Divorcio Destructivo y Sindrome de Alienacion Parental Desde Una Mirada Sistémica

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  • Cmo citar este libro:

    Cataln Barker, P. (2011). Divorcio Destructivo y Sndrome de

    Alienacin Parental, desde una mirada sistmica. Alemania. Ed.

    Acadmica espaola.

  • 1

    INDICE

    I MARCO TEORICO 4

    1.1 Conceptualizacin del proceso de

    separacin.

    4

    1.2Proceso de separacin destructiva. 7

    1.3 Hijos en la ruptura de pareja 10

    1.4 Sndrome de Alienacin Parental 13

    1.5 SAP: dinmica familiar 19

    1.6 SAP: Intervencin teraputica 23

    1.7 Sistema judicial y contexto legal

    del Sndrome de Alienacin Parental

    26

    II OBJETIVOS 34

    III METODOLOGIA 35

    IV RESULTADOS 40

    4.1 Presentacin del caso 40

    4.2 Anlisis del caso 42

    V CONCLUSIONES 49

    VI BIBLIOGRAFA 61

    VII ANEXOS 65

  • 2

    Agradezco especialmente

    a mis hijos;

    por darme luz en la oscuridad.

  • 3

    Introduccin

    El Sndrome de Alienacin Parental, se ha constituido, desde la

    implementacin de los nuevos Tribunales de Familia el ao 2005 en nuestro

    pas, como uno de los temas que se ha distinguido como un fenmeno

    recurrente desde el punto de vista psico-jurdico en el contexto de los

    divorcios destructivos.

    Desde una perspectiva sistmica, es considerado como un Sndrome que

    se expresa en una dimensin jurdico-familiar, donde cada uno de los miembros

    de la familia, as como los sistemas anexos tal como el judicial, se hacen parte

    de la danza que ejecuta manifestndose a travs del rechazo del hijo al padre

    no custodio.

    La introduccin de la dimensin sistmica permite generar nuevas visiones

    respecto a ciertos procesos que se ven con regularidad en el Tribunal, nuevas

    interpretaciones a fenmenos ya conocidos, as como nuevos significados

    asociados a las conductas y sus consecuencias, incorporando al sistema judicial

    como parte y no como mero espectador de una dinmica.

    Desde esta perspectiva, se ha hecho necesario que esas nuevas

    distinciones se organicen en un cuerpo terico consistente, con una

    epistemologa determinada como teln de fondo y, desde esa posicin,

    construir nuevos conocimientos el que, en este trabajo, surge del estudio de

    caso analizado y desde ah buscar nuevas propuestas y resignificaciones del

    fenmeno.

  • 4

    I. Marco Terico

    1.1 Conceptualizacin del proceso de separacin.

    En la actualidad existen mltiples debates acerca de la situacin actual

    de la familia en el contexto de los cambios que debe enfrentar en un proceso

    de separacin y/o divorcio. Son especialmente relevantes aquellos asociados al

    modo de proteger a los hijos de consecuencias negativas que pudiese acarrear

    la separacin de los padres.

    Frente a la responsabilidad de cuidar de aquellos que, desde el punto de

    vista del poder, son ms vulnerables en este proceso de separacin, es

    necesario analizar y reflexionar acerca de interdependencia de los factores

    que influyen en el proceso de divorcio de una familia, as como los subsistemas

    y sistemas ms amplios que configuran la realidad familiar y, desde esa

    comprensin, generar las acciones necesarias para facilitar los procesos

    familiares asociados al divorcio, con la coordinacin de todos los actores

    involucrados. Este es un ideal que una mirada sistmica y comprensiva del

    proceso de separacin permite construir.

    Con estas consideraciones, hace sentido definir el proceso de separacin

    como un ciclo recursivo que, en vez de romper al sistema, lo hace en realidad

    ms amplio y complicado, con diversos subsistemas que tienen: sus

    pertenencias, lealtades y fronteras distintas (Goldsmith, J., 1982, en Diaz

    Usandivaras, 1986, p. 79).

  • 5

    La separacin de la pareja conyugal1 puede considerarse como un proceso

    que transcurre a travs de diversos niveles y que implica la resolucin de un

    nmero determinado de tareas, en las reas donde se expresa. Ya en 1970,

    Bohannan planteaba que es posible distinguir seis procesos interrelacionados

    que deben ser resueltos en el contexto de la separacin conyugal: emocional,

    legal, econmico, coparental, social y psquico (en Bolaos 2000).

    La resolucin de todos estos aspectos vuelca al sistema familiar y su

    energa en la bsqueda de nuevas estabilidades que permitan el desarrollo de

    una nueva organizacin familiar.

    Diaz Usandivaras en 1986, interpret las complejidades del proceso de

    separacin aportando en la conceptualizacin de divorcio como parte del ciclo

    de vida familiar, dejando atrs aquella en que la separacin implicaba la

    destruccin de la familia.

    Este autor desarrolla las etapas del proceso de separacin, las que

    culminan en la disociacin instrumental de la pareja marital y la pareja

    parental. As, de acuerdo a Diaz Usandvaras, las etapas descritas asociadas al

    proceso de separacin son:

    Etapa de prerruptura

    Etapa de ruptura

    Etapa de familia uniparental

    Etapa de cortejo

    Etapa de re-matrimonio

    1 Desde esta perspectiva se distingue la pareja conyugal de la pareja parental en cuanto a los roles y funciones

    inherentes a cada subsistema. As, la pareja conyugal se relaciona con la pareja propiamente tal, mientras la

    pareja parental se relaciona con las funciones nutritivas y normativas respecto a los hijos.(Diaz Usandivaras,

    1986) aqu tb sirve la cita de la mirada comprensiva Manhey y Cceres

  • 6

    Etapa de familia reconstituida estabilizada

    Etapa de destete de la pareja co-parental o divorcio definitivo.

    Respecto a lo que sucede con los hijos en un proceso de separacin es

    posible sealar que toda separacin causa dolor pero no cualquier separacin

    causa dao (Cceres, C; Manhey, C; Vidal C., 2009, p. 47).

    El dao al que se ven expuestos los hijos en un proceso de separacin se

    relacionan con el modo en que se lleve a cabo dicho proceso, y la capacidad de

    los padres de mantener las funciones nutritivas y normativas a pesar de las

    dificultades que puedan estar atravesando. As, quin se separa es la pareja

    conyugal y no la pareja parental.

    En trminos generales, es posible distinguir dos vas posibles luego de la

    separacin: uno en el que la familia logra mantener las funciones de proteccin

    hacia los hijos, y otro en el que mantiene vigente el conflicto de la relacin

    amorosa de la pareja que se separa, en desmedro de las funciones parentales

    de cuidado ( Cceres, C.; Manhey, C.; Raies, A.; 2004, p. 56) , esta ltima es

    concebida como una separacin destructiva.

  • 7

    1.2 Procesos de separacin destructiva.

    De acuerdo a lo planteado por Cceres y Manhey en su artculo publicado

    el 2006, es posible conceptualizar una separacin destructiva como procesos

    que se caracterizan por la presencia de un conflicto post-conyugal intenso, no

    resuelto, que se traduce en peleas y tensiones que involucran a los propios

    hijos y a terceros (familia extensa, amigos o profesionales que les prestan

    ayuda). (Cceres, C. y Manhey, C., 2006, p. 28)

    En un artculo anterior, Hamel (1997) , distingue a las familias con una

    separacin destructiva cuando: litigan, impiden relacin directa y regular con

    uno de los padres, padres que no aportan econmicamente, el juzgado y/o uno

    de los miembros de la pareja considera al otro como una variable destructiva.

    Desde un punto de vista relacional, la judicializacin del conflicto post

    conyugal implica, en primer lugar y en concordancia con lo expresado por

    Bolaos (2000), la delegacin al sistema judicial de la responsabilidad del

    resolver sobre asuntos que competen al funcionamiento familiar.

    Por otra parte, el sistema judicial se hace parte de la dinmica familiar

    que se desarrolla. En este sentido, la naturaleza estructuralmente

    contenciosa del sistema judicial se adhiere a la dinmica conflictiva que se est

    dando dentro de la familia de modo que, rpidamente, la dinmica ampliada se

    polariza, disminuyendo las posibilidades de acuerdos colaborativos.

  • 8

    Cuadro 1

    Divorcio como etapa del ciclo vital o divorcio destructivo2

    DIVORCIO COMO ETAPA DIVORCIO DESTRUCTIVO

    Cuidado de los hijos Imposibilidad del cuidado de los

    hijos

    Peleas y desacuerdos solo en una

    primera fase

    Peleas permanentes

    Dolor por las prdidas Necesidad de ganar y denigrar

    Intermediarios no litigantes o

    ausencia de stos

    Intermediarios litigantes. Contexto

    Judicial

    Poca involucracin de familias de

    origen, hijos u otros. Limites claros

    Sobreinvolucracin de las familias

    de origen

    Reconocimiento de la propia

    responsabilidad

    Falta de responsabilidad. Busqueda

    de culpables y complices.

    Fuente: Pablo Herrero Romero en articulo Porqu rien las parejas?. Analisis relacional de los conflictos en los

    procesos de mediacin en separaciones y divorcio. Revista Redes 2005

    Glasserman (1997), denomina a las parejas en los casos de divorcio

    destructivo como pareja postconyugal, ya que en ellas prima el conflicto de la

    relacin amorosa por sobre la proteccin y cuidado de los hijos. As, describe a

    estas parejas por su incapacidad para sobreponerse a los sentimientos de

    desilusin y traicin que, para ellos, conlleva la separacin.

    De esta manera, en este conflicto, gran parte de la energa se vuelca a

    demostrar sus propias verdades ante los dems, arrastrando en este quehacer

    a los hijos, sistema judicial, familia extensa, entre otros.

