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Disposiciones y Lineamientos para las Escuelas del Nivel Medio Superior San Luis Potosí, S.L.P. Julio de 2013

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Disposiciones y Lineamientos para las Escuelas del Nivel

Medio Superior

San Luis Potosí, S.L.P. Julio de 2013

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PRESENTACIÓN

La Educación es el medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la

cultura; es un proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la

transformación de la sociedad; es factor determinante para la adquisición de

conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad

social.

En 1986 el entonces Secretario de Educación y Servicios Sociales del Gobierno del

Estado, Profesor Rafael Turrubiartes Macías, gestionó la creación de las primeras

Escuelas Preparatorias por Cooperación del Nivel Medio Superior con el objetivo de

ofrecer el Bachillerato a los jóvenes egresados de Educación Secundaria.

Atendiendo a esa petición, el Gobernador Constitucional del Estado, Lic. Florencio

Salazar Martínez, publicó en el Periódico oficial el Acuerdo administrativo número 20

de fecha 10 de marzo de 1987, en el que se autorizan dichas instituciones que

ofrecen a la sociedad potosina una alternativa educativa de calidad que desarrolle en

el individuo su capacidad de aprender, ser, hacer y convivir, cimentándose en los

principios de equidad, pertinencia y trascendencia.

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“ORIGEN ES DESTINO…”

PROFR. RAFAEL TURRUBIARTES MACÍAS

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ÍNDICE

1. LINEAMIENTOS GENERALES PAG 7

- JUSTIFICACIÓN 7

- DIMENSIÓN ADMINISTRATIVA 8

- DIMENSIÓN FINANCIERA 10

- DIMENSIÓN ACADÉMICA 13

- DIMENSIÓN LABORAL 14

2. FUNCIONES DEL PERSONAL 15

- DIRECTOR 15

A) FUNCIONES GENERALES 15

B) FUNCIONES ESPECÍFICAS 16

EN MATERIA DE:

PLANEACIÓN 16

ORGANIZACIÓN ESCOLAR 17

RECURSOS HUMANOS 19

RECURSOS FINANCIEROS 19

RECURSOS MATERIALES 20

TRABAJO ACADÉMICO 21

SERVICIOS ASISTENCIALES 22

EXTENSIÓN EDUCATIVA 22

CONTROL ESCOLAR 23

SUPERVISIÓN 25

- SUBDIRECTOR 26

- MAESTRO DE PLANTA 28

- COORDINADOR DEPORTIVO 31

- ENTRENADOR (ACTIVIDADES DEPORTIVAS) 34

- INSTRUCTOR (ACTIVIDADES CULTURALES Y

ARTÍSTICAS) 36

- DOCENTE FRENTE A GRUPO 37

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- OFICIAL ADMINISTRATIVO 41

- PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS 43

- VELADOR 45

- PROGRAMADOR 46

- RESPONSABLE DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPO

DE CÓMPUTO 48

- CONTADOR 49

- RESPONSABLE DE TUTORÍAS 51

- PSICÓLOGO 53

3. DISPOSICIONES PARA ALUMNOS 55

- I.- DE LA ESTANCIA DE LOS ALUMNOS EN EL PLANTEL 55

- II.- DE LOS JUSTIFICANTES DE INASISTENCIAS 56

- III.- DEL TRABAJO ACADÉMICO DE LOS ALUMNOS 57

- IV.- DE LOS HÁBITOS DE CONDUCTA ESCOLAR 58

- V.- DE LOS CASOS EN QUE LOS ALUMNOS PUEDEN

CAUSAR BAJA DEFINITIVA DEL PLANTEL ESCOLAR 62

- VI.- DE LOS CASOS EN QUE ES PROCEDENTE

EL TRASLADO DE ALUMNOS ENTRE DIFERENTES

INSTITUCIONES DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR 65

4. REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN 67

PARA LAS ESCUELAS PREPARATORIAS DEL SEER

- DISPOSICIONES GENERALES 67

- CALIFICACIONES 68

- EXAMENES ORDINARIOS 69

- EXAMENES A EXTRAORDINARIO 71

- EXAMENES A TÍTULO DE SUFICIENCIA 71

- EXAMENES ESPECIALES DE REVALIDACIÓN Y/O CONVALIDACIÓN 72

- EXAMENES PARA LOS ALUMNOS QUE RECURSAN SEMESTRE 74

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5. DISPOSICIONES PARA LA EVALUACIÓN

DE LAS MATERIAS DE FORTALECIMIENTO

DE LA FORMACIÓN INTEGRAL 75

- PRESENTACIÓN 75

- COMPONENTE DE SALUD Y DEPORTE 77

CONTEXTO NORMATIVO 77

CARACTERIZACIÓN 78

OBJETIVO GENERAL 79

OBJETIVOS ESPECÍFICOS 79

OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES

DE SALUD Y DEPORTE 80

- COMPONENTE DE CULTURA 84

CONTEXTO NORMATIVO 84

CARACTERIZACIÓN 85

OBJETIVO GENERAL 87

OBJETIVOS ESPECÍFICOS 87

OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES

ARTÍSTICAS Y CULTURALES 88

- DESARROLLO DE HABILIDADES DEL PENSAMIENTO 91

JUSTIFICACIÓN 91

ACREDITACIÓN 92

EVALUACIÓN 93

BIBLIOGRAFÍA 94

6. TIENDA ESCOLAR 95

7. UNIFORME ESCOLAR 95

8. SANCIONES 96

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- ANEXOS 97

- ANEXO 1

- ANEXO 2

- ANEXO 3

- ANEXO 3.1

- ANEXO 3.2

- ANEXO 3.3

- ANEXO 3.4

- ANEXO 4

- ANEXO 4.1

- ANEXO 4.2

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1. LINEAMIENTOS GENERALES

JUSTIFICACIÓN

Las Escuelas Preparatorias por Cooperación pertenecientes al Sistema Educativo

Estatal Regular realizan un esfuerzo permanente con el propósito de cumplir con las

metas de cobertura y calidad que establece como requisito la Reforma Integral de

Educación Media Superior, identificándose como instituciones que, ubicadas en

distintas regiones geográficas de San Luis Potosí, han sido creadas en diferentes

tiempos para responder a las necesidades de la entidad generando con ello una

diversidad de puestos laborales.

El Sistema Educativo Estatal Regular, con el objetivo de satisfacer la demanda de un

número creciente de jóvenes que tienen la necesidad de estudiar en este nivel, así

como garantizar que la educación que se brinda en sus planteles sea de calidad,

actualiza los lineamientos generales que han permitido cumplir y mejorar a lo largo

del tiempo con el servicio educativo que se brinda en cada una de las Instituciones.

Estas Disposiciones y Lineamientos del Nivel Medio Superior están fundamentados

en la Ley Estatal de Educación, Ley de Responsabilidades de los Servidores

Públicos al Servicio del Estado de San Luis Potosí, Manuales de Organización y

Procedimientos para el Nivel Medio Superior (ver anexos), Manual de Ingresos y

Egresos del Sistema Educativo Estatal Regular y las disposiciones emitidas por parte

de la Dirección General del Sistema.

Representan una importante herramienta para unificar y direccionar las actividades

que se llevan a cabo; de manera inmediata inciden en el manejo académico,

administrativo y de recursos humanos, lo cual se traduce a mediano y largo plazo en

procesos de operación más eficaces y en mejores condiciones de desempeño para

el personal.

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El presente documento está conformado por las dimensiones necesarias para la

administración de las escuelas preparatorias en todos sus aspectos, atiende también

las funciones del personal, las disposiciones para los alumnos y los procesos de

evaluación, traslado y la normatividad para las materias de Fortalecimiento de la

Formación Integral. Con estas disposiciones se crea certidumbre en las acciones

administrativas y financieras ya que se alinean con normatividades de carácter

superior. Se impulsan las tareas académicas y principios laborales que acerquen a

la educación que se imparte a la definición de calidad educativa y al ambiente de

trabajo digno y colaborativo de la comunidad escolar.

DIMENSIÓN ADMINISTRATIVA

1. Todas las actividades que se realicen en el Nivel Medio Superior estarán

determinadas por el planificador respectivo.

2. La distribución de horas clase para cada uno de los semestres se realizará de

lunes a sábado, haciéndose la observación de que en este último deberá

existir una carga curricular de 3 horas clase como mínimo.

3. El personal que cubra la función de Maestro de Planta tendrá una carga

académica de 14 horas clase por semana, frente a grupo, habiendo margen

de una hora sin pago.

4. El personal que cubra la función de Coordinador Deportivo tendrá una carga

académica de 14 horas clase por semana, frente a grupo, en las materias de

Componente de Salud y Deporte y Componente de Cultura, debiendo cubrir la

jornada completa de trabajo y supervisando los talleres y equipos deportivos,

habiendo margen de una hora sin pago.

5. Los Directores, Subdirectores y Maestros de Planta con nombramiento oficial

de 40 HSM, no deben prestar sus servicios en más de una Institución de este

Nivel Educativo.

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6. Los Directores y Subdirectores podrán impartir cátedra de manera provisional,

sin percepción alguna.

7. El Director de la escuela no está facultado para crear cargos adicionales

internos. (Anexo 2)

8. La Dirección de la Institución deberá respetar los nombramientos del personal

de base, así como lo señalado en las tarjetas asignadas al personal

contratado con recursos propios.

9. Toda Institución contará con un Programador y un Responsable de

Mantenimiento del Equipo de Cómputo, debiendo hacer las tareas de captura

el personal administrativo de la misma.

10. La escuela tendrá la obligación de proporcionar, sin costo por primera vez:

constancias de estudio, credencial, certificado total y cartas de buena

conducta (excepto certificados parciales).

11. Toda constancia expedida por la Institución llevará el visto bueno del

Inspector.

12. Los planteles deben tener actualizados sus inventarios (bienes, muebles y

equipos) contemplando todo lo que constituya un bien del plantel, otorgándole

un número de control interno. Esta información deberá ser presentada en

tiempo y forma al Departamento de Recursos Materiales de la Dirección de

Servicios Administrativos del S.E.E.R., para lo cual debe sujetarse a los

formatos establecidos.

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13. Dentro de las instituciones educativas del Nivel Medio Superior se establecerá

la Tienda Escolar que venderá alimentos nutritivos a los alumnos. Los

lineamientos para generar el servicio están señalados en el presente

documento (apartado 5).

14. Se autoriza en las Instituciones Educativas del Nivel Medio Superior la

implementación únicamente del Uniforme Deportivo, cuyo proveedor, costo y

procedimiento de adquisición será designado por la Dirección General del

Sistema Educativo Estatal Regular (apartado 6).

DIMENSIÓN FINANCIERA

1. La Institución podrá pagar hasta un máximo de 10 horas clase a los Maestros

del Planta que no cuenten con nombramiento de 40 HSM, teniendo éstos el

compromiso de cubrir 4 Hrs. más sin remuneración.

2. La Institución podrá pagar hasta un máximo de 10 horas clase a los

Coordinadores Deportivos que no cuenten con nombramiento de 40 HSM,

teniendo éstos el compromiso de cubrir 4 Hrs. más sin remuneración (La

Coordinación Administrativa, Representación Sindical y la Dirección del plantel

valorarán la factibilidad de dicho pago).

3. Los Coordinadores Deportivos que no cuenten con tiempo completo y el

Personal Administrativo e Intendentes pagados con recursos propios, podrán

laborar en otra Institución del Nivel Medio Superior a contra turno.

4. El pago a Programador, Responsable de Mantenimiento del Equipo de

Cómputo, Psicólogo, Contador, Personal Administrativo, Intendente, Velador y

demás pagados con recursos propios deberá realizarse conforme al tabulador

vigente. (Anexo 3)

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5. El pago del Contador que preste sus servicios en varias instituciones, deberá

comprobar el pago de sus servicios mediante recibo de honorarios, con

requisitos fiscales expedido por el mismo. El Contador puede ser incluido en la

nómina única y exclusivamente si presta sus servicios en un sólo plantel y no

deberá tener parentesco alguno con el Director de la Institución.

6. El pago de los Entrenadores e Instructores se realizará por hora clase,

conforme al tabulador vigente del Nivel Medio Superior.

7. Cualquier proyecto de construcción, ampliación o remodelación del edificio

escolar deberá solicitarse en primera instancia autorización a la Dirección

General a fin de que la Dirección de Planeación evalué la factibilidad del

mismo.

8. Para cualquier petición económica extraordinaria a los alumnos (fuera del

pago de la inscripción y bimestre), realización de actividades para recaudar

fondos para el mejoramiento de la Institución, u otro concepto deberá

presentarse la solicitud a la Dirección General del S.E.E.R. para su posible

autorización, conteniendo la descripción del proyecto, con las tres cotizaciones

respectivas, turnándose copia a la Coordinación Administrativa, a la Jefatura

del Departamento e Inspección para su seguimiento y evaluación. Dicha

solicitud debe hacerse por ciclo escolar y presentarse cuando menos un mes

antes del termino del mismo.

9. En el caso de que la Institución reciba la autorización para la realización de

algún proyecto deberá presentar al término del mismo y en un plazo no mayor

al ciclo escolar un informe detallado de las tareas realizadas y los

comprobantes fiscales del gasto ejercido.

10. Queda prohibida la organización de eventos de cualquier índole con el fin de

recaudar fondos para la fiesta de graduación. La Institución organizará

exclusivamente la ceremonia oficial para la entrega de documentos.

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11. Las cuentas bancarias deben ser registradas a nombre de las instituciones.

Los diarios de recursos financieros y estados de cuenta estarán sujetos a

supervisión permanente de la Coordinación Administrativa e Inspecciones.

12. Queda estrictamente prohibida la venta, de manera independiente, de libros

de texto, antologías, fotocopias o cualquier medio que represente la

reproducción total o parcial no autorizada de algún material bibliográfico.

13. Las nóminas llevarán el visto bueno de la Inspección y la autorización de la

Coordinación Administrativa, debiéndose entregar de acuerdo a la

calendarización.

14. El pago de gratificación por prestación social del personal adscrito a la

Institución será preferente a cualquier otra erogación.

15. Para la aplicación y pago de exámenes a Extraordinario, a Título de

Suficiencia y Títulos Especiales deberá presentarse la planta respectiva

indicando el nombre del Presidente y Secretario, en los casos que aplique, así

como el número de alumnos sustentantes en cada materia.

16. La Institución designará como Presidentes y Secretarios, para el caso de

Exámenes a Título de Suficiencia y Títulos Especiales, preferentemente a

docentes sin horas oficiales, siendo Secretarios quienes impartan la misma

materia y/o aquellos que tengan el perfil.

17. Los subsidios que otorga Gobierno del Estado a las preparatorias deben

justificarse por medio de nómina. Al recibirse el cheque respectivo deberá

depositarse de forma inmediata en la cuenta bancaria del plantel, y entregarse

copia del comprobante en la Inspección respectiva.

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18. La Dirección de la Escuela entregará a la Inspección el estado de cuenta

bancario mensual los primeros días del mes siguiente, esta última remitirá los

estados de cuenta de todas las escuelas de la zona a la Coordinación

Administrativa.

DIMENSIÓN ACADÉMICA

1. Podrán organizarse cursos, talleres y conferencias tanto para alumnos como

para docentes, previa autorización de las Inspecciones, visto bueno de la

Coordinación Académica y de la Jefatura del Departamento, presentando el

proyecto para su revisión.

2. Los horarios de clase se presentarán para su revisión y autorización a la

Inspección correspondiente, Coordinación Académica y Jefatura del

Departamento del Nivel durante el primer mes de actividades en el semestre.

3. La Dirección de la Institución, por conducto de la Subdirección, deberá contar

con las planeaciones académicas mensuales de cada uno de los docentes

frente a grupo, recabadas en tiempo y forma, debidamente validados

(impresas, firmadas y selladas por la Dirección).

4. No habrá permisos para modificar las fechas establecidas en el planificador

respecto a la aplicación de Exámenes Ordinarios, Extraordinarios, a Título de

Suficiencia y Títulos Especiales.

5. Cada Institución deberá realizar reuniones de academia en forma mensual,

presentando el calendario respectivo a la Inspección al inicio de cada

semestre.

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6. La Coordinación Académica, Jefatura del Departamento e Inspecciones

llevarán a cabo visitas de supervisión del trabajo realizado en las

Instituciones.

7. La Dirección del plantel será responsable de supervisar el trabajo realizado

por los docentes frente a grupo. Esta actividad deberá realizarse de manera

formal a través de una guía de observación e informar a la Inspección,

Jefatura y Coordinación Académica.

8. El docente frente a grupo es el único responsable de la asignación y

asentamiento de evaluaciones, no debiendo existir modificaciones y/o

alteraciones una vez entregadas.

9. Queda estrictamente prohibido a todo el personal adscrito a la Institución

solicitar o recibir cualquier tipo de obsequio o gratificación para el

otorgamiento de calificaciones u otorgamiento de cualquier beneficio.

DIMENSIÓN LABORAL

1. El personal que ingrese a laborar en las instituciones del Nivel será bajo

propuesta de la Sección 52 del SNTE, con la autorización de la Dirección

General de SEER.

2. Los familiares en primer grado de los directivos, no podrán ser contratados

dentro de las mismas instituciones.

3. El personal de base que se incapacite sólo recibirá, por parte de la Institución,

el pago de la compensación. En el caso del personal pagado con recursos

propios que presente incapacidad médica, el pago correspondiente será sujeto

a valoración por parte de la Dirección del Plantel, Coordinación Administrativa

y la Organización Sindical.

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4. Quien ingrese a cubrir una incapacidad en condición de personal pagado con

recursos propios debe recibir una remuneración.

