53

Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

  • Upload
    lydieu

  • View
    214

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta
Page 2: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Dr. Luis Ciprés Casasnovas

Especialista en Endocrinología y Nutrición (01-03-1982)

Doctor en Medicina por la Universidad de Zaragoza (29-09-1990)

Presidente de la Comisión de Deontología del Colegio Oficial de Médicos de Teruel (desde12-II-2007).

Director del Área Médica (Jefe de Servicio de Medicina Interna y Especialidades Médicas)del Hospital Obispo Polanco y del Sector Teruel (SALUD) desde el 16-01-2006.

Miembro de la Comisión Central de Deontología del Consejo General de ColegiosOficiales de Médicos de España. (desde 28-09-2007).

Miembro titular de la Comisión de Evaluación del Medicamento de los hospitales delSistema Sanitario Público de Aragón (desde 29-12-2009).

Dra. María Castellano Arroyo

Catedrática de Medicina Legal. Universidad de Zaragoza. 1980-1997

Jefe de Servicio de Medicina Legal y Toxicología. Hospital Clínico de Zaragoza: 1980-1997

Directora de la Escuela Profesional de Medicina del Trabajo de Zaragoza: 1986-1997

Presidente de la Comisión de Ética Asistencial, creación y puesta en marcha. HospitalClínico Universitario. Año 1996-97

Catedrática de Medicina Legal de la Universidad de Granada: 1997-Actualidad

Miembro de la Comisión Central de Deontología. Consejo General de Colegios deMédicos. Desde 2010-Actualidad

Vocal de la Comisión Nacional de Medicina del Trabajo: 2000-2004

Presidente de la Comisión Nacional de Medicina del Trabajo: 2004-Actualidad.

Mas de 300 publicaciones en revistas nacionales y extranjeras, capítulos de libros y otras.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés CasasnovasDra. María Castellano Arroyo

2

Page 3: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés CasasnovasDra. María Castellano Arroyo

3

íínnddiicceeINTRODUCCIÓN. ASPECTOS CIENTÍFICOS, ANTROPOLÓGICOSY JURÍDICOS DEL EMBRIÓN 5

ASPECTOS CIENTIFICOS DEL EMBRIÓN 5

Consideraciones aacerca ddel eembrión 7

ASPECTOS ANTROPOLÓGICOS Y FILOSÓFICOSDEL EMBRIÓN 8

ASPECTOS JURÍDICOS DEL EMBRIÓN 9

La pprotección jjurídica dde lla vvida hhumana 9

La pprotección jjurídica ddel eembrión 11

Normativa española y protección del embrión 15

Manipulación genética y Código penal 18

Código de Deontología Médica y manipulación genética 19

INTERVENCIÓN DEL SER HUMANOSOBRE LA CAPACIDAD DE PROCREACIÓNO REPRODUCTORA DE LAS PERSONAS. 20

TÉCNICAS DE AYUDA A LA PROCREACIÓN:LA REPRODUCCIÓN ASISTIDA 22

Inseminación aartificial 22

Fecundación iin VVitro 23

Crioconservación: CCongelación dde ggametos yy eembriones 25

Diagnóstico PPreconceptivo. DDiagnóstico PPreimplantatorio. Diagnóstico nneonatal 27

PROCEDIMIENTOS CONTRACEPTIVOS 31

Anticonceptivos hormonales 31

Píldora contraceptiva de emergencia (píldora del día siguiente) 32

Dispositivo intrauterino (DIU) 38

Page 4: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

ABORTO 38

Historia del aborto 39

Situación en España 39

POSICIONAMIENTO DDE LLA OOMCEN TTORNO AA LLA LLEY ((11/12/2009). 42

IV.1 RU 486 48

¿Dónde sse eesta uusando? 48

Consideraciones 48

CONCLUSIONES FINALES 49

BIBLIOGRAFÍA 52

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés CasasnovasDra. María Castellano Arroyo

4

Page 5: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

IINNTTRROODDUUCCCCIIÓÓNN..AASSPPEECCTTOOSS CCIIEENNTTÍÍFFIICCOOSS,,AANNTTRROOPPOOLLÓÓGGIICCOOSS YY JJUURRÍÍDDIICCOOSSDDEELL EEMMBBRRIIÓÓNNAl comienzo de este capitulo parece importante estudiar la naturaleza del embrión.

Será el paso previo para fundamentar las cuestiones que, desde el punto de vista ético,vamos a analizar y para intentar huir de juicios y opiniones que pueden ser expresionesno fundamentadas de preferencias, de sentimientos, o de opiniones ideológicas más quede conceptos biológicos y científicos demostrados.

ASPECTOS CIENTIFICOS DEL EMBRIÓNAl abordar “Las cuestiones éticas al comienzo de la vida” nos podemos

preguntar: ¿puede la ciencia experimental ayudarnos para facilitar el entendimientoracional de estos problemas? Y más en concreto ¿puede la ciencia experimentaldecir cuando comienza la vida de un nuevo ser humano?

La vida humana tiene un dinamismo y unos tiempos que comienzan con eldesarrollo y la diferenciación de los gametos masculino y femenino por separado enel seno del aparato genital respectivo, es decir, se produce la espermatogénesis enel varón con el desarrollo de millones de espermatozoides y la ovogénesis en lamujer con una maduración de óvulos limitada a lo largo de su vida a unos 400. Pormedio del acto sexual, unos 300 millones de espermios se depositan en la vagina yhabrán de alcanzar el tercio externo de la trompa de Falopio para que, alrededor de300, se encuentren con el ovulo que se ha desprendido del ovario y solamente unode ellos se fijara a la zona pelúcida del ovocito desencadenando de inmediato unaserie de cambios iónicos que facilitan su paso al interior del mismo.

De la unión de los gametos masculino y femenino (células haploides) surge unacélula diploide (cigoto) que tiene la carga genética resultante de la suma de laaportada por la mujer y por el hombre, este proceso dura unas 12 horas. A las 24horas tiene lugar la primera división celular y cada 10-12 horas se produce unanueva. A lo largo de cuatro días, que es el periodo en el que el embrión estransportado de la trompa a la cavidad uterina, el cigoto va proliferando y sufriendosegmentaciones adquiriendo el aspecto de mora (mórula). Las células resultantesde las primeras divisiones son células totipotentes, es decir, cualquiera de ellas escapaz de producir un ser completo.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés CasasnovasDra. María Castellano Arroyo

5

Page 6: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Al sexto día después de la fecundación, y al poco de haber llegado la mórula a lacavidad uterina, se produce una diferenciación en ella de tal manera que las células másexternas van a dar lugar al trofoblasto (formará la placenta) y las células más internas danlugar al embrioblasto (formarán el embrión). Con la aparición de un espacio lleno delíquido entre el trofoblasto y el embrioblasto queda formado el blastocito.

Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en elendometrio de la cavidad uterina, el día 14 se termina este proceso de anidación. Alinicio de la segunda semana el embrioblasto sufre una primera diferenciaciónmorfológica que va a dar lugar al disco embrionario bilaminar.

Hasta aquí algunos hechos que marcan el comienzo de la existencia humana. Setrata de un análisis general y resumido ya que el estudio en profundidad del embriónrequeriría en primer lugar definir la perspectiva desde el que queremos hacerlo:genética, morfológica, bioquímica, hormonal, histológica etc. Y en segundo lugaruna profundización exhaustiva en el aspecto que hubiéramos elegido.

En cualquier caso sí que puede ser factible hacer alguna consideración al hilo delos datos aportados:

- La fecundación es un proceso biológico en el que, a partir de los dos gametosfemenino (óvulo) y masculino (espermatozoide) se genera una entidadcompletamente diferente de ellos y comienza la existencia de un nuevo ser. A estanueva entidad la llamamos embrión. Su existencia es un proceso continuo que pasapor el desarrollo, nacimiento, evolución y muerte; el único salto cualitativo se produceen el momento de la fecundación, en el cual de dos células en la fase terminal de sudesarrollo surge una realidad biológica nueva con todas sus potencialidades.

- El embrión es totalmente autónomo en su desarrollo, lógicamente tiene ladependencia biológica de la madre, como la tiene el niño recién nacido, perogoza de plena autonomía en su desarrollo y controla sus propios procesosgracias a la carga genética heredada de los gametos que lo originaron, éstaconstituye el programa capaz de dirigir toda su actividad y desarrollo.

- El embrión surgido de la fecundación humana es un ser especifico humano, nopuede ser otra cosa ya que su carga genética lleva necesariamente al desarrollode un nuevo ser humano. El paso del tiempo únicamente produce cambiosmorfológicos pero no de naturaleza.

- Además es un ser individual, es ese individuo y no otro que se autoconstruyeimponiéndose a si mismo el ritmo de crecimiento y desarrollo inscrito en elgenoma que ha adquirido en el momento de la concepción.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

6

Page 7: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

De este proceso necesario y único surge un ser humano que, como le es propio,además de sus características biológicas irá teniendo unas capacidades (voluntad,razón, memoria, emociones, sentimientos, etc.) que la mera consideración biológicaes incapaz de explicar con exactitud.

Nos encontramos, por tanto, ante un ser humano perteneciente a la especiehumana con unas diferencias y capacidades distintas a las otras especies animalesque le confiere una dignidad propia y superior.

Consideraciones acerca del embrión

El hecho biológico descrito es considerado de formas diversas. Una de ellas,con predicamento en nuestro país, es aquella que estima que en los 14 díasprimeros días de la fecundación no existe aun una persona. Denominan“preembrión” al embrión durante ese periodo .

Este termino fue introducido por Edwars, pionero de la fecundación in vitro, yfue consolidado por la embrióloga inglesa Anne McLaren y por Mary Warnock enel informe de la Comisión que lleva su nombre y daba luz verde a laexperimentación con el embrión hasta el día 14 después de la fecundación (1). Lapropia McLaren ha reconocido posteriormente que se trata de una teoríaartificiosa y sin base biológica. El interés existente en esa época en el Reino Unidopor legitimar la experimentación con embriones humanos, aprovechó estadiferenciación artificial en un proceso evolutivo que, como hemos dicho es unapermanente continuidad.

Cuando el embrión se ha obtenido en el laboratorio, mediante técnicas defecundación in Vitro, ese periodo de 14 días, constituye la fase “preimplantatoria”,durante la cual el embrión puede someterse a estudios diversos; este hecho yesta terminología ha creado, especialmente en España, un estado de opiniónfavorable al hecho de que hay una diferencia sustancial entre lo que es el embriónantes y después de esos 14 días; lo cual como hemos indicado no secorresponde con la realidad biológica.

En cualquier caso el término preembrión no ha alcanzado un gran impacto enla literatura científica universal. Un reciente estudio analiza la utilización de estetérmino en la literatura científica a lo largo de 20 años (1986 a 2005) y encuentrauna frecuencia de uso de 2:1000 en comparación a los términos embrión,blastocito y embrión preimplantacional teniendo el factor de impacto acumulativomás bajo (2).

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

7

Page 8: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

ASPECTOS ANTROPOLÓGICOSY FILOSÓFICOS DEL EMBRIÓN

Los hechos científicos que nos ilustran acerca del comienzo de la vida humananunca se pueden trasladar de manera automática al concepto ontológico depersona, es decir, la noción de persona no pertenece al campo de la indagacióncientífica; lo cual tampoco quiere decir que exista contraposición entre los dossaberes.

Desde el punto de vista filosófico se ha especulado con el momento en que el serhumano adquiere la categoría de persona. Unos opinan que la persona humana “es”desde el momento mismo de la fecundación y otros que lo es en distintos momentostemporales o evolutivos: por ejemplo cuando se ha producido la diferenciaciónorganogénica o se ha alcanzado la suficiencia constitucional (3), (4).

Para estos últimos, la cuestión fundamental se plantea en saber en qué momentodel desarrollo se puede decir que la realidad humana está ya constituida. Suelenafirmar que sería en la octava semana del desarrollo, es decir, cuando clínicamentese viene considerando que se produce el tránsito entre la fase embrionaria y la fetal.

Para facilitar la comprensión de lo que se esta comentando conviene recordar quela fase embrionaria se extiende hasta los sesenta días (finales de la novena semana)y es el periodo en el que tiene lugar la organogénesis, el embrión es de unos 30 mm.Para hacerse idea de la morfología cabe decir que al embrión de siete semanas yase reconocen las formas más características del adulto, si bien las proporcionesrelativas son muy diferentes. El periodo fetal comprende desde los 60 días hasta elnacimiento a partir de los 280 días de gestación.

Según los partidarios de esta doctrina, cabría decir, que el embrión no tiene elestatuto ontológico propio de un ser humano porque carece de suficienciaconstitucional y de sustantividad, en tanto que el feto sí las tiene, por el hecho dehaberse diferenciado los tejidos y órganos en el esbozo de la figura que tendrá elfuturo recién nacido. Para ellos tendríamos un individuo humano en sentido estrictoen torno a las ocho semanas, es decir, solamente el feto tendría personalidad, seríauna persona con todos los derechos.

Desde el punto de vista biológico parece fuera de toda duda que la fecundaciónconstituye el comienzo de una realidad viviente, organizada y morfofuncional nuevaque es el cigoto. La cuestión que se plantea es ¿en que momento este cigoto estaconstituido, según la terminología antes apuntada, o es persona humana?

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

8

Page 9: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Esta cuestión, al estar fuera de las consideraciones biológicas ocupa una dimensióndistinta, la metafísica y, aunque constituya una misma realidad unitaria con la biología,a nuestra inteligencia le resulta difícil captarlas en unidad, es decir, no somos capacesde aprehender unitariamente los dos planos. La ciencia ayuda pero no puede resolverun problema que se encuentra más allá de la observación experimental.

Los datos biológicos existentes y las consideraciones filosóficas que se puedan hacerparecen suficientes y valiosos para reconocer la presencia personal desde la fecundación.La realidad del ser humano a lo largo de toda su vida, antes y después del nacimiento, nopermite que se le atribuya ningún cambio en su naturaleza ni en su valor moral.

