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AUDITORIA IMPOSITIVA Lic. Bernab Huanca Ch.

TCNICAS Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

2.1 CDIGO TRIBUTARIO

Las disposiciones de este Cdigo establece los principios, instituciones, procedimientos y las normas fundamentales que regulan el rgimen jurdico del sistema tributario boliviano y son aplicables a todos los tributos de carcter nacional, departamental, municipal y universitario.

2.1.1 Sujeto Activo El sujeto activo de la relacin jurdica tributaria es el Estado, cuyas facultades de recaudacin, control, verificacin, valoracin, inspeccin previa, fiscalizacin, liquidacin, determinacin, ejecucin y otras establecidas en este Cdigo son ejercidas por la Administracin Tributaria nacional, departamental y municipal dispuestas por Ley. Estas facultades constituyen actividades inherentes al Estado.

Las actividades mencionadas en el prrafo anterior, podrn ser otorgadas en concesin a empresas o sociedades privadas. (Art. 21 CT.)

2.1.2 Sujeto Pasivo Es sujeto pasivo el contribuyente o sustituto del mismo, quien debe cumplir las obligaciones tributarias establecidas conforme dispone este Cdigo y las Leyes. (Art. 22 CT)

2.1.3 Contribuyente Contribuyente es el sujeto pasivo respecto del cual se verifica el hecho generador de la obligacin tributaria. Dicha condicin puede recaer: 1. En las personas naturales prescindiendo de su capacidad segn el derecho privado.2. En las personas jurdicas y en los dems entes colectivos a quienes las Leyes atribuyen calidad de sujetos de derecho.3. En las herencias yacentes, comunidades de bienes y dems entidades carentes de personalidad jurdica que constituyen una unidad econmica o un patrimonio separado, susceptible de imposicin. Salvando los patrimonios autnomos emergentes de procesos de titularizacin y los fondos de inversin administrados por Sociedades Administradoras de Fondos de Inversin y dems fideicomisos. (Art. 23 CT)

2.1.4 Intransmisibilidad No perder su condicin de sujeto pasivo, quien segn la norma jurdica respectiva deba cumplir con la prestacin, aunque realice la traslacin de la obligacin tributaria a otras personas. (Art. 24 CT).

2.1.5 SustitutoEs sustituto la persona natural o jurdica genricamente definida por disposicin normativa tributaria, quien en lugar del contribuyente debe cumplir las obligaciones tributarias, materiales y formales (Art. 25 CT).2.2 INFRACCIONES TRIBUTARIAS

2.2.1 Delitos.-Significa dolo, es un hecho planificado por el contribuyente con el objetivo de generar riqueza a costa de lo ajeno en este caso a costa del estado el delito es sancionado por el cdigo penal cdigo penal y por todo todos las dems leyes que se relacionan con un hecho delictivo

1. Defraudacin tributariaEste fraude consiste en alterar los registros contables como tambin los estados financieros los datos con el propsito de generar un enriquecimiento ilcito para el contribuyente a costa de los intereses del estado ejemplo dos. Venta de mercaderas no declaradas, sobreestimacin de sueldos y salarios, el incremento en compra de mercadera, con facturas falsas para incremento en depreciacin de activos fijos, comisiones ganados nodeclarados, intereses ganados no declarados (Art. 177 CT).

2. DefraudacinaduaneraComete delito de defraudacin aduanera, el que dolosamente perjudique el derecho de la Administracin Tributaria a percibir tributos a travs de las conductas que se detallan, siempre y cuando la cuanta sea mayor o igual a 50.000.- UFVs (Cincuenta mil Unidades de Fomento de la Vivienda) del valor de los tributos omitidos por cada operacin de despacho aduanero. a) Realice una descripcin falsa en las declaraciones de mercancas cuyo contenido sea redactado por cualquier medio;b) Realice una operacin aduanera declarando cantidad, calidad, valor, peso u origen diferente de las mercancas objeto del despacho aduanero;c) Induzca en error a la Administracin Tributaria, de los cuales resulte un pago incorrecto de los tributos de importacin;d) Utilice o invoque indebidamente documentos relativos a inmunidades, privilegios o concesin de exenciones;

El delito ser sancionado con la pena privativa de libertad de cinco (5) a diez (10) aos y una multa equivalente al cien por ciento (100%) de la deuda tributaria establecida en el procedimiento de determinacin o de prejudicialidad.

