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Título: COMISIÓN DE SERVICIOS: DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL Y EN EL EXTERIOR DIRECTIVA DE APOYO Código: 001 – 2009-GOB_REG_MOQ/DRA Remplaza a: 008 -2007-GOB_REG_MOQ/DRA Aprobada por RER. Nº 761-2007-GR/MOQ (15-08-2007) Fecha: 23-06-2009 Preparado por: DIRECCION REGIONAL DE ADMINISTRACION y OFICINA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 11 I. OBJETIVO Normar la autorización y el pago de viáticos por comisión de servicios a los funcionarios públicos, personal de confianza, servidores públicos, incluido los que realice el personal contratado bajo la modalidad de contratación administrativa de servicios (CAS) del Gobierno Regional del departamento de Moquegua que desarrollan labores oficiales fuera de su sede de trabajo, tanto dentro del territorio nacional como en el exterior. II. FINALIDAD Uniformizar la aplicación de criterios relacionados con la autorización y pago de comisiones de servicios dentro del territorio nacional y en el exterior, y contribuir a una administración más eficiente de los recursos presupuestales en las diferentes dependencias del Gobierno Regional de la Región Moquegua. III. BASE LEGAL 1. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales 2. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto 3. Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2009 4. Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viáticos al exterior. 5. Res. Directoral Nº 002-2007-EF/77.15, que aprueba la Directiva de Tesorería Nº001-2007-EF/77.15. 6. Resolución Directoral Nº 003-2007-EF/76.01, que aprueba la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” 7. D.S. Nº 028-2009-EF, Establecen Escala de Viáticos para Viajes en Comisión de Servicios en el territorio Nacional. 8. D.S. Nº 047-2002-PCM, Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior. 9. D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa. 10. Ord. Reg. Nº 002-2003-CR/GR.MOQ. que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Moquegua y su modificatoria Ord. Reg. Nº 004-2004-CR/GR.M. 11. Decreto Ley Nº 25632, Ley Marco de Comprobantes de Pago y sus modificatorias. IV. ALCANCE 1

Directiva 001 2009 ComisiónDeServicios

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COMISIN DE SERVICIOS: DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL Y EN EL EXTERIOR

DIRECTIVA DE APOYO

Cdigo:

001 2009-GOB_REG_MOQ/DRA

Remplaza a:

008 -2007-GOB_REG_MOQ/DRAAprobada por RER. N 761-2007-GR/MOQ (15-08-2007)

Fecha:

23-06-2009Preparado por:

DIRECCION REGIONAL DE ADMINISTRACION y OFICINA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL11

I. OBJETIVONormar la autorizacin y el pago de viticos por comisin de servicios a los funcionarios pblicos, personal de confianza, servidores pblicos, incluido los que realice el personal contratado bajo la modalidad de contratacin administrativa de servicios (CAS) del Gobierno Regional del departamento de Moquegua que desarrollan labores oficiales fuera de su sede de trabajo, tanto dentro del territorio nacional como en el exterior.II. FINALIDADUniformizar la aplicacin de criterios relacionados con la autorizacin y pago de comisiones de servicios dentro del territorio nacional y en el exterior, y contribuir a una administracin ms eficiente de los recursos presupuestales en las diferentes dependencias del Gobierno Regional de la Regin Moquegua.III. BASE LEGAL1. Ley N 27867, Ley Orgnica de Gobiernos Regionales

2. Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto 3. Ley N 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ao Fiscal 20094. Ley N 27619, Ley que regula la autorizacin de viticos al exterior.5. Res. Directoral N 002-2007-EF/77.15, que aprueba la Directiva de Tesorera N001-2007-EF/77.15.6. Resolucin Directoral N 003-2007-EF/76.01, que aprueba la Directiva N 003-2007-EF/76.01 Directiva para la Ejecucin Presupuestaria7. D.S. N 028-2009-EF, Establecen Escala de Viticos para Viajes en Comisin de Servicios en el territorio Nacional.

8. D.S. N 047-2002-PCM, Normas reglamentarias sobre autorizacin de viajes al exterior.9. D.S. N 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa.

