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*2020300002791* Al responder por favor cite este número Radicado No 2020300002791 Medellín, 11/05/2020 1 Doctora ELSA YAZMIN GONZALEZ VEGA Contralora General de Antioquia Asunto: Informe URI No.023-Municipio de Carepa Señora Contralora En cumplimiento de los procedimientos establecidos por la Contraloría General de Antioquia - CGA, y más concretamente de las Resoluciones 2020500000953 del 13 de abril de 2020 que establece unos grupos de trabajo para la vigilancia y control de la Contratación relacionada con el COVID-19 y denuncias ciudadanas Coronavirus y la Resolución 2017500001550 del 18 de 0ctubre de 2017 que establece el Funcionamiento de la URI, me permito emitir Informe Técnico de la URI al Municipio de Carepa ANTECEDENTES: Dada las actuales circunstancias que atraviesa el país por el estado de emergencia decretado por el Gobierno Nacional Mediante decreto ley 417 del 2020, la Contralora General de Antioquia designo unos grupos de trabajo para que se atendiera de manera inmediata cualquier inquietud ciudadana con respecto a la contratación y urgencias manifiestas que decreten los Sujetos de Control de la Contraloría General de Antioquia amparados por la emergencia Nacional decretada por la Pandemia Mundial generada por el Coronavirus denominado COVID-19 FUNDAMENTOS DE DERECHO La Constitución Política, en su artículo 267, expresa que “ La vigilancia y el control fiscal son una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades

Doctora ELSA YAZMIN GONZALEZ VEGA Unidad de Reaccin In… · ELSA YAZMIN GONZALEZ VEGA Contralora General de Antioquia Asunto: Informe URI No.023-Municipio de Carepa Señora Contralora

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*2020300002791* Al responder por favor cite este número

Radicado No 2020300002791 Medellín, 11/05/2020

1

Doctora ELSA YAZMIN GONZALEZ VEGA Contralora General de Antioquia

Asunto: Informe URI No.023-Municipio de Carepa Señora Contralora En cumplimiento de los procedimientos establecidos por la Contraloría General de Antioquia - CGA, y más concretamente de las Resoluciones 2020500000953 del 13 de abril de 2020 que establece unos grupos de trabajo para la vigilancia y control de la Contratación relacionada con el COVID-19 y denuncias ciudadanas Coronavirus y la Resolución 2017500001550 del 18 de 0ctubre de 2017 que establece el Funcionamiento de la URI, me permito emitir Informe Técnico de la URI al Municipio de Carepa

ANTECEDENTES:

Dada las actuales circunstancias que atraviesa el país por el estado de emergencia decretado por el Gobierno Nacional Mediante decreto ley 417 del 2020, la Contralora General de Antioquia designo unos grupos de trabajo para que se atendiera de manera inmediata cualquier inquietud ciudadana con respecto a la contratación y urgencias manifiestas que decreten los Sujetos de Control de la Contraloría General de Antioquia amparados por la emergencia Nacional decretada por la Pandemia Mundial generada por el Coronavirus denominado COVID-19

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La Constitución Política, en su artículo 267, expresa que “La vigilancia y el control fiscal son una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades

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que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos”. Así mismo, establece que “El control fiscal se ejercerá en forma posterior y selectiva, y además podrá ser preventivo y concomitante, según sea necesario para garantizar la defensa y protección del patrimonio público. El control preventivo y concomitante no implicará coadministración y se realizará en tiempo real a través del seguimiento permanente de los ciclos, uso, ejecución, contratación e impacto de los recursos públicos, mediante el uso de tecnologías de la información, con la participación activa del control social y con la articulación del control interno”. De igual forma, dispone que “La vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el seguimiento permanente al recurso público, sin oponibilidad de reserva legal para el acceso a la información por parte de los órganos de control fiscal, y el control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad, el desarrollo sostenible y el cumplimiento del principio de valoración de costos ambientales”. La Ley 1755 de 2015, Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición, en el Capítulo I prescribe que toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición, sin que sea necesario invocarlo, y mediante éste, entre otras actuaciones, se podrá solicitar: el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos. Por su parte, la Ley 1757 de 2015, en su artículo 69, define la denuncia en el control fiscal, expresando que “está constituida por la narración de hechos constitutivos de presuntas irregularidades por el uso indebido de los recursos públicos, la mala prestación de los servicios públicos en donde se administren recursos públicos y sociales, la inequitativa inversión pública o el daño al medio ambiente, puestos en conocimiento de los organismos de control fiscal, y podrá ser presentada por las veedurías o por cualquier ciudadano”.

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El artículo 70 de la misma Ley, define el procedimiento para la atención y respuesta de las denuncias en el control fiscal enunciando que debe hacerse una evaluación y determinación de competencia; Atención inicial y recaudo de pruebas; traslado al proceso auditor, responsabilidad fiscal o entidad competente; y respuesta al ciudadano.

Para el caso que nos ocupa, el cual es la ejecución de una URINo.021, conforme a nuestra competencia del control fiscal y los diferentes procedimientos administrativos de orden interno, relacionados con el trámite de derechos de petición, quejas y denuncias, los cuales orientan la misión y visión de la entidad, fundamentados por las Resoluciones 2020500000953 del 13 de abril de 2020 que establece unos grupos de trabajo para la vigilancia y control de la Contratación relacionada con el COVID-19 y denuncias ciudadanas Coronavirus y la Resolución 2017500001550 del 18 de 0ctubre de 2017 que establece el Funcionamiento de la URI.

