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7/23/2019 Educacin, Cultura y Actualizacin Fiscal. Herramientas Imprescindibles Para Contadores
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Educacin, culturay actualizacin fscalHerramientas imprescindibles para contadores
Dr. Arturo de Jess Urbina Nandayapa*
Mtra. Delia Gonzlez Cobos**
Lic. Mara Eugenia Oceguera Valle***
Nueva
Visin Fiscal
* Maestro y doctor en derecho scal por la UNAM. Autor de ms de 40 libros en derecho scal, entre ellos Delitos Fiscales
en Mxico (obra de cinco tomos). Expositor a nivel nacional en facultades de posgrado desde 1994. www.noticierofscal.com,
** Litigante. Especialista en temas scales. [email protected]
*** Abogada postulante en derecho scal. [email protected]
La importancia de asistir a cursosde capacitacin serios y profesionales
En Mxico siempre o casi siempre vivimos un esquema de engaos,de sombras, de mentiras, en las que casi nadie es lo que dice que es,
aprovechndose de la credulidad y buena fe de la mayora de mexica-
nos, para aprovecharse y vivir a costa de los dems, pero en materia
scal las consecuencias de una informacin engaosa o dolosa son
terribles, tiene consecuencias nefastas para quien fue engaado.
La educacinpuede denirse como el proceso de socializacin de
los individuos. Al educarse, una persona asimila y aprende conocimien-
tos. La educacin tambin implica una concienciacin cultural y con-
ductual, donde las nuevas generaciones adquieren los modos de ser
de generaciones anteriores.
La educacin tributaria.Podemos denirla como el proceso de
enseanza a travs del proceso cognoscitivo de transmisin de cono-cimientos especializados en la materia scal o tributaria, a travs de la
enseanza directa, digital o impresa.
La educacin tributaria se debe distinguir de la actualizacin scal,
los contadores deben tener mucho cuidado en elegir los cursos que
toman con relacin a que los expositores y las capacitadoras sean de
reconocido prestigio y conabilidad, en una palabra, que sean serias.
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Fiscal
Cules son las propuestas de
reforma educativa presentadas por
el Ejecutivo Federal con el objetivo
de elevar la calidad de la educacin
que imparte el gobierno y lograr la
inclusin de todos los mexicanos,
que son los dos grandes nes que
se buscan: mayor calidad educa-
tiva para todos?
1. Crear el servicio profesional
docente, que je las reglas de
aplicacin nacional para el in-
greso, promocin y permanen-
cia en la educacin bsica y
media superior que imparta elEstado, mediante mecanismos
que garanticen la idoneidad de
los conocimientos y las capaci-
dades necesarias de quien
aspira o se encuentra dentro del
servicio, todo ello basado en
el mrito del maestro en su
desempeo individual.
2. Crear el Instituto Nacional para
la Evaluacin de la Educacin,
ya que se requiere de un rga-
no con la capacidad para armo-nizar al conjunto del quehacer
en materia de evaluacin, de
manera que sus elementos sean
convergentes para generar in-
formacin y bases que permitan
el logro de la calidad que se
busca.
3. Crear el Sistema de Informacin
y Gestin Educativa.
4. Fortalecer la formacin continua
de los maestros.
5. Fortalecer la autonoma de ges-tin de las escuelas.
6. Establecer las escuelas de tiem-
po completo.
7. Impulsar el suministro de ali-
mentos nutritivos y prohibir en
las escuelas los alimentos que
no favorezcan la salud de los
educandos.
La educacin de un pueblo re-
fleja su cultura, pongamos por
ejemplo la diferencia entre Mxico
y Estados Unidos, porque a pesar
de que son dos naciones vecinas,
con una historia de 500 aos en
Mxico y 400 desde la formacin
de los Estados Unidos, la diferen-
cia es abismal, una es la nacin
ms poderosa de la tierra, y la otra
un pas con frecuentes crisis eco-
nmicas, polticas o sociales.
La diferencia ha sido la educa-
cin, la investigacin, el desarrollo,
la bsqueda de un destino, pero
antes que nada, la forma de go-
bierno, del pueblo, por el pueblo y
para el pueblo con justicia para
todos, como la denieron ThomasJefferson en 1776 y Abraham Lin-
coln en 1863 y que es, paradjica-
mente, el nico camino que tiene
Mxico para salir y alcanzar el
desarrollo.
