6
República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Juzgado Penal de Circuito Especializado Extinción de Dominio de Cúcuta - Sorte de Santander EDICTO Artículo 140 ley 1708 DE 2014. EL SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA - NORTE DE SANTANDER CITA Y EMPLAZA: QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL BIEN INMUEBLE, objeto de lo presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como o los TERCEROS INDETERMINADOS, poro que comparezca a este juzgado, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado No. 54001-31-20-001-2018-00122-00, (radicado fiscalía No. 625 E.D.), siendo afectado(s): JOSÉ GABRIEL DÍAZ RAMÍREZ C.C. No. 88.257.123 de Cúcuta, CENABASTOS S.A. NIT 890503614, CRISTIAN PEÑARANDA MEJÍA C.C. No. 13.459.030 de Cúcuta, RAÚL ALFONSO PEÑARANDA MEJÍA C.C. No. 88.142.451 de Ocoño, OLINTO ROJAS SERRANO C.C. No. 13.461.905 de Cúcuta, MÓNICA MILENA SERRANO RUEDA C.C. No. 37.441.556 de Cúcuta, JOSÉ CECILIO MEDINA DURÁN C.C. No. 88.245.910, JESÚS GUTIÉRREZ MORENO C.C. No. 88.274.103 de Cúcuta, PREDIO LA PALESTINA, FINCA LA RIVERA y ALCALDÍA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA, dentro del cual el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA, mediante auto del 13 de agosto de 2018, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de lo ley 1708 de 2014, AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETNECIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) mueble(s) objeto de lo Acción de Extinción de dominio, según certificados de Libertad y tradición, a fin que comparezcan a este Juzgado, hacer valer sus derechos, respecto del bien inmueble, que 0 continuación se identifica: 1 .- Con Folios de Matrículas Inmobiliarias: 260-196752, No. 260-196779, No. 260-227090, No. 260- 227091, No. 260-227078. Y ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO identificados con Folios de Matrículas Mercantiles No. 00266750, No. 00242510, No. 00273903. Lo anterior paro dar cumplimiento al Auto de fecho 21 de febrero de 2018, con fundamento 1 en lo dispuesto en el artículo 140 de lo ley 1708 de 2014. Se fijó el presente EDICTO, en un lugar visible de la SECRETARIA, por el término de cinco (5) días hábiles y se expiden copias para su publicación en la página WEB DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, en la página WEB DE LA RAMA JUDICIAL(Registro de Emplazados Nacionales y en el Espacio de Novedades), así como en un periódico de amplio circulación Nacional y para su difusión en una Radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura local, donde se encuentra ubicado el bien, hoy veinticinco (25) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Siendo los ocho (8:00) horas de la mañana. Advertencia: SI EL EMPLAZADO O EMPLAZADOS, NO SE PRESENTAN DENTRO DE LOS TRES (3) DÍAS SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL TERMINO DE FIJACIÓN DEL EDCITO, se le hace saber que el proceso se continuará con lo intervención, del MIISTERIO PÚBLICO, quien velará por el cumplimiento de los reglas del debido proceso. CONTANCIA DE FIJACIÓN Y DESFIJACIÓN SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN EL SECRETARIA DEL JUZGADO HOY VEITICINCO (25) DE FEBRERO DE 2019 Y SE DESFIJA EL DÍA PRIMERO (01) DE MARZO DE ZOl^^tAS^D/EgiOCHO (18:00) HORAS DEL MISMO DÍA. ,00 De . .... fp-MTCmtAtCíO LEÓií rríí^^i;. ' ¿y. SECRETARIO ix, secretaria Avenida 4 l. So. ~ - ¡O¡nso 2"ojiciihi 203 204 edijieio Ienüs barrio ¡'opn/ar. t~t 3~441 ~2 e.xi. 3 '-i o O ' ,

EDICTO - Fiscalía General de la Nación...Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección de Fiscalia Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, a las 10:27

  • Upload
    others

  • View
    3

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: EDICTO - Fiscalía General de la Nación...Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección de Fiscalia Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, a las 10:27

República de Colombia

Rama Judicial del Poder Público

Juzgado Penal de Circuito EspecializadoExtinción de Dominio de Cúcuta - Sorte de Santander

EDICTO

Artículo 140 ley 1708 DE 2014.

