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PROYECTO DE INUEVO COMPARTIMENTO DE LA NFRAESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO DE AGUAS PLUVIALES DEL ARROYO DE LOS MIGUELES IGB DOCUMENTO Nº III. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS III.1.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES (P.P.T.G.) …………………… 2 III.2.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES (P.P.T.P.) ………………. 4 1

DOCUMENTO Nº III. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS · 13. Normas para Redes de Saneamiento del Canal de Isabel II. NRSCYII-2006, en lo que no contravengan lo establecido en la

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PROYECTO DE INUEVO COMPARTIMENTO DE LA NFRAESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO DE AGUAS PLUVIALES DEL ARROYO DE LOS MIGUELES

IGB

DOCUMENTO Nº III. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

III.1.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES (P.P.T.G.) …………………… 2 III.2.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES (P.P.T.P.) ………………. 4

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PROYECTO DEL NUEVO COMPARTIMENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO DE AGUAS PLUVIALES DEL ARROYO DE LOS MIGUELES

IGB

III.1.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES (P.P.T.G.)

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PROYECTO DEL NUEVO COMPARTIMENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO DE AGUAS PLUVIALES DEL ARROYO DE LOS MIGUELES

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III.1.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES (P.P.T.G.)

En las obras objeto del Proyecto de Nuevo Compartimento de la Infraestructura de

Almacenamiento de Aguas Pluviales del Arroyo de los Migueles será de aplicación el Pliego de

Condiciones Técnicas Generales 1999, aprobado por el Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento

de Madrid en la sesión celebrada el día 23 de diciembre de 1998, o en su caso, el Pliego

vigente en el momento de inicio de las obras.

El Contratista adjudicatario de las obras colaborará en todo momento con los servicios

municipales encargados del seguimiento y control de las mismas. Facilitará a los técnicos,

vigilante e inspectores de las obras los elementos y medios auxiliares necesarios para que

estos puedan llevar a cabo su cometido de forma satisfactoria, y muy especialmente, en cuanto

corresponde a elementos e indumentaria de seguridad y salud e higiene.

MADRID, Noviembre de 2010 EL INGENIERO DIRECTOR DEL PROYECTO EL INGENIERO AUTOR DEL PROYECTO Fdo: Dª. Marta López Sánchez Fdo: D. Juan Fisac Herrero

Dr. Ing. Caminos. Coleg. 3.811

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III.2.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES (P.P.T.P.).

Í N D I C E

1. CONSIDERACIONES GENERALES …………………………………………………………………… 5 2. OBJETO DEL PLIEGO …………………………………………………………………………………... 5 3. INSTRUCCIONES, NORMAS Y DISPOSICIONES APLICABLES …………………………………. 5 4. PLAZO DE EJECUCIÓN Y GARANTÍA DE LAS OBRAS …………………………………………... 6 5. VIGENCIA DEL CONTRATO ……………………………………………………………………………. 6 6. ACTA DE REPLANTEO …………………………………………………………………………………. 6 7. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA ……………………………………………………………….. 6 8. CUALIFICACIÓN TÉCNICA DEL JEFE DE OBRA ………………………………………………….. 6 9. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD …………………………………………………………………….. 6 10. CONTROL DE CALIDAD ……………………………………………………………………………… 6 11. FACILIDADES PARA LA INSPECCIÓN DE LAS OBRAS ………………………………………… 7 12. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS UNIDADES DE OBRA Y LOS MATERIALES …... 7 13. CONDICIONES DE EJECUCIÓN …………………………………………………………………….. 11 14. ABONO DE OBRA EJECUCTADA …………………………………………………………………… 12 15. GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN …………………………………………………… 12 16. OBLIGACIONES Y GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA …………………………………… 13 17. PLAN DE AHORRO ENERGÉTICO…………………………….. …………………………………… 13

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1. CONSIDERACIONES GENERALES Además de las prescripciones que rigen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales

(P.P.T.G.) del Excmo. Ayto de Madrid, se tendrán en cuenta para las obras del “Proyecto de

Nuevo Compartimento de la Infraestructura de Almacenamiento de Aguas Pluviales del Arroyo

de los Migueles” lo recogido en el articulado que se acompaña.

Antes de comenzar las obras, el Contratista, basado en los planos y datos de que disponga, o

conocimientos efectuados, deberá estudiar y replantear sobre el terreno los servicios e

instalaciones afectadas, considerando la mejor forma de ejecutar los trabajos para no dañarlos

y señalando los que, en último extremo, considera necesario modificar. Si el Director de la obra

se muestra conforme, solicitará de las Empresas y Organismos correspondientes las

modificaciones de estas instalaciones.

2. OBJETO DEL PLIEGO

Es objeto del presente Pliego, fijar las condiciones particulares que han de regir en la ejecución del

Proyecto de Nuevo Compartimento de la Infraestructura de Almacenamiento de Aguas

Pluviales del Arroyo de los Migueles.