Las reformas que promueve la
nueva administracin son de enor-
me trascendencia, la reforma -
nanciera es imprescindible cono-
cerla para saber hacia dnde va
la economa del pas, y este pro-
yecto permanece casi ignorado,los diarios de circulacin nacional
slo recogen la misma informacin
que proporciona el gobierno sin
anlisis crtico o educativo, esta
situacion es el reejo de la crisis
educativa en el pas.
El proyecto de reforma nancie-
ra es el prolegmeno de la reforma
tributaria que va a cambiar la
manera en que se han llevado las
relaciones entre contribuyentes y
autoridades scales, por ello, noentender la primera reforma impli-
car el desconocimiento de la
segunda y esto ser de conse-
cuencias nefastas para quienes
viven de la materia scal, conta-
dores y abogados scalistas.
Es importante que usted sepa
con certeza si quien se ostenta
como maestro o doctor en dere-
cho scal, ya sea como asesor o
como expositor, tenga la docu-
mentacin que lo avale. Usted
puede hacerlo en el siguiente link:
http://www.cedulaprofesional.sep.
gob.mx/cedula
La persona que no tenga la
cdula de abogado no puede liti-
gar ante juzgados federales ni
ante el Tribunal Federal de Jus-
t ic ia Fiscal y Administrat iva
(TFJFA):
Ley de Amparo (abrogada):
Artculo 27.El agraviado y el
tercero perjudicado podrn autori-
zar para or noticaciones en sunombre, a cualquier persona con
capacidad legal, quien quedar
facultada para interponer los re-
cursos que procedan, ofrecer y
rendir pruebas, alegar en las au-
diencias, solicitar su suspensin o
diferimiento, pedir se dicte senten-
cia para evitar la consumacin del
trmino de caducidad o sobresei-
miento por inactividad procesal y
realizar cualquier acto que resulte
ser necesario para la defensa delos derechos del autorizante, pero
no podr substituir o delegar dichas
facultades en un tercero. En las
materias civil, mercantil o admi-
nistrativa, la persona autorizada
conforme a la primera parte de
este prrafo, deber acreditar
encontrarse legalmente autori-
zada para ejercer la profesin
de abogado, y debern propor-
cionarse los datos correspon-
dientes en el escrito en que seotorgue dicha autorizacin;pero
las partes podrn designar perso-
nas solamente autorizadas para
or noticaciones e imponerse de
los autos, a cualquier persona con
capacidad legal, quien no gozar
de las dems facultades a que se
reere este prrafo.
(El uso de negrillas dentro del
texto es nuestro.)
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Ley de Amparo (actual):
Artculo 12. El quejoso y el tercero interesado podrn
autorizar para or noticaciones en su nombre, a cualquier
persona con capacidad legal, quien quedar facultada
para interponer los recursos que procedan, ofrecer y
rendir pruebas, alegar en las audiencias, solicitar su
suspensin o diferimiento y realizar cualquier acto que
resulte ser necesario para la defensa de los derechos
del autorizante, pero no podr substituir o delegar dichas
facultades en un tercero.
En las materias civil, mercantil, laboral tratndose del
patrn, o administrativa, la persona autorizada, deber
acreditar encontrarse legalmente autorizada para ejercer
la profesin de licenciado en derecho o abogado, ydebern proporcionarse los datos correspondientes en
el escrito en que se otorgue dicha autorizacin. Sin
embargo, las partes podrn designar personas solamen-
te para or noticaciones e imponerse de los autos, a
cualquier persona con capacidad legal, quien no gozar
de las dems facultades a que se reere el prrafo
anterior.
Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo (LFPCA):
Artculo 5o.Ante el Tribunal no proceder la gestin
de negocios. Quien promueva a nombre de otra deber
acreditar que la representacin le fue otorgada a ms
tardar en la fecha de la presentacin de la demanda o
de la contestacin, en su caso.
La representacin de los particulares se otorgar en
escritura pblica o carta poder rmada ante dos testigos
y raticadas las rmas del otorgante y testigos ante
notario o ante los secretarios del Tribunal, sin perjuicio
de lo que disponga la legislacin de profesiones. La
representacin de los menores de edad ser ejercidapor quien tenga la patria potestad. Tratndose de otros
incapaces, de la sucesin y del ausente, la representa-
cin se acreditar con la resolucin judicial respectiva.
La representacin de las autoridades corresponder
a las unidades administrativas encargadas de su defen-
sa jurdica, segn lo disponga el Ejecutivo Federal en
su Reglamento o decreto respectivo y en su caso,
conforme lo disponga la Ley Federal de Entidades Pa -
raestatales. Tratndose de autoridades de las Entidades
Federativas coordinadas, conforme lo establezcan las
disposiciones locales.