2. FUNCIONES DEL PERSONAL

DIRECTOR

A) FUNCIONES GENERALES

1. Administrar la prestación del servicio educativo en el Nivel Medio Superior, en

el plantel a su cargo, conforme a las normas y lineamientos establecidos por

el S.E.E.R.

2. Planear, dirigir, controlar y evaluar las actividades del plantel de acuerdo con

los objetivos, políticas educativas y lineamientos instituidos por el S.E.E.R.

3. Prever y organizar las actividades, los cursos y apoyos necesarios para el

desarrollo de un plan anual de actividades, de los programas de las

asignaturas y de las tareas señaladas en el planificador del nivel.

4. Dirigir la ejecución de las actividades de organización y control escolar,

servicios asistenciales y de extensión educativa del plantel a su cargo.

5. Administrar los recursos asignados al plantel, de acuerdo con las normas y

lineamientos emitidos por el S.E.E.R.

6. Aplicar las normas y lineamientos técnico-administrativos dados por el

S.E.E.R., vigilando su cumplimiento.

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7. Desarrollar actividades de relaciones públicas en la comunidad.

8. Representar, ante la comunidad de la zona de influencia, al plantel educativo

como su máxima autoridad.

9. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del S.E.E.R a

través de las instancias correspondientes.

10. Atender y resolver los problemas que se presenten en el plantel.

11. Informar a la Dirección General del S.E.E.R., y a la Inspección, en los

términos y plazos requeridos, acerca del funcionamiento del plantel bajo su

dirección.

B) FUNCIONES ESPECÍFICAS

EN MATERIA DE PLANEACIÓN

1. Determinar y establecer, en coordinación con la Inspección, las estrategias

para el logro de objetivos del plantel.

2. Integrar planes de desarrollo institucional a mediano y largo plazo, así como el

programa anual de operaciones del plantel, en la observancia de que deberán

atenderse de manera prioritaria las necesidades en los siguientes aspectos:

a) Coordinación del personal docente, administrativo y especial.

b) Preparación y actualización del personal.

c) Mantenimiento, conservación y ampliación del edificio escolar.

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d) Mantenimiento, conservación y adquisición de materiales.

3. Integrar el proyecto anual de presupuesto del plantel al inicio del ciclo escolar,

presentándolo a la Dirección General del S.E.E.R. para su autorización y a la

Inspección para su conocimiento.

4. Establecer métodos que permitan revisar periódicamente la estructura y la

organización de los sistemas en el manejo de la información, a fin de

actualizarlos y adecuarlos a las necesidades del plantel.

5. Organizar y dirigir mensualmente las reuniones de planeación y evaluación de

las actividades del plantel.

EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN ESCOLAR

1. Integrar las unidades orgánicas del plantel, conforme a las normas y

lineamientos establecidos por la Dirección General del S.E.E.R. a través de

la Inspección de zona.

- CONSEJO TÉCNICO PEDAGÓGICO (CoTePe)

1. Coordinar la elección del Consejo.

2. Dirigir los trabajos de este organismo.

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- ACADEMIAS

1. Organizar, dirigir y vigilar la integración de academias mensualmente,

por disciplinas, procurando la transversalidad de las asignaturas,

presentando copias de las actas respectivas a la Inspección.

2. Supervisar que las academias sean auxiliares en la aplicación de los

programas de estudio, atendiendo a los lineamientos establecidos por

la Dirección General del S.E.E.R. a través de la Inspección de zona.

- COMISIONES

1. Crear comisiones para apoyar el desarrollo de la tarea educativa.

2. Asignar al personal en general, tareas y actividades propias del cargo.

3. Presentar a la Coordinación Académica, a la Coordinación

Administrativa y a la Inspección de Zona, la propuesta de estructura

educativa del plantel, y una vez autorizada, aplicarla atendiendo a las

normas establecidas.

4. Asignar a los Maestros de Planta los grupos que estarán bajo su

supervisión, las asignaturas que correspondan a la carga académica de

14 hrs. así como las acciones que el plantel requiera en materia de

aprovechamiento escolar y control de la disciplina.

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EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS

1. Difundir entre el personal, las disposiciones administrativas y reglamentarias

que en materia de recursos humanos emita la Dirección General del S.E.E.R.

a través de la Inspección de zona.

2. Brindar información sobre el desempeño profesional de los docentes al

Colegiado de Asuntos Laborales del Nivel Medio Superior, para su posible

promoción ó contratación.

3. Asignar responsabilidades al personal, conforme al nombramiento,

lineamientos y necesidades de la Institución.

4. Identificar necesidades específicas del plantel y tomar decisiones inmediatas

para satisfacerlas.

5. Llevar estricto control de asistencia y puntualidad del personal en un registro

diario.

6. Autorizar los permisos al personal cuando procedan.

7. Sancionar económica y administrativamente, de acuerdo a la normatividad

vigente, al personal por incumplimiento en sus obligaciones.

EN MATERIA DE RECURSOS FINANCIEROS

1. Planear y controlar el ejercicio del presupuesto asignado al plantel.

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2. Administrar, ejercer y comprobar los ingresos propios del plantel, conforme a

las normas, políticas y lineamientos establecidos por la Dirección General del

S.E.E.R.

3. Realizar con oportunidad el pago de remuneraciones al personal.

4. Otorgar el visto bueno a la documentación justificativa del gasto ejercido en el

plantel, y presentarla para su revisión ante las instancias correspondientes en

el momento que se le solicite.

5. Asistir obligatoriamente a la revisión de libros contables atendiendo al

calendario emitido por la Dirección de Servicios Administrativos.

6. Manejar los recursos económicos de la escuela a través de una cuenta a

nombre del plantel y en forma mancomunada entre Director y Subdirector o

Director e Inspector.

EN MATERIA DE RECURSOS MATERIALES

1. Vigilar el uso y control apropiado de bienes muebles e inmuebles con que

cuenta el plantel.

2. Realizar las altas de bienes muebles adquiridos a través de recursos propios,

así como los que asigne el S.E.E.R.

3. Solicitar al Departamento de Recursos Materiales la baja de bienes muebles

que se encuentren en desuso, del activo fijo.

4. Aprobar las compras de material y equipo que requiera el plantel, utilizando

recursos propios.

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5. Gestionar ante las autoridades del ramo, aportaciones y recursos para el

incremento y mantenimiento de los muebles e inmuebles del plantel.

6. Establecer normas entre los alumnos para el correcto uso de los bienes del

plantel.

EN MATERIA DE TRABAJO ACADÉMICO

1. Implementar estrategias pedagógicas consensadas, orientadas a elevar la

calidad del trabajo que se realiza.

2. Gestionar programas de actualización y capacitación para el personal docente.

3. Orientar al personal docente, en la interpretación y aplicación de los

lineamientos técnicos para el manejo del plan de estudios y los programas

vigentes.

4. Vigilar que el proceso enseñanza-aprendizaje se lleve a cabo de acuerdo a las

reformas y enfoques vigentes.

5. Promover la interacción entre el alumnado y el personal docente, a fin de

generar un ambiente de trabajo que permita elevar el nivel académico.

6. Motivar y sensibilizar al personal docente para mejorar la calidad y el

rendimiento escolar.

7. Atender las sugerencias e iniciativas que el personal docente proponga para

la realización de sus clases.

8. Detectar y canalizar alumnos con problemas de aprendizaje a las instancias

correspondientes.

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9. Implementar los programas de apoyo indicados por la Dirección General del

S.E.E.R. a través de la Inspección de zona.

EN MATERIA DE SERVICIOS ASISTENCIALES

1. Detectar a los alumnos que no cuenten con el servicio médico del IMSS,

gestionando su incorporación ante las autoridades respectivas.

2. Implementar una comisión de primeros auxilios a fin de atender casos de

emergencia.

3. Apoyar a los alumnos en la inscripción y permanencia en el programa de

Becas de Oportunidades.

EN MATERIA DE EXTENSIÓN EDUCATIVA

1. Promover las actividades sociales, cívicas, culturales, artísticas y deportivas a

que se convoque, condicionándose en la no afectación de las horas clase, del

trabajo académico y en consecuencia del aprovechamiento escolar.

2. Organizar actividades sociales donde la comunidad escolar participe en la

mejora y conservación del medio ambiente.

3. Hacer partícipes a los alumnos y personas invitadas en actos cívicos,

destacando la importancia de realizar este tipo de eventos como un medio

para fortalecer la identidad nacional.

4. Realizar con la comunidad educativa actividades de servicio social en la zona

de influencia de la Institución.

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5. Programar actividades de estudio que fortalezcan los componentes

curriculares (talleres, visitas, excursiones, etc.).

6. Fomentar los servicios de las bibliotecas escolares y/o públicas, así como

impulsar el uso de las TIC’S entre la comunidad escolar.

7. Procurar el incremento de textos en la biblioteca de la comunidad escolar.

8. Supervisar la eficiencia del servicio de la biblioteca.

9. Informar por escrito cualquier irregularidad en el uso de las instalaciones que

se compartan con otros niveles educativos.

EN MATERIA DE CONTROL ESCOLAR

1. Vigilar que las acciones que se realizan en el ámbito de control escolar

interno estén apegadas a los procedimientos establecidos.

2. Validar la documentación que acredite la escolaridad de los alumnos.

3. Supervisar la permanencia de los alumnos en el plantel, de acuerdo a las

normas y disposiciones establecidas:

a) Respecto a la Inscripción.

- Organizar, dirigir y supervisar el proceso, que deberá reportarse en los

documentos respectivos.

- Designar comisiones para la integración de los expedientes de los

alumnos de nuevo ingreso, por parte de los maestros de planta.

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- Comprobar que los alumnos a inscribirse hayan concluido su educación

secundaria.

b) Respecto a la acreditación.

- Organizar, dirigir y supervisar la elaboración del registro de inscripción,

estadística y evaluación (R.I.E.E.).

- Supervisar el registro de los créditos de los alumnos proporcionados

por los docentes, evitando la alteración de los mismos.

- Asignar comisiones a los maestros de planta para el control de

Evaluaciones Parciales, Ordinarias, Extraordinarias y a Título de

suficiencia.

- Llevar un control de movimientos de alumnos (altas, bajas, existencia,

aprobados y reprobados).

- Asignar comisiones al personal administrativo para la elaboración de la

documentación de los alumnos que egresan.

- Supervisar la integración de los expedientes de los alumnos con los

antecedentes legales y escolares respectivos.

- Enviar con oportunidad a la Inspección, para validarse :

- Certificados totales de la generación que egresa.

- Proyectos.

- Constancias.

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- Enviar con oportunidad a la plataforma de Profesiones de Gobierno del

Estado el registro de alumnos egresados.

EN MATERIA DE SUPERVISIÓN

1. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y administrativas que

regulen el funcionamiento del plantel.

2. Evaluar el desempeño del personal y proponer a la Dirección General del

S.E.E.R. los estímulos necesarios, así como, en caso contrario, las medidas

correctivas que procedan.

3. Supervisar que se cumpla con los siguientes aspectos:

a) Respetar el calendario y horario escolar establecidos.

b) Realizar visitas periódicas en los salones de clase.

c) Detectar problemas de conducta en los grupos, derivados de un mal

desempeño o uso de una metodología inadecuada por parte del

personal docente.

d) Vigilar que se utilicen instrumentos de evaluación apropiados.

e) Investigar y atender las causas de reprobación a fin de implementar

medidas para su disminución.

4. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

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(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

SUBDIRECTOR

1. Realizar de manera corresponsable todas las funciones del Director de la

Institución, así como aquellas que le sean delegadas o asignadas.

2. Proponer estrategias y alternativas al Director del Plantel, que incidan en

la toma de decisiones y que permitan cumplir acertadamente con los

siguientes aspectos:

a) Organización Escolar.

b) Recursos Humanos, Materiales y Financieros.

c) Técnico Pedagógico.

d) Servicios Asistenciales.

e) Extensión Educativa.

f) Control Escolar.

g) Supervisión.

3. Manejar los recursos económicos de la escuela a través de una cuenta a

nombre del plantel y en forma mancomunada entre Director y Subdirector

haciendo a ambos responsables en los movimientos que se realizan en la

misma.

4. Desempeñar el cargo de Subdirector de tiempo completo.

5. Revisar y validar las planeaciones mensuales de los docentes.

6. Verificar la asistencia del personal docente para el cumplimiento de sus

labores.

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7. Llevar un estricto control de puntualidad y asistencia del personal que

labora en la Institución.

8. Organizar, coordinar y verificar las actividades de los Maestros de planta,

atendiendo a las funciones del puesto y a las indicaciones del Director.

9. Organizar, coordinar y verificar las actividades del Personal de Apoyo y

Asistencia a la Educación, atendiendo a las funciones del puesto y a las

indicaciones del Director.

10. Vigilar y revisar la correspondencia y documentación que se remita a las

instancias correspondientes.

11. Supervisar la elaboración, revisión y entrega de los documentos que

acrediten la escolaridad de los alumnos.

12. Asistir obligatoriamente a la revisión de nóminas mensuales y de

exámenes de regularización ante las instancias correspondientes.

13. Elaborar y presentar a la Dirección del Plantel, para su autorización,

horarios y estadísticas.

14. Realizar los trámites correspondientes para el Programa de Becas de

Oportunidades y el Seguro Facultativo.

15. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y

no dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se

menoscabe su buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga

encomendado. (Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del

Personal de la Secretaría de Educación Pública).

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MAESTRO DE PLANTA

1. Permanecer en la escuela el horario de clases establecido, aclarando que se

estará 15 minutos antes de la hora de entrada y salida para recibir y ubicar a

los alumnos a su cargo, y a la salida, después de que no haya alumnos bajo

su responsabilidad en la Institución o alguna otra actividad.

2. Realizar las guardias programadas por la Dirección del Plantel, debiendo

presentarse 30 minutos antes del ingreso de los alumnos y permanecer 15

minutos al término de la jornada laboral.

3. Realizar las actividades del cargo en el horario de trabajo, más las comisiones

que la Dirección del plantel le asigne.

4. Supervisar que se mantenga la disciplina en los grupos a su cargo, respecto

al cuidado y buen uso del edificio escolar.

5. Asesorar a los grupos que el Director del plantel le designe. La asesoría

consistirá en:

a) Fomentar hábitos de estudio.

b) Proporcionar estrategias de estudio (lectura de comprensión, subrayado,

elaboración de resúmenes, exposición de temas, manejo de técnicas

grupales, elaboración de esquemas, mapas conceptuales, mapas

mentales, ejercicios de ortografía, toma de apuntes, etc.).

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c) Informar a los alumnos bajo su responsabilidad respecto a:

- Disposiciones Internas

- Plan de Estudios

- Evaluaciones

- Seriaciones

- Calendario y Horario Escolar

- Calendarización de Exámenes

- Funcionamiento del plantel

d) Motivar a los alumnos para que participen y destaquen en las actividades

culturales, deportivas y académicas a que se convoque.

e) Coordinar las actividades de extensión educativa que la Dirección del

plantel organice.

f) Coordinar y verificar la captura de calificaciones de los alumnos a su

cargo, y rendir la información oportunamente a la Subdirección del plantel.

g) Informar al padre de familia o tutor de la conducta de su hijo de forma

verbal y/o escrita (firma de reportes o cartas compromiso).

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h) Atender a sus grupos durante la inasistencia de algún docente.

i) Recomendar y sugerir a la Dirección de la Institución, estrategias y

actividades que promuevan la adquisición de conocimientos, el desarrollo

de habilidades y el fomento de valores tanto para los docentes como para

los alumnos.

j) Informar a la Dirección de la escuela las problemáticas de los alumnos,

proponiendo alternativas de solución.

k) Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y

no dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se

menoscabe su buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga

encomendado. (Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del

Personal de la Secretaría de Educación Pública).

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COORDINADOR DEPORTIVO

El objetivo de la actividad física en el Nivel Medio Superior es el de inculcar en el

alumno el deporte como una forma de vida, resaltando los beneficios que su práctica

constante genera, y de manera específica, promover, organizar, capacitar y

supervisar las actividades deportivas, cívicas y culturales que se llevan a cabo en las

instituciones con el propósito de fortalecer el desarrollo integral de los alumnos.

1. Realizar las actividades que corresponden al tipo de plaza y/o nombramiento.

La Institución que cuente con el recurso podrá pagar hasta un máximo de 10

horas clase a quien no cuente con nombramiento de 40 HSM, teniendo el

compromiso de cubrir 4 Hrs. más sin remuneración.

2. Proporcionar asistencia técnica a los Entrenadores e Instructores de las

actividades que se lleven a cabo en la Institución.

3. Organizar, dirigir y supervisar al equipo de Entrenadores e Instructores y a los

docentes, en su caso, de las materias de Formación Cultural y Artística y

Formación de la Salud y Deportiva.

4. Organizar y supervisar los concursos deportivos y culturales de su Institución

o Zona Escolar.

5. Coordinar y supervisar las actividades en las competencias a que sea

convocada la Institución (Ligas Deportivas, CONADEMS, Olimpiadas

Nacionales, etc.).

6. Dar seguimiento a las convocatorias y concursos convocados por la

Dirección General.

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7. Respaldar a la Jefatura, Inspección, Coordinación General Deportiva y a la

Dirección del Plantel en las actividades deportivas, cívicas y culturales a que

convoque la Dirección General.

8. Planear, organizar y conducir las reuniones de información con el personal a

su cargo, supervisando que se cumpla debidamente con las disposiciones

que para ello se señalen.

9. Vigilar que los entrenamientos y la asistencia a competencias se lleve a cabo

en los horarios establecidos.

10. Gestionar el préstamo de escenarios, la propuesta de jueces y árbitros para la

realización de eventos.

