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MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Decreto número 20.- Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia y deroga decreto N° 59, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia .................................... P.3 OTRAS ENTIDADES Banco Central de Chile Tipos de cambio y paridades de monedas extranjeras para efectos que señala...................................................................................................... P.7 Banco Central de Chile.- Estado de Situación al 30 de noviembre de 2013 .................................................................................................... P.8 Ministerio del Interior y Seguridad Pública DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 40.733.- Año CXXXVI - Nº 815.596 (M.R.) LEYES, REGLAMENTOS Y DECRETOS DE ORDEN GENERAL S U M A R I O Normas Generales PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Decreto número 79.- Promulga Enmiendas de 2010 al Anexo VI del Protocolo de 1997, relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978........................................................................................................ P.1 Decreto número 143.- Crea el Comité Asesor denominado Sección Nacional de la Convención sobre la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en Alta Mar en el Océano Pacífico Sur, fija su organización y funciones y determina sus integrantes ........................... P.2 Ejemplar del día $330.- (IVA incluido) Atrasado $650.- (IVA incluido) I CUERPO Edición de 8 páginas Directora: Cecilia Power Helfmann Dirección: Dr. Torres Boonen 511, Providencia, Santiago Fono Casa Matriz: 56 – 2 – 2 4863600 Fono Atención a Regiones: 56 - 2 - 24863601 Atención a consultas: [email protected] Atención a regiones: [email protected] [email protected] Santiago, Lunes 16 de Diciembre de 2013 Normas Generales PODER EJECUTIVO Ministerio de Relaciones Exteriores PROMULGA ENMIENDAS DE 2010 AL ANEXO VI DEL PROTOCOLO DE 1997, RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO DE 1978 Núm. 79.- Santiago, 18 de julio de 2013.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República, y la ley 18.158. Considerando: Que el Comité de Protección del Medio Marino, MEPC, de la Organización Marítima Internacional, adoptó las Enmiendas de 2010 que enmiendan el Anexo VI del Protocolo de 1997, relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Marpol 73/78), mediante las resoluciones: MEPC.190(60), de 26 de marzo de 2010, y MEPC.194(61), de 1 de octubre de 2010. Que dichas Enmiendas se adoptaron en el marco de lo dispuesto en el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques y su Protocolo de 1978, (Marpol 73-78), publicados en el Diario Oficial el 4 de mayo de 1995, y de su Protocolo de 1997, que lo fue el 27 de marzo de 2008. Que dichas Enmiendas fueron aceptadas por las Partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del Convenio de 1973, y que las mismas entraron en vigor para Chile el 1 de agosto de 2011 y el 1 de febrero de 2012, respectivamente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 2) g) ii) del Convenio de 1973. Decreto: Artículo único: Promúlganse las Enmiendas de 2010 que enmienda el Anexo VI del Protocolo de 1997 del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, (Marpol 73/78), adoptadas mediante las resoluciones: MEPC.190(60), de 26 de marzo de 2010, y MEPC.194(61), de 1 de octubre de 2010; cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la ley Nº 18.158. Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores. Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ignacio Larraín Arroyo, Embajador, Director General Administrativo.

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  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILEN 40.733 Lunes 16 de Diciembre de 2013 Cuerpo I - 1

    MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

    Decreto nmero 20.- Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia y deroga decreto N 59, de 1998, del Ministerio Secretara General de la Presidencia .................................... P.3

    OTRAS ENTIDADES

    Banco Central de Chile

    Tipos de cambio y paridades de monedas extranjeras para efectos que seala ...................................................................................................... P.7

    Banco Central de Chile.- Estado de Situacin al 30 de noviembre de 2013 ....................................................................................................P.8

    Ministerio del Interior y Seguridad Pblica

    DIARIO OFICIALDE LA REPUBLICA DE CHILE

    Nm. 40.733.-Ao CXXXVI - N 815.596 (M.R.)

    LEYES, REGLAMENTOS Y DECRETOS DE ORDEN GENERAL

    S U M A R I O

    Normas Generales

    PODER EJECUTIVO

    MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

    Decreto nmero 79.- Promulga Enmiendas de 2010 al Anexo VI del Protocolo de 1997, relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminacin por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978........................................................................................................ P.1

    Decreto nmero 143.- Crea el Comit Asesor denominado Seccin Nacional de la Convencin sobre la Conservacin y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en Alta Mar en el Ocano Pacfico Sur, fija su organizacin y funciones y determina sus integrantes ........................... P.2

    Ejemplar del da $330.- (IVA incluido)Atrasado $650.- (IVA incluido)

    ICUERPO

    Edicin de 8 pginas

    Directora:Cecilia Power Helfmann

    Direccin: Dr. Torres Boonen 511, Providencia, SantiagoFono Casa Matriz: 56 2 2 4863600

    Fono Atencin a Regiones: 56 - 2 - 24863601Atencin a consultas: [email protected]

    Atencin a regiones: [email protected]@interior.gob.cl

    Santiago, Lunes 16 de Diciembre de 2013

    Normas Generales

    PODER EJECUTIVO

    Ministerio de Relaciones Exteriores

    PROMULGA ENMIENDAS DE 2010 AL ANEXO VI DEL PROTOCOLO DE 1997, RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO POR EL

    PROTOCOLO DE 1978

    Nm. 79.- Santiago, 18 de julio de 2013.- Vistos: Los artculos 32, N 15, y

    54, N 1), inciso cuarto, de la Constitucin Poltica de la Repblica, y la ley 18.158.

    Considerando:

    Que el Comit de Proteccin del Medio Marino, MEPC, de la Organizacin

    Martima Internacional, adopt las Enmiendas de 2010 que enmiendan el Anexo

    VI del Protocolo de 1997, relativo al Convenio Internacional para Prevenir la

    Contaminacin por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978

    (Marpol 73/78), mediante las resoluciones: MEPC.190(60), de 26 de marzo de

    2010, y MEPC.194(61), de 1 de octubre de 2010.

    Que dichas Enmiendas se adoptaron en el marco de lo dispuesto en el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminacin por los Buques y su Protocolo de 1978, (Marpol 73-78), publicados en el Diario Oficial el 4 de mayo de 1995, y de

    su Protocolo de 1997, que lo fue el 27 de marzo de 2008.

    Que dichas Enmiendas fueron aceptadas por las Partes, de conformidad con

    lo dispuesto en el artculo 16 2) f) iii) del Convenio de 1973, y que las mismas

    entraron en vigor para Chile el 1 de agosto de 2011 y el 1 de febrero de 2012,

    respectivamente, de acuerdo a lo previsto en el artculo 16 2) g) ii) del Convenio

    de 1973.

    Decreto:

    Artculo nico: Promlganse las Enmiendas de 2010 que enmienda el Anexo VI del Protocolo de 1997 del Convenio Internacional para Prevenir la

    Contaminacin por los Buques, 1973, (Marpol 73/78), adoptadas mediante las

    resoluciones: MEPC.190(60), de 26 de marzo de 2010, y MEPC.194(61), de 1 de

    octubre de 2010; cmplanse y publquense en la forma establecida en la ley N

    18.158.

    A n t e s e , t m e s e r a z n , r e g s t r e s e y p u b l q u e s e . -

    SEBASTIN PIERA ECHENIQUE, Presidente de la Repblica.- Alfredo

    Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.

    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ignacio Larran Arroyo,

    Embajador, Director General Administrativo.

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 2 Lunes 16 de Diciembre de 2013 N 40.733

    CREA EL COMIT ASESOR DENOMINADO SECCIN NACIONAL DE LA CONVENCIN SOBRE LA CONSERVACIN Y ORDENAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS EN ALTA MAR EN EL OCANO PACFICO SUR, FIJA SU ORGANIZACIN Y FUNCIONES Y

    DETERMINA SUS INTEGRANTES

    Nm. 143.- Santiago, 10 de diciembre de 2012.- Vistos: La Constitucin de la

    Repblica de Chile, en especial su artculo 32 N 6; el decreto con fuerza de ley N

    161, de 1978, que fija el Estatuto Orgnico del Ministerio de Relaciones Exteriores,

    y la Convencin sobre la Conservacin y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros

    en Alta Mar en el Ocano Pacfico Sur, adoptada en la ciudad de Auckland, Nueva

    Zelanda, el 14 de noviembre de 2009, promulgada y mandada a cumplir como Ley

    de la Repblica por S.E. el Presidente de la Repblica, mediante decreto supremo N 89, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 30 de julio de 2012, y

    publicado en el Diario Oficial de 4 de octubre de 2012.

    Considerando:

    a) Que la Convencin sobre la Conservacin y Ordenamiento de los Recursos

    Pesqueros en Alta Mar en el Ocano Pacfico Sur tiene como objetivo, me-diante la aplicacin del enfoque precautorio y de un enfoque ecosistmico en

    el ordenamiento pesquero, garantizar la conservacin en el largo plazo y el

    uso sostenido de los recursos pesqueros y, al hacerlo, salvaguardar los ecosis-temas marinos en que existen esos recursos.

    b) Que para lograr dicho fin, la Convencin establece la Organizacin Regional

    de Ordenamiento Pesquero del Pacfico Sur, conformada por diversos rga-nos, entre ellos la Comisin, que tendr facultades para adoptar medidas de

    conservacin y ordenamiento vinculantes para las Partes Contratantes.

    c) Que existe la necesidad de coordinar la accin de los organismos del Estado

    que intervienen en los asuntos relativos al objetivo de la Convencin mencio-nada en el literal a), a fin de cumplir en forma adecuada las obligaciones que

    Chile adquiri como Parte Contratante de la misma, incluyendo el enlace y la

    coordinacin con los rganos de la Organizacin Regional de Ordenamiento

    Pesquero del Pacfico Sur.

    d) Que es conveniente establecer un mecanismo para hacer efectiva di-cha coordinacin.

    Decreto:

    Artculo 1.- Crase un Comit Asesor denominado Seccin Nacional de la Convencin sobre la Conservacin y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en

    Alta Mar en el Ocano Pacfico Sur (en adelante denominada la Convencin), que

    estar integrado por:

    a) El Subsecretario de Pesca y Acuicultura, quien lo presidir;

    b) El Director responsable de los temas medioambientales y martimos

    del Ministerio de Relaciones Exteriores o quien en su representa-cin designe;

    c) Un representante de la Subsecretara de Pesca y Acuicultura;

    d) Un representante del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura;

    e) Un representante del Instituto de Fomento Pesquero;

    f) Un representante de la Direccin General del Territorio Martimo y de

    Marina Mercante;g) Dos representantes del sector pesquero industrial, designados por el

    Subsecretario de Pesca y Acuicultura, y

    h) Dos representantes del sector pesquero artesanal, designados por el Sub-secretario de Pesca y Acuicultura.

    En caso de ausencia del Subsecretario de Pesca y Acuicultura, presidir la

    Seccin Nacional quien ste designe.

    Artculo 2.- La Seccin Nacional de la Convencin tendr una Secretara Ejecutiva, radicada en la Direccin responsable de los temas medioambientales y

    martimos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

    Dicha Secretara tendr a su cargo los archivos de la Seccin Nacional, har

    seguimiento del cumplimiento de sus decisiones y ser el punto de enlace con los

    rganos de la Organizacin Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacfico Sur.

    Artculo 3.- La Seccin Nacional tendr las siguientes funciones:

    a) Servir de instancia de coordinacin entre los rganos con competencia

    en la materia, para el cumplimiento del objetivo, principios y obligacio-nes de la Convencin, en la medida que stos soliciten su colaboracin;

    b) Asesorar al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Subsecre-tara de Pesca y Acuicultura en el estudio de todas las materias

    relacionadas con la Convencin;c) Mantener, a travs de su Secretara Ejecutiva, el enlace y la coordina-

    cin con los rganos de la Organizacin Regional de Ordenamiento

    Pesquero del Pacfico Sur, en particular con la Comisin, y

    d) En general, realizar todas las labores y tareas que se requieran en apoyo

    de la participacin de Chile en las actividades de la Organizacin Re-gional de Ordenamiento Pesquero del Pacfico Sur y sus rganos subsi-diarios.

    Artculo 4.- Cuando las circunstancias lo aconsejen, la Seccin Nacional de la Convencin solicitar de las autoridades y organismos competentes la asesora

    tcnica que pueda requerir para el mejor cumplimiento de sus funciones y podr

    constituir grupos tcnicos asesores para el estudio de materias especficas.