Los particulares o sus representantes podrn
autorizar por escrito a licenciado en derecho que a
su nombre reciba notifcaciones. La persona as
autorizada podr hacer promociones de trmite,
rendir pruebas, presentar alegatos e interponer re-
cursos.Las autoridades podrn nombrar delegados para
los mismos nes. Con independencia de lo anterior, las
partes podrn autorizar a cualquier persona con capa-
cidad legal para or noticaciones e imponerse de los
autos, quien no gozar de las dems facultades a que
se reere este prrafo.
(El uso de negrillas dentro del texto es nuestro.)
Los siguientes artculos regulan la prestacin de
estos servicios profesionales:
Cdigo Civil del Distrito Federal (CCDF):
Artculo 2607. Cuando no hubiere habido convenio,
los honorarios se regularn atendiendo juntamente a las
costumbre del lugar, a la importancia de los trabajos
prestados, a la del asunto o caso en que se prestaren,
a las facultades pecuniarias del que recibe el servicio
y a la reputacin profesional que tenga adquirida el quelo ha prestado. Si los servicios prestados estuvieren
regulados por arancel, ste servir de norma para jar
el importe de los honorarios reclamados.
Artculo 2608. Los que sin tener el ttulo correspon-
diente ejerzan profesiones para cuyo ejercicio la ley
exija ttulo, adems de incurrir en las penas respectivas,
no tendrn derecho de cobrar retribucin por los servi-
cios profesionales que hayan prestado.
Los cursos, diplomados y todo evento impartido
por personas que no tienen licenciaturas reconoci-das por la Secretara de Educacin Pblica no han
tenido derecho a cobrar honorarios por estos eventos.
Verique los grados acadmicos que presumen
las personas que imparten cursos o capacitacin
scal, ya que pueden estar cometiendo el delito de
usurpacin de profesiones.
Cdigo Penal:
Artculo 250. Se sancionar con prisin de uno a
seis aos y multa de cien a trescientos das a quien:
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I. Al que, sin ser funcionario
pblico, se atribuya ese carcter
y ejerza alguna de las funciones
de tal;II. Al que sin tener ttulo
profesional o autorizacin para
ejercer alguna profesin regla-
mentada, expedidas por autori-
dades u organismos legalmente
capacitados para ello, conforme
a las disposiciones reglamenta-
rias del artculo 5 constitucional.
a) Se atribuya el carcter del
profesionista.
b) Realice actos propios de unaactividad profesional, con
excepcin de lo previsto en
el 3er. prrafo del artculo
26 de la Ley Reglamentaria
de los artculos 4o. y 5o.
Constitucionales.
c) Ofrezca pblicamente sus
servicios como profesionista.
d) Use un ttulo o autorizacin
para ejercer alguna actividad
profesional sin tener derecho
a ello.e) Con objeto de lucrar, se una
a profesionistas legalmente
autorizados con fnes de ejer-
cicio profesional o administre
alguna asociacin profesional.
III.Al extranjero que ejerza una
profesin reglamentada sin tener
autorizacin de autoridad competen-
te o despus de vencido el plazo
que aquella le hubiere concedido.
IV. Al que usare credencialesde servidor pblico, condecoracio-
nes, uniformes, grados jerrquicos,
divisas, insignias o siglas a las que
no tenga derecho. Podr aumen-
tarse la pena hasta la mitad de su
duracin y cuanta, cuando sean
de uso exclusivo de las Fuerzas
Armadas Mexicanas o de alguna
corporacin policial.
(El uso de negrillas dentro del
texto es nuestro.)
Utilizar un ttulo para ejercer una actividad profesional y lucrar sin de-
recho a travs del uso de engaos es cometer el delito de fraude y usur-
pacin de profesiones, ya que si una persona se ostenta como doctor,
maestro o licenciado sin tener el grado, est usando engaos para obtener
un benecio indebido, pero sta no es la peor de las consecuencias.
La mayor de ellas es el tipo de enseanza que pretende impartir,
sobre todo en un asunto que tiene implicaciones penales, la ensean-
za fraudulenta lleva consigo el germen del fraude y de la autora inte-
lectual en delitos scales.
As pues, dejando de lado a estafadores y la enseanza nula del
derecho tributario, sobre qu aspectos debe enfocarse la enseanza
scal? Que sea benca para los contadores y sus clientes.