EL SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DEDOMINIO DE CÚCUTA - NORTE DE SANTANDER

CITA Y EMPLAZA:

QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL BIEN INMUEBLE, objetode lo presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como o los TERCEROS INDETERMINADOS,poro que comparezca a este juzgado, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo elradicado No. 54001-31-20-001-2018-00122-00, (radicado fiscalía No. 625 E.D.), siendoafectado(s): JOSÉ GABRIEL DÍAZ RAMÍREZ C.C. No. 88.257.123 de Cúcuta, CENABASTOS S.A. NIT890503614, CRISTIAN PEÑARANDA MEJÍA C.C. No. 13.459.030 de Cúcuta, RAÚL ALFONSOPEÑARANDA MEJÍA C.C. No. 88.142.451 de Ocoño, OLINTO ROJAS SERRANO C.C. No. 13.461.905

de Cúcuta, MÓNICA MILENA SERRANO RUEDA C.C. No. 37.441.556 de Cúcuta, JOSÉ CECILIOMEDINA DURÁN C.C. No. 88.245.910, JESÚS GUTIÉRREZ MORENO C.C. No. 88.274.103 de Cúcuta,PREDIO LA PALESTINA, FINCA LA RIVERA y ALCALDÍA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA, dentro del cualel JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA,mediante auto del 13 de agosto de 2018, de conformidad con lo establecido en el artículo 35y 137 de lo ley 1708 de 2014, AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO,POR COMPETNECIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) mueble(s)objeto de lo Acción de Extinción de dominio, según certificados de Libertad y tradición, a finque comparezcan a este Juzgado, hacer valer sus derechos, respecto del bien inmueble, que0 continuación se identifica:

1 .- Con Folios de Matrículas Inmobiliarias: 260-196752, No. 260-196779, No. 260-227090, No. 260-

227091, No. 260-227078. Y ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO identificados con Folios de

Matrículas Mercantiles No. 00266750, No. 00242510, No. 00273903.

Lo anterior paro dar cumplimiento al Auto de fecho 21 de febrero de 2018, con fundamento

1 en lo dispuesto en el artículo 140 de lo ley 1708 de 2014. Se fijó el presente EDICTO, en un lugar

visible de la SECRETARIA, por el término de cinco (5) días hábiles y se expiden copias para supublicación en la página WEB DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, en la página WEB DE LARAMA JUDICIAL(Registro de Emplazados Nacionales y en el Espacio de Novedades), así como

en un periódico de amplio circulación Nacional y para su difusión en una Radiodifusora o

cualquier otro medio con cobertura local, donde se encuentra ubicado el bien, hoy veinticinco

(25) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Siendo los ocho (8:00) horas de la mañana.

Advertencia: SI EL EMPLAZADO O EMPLAZADOS, NO SE PRESENTAN DENTRO DE LOS TRES (3) DÍASSIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL TERMINO DE FIJACIÓN DEL EDCITO, se le hace saber que elproceso se continuará con lo intervención, del MIISTERIO PÚBLICO, quien velará por elcumplimiento de los reglas del debido proceso.

CONTANCIA DE FIJACIÓN Y DESFIJACIÓN

SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN EL SECRETARIA DEL JUZGADO HOY VEITICINCO (25) DE FEBRERO

DE 2019 Y SE DESFIJA EL DÍA PRIMERO (01) DE MARZO DE ZOl^^tAS^D/EgiOCHO (18:00) HORASDEL MISMO DÍA.

,00 De . ....

fp-MTCmtAtCíO LEÓií rríí^^i;.' ¿y.

