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Página 1 de 21 DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DIRECCIÓN DE SISTEMAS Guía para la Emisión de Oficios y Circulares de las Dependencias de la Administración Universitaria Introducción Los lineamientos contenidos en el presente documento tienen por objeto proporcionar a las dependencias de la administración universitaria, un instrumento para hacer más eficaz la comunicación en forma escrita, así como uniformar la elaboración de los oficios y circulares de carácter institucional, en los que se solicita la atención u orientación en algún asunto específico, o bien se difunden las disposiciones normativas, instructivos para realizar trámites, y criterios de operación entre instancias universitarias. Este documento define el objetivo de la normatividad, así como los conceptos de oficio y circular; en seguida se indican los lineamientos para la estructuración de dichos documentos, y por último se presentan los anexos que ejemplifican las políticas descritas. Objetivo Establecer los lineamientos bajo los cuales se deberán elaborar los oficios y circulares que emitan las dependencias de la administración universitaria, unificando así la estructura y criterios para su emisión, así como facilitar su consulta y clasificación. Políticas 1. Los presentes lineamientos serán de observancia para todas las dependencias y entidades de la universidad. 2. Se entenderá como oficio 1 aquel documento oficial, que tiene por objeto la comunicación entre una instancia universitaria con otra(s) similar(es) u otra(s) externa(s). Los asuntos tratados en dicho instrumento serán de carácter oficial para comunicar, solicitar información, atender un trámite específico, orientar y atender dudas específicas, o para cualquier asunto relativo a las actividades de la Institución. En ningún caso tratará asuntos personales. 3. Se entenderá como circular 2 aquel documento oficial, cuyo objeto es la difusión institucional de disposiciones legales o administrativas, tales como: procedimientos, instrucciones, comunicados, criterios de operación, solicitudes de información, y todo aquel asunto de carácter institucional que permita a las dependencias y entidades de la Universidad conducir su administración bajo un mismo marco de acción. 4. Las circulares por su contenido y alcance, deberán emitirse por los Titulares de las dependencias correspondientes. 1 Ver Anexo 1 (Oficio) 2 Ver Anexo 2 (Circular)

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DIRECCIÓNGENERALDEPERSONALDIRECCIÓNDESISTEMAS

GuíaparalaEmisióndeOficiosyCircularesdelasDependenciasdelaAdministraciónUniversitaria

Introducción

Loslineamientoscontenidosenelpresentedocumentotienenporobjetoproporcionaralasdependenciasdelaadministraciónuniversitaria,uninstrumentoparahacermáseficaz lacomunicaciónenformaescrita,asícomouniformarlaelaboracióndelosoficiosycircularesdecarácterinstitucional,enlosquesesolicitala

atención u orientación en algún asunto específico, o bien se difunden las disposiciones normativas,instructivospara realizar trámites,ycriteriosdeoperaciónentre instanciasuniversitarias.Estedocumentodefineelobjetivodelanormatividad,asícomolosconceptosdeoficioycircular;enseguidaseindicanlos

lineamientos para la estructuración de dichos documentos, y por último se presentan los anexos queejemplificanlaspolíticasdescritas.

Objetivo

Establecer los lineamientos bajo los cuales se deberán elaborar los oficios y circulares que emitan lasdependenciasdelaadministraciónuniversitaria,unificandoasí laestructuraycriteriosparasuemisión,asícomofacilitarsuconsultayclasificación.

Políticas

1. Los presentes lineamientos serán de observancia para todas las dependencias y entidades de launiversidad.

2. Seentenderácomooficio1aqueldocumentooficial,que tieneporobjeto lacomunicaciónentreuna

instancia universitaria con otra(s) similar(es) u otra(s) externa(s). Los asuntos tratados en dichoinstrumento serán de carácter oficial para comunicar, solicitar información, atender un trámiteespecífico,orientaryatenderdudasespecíficas,oparacualquierasuntorelativoalasactividadesdela

Institución.Enningúncasotrataráasuntospersonales.

3. Se entenderá comocircular2aquel documento oficial, cuyo objeto es la difusión institucional dedisposiciones legales o administrativas, tales como: procedimientos, instrucciones, comunicados,criteriosdeoperación, solicitudesde información,y todoaquelasuntodecarácter institucionalque

permitaalasdependenciasyentidadesdelaUniversidadconducirsuadministraciónbajounmismomarcodeacción.

4. Las circulares por su contenido y alcance, deberán emitirse por los Titulares de las dependenciascorrespondientes.

1VerAnexo1(Oficio)2VerAnexo2(Circular)

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5. LosoficiosycircularesdeberánimprimirseconelescudodelaUNAM,talcomoapareceenlashojasconmembretequesuministralaDirecciónGeneraldeProveeduría.Denoserasí,portratarsedeundocumentoimpresoatravésdecomputadora,elescudooficialserásimilaraldelpapelmembretado,

conservandolasmismasproporciones.AnexoA.

6. Losoficiosycircularesdeberáncontenerlossiguienteselementos:encabezado,cuerpoocontenidoycierredeldocumento.

7. Elencabezadodelosdocumentos, identificaráconletrasmayúsculasyremarcadascon"negrillas"elnombredeladependenciaemisora,ydelárearesponsabledeelaborareloficio,ensucaso,laclave

del documento, el asunto al que se refiere, y el (los) destinatario(s) a quien (es) va dirigido.Adicionalmente, los oficios podrán indicar cuando sea necesario, el nombre de la persona que enparticulardaráatenciónalasunto.AnexosA.1yB.

