5
ESTÁNDAR TRANSPORTE SEGURO DE PERSONAL E-COR-SEG-04.03 Área de Responsabilidad TODAS Versión 01 Pag. 1 de 5 COPIA NO CONTROLADA DE ESTE DOCUMENTO 1.0 OBJETIVO Garantizar que el personal sea transportado de una manera segura con la finalidad de evitar la ocurrencia de lesiones, pérdidas humanas ó daños a la propiedad. 2.0 ALCANCE Todas las áreas de CMB sus empleados y contratistas. 3.0 DEFINICIONES Confort Comodidad Empresa de Transporte de Personal Persona jurídica que, por contrato, presta servicios de transporte de personal. Pre Uso Inspección del vehículo antes de iniciar la guardia. Manejo defensivo Es el arte de conservar la vida, tanto la nuestra como la de los demás. Póliza Documento que instrumenta el contrato de seguro, en el que se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan las normas. Reglamento Conjunto de disposiciones que abarcan todos los procedimientos, prácticas o normas, a las que la autoridad competente ha conferido el uso obligatorio. Vehículo de Transporte de Personal Camioneta rural, coaster o bus autorizado por Buenaventura para transportar personal. 4.0 RESPONSABILIDADES Superintendentes/Jefes de Departamento Serán responsables de la difusión y cumplimiento del presente estándar entre todo su personal usuario. Usuarios de los vehículos de transporte de personal Cumplir con lo establecido en el presente estándar. Usar los cinturones de seguridad durante todo el recorrido. No deteriorar los vehículos Conductores Solo transportarán personal autorizado. Deberán proveer un servicio bueno, confortable y seguro. Aprobarán el examen médico y psicológico antes de la contratación.

E-COR-SEG-04.03 Transporte Seguro de Personal v11

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: E-COR-SEG-04.03 Transporte Seguro de Personal v11

ESTÁNDAR

TRANSPORTE SEGURO DE

PERSONAL E-COR-SEG-04.03

Área de Responsabilidad TODAS

Versión 01 Pag. 1 de 5

COPIA NO CONTROLADA DE ESTE DOCUMENTO

1.0 OBJETIVO Garantizar que el personal sea transportado de una manera segura con la finalidad de evitar la ocurrencia de lesiones, pérdidas humanas ó daños a la propiedad. 2.0 ALCANCE Todas las áreas de CMB sus empleados y contratistas.

3.0 DEFINICIONES Confort

� Comodidad

Empresa de Transporte de Personal � Persona jurídica que, por contrato, presta servicios de transporte de personal.

Pre Uso

� Inspección del vehículo antes de iniciar la guardia.

Manejo defensivo � Es el arte de conservar la vida, tanto la nuestra como la de los demás.

Póliza

� Documento que instrumenta el contrato de seguro, en el que se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan las normas.

Reglamento

� Conjunto de disposiciones que abarcan todos los procedimientos, prácticas o normas, a las que la autoridad competente ha conferido el uso obligatorio.

Vehículo de Transporte de Personal

� Camioneta rural, coaster o bus autorizado por Buenaventura para transportar personal.

4.0 RESPONSABILIDADES Superintendentes/Jefes de Departamento

� Serán responsables de la difusión y cumplimiento del presente estándar entre todo su personal usuario.

Usuarios de los vehículos de transporte de persona l

� Cumplir con lo establecido en el presente estándar. � Usar los cinturones de seguridad durante todo el recorrido. � No deteriorar los vehículos

Conductores

� Solo transportarán personal autorizado. � Deberán proveer un servicio bueno, confortable y seguro. � Aprobarán el examen médico y psicológico antes de la contratación.

Page 2: E-COR-SEG-04.03 Transporte Seguro de Personal v11

ESTÁNDAR

TRANSPORTE SEGURO DE

PERSONAL E-COR-SEG-04.03

Área de Responsabilidad TODAS

Versión 01 Pag. 2 de 5

COPIA NO CONTROLADA DE ESTE DOCUMENTO

� Aprobar el curso de manejo defensivo de Buenaventura. � Deberá contar la Licencia Interna de Conducción de Buenaventura. � Deben contar con Licencia de Conducir, categoría A III, emitida la autoridad

competente y con autorización interna de CMB de acuerdo a lo establecido. � Realizar inspecciones formales y documentadas de pre uso de sus vehículos. � El vehículo de transporte de personal, deberá contar con el “Permiso de

Circulación” emitido por el Ministerio de Transporte, Comunicación y Vivienda. � Tener vigente la póliza de seguro y contar con su certificado de pago al día. � Tener vigente el SOAT vehicular así como el SOAT Regional.