Esta enseanza y actualizacin del derecho tributario debe enfocar-
se en dos aspectos, la cultura tributaria y la excelencia en la educacin
scal.
La cultura fscal
Impuestos proporcionales y equitativos plenamenteconstitucionales.Llegar al poder no signica inventar nuevosimpuestos, es conocer la Constitucin y rodearse de asesores expertos.El conocimiento legal del derecho tributario no es materia paracualquier persona, as que lo primero es que quienes elaboren lasleyes impositivas sean conocedores de la materia, es lo ms bsico.
Educacin fscal para el contribuyente.El impuesto que se pagapor convencimiento es el mejor, pero cmo hacer para que elciudadano acuda voluntariamente a pagar?El mejor mtodo de enseanza es predicar con el ejemplo, el ciudadano
debe saber con absoluta certeza que sus impuestos no sirven paraenriquecer a la clase poltica, que el dinero pblico no es derrochadopor quienes detentan el poder como sucede en todo el pas.
Educacin fscal para las autoridades.Tener el poder no signicaabusar del contribuyente, inventar nuevos impuestos y perseguir consaa al humilde comerciante.
A la mayora de las autoridades de los estados jams les import lacultura scal, siempre estaban seguros de las participaciones de losestados, as que sin ningn esfuerzo podan allegarse de los recursos.Las autoridades scales de la Federacin y los estados deberan ser lasprimeras en tener un dominio absoluto sobre la materia tributaria, as seevitaran los abusos y podra hacerse ms eciente la recaudacin,control y la administracin de los recursos nancieros del Estado.
Programas de prevencin contra el fraude.Este programa deberaser lo ms bsico, convencer y hacer una realidad para loscontribuyentes de que evadir al sco implica un riesgo de altapeligrosidad, que quienes evadan o tengan la autora intelectual dedichos delitos debern pagar con encierro y con la reparacin del dao.La nueva ley contra el lavado de dinero es un instrumento muyvalioso para el combate a la evasin scal y el lavado de dinero.
Cul es la mejor manera para una educacin fscal integral?
Por supuesto estudiar en una universidad reconocida que integre en
su planta de catedrticos profesionistas con altos conocimientos y
experiencia en las materias scales.
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Un programa de posgrado lleva cerca de 40 materias,
dura ocho semestres, en cada uno de ellos es nece-
sario presentar una tesina y un examen de conocimien-
tos, con materias muy especializadas como amparo
scal, derecho penal tributario, derecho aduanero,
impuestos especiales federales, impuesto al valor
agregado (IVA), impuesto sobre la renta (ISR) y muchas
ms materias anes al posgrado especializado.
Cada semestre lleva cuatro materias y la duracin
y la aplicacin del estudiante convierte al posgrado
en la mejor manera de aprender derecho scal que
existe en Mxico, adems de otorgar grados recono-
cidos en Mxico y el extranjero.
La excelencia
en la educacin fscal
Cules son las materias y el conocimiento que debe
buscar un contador para encontrar la excelencia
scal?
Podemos dividir este estudio en diversas seccio-
nes:
Primera.Aspectos bsicos del derecho
Aspectos bsicos del derecho. Derecho constitucional. Aspectos bsicos del derecho tributario. Derecho mercantil. Derecho del trabajo. Derecho de la seguridad social. Derecho procesal.
Segunda.El derecho tributario
Impuestos especiales federales. Impuestos locales e impuestos municipales. Ley de Coordinacin Fiscal (LCF). ISR, personas morales. ISR, personas fsicas. IVA, impuesto empresarial a tasa nica (IETU) e
impuesto a los depsitos en efectivo (IDE). Derechos y contribuciones especiales. Paracontribuciones, Instituto Mexicano del Seguro
Social (IMSS), Instituto del Fondo Nacional de laVivienda para los Trabajadores (Infonavit) ySistema de Ahorro para el Retiro (SAR).
Tercera.Derecho procesal tributario
El derecho procesal tributario. Impugnaciones administrativas. Recursos administrativos. El juicio de nulidad. El juicio de amparo indirecto. El juicio de amparo directo. El juicio de amparo contra leyes. La jurisprudencia y la interpretacin del derecho
tributario.
Cuarta.Derecho fscal represivo
Las auditoras scales. Sanciones administrativas, multas y recargos. Las resoluciones scales en contra del particular. Clausuras, decomisos y embargos.
Quinta.Derecho penal fscal
La investigacin administrativa.
