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Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial República de Colombia “DIRECCION DE DESARROLLO TERRITORIAL ASISTENCIA TECNICA A MUNICIPIOS Y REGIONES” Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección de Desarrollo Territorial 2010

“DIRECCION DE DESARROLLO TERRITORIAL ASISTENCIA …

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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

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República de Colombia

“DIRECCION DE DESARROLLO TERRITORIAL

ASISTENCIA TECNICA A MUNICIPIOS Y REGIONES”

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Dirección de Desarrollo Territorial

2010

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NORMAS URBANISTICAS. (ART. 15 LEY 388 DE 1997)

Cada uno de los temas que conforman los componentes del POT,

corresponden a una jerarquía normativa

Las normas urbanísticas regulan el uso, la ocupación y el aprovechamiento

del suelo y definen la naturaleza y las consecuencias de las actuaciones

urbanísticas indispensables para la administración de estos procesos

POT - CONCEPTOS BASICOS

ESTRUCTURALES GENERALES COMPLEMENTARIAS

NORMAS URBANISTICAS

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República de Colombia

NO

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ori

o

1. Suelo

urbano

2. Suelo de

expansión

urbana

3. Suelo rural

Centros

poblados

Zona de

vivienda

campestre

NORMAS URBANISTICAS.

(ART. 15 LEY 388 DE 1997)

Su

elo

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PUNTO DE PARTIDA

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NORMAS ESTRUCTURALES

Aseguran la consecución de los objetivos y

estrategias adoptadas en el componente general del

Plan (Largo plazo) y en las políticas y estrategias de

mediano plazo del componente urbano.

Prevalecen sobre las demás normas Las regulaciones

de los demás niveles no pueden adoptarse ni

modificarse contraviniendo lo que en ellas se establece.

Su propia modificación sólo puede emprenderse con

motivo de la revisión general del Plan o

excepcionalmente a iniciativa del alcalde municipal o

distrital, con base en motivos y estudios técnicos

debidamente sustentados.

NORMAS URBANISTICAS. (ART. 15 LEY 388 DE 1997)

POT - CONCEPTOS BASICOS

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NORMAS ESTRUCTURALES

La clasificación del territorio (urbano, expansión, rural y protección).

La definición de áreas, actuaciones y tratamientos para la conservación y el

manejo del patrimonio histórico

Las que reservan áreas para la construcción de redes primarias de

infraestructura vial y de servicios públicos,

Las que reservan espacios libres para parques y zonas verdes de escala urbana y

zonal y, en general, todas las que se refieran al espacio público vinculado al nivel

de planificación de largo plazo

Las que establecen directrices para la formulación y adopción de planes parciales

Las que delimitan zonas de riesgo

En general, todas las que conciernen al medio ambiente, las cuales en ningún

caso, salvo en el de la revisión del Plan, serán objeto de modificación

NORMAS URBANISTICAS. (ART. 15 LEY 388 DE 1997)

POT - CONCEPTOS BASICOS

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EJEMPLO DE CLASIFICACION DEL TERRITORIO

Suelo de

Expansión

Corredores

interregionales

POT - CONCEPTOS BASICOS

Centros

PobladosSuelo

Rural

Suelos de

protección

Suelo

Urbano

Suelo

Suburbano

NORMAS URBANISTICAS. (ART. 15 LEY 388 DE 1997)

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NORMAS GENERALES

Permiten establecer usos e intensidad de usos del

suelo, así como actuaciones, tratamientos y

procedimientos de parcelación, urbanización,

construcción e incorporación al desarrollo de las

diferentes zonas comprendidas dentro del perímetro

urbano y suelo de expansión.

Otorgan derechos e imponen obligaciones

urbanísticas a los propietarios de terrenos y a sus

constructores, conjuntamente con la especificación de

los instrumentos que se emplearán para que

contribuyan eficazmente a los objetivos del desarrollo

urbano y a sufragar los costos que implica tal definición

de derechos y obligaciones.

NORMAS URBANISTICAS. (ART. 15 LEY 388 DE 1997)

POT - CONCEPTOS BASICOS

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NORMAS GENERALES

Aislamientos, volumetrías y alturas para los procesos de edificación.