Gerente de la Empresa de Transporte de Personal

� Asegurar que su empresa cumpla con los presentes estándares y acuerdos contractuales.

� Asegurar que sus conductores y asistentes estén entrenados adecuadamente en cuanto a técnicas de manejo defensivo, primeros auxilios y respuesta a emergencias y certificarlos como “competentes” de acuerdo a las regulaciones peruanas y requerimientos de Buenaventura.

� Asegurar que se cuente con un número adecuado de personal para cubrir situaciones no programadas.

� Asegurar que su compañía cuente con un programa de mantenimiento preventivo adecuado para sus vehículos.

� Asegurar que sus vehículos cuenten con medios adecuados de comunicación que les permita reportar problemas o emergencias en la ruta.

Departamento de Seguridad

� Monitorear el cumplimiento de las regulaciones en las carreteras donde se aplique este estándar, de acuerdo a las regulaciones gubernamentales.

� Conducir auditorias periódicas (1 vez al año) a las empresas de transporte de personal para verificar que sus programas, instalaciones y vehículos cumplan este y otros requerimientos de Seguridad de Buenaventura, así como buenas prácticas de mantenimiento.

� Asistir a las empresas de transporte a implementar programas de Seguridad Vial efectivos.

Departamento de Mantenimiento Mecánico

� Evaluar y otorgar la “Licencia Interna” para manejo de un vehículo de transporte de personal a aquel conductor que aprobara el proceso.

� Evaluar, la operatividad mecánica y aspectos de seguridad, confort y otros de los vehículos de transporte de personal. A aquellos vehículos que hayan aprobado esta inspección se le colocará en el parabrisa delantero lado derecho un sticker como constancia de operatividad.

� Mantener registros con los nombres de los conductores, copias de sus licencias de conducir, placas de los vehículos.

� Auditar los talleres de mantenimiento de las empresas de transporte de pasajeros para asegurar su idoneidad.

5.0 ESTANDARES Estándares Generales

� La inspección pre uso es obligatorio hacerla al inicio de la guardia.

Page 3: E-COR-SEG-04.03 Transporte Seguro de Personal v11

ESTÁNDAR

TRANSPORTE SEGURO DE

PERSONAL E-COR-SEG-04.03

Área de Responsabilidad TODAS

Versión 01 Pag. 3 de 5

COPIA NO CONTROLADA DE ESTE DOCUMENTO

� Las empresas de transporte de personal son responsables por el cumplimiento de éste y de todos los requerimientos de Seguridad de Buenaventura.

� El número de pasajeros no debe exceder el número de asientos del vehículo. � Los conductores deben cumplir los estipulado en El Reglamento Nacional de

tránsito DS-033-2001-MTC y el Reglamento de Tránsito Interno. � Deben hacer uso del transporte de personal solo los trabajadores autorizados,

quienes antes de abordar deberán identificarse con sus respectivos fotocheck. � Los conductores deberán tener una edad entre 35 a 50 años. � En el caso de buses, no se permitirá otra persona dentro de la cabina del

conductor. � Los vehículos de transporte personal deben ser mantenidos en perfectas

condiciones operativas y seguridad. � No esta permitido transportar personal parado sobre los estribos u otros

espacios que no sean los asientos. � No se transportará personal cuando se transporta herramientas, equipo o carga

que bloquee o impida la salida/ingreso o que están sueltos y pueden provocar daños al personal.

� En las estaciones de transporte y en el interior de los vehículos destinados a transporte de personal se colocará carteles indicando el número máximo de pasajeros que debe viajar en cada vehiculo.

� Los conductores deberán tener por lo menos 9 horas consecutivas de descanso en un periodo de 24 horas y adicionalmente un descanso de 3 horas consecutivas durante su guardia.

� Los conductores deberán tener por lo menos 24 horas consecutivas de descanso a la semana.

� El conductor pondrá en movimiento el vehículo solo cuando los pasajeros se encuentren sentados.