En cualquier caso parece poco razonable establecer una frontera artificiosa temporal apartir de la cual se otorga al embrión la consideración de persona humana y se leconceden unos derechos, en virtud de un estatus diferente, que antes se le niegan.

Del reconocimiento de la dignidad propia y superior del embrión como ser humanoperteneciente, por tanto, a la especie humana debería surgir el reconocimiento de susderechos.

ASPECTOS JURÍDICOS DEL EMBRIÓNLa dignidad humana y el derecho a la vida tienen su fundamento en el valor superior

del ser humano, fuente de moralidad, llamado en su desarrollo y evolución a ser centroy organizador del universo, actuando con respeto, para que al organizar y servirse desu entorno, dirija el proceso hacia la mejor evolución y perfeccionamiento.

Es cierto que la plena autonomía y responsabilidad se adquieren con la madurez,apoyadas en la inteligencia y el desarrollo de la capacidad de elegir y decidir, pero estascualidades, como todas las demás del ser humano, están ya predeterminadas en elmensaje genético del ser concebido, desarrollándose después a lo largo de la vida,hasta la mayoría de edad, y aún después, en muchos de sus aspectos. En general,todas las normas reconocen el valor de la vida humana y proceden a su protección.

La protección jurídica de la vida humana

La Declaración Internacional de los Derechos Humanos, documentoaprobado en la ONU en diciembre de 1948, recogió en su artículo 3 el derechoa la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona. Aunque este preceptosuponía un deber, no jurídicamente obligatorio, al menos de forma implícita síque fueron adoptados como básicos en el derecho internacionalconsuetudinario. El primer acuerdo que adoptaron en España los artífices de la

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

9

Page 10: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Constitución fue que sus contenidos estuvieran conformes a la Declaración delos Derechos Humanos y otras normas básicas internacionales. De ahí que ensu artículo 15 dijera “Todos tienen derecho a la vida”. Las diferencias surgierondespués al concretar la extensión y el contenido de los términos “todos” y“derecho a la vida” y si se incluye a la vida del concebido y no nacido en ellos.Aunque ya podemos adelantar que el Código civil español diga que “alconcebido se le tiene por nacido para todo aquello que le sea favorable” (enreferencia a aspectos materiales).

El Pacto Internacional de derechos políticos y civiles, adoptado por la ONUen 1966 vuelve a señalar que el “derecho a la vida es inherente a la personahumana…”; y complementa que “No se … aplicará la pena de muerte a lasmujeres en estado de gravidez”. El análisis de este precepto permite considerarque aún aceptando que el delito cometido por una mujer pueda hacerlamerecedora de la pena de muerte, esta no se le aplicaría, si estuvieraembarazada, ya que también moriría el embrión o feto, inocente del delito ycon derecho a vivir, acabando su desarrollo y gozando posteriormente de suvida autónoma.

El mismo precepto lo recoge la Convención Americana sobre derechoshumanos, de 22 de noviembre de 1969, además de decir que “Toda personatiene derecho a que se respete su vida. Este derecho será protegido por la ley,y, en general, desde el momento de la concepción…”.

En Europa, el Convenio Europeo para la protección de los derechos delhombre y de las libertades fundamentales de 4 de noviembre de 1950 delConsejo de Europa dice que “El derecho de toda persona a la vida estáprotegido por la ley…”; para el cumplimiento de su contenido se crearon laComisión Europea de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de DerechosHumanos, debido a la vinculación jurídica de los preceptos.

La Comisión Europea recibió, respecto al derecho a la vida, las dos primerasreclamaciones interpuestas por un varón noruego, que impugnaba la ley delaborto noruega de 1960, y otro austriaco que impugnaba la ley quedespenalizaba el aborto en el código penal austriaco. La Comisión, se acogióa la forma y no al fondo, y respondió con la negativa a considerar el tema al noser los reclamantes perjudicados directos por la norma. Posteriormente síadmitió la Comisión una reclamación alemana (1975), en la que se decía quela despenalización del aborto atentaba contra el derecho al respeto a la vidaprivada y familiar; en la respuesta se decía que la ley no atentaba contra esederecho, aunque precisaba que la respuesta negativa no significaba que el

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

10

Page 11: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

embarazo y su terminación solo afectara a la vida privada de la madre. En lareclamación inglesa (1980) de un padre sobre su imposibilidad de intervenir enla decisión de su esposa de abortar, los argumentos le negaban su derecho,aunque tampoco se entró a valorar el derecho a la vida del feto, ya que, en laargumentación, dijo la Comisión que cuando en el Convenio se utiliza eltérmino “toda persona”, se refiere a la vida de la persona ya nacida.

Romeo Casabona (5) dice que la conclusión del análisis de las diferentesnormativas internacionales, nos llevan a considerar que el derecho a la vida noes absoluto, (aunque ésta no pueda quitársele a otro de forma arbitraria, perosí, por ejemplo, en legítima defensa) y que no existe claridad total sobre si laprotección abarca a la vida del concebido, dejándose la cuestión abierta a laslegislaciones internas de los diversos países.

La Constitución Española (1978), como adelantábamos más arriba, declaraen su artículo 15 el derecho fundamental a la vida y a la integridad física ymoral; el Tribunal Constitucional en diversas Sentencias ha señalado que lavida humana es “un valor superior del ordenamiento jurídico constitucional…”,y “supuesto ontológico sin el que los restantes derechos no tendrían existenciaposible…”. La dignidad que se atribuye a la vida humana es fundamento delorden político y de la paz social creando para los poderes públicosobligaciones jurídicas para todos los ciudadanos que deben ser respetados yprotegidos en sus derechos.

Los derechos fundamentales son de aplicación inmediata, sin necesidad dedesarrollo legislativo complementario y como complemento recíproco obliganal Estado a hacerlos cumplir y cumplirlos; cualquier particular puede pedir elamparo del Tribunal Constitucional en estos temas.

Más adelante expondremos como aplica el Tribunal Constitucional elderecho a la vida, al referirlo a la vida del concebido no nacido.

La protección jurídica del embrión

Los conceptos biológicos de embrión, ya expuestos, se integran en elconcepto jurídico de nasciturus o, concebido y no nacido. Así, desde el puntode vista jurídico, su grado evolutivo se tiene en cuenta para diferenciar,penalmente, el delito de aborto, lesiones al feto y, después, la muerte violentadel recién nacido.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

11

Page 12: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

El concepto jurídico de embrión puede acomodarse a:

- Estatuto jurídico unitario, acorde con un concepto unitario del embrión humanodurante todo el proceso de desarrollo del mismo, diferenciando únicamente entreembrión y feto. Aunque se empleen términos como cigoto, mórula, blástula,embrión preimplantatorio o preembrión, embrión y feto, se reconoce que hay unacontinuidad biológica y genética que es constante. Este criterio se sigue en lasnormas de la Unión Europea que recomienda no diferenciar entre las primerasfases del desarrollo embrionario -Recomendación 1046 (1986)- relativa a lautilización de embriones y fetos humanos para fines diagnósticos, terapéuticos,científicos, industriales y comerciales. También en la Recomendación 1100(1989) sobre la utilización de embriones y fetos humanos en la investigacióncientífica. En Alemania se aprobó la Ley de Protección del Embrión de 13 dediciembre de 1990, que considera que el estatuto jurídico del embrión es unitario,desde el primer momento de la fecundación, y en ningún caso equiparablelegalmente al de las cosas, aunque no entra en su naturaleza jurídica.

Tampoco la Ley italiana de 19 de febrero de 2004 sobre fecundación asistidadiferencia, conceptualmente, al embrión según su estadio de desarrollo.

- Estatuto jurídico fragmentado. Este modelo distingue conceptualmente lasdiferencias entre las etapas del desarrollo embrionario para tenerlas en cuentaen sus normas legales, respecto a la protección jurídica de las mismas y lapermisión de intervenciones sobre el embrión (recordemos que el informeWarnock distinguía los primeros 14 días como un periodo diferente al nohaberse iniciado la organogénesis introduciendo el nombre de preembrión), yahemos criticado antes esta posición.

Entre las leyes que seguían este criterio está la ley inglesa de 1990 que permitíadeterminadas actuaciones experimentales sobre el embrión de menos de 14 días;tras este plazo debía implantarse en útero humano o congelarlo. A partir de suimplantación el embrión recibe más protección jurídica.

Precisamente, en España, la Ley 35/88 de Técnicas de reproducción asistida(hoy actualizada) fue llevada al Tribunal Constitucional indicando el recurso que “…se parte de una indebida distinción entre preembriones y embriones lo queconduce a un distinto estatus jurídico, claramente insuficiente..”, se pedía “… laexigencia constitucional de un sistema legal para la defensa efectiva de la vida…”.Este argumento lo rechazó el TC al considerar que “… los no nacidos no puedenconsiderarse en nuestro ordenamiento constitucional como titulares del derechofundamental a la vida garantizada en el artículo 15 de la Constitución”.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

12

Page 13: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

La ley 14/2006 de 26 de mayo sobre técnicas de reproducción asistida sigueincluyendo el término preembrión para el periodo que va desde la fecundaciónhasta el día 14. La Ley 14/2007 de 3 de julio de investigación médica, tambiéndistingue la anidación de la organogénesis y finalmente el nacimiento, locomentaremos más adelante.

En relación con este punto, algunos consideran que el reconocimiento decapacidad jurídica nace con la fecundación, mientras otros la asocian a laanidación. Esto dejaría fuera al óvulo fecundado in Vitro y aún no implantado.

La experimentación en el ámbito de la reproducción asistida o fecundación invitro ha generado conceptos nuevos, así se denomina embrión gamético al cigotoresultante de la fecundación del óvulo por el espermatozoide, mientras que sellama embrión somático a la transferencia en un óvulo enucleado del núcleo deuna célula somática (6), planteándose si éste debe incluirse en concepto deembrión; a este respecto pueden encontrarse opiniones muy abiertas:Recientemente el Tribunal Europeo ha definido lo que debe considerarse “embriónhumano”; por su parte, la ley japonesa contiene más de diez conceptos distintosde embrión, según haya existido o no fecundación, división celular, composicióngenética, e incluso la fecundación interespecies, etc., apareciendo algunasactuaciones como delitos en esta ley (7).

Desde un punto de vista jurídico caben diversas posiciones:

- Considerar que la categoría jurídica de persona se asocia al nacimiento, lo cualniega al embrión humano la posibilidad de ser sujeto de plenos derechos yobligaciones. No obstante, es posible proteger jurídicamente al embrión, sinconsiderarlo persona, pudiendo quedar su protección jurídica suficientementegarantizada, sin atribuirle personalidad jurídica. Esto es compatible con laafirmación de que “al concebido se le tiene por nacido para todo aquello que lesea favorable”, principio contenido en nuestro Código civil y en otros Códigoseuropeos, aunque solo a los efectos de tipo material o económico.

- También es posible reconocer al embrión un estatuto jurídico personal basadoen el respeto a la dignidad humana… (Convenio para la protección de losderechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a lasaplicaciones de la Biología y la Medicina, Consejo de Europa, 4 de abril de1997), en el que se rechaza la clonación terapéutica, o se llama a producir elmínimo número de embriones sobrantes en las TFIV. Este Convenio se aplica encada país europeo al regular las técnicas de reproducción in Vitro, al considerarqué estatuto jurídico tiene, o debe tener el embrión obtenido de FIV no

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

13

Page 14: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

implantado. En el momento en que se implanta e inicia su desarrollo hacia unavida independiente, tras el nacimiento, es ya sujeto de derechos; en el periodoprevio será objeto de derechos.

Otro debate se establece respecto a la consideración aislada del óvulo y delespermatozoide como “cosas”, “partes” separadas del cuerpo como los órganoso tejidos que no son nada en sí mismos, e incluso objeto de propiedad y tráficolimitado. Se establecen diferencias legislativas respecto a donación cuando setrata de gametos o del embrión ya constituido y en fase preimplantatoria.

La pregunta seria ¿Es el embrión sujeto de derechos, y merecedor de unestatuto jurídico que los reconozca y proteja? Consideramos, con otros autores,que el embrión por lo que es y significa, merece una protección legal propia,correspondiente al ámbito del derecho, con normas que permitan diferenciar loscomportamientos legales de los ilegales respecto al embrión.

Desde nuestro criterio, reconocemos al embrión una dignidad mecedora derespeto y protección, al estar destinado a ser un ser humano. Desde losprincipios de la Bioética, el embrión no puede ejercer la autonomía (perotampoco la ejerce el recién nacido o los menores en sus primeros años). Enestos temas el principio ético de justicia es primordial, sin embargo, sabemosque el principio de Justicia, no se entiende de forma unívoca, desde el criterioutilitarista se busca el mayor beneficio para el mayor número de personas (lo quedaría valor moral a la acción). A esto se opone el criterio personalista, desde elque buscar el beneficio de los demás no puede atropellar la dignidad de unapersona o de una minoría. Esto nos lleva, de nuevo, al concepto de persona.Pero si nos preguntamos ¿Consideramos digno al embrión, y por tantomerecedor de respeto y protección? Sin ninguna duda, la respuesta es Sí. Elembrión no puede ser utilizado como un medio, es también un fin en sí mismo(está llamado a ser un nuevo ser humano en el que se desplieguen todas lascualidades psicobiológicas genéticamente contenidas en él). En relación conesto merecerían ser reconocidos como derechos y protegidos el derecho a ladiferencia genética, es decir, el llegar a ser un individuo único con identidadgenética propia, la que constaba en los gametos de los que procede.

Puede ser razonable que al embrión no se le de la misma protección que alser humano ya nacido, pero su consideración debe ser distinta de la de lascosas (objeto de derechos) pasando a ser sujeto de derechos, entre ellos eltrato digno que procure el cumplimiento de su destino como ser llamado a sudesarrollo como persona.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

14

Page 15: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Normativa española y protección del embrión

¿Hasta donde alcanza la protección jurídica de la vida del no nacido en lanormativa española?.

