos que auguraban el éxito en el proceso de la formación de nación. Estos R.A. casi siempre han sido víctimas de golpes militares y/o han sido transformados en una dominación puramente personal (Jackson/Osberg 1982). El pluralismo limitado, la relativa autonomía de la sociedad, la heterogeneidad de las tendencias y las fuerzas políticas conducen más frecuentemente a la liberalización, y con ello a las crisis, y bajo condiciones especiales, a la transición endógena hacia la

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democracia (_Cambio de Sistema). (5) “Democracias” raciales y étnicas. Este concepto, elegido conscientemente de forma paradójica, se refiere a regímenes que, como Rodesia antes de 1980, y Sudáfrica antes de 1994, le conceden a un grupo definido racialmente (casi siempre una minoría) la participación en los procesos democráticos, mientras otros grupos étnicos siguen excluidos de los derechos democráticos. Aquí, la “democracia racial” no solamente significa dominación autoritaria sobre la población de color, sino también presión autoritaria frente a los disidentes blancos que combaten la política racista y la cuestionan. (6) Regímenes imperfectamente totalitarios y regímenes pre-totalitarios. Con el concepto de regímenes imperfectamente totalitarios (defective or arrested totalitarism) se pueden designar los sistemas en los cuales las tendencias de desarrollo hacia el totalitarismo han sido detenidas, pero sus representantes se han convertido en un significativo factor de poder dentro del sistema. En cambio, el pre-totalitarismo debería quedar reservado a los regímenes que se encuentran en una fase de transición hacia el establecimiento de un sistema totalitario. Así, se puede designar a la España en la fase inmediatamente posterior a la _Guerra Civil como régimen imperfectamente totalitario, y el Tercer Reich en el primer periodo tras la toma del poder, como régimen pre-totalitario. (7) R.A. post-totalitarios. La fase tardía de los regímenes comunistas en Europa del Este bajo la URSS fue asimilada a los R.A. Había importantes diferencias que aconsejaban caracterizarlos como un tipo diferenciado post-totalitario, que se habían desarrollado por herencia del totalitarismo. El pluralismo limitado no formaba parte de la sociedad pre-comunista (a excepción de Polonia, que ha sido descrita como autoritaria), sino de la relativa autonomía de los aparatos del sistema y/o de la _Sociedad Civil, que conquistó ciertos espacios libres por debajo y por fuera. Formalmente, se mantuvo el monopolio de poder del partido y sus ramificaciones, la nomenclatura que ya envejecía. La ideología se convirtió en una “mentira viviente” tanto para la población como para una parte de los cuadros, pero ya no era la línea directiva. Se intentó sustituirla por la eficiencia como base de legitimación. Se realizó la movilización por las organizaciones de masas. Estos desarrollos fueron resultados de una cotidianización del carisma partidista desde arriba, de la crisis de la creencia ideológica y de la transformación social. El desarrollo diferente en los diferentes países permite desarrollar una tipología que fue importante para los procesos de transformación y el desmoronamiento.(Linz/Stepan 1976; Linz 2000; Thompson 1998). Bibl.: Chehabi, H.E./ Linz, J.J. 1998: Sultanistic Regimes, Baltimore: JHUP. L. Collier, D. (Ed.) 1979: The New Authoritarianism in Latin America, Princeton: PUP. Geiger, T. 1932: Die soziale Schichtung des deutschen Volkes (La estratificación social del pueblo alemán), Stuttgart: Enke. Huntington, S.P.E./ Moore, C.M. (Ed.) 1970: Authoritarian Politics in Modern Society, Nueva York: Basic Books. Linz, J.J. 1964: An Authoritarian Regime: The Case of Spain, en: Allardt, E./ Rokkan, S. (Ed.) 1970: Mass Politics: Studies in Political Sociology, Nueva York: Free Press. Linz, J.J. 1975: Totalitarian and Authoritarian Regimes, en: Greenstein, F.I. and Polsby, N. W.: Handbook of Political