11. Realizar las comisiones o funciones encomendadas, rindiendo un informe por

escrito al final de la comisión, a la instancia correspondiente.

12. Entregar memoria fehaciente a su superior, de los eventos realizados.

13. Preparar la documentación que se requiera para participar en los eventos

deportivos, culturales y cívicos.

14. Entregar en tiempo y forma las cédulas correspondientes para la inscripción

de los equipos y grupos en concursos y competencias.

15. Mantener informados a los entrenadores de los roles de juego y

convocatorias del Nivel, así como de las actividades de la Semana Cultural a

los Instructores que corresponda.

16. Informar al Director sobre el comportamiento de los alumnos en las

actividades, y el avance de los equipos en los torneos y competencias.

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17. Asistir a los talleres de actualización que sean convocados por la Dirección

General.

18. Solicitar el material deportivo y botiquín que los entrenadores requieran para

las prácticas y competencias, vigilando que se utilice y conserve de manera

apropiada.

19. Vigilar que se apliquen los fundamentos correspondientes a cada deporte.

20. Asistir con los contingentes a las ceremonias inaugurales, cívicas y de

cualquier índole que convoque la Dirección General.

21. Informar al personal a su cargo sobre el Reglamento de las Condiciones

Generales de Trabajo del Personal de la Secretaria de Educación Pública.

22. Vigilar que no exista suplantación de identidad entre los alumnos que

representen a la Institución, en cualquier tipo de evento.

23. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

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ENTRENADOR (ACTIVIDADES DEPORTIVAS)

1. Realizar la planeación del entrenamiento considerando las partes inicial,

medular y final.

2. Asistir con puntualidad a los entrenamientos y competencias.

3. Apoyar al Coordinador Deportivo en la formación de equipos en las diferentes

disciplinas, promoviendo la participación en todas las etapas (intramuros, de

zona, nivel, etc.).

4. Tratar en lo posible de uniformar a su equipo, con la autorización del Director

del plantel.

5. Vigilar que se haga buen uso del material deportivo y médico del equipo,

además de verificar que los alumnos estén inscritos al seguro facultativo.

6. Recoger los roles de juego e informar a su equipo los horarios

correspondientes.

7. Informar al Coordinador Deportivo de las incidencias en los juegos realizados

y las ausencias de los alumnos.

8. Evitar en todo momento que los alumnos utilicen vocabulario ofensivo y

mejoren su comportamiento, así como mantener la disciplina.

9. Respetar a las autoridades de las competencias, a los compañeros, contrarios

de equipo y a los árbitros.

10. Elaborar un directorio telefónico de los alumnos a su cargo para cualquier

imprevisto, que en primer lugar deberá notificarse al Coordinador Deportivo.

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11. Asistir con ropa adecuada y el material deportivo necesario, a entrenamientos

y competencias.

12. Adecuar el entrenamiento al tiempo asignado y a las características del

equipo.

13. Formular y esforzarse por alcanzar objetivos a corto, mediano y largo plazo.

14. Desarrollar adecuadamente las 3 etapas de un entrenamiento:

a) Preparatorio

b) Competitivo

c) Transitorio

15. Desarrollar en el alumno la preparación física, técnica y táctica del deporte a

practicar.

16. Evaluar el desempeño del alumno en forma constante, garantizando las

mismas oportunidades para todos los alumnos, evitando la discriminación de

cualquier índole.

17. Mostrar en todo momento solidaridad, responsabilidad y respeto para el

equipo y la Institución que representa.

18. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

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INSTRUCTOR (ACTIVIDADES CULTURALES Y ARTÍSTICAS)

1. Planear sus actividades abarcando los momentos esenciales (inicio, desarrollo

y cierre).

2. Asistir con puntualidad a los ensayos y presentaciones.

3. Apoyar al Coordinador Deportivo en la formación de grupos y/o contingentes

artísticos y culturales para participar en las actividades que se requiera.

4. Tratar en lo posible de uniformar a su grupo, con la autorización del Director

del plantel.

5. Prever y procurar el material necesario para su disciplina.

6. Informar al Coordinador Deportivo de las incidencias en las actividades

realizadas y las ausencias de los alumnos.

7. Evitar en todo momento que los alumnos utilicen vocabulario ofensivo y vigilar

que mejoren su comportamiento, así como mantener la disciplina.

8. Respetar a las autoridades, jurados, instructores, participantes y demás

asistentes a cualquier competencia.

9. Elaborar un directorio telefónico de los alumnos a su cargo para cualquier

imprevisto, que en primer lugar deberá notificarse al Coordinador Deportivo.

10. Asistir a sus actividades con ropa adecuada y el material necesario.

11. Adecuar las sesiones de trabajo al tiempo asignado y a las características

del grupo.

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12. Formular y esforzarse por alcanzar objetivos a corto, mediano y largo plazo.

13. Desarrollar en el alumno habilidades de apreciación y ejecución de la

actividad a realizar.

14. Evaluar el desempeño del alumno en forma constante garantizando las

mismas oportunidades para todos los alumnos, evitando la discriminación de

cualquier índole.

15. Mostrar en todo momento solidaridad, responsabilidad y respeto para el

equipo y la Institución que representa.

16. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

DOCENTE FRENTE A GRUPO

1. Elaborar el plan de clase mensual de acuerdo a los programas y enfoques

vigentes entregándolo a la Dirección en tiempo y forma.

2. Aplicar las disposiciones de carácter técnico y de organización emitidas por la

Dirección General del S.E.E.R., para elevar el nivel académico del alumnado.

3. Analizar los programas, hacer las adecuaciones y modificaciones necesarias

sin alterar su contenido, apegándose a las dosificaciones elaboradas en la

reunión general de academias.

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4. Hacer una evaluación diagnóstica al inicio del ciclo escolar a fin de detectar

los problemas a resolver, definiendo estrategias para una mejora continua.

5. Utilizar los materiales didácticos de apoyo necesarios para el logro de los

objetivos, tomando en cuenta las características de cada materia.

6. Realizar el trabajo diario cumpliendo con las etapas de una clase (inicio,

desarrollo, cierre y evaluación), de acuerdo a su planeación.

7. Cumplir con los programas de estudio, vinculando la teoría con la práctica.

8. Elaborar los instrumentos necesarios para la evaluación del aprendizaje, de

acuerdo a las reformas vigentes.

9. Evaluar periódicamente su actividad a fin de conocer la perspectiva y opinión

del alumno.

10. Registrar el resultado de las evaluaciones obtenidas por los alumnos y darlas

a conocer; el reporte oportuno de evaluaciones permitirá la revisión por parte

de las instancias correspondientes (Asesores, Subdirección y Dirección).

11. Formular, aplicar y evaluar exámenes Ordinarios y de regularización

(Extraordinarios y a Título de Suficiencia).

12. Registrar la asistencia de los alumnos en su clase.

13. Verificar que los alumnos del grupo a su cargo cumplan con los trabajos

designados.

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14. Vigilar que los alumnos dentro del aula se conduzcan en un ambiente de

orden, respeto y participación.

15. Colaborar en las actividades cívicas, culturales, deportivas y artísticas del

plantel con los alumnos.

16. Participar en las jornadas de capacitación y actualización del personal docente

a que se convoque.

17. Participar en las reuniones de academia a que sea convocado.

18. Promover entre los alumnos el buen uso del mobiliario y los materiales de

apoyo didáctico.

19. Participar en las acciones relacionadas con la conservación y mantenimiento

del plantel.

20. Tener conocimiento de la materia que imparte, utilizar estrategias didácticas y

mantener la disciplina del grupo.

21. Conservar e incrementar buenas relaciones con los colegas.

22. Respetar y reconocer el esfuerzo del alumno.

23. Establecer límites de confianza con los alumnos.

24. Reconocer y conciliar las diferencias individuales entre los alumnos.

25. Mantener un diálogo permanente con sus alumnos.

26. Orientar con técnicas adecuadas de estudio promoviendo la autoformación.

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27. Evitar sobrecargas innecesarias de trabajo extraescolar.

28. Propiciar y promover el trabajo colaborativo.

29. Motivar a los alumnos para elevar el rendimiento escolar.

30. Ayudar a enfrentar y resolver dificultades académicas.

31. Brindar un trato igual para todos los alumnos del plantel.

32. Aprovechar las características del grupo para elevar el nivel académico.

33. Evitar actitudes negativas y de enfrentamiento con el grupo.

34. Aplicar los reportes por escrito al alumno que lo amerite de acuerdo al

reglamento.

35. Promover el desarrollo académico de los alumnos, estimulando su

imaginación y creatividad.

36. Participar como docente tutor en el proyecto de Acción Tutorial de la

Institución como una actividad inherente a su cátedra.

37. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe

su buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

( Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

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OFICIAL ADMINISTRATIVO

1. Asistir puntualmente a sus labores.

2. Entrar y salir a la hora estipulada, de acuerdo a su jornada de 36 horas

semanales, permaneciendo de manera ocasional cuando la actividad lo

requiera.

3. Mantener organizada su área de trabajo.

4. Desempeñar las funciones propias de su cargo con la intensidad y calidad que

éste requiera.

5. Obedecer las órdenes e instrucciones que reciban de sus superiores en

asuntos propios del servicio.

6. Comportarse con la discreción debida en el desempeño de su cargo.

7. Tratar con cortesía y diligencia al público.

8. Comunicar oportunamente a sus superiores cualquier irregularidad que

observe en el servicio.

9. Recibir, clasificar, registrar y turnar la correspondencia en forma inmediata.

10. Recibir, revisar y conservar la documentación de los alumnos de nuevo

ingreso. (Acta de Nacimiento, Certificado de Secundaria, Clave Única de

Registro de Población, etc.).

11. Elaborar el Registro de Inscripción, Evaluación y Estadística (RIEE) que será

remitido a la Inspección, para su validación.

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12. Recibir, revisar y archivar convenientemente los Registros de Inscripción,

Evaluación y Estadística (RIEE), validados por las instancias

correspondientes.

13. Capturar mensualmente las calificaciones de los alumnos, llevando un control

de las mismas por ciclo escolar.

14. Elaborar los proyectos y constancias de los alumnos de acuerdo a los

formatos establecidos.

15. Ordenar y cotejar la documentación expedida por la Institución para su

control, registro y validación.

16. Atender las llamadas telefónicas e informar en forma inmediata a la autoridad

correspondiente.

17. Trabajar en equipo y cooperar con los demás compañeros de trabajo.

18. Permanecer en la oficina demostrando dedicación y esmero en el trabajo, sin

emplear el tiempo en actividades que no se relacionen con sus funciones.

19. Archivar permanentemente la documentación concerniente a la Institución.

20. Mantener la confidencialidad de los expedientes y datos del personal adscrito

al Plantel, que se encuentran bajo resguardo de la Dirección.

21. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

Estas funciones son enunciativas más no limitativas.

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PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS

1. Asistir puntualmente a sus labores.

2. Entrar y salir a la hora estipulada, evitando abandonar el plantel en el horario

de sus actividades.

3. Barrer y trapear salones, oficinas, corredores, patios y anexos que le

correspondan así como barrer y regar calles colindantes.

4. Lavar los pisos, vidrios, baños y contenedores del edificio escolar,

manteniéndolos en óptimas condiciones.

5. Limpiar pizarrones, pintar instalaciones, mobiliario y demás utilería escolar.

6. Mantener en buenas condiciones y reparar cuando se requiera, el mobiliario

escolar.

7. Manejar el equipo de sonido, bajo la supervisión de la Dirección.

8. Realizar tareas de mantenimiento que requiera el edificio (plomería,

electricidad, etc.).

9. Dar mantenimiento y arreglo a jardines.

10. Realizar con eficiencia las comisiones que la Dirección le asigne: entrega de

correspondencia, depósitos y compras, etc.

11. Vigilar la puerta de acceso de acuerdo con las indicaciones del Director,

haciendo hincapié en que el encargado de la guardia y los Asesores de grupo

son los únicos responsables de supervisar la entrada y salida de los alumnos.

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12. Cuidar el patrimonio escolar conforme a las indicaciones del Director.

13. Tratar con comedimiento y respeto a los maestros, alumnos y padres de

familia.

14. Cumplir comisiones especiales que se deriven de las actividades que la

buena marcha de la escuela requiera.

15. Solicitar oportunamente a la Dirección, el material y los artículos necesarios

para el desarrollo de sus actividades.

16. Cumplir sus guardias durante los periodos de receso de clase y vacaciones.

17. Depositar la basura en los medios recolectores con que se cuente.

18. Entregar y recibir las instalaciones informando a la Dirección de las

incidencias suscitadas.

19. Cubrir la jornada de trabajo realizando con calidad las actividades propias del

puesto y las comisiones asignadas.

20. Comunicar oportunamente al Director cualquier irregularidad que observe en

el servicio.

21. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

Estas funciones son enunciativas más no limitativas.

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VELADOR

1. Vigilar y resguardar los bienes de la Institución y las instalaciones.

2. Revisar que las áreas y accesos estén debidamente cerrados.

3. Realizar recorridos constantes durante su jornada de trabajo.

4. Reportar al Director las anomalías que detecte en su recorrido.

5. Mantener actualizado el directorio de las diferentes unidades de emergencia.

6. Atender las comisiones que le solicite el Director del plantel.

7. Permanecer en las instalaciones durante su jornada de trabajo.

8. Evitar el consumo de productos que alteren su estado físico.

9. Evitar el ingreso de personas ajenas al plantel.

10. Entregar el turno al Personal de mantenimiento.

11. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

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PROGRAMADOR

1. Diseñar un sistema óptimo para el manejo y control de información (registro de

inscripción, calificaciones, elaboración de constancias, proyectos, certificados,

etc.), que facilite la ejecución de los procedimientos.

2. Procesar la información para generar los reportes que se requieran.

3. Revisar permanentemente el sistema a fin de atender y cumplir con las

indicaciones que señalen las autoridades correspondientes.

4. Mantener actualizada la información (calendario, listas de alumnos, de

personal, calificaciones, movimientos de alumnos, etc.).

5. Imprimir los documentos que acrediten la situación académica del alumno

(boleta de calificaciones, proyectos, certificados, etc.).

6. Participar en las actividades que la Dirección del Plantel indique.

7. Informar a la Dirección de la Institución de las actividades realizadas.

8. Mantener la confidencialidad de la información de los alumnos y el personal

adscrito a la Institución.

9. Implementar estrategias a fin de optimizar las tareas que se realizan.

10. Asistir a las reuniones y capacitaciones a que sea convocado.

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11. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

Estas funciones son enunciativas más no limitativas.

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RESPONSABLE DE MANTENIMIENTO DEL EQUIPO DE CÓMPUTO

1. Dar mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos y a la red interna.

2. Mantener actualizados los programas que se utilicen (antivirus, paquetería,

etc.).

3. Supervisar el procedimiento para el registro y control de asistencia del

personal (reloj checador), elaborando los reportes que le sean solicitados.

4. Gestionar y administrar los materiales que se requieran para realizar las tareas

de mantenimiento.

5. Realizar las tareas y actividades que señale el Director del plantel.

6. Implementar estrategias para verificar que las tareas y procesos se lleven a

cabo de manera óptima.

7. Reportar los desperfectos en los equipos.

8. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

Estas funciones son enunciativas más no limitativas.

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CONTADOR

1. Contabilizar y ordenar la documentación respectiva, realizando:

a) Pólizas de ingresos (pagos realizados por alumnos, subsidios,

aportaciones extras, etc.)

b) Pólizas de egresos

c) Pólizas de diario

d) Conciliaciones bancarias mensuales

e) Registro en libros contables

2. Asistir puntualmente a la revisión de libros contables siempre y cuando sea el

responsable de la contabilidad del plantel, conjuntamente con el Director y de

acuerdo al calendario emitido por el Departamento de Recursos Financieros.

3. Elaborar la nómina de subsidio.

4. Elaborar nóminas de gratificación mensual y fin de año, así como de

exámenes Extraordinarios y a Título de suficiencia.

5. Elaborar, sin remuneración extra, los informes financieros semestrales.

6. Expedir recibos de honorarios con requisitos fiscales, si presta sus servicios

en 2 o más planteles.

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7. Apoyar al Director en trámites de solicitud de chequeras, estados de cuenta y

presupuestos para ejercer gastos mayores a $ 5,000.00 (cinco mil pesos

00/100 M.N.)

8. Cumplir con sus obligaciones laborales los días que le indique el Director del

plantel.

9. Resguardar la documentación contable en el edifico escolar.

10. Verificar que se aplique el tabulador vigente de sueldos. (Anexo 2)

11. Ser corresponsable en la administración de los recursos y de las

observaciones de auditoría.

12. Vigilar que la información referente al manejo de los recursos financieros se

apegue al Manual de Ingresos y Egresos, notificando cualquier irregularidad a

las autoridades competentes.

13. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

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RESPONSABLE DE TUTORÍAS

1. Contribuir al desarrollo de las capacidades del estudiante, para adquirir y

asumir responsabilidades en su proceso de formación.

2. Diagnosticar y detectar las necesidades de los alumnos.

3. Establecer, de acuerdo a los resultados de las evaluaciones realizadas, el

Plan Institucional Tutorial (PIT) y el Plan de Acción Tutorial (PAT).

4. Planificar las actividades de tutoría, involucrando al personal de la Institución.

5. Capacitar, orientar y supervisar al personal comisionado para la realización de

las actividades de tutoría.

6. Trabajar colaborativamente con el personal Directivo, Asesores, Psicólogo,

Orientadores, Profesores Tutores y Padres de familia.

7. Comunicar las actividades de tutoría en reunión de CoTePe y en las reuniones

de academia.

8. Fomentar en el estudiante el desarrollo de valores y actitudes de integración,

pertenencia e identidad institucional.