3. INSTRUCCIONES, NORMAS Y DISPOSICIONES APLICABLES Además de lo especificado en el presente Pliego, serán de aplicación las siguientes disposiciones,

normas y reglamentos, cuyas prescripciones, en cuanto puedan afectar a las obras objeto de este

Pliego, quedan incorporadas a él formando parte integrante del mismo.

1. Pliego General de Condiciones para la redacción y tramitación de los Proyectos de

urbanización en el Término Municipal de Madrid (1972).

2. Pliego de Condiciones Técnicas Generales del Ayuntamiento de Madrid (1999).

3. Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización del Ayuntamiento

de Madrid (2002).

4. Ordenanza de Diseño y Gestión de Obras en la Vía Pública (2006)

5. Instrucción de Vía Pública del Ayuntamiento de Madrid (1999)

6. Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (1997).

7. Instrucción de hormigón estructural (EHE-08) R.D. 1247/2008 de 18 de julio.

8. Real Decreto 105/2008 de Ministerio de la Presidencia, por la que se regula la producción y

la gestión de los residuos de construcción y demolición.

9. Instrucción para la Recepción de Cementos (RC-08), R.D. 756/2008 de 6 de junio.

10. Pliego General de Condiciones para la Recepción de los ladrillos Cerámicos en las Obras

de Construcción RL-88.

11. Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de Saneamiento de

Poblaciones (O.M. de 15 de septiembre de 1986).

12. Norma Tecnológica IFA/1975 de 23 de diciembre.

13. Normas para Redes de Saneamiento del Canal de Isabel II. NRSCYII-2006, en lo que no

contravengan lo establecido en la reglamentación municipal relativa a la red de

alcantarillado y a los elementos complementarios de la misma.

14. Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid (B.O.C.A.M. nº 146,

de 21 de junio de 2006).

15. Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público.

16. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General

de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

17. Ley 32/2006 de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la

construcción.

18. R.D. 1109/2007 de 24 de agosto por el que se desarrolla la Ley 32/2006 de 18 de octubre.

19. Ley 8/1993, de 22 de junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras

Arquitectónicas y Decreto 13/2007 de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la accesibilidad y supresión de Barreras

Arquitectónicas.

20. Normas de la Edificación: NBE, MV y NTE del M.F.

21. Normas Sismo-resistentes PDS-1.

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22. Reglamento Electrotécnico de Alta Tensión y Baja Tensión e Instrucciones

Complementarias del M.I.E.

23. Normas UNE. En particular, la UNE 127.011. Ex: Pozos prefabricados de hormigón para

conducciones sin presión, Septiembre 1995; y la norma UNE-EN 124: Dispositivos de

cubrimiento y de cierre para zonas de circulación utilizadas por peatones y vehículos.

Principios de construcción, ensayos de tipo, marcado y control de calidad, Septiembre

1995.

24. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de Noviembre).

25. Cuadro de Precios del Ayuntamiento de Madrid de 2010.

26. La reglamentación de aplicación a este tipo de instalaciones e infraestructuras, de índole

geológico-geotécnico, de seguridad y salud, de protección del medio ambiente, de impacto

ambiental y de señalización y balizamiento.

4. PLAZOS DE EJECUCIÓN Y GARANTÍA DE LAS OBRAS

El plazo de ejecución de la presente obra se ha fijado en doce meses (12) a contar desde la fecha

de la firma del acta de replanteo.

El plazo de garantía, que también se cita en la Memoria Resumen, se establece con carácter

preceptivo en dos años contados a partir de la fecha de la recepción de las obras por parte del

Ayuntamiento de Madrid.

5. VIGENCIA DEL CONTRATO

Atendiendo a los criterios fijados en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, la

adjudicación se formalizará mediante el correspondiente contrato de obras.

El contrato surtirá efecto, a partir del día siguiente en el que la Propiedad de la orden de inicio de

las obras al Contratista.

6. ACTA DE REPLANTEO

El plazo para formalizar el Acta de Replanteo será de quince (15) días, desde la adjudicación

definitiva del Contrato de Obras.

7. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA

De acuerdo con el Pliego de Cláusulas Administrativas del Contrato, la clasificación exigida a los

licitadores, será:

E. 1. f.

8. CUALIFICACIÓN TÉCNICA DEL JEFE DE OBRA

La empresa adjudicataria de las obras, deberá presentar un organigrama del equipo técnico

adscrito a la misma, requiriéndose para el puesto de Jefe de Obra, la titulación exigida por la

legislación vigente.

La Dirección Facultativa estará facultada para exigir la sustitución del personal al frente de la

obra, si a su criterio, no estuviese suficientemente capacitado.

9. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD

Dando cumplimiento a la reglamentación vigente, el adjudicatario de las obras deberá redactar

y proponer para su aprobación, el correspondiente Plan de Seguridad y Salud, desarrollado en

base a las prescripciones establecidas en el Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto.

El Plan de Seguridad y Salud deberá recoger todas las actividades que se realicen, pudiéndose

modificar a petición del Coordinador de Seguridad, sin que se produzcan incrementos

presupuestarios como consecuencia de ello.

10. CONTROL DE CALIDAD

Los controles y ensayos necesarios para la comprobación de las condiciones que han de

cumplir los materiales y unidades de obra, así como las condiciones de aceptación o rechazo

de las mismas, serán los definidos expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas del

Proyecto, o en su defecto, los indicados en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales del

Ayuntamiento de Madrid.

Se considera incluido en los precios del proyecto el coste de los ensayos y controles

necesarios para la caracterización de los distintos materiales y unidades de obra, y por tanto

dicho coste correrá en su totalidad a cargo del contratista.

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Por tanto, los gastos derivados del plan de ensayos de la obra, correspondientes al control de

calidad, serán abonados por el Contratista, encontrándose incluido el importe en el conjunto de

los gastos generales.

Los segundos ensayos, así como los ensayos de contraste deberán ser abonados por el

contratista con independencia del importe consignado anteriormente.

El Plan de Control definitivo deberá ser redactado por el laboratorio de control adjudicatario y

aprobado por el Director Facultativo de las Obras.

El control de calidad de las diferentes unidades de obra se realizará conforme a la normativa

vigente de aplicación (normas UNE, EHE, NLT, CTE …)y por laboratorio acreditado, en la

Comunidad de Madrid, para dichos ensayos

11. FACILIDADES PARA LA INSPECCIÓN DE LAS OBRAS El contratista deberá proporcionar todas las facilidades requeridas para que el Director de Obra

o en quien él delegue pueda realizar las labores de inspección requeridas para el control de la

ejecución de las obras.

El Contratista deberá facilitar y permitir el acceso a cualquier parte de la obra, incluso a los

talleres, almacenes e instalaciones de suministradores.

12. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS UNIDADES DE OBRA Y LOS MATERIALES 12.1 VENTILACIÓN

12.1.1 DEFINICIÓN

Se incluyen en este apartado las características generales, condiciones de aceptación y

rechazo y medición y abono de todos los elementos que intervienen tanto en la extracción de

aire del interior del compartimento como en la impulsión de aire hasta el fondo del mismo.

12.1.2 UNIDADES QUE COMPRENDE

Extracción:

• Ventilador helicoidal tubular.

• Conducciones y elementos singulares de poliproleno.

• Conducciones y elementos auxiliares en acero inoxidable AISI-304.

Impulsión:

• Ventiladores impulsores de aire.

• Tomas de entrada y salida de aire y tapa.

• Conducciones y elementos singulares de polipropileno.

• Soporte de anclajes al suelo de las tuberías de impulsión.

12.1.3 CARACTERÍSTICAS GENERALES

12.1.3.1 Ventilador helicoidal tubular

• Ventilador helicoidal tubular de diámetro 1.250 mm.

• Fabricante: SODECA o similar

• Modelo: HGTX-125-6T/9-30 o similar

• Caudal: 75.000 m3/h.

• Presión estática: 48 mm.c.a.

• Material rodete: aluminio.

• Cuerpo reforzado en acero laminado.

• Acabado anticorrosivo en polvo de resina epoxi, secado al horno, previo fosfatado de

zinc.

• Transmisión por correas.

• Potencia absorbida 27 C.V.

• Potencia motor 30 C.V.

12.1.3.2 Conducciones y elementos singulares de polipropileno

• Plenum de aspiración de aire: Montado sobre cubierta en polipropileno de 10 mm de

espesor, reforzado exteriormente para resistir la acción del terreno. Dimensiones

exteriores 1.250×1.600×2.350 mm.

• Tubos de polipropileno de 1.400 mm de diámetro nominal, de espesor 20 mm.

Fabricados según DIN 4741 part. 5. Uniones embridadas según DIN 24154. Juntas

EPDM de 5 mm.

• Tubos de polipropileno de 800 mm de diámetro nominal, de espesor 20 mm. Fabricados

según DIN 4741 part. 5. Uniones embridadas según DIN 24154. Juntas EPDM de 5 mm.

• Reducción 1.400/1.250 fabricada según DIN 24147.

12.1.3.3 Conducciones y elementos singulares de acero inoxidable

• Reducción 1.300/1.250. Uniones embridadas tipo METU. Material acero inox AISI-304,

espesor 1,2 mm.

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• Tubo recto de chimenea de chapa engatillada helicoidalmente según UNE 100-102-88.

Diámetro interior 1.300 mm, acero inox AISI-304 y espesor de chapa 0,6 mm. Extremos

embridados. Tipo brida METU.

• Soportes en acero inox AISI-304.