La interpretación ha venido desde las respuestas a la afirmación de quereconocer la despenalización del aborto (Ley Orgánica de reforma urgente yparcial del Código Penal) era contraria al artículo 15 de la CE donde se dice que“todos tienen derecho a la vida…” no conducía a opiniones unánimes.

En algunos países europeos la despenalización del aborto se adelantó a laespañola, por lo que se produjeron recursos de inconstitucionalidad enFrancia, Italia, Alemania, Noruega, etc. En general todas coincidieron en elreconocimiento de que la vida del no nacido (nasciturus) es un valor quemerece protección jurídica, aunque ésta era diferente según la despenalizacióndel aborto se rigiera por el sistema de indicaciones, más garantista, que por lade plazos en la que es la madre la que decide la interrupción del embarazo solocon el requisito de estar dentro del plazo para el que no se requiere otro criteriomás que el cronológico (12-14 semanas).

Una primera interpretación defiende que la palabra “todos” incluye a laspersonas (los ya nacidos) y a los no nacidos. Una segunda interpretación sebasa en que la propia CE en otros artículos utiliza tanto la palabra “laspersonas”, como la de “todos” para reconocer derechos que solo se puedendisfrutar cuando se ha nacido (derecho a la educación, al trabajo…) lo quesignificaría que el “todos” del artículo 15 de la CE sería sinónimo de personasya nacidas, excluyendo al nasciturus.

No obstante, aunque se admitiera que la palabra “todos tienen derecho a lavida”, incluye al no nacido, no impediría la despenalización del aborto enalgunos supuestos (conflicto de intereses madre/embrión-feto). Tampoco eladmitir que la palabra “las personas” entendida como los ya nacidos, se podríaentender como una desprotección jurídica del embrión.

Fue el Grupo Popular en el Congreso el que solicitó pronunciamiento delTribunal Constitucional sobre posible inconstitucionalidad de la reforma queadmitía tres supuestos de aborto despenalizados: 1º. Que sea necesario paraevitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de laembarazada… 2º. Que el embarazo sea consecuencia de un hechoconstitutivo del delito de violación… 3º. Que se presuma que el feto habrá denacer con graves taras físicas o psíquicas…

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

15

Page 16: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Ya previamente, el TC había dicho en la sentencia 75/1984 de 27 de junio:“… la vida humana en formación es un bien que constitucionalmente mereceprotección, pero de esta premisa no se sigue, en modo alguno, que losparticulares tengan al respecto otros deberes sancionados que el deabstenerse de aquellas conductas que la ley penal castiga…”. Es decir, si noestán penadas algunas formas de aborto, esta conducta puede ser practicada,sin castigo. Pero hay que tener claro que el hecho de que una conducta sealegal no significa que sea moralmente aceptable, y el TC habla en lenguajejurídico.

La Sentencia 53/1985 de 11 de abril decía en su fallo lo siguiente. “… hadecidido: Declarar que el Proyecto de Ley Orgánica por el que se introduce elartículo 417 bis del Código Penal es disconforme con la Constitución, no enrazón de los supuestos en que declara no punible el aborto, sino por incumpliren su regulación exigencias constitucionales derivadas del artículo 15 de laConstitución, que resulta por ello vulnerado, en los términos y con el alcanceque se expresa en el Fundamento Jurídico décimosegundo de la presentesentencia”.

No obstante reconocía que la vida es un proceso que comienza con lagestación… y termina con la muerte; es un continuo sometido por efectos deltiempo a cambios cualitativos …. Que dentro de los cambios cualitativos en eldesarrollo del proceso vital y partiendo del supuesto de que la vida es unarealidad desde el inicio de la gestación, tiene particular relevancia elnacimiento, ya que significa el paso de la vida albergada en el seno materno ala vida albergada en la sociedad…”

La protección de la CE de la vida del no nacido la amparaba con lassiguientes palabras: “… si la Constitución protege la vida … no puededesprotegerla en aquella etapa de su proceso que no es solo condición para lavida independiente del claustro materno, sino que es también un momento deldesarrollo de la vida misma; por lo que ha de concluirse que la vida del“nasciturus”, en cuanto éste encarna un valor fundamental –la vida humana-garantizado en el artículo 15 de la Constitución, constituye un bien jurídico cuyaprotección encuentra en dicho precepto fundamento constitucional”.

La síntesis final, sería que el TC considera a la vida del nasciturus un bienjurídico protegida en el artículo 15 de la CE, pero rechaza que sea el propionasciturus el que ostente la titularidad de este derecho, lo que deja oportunidada que en situación de conflicto entre el interés de la madre y el del concebidopueda decidir la madre.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

16

Page 17: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Estos razonamientos, se apoyan sobre la base de que la vida humanacomienza con la gestación a los efectos jurídico-constitucionales, por lo que elembrión generado por técnicas de reproducción in Vitro quedaría fuera delamparo de la Constitución, protección que se iniciaría con la implantación e iniciode la gestación.

Según esto, también quedaría sin protección el embrión (óvulo ya fecundado),que aún no se ha implantado, aunque este periodo no se determine clínicamenteen el embarazo natural.

Traemos aquí por su actualidad e importancia la Sentencia del Tribunal deJusticia de la Unión Europea de 18 de octubre de 2011 (8). El asunto que dilucidaesta sentencia es la patentabilidad de células progenitoras neuronales aisladas ydepuradas a partir de células madre embrionarias, pero hace reflexiones acercadel embrión que consideramos de interés traer aquí:

- En la consideración 35 de la primera cuestión prejudicial indica que todoovulo humano, a partir de la fecundación, deberá considerarse un “embriónhumano” en el sentido y a los efectos de la aplicación del articulo 6, apartado2, letra c), de la Directiva, habida cuenta de que la fecundación puede iniciarel desarrollo de un ser humano.

En virtud de numerosos razonamientos previos, el Tribunal de Justicia (GranSala) declara:

- El artículo 6, apartado 2, letra c), de la Directiva 98/44/CE del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 6 de julio de 1998, relativa a la protección jurídicade las invenciones biotecnológicas, debe interpretarse en el sentido de que:

- Constituye un «embrión humano» todo óvulo humano a partir del estadio de lafecundación, todo óvulo humano no fecundado en el que se haya implantadoel núcleo de una célula humana madura y todo óvulo humano no fecundadoestimulado para dividirse y desarrollarse mediante partenogénesis.

- Corresponde al juez nacional determinar, a la luz de los avances de laciencia, si una célula madre obtenida a partir de un embrión humano en elestadio de blastocito constituye un «embrión humano» en el sentido delartículo 6, apartado 2, letra c), de la Directiva 98/44.

- La exclusión de la patentabilidad en relación con la utilización de embrioneshumanos con fines industriales o comerciales contemplada en el artículo 6,apartado 2, letra c), de la Directiva 98/44 también se refiere a la utilización

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

17

Page 18: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

con fines de investigación científica, pudiendo únicamente ser objeto depatente la utilización con fines terapéuticos o de diagnóstico que se aplica alembrión y que le es útil.

- El artículo 6, apartado 2, letra c), de la Directiva 98/44 excluye lapatentabilidad de una invención cuando la información técnica objeto de lasolicitud de patente requiera la destrucción previa de embriones humanos osu utilización como materia prima, sea cual fuere el estadio en el que éstosse utilicen y aunque la descripción de la información técnica reivindicada nomencione la utilización de embriones humanos.

Por tanto, esta Sentencia protege al embrión humano (tras indicar lo quedebe entenderse por embrión humano) a través de prohibir o autorizar laspatentes sobre investigación biológica. Así:

- excluye la utilización con fines de investigación científica, pudiendoúnicamente ser objeto de patente la utilización con fines terapéuticos o dediagnóstico que se aplica al embrión y que le es útil.

- excluye la patentabilidad de una invención cuando la información técnicaobjeto de la solicitud de patente requiera la destrucción previa de embrioneshumanos o su utilización como materia prima, sea cual fuere el estadio en elque éstos se utilicen y aunque la descripción de la información técnicareivindicada no mencione la utilización de embriones humanos.

Manipulación genética y Código penal

El Código penal español tipifica como antijurídicas una serie de conductas,bajo el Título “Delitos relativos a la manipulación genética” (9). Estos son:“… los que con finalidad distinta a la eliminación o disminución de taras oenfermedades graves, manipulen genes humanos de manera que se altere elgenotipo…”, “… la utilización de la ingeniería genética para producir armasbiológicas o exterminadoras de la especie humana”; “… quienes fecundenóvulos humanos con cualquier fin distinto a la procreación humana… lacreación de seres humanos idénticos por clonación, u otros procedimientosdirigidos a la selección de la raza..”; “quien practicare reproducción asistida enuna mujer, sin su consentimiento..”. Los autores de estas conductas seráncastigados con privación de libertad e inhabilitación profesional, la duración dela pena dependerá de que exista dolo, imprudencia grave o imprudenciaprofesional.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

18

Page 19: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

También aparece como delito el aborto, fuera de los supuestos contenidos enla ley que exponemos en extenso en este capítulo, y los delitos de lesiones alfeto, cuando “por cualquier medio o procedimiento causare en un feto una lesióno enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo, o provoque enel mismo una grave tara física o psíquica…”. También en este caso, las penasprivativas de libertad e inhabilitación profesional dependen de que lasconductas se deban a dolo, imprudencia grave o imprudencia profesional.

La penalización de estas conductas pone de manifiesto que los ovocitos, elembrión y el feto tienen un cierto nivel de protección jurídica, aunque ésta nosea absoluta y permita numerosas y diversas actuaciones sobre las que, solola exigencia ética, concederá al embrión desde la fecundación todo el respetoque merece.

Código de Deontología Médica y manipulación genética

En el Código se dice: “que el ser humano es un fin en sí mismo en todas lasfases del ciclo biológico, desde la concepción hasta la muerte. El médico estáobligado, en cualquiera de sus actuaciones, a salvaguardar la dignidad eintegridad de las personas bajo sus cuidados”.

El hecho de que en estas cuestiones sea fundamental la formación einformación que tenga la población general, y sobre todo las personas quepuedan tener necesidad de acceder a estas técnicas, el Código incluye entrelas obligaciones éticas de los médicos “…crear una conciencia individual ycolectiva, sobre las ventajas que se derivan de la procreación responsable y deunas prácticas sexuales seguras en cuanto a la transmisión de enfermedades”.

De forma clara, no se considera ética “…la manipulación genética que notenga una finalidad terapéutica, así como la manipulación sobre el embrión ofeto, que no tenga una clara finalidad diagnóstica o terapéutica y que noredunde en un beneficio para él”.

Indicando: “El médico no participará ni directa ni indirectamente en ningúnproceso de clonación humana. No se podrán crear nuevos embriones confinalidad de experimentación”.

Y siempre el médico, cuando estén en juego sus convicciones másprofundas, tendrá el derecho a acogerse a la objeción de conciencia

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

19

Page 20: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

IINNTTEERRVVEENNCCIIÓÓNN DDEELL SSEERR HHUUMMAANNOO SSOOBBRREELLAA CCAAPPAACCIIDDAADD DDEE PPRROOCCRREEAACCIIÓÓNN OORREEPPRROODDUUCCTTOORRAA DDEE LLAASS PPEERRSSOONNAASS..La capacidad de procrear o de reproducción es una cualidad biológica de los seres

humanos y animales, que en el caso de las personas se debería orientar,responsablemente, en el ámbito de las relaciones interpersonales entre el hombre y lamujer, dentro de un proyecto familiar, y en armonía con la búsqueda de placer. Es unacualidad biológica, patrimonio del ser humano y protegida por el derecho que consideradelito de lesiones el producir en las personas impotencia o esterilidad. Como excepciónaparece la posibilidad de que la persona mayor de edad y con integridad de susfunciones mentales (autónoma) pueda solicitar y consentir la esterilización como medioanticonceptivo, en cuyo caso aparece despenalizado. Igualmente, se puede esterilizar auna persona incapacitada (por trastorno mental), siempre en su beneficio y con laintervención garantista del Juez y el Fiscal, aparte de los informes médicos que acreditenlas circunstancias médicas que la justifican.

Hasta el siglo XX la transmisión de la vida humana estuvo ligada al coito, acto de relaciónsexual entre un hombre y una mujer. El conocimiento progresivo de la bioquímica y fisiologíade la reproducción, permitió comprender los trastornos que originaban esterilidadmasculina o femenina, así como las soluciones que, desde la medicina, podían aportarse.

La primera ayuda, aportada como “intervención ajena al coito natural” fue lainseminación artificial, entendida como ayuda médica poco intervencionista cuando losproblemas de fertilidad estaban en el hombre.

La investigación continuó, haciendo posible la estimulación hormonal ovárica y laextracción de óvulos fuera del cuerpo femenino y la fecundación de los mismos conespermatozoides, mediante diversos procedimientos para que, conseguido un embrión, inVitro, proceder a su implantación en el útero femenino, en el que continuaría el embarazohasta el nacimiento. Estos procesos, como indicaremos después originaban numerosassituaciones con preguntas que requerían respuestas jurídicas y respuestas éticas.

La primera cuestión que podemos plantearnos es si existe un derecho a la procreacióna ultranza. Esta pregunta no se planteó mientras que la fertilidad de la pareja dependía,sólo y exclusivamente, de la natural biología de ambos. En la medida en que la ciencia yla técnica permitieron la intervención humana en el acto de procrear, el límite lo marca elderecho y el propio sentido ético de las personas que intervienen en el proceso o que lodemandan y hacen uso del mismo.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

20

Page 21: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Se ha producido un cambio extraordinario en la evolución de la humanidad, el cual ha idoligado a la posibilidad de que la generación de una nueva vida pueda depender de laintervención o manipulación humana a través de los avances científicos. Cuando uncientífico puede extraer un óvulo fuera del cuerpo de una mujer y un espermatozoide,igualmente obtenido, y proceder a la fecundación en el laboratorio, obteniéndose unembrión, sobre cuyo destino puede decidir (la implantación, experimentación, congelacióno destrucción), el ser humano adquiere y asume una responsabilidad extrema ante sí mismoy ante la humanidad sobre la forma de utilizar esta nueva atribución.