10. Ord. Reg. N 002-2003-CR/GR.MOQ. que aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones del Gobierno Regional de Moquegua y su modificatoria Ord. Reg. N 004-2004-CR/GR.M.11. Decreto Ley N 25632, Ley Marco de Comprobantes de Pago y sus modificatorias.IV. ALCANCELa aplicacin de la presente directiva comprende al personal de todos los rganos conformantes del Gobierno Regional de la Regin Moquegua, incluidas las Direcciones Regionales Sectoriales. No es de aplicacin al personal que labora en la ejecucin de encargos los cuales se regulan por la directiva especfica de su propio pliego presupuestal. V. DISPOSICIONES GENERALESNORMAS BSICAS1. El pago de viticos corresponde a los funcionarios y servidores nombrados y contratados incluyendo al personal contratado bajo la modalidad de contratacin administrativa de servicios (CAS) que viajen en comisin de servicios para desarrollar labores oficiales fuera de la sede de su centro de trabajo. Adems, comprende las acciones de capacitacin que redunden en beneficio de la entidad.2. Los viticos comprenden los gastos de alimentacin, hospedaje y movilidad.3. Se entiende por movilidad la asignacin que se otorga para el desplazamiento de la persona comisionada hacia y desde el lugar de embarque, as como la utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisin de servicios.4. Los gastos que demande la realizacin de las comisiones de servicios debern contar con el financiamiento respectivo en el presupuesto institucional.5. Toda autorizacin de viaje deber sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto pblico, bajo responsabilidad del funcionario que autoriza dicha Comisin.

6. Queda prohibido autorizar viajes para realizar acciones en comisin de servicios en das no laborables en el lugar de destino, salvo casos excepcionales sealados y fundamentados expresamente a travs de documento generado por el funcionario (Jefe Inmediato y Gerente General Regional) que autoriza dicha accin.COMISIN DE SERVICIOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONALAutorizacin 7. Las comisiones de servicios en el territorio nacional sern autorizadas por el Jefe Inmediato con el visto del Jefe Inmediato Superior hasta por ocho (08) das hbiles dentro de cada calendario de compromisos, respetando la lnea de autoridad y mando establecida en la estructura orgnica del Gobierno Regional de Moquegua, as como de sus rganos desconcentrados.

8. La autorizacin se debe tramitar mediante la Planilla de Autorizacin de Viticos, debidamente llenada y codificada considerando las siglas de la oficina y del servidor comisionado (en original y 05 copias, FORMATO 01). Adems de consignar la meta y la cadena presupuestal a la que ser afectada y el nombre de la actividad o proyecto.9. Las comisiones de servicios mayores de ocho (08) das hbiles y hasta veinte (20) das hbiles sern autorizadas mediante Resolucin Ejecutiva Regional, previa justificacin y autorizacin del jefe inmediato.

10. La Presidencia Regional autorizar y visar las planillas de viticos para el caso de comisiones dentro del territorio nacional de la Vicepresidenta Regional, Consejeros Regionales, Gerente General Regional y Procurador Pblico Regional.11. Para el caso del personal asignado a Proyectos de Inversin y que estn sujetos a control de tiempo de sus jefes inmediatos, las comisiones de servicios y las planillas de viticos sern autorizadas y visadas por la Gerencia General Regional, la Direccin Regional de Administracin y la Gerencia Regional de Infraestructura o Jefe de Proyecto autorizando la afectacin presupuestal y la Oficina de Equipo Mecnico autorizando la salida de las unidades, para cuyo efecto deber adjuntarse copia del respectivo control de tiempo al momento de la rendicin de viaje.12. Las fechas consignadas en el informe o memorando del jefe inmediato son las que sern consignadas en el formato de autorizacin de viticos (Formato 01).Del Pago13. Se otorgar un da de vitico completo cuando la comisin tenga una duracin de 24 horas; en el caso de comisiones de servicio menores a 24 horas el pago se realizar teniendo en cuenta los porcentajes establecidos en el cuadro del ANEXO 02 sobre la base de las dos terceras partes del monto que corresponde a cada nivel por alimentacin.14. No se considera pago de viticos a las zonas urbanas y aledaas al lugar de origen.15. Los montos indicados en el cuadro anterior deben ser aplicados tambin para las comisiones de servicios, cuya salida o llegada se encuentre dentro de los intervalos establecidos.Rendicin de Cuentas