SECRETARIO ix, secretaria

Avenida 4 l. So. ~ - ¡O¡nso 2"ojiciihi 203 204 edijieio Ienüs barrio ¡'opn/ar. t~t 3~441 ~2 e.xi. 3

'-i o

O ' ,

Page 2: EDICTO - Fiscalía General de la Nación...Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección de Fiscalia Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, a las 10:27

m

RADICACI(:)H54001-31-20-001-201g-00122-00AFECTADOS: HERMEL MEZA PÉREZ, YURIAN PACHECO BAYONA. MIGUEL GARClA BARRIENTOS,

JAIME RODRÍGUEZ MONSALVE, FERNANDO NIÑO (q c p d) CARMEN ROSA SUAREZ ESPARZA,AGUSTIN BONILLA BLANCO, CENTRAL DE ABASTOS CÚCUTA S.A S. - CENABASTOS S. A.

ACCION DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

República de Colombia

Rama Judicial del Poder Público

Juzgado Penal de Circuito EspecializadoExtinción de Dominio de Cúcuta - Norte de Santander

San José de Cúcuta, agosto trece (13) de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO: Auto mediante eí cual el despacho se ABSTIENE DE ADMITIR LADEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO y en consecuencia se ORDENADEVOLVER de manera integral las carpetas que conforman elRADICADO ¿25 E.D., ol Dr. RICARDO EMIRO GALVIS MANOSALVA Fiscal

Sesenta y tres (63) adscrito a ta Dirección de Fiscalia Nocional

Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, pora lo que enderecho corresponda, (Artículo 57 de lo Ley 1849 de 2017).

RADICACIÓN; 54001-31-20-001-2018-00122-00RADICACIÓN FGN: ¿25 E.D Fiscalio Sesenta y Tres (63) adscrita a la Dirección de Fiscolio

Nocional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio.AFECTADOS; JOSÉ GABRIEL DÍAZ RAMÍREZ C.C. No. 88,257.123, CENTRAL DE ABASTOS

DE CUCUTA S.A.- CENABASTOS S.A, NIT; 890503614, CRISTIAN

PEÑARANDA MEJÍA C.C, No, 13.459,030, RAÚL ALFONSO PEÑARANDAMEJÍA C.C. No. 88.142.451, OLINTO ROJAS SERRANO C.C. No.13,461.905, MONICA MILENA SERRANO RUEDA C.C. No. 37,441,556, JOSÉCECILIO MEDINA DURAN C.C. No, 88,245,910. JESÚS GUTIÉRREZ MORENOC.C. No. 88.274,103.

BIENES OBJETO DE EXT: INMUEBLES identificodos con Folios de Matrícula Nos, 2¿0-19¿752, 2¿0-

19¿779. 2¿0-227090, 2¿0-227071. 2¿0-227078 y los establecimientos decomercio de rozón social MI VAQUfTA, CARNES VIRGILIO. CARNES Y

CARNES LA EXCELENCIA con motrículos mercontiles No. 002¿¿750,00242510, 00273903 ubicodos en el municipio de Cúcuto, Norte deSantander,

ACCIÓN; EXTINCIÓN DE DOMINIO.

Analizado el INFORME SECRETARIAL que antecede, sería del caso daraplicabilidad al artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, modificado por elartículo 401 de la Ley 1849 de 2017, profiriendo AUTO ADMISORIO DE LADEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, presentada personalmente^ porel Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección de Fiscalía NacionalEspecializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto de losBIENES INMUEBLES identificados con Folios de Matrículas Nos. 260-196752,

260-196779, 260-227090, 260-227091, 260-227078 y los establecimientosde comercio de razón social MI VAQUITA, CARNES VIRGILIO, CARNES YCARNES LA EXCELENCIA con matrículas mercantiles No. 00266750,

00242510, 00273903, ubicados en la ciudad de San José de Cúcuta,departamento Norte de Santander, si no fuera, porque dos (2) días atrása entrar en vigencia^ la Ley 1849 de 2017, el mismo fiscal delegado Dr.RICARDO EMIRO GALVIS MANOSALVA, con fundamento en el artículo

126-^ de la Ley 1708 de 2014, profirió RESOLUCIÓN DE FIJACIÓN5

1 Articulo 137 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el articulo 40 de la Ley 1849 de 2017 "INICIO DE JUICIO. Recibicia la demandade extinción de dominio presentada por ¡a Fiscalía, el juez proferirá el auto admisorio correspondiente que será notificadopersonalmente. (...) En caso de que la notificación personal no sea posible se aplicarán las reglas dispuestas en el articulo