La determinación de las zonas de renovación, conjuntamente con la definición de

prioridades, procedimientos y programas de intervención.

Las características de la red vial secundaria,

La localización y afectación de terrenos para equipamientos colectivos de interés

público o social a escala zonal o local,

La delimitación de espacios libres y zonas verdes de escala zonal o local

Las especificaciones de las redes secundarias de abastecimiento de los servicios

públicos domiciliarios .

Las especificaciones de las cesiones urbanísticas gratuitas

Las excepciones a estas normas para operaciones como macroproyectos o

actuaciones urbanísticas en áreas con tratamientos de conservación,

renovación o mejoramiento integral

NOTA: Incluye las excepciones aplicables a las zonas objeto de

legalización y titulación

NORMAS URBANISTICAS. (ART. 15 LEY 388 DE 1997)

POT - CONCEPTOS BASICOS

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NORMAS COMPLEMENTARIAS

Son las actuaciones, programas y proyectos adoptados en desarrollo de las

previsiones contempladas en los componentes general y urbano del Plan de

Ordenamiento, y que deben incorporarse al Programa de Ejecución

Las decisiones sobre las acciones y actuaciones que por su propia naturaleza

requieren ser ejecutadas en el corto plazo

Todas las regulaciones que se expidan para operaciones urbanas

específicas y casos excepcionales, de acuerdo con los parámetros,

procedimientos y autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas

generales.

LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE EXPIDA EL ALCALDE PARA LA

LEGALIZACION DE ASENTAMIENTOS SON NORMA COMPLEMENTARIA Y

DEBE QUEDAR ESTABLECIDO EL PROCEDIMIENTO DESDE EL POT

NORMAS URBANISTICAS. (ART. 15 LEY 388 DE 1997)

POT - CONCEPTOS BASICOS

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NORMAS URBANISTICAS

POT - CONCEPTOS BASICOS

SUELO URBANO SUELO EXPANSION

Suelo

OcupadoSuelo por

ocuparSuelo de futuro

desarrollo

SUELO RURAL

Suelo destinado

a actividades

rurales

Desarrollo

Restringido

Normas de detalle para

orientar la construcción y

el uso de los predios.

Debe ser diferente para

cada zona y asignarse

según las características

morfológicas y tipológicas

Normas para construir la

futura ciudad

Debe asignarse según el

patrón de desarrollo

deseado y para cada uso

(Densificado o de baja

densidad)

Normas para posibilitar el

desarrollo de las actividades

rurales

Debe ser diferente para

cada zona, teniendo en

cuenta que debe prevalecer

la baja ocupación

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NORMAS URBANISTICAS

POT - CONCEPTOS BASICOS

SUELO URBANO

Suelo por ocupar

Desarrollo

Normas Clave:

1. Área lote a urbanizar

2. Área lote a edificar

3. Alturas

4. Cesiones

5. Voladizos

6. Usos permitidos

7. Secciones viales

Consolidación Mejoramiento

Normas Clave:1. Area de lote2. Alturas3. Retiros4. Voladizos5. Cesiones6. Usos permitidos7. Secciones vías

Normas Clave:1. Area de lote2. Alturas3. Retiros4. Voladizos5. Usos permitidos6. Criterios para los

procesos deLegalización

Renovación

Urbana

1. Se desarrolla con

Planes Parciales.

2. En el POT se

deben dejar

criterios para la

asignación de usos

y densidades

Suelo Ocupado Centros Poblados

Corregimientos

Normas Clave:

1. Delimitación

2. Área de lote a

edificar

3. Alturas

4. Cesiones

5. Voladizos

6. Usos permitidos

7. Zonas de protección

8. Equipamientos y EP

Contar con infraestructura vial y redes primarias de energía, acueducto y alcantarillado, posibilitándose su

urbanización y edificación, según sea el caso

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NORMAS URBANISTICAS

POT - CONCEPTOS BASICOS

SUELO EXPANSION

Suelo de futuro

desarrollo

1.Se desarrolla a través de

PLANES PARCIALES

2.Debe responder al

crecimiento poblacional

3.Se debe contar con

viabilidad de servicios

4.Se deben delimitar las

áreas para VIS

5.Se deben delimitar los

suelos de protección.