Estas penas sern establecidas sin perjuicio de imponer inhabilitacin especial (Art. 178 CT).

3. Instigacin pblica a no pagar tributos El que instigue pblicamente a travs de acciones de hecho, amenazas o maniobras a no pagar, rehusar, resistir o demorar el pago de tributos ser sancionado con pena privativa de libertad de cinco (5) a diez (10) aos y multa de 10.000 UFVs (Diez mil Unidades de Fomento de la Vivienda) (Art. 179 CT).

4.- Violacin de precinto y otros controles tributariosEl que para continuar su actividad o evitar controles sobre la misma, violara, rompiera o destruyera precintos y dems medios de control o instrumentos de medicin o de seguridad establecidos mediante norma previa por la Administracin Tributaria respectiva, utilizados para el cumplimiento de clausuras o para la correcta liquidacin, verificacin, fiscalizacin, determinacin o cobro del tributo, ser sancionado con pena privativa de libertad de tres (3) a cinco (5) aos y multa de 6.000 UFVs (seis mil Unidades de Fomento de la Vivienda).

En el caso de dao o destruccin de instrumentos de medicin, el sujeto pasivo deber adems reponer los mismos o pagar el monto equivalente, costos de instalacin y funcionamiento (Art. 180 CT).

5.- Contrabando Consiste en la internacin ilcita de mercaderas al pas, existen dos tipos de contrabando:

A) contrabando externo.-En la circulacin ilcita de mercaderas que ingresan al pas y que se comercializan pero que no pagan sus impuestos de acuerdo a ley de ejemplo: Vehculos, electrodomsticos, bebidas, ropa, etc.B) contrabando interno o nacional.-En la circulacin ilcita de bienes que se fabrica en el pas y que no pagan sus tributos de acuerdo a ley ejemplo: La cerveza, cigarrillos, embutidos, lcteos, dulces, etc.c) otros delitos aduaneros.-Este delito es cometidogeneralmente por un mal funcionario corrupto de la aduana nacional que se caracterizan en generarextorsin al contribuyente proponiendo la salida rpida de la mercadera de almacn a costas decoimas generadas para dicho funcionarios (Art. 181 CT).

2.3 CONTRAVENCIONES TRIBUTARIAS

2.3.1 ContravencinEste tipo de infraccin tributaria tiene caractersticas de generar una infeccin alterando la norma.La contravencin no necesariamente genera un enriquecimiento ilcito.

1. Omisin o inscripcin los registros tributariosI. El que omitiera su inscripcin en los registros tributarios correspondientes, se inscribiera o permaneciera en un rgimen tributario distinto al que le corresponda y de cuyo resultado se produjera beneficios o dispensas indebidas en perjuicio de la Administracin Tributaria, ser sancionado con la clausura del establecimiento hasta que regularice su inscripcin. Sin perjuicio del derecho de la administracin tributaria a inscribir de oficio, recategorizar, fiscalizar y determinar la deuda tributaria dentro el trmino de prescripcin.II. La inscripcin voluntaria en los registros pertinentes o la correccin de la inscripcin, previa a cualquier actuacin de la Administracin Tributaria, exime de la clausura y multa, pero en ningn caso del pago de la deuda tributaria (Art. 163 CT).

2. No emisin deFactura o nota fiscalI. Quien en virtud de lo establecido en disposiciones normativas, est obligado a la emisin de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes y omita hacerlo, ser sancionado con la clausura del establecimiento donde desarrolla la actividad gravada, sin perjuicio de la fiscalizacin y determinacin de la deuda tributaria.II. La sancin ser de seis (6) das continuos hasta un mximo de cuarenta y ocho (48) das atendiendo el grado de reincidencia del contraventor. La primera contravencin ser penada con el mnimo de la sancin y por cada reincidencia ser agravada en el doble de la anterior hasta la sancin mayor, con este mximo se sancionar cualquier reincidencia posterior.III. Para efectos de cmputo en los casos de reincidencia, los establecimientos registrados a nombre de un mismo contribuyente, sea persona natural o jurdica, sern tratados como si fueran una sola entidad, debindose cumplir la clausura, solamente en el establecimiento donde se cometi la contravencin.IV. Durante el perodo de clausura cesar totalmente la actividad comercial del establecimiento pasible a la misma, salvo la que fuera imprescindible para la conservacin y custodia de los bienes depositados en su interior, o para la continuidad de los procesos de produccin que no pudieran interrumpirse por razones inherentes a la naturaleza de los insumos y materias primas (Art. 164 CT).