PROCEDIMIENTO DESARROLLADO

Para atender esta URI se designa como coordinadora mediante comisorio No.173 con radicado 2020300002504 a la doctora Dalgy Bibiana Rico Ángel -Subcontralora General de Antioquia, la cual contará con el siguiente equipo:

Santiago Mesa González Contralor Auxiliar

Mauricio Eduardo González Moncada Profesional Universitario Por lo anterior se dispuso realizar las siguientes actuaciones:

1. Asignación de profesionales adscritos a la Contraloría General de la

Antioquia, a fin de poder establecer la existencia de presuntas irregularidades dentro de la ejecución del contrato objeto de análisis de la denuncia.

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2. Visita a la Administración Municipal de Carepa y a la ESE Hospital

Francisco Luis Jiménez Martínez para verificar los contratos suscritos para atender la pandemia generada por el COVID-19, su pago y ejecución.

3. Se verificará denuncia anónima que pide verificar tres (3) contratos en el Municipio de Carepa, así:

DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS, ANÁLISIS EFECTUADO

Y RESULTADO FINAL

Como resultado de la URI adelantada y de acuerdo con el material recaudado

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se pudo establecer lo siguiente:

A. Sobre la competencia:

Al verificar los hechos que se verificaran en la presente URI, se identificó que se estaba cuestionando la inversión de recursos públicos en el Departamento de Antioquia- Municipio de Carepa, por lo tanto, la competencia para la vigilancia fiscal está a cargo de la Contraloría General de Antioquia; sin embargo, se verificará la fuente de recursos para determinar si existe competencia de la CGR

B. Sobre lo observado en la función de vigilancia.

Analizada la información recopilada, surtida la evaluación y trámites correspondientes a la acción de fiscalización, se pudo verificar lo siguiente: Verificado el sistema de contratación electrónica-Secop se pudo establecer que durante la crisis generada por el Coronavirus COVID-19, la administración Municipal de Carepa suscribió los siguientes contratos:

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Fuente: Secop1-Admon Carepa Elaboró: Equipo URI

Fecha

(dd-mm-aaaa)

24/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

16/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

8/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

7/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

7/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

6/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

6/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

6/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

6/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

1/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

27/03/2020

TOTAL $ 602.707.187,00

29

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

$ 172.207.187,00

CONTRATO INTERADMINISTRATIVO PARA LA EJECUCIÓN

DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS QUE SE

EJECUTARA BAJO LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN PRIMARIA

EN SALUD, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA

POR CAUSA DEL CORONAVIRUS COVID-19- MUNICIPIO DE

CAREPA – 2020.

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

Convocado

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

44

$ 181.491.901,00

$ 3.200.000,00

$ 3.200.000,00

$ 20.000.000,00

32

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

$ 60.000.000,00

PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN DE

CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y PUBLICIDAD ALUSIVAS A LA

PREVENCIÓN DEL CONTAGIO DEL COVID-19 EN EL

MUNICIPIO DE CAREPA – ANTIOQUIASUMINISTRO DE MERCADOS PARA LA POBLACIÓN

VULNERABLE ( PERSONAS DE ,A TERCERA EDAD - ADULTO

MAYORES NO COBIJADOS CON LAS AYUDAS DEL

GOBIERNO, VENDEDORES AMBULANTES Y ESTACIONARIOS

AFECTADOS CON LA MEDIDA DE AISLAMIENTO,

HABITANTES DE LA CALLE, FAMILIAS EN ESTADO DE

VULNERABILIDAD NO BENEFICIADAS CON LAS AYUDAS DEL

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN COMO

TÉCNICO AUXILIAR DE ENFERMERÍA ADSCRITA A LA

SECRETARÍA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA EL

FORTALECIMIENTO DE LA PREVENCIÓN, CONTENCIÓN Y

MITIGACIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19

Cuantía

$ 92.308.099,00

$ 3.200.000,00

$ 45.000.000,00

$ 16.500.000,00

$ 5.600.000,00

37

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA EL PARQUE

AUTOMOTOR DEL MUNICIPIO DE CAREPA, UTILIZADO Y

NECESARIO PARA ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO, CONTROL

Y VIGILANCIA DE LAS MEDIDAS VINCULADAS CON LA

36

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN COMO

TÉCNICO AUXILIAR DE ENFERMERÍA ADSCRITA A LA

SECRETARÍA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA EL

FORTALECIMIENTO DE LA PREVENCIÓN, CONTENCIÓN Y

MITIGACIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19

34

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE UNA

ENFERMERA ADSCRITA A LA SECRETARÍA DE SALUD Y

PROTECCIÓN SOCIAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA

PREVENCIÓN, CONTENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA

39

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO A LA GESTIÓN A LA

SECRETARIA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL EN LA

ATENCIÓN A LA POBLACIÓN EN CONDICIÓN DE

DISCAPACIDAD DEL MUNICIPIO DE CAREPA DURANTE EL

AÑO 2020.

33

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

SUMINISTRO DE ALIMENTACIÓN PARA LOS MIEMBROS DE

LA FUERZA PÚBLICA QUE PARTICIPAN EN LOS OPERATIVOS

Y ACTIVIDADES REALIZADAS CON EL OBJETO DE HACER

EFECTIVAS LAS MEDIDAS ADOPTADAS EN EL MARCO DE LA

EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR LA PANDEMIA

DEL COVID- 19 EN EL MUNICIPIO DE CAREPA, ANTIOQUIA.