• Codo 135º de 1.300 mm de diámetro. Codo de gajos construido según UNE 100-102-

88. Tipo chapa de acero inox AISI-304. Espesor 0,8 mm. Un extremo embridado con

bridas tipo METU. El otro con malla antipájaros de 15 mm de luz en acero AISI-304.

12.1.3.4 Ventiladores impulsores de aire

• Fabricante: SODECA o similar

• Modelo: HCT-80-6T o similar

• Caudal: 25.000 m3/h.

• Velocidad: 950 r.p.m.

• Potencia instalada: 2,2 kW.

• Hélices en aluminio.

• Motor trifásico Clase F con rodamientos a bolas y protección IP-55..

• Acabado anticorrosivo en resina de poliéster polimerizada a 190 ºC, previo desengrase.

12.1.3.5 Tomas de entrada y salida de aire acústicas

• Marca: Fast Industrial o similar.

• Modelo: Ecolo-1 o similar

• Tamaño: 1.800×600×300 mm ó 800×600×300 mm

• Material: Chapa galvanizada

• Material de absorción: Panel de lana mineral con película de protección de neopreno.

• Incluso perfilaría para la construcción del Pleno de Aspiración.

12.1.3.6 Tapa de tomas de aire

• Fabricada en panel sándwich con chapa galvanizada de 2 mm en la cara exterior y

chapa perforada de 1 mm en la cara interior.

• Relleno de absorción acústica de lana mineral.

• Incluso tortillería y pestaña para fijar al pleno.

12.1.3.7 Soporte para anclajes al suelo (tubos PP 800 mm)

• Altura 1 m.

• Perfiles angulares de 70/70/5 mm.

• Placa superior de apoyo del tubo taladrada según brida del tubo parea su fijación.

• Todo el material incluso tuercas, tornillos y tacos en acero inox AISI-316.

12.1.4 CONDICIONES DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO

En general:

• Será de aplicación lo indicado en el Artículo 65.26 del PPTG.

Si bien en el caso particular de los tubos y elementos singulares de polipropileno:

• En lo que respecta a la información técnica general y a las características a declarar por

el fabricante, será de aplicación lo indicado en el Apartado 11.1 del Artículo 26.51 de

PPTG.

• En lo que respecta a ensayos y pruebas, será de aplicación lo indicado en el Apartado

11.2 del Artículo 26.51 de PPTG.

12.1.5 MEDICIÓN Y ABONO

En general:

• Será de aplicación lo indicado en el Artículo 65.27 del PPTG.

Yen particular, en lo que respecta a los tubos y elementos singulares de polipropileno:

• Será de aplicación lo indicado en el Artículo 65.27 del PPTG.

12.2 EQUIPOS HIDRÁULICOS

Entre estos equipos cabe citar una compuerta mural y el sistema de autolimpieza.

12.2.1 SISTEMA DE AUTOLIMPIEZA

12.2.1.1 Definición

Se refiere al sistema que permite arrastrar hacia el canal de desagüe los sólidos depositados

sobre la superficie del compartimento una vez éste se ha vaciado.

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12.2.1.2 Elementos que comprende

Se incluyen en esta unidad de obra las diez clapetas dispuestas en las calles de limpieza, el

grupo hidráulico que las acciona, las tuberías que conducen el fluido hidráulico desde el grupo

hasta las clapetas y viceversa (distancia máxima desde el grupo a la última clapeta 140 m), y el

armario eléctrico y PLC local desde donde se comanda su funcionamiento local, en modo

manual o automático, o bien su funcionamiento remoto, desde el PLC general de la instalación,

en modo manual o automático.

12.2.1.3 Características generales

Las clapetas de limpieza son equipos de limpieza diseñados para efectuar una descarga rápida

de agua que sirva de limpieza de fondos de tanques de tormenta. Consta de un accionamiento

automático a través de un cilindro hidráulico de doble efecto. Constará de doble articulación, lo

que asegurará el auto asentamiento de la clapeta y una estanqueidad óptima.

Cada clapeta obturará un hueco de dimensiones 2,4 m × 0,4 m practicado sobre un muro de

hormigón. Las clapetas deberán estar diseñadas para soportar una carga de hasta 3 m.c.a.

Los materiales de construcción deben ser:

• Bastidor: Acero inoxidable AISI 316

• Tablero: Acero inoxidable AISI 316

• Junta de estanqueidad: EPDM

• Ejes: Acero inoxidable AISI 316

El bastidor estará formado por un marco de acero. La viga superior llevará soldados los

alojamientos de los ejes principales, donde pivotarán los brazos de giro y el cilindro hidráulico.

El tablero se compone de una chapa forro con nervios horizontales y verticales, que llevan las

juntas de estanqueidad sujetas mediante pletinas y tortillería de acero inoxidable.