16. La rendicin de cuentas debe tramitarse con los documentos siguientes adjuntando copia de la Planilla de Autorizacin de Viaje visada por la Direccin de Recursos Humanos y la Oficina de Servicios y Equipo Mecnico, si el caso lo amerita:

16.1. Planilla de Rendicin de Viticos, debidamente codificada en forma similar a la Planilla de Autorizacin de Viaje, en original y 01 copia normalmente; y en original y 03 copias cuando exista saldo por cobrar (Formato 02), a la cual se anexar: Comprobantes de Pago (Pasajes, Recibos, Facturas, Boletas y otros aceptados por la SUNAT) por concepto de pasajes de traslado al lugar de destino, hospedaje, alimentacin y de movilidad local en el lugar de destino.

16.2. Declaracin Jurada,(en original y 01 copia, Formato 03), para sustentar slo los gastos de comisin de servicios por los que no es posible obtener comprobantes de pago reconocidos y emitidos de conformidad con lo establecido por la SUNAT, no debiendo exceder del 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.

16.3. Informe de Viaje de la Comisin efectuada, con la visacin del Jefe que autoriz el viaje o el encargado (en original y 01 copia, Formato 04).

17. La rendicin se tramita con la firma y sello del Jefe Inmediato en la Planilla respectiva la misma que deber contar con la autorizacin y visaciones de los funcionarios o directivos que se indica en dichos formularios de acuerdo a sus atribuciones.

18. Cuando la rendicin supera el monto del anticipo no procede el reembolso; dicha rendicin ser contabilizada slo por los montos autorizados segn el Formato 01.19. La Direccin de Finanzas, o quien haga sus veces en las dependencias desconcentradas del Gobierno Regional, llevar el control de la numeracin de las Planillas de Autorizacin Oficial de Viaje y de Rendicin de Viticos.

20. El funcionario o servidor pblico har devolucin del monto correspondiente a los viticos cuyo gasto no se encuentre debidamente sustentado en el plazo establecido en el numeral siguiente.21. La rendicin de viticos se har en un plazo no mayor de ocho (08) das-calendario contados a partir de la fecha de retorno. El incumplimiento de la rendicin de viticos dentro del plazo sealado en el prrafo anterior dar lugar a la aplicacin de sanciones administrativas y a la devolucin del monto percibido por el servidor mas el inters legal correspondiente, mediante el descuento correspondiente afectando su remuneracin y/o dieta en la planilla de pago respectiva, teniendo como documento de sustento la autorizacin otorgada en el Formato 01: Autorizacin Oficial de Viaje.

22. De conformidad con la Directiva de Tesorera N 001-2007-EF/77.15, cuando se trate de rendicin de viticos de comisiones de servicios realizadas en la zona alto andina (regin natural localizada a partir de los 1,800 msnm que no cuenta con algunos de los servicios bsicos, que comprende todos los distritos de la provincia General Snchez Cerro y los distritos de Torata, Carumas, Cuchumbaya y San Cristbal de la provincia Mariscal Nieto) del interior de la regin podr aceptarse como documento sustentatorio de los gastos realizados por concepto de viticos una declaracin jurada hasta por un monto equivalente a 1/10 de la UIT vigente.23. Se otorgar un da de vitico completo (Alimentacin, hospedaje y movilidad local) cuando la comisin de servicio tenga una duracin de 24 horas; en el caso de comisiones menores de 24 horas se considerar el 70% de la movilidad local siempre y cuando no se haga uso de alguna movilidad de la entidad.COMISIN DE SERVICIOS FUERA DEL PAS

Autorizacin

24. Los viajes al exterior del Presidente Regional, Vicepresidenta, miembros del Consejo Regional, funcionarios de menor nivel jerrquico y dems servidores pblicos del Gobierno Regional sern autorizados por Acuerdo expreso de dicho Consejo Regional, y debern estar sustentados en el inters regional o especfico de la Institucin. Para este efecto, el informe mediante el cual se solicita dicha autorizacin indicar el motivo del viaje, nmero de das de duracin del viaje, el monto de los gastos de traslado, viticos y tarifa CORPAC; asimismo, de considerarse necesario, se incluir gastos de telefona y comunicaciones slo en el caso del Presidente Regional. Luego de obtenido el Acuerdo Regional que autoriza el viaje se proceder a la presentacin de la Planilla de autorizacin de Viaje (Formato 01) debidamente llenada para el tramite de los gastos correspondientes.