35

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN COMO

TÉCNICO AUXILIAR DE ENFERMERÍA ADSCRITA A LA

SECRETARÍA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL PARA EL

FORTALECIMIENTO DE LA PREVENCIÓN, CONTENCIÓN Y

MITIGACIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19

38

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

TRANSFERENCIA DE RECURSOS A LA ESE HOSPITAL –

FRANCISCO LUIS JIMÉNEZ MARTÍNEZ DEL MUNICIPIO DE

CAREPA ANTIOQUIA CON EL FIN DE FORTALECER LA

ATENCIÓN DEL COVID-19, DESTINADO A LA COMPRA DE

INSUMOS, MATERIALES Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN

PERSONAL DEL PERSONAL QUE ATIENDEN LA EMERGENCIA

SANITARIA.

Número de

ProcesoTipo de Proceso Estado Entidad Objeto

40

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

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Así mismo, mediante denuncia anónima interpuesta ante la señora Contralora General de Antioquia Dra. Elsa Yasmin González Vega; solicitan se investiguen los siguientes contratos:

Fuente: Denuncia anónima Elaboró: Equipo URI

Analizando cada uno de los contratos de manera cronológica, se las siguientes consideraciones

CONTRATO No: 009-2020 OBJETO: Aunar esfuerzos institucionales para la ejecución del proyecto de

mejoramiento de la calidad educativa de los estudiantes pertenecientes a los niveles 1, 2 y 3 del Sisbén, mediante la entrega de componentes de la canasta educativa enmarcados en el programa de gobierno 2020-2023 "Amor por lo nuestro"

CONTRATISTA: CORPORACION INTERUNIVERSITARIA DE SERVICIOS-CIS VALOR: $1.031.500.000 de los cuales el municipio aporta $991.500.00 PLAZO: del 3 de febrero al 30 de abril de 2020 INICIO: No la han publicado

No exigen garantías basado en la excepción que tienen los convenios interadministrativos, sin embargo, hacen un primer desembolso por valor de $495.500.000 valor correspondiente al 50% de los aportes del municipio.

El aporte de la CIS corresponde apenas al 4% del valor del convenio.

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El análisis que soporta el valor del contrato no presenta comparaciones de precios de ofertas previamente conseguidas.

La justificación para contratar directamente con la CIS es la siguiente:

Fuente: Estudios Previos

No obstante, se puede evidenciar que este contrato es netamente de suministros; por lo tanto, dada su cuantía y mínimo aporte de recursos que hace la CIS, debió hacerse la selección del contratista mediante una licitación pública.

El objeto de la CIS es el siguiente:

Fuente: numeral 4. Consideraciones convenio 09-2020 Elaboró: Equipo URI

Los estudios previos establecen el siguiente alcance

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La CIS entregará 250 sillas universitarias Fuente: Estudios Previos Elaboró: Equipo URI Carepa

Una vez verificado el convenio, puede establecerse que los aportes de la CIS no son en dinero sino en la administración de los recursos del Municipio y en la entrega 250 sillas por valor de

Item Tipo Descripción Unidad Cantidad

1 Morral Morral Porta Libros Totto un 12.000

2 Cuaderno Cuaderno cuadriculado 100 hojas 5 un un 60.000

3 Cuaderno Cuaderno rayado 100 hojas 5 un un 24.000

4 Lapicero Lapicero con tapa color rojo un 12.000

5 Lapicero Lapicero con tapa color negro un 12.000

6 Lapiz Lápiz grafico HB un 12.000

7 Borrador Borradaor de nata grande un 12.000

8 Regla Regla en acero inoxidable un 12.000

9 Colbón Tarro de colbon 250 grm un 12.000

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Fuente: Convenio 09-2020 Elaboró: Equipo URI

Además, hablan de un anexo técnico que hace parte del objeto del convenio, pero este no se publica. Sin embargo, se evidencia la propuesta de la CIS para desarrollar el convenio la cual se muestra a continuación:

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Fuente: Propuesta CIS

Se procede a analizar al costo de los útiles escolares, encontrando que no existen sobrecostos por esto elementos. El ítem más representativo es el de los morrales Totto con la referencia siguiente:

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Se verifica en la página oficial del TOTTO, encontrándose el siguiente valor para esta referencia:

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Para los cuadernos entregados en el kit escolar, se hace el mismo ejercicio, así:

Se hace el siguiente estudio de mercado:

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El costo promedio de cuaderno es de $ 1758, no hay sobrecostos Puede establecerse que los útiles escolares no presentan sobrecostos. Durante la inspección realizada a las instalaciones de la Administración Municipal de Carepa, se pudo constatar lo siguiente:

Los kits escolares están compuestos por los siguientes elementos: 1 Morral porta libros Totto 5 cuadernos rayados de 100 hojas 2 cuadernos cuadriculados de 100 hojas 1 lápiz 2 lapiceros (negro y rojo) 1 regla 1 borrador 1 colbón

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Los kits escolares fueron suministrados en el mes de febrero de 2020, le entregan al equipo de la URI los soportes de la entrega así:

Fuente: Archivo SIMAT Elaboró: Equipo URI

Puede establecerse que faltan soportes de entrega de 691 kits escolares

INSTITUCION KITS RECIBIDOS FECHA REPORTE SIMAT DIFERENCIA

Centro Educativo Rural Unión 15 276 No reportan 272 -4

Centro Educativo Rural Villa Nelly 634 No reportan 861 227

Institución Educativa Playón 684 No reportan 683 -1

Centro Educativo Rural 25 de Agosto 146 No reportan 146 0

Centro Educativo Rural La Yaya 85 No reportan 85 0

Centro Educativo Rural Zungo Embarcadero 750 No reportan 930 180

Centro Educativo Rural Carepita 11 No reportan 19 8

Centro Educativo Rural Carepita Parte Alta 24 No reportan 30 6

Centro Educativo Rural Nueva Esperanza 60 27/02/2020 65 5

Centro Educativo Rural Vijagual 235 24/02/2020 238 3

Centro Educativo Rural La Rosita 8 24/02/2020 8 0

Centro Educativo Rural La Esmeralda 20 24/02/2020 20 0

Centro Educativo Rural San Sebastian 24 24/02/2020 25 1

Centro Educativo Rural El Palmar 16 25/02/2020 16 0

Centro Educativo Rural Caracolí 19 27/02/2020 19 0

Centro Educativo Rural Piedras Blancas 287 28/02/2020 287 0

Centro Educativo Rural La Cristalina 43 28/02/2020 43 0

Centro Educativo Rural La Cristalina Alta 16 28/02/2020 16 0

Centro Educativo Rural El Cerro 170 27/02/2020 172 2

Centro Educativo Rural Miramar 18 28/02/2020 18 0

Centro Educativo Rural La Danta 7 25/02/2020 7 0

Centro Educativo Rural Danta Florida 24 25/02/2020 24 0

Centro Educativo Rural Alto Bonito 19 24/02/2020 19 0

Centro Educativo Rural La Esperanza 226 24/02/2020 226 0

Centro Educativo Rural Zarabanda 15 25/02/2020 15 0

Centro Educativo Rural El Tagual 7 24/02/2020 7 0

Centro Educativo Rural Canal Cuatro 26 24/02/2020 26 0

Centro Educativo Rural Belencito 87 26/02/2020 87 0

Centro Educativo Rural Remedio Pobre 7 26/02/2020 7 0

Centro Educativo Rural 19 de Enero 25 24/02/2020 25 0

Institucion Educativa Jose Maria Muñoz Florez 2.158 24/02/2020 1457 -701

Institucion Educativa Luis Carlos Galán 2.823 28/02/2020 2962 139

Institucion Educativa Colombia 1.702 27/02/2020 2556 854

Institucion Educativa Rural La Cadena 657 29/02/2020 670 13

TOTAL ENTREGAS SOPORTADAS CON ACTA 12.041 73211.309

MUNICIPIO DE CAREPA

SOPORTES ENTREGA KITS ESCOLARES

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De acuerdo el listado del SIMAC, aparentemente 732 alumnos de las escuelas beneficiadas no recibieron el kit escolar

En 20 instituciones educativas la totalidad de los alumnos recibieron los kits escolares

En la Institución Educativa Unión 15 entregaron 4 morrales de más y en la Institución Educativa Playón 1 de mas

En la Institución Educativa José María Muñoz Flórez reportan que entregaron 2.158 kits escolares, pero el SIMAT registra 1.457 alumnos, lo que da una diferencia de 701 alumnos.

No hay soporte de la entrega de las sillas escolares, aunque al momento de la visita el convenio aún estaba en ejecución

Se procede a calcular el valor de los kits que no tienen soporte de entrega

encontrando el siguiente valor:

Dado que el contrato solo ha recibido un pago correspondiente al 50% de los

aportes del Municipio de Carepa, equivalentes $425.000.000 pagados mediante

egreso 01197 del 28/02/2020 y aún son se ha liquidado; será trasladado como

insumo de obligatoria verificación por la Contraloría Auxiliar de Auditoría Integrada.

Así mismo, pondrá en conocimiento de la Procuraduría General de la Nación, para

que determine si existen irregularidades de tipo disciplinario en el reporte de

Descripcion Unidad Cantidad Valor Unitario Valor Total Origen Recursos

Morral escolar 30x40x10 un 691 68.909 47.615.928 Admon Carepa

Cuaderno sencillo rayado 100 hojas un 3.455 1.300 4.491.500 Admon Carepa

Cuaderno sencillo cuadriculado 100 hojas un 1.382 1.300 1.796.600 Admon Carepa

Lapicero Rojo un 691 500 345.362 Admon Carepa

Lapicero Negro un 691 500 345.362 Admon Carepa

Lapiz con Borrador No.2 un 691 318 219.738 Admon Carepa

Colbón 250 gr un 691 1.999 1.381.447 Admon Carepa

Regla Plástica un 691 600 414.434 Admon Carepa

Borrador de Nata un 691 700 483.507 Admon Carepa

TOTAL 57.093.877

Sillas escolares un 250 160.001 40.000.297 CIS

APORTE CIS

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estudiantes al aplicativo SIMAT, como también, la presunta vulneración al principio

de selección objetiva; toda vez que, aunque se suscribe como un convenio,

estamos en la presencia de un contrato de suministro de 12.000 kits escolares

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CONTRATO No: 012-2020

OBJETO: Contrato interadministrativo para la asesoría y acompañamiento en la elaboración del plan de desarrollo 2020-2023 del Municipio de Carepa, Antioquia

CONTRATISTA: CORPORACION INTERUNIVERSITARIA DE SERVICIOS-CIS VALOR: $208.852.940 de los cuales el municipio aporta $991.500.00 PLAZO: 3 meses INICIO: 10 de febrero de 2020

Es un contrato interadministrativo, la propuesta de la CIS es la siguiente:

Fuente Secop Carepa Elaboró: Equipo URI

Puede establecerse que no hay discriminación de los productos ni de los profesionales utilizados para desarrollar este contrato interadministrativo, como tampoco discriminan el costo de la administración. Dado que el contrato se encuentra en ejecución y no ha tenido pago alguno, este será trasladado como insumo de obligatoria verificación por la Contraloría Auxiliar de Auditoría Integrada.