    Artculo 5.- Los integrantes de la Seccin Nacional de la Convencin ejercern sus funciones ad-honorem y su desempeo no implicar creacin de

    cargo pblico.

    Artculo 6.- La Seccional Nacional de la Convencin fijar las normas que regularn su funcionamiento.

    Antese, tmese razn, regstrese y publquese.- SEBASTIN PIERA

    ECHENIQUE, Presidente de la Repblica.- Alfredo Moreno Charme, Ministro

    de Relaciones Exteriores.- Rodrigo Hinzpeter Kirberg, Ministro de Defensa

    Nacional.- Pablo Longueira Montes, Ministro de Economa, Fomento y Turismo.

    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Ignacio Larran Arroyo,

    Embajador, Director General Administrativo.

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILEN 40.733 Lunes 16 de Diciembre de 2013 Cuerpo I - 3

    Ministerio del Medio Ambiente

    ESTABLECE NORMA DE CALIDAD PRIMARIA PARA MATERIAL PARTICULADO RESPIRABLE MP10, EN ESPECIAL DE LOS VALORES QUE DEFINEN SITUACIONES DE EMERGENCIA Y DEROGA DECRETO N 59, DE 1998, DEL MINISTERIO SECRETARA GENERAL

    DE LA PRESIDENCIA

    Nm. 20.- Santiago, 3 de junio de 2013.- Vistos: Lo establecido en la

    Constitucin Poltica de la Repblica de Chile, en sus artculos 19 nmeros 8 y

    32 nmero 6; en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente;

    en el artculo segundo de la Ley N 20.417, Orgnica de la Superintendencia del

    Medio Ambiente; en el DS N 93, de 1995, del Ministerio Secretara General de la

    Presidencia, Reglamento para la Dictacin de Normas de Calidad y de Emisin;

    en el DS N 59, de 1998, del Ministerio Secretara General de la Presidencia, que

    estableci la Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia, y lo

    dispuesto en la resolucin N 1.600, de 2008, de la Contralora General de la

    Repblica, que fija normas sobre exencin del trmite de toma de razn, y

    Considerando:

    Que por DS N 59, de 1998, del Ministerio Secretara General de la

    Presidencia de la Repblica, se estableci la Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial los valores que definen

    situaciones de emergencia. Decreto que fuera publicado en el Diario Oficial de

    25 de mayo de 1998.

    Que dicha norma de calidad fue modificada por el DS N 45, de 2001, del

    Ministerio Secretara General de la Presidencia de la Repblica (D.O. 11.09.2001).

    Que el artculo 32 de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio

    Ambiente, dispone que toda norma de calidad ambiental ser revisada por el

    Ministerio del Medio Ambiente a lo menos cada cinco aos. De esta forma se

    ha llevado a cabo el proceso de revisin de la Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, cuyo producto es la presente versin de

    dicha norma de calidad.Que la Constitucin Poltica de la Repblica reconoce en el artculo 19 N 1

    el derecho a la vida y la integridad fsica de las personas, y en su artculo 19 N 8,

    el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminacin. En este sentido, y de acuerdo con lo preceptuado en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del

    Medio Ambiente, es funcin del Estado dictar normas para regular la presencia

    de contaminantes en el medio ambiente, de manera de prevenir que stos puedan significar o representar, por sus niveles, concentraciones y perodos, un riesgo para

    la salud de las personas.Que internacionalmente, para efectos regulatorios, el material particulado se

    clasifica segn su dimetro aerodinmico, dado que el tamao de las partculas es

    la variable crtica que determina la probabilidad y el lugar de depositacin en el

    tracto respiratorio. En este sentido, se ha visto una evolucin de las regulaciones

    de material particulado; las primeras estaban dirigidas al material particulado total

    suspendido; en 1987 la Agencia de Proteccin Ambiental de los Estados Unidos

    de Norteamrica (USEPA) promulg un estndar para el material particulado con dimetro aerodinmico hasta 10 micrones (MP10) y en 1997 se agreg un estndar

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 4 Lunes 16 de Diciembre de 2013 N 40.733

    para material particulado con dimetro aerodinmico menor a 2,5 micrones

    (MP2,5). La Organizacin Mundial de la Salud (OMS) en el ao 2000 elabor

    guas respecto al riesgo para MP2,5 y el ao 2005 hizo una actualizacin y una

    revisin completa de los estudios disponibles, proponiendo valores lmites para la

    fraccin fina de material particulado.

    Que en el MP10 se puede distinguir una fraccin gruesa, mayor a 2,5 y hasta 10 micrones de dimetro, y una fraccin fina, que considera las partculas

    de tamao menor o igual a 2,5 micrones, denominado MP2,5. La fraccin gruesa

    del MP10 est constituida por partculas inhalables que pueden penetrar en las

    vas respiratorias llegando slo hasta la regin torcica, ya que por su tamao

    quedan retenidas en la parte superior del sistema respiratorio. La fraccin fina est

    compuesta por partculas suficientemente pequeas que pueden penetrar en las

    vas respiratorias hasta llegar a los pulmones y los alvolos.

    Que la fraccin gruesa del MP10 est constituida generalmente por partculas

    de origen primario; es decir, emitidas directamente a la atmsfera, ya sea por

    fuentes naturales o antropognicas y son el resultado de procesos mecnicos tales

    como la erosin o abrasin de materiales. Las fuentes antropognicas ms comunes

    de esta fraccin son el polvo resuspendido en la agricultura, minera, caminos sin

    pavimentar y en las actividades de construccin. La fuente natural ms importante

    de esta fraccin es el levantamiento de polvo por accin del viento. Otras fuentes

    naturales son la evaporacin de gotas de agua de mar y las de origen biolgico

    como el polen y fracciones de bacterias.

    Que dado que la normativa para el MP2,5 y MP10 se encuentran ntimamente

    ligadas porque el segundo contaminante contiene al primero, el presente proceso

    de revisin ha tomado en consideracin todos los antecedentes recopilados durante la elaboracin de la norma de calidad primaria de MP2,5.

    Que el inciso cuarto del artculo 2 del DS N 59, de 2001, del Ministerio

    Secretara General de la Presidencia de la Repblica, establece que a contar del 1 de enero del ao 2012, la norma primaria de calidad del aire para el contaminante Material Particulado Respirable MP10 ser de 120 g/m3N como concentracin

    de 24 horas, salvo que a dicha fecha haya entrado en vigencia una norma de calidad

    ambiental para Material Particulado Fino MP2,5, en cuyo caso se mantendr el

    valor de 150 g/m3N. Por DS N 12, de 18 de enero de 2011, del Ministerio del

    Medio Ambiente, se aprob la norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino respirable MP2,5, mantenindose por tanto el valor sealado.

    Que existen estudios epidemiolgicos consistentes que relacionan la

    exposicin a corto plazo de la fraccin gruesa del MP10 con morbilidad y

    mortalidad. En cuanto a la exposicin a largo plazo de la fraccin gruesa, la

    evidencia no sugiere una asociacin entre la exposicin de largo plazo de esta

    fraccin y los efectos sobre la salud de las personas. En base a esta evidencia, la

    USEPA revoc la norma anual de MP10 el ao 2006, manteniendo la norma diaria

    para este contaminante.Que por los antecedentes anteriormente expuestos se ha considerado oportuno

    derogar la norma de calidad primaria de aire como concentracin anual, de manera

    de focalizar la regulacin sobre la fraccin ms daina del material particulado, el

    MP2,5, y sobre el MP10 como concentracin de 24 horas, respecto de los cuales

    existen antecedentes suficientes sobre sus efectos en la salud.

    Que sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado prudente mantener la vigencia

    de la norma de calidad primaria de aire como concentracin anual por un perodo de tres aos, de manera de mantener la vigencia de las declaraciones de zona

    saturada o latente vigentes basadas en dicha norma de calidad, por el perodo de

    tiempo suficiente para que se implementen, si es que corresponde, los planes de

    descontaminacin o de prevencin basados en la norma primaria para MP2,5.

    Que el presente proceso de revisin tiene por objeto incorporar tambin

    los cambios necesarios a la norma para adecuarla a la nueva institucionalidad ambiental creada por la Ley N 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de

    Evaluacin Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, donde se

    establece que corresponde a esta ltima la fiscalizacin de las normas primarias

    de calidad ambiental.

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILEN 40.733 Lunes 16 de Diciembre de 2013 Cuerpo I - 5

    Que segn consta en el Acta de Sesin Ordinaria N 2, del da 20 de julio

    de 2010, el Consejo Consultivo Nacional de la Comisin Nacional del Medio

    Ambiente, con ocasin de expresar su opinin sobre el Anteproyecto de Norma

    de Calidad Primaria para MP2,5, se manifest favorablemente sobre la derogacin

    de la norma anual de MP10. Ms adelante, el 18 de enero de 2012, el Consejo

    Consultivo Nacional del Ministerio del Medio Ambiente, mediante Acuerdo N 2/2012, de igual fecha, emiti una opinin favorable al anteproyecto de revisin de

    la Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10.Que por Acuerdo N 1, de 10 de enero de 2013, el Consejo de Ministros para

    la Sustentabilidad se pronunci favorablemente sobre el proyecto definitivo de

    revisin de la norma de calidad.Que para la dictacin del presente decreto se ha considerado la resolucin

    exenta N 21, de 13 de enero de 2010, del Director Ejecutivo de la Comisin

    Nacional del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial de 26 de marzo de

    2010 y en el diario La Nacin de 28 de marzo de 2010, que da inicio a la elaboracin

    del anteproyecto de revisin de la norma de calidad primaria; la resolucin exenta

    N 1.309, de 2 de noviembre de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que

    aprob el anteproyecto de revisin de la norma de calidad primaria, cuyo extracto

    se public en el Diario Oficial de 15 de noviembre de 2011 y en el diario La

    Tercera de 20 de noviembre de 2011; el anlisis general del impacto econmico y

    social de la norma sealada; los estudios cientficos; las observaciones formuladas

    en la etapa de consulta al anteproyecto de norma, y los dems antecedentes que

    obran en el expediente pblico respectivo,

    Decreto:

    I. Objetivos

    Artculo 1.- Establcese la norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10, cuyo objetivo es proteger la salud de las personas de

    los efectos agudos de dicho contaminante, con un nivel de riesgo aceptable.

    II. Definiciones

    Artculo 2.- Para los efectos de lo dispuesto en este decreto, se entender por:

    a) Concentracin: El valor promedio temporal medido en el aire en microgra-mos por metro cbico (g/m3) de material particulado respirable.

    b) Concentracin de 24 horas: Corresponde al promedio diario de los valores

    efectivamente medidos de concentracin en cada estacin monitora. El clcu-lo del promedio diario y horario se regir por lo establecido en el DS N 61,

    de 2008, del Ministerio de Salud, sin perjuicio de las directrices que para este

    efecto establezca la Superintendencia del Medio Ambiente.

    c) Dimetro Aerodinmico: Indicador del tamao de las partculas que corres-ponde al tamao de una partcula esfrica de densidad unitaria, que tiene la

    misma velocidad de sedimentacin que la partcula de inters.d) Estacin de monitoreo de material particulado respirable MP10 con represen-

    tatividad poblacional (EMRP): Estacin de monitoreo de calidad del aire que

    ha sido calificada con representatividad poblacional por la Superintendencia

    del Medio Ambiente en conformidad al artculo 8 del presente decreto.

    e) Efectos Agudos: Aquellos producidos por la accin de concentraciones de

    contaminantes durante perodos cortos de exposicin. Se manifiestan por un

    agravamiento de enfermedades respiratorias y cardiovasculares.

    f) ndice de calidad de aire referido a partculas (ICAP): El indicador que resulte

    de la aplicacin de una funcin lineal segmentada que estar definida por tres

    puntos:

    (Imagen)

    Los valores intermedios se interpolarn linealmente. Solamente para efectos de evaluar esta funcin, se usar el valor de MP10 como igual a cero (0) g/m3 cuando el ICAP es igual a cero (0).

    En cualquier otro clculo, el valor MP10 igual a 0 g/m3 ser equivalente con el lmite inferior de deteccin del instrumento de medicin.

    g) Material particulado respirable MP10: Material particulado con dimetro ae-rodinmico menor o igual que 10 micrones.

    h) Percentil: Corresponde al valor q calculado a partir de los valores efectiva-mente medidos en cada estacin, redondeados al g/m3 ms prximo. Todos los valores se anotarn en una lista establecida por orden creciente para esta-cin de monitoreo.