25. La autorizacin de viaje al exterior de los dems funcionarios y servidores pblicos del Gobierno Regional deber ser tramitada por su jefe inmediato a travs de un informe sustentatorio canalizado por conducto regular al Presidente Regional, acompaando la respectiva Planilla de Autorizacin de Viaje (Formato 01) debidamente llenada con los gastos que demandar la comisin de servicios, previo al procedimiento descrito en el prrafo anterior.26. Los acuerdos de autorizacin de viaje debern publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje.Del pago27. Los viticos por comisin de servicio fuera del pas, debern restringirse al mnimo indispensable cuando estos irroguen gastos al Estado y enmarcado en lo dispuesto por D.S. N 047-2002-PCM y dems normas vigentes sobre la materia.28. El clculo de viticos para viajes al exterior ser calculado de acuerdo a la escala del Anexo O1.29. Se podr adicionar por una sola vez el equivalente a un da de viticos por concepto de gastos de instalacin y traslado, cuando el viaje es a cualquier pas de Amrica y de dos das cuando el viaje se realice a otro continente.30. Los funcionarios y servidores pblicos que realicen viajes al exterior debidamente autorizados debern sustentar con documentos hasta por lo menos el setenta por ciento (70%) del monto de viticos asignado.

31. Los viajes en comisin de servicios, asambleas, conferencias, seminarios, cursos o cualquier otro motivo al extranjero cuyos gastos no son ejecutados por el gobierno regional, sern autorizados por el titular del pliego, as mismo no se cubrirn los gastos de instalacin y traslado cuando los costos de viticos no sean asumidos por el gobierno regional en su totalidad.

32. Por el rango que ostenta el Presidente Regional utilizar pasajes de la categora negocios y los dems funcionarios o servidores utilizaran la categora econmica.

De la Rendicin de Cuentas33. La rendicin de cuentas deber tramitarse con los documentos siguientes adjuntando copia de la Planilla de Anticipo de Viaje visada por la Direccin de Recursos Humanos, si el caso lo amerita:

33.1. Planilla de Rendicin de Viticos, debidamente codificada en forma similar a la Planilla de Anticipo. En original y 01 copia normalmente; y en original y 03 copias cuando exista saldo por cobrar (Formato 02), a la cual se anexar: Comprobantes de Pago (Pasajes, Recibos, Facturas, Boletas y otros aceptados por la SUNAT) por concepto de pasajes, hospedaje, alimentacin y movilidad local.33.2. Declaracin Jurada,(en original y 01 copia, Formato 03), para sustentar los gastos de comisin de servicios en caso de no existir alguno de los comprobantes de pago mencionados anteriormente siempre que el monto no supere el 30% del monto de viticos asignado.33.3. Informe de Viaje de la Comisin efectuada, con la visacin del Jefe que autoriz el viaje o el encargado (en original y 01 copia, Formato 04).

34. La rendicin se tramita con la firma y sello del Jefe Inmediato en la Planilla respectiva la misma que deber contar con la autorizacin y visaciones de los funcionarios o directivos que se indica en dichos formularios de acuerdo a sus atribuciones.

35. Cuando la rendicin supera el monto del anticipo no procede el reembolso.

36. El funcionario o servidor pblico que viaje al extranjero deber presentar su informe y la respectiva rendicin de cuentas dentro de los (15) quince das-calendario siguientes de retornado al pas.37. El incumplimiento de la rendicin de viticos dentro del plazo sealado dar lugar a la aplicacin de sanciones administrativas y a la devolucin del monto percibido ms los intereses legales correspondientes.