Se deben definir criterios mínimos y

procedimientos para la formulación de los planes

parciales (Decretos 2181/06 y 4300/07)

Se debe especificar si en expansión aplican las

mismas normas de los suelos con tratamiento de

desarrollo que se localizan dentro del perímetro

urbano.

Se deben dejar suelos destinados a la

construcción de VIS

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NORMAS URBANISTICAS

POT - CONCEPTOS BASICOS

SUELO RURAL

Suelo destinado a

actividades rurales

Centros Poblados

RuralesRural – Rural Suburbano

Destinado al

desarrollo de

actividades

agrícolas

Las normas deben ser diferentes para cada zona y en todos los casos se deben delimitar los suelos

de protección

Localización de

mezcla de

actividades

urbanas y rurales

Áreas destinadas a

vivienda campestre

Identificación y delimitación

de áreas

Definición de normas

urbanísticas de parcelación,

Suelo de desarrollo

restringido

Normas establecidas en el

capitulo IV del Decreto

3600 de 2007.

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NORMAS URBANISTICAS QUE SE DEBEN

TENER EN CUENTA PARA EL COMPONENTE URBANO

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COMPONENTE URBANO (Para Suelo Urbano y de Expansión)

NORMAS COMPONENTE URBANO

CONTENIDOS MINIMOS

1. Plan vial

2. Plan de servicios públicos

3. Normas urbanísticas

4. Políticas a mediano y corto plazo sobre uso y

ocupación del territorio (Zonificación de Usos)

5. Equipamientos colectivos, espacio público y las

cesiones urbanísticas para las anteriores

6. Áreas de conservación y protección de recursos

naturales

7. Tratamientos urbanísticos (Incluyendo el de MIB)

8. Estrategia para el desarrollo de VIS

9. Adopción de parámetros para Planes Parciales

10.Adopción de instrumentos para financiar el

desarrollo urbano (Plusvalía, valorización, etc.)

ALCALDIA

ESCUELAS

IGLESIAS

PUESTO DE POLICIA

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PUESTO DE SALUD

TELECOM

CEMENTERIO

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L E Y E N D A

VIAS

CAMINO

PAb Pav imento en Adoquin en buen es tado

PFb Pavimento F lex ible en buen estado

PN C Proyec tado no Construido

PR b Pavimento R igido en buen es tado

PR r Pavim ento R igido en regular es tado

SPb Sin Pav imentar en buen es tado

SPr Sin Pav imentar en regular es tado

SPm Sin pavim entar en mal es tado

Normas Urbanísticas y proyectos

para corto, mediano y largo plazo

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COMPONENTE URBANO (Para Suelo Urbano y de Expansión)

NORMAS COMPONENTE URBANO

ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA DEFINICION DE TRATAMIENTOS

URBANISTICOS

1. Los tratamientos urbanísticos se asignan con base en las posibilidades y

necesidades de desarrollo que tenga cada barrio (Análisis de tipologías,

características de los predios, estructura predial, etc.)

2. A partir de los tratamientos urbanísticos es que se asigna la norma

3. Las zonas que ya están consolidadas se les asigna tratamiento de consolidación

Se debe tener en cuenta que se debe diferenciar la norma que se le asigna a las áreas

con buenas calidades urbanísticas de las que presentan problemas funcionales

(Ejemplo: Barrios objeto de Mejoramiento y/o Legalización)

Para la asignación de norma se debe realizar un análisis de la estructura predial, para

identificar las áreas de lote predominantes para cada uno de los usos (Principalmente,

residencial, comercial, servicios)

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COMPONENTE URBANO (Para Suelo Urbano y de Expansión)

NORMAS COMPONENTE URBANO

ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA DEFINICION DE TRATAMIENTOS

URBANISTICOS

4. A las zonas que están SIN URBANIZAR dentro del perímetro urbano y de

expansión se les asigna tratamiento de Desarrollo

A estas zonas se asigna un área mínima para los procesos de urbanización (Lote de

mayor extensión) y áreas de lote diferenciales para cada uso o tipo de construcción (Con

base en lo que el municipio identificó como condiciones óptimas para el desarrollo futuro)

NOTA: Para la definición de lotes a urbanizar (Los grandes), se recomienda realizar un

análisis de la estructura predial, para identificar las áreas de lote predominantes y

garantizar que puedan cumplir con las áreas de cesión mínimas exigidas para consolidar el

sistema vial del barrio, el espacio público y la construcción de los equipamientos.