9. Propiciar la disposición de los estudiantes por el aprendizaje, mediante el

desarrollo de procesos motivacionales que generen un compromiso con su

desarrollo educativo.

10. Favorecer los procesos de toma de decisiones por parte de los estudiantes.

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11. Impulsar en el alumno el desarrollo de habilidades para aprender a aprender,

a fin de mejorar su desempeño académico, posibilitando su ingreso al nivel

superior.

12. Ofrecer al estudiante apoyo y asesoría en temas de las diversas asignaturas.

13. Propiciar el uso de los recursos y medios tecnológicos por parte de los

alumnos, con el fin de lograr mejores niveles de aprovechamiento escolar.

14. Orientar al estudiante en los problemas escolares y/o personales que surjan

durante el proceso formativo y, en su caso, canalizarlo al Psicólogo.

15. Asesorar al alumno para el uso apropiado de los servicios administrativos.

16. Ofrecer a los Profesores – Tutores los recursos, condiciones y apoyos

institucionales necesarios para facilitar la operación del PIT.

17. Evaluar y dar seguimiento de manera continua al PIT y al PAT para su

óptimo desarrollo, estableciendo mecanismos que permitan su reorientación

oportuna.

18. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

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PSICÓLOGO

1. Trabajar colaborativamente con Directivos, Asesores, Docentes, Padres de

familia y estudiantes con el propósito de asegurar la permanencia del

alumnado.

2. Conocer la situación de los alumnos en los aspectos social, cultural,

emocional, etc., enfatizando en aquellos casos que requieran atención

específica por encontrarse en riesgo su desempeño.

3. Orientar a los alumnos con alto índice de reprobación proporcionándoles

estrategias con el objetivo de elevar su desempeño académico.

4. Detectar a los alumnos con necesidades especiales con y sin discapacidad, e

informar y asesorar a los Docentes.

5. Brindar atención a los alumnos con problemas de disciplina y necesidades

especiales.

6. Detectar a los alumnos con aptitudes sobresalientes y canalizarlos a los

programas establecidos.

7. Proponer estrategias para elevar el nivel académico de los estudiantes y lograr

los objetivos de las asignaturas.

8. Apoyar al Orientador Vocacional y al Tutor en la implementación de

actividades con el objetivo de asesorar a los alumnos en la elección de

carreras.

9. Promover en los alumnos sentimientos de pertenencia al grupo y a la escuela.

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10. Detectar y canalizar a los estudiantes que requieran atención especializada

(no está permitido dar terapia).

11. Dar seguimiento a los jóvenes que reciben apoyos externos con la finalidad de

propiciar su integración escolar.

12. Trabajar colaborativamente con los Tutores, con la finalidad de identificar las

situaciones que pongan en riesgo la permanencia y el desempeño académico

de los estudiantes.

13. Observar una conducta decorosa en todos los actos de su vida pública, y no

dar motivo con actos escandalosos a que de alguna manera se menoscabe su

buena reputación en perjuicio del servicio que se le tenga encomendado.

(Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la

Secretaría de Educación Pública).

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3.. DISPOSICIONES PARA LOS ALUMNOS

I. DE LA ESTANCIA DE LOS ALUMNOS EN EL PLANTEL:

1. La permanencia de los alumnos en el edificio e instalaciones de la escuela será

únicamente en el horario señalado para las actividades académicas y

complementarias que es otorgado a cada estudiante, el cual comprenderá de las

__ horas a las __ horas de lunes a viernes y los sábados de las ___ horas a las

___horas.

2. En las actividades que se lleven a cabo fuera del horario anteriormente señalado,

la asistencia del alumno será únicamente en el horario necesario para el desarrollo

de dicha actividad, y que estará indicado por las autoridades escolares.

3. El ingreso al plantel escolar será en la hora en que para tal efecto se señale,

contando el alumno con una tolerancia de 10 minutos ocasionalmente después

de la misma, sirviendo para este efecto a la hora que señale el reloj fijado en las

oficinas administrativas escolares de atención al público en general. Finalizados

los 10 minutos de tolerancia se tendrá al alumno por ausente y no se le otorgará la

posibilidad del ingreso al plantel salvo que cuente con justificante para su retardo

debidamente aprobado por la Dirección del plantel.

4. Para la eventualidad de que cualquiera de las sesiones académicas no pueda

llevarse a cabo por el titular de la materia, es obligación de los alumnos

permanecer en el aula, en la que serán asistidos por un maestro de planta en la

clase que corresponda.

5. En todo momento en que el alumno permanezca en las instalaciones y en los

alrededores del plantel escolar, deberá demostrar educación y respeto a las

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autoridades de la escuela, docentes, personal administrativo y de apoyo, alumnos

y cualquier persona que se encuentre en el lugar.

6. El alumno deberá demostrar interés y disposición para el estudio y formación que

imparte la Institución, y de igual forma se conducirá adecuadamente en cuanto a

los aspectos de salud e higiene y todas aquellas actividades que lleve a cabo el

plantel.

7. Es obligación de los alumnos evitar en todo momento quebrantar la disciplina

escolar, ya sea en sus aspectos individual o colectivo.

8. Los alumnos deberán hacer uso adecuado del edificio, anexos, mobiliario y

equipo de la Institución.

9. Aquel alumno o alumnos que llegaran a ocasionar daños materiales a la

Institución, deberán cubrir en su totalidad el costo de la reposición o reparaciones

que resulten necesarias, y asumir las sanciones disciplinarias que corresponda

para el caso de que se hubieren ocasionado con dolo o imprudencia del

estudiante.

II. DE LOS JUSTIFICANTES DE INASISTENCIAS:

1. Para justificar las faltas o inasistencias, los alumnos deberán presentarse con

alguno de sus padres o tutor ante las autoridades escolares en un período no

mayor de los dos días hábiles siguientes.

2. Cualquier padecimiento o enfermedad del alumno deberá ser comunicado

oportunamente al maestro de planta, informándole específicamente si el alumno

requiere del consumo de algún medicamente dentro del horario escolar,

mostrando en todo caso la prescripción médica correspondiente.

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3. Es obligación de los alumnos hacer llegar a sus padres o tutor los citatorios que

emitan las autoridades escolar, igualmente es obligación para éstos últimos

acudir a las entrevistas concertadas, para que se esté en condiciones de poder

atender cualquier situación académica en relación a los educandos.

III. DEL TRABAJO ACADÉMICO DE LOS ALUMNOS:

1. Los alumnos deberán cumplir con todas y cada una de las actividades escolares

que les indiquen los docentes de cada asignatura, ya sea tanto en el trabajo del

aula correspondiente o en aquellas que se fijen de carácter extra clase.

2. Demostrar interés por su aprovechamiento individual, avocándose a poner el

empeño necesario en las evaluaciones y programa de exámenes.

3. Deberán fortalecer sus hábitos de estudio en forma continua para lo cual se

encuentran obligados a realizar:

a) Lectura de los textos señalados por sus docentes así como de aquellos que

formen parte de investigaciones de los temas relacionados, y en general de

literatura universal que fomente la cultura del alumno.

b) Procurar horarios extra clase para llevar a cabo el estudio de los temas vistos

en el aula, así como para realizar la investigación y los trabajos académicos

encomendados.

c) Elaborar con limpieza, calidad, responsabilidad y seriedad debidos los trabajos

académicos que les sean solicitados.

d) Revisar que en los trabajos escritos e investigaciones que vayan a ser

presentados en cualquiera de las materias, se haga uso adecuado del idioma

español, ya que esto es parte de la evaluación de los mismos.

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4. De los exámenes y evaluación a los alumnos:

a) Es obligación de los alumnos contar con un mínimo del 80% de asistencias en

cada materia para tener derecho a la evaluación respectiva.

b) Cuando el alumno no se presente en la fecha en que se encuentre fijada la

realización de un examen de cualquier materia de los períodos ordinarios de

evaluación, se hará merecedor a que en su calificación se señale un “N.P.”(no

presentó), lo cual será causa para que el mismo alumno sea evaluado en la

misma materia dentro del período de exámenes a títulos de suficiencia.

c) No obstante que el alumno llegara a obtener un “N.P.” (no presentó) en

cualquiera de sus evaluaciones ordinarias con la consecuencia señalada en el

inciso anterior, tiene a su cargo la obligación de continuar asistiendo a las

clases de la materia de que se trate y cumplir con los requisitos de la misma.

d) No existe la exención de exámenes para ninguna de las materias en beneficio

de los alumnos, por lo que es obligación de éstos presentarse a todos y cada

uno de los periodos de evaluación.

e) Es obligación de los alumnos cumplir con la totalidad del programa señalado

en el componente de fortalecimiento, que consiste en las materias de

Orientación Escolar, Formación Cultural y Artística y Promoción de la Salud y

el Deporte.

IV. DE LOS HÁBITOS DE CONDUCTA ESCOLAR:

1. Los alumnos se encuentran obligados a observar buena conducta, tanto en las

actividades que se realicen en el edificio escolar como en aquellas que se

lleven a cabo fuera del mismo, deberán asistir con responsabilidad, madurez y

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decoro que se requiere para cada una de las actividades extra clase que se

les señale como asistencia obligatoria, en la que se les fijarán los términos en

que deberán de presentarse a los diferentes a los diferentes eventos según la

naturaleza de los mismos como son:

a) Actos cívicos y deportivos.

b) Conferencias.

c) Recitales.

d) Exposiciones.

e) Concursos y demostraciones.

f) Eventos culturales y científicos en general

2. Se consideran actos de indisciplina y por tanto son causa de sanción los

siguientes:

a) Provocar lesiones u hostigamiento (bullying) a cualquier alumno o personal

de la Institución en forma dolosa e intencionalmente, en el interior o en las

inmediaciones del edificio escolar así como en las actividades extra

escolares.

b) Hacer uso de vocabulario soez, injurioso y denostativo dentro del edificio

escolar, en sus inmediaciones o en las actividades extra escolares

señaladas por la Institución, por el que se considere una agresión verbal o

falta de respeto a cualquiera de los alumnos o al personal de la Institución.

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c) Realizar dolosa e intencionalmente daños materiales al edificio escolar, al

mobiliario y equipo del mismo, o a las propiedades y posesiones de

cualquiera de los alumnos o personal escolar.

d) Abandonar el plantel dentro de la jornada escolar sin autorización, o

retirarse de las actividades extra escolares sin justificación alguna.

e) Incumplir con las indicaciones referentes a la vestimenta adecuada para la

jornada escolar o actividades extra escolares y los hábitos de higiene y

urbanidad que deberán ser observados en las misma, como son:

Uso de short, bermudas, cachuchas y cualquier accesorio de

vestimenta que no esté autorizada.

Para el caso de las alumnas, el uso de minifaldas y blusas cortas.

Uso de collares, pulseras o accesorios que por sus dimensiones,

colorido o forma se consideren extravagantes.

Para el caso de los alumnos varones, el uso de aretes o accesorios

decorativos faciales.

El uso de peinados, depilación de cejas, corte de pelo y tintes que

por su estilo resulten ser extravagantes a juicio de las autoridades

escolares.

El uso de maquillaje y esmalte en las uñas en el caso de los alumnos

varones, así como el exceso de los mismos para el caso de las

alumnas.

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Presentarse los varones a clases y actividades extra curriculares sin

el calzado adecuado y sin el uso de calcetines.

El uso por parte de alumnos varones de bigotes, barba o patillas.

Hacer uso de tecnologías portátiles que no se encuentren

autorizadas, como es el caso de reproductores de música ipod,

iphone, MP, PSP, etc.), así como de cualquier otro dispositivo

electrónico que sea causa de distracción entre los alumnos.

El hacer uso de aparatos celulares o de radio comunicación dentro

de la jornada escolar, específicamente en el horario de clase o en las

actividades extra clase, en las que se pueda propiciar la distracción

del alumno o de cualquiera de los asistentes.

Para aplicar la sanción que corresponda por las conductas anteriormente descritas,

la Dirección del plantel escolar a través de la Subdirección y Asesorías

correspondientes, tomarán en cuenta los siguientes criterios:

a) Para el caso de que se trate de la primera ocasión en que el alumno haya

incurrido en alguna de las conductas que han sido señaladas como causa de

sanción por las presentes disposiciones y que no sea considerada como

grave, originará una llamada de atención al alumno por escrito (reporte),

dando aviso de la incidencia a los padres de familia o tutor.

b) Para el caso de que no sea la primera ocasión en que el alumno incurre en

cualesquiera de los actos de indisciplina, o bien que por su gravedad se

considere procedente, se suspenderá al alumno de uno a tres días

separándolo de clases, por lo que deberá de hacerse del conocimiento de los

padres de familia o tutor de la naturaleza de la falta de conducta así como la

sanción que haya sido impuesta.

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c) Si el alumno llegara a acumular tres sanciones dentro del mismo ciclo escolar

independientemente del origen y naturaleza de las mismas, habrá lugar a la

expulsión o suspensión definitiva del alumno una vez que sea comunicada tal

decisión a los padres de familia o tutor, se hubiese desahogado cualquier

objeción de los mismos que pudieran tener al respecto, y se cuente con la

autorización de la Inspección Escolar correspondiente.

V. DE LOS CASOS EN QUE LOS ALUMNOS PUEDEN CAUSAR

BAJA DEFINITIVA DEL PLANTEL ESCOLAR:

1. En cuanto a la conducta de los alumnos:

Podrá tener lugar el que se origine la baja definitiva de los alumnos en los casos

que por la gravedad de la falta conducta, o por la situación académica de los

mismos, no sea posible continuar con la presentación del servicio educativo en la

Institución, en cuyos casos será motivo de valoración por parte del Consejo

Técnico Pedagógico del plantel integrado por personal directivo, de asesoría y

docentes, notificándosele previamente al alumno, padres de familia o tutores del

caso para que de considerarlo conveniente presente su objeción, tras de lo cual

el mismo Consejo tomará la determinación que corresponda comunicándola a su

superior jerárquico que es la Inspección Escolar de la Zona.

Además de lo señalado por estas disposiciones, los casos en que por su

conducta llegarán los alumnos a causar baja definitiva del plantel son los

siguientes:

a) Cuando se sorprenda al alumno fumando, inhalando, ingiriendo, inyectando o

proporcionándole a cualquier otro alumno drogas o cualquier clase de

productos que sean nocivos para la salud, ya sea dentro de las instalaciones

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del plantel escolar así como en los alrededores de la misma, o bien en el lugar

que ha sido destinado para la práctica de actividades extra escolares.

b) En el caso de que se sorprenda al alumno portando dentro del plantel o en el

lugar en que se desarrollen actividades extra escolares, cualquier tipo de

armas o instrumentos que pongan en riesgo la integridad física del mismo

alumno, de sus compañeros o del personal de la Institución.

c) Que se le compruebe al alumno su participación en cualquier robo que haya

sido efectuado dentro de las instalaciones de la Institución, en sus alrededores

o bien en las actividades extra escolares a las que acudan los alumnos.

d) Que sea señalado con su probable responsabilidad penal en procesos de

averiguación previa o judiciales, con motivo de actos ilícitos en el edificio

escolar, sus alrededores o en el desarrollo de actividades extra escolares que

haya señalado la escuela.

e) Que se compruebe su participación en actos vandálicos que perjudiquen a la

institución escolar con pintas y/o grafitis, ya sea que se realicen en las

instalaciones del plantel o bien en cualquier otro inmueble.

f) Organizar y/o participar en juegos de azar dentro de las instalaciones del

plantel.

g) Falsificar documentos escolares ya sean de carácter administrativo interno u

oficial como son justificantes, calificaciones, exámenes, entre otros, o bien

participar en la sustracción no autorizada de los mismos.

h) Organizar y participar en la suspensión de clases o de cualquier otra actividad

escolar sin tener justificación alguna ni contar con la autorización

correspondiente.

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i) Agredir en forma verbal o física al personal docente, administrativo o de

Dirección de la Institución.

j) Cuando se le compruebe haber originado o participado en los daños

materiales que se lleguen a ocasionar en las propiedades o posesiones del

personal docente, administrativo o de Dirección de la Institución.

k) Ocasionar o participar en riña entre alumnos de la escuela que tenga lugar en

las instalaciones del plantel o en sus alrededores.

2. Causas de la baja definitiva de los alumnos por su situación académica:

a) Para el caso de que el alumno repruebe tres o más materias en el primer

semestre después de haber presentado el período de exámenes a título de

suficiencia; y en el caso de los semestres dos y tres si el alumno llegara a

reprobar cuatro o más materias incluyendo aquellas que son seriadas.

Para estos supuestos, los alumnos cuentan con dos opciones académicas de

regularización según corresponda, que son el recursar el semestre de lo que se

trate únicamente en las Escuelas Preparatorias por cooperación “Profr. J.

Natividad Sánchez” y “Lic. Antonio Rocha Cordero”, y la segunda es la

regularizarse en el período programado para exámenes a título de suficiencia.

b) Cuando el alumno acumule seis o más inasistencias consecutivas injustificadas

en el período escolar.

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VI. DE LOS CASOS EN QUE ES PROCEDENTE EL TRASLADO DE

ALUMNOS ENTRE DIFERENTES INSTITUCIONES DEL NIVEL

MEDIO SUPERIOR:

1. Cuando el traslado sea entre Instituciones del Sistema Educativo Estatal

Regular:

a) El alumno deberá contar con la constancia (proyecto) de que concluyó el

semestre inmediato anterior de la forma regular, al en que solicite su

cambio de Institución.

b) Que acredite no contar con adeudos de ninguna naturaleza o con

antecedentes graves de conducta en la Institución de procedencia.

c) Haber obtenido autorización, a través de un Memorándum, por parte de la

Inspección Escolar a la que se encuentra adscrita la Institución en que

solicita su ingreso.