3. Omisin de pagoEl que por accin u omisin no pague o pague de menos la deuda tributaria, no efecte las retenciones a que est obligado u obtenga indebidamente beneficios y valores fiscales, ser sancionado con el cien por ciento (100%) del monto calculado para la deuda tributaria (Art. 165 CT).

4.ContrabandoLa caracterstica de este contrabando consiste en comercializar bienes de mercadera por los pequeos comerciantes o minoristas que no generan un enriquecimiento ilcito ya que dicha actividad econmica alcanza solamente para sustento de la familia este tipo de contrabando se lo conoce como contrabando hormiga (Art. 181CT, ultimo prrafo).

5.Incumplimiento de otros deberes formalesI. El que de cualquier manera incumpla los deberes formales establecidos en el presente Cdigo, disposiciones legales tributarias y dems disposiciones normativas reglamentarias, ser sancionado con una multa que ir desde cincuenta Unidades de Fomento de la Vivienda (50.- UFVs) a cinco mil Unidades de Fomento de la Vivienda (5.000 UFVs). La sancin para cada una de las conductas contraventoras se establecer en esos lmites mediante norma reglamentaria.II. Darn lugar a la aplicacin de sanciones en forma directa, prescindiendo del procedimiento sancionatorio previsto por este Cdigo las siguientes contravenciones: 1) La falta de presentacin de declaraciones juradas dentro de los plazos fijados por la Administracin Tributaria; 2) La no emisin de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes y en la omisin de inscripcin en los registros tributarios, verificadas en operativos de control tributario; y, 3) Las contravenciones aduaneras previstas con sancin especial (Art. 162 CT).

6. Las establecidas en leyes especiales.- Son pequeas contravenciones que comete el contribuyente en no observar ciertos requisitos como el de presentar en lugar visible los avisos y documentacin tributarios exigidos por impuestos nacionales eje: exija su factura, N de identificacin tributaria NIC, la dosificacin de factura con su orden numrico.2.4 AUDITORIA TRIBUTARIA Y SUS BASES

2.4.1 Papel de un fiscalizadorLa Auditoria Tributaria es una de las principales herramientas de las fiscalizaciones a los contribuyentes. Es por tal razn que le daremos especial atencin en Bolivia Impuestos en nuestra categora Yo Fiscalizador.

Muchos hemos sido o vamos a ser visitados por un fiscalizador de Impuestos Nacionales tarde o temprano, como dice un viejo autor,slo la muerte y Hacienda es segura. As que abordaremos los rubros de nuestros estados financieros y nos pondremos en el papel de fiscalizador (o en la mira del fiscalizador) para ver de qu cuidarnos y no cometer errores.

Lo complementaremos con normas contables y si se han interpretado correctamente las normas legales tributarias que afectan al Sujeto Pasivo. Es una de las premisas del concepto de Auditoria tributaria que cruzan informacin dependiendo si se han declarado en la forma adecuada el pago de los tributos por parte de los contribuyentes.

2.4.2 Objetivo de una Auditoria Tributaria

El objetivo general de la auditoria tributaria esdeterminarycobrarlos impuestos omitidos Segn el Art. 92 del Cdigo Tributarioy la aplicacin de las sanciones correspondientes. (Aunque algunos fiscalizadores considerarn errneamente que el objetivo es maximizar la obtencin de mayores recaudaciones, pero eso fue en la poca romana).

Determinar y cobrar segn Cdigo Tributario:Art. 92: La determinacin es el acto por el cual el sujeto pasivo a la Administracin Tributaria declara la existencia y cuanta de una deuda tributaria o su existencia.

El Art. 105 seala: La Administracin Tributaria est facultada para recaudar las deudas en todo momento, ya sea a instancia del sujeto pasivo o tercero responsable, o ejerciendo su facultad de ejecucin tributaria.

2.4.3 Objetivos Especficos de una Auditoria Tributaria Fiscalizacin

2.4.3.1 Deteccin de errores en las declaraciones juradas.Este objetivo por lo general se lo efecta a travs del sistema de captura de las recaudaciones juradas, par a lo cual se le intima al sujeto pasivo a efecto de que demuestre el error determinado con la documentacin de respaldo.