Cuando se trata de suelos de expansión, se deben definir criterios mínimos y

procedimientos para la formulación de los planes parciales (Decretos 2181/06 y 4300/07)

Se debe especificar si en expansión aplican las mismas normas de los suelos con

tratamiento de desarrollo que se localizan dentro del perímetro urbano.

IMPORTANTE: Se deben dejar suelos destinados a la construcción de VIS

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COMPONENTE URBANO (Para Suelo Urbano y de Expansión)

NORMAS COMPONENTE URBANO

LAS NORMAS QUE ORIENTAN LOS PROCESOS DE LEGALIZACION

URBANISTICA SE DEBEN INCLUIR EN EL COMPONENTE URBANO

DEFINICION DE LEGALIZACION URBANISTICA (Art. 122 Dec. 564/06)

Proceso mediante el cual la administración municipal o distrital reconoce, si a ello

hubiere lugar, la existencia de un asentamiento humano constituidos por VIS

realizados antes del 27 de junio de 2003, aprueba los planos urbanísticos y

expide la reglamentación urbanística, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil y

administrativa de los comprometidos.

La Legalización urbanística NO CONTEMPLA la legalización de los derechos de

propiedad en favor de eventuales poseedores (Proceso posterior sujeto a otras

normas)

La resolución mediante el cual se aprueba la legalización hará las veces de

licencia de urbanización, con base en el cual se tramitarán las licencias de

construcción de los predios incluidos en la legalización o el reconocimiento de las

edificaciones existentes.

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COMPONENTE URBANO (Para Suelo Urbano y de Expansión)

NORMAS COMPONENTE URBANO

LAS NORMAS QUE ORIENTAN LOS PROCESOS DE LEGALIZACION

URBANISTICA SE DEBEN INCLUIR EN EL COMPONENTE URBANO

SITUACIONES DONDE NO PROCEDE LA LEGALIZACION (Art. 123 Dec 564/06)

Asentamientos localizados en suelo de protección.

CONDICIONES URBANISTICAS DE LA LEGALIZACION (Art. 129 Dec 564/06)

Las condiciones que debe cumplir el asentamiento a legalizar, las define el

municipio con fundamento en las disposiciones que para esas zonas se definió

en el POT (Contenidos en el componente urbano)

• Las zonas de reserva para la infraestructura vial y servicios públicos domiciliarios de nivel municipal,

• Las zonas de protección ambiental.

• Las zonas de amenaza y riesgo no mitigable.

• La definición de usos del suelo.

• Los programas, operaciones y proyectos estructurantes.

• Las acciones de mejoramiento previstas.

• Lineamientos ambientales.

• Los criterios para repartir cargas o beneficios resultantes del proceso de legalización.

NOTA: El programa de titulación formaría

parte de las acciones a ejecutar, una vez

se legalice el asentamiento

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NORMAS URBANISTICAS QUE SE DEBEN

TENER EN CUENTA PARA EL COMPONENTE RURAL

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República de Colombia

CONTENIDOS MINIMOS

1. Áreas de protección de recursos naturales

2. Áreas expuestas a amenazas y riesgos

3. Áreas que forman parte de los sistemas de

aprovisionamiento de los SPD y para la

disposición final de residuos sólidos y líquidos.

4. Áreas de producción agropecuaria, forestal y

minera

5. Equipamiento de salud y educación

6. La localización y dimensionamiento de zonas

determinadas como suburbanos

7. Normas de parcelación para vivienda

campestre

8. Identificación y regulación de centros

poblados

MARMATO

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Municipio

1'094.000 m.N.