La unión del tablero con los brazos de giro se realiza mediante un segundo par de ejes

situados en el centro horizontal del tablero.

El cilindro hidráulico está situado en el eje vertical de la clapeta y transmite el empuje a un

nervio vertical central unido a su vez con los brazos de giro. La doble articulación permitirá el

perfecto asentamiento de las juntas en la partes fijas.

Se utiliza un cilindro hidráulico de doble efecto, con una relación Ø vástago / Ø cilindro tal que

se produzcan aperturas rápidas, y a la vez fuerzas de cierre considerables. El vástago del

cilindro será de acero inoxidable AISI 316.

El circuito hidráulico se diseñará cumpliendo varias premisas:

• Mínimo tiempo de apertura

• Mínimas fugas de aceite en el circuito a bombas paradas

Las aperturas rápidas se conseguirán diseñando generosamente las electroválvulas y el

circuito hidráulico. Para evitar las fugas de aceite se utilizarán antirretornos pilotados de fuga

“0” en todas las salidas del grupo.

Características técnicas del grupo hidráulico:

• Nivel de ruido 70 dB(A)

• Presión de tarado 180 bares

• Caudal 3 y 3 l/min

• Intensidad motores nominal 3,7 A y 3,7 A

• Intensidad motores carga 2,6 A y 2,6 A

• Tensión motores: 220-380 V 50 Hz

• Potencia de los motores: 2 C.V. y 2 C.V.

• Tensión electroválvulas 24 V CC

• Presión carga del acumulador 100 bar

12.2.1.4 Condiciones de aceptación y rechazo

Equipos y materiales

En el momento de la recepción en obra de los equipos y materiales se comprobará que éstos

han sido fabricados siguiendo las prescripciones reseñadas en planos y en este mismo PPTP.

Se presentarán certificados de homologación y de pruebas para los equipos y materiales

utilizados.

Instalación

Se comprobará inicialmente el funcionamiento de las clapetas en modo manual en cada calle

de limpieza. Así, se revisará la apertura y cierre de las mismas, fugas en el circuito hidráulico,

etc…

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Posteriormente se comprobará la estanqueidad de las mismas cuando están cerradas. No se

admitirán fugas del agua almacenada en las cámaras de limpieza a través de las clapetas

cuando éstas están cerradas.

Finalmente, se revisará su funcionamiento automático una vez se haya integrado en el PLC

general de la instalación ya existente.

12.2.1.5 Medición y abono

La medición corresponderá al número de unidades dispuestas. Se entenderá como unidad al

conjunto de la instalación de limpieza. La unidad se considerará completa incluyendo el número

total de clapetas de limpieza, las tuberías para el fluido hidráulico, el grupo hidráulico, el

armario eléctrico y el PLC local, el transporte hasta la obra, la instalación, pruebas y puesta en

marcha.

12.2.2 COMPUERTA MURAL

12.2.2.1 Definición

Se refiere a la compuerta que regulará el paso de agua anivel de solera entre este

compartimento proyectado y el que se ejecute anexo en un futuro.

12.2.2.2 Elementos que comprende

Se incluyen en esta unidad de obra la propia compuerta mural, el grupo hidráulico que la

accionará, las tuberías que conducen el fluido hidráulico desde el grupo hasta la compuerta y

viceversa, y el armario eléctrico y PLC local desde donde se comanda su funcionamiento

automático en modo manual o automático, o su funcionamiento remoto en modo manual o

automático.

12.2.2.3 Características generales

Compuerta mural de cierre a cuatro lados montada sobre un orificio en la pared de dimensiones

1 m de ancho y 1,5 m de alto.

La compuerta estará fabricada de acuerdo a la norma DIN 19569 y cumplirá la Directiva

94/9/CE (ATEX), Group II Category 2 (Zone 1).

Los materiales de construcción serán:

• Bastidor: Acero inoxidable AISI 316

• Tablero: Acero inoxidable AISI 316

• Junta de estanqueidad: EPDM

• Husillo: Acero inoxidable AISI 316

• Deslizaderas: Polietileno de Alta densidad (PE)

Estanqueidad de acuerdo a las normas DIN 19569-4 (clase 5) 0,02 l/s por metro lineal de junta

y AWWA C-561-04 (sección 5) 1,24 l/min por metro lineal de junta.

Accionamiento mediante cilindro hidráulico. Grupo hidráulico preparado para el accionamiento

de dos compuertas mural de las características reseñadas. Si bien con la ejecución del

presente proyecto sólo se instala una de ellas. La distancia máxima entre el grupo hidráulico y

la compuerta mural que se instale en el futuro no será superior a 70 m.

12.2.2.4 Condiciones de aceptación y rechazo

Equipos y materiales

En el momento de la recepción en obra de los equipos y materiales se comprobará que éstos

han sido fabricados siguiendo las prescripciones reseñadas en planos y en este mismo PPTP.