En caso de incumplimiento, inobservancia de la notificacin, la Administracin emite el correspondiente Pliego de cargo a efecto de la recuperacin de lo adeudado.

Adems este hecho ya es un punto de partida para considerar al sujeto pasivo para que se efecte la Auditoria Tributaria correspondiente para establecer otros errores.

2.4.3.2 Errores contablesEn la auditoria tributaria es preciso localizar y establecer aquellos errores que tienen incidencia en la determinacin de los tributos. Algunos ejemplos: Por ejemplo, el no diferimiento de los gastos que abarquen a ms de una gestin, cuando estos son solo imputados a la primera gestin, esto hace que las utilidades disminuyan en la gestin en la que estn cargando. Otro caso es el referido a los gastos de inversin, que se los considera como si stos fueran gastos de la empresa y que estaran afectando al capital por los intereses asignados a esta cuenta. La previsin de incobrables calculados con base distinta a la estipulada en la ley. La reserva Legal debitada a prdida y no ajustada en estado de prdidas y ganancias.

2.4.3.3 Operaciones marginalesPor lo general estas operaciones son realizadas a fin de producir un fraude, adems que para concretarse se puede acudir a diferentes modalidades, como ser: Establecer una prdida, por lo general para este caso se inflan los gastos Cancelacin de cuentas incobrables ya cobradas Ocultamiento de compras Disminucin de utilidades Aparicin de un pasivo, el mismo que con el tiempo ir desaparecer Desaparicin de un activo que ha sido adquirido con fondos de la empresa

2.4.3.4 Formas de determinar la deuda tributariaFinalmente, no est dems indicar las fuentes que usa la Administracin Tributaria para determinar las deudas tributarias:

Art. 93 del Cdigo Tributario dice:I. La determinacin de la deuda tributaria se realizar:1. Por el sujeto pasivo o tercero responsable, a travs de declaraciones juradas, en las que se determina la deuda tributaria.2. Por la administracin tributaria, de oficio en ejercicio de las facultades otorgadas por Ley.3. Cuando el sujeto pasivo aporte datos en mrito a los cuales la administracin tributaria fija el importe a pagar.

II. La determinacin practicada por la Administracin Tributaria podr ser total o parcial. En ningn caso podr repetirse el objeto de la fiscalizacin ya practicada. Salvo que el contribuyente hubiera ocultado informacin dolosamente.

2.5 TCNICAS DE REVISIN DE UNA AUDITORIA TRIBUTARIA

Son los mtodos prcticos de investigacin y prueba que el contador pblico utiliza para comprobar la razonabilidad de la informacin financiera que le permita emitir su opinin profesional.

En laauditoria tributariase pueden emplear varias tcnicas de revisin, de acuerdo a las cuentas a ser analizadas o los componentes de cada Estado Financiero, sin embargo es necesario referirse a los ms utilizados desde el punto de vista de la misma prctica de la auditoria tributaria y cuya aplicacin resulta de orden general. En casos especficos de una auditoria forense, se privilegiar un mtodo segn las circunstancias.

A. PRIMERA FORMA:

1. Mtodo analticoEste mtodo recibe el nombre de analtico porque est basado en el examen realizado a las cuentas especficas del Mayor General, cruzando informacin de los asientos y los libros de donde provienen.

2. Mtodo de confrontacinEn este mtodo la revisin contable consiste en examinar los registros originales y seguir los asientos hasta las cuentas del mayor general, es por eso que este mtodo se llama de confrontacin.

Es preciso sealar que si slo se adoptara el mtodo de confrontacin se caera en la rutina, poco comn, lo que hace que se contravenga los principios deauditoriaadems que podra obviarse algunas operaciones de importancia, sobre todo cuando asientos originales se someten a pruebas selectivas. Por otro lado, la utilizacin del mtodo de anlisis solamente puede restar la amplitud a la revisin y puede mermar el tiempo, ya que deberan analizarse numerosos asientos al mismo tiempo.

En definitiva, una fiscalizacin no emplear un solo mtodo de revisin, sino emplear la combinacin de varios mtodos para tener resultados completos.

3. Revisin de librosA travs de la revisin de libros es como generalmente se descubren las operaciones dolosas, se lleva a cabo mediante el control de registros contables.La forma la forma de desarrollar la revisin consiste en analizar el balance de comprobacin, luego al mayor y luego a los comprobantes.

4. Contralor de traspasos y clculos en las declaraciones juradasPara comprobar los registros tambin se verifican los traspasos, que se efectan siguiendo sus secuencias.