Se observaron las siguientes irregularidades con presunta tipificación disciplinaria:

La Entidad no ha publicado de manera oportuna, todos los documentos del contrato inobservando lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1. del decreto 1082 de 2015 que establece que debe publicarse dentro de los tres

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días siguientes a la fecha de expedición.

Los estudios previos no determinan como llegaron al valor del contrato, tampoco establecen el precio por cada elemento a entregar a los estudiantes de Carepa; inobservando lo establecido en el numeral 4 del Artículo 2.2.1.2.1.5.1. del decreto 1082 de 2015.

Por lo tanto, se dará traslado a la Procuraduría General de la Nación para lo de su competencia.

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CONTRATO No: 032-2020

OBJETO: Prestación de servicios para la realización de campañas de difusión y publicidad alusivas a la prevención del contagio del covid-19 en el municipio de Carepa – Antioquia

CONTRATISTA: DIEGO LEON RESTREPO SIERRA VALOR: $60.000.000 PLAZO: 2 meses Fecha Suscripción: 01 de abril de 2020 INICIO: 01 de abril de 2020

El contrato inicialmente tenía el siguiente alcance:

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Fuente: Contrato 032-2020 Secop Elaboró: Equipo URI

Posteriormente, mediante Otro Si No. 1 modifican el alcance del contrato así:

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Fuente: Otro Si No.1-Contrato 032-2020 Secop Elaboró: Equipo URI

Luego de la visita de la Contraloría General de Antioquia, la Administración Municipal de Carepa pacta con el contratista un nuevo otro si el 29 de abril de 2020, modificando el alcance del contrato así:

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Puede observarse que la Administración Municipal de Carepa eliminó los ítems que habían sido cuestionados durante las diligencias de la URI. Esto representa un beneficio del proceso por valor de $16.018.500. Verificando la fuente de recursos utilizados por la Administración Municipal de Carepa, se pudo establecer que el 100% de los recursos corresponde al Sistema General de Participaciones (SGP), por lo tanto, el control fiscal sobre estos recursos es competencia de la Contraloría General de la República; por lo tanto, se pondrá en conocimiento de esa Entidad el Presente informe para lo de su competencia.

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Sin embargo, se dará traslado a la Procuraduría General de la Nación para que determine la conveniencia o no de este contrato de acuerdo las directrices impartidas por la misma Procuraduría con ocasión de la pandemia generada por el Covid-19, así como todas las modificicacioes contractuales que se han efectuado entre las partes.

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CONTRATO No: 029-2020 OBJETO: Suministro de mercados para la población vulnerable ( personas de ,a

tercera edad - adulto mayores no cobijados con las ayudas del gobierno, vendedores ambulantes y estacionarios afectados con la medida de aislamiento, habitantes de la calle, familias en estado de vulnerabilidad no beneficiadas con las ayudas del gobierno nacional, y personas infectadas con el COVID 19 aisladas en sus residencias para prevenir el contagio, residentes en el municipio de Carepa y material de asepsia para el recurso humano de la administración municipal a cargo de la atención de la emergencia sanitaria; con ocasión de la calamidad pública decretada por las autoridades Nacionales, Departamentales y locales con el fin de contener la propagación del COVID 19

CONTRATISTA: INVERSIONES LONDOÑO GONZALEZ E HIJOS ZOMAC SAS VALOR: $181.491.901 PLAZO: 15 días calendario Fecha Suscripción: 27 de marzo de 2020 INICIO: 27 de marzo de 2020

Se suscribió este contrato mediante la figura de urgencia manifiesta Esta es la propuesta económica del contrato

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Fuente: Propuesta Publicada en el SECOP Elaboró: Equipo URI

Mediante Otro si No1 firmado por las partes el 09 de abril, las cantidades definitivas del contrato son las siguientes:

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Una vez realizada la visita (abril 28 de 2020) se procede a realizar un estudio de mercado para determinar el costo de los insumos adquiridos, así:

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Se puede evidenciar que hay sobrecostos por el 5% del valor total del contrato lo que equivale a $9.517.193; así mismo, se objetan las tostadas entregadas pues no tienen marca ni registro sanitario. Analizando los soportes que presenta la Administración Municipal de Carepa para justificar la ejecución de este contrato, se evidencian planillas con la firma 1798 beneficiarios faltando soportes de 1.202 personas que recibieron ayudas; por lo tanto, la diferencia se presume como posible detrimento patrimonial por valor de $70.076.600 equivalentes al 39% del total contratado.