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8.- Totalitarismo, designación para una forma de _Gobierno que pretende someter a la _Sociedad y a los individuos a un control total, no limitado por los _Derechos Fundamentales ni por la _División de Poderes. En el plano ideal-típico, el T. caracteriza (1) una ideología de amplio alcance, que se apodera de todos los ámbitos de la vida, (2) un aparato de Estado constituido jerárquicamente, orientado hacia un líder, que (3) es dominado por un _Partido Unificado, (4) una economía dirigida por el Estado y el partido, (5) la conducción y censura de los medios de comunicación, (6) la militarización de la sociedad, y (7) la exclusión y el terror sistemático contra las fuerzas que supuestamente se oponen al sistema (los judíos; la _Burguesía; cf. Friedrich/Brzezinski 1956). 1. El concepto del T. sirvió originalmente como concepto de lucha contra el Estado total propagado por el _Fascismo italiano (stato totalitario). Pero ya en los años 1930 se utiliza para destacar con intención comparativa el carácter totalitario del _Nacionalsocialismo y del _Comunismo. Finalmente, en la época de la Guerra Fría experimentó un renacimiento, para delimitar las democracias liberales occidentales frente al _Sistema Unipartidista del rival, la Unión Soviética. El desarrollo de las teorías sobre el totalitarismo (T.T.) muestra claros paralelos con las coyunturas del T. como concepto de lucha, pero no puede ser reducido al contenido propagandístico político. Las T.T. proporcionan (a) una elaboración de los fundamentos de la dominación totalitaria en la historia ideológica, describen (b) en una perspectiva histórica fenómenos específicos de la política en las modernas sociedades industriales de masas (movimientos masivos; manipulación de parte de los medios; la destrucción de la separación entre el ámbito privado y público), ofrecen (c) a la ciencia política comparativa un modelo ideal-típico de los Estados totalitarios, y con ello permiten (d) delimitar las exigencias mínimas a los órdenes políticos liberales respecto a las _Utopías y las _Ideologías de derecha y de izquierda, tecnocráticas, ecológicas y religiosas. Sin embargo, la búsqueda de las analogías entre los sistemas comunistas y fascistas, característica de la investigación del totalitarismo, seduce a subestimar sistemáticamente (a) determinados fenómenos que no se adaptan al esquema fundamental del T., como la capacidad de introducir reformas del sistema soviético, o la policracia del sistema de dominación nacionalsocialista, (b) a borrar las diferencias fundamentales entre la ideología racista nacionalsocialista (_Racismo) y el _Marxismo, y (c) a que se relativice, con intención normativa, como sucedió recientemente en relación con la Polémica de los Historiadores (1987), la singularidad del Holocausto, en el marco de una cuestionable superación del pasado. 2. El nuevo renacimiento del concepto de totalitarismo desde fines de los años 1980 fue originado, por un lado, por el estudio de los fenómenos del_Fundamentalismo y del _Extremismo, así como por la necesidad de elaborar la historia de la antigua República Democrática Alemana y otros Estados postcomunistas. Por otro lado, la T.T. ha recibido nuevos impulsos teoréticos, especialmente a través de la crítica de la Época Postmoderna a la parte oscura, potencialmente totalitaria, de la _Modernidad. Bibl.: Arendt, H. 1982: Los orígenes del totalitarismo, Madrid: Alianza. Friedrich, C. J./ Brzezinski, Z. 1956: Totalitarian Dictatorship and Autocracy, Cambridge/ Mass.: HUP. Hildebrand, K. (Ed.) 2003: Zwischen Politik und Religion. Studien zur Entstehung, Existenz und Wirkung

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9.- Investigación de la Transición, una rama del área de _Sistemas Políticos Comparados que estudia el _Cambio de Sistema de _Regímenes Autoritarios a _Democracias. Esta rama de investigación experimentó un auge acelerado con la «tercera ola de democratización» (S. P. Huntington) que inició en 1974 con la «revolución de los claveles» en Portugal y terminó a principios de los años 1990. No obstante, el término de I.T. no se quedó con la exclusividad de investigaciones sobre la _Democratización. Transición compite con los conceptos –que por regla general se utilizan como sinónimos– de cambio de sistema, cambio de régimen, transformación, entre otros. Los intentos de delimitar sistemáticamente entre sí estos términos de manera razonable fracasaron, no sólo por la práctica lingüística plural de los «transitólogos», sino también por la diversidad de perspectivas bajo las que se estuvo observando el proceso. En lo medular, la I.T. se centró en la transformación o el cambio del _Sistema Político, es decir, en su democratización. La mayor atención recayó en los actores políticos. Las teorías de transición tematizan (1) el patrón de transcurso o de fases de los procesos de transición, (2) los actores que participaron de manera decisiva y sus estrategias, (3) el patrón de solución de conflictos que permitió la apertura política o bien desencadenó la dinámica de la democratización, (4) las condiciones que resultan del tipo de transición para el desarrollo posterior de la democracia y que tal vez lo dificulten. La concentración en el ámbito institucional político y en los actores políticos no excluía que se tomaran en cuenta también los factores estructurales y las transformaciones en los ámbitos de la economía y la sociedad y que, sobre todo en el aspecto de las relaciones secuenciales, se observaran conexiones entre los diferentes sistemas parciales. Éstas, empero, atrajeron más la atención en la investigación de la consolidación que seguía a la I.T., pudiendo retomarse líneas de investigación anteriores que consideraban que el desarrollo de la democracia dependía primordialmente de factores estructurales. Véase _Cambio de Sistema. Bibl.: Huntington, S. P. 1994: La tercera ola. La democratización a finales del siglo XX, Buenos Aires: Paidós. _Cambio de Sistema.Dieter Nohlen