La averiguacin previa. El proceso penal tributario, la orden de
aprehensin al auto de formal prisin. El proceso penal tributario, II, desahogo de
pruebas y desarrollo del proceso. El proceso penal tributario, III, la sentencia y sus
efectos. Estrategias de defensa en los procesos penales
scales.
Sexta.Derecho aduanero
Aspectos bsicos del derecho aduanero.
El trmite aduanero. Los agentes y los apoderados aduanales. El comercio exterior. El Procedimiento Administrativo en Materia
Aduanera (PAMA) y los medios de defensa. Los delitos en el derecho aduanero.
La educacin que debe impartirse debe constar de materias seriadas, por ejemplo, analizar derecho pro-
cesal; todas las materias deben impartirse en el mismo mdulo para la mejor enseanza del derecho tribu-
tario, sobre todo porque no queda mucho tiempo para la capacitacin de los profesionistas independientes.
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Cules son las mejores op-
ciones de aprendizaje y capaci-
tacin en derecho fscal?
La mayor pregunta que se debe
hacer toda persona que desee
estar actualizada y con un conoci-
miento profundo de la materia es:
qu opciones educativas hay en
Mxico para aprender correcta-
mente el derecho tributario?
Si decide asistir a un curso,
primero verique que los exposi-
tores tengan realmente los grados
que anuncian, de no ser as esta-
r siendo estafado y sin conoci-mientos vlidos en una de las
materias ms complejas que exis-
ten en el pas por su grado tcnico.
Siga estos pasos:
1. Verique el contenido del curso
y el material que acompaa a
dicho curso.
2. Verique si los expositores tie-
nen experiencia en la materia
(estafadores no cuentan).
3. Cul es el objetivo del curso?4. Revise que dicho curso se apo-
ya en experiencias prcticas y
este material queda al alcance
de los participantes.
5. Verique si las dudas que tenga
las puede consultar durante el
curso y de manera posterior con
los expositores.
6. El contenido del curso le servi-
r en su vida profesional, si es
as, dicho curso es el correcto.
7. Verique el material, la formade exposicin y si el contenido
cubre sus expectativas.
Otra idea muy simple, por qu
conformarse con cursos obsoletos
que no aprovechan la tecnologa
de ahora, y que no tienen la ac-
tualizacin de la tecnologa del
siglo XXI?
Otro punto en que se debe
hacer hincapi es la plantilla de
expositores que les debe ofrecer
la institucin que realice dichos cursos, abogados y asesores scales
que tengan la experiencia ms completa, el caso prctico puede ense-
ar ms rpido que la teora de casos hipotticos.
Ventajas de una educacinde calidad
Desventajas de unamala educacin
El actualizarse siempre leproporciona una ventajaprofesional competitiva.
Tener conocimientos bsicos leda la comprensin de loscambios legislativos.
Estos conocimientos bsicos lepermiten comprender cualquiersituacin problemtica sobre eltema a estudio.
El material que le proporcionen,si es el correcto, le dar unaventaja profesional.
El poder acceder a losexpositores en cualquiermomento le permite manteneresta ventaja y resolversituaciones problemticas demanera inmediata.
Compare la diferenciatecnolgica entre los diferentescursos que se ofrecen.
La materia scal es de lasms complejas del derecho,por ello, no puede permitirseque personas sin escrpuloslo engaen.
Los errores en la materiascal tienen consecuenciasmuy fuertes para sus clientes.
Los delitos se cometen y nohay excluyentes deresponsabilidad, en la materiascal.
Problemtica del contadorpara comprender el derecho tributario
Cuando un estudiante decide seguir la carrera de contadura o de de-
recho toma una decisin diametralmente opuesta, una carrera tcnica
o una carrera humanstica.
Cuando llega el momento de tener que aplicar lo que supuestamen-
te se ha aprendido, el contador se ve en la necesidad de tener que
aplicar leyes scales que son de las ms complejas de todas, y de la
noche a la maana, sin tener la mejor preparacin profesional para
comprender la hermenutica jurdica entra al campo del derecho tribu-
tario, por lo que tiene que recurrir a cursos que le permitan desarrollarsu actividad de la mejor manera.
Actuaciones del contadoren el derecho tributario
La consecuencia menos grave de todas es que la autoridad revise
al contribuyente y le determine un crdito scal, en muchos casos el
contador asume indebidamente la defensa legal a travs de machotes
o formatos:
1. El contador como litigante.El TFJFA ha cambiado las reglas para
ser ms drsticas, el proceso contencioso se est convirtiendo en
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resoluciones de fondo y ya no de forma, por lo
que si se tratan de seguir las violaciones de pro-
cedimiento, todos los trmites son tiempos perdi-
dos desde su inicio para el contador que acte
como litigante.
