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  Dictamen recaído en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior. 1 COMISIÓN DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE. PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2014-2015 SEÑOR PRESIDENTE Ha ingresado para Dictamen de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, los siguientes Proyectos de Ley: 1.- Proyecto de Ley N° 806/2011-CR, que propone autorizar a las universidades a validar los estudios de los profesionales técnicos para obtener el grado de bachiller y el título profesional, presentado por el Grupo Parlamentario Solidaridad Nacional , a iniciativa del congresista Vicente Antonio Zeballos Salinas . La finalidad e la iniciativa es validar los estudios a través de un procedimiento académico establecido por cada universidad para los titulados y egresados de los institutos superiores tecnológicos; a efectos que puedan continuar su formación profesional como alumnos regular hasta poder optar el grado académico de bachiller, título profesional y continuar sus estudios de post grado. 2.-Proyecto de Ley N° 1765/2012-CR, que propone modificar el artículo 1 de la Ley 29510 para incorporar el requisito de tener Título Profesional de Licenciado en Educación para ejercer la docencia en la Educación Básica Regular. Presentado por el Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Perú, a iniciativa de la congresista Julia Tevés Quispe  y otros señores congresistas a efectos que los profesionales con título universitario distinto a los profesionales titulados en educación, deben de tener obligatoriament e título profesional de licenciado en educación para ejercer la docencia en educación básica regular. 3.- Proyecto de Ley N° 1769/2012-CR, que propone el fortalecimiento de capacidades para la ciencia, investigación y tecnología, presentado por el Grupo Parlamentario Fuerza Popular, a iniciativa del congresista Kenji Gerardo Fujimori Higuchi ; que propone la norma para mejorar la calidad educativa en las instituciones educativas públicas, a través de la implementación del programa de diploma de bachillerato internacional y con el apoyo de la empresa privada. Se prevé la existencia de una asociación promotora, crédito tributario contra el impuesto a la renta por el aporte económica de la empresa a favor de la implementación del Programa, con la emisión del certificado CADEP emitido por el MEF. 4.- Proyecto de Le y N° 1877/2012-CR , que propone promover la Formación DUAL en los Institutos Superiores de Educación Tecnológica del Perú. Presentado por el grupo Parlamentario Fujimorista, a iniciativa del señor congresista Jesús Pánfilo Hurtado Zamudio.  La iniciativa propone la norma que promueva el cambio de la formación tradicional en los institutos tecnológicos nacionales por la formación dual, que privilegia la formación en los centros de producción de las empresas privadas, con la finalidad de promover la utilización de la tecnología y generar innovación en las empresas privadas tanto nacionales como extranjeras. 5.- Proyecto de Ley N° 2090/2012-CR, que propone modificar e incorporar el inciso g) al artículo 4º y 8º respectivamente de la Ley Nº 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior estableciéndose como "Ley que promueve el fortalecimiento de los Institutos Superiores Tecnológicos incorporando los requisitos de sostenibilidad y demanda laboral en las carreras

Dictamen Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior

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Dictamen del sobre la Nueva Ley de Institutos

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  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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    COMISIN DE EDUCACIN, JUVENTUD Y DEPORTE.

    PERODO ANUAL DE SESIONES 2014-2015

    SEOR PRESIDENTE

    Ha ingresado para Dictamen de la Comisin de Educacin, Juventud y Deporte, los siguientes Proyectos de Ley: 1.- Proyecto de Ley N 806/2011-CR, que propone autorizar a las universidades a validar los estudios de los profesionales tcnicos para obtener el grado de bachiller y el ttulo profesional, presentado por el Grupo Parlamentario Solidaridad Nacional , a iniciativa del congresista Vicente Antonio Zeballos Salinas. La finalidad e la iniciativa es validar los estudios a travs de un procedimiento acadmico establecido por cada universidad para los titulados y egresados de los institutos superiores tecnolgicos; a efectos que puedan continuar su formacin profesional como alumnos regular hasta poder optar el grado acadmico de bachiller, ttulo profesional y continuar sus estudios de post grado. 2.-Proyecto de Ley N 1765/2012-CR, que propone modificar el artculo 1 de la Ley 29510 para incorporar el requisito de tener Ttulo Profesional de Licenciado en Educacin para ejercer la docencia en la Educacin Bsica Regular. Presentado por el Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Per, a iniciativa de la congresista Julia Tevs Quispe y otros seores congresistas a efectos que los profesionales con ttulo universitario distinto a los profesionales titulados en educacin, deben de tener obligatoriamente ttulo profesional de licenciado en educacin para ejercer la docencia en educacin bsica regular. 3.- Proyecto de Ley N 1769/2012-CR, que propone el fortalecimiento de capacidades para la ciencia, investigacin y tecnologa, presentado por el Grupo Parlamentario Fuerza Popular, a iniciativa del congresista Kenji Gerardo Fujimori Higuchi; que propone la norma para mejorar la calidad educativa en las instituciones educativas pblicas, a travs de la implementacin del programa de diploma de bachillerato internacional y con el apoyo de la empresa privada. Se prev la existencia de una asociacin promotora, crdito tributario contra el impuesto a la renta por el aporte econmica de la empresa a favor de la implementacin del Programa, con la emisin del certificado CADEP emitido por el MEF. 4.- Proyecto de Ley N 1877/2012-CR, que propone promover la Formacin DUAL en los Institutos Superiores de Educacin Tecnolgica del Per. Presentado por el grupo Parlamentario Fujimorista, a iniciativa del seor congresista Jess Pnfilo Hurtado Zamudio. La iniciativa propone la norma que promueva el cambio de la formacin tradicional en los institutos tecnolgicos nacionales por la formacin dual, que privilegia la formacin en los centros de produccin de las empresas privadas, con la finalidad de promover la utilizacin de la tecnologa y generar innovacin en las empresas privadas tanto nacionales como extranjeras. 5.- Proyecto de Ley N 2090/2012-CR, que propone modificar e incorporar el inciso g) al artculo 4 y 8 respectivamente de la Ley N 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior establecindose como "Ley que promueve el fortalecimiento de los Institutos Superiores Tecnolgicos incorporando los requisitos de sostenibilidad y demanda laboral en las carreras