No obstante, la intervención humana no crea la vida, ya que ésta está en el óvulo y enel espermatozoide unidos, en determinadas condiciones, el hombre no ha podido crear oproducir un óvulo o un espermatozoide, y en este sentido podemos decir que actúa solocomo un instrumento de un proceso que sigue dependiendo de elementos superiores yregidores de la vida humana.

En concordancia con esto, podemos preguntarnos si la intervención humanaactualmente posible en el proceso de procreación puede considerarse “natural” o “nonatural”. Quizás, se puede seguir considerando “natural” el procedimiento de obtenciónin Vitro de un embrión, mediante manipulación para la obtención de las célulasgerminales (óvulo y espermatozoide) y su posterior fecundación; en el proceso el hombrees solo un instrumento, actúa en un camino de trabajo, esfuerzo e inspiración que sigueestando regido por un elemento superior en el que sigue residiendo el auténtico origende la vida. Aunque esta cuestión es absolutamente personal y, por tanto sujeta a la propiaconciencia y merece toda la protección a la que la objeción de conciencia da lugarrespecto a la conducta humana.

Al mismo tiempo y como situación contradictoria con la anterior, aparece también elavance del conocimiento científico puesto al servicio de la no procreación, de la evitacióndel embarazo. Podemos pues preguntarnos ¿Existe un derecho a la no procreación?Nuestra respuesta sería negativa, cuando esa “no procreación” se realice a expensas dela vida del ser humano ya concebido (tras la fecundación), ya que consideramos que losderechos deben recaer sobre bienes o beneficios universales o generales bienidentificados, que llenen la palabra “derecho a…” de contenido deseable y perseguible;banalizarlo, frivolizarlo o trivializarlo, lo dejaría vacío de sentido.

Puede ser lícito poner al servicio de las personas para su uso responsable, mediosfísicos, químicos o de otro tipo que permitan las relaciones sexuales, sin que tengan porconsecuencia la fecundación y el embarazo. Engendrar los hijos responsablemente es enel mundo actual un deber moral.

En los apartados siguientes se desarrollan los extremos reseñados.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

21

Page 22: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

El profesional que intervenga en cualquier aspecto de la procreación tiene una primeraexigencia de carácter legal, cumplir con los derechos generales de los pacientes y con losrecogidos en la legislación específica de estos procesos: Ante cada caso habrá que darla información suficiente y necesaria para que el paciente o usuario de los procedimientoso técnicas conozca los riesgos y beneficios esperados de la misma. Obtendrá elconsentimiento con plena validez jurídica, y valorará las circunstancias personales yfamiliares para que intervengan en el proceso las personas correspondan.

A los efectos de las técnicas de reproducción asistida la mayoría de edad estará en los18 años.

TÉCNICAS DE AYUDA A LA PROCREACIÓN:LA REPRODUCCIÓN ASISTIDA

Inseminación artificial (IA)

La inseminación artificial consiste en la colocación del esperma masculino,previamente seleccionado, e incluso tratado (concentración), en el aparato genitalfemenino, previa estimulación hormonal para la ovulación. Esta es una técnicaantigua, como cita Gisbert Calabuig (11), (John Hunter, 1776; Girault, 1883);Sánchez Martín en 1875 presentó a la Sociedad Española de Ginecología unajeringa para ello, pero la Sociedad no lo admitió por inmoral para la mujer, elhombre y el médico. En 1943 en EEUU se refirieron más de 25.000 nacimientosmediante inseminación artificial (muchos en casos de soldados ausentes en laguerra europea). Tras la incorporación de la técnica como procedimientos derutina, se plantearon problemas éticos relacionados con aspectos moralesdiferentes: 1) El rechazo a la intervención de persona extraña a la pareja, lo querompía el concepto de “natural” intrínsecamente ligado hasta entonces a latransmisión de la vida; 2) Si el marido era estéril se requería muestra de donante,lo que introducía nuevas interrogantes sobre la selección del donante, el pago porel mismo, número de donaciones del mismo hombre, anonimato del donante,derecho del hijo a conocer su origen, etc., etc. 3) El acceso a esta técnica demujeres solas, parejas de mujeres, etc, por la consecuencia inmediata quesupone calidad del ambiente familiar al que llega el hijo engendrado, etc.

En la inseminación artificial, el médico interviene favoreciendo la gestaciónmediante una instrumentación simple, con bajo riesgo para la mujer. Las diversassituaciones pueden plantear problemas éticos diferentes que se gradúan en: 1) IAcon esperma del marido o pareja estable, dando ambos el consentimiento, 2) IAcon esperma de donante, cumplir los requisitos legales y la reflexión ética; ésta es

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

22

Page 23: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

distinta si se trata de mujer sola, o conviviendo de forma estable con otra mujer;recordamos lo dicho respecto al principio de justicia y la aplicación de recursos aesta técnica en ausencia de patología.

Los datos relativos al número de donaciones por donante, anonimato del donantey otros deben tenerse en cuenta, respetando lo recogido por la legislación.

La maternidad de alquiler no se permite en España, al decirse, a efectos civiles,que “el hijo tiene por madre a la mujer que lo da a luz”.

Fecundación in Vitro (FIV)

La Unión Europea se ha pronunciado sobre algunos aspectos de la FIV comola manipulación genética, la clonación y la investigación con células procedentesde embriones humanos, acorde con la inviolabilidad de la dignidad humana. LaFIV necesita de la obtención de los gametos femenino y masculino para laposterior fecundación en el laboratorio. Para garantizar el resultado se procede ala estimulación hormonal de la mujer para que produzca numerosos óvulos en elciclo elegido, de forma que puedan fecundarse el mayor número de óvulos ydisponer de varios embriones, de forma que si la implantación de tres (según laley) falla, se pueda repetir de nuevo.

La legislación española sobre Técnicas de fecundación in Vitro (TFIV) fuepionera en Europa. La primera fue la Ley 35/88 sobre técnicas de reproducciónasistida y la Ley 42/88 sobre donación y utilización de embriones y fetos humanoso de sus tejidos y órganos. Ambas leyes recibieron recursos deinconstitucionalidad que se resolvieron en sentencias del TC de 1998 y 1999 que,en lo fundamental, la consideraron atenta con la Constitución. El hecho de que seprocediera a la congelación de los embriones sobrantes, llevó al acúmulo de grannúmero de ellos, por lo que unos años después se vio la necesidad de modificarlas normas. Las actuales normas se concretan en la Ley 14/2006 de 26 de mayo(BOE nº 126, de 27 de mayo) sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistiday la Ley 14/2007 de 3 de julio de Investigación Biomédica (BOE nº 159 de 4 dejulio).

La legislación española distinguió entre preembrión, embrión y feto. Así la ley14/2006 define al preembrión como “el embrión in Vitro constituido por el grupode células resultantes de la división progresiva del óvulo desde que es fecundadohasta 14 días más tarde”, también decía “Se prohibe la clonación humana confines reproductivos”. La Ley 14/2007 reproduce esta definición y añade las deembrión como “embrión es la fase del desarrollo embrionario que abarca desde el

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

23

Page 24: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

momento en que el ovocito fecundado se encuentra en el útero de la mujer hastaque se produce el inicio de la organogénesis, y que finaliza a los 56 días a partirdel momento de la fecundación..”; y feto como “embrión con apariencia humanay con sus órganos formados, que va madurando desde los 57 días a partir delmomento de la fecundación, exceptuando del cómputo aquellos días en los queel desarrollo se hubiera podido detener, hasta el momento del parto”.

La normativa española recalca que el objetivo de la FIV es la procreación, seprohíbe la fecundación con otros fines distintos; esto debía garantizar la dignidaddel embrión en su trato y en su destino. Sin embargo, las técnicas incluyentratamiento farmacológico de la mujer para la sobreestimulación ovárica, de formaque produzca en un ciclo varios óvulos que tras ser fecundados, quedan encondiciones de ser implantados; el número es variable, pero permite que tras laimplantación de tres (como número máximo) para evitar embarazos múltiples(que conllevan múltiples problemas de salud y seguridad de la mujer y lanecesidad de reducir y eliminar alguno/s de los embriones ya implantados), losembriones restantes se congelan y quedan disponibles, el TC dijo en sentenciade 11 de junio de 1999 que “quedaban a disposición del centro médicocorrespondiente…” cuando no son necesitados por la pareja que los generó. Eneste caso la donación tendrá como finalidad única la implantación en otra mujer.El plazo máximo de crioconservación es de cinco años.

La ley española permitía la congelación por separado de los ovocitos a losefectos de reducir el número de embriones congelados. Cuando se agota el plazode crioconservación los embriones se ceden al Centro Nacional de Transplantesy Medicina Regenerativa.

Las actuales leyes de 2006 y 2007 no contemplan el término de “viable” y “noviable”.

Para que el esperma y los ovocitos puedan ser utilizados para la investigacióno el simple cese de la conservación basta el consentimiento acreditado dequienes lo generaron. La donación de un embrión debe darlo la mujer y tambiénel cónyuge si está casada.

Respecto a estos procedimientos decía Gisbert Calabuig, en obra ya citada,que debían darse los siguientes requisitos: 1) Que la creación de embrioneshumanos sea deseada de forma consciente y voluntaria, 2) Debe serespecialmente rigurosa la exigencia ética del respeto a la persona en que setransformará en embrión que se genera con estas técnicas. 3) El tratamiento dela infecundidad es un derecho inalienable, pues la esterilidad de la pareja es una

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

24

Page 25: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

afección para la que se requiere un acto médico que la remedie, siempre acondición de que dicho acto responda a un proyecto de paternidad común; porello, estas técnicas deben tener como objetivo el tratamiento de la esterilidad. 4)La donación de semen, es decir, del esperma y del óvulo, debe ser un “don”; esdecir, ha de ser por esencia gratuita. La comercialización bajo cualquier formadebe ser rechazada. 5) La donación debe ser anónima y este anonimato debeestar garantizado por un organismo apropiado. Añadiríamos que el único destinodel embrión generado por estas técnicas debe ser la implantación y desarrollo.

La Enciclopedia de Bioderecho y Bioética da respuesta a la mayoría de lascuestiones que surgen, en relación con estas técnicas (12)

Crioconservación: Congelación de gametos y embriones

Esta técnica permite mantener material biológico a muy bajas temperaturas. Lacrioconservación de óvulos, espermatozoides y embriones se utiliza como apoyoen las técnicas de reproducción asistida; también se utiliza en jóvenes que tienenque someterse a terapias muy agresivas, de forma que cuando superan laenfermedad (cáncer) pueden utilizar este material con más seguridad. Lanormativa europea es la Directiva 2004/23/CE; ésta ha servido de referencia alegislaciones propias en distintos países

Congelación de semen

El primer embarazo con semen congelado se consiguió en 1953.Técnicamente no plantea problemas.

El rechazo ético a su conservación suele plantearse por aquellos que soncontrarios a cualquier intervención ajena en la reproducción asistida. Noobstante, la utilización de semen congelado puede dar lugar a otros problemascomo el uso del mismo por la esposa cuando el marido ha fallecido; en todocaso habría que tener su consentimiento previo, y aún así podría haberproblemas de filiación, sucesorios, etc.. En España está permitido en los docemeses siguientes al fallecimiento del esposo cuando éste hizo la donación deforma consciente y voluntaria y para ese fin.

El plazo de crioconservación de esperma, en la ley española es ilimitado; suutilización exigirá todos los requisitos técnicos respecto a la constancia de latemperatura, etc., la ley española exige que el centro tenga un seguro paracubrir las indemnizaciones en el caso de que se produzca un fallo y la pérdidadel esperma.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

25

Page 26: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Crioconservación de óvulos

Al ser una célula más compleja que el espermio la puesta a punto de latécnica ha tardado más tiempo. El primer embarazo con óvulos congelados seconsiguió en 1986. Su utilidad está en facilitar las TFIV y en hacer posible lamaternidad de mujeres que por enfermedades tumorales se someten atratamientos radio y/o quimioterápicos que pueden dañar su tejido ovárico. Ladonación debe reunir los requisitos de comprensión y voluntariedad.

Crioconservación de los embriones

El primer nacimiento de un embrión congelado se produjo en 1984; desdeentonces es práctica común en la FIV la congelación de los embriones que nose implantan. Estos quedan congelados en el centro, donde se acumulan porcientos de miles, no afectando a su viabilidad la situación de congelación. Laintención es 1) Guardarlos para la propia pareja, mujer, u hombre que inició elproceso, para el caso de que no anide ninguno de los embriones implantados,en cuyo caso se procede a nuevos intentos, 2) Donación, a otras parejas parala implantación; suele ocurrir en el caso de que quienes iniciaron el procesode FIV manifiesten no tener necesidad de nueva implantación, con frecuencia,por éxito de la implantación de uno, dos o los tres embriones implantados, 3)Donación al centro, para investigación u otros fines científicos autorizados. Entodo caso, la donación debe hacerse mediante consentimiento escrito yexpreso de la pareja que lo generó, el cual se renovará cada dos años. No esinfrecuente que se pierda el contacto entre las parejas y el centro una vez quefinalizó con éxito la primera implantación, por lo que renovar el consentimientoantes de disponer de los embriones sobrantes, a menudo es problemático,por lo que pasadas dos oportunidades de renovación sin que ésta seproduzca, da lugar a que sea el centro el que se responsabiliza del futuro deestos embriones congelados.

En cuanto al plazo de crioconservación puede no estar establecido, o atenersea plazos que van desde un año hasta diez. En España, el plazo estaba en cincoaños, pero la ley en 2006 estableció que se conserven hasta que la receptorapierda los requisitos clínicos para someterse a una reproducción asistida.