^ A Folios 261 al 280 del cuaderno número 5 de la FGN, aparece el texto de la DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO conPRESENTACIÓN PERSONAL Y RECONOCIMIENTO al reverso del folio 280, realizado por el Or RICARDO EMIRO GALVIS MANOSALVAFiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección de Fiscalia Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, a las 10:27 41horas del 20 de )unio de 2018, ante la Dra. LUZ HELENA CASADIEGO TORRES Notarla Cuarta del Circulo de Bucaramanga Santander.3 Articulo 58 de la Ley 1849 de julio 19 de 2017 "VIGENCIA. Esta ley entrará a regir a partir de ¡a fecha de su promulgación,deroga los aniculos 9~. ¡26. I2~. ¡29y 131 de ¡a Ley ¡"OS de 2014. el numeral 14 del articulo II del Decreto-ley número 23'9~de 2011 y las demás normas que le sean contrarias".* Artículo 126 de la Ley 1708 de 2014 "FIJACIÓN PROllSIONslI. DE LA PRETENSKJN. Antes de presentar el requerimiento deextinción de dominio al juez, y con el fin de garantizar el derecho de contradicción, el í-'iscal General de la .Nación o sudelegado procederá a fijar provisionalmente la pretensión, cuando los medios de prueba recolectados durante ¡a fase inicialindiquen que están dados los pre.supiiestos para la extinción de! derecho de dominio. A tal efecto, el fiscal que adelante eltrámite dictará una resolución en la que propondrá.1. Los fundamentos de hecho y de derecho en que se sustenta la dectsión.2. La identificación, ubicación y de.scripción de los bienes que .se persiguen.3. Las pniehas en que se funda.Si aún no se ha hecho en la fase inicial, el fiscal decretará las medidas cautelares, las cuales se ordenarán en resoluciónindependiente y ejecutarán antes de comunicar la resolución de fijación provisional de la pretensión a los afectados.

Página 1 de 2

Page 3: EDICTO - Fiscalía General de la Nación...Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección de Fiscalia Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, a las 10:27

RADICACIÓN $4001-31-20-001-2018-09122-00AFECTADOS: HERMEL MEZA PÉREZ, YURIAN PACHECO BAYONA, MIGUEL GARCIA BARRIENTOS.

JAIME rodríguez MONSALVE, FERNANDO NIÑO (q e p d ) CARMEN ROSA SUÁREZ ESPARZA,AGUSTÍN BONILLA BLANCO, CENTRAL DE ABASTOS CÚCUTA S A S - CENABASTOS S A.

ACCIÓN DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

PROVISIONAL DE LA PRETENSIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO. Decisiónque de acuerdo o! tenor gramatical del artículo 57^ de lo Ley 1849 de2017 que trota del régimen de transición, compele o lo Fiscalía Generalde la Nación a continuar con el procedimiento establecidooriginalmente en la Ley 1708 de 2014, esto es, o presentarREQUERIMIENTO y no DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO.

Corolario de lo anterior, el Juzgado Penal del Circuito Especializado deExtinción de Dominio de Cúcuto, Norte de Santander, resuelve:

1. En aplicación del artículo 57 de lo Ley 1849 de 2017, ABSTENERSEDE ADMITIR LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO presentadapersonalmente por el Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito o loDirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción delDereclno de Dominio, respecto de los BIENES INMUEBLESidentificados con Folios de Matrículas Nos. 260-196752, 260-

196779, 260-227090, 260-227091, 260-227078 y losestablecimientos de comercio de rozón social MI VAQUITA,

CARNES VIRGILIO, CARNES Y CARNES LA EXCELENCIA con

matrículas mercantiles No. 00266750, 00242510, 00273903,

ubicados en lo ciudad de San José de Cúcuto, departamentoNorte de Santander.

