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INFORME DE NIVEL DE PRESION SONORA
SEB-17372
Solicitante : EMPRESA NACIONAL DE MINERIA Orden de trabajo : 394736
Atención Sr. : Cristian Riffo C. Fecha de emisión : 11.07.2014
Dirección : Eduardo de la Barra N° 205, La Serena, IV Región.
División Medio Ambiente – Departamento Calidad del Aire – Santiago
1.- ANTECEDENTES
A solicitud de la Empresa Nacional de Minería ENAMI, CESMEC S.A. sede Santiago, a través de su
División Medio Ambiente realizó mediciones de niveles de ruido en cuatro (4) puntos ubicados en
sectores aledaños habitados.
Las mediciones se realizaron el día 25 de junio de 2014 durante jornada diurna y nocturna.
2.- OBJETIVO
a. Determinar el nivel de presión sonora corregido (NPC) en los sectores habitados más cercanos, potencialmente afectados por el proyecto “Delta” de ENAMI.
b. Realizar comparación respecto de los niveles permisibles establecidos en el Decreto Supremo
N°38/11.
3.- NORMATIVA
Decreto Supremo Nº38/11 del Ministerio del Medio Ambiente “ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN DE
RUIDOS GENERADOS POR FUENTES QUE INDICA, ELABORADA A PARTIR DE LA REVISIÓN
DEL DECRETO N° 146, DE 1997, DEL MINSEGPRES”
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Fecha de emisión: 11.07.2014
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4.- DESCRIPCIÓN DE LOS PUNTOS DE MEDICIÓN
Tabla N° 1: Ubicación de puntos receptores.
Punto de
medición
Descripción
Distancia a la
fuente
Km
Coordenadas UTM
Datum WGS 84
Punto A Localidad de Panulcillo frente a Iglesia 5,5 aprox. 287501.66 mE
6630101.02 mS
Punto B Parcela N° 81 4,2 aprox. 286570.59 mE
6620351.02 mS
Punto C Ex Criadero de Avestruces 5,2 aprox. 287027.03 mE
6618891.16 mS
Punto D Casas camino a Tamaya 7,2 aprox 286235.70 mE
6618365.17 mS
Nota: Se consideraron los puntos de medición originales de la línea base.
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Fecha de emisión: 11.07.2014
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4.1.- Plano satelital de ubicación del punto de medición A
Ilustración N° 1: Ubicación de puntos receptores de ruido.
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4.2.- Plano satelital de ubicación de los puntos de medición B, C y D
Ilustración N° 2: Ubicación de puntos receptores de ruido.
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4.3.- Fotografías de ubicación de los puntos de medición
Punto A: Localidad de Panulcillo Punto B: Parcela N° 81
Punto C: Ex Criadero de Avestruces Punto D: Casas camino a Tamaya
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Fecha de emisión: 11.07.2014
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5.- ZONIFICACIÓN Y LÍMITES PERMISIBLES
De acuerdo a la Zonificación y Límites permisibles, el Decreto Supremo N°38/11 (extracto título III, art
6° y Título IV, art. 7°) indica lo siguiente:
28. Zona I: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada
dentro del límite urbano, que permite exclusivamente uso de suelo Residencial o bien este uso de
suelo y alguno de los siguientes usos de suelo: Espacio Público y/o Área Verde.
29. Zona II: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada
dentro del límite urbano, que permite además de los usos de suelo de la Zona I, Equipamiento de
cualquier escala.
30. Zona III: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada
dentro del límite urbano, que permite además de los usos de suelo de la Zona II, Actividades
Productivas y/o de Infraestructura.
31. Zona IV: aquella zona definida en el instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada
dentro del límite urbano, que permite sólo usos de suelo de Actividades Productivas y/o de
Infraestructura.
32. Zona Rural: aquella ubicada al exterior del límite urbano establecido en el Instrumento de
Planificación Territorial respectivo.
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Fecha de emisión: 11.07.2014
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Artículo 7°.- Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente
emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores
de la Tabla N° 2:
Tabla N° 2: Niveles Máximos Permisibles de Presión
sonora Corregidos (Npc) en dB (A).
de 7 a 21 Horas. de 21 a 7 Horas.
Zona I 55 45
Zona II 60 45
Zona III 65 50
Zona IV 70 70
Artículo 9º.- Para zonas rurales se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido
(NPC), el menor valor entre:
a. Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A)
b. NPC para Zona III de la Tabla
Este criterio se aplicará tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada.
En base a lo anterior, a la ubicación de los receptores, se determina que, los cuatro puntos a evaluar corresponden a zona rural y se deben aplicar los niveles máximos establecidos en a y b.
6.- PROCEDIMIENTO DE MEDICIÓN
De acuerdo a lo estipulado en el Decreto Supremo Nº38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Las mediciones del nivel de presión sonora continua equivalente (NPSeq) se realizaron con un sonómetro integrador con filtro de ponderación “A”, respuesta “Lenta”.