La mejor posibilidad para que se reduzca al máximo el número deembriones congelados es fecundar solo aquellos que se van a implantar (3 esel número propuesto); esto puede reducir las perspectivas de éxito de la FIV,por ello la ley española no ha precisado el número de óvulos que se fecunden.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

26

Page 27: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

El principal problema ético de los embriones congelados (preembriones enla terminología legal española) es su destino; sería aceptable siempre que seimplanten y tengan la oportunidad de desarrollarse como seres humanos hastasu nacimiento y posterior evolución, bien por la pareja que los generó o porotra a la que éstos lo donen; otros fines como la investigación, la utilización desus células para terapia o su destrucción, no son éticamente aceptables desdela perspectiva de considerar persona al embrión humano.

Diagnóstico Preconceptivo. Diagnóstico Preimplantatorio.Diagnóstico neonatal

Este apartado recoge una serie de situaciones y pruebas técnicas, quesuponen la oportunidad, para parejas que desean procrear, de evitar en ladescendencia la presencia de enfermedades de origen genético, unas veces deaparición cierta y otras, de aparición incierta.

Este tema se relaciona directamente con la paternidad y maternidad responsable,pero esta viene precedida por un deber muy importante de los profesionales sanitarios:El deber de información, personalizada a la pareja, clara, veraz, comprensible ycompleta sobre todas las consecuencias de su decisión, tanto si es afirmativa aacceder a las pruebas, como si es negativa, rechazando la utilización de estosservicios. El consentimiento o el rechazo debe ser inequívoco, y quedará recogido porescrito. El respeto a la intimidad y a la privacidad será total, y todo se hará con el mayorrespeto para las personas implicadas en la procreación y para el embrión.

En todos los casos la finalidad debe ser evitar la enfermedad, mejorar o curar, esdecir, el diagnóstico tendrá finalidad médica. Se hará en centros autorizados,dotados adecuadamente, y los profesionales que intervengan estarán cualificadospara sus funciones. Las posibilidades diagnósticas deben tener continuidad en laoferta de información sobre posibles soluciones. Las parejas afectadas por estosproblemas tendrán el apoyo necesario para su toma de decisiones.

Algunos de estos requisitos vienen impuestos por la ley, pero la exigencia éticaobliga a los profesionales que intervienen a ser especialmente exigentes en laforma de cumplirlos, son actos médicos dirigidos a personas afectadas por unproblema grave, por tanto, cada caso se debe personalizar a fin de ofrecer lasalternativas que se precisen. Por ello, el Convenio Europeo de Bioética (13) exigeque quien se someta a pruebas predictivas de enfermedades genéticas o queidentifiquen a un sujeto como portador de un gen responsable de unaenfermedad o predisposición a padecerla debe contar con el necesario consejo yasesoramiento genético

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

27

Page 28: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Diagnóstico preconceptivo

Es un acto médico informativo, a través del cual el médico informa a unapareja, o a una persona sola, sobre las posibilidades y probabilidades deconcebir un hijo portador de una enfermedad o malformación, cuando estasenfermedades o malformaciones son genéticas.

Actualmente se conocen casi 7000 enfermedades de origen genético,aunque no superen las 900 aquellas para las que existen test diagnósticos, amenudo en el ámbito de la medicina privada y con el riesgo de desigualdadante los recursos.

Para este diagnóstico el estudio recae sobre los progenitores, y estáindicado cuando estos tienen antecedentes familiares que justifican lapreocupación. Tras la información, la decisión responsable queda a la voluntadde la persona o personas afectadas; sin embargo necesitan asesoría genéticarigurosa, precisa en el diagnóstico, en los mecanismos de trasmisión de laenfermedad, el riesgo y su probabilidad, opciones para evitar el problema eimplicaciones que conllevan. Todas las dudas científicas, legales y moralesdeben quedar resueltas.

En principio, hacer el diagnóstico preconceptivo no plantea conflictos éticos,ya que en caso de diagnóstico afirmativo y determinación de la probabilidad delriesgo, la persona afectada, en el contexto de la pareja puede elegir los mediosanticonceptivos más adecuados para evitar el embarazo por vía natural.

La cuestión aquí es ¿es ético, sabiendo que puedes transmitir unaenfermedad, aceptar el riesgo y acabar procreando un hijo enfermo?. Laautonomía de los padres permite hacerlo, pero tomarían una decisión queaunque les afecte en su compromiso de cuidar al hijo enfermo, el principalafectado sería este hijo; también se vería afectado el principio de justicia por lanecesidad de recursos que necesitaría en el futuro la persona enferma. Es másético evitar el daño cuando no se ha producido y cuando puede hacerse sinlesionar a nadie (cigoto, embrión enfermo).

Diagnóstico Preimplantatorio

Es un acto médico por el que se estudia la dotación genética del embriónobtenido por FIV, para determinar si es portador o no de una enfermedad otiene predisposición genética a padecerla.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

28

Page 29: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Este diagnóstico es consecuencia de la FIV, o mejor diremos que la FIV, auncuando la pareja no tenga problema de infertilidad, se aplica con la finalidad deevitar en la descendencia la presencia de enfermedades genéticas, ya que elembrión generado, comienza su multiplicación celular, disponiendo de 14 díashasta su implantación y anidación. Sobre estas células embrionarias(corpúsculo polar, blastómero o un blastocito) puede hacerse un estudiogenético que detecte numerosas enfermedades, estas son variadas: E.monogénicas, autonómicas dominantes o recesivas, o ligadas al cromosomaX; enfermedades debidas a translocaciones, u otras anomalías, etc.

El diagnóstico preimplantatorio tiene consecuencias que determinandecisiones éticas. Los más rigurosos consideran que el tomar del embrión unacélula para el diagnóstico, se destruye una célula totipotente que podría darlugar en sí misma a un nuevo embrión; otra razón es la finalidad eugenésica alseleccionar al futuro sano, desechando al enfermo.

Este diagnóstico suele hacerse precisamente cuando en la pareja o mujersola, hay probabilidades de patologías genéticas (corea de Hutington, atrofiamuscular, distrofia de Duchenne, hemofilia…), a las que se pretende detectar yeliminar en el futuro nuevo ser; por ello se procede a la fecundación in vitro,para poder detectar los embriones sanos respecto a los enfermos. Sinembargo, la propia técnica ya asume un fin y unas consecuencias, porque si elembrión está enfermo no se implanta, se desecha, implantando solo aquellosque estén libres de la enfermedad. El problema ético consecutivo es el destinodel embrión enfermo que solo puede ser la investigación o la destrucción.

En España, las leyes sobre reproducción humana asistida, ya desde 1988, eigual con la de 2006 y 2007 sobre investigación Biomédica, autorizan estastécnicas para la detección de enfermedades hereditarias graves nosusceptibles de tratamiento postnatal, así como las alteraciones quecomprometan la viabilidad del embrión y otras, cuando lo autorice con informefavorable la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, órganoconsultivo que evalúa los casos.

Sería totalmente rechazable la imposición de estas pruebas como medioeugenésico o escrining genético poblacional de forma general, o incluso sobregrupos de riesgo. Como extremo contrario, es justo poner al alcance de laspersonas afectadas por estos problemas los medios y recursos existentes paraservirse de ellos libre y responsablemente. Igualmente sería rechazableimponer desde el Estado u otros ámbitos la limitación de la procreación aquienes responsablemente decidan su propia libertad de procreación, aún a

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

29

Page 30: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

sabiendas de que tienen antecedentes familiares que avisan del riesgo de tenerdescendencia con algún tipo de enfermedad. Este tema es muy controvertidoal contraponerse el derecho de los progenitores a ejercer su libertad frente alderecho de los hijos a nacer lo más sanos posibles, cuando ello está al alcancede los medios preventivos disponibles en cada momento científico; o aún más,cuando se considera el deber moral de la paternidad responsable, el evitar yprevenir taras hereditarias para la prole cuando estas pueden diagnosticarsepreviamente a la fecundación o implantación. Ya hemos comentado el tema alhablar del diagnóstico preconceptito.

Todos estos temas se han tratado, desde los años 80 hasta la actualidad porautores como Powledge T. y Fletcher J. (14); Beauchamp T.L. y Mc CulloughL.B. (15); Informe de la Comisión Europea (16).

Selección de embrionescon finalidad terapéutica para un tercero

Esta técnica es otra consecuencia más de la FIV. Se ha aplicado cuando unapareja tiene un hijo con leucemia mieloblástica aguda, para cuyo tratamientonecesita un donante compatible; este donante podría ser un hermano, que segenera por FIV y es compatible inmunológicamente, de forma que, una veznacido, puede ser donante de células madre del cordón umbilical o donante demédula ósea.

El conflicto ético de esta técnica surge: a) Por el sentido utilitarista delembrión, ya que se genera para que sirva a la curación de su hermano (un serhumano convertido en un medio, cosificación del embrión), b) La posibilidadde que se generen embriones sanos, pero no compatibles ¿Aceptaría la parejasu implantación y los recibirían como nuevos hijos, aunque “no sirvan” a suobjetivo?; c) Obtención de un embrión sano y compatible, que cumpliría elobjetivo del procedimiento curativo del hermano.

Como hemos reiterado, la decisión ética es personal, y cada situaciónplantea un conflicto diferente. El menos grave es cuando el embrión es sano ycompatible con el hermano. Aunque cuando crezca podría preguntarse hastaque punto fue deseado por sí mismo, o como “medicamento” de su hermano,siempre cabría dar una orientación caritativa y solidaria a su existencia; el tratoque reciba a lo largo de su vida podría ser expresión de auténtico cariño,respeto a su dignidad y a su grandeza de ser humano, por sí mismo. No seríaigual, si una vez realizado “su servicio” al hermano, se dejara en adopción o sele diera un trato distinto al del/de los otros hijos.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

30

Page 31: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Requisitos para la aplicación de estas técnicas

Aunque al inicio de este apartado ya hemos enunciado algunas indicacionesde buena práctica profesional, recogemos de nuevo, por su importancia lassiguientes:

- No se perderá en ningún caso el respeto a la dignidad de la persona. Estoes aplicable a todos los casos y a todas las personas que participan en elproceso; no se debe perder de vista que el ser humano es un fin en símismo, nunca un medio y en estos procesos intervienen personas que sondonantes de óvulos, donantes de esperma, donantes de embriones, mujeresreceptoras del embrión, solas o con su pareja o marido. En cada casoexisten unas necesidades, expectativas, ilusiones, preocupaciones,decepciones; en definitiva, gran cantidad de sentimientos encontrados yemociones que van necesitar de respeto a las normas legales que regulanestas técnicas, respeto a los derechos de los pacientes y aplicación de lareflexión ética y una depurada deontología profesional.

- Al ser técnicas que requieren recursos abundantes, deben considerarsecomo medios terapéuticos que se apliquen para la solución de problemasde esterilidad. Conforme al principio de justicia no es adecuado emplearestos recursos en personas que son aptas para la procreación natural. Loscasos de mujeres solas y parejas del mismo sexo, se debería recurrir acentros privados para acceder a la maternidad por inseminación artificial ofecundación in Vitro. La ley española dice que “el hijo tiene por madre a lamujer que lo da a luz…”, lo cual impide la maternidad de alquiler,procedimiento al que recurren, en el extranjero, algunas parejashomosexuales masculinas en que se aporta el esperma y se procede a lagestación por mujer extraña a la pareja.

PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNTTOOSS CCOONNTTRRAACCEEPPTTIIVVOOSS

Anticonceptivos hormonalesSon asociaciones de hormonas sintéticas derivadas de los estrógenos y

gestagenos naturales. Los derivados estrogénicos más utilizados son el etililestradioly el mestranol. Los gestágenos pueden ser derivados de la testosterona(levonorgestrel, etc), de la progesterona (acetato de ciproterona y otros) o de laespirolactona (drospirenona). Las dosis que utilizan de cada componente son

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

31

Page 32: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

variables pero en general se han ido disminuyendo con el objeto de minimizar losefectos secundarios y mejorar la tolerancia.

Clásicamente han sido compuestos de administración oral y combinaciónmonofásica; pero hoy existen preparados monofásicos (contienen ambas sustanciasen la misma proporción los 21 días que se toman), bifásicos (ambas sustancias perola cantidad de gestágeno es mayor al final del ciclo), trifásicos (estrógenos ygestágenos van variando a lo largo del ciclo). La vía de administración también havariado pudiendo ser la clásica oral o administrarse por vía vaginal, percutánea,intramuscular o en implante subcutáneo de liberación prolongada.

Con respecto al mecanismo de acción se conoce que actúan principalmenteinhibiendo la ovulación pero también se les reconocen otros posibles efectos queincrementarían su eficacia anticonceptiva. Entre estos últimos esta la modificacióndel moco cervical que actuaría dificultando la entrada de los espermatozoides en elútero y los cambios tanto en la motilidad tubárica como en estructura endometrialque actuarían respectivamente dificultando el trasporte del cigoto al útero oimpidiendo la implantación del cigoto (Sociedad Americana de MedicinaReproductiva –ASRM- The Practice Comitte of the ASRM, 2004).

Píldora contraceptiva de emergencia(píldora del día siguiente)

Se conoce comúnmente como “píldora del día después” y se trata de un medicamentocompuesto por el progestágeno Levonorgestrol (1500 mcg) cuyo uso es como métodoanticonceptivo de emergencia dentro de las 72 horas siguientes de haber mantenidorelaciones sexuales sin protección o ante el fallo de un método anticonceptivo.

El mecanismo de acción no se conoce con precisión. A las dosis recomendadas sepiensa que principalmente evita la ovulación y la fertilización si la relación sexual ha tenidolugar en la fase preovulatoria (momento en el que la posibilidad de fertilización es máselevada). También puede producir cambios endometriales que dificultan la implantación.No es eficaz una vez iniciado el proceso de implantación (17).

En nuestro país se vende sin receta médica y a cualquier persona sin límite deedad desde el mes de agosto de 2009 en virtud de una decisión del Ministerio deSanidad y Política Social dirigido en ese momento por Trinidad Jiménez. Recogiendopalabras suyas “se trata de una acción en el marco de la Estrategia Nacional deSalud Sexual y Reproductiva que pretende dar un enfoque global e integral a la saludsexual y reproductiva para lo que se han establecido acciones en educación,información y mejora en el acceso a la anticoncepción”.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

32

Page 33: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

En cuanto a la decisión indicaba que había sido tomada con la asesoría de un“Comité de expertos y Científicos” quienes han puesto de manifiesto que el consumode la píldora no tiene efectos secundarios ni ningún tipo de contraindicación aunqueno se puede hacer un uso abusivo de la misma.