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10.- Cambio de Régimen, también _Cambio de Sistema, designación para procesos de transición de un tipo hacia otro de _Dominación política, en donde se pone especialmente como base la oposición entre la _Democracia, por un lado, y la _Dictadura o el _Régimen Autoritario, por otro. 1. El concepto de _Régimen se utiliza en la _Gobierno Comparado, a diferencia de la doctrina de las _Relaciones Internacionales (_Regímenes Internacionales), en gran medida como sinónimo de forma de gobierno, y se refiere a las condiciones formales y fácticas del ingreso al poder de gobierno y el ejercicio del mismo, así como a la forma de proceder con la _Oposición. Como fenómenos parciales del _Desarrollo político, los C.R. están caracterizados por el hecho de que se trata de procesos que transcurren en una perspectiva relativamente de corto plazo, y que pueden ser deslindados de la transformación evolutiva de un _Sistema Político. Según su forma, y en referencia a la radicalidad del cambio en el orden social que lleva aparejado, un C.R. puede ser parte de una _Revolución, pero en la mayor parte de los casos históricos se trata de procesos no revolucionarios. 2. En la ciencia política, los C.R. desempeñan un papel importante como objetos de investigación (_Transición) desde principios de los años 1970. Características esenciales de la investigación respecto a los C.R. han sido siempre su estrecha relación con los desarrollos políticos contemporáneos, la concentración analítica de la mayor parte de las investigaciones en las razones definitorias, los espacios de libertad de decisión, y las consecuencias de la acción de los _Actores políticos individuales y colectivos, así como una orientación, explícita en muchos científicos, hacia el objetivo normativo de hacer una contribución al fortalecimiento y difusión del régimen democrático. 3. Respecto a la investigación de la transición y la formación de teorías _Cambio de Sistema. Bibl.: _Cambio de Sistema. Bernhard Thibaut Cambio de Sistema, en general, el proceso de transición de un tipo de régimen hacia otro, especialmente aquél de una _Dictadura, de un _Régimen Autoritario o del _Totalitarismo (en cuanto tipo de régimen) hacia la _Democracia. En la literatura científica se utilizan para este mismo proceso también los conceptos de _Transición, _Cambio de Régimen, transformación y _Democratización; éste último indica claramente la dirección de esa evolución. En cambio, para el proceso inverso se emplea habitualmente el término del derrumbe de la democracia (breakdown of democracy). En la perspectiva histórica concreta se entienden bajo C.S. primordialmente las transiciones democráticas en Europa del Sur, América Latina, África y Asia durante el último cuarto del siglo XX, las que son clasificadas también con la etiqueta de «la tercera ola de democratización» (Huntington 1991). El C.S. se ha consumado, cuando se han construido las instituciones de la democracia representativa y el _Sistema Político funcione en el marco de elecciones libres y la competencia plural de partidos, es decir, de acuerdo con los criterios mínimos del concepto de democracia desarrollado por R. Dahl (1971). 1. En los años 1970 se logró el regreso a la democracia en los países miembros de la OCDE Grecia, Portugal y España. Desde fines de los años 1970, pero principalmente durante los años 1980 fueron superados los regímenes autoritarios en América Latina, con excepción de Cuba. Desde finales de los años 1980, la democracia se abrió camino en Europa Central, del Este y del Sureste (en suma, en Europa Oriental). También pudieron observarse algunos casos de C.S. en África y Asia. Sin embargo, no todos los 78 C.S. registrados en los años entre 1974 y 1998 derivaron en

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la construcción de una democracia. El C.S. se caracterizó en la mayoría de los casos por una uniformidad notable en la concepción de la meta del desarrollo político: el establecimiento de una democracia plural. Se realizó en estos casos por medio de _Elecciones generales y una competencia abierta entre los partidos en torno a la ocupación de los cargos públicos. No en todas partes se buscaba el tránsito a la democracia, a veces simplemente no se logró. En África y Asia el asunto se quedó frecuentemente en elecciones que fueron manipuladas y fungieron para disimular las ya existentes o nuevas relaciones de dominación autoritarias. También América Latina no escapó de las involuciones. En Perú se estableció en 1992 por medio del autogolpe del presidente Fujimori un régimen neoautoritario, que si bien fue confirmado a través de elecciones, no pudo ser restituido como democracia salvo con la destitución del propio presidente, ocurrida en 2000. Comparando las transiciones en diversas regiones del mundo, las condiciones económicas, sociales y políticas iniciales y los correspondientes procesos colaterales eran muy distintos. Así, el C.S. evaluado por grupos de países abarcó dimensiones diferentes. En Europa del Sur comprendió en el fondo únicamente el nivel político-institucional, incluyendo la restitución del Estado de derecho. El acercamiento a la _Unión Europea y finalmente la integración a ella que de esta manera se logró, proveyó a esos países de las ventajas económicas que esperaban de la democratización. El C.S. en América Latina fue acompañado en el nivel político-institucional por la necesidad de llevar a cabo un cambio en la estrategia de desarrollo. Durante la década de la _Crisis del Endeudamiento se agotó definitivamente la estrategia de desarrollo vía industrialización por medio de la sustitución de importaciones que se había seguido desde los años 1930. Las jóvenes democracias se veían presionadas de recuperar el equilibrio macroeconómico y apostaron al _Ajuste Estructural y al _Neoliberalismo. Otra dimensión pocas veces registrada consiste, en estos casos, en la reforma del Estado, de su relación con la sociedad, la superación de estructuras premodernas y patrones de conducta de paternalismo y _Clientelismo. El C.S en Europa Oriental incluyó de modo consustancial los niveles político y socioeconómico. Se tenía que transformar no sólo el sistema político sino también el sistema social determinado por relaciones específicas de producción y propiedad. Aquí era visible para todos el carácter doble del C.S. Para África y Asia no resultó ninguna uniformidad regional respecto de las dimensiones del proceso de transformación, los modelos antes descritos se distribuyeron más bien a diferentes países. 2. La ciencia política realizó en el área de la _Investigación de la Transición que pronto se estableció, poblado de especialistas regionales, de comparatistas (_Gobierno Comparado) y de investigadores Cambio de Sistema 124 del desarrollo (_Teoría de Desarrollo), primero una división de las fases del proceso en liberalización, democratización (transición) y consolidación, estudiando las condiciones políticas y constelaciones de fuerzas específicas de cada caso. Se desarrollaron diferentes tipos de transición considerando la secuencia de liberalización y democratización, pero particularmente el criterio de la relación de fuerzas entre las élites del régimen y las fuerzas reformadoras en el proceso de transición: el C.S. como resultado (a) de una conducción desde arriba por las viejas élites políticas; (b) de un compromiso entre las viejas y las nuevas élites políticas; y (c) de la implosión del régimen autoritario y el reemplazo de las élites políticas antiguas por aquéllas de la oposición democrática (Huntington 1991, von Beyme 1994). Si se supone la existencia de un enfoque teórico específico de investigación de la transición, entonces sería el centrado en los actores de G. O’Donnell y Ph. C. Schmitter (1986). Por cierto que este enfoque es parte de los enfoques de la _Teoría de la Acción, se ubica en el _Individualismo Metodológico, e investiga procesos micro, características