  • 9

    En estas parejas la modalidad relacional de conflicto es el nico modo

    que ellos encontraron para seguir vinculados (Cceres, C. et al. 2004). Esta

    estructura no necesariamente surge instantneamente al momento de la

    separacin, sino que se va configurando paulatinamente a partir de diversas

    variables y su interaccin en la construccin de la dinmica familiar previa a la

    separacin. Dada la complejidad relacional de las familias involucradas en

    divorcios o separaciones destructivas, Glasserman (1997) seala que, en estos

    casos, la Mediacin no es efectiva.

    En este sentido, la visin psicoteraputica planteada por el

    mismo autor se configura a partir de una acompaamiento para buscar nuevas

    lectura o puntos de vista de los conflictos en la conformacin del sistema

    teraputico, donde el sistema se amplia y permite nuevas configuraciones.

    Tambin desde lo psicoteraputico, es necesario tener presente que en el

    proceso de separacin o divorcio destructivo, si bien todos los miembros

    participan de algn modo en la dinmica, existen diferentes responsabilidades

    relacionales que se desprenden de la estructura jerrquica propia de la

    configuracin familiar (Gana,C.; Manhey,C.; Soto,P., 2008).

  • 10

    1.3 Hijos en la ruptura de la pareja.

    Las consecuencias del proceso de separacin para los hijos va en directa

    relacin con el modo que los padres enfrenten este cambio en la estructura y

    organizacin familiar.

    Las separaciones que cursan como parte del ciclo vital familiar, donde los

    padres son capaces de priorizar el cuidado y proteccin de los hijos a travs

    de lmites claros entre subsistemas, conversar y resolver los conflictos que

    surgen y mantener una comunicacin suficiente para la coordinacin parental,

    permiten en los hijos una experiencia que puede conllevar a la maduracin y de

    conservacin del afecto a ambos padres pese a las adversidades, ampliando su

    campo de seguridad.

    Para cuidar a los hijos en un proceso de separacin se hace necesario,

    de acuerdo a Herscovici (1986), garantizar el acceso a ambos padres, el

    derecho de ser leales a los dos al mismo tiempo y a no ser partcipes de

    descalificaciones entre ellos.

    Por otra parte, en los procesos de separacin o divorcio destructivos el

    panorama es bastante diferente respecto a las consecuencias en los hijos,

    apareciendo sintomatologa en estas familias.

    En concordancia con lo planteado con Glasserman (1997), estos casos de

    divorcios destructivos pueden ser catalogados dentro de la conceptualizacin

    de Maltrato Infantil3

    3 De acuerdo a Jorge Barudy (1998) Toda accin u omisin cometidas por individuos, instituciones o por la

    sociedad en general y toda situacin provocada por stos que prive a los nios de cuidados, de sus derechos y

    libertades, impidiendo un pleno desarrollo, constituyen, por definicin, un acto o una situacin que enra en la

    categora de lo que nosotros llamaremos malos tratos o negligencia ( Barudy, J (1998) en Simon,C; Lpez, J, Linaza,J (2000), p.127).

  • 11

    En este contexto se describen dinmicas en que los hijos se ven

    parentalizados, asumiendo responsabilidades, roles y funciones que no son

    acordes con su etapa de desarrollo y que, a largo plazo, les acarrean problemas

    asociados a depresin y ansiedad.

    En las separaciones contenciosas o judicializadas, es frecuente que uno

    de los progenitores busque aliarse con los hijos para enfrentase al otro

    progenitor obligndolos, en muchos casos, a tomar partido en los espacios

    legales donde se enfrentan, triangulando el conflicto.

    Este tipo de situaciones descritas en la literatura generan en los hijos

    un conflicto de lealtades, descrito por Borszomengy-Nagy (1973) como un

    proceso por el cual la lealtad hacia uno de los progenitores implica la deslealtad

    hacia el otro.

    Hay que considerar adems, que las nuevas parejas de los padres nunca

    sustituyen, por lo que el acceso estable y continuo de los hijos con el padre no

    custudio es imprescindible y no negociable.

    Aguilar (2006) seala que la consecuencia ms extrema de este conflicto

    para la salud de los hijos es el Sndrome de Alienacin Parental, concepto que

    se desarrollar en el siguiente captulo.

    Frente a este panorama, la intervencin teraputica debe tener como

    objetivo evitar el divorcio parental (Herscovici, 1986) y as, intentar

    operativizar este subsistema en pro del cuidado y proteccin de los hijos.

    Glasserman (1997) en concordancia con Herscovici (1986), seala la

    importancia del acompaamiento en estas familias en su proceso de

    reacomodacin de la vida familiar, as como la generacin de nuevas miradas a

  • 12

    la historia familiar que impliquen, en definitiva, nuevas significaciones a la

    vivencia que permita la movilizacin del sistema hacia una nueva organizacin.

    En trminos teraputicos, el camino debe conducir hacia la posibilidad de

    construir progresivamente la cooperacin mutua entre los padres a fin de que

    ellos ayuden a sus hijos a crecer.

  • 13

    1.4 Sndrome de Alienacin Parental

    Richard Gardner (1985), fuel el primer autor que sistematiza el

    concepto de Sndrome de Alienacin Parental (SAP), en su artculo

    Tendencias Recientes en el divorcio y la litigacin por custodia. Luego, en la

    segunda publicacin de su libro El Sndrome de Alienacin Parental, define al

    mismo como un trastorno que surge principalmente en el contexto de las

    disputas por la guarda y custodia de los nios.

    Su primera manifestacin es una campaa de difamacin contra uno de

    los padres por parte del hijo, campaa que no tiene justificacin. El fenmeno,

    de acuerdo a este autor, resulta de la combinacin del sistemtico

    adoctrinamiento (lavado de cerebro) de uno de los padres y de las propias

    contribuciones del nio dirigidas a la denigracin del progenitor objetivo de

    esta campaa. (Gardner, R., 1985, en Aguilar, 2006, p.17)

    De acuerdo a este autor es posible observar una serie de indicadores que

    usualmente son observados en los hijos de familia con dinmica de SAP:

    Campaa de injurias y desaprobacin.

    Explicaciones triviales para justificar la campaa de desprecio.

    Ausencia de ambivalencia en su odio hacia el progenitor rechazado.

    Autonoma de Pensamiento.

    Defensa del progenitor aceptado.

    Ausencia de culpabilidad.

    Escenarios prestados.

    Extensin del odio al entorno del progenitor rechazado.

  • 14

    Bolaos (2000) plantea la necesidad de incluir otros indicadores surgidos de

    estudios posteriores:

    Contradicciones en las declaraciones de los hijos.

    Posesin del hijo de informacin inapropiada e innecesaria sobre la

    ruptura y el proceso legal.

    El nio muestra una dramtica sensacin de urgencia y fragilidad. Todo

    parece tener una importancia de vida o muerte.

    Marcada ausencia de pensamiento complejo acerca de las relaciones.

    El nio demuestra un sentimiento de restriccin en el permiso de amar y

    ser amado.

    Por otra parte y de acuerdo al nivel de intensidad con que se presenta,

    Gardner (1985), hace la siguiente distincin:

    Estadio I: Rechazo ligero.

    Se caracteriza por la expresin de algunos signos de desagrado respecto

    al progenitor no custodio, aunque en general las visitas se realizan de manera

    tranquila, existiendo vnculos afectivos paterno-filiales fuertes. No hay

    evitacin y la relacin no se interrumpe.

    Estadio II: Rechazo Moderado.

    Los hijos pueden estar ms negativos e irrespetuosos, tindose las

    visitas de un tono ms conflictivo. Comienza una campaa de denigracin en

    baja intensidad que va en aumento progresivo.

  • 15

    Ac existe presencia de los ocho sntomas, aunque en una intensidad

    ms baja que en el SAP Severo.

    Estadio III: Rechazo Severo.

    Los sntomas estn presentes con toda intensidad de modo que la

    relacin directa y regular puede tornarse imposible y, de producirse,

    transcurre entre la provocacin produciendo un elevado desgaste.

    Los hijos suelen estar perturbados en esta etapa, mostrando signos

    altamentente patolgicos: fobias, paranoia, entre otros.

    Bolaos (2000) plantea una nueva distincin del SAP de acuerdo al momento

    de su aparicin:

    o Rechazo Primario:

    Aparece inmediatamente despus de la ruptura, observndose

    predominantemente en rupturas bruscas e impulsivas.

    Se caracteriza, de acuerdo al autor, por el abandono por parte del padre

    habitualmente de forma inesperada o tras haber iniciado una relacin afectiva

    extramatrimonial sin que exista una explicacin conjunta a los hijos sobre la

    situacin familiar.

    As, por una parte, la madre no puede ocultar sus sentimientos y, por otra

    parte, el padre fuerza a que los hijos se adapten inmediatamente a la nueva

    realidad, lo que produce resistencias en el hijo.

    La madre solidariza con tal resistencia, con lo que tiende a cronificarse el

    rechazo.

  • 16

    o Rechazo Secundario:

    Aparece en periodos posteriores que puede alcanzar varios aos,

    generalmente asociado a eventos del nuevo ciclo vital de la familia.

    As, para Gardner (1985) un elemento fundamental a considerar es que

    el SAP se dara en el contexto de las disputas por la Custodia o Cuidado

    Personal de un hijo. Aguilar (2006) seala que existen otros motivos por los

    cuales se puede iniciar el rechazo del hijo hacia un progenitor: una nueva

    pareja, el nacimiento de un hijo, entre otros, puede desencadenar este tipo de

    dinmicas.

    En este escenario, no se puede sostener que el Sndrome de Alienacin

    Parental se d, exclusivamente, en el contexto de litigio por cuidado personal.

    Esta aclaracin, tal y como lo seala Aguilar, no va tanto en contra de cambiar

    el contexto en el que SAP tiene lugar, sino en el de enriquecerlo con intencin

    de ampliar su concepto. (Aguilar,J. 2006, p. 9).