    X1

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 6 Lunes 16 de Diciembre de 2013 N 40.733

    acuerdo a los cuales el valor calculado como promedio mvil de 24 horas se encuentre en el respectivo rango sealado en la Tabla siguiente:

    (Imagen)

    Las concentraciones sern obtenidas a partir de una metodologa de pronstico

    de calidad del aire, o bien, en caso que no se cuente con esta metodologa, de la

    constatacin de las concentraciones de material particulado respirable MP10 a partir de las mediciones provenientes desde alguna de las estaciones de monitoreo

    de calidad del aire calificadas como EMRP.

    Las metodologas de pronstico sern definidas al momento de elaborar el

    respectivo Plan de Descontaminacin o Prevencin Atmosfrico, debiendo para

    estos efectos emplearse los modelos de pronsticos ms actualizados en la materia.

    VI. Metodologa de Medicin

    Artculo 6.- Para efectos del monitoreo del material particulado respirable MP10 se debern emplear instrumentos de medicin de concentraciones ambientales

    de contaminantes atmosfricos incluidos en la lista de Mtodos Denominados de

    Referencia y Equivalentes publicada por la Agencia de Proteccin Ambiental de

    los Estados Unidos de Norteamrica (USEPA), o que cuenten con certificacin

    de alguna de las agencias de los pases miembros de la Comunidad Europea,

    que implementan las directrices del Comit Europeo para estandarizaciones o

    que cuenten con la certificacin que d cumplimiento a los estndares de calidad

    exigidos en el pas de origen, entregada por algn ente acreditado por el gobierno

    de ese pas.El monitoreo se deber efectuar a lo menos una vez cada tres das y realizarse

    en concordancia con los requerimientos para instalacin, calibracin y operacin

    de los equipos de muestreo y anlisis, segn lo dispuesto en el Reglamento de

    Estaciones de Medicin de Contaminantes Atmosfricos, establecido por el DS N

    61, de 2008, del Ministerio de Salud, sin perjuicio de las directrices que para este

    efecto establezca la Superintendencia del Medio Ambiente.

    Si al cabo de un perodo anual, en alguna de las estaciones de monitoreo de

    calidad del aire calificadas como EMRP, se verifica la superacin de la presente

    norma, su frecuencia de medicin deber ser diaria.

    Artculo 7.- Para efectos de definir los lugares de emplazamiento de una estacin de monitoreo de material particulado respirable MP10 con representatividad poblacional (EMRP), se deber considerar los siguientes criterios, en el orden de

    importancia que enseguida se indica:

    a) Cantidad de poblacin expuesta en la zona de estudio.

    b) Valores absolutos de concentraciones de material particulado respirable

    MP10 medido y tendencias histricas de dichos valores.

    c) Composicin qumica del material particulado respirable MP10 a la que

    est expuesta la poblacin, en trminos de su toxicidad.

    d) Presencia de desarrollos industriales significativos, volumen del parque

    automotor existente u otras actividades que generen emisiones de este

    contaminante o sus precursores sobre la zona de estudio.

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILEN 40.733 Lunes 16 de Diciembre de 2013 Cuerpo I - 7

    Artculo 8.- La Superintendencia del Medio Ambiente, mediante resolucin fundada, deber calificar una estacin de monitoreo de material particulado respirable MP10 como EMRP considerando lo establecido en el presente decreto, en el DS N 61, de 2008, del Ministerio de Salud, y los criterios que para ello establezca.

    La Superintendencia del Medio Ambiente podr revisar la calificacin de estaciones que hayan sido calificadas como EMRP con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma, a fin de evaluar la pertinencia de mantener dicha calificacin.

    VII. Gestin de episodios crticos de la contaminacin por material particulado respirable MP10

    Artculo 9.- Las medidas particulares asociadas a cada uno de los niveles definidos en el artculo 5 sern determinadas en el plan operacional para enfrentar episodios crticos de contaminacin, contenido en el respectivo Plan de Prevencin o Descontaminacin Atmosfrico.

    Artculo 10.- Corresponder al Ministerio del Medio Ambiente, a travs de las respectivas Secretaras Regionales Ministeriales, la coordinacin de los distintos servicios pblicos y organismos en la gestin de los episodios crticos de contaminacin. Cuando se vea afectada ms de una regin, la coordinacin la realizar el Ministerio del Medio Ambiente.

    VIII. Fiscalizacin de la norma

    Artculo 11.- Corresponder a la Superintendencia del Medio Ambiente fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones del presente decreto.

    Artculo 12.- Los responsables de mantener las redes y estaciones monitoras asociadas a esta norma primaria de calidad debern reportar sus resultados a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo a lo establecido en el DS N 61, de 2008, del Ministerio de Salud, y a las directrices que para este efecto emita la Superintendencia mencionada.

    IX. Sistema de vigilancia epidemiolgica de los efectos en salud de la contaminacin atmosfrica

    Artculo 13.- El Ministerio de Salud en conjunto con el Ministerio del Medio Ambiente debern establecer un procedimiento sistemtico que permita evaluar, en periodos mximos de 5 aos, los impactos en la salud de la poblacin con los niveles existentes de calidad del aire, con el fin de priorizar medidas de gestin en aquellas zonas que presenten mayor cantidad de poblacin afectada.

    X. Vigencia

    Artculo 14.- Lo dispuesto en el presente decreto entrar en vigencia el da 1 de enero de 2014, fecha en que quedar sin efecto el DS N 59, de 1998, del Ministerio Secretara General de la Presidencia de la Repblica, que estableci la Norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia.

    XI. Disposiciones transitorias

    Artculo primero transitorio.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artculo 14, mantendr su vigencia por 3 aos, a contar de la vigencia del presente decreto, lo dispuesto en los incisos 5 y 6 del artculo 2 del DS N 59, de 1998, del Ministerio Secretara General de la Presidencia. La mencin hecha en el aludido inciso 6 al punto IV. Metodologa de Pronstico y Medicin, debe entenderse hecha a lo dispuesto en el inciso final del artculo 7 de dicho decreto, que tambin mantiene su vigencia para estos efectos, y a lo dispuesto en el punto VI. Metodologa de Medicin del presente decreto.

    Artculo segundo transitorio.- Las mediciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto podrn ser utilizadas para la determinacin de la superacin de las normas de calidad a la que se refiere el presente decreto.

    Antese, tmese razn y publquese.- SEBASTIN PIERA ECHENIQUE, Presidente de la Repblica.- Mara Ignacia Bentez Pereira, Ministra del Medio Ambiente.- Cristin Larroulet Vignau, Ministro Secretario General de la Presidencia.- Jaime Maalich Muxi, Ministro de Salud.

    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Ricardo Irarrzabal Snchez, Subsecretario del Medio Ambiente.

    OTRAS ENTIDADES

    Banco Central de Chile

    TIPOS DE CAMBIO Y PARIDADES DE MONEDAS EXTRANJERAS PARA EFECTOS DEL NMERO 6 DEL CAPTULO I DEL COMPEN-DIO DE NORMAS DE CAMBIOS INTERNACIONALES Y CAPTU-LO II.B.3. DEL COMPENDIO DE NORMAS FINANCIERAS AL 16 DE

    DICIEMBRE DE 2013

    Tipo de Cambio $ Paridad Respecto (N6 del C.N.C.I.) US$

    DOLAR EE.UU. * 529,50 1,0000DOLAR CANADA 499,48 1,0601DOLAR AUSTRALIA 474,16 1,1167DOLAR NEOZELANDES 437,21 1,2111DOLAR DE SINGAPUR 421,81 1,2553LIBRA ESTERLINA 862,80 0,6137YEN JAPONES 5,13 103,2500FRANCO SUIZO 595,21 0,8896CORONA DANESA 97,43 5,4348CORONA NORUEGA 85,63 6,1839CORONA SUECA 80,53 6,5750YUAN 87,16 6,0750EURO 726,94 0,7284WON COREANO 0,50 1052,3000DEG 814,24 0,6503

    * Tipo de cambio que rige para efectos del Captulo II.B.3. Sistemas de

    reajustabilidad autorizados por el Banco Central de Chile (Acuerdo

    N05-07-900105) del Compendio de Normas Financieras.

    Santiago, 13 de diciembre de 2013.- Miguel ngel Nacrur Gazali, Ministro

    de Fe.

    TIPO DE CAMBIO PARA EFECTOS DEL NMERO 7 DEL CAPTULO I DEL COMPENDIO DE NORMAS DE CAMBIOS INTERNACIONALES

    El tipo de cambio dlar acuerdo a que se refiere el inciso primero del N7 del Captulo I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales fue de $723,02 por dlar, moneda de los Estados Unidos de Amrica, para el da 13 de diciembre de 2013.

    Santiago, 13 de diciembre de 2013.- Miguel ngel Nacrur Gazali, Ministro de Fe.

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 8 Lunes 16 de Diciembre de 2013 N 40.733

    PASIVOS CON EL EXTERIOR 711.762,9

    Acuerdos de crditos recprocos 2.789,0Cuentas con organismos internacionales 46.521,5Asignaciones de DEG 662.452,4

    PASIVOS INTERNOS 25.931.752,1

    BASE MONETARIA 7.606.783,4

    Billetes y monedas en circulacin 6.386.912,2Depsitos de instituciones financieras (M/N) 1.219.871,2

    DEPSITOS Y OBLIGACIONES 3.129.182,8

    Depsitos y obligaciones con el Fisco 219.204,3Otros depsitos y obligaciones 2.909.978,5

    DOCUMENTOS EMITIDOS POR EL BANCO CENTRAL DE CHILE 15.195.785,9

    Bonos del Banco Central en UF (BCU) 7.787.326,7Bonos del Banco Central en pesos (BCP) 4.089.776,7Pagars descontables del Banco Central (PDBC) 3.118.201,9Cupones de emisin reajustables (CERO) en UF 137.491,6Pagars reajustables con pago en cupones (PRC) 62.967,9Otros 21,1

    OTRAS CUENTAS DEL PASIVO Y SALDOS ACREEDORES 2.066.749,2

    OTRAS CUENTAS DEL PASIVO 17.150,7

    Provisiones 16.750,7Otros valores 400,0

    CUENTAS DE INGRESOS 2.049.598,5

    Ingresos por reservas internacionales 309.818,2Ingresos por otras operaciones con el exterior 6.442,9Ingresos por operaciones internas 117.967,5Utilidades de cambio (netas) 1.614.311,0Otros ingresos 1.058,9

    CAPITAL Y RESERVAS (4.479.249,5)

    Capital (4.479.249,5)

    TOTAL PASIVO Y SALDOS ACREEDORES 24.231.014,7

    ALEJANDRO ZURBUCHEN SILVAGERENTE GENERAL

    JUAN CARLOS SALAZAR TAPIACONTADOR GENERAL

    ACTIVO Y SALDOS DEUDORES PASIVO Y SALDOS ACREEDORES

    ACTIVOS SOBRE EL EXTERIOR 21.207.623,5

    ACTIVOS DE RESERVA 21.076.282,1

    Oro monetario 5.223,0Derechos especiales de giro (DEG) 603.945,8Posicin de reservas en el FMI 340.532,9Corresponsales en el exterior 10.289,9Inversiones en Divisas: 20.072.422,6

    Instrumentos a valor razonable con efectos en resultados 18.384.053,7Instrumentos mantenidos al vencimiento 1.688.368,9

    Acuerdos de crditos recprocos 43.425,9Otros activos 442,0

    OTROS ACTIVOS SOBRE EL EXTERIOR 131.341,4

    Acciones y aportes BID 97.240,7Acciones Banco de Pagos Internacionales 34.100,7

    ACTIVOS INTERNOS 1.851.126,5

    CRDITO INTERNO 10.622,4

    Crditos a bancos e instituciones financieras 10.622,4

    OPERACIONES BAJO NORMATIVA LEGAL ESPECFICA 1.840.504,1

    Transferencias fiscales (Leyes 18.267 y 18.401) 264.525,6Crdito por obligacin subordinada de instituciones financieras (Leyes 18.401 y 19.396) 644.793,7Liquidacin SINAP Ley 18.900 931.184,8

    OTRAS CUENTAS DEL ACTIVO Y SALDOS DEUDORES 1.172.264,7

    OTRAS CUENTAS DEL ACTIVO 47.300,3

    Activo fijo 35.683,2Otros valores 10.340,8Activo transitorio 1.276,3

    CUENTAS DE GASTOS 1.124.964,4

    Gastos por reservas internacionales 239.681,8Gastos por otras operaciones con el exterior 1.924,2Gastos por operaciones internas 802.448,2Costos de emisin y distribucin de circulante 39.350,6Gastos de personal y administracin 37.435,7Otros gastos 4.123,9

    TOTAL ACTIVO Y SALDOS DEUDORES 24.231.014,7

    Moneda chilenay equivalente M/E(US$ 1 = $ 528,19)

    Estado de Situacin al 30 de noviembre de 2013(En millones de pesos)

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILEN 40.733 Lunes 16 de Diciembre de 2013 Cuerpo II - 1

    Ministerio del Interior y Seguridad Pblica

    DIARIO OFICIALDE LA REPUBLICA DE CHILE

    Nm. 40.733.-Ao CXXXVI - N 815.596 (M.R.)