Se presentarán certificados de homologación y de pruebas para los equipos y materiales

utilizados.

Instalación

Se comprobará inicialmente el funcionamiento de la compuerta mural en modo local y manual.

Así, se revisará la apertura y cierre de la misma, fugas en el circuito hidráulico, etc…

Finalmente, se revisará su funcionamiento automático una vez se haya integrado en el PLC

general de la instalación.

12.2.2.5 Medición y abono

La medición corresponderá al número de unidades dispuestas. Se entenderá como unidad al

conjunto de la instalación de la compuerta. La unidad se considerará completa incluyendo la

compuerta mural, las tuberías para el fluido hidráulico, el grupo hidráulico, el armario eléctrico y

el PLC local, la instalación, pruebas y puesta en marcha.

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12.3 ESCALERA FLOTANTE

12.3.1 DEFINICIÓN

Se incluyen en este apartado las características generales, condiciones de aceptación y

rechazo y medición y abono de la escalera flotante que servirá de acceso a la solera del

compartimento desde la pasarela de inspección.

12.3.2 CARACTERÍSTICAS GENERALES

Será de aplicación todo lo recogido en el Artículo 36.12 “Estructuras de acero resistente a la

corrosión” del PPTG, si bien el acero inoxidable empleado en la fabricación de esta escalera

flotante será AISI 316.

La escalera dispone de una parte fija a la altura de la pasarela de inspección, e incorpora un

pasamanos para seguridad del personal que acceda a la solera del compartimento. De esta

parte fija cuelga una parte que rota tomando como eje su unión con la parte fija. Esta parte

abatible se apoya sobre la solera cuando el compartimento está vacío, formando un ángulo con

la horizontal de aproximadamente 45º.

12.3.3 CONTROL Y CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO

Será de aplicación lo establecido en los apartados 7, 8, 9, 10 y 11 del Artículo 36.11 del PPTG.

12.3.4 MEDICIÓN Y ABONO

La medición corresponderá al número de unidades instaladas. Se entenderá como unidad al

conjunto de los elementos que conforman la escalera. La unidad se considerará completa

incluyendo la parte fija, la parte abatible, el pasamanos, los peldaños, el elemento de rotación,

el montaje y el transporte de escalera hasta la propia obra.

Estas modificaciones no supondrán modificación ni del plazo ni del presupuesto fijado en el

contrato, por tanto el Contratista deberá prever esta posibilidad al elaborar la oferta.

12.4 OBRAS DE HORMIGÓN 12.4.1 DEFINICIÓN

Se definen como obras de hormigón en masa o armado las realizadas con productos formados

por mezcla de cemento, agua, árido fino, árido grueso, y eventualmente productos de adicción.

En el caso de ser de hormigón armado también dispondrán de la correspondiente armadura de

acero, según la vigente Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08.

12.4.2 CARACTERÍSTICAS GENERALES

Estas obras se ejecutarán de acuerdo a lo prescrito en el capítulo 35 y en el artículo 40.71 del

Pliego de Condiciones Técnicas Generales 1999, del Ayuntamiento de Madrid.

12.4.3 CARACTERÍSTICAS PARTICULARES

La losa inferior del estanque será ejecutada con un acabado superficial visto.

A criterio de la Dirección Facultativa, se podrán utilizar aditivos superfluidificantes, regla

vibrante o fratasado mecánico. De este modo se facilitará el funcionamiento del sistema de

autolimpieza.

No serán admisibles en la superficie final resaltes que produzcan acumulación de los residuos

sólidos propios del agua residual que será almacenada en la infraestructura.

12.4.4 MEDICIÓN Y ABONO

El hormigón se abonará por metros cúbicos realmente colocados en obra siguiendo las

directrices del artículo 35.11 del Pliego de Condiciones Técnicas Generales del Ayuntamiento

de Madrid de 1999.

Las adicciones, el vertido del hormigón, el curado y el acabado superficial exigido quedan

incluidos en el precio unitario utilizado.

13. CONDICIONES DE EJECUCIÓN

El Contratista deberá entregar en el plazo máximo de quince días desde la firma del contrato, el

Programa de trabajos detallado. Dicho plan será sometido a aprobación de la Dirección

Facultativa, pudiendo ésta adecuarlo y modificarlo al fin de adecuarlo a los condicionantes de

ejecución que se estimen necesario, pudiéndose incluso, realizar trabajos nocturnos o en días

festivos.

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14. ABONO DE LA OBRA EJECUTADA

El abono de la obra ejecutada se realizará mediante certificaciones mensuales, de acuerdo a lo

expuesto en el capítulo 16 del Pliego de Condiciones Técnicas Generales 1999.

15. GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN

A continuación se recogen una serie de prescripciones referentes a la gestión de residuos que

se añaden al pliego de prescripciones técnicas del proyecto, en relación con el

almacenamiento, manejo y, en su caso, otras operaciones de gestión de residuos de

construcción y demolición de la obra.