2. Y en consecuencia, que por lo secretaría del despacho sedevuelvan de manera integral las carpetas que conforman elRADICADO 625 E.D., al Dr. RICARDO EMIRO GALVIS MANOSALVA

Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito o lo Dirección de FiscalíaNacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio,poro lo que en derecho corresponda.

COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

LUIS ARMANDO MENDOZA AMADO

Juez

ÍQP/Loma 2018.

('onira la resolución de fijación provisional de la pretensión no procede recurso alguno. ('ontra la resolución (pie ordenamedidas cautelares procederá el control de legalidad previsto en esta ley"^ A Folios 126 ai 152 deí cuaderno número 1 de la FGN aparece RESOLUCIÓN DE FIJACIÓN PROVISIONAL DE LA PRETENSIÓNproferida eí 17 de julio de 2017 por el Dr RICARDO EMIRO GALVIS MANOSALVA, Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección deFiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, en el que en la parte resolutiva, textualmente expresa "PRIMERO:Fijar provisionalmente La pretensión de la acción de Extinción de Dominio, respecto de los bienes relacionados en "bienobjeto de la acción de extinción de dominio "® Articulo 57 de la Ley 1849 de 2017 "REdl.ME.X DE TRA.\'SICI().\'. Los procesos cpie a la fecha de enirada en vigencia de lapresente ley tengan fijación provisional de la pretensión de extinción de dominio continuarán el procedimiento establecidooriginalmente en la Ley ¡"08 de 2014. excepto en lo (pie respecta la administración de bienes. En las actuaciones en las cualesno se haya fijado la pretensión provisional se aplicará el procedimiento dispuesto en la presente ley "

Página 2 de 2

Page 4: EDICTO - Fiscalía General de la Nación...Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección de Fiscalia Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, a las 10:27

RADICACIÓN 5«»t41-20401-201»«)122-00

AFECTADOS JOSÉ GABRIEL DIAZ RAMIREZ, CENABASTOS S A.. CRISTIAN PEÑARANDA MEJÍA. RAÚL ALFONSO PEÑARANDA ME JÍA,OLINTO ROJAS SERRANO MÓNICA MILENA SERRANO RUEDA. JOSE CECILIO MEDINA DURAN. JESÚS GUTIERREZ MORENO.

PREDIO LA PALESTINA. FINCA LA RIVERA y ALCALDIA SAN JOSÉ DE CÚCUTAACaÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO.

República de Colombia

liV

Rama Judicial del Poder Público

Juzgado Penal de Circuito EspecializadoExtinción de Dominio de Cúcuta - Norte de Santander

San José de Cúcuta, febrero veintiuno (21) de dos mil diecinueve (2019).

ASUNTO: Auto mediante el cual se ORDENA EMPLAZAMIENTO. (Artículo 140 de laLey 1708 de 2014).

RADICACIÓN: 54001 -31 -20-001 -2018-00122-00.RADICACIÓN FGN: 625 E.D Fiscalía Sesenta y Tres (63) adscrita a la Dirección de Fiscalía

Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio.AFECTADOS: JOSÉ GABRIEL DÍAZ RAMÍREZ C.C. No. 88.257.123 de Cúcuta,

CENABASTOS S.A. NIT 890503614, CRISTIAN PEÑARANDA MEJÍA C.C. No.13.459.030 de Cúcuta, RAÚL ALFONSO PEÑARANDA MEJÍA C.C. No.88.142.451 de Ocoña, OLINTO ROJAS SERRANO C.C. No. 13.461.905 de

Cúcuta, MÓNICA MILENA SERRANO RUEDA C.C. No. 37.441.556 deCúcuta, JOSÉ CECILIO MEDINA DURÁN C.C. No. 88.245.910, JESÚSGUTIÉRREZ MORENO C.C. No. 88.274.103 de Cúcuta, PREDIO LAPALESTINA, FINCA LA RIVERA y ALCALDÍA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA.

BIENES OBJETOS DE EXT: INMUEBLES identificados con Folios de Matrículas No. 260-196752, No.260-196779, No. 260-227090, No. 260-227091. No. 260-22707B.

ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO identificados con Folios de Matrículas

Mercantiles No. 00266750, No. 00242510, No. 00273903.

ACCIÓN: EXTINCIÓN DE DOMINIO.

Como quiero que sólo se logró notificar personalmente el auto queAVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIOi o los ciudadanos CHRISTIANPEÑARANDA MEJÍA2, JESÚS GUTIÉRREZ MORENO^, JOSÉ GABRIEL DÍAZRAMÍREZ'*, MÓNICA MILENA SERRANO RUEDAN CUNTO ROJAS SERRANO^ yJOSÉ CECILIO MEDINA DURÁN^, que vencidos los cinco (5) días contadosa partir del recibo de los citaciones, se notificó por ESTADO® al Dr. JORGEENRIQUE CARVAJAL HERNÁNDEZ Procurador 90 Judicial Penal II, al Dr.ÓSCAR JULIÁN VALENCIA LOAIZA del Ministerio de Justicia y del Derecho,y el Dr. RICARDO EMIRO GALVIS MANOSALVA Fiscal 63 adscrito o laDirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derechode Dominio y que con el objeto de notificar al resto de los afectados, demanera supletoria, se ordenó FIJAR AVISO CON NOTICIA SUFICIENTE,comisionando' al Subintendente IVÁN LÓPEZ RANGEL adscrito al GrupoInvestigotivo Extinción de Dominio de lo Seccional de InvestigaciónCriminal del Área Metropolitana de Cúcuta, quien fijó los AVISOS^® connoticia suficiente a las 10:45 y 10:50 horas del 5 de febrero de 2019, en losdirecciones donde se encuentran los bienes, identificados en fose inicial

por lo Fiscalía General de la Nación, cumpliéndose de esto manera conlo previsto por el artículo 139^' de lo Ley 1708 de 2014.

* A folio 42 del Cuaderno del Juzgado Número 1, aparece auto de septiembre 28 de 2018, mediante el cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DEEXTINCIÓN DE DOMINIO.' A folio 61 del Cuaderno del Juzgado Número 1. aparece NOTIFICACIÓN PERSONAL al señor CHRISTIAN PEÑARANDA MEJÍA realizada en octubre 4 de2018.

^ A foüo 62 del Cuaderno del Juzgado Número 1, aparece NOTIFICACIÓN PERSONAL del señor JESÚS GUTIÉRREZ MORENO realizada en octubre 8 de 2018.* A folio 63 del Cuaderno del Juzgado Número 1, aparece NOTIFICACIÓN PERSONAL del señor JOSÉ GABRIEL dIaZ RAMÍREZ realizada en octubre 8 de2018.

^ A folio 64 del Cuaderno del Juzgado Número 1, aparece NOTIFICACIÓN PERSONAL de la señora MÓNICA MILENA SERRANO RUEDA realizada en octubre8 de 2018.

' A folio 65 del Cuaderno del Juzgado Número 1, aparece NOTIFICACIÓN PERSONAL del señor OLINTO ROJAS SERRANO realizada en octubre 9 de 2018.' A folio 66 del Cuaderno del Juzgado Número 1, aparece NOTIFICACIÓN PERSONAL del señor JOSÉ CECILIO MEDINA DURÁN realizada en octubre 9 de2018.

'A Folio 114 del Cuaderno Número 1 del Juzgado, consta que se fij6 ESTADO No. 51 a las 08:00 horas del 11 de julio de 2018.' A Folio 123 del Cuaderno Número 1 del Juzgado, consta auto del 18 de enero de 2019 mediante el cual ordenó FIJAR AVISO CON NOTICIA SUFICIENTE,comisionando al subintendente IVÁN LÓPEZ RANGEL adscrito al Grupo Investigativo Extinción de Dominio de la Seccional de Investigación Criminal del ÁreaMetropolitana de Cúcuta.'O A Folios 136 al 138 del Cuaderno Número 1 del Juzgado, aparece informe de INVESTIGADOR DE CAMPO -FPJ-11- rubricado por el subintendente IVÁNREINALDO LÓPEZ RANGEL investigador criminal SIJIN-MECUC, en el que consta la fijación fotográfica y documental de los AVISÓS a las 10:45 y 10:50 horasdel 5 de febrero de 2019. Asi mismo, a folios 139 y 140 aparecen las constancias de fijación de los mismos." Articulo 139 de la Ley 1708 de 2014. "Ay¡SO. Sí la notificación personal al afectado no pudiere hacerse en la primera ocasión que se intenta, sedejará aviso con noticia suficiente de la acción que se ha iniciado, la fecha de la decisión, la autoridad que la ha emitido, el derecho que le asiste