    S U M A R I O

    Ejemplar del da $330.- (IVA incluido)Atrasado $650.- (IVA incluido)

    IICUERPO

    Edicin de 196 pginas

    Santiago, Lunes 16 de Diciembre de 2013

    DECRETOS, NORMAS DE INTERS PARTICULAR Y PUBLICACIONES JUDICIALES

    Decretos, Normas de Inters Particular y Publicaciones Judiciales

    Normas Particulares

    PODER EJECUTIVO

    MINISTERIO DE HACIENDA

    Servicio de Impuestos Internos

    II Direccin RegionalAntofagasta

    Extracto de notificacin de gi-ros de liquidaciones 46 y 47, de 2013........................................ P.4

    MINISTERIO DEOBRAS PBLICAS

    Superintendencia deServicios Sanitarios

    Adjudicacin de concesin de servicios sanitarios ................. P.4

    Ampliacin concesin de ser-vicios sanitarios ...................... P.5

    Ampliacin de concesiones sanitarias en comuna de Lampa, provincia de Chacabuco, Regin Metropolitana ......................... P.5

    Solicitudes de concesiones de servicios pblicos sanita-rios ......................................... P.6

    Direccin General de Aguas

    Comunica resoluciones dene-gatorias de solicitudes de derechos de aprovechamiento de aguas pre-sentadas segn lo dispuesto en los artculos 4 y 6 transitorios de la ley N 20.017 ......................... P.7

    Derechos de aprovechamien-to de aguas subterrneas consti-tuidos segn lo dispuesto en los Arts. 4 y 6 transitorios de la ley N 20.017 ............................... P.7

    Solicitudes de Particulares

    Comunas de: Alhu / Ancud / Andacollo / Arica / Aysn / Calbuco / Castro / Cauquenes / Chaitn / Chilln / Chonchi / Cisnes / Colbn / Colina / Collipulli / Concepcin / Coronel / Coyhaique / Curacautn / Diego de Almagro / El Tabo / Frei-re / Fresia / Futaleuf / Hijuelas / Illapel / Isla de Maipo / La Unin / Lago Ranco / Lampa / Lautaro / Limache / Linares / Llanquihue / Lonquimay / Los Andes / Los n-geles / Los Muermos / Los Vilos / Malloa / Marchige / Mariquina / Maule / Maulln / Melipeuco / Nancagua / iqun / Osorno / Ova-

    lle / Paillaco / Palena / Panguipulli / Papudo / Pichilemu / Pinto / Placilla / Pucn / Puerto Montt / Puerto Saa-vedra / Puerto Varas / Purranque / Putaendo / Puyehue / Quelln / Qui-licura / Quilleco / Quillota / Quilpu / Quintero / Retiro / Rinconada de Los Andes / Ro Bueno / Rome-ral / San Antonio / San Carlos / San Fernando / San Ignacio / San Jos de Maipo / San Pedro de Atacama / Santa Brbara / Santo Domingo / Temuco / Tierra Ama-rilla / Toltn / Tortel / Valdivia / Valparaso / Villa Alemana / Villarrica y Yungay ............... P.10

    Provincias de: Arauco / Aysn / Biobo / Cautn / Chilo / Colchagua / Cordillera / Coyhaique / Huasco / Llanquihue / Los Andes / Malleco / Marga Marga / uble / Osorno / Pe-torca / San Antonio / Talca / Valdivia y Valparaso ............................ P.32

    Regin IX .......................... P.40

    Fiscala

    Extractos de decretos expropiato-rios nmeros 1.352 / 1.353 / 1.354 / 1.355 / 1.356 / 1.726 / 1.926 / 1.979 / 2.005 / 2.009 / 2.010 / 2.040 / 2.041 / 2.070 / 2.071 / 2.072 / 2.073 / 2.074 / 2.075 / 2.076 / 2.077 / 2.078 / 2.079 / 2.080 / 2.081 / 2.082 / 2.083 / 2.084 / 2.085 / 2.086 / 2.087 / 2.088 / 2.089 / 2.090 / 2.091 / 2.092 / 2.094 / 2.095 / 2.096 / 2.097 / 2.098 / 2.099 / 2.100 / 2.101 / 2.102 / 2.103 / 2.105 / 2.106 / 2.107 / 2.108 / 2.109 / 2.110 / 2.111 / 2.112 / 2.121 / 2.122 / 2.123 / 2.123 / 2.124 / 2.125 / 2.125 / 2.126 / 2.127 / 2.128 / 2.129 / 2.130 / 2.131 / 2.132 / 2.133 / 2.134 / 2.135 / 2.136 / 2.137 / 2.138 / 2.139 / 2.140 / 2.141 / 2.142 / 2.143 / 2.144 / 2.145 / 2.146 / 2.147 / 2.148 / 2.149 / 2.150 / 2.151 / 2.152 / 2.153 / 2.154 / 2.155 / 2.156 / 2.157 / 2.158 / 2.159 / 2.160 / 2.161 / 2.162 / 2.163 / 2.164 / 2.165 / 2.166 / 2.167 / 2.168 / 2.169 / 2.170 / 2.171 / 2.172 / 2.173 / 2.174 / 2.175 / 2.176 / 2.177 / 2.178 / 2.179 / 2.179 / 2.180 / 2.181 / 2.182 / 2.183 / 2.184 / 2.185 / 2.186 / 2.187 / 2.188 / 2.189 / 2.190 / 2.191 / 2.192 / 2.193 / 2.194 / 2.195 / 2.196 / 2.197 / 2.198 / 2.199 / 2.200 / 2.201 / 2.202 / 2.203 / 2.204 / 2.205 / 2.206 / 2.207 / 2.208 / 2.209 / 2.210 / 2.212 / 2.213 / 2.214 / 2.215 / 2.216 / 2.217 / 2.218 / 2.219 / 2.220 / 2.221 / 2.222 / 2.223 / 2.224 / 2.225 / 2.226 / 2.227 / 2.228 / 2.229 / 2.230 / 2.231 / 2.232 / 2.233 / 2.234 / 2.236 / 2.237 / 2.238 / 2.239 / 2.240 / 2.241 / 2.242 / 2.243 / 2.244 / 2.245 / 2.246 / 2.247 / 2.248 / 2.249 / 2.250 / 2.251 / 2.252 / 2.253 / 2.254 / 2.255 / 2.256 / 2.257 / 2.258 / 2.259 / 2.260 / 2.261 / 2.262 / 2.263 / 2.264 / 2.265 / 2.266 / 2.267 / 2.268 /

    2.269 / 2.270 / 2.271 / 2.272 / 2.273 / 2.278 / 2.279 / 2.280 / 2.281 / 2.282 / 2.283 / 2.284 / 2.285 / 2.286 / 2.287 / 2.288 / 2.289 / 2.290 / 2.291 / 2.296 / 2.306 / 2.307 / 2.308 / 2.310 / 2.311 / 2.312 / 2.313 / 2.314 / 2.315 / 2.316 / 2.317 / 2.318 / 2.319 / 2.320 / 2.321 / 2.322 / 2.323 / 2.327 y 2.328 ......................... P.41

    MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

    Servicio de Vivienda yUrbanizacin

    Regin Metropolitana

    Resoluciones nmeros 5.950 / 5.955 / 5.961 / 5.974 / 5.979 y 5.982 exentas, de 2013, que rectifican pu-blicaciones efectuadas con fecha 15 de noviembre de 2013 en el sentido que indican ............................. P.70

    Resoluciones nmeros 6.445 y 6.446 exentas, de 2013, que ordenan expropiaciones parciales de inmue-bles que indican ...................... P.72

    Servicio de Vivienda yUrbanizacin

    IV Regin de Coquimbo

    Resolucin nmero 789 exenta, de 2013, que ordena expropiacin de inmueble que seala .......... P.72

    Servicio de Vivienda yUrbanizacin VI Regin del

    Libertador General Bernardo OHiggins

    Resolucin nmero 4.159 exenta, de 2013, que modifica resoluciones que disponen expropiar .......... P.72

    Resoluciones nmeros 4.180 y 4.181 exentas, de 2013, que disponen expropiaciones de inmuebles que indican .................................... P.73

    Servicio de Vivienda yUrbanizacin

    VII Regin del Maule

    Resoluciones nmeros 4.261 / 4.317 y 4.318 exentas, de 2013, que ordenan expropiaciones parciales de inmuebles que sealan ........... P.73

    Servicio de Vivienda yUrbanizacin

    VIII Regin del Biobo

    Resoluciones nmeros 5.823 / 5.839 / 5.840 / 5.841 / 5.842 y 5.843 exentas, de 2013, que ordenan ex-propiaciones parciales y totales de inmuebles que indican ............ P.73

    Rectificacin ...................... P.74

    Servicio de Vivienda yUrbanizacin

    IX Regin de la Araucana

    Resoluciones nmeros 5.222 / 5.223 / 5.224 / 5.225 / 5.226 / 5.227

    / 5.228 / 5.229 y 5.230, de 2013, que ordenan expropiaciones de partes de lotes que sealan .................... P.74

    MINISTERIO DEAGRICULTURA

    Servicio Agrcola y Ganadero

    Divisin Semillas

    Registro de Variedades Protegidas

    Solicitud ............................ P.75

    Divisin Proteccin Agrcola y Forestal

    Subdepartamento de Plaguicidas y Fertilizantes

    Solicitudes ......................... P.75

    PUBLICACIONESJUDICIALES

    Extravo de Documentos

    A

    Abarca Chanda Hirma Rosa / lvarez Amigo Luis ...... / lvarez Glvez Ricardo Jess / Arancibia Glvez Gloria Cecilia / Araya Daz Fresia y Arriagada Cepedes Rodri-go............................................ P.76

    B

    Baeza Hurtado Luis Humberto y Bauerle Daz Cristopher Ha-rold ......................................... P.76

    C

    Caballero Berros Marcelo / Cce-res Ortiz Flix Galvarino / Campos Gautier Armando Luis / Cancino Salazar Andrea Patricia / Carreo Arias Francisco Gabriel / Carreo Castro Jos Alfredo / Castillo Anti-quera Ana / Causa Rol V-160-2013 / Cornejo Soto Manuel Alejandro y Corpbanca .............................. P.76

    D

    Donoso Lazo Oscar Ivn ..... P.76

    E

    Embotelladora Porto Fino Li-mitada / Espinoza Quijada Rodolfo Enrique y Espinoza Vergara Jocelyn Andrea .................................... P.76

    F

    Faras Muoz Emelina del Rosa-rio / Fernndez Ibarrola Doris Ber-

    narda y Fuentes Vargas Rodrigo Alberto ................................ P.76

    G

    Gaviola Cavieres Patricia y Giovinazzi Solivelles Mara ............................................. P.77

    H

    Herrera Contreras Marta Sofa .................................... P.77

    I

    Ingeniera Industrial SAME Limitada / Inmobiliaria Los Es-tanques S.A. e Instrumentacin Electrnica Sociedad Annima Comercial e Industrial ......... P.77

    L

    Leiva Rosa Hortensia y Llorente Guerra Carlos Gil-berto ................................... P.77

    M

    Machuca Davison Constanza Beln / Maino Velasco Antonio / Max Service S.A. / Metab. Limi-tada / Mocarquer Roscala Olga / Muoz Isla Jeannette Andrea / Muoz Morales Marisol Ka-therine y Muoz Nez Camila Andrea ..............................P.77

    O

    Ohio National Seguros de Vida S.A. / Orlando Lastarria Ser-vicios Industriales y Mineros E.I.R.L. y Oyanedel Tapia Mara Rosa .................................... P.77