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    tcnicas; presentado por el Grupo Parlamentario Per Posible, a iniciativa del seor congresista Casio Faustino Huaire Chuquichaico; a efectos de fortalecer a los institutos superiores tecnolgicos, incorporando los requisitos de sostenibilidad y demanda laboral en las carreras tcnicas brindadas. 6.- Proyecto de Ley N 2328/2012-CR, que propone crear el organismo supervisor de la inversin en servicios educativos aplicable a las Instituciones Educativas Particulares del Territorio Nacional en el marco de la Libre competencia y la proteccin a los usuarios; con personera jurdica de derecho pblico interno y autonoma administrativa , funcional, tcnica, econmica y financiara , con la finalidad de propiciar el desarrollo de los servicios educativos y la supervisin de la inversin en infraestructura y equipamiento didcticos , exclusivos para fines educativos y de investigacin, correspondientes a sus respectivos niveles o modalidades de atencin, en el marco de la libre competencia y proteccin a los usuarios. Presentado por el Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Per, a iniciativa del seor congresista Josu Manuel Gutirrez Cndor. 7.- 7.- 7. - Proyecto de Ley N 2419/2012-CR, que propone declarar de necesidad pblica e inters nacional la promocin y fortalecimiento de la Educacin Superior Tcnica; presentado por el Grupo Parlamentario Per Posible, a iniciativa de la seora congresista Carmen Omonte Durant; a efectos de articular la educacin superior tcnica con las necesidades de oferta de cada regin de los sectores productivos, para mejorar los niveles de oferta educativa en el pas. Se propone que el FONDEP creado por Ley No 28332 - destine de sus propios recursos un porcentaje para el fortalecimiento de la educacin superior tcnica y tecnolgica. 8.- Proyecto de Ley N 2427/2012-CR, que propone la Ley que declara de necesidad y prioridad nacional la Rehabilitacin, Remodelacin y Equipamiento de la Institucin Educativa "Jan de Bracamoros" del Distrito y Provincia de Jan en La Regin Cajamarca; presentado por el Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Per, a iniciativa del seor congresista Cristobal Luis Llatas Altamirano. 9.- Proyecto de Ley N 2579/2013-CR, que propone modificar la Ley 29947 "Ley de Proteccin a la Economa Familiar respecto del pago de pensiones en Institutos, Escuelas Superiores, Universidades y Escuelas de Postgrado Pblicos y Privados". Presentado por el Grupo Parlamentario Unin Regional; a iniciativa del congresista Marco Tulio Falcon Picardo. La iniciativa tiene por objeto garantizar la vigencia del derecho a acceder a una educacin de calidad en todas las instituciones, centros y programas educativos de los niveles de educacin inicial, primaria, secundaria y superior. 10.- Proyecto de Ley N 2606/2013-CR, que propone modificar el Art. 16 de la Ley 26549, Ley de los Centros Educativos Privados. Se busca unificar criterios para que el servicio educativo que ofrezcan las instituciones educativas no perjudiquen a los usuarios, se garantice el respeto a los principios de la educacin, como lo es no condicionar la asistencia a clases por la falta de pago de pensiones y no retencin de certificados, no obligar a la adquisicin de tiles escolares y uniformes en el centro educativo. Presentado por el Grupo Parlamentario Unin Regional, a iniciativa del seor congresista Marco Tulio Falconi Picardo, con el propsito de garantizas, que las instituciones educativas pblicas y privadas ofrezcan sus servicios sin perjudicar a los usuarios y dentro del respeto al cumplimiento del derecho fundamental de la educacin. 11.- Proyecto de Ley No 2974/2013-CR, que propone la ley que declara de preferente inters y necesidad nacional la creacin de la Escuela Superior de Formacin Artstica Conservatorio Intercultural de Msica Theodoro Valcrcel Caballero. Presentado por el Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Per; con el propsito que la juventud de la Regin Puno tenga la oportunidad

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    de educar sus destrezas musicales, estimulando la formacin integral y desarrollo mximo de sus capacidades artsticas, intelectuales, humansticas y que como egresados atiendan las necesidades educativas del mercado musical laboral. La creacin de esta Escuela Superior ser sobre la base de la infraestructura, bienes, personal docente y administrativo, presupuesto correspondiente a la especialidad de msica de la Escuela Superior de Formacin Artstica Pblica de Puno. 12.- Proyecto de Ley N 3229/2013-CR, que propone declarar de necesidad pblica y preferente inters la creacin de la Escuela Regional de Bellas Artes de Lambayeque, como escuelas de artes y oficios, para capacitacin permanente a la poblacin y fuente generadora de empleo. Presentado por el grupo parlamentario Solidaridad nacional, a iniciativa del congresista Virgilio Acua Peralta y otros seores congresistas. 13.- Proyecto de Ley N 3530/2013-CR, que propone regular y promover la educacin comunitaria del cuidados domiciliarios para personas en estado de dependencia total y permanente, que por su situacin fsica, mental intelectual, sensorial u otro dependen de alguien para realizar actividades esenciales de la vida diaria; presentado por el Grupo Parlamentario Gana Per, a iniciativa del congresista Jos Urquizo Maggia y otros seores congresistas 14.-Proyecto de Ley N 3574/2013-CR, que propone declarar de necesidad pblica y de inters prioritario la creacin del Instituto de Educacin Superior Tecnolgico del distrito de Kishuara, Provincia de Andahuaylas, Regin Apurmac; presentado por el Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Per, a iniciativa del congresista Jhon Reynaga Soto y otros seores congresistas, con la finalidad de garantizar a su poblacin se beneficie de un servicio educativo superior tecnolgico, que coadyuve a impulsar el desarrollo sostenido de dicha localidad, bajo parmetros de inclusin educativa en trminos de equidad y justicia social. 15.- Proyecto de Ley N 3583/2013-CR, que propone promover la Educacin Dual en todo el territorio de la Repblica, comprendiendo a los institutos tecnolgicos estatales, privados o mixtos, en el marco de lo dispuesto en los artculos 18, 19 y 58 de la Constitucin Poltica del Per, corresponde al Estado orientar el desarrollo de la economa social de mercado, estimulando la creacin de la riqueza, libertad de comercio e industria y una educacin para la vida, el trabajo y la solidaridad. Presentado por el Grupo Parlamentario Fuerza Popular, a iniciativa del congresista Octavio Salazar Miranda y otros seores congresistas. 16.- Proyecto de Ley N 3605/2013-CR, que propone autorizar al Ministerio de Educacin y Gobiernos Regionales, el nombramiento de profesores contratados que laboran en Educacin Superior No Universitaria, que laboren en los institutos y escuelas superiores pblicas, que cuenten con contrato laboral vigente, con por lo menos 5 aos de labor, continuos o acumulados dentro de los ltimos 10 aos, previos a la vigencia de la presente ley ocupen plazas orgnicas presupuestadas y previo concurso de mritos correspondiente. Presentado por el Grupo Parlamentario Unin Regional, a iniciativa del congresista Marco Falcon Picardo y otros seores congresistas. 17.- Proyecto de Ley N 3673/2013-CR, que propone autorizar la formalizacin laboral, en forma progresiva, de los profesores contratados que laboran en las instituciones de educacin superior pblicas no universitaria. Presentado por el Grupo Parlamentario Nacionalista Gana Per, a iniciativa del congresista Justiniano Rmulo Apaza Ordoez y otros seores congresistas. Se propone autorizar la contratacin, a plazo indeterminado bajo el rgimen laboral pblico del Decreto Legislativo No 276 y en forma progresiva de profesores contratados en instituciones de educacin superior pblicas no universitaria, por concurso de mrito en plazas presupuestadas y que el postulante a la fecha de la presente ley cuente con tres aos continuos o cinco acumulados.