38. En caso que el funcionario o servidor pblico no realice la rendicin de viticos dentro del plazo establecido se proceder al descuento correspondiente afectando su remuneracin y/o dieta en la planilla de pago respectiva, teniendo como documento de sustento la autorizacin otorgada por dicho funcionario o servidor pblico en el Formato 01: Autorizacin Oficial de Viaje.39. En la rendicin de cuenta slo se considerar los conceptos detallados en la autorizacin oficial de viaje (Formato 01) respetndose los montos asignados en dicho documento.

VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS1. Los cobros que se hagan indebidamente adulterando las planillas respectivas, as como los generados por permanencia indebida en el lugar de destino comprobado, darn lugar a la apertura de proceso administrativo disciplinario, sin perjuicio de las acciones administrativas y judiciales que el caso amerite.2. La Direccin de Recursos Humanos o quien haga sus veces en las dependencias desconcentradas llevar un registro de las Autorizaciones de Viaje del personal comisionado.3. El pago de viticos del personal contratado se efectuar de acuerdo al respectivo cargo equivalente, segn la escala determinada en la presente directiva.4. Los servidores destacados gozarn del pago de viticos por comisin de servicios en la institucin donde real y efectivamente laboran.5. Est prohibida la doble percepcin de viticos, ya sea por otra entidad del estado o privada, bajo responsabilidad de quien efecte el cobro; y en forma solidaria del funcionario que autorice su pago. Por tanto, las comisiones de viaje financiadas por el organismo de origen, no irrogar gasto alguno a la entidad de destino y viceversa.6. La Direccin Regional de Administracin del Gobierno Regional de Moquegua y las Oficinas de Administracin de las dependencias desconcentradas (Direcciones Regionales Sectoriales), llevarn un Registro de Autorizaciones de Viaje y presentarn a la Gerencia General Regional o a la jefatura de la dependencia desconcentrada segn corresponda, informes mensuales sobre los viajes en comisin de servicios efectuados, bajo responsabilidad.7. La Direccin de Finanzas, o quien haga sus veces en las dependencias desconcentradas del Gobierno Regional, llevar el control de la numeracin de las Planillas de Anticipos y de Rendiciones.8. Cuando una comisin de servicios aprobada no se realice, el funcionario o servidor deber hacer la devolucin respectiva de los viticos asignados en forma inmediata.9. La Direccin de Finanzas tendr a su cargo la responsabilidad de actualizar y comunicar la escala de viticos a que se refiere el Anexo 01 a todas las dependencias del Gobierno Regional, cada vez que sea reajustada por normas de alcance nacional. VII. RESPONSABILIDADSon responsables del cumplimiento de la presente directiva los Jefes de los diferentes rganos del Gobierno Regional de Moquegua.Moquegua, mayo 2009ANEXO 01ESCALA DE VITICOS POR DA PARA VIAJES DENTRO DEL TERRITORIO NACIONALPLIEGO 455: GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUANIVELCARGOSMBITO NACIONALMBITO REGIONAL

1.Presidente Regional y VicepresidenteS/. 250.00S/. 150.00

2.Gerente General Regional, Consejeros Regionales, Gerentes Regionales, Asesores de Alta Direccin, Directores Ejecutivos y Directores, Sub Gerentes Regionales, Funcionarios que desempeen cargos equivalentes y las personas contratadas bajo la modalidad de Contratos Administrativos - CAS que desempeen funciones equivalentes.S/. 210.00S/. 126.00

3.Sub Directores, Jefes de Unidades, Servidores comprendidos en las categoras remunerativas a que se refiere el Decreto Supremo N051-91-PCM y las personas contratadas por la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios - CAS, que desempeen funciones equivalentes.S/. 180.00S/. 108.00

ESCALA DE VITICOS POR DA PARA VIAJES AL EXTERIORZONAS GEOGRFICASDLARES USA

frica200.00

Amrica Central200.00

Amrica del Norte220.00

Amrica del Sur200.00

Asia260.00

Caribe240.00

Europa260.00

Oceana240.00

Base Legal:D. S. N 028-2009EF, que establece la Escala de Viticos para Viajes en Comisin de Servicios en el territorio nacional.LEY N 29289, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2009.D.S. N 047-2002-PCM, Normas reglamentarias sobre autorizacin de viajes al exterior.1. NOMBRES Y APELLIDOS DEL TRABAJADOR COMISIONADO