2. Cuando el traslado sea entre alguna Institución externa hacia una Institución

del Sistema Educativo Estatal Regular:

a) El alumno deberá contar con la constancia (certificado parcial) que

acredite que concluyó de manera regular el o los semestres inmediatos

anteriores al en que solicite su cambio de Institución.

b) Presentar la documentación personal que le requiera la Institución a la que

solicita su ingreso, así como conocer y aceptar las presentes

disposiciones manifestándolo en el documento que para tal efecto se le

exhiba.

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c) Haber obtenido autorización, a través de un Memorándum, por parte de la

Inspección Escolar a la que se encuentra adscrita la Institución en que

solicita su ingreso.

Todos aquellos caso que no se encuentran previstos por las presentes disposiciones

serán resueltos por el Consejo Técnico de cada Institución, o bien, si la naturaleza

del asunto lo amerita por las Autoridades Educativas del Sistema Educativo Estatal

Regular, en los que se aplicarán los criterios señalados por la normatividad educativa

que rige el funcionamiento del Nivel Medio Superior.

San Luis Potosí, S.L.P., _____ de________ de 20____.

Vo.Bo.

_____________________________ Inspector de la Zona Escolar

(Nombre y Firma)

_____________________________ Director (a) de la Escuela

(Nombre y Firma)

Los abajo firmantes, padres de familia y alumno manifestamos que conocemos todas

y cada una de las disposiciones contenidas en el presente documento, las cuales

aceptamos y nos sujetamos a su cumplimiento y observación con el objeto de

obtener el servicio educativo del Nivel Medio Superior en la Escuela Preparatoria por

cooperación ________________.

Padre de Familia

_______________________ (Nombre y Firma)

Madre de Familia

________________________ (Nombre y Firma)

Alumno

__________________ (Nombre y Firma)

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4.- REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN DE LAS ESCUELAS

PREPARATORIAS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR

DISPOSICIONES GENERALES

1. Las Escuelas Preparatorias del Sistema Educativo Estatal Regular, se regirán

por los Planes y Programas que establezca la Universidad Autónoma de San

Luis Potosí, considerando las materias o actividades académicas

extracurriculares que determine el S.E.E.R. para el fortalecimiento académico

del nivel.

2. La Evaluación del Proceso Enseñanza-Aprendizaje en las escuelas del Nivel

Medio Superior, será y servirá para comprobar que sean cumplidos los

propósitos de los contenidos de los Planes y Programas de la Universidad

Autónoma de San Luis Potosí, con la finalidad de ver reflejados en los

alumnos los componentes básicos (Adquisición de conocimientos, desarrollo

de aptitudes y habilidades).

3. El Sistema Educativo Estatal Regular reconoce la evaluación por

competencias como el medio para la acreditación del proceso Enseñanza-

Aprendizaje en los cursos de escolaridad formal. La evaluación, los

procedimientos y requisitos de acreditación, serán precisados por este

Reglamento interno.

4. Deberá aplicarse examen de Diagnóstico Selección como un requisito de

ingreso a las Escuelas Preparatorias del nivel y los que determine la Dirección

General (PISA, ENLACE, CENEVAL, etc.).

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5. El Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R., deberá

determinar:

a) Las fechas y la forma en que se aplicarán los diferentes exámenes.

b) El número de exámenes parciales y su periodicidad.

c) Las actividades académicas cuyo cumplimiento mínimo sea necesario para

obtener calificación y en su caso, aprobar la materia.

6. El Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior será el responsable

de que se apliquen las demás disposiciones que al respecto dicte el Consejo

Técnico Consultivo del S.E.E.R.

CALIFICACIONES

1. Estas disposiciones están sustentadas en el Reglamento de Evaluación de la

Universidad Autónoma de San Luis Potosí, las calificaciones representarán

los resultados de los períodos de evaluación Ordinarios, Extraordinarios, a

Título de Suficiencia y Especiales; las calificaciones se expresarán del Uno al

Diez, en número entero, de la siguiente manera:

a) La calificación mínima aprobatoria será de seis.

b) En la calificación aprobatoria de punto cinco o menor, corresponderá al

número entero inmediato anterior y la calificación aprobatoria de punto seis o

mayor, corresponderá al número entero inmediato superior.

c) La calificación reprobatoria se expresará con número entero y los decimales

corresponderán al número inmediato anterior.

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d) El Docente responsable de asignar la calificación, deberá informar en el plazo

que establezca la Institución.

e) El registro de las calificaciones o sus rectificaciones por error o revisión, será

responsabilidad del Docente; sin embargo, dichos cambios deberán ser

notificados al Asesor, el cual deberá informar al Subdirector y después de

haber analizado la situación, solicitará la autorización al Director de la

Institución.

2. La evaluación deberá apegarse a los contenidos programáticos, los exámenes

escritos deberán fomentar el razonamiento lógico, sin que a la aplicación de

éstos existan alumnos exentos en alguna de las materias que forman el mapa

curricular.

EXÁMENES ORDINARIOS

a) Cada materia deberá ser evaluada en cuatro momentos, en el marco de la

evaluación por competencias los exámenes correspondientes se aplicarán en

las fechas señaladas en el planificador del nivel, y versarán sobre los temas

tratados en el período.

b) Las actividades académicas complementarias requeridas por el Docente, las

tareas y trabajos de investigación, representan un porcentaje en la evaluación

de cada período.

c) El proceso de evaluación en cada período deberá apegarse al enfoque por

competencias, contemplando conocimientos (prueba escrita), habilidades

(productos) y actitudes (guía de observación), ninguno de estos aspectos

deberá representar más del 50% de la calificación y la evaluación no

dependerá de un solo instrumento.

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d) Los exámenes serán escritos y contendrán un mínimo de 40 reactivos.

e) Los exámenes ordinarios serán aplicados por el profesor de la materia.

En estos tipos de examen, el docente respectivo podrá ser sustituido cuando

no pueda asistir por causa de fuerza mayor, por un profesor de la misma

materia que será autorizado por el Director de la Institución.

f) Los exámenes deberán contener por lo menos tres tipos de reactivos.

g) Para tener derecho a presentar la evaluación de cada período el alumno

deberá cumplir con los siguientes requisitos:

I. Ser alumno inscrito y haber cursado la materia durante el periodo.

II. Acreditar una asistencia mínima del 80% a clases de acuerdo a las

disposiciones internas para los alumnos.

h) Los alumnos que obtengan una NP (No Presentó) en alguno de los periodos

de cualquier materia, deberán presentar examen a Título de Suficiencia para

acreditarla, aún cuando obtengan 24 puntos o más en la suma de los

períodos.

i) Para asignar la calificación final, se deberán promediar los resultados de las

cuatro calificaciones de período.

j) Todo alumno que obtenga 24 puntos o más en la suma de los cuatro

períodos, será aprobado.

k) El docente que presente un porcentaje de reprobación mayor al 50% del total

del grupo, tendrá la obligación de regularizar a los alumnos no acreditados, en

el mismo periodo de evaluación, presentando previamente la estrategia a la

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71

Dirección del plantel para su autorización, la implementación de esta no

implicará una gratificación adicional para el docente.

EXÁMENES A EXTRAORDINARIO

a) El alumno que no acredite en el promedio final de los cuatro períodos en una

materia, podrá presentar un examen a Extraordinario, el cual se realizará

dentro del período señalado en el planificador del nivel, versará sobre los

temas tratados en el curso y formará parte de la evaluación que obtenga el

alumno.

b) El examen a Extraordinario será aplicado por el Titular de la materia, en el

caso de presentar un alto índice de reprobación podrá ser sustituido por otro

Docente que tenga el perfil académico, nombrado por el Director de la

Institución.

c) Tendrán derecho al examen a Extraordinario los alumnos que cumplan con los

siguientes requisitos:

I. Haber asistido al curso de la materia, y acreditar cuando menos un 80%

de asistencia.

II. Quienes hayan reunido a la suma de las cuatro evaluaciones de

período, de 20 a 23 puntos.

EXÁMENES A TÍTULO DE SUFICIENCIA

a) Cada materia podrá ser evaluada con un examen a Título de suficiencia, se

aplicará en las fechas establecidas en el planificador del nivel y versará sobre

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los contenidos tratados en el curso. El examen formará parte de la evaluación

que obtenga el alumno.

b) El examen a Título de suficiencia deberá ser aplicado por los Docentes que

determine la Dirección del Plantel.

c) Tendrán derecho a presentar examen a Título de suficiencia los alumnos que

se encuentren en alguno de los siguientes casos:

I. Reprobar la evaluación a Extraordinario.

II. Obtener un NP (No Presentó) en el periodo de exámenes a

Extraordinario.

III. Obtener una puntuación menor a 20 puntos a la suma de los cuatro

periodos de evaluación.

IV. Obtener un NP (No Presentó) en los exámenes de período.

En todos los casos anteriores el alumno deberá acreditar un 80% de asistencias en

el curso.

EXÁMENES ESPECIALES DE REVALIDACIÓN Y/O

CONVALIDACIÓN

a) El interesado deberá presentar original del certificado parcial de materias de la

Institución de procedencia al Inspector de zona.

b) El Inspector presentará los documentos al Jefe del Depto. de Control Escolar

para que éste dictamine las materias a convalidar y/o revalidar, así como el

semestre en que debe incorporarse.

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c) Conforme al Acuerdo del Consejo Técnico Consultivo, el Inspector designará

las Instituciones donde el alumno se inscribirá, en el entendido de que

únicamente se considera las Escuelas Prof. J. Natividad Sánchez, Lic. Antonio

Rocha Cordero y Rafael Nieto Compeán, por medio de oficio indicando las

materias que deberá cursar y presentar en periodo de exámenes a Título de

Suficiencia (especiales de revalidación).

d) El alumno deberá asistir a clases en las materias y grupos asignados por el

Director del plantel, debiendo cubrir como mínimo el 80% de asistencia del

período que comprenda el examen.

e) Los créditos de los solicitantes a revalidación y/o convalidación de materias,

serán considerados únicamente hasta el semestre asignado por el

Departamento de Control Escolar.

f) El alumno deberá tener como mínimo cinco materias equivalentes a nuestro

plan de estudios, para dar por cursado el semestre respectivo y ser inscrito en

el semestre siguiente.

g) El alumno, después de cursar las materias, tendrá dos oportunidades de

exámenes a Título de Suficiencia Especial para acreditar las materias

indicadas.

SEMESTRE I Y III

1er. Examen Especial: Se realizará en la segunda semana del mes de

noviembre, con un costo que será determinado por el Consejo Técnico

Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R.

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2do.Examen Especial: Se realizará en la primera semana del mes de

febrero, con un costo que será determinado por el Consejo Técnico

Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R.

SEMESTRE II Y IV

1er. Examen Especial: Se realizará en la segunda semana del mes de

mayo de acuerdo al planificador, con un costo que será determinado por el

Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R.

2do. Examen Especial: Se realizará en la primera semana del mes de

junio de acuerdo al planificador, con un costo que será determinado por el

Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior del S.E.E.R.

h) La fecha de RIEE de Títulos Especiales, será el día hábil siguiente al término

de los mismos.

i) El Director nombrará Presidentes y Secretarios responsables para la

elaboración y aplicación de los exámenes a Título de Suficiencia Especiales, y

los resultados se asentarán en el documento correspondiente (planta de

sustentantes).

EXÁMENES PARA LOS ALUMNOS QUE RECURSAN SEMESTRE

a) Si después de presentar los exámenes a Título de Suficiencia el alumno

causa baja por el número de materias no acreditadas, podrá recursar el

semestre en las Escuelas Preparatorias “Prof. J. Natividad Sánchez” y

“Lic. Antonio Rocha Cordero” o regularizarse en período programado para

Exámenes a Título de Suficiencia.

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b) El alumno que recurse algún semestre deberá asistir a todas las clases,

con la observación de que solo se asentarán las calificaciones que

obtenga en las materias pendientes de acreditar. El alumno y el padre de

familia firmarán un documento de consentimiento.

c) Al término del semestre, la Institución registrará las calificaciones

aprobatorias que aparecen en el antecedente (proyecto o certificado

parcial), completando las materias restantes como se indica en el inciso

anterior.

d) Todo alumno que recurse el semestre, tendrá las obligaciones y derechos

que establece en su normatividad la Dirección General del S.E.E.R.

TRANSITORIOS:

a) Los casos no previstos en el presente reglamento, serán puestos a

consideración del Consejo Técnico Consultivo del Nivel Medio Superior.

5. DISPOSICIONES PARA LA EVALUACIÓN DE LAS

MATERIAS DE FORTALECIMIENTO DE LA FORMACIÓN

INTEGRAL

PRESENTACIÓN

El Bachillerato General Universitario, tiene como uno de sus propósitos

fundamentales, el de promover en los alumnos un desarrollo integral, es decir,

procura desarrollar tanto las capacidades intelectuales, físicas y afectivas.

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Por lo que estableció en la estructura del plan de estudios, componentes a partir de

los cuales sea posible incorporar actividades esenciales para la formación integral

del estudiante y que no necesariamente requieren ser desarrolladas como una

actividad académica, es importante considerar aquellos que promuevan los aspectos

intelectuales, socio afectivos y psicosociales, que le preparan para el constante

aprendizaje en su vida cotidiana.

Estas actividades no deberán estar separadas del grupo de materias académicas,

sino que deberán relacionarse con sus contenidos, con la finalidad de potenciar de

una manera completa el propósito del desarrollo integral de los estudiantes.

Es así que se pretende que a través de la formación integral se fortalezca una

personalidad, que se exprese en actitudes individuales y sociales de superación tales

como: responsabilidad, disciplina, honestidad, respeto por los demás, autoestima,

creatividad e iniciativa; el interés por la cultura física y la práctica del deporte, para

que mantenga un estado de salud y disciplina corporal de acuerdo a su etapa

psicobiológica; introduzca al estudiante en la riqueza de las experiencias que

conlleva cualquier manifestación del arte y de la cultura, además de una adecuada

orientación educativa, que promueva una consciente y comprometida definición

vocacional.

Para lograr lo anterior, se ha implementado a partir del Plan Curricular 2007 del

Bachillerato General Universitario, el Componente de Fortalecimiento de la

Formación Integral, integrado por cuatro grupos de actividades, las cuales tienen la

característica de ser propuestas pertinentes al entorno y al contexto que enfrentan

día a día los estudiantes de bachillerato:

a) Orientación (tres horas por semana, seis créditos por semestre)

b) Salud y Deporte (ocho créditos)

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c) Cultura (ocho créditos)

d) Tutorías

COMPONENTE DE SALUD Y DEPORTE

CONTEXTO NORMATIVO

La Ley General de Educación, en su artículo 7°, establece que entre otros fines, la

educación deberá:

I.- “Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente

sus capacidades humanas.”

IX. “Estimular la educación física y la práctica del deporte.”

En el artículo 8° de esta misma ley se determina que la educación:

III.- “Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que

aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio por la dignidad

de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la

sociedad cuanto por el cuidado que se ponga a sustentar los ideales de

fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres…”

El artículo 14° que corresponde a las autoridades educativas federales y locales,

refiere lo siguiente:

IX. “Fomentar y difundir las actividades artísticas, culturales y físico-deportivas

en todas sus manifestaciones.”

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En el documento Perspectivas para el Futuro de la Universidad Autónoma de

San Luis Potosí, se señala en la línea de trabajo número siete, “fortalecer la

construcción de una comunidad escolar sana, alegre, activa y diversa, que de

vitalidad y energía a nuestro quehacer institucional, por lo que propone incrementar

la participación de los alumnos en los programas deportivos y de atención a la salud

con el propósito de que estén conscientes de la importancia del cuidado y la

responsabilidad hacia su propio cuerpo, así como abrir los espacios para canalizar

otras inquietudes y energías estudiantiles, tales como la expresión artística, social y

humanística.”

A manera de conclusión y recuperando la idea básica de todas las disposiciones, se

puede citar que la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte de la

UNESCO, afirma que la educación física y el deporte deben reforzar su acción

formativa y favorecer los valores humanos fundamentales que sirven de base al

pleno desarrollo de los pueblos.

CARACTERIZACIÓN

El plan curricular del Bachillerato General Universitario, en el componente de

fortalecimiento de la formación integral, define que, las actividades deportivas y

recreativas promueven la integración de habilidades, hábitos, actitudes y valores que

se reflejan en el desarrollo de los aspectos físico, social y psicológico del estudiante.

La importancia de las actividades deportivas y recreativas, desde la perspectiva de la

formación integral, radica en la posibilidad de que éstas trasciendan al tiempo libre

con categoría de hábito formativo y saludable, que logrará en el estudiante un

equilibrio entre los valores adquiridos y su participación social que repercute no sólo

en el ámbito deportivo, sino que lo proyecte como un ser creativo y con capacidad de

adaptarse a su medio circundante.

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La práctica del deporte y la promoción de la cultura de la salud, se consideran de alto

valor formativo ya que trae consigo una influencia positiva en algunos aspectos, tales

como:

o Adaptación: que se expresa en los cambios benéficos que el organismo

presenta para enfrentarse a las exigencias del medio. Se entiende como una

aceptación por parte del individuo de las demandas de su contexto, así como

las relaciones personales con los otros, sin fricciones o conflictos.

o Ascendencia social: consiste en la influencia que ejerce un individuo sobre

otros en virtud de su actitud personal. Para que un sujeto pueda adquirirla, es

necesario que cuente con ciertas características como vitalidad, valor moral,

capacidad intelectual, habilidades técnicas, etc.

o Extroversión: se manifiesta cuando un individuo se muestra abierto, dispuesto

a la convivencia, confiado en sí mismo y con la capacidad de establecer una

relación adecuada con las demás personas.