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    18.- Proyecto de Ley N 3913/2014-CR, que propone precisar los alcances de la Tercera Disposicin Complementaria Final de la Ley 30220, Ley Universitaria, para las instituciones y Escuelas Pblicas de Educacin Superior de Formacin Artstica con rango universitario. Presentado por el Grupo Parlamentario Nacionalista, a iniciativa del congresista Johnny Crdenas Cerrn y otros seores congresistas. Se propone precisar que las instituciones y escuelas pblicas de educacin superior de formacin artstica son comunidades acadmicas de naturaleza esencialmente artstica orientadas a la creacin, investigacin y docencia, que brinda una formacin humanstica, cientfica y tecnolgica con una clara conciencia del pas como una realidad multicultural y pluricultural, constituida por docentes, personal administrativo, estudiantes y graduados; otorgan grados acadmicos y ttulos del sistema universitario y se encuentran bajo la supervisin de la SUNEDU; gozan de los mismos derechos. Se propone un programa de fortalecimiento de: 1) Conservatorio Nacional de Msica, 2) Escuela Nacional Superior Autnoma de Bellas Artes del Per, 3) Escuela Nacional Superior de Arte Dramtico Guillermo Ugarte Chamorro; 4) Escuela Nacional de Folklore Jos Mara Arguedas, con el propsito y 5) La Escuela Nacional Superior de Ballet. En consecuencia la norma pretende que mediante Ley se ubique clara y definitivamente a estas instituciones dentro del Sistema Universitario Peruano. 19.- Proyecto de Ley No 4081/2014-CR.- que propone establecer y regular el Sistema Dual de formacin profesional en los institutos superiores con la finalidad de impartir habilidades bsicas, conocimientos y cualificaciones profesionales y experiencias para poder ejercer una profesin; presentado por el Grupo Parlamentario Fuerza Popular, a iniciativa de la congresista Leyla Chihuan Ramos y otros seores congresistas; con la finalidad de mejorar la formacin tcnico superior. 20.-Proyecto de Ley No 4104/2014-CR.- que propone la ley que regula el Sistema de Educacin Superior Tecnolgica, estableciendo su marco legal e institucional como parte del Sistema Nacional de Educacin y el funcionamiento de los institutos y escuelas de educacin superior tecnolgica; presentado por el Grupo Parlamentario Nacionalista, a iniciativa del seor congresista Leonidas Huayama Neira y otros seores congresistas. La iniciativa est orientada a contribuir a la industrializacin del pas, a elevar la productividad y competitividad en el sector productivo, ahora primario exportador, pretendiendo en el futuro brindar el valor agregado que corresponda, maximizar el impacto de los recursos que se asignan a la educacin tecnolgica; promover la articulacin multisectorial, la investigacin especializada, mejor uso sostenible de los recursos naturales y la conservacin del medio ambiente, formacin de capital humanos disminucin de la pobreza con la educacin para la vida y el trabajo. MARCO NORMATIVO

    - La Constitucin Poltica del Per - Ley No 28044 - Ley General de Educacin - D.S. No 011-2012-ED Reglamento de la Ley No 28044 - Ley No 30220 Ley Universitaria - Ley No 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior. - D.S. No 004-2010-ED Reglamento de la Ley No 29394 - Ley No 28518 Ley sobre modalidades formativas laborales - D.S No 007-2005-TR Reglamento de la Ley No 28518 - Proyecto Educativo Nacional 2006-2021 - Ley No 29944 Ley de Reforma Magisterial - Ley No 26272 Ley del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial SENATI. - Ley No 29672- Ley que restablece la autonoma del SENATI - Ley No 29510- Ley que excepta del requisito de colegiacin establecido en la Ley No 25231-

    Ley que crea el Colegio profesional de profesores del Per, a los profesionales con ttulo

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    distinto al de Educacin que ejercen la docencia en reas de su especialidad y a los profesores de la educacin titulados en el exterior que ejercen la docencia en forma temporal en el Per.

    - Ley No 27665 Ley de Proteccin a la Economa Familiar respecto al pago de pensiones en centros y programas educativos privados.

    ANTECEDENTES LEGISLATIVOS El Proyecto de Ley N 3583/2013-CR, que propone promover la Educacin Dual en todo el territorio de la Repblica, comprendiendo a los institutos tecnolgicos estatales, privados o mixtos, en el marco de lo dispuesto en los artculos 18, 19 y 58 de la Constitucin Poltica del Per, por cuanto corresponde al Estado orientar el desarrollo de la economa social de mercado, estimulando la creacin de la riqueza, libertad de comercio e industria y una educacin para la vida, el trabajo y la solidaridad; ha sido dictaminado por la Comisin de Produccin, Micro y Pequea Empresa y Cooperativas, conjuntamente con otras iniciativas sobre la Ley de Desarrollo Productivo con Valor Agregado, cuyo Captulo VI regula la Promocin de la Educacin Dual, para los Institutos Tecnolgicos Estatales, Privados y Mixtos. OPINIONES RECIBIDAS.

    El Ministerio de la Produccin, mediante Oficio No 302-2013-PRODUCE/DM, se ha pronunciado favorablemente sobre el Proyecto de Ley N 1877/2012-CR, que propone promover la Formacin DUAL en los Institutos Superiores de Educacin Tecnolgica del Per, indicando que una norma de esta naturaleza promovera el cierre de las brechas existentes entre la demanda tcnico laboral y la oferta educativa y la reduccin del dficit de tcnicos para las diversas actividades econmicas y productivas del pas, a fin de prevenir una posible paralizacin o retroceso en nuestro crecimiento econmico. Sobre esta misma iniciativa se ha pronunciado favorablemente la CONFIEP, mediante Carta CONFIEP PRE-231/13, indican que se requiere de una norma legal que otorgue la posibilidad de una real vinculacin empresa- instituciones de educacin superior tecnolgica, que redundar en beneficio de los jvenes de menores recursos, de la empresa y del pas, a travs de convenios del sistema de educacin dual, inspirado en el modelo alemn. Es importante el incremento de la produccin y la productividad en las empresas, a travs de la mejora de los planes de estudio y competencias laborales de los estudiantes y futuros trabajadores, al permitir un trabajo coordinado entre las dos partes, fortaleciendo la organizacin de oferta formativa, a travs del diseo de mdulos de capacitacin y diseo de capacidades terminales, en coordinacin con el sector empresarial y el uso del aprovechamiento de infraestructura, talleres, maquinarias de la propia empresa a favor del centro de formacin profesional.

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    SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

    ACTIVIDADES 1 8 13 22 29 10 20 24 27 3 7 10 21 5

    ACTIVIDADES - LEY DE INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR Consejo Nacional de Educacin (CNE) - Ministerio de

    la Produccin - SINEACE

    ASISTE PERU - Congresista Hurtado Zamudio

    TECSUP SENATI SENCICO CETEMIN

    CONFIEP Sociedad Nacional De Industrias-Sociedad Nacional de Minera Sociedad Nacional de Pesquera Cmara Peruana de Comercio.

    Instituto Nacional Jos Pardo Instituto Pedaggico De Monterrico IST Luciano Castillo Colonna de Piura - Cmara Peruano Alemana Per Econmico

    Escuelas Tcnicas de las FFAA.

    AUDIENCIAS PBLICAS Y SESIONES DESCENTRALIZADAS

    Hunuco Tingo Mara

    Tarapoto Chachapoyas Jan - Chiclayo

    Puerto Maldonado

    Andahuaylas Apurmac - Valle Sagrado (Cuzco)

    Huancayo - Huancavelica

    Arequipa Moquegua (Ilo) - Tacna

    SESIONES ORDINARIAS, DESCENTRALIZADAS Y AUDIENCIAS PBLICAS EN LA PRIMERA LEGISLATURA 2014-2015.

    La Comisin de Educacin, Juventud y Deporte, durante la Primera Legislatura 2013-2014, realiz diversas sesiones ordinarias, sesiones descentralizadas y audiencias pblicas en distintos lugares del pas y con los actores principales de la Educacin Superior Universitaria, para tratar el tema de la Educacin Superior Tcnica, Tecnolgica, Pedaggica y de las Escuelas de Arte, incluyendo la regulacin de la carrera docente.