En el caso de las declaraciones juradas, se hace el resumen tipo 13 anexos tributarios para cotejar con los asientos contables, de donde se establece la renta gravada y el tributo a pagar. Es frecuente la revisin se las sumas y los clculos ya que es muy fcil cometer fraudes adulterando los importes.

Por lo general este tipo de errores se los puede cometer con la cuenta caja por los ingresos, contra la cuenta resultados. Se tiene experiencia en la auditoria tributaria y auditoria forense encontrar que muchas veces no se adiciona el ingreso correspondiente, distrayendo por un lado el ingreso de efectivo y disminuyendo las utilidades.Lo mismo podra ocurrir con los inventarios donde figuran unidades y precios unitarios, pero que los clculos parciales y totales contienen errores intencionales. De esta manera es necesario ver la importancia que tienen los traspasos, clculos y sumas.

5. Verificacin de los comprobantes y respaldosOtro aspecto que una auditoria tributaria realiza es verificar que los comprobantes y documentos que respaldan las operaciones son las que declara el contribuyente. Incluso habiendo respaldos se verificar que: Documentos respaldatorios que tengan que ver con las actividades del giro de la empresa Verificar que los documentos no sean fraguados. Dar especial atencin a las compras a crdito

6. Gastos por activosLaauditoriatributaria en su fiscalizacin hace tambin un anlisis de las bases imponibles, sobre todo aquellas disminuciones del cargo a cuentas diferentes a las que debe efectuarse la imputacin del IUE, tal es el caso de inversiones que son cargadas a gastos, lo que hace que las utilidades disminuyan.Hasta aqu hablaremos sobre los principales mtodos de una auditoria tributaria. En la siguiente seccin hablaremos del alcance una auditoria tributaria o forense y de sus fuentes de informacin, que tienen particular atencin en normativas de Impuestos Nacionales y la realidad boliviana.

B. SEGUNDA FORMA:

1. Estudio General Apreciacin sobre las caractersticas generales de la empresa, de sus estados financieros de los rubros y partidas importantes, significativas o extraordinarias. Esta apreciacin se hace aplicando el juicio profesional del Contador Pblico, que basado en su preparacin y experiencia, podr obtener de los datos e informacin de la empresa que va a examinar.

El estudio general, deber aplicarse con cuidado y diligencia, por lo que es recomendable que su aplicacin la lleve a cabo un auditor con preparacin, experiencia y madurez, para asegurar un juicio profesional slido y amplio.

2. Anlisis Clasificacin y agrupacin de los distintos elementos individuales que forman una cuenta o una partida determinada.

El anlisis generalmente se aplica a cuentas o rubros de los estados financieros para conocer cmo se encuentran integrados y son los siguientes: a) Anlisis de saldos.- Existen cuentas en las que los distintos movimientos que se registran en ellas son compensaciones unos de otros. El detalle de las partidas residuales y su clasificacin en grupos homogneos y significativos, es lo que constituye el anlisis de saldo. b) Anlisis de movimientos.- En otras ocasiones, los saldos de las cuentas se forman no por compensacin de partidas, sino por acumulacin de ellas. En este caso, el anlisis de la cuenta debe hacerse por agrupacin, conforme a conceptos homogneos y significativos de los distintos movimientos deudores y acreedores que constituyen el saldo de la cuenta.

3. Inspeccin Examen fsico de los bienes materiales o de los documentos, con el objeto de cerciorarse de la existencia de un activo o de una operacin registrada o presentada en los estados financieros.

En diversas ocasiones, especialmente por lo que hace a los saldos del activo, los datos de la contabilidad estn representados por bienes materiales, ttulos de crdito u otra clase de documentos que constituyen la materializacin del dato registrado en la contabilidad.

4. Confirmacin Obtencin de una comunicacin escrita de una persona independiente de la empresa examinada y que se encuentre en posibilidad de conocer la naturaleza y condiciones de la operacin y, por lo tanto, confirmar de una manera vlida, tanto si estn conformes o inconformes.

5. Investigacin Obtencin de informacin, datos y comentarios de los funcionarios y empleados de la propia empresa para formarse un juicio sobre algunos saldos u operaciones realizadas por la empresa.

6. Declaracin Manifestacin por escrito con la firma de los interesados, del resultado de las investigaciones realizadas con los funcionarios y empleados de la empresa. Esta tcnica, se aplica cuando la importancia de los datos o el resultado de las investigaciones realizadas lo ameritan.