OBJETIVO GENERAL

Promover en los estudiantes la cultura de la salud, la actividad física y el deporte

como un elemento que le admitirá poseer habilidades y destrezas que le permitan

mantener su cuerpo sano y el desarrollo de aspectos físico, social y psicológico.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

o Propiciar en el estudiante la práctica de actividades que le permitan mantener

un estado físico y psicológico, así como la formación de hábitos, actitudes,

habilidades y valores.

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o Fortalecer el desarrollo psicomotor y funcional del bachiller mediante la

ejercitación de habilidades físicas complejas, con el fin de lograr un equilibrio

entre las esferas intelectual, ética, afectiva y motora.

o Promover a través del deporte y la recreación, la manifestación de actitudes

apropiadas, que coadyuven a la sana convivencia y a una mejor integración

social. Dichas actitudes pueden ser el espíritu de superación, la solidaridad, la

cooperación y el trabajo en equipo.

o Impulsar en la comunidad estudiantil la responsabilidad individual y social

referente a la salud, que facilite la conformación de estilos de vida saludables

que eleven su calidad de vida, a través de la educación preventiva.

OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE LA SALUD Y DEPORTE

La realización de actividades de salud y deporte se sustentarán en las siguientes

fases:

I.- PLANEACIÓN

Diseñar la instrumentación de las actividades de salud y deporte, considerando los

siguientes aspectos:

o Tomar en cuenta las características, los intereses y las necesidades del

adolescente para la programación de actividades.

o Ofrecer, de acuerdo a los recursos y condiciones de la preparatoria, diversas

opciones a los alumnos para la práctica de algún deporte.

o Promover en cada semestre la participación de los estudiantes en las

actividades deportivas y de salud que programe la preparatoria.

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o Promover la participación de los estudiantes en torneos deportivos internos,

externos e inter prepas.

o Programar y promover la participación de los estudiantes en conferencias,

pláticas, foros, talleres, etc. en el área de la salud.

o Establecer estrategias que incrementen la participación de los alumnos en

estas actividades.

II.- DESARROLLO

El desarrollo de las actividades de salud y deporte deberán tener en cuenta los

siguientes rubros:

o Proporcionar los recursos materiales necesarios para el ejercicio de las

actividades deportivas, de acuerdo a las condiciones de la preparatoria.

o Formar en lo posible selecciones deportivas representativas de la

preparatoria.

o Programar torneos internos deportivos con fines recreativos (futbol, voleibol,

básquetbol, ajedrez, etc.).

o Programar actividades que fomenten la cultura del auto cuidado.

o Programar conferencias y talleres a través de invitados externos en los temas

de sexualidad, adicciones y nutrición, entre otros.

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o Promover la participación de los estudiantes en las fechas nacionales o

internacionales que fomenten la salud (Día nacional de no fumar, día mundial

del sida, día nacional contra el sida, etc.).

o Realizar actividades apoyadas por los principios de individualización y

socialización para ofrecer al estudiante oportunidades para descubrir sus

aptitudes y establecer contacto con el medio social y natural.

III.- ACREDITACIÓN

Para la acreditación de este componente, se deberá cumplir con lo siguiente:

El alumno deberá reunir para la acreditación de esta área de 50 a 60 puntos por

semestre, los cuales podrá obtener:

a) Mediante la participación en los equipos deportivos representativos, lo cual

equivale a 30 puntos como máximo, la asignación de los 30 puntos

restantes le corresponderá a las conferencias, pláticas, foros o torneos y

demás actividades que en este mismo componente sean programadas.

b) En caso de que el alumno no pertenezca a algún equipo deportivo

representativo podrá acreditar el componente asistiendo al menos a cinco

conferencias, pláticas o foros y demás actividades que en este

componente sean programadas y promovidas durante el semestre.

c) Los alumnos que no acrediten este componente deben asistir al curso de

recuperación de actividades con una duración de 15 horas semanales, el

Coordinador Deportivo será quien supervise dicho curso, la Dirección

nombrará al profesor responsable que lo llevará a cabo en el período

establecido para los exámenes de regularización de acuerdo al

planificador.

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La preparatoria debe contar con un responsable para la programación de actividades

de este componente durante el semestre, quien llevará el control y registro de la

participación en las actividades por parte de los alumnos.

El control de este componente se llevará por semestre a través de un tarjetón por

estudiante, en donde al final del semestre se debe contar una suma de puntos que

represente el 100% del porcentaje establecido.

IV.- EVALUACIÓN

Es importante señalar que las actividades de este componente son obligatorias por

su carácter formativo, en el resultado final deberá aparecer como “Acreditado (A)” o

“No acreditado (NA)”.

Al concluir el bachillerato el estudiante deberá cumplir con el puntaje requerido en

cada semestre.

COMPONENTE DE

FORTALECIMIENTO DE LA

FORMACIÓN INTEGRAL

HORAS / SEMANA

CRÉDITOS

Componente de Salud y

Deporte.

(U.A.S.L.P.)

2

6

Las 2 horas/semana se llevarán a cabo de la siguiente manera:

o 1 sesión teórica

o 1 sesión práctica (todos los alumnos invariablemente deberán estar

participando de la actividad física)

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COMPONENTE DE CULTURA

CONTEXTO NORMATIVO

En el Artículo 3º Constitucional, se establece que “La educación que imparta el

Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser

humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la

solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”. Además señala que “el

estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativas - incluyendo

la educación superior- necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la

investigación científica y tecnológica y alentará el fortalecimiento y difusión de

nuestra cultura”.

En la Ley General de Educación en su Art. 2º, señala que “la educación es medio

fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura…” su Art. 7º, estipula que

“la educación que imparta el estado, sus organismos descentralizados y los

particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios

tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del Art. 3º de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

(…) I. Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza

plenamente sus capacidades humanas.

(…) III. Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio

por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales, así como la

valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas

regiones del país.

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(…) VIII. Impulsar la creación artística y propiciar la adquisición, el

enriquecimiento y la difusión de los bienes y valores de la cultura universal,

en especial de aquellos que constituyen el patrimonio cultural de la Nación”.

En el documento Perspectivas para el Futuro de la Universidad Autónoma de

San Luis Potosí, se señala como línea de trabajo número siete, “fortalecer la

construcción de una comunidad escolar sana, alegre, activa y diversa, que de

vitalidad y energía a nuestro quehacer institucional, por lo que propone incrementar

la participación de los alumnos en los programas deportivos y de atención a la salud

con el propósito de que estén conscientes de la importancia del cuidado y la

responsabilidad hacia su propio cuerpo, así como abrir los espacios para

canalizar otras inquietudes y energías estudiantiles, tales como la expresión

artística, social y humanística.”

Lo anterior, conforma el marco que fundamenta y justifica la inserción de actividades

artísticas y culturales, como parte del currículum del Bachillerato General

Universitario a partir 2007.

CARACTERIZACIÓN

En la Educación Media Superior, la difusión cultural ha sido tradicionalmente un

elemento de enriquecimiento y equilibrio en la formación educativa y se considera

que: “El completo desarrollo de las facultades humanas será posible en la medida en

que se imparta una educación de carácter integral. Solo por esta vía el educando

podrá alcanzar una comprensión más profunda de su entorno social, de la

idiosincrasia de los distintos grupos y comunidades y de las manifestaciones de la

cultura nacional y universal, al ofrecerle una formación cultural adecuada en cada

una de las etapas del proceso educativo.”

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Introducir al estudiante en la riqueza de las experiencias que conlleva cualquier

manifestación del arte y de la cultura, significa despertar su sensibilidad, no sólo

hacia este tipo de experiencias, sino también a aquellos aspectos que conforman su

mundo interior y su mundo social, ya que la cultura y el arte constituyen la

representación de los rasgos y aspiraciones distintivos de una sociedad.

La educación artística se caracteriza por ser un eje fundamental en la formación

integral de los estudiantes por el valor intrínseco que tiene el conocimiento de las

formas en que se expresa el arte, como son: el teatro, la danza, la música, la pintura,

la escultura, el cine y las artes gráficas, entre otras, además permite fomentar en

ellos la capacidad creativa. Por ello, este conocimiento y el desarrollo de estas

habilidades, promueven la formación de jóvenes sensibles a los valores estéticos,

con una visión del mundo enriquecida, a la vez que se posibilita una preparación

para asimilar y apreciar diversas expresiones culturales y artísticas.

En este sentido, las actividades artísticas se abocan al desarrollo de habilidades, que

permiten a los estudiantes expresar sus emociones, sentimientos y pensamientos,

por medio de su participación en talleres diversos tales como: teatro, música, danza,

pintura, escultura, alfarería, fotografía, rondallas y coros, entre otros.

Las dimensiones fundamentales de estas actividades son:

Cognoscitiva: proporciona el conocimiento de materiales, técnicas y procedimientos

para plasmar aquello que se desea expresar; fortalece además, la conciencia de su

identidad nacional y de las tradiciones culturales.

Comunicativa: mejora sus posibilidades para interactuar con sus semejantes.

Lúdico-expresiva: contribuye a que se exterioricen las emociones, a partir del

desarrollo de sus potencialidades y el libre juego que involucra el trabajo artístico.

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Estética: proporciona elementos teóricos para la apreciación del valor estético de las

obras de arte y la recreación a través de las mismas.

La difusión cultural promueve el acercamiento de los estudiantes a las diversas

manifestaciones que derivan del arte, la ciencia, la tecnología y la historia, dicha

promoción puede hacerse a través de exposiciones, conferencias, cursos, periódicos,

murales, boletines o folletos informativos, cineclubes, teleclubes, etc.

Es así como, por medio de la difusión, se rescatan las tradiciones culturales de las

diversas regiones del país y se fortalece la formación integral del estudiante.

OBJETIVO GENERAL

Promover en los alumnos los elementos básicos de las artes, así como los espacios

para la apreciación, expresión y creatividad de éstas, mediante talleres,

exposiciones, funciones y conciertos, que tengan la intención de enriquecer su

espíritu, permitir la expresión de sus ideas y puntos de vista acerca del mundo y de la

vida, fomentar la capacidad creativa y desarrollar habilidades que permitan a los

estudiantes expresar sus emociones, sentimientos y pensamientos.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

o Favorecer en el estudiante la práctica consciente y constante de actividades

artísticas y culturales, que le permitan mantener un estado físico y mental

saludable y que a la vez le posibiliten una adecuada utilización del tiempo

libre.

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o Promover, a través de las actividades planeadas, la cultura y la soberanía

nacional, para fortalecer así la identidad del pueblo mexicano, sin menoscabo

de la difusión de la cultura universal.

o Fomentar el arraigo a la comunidad a través del conocimiento y valoración de

la cultura, mediante el desarrollo de acciones que permitan al estudiante

identificarse con ella.

OPERACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y CULTURALES

La realización de actividades artísticas y culturales se sustentará en las siguientes

fases:

I.- PLANEACIÓN

Elaboración del programa de actividades que se realizarán en el ciclo escolar. Se

sugiere incluir lo siguiente:

o Organizar eventos como exposiciones o exhibiciones internas y externas

dirigidas a la comunidad en general.

o Promover la vinculación con instituciones que puedan brindar apoyos para el

desarrollo de estas actividades.

o Relacionar, en la medida de lo posible, las actividades artísticas y culturales

con materias del plan de estudios (Filosofía, Literatura, Historia, etc.).

o Rescatar las tradiciones de la comunidad, a través de los programas y

acciones de difusión cultural, a fin de fortalecer el arraigo con su cultura.

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o Programar y promover actividades internas y externas por semestre, tales

como conferencias, exposiciones, pláticas, foros, conciertos, recitales o

funciones de teatro.

II.- DESARROLLO

Para llevar a cabo la planeación es necesario considerar los siguientes aspectos:

o Incluir el mayor número de eventos de difusión cultural y talleres de educación

artística, de acuerdo a las posibilidades de la institución.

o Promover durante el semestre la participación de los estudiantes en las

actividades tanto artísticas como culturales, mediante campañas de difusión.

o Propiciar la formación de un grupo representativo o participación individual de

la escuela en las actividades artísticas.

o Programar y exhibir el producto final de cada actividad artística o cultural, para

destacar el trabajo desarrollado y difundir el talento estudiantil.

o Promover intercambios con otras instituciones educativas o culturales.

o Promover la participación de estudiantes en concursos de expresiones

artísticas y culturales (declamación, oratoria, canto etc.) que se organicen de

manera interna, local y regional.

III.- ACREDITACIÓN

Para la acreditación de este componente, se deberá cumplir con lo siguiente:

El alumno deberá reunir para la acreditación de esta área de 50 a 60 puntos por

semestre, los cuales podrá obtener:

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a) Mediante la participación en los grupos o talleres de actividades artísticas,

que equivale a 30 puntos como máximo.

b) A través de la asistencia a por lo menos cinco conferencias, concursos,

exposiciones, pláticas, foros, conciertos, recitales o funciones de teatro y

demás actividades que en este componente sean programadas y

promovidas durante el semestre, lo cual representará los 30 puntos

restantes.

c) Los alumnos que no acrediten este componente deben asistir al curso de

recuperación de actividades con una duración de 15 horas semanales, el

Coordinador Deportivo será quien supervise dicho curso, la Dirección

nombrará al profesor responsable que lo llevará a cabo en el período

establecido para los exámenes a regularización de acuerdo al planificador.

La preparatoria debe contar con un responsable para la programación de actividades

de este componente durante el semestre, quien llevará el control y registro de la

participación en las actividades por parte de los alumnos.

El control de este componente se llevará por semestre a través de un tarjetón por

estudiante, en donde al final del semestre se debe contar una suma de puntos que

represente el 100% del porcentaje establecido.

IV.- EVALUACIÓN

Es importante señalar que las actividades de este componente son obligatorias por

su carácter formativo, el resultado final deberá aparecer como “Acreditado (A)” o

“No acreditado (NA)”.

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Al concluir el bachillerato el estudiante deberá cumplir con el puntaje requerido en

cada semestre.

COMPONENTE DE

FORTALECIMIENTO DE LA

FORMACIÓN INTEGRAL

HORAS / SEMANA

CRÉDITOS

Componente de Cultura.

(U.A.S.L.P.)

2

6

Las 2 horas/semana se llevarán a cabo de la siguiente manera:

o 1 sesión teórica

o 1 sesión práctica (todos los alumnos invariablemente deberán estar

participando de la actividad artística)

DESARROLLO DE HABILIDADES DEL PENSAMIENTO

JUSTIFICACIÓN

El objetivo del programa es desarrollar habilidades que propicien un aprendizaje

perdurable, significativo y de mayor aplicabilidad en la toma de decisiones y en la

solución de problemas, procesando información que repercuta en el desarrollo de

esquemas que faciliten el almacenamiento, la recuperación y el uso apropiado de los

conocimientos.

Pensar es un proceso dirigido que permite resolver problemas, en otras palabras,

pensar es lo que pasa en la mente de un sujeto cuando resuelve un problema, esto

es, la actividad que mueve al individuo (o trata de moverlo) a través de una serie de

etapas o pasos de un estado dado a uno deseado.

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Las habilidades de pensamiento constituyen hoy en día una de las prioridades y

retos de la educación en el contexto de un mundo en constante cambio, que

demanda actualización profesional permanente y en donde es necesario formar a los

estudiantes en los conocimientos, habilidades y actitudes necesarios para lograr un

pensamiento lógico, crítico y creativo que propicie la adquisición y generación de

nuevos conocimientos, la resolución de problemas y una actitud de aprendizaje

continuo que permita la autoformación a lo largo de toda la vida.

Las competencias para el desarrollo de las habilidades de pensamiento encuentran

su justificación como una experiencia de aprendizaje que pretende hacer conciencia

en los estudiantes de la importancia de desarrollar habilidades de pensamiento

crítico y creativo a lo largo de su trayectoria escolar, lo que implica que cada

estudiante ha de contribuir a tal fin utilizando sus habilidades de pensamiento en

cada una de las experiencias educativas que cursa y haciendo transferencia a la vida

cotidiana, personal y posteriormente, profesional.

ACREDITACIÓN

Para la acreditación de esta materia, se deberá cumplir con lo siguiente:

El alumno deberá obtener de 50 a 60 puntos por semestre, para lograrlo se

requiere:

o Presentar evaluaciones en el marco de trabajo por competencias, en cada

periodo y según la planeación de la Academia.

o Asistir y participar en las actividades estipuladas en horario de clase y extra-

clase.

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o Participar en forma activa, mostrando una actitud responsable y positiva así

como disponibilidad en la realización de dichas actividades, ya sea individual

o colaborativamente.

o Los alumnos irregulares aprobarán la asignatura presentando el 100% de las

actividades en el cuaderno de trabajo así como Examen a extraordinario o a

Titulo de Suficiencia según corresponda.

El control de la materia se realizara a través de un tarjetón por estudiante, en donde

al final del semestre se deberá contar con el puntaje establecido.

EVALUACIÓN

Es importante señalar que las actividades de esta materia son obligatorias por su

carácter formativo, en el resultado final deberá aparecer como “Acreditado (A)” o

“No acreditado (NA)”.

Al concluir el bachillerato el estudiante deberá de cumplir con el puntaje requerido de

cada semestre.

COMPONENTE DE

FORTALECIMIENTO DE LA

FORMACIÓN INTEGRAL

HORAS / SEMANA

Desarrollo de Habilidades del

Pensamiento.

(S.E.E.R.)

2

-

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BIBLIOGRAFÍA

1.- .- DE SANCHEZ, Margarita A., Desarrollo de Habilidades Del Pensamiento,

Procesos Básicos del Pensamiento, Cuaderno del Alumno, Editorial Trillas, México.