    Por otra parte, en su tesis doctoral, Ignacio Bolaos (2000) contribuye a

    ampliar el concepto, enfatizando los aspectos relacionales de la dinmica e

    introduce, entre sus mltiples aportes, el papel del padre rechazado donde

    menciona, por ejemplo, que ste colabora activamente a perpetuar la dinmica

    de rechazo a travs de una combinacin de hostilidad reactiva y persecucin

    del nio.

  • 17

    Las distinciones mencionadas permitieron movilizar el concepto de SAP

    hacia la configuracin de un Sndrome Familiar, donde cada uno de los

    miembros de la familia, as como los sistemas externos tal como el judicial, se

    hacen parte de la danza que ejecuta.

    En sus conclusiones, Bolaos (2000) seala que en la medida que el

    sistema judicial se hace parte del desarrollo del sndrome, ste adquiere una

    connotacin Jurdico-Familiar.

    Bolaos (2000), define el proceso psico-jurdico como el conjunto de

    interacciones entre el procedimiento legal y el psicosocial, los cuales,

    influyndose mutuamente, transcurren conectados durante un periodo de

    tiempo limitado, desligndose cuando se ha conseguido definir una nueva

    realidad legalmente legitimada y psicosocialmente funcional (Bolaos, I. 2000.

    P.10).

    El autor seala que en los procedimientos contenciosos, es probable que

    las diferentes tareas adaptativas requeridas para llevar a cabo una adecuada

    separacin se vean mezcladas, obstaculizndose las unas con las otras y

    ampliando su campo de expresin al proceso legal. (Bolaos, I. 2000, p. 10).

  • 18

    Dimensiones del conflicto psico-jurdico (Bolaos, 2000)5

    Fuente: Bolaos, I. ( 2000). Estudio descriptivo del Sndrome de Alienacin Parental en procesos de separacin y

    divorcio. Diseo y Aplicacin de un programa piloto de mediacin familiar. Tesis Doctoral. Universidad Autnoma de

    Barcelona. Barcelona

    Desde esta misma perspectiva, Gana, C. Manhey, C. y Soto, P. (2008),

    plantean que reconocer que el SAP es un sndrome familiar en el que los

    participantes poseen una responsabilidad relacional, al mismo tiempo que se

    introduce el contexto legal() permite aceptar que las soluciones aisladas a

    este tipo de conflicto, sern siempre insuficientes (Gana, C. Manhey, C. y

    Soto, P., 2008, p. 4).

    5 Bolaos, I. ( 2000). Estudio descriptivo del Sndrome de Alienacin Parental en procesos de separacin y

    divorcio. Diseo y Aplicacin de un programa piloto de mediacin familiar. Tesis Doctoral. Universidad

    Autnoma de Barcelona. Barcelona.

    Conflicto

    legal

    Conflicto

    psicosocial

    Conflicto

    de pareja

    Conflicto

    de padres

    Divorcio Legal

    Disolucin del

    matrimonio

    Relaciones entre padres e

    hijos

    Relaciones afectivas

    Divorcio Psicosocial

    Relaciones de pareja

    Relaciones

    Paternofiliales

    P. Potestad, G. Custodia,

    R. Visitas

  • 19

    De esta manera, la introduccin de una mirada sistmica del Sndrome

    de Alienacin Parental, desde una dimensin jurdico-familiar nos permite no

    slo ampliar el foco de anlisis, que posibilita la opcin de detenerse para

    observar las funciones y/o roles de los distintos miembros de la familia y el

    sistema judicial, sino tambin nos otorga una mirada llena de movimiento

    respecto a los procesos que se dan en este sistema jurdico-familiar y, con ello,

    nuevas estrategias de enfrentamiento.

    1.5. SAP: Dinmica familiar.

    Desde el punto de vista de la dinmica relacional que se desarrolla en el

    Sndrome de Alienacin Parental, se plantea que el rechazo hacia el progenitor

    no custodio es la expresin de una dinmica familiar en la que todos sus

    miembros son responsables relacionales (Bolaos, 2000). As no se trata de la

    negacin de la figura parental real sino ms bien se configura como una

    negacin relacional.

    Respecto a la responsabilidad relacional, Gana, C. Manhey, C. y Soto, P.,

    (2008) destacan que si bien todos los miembros de la familia poseen un grado

    de responsabilidad en la dinmica que conforman, sta responsabilidad no se

    distribuye equitativamente. Esto, en especial respecto a los hijos, quienes

    estructuralmente dentro de la familia, poseen menos poder que los padres.

  • 20

    As, las autoras describen la dinmica familiar del Sndrome de Alienacin

    Parental del siguiente modo:

    - Ex cnyuges no logran resolver sus conflictos.

    - Hijos experimentan incomodidad por tensin, cambio de vida y sentimientos

    asociados a la separacin.

    -Sentimientos de los padres se traspasan y se adhieren a los hijos.

    -Encuentros con el progenitor no custodio empieza a incomodar al hijo.

    -Inicio de rechazo y evitacin al padre no custodio.

    -Dichas conductas son reforzadas por el progenitor custodio motivado por sus

    propios sentimientos.

    -Progenitor no custodio tiende a realizar conductas inadecuadas que tambin

    refuerzan el rechazo

    -Relacin entre hijo y progenitor custodio tiende a la dependencia.

    -Familia extensa tiende a intensificar el rechazo.

    Adems, se han descrito algunos factores predictivos de aparicin de

    conflictos en la relacin directa y regular (Hodges, 1986, en Bolaos 2000, pag.

    17):

    - Utilizacin de los hijos en el conflicto marital.

    - Una causa del divorcio fue el inicio de una nueva relacin afectiva por

    parte del padre que no tiene la custodia.

    - Los desacuerdos sobre el cuidado de los hijos han sido un contenido

    importante en el conflicto que llev a la ruptura.

    - El conflicto marital ha sido generado por un cambio radical en el estilo

    de vida de uno de los padres.

    - Resentimientos relacionados con cuestiones econmicas.

  • 21

    - Cuando una de las quejas en el conflicto marital es la irresponsabilidad

    crnica de uno de los padres.

    - Cuando el nivel de enojo es extremo.

    - Cuando hay una batalla por la custodia.

    - Cuando uno o ambos padres presentan una psicopatologa que interfiere

    con su actividad parental.

    Desde esta perspectiva y de acuerdo a lo sealado por Gana, C. Manhey,

    C. y Soto, P. (2008) se podra considerar a ambos padres como principales

    responsables en la generacin y mantencin de una dinmica de SAP en una

    familia en proceso de divorcio destructivo. Esto, porque ellos detentan la

    mayora del poder dentro de la familia y, a pesar de la responsabilidad que este

    poder conlleva, no han sido capaces de mantener el cuidado y proteccin de los

    hijos necesario para preservar su integridad psicoemocional en momentos de

    alta vulnerabilidad.

    Entrampados en los conflictos conyugales, han dejado de lado las

    funciones nutritivas y normativas propias de la pareja parental.

    Las autoras sealan que el padre custodio, no logra resolver sus

    sentimientos de rabia e injusticia, los que se permean a travs de diversos

    canales comunicacionales hacia los hijos.

    Por otra parte, el padre no custodio tiende a generar diversas actitudes

    inadecuadas que refuerzan el descrdito del otro progenitor y, por otra parte,

  • 22

    no logra configurarse como un referente de proteccin y cuidado para los

    hijos.

    Desde el punto de vista teraputico, la intervencin clnica en los padres

    se centra en evitar el divorcio de la pareja parental, de modo de generar un

    mnimo de colaboracin para el ejercicio de las funciones relacionadas con el

    cuidado y proteccin de los hijos (Cceres y col. 2004).

    Desde esta perspectiva, es necesario el acompaamiento de estas parejas, a

    travs de la ampliacin del sistema con la inclusin del terapeuta, para la

    bsqueda de nuevos significados a la experiencia vivida que permitan resolver

    los sentimientos subyacentes de rabia e injusticia y, finalmente, movilizar a

    todo el sistema hacia una organizacin ms saludable.

    Por otra parte, los efectos del SAP sobre los hijos pueden ser

    considerados como una forma de maltrato o abuso psicolgico y emocional, que

    puede producir un dao psicolgico permanente en el vnculo con el progenitor

    rechazado. (Gardner, R., 1999) .

    As, en la dinmica de SAP los hijos se ven permeables a los

    conflictos de los padres, en especial de los sentimientos de rabia, impotencia e

    injusticia de los padres. Paulatinamente, las visitas se ven revistiendo de un

    clima emocional de tal intensidad y tensin, que el hijo opta por evitarlas, con

    el consecuente sentimiento de rechazo hacia el padre no custodio. Este ltimo

    tiende a generar conductas inadecuadas motivadas por los sentimientos de

    frustracin y rabia por el deterioro de la relacin. Los sentimientos de rabia

    del hijo se ven alentados por el del progenitor custodio del que se vuelve cada

    vez ms dependiente. La resolucin de dichos sentimientos por parte del hijo

  • 23

    implicara un conflicto de lealtades hacia su progenitor custodio (Gana, C.

    Manhey, C. y Soto, P., 2008).

    Finalmente, las autoras destacan que la labor teraputica con los nios

    debe abocarse a distinguir y fortalecer la voz de los hijos, diferencindola de

    la que se encuentra capturada por el conflicto post conyugal. En casos de SAP

    esto slo se hace posible en un contexto de terapia familiar en que se propicie

    paulatinamente la salida de los hijos del conflicto. (Gana, C. Manhey, C. y Soto,

    P., 2008, p. 49).

    1.6 SAP: Intervencin Teraputica.

    El divorcio destructivo, como fenmeno de alta complejidad en el que se

    cementa el Sndrome de Alienacin Parental, requiere de un modelo especfico

    de intervencin teraputica que sea capaz de incluir las particularidades de

    este proceso.