Sobre la cuestión de la edad decía que al ser un medicamento que se puedevender sin receta, no se entra en la regulación de las edades.

Trinidad Jiménez considero que “no habrá ningún problema con el colectivo defarmacéuticos a la hora de dispensarla” y aviso que “una vez que el gobierno autoricesu expedición existe la obligación de tenerla en las farmacias”. Asimismo cree que“no existe aquí una cuestión relacionada con la objeción de conciencia”.

Inmediatamente el Consejo General de Colegios de Médicos manifestó, demanera reiterativa, su desacuerdo con esa regulación de la píldora anticonceptiva deemergencia (PAE) fundamentado en varios factores, todos ellos de enormeimportancia:

El riesgo de banalizar su empleo y las consecuencias de su dispensación libre yuso indiscriminado.

- La forma de adquisición no posibilita ningún tipo de registro ni de control delconsumo, lo que impide conocer la epidemiología de los efectos y consecuenciasde su uso tanto a nivel individual como colectivo.

- Perjudica la utilización de los servicios sanitarios al alejar de los mismos a lapoblación más joven, y con ello la posibilidad de obtener apoyo, información y,sobre todo, consejo en momentos especiales de su desarrollo y vida de relación.

- Aunque hay algunas comunidades autónomas que ofrecen el serviciogratuitamente, en la mayor parte de las comunidades autónomas la adquisición dela PAE no es gratuita y en consecuencia rompe la equidad al ser utilizada solo poraquellas mujeres y en aquellas ocasiones en las que puedan soportar su coste.Todo lo cual hace suponer que surgirá un mercado por Internet que con la disculpadel coste del tratamiento introduzca riesgos sobreañadidos a los descritos.

En el “II Congreso de la Profesión Médica” celebrado en Madrid los días 16 y 17de abril de 2010 y en el que participaron activamente más del 50% de los miembrosde las Juntas Directivas de los Colegios y de las Comisiones DeontológicasProvinciales además de los órganos directivos centrales se deliberó, votó yadoptaron acuerdos sobre una serie de cuestiones en relación a la PAE quecomentamos a continuación:

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

33

Page 34: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

La banalización del uso de la PAEy la necesidad de control médico para su administración

Un estudio sobre el uso de la anticoncepción de emergencia en Cataluña(17) revela datos sobre el uso de la píldora anticonceptiva de emergencia: lamayoría de las mujeres han utilizado la píldora anticonceptiva de emergenciados veces (78,5% de los casos) y sólo el 1,8% la ha utilizado una vez, su usoes más alto durante el fin de semana y el lunes, y es mayor entre las chicas de16 a 19 años (35%) seguido de las de 20 a 24 años (25%).

Los datos, aportados por este estudio, apoyan la necesidad del controlmédico a través de la prescripción; el nivel lógico para prestar esta asistenciaseria la atención primaria, que es el primer nivel de asistencia sanitaria yprevención.

La administración de la PAE precisa una evaluación por un profesionalsanitario médico o enfermera que permita registrar y valorar las circunstanciaspersonales de la mujer, informar, aconsejar y recomendar alternativas. Deberáquedar constancia escrita en la historia clínica al igual que cuando se atiendeotra demanda, se toma otra decisión o se prescribe otro medicamento.

Además el mejor cuidado de la mujer requerirá un control médico pues suuso no está exento de riesgos (18) y el uso repetido y/o frecuente aumenta losriesgos conocidos y aún desconocidos.

La dudosa efectividad de la PAEcomo estrategia de salud pública.

Existen estudios, como el de Glasier et al. (19) que afirman que facilitarel acceso a la Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE) aumenta su usopero no queda demostrado que disminuya la tasa de embarazos nodeseados ni de abortos. El estudio se basa en todas las mujeres entre 17 y29 años que vivían en Lothian, Escocia, a las que se ofrecieron, a través delos servicios sanitarios, 5 juegos gratuitos de PAE para que los tuvieran encasa. De una población de unas 85.000 mujeres en este grupo de edad, elestudio mostró que unas 17.800 llevó el juego de PAE a casa y más de4.500 hizo entrega de al menos un juego a una amiga. Se observó quecerca de la mitad (45%) de las mujeres que habían acep- tado la PAEusaron al menos un tratamiento durante los 28 meses que duró el estudio.En total, se estimó que se usaron 8.081 tratamientos de PAE. La PAE se usó

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

34

Page 35: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

en las primeras 24 h tras el coito en el 75% de las ocasiones. La tasa deaborto en Lothian se comparó con la de otras 3 áreas sanitarias de Escocia.No se demostró ningún efecto sobre la tasa de aborto con la dispensaciónextendida de PAE.

Los resultados del estudio señalado sugieren que el propio hecho de facilitarel acceso a la PAE aumenta su uso pero no disminuye la tasa de embarazos nodeseados ni de abortos, por lo que la libre dispensación no parece ser unabuena estrategia de salud pública.

Además la facilidad de acceso de las mujeres, especialmente las másjóvenes, a la PAE, implica un riesgo añadido y es que su uso comoanticonceptivo frente a los anticonceptivos de barrera no sólo no las protegefrente a las enfermedades de transmisión sexual, sino que aumenta suincidencia; de hecho, y como consecuencia de la promoción de la actividadsexual sin protección que se ha hecho entre los jóvenes, desde 2001 a 2009 lainfección gonocócica aumento un 99,6% y la sífilis en un 206% (datos deepidemiologia del registro de enfermedades contagiosas del Instituto de SaludCarlos III).

La trascendencia de la valoración de la madurez en el caso dela menor y el consentimiento informado.

La Ley 41/2002 de autonomía del paciente, derechos y obligaciones enmateria de información y documentación clínica, dedica el artículo 8 alConsentimiento Informado. Esta Ley reconoce que el consentimiento de losmenores en las edades comprendidas entre los 16 y 18 años es válido para laasistencia sanitaria habitual (con las excepciones de los ensayos clínicos,donación de órganos y técnicas de reproducción asistida).

De aquí se podría deducir que el consentimiento de los menores de 16 años noes válido, sin embargo, la ley mencionada y el Convenio Europeo de Bioéticadicen que, en la actuación médica, la opinión del menor será tanto másdeterminante atendiendo a su edad cronológica y su grado de madurez. Por ello,consideramos que, ante una menor que solicita la píldora anticonceptiva, es deberdel médico proporcionarle in- formación comprensible, adecuada y útil para quecomprenda los riesgos de su uso reiterado.

Al margen de la validez jurídica del consentimiento, será una garantía parael médico que quede constancia escrita de que ha cumplido su deber deinformación y de que la menor que ha consultado, se ha responsabilizado con

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

35

Page 36: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

su consentimiento de haber comprendido la información. Lo anterior no seríaadecuado en menores de 13 años, ya que la relación sexual sería un delito deabusos sexuales no consentidos. Por tanto, en función de la edad cabria lasiguiente actitud:

Mujeres entre 16 y 18 años edad

Aceptando que las mujeres de edad comprendida entre los 16 y los 18 años,solicitan esta prestación, desde una actitud de madurez suficiente y conocimientode su vida emocional, sentimental y sexual, es sin embargo preciso transmitir a lamujer la información suficiente y necesaria para que conozco el mecanismo deacción y los riesgos de la PAE y utilice otros procedimientos anticonceptivossiendo la píldora del día después una excepción.

Mujeres entre 13 y 16 años de edad

Este grupo precisa una valoración médica detenida, información sobre losriesgos de este tipo de anticoncepción pero también orientación para acudira donde puedan recibir formación sexual adecuada e información sobreotros procedimientos de anticoncepción.

Mujeres menores de 13 años

Precisarían atención especial, ya que el Código Penal dice “... seconsideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobremenores de trece años ...” es decir, que mantener relaciones sexuales conuna menor de 13 años, aunque haya sido con su consentimiento, debido asu falta de madurez, es siempre un delito contra la libertad e indemnidadsexual, y se califica como “abuso sexual no consentido”. Por tanto,jurídicamente, está reconocido que las menores de 13 años no dan unconsentimiento válido y su solicitud de prescripción médica necesitaría derespaldo de sus padres o responsables legales.

La PAE como oportunidad informativay de educación para la salud.

Este apartado es un gran desafío de esta prestación asistencial. En los casosen los que la mujer que solicita la prestación sea menor de edad y más aúncuando se trata de demandas repetitivas, es una excelente ocasión paraintervenir desde el punto de vista sanitario y educacional sobre la menor.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

36

Page 37: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Sería conveniente la existencia de una red socio-sanitaria que ayudara a lospadres en la formación e información sobre salud sexual y reproductiva de losmenores y, especialmente, de las mujeres respecto al uso responsable de susexualidad. Debería incluir, además de los aspectos fisiológicos, la educaciónen la afectividad y en la responsabilidad que los actos conllevan, incluidas laposibilidad de embarazo, las enfermedades de transmisión sexual y los efectossecundarios de la PAE.

En esta función serian colaboradores importantes los educadores a nivel decolegios e institutos, para lo cual deberían recibir cursos de formación dirigidosa ellos en este campo.

La objeción de conciencia en la prescripción de la PAE

La utilización de la PAE, fundamentalmente en función de su posiblemecanismo de acción antiimplantatorio, puede originar demandas de objeciónde conciencia en el médico que atiende una solicitud de estas características.

La objeción de conciencia siempre puede estar presente en la prescripcióny dispensación de la PAE pero debe ajustarse a los criterios recogidos en el“Código de Deontología Médica” de la OMC de julio de 2011 Art. 32-35 . Noconstituye ningún cheque en blanco para el médico y deberá tener presenteslos derechos de la solicitante intentando encauzar a la paciente a otro lugardonde puedan satisfacer su petición.

El médico, que legítimamente opta por la objeción de conciencia, a la quetiene derecho, debería aprovechar la oportunidad que este hecho le brindapara informar y educar a la persona demandante acerca del uso responsablede la sexualidad, no separada de la afectividad, y de los riesgos y aspectosmédicos que su decisión comporta.

Se podría concluir que:

- La PAE es un medicamento, y como todo medicamento, no esta exentode riesgos, contraindicaciones y efectos secundarios, por lo que suadministración debe estar en manos del médico que debe ser el que hagala valoración del riesgo-beneficio para cada paciente en particular.

- Sería deseable que la prescripción se acompañara de un esfuerzoeducativo, diferenciado según la edad, tanto de la sexualidad como de laafectividad.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

37

Page 38: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

- La venta libre e indiscriminada supone una banalización del consumo,especialmente entre la población joven, que conlleva un elevado riesgo acorto y largo plazo.

- La objeción de conciencia a la prescripción y dispensación de la PAE esun derecho para el médico pero nunca debe representar un rechazo a laspersonas y procurara comunicar a la paciente de forma comprensible lasrazones de su objeción a la prestación que le solicita, también procuraraindicarle el lugar donde pueden atender su petición.

Dispositivo intrauterino (DIU)Se trata de un cuerpo extraño introducido en el útero que actúa en función de la

reacción inflamatoria a cuerpo extraño que produce en el endometrio y también enfunción de las sustancias que puede llevar asociadas. Si el DIU es de cobre, tiene efectotóxico para los espermatozoides y para el cigoto; en el caso que libere un progestágeno,se produce una alteración con atrofia del endometrio que dificulta la implantación.

No existe en la actualidad un consenso sobre el mecanismo de acción del DIU;los autores parecen coincidir en que tanto el cobre como las sustancias hormonalesque pueden liberar tienen efecto tóxico sobre los espermatozoides disminuyendo sumovilidad y capacidad fecundante y también ambas sustancias son capaces demodificar estructuralmente el endometrio impidiendo la implantación en el caso deque se haya producido la fecundación. Lo que si parece claro es que el DIU nomodifica la ovulación

AABBOORRTTOOEtimológicamente la palabra aborto viene del latín “abortus o aborsus”, derivados de

“aborior”, opuesto a “orior”, nacer.

La OMS define el aborto como “la expulsión o extracción de la madre de un feto oembrión con menos de 500 grs. de peso, o menos de 22 semanas de gestación,independientemente o no de la existencia de signos de vida y de que el aborto haya sidoespontaneo o provocado”. Asimismo reconoce dos tipos de abortos:

- Aborto espontaneo: el que cursa con independencia de la voluntad de la mujer o delmédico.

- Aborto provocado o inducido.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

38

Page 39: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Historia del abortoEn la antigüedad la realización de abortos era un método generalizado para el

control de la natalidad y se justificaba de diferentes maneras; por ejemplo enGrecia se consideraba que el feto no estaba animado en sus primeros meses yen Roma consideraban al feto como una parte de la madre “portium viscerummatris” y por consiguiente quien abortaba lo hacia disponiendo de su cuerpo.

La llegada de la civilización cristiana significo el reconocimiento del feto comouna vida distinta a la de la madre y se tuvo como ilícito cometer el aborto, así fuerecogido prácticamente en todas las codificaciones de la Europa cristiana.

Ha sido en el siglo XX cuando la legalización permisiva en torno al aborto seha hecho norma en casos de embarazos no deseados en diversas situacionesmédicas, sociales o particulares. El aborto fue legalizado primero en Rusia(1920); posteriormente se permitieron en Japón y en algunos países de Europadel este después de la segunda guerra mundial. A fines de la década de 1960 ladespenalización del aborto se extendió a muchos países.

A fecha de hoy y en los países de nuestro entorno el aborto estadespenalizado, para distintas circunstancias y tiempos, en todos ellos conexcepción de Irlanda, Malta, Polonia y Liechtenstein.