Item Descripcion Unidad Cantidad Valor Unitario Valor total

1 Arroz 454 grm Lb 18.000 1.750 31.500.000 2.000 1.950 2.100 1.700 1.938 34.875.000 -3.375.000

2 Aceite 500 ml un 3.000 3.900 11.700.000 2.650 2.800 2.227 2.650 2.582 7.745.168 3.954.833

3 Frijol Rojo lb 3.000 4.500 13.500.000 4.600 4.450 4.700 3.300 4.263 12.787.500 712.500

4 Lenteja lb 3.000 2.500 7.500.000 2.600 2.700 2.250 2.517 7.550.000 -50.000

5 Harina de Trigo 500 gr un 3.000 1.400 4.200.000 1.700 1.150 1.523 1.300 1.418 4.254.750 -54.750

6 GalletaS de Soda 2 tacos un 3.000 2.800 8.400.000 2.300 2.352 2.850 2.501 7.502.000 898.000

7 Sardina 155 gr un 3.000 3.900 11.700.000 2.600 2.650 2.521 2.800 2.643 7.928.250 3.771.750

8 Atún lomo 170 grm un 3.000 4.200 12.600.000 4.700 4.600 3.907 4.450 4.414 13.242.750 -642.750

9 Pasta surtida un 3.000 1.600 4.800.000 1.600 1.762 1.100 1.487 4.461.900 338.100

10 Leche en polvo entera 380 gr un 3.000 9.000 27.000.000 8.900 8.400 8.450 6.100 7.963 23.887.500 3.112.500

11 Panela Lb Lb 6.000 1.700 10.200.000 1.500 1.650 1.700 1.700 1.638 9.825.000 375.000

12 Tostadas 10 un un 3.000 2.900 8.700.000 1.600 1.450 1.700 1.583 4.750.000 3.950.000

13 Arepa Harina amarilla 500 grm un 3.000 1.800 5.400.000 1.750 1.700 1.285 1.550 1.571 4.713.750 686.250

14 Chocolate en polvo 200 grm un 3.000 4.200 12.600.000 3.300 4.000 3.277 4.100 2.644 7.932.750 4.667.250

15 Sal 2 lb un 3.000 1.700 5.100.000 1.500 800 1.100 1.600 1.250 3.750.000 1.350.000

16 Hipoclorito 5 gal max lim un 5 69.000 345.000 57.000 33.529 45.265 33.529 311.471

17 Antibacterial max li x 500 ml un 100 19.000 1.900.000 4.800 4.800 1.895.200

18

Jabon liquido antibacterial x 500

ml un 100 8.200 820.000 5.900 5.900 814.100

19 Toallas de manos en Z x 150 Un paq 100 6.800 680.000 4.900 4.900 675.100

20 Jabón rey caja x 50 unidades Un 1 96.401 96.401 83.500 83.500 12.901

21 Guante vinilo talla S x 100 caja 20 41.900 838.000 30.000 30.000 808.000

22 Guante vinilo talla M x 100 caja 15 56.000 840.000 39.999 39.999 800.001

23 Guante vinilo talla XL x 100 caja 15 71.500 1.072.500 49.999 49.999 1.022.501

181.491.901 26.032.956

Nota:

Los valores de los insumos quimicos fueron suministrados por el Supermercado la Gitana 8.70% 16.515.763

0,00% 725.968 SONBRECOSTO 9.517.193

4% 7.259.676 PORCENTAJE 5%

1,20% 2.177.903

2,50% 4.537.298

1% 1.814.919

8,70% 16.515.763

Procultura

Compras declarantes

Estampilla Pro Hospital

TOTAL RETENCIONES

RETENCIONES

Reteica

Bienestar anciano

Cantidades contractuales definitivas según Otro Si No.1 Proovedora

La Manzana

Consumax

de Urabá

Costo

unitario

Promedio

Valor total

promedio

La Gitana

(Pantallazo

y video)

Los Ibañez Diferencia

($)

CONTRATO 029-2020

Cantidades según otro si No.2 Estudio de mercado Abril 28 de 2020

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Verificando la fuente de recursos utilizados por la Administración Municipal de Carepa, se pudo establecer que el 100% de los recursos corresponde al Sistema General de Participaciones (SGP), por lo tanto, el control fiscal sobre estos recursos es competencia de la Contraloría General de la República; por lo tanto, se pondrá en conocimiento de esa Entidad el Presente informe para lo de su competencia.

Item Descripcion Unidad Cantidad Valor Unitario Valor total

Entregado

según

soportes

Valor

Entregado

($)