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que comparte con otros en el paisaje teórico y metodológico.Sin embargo, en su aplicación a la transición, especialmente a la fase de democratización limitada en el tiempo, i.e. el C.S., ha sido desarrollado de forma tan sofisticada que no se le puede negar su originalidad. Prueba de que la investigación posterior parece ser consciente de esto, es la, por así decirlo, forzosa y obligatoria referencia a este estudio. O’Donnell y Schmitter definen la transición, subdividan el proceso de transición en fases, estudian los actores políticos involucrados en el proceso de C.S. y sus estrategias, además de analizar el modelo de solución de conflictos y determinar los tipos de transición, suponiendo que éstos tienen importancia para el futuro desarrollo político,dado que no perciben este futuro como un desarrollo que deba desembocar de forma linear en una democracia. Por otra parte, una de las más relevantes características de su enfoque es la determinación de los factores domésticos e internos como factores causantes preeminentes de las transiciones. Hacen hincapié en las tensiones entre grupos de poder en el sistema de dominación autoritario. La ventaja de este enfoque teórico, elaborado en primer lugar en base a los casos de transición latinoamericanos, es su lógica interna. Sin embargo, esto se consiguió a costa de un doble _Reduccionismo: la desatención de otros factores no internos y no centrados en los actores, por un lado, y el olvido de la fase de consolidación en el proceso de transición, por el otro. Empíricamente, se puede objetar por lo demás, que los procesos de transición no fueron siempre desencadenados por tensiones en la élite de poder, a lo sumo como reacción frente a factores que no pudieron ser mantenidos bajo control por el régimen autoritario. Otra ventaja, sin embargo, existe en la función heurística del enfoque de O’Donnell/ Schmitter, pues ha fomentado la controversia de carácter teórico-analítico sobre el actor y la estructura como alternativas de explicación de los procesos de transición a la democracia (cf. Merkel 1994). En la explicación del C.S. lograron especial atención los enfoques centrados en los actores, en última instancia también, porque en ninguna parte se habían establecido las condiciones socioeconómicas mencionadas en la teoría del desarrollo político como prerrequisitos de la democracia (excepto en España). Los actores internos predominaban; sin embargo, los factores externos tuvieron importancia en África y también en Europa Oriental (lo que apenas ha sido tematizado en la investigación), pero siempre con la mediación de actores internos (Hartmann 1999). Generalmente, se le atribuyó mucha importancia para el C.S. a la _Sociedad Civil, especialmente en el contexto de cuestiones de los _Derechos Humanos, con las que los regímenes autoritarios fueron confrontados desde la política de derechos humanos que llevaba a cabo el presidente estadounidense J. Carter. En el proceso mismo de la transición, sobre todo allá donde era negociada, los partidos volvieron a tomar el liderazgo. Desde temprano se reconoció la relevancia del tipo de régimen autoritario para el C.S. (Nohlen 1982). La depresión económica (crisis del endeudamiento) es otro factor estructural más, cuya importancia debe considerarse como alta porque en general puede constatarse que las crisis económicas favorecen un C.S. en cualquier dirección (Linz/ Stephan 1996). También se prestó gran atención a las decisiones institucionales (institutional choices) de los actores políticos con relación a las alternativas entre el _Presidencialismo y el _Parlamentarismo, por una parte, y por la otra, entre los sistemas de representación mayoritaria y de representación proporcional (_Sistemas Electorales), ya que se suponía que de ellos dependía la consolidación de las jóvenes democracias. Las expectativas de una _Asesoría Política influyente se vieron decepcionadas, salvo algunas excepciones (entre otras, la República de Sudáfrica). En la práctica, las decisiones institucionales dependieron muchas veces precisamente de aquellas constelaciones de fuerzas y perspectivas de poder de los actores políticos, que se reflejaban en el tipo de transición (véase Nohlen/ Kasapovic 1996). Por lo demás, se