Situación en EspañaEl jueves 4 de marzo de 2010 el BOE publicaba la “Ley Orgánica 2/2010 de 3

de marzo de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria delembarazo”. Hasta ese momento el aborto era un delito tipificado en el Art. 145del Código Penal, pero las penas no se aplicaban en los tres supuestos quefueron objeto de despenalización por la.

Ley Orgánica 9/1985 de 17 de julio que introdujo en el Art. 147 bis los tressupuestos despenalizados .

La nueva ley es una ley que en su Título Segundo regula la interrupciónvoluntaria del embarazo mediante una ley de plazos en la que se garantiza elacceso a la interrupción voluntaria del embarazo a la mujer a petición propiadentro de las primeras catorce semanas de gestación sin que medien opinionesde terceros (Art. 14).

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

39

Page 40: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

También existirá la posibilidad de interrumpir el embarazo hasta las veintidóssemanas de gestación cuando exista grave riesgo para la vida o salud de laembarazada, posibilidad de graves anomalías en el feto y sin límite de tiempocuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o unaenfermedad en el feto extremadamente grave e incurable. Son los llamadossupuestos por causas médicas (Art. 15).

La ley establece unos requisitos para la interrupción voluntaria del embarazo:

- Practicarse en centro público o privado y por un médico especialista o bajo sudirección (Art.13 Primero y Segundo).

- La intervención se realizara preferentemente en un centro cualificado de la redpública cuando se practique por anomalías fetales incompatibles con la vidao por una enfermedad en el feto extremadamente grave o incurable (Art.19-3).

- Que se realice con consentimiento expreso y por escrito de la mujerembarazada y que trascurran, al menos, tres días desde la información hastala IVE. También habrá que haberle informado acerca de los derechos,prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad (Art.13 Tercero – Art.14 a y b).

- En el caso de mujeres de 16 y 17 años el consentimiento les correspondeexclusivamente a ellas; pero, al menos, un representante legal debe serinformado de esta decisión salvo que la menor alegue que esto le provocaraun conflicto grave (Art. 13 Cuarto).

- Que existan dictámenes, en los supuestos que la Ley denomina por causasmédicas, de uno o varios especialistas distintos al que practique la IVE .Cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave oincurable, el dictamen lo deberá elaborar un Comité Clínico (Art. 15 a-b-c yArt.16).

Se establece una “Información previa al consentimiento de la interrupciónvoluntaria del embarazo” (Art. 17) que deberá ser entregada a la mujer encualquier centro público o en los centros acreditados y contendrá:

- Para todas las mujeres : información de los métodos de IVE, condiciones quemarca esta ley, centros a los que se puede dirigir y tramites a seguir,condiciones para su cobertura por el servicio público de saludcorrespondiente (Art. 17- 1).

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

40

Page 41: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Sobre las consecuencias médicas, psicológicas y sociales de la prosecucióndel embarazo o de la interrupción del mismo (Art. 17-4).

- Para las que opten por la IVE del embarazo regulada en el Art. 14. : un sobrecerrado con la información de ayudas públicas disponibles para lasembarazadas y cobertura sanitaria del embarazo y parto; derechos laboralesy prestaciones públicas vinculados a la maternidad y al cuidado y atención delos hijos; datos de los centros donde la mujer puede recibir información yasesoramiento antes y después de la IVE y sobre anticoncepción.

- Cuando se plantee la IVE por riesgo de graves anomalías en el feto (Art. 15 b): información por escrito de prestaciones y ayudas a la discapacidad así comode la red de organizaciones de asistencia a estas personas

En cuanto a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios se indicalo siguiente (Art. 19-2) :

- “Los profesionales sanitarios directamente implicados en la IVE tendrán elderecho de ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidadasistencial de la prestación puedan resultar menoscabados por el ejercicio dela objeción de conciencia”

- La objeción de conciencia es una decisión siempre individual y debemanifestarse anticipadamente y por escrito.

- En todo caso se dispensara atención médica a las mujeres que lo precisentanto antes como después de haberse sometido a una intervención de IVE.

Los artículos 20-21-22 y 23 hacen referencia a la protección de la intimidad yconfidencialidad de las mujeres que se someten a una IVE así como altratamiento de los datos de carácter personal.

En la nueva Ley se mantiene el aborto como delito en el Código Penal con unanueva redacción del Art. 145 en el que al aborto sigue siendo un delito exceptoen los casos permitidos por la Ley que estamos analizando. Se añade al CódigoPenal el Art.145 bis. en el que se castiga al que dentro de los casoscontemplados en la Ley practique un aborto sin cumplir los requisitos que en ellase indican .

Se modifica el apartado 4 del Art. 9 de la Ley 41/2002 , Reguladora de laAutonomía del Paciente, suprimiendo la mayoría de edad como requisito paraprestar el consentimiento informado en el caso de IVE.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

41

Page 42: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Antes de la aprobación definitiva de la Ley, la Asamblea General de la OMC defecha 12 de diciembre de 2009 había aprobado un documento deposicionamiento de la OMC en torno a la Ley, elaborado por la Comisión Centralde Deontología que por su interés se reproduce en su totalidad:

POSICIONAMIENTO DE LA OMC EN TORNO A LA LEY(11/12/2009).

Con motivo del debate parlamentario de la nueva Ley del Aborto, laOrganización Médica Colegial, consciente de los deberes que tiene para conlos ciudadanos en general y los médicos en particular, expone públicamentesus compromisos éticos en materia sanitaria, que afectan a unos comobeneficiarios de los actos médicos y a los otros como agentes necesarios parasu realización, por lo que elevan a la opinión pública las siguientesconsideraciones:

Primera.- De acuerdo con el Código de Ética y Deontología Médica, laprofesión médica está al servicio de la vida humana.

Segunda.- Los médicos colegiados aceptarán, como no puede ser de otramanera, las leyes emanadas del Parlamento, pero sometiéndolas siempreal valor superior de la libertad de conciencia de cada uno. La Objeción deConciencia es un Derecho fundamental e irrenunciable. Por ello, laOrganización Médica Colegial ve con satisfacción que se reafirme elDerecho Constitucional a la objeción de conciencia para todos aquellosprofesionales que deban intervenir como cooperadores necesarios en lapráctica de un aborto.

Tercera.- Los médicos rechazamos que se utilice el argumento de que lanueva Ley les dotará de una mayor seguridad jurídica a la hora de realizaruna interrupción voluntaria del embarazo, ya que no se ajusta a la verdad.Ni los médicos y menos aún el nasciturus, estarán mejor protegidos quecon la ley anterior.

Cuarta.- Este Proyecto de Ley establece un periodo de 14 semanas duranteel cual la mujer será libre para abortar. Este límite es difícil de precisar conel rigor que las leyes exigen a pesar de los medios técnicos actualmentedisponibles, por lo que se introduce un aspecto subjetivo, que aconsejaestablecer algunas cautelas.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

42

Page 43: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Quinta.- Por lo anteriormente mencionado consideramos necesario unasmínimas garantías:

- Establecer un sistema que impida irregularidades en los informesmédicos, que avalan que el embarazo supone un peligro para la saludpsíquica o física de la embarazada.

- Debería elaborarse un protocolo de consentimiento informado que ofrezcalas debidas garantías de validez y respeto a la opinión y autonomía de lamujer, con información de la naturaleza de la intervención y sus riesgos.

- Se debería dar un periodo suficiente de reflexión e informar de las ayudassociales públicas y privadas a las que podrá acogerse en el caso de quedecida continuar con la gestación.

- Deberían restablecerse en los hospitales públicos y en cualquier centro enque se realicen abortos, las Comisiones técnico-éticas que establezcan lalegalidad o no de la interrupción voluntaria del embarazo. Una decisión tanimportante y de consecuencias irreversibles, cual es un aborto, no puede seradoptada por un solo facultativo.

- La interrupción voluntaria del embarazo en menores entre 16 años y lamayoría de edad, no se realizará nunca sin su consentimiento Vemos consatisfacción que se han tenido en cuenta las sugerencias de la OrganizaciónMédica Colegial acerca de la conveniencia e importancia que tiene informara los padres o tutores, para no privar a la menor de su consejo, apoyo yayuda.

En el “II Congreso de la Profesión Médica”, ya mencionado, celebrado enMadrid en abril de 2010 también se sometió a consideración de los asistentes lanueva ley, recogiéndose las siguientes opiniones:

Sobre el término “interrupción voluntaria del embarazo”

No parece correcto el término “interrupción voluntaria del embarazo” ya quetodo lo que se interrumpe se puede reanudar, lo cual no sucede en este caso.Puesto que la OMS define el aborto y especifica los distintos tipos y clases deabortos, parecería razonable que se adoptara la terminología de la OMS.

A la pregunta “¿Le parece correcto el término “interrupción voluntaria delembarazo” teniendo en cuenta que la OMS únicamente utiliza el término abortoespecificando los distintos tipos y clases de él?”, la respuesta fue:

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

43

Page 44: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Al 58,4% de los representantes colegiales de la profesión médica está endesacuerdo con la terminología recogida en la nueva Ley del aborto, mientrasque el 32,4% estaría de acuerdo.

Sobre cuestiones éticas

La Ley crea una parcela de autonomía a la mujer para abortar hasta la 14semana de gestación. Hoy como hace 25 años cabe preguntarse hasta qué puntoes ético lesionar el principal bien de otro, la vida con toda su dignidad, aunque seaen sus primeros estadios de evolución, de una manera tan violenta e impune.

La ética está en principio contra el aborto , que siempre supone poner fin auna vida humana iniciada, pero también reconoce la existencia de gravescuestiones que demandan ponderar valores en conflicto. Por ello, desde unaética cívica de mínimos universales que cuidan la convivencia pacífica demorales plurales, se puede respetar una despenalización del aborto paraaquellas personas que, por razones diferentes se ven incapaces de asumir lagestación, pero sin considerarlo como un derecho.

Sobre la autonomía de las menores de 16 y 17 años

La Ley concede esta autonomía para abortar también a las chicas de 16 y 17años, con conocimiento de sus padres o representantes legales, o sin él, si leprovocara un conflicto grave, con ellos

En caso de embarazo la menor se encuentra ante una situación imprevista, nodeseada y con una amplia e importante repercusión futura que, en algunos casos,le lleva a una única salida que será recurrir al aborto como un métodoanticonceptivo más. La Ley no ha mantenido la mayoría de edad en los 18 añospara prestar el consentimiento para un aborto. Llama la atención que a unaadolescente de 16 y 17 años no se le permita participar en unas elecciones nipueda ser encausada penalmente y, sin embargo, se le conceda autonomíaabsoluta para abortar.

Esta situación se basa en que no hay determinada una mayoría de edadsanitaria pero la Ley de Autonomía del Paciente establece que a partir de los 16años un paciente puede dar consentimiento informado sin la intervención depadres o tutores.

Cuando a los representantes de la profesión médica se les ha preguntadoopinión sobre la autonomía absoluta para abortar, que concede la nueva ley, a

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

44

Page 45: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

las chicas de 16 y 17 años y a las menores de 16 años con el consentimientode los padres o tutores: el 70,3% están en desacuerdo y el 25,4 de acuerdo conque la Ley conceda autonomía para abortar a chicas de 16 y 17 años y a lasmenores de 16 años con el conocimiento de los padres o tutores.

Sobre la educación sanitaria

Para la población general la ley indica que los poderes públicos tendráncomo objetivo en políticas de salud sexual y reproductiva la educación sanitariaintegral y con perspectiva de género sobre salud sexual y reproductiva.

Para la formación de los profesionales de la salud se dice que se abordarácon perspectiva de género e incluirá en los programas curriculares la saludsexual y reproductiva, incluyendo la investigación y formación en la prácticaclínica de la interrupción voluntaria del embarazo.

La inclusión obligatoria de formación e investigación acerca de lainterrupción voluntaria del embarazo en los programas de formación de losprofesionales de la salud puede atentar contra la diversidad ideológica y elderecho a la objeción de conciencia de los estudiantes en ciencias de la salud.

La opinión de la profesión médica sobre la pregunta: “¿Piensa usted que enla formación de los profesionales de la salud debe incluirse ‘la investigación yformación en la práctica clínica de la interrupción voluntaria del embarazo? esvariable, ya que un 51% se muestra contraria a incluir esta formación, frente aun 41,7% que estaría a favor de ello.

Sobre las garantías jurídicas para el médico

Se cuestiona que la seguridad jurídica del médico se incremente con una leyque despenaliza el aborto hasta fechas muy concretas del embarazo cuando sesabe que no es fácil definir con toda precisión la edad gestacional hasta la cual elaborto está permitido y por tanto no es delito, pero sí lo es una semana después.

Existen varias contradicciones legales significativas que pueden influir en laseguridad jurídica del médico, ya que en lo que se refiere al sistema de plazos queconsagra el aborto, el Tribunal Constitucional en la sentencia 53/1985 exige:

La ponderación de todos los bienes e intereses en juego cuando se trate delsacrificio de derechos fundamentales. El proyecto sólo tiene en cuenta lalibertad de la madre pero no la protección del feto.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

45

Page 46: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Supone el abandono por parte del Estado del deber básico de establecer unsistema legal que suponga una protección efectiva del concebido y no nacido.

El médico tiene como principio ser un servidor de la vida humana. Noobstante, cuando la conducta del médico respecto al aborto se lleve a cabosegún lo establecido en la Ley, no será sancionado estatutariamente.

A la pregunta “¿Piensa que con esta Ley los médicos que practiquen elaborto tendrán mayores garantías jurídicas que con la anterior?

La respuestas fueron: el 57,4 de los representantes colegiales están endesacuerdo, el 27% estaría de acuerdo y un 15,6 % no manifiesta opinión.

La objeción de conciencia ante el aborto

La objeción de conciencia es la negativa individual a someterse, por razonesde conciencia, a un acto médico que, en principio, sería legalmente exigible.

La legislación hay que cumplirla, pero el médico no puede ser obligado arealizar actos, como el aborto, que atentan contra su conciencia, dignidad,libertad, honor o creencias religiosas. Estas prerrogativas están amparadas porla Constitución con el término de objeción de conciencia.