    En primer trmino se realiz la Audiencia Pblica Descentralizada en la ciudad de Hunuco, en el Colegio de Contadores Pblicos Colegiados; contando con la presencia del seor Vice Ministro de Gestin Pedaggica del Ministerio de Educacin, doctor Favio Figallo Rivadeneyra, el Gerente del Gobierno Regional de Hunuco y el Director de Educacin de la Regin Hunuco. Se congregaron las autoridades, docentes, personal administrativo de los Institutos Superiores Tecnolgicos, Pedaggicos y CEPTROS de la Regin Hunuco, quienes expusieron la problemtica de la Educacin Superior; Estuvieron autoridades y docentes de la Escuela Nacional de Msica Daniel Aloma Robles, del Instituto Superior Tecnolgico Aparicio Pomares, del Instituto Superior Felipe Poma de Ayala, del Instituto Superior Tecnolgico Privado Santa Isabel, de Hunuco, del Instituto Superior Naranjitos de Tingo Mara, del Instituto Superior Pedaggico Marco Durant Martel, el Director del CEPTRO Kotosh, Directores de los Colegios Secundarios Industriales Hermilio Valdizan de Llatas, representantes de cesantes y jubilados del Sector Educacin y los representantes del Sindicato Nacional de Docentes de Institutos Superiores Tecnolgicos del Per.

  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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    En todos los IST, sus autoridades, docentes y alumnos coincidieron en manifestar el problema de la deficiente infraestructura, la falta de material en los laboratorios, el gobierno solamente paga a los docentes, siendo la mayora de ellos contratados, manifestaron que la mayora de estos IST se crearon en la dcada de los 80, condonacin extranjera y las mejoras se han hecho, en la medida de lo posible con recursos propios, que son muy limitados. Se pudo verificar in-situ, cada uno de los IST e ISP, el estado de la infraestructura, los laboratorios, pero nos impresion la vocacin de servicio de los docentes para ofrecer una buena formacin a los estudiantes, a pesar de las precarias condiciones. Tambin, se realiz la visita in situ a las Instituciones Educativas de la Regin Madre de Dios: Tambopata y Tahuaman Iberia Universidad Nacional Amaznica de Madre de Dios- Sede Puerto Maldonado Iberia, verificando: 1) La deficiente infraestructura, 2) Los docentes son mal remunerados, ganan 1100 soles, y la canasta familiar en Madre de Dios est por los cinco mil soles, 3) Las carreras no son las pertinentes, 4).- No se hace uso de los recursos naturales de la zona, 5.- Los docentes no cuentan con capacitacin. EL INSTITUTO TECNOLOGICO JORGE BASADRE: Su terreno ha sido usurpado por el Colegio Privado Trilce, han despojado a la carrera de enfermera, el anterior Director hizo un contrato, pagaron un ao y se han apoderado del local, perjudicando a los estudiantes, con la anuencia de la DRE. INSTITUTO PEDAGOGICO NUESTRA SEORA DEL ROSARIO

    1) El problema recurrente es de los docentes mal pagados, 2) Reclaman la carrera docente, 3).-Quejas de la mala gestin de la DRE, 4) El especialista de la DRE en Educacin Superior es de nivel primario.

    INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO DE IBERIA Ubicado en la zona de frontera con los mismos problemas; impertinencia en las carreras que se ofrecen, no utilizan el potencial de recursos naturales en la zona, como la madera y los frutos regionales. En contraste con el vecino pas del Brasil, no hay ningn impulso a la ganadera como lo tiene Brasil con ganado ceb.

    VISITA A LAS REGIONES APURMAC Y CUSCO

    El jueves 06 de noviembre de 2014 la CEJD se traslad a la ciudad Andahuaylas - sosteniendo una reunin de trabajo, en el Auditorio de la Universidad Nacional Jos Mara Arguedas, tanto con las autoridades, docentes y alumnos de los IST. Pedaggicos y CEPTRO y tambin con la comunidad universitaria de la Universidad Nacional Jos Mara Arguedas. El viernes 07 de noviembre de 2014 en la ciudad de Abancay, nos reunimos en el Auditorio del Gobierno Regional de Apurmac, con las autoridades de los Institutos Superiores Pedaggicos, Tecnolgicos y CEPTROS de Abancay. El sbado 08 de noviembre de 2014 estuvimos en IES La Salle Charcahuaylla Urubamba-Cusco; para conocer la situacin de los IST ISP y CETPROS y se recibieron las opiniones y sugerencias sobre modificaciones a las normas que regulan la educacin superior tcnica- tecnolgica en las Regiones Apurmac y Cusco. En Andahuaylas nos reunimos con las autoridades, docentes, y alumnos de Educacin Superior, del IS Pedaggico Jos Mara Arguedas, el pedido fue que el Pedaggico sea absorbido por la Facultad de Educacin de la Universidad Jos Mara Arguedas, la misma que se cre sobre la base de los

  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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    terrenos de dicha casa de estudios, con Directores de IST, Directores de IS de Formacin Artstica y directores de CEPTROS, quienes explicaron la situacin de las instituciones a su cargo y plantearon sus sugerencias para la nueva Ley de IS. Asimismo, pidieron la declaratoria de emergencia para la Educacin Superior, por la deficiente infraestructura, falta de equipos de laboratorio y los sueldos precarios de los docentes, especialmente de los contratados que son los que realizan sus labores a tiempo completo y dedicacin exclusiva y reciben menor remuneracin que los nombrados. Los especialistas no son de educacin superior, en muchos casos. Manifestaron su especial inters por el tema de la acreditacin de la calidad en la educacin. Participaron los Directores Regionales de Educacin y alcaldes provinciales, distritales y gobernadores de las provincias de Apurmac. La constante fue la preocupacin por la ubicacin dentro de nuestro ordenamiento jurdico de lo CETPROS, que actualmente no estn definidos en la Ley General de Educacin, no estn ni en la Educacin Bsica Regular ni en Superior; con la activa participacin del congresista Jhon Reynaga Soto en todas las reuniones de trabajo, como representante de dicha Regin. De la misma manera, las iniciativas materia de dictamen han sido sustentadas por sus autores en el seno de la Comisin dictaminadora, en su oportunidad.

    APORTES DEL SINEACE

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    Consideraciones y Sugerencias Educacin en IEES

    Revalorizacin de la formacin superior tcnica Marco legal para un Sistema integrado de educacin superior que facilite pasarelas

    entre IES. Articulacin de la oferta formativa con la demanda del mercado laboral a nivel local,

    regional y nacional Promocin e incorporacin de la Formacin Dual Aprovechamiento de experiencias exitosas en la generacin de polticas pblicas Participacin de empresarios y sector productivo en la determinacin de perfiles y

    articulacin entre oferta formativa y mercado laboral. Reconversin de perfiles docentes de IES.

    Consideraciones y Sugerencias Acreditacin y Certificacin de IEES

    Fortalecimiento y generacin de confianza en procesos de evaluacin con fines de acreditacin y certificacin de competencias.

    Polticas de incentivos para la acreditacin de IIEE y la mejora continua. Valoracin de personas certificadas en el ascenso laboral. Delimitacin de funciones entre licenciamiento y acreditacin: opinin de

    conveniencia no corresponde al SINEACE . Coordinacin de estndares bsicos con MINEDU para el licenciamiento. Establecimiento de fondos para el financiamiento de evaluacin externa, planes de

    mejora y excelencia. Fortalecimiento de PROCALIDAD en SINEACE. Institucionalizacin por el Estado de observatorio de Calidad Educativa: Informacin

    para la toma de decisiones.