Diferencia

1 Arroz 454 grm Lb 18.000 1.750 31.500.000 10.788 18.879.000 -12.621.000

2 Aceite 500 ml un 3.000 3.900 11.700.000 1.798 7.012.200 -4.687.800

3 Frijol Rojo lb 3.000 4.500 13.500.000 1.798 8.091.000 -5.409.000

4 Lenteja lb 3.000 2.500 7.500.000 1.798 4.495.000 -3.005.000

5 Harina de Trigo 500 gr un 3.000 1.400 4.200.000 1.798 2.517.200 -1.682.800

6 GalletaS de Soda 2 tacos un 3.000 2.800 8.400.000 1.798 5.034.400 -3.365.600

7 Sardina 155 gr un 3.000 3.900 11.700.000 1.798 7.012.200 -4.687.800

8 Atún lomo 170 grm un 3.000 4.200 12.600.000 1.798 7.551.600 -5.048.400

9 Pasta surtida un 3.000 1.600 4.800.000 1.798 2.876.800 -1.923.200

10 Leche en polvo entera 380 gr un 3.000 9.000 27.000.000 1.798 16.182.000 -10.818.000

11 Panela Lb Lb 6.000 1.700 10.200.000 3.596 6.113.200 -4.086.800

12 Tostadas 10 un un 3.000 2.900 8.700.000 1.798 5.214.200 -3.485.800

13 Arepa Harina amarilla 500 grm un 3.000 1.800 5.400.000 1.798 3.236.400 -2.163.600

14 Chocolate en polvo 200 grm un 3.000 4.200 12.600.000 1.798 7.551.600 -5.048.400

15 Sal 2 lb un 3.000 1.700 5.100.000 1.798 3.056.600 -2.043.400

16 Hipoclorito 5 gal max lim un 5 69.000 345.000 5 345.000 0

17 Antibacterial max li x 500 ml un 100 19.000 1.900.000 100 1.900.000 0

18

Jabon liquido antibacterial x 500

ml un 100 8.200 820.000 100 820.000 0

19 Toallas de manos en Z x 150 Un paq 100 6.800 680.000 100 680.000 0

20 Jabón rey caja x 50 unidades Un 1 96.401 96.401 1 96.401 0

21 Guante vinilo talla S x 100 caja 20 41.900 838.000 20 838.000 0

22 Guante vinilo talla M x 100 caja 15 56.000 840.000 15 840.000 0

23 Guante vinilo talla XL x 100 caja 15 71.500 1.072.500 15 1.072.500 0

181.491.901 111.415.301 -70.076.600

CONTRATO 029-2020

Cantidades según otro si No.2

Cantidades contractuales definitivas según Otro Si No.1

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Adicionalmente, se dará traslado a la Procuraduría General de la Nación para que determine si existe mérito de iniciar una investigación de carácter disciplinario por un deficiente estudio de mercado que conllevara a estructurar mejor la oferta de productos y el costo de los mismos. Además, es la Procuraduría quien tiene facultades para advertir a la Administración Municipal de Carepa sobre el riesgo que representa pagar este contrato a estos precios toda vez que la Corte Constitucional le quitó esa facultad a las Contralorías mediante Sentencia C-103 de 2015;” El tribunal defensor de la Carta Política, en sentencia del pasado 11 de marzo, con ponencia de la magistrada María Victoria Calle Correa, declaró inexequible el numeral 7 del artículo 5 del Decreto 267 de 2000, que permitía a la Contraloría aplicar la llamada función de advertencia, o el hecho de poder “advertir sobre operaciones o procesos en ejecución para prever graves riesgos que

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comprometen el patrimonio público y ejercer el control posterior sobre los hechos así identificados”. También se informará, a la Procuraduría General de la Nación sobre las siguientes situaciones advertidas al momento de analizar este proceso en el Secop

La Entidad no ha publicado de manera oportuna, todos los documentos del contrato inobservando lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1. del decreto 1082 de 2015 que establece que debe publicarse dentro de los tres días siguientes a la fecha de expedición.

Los estudios previos no determinan como llegaron al valor del contrato, tampoco establecen el precio por cada elemento a entregar a los estudiantes de Carepa; inobservando lo establecido en el numeral 4 del Artículo 2.2.1.2.1.5.1. del decreto 1082 de 2015.

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CONTRATO No: 038-2020 OBJETO: Suministro de alimentación para los miembros de la fuerza pública que

participan en los operativos y actividades realizadas con el objeto de hacer efectivas las medidas adoptadas en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID- 19 en el Municipio de Carepa, Antioquia.

CONTRATISTA: DANIEL OLIVEROS AGUDELO VALOR: $45.000.000 PLAZO: Hasta que la emergencia lo requiera Fecha Suscripción: 07 de abril de 2020 INICIO: 07 de abril de 2020

Se suscribió este contrato mediante la figura de urgencia manifiesta Esta es la propuesta económica elegida para desarrollar el contrato

Fuente: Propuesta Publicad en el SECOP Elaboró: Equipo URI

Así quedó establecido el parágrafo de la cláusula primera del contrato 038-2020

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Este contrato no presenta sobre costos, tampoco ha recibido pagos por parte del Municipio de Carepa. Verificando la fuente de recursos utilizados por la Administración Municipal de Carepa, se pudo establecer que el 100% de los recursos corresponde al Sistema General de Participaciones (SGP), por lo tanto, el control fiscal sobre estos recursos es competencia de la Contraloría General de la República; por lo tanto, se pondrá en conocimiento de esa Entidad el Presente informe para lo de su competencia.

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Se dará traslado a la Procuraduría General de la Nación por los siguientes hechos:

La Entidad no ha publicado de manera oportuna, todos los documentos del contrato inobservando lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1. del decreto 1082 de 2015 que establece que debe publicarse dentro de los tres

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días siguientes a la fecha de expedición.

Los estudios previos no determinan como llegaron al valor del contrato, tampoco establecen el precio por cada elemento a entregar a los estudiantes de Carepa; inobservando lo establecido en el numeral 4 del Artículo 2.2.1.2.1.5.1. del decreto 1082 de 2015.

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CONTRATACIÓN ESE FRANCISCO LUIS JIMENEZ MARTINEZ La comisión de la URI se desplazó a las instalaciones de la ESE Francisco Luis Jiménez para verificar las contrataciones realizadas con ocasión de la pandemia generada por el virus denominado Covid-19

Se suscribió el convenio para el PIC (Plan de intervenciones colectivas) pero aún no se han desembolsado los recursos La transferencia de recursos a la ESE por valor de $92.308.099 ha tenido las siguientes inversiones:

Fecha

(dd-mm-aaaa)

24/04/2020

Fecha de

Celebración del

Primer Contrato

16/04/2020

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

44

Cuantía

$ 92.308.099,00

$ 172.207.187,00

TRANSFERENCIA DE RECURSOS A LA ESE HOSPITAL –

FRANCISCO LUIS JIMÉNEZ MARTÍNEZ DEL MUNICIPIO DE

CAREPA ANTIOQUIA CON EL FIN DE FORTALECER LA

ATENCIÓN DEL COVID-19, DESTINADO A LA COMPRA DE

INSUMOS, MATERIALES Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN

PERSONAL DEL PERSONAL QUE ATIENDEN LA EMERGENCIA

SANITARIA.

∇Número de

ProcesoTipo de Proceso Estado Entidad Objeto

2 40

Contratación

Directa (Ley 1150

de 2007)

Celebrado

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

1

CONTRATO INTERADMINISTRATIVO PARA LA EJECUCIÓN

DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS QUE SE

EJECUTARA BAJO LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN PRIMARIA

EN SALUD, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA

POR CAUSA DEL CORONAVIRUS COVID-19- MUNICIPIO DE

CAREPA – 2020.