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trabajó mucho de modo taxonómico, es decir, en sistemas conceptuales y criterios de clasificación; frecuentemente se descuidaba el análisis empírico comparativo que tiene en cuenta la complejidad e individualidad de cada caso. Si bien en la fase de la transición el C.S. fue acompañado por mucha euforia, posteriormente surgieron pronto el escepticismo y la crítica que se fue distanciando de las recientes evoluciones. Se percibía que respecto de la consolidación de la democracia vuelven a contar los obstáculos estructurales de índole económica, social y sociocultural que dificultan la realización de la democracia en su concepción ya más amplia (Lauga 1998). En este contexto, a veces las jóvenes democracias fueron evaluadas con criterios normativos que incluso los países industrializados apenas logran cumplir. En este terreno, conceptualmente poco ordenado todavía, se puede distinguir a grosso modo entre dos enfoques. El primero trata de tipologizar y medir. Se refiere prácticamente a todos los C.S. que sobrepasan un límite mínimo de propiedades para poder integrar el grupo de democracias bajo estudio. Por ej. se relativiza el criterio de elecciones libres y honestas. Sin embargo, se aplican criterios muy elevados y rígidos para su diferenciación interna, en primer lugar entre democracias que demuestran algunos déficits y otras que no. Perdiendo parcialmente de vista la diferencia entre democracia y autoritarismo (véase Linz 2000: XL), se introducen diferentes adjetivos que se agregan al concepto de democracia (por ej., _Democracia Delegativa o _Democracia Defectuosa), cuando se detectan deficiencias de diferentes órdenes para distinguirlas dicotómicamente de las democracias plenamente válidas. En segundo lugar, se aplican criterios de diferenciación más precisos para formar subtipos de los sistemas considerados como defectuosos conforme a las distintas deficiencias que presentan. En este contexto se tematizan tanto problemas estructurales institucionales (por ej. la falta de control horizontal de los poderes, así como de responsabilidad (_Accountability) del gobierno y de la administración), como el deficiente _Estado de Derecho, aunque esta deficiencia se considera inherente a casi todas las jóvenes democracias. A menudo se habla simplemente de_Democracias Electorales, o sea, aquéllas donde únicamente las elecciones representan el criterio para su distinción. En términos generales, se cuestiona la calidad de la democracia, medida en base a índices, con lo cual se está cuestionando la democracia misma. El segundo enfoque trata de entender la democratización como un proceso histórico. Distingue entre sistemas no democráticos y democráticos, reconociendo a éstos últimos como democracias en tanto que cumplan con los criterios mínimos de Robert A. Dahl (es decir, que se celebren elecciones libres y se demuestren resultados electorales generados conforme al Estado de derecho). Este enfoque temati-Cambio de Sistema 126za la calidad del gobernar en el contexto de las condiciones específicas de los países en vías de desarrollo. No ignora los problemas para implementar plenamente el Estado de derecho, tampoco los problemas institucionales estructurales típicos en las jóvenes democracias, pero considera algunos problemas como herencia histórica (por ej. el retraso al implementar el Estado de derecho) o de _Cultura Política, difíciles de superar en poco tiempo. Este enfoque ve en la democracia un objeto de estudio en proceso de su desarrollo y destaca el hecho de que en la mayoría de los casos el desarrollo político-institucional ha avanzado más que el desarrollo socioeconómico y la cultura política. Hace hincapié en las implicaciones de este desfase en los problemas que tienen las democracias respecto a su profundización y consolidación. Considera por ej. que la administración, la justicia, las fuerzas armadas y la policía apenas reaccionan a las disposiciones políticas de los gobiernos democráticos, frecuentemente carecen de una actitud positiva ante los valores liberales. Se da cuenta que las pretensiones referentes al Estado de derecho y la realidad

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jurídica difieren bastante. Debido a estas y otras deficiencias cualitativas del «Estado anómico» (P. Waldmann), el segundo enfoque sitúa el problema de consolidación de la democracia primordialmente en su confrontación con las condiciones de entorno adversas a ella. No olvida tampoco que otro obstáculo importante a la consolidación consiste en el desarrollo económico-social deficiente y la consiguiente pérdida de legitimidad de las instituciones democráticas ante la falla de satisfacer las necesidades y expectativas de la sociedad. Bibl.: Beyme, K. von 1994: Systemwechsel in Osteuropa (C.S. en Europa Oriental), Francfort del Meno: Suhrkamp. Beyme, K. von/ Nohlen, D. 41996: Systemwechsel (C.S.), en: Nohlen, D. (Ed.): Wörterbuch Staat und Politik (Diccionario Estado y política), Múnich: C.H. Beck, 765–776. Dahl, R.A. 1974: La poliarquía. Participación y oposición, Madrid: Guadiana (e. o. 1971). Del Refugio González, M./ López Ayllón, S. (Ed.) 1999: Transiciones y diseños institucionales, México: UNAM. Diamond, L. et al. (Ed.): Consolidating the Third Wave Democracies, Baltimore/ Londres: JHUP. Fernández Baeza, M. 1986: Más allá de la transición, Santiago de Chile: Editorial Andante. Hartmann, Ch. 1999: Externe Faktoren im Demokratisierungsprozeß (Factores externos en el proceso de democratización), Opladen: Leske & Budrich. Huntington, S.P. 1994: La tercera ola. La Democratización a finales del siglo XX, Barcelona: Paidós (e.o. 1991). Lauga, M. 1998: Demokratietheorie in Lateinamerika (Teoría de la democracia en América Latina), Opladen: Leske & Budrich. Linz, J.J. 2000: Totalitäre und autoritäre Regime (Regímenes totalitarios y autoritarios), Berlín: Berliner Debatte Wissenschaftsverlag. Linz, J.J./ Stepan, A. 1996: Problems of Democratic Transition and Consolidation, Baltimore/ Londres: JHUP. Merkel, W. 1999: Systemtransformation (Transformación de sistema), Opladen: Leske & Budrich. Merkel, W. et al. (Ed.) 1994–2000: Systemwechsel (C.S.), 5 vols., Opladen: Leske & Budrich. Nohlen, D. 1984: Cambio de régimen político en América Latina), en: Estudios Internacionales 68, Santiago, 548-575. Nohlen, D. 1988: ¿Más democracia en América Latina?, en: Síntesis 6, Madrid, 37-63. Nohlen, D./ Kasapovic, M. 1996: Wahlsysteme