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    APORTES DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIN

    - PLAN NACIONAL DE DIVERSIFICACIN PRODUCTIVA Nuevos motores para consolidar el despegue econmico del pas Objetivos:

    Lograr altas tasas de crecimiento sostenibles a largo plazo. Acentuar la transformacin productiva necesaria para transitar hacia el nivel de ingresos

    medios-altos y reducir la dependencia de la economa peruana por los recursos naturales. Reducir las brechas regionales de productividad. Aumentar el empleo formal y de calidad, reduciendo la informalidad. Generar entre los peruanos visin de largo plazo sobre la necesidad de diversificar.

    Por qu un plan de diversificacin? El Per tiene potencialidades productivas no suficientemente utilizadas (especialmente en

    regiones). Existen fallas que justifican intervencin del Estado.

    Fallas de mercado Fallas de Estado

    Externalidades tecnolgicas Regulaciones que generan sobrecostos

    Externalidad de informacin Problemas de agencia

    Externalidades de coordinacin Limitaciones de la burocracia

    Estas fallas resultan en poca innovacin, dficits en capacidades productivas, poco

    aprovechamiento de economas de escala, etc. Lo que no es el Plan No es un cambio en los principios del modelo econmico. No es abandonar polticas responsables en materia econmica. No es intervencionismo ni dirigismo estatal. No es crear beneficios artificiales. No es un documento cerrado Para Ejecutar el Plan se requiere: a. Suma a otras estrategias. b. Alianza con el sector privado como socio fundamental c. Alto nivel de coordinacin intersectorial (con ministerios y entidades ligadas a sectores

    productivos)

    Comisin Multisectorial de Diversificacin Productiva (CMDP).

    Diversos brazos ejecutores d. Estrategia de tres grandes ejes

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    Eje 1 Promocin para la diversificacin productiva Objetivos especficos Ampliar canasta exportadora. Expandir posibilidades tecnolgicas. Fomentar proceso de autodescubrimiento Lneas de Accin Integracin a cadenas de valor globales Atraccin de inversin extranjera directa Desarrollo del emprendimiento innovador Incorporacin de la innovacin en la estrategia empresarial Calidad como soporte para la diversificacin Eje 2 Adecuacin de regulaciones y mejora del clima de inversiones Objetivos especficos

    Perfeccionar regulaciones para incrementar rentabilidad e inversin de las empresas. Apoyar poltica de simplificacin y procesos de mejora contnua.

    Lneas de Accin Adecuacin de regulaciones

    - Informe anual sobre percepcin de regulaciones - Deteccin permanente de oportunidades de mejora de regulaciones

    Fomento de la simplificacin administrativa - Simplificacin de trmites PRODUCE - Identificacin de oportunidades para una mayor proactividad - Sistematizacin de la demanda de informacin del Estado

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    Eje 3: Expansin de la productividad Objetivos Especficos

    Elevar productividad promedio de la economa, elevando sus niveles y reduciendo heterogeneidad.

    Proveer instrumentos de costos, insumos, transferencia tecnolgica, entre otros. Lneas de accin

    Extensin de conocimientos y tecnologas Promocin de sinergias y encadenamientos productivos Provisin de insumos complementarios Adecuacin de la oferta formativa a la demanda laboral Reduccin de costos financieros

    ACCIONES ESPECFICAS

    1. SISTEMA DE CALIDAD 2. AMPLIACIN DE OFERTA DE CITE 3. REFORMAS SOBRE FORMACIN TCNICA

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    AMPLIACIN DE OFERTA DE CITES Objetivo: Acercar ms y mejores servicios a los productores y empresas e instituciones educativas y de formacin en forma descentralizada

    CITE Pblicos: Se realizar por etapas : 1. Inicio: implementar una oferta de servicios inicial y conocer en mayor profundidad la

    demanda de los productores y empresarios. Aprovechar capacidad instalada y sinergias con otros CITEs.

    2. Inversin de fortalecimiento: PIPs menores (mximo S/. 1.2 millones) para adquisicin de equipos menores y acondicionamiento de instalaciones.

    3. Inversin para escalamiento: PIPs mayores para ampliar la capacidad de prestar servicios ms sofisticados (p.e. laboratorios, plantas piloto).

    CITE Privados: Estos CITEs cuentan con instalaciones y capacidades bsicas. El financiamiento pblico para ampliar dichas capacidades y cobertura se realizar a travs de:

    a) Convenios por desempeo sujetos al cumplimiento de resultados: nmero de empresas atendidas, resultados en productividad,

    b) Proyectos de innovacin con fondos concursables, entre otros. c) Programas de certificacin laboral de competencias

    EJE 3: EXPANSIN DE LA PRODUCTIVIDAD Lneas de accin 4: Adecuacin de la oferta formativa a la demanda laboral Agilizacin del proceso de licenciamiento de institutos y carreras en IEST y CETPRO Implementacin del sistema nacional de cualificacin profesional (competencias profesionales) Observatorio de educacin y empleo Mejora de la infraestructura y gestin de IEST y CETPRO con participacin privada (APP, obras

    por impuestos)

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    APORTES DE LA CMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA PERUANO ALEMANA

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    APORTES Y SUGERENCIAS DEL CONGRESISTA HURTADO ZAMUDIO PROBLEMA ACTUAL: DESCONEXIN ENTRE EDUCACIN Y TRABAJO

    o En el Per tenemos una brecha de capital humano de 862,750 tcnicos y profesionales (Mapa de Capital Humano de Per Econmico, 2013)

    o Sin embargo, tenemos 137 universidades pblicas y privadas. En 2013 se habran matriculado 960,706 alumnos

    o Mientras, en 2014, otros 621,043 se matricularon en 3,021 institutos tecnolgicos y CETPROS pblicos y privados. (Minedu, 2014)

  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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    PRONSTICO: CRISIS POR FALTA DE CAPITAL HUMANO

    o SENCICO: Al ao, las compaas constructoras y fabricantes de insumos para el sector requieren cerca de 80 mil profesionales en todo el pas, pero anualmente solo se producen 40 mil

    o Grandes empresas manufactureras dan empleo directo a 353,800 (INEI, 2014), mientras slo Sector Minero demandara 239,807 nuevos empleos directos (IPE, 2013)

    o 51% de las empresas requiere de tcnicos especializados y la demanda crece 10% cada ao (SENATi, 2013)

    o Per busca tcnicos en el extranjero y ello ha producido una inflacin salarial de 15% y 25%

    (Amrop Per, 2013). o Slo en Junio 2014 ingresaron 4,153 extranjeros con visa de trabajo Incremento de 19% con

    relacin a Junio 2013 (INEI, 2014). o 17,9% provino de Colombia, Chile 13,5%, Espaa 12,4%, Argentina 11,1%, Ecuador 6,0%,

    Estados Unidos 5,9%, Brasil 5,4%, Bolivia 5,1%, Venezuela 3,3%, Mxico 2,6%, China (R.P) 1,7%, Francia 1,6%, Italia y Alemania 1,2% cada uno y otros pases 11,1%.