7. Certificacin Obtencin de un documento en el que se asegure la verdad de un hecho, legalizado por lo general, con la firma de una autoridad.

8. Observacin Presencia fsica de cmo se realizan ciertas operaciones o hechos.

9. Clculo Verificacin matemtica de alguna partida o cuenta. Hay partidas en la contabilidad que son resultado de cmputos realizados sobre bases predeterminadas. El auditor puede cerciorarse de la correccin matemtica de estas partidas mediante el clculo independiente de las mismas.

2.6 CLASIFICACIN DE LAS TCNICAS DE AUDITORIA TRIBUTARIASe clasifican en: Ocular Verbal Escrita Revisin Combinadaa) Ocular:Mediante las cuales el auditor verifica ocularmente la forma en que se realizan ciertos hechos u operaciones relacionados con la empresa que est auditando. Ejemplo: La observacin.

b) Verbal:Mediante las cuales el auditor obtiene la evidencia o informacin requerida respecto a una determinada operacin o hecho conversando con las personas vinculadas al rea donde se origina dicha operacin.

c) Escrita:En este tipo de tcnica el auditor obtiene la evidencia a travs de la documentacin proporcionada ya sea por funcionarios de la empresa (fuente interna) o de personas o entidades ajenas a la empresa, pero que tienenconocimientoy vinculacin a las operaciones o hechos que se estn auditando.

d) Revisin:Consiste en obtener la evidencia o informacin requerida bsicamente basado en el anlisis de los elementos que constituyen o forman una cuenta o partida determinada.

e) Combinada:Es aquella tcnica que de acuerdo al momento en que se aplica puede ser ocular, escrita, etc., por ejemplo tenemos la inspeccin.

Tcnicas de auditora aplicables en laaccinocular:comparacin, observacin, revisin selectiva y rastreo. Comparacin:Establece la relacin que hay entre los conceptos ejemplo: comparar cuentaproveedorescon facturas y letras por pagar. En ese sentido, comparar es observar la similitud o diferencia de los conceptos. Observacin:Es el examen ocular para cerciorarse de la veracidad ylegalidadde ciertos hechos de demostrar su autenticidad. Revisin Selectiva:Es el examen rpido mediante laseleccinde las operaciones o transacciones con el objeto de verificar la legalidad y veracidad de dicha operacin o transacciones de la empresa o institucin bajo examen de auditoria. Rastreo:Consiste en seguir el rastreo de una cosa, Rastrear, es seguir una transaccin ogrupode transacciones de un punto a otro dentro del proceso contable para determinar suregistrocorrecto.

Tcnicas de auditoria aplicables en laaccin verbal,es la indagacin. Indagar:Consiste en averiguar o inquirir un hecho o hechos elempleoeficiente de esta tcnica puede dar como resultado, obtener informacin valiosa que sirva al auditor en su opinin que deber emitir.

Indagar, es obtener informacin verbal de los ejecutivos, empleados de Ia empresa o institucin a travs de averiguaciones y conversaciones.

Tcnicas de Auditora aplicables en laaccin escrita:Anlisis y confirmacin: Anlisis:Normalmente el auditor aplica la tcnica de anlisis a los diferentes rubros de los estados financieros para comprobar su veracidad y legalidad de las operaciones que reflejan dichos estados financieros. Por ello ANALIZAR significa: separar en elementos o partes la operacin o transaccin realizada. Confirmacin:Significa obtener comprobacin de una fuente distinta a In entidad bajo examen y sus registros. Circulacin positiva:Es cuando en la solicitud o circularizacin, se pide al confirmante que conteste al auditor si est o no conforme con el dato expuesto en dicha solicitud.

Esta confirmacin a su vez puede ser: Directa o Indirectaa) Directa:Es cuando en la solicitud de confirmacin, se suministra los datos relacionados al saldo de la cuenta, a fin de que sean verificados y contestados a vuelta de correo.b) Indirecta:Es cuando no se suministra al confirmante ningn dato, solamente se le pide que proporcione al auditor los datos de sus propias fuentes de informacin.

Circularizacin Negativa:Es cuando, en la solicitud se pide al confirmante que conteste al Auditor solamente en el caso de no estar de acuerdo o confirme con los datos que se envan.