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und Systemwechsel in Osteuropa (Sistemas electorales y C.S. en Europa Oriental), Opladen: Leske & Budrich. O’Donnell, G. /Schmitter, Ph.C./ Whitehead, L.. (Ed.) 1994: Transiciones desde un gobierno autoritario, 3 vols., Barcelona: Paidós (e.o. en inglés 1986). Ortega Ortiz, R.Y. (Ed.) 2001: Caminos a la democracia, México: El Colegio de México. Steichen, R. (Ed..) 1993: Democracia y democratización en Centroamérica, San José: Editorial de la Universidad de Costa Rica. Stuven, A. M. (Ed.) 1990: Democracia contemporánea. Transición y consolidación, Santiago: Ediciones Universidad Católica de Chile. Whitehead, L. 2001: Política comparada: estudios sobre democratización, en: Goodin, R.E./ Klingemann, H.D. (Ed.): Nuevo manual de ciencia política, Madrid: Istmo, 509–534. Dieter Nohlen

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11.- Elección/Elecciones, técnica para formar órganos representativos o nombrar a una persona para un cargo. Las E. son el método de nombramiento para el dominio público que periódicamente hace participar a los ciudadanos sujetos al dominio en la renovación de la dirección política (mediante la selección y la libre elección entre alternativas materiales y personales en competencia), en un procedimiento formalizado (siguiendo reglas de juego) y fundado en el acuerdo. Las E. están como tales opuestas a métodos violentos como el reparto de cargos públicos por medio de la lucha, el golpe de Estado o la guerra, así como a métodos que posiblemente también se basen en el acuerdo, como el nombramiento por derecho de nacimiento, antigüedad, cargo (ex officio), mediante sorteo, designación o _Aclamación. Se pueden distinguir las E., análogamente a las características del _Derecho Electoral, en generales y no generales, iguales y desiguales, directas e indirectas, secretas y no secretas (abiertas). Históricamente, las características de las E. de acuerdo con el sufragio universal, igual, directo y secreto se implementaron en un proceso largo de más de 150 años y representan hoy en día los requisitos imprescindibles de la _Legitimidad de una _ Democracia. Además, podemos distinguir las E. según el grado de competencia y relacionarlas con el _Sistema Político: E. competitivas con democracias, E. semicompetitivas (posibilidades de expresión limitadas para la _Oposición y el disenso) con _Regímenes Autoritarios, E. no competitivas (sin selección, sin libertad de elección) con regímenes totalitarios. Las E. competitivas siguen ciertos principios procedurales que están muy estrechamente ligados a los criterios normativos por los que se orientan y se miden las democracias liberal-pluralistas: propuesta electoral (libertad de candidatura electoral), competencia material y personal, igualdad de oportunidades (en la _Campaña Electoral), libre (s)elección por parte de los votantes, organización electoral conforme al _Estado de Derecho, _Sistema Electoral eficiente, decisión temporal (la libertad de selección y el libre ejercicio del sufragio no estarán restringidos en futuras elecciones a causa de decisiones anteriores). Las E. representan dentro de la _Democracia Representativa la forma más general de participación política; otras formas se refieren a ella (como la afiliación a partidos o la participación en campañas electorales). En cuanto forma de participación convencional, las E. se oponen a las no convencionales (huelgas, manifestaciones, iniciativas ciudadanas). Comparativamente, el esfuerzo requerido por parte de los ciudadanos es el más bajo; por tanto, es la forma más apropiada para mantener baja la desigualdad política entre los ciudadanos. _Comportamiento Electoral; Participación; Participación Electoral. Bibl.: Alcocer V. J. (Ed.) 1994: Elecciones, diálogo y reforma México 1994/I y 1994/II, 2 vols., México: Nuevo Horizonte. CAPEL/IIDH 1988: Elecciones y democracia en América Latina, Memoria del Primer Curso Anual Interamericano de Elecciones, San José. Cerdas-Cruz, R./Rial, J./Zovatto, D. (Ed.) 1992: Una tarea inconclusa: Elecciones y democracia en América Latina 1988–1991, San José: IIDH/CAPEL. Elklit, J. /Reynolds, A.

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2005: A Framework for the Systematic Study of Election Quality, en: Democratization 12(2), 147-162. Hermet, G./ Rouquié, A./Linz, J.J. 1982: Para qué sirven las elecciones, México: FCE. Mackenzie, W. J. M. 1962: Elecciones libres, Madrid: Tecnos (e.o. 1958). Nohlen, D. 1995: Elecciones y sistemas electorales, Caracas: Nueva Sociedad. Nohlen, D. (Ed.) 1993: Enciclopedia electoral latinoamericana y del Caribe, IIDH/CAPEL, San José de Costa Rica. Nohlen, D. 32004: Sistemas electorales y partidos políticos, México: FCE. Nohlen, D. (Ed.) 2005 : Elections in the Americas, 2 vols., Oxford: OUP. Nohlen, D./Grotz, F./Hartmann, C. (Ed.) 2001: Elections in Asia and the Pacific, Oxford: OUP. Nohlen, D./Krennerich, M./Thibaut, B. (Ed.) 1999: Elections in Africa, Oxford: OUP. Rose, R. (Ed.) 2000: International Encyclopedia of Elections, Washington D.C.: CQPress. Serrafero, M. D. 1997: Reelección y sucesión presidencial. Poder y continuidad. Argentina, América Latina, EE.UU., Buenos Aires: Editorial de Belgrano. Dieter Nohlen