Página 1 de 3

Page 5: EDICTO - Fiscalía General de la Nación...Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección de Fiscalia Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, a las 10:27

RAUCACtÓN 5400141-20401-ai»40122-00AFECTADOS: JOS£ GABRIEL OtAZ RAMIREZ. CENABASTOS SA. CRISTIAN PEÑARANDA MEJiA RAÚL ALFONSO PEÑARANDA MEJiA

OLINTO ROJAS SERRANO. MÓNICA MILENA SERRANO RUEDA JOSE CECIUO MEDINA DURAN. JESÚS GLITIERREZ MORENO.PREDIO LA PALESTINA RNCA LA RIVERA y ALCALDÍA SAN JOSE DE CÚCUTA

ACaÓN DE EXTINaÓN DE DOMIKO.

El Juez Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio deCúcuto Norte de Santander, con fundamento en el artículo 140^2 del

CÓDIGO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, ordena que se efectúeEMPLAZAMIENTO por EDICTO o quienes figuren como titulares dederechos, igualmente a los TERCEROS INDETERMINADOS, a efectos deque comparezcan a hacer valer sus derechos respecto de:

I. BIENES INMUEBLES:

1. Ubicado en la Avenida 16BE Av. Libertadores local L-50 Pabellón #

2 - Central Minorista Metropolitana de la ciudad de San José deCúcuta, Norte de Santander, identificado con el Folio de Matrícula

inmobiliaria No. 260-196752, del que aparece como titular dederechos el ciudadano JOSÉ GABRIEL DÍAZ RAMÍREZ identificadocon cédula de ciudadanía No. 88.257.123 expedida en Cúcuta.

2. Ubicado en la Avenida 16BE Av. Libertadores Local K-77 Pabellón #

2 - central Minorista Metropolitana de la ciudad de San José deCúcuta, Norte de Santander, identificado con el Folio de Matrículainmobiliaria No. 260-196779, del que aparece como ̂titular dederechos lo persona jurídica CENTRAL DE ABASTOS DE CÚCUTA S.A.- CENABASTOS S.A. NIT. 890503614.

3. Ubicado en la Avenida 2 #31N-36 Local 28 Pl, CondominioCenabostos, Barrio Tasajero de lo ciudad de San José de Cúcuta,Norte de Santander, identificado con el Folio de Matrículainmobiliaria No. 260-227090, del que aparece como titular dederechos el ciudadano CRISTIAN PEÑARANDA MEJÍA identificadocon cédula de ciudadanía No. 13.459.030 expedida en Cúcuta.

4. Ubicado según lo Fiscalía 63 ubicado en la Avenida 2 #31N-36Local 29 Pl, Condominio Cenabostos, Barrio Tasajero de la ciudadde San José de Cúcuta, Norte de Santander y según la Oficina deRegistro de Instrumentos Públicos "predio URBANO" (sin datos),identificado con el Folio de Matrícula inmobiliaria No. 260-227091,

del que aparece como titular de derechos el ciudadano RAÚLALFONSO PEÑARANDA MEJÍA identificado con cédula deciudadanía No. 88.142.451 expedida en Ocaña.