ANTIOQUIA -

ALCALDÍA

MUNICIPIO DE

CAREPA

Convocado

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Se verifico en el almacén aleatoriamente y se encontraron los productos contratados. No se evidencian sobre costos en la adquisición de estos productos.

SUJETO

DE CONTROL

CÓDIGO

CONTRATO

VALOR

CONTRATO

NOMBRE

CONTRATISTA

IDENTIFICACIÓN

CONTRATISTA

PROCESO

CONTRATACIÓN

TIPOLOGÍA

CONTRATO

OBJETO

CONTRATO

E.S.E. Carepa FP-016314-2020 $59.400,00DURLEY CARDONA

DURANGO43142420

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro MATERIALES

E.S.E. Carepa FP-016313-2020 $79.200,00DURLEY CARDONA

DURANGO43142420

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro MATERIALES

E.S.E. Carepa FP-710-2020 $450.000,00SALVADOR MONROY

RUBIO900843804-7

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

SuministroSUMINISTRO AIRE

ACONDI

E.S.E. Carepa FP-0361-2020 $450.000,00WILLINTON ACEVEDO

MOSQUERA71983047

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro SUMINISTRO DE ASEO

E.S.E. Carepa FP-16324-2020 $528.700,00DURLEY CARDONA

DURANGO43142420

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro materiales

E.S.E. Carepa FP-27-2020 $1.246.800,00 TECNOMEDICA S.A.S 900494362-5

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro ROPERIA

E.S.E. Carepa FP-49195-2020 $1.455.900,00ECCO SUMINISTROS

MARIN S.A.S900415645-7

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro SUMINISTRO DE ASEO

E.S.E. Carepa FP-435727-2020 $1.695.750,00

COOPERATIVA DE

HOSPITALES DE

ANTIOQUIA

890985122-6

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro MEDICAMENTOS

E.S.E. Carepa FP-021845-2020 $1.979.868,00

SUPERTIENDAS Y

DROGUERÍAS OLÍMPICA

S.A.

890107487-3

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro TELEVISOR

E.S.E. Carepa FP-0515-2020 $2.623.950,00 CYC ESPECIALES S.A.S 901100333-5

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro MATERIALES

E.S.E. Carepa FP-49077-2020 $2.730.400,00ECCO SUMINISTROS

MARIN S.A.S900415645-7

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro SUMINISTROS ASEO

E.S.E. Carepa FP-48985-2020 $2.913.700,00ECCO SUMINISTROS

MARIN S.A.S900415645-7

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro INSUMOS DE ASEO

E.S.E. Carepa FP-94-2020 $3.748.500,00CAMILO OVED TABAREZ

FLOREZ1028008215

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro MATERIALES

E.S.E. Carepa FP-3285-2020 $4.500.000,00

PROTECCIONES

ELECTRICAS DE URABA

SAS

900412151-7

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro UPS

E.S.E. Carepa FP-3622-2020 $4.500.000,00JAMES GALLEGO

GUTIERREZ71674495

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro MATERIALES

E.S.E. Carepa FP-49385-2020 $6.043.200,00ECCO SUMINISTROS

MARIN S.A.S900415645-7

Régimen Privado:

Bajo Norma

Presupuesto Público

Suministro MATERIALES

CONTRATOS POR VALOR

Datos del: 01/05/2020 - Hora: 11:40 p.m.

Antioquia - Urabá - Carepa - E.S.E. Carepa

Valor Desde: $ 1,00 - Hasta: $ 1.000.000.000.000.000,00

Fecha Suscripción Desde: 01/03/2020 - Hasta: 01/05/2020

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CONCLUSIONES Y TRÁMITES A SEGUIR

Con respeto a la contratación celebrada en medio de la pandemia generada por el COVID-19, en el Municipio de Carepa, se puede concluir lo siguiente:

Se dará respuesta al denunciante anónimo mediante un exhorto que se publicará en la personería municipal de Carepa

Se pondrán en conocimiento de la Procuraduría General la Nación, las presuntas irregularidades de Carácter disciplinario encontradas en el presente informe.

Analizando los soportes que presenta la Administración Municipal de Carepa para justificar la ejecución de este contrato, se evidencian planillas con la firma 1798 beneficiarios faltando soportes de 1.202 personas que recibieron ayudas; por lo tanto, la diferencia se presume como posible detrimento patrimonial por valor de $70.076.600 equivalentes al 39% del total contratado.

Verificando la fuente de recursos utilizados por la Administración Municipal de Carepa, se pudo establecer que el 100% de los recursos utilizados para los contratos No.029-2020, No.032-2020 y No.038-2020 corresponde al Sistema General de Participaciones (SGP), por lo tanto, el control fiscal sobre estos recursos es competencia de la Contraloría General de la República; por lo tanto, se pondrá en conocimiento de esa Entidad el Presente informe.

Se hará el reporte del beneficio auditor por valor de $16.018.500

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Por lo anteriormente expuesto, se decide de fondo y se procede con el archivo de la URI a la Administración Municipal de Carepa comisionada para determinar presuntas irregularidades en la contratación suscrita en medio de la pandemia generada por el virus denominado COVID-19, previo envió de los traslados a la Procuraduría General de la Nación y a la Contraloría Auxiliar de Auditoría Integrada para que incluya como contrataciones de forzosa inclusión en el PGA 2020 del municipio de Carepa Atentamente,

MAURICIO EDUARDO GONZALEZ MONCADA Profesional Universitario

DALGY BIBIANA RICO ANGEL Subcontralora

P/ E/ Mauricio Eduardo González Moncada-Profesional Universitario R/ Dalgy Bibiana Rico Angel-Subcontralora