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12.- Consolidación, también Consolidación Democrática, uno de los conceptos utilizados más frecuentemente en la investigación comparativa de la democracia, el cual por supuesto –de manera análoga al de la transición (_Investigación de la Transición)– se aplica de maneras muy distintas. Aquí, muchas veces se mezclan en la conceptualización dos cuestiones: la de la definición de la C., y la que pregunta de qué factores depende la C. de la democracia. Se puede formular: mientras más amplio sea el concepto, tanto más elementos causales de explicación posee. 1. Primeramente, tiene sentido entender la transición y la C. como dos procesos separados, que se llevan a cabo uno después del otro. A la introducción de la democracia le sigue el proceso de su estabilización. La transición puede lograrse en un periodo muy corto, y la C. se lleva a cabo más bien a largo plazo. No toda transición democrática se ve coronada por una C. La separación de ambos procesos se recomienda también por razones analíticas: para ella entran en juego distintos factores explicativos. Si el enfoque centrado en el actor es especialmente fructífero en el primer caso, para la C. es mucho más reducida su fuerza explicativa. Ciertamente también habrá que apostar por actores con respecto a la C., pero en vista de las condiciones estructurales que dificultan la democracia, y que son un obstáculo para la C., afianzar la consolidación (“to craft consolidation”) es menos fácil, y no es posible en absoluto en poco tiempo. Además, la C. no se puede equiparar con la permanencia o la persistencia de la democracia en el tiempo. Pero su mantenimiento es una condición previa indispensable para la C. de la democracia, es decir, para la alta expectativa de su existencia asegurada. En el curso de la investigación sobre la C., su concepto ha ido asumiendo un formato multidimensional. L. Morlino (1986) veía la C. como un proceso que tiene como consecuencia la continua adaptación de los actores políticos a las reglas del juego democrático, y con ello, la continua ampliación de la legitimidad del orden político establecido. Ph. Schmitter (1993: 4) incluyó en el concepto de la C. el problema de la organización institucional de la democracia, con la cual están de acuerdo los actores políticos y que es apoyada por los ciudadanos. En cambio, G. O’Donnell (1996: 11) apuntaba al horizonte de expectativas de los actores y los ciudadanos, en el sentido de que las elecciones libres y el pluralismo político se mantuvieran también en el futuro sin limitación temporal. Al compartir la mayoría de los actores políticos y de la opinión pública esta expectativa, los actores políticos dirigirían sus estrategias con respecto a ella. Con ello, ponía en juego de forma todavía más intensa la percepción de la C. por parte de los actores y los ciudadanos. Es cierto que J. J. Linz y A. Stepan (1996: 30) definían a la C. de manera estrecha como el reconocimiento de un complejo sistema de instituciones, reglas, sugerencias y limitaciones, como “the only game in town” (el único juego del pueblo). Pero también distinguían varias dimensiones del problema de la consolidación: la dimensión conductual: ningún actor político, social o económico persigue sus objetivos con medios que tengan como consecuencia el establecimiento de un sistema no democrático; la dimensión de la actitud: una gran mayoría de la opinión pública mantiene la valoración de la democracia como la mejor forma de gobierno, aunque esté insatisfecha con los logros de los gobiernos democráticos; la dimensión constitucional: tanto el gobierno como también la oposición se someten a la constitución, y solucionan sus conflictos en el marco de las reglas del juego del _Sistema Político. Con estas definiciones, y otras análogas (ver, por ej. el modelo de cuatro niveles de la C. de W. Merkel), se fue desplazando el planteamiento a la expectativa respecto al objetivo del proceso de la C., es decir, la C. ya no se consideraba principalmente como un proceso en el cual unas fuerzas y sus opuestas, las tendencias y las contra-tendencias están luchando interactivamente por la C., sino más bien de manera categorial-normativa, como una estructura multidimensional que habría que