Con carácter general:

Gestión de los residuos de construcción y demolición:

La gestión de los residuos de construcción y demolición generados en la obra serán

gestionados según el RD 105/2008 del Ministerio de la Presidencia, por el que se regula la

producción y la gestión de los residuos de construcción y demolición, y la Orden 2726/2009, de

16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la

que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de

Madrid.

El tratamiento final y la gestión de los residuos de construcción se realizará por parte de

empresas homologadas y que deberán estar incluidas en el Registro de Gestores Autorizados

de Residuos No Peligrosos de la Comunidad de Madrid.

El Contratista deberá presentar al Promotor y a la Dirección Facultativa con anterioridad al

comienzo de las obras un Plan de Gestión de Residuos, que refleje como llevará a cabo la

gestión de los residuos de construcción y demolición. Este Plan deberá ser aprobado por la

Dirección Facultativa de las obras, y aceptado por el Promotor, pasando entonces a formar

parte de los documentos contractuales de la obra.

Certificaciones de los medios empleados

Es obligación del Contratista proporcionar a la Dirección Facultativa de la obra y a la Propiedad

los certificados de los contenedores empleados para el almacenamiento de los residuos, así

como los certificados que acrediten una correcta gestión de los residuos en los puntos de

gestión final, ambos emitidos por autoridades autorizadas.

El promotor deberá disponer de la documentación que acredite que los residuos han sido

gestionados adecuadamente, ya sea en la propia obra, o por un Gestor Autorizado. La

documentación correspondiente a cada año natural deberá ser conservada durante los cinco

años siguientes.

Limpieza de las obras.

Es obligación del Contratista mantener limpias las obras y sus alrededores tanto de escombros

como de materiales sobrantes, retirar las instalaciones provisionales que no sean necesarias,

así como ejecutar todos los trabajos y adoptar las medidas que sean apropiadas para minimizar

la generación de residuos en las obras.

Con Carácter Particular:

1. Como norma general, se procurará actuar retirando los elementos contaminantes y/o

peligrosos tan pronto como sea posible, así como los elementos valiosos o a conservar

(cerámicos, mármoles,...). Seguidamente se actuará desmontando aquellas partes

accesibles de la obra y demás elementos que lo permitan.

2. El almacenamiento temporal de los residuos de construcción y demolición generados

durante las obras hasta su entrega a un gestor autorizado de residuos no peligrosos se

realizará conforme al artículo 8 de la Orden 2726/2009, de 16 de julio.

3. El depósito temporal de RCDs valorizables (maderas, plásticos, chatarra,...), que se realice

en contenedores y acopios, se deberá señalizar y segregar del resto de residuos de un

modo adecuado.

4. Los contenedores deberán estar pintados en colores que destaquen su visibilidad,

especialmente durante la noche, y contar con una banda de material reflectante de, al

menos, 15 cm. a lo largo de todo su perímetro. En los mismos debe figurar la siguiente

información: razón social, CIF, teléfono del titular del contenedor, y el número en el

Registro de Transportistas de Residuos, creado en el artículo 43 de la Ley 5/2003, de 20 de

marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid, del titular del contenedor. Dicha

información también deberá quedar reflejada en los sacos industriales u otros elementos de

contención, a través de adhesivos.

5. El responsable de la obra a la que presta servicio el contenedor deberá adoptar las

medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la misma. Los

contenedores permanecerán cerrados o cubiertos, al menos, fuera del horario de trabajo,

para evitar el depósito de residuos ajenos a las obras a las que prestan servicio.

6. En el equipo de obra, se deberán establecer los medios humanos, técnicos y

procedimientos de separación que se dedicarán a cada tipo de RCDs.

7. Se deberá atender a los criterios municipales establecidos (ordenanzas, condicionados de

la licencia de obra), especialmente si obligan a la separación en origen de determinadas

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materias objeto de reciclaje o deposición. En este último caso se deberá realizar por parte

del contratista una evaluación económica de las condiciones en las que es viable esta

operación. Y también, considerar las posibilidades reales de llevarlas a cabo; que la obra o

construcción lo permita y que se disponga de plantas de reciclaje/gestores adecuados. La

Dirección de Obras será la responsable última de la decisión a tomar y su justificación ente

las autoridades locales o autonómicas pertinentes.

8. Se deberá asegurar en la contratación de la gestión de los RCDs, que el destino final

(planta de Reciclaje, Vertedero, Cantera, Incineradora, Centro de Reciclaje de

Plásticos/Madera ...) son centros con la autorización autonómica de la Consejería de Medio

Ambiente, así mismo se deberá contratar sólo transportistas o gestores autorizados por

dicha Consejería, e inscritos en los Registros correspondientes. Asimismo se realizará un

estricto control documental, de modo que los transportistas y gestores de RCDs deberán

aportar los vales de cada retirada y entrega en destino final.