    Como terapia familiar, el modelo propuesto por Cceres y Manhey (2006)

    tiene como objetivo promover una reorganizacin funcional post-separacin

    de la familia, que posibilite la proteccin y el adecuado desarrollo de sus

    miembros (Cceres, c; Manhey, C.; 2006, p.32), intervencin que se realiza

    fundamentalmente en la elaboracin del duelo y la disminucin de la

    destructividad como aspectos interrelacionados del proceso.

    As, desde este modelo de terapia familiar, se trabaja con el entramado

    vincular que se estructura como ejes relacionales entre los miembros de la

    familia: parental, postconyugal, fraterno, materno filial, paternofilial y otros

    que influyan significativamente en la dinmica. En un divorcio con

  • 24

    caractersticas destructivas todos estos ejes se encuentran interferidos por

    la dinmica e impide la posibilidad de coordinacin y cooperacin en el eje

    parental con la consecuente disminucin de las funciones nutridoras y

    normativas respecto a los hijos.

    El trabajo a partir de los ejes relacionales permite destrabar la

    interferencia que la dinmica destructiva ejerce transversalmente en los

    distintos ejes y tiene como objetivo de promover la reorganizacin de la

    dinmica vincular familiar de manera que alcance un funcionamiento viable,

    entendindose ste como aquel en que los distintos ejes relacionales pueden

    coexistir, con un suficiente nivel de autonoma (Manhey, C., Cceres, C. 2007,

    p. 66).

    La aparicin del Sndrome de Alienacin Parental en un proceso de

    separacin destructivo indica que el trabajo teraputico se aboca a la

    proteccin de los hijos ante una dinmica maltratante, en este sentido, la meta

    es crear un contexto familiar que abra la posibilidad de una transformacin en

    el proceso conflictivo (Bolaos, 2004 en Gana, C. Manhey, C. Soto, P. 2008. P.

    59,60)

    Desde el modelo presentado por las autoras, el trabajo parte desde la

    accin preventiva de la instalacin de este sndrome, fomentando el desarrollo

    de relaciones paterno-filiales que favorezcan el cuidado de los hijos por sobre

    el conflicto post conyugal. Para ello, destacan la importancia de promover el

    contacto entre los hijos y el padre no custodio pese a lo difcil que esta

    relacin se pueda tornar, as como el trabajo de elaboracin del duelo que

    significa la separacin para cada miembro de la familia. Finalmente, marcan la

    importancia de prevenir que el sistema judicial se transforme en un escenario

  • 25

    de guerra en que los abogados son los que asumen el objetivo de ganar el litigio,

    entre otras intervenciones.

    Sealan que, una vez instalada la dinmica de SAP, es necesario

    desarrollar estrategias que permitan: 1. Disminuir el conflicto post conyugal,

    2. Fomentar una coparentalidad mnima entre los padres, 3. Promover

    conductas auto protectoras en los hijos (Gana, C. Manhey, C. Soto, P., 2008,

    p. 60). En este contexto de una dinmica maltratante para los hijos, el

    encuadre que se realiza desde este modelo enfatiza la parcialidad del

    terapeuta en cuanto a privilegiar las necesidades de los hijos de estas familias

    y la imparcialidad respecto a los cnyuges, lo que permite, de acuerdo a las

    autoras, a distinguir el espacio teraputico del judicial, as como descentrar el

    conflicto post conyugal .

    En una primera instancia este modelo promueve el desestancamiento del

    proceso de duelo y la disminucin del conflicto entre los padres, para luego

    incluir el trabajo teraputico de la relacin paterno-filial. El lograr que los

    padres puedan escuchar y ver las necesidades de sus hijos invisibilizadas por la

    dinmica destructiva dentro del espacio teraputico, posibilita el concientizar

    el dao que implica para ellos el estar inmersos en una dinmica de SAP y,

    desde ah, comenzar a reparar el vnculo parento-filial truncado.

    El trabajo teraputico del eje fraterno como recurso en este modelo de

    intervencin, realza el fortalecimiento de la autonoma de la fratra respecto al

    conflicto post- conyugal. As, la terapia debe ir transformando la fratra en un

    espacio relacional que permita explorar y descubrir a los hermanos sus propios

  • 26

    recursos (Manhey, C., Caceres, C., 2007., p. 80). Este espacio relacional les

    permite no solo la expresin de sentimientos relacionados con el divorcio de los

    padres, sino tambin permite la co-construccin de un espacio relacional

    diferente al de stos, a travs del cul es posible resignificar la experiencia de

    separacin de sus padres.

    1.7 Sistema judicial y contexto legal del Sndrome de Alienacin

    Parental.

    La creacin y puesta en marcha de los Tribunales de Familia el ao 2005, a

    travs de la Ley 19.968, tiene por objeto dotar al sistema de administracin

    de justicia de rganos y procedimientos para hacer frente a un especial tipo

    contencioso que significan aquellos relacionados con asuntos de la familia.

    De esta manera, se reemplaza el antiguo sistema donde algunas materias

    se diriman en los juzgados de menores y otros en los juzgados civiles,

    concentrando las cuestiones concernientes a las familias en el nuevo sistema.

    Divorcios, filiacin, alimentos, patria potestad, vulneracin de derechos,

    violencia intrafamiliar y otras materias relacionadas con las familias se

    abordan, ahora, en un solo lugar.

    Legislacin y Cuidado Personal

    En el marco legal chileno respecto al cuidado personal de los hijos (la antigua

    tuicin), se establece de acuerdo a doctrina que el cuidado personal es el

    derecho de los padres a tener a sus hijos en su compaa o el derecho

    paternal a la crianza, educacin y establecimiento del menor de edad, o como

  • 27

    el deber de alimentar, corregir y otorgar por lo menos una educacin bsica y

    un oficio del profesin al hijo ( Familia, legislacin y jurisprudencia, 2007, pag

    138).

    El cuidado personal en nuestra legislacin est regulada en artculos 225, 226

    del Cdigo Civil6, donde el cuerpo legal es taxativo en sealar que el cuidado

    personal de los hijos le corresponde a la madre, en caso de estar separados los

    padres. En el artculo 225, dada su amplitud, resulta irrelevante la causa de

    dicha separacin, pudiendo tratarse de padres no casados que ya no conviven o

    de matrimonios separados de hecho o judicialmente.

    Para Larthrop (2005), esta norma podra ser considerada inconstitucional,

    dado que violara el principio de igualdad al establecer una discriminacin hacia

    el progenitor varn. Del mismo modo, seala que adems esta norma no

    respetara los tratados internacionales, tal como la Convencin sobre la

    Eliminacin de todas las formas de Discriminacin contra la mujer.

    66 Art. 225. Si los padres viven separados, a la madre le toca el cuidado personal de los hijos.

    ContinuacinNo obstante, mediante escritura pblica, o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil,

    subinscrita al margen de la inscripcin de nacimiento del hijo dentro de los treinta das siguientes a su otorgamiento,

    ambos padres, actuando de comn acuerdo, podrn de terminar que el cuidado personal de uno o ms hijos corresponde al padre. Este acuerdo podr revocarse, cumpliendo las mismas solemnidades.

    En todo caso, cuando el inters del hijo lo haga indispensable, sea por maltrato, descuido u otra causa calificada, el

    juez podr entregar su cuidado personal al otro de los padres. Pero no podr confiar el cuidado personal al padre o

    madre que no hubiese contribuido a la mantencin del hijo mientras estuvo bajo el cuidado del otro padre, pudiendo

    hacerlo.

    Mientras una subinscripcin relativa al cuidado personal no sea cancelada por otra posterior, todo acuerdo o resolucin

    ser inoponible a terceros.

    Art. 226. Podr el juez, en le caso de inhabilidad fsica o moral de ambos padres, confiar el cuidado personal de los

    hijos a otra persona p personas competentes.

    En la eleccin de estas personas se preferir a los consanguneos ms prximos, y sobre todo, a los ascendientes.

  • 28

    La legislacin estructura, de esta forma, el contexto a travs del cual se va

    construyendo y sustenta la dinmica del Sndrome de Alienacin Parental,

    dejando al padre no custodio que, en la mayora de los casos es el padre, de

    alguna manera ms marginado de la crianza del hijo.

    Legislacin y Relacin Directa y Regular.

    Al reemplazar la expresin derecho de visitas, por el derecho-deber a una

    relacin directa y regular a travs de la reforma de la Ley 19.585, se intenta

    resaltar la idea de que ya no es un privilegio del padre o de la madre que no vive

    en compaa de su hijo, sino que es tambin un derecho del propio hijo,

    beneficiando el desarrollo de su autonoma a travs de un rgimen

    comunicacional fluido con ambos progenitores.

    Nuestra legislacin regula esta cuestin a travs del Artculo 229

    Cdigo Civil. El padre o madre que no tenga el cuidado personal del hijo, no ser privado del

    derecho ni quedar exento del deber, que consiste en mantener con l una relacin directa y

    regular, la que ejercer con la frecuencia y libertad acordada con quien lo tiene a su cargo o,

    en su defecto, con la que el juez estimare conveniente para el hijo.

    Se suspender o restringir el ejercicio de este derecho cuando manifiestamente perjudica el

    bienestar del hijo, lo que declarar el tribunal fundadamente.

    Por otra parte, Convencin sobre los derechos del nio7, previene en su

    artculo 9 que: "los Estados Partes velarn por que el nio no sea separado de

    sus padres contra la voluntad de stos, excepto cuando, a reserva de revisin

    7La Convencin sobre los derechos del nio suscrita por Chile el 26 de enero de 1990 y promulgada mediante

    Decreto Supremo N 830 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial del 27 de

    septiembre de 1990.

  • 29

    judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y

    los procedimientos aplicables, que tal separacin es necesaria en el inters

    superior del nio.