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calcular. Es así que Linz y Stepan separaron la cuestión de la calidad de la democracia de la de la consolidación. En su opinión, existe (pensada de manera categorial) solamente una clase de democracias consolidadas, pero dentro de ésta (considerado de manera gradual) existe un continuo que abarca desde las democracias de baja calidad hasta las de mayor calidad. En cambio, en otros autores, la baja calidad de la democracia se convirtió en componente integral del problema de la consolidación. Finalmente, A. Schedler (2001), tras una amplia revisión de los enfoques, llegó a la conclusión de destacar tres accesos cuasidefinitorios a la problemática de la consolidación: el procesual, que afirma que las democracias son capaces de imponerse y dominar los desafíos a la democracia; el orientado conductualmente, en el sentido de que los actores políticos, y sobre todo los gobiernos, representan normativamente los valores democráticos, diseñan estrategias racionales y desarrollan las habilidades necesarias para mantener la democracia; y el causal, en el sentido de que se mejoran las condiciones económicas previas para la C. de la democracia. 2. Casi sin transición, la cuestión de la definición pasa a ser la ocupación con los factores causales, que deben explicar que hasta el momento no se haya dado la consolidación. Con respecto a América Latina, se puede distinguir a grandes rasgos entre hipótesis económicas, sociales, políticas, político-institucionales, político-culturales y socio-culturales, que se ocupan de los déficits correspondientes. (1) La hipótesis de la carencia económica apunta al insuficiente desarrollo económico. Por lo general respeta el supuesto de las teorías de la modernización, en el sentido de que la democracia es un resultado del desarrollo económico y el cambio social, y por lo tanto refuta fundamentalmente una C. de la democracia que preceda a este proceso (Lipset 1987, Przeworski 1996, Huntington 1996). De manera menos determinista, afirma también que el crecimiento económico en los últimos decenios no ha sido suficiente para desencadenar los variados efectos que serían capaces de consolidar la democracia. (2) La hipótesis de la carencia social se enfoca en la persistencia de la _Pobreza y la _Desigualdad social (Lamounier 1999). Afirma que el neoliberalismo no ha logrado pagar la “deuda social” de fracasadas estrategias de desarrollo anteriores. Al contrario, la política neoliberal ha hecho todavía más ricos a los ricos y más pobres a los pobres. Especialmente partes de las clases medias se han visto precipitadas a la miseria. La medida creciente de la pobreza y la desigualdad es contraria a la C. de la democracia, afirma (Castañeda 2003). (3) La hipótesis de la carencia política se basa en los análisis sobre los déficits de la democracia. Partiendo de un amplio concepto de democracia que incluye también el problemático entorno social y político-cultural de la democracia, se señala la falta del _Estado de Derecho, la insuficiente responsabilidad (_Accountability), el predominio de los esquemas de conducta tradicionales de la élite política, el _Clientelismo y la _Corrupción. Una democracia de menor calidad, afirma, no se puede consolidar (_Democracia Defectuosa, _Democracia Delegativa). (4) La hipótesis de la carencia político-institucional supone problemas estructurales de los sistemas políticos, que han llevado a bloqueos de la política, o a una menor eficiencia de la actividad de gobierno. Se tematizan la arquitectura institucional del _Sistema Político, la forma de gobierno, el _Sistema Electoral, el _Sistema de Partidos, la articulación del disenso, y la producción del consenso (debate sobre el _Presidencialismo). Sin el incremento de la _Gobernabilidad no está garantizada la exitosa realización de los programas económicos y sociales, afirma, y por lo tanto no es posible resolver el problema de la consolidación (Linz/Stepan 1996). (5) La hipótesis de la falta de confianza ve la C. como dependiente de la confianza de la población en la democracia como el orden político preferido y en la satisfacción con los resultados de la política. Lo que se cuestiona es la confiabilidad de la democracia, cuya dimensión actual en América Latina se considera como

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insuficiente para la C. de la democracia (cf. Nohlen 2003). (6) La hipótesis de la carencia de _Capital Social se enfoca en la sociedad y su capacidad de generar confianza en los otros. Parte de la tesis de que tiene que existir una cierta medida de confianza interpersonal para formar una comunidad eficiente, cuyo progreso económico y social pueda producir un sistema político consolidado (Putnam 1993). En América Latina, afirma, se carece del capital social correspondiente (Latinobarómetro 2003). Pero desde luego, la consideración orientada por los déficits corre el peligro de descuidar la referencia contextual de la C., la cual permite reconocer recursos y progresos relativos en favor de la medición de valores normativos de la democracia, los cuales son de naturaleza ideal-típica, y siempre se ven afectados por déficits. Si la eficiencia y la transparencia institucionales se elevan al rango de imperativos de la consolidación, la C. se hace depender de normas que incluso las democracias consolidadas no (siempre) cumplen (compárese, entre otros, el problema de la transparencia y la eficiencia del _Sistema de Decisiones Conjuntas). Bibl.: Beichelt, T. 2001: Demokratische Konsolidierung im postsozialistischen Europa (C. democrática en Europa postsocialista), Opladen: Leske & Budrich. Castañeda, J.G. 2003: The Forgotten Relationship, en: Foreign Affairs 82 (3), 67–81. Huntington, S.P. 1996: Democracy for the Long Haul, en: JoD 7 (2), 3 – 13. Latinobarómetro 2003: La democracia y la economía. Informe – Resumen, Santiago. Linz, J.J. / Stepan, A. 1996: Problems of Democratic Transition and Consolidation: Southern Europe, South America and Post-Communist Europe, Baltimore: JHUP. Lipset , M.S. 1987: El hombre político. Las bases sociales de la política, Madrid: Tecnos (e.o.1959). Lamounier, B. 1999: Brazil: Inequalities against Democracy, en: Diamond, L. et al. (Ed.): Democracy in Developing Countries: Latin America, Vol. 4, Baltimore: JHUP, 131–189. Merkel, W. 1996: Theorien der Transformation: Die demokratische Konsolidierung postautoritärer Gesellschaften (Teorías de la transformación: La C. democrática de sociedades postautoritarias), en: Beyme, K. von / Offe, C. (Ed.): Politische Theorien in der Ära der Transformation (Teorías políticas en la era de la transformación), Opladen: Westdeutscher Verlag, 30–58. Morlino, L. 1986. Consolidación democrática. Definición, modelos, hipótesis, en: Reis, nº 35, Madrid, 7-61. Nohlen, D. 2003: Percepciones sobre la democracia y desarrollo político en América

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