Las mediciones para obtener el nivel de presión sonora corregido (NPC) se efectuarán en la
propiedad donde se encuentre el receptor, en el lugar, momento y condición de mayor exposición al
ruido, de modo que represente la situación más desfavorable para dicho receptor. Estas mediciones
se realizarán de acuerdo a las siguientes indicaciones:
Para el caso de mediciones externas, se ubicará un punto de medición entre 1,2 y 1,5 metros sobre el
nivel de piso y, en caso de ser posible, a 3,5 metros o más de las paredes, construcciones u otras
estructuras reflectantes distintas al piso.
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Fecha de emisión: 11.07.2014
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Las mediciones se harán en las condiciones habituales de uso del lugar.
Se realizarán, en el lugar de medición, 3 mediciones de 1 minuto para cada punto de medición,
registrando en cada una el NPSeq, NPSmín y NPSmáx.
Deberán descartarse aquellas mediciones que incluyan ruidos ocasionales.
6.1.- Equipo de medición
a. Sonómetro marca Larson Davis modelo LXT, Tipo 1, establecido en las normas de la Comisión
Electrotécnica Internacional (IEC) según las exigencias del D.S. 38/11.
b. Calibrador acústico marca Larson Davis modelo CAL200 1000 Hz 114dB.
c. Accesorios: pantalla antiviento, trípode y cámara fotográfica.
6.2.- FECHA Y HORARIO DE MEDICIONES
Tabla N° 3: Horarios y fechas de medición.
FECHA Y HORARIO DE MEDICIONES
Punto de medición Horario Hora Fecha
Punto A Diurno 18:28 25/06/2014
Nocturno 22:40 25/06/2014
Punto B Diurno 17:56 25/06/2014
Nocturno 21:58 25/06/2014
Punto C Diurno 17:46 25/06/2014
Nocturno 21:49 25/06/2014
Punto D Diurno 17:36 25/06/2014
Nocturno 21:42 25/06/2014
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Fecha de emisión: 11.07.2014
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7.- RESULTADOS DE LA MEDICIÓN
Tabla N° 4: Resultados de mediciones de nivel de presión sonora.
Punto de
medición Horario
Nivel de ruido
de fondo
[dB A]
Nivel de presión sonora
corregido (NPC)
[dB A]
Zona
Nivel máx.
permisible
D.S N°38
[dB A]
Punto A Día 32 23
Rural
42
Noche 24 23 34
Punto B Día 28 26 38
Noche 25 22 35
Punto C Día 26 30 36
Noche 25 20 35
Punto D Día 27 31 37
Noche 25 28 35
Nota: Se consideró ruido de fondo medido el día 11 de Marzo de 2010 para obtener el límite en zona rural, debido a la
imposibilidad de detener la operación de la planta durante el mes de junio 2014.
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8.- FUENTES EMISORAS IDENTIFICADAS EN LAS MEDICIONES
Tabla N° 5: Fuentes emisoras en puntos de medición A y B.
Punto de
medición Horario Fuentes emisoras y ruido de fondo identificadas
durante las mediciones.
Punto A
Día
Fuente
Emisora
- No se percibe
Ruido de
Fondo
- Viento moderado
- Aves, balidos a lo lejos.
- Tránsito esporádico de vehiculos por camino
Noche
Fuente
Emisora
- No se percibe
Ruido de
Fondo
- Viento suave
Punto B
Día
Fuente
Emisora
- No se percibe
Ruido de
Fondo
- Viento moderado
- Voces lejanas
- Perros ladrando muy lejos
Noche
Fuente
Emisora
- Se percibe moderadamente actividad en planta.
Ruido de
Fondo
- Viento suave
- Ladridos lejanos
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Fecha de emisión: 11.07.2014
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Tabla N° 6: Fuentes emisoras en puntos de medición C y D.
Punto de
medición Horario Fuentes emisoras y ruido de fondo identificadas
durante las mediciones.
Punto C
Día
Fuente
Emisora
- No se percibe
Ruido de
Fondo
- Viento suave
- Animales
Noche
Fuente
Emisora
- Se percibe moderadamente actividad en planta
Ruido de
Fondo
- Viento suave
Punto D
Día
Fuente
Emisora
- No se percibe
Ruido de
Fondo
- Viento suave
Noche
Fuente
Emisora
- Se percibe moderadamente actividad en planta
Ruido de
Fondo
- Aves
- Viento suave
Las principales fuentes de ruido se generan a partir de la operación de la Planta de Chancado donde
se encuentran máquinas chancadoras de material, movimiento de camiones, grúas y alarmas de
retroceso, Planta de flotación y Agencia de compras.
9.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL QUE REALIZÓ LAS MEDICIONES
Esteban Fernández Herrera: Ingeniero Civil en Sonido y Acústica.
10.- CONCLUSIONES
De acuerdo a la Tabla N° 4 los valores obtenidos de las mediciones para todos los puntos de
medición no sobrepasan el nivel máximo permisible tanto en horario diurno como nocturno,
cumpliendo con el D.S. 38/11. Principalmente el espectro acústico está compuesto por los aportes
de la fauna presente en el sector, además de animales domésticos y por la actividad registrada en la
planta de ENAMI y algunos de los procesos implicados en su operación, sin embargo, los niveles
están muy por debajo de los límites permisibles establecidos en la normativa.