El contador simplemente no puede litigar legal-
mente ante el TFJFA o ante juzgados de Distrito,
est impedido de hacerlo legalmente, los procesos
pueden ser sobresedos de inmediato, lo que de-
jara en estado de indefensin al contribuyente.
Un contador puede utilizar determinados forma-
tos, pero stos no le van a funcionar, las reglas
han cambiado, el costo de una defensa de este
tipo le puede resultar muy costoso al contribu-
yente.
2. El contador como planifcador fscal.El mayordefecto que puede tener un contador cuando de-
cide hacer planeaciones scales es desconocer
los elementos del fraude y de los delitos scales,
ya que es muy probable que pueda llevar a su
cliente a un esquema de fraude scal.
Cada acto tiene una consecuencia legal, con-
table y nanciera, por ello, las reformas nancieras
son tan importantes y es increble que sean casi
desconocidas, la extensin es importante, 800
pginas, 39 leyes que inciden directamente sobre
las cuestiones scales y legales del contribuyente.
La planicacin scal es un asunto muy serioque debe analizarse desde varias perspectivas,
por ello es que no puede improvisarse o seguirse
como una tendencia de moda.
3. El contador como experto en consultas fsca-
les.Si a un contribuyente le llega una visita do-
miciliaria lo primero que hace es llamar a su
contador, y ste debe convertirse en un experto
en visitas inmediatamente.
Hay dos maneras de atender una visita domi-
ciliaria, cuando se tienen los documentos en regla,
o cuando no se tienen, y conocer los alcances de
una auditora es la regla ms importante parallevar sta en trminos que sean favorables para los
particulares.
En la mayor parte de cursos los expositores se
dedican a denostar a las autoridades scales, que
son incapaces o ignorantes, pero lo que olvidan es
que son profesionistas que slo se dedican a este
rubro y lo han hecho por aos, son expertos en el
tema y hay servidores pblicos realmente expertos
en estos temas.
Ahora bien, qu materias debe conocer el
contador para llevar correctamente una asesora
en derecho tributario?, al menos las siguientes:
1. Aspectos bsicos del derecho tributario.
2. Aspectos constitucionales del derecho tr ibuta-
rio.
3. Aspectos constitucionales del proceso conten-
cioso administrativo.
4. Derecho administrativo, la estructura interna
de las autoridades hacendarias.
5. Introduccin al estudio del derecho pblico.
6. Derecho civil y notarial, la estructura legal de
las sociedades annimas y civiles.
7. Aspectos bsicos del derecho penal.
8. Derecho laboral y de la seguridad social.
Conclusin
La labor del contador muchas veces no est muy
bien denida, tiene muchas responsabilidades dentro
de las empresas, ya sea como asesor externo o
trabajando dentro de la propia empresa.
Pero cuando ingresa al mundo del derecho, su
labor se torna ms compleja, ahora se convierte en
asesor legal, sin tener la formacin profesional ne-
cesaria para estas actividades, por lo que es nece-
sario que acuda a cursos y capacitacin, pero a
veces se puede convertir en presa de sociedades o
asociaciones que no tienen la calidad moral ni tc-nica para prestarle un buen servicio.
En el mercado hay innidad de cursos de actua-
lizacin o capacitacin scal, tengan o no la pre-
paracin, experiencia, conocimientos necesarios o
sucientes para impartir dichos cursos. Por lo que
se vuelve necesario que antes de tomar un curso
revise adecuadamente las cartas credenciales de
los expositores y de la entidad capacitadora, pues
nalmente se trata de una inversin costosa pero
que redundar en mejores servicios para sus clien-
tes.
Cuando un estudiante en inicio de su carreraprofesional decidi estudiar contadura y no de-
recho opt por una carrera profesional que tiene
objetivos y funciones distintas a las del derecho,
y aunque en su carrera llev algunas materias de
derecho, de manera evidente no lo convierten en
abogado. De ah la importancia de conocer las
limitaciones de cada rama, de escoger las mejo-
res alternativas para la educacin de calidad en
derecho fiscal, sta no es una ciencia para inicia-
dos, pero se debe llevar con mtodo y con una
estructura afn a las necesidades del Mxico ac-
tual.