Tcnicas aplicables en laaccin de revisin,comprobacin,computacin, examen, totalizacin y verificacin.

Comprobar:Significa examinar, fundamentado la evidencia que apoya a una transaccin u operacin, o la verificacin de un asiento contable, demostrando legalidad y veracidad. Clculo:Significa verificar la exactitudmatemticade las operaciones o efectuar clculos. Examen:Consiste en comprobar, investigar o inspeccionar mediante mtodos adecuados y segn la normas generales aceptadas. Totalizar:Significa verificar la exactitud de los subtotales y totales verticales y horizontales de las operaciones o transacciones. Verificar:Es probar la verificacin o exactitud de un hecho. Tcnicas de Auditora aplicables en laaccin combinada,inspeccin. Investigacin:Tambin se le denomina a esta tcnica examen fsico y recuento. La aplicacin de esta tcnica es sumamente til en lo que respecta al dineroen efectivo, existencias, incrementos en el Activo Fijo y similares.

2.7 PROCEDIMIENTO ESPECFICO DE AUDITORIA

Segn el Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, en su libro normas y procedimientos de auditoria, considera lo siguiente:

Los procedimientos de auditoriason el conjuntode tcnicas de investigacin aplicables a una partida o a un grupo de hechos y circunstancias relativas a los estados financieros sujetos a examen mediante los cuales el contador pblico obtiene las bases para fundamentar su opinin.

De lo expuesto concluimos, que los procedimientos de auditora, son: Aplicaciones o combinaciones de tcnicas de auditora, con la finalidad de obtener evidencia de auditora que sean suficiente y competente.

El objetivo principal de estos procedimientos especficos de auditoria es validar las cuentas del Balance mediante la verificacin directa de los rubros comprendidos en tales cuentas.

Los procedimientos de validacin persiguen los siguientes objetivos especficos:

Determinar la existencia de los activos y pasivos, Determinar la propiedad de los activos y las responsabilidades y obligaciones del pasivo. Comprobar la efectividad de los valores atribuidos a los activos y pasivos, Coeficiencia, es decir, que ninguna partida haya sido omitida.

Las pruebas de validacin constan de observacin, examen, seguimiento contable, confirmacin, indagacin, clculo y anlisis.

1. ObservacinLa observacin cubre el conteo y/o examen de los bienes fsicos representados por cuentas en el balance general. Este procedimiento es generalmente realizado por la empresa y el fiscalizador observa, aunque en ocasiones el fiscalizador puede ejecutar el conteo, como es el caso de los activos fijos fsicos.

2. Comprobacin ExamenLa comprobacin incluye el examen de la evidencia que ampara la operacin o partida con el objeto de determinar si esta es apropiada.

3. Seguimiento ContableEl saldo puede representar el resultado de una computacin o la acumulacin de varias computaciones, en estos casos la validacin del saldo incluye el reproceso de la computacin.

4. ConfirmacinConsiste en obtener la verificacin de un hecho o condicin, de terceras personas. Este procedimiento generalmente se aplica a partidas que integran el saldo de una cuenta.

5. IndagacinComprende la obtencin de informacin, especialmente oral, desde los empleados, socios, ejecutivos, relativa a las operaciones econmicas de las empresas.

6. Conciliacin ClculoConsiste en identificar las partidas que constituyen la diferencia entre dos cifras, una de las cuales se refiere al saldo de una cuenta. Ejemplo: comparar el saldo de cuentas por cobrar segn mayor contra el total que da el auxiliar de clientes.

7. Anlisis de CuentasInvolucra la clasificacin y resumen de los conceptos de una cuenta en detalle de tal manera que proporcionen un mejor entendimiento de las cuentas que integran su saldo.

Un anlisis apropiado facilitara enormemente la aplicacin de las pruebas de validacin, ya que proporcionara al fiscalizador una base para la comprensin de la naturaleza de las cuentas que tienen saldos.

EJECUCION DEL EXAMEN

Esta etapa corresponde a la del desarrollo de la auditoria propiamente tal, ya que en ella el auditor tributario debe obtener las evidencias que avalarn sus conclusiones.

La ejecucin del examen requiere de dos cosas: De su desarrollo por reas Del uso de hojas de trabajo

Al ejecutar el examen se considera:

- GeneralidadesConcepto involucrados en el rea

- Objetivosrea que abarca la auditoriaDesarrollo por reas- ProcedimientosAplicaciones para cada especficospartida o rea

- Efectos Incidencias en las obligaciones tributarias

AREA: Otros activos (Saldo Deudor)OPasivo Exigible (Saldo Acreedor Cta.)CUENTA: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA.