    P

    Pacific Fish Company S.A. / Pozo Octavio Enrique / Prieto Acosta Macarena y PSP Ingeniera Limitada .............................. P.77

    R

    Rivera Troncoso Mara Jess / Rodrguez Jaques Gerardo / Ro-drguez Rodrguez Mara Eugenia / Rodrguez Zavala Carlos Islen / Rojas Gallardo Margarita del Pilar y Romero Herrera Felipe .... P.78

    S

    Salinas y Fabres S.A. / Santan-der Rivera Gabriel del Carmen / Scotiabank Chile / Servicios Ge-nerales T M K 3 Ltda. / Sociedad B.A.F. Servicios Integrales Ltda. / Sociedad Instituto Profesional

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 2 Lunes 16 de Diciembre de 2013 N 40.733

    Latinoamericano de Comercio Ex-terior (Iplacex) S.A. y Steingraber Renate Mara ........................ P.78

    T

    Tang Zisheng / Tapia Prez de Arce Juan Carlos y otro y Tobar Miranda Lissa Valeria .......... P.78

    Toro Toro Wilson Marcelo .............................................. P.79

    U

    Urra Riquelme Rosa Ester y Urrutia Lpez Guillermo Anto-nio .................................... P.79

    V

    Vallejos Jimnez Carolina Fer-nanda / Vega Cabezas Noema Pe-truska / Velasco Lange Laura / Ve-loso Gonzlez Oladia del Trnsito / Vera Espinoza Corina del Rosario / Vergara Gonzlez Claudio Enrique / Vilches Medina Pedro y Villagrn Cabrera Carlos Alberto ........ P.79

    Muertes presuntas de: Allende Chaparro Segundo Daniel / Arias Reyes Oscar Alfredo / Baeza Mu-oz Benito / Bertorello Mayo Elsa / Caracciolo Soto Luciano Domingo / Curihual Paillalef Yolanda Ester / Durn Espinoza Sergio Eduardo / Leiva Arteaga Gabriel / Muoz Gmez Vctor Manuel / Oyarzo guila Carlos Alberto / Pastene Cuadra Silvia Augusta Concepcin / Remolcoy Vargas Juan Antonio / Rojas Brugus Ferreol Domingo y Vergara Gaete Juanita del Car-men ....................................... P.79

    Solicitudes deCambios de Nombre

    A

    Aedo Rojas Ninoska Mit-suko...................................... P.79

    Agreda Aredo Mya Shiley / Aguilar Salazar Nelly del Trnsito / Aillon Aillon Alejandra Paola / Alfaro Montecino Blgica Daniela / lvarez Alfaro Ximena / lva-rez Faundes Francisca Eugenia / lvarez Rosas Marcela Alejandra / Amoyao Jaramillo Liliana Eli-zabeth / Araneda Fuentes Karla Loreto y Araya Troncoso Kamila Fernanda ............................... P.80

    B

    Barra Opazo Janet Marcela / Basal valos Marien Constanza / Bettancourt Lara Camila Alejandra y otro / Boldrini Rodrguez Fran-cisco Toms / Brquez Brquez Eduardo Fabin / Brquez Gra-te Juan Ulises / Brunner Schrch Mateo y Bustos Caldern Franco Esteban ................................. P.80

    C

    Caamao Cristina Andrea / C-ceres Pastn Magdalena Camila / Campos Soto Vicente Antonio Sebastin / Campos Valds Camila Isabel / Cane Montes Ignacio An-drs / Cariola Pizarro Mara Ignacia y Cartes Iturrieta Haileen de Los ngeles ................................ P.80

    Castillo Catherine Elizabeth / Castro Herrera Macarena del Rosario / Castro Prez Escarleth Estefana / Cayuleo Marinao Francheska Beatriz / Cerna Ramrez Romina Margari-ta / Crisosto Figueroa Delfn del Carmen y Cuadra Ansaldi Paulette Alejandra ................................ P.81

    D

    De Marchi Nez Ladia / Daz Pridontt Javier Ignacio / Douglas Gonzlez-Martnez Rita Elizabeth Antonieta y Durn Rodrguez Jeno-veva de las Rosas ................... P.81

    E

    Eastman Faras Daniela Betsab / Eede Martnez Melissa Andrea / El Sarras Gonzlez Jorge Andrs y El Sarras Gonzlez Pamela An-drea ....................................P.81

    F

    Fabio Daz Fernanda Eunice / Fer-nndez Gonzlez Ignacio / Fleury Norma Andrea y Freire Smith Marla Fabiola .................................... P.81

    G

    Garcs Carreo Joyce / General Amigo Valeria Nicol / Gonzlez Bus-tos Beatris Elena / Guaquin Segura David Axel y Guerrero Guerrero Gonzalo Gustavo .................... P.81

    H

    Harambour Hormazbal Max Javier / Hidalgo Castillo Cristhofer Agustn e Hidalgo Escobar Javiera Andrea .................................... P.81

    Huki Cuadros Ninoska Avarei-pa .......................................... P.82

    I

    Ilabarca Silva Olga Nelly del Carmen / Infante Aros Lilian Mar-garet e Inostroza Carrillo Luis Mar-celo ......................................... P.82

    J

    Jacob Benacchio Sergio An-drs ......................................... P.82

    K

    K o s t y a L a r a C a r l a A n -drea ....................................... P.82

    L

    Langer Godoy Natalia del Pilar / Lanyon Torres Augusto Javier Ral / Leyton Palma Dariem Alexander y Linay Rogel Pablo Andrs ...... P.82

    M

    Maldonado Berrocal Sofa Emilia / Mamani Ayca Benjamn Alex y Mamani Tapia Braulio Ren ....................................... P.82

    Mandiola Manzor Mnica Ins / Manrquez Manrquez Emily Fer-nanda / Martnez Purran Wanleng Alejandra / Martnez Uribe Dayan Yocet / Maturana Aguilera Eliana / Michelis Vargas Jos Mauricio /

    Michellod Rojas Eduardo Er-nesto / Muoz Fuentes Carmen Gloria y Muoz Navarro Piaren Muriel .................................... P.83

    Muoz Vergara Josefa Fa-biola . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .P.84

    N

    Nahum Espinoza Viviana An-glica y otros / Neculpn Millache Doris Olivia y Nempu Quintul Tereza Erica ....................................... P.84

    O

    Olgun Jeria Antonia de Car-men / Olivares Jara Cristian Ha-rold y rdenes Cabrera Bastin Felipe ..................................... P.84

    Osorio San Martn Bryan Adam / Otero Schuster Yois y Otero Sols Brbara Paz ............................ P.85

    P

    Parada Olave Kurt Andrs / Pea Santander Ignacio Noel / Prez Ro-drguez Manuel Alejandro / Prez Villarroel John Gabriel / Pia Chvez Martina Ignacia / Pinto Leiva Ana de Las Mercedes / Pisani Crdenas David Emilio y Plaza Guzmn Nicol Ignacia .................................... P.85

    Q

    Quezada S i r e Be ln An-drea ........................................ P.85

    R

    Ramos Cordero Anglica Scarlett ................................................ P.85

    Ramos Echenique Isidora Valen-tina / Reianco Reianco Leticia del Carmen / Riquelme Riquelme Car-los Leonel / Rodrguez Dubo Karla Ximena / Rodrguez Mengotty Ma-carena del Carmen / Rojas Vsquez Catalina Adriana / Romero Snchez Nancy Ester y Ruiz Ruiz Emely De-nisse........................................ P.86

    S

    Saffie Hernndez Eva Mara / Salinas Vera Daniela Antonia / Snchez Cisternas Cristin Joel / Sandoval Sandoval Jocelyn Soledad / Santander Infante Fabiola Ignacia / Schurter Grace Damien Christian / Senoceain Trujillo Jonathan Nicols / Serrano Caro Andrea Beatriz / Sti-pelcovich Gonzlez Bastian Rodrigo y Susperreguy Espinoza Catalina Arlett ...................................... P.86

    T

    Tannenbaum Vadulli Jurgen Marriot y Tapia Prez Ashly Areli ....................................... P.86

    Toledo Olgun Sofa Carolina / Toloza Pealoza Issajar y Tuki Gaete Mnica Alexandra .................. P.87

    U

    Ulloa Beyer Andrea / Ulloa Men-cu Sergio Andrs / Urquiza Gutirrez Milenka Silvana y Urzo Vsquez Jos Luis................................. P.87

    V

    Valdivia Carvajal Angie / Valdi-via Valdivia Andrea Daniela / Va-rrecchione Elimentti Javier Andrs / Velsquez Rojas Maite Scarlette / Vergara Rodrguez Alejandra / Vicen-cio Andaur Isidora Isabel y Vicencio Andaur Nicols Gabriel ......... P.87

    Y

    Yez Atenas Allan Rober-to y otro / Yez Ponce Ramn Mara ...................................... P.87

    Z

    Zamborlini Figueroa Daniel Ale-jandro / Zamora Fuentes Brayan Mauricio y Zarzuri Churata Xenia Marta ...................................... P.87

    Conservadores de Bienes Races de Coronel, Los Muermos, Quin-chao y Talcahuano.- Reconstitucin inscripcin dominio ............... P.87

    Resoluciones Varias

    A

    Acevedo Rojas Marianela / Alar-cn Gonzlez y Alonso Ros Laura Daniela - Inversiones Packet Limi-tada ......................................... P.88

    lvarez - Outside Servicios de Soporte Administrativo y Call Center Ltda. y Arancibia - Astac Negocios Ltda. ....................................... P.89

    A r a v e n a R i v e r a D o m i n g o ................................................ P.91

    Avello Ponce .................. P.93

    Ayala Rodrguez Luis Hum-berto - Bustos Si lva Daniel Washington .......................... P.101

    B

    Banco Bilbao Vizcaya Argenta-ria, Chile - Martnez Canto Jonathan Gregorio Esteban y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile - Ruiz Pizarro Jaime Eduardo ......... P.101

    Banco Bilbao Vizcaya Argenta-ria, Chile - Villagrn Gonzlez Luis Eduardo ................................ P.103

    Banco de Crdito e Inversio-nes - Cceres Cceres Eduar-do ......................................... P.104

    Banco del Estado de Chi-le - Monrdez Salvo Marcela Elena ........................... P.105

    Banco del Estado de Chile - Prado Orestes Claudio Andrs ........ P.106

    Banco del Estado de Chile - Vene-gas Guzmn Hugo Patricio y Banco del Estado de Chile - Villarroel Rojas Enrique Alberto .................... P.107

    Banco Santander-Chile - Cabrera Vigneaux Eduardo ................ P.108

    Banco Santander-Chile - Cisternas Rosales scar Antonio .......... P.109

    Banco Santander-Chile - Kral-jevich Mijn Francisca Milenka y Banco Santander-Chile - Prez Prez Felipe Alejandro ....................P.114

    Bandesarrollo Sociedad Leasing Inmobiliario S.A. - Gatica Castillo Carlos / Bandesarrollo Sociedad Leasing Inmobiliario S.A. - Na-huelquin Higuera Claudio Javier / Barra Ramrez Sandra del Car-men - Astac Negocios Limitada y Otra y Barraza lvarez Gustavo y otros - V&Fs Servicios Generales Limitada ..............................P.116

    Barros Vater Germaine - So-ciedad Educacional Sala Cuna y Jardn Infantil San Bernardo S.A. .....................................P.117

    Betancourt Medina Hans Emir y otros - C&R Soluciones Integrales en Seguridad Privada e Industrial Vctor Manuel Cataldo Domn-guez .....................................P.118

    Blanco Arredondo Claudio Er-nesto ....................................P.119

    C

    Cabello - Catipilln / Cabrera Hernndez Marjorie Marion / Ca-ment - Sociedad Gonzlez Her-manos Limitada / Crdenas Cr-denas Osvaldo Rodrigo / Caroca Urra Daniela Elizabeth y Causa RIT C-2609-2012 ................P.119

    Chacana Jara Alan P. - Cadena de Distribucin Nacional de Chile y otra / Chaigneau Gmez Enrique Orlando - Mabler Veas Patricia del Carmen y Coddou y otros - Kolbach C&M Limitada y otros ........P.120

    Comercial Nuevo Milenio S.A. - Cerda y otros y Comit de Vivienda Luz de Esperanza de Valparaso y Comit de Vivienda Nueva Sinai con Sucesin Luis Labarrera Or-mazbal ...............................P.121