2. DEPENDENCIA SOLICITANTE

3. LUGAR DE DESARROLLO DE LA COMISION DE SERVICIOS

4. MOTIVO DE LA COMISION DE SERVICIOS

5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES POR DESARROLLAR EN LA COMISION DE SERVICIOS

FECHAACTIVIDADES A REALIZAR

6. FECHA Y HORA DE VIAJESALIDARETORNO

7. ESCALA DE VIATICOS

8. ADELANTO POR COMISION DE SERVICIOS Y AUTORIZACIN DE DESCUENTO DE LA REMUNERACIN Y/O DIETA

a)CONCEPTOb) MONTO, S/.En caso de no rendir oportunamente, autorizo el descuento de mi remuneracin y/o dieta por el monto de adelanto recibido indicado en el numeral 8.b) Segn la fuente de financiamiento.

Alimentacin

Hospedaje.

Movilidad...........

Pasajes..............................................................

FIRMA DEL COMISIONADO

Otros

9. PERSONAL QUE VIAJA

NOMBRES Y APELLIDOSN TARJETAFIRMA

10. MEDIO DE TRANSPORTE DEL COMISIONADO (especificar).............................................................................................................................

Chofer :Tipo de vehculo:Placa:

AFECTACIN PRESUPUESTAL: ............................................................................................................................................................................................................

..............................................................

SERVIDOR COMISIONADOMoquegua,...... de........................... del 200....

......................................................................

JEFE INMEDIATO

...............................................................

CONTROL PREVIO...................................................................

DIRECTOR DE ADMINISTRACIN

11. CERTIFICAMOS QUE EL SERVIDOR: ................................................................................................................................................

VIAJO EL DIA ..........................................................................A HORAS ............................................................

REGRESO EL DIA ..........................................................................A HORAS ............................................................

...........................................................................................................................................

JEFE OFICINA DE EQUIPO MECANICOCONTROL DE PERSONAL

AUTORIZACION OFICIAL DE VIAJE N -200....- /GR.MOQ.

PLANILLA DE RENDICIN DE ANTICIPOS POR COMISIN DE SERVICIOSN

Moquegua, de . de

NOMBRE TARJETA N

CARGO UNID. ORGANICA

NIVEL REMUNERATIVOESCALAResto del Pas FORMCHECKBOX

Regin

FORMCHECKBOX

APLICADA

Al exterior FORMCHECKBOX

MOTIVO y LUGAR DE LA COMISION REALIZADA

L I Q U I D A C I O N

SUMA RECIBIDAS/.

GASTOS EFECTUADOSS/.

SALDO A FAVORS/.

FECHAGASTOS EFECTUADOSIMPORTE (S/.)

SON :

...................................................

JEFE INMEDIATO........................................................

INTERESADO

DECLARACION JURADA DE GASTOS

Viajes dentro del pas FORMCHECKBOX

Viajes al Extranjero

FORMCHECKBOX

Yo . D.N.I.

CARGODEPENDENCIA

En concordancia con lo dispuesto en el Art. 71 de la Directiva de Tesorera N001-2007-EF/77.15..aprobada por la Resolucin Directoral N002-2007-EF/77.15; y/o en el Artculo Nro. 6 del D. S. 047-2002 PCM (en caso de viajes al extranjero); DECLARO BAJO JURAMENTO haber efectuado los gastos que se indican a continuacin :

FECHADETALLEIMPORTE S/.

Moquegua, de del

........................................................

INTERESADO

INFORME DE VIAJE

APELLIDOS Y NOMBRES :

TIEMPO EMPLEADO DEL AL

FECHALUGARACTIVIDAD REALIZADA

OBSERVACIONES :Moquegua, de de

...................................................

JEFE INMEDIATO........................................................

INTERESADO

FORMATO N 04

FORMATO N03

FORMATO N02

FORMATO N 01

1

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