5. Según la Fiscalía 63 ubicado en lo Avenida 2 #31N-36 Local 16 PlCondominio Cenabostos Barrio Tasajero de la ciudad de San Joséde Cúcuta, Norte de Santander, y según la-Oficina de Registro deInstrumentos Públicos "predio URBANO" (sin datos), identificado conel Folio de Matrícula inmobiliaria No. 260-227078, del que aparececomo titular de derechos el ciudadano OLINTO ROJAS SERRANO

a presentarse al proceso y se advertirá sobre el procedimiento a seguir en el evento de no comparecencia, hste aviso se fijará en el lugar donde seencuentren los bienes, o se remitirá por el medio más e.xpedito a las direcciones identificadas durante la fase inicial" Articulo 140 de la Ley 1708 de 2014. "EMPLAZAMIENTO. Cinco (5) días después de fijado el aviso se dispondrá el emplazamiento de quienesfiguren como titulares de derechos .sobre ios bienes objeto de la acción de acuerdo con certificado de registro correspondiente, asi como de losterceros indeterminados, para que comparezcan a hacer valer sus derechos.El emplazamiento se surtirá por edicto que permanecerá fijado en la .secretarla por el término de cinco (5) días, se publicará por una vez dentrode dicho término en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial y en un periódico de ampliacirculación nacional. Asi mismo se difundirá en una radiodifusora o por cualquier otro medio con cobertura en la localidad donde .se encuentrenlos bienes. Si el emplazado o los emplazados no .se presentaren dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de fijación deledicto, el proceso continuará con la intervención del Ministerio Público, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso .

Página 2 de 3

Page 6: EDICTO - Fiscalía General de la Nación...Fiscal Sesenta y tres (63) adscrito a la Dirección de Fiscalia Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, a las 10:27

RAOlCACtÓN 5«)0141-20401-201840122-00AFECTADOS: JOSÉ GABRIEL OtAZ RAMIREZ, CENABASTOS S A.. CRISTIAN PEÑARANDA MEJiA. RAÚL ALFONSO PEÑARANDA UEÍA

OLINTO ROJAS SERRANO. MONICA MILENA SERRANO RUEDA. JOSE CECILIO MEDINA OURAN. JESÚS GUTIERREZ MORENO.PREDIO LA PALESTINA FINCA LA RIVERA y ALCALDIA SAN JOSE DE CÚCUTA.

ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO.

identificado con cédula de ciudadanía No. 13.461.905 expedidaen Cúcuta.

II. ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO:

6. Ubicado en el Galpón Azul Local N56 CENABASTOS, BarrioUrbanización Tasajero de lo ciudad de San José de Cúcuta, Nortede Santander, establecimiento de comercio de rozón social

CARNES MI VAQUITA, identificado con Matrícula Mercantil

00266750 (actual) del 26 de Enero de 2017, 00266749 (anterior) del10 de septiembre de 2014, del que aparece como representantelegal la ciudadana MÓNICA MILENA SERRANO RUEDA identificadacon cédula de ciudadanía No. 37.441.556 expedida en Cúcuta.

7. Ubicado en el BLQ 1 P1 - 28 - 29, Barrio CENABASTOS, de lo ciudad

de San José de Cúcuta, Norte de Santander, establecimiento de

comercio de rozón social CARNES VIRGILIO, identificado con

Matrícula Mercantil 00242510 (actual) del 17 de febrero de 2017,00229445 (anterior) del 29 de marzo de 2012, del que aparececomo representante legal el ciudadano JOSÉ CECILIO MEDINADURÁN identificado con cédula de ciudadanía No. 88.245.910.

8. Ubicado en el LC P1 15, Barrio CENABASTOS, de la ciudad de SanJosé de Cúcuta, Norte de Santander, establecimiento de

comercio de rozón social CARNES Y CARNES LA EXCELENCIA,identificado con Matrícula Mercantil 00273903 (actual) del 23 defebrero de 2017, 00273902 (anterior) del 11 de marzo de 2015, delque ̂ aparece como representante legal el ciudadano JESÚSGUTIÉRREZ MORENO identificado con cédula de ciudadanía No.88.274.103.

Advirtiéndoseles que de no presentarse al proceso, se continuará con lointervención del Ministerio Público, quien velará por el cumplimiento delos reglas del debido proceso.

NOTÍFIQUESE Y CÚMPLASE.

LUIS ARMANDO MENDOZA AMADO

Juez.

ZKGM/ Lama 2019.

Página 3 de 3