    Compaa de Seguros de Vida Cruz del Sur S.A. - Prez Pa-redes Mara Anglica y Cons-tructora e Inmobiliaria Coninco Ltda. ....................................P.123

    Corfo - Inversiones Lo Castillo y otros y CorpBanca - Servicios e Inversiones Los Andes S.A. y otros.....................................P.124

    Cubillos Jaramillo Francisco - Inmobiliaria Massan S.A. ....P.125

    D

    Daz Reyes Viviana del Car-men - Dietz Hoffmann Erika Ma-rianela ................................P.125

    Dinamarca - Comercia l Jaime Esteban Sez Guajardo E.I.R.L. ...............................P.126

    Duarte Arriagada Mario Bene-dicto - Empresa Ingeojmar Limi-tada ......................................P.127

    E

    Empresa Nacional de Elec-tricidad y Escobar Rojas Dani-lo Alberto - Villacura Pino Jos Roberto .............................. P.128

    Espinoza - Call Fast Asesoras e Inversiones SpA ..............P.129

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILEN 40.733 Lunes 16 de Diciembre de 2013 Cuerpo II - 3

    F

    Fernndez Maldonado Pedro Luis - Ponce Rivadeneira Alfredo Antonio ..............................P.130

    Fica Valenzuela Julio Alberto - CFD Constructora Casas Cons-truhome EIRL ....................P.131

    Flores - Segurycesman Seguri-dad y Servicios SpA ...........P.132

    Flores Len Rubn Ma-nuel ....................................P.133

    G

    Gaete Kameid y Gaete Lpez Juan Jorge- Ametller Prez Betty y otros.................................P.133

    Galdmez Fuentes Ruth Eddy / Garrido Barrios Hctor Freddy - Ramrez Matamala Gastn y Gonzlez Gonzlez Luis Eliacer - Construcciones Daniel Jimnez E.I.R.L. ...............................P.134

    Guerrero Ulloa Florita - Sociedad Colegio Millahue Ltda. ..................................P.136

    H

    Henrquez Araneda Dania Ale-jandra - Pavez Maturana Aldo Robinson e Hinostroza - Co-mercial Sandra Escobar Sn-chez EIRL .........................P.136

    Huircaleo Torres Vctor Mi-guel - Lillo Aguilera Ana Zu-lema ...................................P.137

    I

    Inmobiliaria e Inversiones Santa Laura Ltda. - Hernndez Scott Juan Antonio y otros ..................P.137

    J

    Jaime Celume y Ca. Li-mitada - Castro Arriagada Matilde .............................P.137

    L

    Lecaros Hidalgo y Le-dezma Lira Hctor Bernardo - Sociedad Ro Norte Servicios Ltda. ..................................P.138

    Lepin Prez Rita Ernestina - J. Behnke S.A. y otros ...........P.139

    Llancapn Alcamn y Lo-bos Zamora Miguel - Sociedad Telered Telecomunicaciones e Ingeniera Electrnica Limitada y otro ..................................P.140

    Lpez Riquelme Katiuska An-drea - Prez Puschel Mara Cris-tina ......................................P.141

    M

    Mansilla Coney Jessica Alejan-dra y Martnez Ramrez Alejandro del Carmen - Poblete Daz Paula Jimena ................................P.141

    Meneses - Ingeniera Elc-trica scar Glvez Humeres E.I.R.L. ..............................P.142

    Meneses - Ingeniera Elctrica Oscar Glvez Humeres EIRL y Millacan Valenzuela ........P.143

    Millavil Nez Luis Alberto - Navarro Otilio Esteban ......P.144

    Molina - Sociedad MCF Empresa de Servicios Ltda. ................. P.145

    Monsalve Aravena Miguel - Se-gurycesman Seguridad y Servicios SpA ....................................... P.146

    Monsalve Muoz Danilo Fa-bin - Hernndez Vsquez Patricia Leonor y Mora Yez Alexis Es-teban - Inmobiliaria Mediterrneo S.p.A. ................................... P.148

    N

    Nez Sandoval Leonardo Au-dito - Ponce Rivadeneira Alfredo Antonio ................................ P.149

    O

    Ojeda Miranda Pedro Vicente - Keeper Seguridad Privada E.I.R.L. .............................................. P.150

    Ojeda Vidal Claudio Erico Mar-celo y otros y Olmos Vilches Clau-dia Matilde - Gmez Vsquez Isabel Amalia .................................. P.152

    Ormeo Oyarzo Nstor Daniel - Ponce Rivadeneira Alfredo Anto-nio ........................................ P.153

    Otero Maya Daniel Arturo - Ins-tituto de Capacitacin Kumelkan Ltda. ..................................... P.154

    P

    Padilla Vilugron Carlos Alber-to .......................................... P.155

    Palma - Residencia Adulto Ma-yor, Francisco Schoenig Muoz E.I.R.L. ................................. P.156

    Palma Carrasco Juan - Al-faro Osorio Mara Oriel le y Otro ..................................... P.157

    P a l o m i n o - C a n a l a y o t r o...................................... P.158

    Pavez Moreno Eduardo Antonio - Saln de Esttica Sara Martnez Ltda. y Pea Gajardo Aurelia del Carmen - Martnez Hormazbal Guillermo Ernesto ................................. P.159

    Prez Blanco Carmen - Haddad Valech Mara y Pinto - Servicios de Ingeniera Manuel Jess Enrique Vidal Vielma E.I.R.L. ........... P.160

    Plasencio Landskron Roger Gui-llermo - Silva Geywitz Alberto Ale-jandro ................................... P.161

    R

    Reinoso Ziga Marcos Esteban y Reyes - Cargowise S.A. .... P.161

    Riquelme Meza Liliana Isabel - DNS Servicios Limitada y Rivera Barros Gabriela Ins - Artesanos del Sur Limitada ......................... P.162

    Rojas - Comercializadora Recarga Conmigo Ltda. ..................... P.163

    Rojas Matamala / Rojas Bustos Eduardo Daniel y Rojas Opazo Cris-tian Fabin - Sociedad de Servicios en Construccin y Mantenimiento Revival Ltda. ........................ P.164

    Rojas Prez Ral Enrique y Rosas Gmez Francisco Antonio - Sociedad de Servicios en Cons-truccin y Mantenimiento Revival Ltda. ..................................... P.165

    R u i z M e l l a B r i s a Ya n e tt .............................................. P.166

    S

    Salas Muoz Jos Rolando - Segovia Huerta Carla Cathe-rine ....................................... P.166

    Salas Muoz Nelson Antonio - Segovia Huerta Carla Cathe-rine ....................................... P.167

    Snchez Riquelme Rolando Segundo - PFA Seguridad Privada Limitada y Sandoval Rojas Luis Marcelo - Sociedad de Servicios en Construccin y Mantenimiento Revival Ltda. ........................ P.169

    Se g u e l - Wa d d u a S a l u d Ltda. ..................................... P.170

    Seplveda Lpez y Servicio de Salud Talcahuano - Gutirrez Daz Sergio Ivn y otros .............. P.171

    Silva Mndez Camila Francisca - Sociedad Inversiones en Belleza Limitada ............................... P.172

    Sociedad Agrcola y Forestal San-ta Elena Limitada - Direccin Gene-ral de Aguas y Sociedad Gutsmith Ltda. - Sociedad Agrcola y Forestal Monte Rico Ltda. ................. P.173

    Sociedad Pesquera Baha Chilota - Opazo Acevedo Cristian Andrs / Sols - Inversiones Ranco S.A. y Surez Avils Bernab Segundo - Nespoldo Cova Alfonso ....... P.174

    T

    Tapia Guerrero Karla Paola - Bar-nao Astudillo Mauro ............ P.175

    Tapia Olivares Ariel Alejandro / Toro Oyarzu Wilma Luz y Toro Villarroel Santiago y otros - Car Construcciones EIRL ........... P.179

    Trigo Segura Marisel Alejandra - Manantiales Ltda. .............. P.180

    U

    Ulloa Baeza Rodolfo Hernn - GSL Comercial E.I.R.L. ....... P.181

    V

    Vsquez Fuentes / Vsquez Arancibia Mara Pabla y Vega Rojas Jaime Cristian - Sociedad de Servi-cios en Construccin y Mantenimien-to Revival Ltda. .................... P.181

    Venegas Epul Luis Gustavo - Car-gowise S.A. y Viera Bravo Germn Eugenio - Constructora e Inmobilia-ria Porvenir S.A. .................. P.182

    Villagrn Ponce ............ P.183

    Villegas Almonacid Jos Oc-tavio - Seguel y Montero Limi-tada ............................... P.185

    Expropiaciones

    C

    Causa Rol N 189-2013 .... P.186

    F

    Fisco - Agrcola Los Lilenes S A y otros y Fisco - Agrcola y Forestal El Asiento Ltda. ................... P.186

    Fisco - Asesoras e Inv. Santan-der Limita / Fisco - Ayar Daz Fresia / Fisco - Comunidad Pigu-chen / Fisco - Del Ro Inostroza Mara y otra y Fisco - Fernndez Cisternas Ren ..................... P.187

    Fisco - Fernndez Len Mara Gloria / Fisco - Fernndez Len

    Mara Gloria / Fisco - Garca Ulloa Alfonso y Fisco - Iglesias Moscoso Gregorio ............................... P.188

    Fisco - Inmobiliaria Curacav Ltda. / Fisco - Inmobiliaria Las Tres Pascualas / Fisco - Olivares Mart-nez Jos Luis De / Fisco - Parque Titanium S.A. y / Fisco - Saldana Saldana Trnsito ................... P.189

    Fisco - Soc. Agr. El Carmen Ltda. / Fisco - Soc. Agric. Com. Dist. Ca-bana Los Quill. / Fisco - Valdebenito Ferrer Gumercindo ............... P.190

    P

    Pizarro Pedro ngel ........ P.190

    S

    Serviu Metropolitano - He-rrera Rodrguez Claudia Macare Y. .......................................... P.190

    Serviu Metropolitano - Moreno Parra Jos Agustn / Serviu Metro-politano - Nunez Cordero Santiago Alfonso y Ot. / Serviu Metropolitano - Rodrguez Abarca Mara Anglica / Serviu Regin de Coquimbo - Casti-llo Muoz Ninfa / Serviu Regin de Coquimbo - Cerda Carrasco Walda / Serviu Regin de Coquimbo - Ilus-tre Municipalidad de Coquimbo / Serviu Regin de Coquimbo - Prez Araya Mariela / Serviu Regin de la Araucana - Lpez Suazo Flor Mara y Serviu Regin de la Araucana - Lpez Suazo Flor Mara ....... P.191

    Serviu Regin de la Araucana - Sucesin Pacheco Ponce Guillermo / Serviu Regin de la Araucana - Ver-dugo Pinto Manuel Jess / Serviu Regin de Tarapac - Alfaro Garca Mara / Serviu Regin de Tarapa-c - Espinoza Acua Humberto / Serviu Regin de Tarapac - Ilustre Municipalidad de Iquique / Serviu Regin de Tarapac - Sucesin Julio Ramos Fuentes / Serviu Regin de Tarapac - Tapia Tapia Iris y Serviu Regin del Maule - Garrido Castillo Gladys de las M y otro ......... P.192

    Adopciones

    B

    Barrera Salazar Esteban Ale-jandro / Barriga Barriga Teresa Carmen y Bravo Bravo Gina Eli-zabeth ................................... P.193

    C

    Cataln Vega Ulises y Concha Donoso Brbara Maritza ...... P.193

    E

    Echanes Villarroel Valeska de la Paz y Esquivel Torres Estefany Dayan ................................... P.193

    G

    Garcs Seplveda Cintia Alejan-dra y Garca Campos Teresa Arman-dina ....................................... P.193

    Garnett Navarrete Elizabeth An-drea y otra / Godoy Garay Jessica Alejandra y Guzmn Guzmn Ye-nifer Viviana ......................... P.194

    J

    Jerve Snchez Eugenia Oscarin-da .......................................... P.194

    L

    Letelier Toro David Isaas y Llanquileo Aravena Gisela Sa-rali ........................................ P.194

    M

    Maldonado Arnguiz Rodrigo Andrs / Martnez Riquelme Andrea Soledad y otra y Muoz Guzmn Claudia Lorena ...................P.194

    O

    Olavarra Cuellar Evelyn Eli-zabeth y rdenes Matamala Cons-tanza Noem .......................P.195