    Tal resolucin puede ser necesaria y se aplica en casos particulares, por

    ejemplo, en los casos en que el nio sea objeto de maltrato o descuido por

    parte de sus padres o cuando stos viven separados y debe adoptarse una

    decisin acerca del lugar de residencia del nio.

    Luego, el nmero 3 del artculo 9, previene que: "los Estados Partes

    respetarn el derecho del nio que est separado de uno o de ambos padres a

    mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo

    regular, salvo si ello es contrario al inters superior del nio."

    A continuacin el artculo 18 nmero 1 de la Convencin establece que:

    "los Estados Partes pondrn el mximo empeo en garantizar el reconocimiento

    del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que

    respecta a la crianza y el desarrollo del nio. Incumbir a los padres o, en su

    caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y

    el desarrollo del nio. Su preocupacin fundamental ser el inters superior del

    nio."

    El inters superior del nio se configura, desde este punto de vista,

    como el espritu legal de este cuerpo, cuyas implicancias definen en quehacer

    de los Tribunales de Familia, en las causas donde existen nios involucrados.

  • 30

    Finalmente, es necesario destacar que, desde el punto de vista de

    procedimiento en estas materias, la Ley faculta al Juez para oir al menor:

    Si, por el contrario, la parte demandada se opone a las pretensiones del

    demandante con argumentos que controvierten el asunto, el juez fijar la

    oportunidad en la cul oir al menor y citar a las partes a una audiencia de

    conciliacin y prueba.

    Estas audiencias especiales se realizan privadamente con el hijo y con la

    colaboracin del Consejero Tcnico8, quedando los padres y abogados fuera de

    esta instancia.

    Legislacin y Sndrome de Alienacin Parental

    En Europa ya existe jurisprudencia que reconoce la existencia y efectos

    nocivos del SAP. En efecto, en el ao 2007 una juez de Manresa (Barcelona) ha

    retirado a una mujer el cuidado personal de su hija de ocho aos por incumplir

    de forma "constante" el rgimen de visitas concedido al padre, de quien est

    separada, y generndose en la menor un fuerte rechazo hacia l que hace que

    se niegue a verle. La magistrada, por otra parte, concedi al padre el cuidado

    personal de su hija y suspendi por un perodo mnimo de medio ao cualquier

    comunicacin y visita de la madre y de su familia hasta que pueda

    restablecerse el contacto con la menor. Adems la nia deber seguir un

    tratamiento psiquitrico.

    En nuestro pas, el reconocimiento del SAP se ha manifestado

    recientemente en la sentencia del Tribunal de Familia de Coquimbo el que

    8 Consejo Tcnico es un organismo conformado por especialistas en el rea de familia cuya labor es asesorar a

    los jueces en los casos en el contexto de los Tribunales de Familia.

  • 31

    reconoce los derechos de un padre frente a una actuacin que "con la excusa

    de buscar un bien, puede impedir el normal desarrollo del nio."

    En este contexto, surge a nivel legislativo, la iniciativa que se ha

    concretado en el proyecto de ley que introduce modificaciones en el Cdigo

    Civil y en otros cuerpos legales, con el objeto de proteger la integridad del

    menor en caso de que sus padres vivan separados.

    La iniciativa busca fortalecer la integridad del menor y persigue el propender

    a que el menor tenga la mejor calidad de vida posible en caso de que sus padres

    no vivan juntos.

    La mocin ingres a la Comisin de Familia en junio de 2008 y plantea

    modificaciones al Cdigo Civil consagrando, adems de la figura del SAP, nuevas

    obligaciones de los padres a favor del menor, y el derecho y el deber de criar y

    educar a sus hijos en forma compartida.

    La iniciativa pretende introducir de plano al Sndrome de Alienacin

    Parental en nuestro Cdigo Civil, especficamente en el artculo 229:

    "Artculo 229 propuesto: El padre o madre que no tenga el cuidado personal del

    hijo no ser privado del derecho ni quedar exento del deber, que consiste en

    mantener con l una relacin directa y regular, la que ejercer con la frecuencia

    y libertad acordada con quien lo tiene a su cargo, o, en su defecto, con las que el

    juez estimare conveniente para el hijo. Se suspender o restringir el ejercicio

    de este derecho cuando manifiestamente perjudique el bienestar del hijo, lo que

    declarar el tribunal fundadamente.

    En el evento de que el padre o madre que tuviere a su cuidado el hijo incurriere

    en alguna de las siguientes conductas, o instigare a un tercero a cometerlas, el

    otro padre podr solicitar judicialmente que se le entregue el cuidado personal

  • 32

    de los hijos, con la sola excepcin de lo previsto en el inciso final del artculo

    225.

    Estas conductas son: a) Denigrar, desprestigiar, insultar, alterar la imagen que

    el hijo tiene del otro padre en forma permanente y sistemtica que tengan como

    resultado directo un cambio en la relacin del otro padre con sus hijos; b)

    Obstaculizar o prohibir injustificadamente la relacin entre los hijos y el otro

    padre, cuando ste ltimo se encuentre cumpliendo sus obligaciones; c)

    Incumpliere los acuerdos sobre visitas presentados ante el juez o las

    resoluciones que el Tribunal dicte al respecto en forma injustificada; d)

    Formular falsas denuncias sobre la conducta del otro padre que digan relacin

    con el trato que ste da a los hijos.

    Asimismo, el juez podr suspender el derecho a visitas del padre o madre que no

    tuviere a su cargo el cuidado de los hijos y que incurriere en alguna de las

    conductas previstas en el inciso anterior o instigare a terceros a hacerlo.

    El padre o madre que, actuando personalmente o a travs de terceros, obliga al

    hijo a prestar falso testimonio en juicio, en indagaciones policiales o peritajes,

    con miras a denostar al otro progenitor ser responsable civil y penalmente. Se

    aplicar respecto de l la pena prevista para el falso testimonio.

    Al analizar este proyecto de Ley, es posible constatar la existencia de

    una mirada lineal del fenmeno del Sndrome de Alienacin Parental. Desde

    esta epistemologa, en el sistema parental existe un culpable y una vctima, lo

    que desprende como accin de la justicia, el castigo del culpable y la

    compensacin de la vctima.

    Recordemos que el sistema judicial posee una naturaleza contenciosa y

    dicotmica, por lo que este proyecto sigue el cimiento institucional en que se

    encuentra inserto. As, se hace necesaria la revisin exhaustiva, por parte del

  • 33

    legislador de este proyecto para no perder de vista el objetivo del mismo:

    Garantizar los derechos de los nios en nuestro pas.

    Chile, al ratificar en el ao 1990 a la Convencin de Derechos del Nio,

    tiene la obligacin de velar y preservar los derechos de los nios. Estos

    derechos, en las familias que han desarrollado una dinmica SAP, se ven

    gravemente vulnerados y, las organizaciones relacionadas que operan y se hace

    parte en dicho sistema (sistema judicial, SENAME, entre otros), deben

    restituir a la brevedad dichos derechos a fin de garantizar el adecuado

    desarrollo psicoemocional de nuestros nios.

    La realidad de nuestro pas genera la urgencia de legislar sobre estos

    temas. De acuerdo con las estadsticas nacionales del Poder Judicial9, durante

    el ao 2008 se ingresaron 38.225 causas de divorcio en nuestro pas, de los

    cuales 29.850 se generaron como procesos contenciosos. As mismo, esta

    estadstica revela el ingreso, en el mismo ao, de alrededor de 23.000 causas

    contenciosas de Relacin Directa y Regular.

    Frente a esta realidad, la proteccin de los hijos se hace una tarea

    prioritaria en los diversos niveles de sistemas involucrados, a saber, estatal,

    judicial, familiar, teraputico.

    9 Fuente: INE

  • 34

    II. OBJETIVOS

    .

    Objetivo General.

    Analizar una causa judicial con dinmicas de Sndrome de Alienacin

    Parental en el contexto de Tribunal de Familia, desde una perspectiva

    comprensiva sistmica.

    Objetivos Especficos.

    1. Explorar, desde el punto de vista terico, el fenmeno de Sndrome

    de Alienacin Parental desde una mirada comprensiva sistmica.

    2. Explorar el contexto judicial en que se inserta el fenmeno de SAP.

    3. Presentar desde una perspectiva sistmica el caso judicial en que se

    observa dinmicas de SAP.

  • 35

    III. METODOLOGA

    Para la definicin del diseo de investigacin ms apropiado para el logro

    de los objetivos del presente trabajo, se consider la conveniencia de la

    utilizacin del estudio de casos como metodologa de investigacin. Para ello se

    tom en cuenta tanto las ventajas de este mtodo investigativo, as como el

    ajuste del mtodo a la realidad a investigar y a las posibilidades del

    investigador en ese contexto.

    Algunas de las ventajas del estudio de casos en la investigacin

    mencionadas por Gloria Prez Serrano (1992) que resonaron en la elaboracin

    de este trabajo fueron las siguientes:

    A) Que puede ser una forma de profundizar en un proceso de

    investigacin a partir de un conjunto de datos analizados

    estadsticamente.

    B) Es un mtodo adecuado para investigaciones de menor

    envergadura, con tiempos limitados y con espacio y recursos

    reducidos.

    C) Es un mtodo abierto, que no cierra en s mismo la posibilidad

    de retomar otras condiciones personales e institucionales

    diferentes.

    Por otra parte, los objetivos y las condiciones generales para la

    realizacin de este estudio se ajustaban a varias de las precondiciones

    sugeridas por los autores Kenny y Grotelenesh (1980) en Perez Serrano (1992)

    para decidir sobre la eleccin de este mtodo investigativo:

  • 36

    a) Cuando los objetivos deseados o proyectados de un esfuezo

    educativo se centran en resultados humansticos o diferencias

    culturales, en oposicin a los resultados conductuales o

    diferencias individuales.

    b) Cuando la informacin obtenida de los participantes no est

    sujeta a verdad o falsedad, sino que puede someterse a

    examen sobre el terreno de la credibilidad.

    c) La singularidad de la situacin que nos lleva a profundizar en el

    caso concreto.( Prez Serrano, 1992.p. 94).