� Todos los vehículos deberán contar con el manifiesto de pasajeros. � Todas las puertas deben estar cerradas y aseguradas cuando el vehículo está

en movimiento. � Los asientos deberán estar fijados a la estructura del vehículo, no debiendo ser

rebatibles ni plegables con un ancho mínimo de 45 cm. por pasajero y una distancia útil mínima entre asientos de 65 cm., y con respaldos confortables.

� Los asientos deben mirar al frente o atrás del vehículo, excepto si han sido instalados de otra manera en la fábrica.

� Si un vehículo transporta 12 o más personas, debe tener un pasadizo de por lo 25 cm. (10 pulg.) de ancho, permitiendo al fácil acceso de cada asiento a la puerta de salida así como a una puerta de emergencia.

� Los vehículos no llenarán combustible cuando estén con pasajeros. Del Vehículo

� No se utilizará vehículos modificados que no sean de fábrica o que no tengan la aprobación oficial del fabricante original.

� No se aceptan vehículos de más de 10 años de antigüedad. � Los vehículos deberán contar con puertas posteriores y delanteras con manijas

que se operen por dentro y por fuera. Las puertas laterales deberán estar ubicadas en el lado derecho del vehículo y no estar obstruidas.

� Todos los vehículos deberán tener un botiquín, linterna, extintor y accesorios de seguridad en buenas condiciones de operatividad.

Page 4: E-COR-SEG-04.03 Transporte Seguro de Personal v11

ESTÁNDAR

TRANSPORTE SEGURO DE

PERSONAL E-COR-SEG-04.03

Área de Responsabilidad TODAS

Versión 01 Pag. 4 de 5

COPIA NO CONTROLADA DE ESTE DOCUMENTO

� Los vehículos de transporte de personal deberán tener salidas de emergencia de acuerdo a su capacidad y elementos necesarios para su operación (Ej. Martillos):

o Camioneta rural o similar, una salida. o Coaster o similar, dos salidas. o Buses, cuatro salidas.

� El parabrisas deberá ser de vidrio de seguridad no astillable (laminado y templado), con sello que indique el tipo de vidrio.

� Debe contar con alarma de retroceso audible como mínimo a 10 m. contra la dirección del viento, dos bocinas como mínimo (fuerte y moderada), circulina estroboscópica de color azul y cintas reflectivas de alta reflectividad como mínimo en la parte delantera y posterior del vehículo.

� Los sistemas de frenos, sistemas de dirección, llantas, luces delanteras (neblineros) y de retroceso, espejos y limpiaparabrisas deben estar en buen estado.

� Contar con cinturones de seguridad en todos los asientos y estén operativos. � Contarán con salidas de emergencia, operativas y correctamente señalizadas. � Todo vehículo de transporte de personal debe cumplir con una revisión técnica

bimestral en el taller de Mantenimiento Mecánico de la unidad operativa. � Todo vehículo de transporte de personal debe cumplir con una inspección

técnica semestral en un establecimiento autorizado. � Los buses deberán contar con cabina del conductor aislada del salón. � Todo vehículo de transporte de personal contará con un tacógrafo que permita

verificar las variaciones de velocidad del vehículo en el servicio diario en la ruta.

6.0 REFERENCIAS FP-COR-SEG-07.01-02, Inspecciones Pre-uso

7.0 ANEXOS

Ninguno

8.0 DOCUMENTO DE REFERENCIA D.S. N° 046-2001-EM, Reglamento de Seguridad e Higi ene Minera. D.S. N° 016-2009-MTC, Reglamento Nacional de Tránsi to-Código de Tránsito Reglamento Interno de Tránsito de Cia de Minas Buenaventura E-COR-SEG-04.01, Vehículos y Equipo Móvil E-COR-SEG-04.02, Seguridad en Vías E-COR-SEG-04.04, Vigías

ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR:

Julio Velásquez M. Auditor General de Seguridad

Félix Guerra R. Coordinador General de Seguridad

Francois Muths C. Gerente de Operaciones

Page 5: E-COR-SEG-04.03 Transporte Seguro de Personal v11

ESTÁNDAR

TRANSPORTE SEGURO DE

PERSONAL E-COR-SEG-04.03

Área de Responsabilidad TODAS

Versión 01 Pag. 5 de 5

COPIA NO CONTROLADA DE ESTE DOCUMENTO

FECHA: 01 Enero 2010 FECHA: 01 Enero 2010 FECHA: 01 Enero 2010