    En consecuencia:

    - Crisis por falta de capital humano nacional - Sobrecostos por la contratacin de extranjeros e inflacin salarial - Estancamiento de la competitividad - Desempleo juvenil y pobreza - A mediano plazo podra significar freno mayor o retroceso del crecimiento

    econmico CAUSA DEL PROBLEMA: DIVORCIO EMPRESA ACADEMIA - ESTADO

    o Brecha entre la demanda laboral y la oferta educativa de tcnicos y profesionales o Jvenes prefieren la universidad al instituto en un ratio de 2 a 1 (Ipsos Apoyo, 2012). o No obstante, en los prximos 5 aos se proyecta que de cada 10 nuevos puestos de trabajo

    que se creen, 8 sern para tcnicos y 2 para cargos de direccin y mando (OCDE, 2012) o Existe un dficit de 300 mil tcnicos industriales en el Per (SNI, 2013)

    o El 97.2 de empresas no realizaron proyectos de innovacin o de mejoras tecnolgicas para

    el desarrollo de nuevos productos con institutos de investigacin o universidades (INEI, Encuesta Econmica Anual 2011)

    o En el subndice de vinculacin en actividades de I y D entre la academia y la industria del

    Ranking Global de Competitividad 2012 2013, el Per apareci en el puesto 110 sobre 143. FORMACIN DUAL

    o Sistema propio de Alemania, base de su estabilidad econmica a pesar de la crisis global, que consiste en la formacin profesional en el aula y la empresa a la vez (50%-50%).

    o Modelo contrastado por aos que garantiza alta cualificacin profesional. En la regin se implementa en Mxico, Colombia, Ecuador, Brasil y Chile

    o En Alemania existen 350 carreras de formacin dual homologadas. 2/3 de alemanes opta por la formacin dual

    o 482 mil empresas participan en Alemania. De ellas, las PYMES disponen el 80% de plazas de aprendizaje

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    FORMACIN TCNICA DUAL

    - En caso el Ministerio de Educacin no logre internalizar la filosofa y visin de la formacin tcnica dual, que los Institutos pasen al mbito del Ministerio de Produccin

    - Por lo menos 50% de clases sea en el aula y el otro 50% en la empresa - El convenio de formacin dual: obligaciones para instituto, empresa y estudiantes-aprendices - Subvencin del 50% de la RMV para estudiantes-aprendices, por mximo de 40 hrs

    semanales - 3 puntos adicionales para empresas en rgimen de formacin dual que sean proveedoras

    del Estado - Programas gratuitos de capacitacin para personal de empresa - Autoriza a empresas a otorgar incentivos a docentes de institutos - Propone implementacin progresiva hasta por 5 aos.

    APORTES DE ASISTE PERU

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    EXPERIENCIA DEL SENATI

    8%0%6%

    17%

    7%

    22%

    4%

    6%

    10%

    2%

    17% Comercio

    Electricidad y Agua

    Transporte y Comunicaciones

    Servicios Gubernamentales

    Restaurantes y Hoteles

    Otros servicios

    Construccin

    Manufactura

    Explotacion de Minas yCanteras

    Pesca

    Agropecuario 2/

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    APORTES DE LA CONFIEP

    Principios Rectores 1. Propiciar la consecucin de objetivos nacionales de desarrollo sostenible y crecimiento

    con evolucin social, as como la plena realizacin y superacin de la persona humana. 2. Afirmar un sistema de empresa privada, fundado en la libertad personal y el rol subsidiario

    del estado, la iniciativa particular, la retribucin al esfuerzo, la adecuada rentabilidad de la inversin, dentro de una economa social de mercado.

    3. Actuar aplicando y haciendo aplicar los valores y principios ticos y morales que sean la base de la formacin y conducta de toda la sociedad.

    ACUERDO NACIONAL

    Poltica de Estado 18: Bsqueda de la competitividad, productividad y formalizacin de la actividad econmica:

    Nos comprometemos a incrementar la competitividad del pas con el objeto de alcanzar un crecimiento econmico sostenido que genere empleos de calidad e integre exitosamente al Per en la economa global. La mejora en la competitividad de todas las formas empresariales, incluyendo la de la pequea y micro empresa, corresponde a un esfuerzo de toda la sociedad y en particular de los empresarios, los trabajadores y el Estado, para promover el acceso a una educacin de calidad, un clima poltico y jurdico favorable y estable para la inversin privada as como para la gestin pblica y privada. Asimismo, nos comprometemos a promover y lograr la formalizacin de las actividades y relaciones econmicas en todos los niveles.

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    INDICADORES DE COMPETITIVIDAD

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  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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    ALGUNAS CIFRAS SOBRE EL SECTOR EDUCACION

  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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    La CONFIEP seala que la mayor parte de las necesidades de talento profesional del crecimiento econmico peruano han sido cubiertas por universidades e institutos superiores privados. El sector privado es el Aliado Natural del Estado. Por lo tanto: Se debe alentar y promover la inversin en calidad y la vinculacin del instituto con el sector productivo y se deben mejorar los mecanismos que conectan la demanda de talento profesional con la oferta proveniente de la educacin privada.

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    SUGERENCIAS DE LA CONFIEP:

    Filiales: Debe dejarse sin efecto la disposicin de la Ley que restringe la actividad de los institutos a nivel provincial.

    Autonoma: Respetar la AUTONOMIA de las entidades educativas y PERMITIR la libre creacin de carreras tcnicas que el mercado productivo necesite, con la nica exigencia de cumplir y presentar para su registro los Contenidos bsicos comunes para la formacin tcnica aprobados por el MINEDU.

    Rgimen acadmico: La Ley slo debe fijar mnimos de duracin de estudios a travs de un sistema de CREDITOS (como en la universidad), de manera que se facilite la TRANSITABILIDAD de los educandos en el nivel superior.

    Estudios y grados: los institutos deberan expedir los grados y ttulos a nombre de su institucin, propiciando la competencia por prestigio y calidad.

    Sistemas de gobierno: Libre establecimiento de sistemas de gobierno en las instituciones privadas; en el caso de las pblicas las determina el Estado.

    Pasantas: Facilitar el LIBRE establecimiento de convenios de PASANTIAS entre las empresas y las entidades educativas, que les permitan la LIBRE y natural circulacin de estudiantes en el mundo empresarial, a fin de afianzar el conocimiento adquirido en aulas, dentro del periodo de formacin profesional, sin cargas econmicas que afecten a la empresa (para que el trnsito de los alumnos en periodo de formacin, sea UNIVERSAL, en el sector laboral y productivo).

    Informacin de servicios educativos y demanda: Crear un BANCO DE DATOS de acceso gratuito para que los jvenes, en el marco del art 65 de la Constitucin, garanticen su derecho a la informacin sobre los servicios educativos que se encuentran a su disposicin en el mercado y tambin de aquellas carreras tcnicas y profesionales que tienen mayor DEMANDA por Regin.

    Evaluacin, acreditacin y certificacin de la calidad: Se debe mantener el rgimen vigente con 3 etapas: la autoevaluacin, la evaluacin externa y la certificacin. Ello funciona si se organizan comits internos debidamente empoderados, evaluadores externos acreditados, normas tcnicas adecuadas y una masa crtica de personas sensibilizadas. Esto funciona tanto con acreditaciones directas como con el reconocimiento de acreditaciones.

    Trmites: Reducir trabas burocrticas en las diversas instituciones pblicas como el MINEDU, las Direcciones Regionales de Educacin y las municipalidades que impiden que la oferta y demanda educativa puedan ser alineadas.

    Burocracia: Debe existir un real compromiso del Estado para promover la educacin tcnica, para que de esta manera, toda iniciativa privada en el tema educativo que se presente a cualquier instancia del estado pueda hacerse realidad en el plazo ms corto.