La Ley ha incluido, en su artículo 19, el derecho a la objeción de concienciadel médico, así como la obligación de garantizar la calidad asistencial alpaciente.

Ante esta situación y en lo que se refiere a la gestión de centros sanitarioscon falta de médicos o la no disponibilidad de suficientes médicos dispuestosa llevar a cabo la práctica del aborto por objeción de conciencia, será el propiocentro el que debe garantizar la asistencia a esta práctica.

Convendrá recordar las indicaciones del Código de Deontologia en su Art.32.2 “El reconocimiento de la objeción de conciencia del médico es unpresupuesto imprescindible para garantizar la libertad e independencia de suejercicio profesional. No es admisible una objeción de conciencia colectiva oinstitucional”.

Se podría concluir que:

Teniendo presente la normativa legal actual sobre el aborto convendrárecordar que:

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

46

Page 47: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

- La profesión médica se ha pronunciado claramente señalando que no puedehablarse de “derecho al aborto” ya que el derecho a la vida es fundamentale irrenunciable, incluso el aborto sigue siendo un delito salvo en los términosfijados por la Ley.

- De acuerdo con el Código de Deontología Médica: “el médico está alservicio de preservar la vida a él confiada, en cualquiera de sus estadios”(Art. 55.1).

- Los médicos aceptamos, como no puede ser de otra manera, las leyesemanadas del Parlamento, pero sometiéndolas siempre al valor superior dela libertad de conciencia de cada uno. La Objeción de Conciencia es unDerecho fundamental e irrenunciable. Por ello, la Organización MédicaColegial ve con satisfacción que se reafirme el Derecho Constitucional a laobjeción de conciencia para todos aquellos profesionales que debanintervenir como cooperadores necesarios en la práctica de un aborto.

- Rechazamos que se utilice el argumento de que la nueva Ley les dotará deuna mayor seguridad jurídica a la hora de realizar una interrupción voluntariadel embarazo, ya que no se ajusta a la verdad. Ni los médicos y menos aúnel nasciturus, estarán mejor protegidos que con la ley anterior.

- La Ley establece un periodo de 14 semanas durante el cual la mujer es librepara abortar. Este límite es difícil de precisar con el rigor que las leyes exigena pesar de los medios técnicos actualmente disponibles.

- Debería existir un protocolo de consentimiento informado que ofrezcagarantías de validez y respeto a la autonomía de la mujer, con informaciónde la naturaleza de la intervención y sus riesgos.

- Se debería dar a la mujer un periodo suficiente de reflexión, una decisión tanimportante y de consecuencias irreversibles, cual es un aborto, requiere untiempo suficiente de reflexión; también informar de las ayudas socialespúblicas y privadas a las que podrá acogerse en el caso de que decidacontinuar con la gestación.

- La interrupción voluntaria del embarazo en menores de edad, es decir, entre16 años y la mayoría de edad, no debería realizarse nunca sin elconsentimiento de los padres o tutores; tiene mucha importancia informar alos padres o tutores, para no privar a la menor de su consejo, apoyo y ayuda.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

47

Page 48: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

IV.1 RU 486 Esta sustancia fue sintetizada y desarrollada en 1980 por un equipo científico

francés de los laboratorios Rusell-Uclaf, de ahí viene su nombre añadiendo unnúmero de serie, dirigido por Daniel Philibert , Georges Teutsch, Etienne Bailieu yMarc Bygdeman; fue presentada en 1982 en Tokyo en el VIII Internacional Congresof Pharmacology . Su efecto es antiglucocorticoide y antiprogesterona. Es esteúltimo efecto el que le confiere el afecto abortivo ya que al inhibir la progesterona seproducen en el endometrio, que ya alberga al ovulo fecundado, unas lesionesvasculares que conllevan que el embrión se vea privado de su fuente dealimentación y, por tanto, muera.

Se usa como abortiva en embarazos de menos de 9 semanas, después el nivelde progesterona es demasiado alto para ser inhibido por la RU, y se asocia aprostaglandinas para aumentar su eficacia abortiva.

Hace unos años en un acto científico Etienne Baileu, aunque la reunión no teniaesa finalidad, dedicó la mayor parte de su intervención a la justificación moral (queno se le pedía) del uso de la RU. Verdaderamente llamó la atención esa actitud,parecía que necesitaba justificar su conducta o tranquilizar su conciencia . Lo que sidejó bien claro es que el órgano diana de la actuación de la RU-486 es el endometriofecundado y que la eficacia abortiva de la RU es de más del 95% .

¿Dónde se esta usando?

La RU en combinación con prostaglandinas esta siendo usada ampliamente enFrancia desde 1989 para embarazos de hasta siete semanas y supone el 30% delos abortos franceses. En 1991 fue legalizado su uso en Gran Bretaña paraembarazos de hasta 9 semanas. Suecia fue el siguiente país que aprobó su uso.En China se venden alrededor de 10 millones de píldoras al año. En nuestro paísse encuentra disponible a nivel hospitalario y en Cataluña, desde julio de 2010, sedispensa en seis centros de atención primaria y de salud reproductiva y sexual.

Consideraciones

- Se trata de un fármaco cuyo efecto y mecanismo de acción es exclusivamenteabortivo, esto implica que son validas las consideraciones hechas para el casodel aborto en lo que se refiere a su valoración deontológica y a la posibilidadde acogerse a la objeción de conciencia.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

48

Page 49: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

- Debería existir un protocolo de consentimiento informado que ofrezca garantíasde validez y respeto a la autonomía de la mujer, con información delmecanismo de acción de los fármacos (RU y Prostaglandinas) y sus efectossecundarios y contraindicaciones.

- También se debería dar a la mujer un periodo suficiente de reflexión, unadecisión tan importante y de consecuencias irreversibles, cual es un aborto,requiere un tiempo suficiente de reflexión; también informar de las ayudassociales públicas y privadas a las que podrá acogerse en el caso de que decidacontinuar con la gestación.

- La interrupción voluntaria del embarazo en menores de edad, es decir, entre 16años y la mayoría de edad, no debería realizarse nunca sin el consentimientode los padres o tutores; tiene mucha importancia informar a los padres otutores, para no privar a la menor de su consejo, apoyo y ayuda.

- Es obvio que la píldora abortiva RU-486 está libre de la crueldad quirúrgica quesuponen otros métodos abortivos pero ¿puede ser un factor, eliminandorealismo al cruel hecho del aborto, para contribuir a anestesiar la conciencia dela mujer ante un hecho tan trascendente y con tanta repercusión presente yfutura para ella?.

CCOONNCCLLUUSSIIOONNEESS FFIINNAALLEESSPara terminar parece oportuno recordar dos cuestiones que pueden fundamentar

nuestro comportamiento ético:

Primera: El embrión es desde su origen una vida humana, que por su naturaleza,individualidad y especificidad se desarrolla como un nuevo ser, que tras sunacimiento continuará con su desarrollo personal.

Segunda: Siempre, pero particularmente en los asuntos relacionados con elcomienzo de la vida, el médico debe tener la certeza de que no va a ser obligadoa actuar en contra de su conciencia. La objeción de conciencia recoge estederecho; es un acto absolutamente personal; es la propia persona la que deforma coherente y razonada se impone a sí misma los actos que puede o nohacer sin contrariar a su propia dignidad moral. Merece respeto y protección porparte de la institución y el Colegio Profesional. Está justificada cuando separticipa con actos directos y necesarios en un acto que en sí mismo o por suresultado repugna a la propia conciencia.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

49

Page 50: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

Estas cuestiones se encuentran refrendadas por varios artículos de nuestro Código deDeontología Médica:

En el Capítulo XII. REPRODUCCIÓN HUMANA, se indica:

Artículo 51

1. El ser humano es un fin en sí mismo en todas las fases del ciclo biológico,desde la concepción hasta la muerte. El médico está obligado, en cualquierade sus actuaciones, a salvaguardar la dignidad e integridad de las personasbajo sus cuidados.

2. Dentro de las obligaciones que el médico tiene en materia de educación yprevención sanitaria, se deben incluir la de crear una conciencia individual ycolectiva, sobre las ventajas que se derivan de la procreación responsable y deunas prácticas sexuales seguras en cuanto a la transmisión de enfermedades.

Artículo 53

1. No es ética la manipulación genética que no tenga una finalidad terapéutica,así como la manipulación sobre el embrión o feto, que no tenga una clarafinalidad diagnóstica o terapéutica y que no redunde en un beneficio para él.

2. El médico no participará ni directa ni indirectamente en ningún proceso declonación humana. No se podrán crear nuevos embriones con finalidad deexperimentación.

Artículo 55

1. El médico está al servicio de preservar la vida a él confiada, en cualquiera desus estadios. El que una mujer decida interrumpir voluntariamente suembarazo, no exime al médico del deber de informarle sobre lasprestaciones sociales a las que tendría derecho, caso de proseguir elembarazo, y sobre los riesgos somáticos y psíquicos que razonablemente sepuedan derivar de su decisión.

2. El médico, que legítimamente opte por la objeción de conciencia, a la quetiene derecho, no queda eximido de informar a la mujer sobre los derechosque el Estado le otorga en esta materia ni de resolver, por sí mismo omediante la ayuda de otro médico, los problemas médicos que el aborto osus consecuencias pudiesen plantear.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

50

Page 51: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

3. El médico debe proporcionar a la mujer gestante información adecuada,fidedigna y completa sobre la evolución del embarazo y el desarrollo fetal.No es conforme a la ética médica negar, ocultar o manipular informaciónpara influir en la decisión de la madre sobre la continuidad de su embarazo.

En el Capitulo VI : OBJECION DE CONCIENCIA se indica:

Artículo 32

1. Se entiende por objeción de conciencia la negativa del médico a someterse,por convicciones éticas, morales o religiosas, a una conducta que se leexige, ya sea jurídicamente, por mandato de la autoridad o por unaresolución administrativa, de tal forma que realizarla violenta seriamente suconciencia.

2. El reconocimiento de la objeción de conciencia del médico es unpresupuesto imprescindible para garantizar la libertad e independencia desu ejercicio profesional. No es admisible una objeción de concienciacolectiva o institucional.

Artículo 34

1. La objeción de conciencia, se refiere al rechazo a ciertas acciones, peronunca puede significar un rechazo a las personas que demandan esa acciónen función de sus características individuales: edad, raza, sexo, hábitos devida, ideología o religión.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

51

Page 52: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

BBIIBBLLIIOOGGRRAAFFÍÍAA1 Informe Warnock: Great Britain Departament of Health and Social Security. Report of

the Committee of Inquiy into Human Fertilisation and Embriology. London: HerMajesty´s Stationery Office; 1984:66

2- Bartolome B, San Martin M, Martinez A. Bibliometric analysis of the use of the tempreemyon scientific literatura. Journal of the American Society for InformationScience and Technology, 62 (2011), 5; 987-991.

3- Pastor LM, Ferrer M. La Bioética: un compromiso existencial y cientifico III. LaBioética en ámbitos específicos. Editora: Tomas, G. Editorial Universidad SanAntonio, Murcia,2006.

4- Bedate, C.A. en Gen-Ética, Editor: Mayor Zaragoza, F. y Bedate, CA. Editorial Ariel.Barcelona 2003.

5- Romeo Casabona, C. El Derecho y la Bioética ante los límites de la vida humana.Editorial Centro de Estudios Ramón Areces SA. Madrid, 1994Femenía López, P.J.Embrión, concepto jurídico. En Enciclopedia de Bioética

6- P. J. Femenía López. La voz “Embrión (jurídico)”, En: Enciclopedia de Bioderecho yBioética, director: Carlos Romeo Casabona, 2 tomos, editorial Comares S.L.Granada, 2011, pp: 703-720.

7- (www.nhmrc.gov.au/embryos/información/reports/index.htm).

8- Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) de 18 de octubrede 2011 en el asunto C-34/10.

9- Código Penal, Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre. 12 ed., editorial Tecnos.Madrid, 2006.

10- Código de Deontología Médica. Organización Médica Colegial. Julio 2011.

11- Gisbert Calabuig J.A. Medicina Legal y Toxicología. Masson S.A. Barcelona, 2004

12- Enciclopedia de Bioderecho y Bioética, director: Carlos Romeo Casabona, 2tomos, editorial Comares S.L. Granada, 2011.

13- Código de Bioética del Consejo de Europa. 2000

14- Powledge T. y Fletcher J. Recommandations concernant les problèmes moraux,sociaux et juridiques relatifs au diagnostic prenatal, en Cahiers de Bioéthique”.Québec, 1980.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

52

Page 53: Dr. Luis Ciprés Casasnovas - ffomc.org COMIENZO... · Al final de la primera semana el blastocito comienza su implantación en el ... la fase embrionaria se extiende hasta los sesenta

15- Beauchamp T.L. y McCullough L.M. Ética Médica. Las responsabilidades moralesde los médicos. Ed. Labor, Madrid, 1987

16- European Comisión. Joint Research Centre. Institute for ProspectiveTechnological Studies. Preimplantation Genetic Diagnosis in Europe, 2007

17- Levonorgestrel. Ficha de Evaluación Terapéutica. Nº 3 – 2001 – Servicio Navarrode Salud-Osambidea. Servicio de Prestaciones Farmaceuticas.

18- Clara R., Marta M. y Montse R.. Estudio descriptivo sobre el uso de laanticoncepción de emergencia en Cataluña. Comparativa entre zona rural y unaurbana. Gac. Sanit. 2009; 23(6): 496–500.

19- Rodriguez de Antonio LA, Fuentes B, Aguilar-Amar MJ, Diez-Tejedor E, Pildora deldía después e ictus: un nuevo caso. Med Clin (Barc). 2011; 136:647-8.

20- Glasier A, Fairhurst K, Wyke S, Ziebland S, Seaman P, Walker J, Lakha F.Advanced provision of emergency contraception does not reduce abortion rates.Contraception. 2004 May;69(5):361-6.

23 CUESTIONES ÉTICAS DEL COMIENZO DE LA VIDADr. Luis Ciprés Casasnovas

53