8. La clave de identificación del documento estará compuesta por la palabra que indica el tipo de

documento(oficioocircular),lasinicialesdeladependenciaemisora,asícomolassiglasdeláreaqueelaboraeldocumentoenelcasodeoficios,(sinconsiderarpreposiciones,niconjunciones)segúnlassiglasseñaladasenelAnexoC;elnúmerodelacircularatresposiciones,ocuatrosisetratadeoficios,

ylosdosúltimosdígitosdelañoenqueseemiteAnexosA.2yB.1

9. Elasuntoalqueserefierenlosoficiosycirculares,deberáindicardemanerabreveyprecisalaesenciadeldocumento(procurandonoexcederdetreslíneas),AnexosA.3yB.1Encasodequeeldocumento

tratemásdeunasunto,esteespaciopodráextenderseaunmáximodecincolíneas,procurandoquesóloocurraporexcepción.

10. El destinatario en los oficios se conformará con el nombre, cargo del destinatario, dependencia deadscripciónylapalabra"presente"alfinaldelosmismos.Sieldestinatariodeloficioesexternoala

Institución, se anotaráel nombre y cargodeldestinatario, nombredelorganismoyel domicilio, encasode sernecesario.Para las circulareseldestinatario siempre semencionaráen formacolectiva,indicando los cargos o instancias a quienes se dirige el documento, así como la palabra

"presente".AnexosA.4yB.2

11. Encasoderequerirsequeelasuntodescritoeneloficionoseasóloparaelconocimiento,sinoparaque sea atendido por una instancia o persona en particular, se indicará At´n:, y a continuación elnombreyapellidosdelapersona.AnexoA.5

12. Lascircularesquesustituyanocomplementenlainformacióndealgunaotra,deberánhacerreferencia

alaclaveyañodeemisióndelacircularquesesustituyeocomplementa.AnexoB.3

13. Cuando una circular sea emitida conjuntamente por dos dependencias, el encabezado deberámencionarelnombredeambasinstancias,ylaclaveseráconformadaconlasinicialesdelasmismas,separandocadadependenciaconunguion.Elnúmeroqueseasigneseráelconsecutivoquellevela

dependenciaqueaparezcaenprimertérmino.

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14. Cuando se considere pertinente, por el asunto que trata el oficio o circular, se podrá indicar en elcuerpoocontenidodeldocumento,lainstanciay/onúmerostelefónicos,correoelectrónico,fax,etc.,donde pueda obtenersemayor información, o atenderse las dudas y/o aclaraciones relacionadas al

asunto.AnexosA.6yB.4

15. En caso de que se anexen formatos, instructivos o documentos complementarios, el contenido deloficio o circular tendrá quehacer referencia de losmismos, y podrá reiterarse en la parte final delcierresiseconsideraconvenienteAnexoA.7

16. Después del contenido del oficio o circular, se incluirá como cierre "Atentamente"; el lema de la

Institución;lugaryfechadeelaboración;asícomoelcargoynombredelemisor.Todoelloremarcadocon "negrillas" y alineado hacia la izquierda.Anexos A.8 y B.5.Si el emisor lo considera pertinentepodráanotarunabrevedespedida,previaalcierredeldocumento.

17. En las circulares emitidas conjuntamente por dos o más instancias, el cierre se ubicará en forma

centrada. Los cargos, nombres y firmas de los titulares que la emiten estarán al mismo nivel,distribuidosdelladoizquierdoyderechorespectivamente.

18. Sielcontenidodeloficioocircularabarcamásdeunahoja,éstasdeberánnumerarseapartirde lasegunda,enelánguloinferiorderechodelahoja.

19. Losoficios y circularesen losqueel contenidodeldocumento impida incluir el cierre y/o firmadelemisorenlamismahoja,sedeberánreestructurarlosespaciosdeldocumento.Detalmaneraqueporlomenoselúltimopárrafoquedeenlasiguientehoja,juntoconelcierreylafirma.

20. Cuando sea necesario enviar copia de un oficio a otras instancias para su conocimiento, deberán

indicarseenelpiedeldocumentolassiglasc.c.p.(concopiapara),yacontinuaciónanotarelnombre,cargoydependenciadeadscripcióndel (los)destinatario (s),encasodequeesosseandediferentedependenciaalaqueemiteeloficio.AnexoA.9

21. Enmateriade circulares cuando se juzgue indispensablepor la índoledel asuntoa tratar, sepodrá

marcarcopiaalainstanciaqueseconsiderepertinente.

22. Tratándose de circulares internas, para uso exclusivo de cada dependencia, éstas deberánidentificarse como CIRCULAR INTERNA, con la numeración y estructura que determine cadadependencia.

23. Enelcasodelascircularesdedifusióninstitucional,unavezfirmadas,ladependenciaemisoraenviará

unacopialegiblealaDirecciónGeneraldePersonal,parasudigitalizacióneintegraciónalCatálogodeCircularesdelaUNAM.

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Anexo1(Oficio)

Página5de21

Anexo2(Circular)

Página6de21

AnexoA

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AnexoA.1

Página8de21

AnexoB

Página9de21

AnexoA.2

Página10de21

AnexoB.1

Página11de21

AnexoA.3

Página12de21

AnexoA.4

Página13de21

AnexoB.2

Página14de21

AnexoA.5

Página15de21

AnexoB.3

Página16de21

AnexosA.6

Página17de21

AnexoB.4

Página18de21

AnexoA.7

Página19de21

AnexosA.8

Página20de21

AnexoB.5

Página21de21

AnexoA.9