    En conclusin se debe: 1). Respetar los derechos sobre la libertad de empresa e iniciativa privada en los Institutos de Educacin Superior Tecnolgicos, 2). No restringir la actividad de los Institutos a nivel provincial y 3).Propiciar la eliminacin de trabas burocrticas que impiden el despegue de la educacin tcnica.

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    APORTES DE LA SOCIEDAD NACIONAL DE INDUSTRIAS

    El crecimiento de la economa y de la industria no se ha visto acompaado por una oferta laboral acorde a las exigencias de las empresas. La demanda laboral en el Per se ve afectada por el bajo desarrollo del capital humano y se complica por una mala calidad de la educacin bsica.

  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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    LA OFERTA EDUCATIVA NO SE ENCUENTRA ARTICULADA. Existe una desconexin entre la oferta educativa y demanda del mercado laboral Segn informacin de la Direccin de Educacin Superior Tecnolgica y Tcnico Productiva del MINEDU, las carreras tcnicas con mayor demanda a nivel deI EST (Instituto de Educacin Superior Tecnolgico) son:

    - Administracin - Salud - Computacin e Informtica.

    CETPRO (Centro de Educacin Tcnico Productiva) son: - Computacin e Informtica y - Esttica Personal

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    DESCONEXIN ENTRE LA OFERTA Y DEMANDA DEL MERCADO LABORAL. - Las empresas se ven obligadas a formar sus propios tcnicos. - Imagen disminuida de la formacin tcnica frente a la sociedad (especialmente

    en la juventud). - Oferta educativa desarticulada y desorganizada. - Barreras para continuar formacin tcnica en etapas superiores. - Reducido nivel de innovacin en el trabajo. - Empleos de corta duracin desalienta la inversin en capacitacin.

    SE REQUIERE:

    - Trabajo conjunto y coordinado de empresa, academia y Gobierno para mejorar el sistema educativo.

    - Fomento de la Educacin Dual a partir de 4to de secundaria. - Asegurar la vinculacin entre la institucin educativa y el mercado laboral. - Fortalecer y promover instituciones tipo TECSUP y SENATI. - Incorporar sistemas de evaluacin y monitoreo de calidad educativa. - Acreditar todas las instituciones que brindan carreras tcnicas.

    APORTES DEL INSTITUTO PEDAGGICO NACIONAL DE MONTERRICO

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  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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  • Dictamen recado en los Proyectos de Ley No.806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR que proponen la Ley de Institutos y Escuelas de Educacin Superior.

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    ANALISIS La Comisin Dictaminadora, se ha abocado al estudio de las distintas iniciativas acumuladas en el presente dictamen, teniendo en cuenta todos los aportes antes sealados y otras reflexiones como:

    PARA SUPERAR LA POBREZA SE REQUIERE MEJORAR LA EDUCACIN

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    SITUACION DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIN SUPERIOR EN EL

    PERU

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    COSTO BENEFICIO

    La Comisin dictaminadora considera de mucha importancia fortalecer la Educacin Tcnica y Tecnolgica, con la finalidad de contribuir a la competitividad del Pas y hacer sostenible el crecimiento y desarrollo de nuestro pas. El objetivo de la norma es: - Revalorar el rol de educacin superior tcnica y tecnolgica en el pas, frente a la educacin superior universitaria y la importancia que tiene esta formacin para el desarrollo personal y profesional que contribuya al desarrollo del pas. - Alcanzar un nivel de educacin tcnica y tecnolgica de calidad. - Articular el sector educativo con el sector productivo para retroalimentar el sistema para procesos de mejoramiento continuo. - Conectar a los estudiantes y egresados con el mundo laboral y su interaccin permanente con los sectores productivos, tanto a nivel local, regional y Nacional. - Fomentar las alianzas que vincule al sector productivo con el sector educacin, a nivel Local y Regional. - Desarrollar la carrera docente tcnica y tecnolgica. En consecuencia, el objeto de la norma es regular la creacin, licenciamiento, gestin, supervisin y fiscalizacin de los Institutos y Escuelas de Educacin Superior Pblicos y Privados, para que brinden una formacin de calidad, que responda a las necesidades del pas, del mercado laboral, del sistema educativo y su articulacin con los sectores productivos, que permita el desarrollo de las artes, la ciencia y la tecnologa; as como el desarrollo de la carrera docente. Sobre los TIPOS DE INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR, se precisa:

    - Institutos de Educacin Superior (IES), que se caracterizan por su vocacin e identidad manifiesta en el campo del conocimiento y el trabajo en actividades de carcter tcnico. (Lo instrumental, lo operacional y el saber tcnico).

    - Las Escuelas de Educacin Superior (EES), que se caracterizan por su vocacin e identidad manifiesta en el campo del conocimiento y profesiones de carcter tecnolgico, Pedaggico y de Formacin Artstica. Ofrecen el grado de bachiller, y el ttulo profesional.

    ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR

    - Las EES Tecnolgica, son instituciones que brindan formacin con fundamentacin cientfica e investigativa, y se orientan fundamentalmente a las ingenieras, a la asimilacin, desagregacin, adaptacin, mejoramiento y modificacin de tecnologas e innovacin.

    - Las EES Pedaggicos, son instituciones que ofrecen la formacin inicial docente que requiere el sistema educativo peruano en todas sus etapas, modalidades, niveles o ciclos y formas.

    - Las EES de Formacin Artstica, son instituciones que brindan formacin inicial docente en el campo artstico o de artista profesional, en diferentes especialidades.

    Tambin se sealan los Principios de la Educacin Superior: Calidad educativa, Pertinencia, Flexibilidad, Inclusin Social, Transparencia y rendicin de cuentas, Equidad y Merito Se hace necesaria la existencia de un Organismo responsable de gestionar la oferta de educacin superior de Escuelas e Institutos (ONGESI: Organismo Nacional Gestor de Escuelas e Institutos),

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    con autonoma tcnica, funcional, econmica, presupuestal y administrativa, cuya conformacin sera:

    - El Presidente Ejecutivo, como representante del Ministerio de Educacin, quien lo presidir.

    - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros. - Un representante del Ministerio de Economa y Finanzas. - Un representante del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo. - Un representante del Ministerio de la Produccin.

    REGIMEN ACADEMICO

    - El Ministerio de Educacin debe establecer los lineamientos acadmicos generales para todos los IES y EES.

    - La programacin curricular, la planificacin de clases y las didcticas para el aprendizaje son responsabilidad de cada IES y EES.

    - Se establece el crdito acadmico equivalente a un mnimo de 16 horas lectivas de teora o el doble de horas de prctica.

    - Las IES y las EES pueden desarrollar sus actividades bajo la modalidad presencial y semipresencial; asimismo mediante el tipo de formacin dual, en alternancia, entre otras.

    - Los IES pueden otorgar el grado de Bachiller Tcnico y los ttulos de Tcnico (mnimo 80 crditos) y Profesional Tcnico (mnimo 120 crditos).

    - Las EES pueden otorgar el grado de Bachiller y el ttulo de Profesional (mnimo 200 crditos).

    - Solo las EES acreditadas pueden otorgar los grados de maestras y doctorados. - Los IES y EES pueden disear y ofrecer procesos formativos asociados a oficios, de

    acuerdo a la demanda y brindar certificados a nombre propio (Certificaciones Ocupacionales).

    - Los programas que cuenten como mnimo 40 crditos y no ms de 80 crditos, otorgan el certificado de Auxiliar Tcnico en la especialidad, pudiendo ser convalidado en la educacin superior como parte del nivel tcnico.