    P

    Pezoa Parra Alejandra Isa-bel / Pinto Becerra Nataly Pas-cuala y Pizarro Zepeda Irene Yasmina ..................... P.195

    Q

    Quinteros Cceres Alesander Maximiliano Koff ..............P.195

    R

    Ramrez Rubilar Sebastin / Rioseco Troncoso Olga Paullete y Rojas Morales Geraldine Ale-jandra ..................................P.195

    S

    Santander Pedraza Mara Jos y Seura Corts Francisca Isabel..................................P.196

    U

    Ulloa Muoz Patricia An-drea.....................................P.196

    V

    Varas Gonzlez Cindy Irenia / Vliz Rojas Mara Jos y otra / Vidal Lpez Juan Francisco / Villagrn Toro Karen Makarena y Vives Campos Pamela Ins del Carmen ...............................P.196

    Avisos de:Comercializadora de Carnes

    S.A. ......................................P.89Corte de Apelaciones de

    Arica .....................................P.90Defensor a Penal Pbl i -

    ca ..........................................P.95Direccin de Previsin de Ca-

    rabineros de Chile ..... Pp.94 y 96Fiscala ............................P.82F r i g o r f i c o O H i g g i n s

    S.A. ......................................P.88Gobierno Regional de Valpa-

    raso ..............................P.97 y 98Instituto de Salud Pbli-

    ca ..........................................P.99Instituto Nacional de la Juven-

    tud ......................................P.100M i n i s t e r i o d e E d u c a -

    c in .............................P.91 y 92Ministerio de Obras Pbli-

    cas ........... Pp.93, 104, 105 y 107Ministerio de Relaciones Exte-

    riores ..................................P.106Servicio de Salud Talcahua-

    no..........................................P.83Servicio de Impuestos Inter-

    nos ......................................P.109Servicio de Salud Arau-

    co .......................................P.108Servicio de Salud Coquim-

    bo .........................................P.84Servic io de Salud Iqui -

    que .......................................P.85Subsecretara de Desarro-

    llo Regional y Administrati-vo............................Pp.110 y 111

    Subsecretara de Evaluacin Social ..................................P.113

    Subsecretara de Prevencin del Delito ..................................P.112

    Subsecretara para las Fuerzas Armadas .........Pp.102, 103 y 117

    Superintendencia de Educacin Escolar ................................P.115

    U n i v e r s i d a d d e C h i l e ................................... Pp.86 y 87

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 4 Lunes 16 de Diciembre de 2013 N 40.733

    Normas Particulares

    PODER EJECUTIVO

    Ministerio de Hacienda

    Servicio de Impuestos Internos

    II Direccin Regional Antofagasta

    EXTRACTO DE NOTIFICACIN DE GIROS DE LIQUIDACIONES 46 Y 47, DE 2013

    El Director Regional del Servicio de Impuestos Internos de Antofagasta dis-pone notificar conforme al Inc. final del Art. 45 de la ley N 19.880; artculos 6 letra B N 10, 15 y 35 del Cdigo Tributario, a don Ral Ponce Olivares, RUT N 7.007.717-5, mediante aviso extractado en el Diario Oficial, los giros N 104286625-K y 104286865-1 de fecha 3-10-2013, emitidos en virtud del Art. 24 del Cdigo Tributario, por los impuestos a la Renta del AT 2007 que en ellos se sealan.

    El texto ntegro de estos giros se encuentra a disposicin del contribuyente en el Departamento de Fiscalizacin de dicha Direccin Regional.- scar Urdanivia Noriega, Director Regional.

    Ministerio de Obras Pblicas

    Superintendencia de Servicios Sanitarios

    (Extractos)

    ADJUDICACIN DE CONCESIN DE SERVICIOS SANITARIOS

    Por decreto supremo N 284 del Ministerio de Obras Pblicas, de fecha 8 de octubre de 2013, tramitado el 6 de noviembre de 2013, se otorg a la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A. (Esssi S.A.), RUT N 96.889.730-6, domi-ciliada en calle OHiggins N509, de Temuco, ampliacin de las concesiones de produccin y distribucin de agua potable y de recoleccin y disposicin de aguas servidas para atender el rea denominada Sector Villas Los Poetas, El Trbol y Los Hroes, de la localidad de Labranza, Comuna de Temuco, Provincia de Cautn, IX Regin de la Araucana, de un total, aproximado, de 7,2 hectreas. 2.- El rea comprendida en la concesin o territorio operacional de los servicios

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILEN 40.733 Lunes 16 de Diciembre de 2013 Cuerpo II - 5

    de distribucin de agua potable y de recoleccin de aguas servidas que se otor-gan se encuentra identificada y delimitada en el plano codificado con el nmero SC-09-35 C denominado Ampliacin de Concesin Los Poetas - Los Hroes - El Trbol Provincia: Cautn Comuna: Temuco Regin: Araucana Contenido: Territorio Operacional Solicitado Localidad de Labranza y que forma parte integrante del decreto. En el primer establecimiento (ao 2018) el concesionario consulta dar servicio a 375 arranques de agua potable e igual nmero de uniones domiciliarias, cantidad que, en ambos casos, se mantendr hacia el final del pe-rodo (ao 2028). 3.- El servicio pblico de produccin de agua potable para la zona identificada en el numeral primero precedente, que se ampla por el decreto extractado, ser abastecido por las fuentes que se indican en el numeral 3.1 letra a), de la respectiva Ficha de Antecedentes Tcnicos (F.A.T.), sobre las cuales la concesionaria tiene los derechos que se individualizan en los informes de ttulos respectivos, bienes que sern afectados a la concesin. 4.- Las dems condiciones de prestacin de los servicios otorgados en concesin, son las establecidas en la Ficha de Antecedentes Tcnicos (F.A.T.) nmero SC-09-35 C, que forma parte integrante del decreto. 5.- El concesionario queda sujeto a las leyes y reglamentos que regulan el establecimiento, construccin y explotacin de servicios pblicos sanitarios y a las normas tcnicas, instrucciones, rdenes y resoluciones que dicte la Superintendencia de Servicios Sanitarios. 6.- Forma parte integrante del decreto el programa de desarrollo, los cronogramas de inversiones y la Ficha de Antecedentes Tcnicos correspondientes a los servicios sanitarios otorgados en concesin, que la empresa Esssi S.A. estar obligada a cumplir para materializar el respectivo programa de desarrollo. 7.- El nivel tarifario, respecto del sector materia de la ampliacin, corresponde al actualmente vigente para Esssi S.A., fijado por decreto Minecon N34 de fecha 21 de febrero de 2012, publicado en el Diario Oficial con fecha 21 de marzo de 2012, aplicndose los cobros corres-pondientes a la localidad de Labranza de ese decreto. 8.- De conformidad con lo establecido en el Art. 45 del D.S. MOP N1199/04, una vez terminadas las obras necesarias para la entrada en explotacin del servicio, la concesionaria co-municar el trmino de las obras e informar a la Superintendencia de Servicios Sanitarios la fecha de entrada en explotacin del servicio. 9.- La concesionaria, de acuerdo a los antecedentes que sustentan el decreto, deber dar cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 38 y siguientes del D.S. MOP N 1199/04, entregando las correspondientes garantas de resguardo de la prestacin de los servicios y de cumplimiento del programa de desarrollo para cada uno de los servicios incluidos en las concesiones que se otorgan, calificada como suficiente por la Superinten-dencia de Servicios Sanitarios. 10.- Para efectos de lo dispuesto en el artculo 19 del D.F.L. MOP N 382/88, facltase al Superintendente de Servicios Sanitarios para suscribir la correspondiente escritura pblica en representacin del Fisco. 11.- La concesionaria deber, en el plazo legal, inscribir el decreto en el Registro Pblico que para tal efecto lleva la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sin perjuicio de la publicacin de su extracto en el Diario Oficial dentro del plazo correspondiente. 12.- Djase constancia que los antecedentes tcnicos que se detallan a continuacin, los que forman parte integrante del decreto, fueron pre-sentados oportunamente y se encuentran en el archivo de la Superintendencia de Servicios Sanitarios bajo el cdigo N SC-09-35 C: Plano de territorio operacional de distribucin de agua potable y de recoleccin de aguas servidas. Ficha de An-tecedentes Tcnicos (F.A.T.) Cronograma de Inversiones de los Sistemas de Agua Potable y de Alcantarillado. Dems antecedentes constan en decreto extractado, el que se redujo a escritura pblica, el 12 de noviembre de 2013, ante Wladimir Alejandro Schramm Lpez, Notario Pblico Suplente del Titular Francisco Javier Leiva Carvajal, de la Segunda Notara de Santiago.- Santiago, 25 de noviembre de 2013.- Magaly del Carmen Espinosa Sarria, Superintendenta.

    AMPLIACIN CONCESIN DE SERVICIOS SANITARIOS

    Por presentacin de 26 de septiembre de 2013, Juan Jos Inzunza Palma, ingeniero civil, en representacin de Aguas San Pedro S.A., RUT 99.593.190-7, ambos domiciliados en 3 Oriente N 1424, Talca, y en calle Los Maos N 6395, San Pedro de la Paz, solicit ampliacin de las concesiones de produccin y distri-bucin de agua potable y recoleccin y disposicin de aguas servidas para atender el sector denominado como Parque Los Fundadores, ubicado en la comuna de Puerto Montt, X Regin de Los Lagos, que comprende un rea aproximada de 142,7 hectreas.

    Las coordenadas y principales vrtices del rea de la ampliacin de concesin son los siguientes:

    El punto de descarga se encuentra ubicado en las coordenadas referidas al Datum WGS 84, Huso 18, Este 675.199 y Norte 5.412.879. El cuerpo receptor ser el ro Toro.

    Caudales medios de consumo y demanda de agua potable sern:

    Dems antecedentes en solicitud extractada.Santiago, noviembre de 2013.- Magaly Espinosa Sarria, Superintendenta de

    Servicios Sanitarios.

    AMPLIACIN DE CONCESIONES SANITARIAS EN COMUNA DE LAMPA PROVINCIA DE CHACABUCO, REGIN METROPOLITANA

    Andrs Ernesto Callejas Bravo, cdula de identidad nmero 6.243.212-8, Contador Auditor, en representacin, dada mi calidad de Gerente General de la sociedad Sembcorp Aguas Lampa S.A., Rol nico Tributario N 76.303.510-7, ambos domiciliados en calle Joaqun Montero N3000, piso 4, Vitacura, ciudad de Santiago, Regin Metropolitana, ha solicitado la ampliacin de las zonas de concesin de servicios pblicos sanitarios de produccin y distribucin de agua potable y de recoleccin y disposicin de aguas servidas, para un rea geogrfica de 12 hectreas aproximadamente, ubicada al sur del centro urbano de la localidad y comuna de Lampa, llamado Sector La Herradura, perteneciente a la provincia de Chacabuco, Regin Metropolitana. En esta superficie se espera atender, un desarrollo inmobiliario de 45 viviendas.

    La zona geogrfica del rea a atender por la peticionaria se encuentra definida por las coordenadas UTM, Datum WGS84, de los vrtices que se sealan a continuacin.

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 6 Lunes 16 de Diciembre de 2013 N 40.733

    Los caudales medios de agua potable y demanda de agua potable, para los aos 5 y 15, de las reas solicitadas son las siguientes.

    Las aguas servidas que se recolectarn correspondern a aguas servidas de tipo domstico. Estas aguas sern tratadas en la planta de tratamiento de aguas servidas Las Higueras, que realiza un tratamiento en base a lodos activados con digestin aerbica.

    El efluente as tratado dar cumplimiento a lo dispuesto en la Tabla N 5 del decreto supremo N 90 del ao 2000. La descarga de las aguas servidas tratadas se efectuar en el estero Lampa a travs del actual emisario de descarga de la planta. Las coordenadas UTM del punto de descarga del emisario Las Higueras, en Datum WGS 84 Huso 19, son N 6.316.295 E 326.866. Mayores antecedentes en solicitud extractada. Santiago, noviembre de 2013.- Magaly Espinosa Sarria, Superintendenta de Servicios Sanitarios.