2.- DE SANCHEZ, Margarita A., Desarrollo de Habilidades Del Pensamiento,

Procesos Básicos del Pensamiento, Guía del Instructor, Editorial Trillas, México.

3.- DE SANCHEZ, Margarita A., Desarrollo de Habilidades Del Pensamiento,

Razonamiento Verbal y Solución de Problemas, Cuaderno del Alumno, Editorial

Trillas, México.

4.- DE SANCHEZ, Margarita A., Desarrollo de Habilidades Del Pensamiento,

Razonamiento Verbal y Solución de Problemas, Guía del Instructor, Editorial Trillas,

México.

5.- Universidad Autónoma de San Luis Potosí, División de Servicios Escolares y

Estudiantiles, Componente de Fortalecimiento de la Formación integral de

Estudiante, Componente Salud y el Deporte, Junio 2007.

6.- Universidad Autónoma de San Luis Potosí, División de Servicios Escolares y

Estudiantiles, Componente de Fortalecimiento de la Formación integral de

Estudiante, Componente de Cultura, Junio 2007.

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6.- TIENDA ESCOLAR Dentro de las instituciones educativas del Nivel Medio Superior serán creados

espacios físicos denominados “tiendas escolares” en los que existirá la posibilidad de

ofrecer a los estudiantes alimentos y bebidas saludables al interior de la escuela.

En el presente documento se establecen los Lineamientos que rigen la constitución y

funcionamiento de las tiendas escolares en las escuelas preparatorias por

cooperación. (Anexo 4).

Es necesario coordinar esfuerzos en beneficio de la salud de los educandos para

incrementar su calidad de vida y evitar enfermedades degenerativas y crónicas que

sean consecuencia de los inadecuados hábitos de alimentación que se relacionan

con el sobrepeso, obesidad y/o trastornos alimenticios como una problemática de

salud pública que afecta a toda sociedad.

7.- UNIFORME ESCOLAR.

A través de la historia el S.E.E.R. se ha caracterizado en sus niveles educativos en

proporcionar a los alumnos una formación integral que abarque conocimientos,

saberes, haceres, disciplina, valores y hábitos que fortalezcan sus proyectos de vida.

Es así que con el objeto de propiciar y fortalecer el sentido de pertenencia en el Nivel

Medio Superior perteneciente al Sistema Educativo Estatal Regular, resulta

necesario el establecer un código de vestimenta para los alumnos a través del cual

se identifiquen con su plantel escolar.

Por lo anteriormente señalado, la Dirección General del S.E.E.R. establecerá los

términos y modalidades para el uso de uniformes escolares del nivel educativo en

mención, a través de la circular vigente en el ciclo escolar de que se trate.

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8.- SANCIONES.

1. El incumplimiento a cualquiera de los puntos establecidos en el documento

denominado Disposiciones y Lineamientos del Nivel Medio Superior del Sistema

Educativo Estatal Regular, será sancionado de acuerdo a la Ley de Servidores

Públicos al Servicio del Estado.

2. Los casos no previstos así como la duda sobre la interpretación y cumplimiento de

los preceptos y contenidos en este ordenamiento, serán resueltos por la Dirección

General del Sistema Educativo Estatal Regular.

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ANEXO 1

FORMATO PARA REGISTRO DE CALIFICACIONES DE LAS

MATERIAS DE FORTALECIMIENTO

FRENTE

SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR

DIRECCIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS

NIVEL MEDIO SUPERIOR

ESCUELA PREPARATORIA

" __________________________ "

Tarjetón de las Materias del Componente de

Fortalecimiento de la Formación Integral

Nombre del Alumno:_________________________________________________________________

Semestre:_______________ Grupo:___________________ Ciclo Escolar:_______________

COMPONENTE COMPONENTE COMPONENTE COMPONENTE RESULTADO

DE DE DE DE FINAL

CULTURA CULTURA CULTURA CULTURA

PUNTOS PUNTOS PUNTOS PUNTOS

COMPONENTE COMPONENTE COMPONENTE COMPONENTE RESULTADO

DE SALUD DE SALUD DE SALUD DE SALUD FINAL

Y DEPORTE Y DEPORTE Y DEPORTE Y DEPORTE

PUNTOS PUNTOS PUNTOS PUNTOS

ESCUDO

PREPARATORIA

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REVERSO

HABILIDADES HABILIDADES HABILIDADES HABILIDADES RESULTADO

DEL DEL DEL DEL FINAL

PENSAMIENTO PENSAMIENTO PENSAMIENTO PENSAMIENTO

PUNTOS PUNTOS PUNTOS PUNTOS

PERIODOS FIRMA DEL PADRE O TUTOR OBSERVACIONES

PRIMERO

SEGUNDO

TERCERO

CUARTO

DIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN SUBDIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN

______________________________ ______________________________

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ANEXO 2

CATALOGO DE PUESTOS

Director

Subdirector

Maestro de Planta

Coordinador Deportivo

Docente Frente a Grupo

Oficial Administrativo

Oficial de Mantenimiento

Velador

Velador RC

Contador

Programador

Responsable de Mantenimiento del Equipo de Computo

Administrativo RC (Recursos por cooperación)

Intendente RC (Recursos por cooperación)

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Entrenador Actividades Deportivas: Basquetbol, Futbol, Voleibol, Atletismo,

Beisbol, (Ramas Varonil y Femenil).

Instructor (Actividades Artísticas y Culturales: Banda de Guerra, Declamación,

Danza, Escolta, Himno Nacional, Música, Poesía Coral, Oratoria, Ajedrez).

Responsable de prácticas de (laboratorio de Física, laboratorio de Química

laboratorio de Biología e Informática).

Responsable de Tutorías

Docente Tutor

Psicólogo

Bibliotecario

NOTA: Todo puesto y función que se describa en nóminas, oficios, proyectos,

informes, etc. deberá apegarse a este catálogo.

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ANEXO 3

RECURSOS POR COOPERACION

3.1 GRATIFICACION SOCIAL

Docente $ 72.60 Hr./clase

Responsable de Taller Académico $ 72.60 Hr./clase

Entrenador e Instructor $ 72.60 Hr./clase

Psicólogo $ 72.60 Hr./clase

Responsable de Practicas $ 72.60 Hr./clase

Administrativo RC $ 2,835.00

Intendente RC $ 2,625.00

Velador RC $ 2,415.00

Responsable de Mantenimiento del Equipo de Computo $ 2,400.00

Bibliotecario $ 3,045.00

RC (Recursos por cooperación)

NOTA: Corresponde al Administrativo RC y Oficial Administrativo atender 3 grupos

por Plantel.

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3.2 PAGO MENSUAL A

PROGRAMADOR

NUM. DE

ALUMNOS PAGO

900 801 $ 3,000.00

800 701 $ 2,630.00

700 601 $ 2,260.00

600 501 $ 1,890.00

500 401 $ 1,520.00

400 301 $ 1,150.00

300 201 $ 780.00

200 101 $ 410.00

100 menos $ 350.00

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3.3 TABULADOR PARA PAGO DE CONTADORES

PROPUESTA DE PAGO

RANGO ALUMNOS

NUM. DE

ALUMNOS PAGO

900 801 $ 3,700.00

800 701 $ 3,300.00

700 601 $ 2,900.00

600 501 $ 2,500.00

500 401 $ 2,100.00

400 301 $ 1,700.00

300 201 $ 1,300.00

200 101 $ 900.00

100 menos $ 500.00

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3.4 TABULADOR DE CUOTAS

APORTACIONES SEMESTRALES

CONCEPTO CANTIDAD PAGO PARA

DOCENTE

Inscripción $ 392.70

Bimestre $ 542.85

Examen a Extraordinario $ 50.00 $ 15.00

Examen a Título de Suficiencia $ 70.00 $ 16.00

Examen Especial 1a. Oportunidad $ 150.00 $ 50.00

Examen Especial 2a. Oportunidad $ 250.00 $ 83.00

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ANEXO 4

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS TIENDAS ESCOLARES EN LAS ESCUELAS PREPARATORIAS POR COOPERACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR

Capítulo I

Disposiciones Generales: Artículo 1.- El presente ordenamiento regirá la organización y funcionamiento de las tiendas escolares que se constituyan en las escuelas preparatorias por cooperación dependientes del Sistema Educativo Estatal Regular. Artículo 2.- En cada uno de los planteles escolares señalados en el artículo anterior, se deberá constituir una Tienda Escolar. Artículo 3.- La Dirección General del Sistema Educativo Estatal Regular tendrá a su cargo la elaboración de convocatorias para el proceso de adjudicación de tiendas escolares, designando a las autoridades educativas que considere convenientes. Artículo 4.- El registro y supervisión de las Tiendas Escolares, estará a cargo de la Dirección de Servicios Administrativos y de la Dirección de Servicios Educativos a través de la Coordinación Administrativa, Jefatura e Inspecciones del Nivel Medio Superior. Artículo 5.- La creación, organización, control y vigilancia de las Tiendas Escolares estarán bajo la responsabilidad de un Consejo Administrativo Interno, integrado por el director(a), subdirector(a), maestro de planta y contador de la institución de cada uno de los planteles escolares. El consejo se encargará de: I.- Verificar el proceso de la tienda escolar en colaboración con los integrantes. II.- Tomar acuerdos que permitan el buen funcionamiento de la tienda escolar. III.- Registrar quincenalmente en los libros contables los ingresos que se recauden por ese concepto. IV.- Reportar cualquier tipo de anomalía a la Inspección correspondiente. Artículo 6.- Se considera como domicilio de la Tienda Escolar, el de cada plantel.

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Capítulo II Finalidades de las Tiendas Escolares.

Artículo 7.- Las Tiendas Escolares tendrán por objeto: I.- Brindar mayor atención a la comunidad escolar mediante la venta de productos alimenticios autorizados por la Secretaría de Salud. II.- Procurar que el precio de venta de los alimentos y bebidas sea inferior al que priva en el mercado. lll.-Contar con la autorización de la Secretaria de Salud del Estado para dar inicio a sus actividades. lV.- Mantener en buenas condiciones el espacio destinado para el funcionamiento de la tienda escolar. V.- Manejar en forma transparente los rendimientos económicos. Vl.-Los responsables de la venta de productos en la Tienda Escolar, serán personas ajenas a la Institución Escolar. VII.- Evitar la distracción y el dispendio de tiempo del alumno con tareas y responsabilidad es que trae consigo la venta de productos.

Capítulo III

Concesión y Funcionamiento de la Tienda Escolar.

Artículo 8.- La Tienda Escolar operará bajo la modalidad de concesión a particulares. Artículo 9.- Los particulares que deseen prestar el servicio referido en el artículo anterior, deberán participar en un concurso que publicará conjuntamente la inspección y dirección del plantel escolar, dentro de los quince días posteriores a la emisión de la convocatoria, presentando sus propuestas en las instalaciones del mismo, quienes junto con el consejo administrativo interno elegirán la propuesta que garantice las mejores condiciones, de acuerdo con estos lineamientos. Artículo 10.- Una vez concluido el proceso referido en el artículo anterior la inspección entregará copia de la documentación respectiva a la Jefatura del Nivel Medio Superior, quien a su vez remitirá a las autoridades superiores que correspondan. Artículo 11.- Los requisitos a que deberán sujetarse los particulares para obtener la concesión son:

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I.- Acreditar solvencia económica. II.- Garantizar la prestación del servicio de tienda escolar. III.- Acreditar experiencia mínima de un año en el manejo de administración de tiendas escolares o de consumo. lV.- La aportación económica será de acuerdo al número de alumnos con que cada institución cuente. V.- El precio de los productos que se expendan en la tienda escolar deberá ser menor al valor de mercado. VI.-Depositar en garantía el importe correspondiente al pago de una semana (6 días de venta). VlI.- Garantizar el cumplimiento en la prestación del servicio, respecto de las condiciones de salud e higiene que en el ámbito de sus respectivas competencias fijen la Secretaría de Salud y la Procuraduría Federal del Consumidor. VllI.- Firmar el contrato de concesión respectivo. Artículo 12.- La concesión tendrá vigencia un ciclo escolar, (Agosto- Junio); las partes podrán anticipar su vencimiento previa comunicación por escrito por lo menos con 15 días de anticipación. Artículo 13.- No podrá renovarse u otorgarse una nueva concesión al particular que haya sido retirado por incumplimiento de sus obligaciones como concesionario. Artículo 14.- Durante el ciclo escolar no podrán los particulares obtener o gozar de más de una concesión de tienda escolar en las escuelas preparatorias por cooperación del Sistema Educativo Estatal Regular. Artículo 16.- Sólo los concesionarios podrán prestar los servicios de venta de alimentos y bebidas que puedan venderse de acuerdo con los criterios establecidos por la Secretaria de Salud y Secretaria de Educación en el documento denominado “Manual para la preparación e higiene de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica” (http://basica.sep.gob.mx/seb2010/start.php). Artículo 17.- Queda estrictamente prohibido a las instituciones recibir cualquier tipo de aportaciones en dinero y/o especie que otorguen los proveedores del concesionario. Artículo 18.- El acondicionamiento del local donde se preste el servicio de la tienda escolar estará a cargo del concesionario; las mejoras que se realicen quedarán en beneficio del plantel escolar.

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Artículo 19.- El concesionario recibirá por inventario los bienes muebles e inmuebles, disponibles para tal fin y se comprometerá a cuidarlos, conservarlos y reponerlos en caso de pérdida o daño; al momento de concluir o cancelarse la concesión deberá devolverlos en el estado recibido. El concesionario podrá retirar los bienes muebles de su propiedad que haya utilizado durante la concesión. Artículo 20.- El concesionario tendrá las siguientes obligaciones: I.- Cubrir la cuota que se establezca de acuerdo al número de alumnos de la institución educativa de que se trate, y se encuentre señalado en el contrato respectivo. Il.-La cuota deberá ser depositada por semana en la cuenta bancaria de la institución y el comprobante entregado a la dirección del plantel. III.- Respetar el horario de venta especificado en el documento que acredite la concesión otorgada. IV.-Acatar los comunicados que le indique la dirección del plantel escolar en cuanto a las fechas de suspensión de venta por la organización de algún evento escolar o suspensión de labores docentes. V.-Asumir plenamente la relación laboral con los empleados que contrate para otorgar el servicio de la concesión, liberando de toda responsabilidad al plantel escolar.

Capítulo IV Manejo del Rendimiento Económico

Artículo 21.- El rendimiento económico se integrará en base al pago de la cuota diaria realizada por el concesionario y se destinará para el mejoramiento de los planteles escolares, debiéndose enterar en el libro de ingresos y egresos mediante un registro especifico denominado “tienda escolar”. Artículo 22.- El manejo de estos ingresos y la aplicación de los mismos está sujeto a revisión periódica por parte de la inspección escolar correspondiente, y aplicará en su caso el procedimiento administrativo y amonestaciones a las que haya lugar. Artículo 23.- En caso de incumplimiento la Contraloría Interna del S.E.E.R. determinará las responsabilidades y sanciones que correspondan al director de la institución y demás servidores públicos involucrados.

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Capítulo V Cancelación de la Concesión

Artículo 24.- Será motivo de cancelación de la concesión, el traslado de la misma a terceras personas o la violación a las disposiciones de los presentes lineamientos. Artículo 25.- La concesión será cancelada de inmediato si el concesionario interviene en asuntos escolares o laborales, o que afecte de cualquier manera el orden, la disciplina y en general el servicio educativo. Artículo 26.- También es motivo de cancelación la falta de cumplimiento del pago semanal de la cuota establecida. Artículo 27.- Toda controversia por la prestación del servicio, será resuelta por las autoridades del Sistema Educativo Estatal Regular, quienes tendrán la facultad de realizar las investigaciones que correspondan.

TRANSITORIOS Primero.- El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Segundo.- No se otorgará la concesión de la tienda escolar en aquellos casos que no cumplan con lo dispuesto en los presentes lineamientos. Tercero.- Los casos no previstos, así como la duda sobre la interpretación y cumplimiento de los preceptos y contenidos en este ordenamiento, serán resueltos por la Dirección General del Sistema Educativo Estatal Regular.

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ANEXO 4.1

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR

ESC. PREP. POR COOPERACIÓN__________________

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE TIENDA ESCOLAR CICLO 2013-2014

En cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 5, anexo 4, de las Disposiciones y Lineamientos para las Escuelas Preparatorias por Cooperación del Nivel Medio Superior del Sistema Educativo Estatal Regular, relativo a las normas que establecen la existencia y funcionamiento de las tiendas escolares, el S.E.E.R., a través de la Dirección Escolar de esta Institución Educativa, convoca a participar en el concurso que tiene como propósito concesionar la tienda escolar bajo las siguientes:

B A S E S 1.- Características de los convocados: a).- Personas físicas o morales que cuenten con la capacidad técnica y económica suficientes para operar el establecimiento de tienda escolar, otorgando el servicio a _____ usuarios potenciales que conforman la comunidad educativa de la Institución dentro del receso escolar de las ______ hrs. a las _____ hrs., en el presente ciclo escolar 2013-2014, en las instalaciones de este plantel ubicado en ______________ C.C.T. _____________, teléfono ___________, localidad _______________. b).- Ser mayor de edad y encontrarse debidamente registrado ante las autoridades fiscales y administrativas para el caso de personas morales, y contar con experiencia comprobable mínima de un año en otorgar el servicio de alimentos al público. c).- No tener parentesco alguno con las autoridades oficiales ni sindicales, con el personal o alumnos de la Institución (familiares consanguíneos y por afinidad, en primer o segundo grado), en cualquiera de las preparatorias del S.E.E.R., ni contar con la adjudicación de concesión de tienda escolar en un plantel distinto a éste. d).- Cubrir una cuota diaria por alumno consistente en $ 1.50 (un peso con cincuenta centavos), por los días en que se desempeñen labores en la institución educativa y en la tienda escolar. e).- No haber dado lugar a la cancelación de concesión de tienda escolar en ciclos escolares que anteceden al presente, para el caso en que la hubiera tenido a su cargo en esta o en cualquier otra de las Escuelas Preparatorias por Cooperación del Sistema Educativo Estatal Regular.