    Posteriormente en 1996, Latorre,A.; Del Rincn,D. y Arnal,J. en su libro

    Bases metodolgicas de la investigacin educativa sealan respecto al estudio

    de casos que su verdadero potencial yace en su capacidad para generar

    hiptesis y descubrimientos, en centrar su inters en un individuo evento o

    institucin, y en su flexibilidad y aplicabilidad a situaciones naturales

    (Latorre,A.; Del Rincn,D. y Arnal,J. 1996. p.234).

    Desde esta perspectiva, este trabajo se ajusta a un estudio de casos

    interpretativo, ya que contiene descripcin de un fenmeno denominado

    Sndrome de Alienacin Parental y los datos descriptivos de dicho fenmeno

    han dado pie al desarrollo de categoras conceptuales.

    Este trabajo de investigacin se ha centrado en la identificacin de

    algunas dinmicas relacionadas con el Sndrome de Alienacin Parental, a partir

    del anlisis de un caso real tramitado en el Tribunal de Familia de Iquique,

    pretendiendo incorporar al sistema judicial en dicha dinmica.

  • 37

    Para los efectos de esta investigacin, se sigui la Estructura y

    Organizacin de un estudio de casos sugerida por Prez Serrano (1992), la que

    se detallar a continuacin:

    Fase Preactiva:

    Esta fase implic en el presente trabajo la revisin de preconcepciones y

    prejuicios de la investigadora sobre el fenmeno de Sndrome de Alienacin

    Parental; La revisin y anlisis de material terico que otorgue un marco

    conceptual y epistemolgico en la interpretacin de los fenmenos; La revisin

    y anlisis de marco legal e institucional que construye el contexto del SAP y,

    por ltimo, la definicin de los objetivos de la investigacin, todo lo anterior

    expuesto en los captulos que anteceden.

    Respecto a la seleccin del caso, siguiendo a Prez Serrano (1992) un caso

    puede seleccionarse por ser intrnsecamente interesante y lo estudiamos para

    obtener la mxima comprensin del fenmeno. (Prez Serrano, 1992, p.80).

    Fase interactiva:

    En esta fase se incorpor la informacin del caso para su posterior anlisis e

    interpretacin, esta consisti10 en:

    Denuncia de la causa.

    Peritaje psicolgico del nio.

    Resolucin judicial de cuidado personal.

    Pruebas documentales y testimoniales relacionadas con el Sndrome de

    Alienacin Parental que se expusieron en audiencia de juicio.

    Revisin de otras causas asociadas a las partes.

    10

    Los documentos analizados se encuentran incorporados en los anexos del presente trabajo.

  • 38

    Sentencia de la causa.

    Por otra parte, en esta fase se recogi la informacin necesaria para la

    realizacin de una estadstica que pudiese poner de manifiesto algunas

    caractersticas ms generales del fenmeno en un contexto especfico11.

    Fase posactiva:

    Latorre et al. (1996) seala que el investigador va incorporando nuevas

    ideas que van surgiendo y que, dichas ideas, pueden ir reestructurando las

    fases anteriores a lo largo del todo el estudio.

    Considerando lo anterior es que la presente investigacin culmin, luego de

    un proceso recursivo de anlisis, con la emergencia de modelos que dan cuenta

    de dinmicas observadas respecto al Sndrome de Alienacin Parental

    abstradas del caso analizado para, finalmente, elaborar las conclusiones del

    presente estudio.

    En el presente trabajo, la tcnica utilizada es el anlisis de discurso. Este, de

    acuerdo a Binimelis (1994, p.63) supone tres operaciones distinguibles y

    complementarias :

    - Analizar: hacer un anlisis semiolgico pragmtico lo que implica

    descomponer el discurso.

    - Interpretar: descifrar o hacer manifiesto lo oculto.

    - Comprender: ponerse en el lugar del otro y as poder definir qu

    escucha, qu est mirando, con quin est hablando.

    11

    El detalle de los datos que dieron origen a la estadstica se encuentran incorporados en los anexo del

    presente trabajo.

  • 39

    El anlisis de los documentos del juicio tales como las solicitudes de las

    partes y otros documentos relevantes12, dan cuenta no slo de los aspectos

    que relata en su contenido, sino que adems revela una forma de

    funcionamiento, el modo cmo se estructura la realidad en un contexto

    determinado, en este caso el judicial, para las familias con dinmicas de

    Sndrome de Alienacin Parental.

    Este anlisis que se genera desde la prctica social, est inmersa en el

    vaivn de los sucesos cotidianos, en los que diversos factores y movimientos

    familiares y judiciales van apareciendo, transfigurando constantemente las

    dinmicas. De esta manera, el anlisis y reflexin desde una mirada

    comprensiva sistmica debe ser constante para aportar a la prctica clnica en

    la intervencin con este tipo de familias

    12

    Documentos se encuentran en los Anexos de este trabajo.

  • 40

    IV. Resultados

    4.1. Presentacin del caso.

    El caso se centra en una familia en proceso de divorcio destructivo, en

    las que han surgido dinmicas de Sndrome de Alienacin Parental con una

    elevada judicializacin.

    El acercamiento a esta familia se dio en el contexto de un juicio

    realizado en el Tribunal de Familia de Iquique, donde esta profesional particip

    en calidad de Consejero Tcnico, pudiendo acceder de esta manera, a los

    documentos utilizados para este anlisis.

    Considerando que dicho acercamiento no se produjo en el mbito clnico

    sino en el jurdico, que existe diagnstico y evidencia suficiente de la

    existencia de una dinmica de Sndrome de Alienacin Parental en la familia13,

    as como el papel desempeado por esta profesional en ese juicio, es que

    pareci pertinente centrar el anlisis de este caso en la dinmica que se

    construye entre el sistema judicial y el sistema familiar en la dinmica asociada

    al SAP.

    Sin perjuicio a lo anterior, se hace necesario aportar datos relevantes

    de la historia familiar para una mayor comprensin del fenmeno y su insercin

    en el sistema judicial14.

    La familia proviene de un pas que profesa la religin musulmana.

    Estructurado a partir de un arreglo entre los padres, el matrimonio se

    realiz en su pas de origen el ao 2001 mismo ao que se trasladan a Chile. 13

    Ver informes psicolgicos y otros en Anexo. 14

    Los nombres y lugares han sido borrados para proteger la identidad de la familia.

  • 41

    De acuerdo a los relatos que aparecen en los informes psicolgicos que

    se adjuntan15, los miembros de la pareja relatan diferencias

    irreconciliables desde el principio del matrimonio, con episodios de

    violencia intrafamiliar entre otras problemticas. El ao 2003 nace el

    nico hijo de la pareja y al poco tiempo se produce el quiebre definitivo de

    sta.

    Ya, desde ese momento, se registran las primeras intervenciones del

    sistema judicial en las problemticas de esta familia.

    El recurso legal es constantemente utilizado por esta familia, existiendo

    al menos 11 causas asociadas a las partes en dicho Tribunal, constando

    otras en los Tribunales de Santiago.

    En un momento determinado, la madre le entrega el cuidado personal del

    nio al padre y, posteriormente, el padre se lo lleva a EE.UU. sin la

    autorizacin de la madre.

    La madre localiza al nio a travs de la INTERPOL y debe viajar a

    EE.UU. e iniciar un juicio en el Tribunal de la Haya, la que se declara

    incompetente en materia de tuicin (cuidado personal) y se inicia el juicio

    correspondiente en Chile, en el Tribunal de Familia de Iquique, donde esta

    profesional cumpli el rol de Consejera Tcnica.

    La intervencin de esta profesional en base a las antecedentes y anlisis de

    stos que dieron cuenta de la existencia de una dinmica familiar

    relacionada con el Sndrome de Alienacin Parental se consolid en la

    sentencia judicial, generando un nuevo prisma desde donde observar y

    entender la realidad familiar.

    15

    dem.

  • 42

    Genograma Familiar

    2001-2004

    4.2 Anlisis del caso

    En esta familia en proceso de divorcio destructivo, la integracin de

    sistema judicial surge de la imposibilidad de la pareja para acordar aspectos de

    su funcionamiento familiar. Lo anterior se refleja en el nmero y materia

    (alimentos, relacin directa y regular, cuidado personal, entre otros), de las

    causas tramitadas en el Tribunal de Familia de Iquique, contabilizndose once

    PAP

    (36)

    HIJO (5)

    Tio

    paterno

    Abuelo

    (1981)

    Abuela

    Paterna

    MAM

    (32)

    Abuelo

    materno Abuela

    materna

  • 43

    desde el ao 2006 hasta la fecha, registradas en el Sistema informtico

    SITFA16 (Anexo, doc. 1).

    Confirma la misma idea, lo informado por la Coordinadora del Centro de

    Mediacin (Anexo, doc. 2):

    Por intermedio del presente informamos a Usted que en este centro de mediacin

    fueron atendidos doa (..) y don (), y despus de cinco sesiones no se lleg a acuerdo

    en el proceso de mediacin.

    A partir de lo anterior se podra decir que, en este caso, la inclusin de

    Sistema Judicial se configura como sintomtico en la medida que cumple la

    funcin de expresar un conflicto familiar que la pareja conyugal no puede

    resolver, movilizando las dinmicas y recursos de la familia en torno a los

    procesos judiciales.

    La incorporacin constante del Sistema Judicial en el conflicto familiar,

    que se expresa en la cantidad de causas tramitadas (Anexo, doc1), podra

    develar una pauta de funcionamiento en que existe una escalada de agresin la

    que es articulada a travs de la disputa legal y todos los actores involucrados

    en ella: abogados, peritos, testigos, entre otros.