    GESTION INSTITUCIONAL

    - Pblicos de gestin directa.

    - Pblicos de gestin privada por entidades sin fines de lucro que prestan servicios educativos gratuitos a los estudiantes.

    - De gestin privada - Incentivos: Fondos Concursables, Becas, etc.

    El Ministerio de Educacin promueve la participacin del sector privado en la mejora de los IES y EES pblicos, el cual puede participar con recursos de responsabilidad social empresarial, donaciones y contribuciones, becas y otros mecanismos.

    - La empresa privada que celebre convenios interinstitucionales con IES y EES pblicos con fines de capacitacin, investigacin e innovacin, tienen derecho a un crdito tributario contra el Impuesto a la Renta equivalente al monto del gasto de capacitacin. El monto invertido en capacitacin ser administrado por el IES y EES pblico.

    - El Ministerio de Educacin y los Gobiernos Regionales promueven que los IES y EES cuenten con servicios de orientacin profesional, tutora, bolsa de trabajo,

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    emprendimiento y otros.

    - Los IES y las EES deben realizar acciones de seguimiento a sus egresados para contar con informacin necesaria sobre su insercin y trayectoria laboral.

    - Los IES y las EES pblicas y privadas tienen la obligacin de publicar en sus portales

    electrnicos, en forma permanente y actualizada, como mnimo, la informacin correspondiente a: Nmero de becas y crditos educativos, Inversiones, reinversiones, donaciones, obras de infraestructura, entre otros, Proyectos de investigacin y los gastos que genere, Relacin de pagos exigidos a los alumnos, Cuerpo docente, indicando clase, categora y hoja de vida, remuneraciones, Nmero de postulantes, ingresantes, matriculados

    ORGANOS DE GOBIERNO Los IES y EES pblicos deben contar como mnimo con los siguientes rganos internos:

    - El Director General - Consejo Asesor - Coordinacin acadmica

    Para el caso de los IES el Director General debe contar con ttulo profesional o grado acadmico de maestro, estudios de posgrado y contar con no menos de cinco (05) aos de experiencia. Para el caso de las EES el Director General debe contar con el grado acadmico de doctor y contar con no menos de cinco (05) aos de experiencia en gestin. Las autoridades de gobierno de los IES y EES privadas renen los requisitos exigidos para los IES y EES Pblicos. CARRERA PBLICA DEL DOCENTE EN LOS IES Y EES PUBLICOS Para ser docente en los IES Pblicos se requiere:

    - 5 aos de experiencia laboral, de los cuales al menos 3 aos debe ser especfica en la materia de su especialidad.

    - Experiencia docente en educacin superior mnima de 2 aos. - Profesional tcnico de la educacin superior, el cual deber corresponder como mnimo

    al nivel del programa formativo en el que se va a desempear. Para ser docente en las EES Pblicas se requiere a parte de la experiencia profesional y docente: Ttulo Profesional y grado acadmico de maestro. CARRERA PBLICA DEL DOCENTE EN LOS IES Y EES PUBLICOS

    - Para ser docente en los IES Pblicos se establecen 5 categoras. - Para ser docente en las EES Pblicos se establecen 3 categoras equivalente a las

    categoras de la docencia universitaria. - Las remuneraciones de los IES se establecern conforme a la RIMS (Remuneracin

    Integra Mensual Superior) y de las EES se homologan con las correspondientes a las de los Magistrados Judiciales.

    En tal virtud, el Texto Sustitutorio que se propone regula la creacin, licenciamiento, gestin, supervisin y fiscalizacin de los institutos y escuelas de educacin superior pblicos y privados,

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    para que brinden una formacin de calidad, que responda a las necesidades del pas, del mercado laboral, del sistema educativo y su articulacin con los sectores productivos, que permita el desarrollo de las artes, la ciencia y la tecnologa, as como el desarrollo de la carrera docente, financiamiento, recursos, rgimen tributario y laboral, la fiscalizacin y sanciones de los IES pblicos y privados; todo bajo la rectora del Ministerio de Educacin. CONCLUSIN Por todas estas consideraciones, la COMISIN DE EDUCACIN, JUVENTUD Y DEPORTES, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del artculo 70 del Reglamento del Congreso de la Repblica, se permite recomendar la APROBACION de los Proyectos de Ley Nos. 806,2011-CR, 1765/2012-CR, 1769/2012-CR, 1877/2012-CR, 2090/2012-CR, 2328/2012-CR, 2419/2012-CR, 2427/2012-CR, 2579/2013-CR, 2606/2013-CR, 2974/2013-CR, 3229/2013-CR, 3530/2013-CR, 3574/20134-CR, 3583/2013-CR, 3605/2013-CR, 3673/2013-CR, 3913/2014-CR, 4081/2014-CR y 4104/2014-CR, con el siguiente Texto Sustitutorio:

    EL CONGRESO DE LA REPBLICA, HA DADO LA LEY SIGUIENTE:

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    LEY DE INSTITUTOSY ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR

    CAPTULO I

    OBJETO, AMBITO, RECTORIA Y DEFINICION

    Artculo 1.- Objeto de la Ley La presente Ley regula la creacin, licenciamiento, gestin, supervisin y fiscalizacin de los Institutos y Escuelas de Educacin Superior Pblicos y Privados, para que brinden una formacin de calidad, que responda a las necesidades del pas, del mercado laboral, del sistema educativo y su articulacin con los sectores productivos, que permita el desarrollo de las artes, la ciencia y la tecnologa; as como el desarrollo de la carrera docente. Artculo 2.- mbito de aplicacin Estn comprendidos en esta Ley los Institutos y Escuelas de Educacin Superior pblicos y privados, nacionales o extranjeros, que forman parte de la etapa de educacin superior, que funcionen en el territorio nacional. Para efectos de la presente Ley, cuando se haga referencia a la educacin superior se refiere a la educacin que brindan los Institutos y Escuelas. Artculo 3.- Finalidad de la Educacin Superior La Educacin Superior tiene los siguientes fines:

    3.1. Formar personas en los campos de la ciencia, la tecnologa y las artes, para contribuir con su desarrollo individual, social y su adecuado desenvolvimiento en el entorno laboral nacional y global.

    3.2. Contribuir al desarrollo del pas y a la sostenibilidad de su crecimiento a travs del incremento de la productividad y competitividad.

    3.3. Brindar una oferta formativa de calidad que cuente con las condiciones necesarias para responder a los requerimientos de los sectores productivos.

    3.4. Promover el emprendimiento, la innovacin y la investigacin aplicada. 3.5. Promover la educacin permanente a lo largo de la vida.

    Artculo 4.- Rectora del Ministerio de Educacin El Ministerio de Educacin es el ente rector encargado de definir, dirigir y articular las polticas educativas nacionales y la poltica de aseguramiento de la calidad de la educacin superior. Artculo 5.- Definicin de Institutos de Educacin Superior y Escuelas de Educacin Superior Los Institutos de Educacin Superior IES y las Escuelas de Educacin Superior - EES son instituciones educativas especializadas de la etapa de la educacin superior del sistema educativo nacional. Forman personas con un alto nivel de especializacin y perfeccionamiento en los campos

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    de la ciencia, la tecnologa, las artes, entre otros, a fin de atender la demanda de la sociedad y contribuir con el desarrollo y la sostenibilidad del pas. Los IES se caracterizan por su vocacin e identidad manifiesta