9. Los contenedores llenos deben salir de la obra perfectamente cerrados para evitar la

pérdida de residuos durante el transporte.

10. Para aquellos RCDs (tierras, pétreos...) que sean reutilizados en otras obras o proyectos

de restauración, se deberá aportar evidencias documental del destino final.

11. La gestión (tanto documental como operativa) de los residuos peligrosos que se hallen en

una obra de derribo o se generan en una obra de nueva planta se regirá conforme a la

legislación vigente (ley 10/98, Real Decreto 833/88, R.D.952/1997 y Orden

MAM/304/2002), la legislación autonómica (Ley 5/2003, Decreto 6/2003...) y los requisitos

de las ordenanzas del Ayuntamiento de Madrid (Ordenanza de Limpieza de los Espacios

Públicos y de Gestión de Residuos).

12. Asimismo los residuos de carácter urbano generados en las obras (restos de comidas,

envases, lodos de fosas sépticas,...), serán gestionados acorde con los preceptos

marcados por la legislación y autoridad municipal.

13. Los restos de lavado de canaletas/cubas de hormigón, serán tratados como residuos de

escombro.

Se evitará en todo momento la contaminación con productos tóxicos o peligrosos de los

plásticos y resto de madera para su adecuada segregación, así como la contaminación de los

acopios o contenedores de escombros con componentes peligrosos.

16. OBLIGACIONES Y GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA

El Contratista estará obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de

Seguridad Social, y de Seguridad y Salud en el Trabajo, respecto de las obras objeto del Contrato,

sin que, en caso de incumplimiento, se derive responsabilidad para el Ayuntamiento.

El Contratista está obligado a gestionar, cuantas autorizaciones administrativas se requieran para

la ejecución total y completa de las obras, conforme a los documentos que, figuren en el proyecto

de las obras.

Igualmente el Contratista abonará el importe de las liquidaciones que practiquen los organismos

otorgantes de las autorizaciones administrativas, dentro del plazo preceptivamente establecido,

dando conocimiento de dicho cumplimiento. Si entendiera que las liquidaciones practicadas no se

ajustan a Derecho, lo pondrá asimismo en conocimiento del citado centro, a fin de que, dentro de

plazo y forma, se articulen los recursos pertinentes. La interposición de éstos no será obstáculo

para que el Contratista abone las liquidaciones o afiance su pago, en tanto en cuanto recaiga la

resolución pertinente.

Antes de dar comienzo a las obras el Contratista pondrá en conocimiento de la Dirección

Facultativa la relación detallada siguiente:

. Maquinaria y medios auxiliares que habrá de emplear en la ejecución de las obras y tiempo

que permanecerán adscritas a las mismas.

. Facultativo de titulación adecuada designado por el Contratista como responsable de las

obras; dicho facultativo quedará adscrito en calidad de jefe de obra y deberá permanecer

durante el horario laboral a pie de obra.

. Relación numérica, a título orientativo, del personal facultativo y no cualificado que constituye

la plantilla mínima adscrita a las obras.

. El Contratista asignará un local para despacho de la Dirección Facultativa de las obras,

debidamente acondicionado, aislado y protegido.

Esta supervisión de la construcción será llevada a cabo mediante asistencia técnica externa,

aprobada por la Dirección Técnica Municipal.

Otros gastos a cargo del Contratista serán los que se deriven de la Normalización del Contrato en

escritura pública y los que tengan lugar por publicación del Concurso en Boletines Oficiales de las

distintas administraciones o en periódicos de gran difusión, así como de cuantas tasas se

devenguen por prestación de trabajos facultativos por replanteo, dirección de obra, inspección y

liquidación de las obras y de cualesquiera otra que resulten de aplicación según las disposiciones

vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.

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El Contratista informará obligatoriamente al facultativo designado por la Dirección de la Obra, con

la periodicidad que ésta establezca, sobre la marcha general de los trabajos encomendados.

17. PLAN DE AHORRO ENERGÉTICO

El adjudicatario de los trabajos, en un plazo máximo de 15 días desde el comienzo de los mismos

deberá elaborar un Plan de Ahorro Energético de acuerdo con su propuesta, que tendrá su

desarrollo durante la ejecución de las obras.

Dicho Plan deberá contener, como mínimo una cuantificación de los ahorros, las vías, medios e

instrumentos dispuestos para conseguirlos y las herramientas de control y seguimiento, de

acuerdo con lo establecido por el derecho comunitario y el resto de normativa contractual

aplicable.

MADRID, Noviembre de 2010 EL INGENIERO DIRECTOR DEL PROYECTO EL INGENIERO AUTOR DEL PROYECTO Fdo: Dª. Marta López Sánchez Fdo: D. Juan Fisac Herrero Dr. Ing. Caminos. Coleg. 3.811

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