    SOLICITA CONCESIN DE SERVICIOS PBLICOS SANITARIOS

    Aguas Andinas S.A., RUT N 61.808.000-5, representada por don Jordi Valls Riera, ambos domiciliados Av. Balmaceda N 1398, Santiago; ha solicitado la ampliacin de la Concesin de Servicios Pblicos Sanitarios de Produccin y Dis-tribucin de Agua Potable y de Recoleccin y Disposicin de Aguas Servidas en el Sistema Buin-Maipo-Linderos-Paine-Alto Jahuel, otorgadas por medio de los siguientes decretos del Ministerio de Obras Pblicas:

    1) Decreto N 1.752 del 25/06/1999 Sistema Buin-Maipo-Linderos-Paine-Alto Jahuel.

    2) Decreto N 5.355 del 27/12/2000 Ampliacin Bajos de Matte.3) Decreto N 37 del 10/01/2007 Ampliacin El Alfalfal.4) Decreto N 967 del 26/12/2008 Ampliacin Parcela 31.5) Decreto N 195 del 05/06/2009 Ampliacin El Diamante.6) Decreto N 254 del 16/09/2009 Ampliacin Conquista de Paine.7) Decreto N 286 del 11/11/2009 Ampliacin Salvador Allende y Las Vias

    de Buin.8) Decreto N 145 del 17/02/2010 Ampliacin Viedos de Buin.9) Decreto N 372 del 15/10/2010 Ampliacin Buin-Gualda.10) Decreto N 232 del 09/06/2011 Ampliacin Teniente Merino 450.11) Decreto N 250 del 08/07/2011 Ampliacin Loteo Krugger.12) Decreto N 397 del 08/11/2011 Ampliacin Los Ciruelos.13) Decreto N 399 del 08/11/2011 Ampliacin Santa Catalina.14) Decreto N 400 del 08/11/2011 Ampliacin Loteo IBSA.15) Decreto N 450 del 30/12/2011 Ampliacin Baquedano 152.16) Decreto N 145 del 29/02/2012 Ampliacin Parcela 5 Los Copihues.17) Decreto N 146 del 29/02/2012 Ampliacin Kennedy 1095.18) Decreto N 204 del 10/05/2012 Ampliacin Loteo IBSA 3a Etapa.19) Decreto N 327 del 09/11/2012 Ampliacin Krugger 1280.20) Decreto N 205 del 28/05/2013 Ampliacin Teniente Merino 244.21) Decreto N 230 del 12/07/2013 Ampliacin La Hijuela

    para el sector llamado Los Maitenes de Villaseca, comuna de Buin, de una superficie aproximada de 16,6 hectreas.

    Los lmites del rea de servicio para cada una de las concesiones quedan determinados por el polgono definido por los puntos cuyas coordenadas UTM correspondientes al Datum WGS 84 Huso 19 Sur son las siguientes:

    Las fuentes y derechos de aprovechamiento para la produccin de agua po-table que demandar el sector Los Maitenes de Villaseca, son los mismos que for-man parte de los decretos MOP N 1752/1999, decreto N 5355/2000, decreto N 37/2007, decreto N 967/2008, decreto N 195/2009, decreto N 254/2009, decreto N 286/2009, decreto N 145/2010, decreto N 372/2010, decreto N 232/2011, decreto N 250/2011, decreto N 397/2011, decreto N 399/2011, decreto N 400/2011, de-creto N 450/2011, decreto N 145/2012, decreto N 146/2012, decreto N 204/2012, decreto N 327/2012, decreto N 205/2013 y decreto N 230/2013.

    Los caudales de agua potable del sector Los Maitenes de Villaseca son los siguientes:

    Los caudales de aguas servidas del sector Los Maitenes de Villaseca sern tratados en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Paine, con el sistema de lodos activados en baja carga modalidad SBR, con desinfeccin del efluente lquido, mediante cloracin.

    Las aguas servidas tratadas cumplirn con las exigencias establecidas en el decreto supremo N 90 del 7 de marzo de 2001.

    La descarga de las aguas servidas tratadas en la Planta Paine se efectuar al estero Paine a travs de una obra de descarga de la planta, aproximadamente en las coordenadas UTM 6.254.334 m. Norte y 338.723 m. Este, Datum WGS 84 Huso 19 Sur.

    Dems antecedentes en solicitud que se extracta. Santiago, diciembre de 2013.- Magaly Espinosa Sarria, Superintendenta de Servicios Sanitarios.

    SOLICITA CONCESIN DE SERVICIOS SANITARIOS

    La Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A. RUT 96.889.730-6, re-presentada por don Ren Roco Inostroza, RUT 6.278.689-2, ambos domiciliados en Lynch N 998, Temuco, Regin de La Araucana, mediante presentacin de fecha 30 de septiembre de 2013, ha solicitado a la Superintendencia de Servicios Sanitarios una ampliacin de las concesiones de servicios pblicos de produccin y distribucin de agua potable, y de recoleccin y disposicin de aguas servidas, para atender un rea geogrfica de aproximadamente 16,4 hectreas, identificada como Ampliacin Territorio Operacional a Sector Parcelas 5, 9B y 10, ubicada en la comuna de Padre Hurtado, Regin Metropolitana, definido por los vrtices cuyas coordenadas UTM (Datum WGS 84, huso 19) se indican a continuacin:

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILEN 40.733 Lunes 16 de Diciembre de 2013 Cuerpo II - 7

    El punto de descarga del sistema de disposicin estar ubicado en el ro Maipo, en las coordenadas E 330.058 y N 6.286.448 referidas al Datum WGS 84 Huso 19. El efluente cumple con lo establecido en DS N 90/2000.

    Los caudales medios de consumo de agua potable y los caudales mximos de produccin (demanda de agua potable) para 5 y 15 aos son los siguientes:

    Mayores antecedentes en la solicitud extractada. Santiago, diciembre de 2013.- Magaly Espinosa Sarria, Superintendenta de Servicios Sanitarios.

    Direccin General de Aguas

    COMUNICA RESOLUCIONES DENEGATORIAS DE SOLICITUDES DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS PRESENTADAS SE-GN LO DISPUESTO EN LOS ARTCULOS 4 Y 6 TRANSITORIOS DE

    LA LEY N 20.017

    La Direccin General de Aguas comunica que las resoluciones tramitadas durante el mes de noviembre de 2013, que denegaron solicitudes de derechos de aprovechamientos de aguas presentadas en virtud de lo establecido en los artculos 4 y 6 transitorios de la ley N 20.017, se encuentran disponibles en las Direcciones Regionales de Aguas respectivas y en la pgina web del Servicio (www.dga.cl), a partir de la fecha de la presente solicitud.- Guillermo Madariaga Meza, Director General de Aguas subrogante.

    DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS SUBTERRNEAS CONSTITUIDOS SEGN LO DISPUESTO EN LOS ARTS. 4 Y 6 TRAN-

    SITORIOS DE LA LEY N 20.017

    Mediante las siguientes resoluciones, se han constituido derechos de aprove-chamiento de aguas subterrneas, en virtud de lo dispuesto en los artculos 4 y 6 transitorio de la Ley N 20.017.

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 8 Lunes 16 de Diciembre de 2013 N 40.733

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILEN 40.733 Lunes 16 de Diciembre de 2013 Cuerpo II - 9

  • DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 10 Lunes 16 de Diciembre de 2013 N 40.733

    Solicitudes de Particulares

    COMUNA DE ALHUE

    Solicita cambio de punto de captacin de derechos de aprovechamiento de aguas subterrneas, provincia

    de Melipilla, comuna Alhue

    MINERA FLORIDA LIMITADA solicita cam-bio de punto de captacin parcial de un derecho de aprovechamiento de aguas subterrneas de carcter consuntivo, por un caudal mximo de 2,5 l/s y con un volumen anual de 78.840 m3, de ejercicio permanente y continuo desde el pozo N 4, ubicado en coordenadas UTM Norte 6.232.135 metros y Este 312.690 metros segn carta escala 1:25.000 del IGM, Datum 1969 (captacin de origen), constituido mediante Res DGA N 215 de fecha 09 de Junio de 1988.

    Los pozos de destino (dos) tienen la siguiente distribucin y caudales:

    Pozo FL-R01, por un caudal mximo de 1,7 l/s con un volumen total anual de 53.611,20 metros cbicos, ubicado en coordenadas UTM Norte: 6.231.385 metros y Este: 311.744 metros; y

    Pozo FL-R02, por un caudal mximo de 0,8 l/s con un volumen total anual de 25.228,80 metros cbicos, ubicado en coordenadas UTM Norte: 6.231.320 metros y Este: 311.775 metros, Datum WGS84.

    Para ambos pozos se solicita un rea de proteccin de 200 metros de radio con centro en el eje de cada uno de ellos. La extraccin de las aguas se realizara en forma mecnica.

    Este derecho est inscrito a fojas 185vta N 340, del ao 2004, en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Races de Melipilla.

    Todos los pozos se encuentran localizados en el acufero de Alhue, comuna de Alhue, provincia de Melipilla, Regin Metropolitana.

    Como consecuencia de la sealada solicitud de autorizacin, venimos en hacer presente que el Pozo N 4, quedara reducido a 0,5 l/s.

    COMUNA DE ANCUD

    Solicitud de derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas superficiales, provincia de Chilo

    MARCO ANTONIO AYALA REDEL, chileno RUT: 13.818.332-7, solicita : Derecho de aprovecha-miento consuntivo de ejercicio permanente y continuo de aguas superficiales y corrientes de un cauce ubicado en la comuna de Ancud- provincia de Chilo Regin de Los Lagos, Captacin mecnica desde punto definido por Coordenadas U.T.M.(m) y por caudal siguiente:

    1: Estero sin Nombre: 700 L/S. Coordenadas UTM (m) Captacin: 5354750 km Norte - 595779 km Este.

    Desnivel aprox. 0,50 metros - equidistancia curvas de nivel 25 metros.

    Coordenadas UTM. Referidas a la Carta IGM. N 4145-7345 Ancud Escala 1/50.000.

    Solicitud de derecho de aprovechamiento no con-suntivo de aguas superficiales comuna de Ancud

    - Provincia de Chiloe

    MARCO ANTONIO AYALA REDEL, chileno RUT: 13.818.332-7,solicita : Derecho de aprovecha-miento no consuntivo de ejercicio permanente y con-tinuo de aguas superficiales y corrientes de un cauce ubicado en la comuna de Ancud- provincia de Chilo Regin de Los Lagos, Captacin gravitacional desde puntos definidos por Coordenadas U.T.M.(m) y por caudal siguiente:

    1: ESTERO SIN NOMBRE: 1,5 m3/S. Coordena-das UTM (m) Captacin: 5354100 km Norte - 594050 km Este.

    Coordenadas Restitucin: 5354750 km Norte - 595779 km Este.

    Distancia aproximada: 1.850 metros - desnivel aprox. 65 metros - equidistancia curva de nivel 25 metros.

    Coordenadas UTM. Referidas a la Carta IGM. N 4145-7345 Ancud Escala 1/50.000.

    COMUNA DE ANDACOLLO

    Regularizacin derechos de aprovechamiento de aguas

    Rodrigo Prez Grego, Rut 5.894.508-0, represen-tante Legal SOCIEDAD MANGANESOS ATACAMA S.A., Rut 90.915.000-0, solicita regularizar el caudal desde 3 pozos profundos: Pozo 1 de 1,5 lts/seg., coor-denadas UTM, Norte 6.652.100 m., Este 313.500 m., abierto en 1980; Pozo 2 de 13 Its/seg., coordenadas UTM, Norte 6.644.230 m., Este 309.947m., abierto en 1940; Pozo 3 de 7 Its/seg., coordenadas UTM, Norte 6.641.677 m., Este 310.547m., abierto en 1940.

    Solicita regularizar 21,5 Its/seg., consuntivo permanente y continuo en uso sin clandestinidad ni violencia por un volumen anual de 678.024 m3/ao.

    La ubicacin de los pozos est en Estancia Corral Quemado, Comuna de Andacollo, Provincia de Elqui, Regin Coquimbo y se explotan por bombas de pozos profundos sumergidas.

    COMUNA DE ARICA

    Nombre del Proyecto: Atravieso Subterrneo Cabuza 2-3, Ro San Jos de Arica

    La EMPRESA DE SERVICIOS SANITA-RIOS AGUAS DEL ALTIPLANO S.A., ha presen-tado a la Direccin General de Aguas, el proyecto de reposicin de tubera Atravieso Subterrneo Cabuza 2-3 Ro San Jos de Arica, que atraviesa subterrneamente el cauce que escurre por la Sec-cin E del Ro San Jos, frente al Jm 22 de la Ruta A-27, comuna de Arica, y solicita su aprobacin para la ejecucin del proyecto.

    La tubera de repo