    El Sndrome de Alienacin Parental se expresa en este contexto, tal

    como lo seala el informe psicolgico del nio (Anexo, doc 3):

    el nio presenta un discurso y preocupaciones adultas, como sentirse

    responsable de los resultados del juicio. Adems manifiesta sentimientos de odio

    injustificados hacia la madre no me gusta porque hace comidas malas, lo que no es un

    motivo para que un nio de esa edad, que requiere a ambos padres afectivamente para

    16

    Las causas previas al 2006 no se encuentran registradas en el sistema SITFA, por corresponder a causas

    previas a la creacin de los Tribunales de Familia..

  • 44

    su desarrollo, odie a alguno de ellos. Junto con eso, la falta de ambivalencia en las

    emociones de odio: todos los seres humanos presentamos naturalmente sentimientos

    de odio y amor hacia nuestros vnculos ntimos y, que un nio manifieste solo odio y

    puro odio, es indicador de que algo est funcionando inadecuadamente en su desarrollo

    emocional. Junto con eso, existen antecedentes que el nio est siendo manipulado por

    el padre para hablar mal de la madre, con el fin de cumplir su anhelo de retornar a su

    lugar de residencia en donde tiene su mundo y sus amigos, lo que constituye un

    aprovechamiento de las ilusiones y emociones genuinas del nio.

    El hijo, desde su nacimiento, se convierte en el centro de la disputa. Las

    necesidades del nio son invisibles para los padres, quienes centran la lucha por

    ganarle al otro. De esta manera, uno de los aliados de esta guerra legal, son los

    abogados.

    Ellos son contratados para tejer la estrategia necesaria para ganar la

    batalla. En este caso, las principales acciones realizadas en el curso del juicio

    por las partes a travs de sus abogados, fueron los siguientes:

    Solicitudes de orden de arresto por ambas partes (Anexo, doc 5 y

    6), por no cumplimiento del rgimen de relacin directa y regular.

    Presentaciones que relatan los actos de rechazo del nio hacia su

    madre Anexos, doc 7 y 8).

    Solicitud de medida cautelar en contra de madre por maltrato al

    hijo. (Anexos, doc 9)

    Respuesta de la madre ante acusaciones del padre (Anexo, doc

    10).

  • 45

    Con esto, la dinmica familiar que se expresa en el mbito judicial se

    podra describir del siguiente modo:

    El progenitor custodio, a travs de la denuncia de violencia intrafamiliar

    que realiza as como las presentaciones dando cuenta de rechazo de nio hacia

    la madre (Anexos, doc 9,8,7,5), solicita la obtencin de medidas cautelares de

    prohibicin de acercamiento personal, la modificacin de la relacin directa y

    regular u otra media de proteccin que implique el alejamiento de la madre del

    nio. Con estas y otras acciones, se dificulta el acceso de la madre al hijo

    comn17.

    La madre responde tambin en el mbito legal: solicitud de arresto del

    padre y la compensacin de las visitas no realizadas, en su intento de estar con

    el hijo. Se podra inferir que esta accin se configura, desde el punto de vista

    del ncleo familiar del padre, como un fundamento que legitima el rechazo a la

    madre (la madre mala que quiere encarcelar a pap), producindose un aumento

    en el rechazo del hijo.

    Este rechazo es registrado por el padre para reunir ms pruebas que

    desacredite a la madre en el ejercicio de su rol ante la ley, accin que

    desemboca en una nueva accin judicial. Lo anterior, sin duda, contribuye

    fuertemente a la agudizacin y profundizacin del conflicto que configura el

    SAP, donde el rol de sistema judicial, opera amplificando el conflicto

    subyacente a la accin iniciada.

    De la dinmica descrita y en concordancia con lo expresado Bolaos

    (2000), es posible decir que la inclusin del sistema judicial expande el crculo

    del conflicto, incorporando, adems, a profesionales que puedan colaborar a

    17

    El acercamiento del demandado al hogar de la vctima, aunque sea en el contexto del

    ejercicio de la Relacin Directa y Regular, implica el delito de desacato.

  • 46

    probar la posicin defendida. As mismo, la estructura contenciosa del sistema

    judicial, genera una posicin altamente litigante del conflicto, dificultando la

    posibilidad de buscar resignificaciones de la experiencia que permitan

    movilizar al sistema familiar del estancamiento de conflicto.

    Toda la dinmica anteriormente descrita es posible de representarla a

    partir del cuadro N2, que se presenta a continuacin:

  • 47

    Cuadro 2

    Dinmica Relacional entre Sistema Judicial y Sistema

    Familiar.

    Aumento del rechazo del hijo

    hacia el padre no custodio.

    Progenitor custodio

    logra justificacin de su

    campaa de denigracin

    Padre no custodio solicita

    arresto del padre custodio y

    compensacin de visita

    INGRESO DEL SISTEMA

    JUDICIAL Denuncia VIF del progenitor

    custodio/ no cumplimiento

    Legitimacin del descrdito: padre no custodio mala ataca a

    padre custodio

    Padre custodio utiliza el rechazo para

    campaa de guerra.

    Dificulltad o imposibilidad del

    padre no custodio para ejercer la

    RDR

    Padre no custodio siente impotencia e intenta

    acercarse al hijo

    AMPLIACION

    DEL

    CONFLICTO

  • 48

    De la dinmica antes descrita, el gran tema omitido son las necesidades

    del nio. En esta familia, cuya historia se ha construido en relacin al sistema

    judicial, el nio- centro de la disputa desaparece ante un conflicto de

    dimensiones abrumantes.

    En este punto, no queda ms que reflexionar sobre el modo en que esta

    dinmica destructiva ha generado la permeabilidad del sistema familiar a un

    desfile de profesionales asociados a la disputa judicial. Ellos ingresan a la

    intimidad familiar temporalmente, asociado al proceso contencioso del

    momento. El nio, centro de la disputa, debe incorporar a estas personas a su

    propia intimidad, en una continua seguidilla de pericias y otras acciones, la que

    se transforman en las arma de guerra ms poderosas en el contexto judicial.

    El nio se encuentra empoderado y es depositario de una excesiva

    responsabilidad, donde los padres pagan para que lo miren, evalen, examinen y

    preparen para el juzgado. Sin embargo, para el nio esa sentencia no resuelve

    nada, ya que gane uno u otro, dado el conflicto de lealtades existente respecto

    a los padres, l es el nico que nunca va a ganar.

  • 49

    V. Conclusiones

    La complejidad del proceso de Separacin Destructiva y, en particular

    del fenmeno de Sndrome de Alienacin Parental, nos lleva a la necesidad de

    contemplar un nuevo enfoque de abordaje de esta realidad dado que las

    soluciones intentadas parecieran ser incompletas. En este sentido

    consideramos que una mirada relacional de los fenmenos que se manifiestan en

    procesos contenciosas pudiera dar cuenta de un modo ms profundo de la

    complejidad y de la movilidad de dicha realidad.

    En este sentido, se hace relevante analizar y profundizar sobre las

    instancias de ayuda legal que la sociedad ha desarrollado con la finalidad de

    ofrecer proteccin a la familia, especialmente a los nios. Se nos hace

    necesario, entonces, discriminar entre los modos eficaces de aprehender la

    realidad familiar y de ayuda y aquellos modos que no lo son. Proponemos una

    mirada relacional observando las pautas comunicacionales en juego entre los

    diferentes sistemas que interactan en las dinmicas de Sndrome de

    Alienacin Parental deducido de la mirada del caso expuesto desde una mirada

    comprensiva sistmica.

    Nios y Sistema Judicial

    Tal como se seal en el marco terico, el procedimiento judicial incluye la

    opinin del hijo como una parte del proceso contencioso en las denominadas

    audiencias especiales.

  • 50

    Cuando nos posicionamos desde una mirada sistmica y en la experiencia del

    caso analizado, nos es posible decir que esta prctica posiciona al nio en un

    nivel de responsabilidad mayor al que el nio ejerce efectivamente en la familia

    y al que est preparado para responder, ya que en ese contexto detenta menos

    poder que sus padres en la dinmica en que se encuentra inmerso.

    Por otra parte, la opinin del nio no siempre da cuenta de lo que en

    realidad necesita, su opinin o discurso es una manifestacin que se asocia a la

    edad, nivel evolutivo, capacidad de verbalizar, motivacin, conflictos, defensas

    y miedos, entre otras variables. En este punto, es probable que el nio

    verbalice un discurso, que en forma literal, no da cuenta de sus necesidades

    reales. Este mundo infantil posee una complejidad tal que para poder

    aprehenderlo se hace necesario, muchas veces, tener que recurrir a pruebas

    especficas aplicadas por profesionales altamente adiestrados. Por ltimo, cabe

    sealar que el contexto de conflictos y de estresores emocionales influye en

    que los nios muchas veces hagan referencia a realidades fantaseadas,

    magnificadas o negadas de la realidad en la cual se encuentran insertos. Lo

    anteriormente descrito pudiese verse amplificado si el nio se encuentra

    triangulado por el conflicto conyugal, pudiendo generar un discurso concreto

    que no d cuenta de su mundo interno de necesidades ms bien d cuenta del

    conflicto de los padres. El nio podra plasmar el deseo de uno de los padres en

    sustitucin del propio deseo en forma alienante.

  • 51

    Audiencia Especial del nio

    Respecto a la instancia de Audiencia Especial del nio en el caso

    analizado, es posible sealar, en primer lugar, que existe una intencin por

    parte del sistema judicial de saber o conocer cul es la visin, opinin y

    preferencias del nio en relacin al tema que se encuentra en controversia. En

    segundo lugar, existe una accin que consiste en preguntar al nio sobre aquello

    que el juez necesita saber para la mejor resolucin de la causa. Sin embargo,

    en el contexto del Sndrome de Alienacin Parental en donde el nio se

    encuentra triangulado, el discurso concreto del nio pudiese verse influido por

    el contexto de estrs y disfuncin familiar y por tanto reflejar negaciones,

    lealtades y contradicciones ms que la realidad interna y los deseos legtimos

    del hijo. En este sentido y en este contexto el discurso concreto podra

    carecer de validez.