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La MERCED

1'094.000 m.N.

Municipio de

Garrucha

Indios

El Llano

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Municipio

CARAMANTA

CabrasLa Portada

Q.

Guadualejo

San Francisco

La Loma

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Municipio de

PACORA

1´104.000m.N.

Q. el B

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C. Soledad

Q. Conchari

Q. Guadualejo

Q.Buenos Aires

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Q. Aguas Claras

C. Volante

Q. Cascabel

Q. Piedra Labrada

Q. Amolador

Q. la Tolda

C. Agua Linda

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Q. Guacamayal

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C. la Palma

Q. Valencia

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armolejo

Q. Mi Presidio

C. Pisamo

El Tejar

Bajo Jimenez

La Republicana

Q. El Roble

Q. M

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Sector

El Chocho

Sector

Concharí

Sector

Sector

Sector

Sector

Sector

Jimenez

Agrovilla

Sector

Sector

Nuevo Marmato

Sector

Sector

Sector

GuayabitoSector

QuebradaSector

ALTO

LOS NOVIOS

ALTO

CRUZ DE HELECHO

ALTO

DE LA CRUZ

COMPONENTE RURAL (Incluye Suelo Suburbano y Centros Poblados)

NORMAS COMPONENTE RURAL

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CRITERIOS PARA IDENTIFICAR Y DELIMITAR LOS CENTROS

POBLADOS RURALES

COMPONENTE RURAL (Decretos 3600/07)

NORMAS COMPONENTE RURAL

1. Se considera centros poblados los corregimientos,

las inspecciones de policía o caseríos con veinte (20)

o más viviendas contiguas, localizados en la zona

rural (Parágrafo del artículo 1º de la Ley 505 de 1999)

2. Se les puede definir perímetro urbano siempre y

cuando cumplan con lo establecido por el artículo 31

de la Ley 388 de 1997 para suelo urbano (Contar con

infraestructura vial y redes primarias de energía, acueducto y

alcantarillado, posibilitándose su urbanización y edificación,

según sea el caso)

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ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA REGLAMENTAR LOS

CENTROS POBLADOS RURALES (Capítulo IV Decreto 3600/07)

COMPONENTE RURAL (Decretos 3600/07)

NORMAS COMPONENTE RURAL

1. Medidas de protección para evitar que su desarrollo afecte la estructura ecológica

principal y/o alguna de las categorías de protección de las que habla el Decreto

3600/07 en su artículo 4

2. Definición de usos principales, compatibles, condicionados y prohibidos,

especificando las condiciones que deben cumplir los que no son prohibidos

3. Normas de parcelación de las áreas que se puedan desarrollar de acuerdo con las

normas generales y las densidades máximas definidas por la Corporación

Autónoma Regional

4. Definición de las cesiones obligatorias para las diferentes actuaciones.

5. Localización y dimensionamiento de la infraestructura básica de servicios públicos.

6. Definición y trazado del sistema de espacio público

7. Definición y trazado del sistema vial, especificando secciones viales

8. Definición y localización de los equipamientos colectivos.

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INSUMOS A TENER EN CUENTA

PARA REVISAR Y AJUSTAR LAS NORMAS

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INSUMOS PARA LA CONSTRUCCION DE LAS NORMAS

URBANISTICAS

PROYECCIONES DE POBLACIÓN DEFINIDAS PARA EL TIEMPO DE

VIGENCIA DEL POT (Censo DANE 2005)

Las determinantes ambientales y la estructura ecológica principal definida por la

Corporación Autónoma Regional.

Los resultados de los estudios de amenazas y riesgos.

Resultados de los estudios sobre servicios públicos domiciliarios (Plan maestro deacueducto y alcantarillado) -Identificar donde hay disponibilidad inmediata enurbano y rural-

Promedio de habitantes por vivienda.

La estructura predial urbana y rural.

Estudios sobre movilidad y análisis de los impactos que los usos están generandoen el municipio

Características físicas, socioeconómicas y de desarrollo inmobiliario (urbano yrural)

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Desarrollo Territorial

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