LOGO

PREPA

LOGO

SEER

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2.- Documentos que deberán presentar los solicitantes: a).- Solicitud por escrito en la que se expongan las razones por las cuales desea prestar sus servicios para proporcionar alimentos, señalando con claridad su nombre, razón social y en su caso el de su representante legal, así como también su domicilio fiscal y el particular, número de teléfono, lugar y fecha. De igual manera se habrá de indicar el nombre, dirección y teléfono del deudor solidario. b).- Copia del comprobante de domicilio y su identificación oficial con fotografía o del representante legal en su caso, así como presentar lo correspondiente de la persona que funja como su deudor solidario. c).- Carta expedida por Institución Bancaria o establecimiento comercial reconocido, en la que se indique la solvencia económica del solicitante. d).- Dos referencias personales que expresen que el solicitante cuenta con la experiencia requerida para la prestación de servicios de alimentos al público, y señalen con claridad el lugar y la modalidad en que el solicitante haya adquirido dicha experiencia. e).- Carta del solicitante en que señale que conoce el contenido de la presente convocatoria y las bases del concurso y manifieste bajo protesta de decir verdad no tener parentesco con las autoridades escolares, sindicales, con el personal y alumnos de la Institución. f).- Firmar el registro de control interno de esta Escuela Preparatoria de los participantes al concurso para la asignación de la tienda escolar. g).- Relación de cada uno de los productos y servicios que pretenda ofrecer a los alumnos, personal docente y administrativo del plantel especificando cantidad, marca y calidad así como su respectivo costo vigente por un ciclo escolar, misma que será rubricada al margen y al calce, procurando que los alimentos expedidos tengan un mayor aporte nutricional evitando los alimentos procesados altos en grasa y azucares simples, cumpliendo con lo especificado en el “Manual para la preparación e higiene de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica” que puede consultarse en la siguiente dirección electrónica (http://basica.sep.gob.mx/seb2010/start.php). 3.- Procedimiento del concurso: a).- El solicitante hará entrega de los documentos señalados en los puntos 1 y 2 de la presente convocatoria en la Dirección de esta Escuela, a más tardar el día 21 de agosto del 2013. b).- El inspector(a) de la zona escolar y el Consejo Administrativo Interno para la tienda escolar, conformado por el (la) Director(a), Subdirector(a), Asesor(a) y Contador(a) de la Institución, examinarán los expedientes de los solicitantes y elegirán de entre ellos a quien consideren ser la mejor propuesta bajo su más estricta responsabilidad, elaborando para tal efecto un acta en la que se expongan con claridad los motivos y el fundamento que se tiene para elegir a quien fungirá como concesionario.

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c).- La Dirección Escolar comunicará por escrito a la persona física o moral que resulte ganadora del concurso, para el efecto de que se presente en un lapso de tres días hábiles posteriores a la fecha en que firme de recibido el aviso respectivo para signar el contrato de concesión en las oficinas de la dirección del plantel; por lo que una vez transcurrido dicho plazo sin que se presente la persona que haya resultado ganadora, perderá su adjudicación, por lo que se asignará la concesión a la segunda mejor propuesta. d).- El resultado que determine la Inspección Escolar y el Consejo Administrativo Interno del plantel será inapelable. e).- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por las autoridades educativas competentes que nombre la Dirección General del Sistema Educativo Estatal Regular. San Luis Potosí, S.L.P., a ____ de Agosto del 2013

A T E N T A M E N T E

EL DIRECTOR(A) EL INSPECTOR(A)

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ANEXO 4.2

CONTRATO DE CONCESIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA ESCUELA PREPARATORIA POR COOPERACIÓN _______________, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR(A) ____________________ A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA “EL OTORGANTE”, Y A ___________________ A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA “EL CONCESIONARIO”, Y A ___________________ EN SU CARÁCTER DE DEUDOR SOLIDARIO, MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S.

DECLARA EL OTORGANTE: I.- La Escuela Preparatoria por Cooperación “___________” es una Institución Educativa que presta los servicios del Nivel Medio Superior, inició sus actividades en el año de _____ quedando registrada ante el Sistema Educativo Nacional con la clave oficial No. _______, y su sostenimiento es con subsidio del Gobierno del Estado de San Luis Potosí y las cuotas de cooperación de sus estudiantes. II.- La Institución Educativa mencionada en la declaración que antecede se encuentra representada por su Director(a), quien cuenta con las facultades suficientes de administración del plantel para suscribir el presente documento en virtud a su nombramiento y órdenes de servicio, las cuales son inherentes al cargo que se le confirió. El domicilio de la Escuela en mención, se encuentra ubicado en _______________. III.- Que es interés de la Escuela Preparatoria por Cooperación que se ha venido mencionando, concesionar los servicios de la tienda escolar bajo los criterios establecidos de mantener la continuidad y elevar la calidad del servicio educativo, otorgando prioridad a que los maestros y alumnos no desvíen su atención de las actividades escolares en cuanto al cumplimiento de planes y programas, regular el consumo de alimentos dentro del plantel cuidando los aspectos adecuados de higiene, calidad y precio y en su caso allegarse de fondos para apoyar la economía del alumnado y el funcionamiento general del plantel. DECLARA EL CONCESIONARIO: IV.- Que es una persona (física y/o moral) con capacidad jurídica, técnica y económica para celebrar el presente contrato, acreditándolo con la documentación que se anexa al presente instrumento. V.- Que tiene el interés de prestar el servicio del establecimiento de consumo escolar, a través del cual se ofrecerá a la comunidad escolar del plantel educativo a que se ha venido haciendo mención productos alimenticios.

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VI.- Que cumple con todos los requisitos para quienes ejercen actividades comerciales, los de higiene, salud y sanidad establecidos por la Secretaría de Salud, así como con el permiso correspondiente que otorga dicha autoridad para elaborar alimentos y ofrecerlos al público. VII.- Que conoce y llevará a cabo todas las indicaciones que le señale el plantel educativo por conducto de las autoridades escolares que son Director, Subdirector y/o Asesores en cuanto a la forma y términos en que prestará el servicio. VIII.- Que ha cubierto la cantidad de $________(letra) correspondiente a doce días de cuota diaria a razón de $1.50 (un peso con cincuenta centavos) por alumno, por concepto de garantía prendaria mediante depósito bancario a la cuenta N° ____ de la Institución Bancaria ________ , cuya copia del depósito antes mencionado se adjunta al presente, misma que podrá ser recuperable al término de la vigencia del presente contrato. IX.- Que para los efectos legal y administrativo de este contrato, señala como domicilio el ubicado en la calle _________________, colonia __________________ en esta localidad. X.- Que el C.____________ se constituye por medio del presente instrumento en deudor solidario del concesionario para efecto de cubrir en caso de incumplimiento las obligaciones derivadas del presente contrato a “el otorgante”, para lo cual señala tener solvencia económica suficiente para hacer frente al pago que corresponda en su caso; señalando como domicilio particular _________________ e identificándose mediante la copia de su credencial de elector que se anexa al presente documento.

C L A U S U L A S:

PRIMERA.- Que la Escuela Preparatoria por Cooperación ________________, concesiona la tienda escolar del plantel turno_____________, prestando sus servicios durante el horario de receso de _________ a _______ hrs. SEGUNDA.- Se autoriza a “el concesionario” a que única y exclusivamente expenda los productos alimenticios que le son autorizados y se encuentran señalados en el “Manual para la preparación e higiene de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica” (http://basica.sep.gob.mx/seb2010/start.php). TERCERA.- “El otorgante” a través del consejo administrativo interno del plantel y/o autoridades educativas verificarán el cumplimiento de lo dispuesto en el presente contrato, razón por la cual “el concesionario” se obliga a otorgar todas las facilidades necesarias para llevar a cabo dicha verificación. CUARTA.- La vigencia del presente contrato será precisamente la que corresponda al ciclo escolar 2013-2014, esto de conformidad con el planificador respectivo y en consecuencia el plazo de vigencia será improrrogable. QUINTA.- “El otorgante” autoriza a “el concesionario” para que utilice el espacio asignado y ubicado en el plantel a que se hace mención en la cláusula primera del presente instrumento, para que única y exclusivamente lleve a cabo la actividad comercial, objeto del presente y obligándose éste último a conservarlo en excelentes condiciones y en su caso hacerle las mejoras pertinentes, mismas que subsistirán en beneficio de la Escuela Preparatoria citada con anterioridad, esto sin que ello implique contraprestación alguna de ninguna naturaleza,

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de igual forma “el concesionario” suscribirá el resguardo de los bienes del plantel que se encuentren en el espacio asignado. SEXTA.- Las partes convienen que “el concesionario” deberá recabar el consentimiento previo y por escrito de “el otorgante” representada por el Director, para realizar cualquier tipo de adaptación, instalación o modificación que pretenda hacer en el espacio asignado. SEPTIMA.- “El concesionario”, se obliga a desocupar y entregar de forma pacífica a “el otorgante” el espacio o local asignado a que se refiere la cláusula inmediata anterior precisamente al término de la vigencia del presente contrato, esto sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, renunciando a los derechos que en materia de arrendamiento pudiera existir. En el supuesto de que “el concesionario” incurra en alguna de las cláusulas de recisión del presente contrato se obliga igualmente a desocupar el citado espacio y entregarlo de forma pacífica y sin demora alguna a “el otorgante” de no hacerlo así, por medio del presente se suscribe la autorización expresa y tácita para que “el otorgante” por sí mismo o por quien designe, realice la desocupación a la cual hacemos referencia, siendo como único responsable “el concesionario” de todos y cada uno de los gastos administrativos o judiciales a que diera lugar dicha desocupación. OCTAVA.- Bajo ninguna circunstancia “el concesionario” podrá ceder, traspasar, vender ni arrendar los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato, esto en razón y dada la naturaleza administrativa que a este corresponde por tratarse de un servicio público que otorga la Escuela Preparatoria ya mencionada. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente cláusula y/o de cualquiera de las obligaciones que son asumidas por “el concesionario” dará suficiente motivo para la revocación o rescisión del presente contrato, esto sin perjuicio de hacer efectivas las garantías constituidas para el presente. NOVENA.- “El otorgante” a través del consejo administrativo interno de la institución señalará por escrito a “el concesionario” los días de suspensión en que no aportará cantidad alguna de acuerdo al calendario escolar o que por alguna otra disposición de la superioridad señale en dicho calendario. DECIMA.- “El concesionario” deberá cubrir a “el otorgante”, para la Escuela Preparatoria ya multicitada una aportación diaria por la concesión de la tienda escolar, la cantidad de $1.50 (un peso con cincuenta centavos) por alumno a través de un depósito bancario al termino de la semana, esto en la cuenta No. _________ Sucursal _________ de_____________. DECIMA PRIMERA.- En caso de retraso de pago imputable a “el concesionario”, será el consejo administrativo interno los encargados de hacer la rescisión del contrato previa reclamación formal, quien gestionará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato ante “el concesionario” y en su caso a su deudor solidario. DECIMA SEGUNDA.- “El concesionario” se obliga a mantener en buenas condiciones de uso y conservación las instalaciones de gas, energía eléctrica y agua para el correcto funcionamiento de los servicios materia del presente contrato, teniendo como obligación y a su cargo la recolección y retiro de la basura generada por dicho servicio en las instalaciones del plantel.

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DECIMA TERCERA.- Las partes convienen en que “el otorgante” será responsable en primera instancia de la custodia de sus instalaciones y equipo, solidarizándose a la vez con las áreas de la tienda escolar; pero en caso de robos, accidentes o daños, la Institución Educativa no será responsable por las pérdidas totales y/o parciales ocasionadas a los bienes existentes en el espacio asignado ya referido. DECIMA CUARTA.- Las partes convienen en que “el otorgante” no tiene ninguna responsabilidad civil o laboral en relación a los trabajadores que emplee “el concesionario”, siendo responsabilidad total y exclusiva de “el concesionario” la relación laboral, así como cualquier daño o perjuicio que sus empleados o en el proceso mismo de la prestación del servicio ocasione tanto a la comunidad escolar como a sus instalaciones. DECIMA QUINTA.-Son causas para que “el otorgante” de por terminado en cualquier momento el presente convenio, el hecho de que “el concesionario” incurriere en cualquiera de los siguientes supuestos: 1.- Por no cumplir con el pago oportuno y total de la cuota semanal en que se concesione la tienda escolar. 2.- El intentar o efectuar el traspaso o cesión del uso o goce parcial o total de los derechos derivados del presente contrato. 3.- Utilizar el local destinado al servicio para habitación o para un giro distinto del especificado. 4.- Poseer o vender sustancias peligrosas, explosivas, corrosivas, volátiles o inflamables. 5.- Tener el local en mala condiciones higiénicas, contraviniendo las disposiciones sanitarias y de seguridad o en su caso, si la licencia otorgada por la Secretaria de Salud le es cancelada. 6.- Vender productos nocivos para la salud de los consumidores, así como bebidas alcohólicas. 7.- Por no cumplir con los requisitos que le fije la Secretaria de Salud para el permiso sanitario. 8.- Exhibir carteles o rótulos, así como ejercer cualquier propaganda de tipo político o religioso que lesionen la estabilidad, así como la imagen de la institución y de su comunidad escolar. 9.- Ejecutar obras que alteren o modifiquen el local sin autorización de “el otorgante”. 10.- No respetar el horario que le sea autorizado por “el otorgante”. 11.- Efectuar o permitir que se realicen fiestas, convivios, reuniones o juntas de personal docente, administrativo, del alumnado o de terceros dentro del local dado en uso, sin autorización escrita de “el otorgante”. 12.- Permitir que en el local se lleven a cabo juegos de azar.

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13.- Operar equipos de audio y/o video sin control, cuyo uso altere el orden dentro y fuera del plantel. 14.- En general la celebración de contratos o la realización de actos que contraríen de cualquier forma las disposiciones convenidas en el presente instrumento. 15.- Que “el concesionario” efectué pagos en efectivo o en especie a terceros, por supuesto beneficio a cambio de la posesión de la concesión objeto del presente. 16.- Que “el concesionario” o su personal, intervenga directa o indirectamente en asuntos administrativos o laborales de la institución e interfiera de alguna manera en el buen funcionamiento del plantel. DECIMA SEXTA.- El convenio se podrá dar por terminado por cualquiera de las partes previo aviso por escrito con 15 días de anticipación. DECIMA SEPTIMA.- Para la interpretación y cumplimiento de este contrato en caso de controversia, las partes se someterán expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes en la ciudad de San Luis Potosí, S.L.P. EL OTORGANTE EL CONCESIONARIO DIRECTOR(A) DE LA ESC. PREPARATORIA C. _____________________

DEUDOR SOLIDARIO _______________________ TESTIGO TESTIGO ______________________________ ____________________________

_____________, S.L.P. a ______ de agosto 2013.

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El presente documento, disposiciones y lineamientos de las Escuelas

Preparatorias del Sistema Educativo Estatal Regular, es producto del análisis y

los acuerdos tomados en Reuniones Colegiadas del Nivel.

Vo. Bo.

__________________________________________

Profra. Griselda Álvarez Oliveros.

Directora General del Sistema Educativo Estatal Regular

Ing. Mauricio Leyva Ortiz Profr. José Enrique Méndez Herrera

Dirección de Servicios Educativos Subdirección de Educación M.Terminal, M.Superior y Superior

Prof. Ruvén Cuellar Cerda Lic. Silvia Escareño García

Coordinador Académico de Educación Media Superior Coordinador Administrativo de Educación Media Superior

Mtro. Francisco Javier Zamudio Cortés Ing. Salvador Anzaldo Cerda

Jefe del Depto. de Educación Media Superior Inspector de Educación Media Superior Zona 01

Prof. Juan Carlos García Rocha Mtro. Mario Alberto Martínez Lechuga

Inspector de Educación Media Superior Zona 02 Inspector de Educación Media Superior Zona 03

Profa. Claudia Virginia Gamboa Turrubiartes Dr. Bonfilio Pozos Galván

Inspector de Educación Media Superior Zona 04 Inspector de Educación Media Superior Zona 05

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Dirección General

Profra. Griselda Álvarez Oliveros

Dirección de Servicios Educativos

Ing. Mauricio Leyva Ortiz

Subdirección de Educación Media

Terminal, Media Superior y Superior

Profr. José Enrique Méndez Herrera

Coordinación Académica del Nivel

Medio Superior

Profr. Ruvén Cuellar Cerda

Coordinación Administrativa del Nivel

Medio Superior

LAP. Silvia Escareño García

Jefatura del Departamento de

Educación Media Superior

Mtro. Francisco Javier Zamudio Cortés

Inspección de Educación

Media Superior Zona 05

Dr. Bonfilio Pozos

Galván

Inspección de Educación

Media Superior Zona 04

Profra. Claudia

Virginia Gamboa

Turrubiartes

Inspección de Educación

Media Superior Zona 02

Profr. Juan Carlos

García Rocha

Inspección de Educación

Media Superior Zona 03

Mtro. Mario Alberto

Martínez Lechuga

Inspección de Educación

Media Superior Zona 01

Ing. Salvador

Anzaldo Cerda

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