    Considerando lo anteriormente sealado, se visualiza que en la prctica,

    no se considera la complejidad que se encuentra tras el discurso concreto del

    nio. En la Audiencia Especial del nio se valida el relato infantil considerndolo

    veraz, legtimo del nio y no un reflejo de la triangulacin familiar. Ello se suma

    al hecho de que, lo dicho por el nio, se valora como la expresin de un derecho

    plasmado en la Convencin de los Derechos del Nio.

    Entonces, podramos visualizar que el sistema familiar con dinmicas de

    Sndrome de Alienacin Parental constituye un modo de organizarse propio. En

    esta dinmica, el nio se podra encontrar triangulado y por tanto dar un

    testimonio plagado de sus ansiedades de su mundo interno y por los conflictos

    de lealtades.

  • 52

    Por otra parte, las familias que cursan procesos de SAP tienden a operar

    con el sistema judicial, desplazando la responsabilidad en este sistema, de la

    resolucin de los conflictos. Especficamente, en los procesos de judicializacin

    de custodia y de relacin directa y regular, el sistema judicial interacta con el

    sistema familiar de un modo muy particular organizando otra dinmica desde

    un nivel superior de anlisis.

    Esta segunda interaccin, entre el sistema judicial y el sistema familiar,

    ofrece al nio el derecho de ser escuchado. Este acto de escucha estructura

    una pauta comunicacional que consideramos ambigua y compleja si tomamos en

    cuenta las variables que se encuentran participando del discurso del nio. En

    este sentido y al considerar que el discurso pudiera verse influenciado por

    otros factores no contemplados y que no se expresan en lo literal del habla,

    podramos cuestionar la validez de este acto de escucha.

    Entonces, al analizar la interaccin de estos dos sistemas: el sistema

    individual-nio y el sistema judicial, sin considerar la dinmica familiar

    disfuncional que se configura en una dinmica de SAP, se configura desde

    nuestro modo de ver, como una Disfuncin Comunicacional. La forma concreta

    en que se estructura esta disfuncin adopta la forma de Doble Vnculo.

    El Doble Vnculo anteriormente sealado se observa en cuanto que:

    - A nivel de accin: Se escucha el relato concreto del nio.

    - A nivel de interaccin: Se escucha el conflicto conyugal, invisibilizando

    las necesidades del nio.

  • 53

    Desde el punto de vista de las intenciones se organiza una Paradoja Relacional

    que denominamos Paradoja de Moebious:

    - A nivel de intencin comunicacional: Se pretende ayudar al nio

    escuchndolo.

    - A nivel de accin: Se escucha al nio en forma literal y por lo tanto no se

    ayuda.

    Espacio Relacional entre Sistema Judicial y Sistema Individual-Hijo.

    Desde la perspectiva sistmica es posible sealar que, a nivel de esta

    dinmica, la imposibilidad de salir de la contradiccin del doble vnculo influye

    Accin Escucha

    r

    Relacin

    No Escucha

    DOBLE VNCULO

  • 54

    activamente en la dinmica asociada al Sndrome de Alienacin Parental. La

    paradoja relacional interviene dificultando que el sistema familiar se

    desprenda del sistema judicial, colaborando a la cronicidad del Sndrome de

    Alienacin Parental, tal como se observa en el caso estudiado. Ah la cronicidad

    ha llegado a tal punto que la historia de la familia se ha construido a partir de

    su relacin con el sistema judicial, por lo que es solo en ese mbito, donde les

    es posible interactuar.

    Por otra parte, el doble vnculo descrito, plasmado en la paradoja, genera

    una falsa ilusin de escucha y estructura, en definitiva, una apariencia de

    ayuda.

  • 55

    NIVELES DE REFLEXION DE LA PARADOJA DE MOEBIOUS

    NIVEL INDIVIDUAL DEL NIO TRIANGULACIN, CONFLICTOS DE LEALTADES

    NIVEL SISTEMA FAMILIAR

    Dinmica de SAP

    NIVEL INTERSISTEMA DINMICA RELACIONAL ENTRE

    SISTEMA JUDICIAL- SISTEMA FAMILIAR

  • 56

    En la observacin del espacio relacional que se configura entre el

    sistema judicial y el sistema familiar, es posible distinguir que el conflicto

    post-conyugal tiende a ampliarse cuando se judicializa. Por otra parte, la

    cronicidad de la dinmica dificulta la posibilidad de buscar resignificaciones de

    la experiencia que permitan movilizar al sistema familiar del estancamiento.

    Aqu, el sistema judicial tambin posee una responsabilidad relacional en el

    mantenimiento de la dinmica destructiva.

    Por otra parte, es sabido que la posibilidad de salir de la relacin doble-

    vincular se relaciona con la metacomunicacin de sta. Lo anterior, sustenta la

    importancia de visibilizar el fenmeno de Sndrome de Alienacin Parental en

    todos los actores que se ligan con el fenmeno (psiclogos peritos, jueces, red

    social), de resignificar el fenmeno con una mirada comprensiva y un lenguaje

    sistmico y, desde ah, construir las intervenciones ms adecuadas para

    proteger a quin se encuentra ms vulnerables: el hijo.

    Esta mirada intersistmica propuesta, es un enfoque protector para

    resguardar los derechos del nio y de la familia, ya que permite entender y

    responsabilizarse, segn el rol que cumple cada quien, de las consecuencias de

    sus actos.

    As mismo, esta mirada nos brinda la posibilidad de escapar a la

    perturbacin comunicacional descrita como Doble Vnculo, a travs de la meta-

    comunicacin de ella. Por lo anterior, este trabajo es, en s mismo, un acto

    meta-comunicativo que permite ampliar la mirada de los procesos

  • 57

    comunicacionales entre los sistemas implicados ampliando el marco de

    referencia para observar la realidad.

    Por ltimo respecto a la audiencia de escucha al nio, la propuesta reflexiva

    apunta al significado de este acto de escucha. En este sentido, se pretende

    amplificar la mirada enriqueciendo las posibilidades interpretativas de aquello

    que el nio dice.

    Sobre el rol de psiclogo

    As mismo, el papel del psiclogo con una mirada sistmica en el contexto

    judicial se constituye de alta exigencia tica y profesional. Esto, en la medida

    que su intervencin construye una accin psico-social que tiende a generar una

    red de conversaciones inter-sistemas para generar nuevos significados a

    antiguas experiencias.

    Considerando la responsabilidad relacional que compete a todos los actores

    involucrados con una familia con dinmicas de SAP, quienes forman parte del

    sistema teraputico y judicial deben tomar acciones en miras preservar la

    integridad de los nios en dinmicas destructivas de Sndrome de Alienacin

    Parental. Dado el elevado riesgo de amplificacin y estancamiento del conflicto

    en las familias que judicializan los problemas irresueltos, las acciones

    teraputicas que se realicen a las familias que ya estn insertas en el sistema

    judicial debiesen desarrollarse, desde esta perspectiva, en los diversos niveles

    donde la dinmica se desenvuelve y desde un enfoque multidisciplinario.

  • 58

    La co-construccin, entre el sistema judicial y el teraputico, de una visin

    sistmica de las familias con indicadores de Sndrome de Alienacin Parental,

    permitira disear en conjunto, acciones tendientes a movilizar el

    estancamiento y evitar la amplificacin del conflicto post-conyugal que afecta

    el adecuado desarrollo psico-emocional de los hijos involucrados, a los cuales

    este sistema se ve obligado a proteger.

    En este sentido, la posicin del profesional no debe ser neutra, sino que

    debe movilizar todos los recursos a su disposicin a la proteccin de los

    derechos de aquellos que se ven ms vulnerables, los hijos. Con conciencia del

    rol que ejerce el sistema judicial en estas familias, el proceder debe ser

    coordinado en miras de minimizar dichos riesgos y, por el contrario, aportar a

    la movilizacin saludable de la familia.

    En el caso expuesto, la estrategia de intervencin diseada, intent

    promover la visibilizacin de las dinmicas de SAP desde una mirada sistmica,

    incluyendo el anlisis del rol del sistema judicial en esa dinmica. La existencia

    de dinmicas de Sndrome de Alienacin Parental fue enunciada y validada a

    travs de la Sentencia Judicial. La comprensin sistmica del SAP permiti

    incorporar nuevos significados asociados a la historia familiar:

    -Para el nio, la validacin de la relacin materno-filial fuera de la

    responsabilidad relacional y discursiva en que estaba inserto, lo que le permite

    mayores grados de libertad en la construccin de la relacin con la madre.

    -Para la madre le es posible resignificar el rechazo de su hijo y, a partir

    de ello, elaborar estrategias ms asertivas de acercamiento a su hijo.

  • 59

    -Para el padre, la expresin pblica de la dinmica de SAP genera la

    posibilidad de pensar a su hijo desde una perspectiva diferente y ms

    emptica.

    -Para los jueces y consejeros tcnicos, la posibilidad de replantearse e

    introducir mejoras en miras de proteger a los nios en procesos de SAP.

    Con todo esto, es posible aseverar que en este caso, la mirada sistmica se

    constituye como una mirada reparadora para la familia.

    Aqu, la construccin de una nueva realidad jurdico-familiar en la que todos

    los actores poseen grados de responsabilidad en la danza que se ejecuta, ha

    permitido movilizar a esta familia de un estancamiento del conflicto y, desde

    ah, promover recursos ms saludables de ella.

  • 60

    VI. Bibliografa

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