- Correcta aplicacin de las disposiciones legales y reglamentarias-Comprobar que el crdito fiscal I.V.A. este debidamente acreditado, contabilizado y determinado- Comprobar la correcta contabilizacin y declaracin del IVA OBJETIVOS DE AUDITORIA

.

PROCEDIMIENTO DE AUDITORIA

PAUTAS GENERALES, FORMALES Y OPERATIVAS PARA LA CONFECCION DE PAPELES DE TRABAJO RELACIONADOS CON LA PREPARACION/REVISIN DE DECLARACIONES JURADAS Y OTRAS TAREAS DE REVISION

II.1. Introduccin

Esta gua tiende a homogeneizar las pautas a seguir por el personal cuando se encare la preparacin o revisin de las declaraciones juradas u otras tareas de revisin.

La estandarizacin de la metodologa de trabajo trae aparejado beneficios en el desarrollo de la tarea, como por ejemplo:

a) El senior / asistente conoce cmo encarar el trabajo.b) El senior / asistente conoce cmo armar los papeles de trabajo.

c) El gerente y senior (en su caso) "comprenden" fcilmente el armado general del trabajo, lo cual lleva al ahorro de tiempo en la bsqueda de ajustes, notas, etc., cuando se revisa el trabajo.

d) Aumenta la calidad y la claridad del trabajo.

e) Al efectuar la lectura del file del ao anterior, el personal tcnico estar capacitado para interpretar el trabajo realizado y encarar la nueva tarea.

Procedimientos a tener en cuenta al encarar la preparacin o revisin de las declaraciones juradas y otras tareas de revisin

Cuando al senior/asistente se le encarga la preparacin/revisin de una declaracin jurada u otra tarea de revisin, debe tener en cuenta diversos aspectos, a saber:

a) Verificar si en el letter-file del cliente existen consultas efectuadas sobre algn tema que pueda tener incidencia en la realizacin del trabajo; en caso afirmativo, hacer referencia a este hecho en la hoja de "puntos de atencin".

b) Leer, en el caso que sean clientes de Auditora Financiera todos los legajos de Auditora o Base de Team Asset. Habitualmente se puede encontrar en ellos informacin de inters (ej.: planilla de ajustes no registrados, etc.). Cualquier informacin de inters deber ser incluida en la hoja de "puntos de atencin".

c) Leer el file de la declaracin jurada del ao anterior. Cuando en ste se haga referencia a algn criterio adoptado en aos anteriores, se deber transcribir dicho criterio en el file de la declaracin jurada.

d) Leer la carta de la declaracin jurada del ao anterior.

e) El encargado del trabajo (Senior/asistente) deber preparar para enviar al diente un "listado de datos" donde consten todos los elementos que considera necesarios solicitarle, a efectos de la preparacin de las declaraciones juradas. Este listado deber ser aprobado por el gerente y enviado acompaado de una carta firmada por el Socio/Director. Este pedido de datos deber ser confeccionado "a medida" y no contener aspectos no aplicables al cliente.

f) Planificar con la debida anticipacin la realizacin del trabajo. Es importante destacar que la planificacin debe alcanzar no slo a los encargados de llevar a cabo el trabajo (gerente/senior/asistentes) sino tambin a/la los responsable/s de los temas impositivos del cliente.

Por ello, adems de la planificacin del equipo de trabajo (designacin de asistentes, fijacin de la tarea que deber desarrollar cada asistente, tiempo estimado de duracin del trabajo, etc.), se deber conocer, con anticipacin a lo antedicho, en qu momento el cliente estar preparado para recibirnos (fecha de visita), o en qu fecha/s se realizar el trabajo y verificar que el listado de datos e informaciones solicitados al cliente haya sido contestado en su totalidad.

En esta etapa de planificacin debera solicitarse al gerente de auditora informacin sobre la fecha de emisin de los estados contables.

Constancia por escrito de esta planificacin debera quedar archivada en nuestros files.

II. 3. Armado de file

A los efectos de la presentacin final de los papeles de trabajo para su supervisin, se puede establecer el siguiente ordenamiento de las distintas partes que integran el file:

a) Tapa del file: deber contener el nombre y nmero del cliente, la naturaleza de los papeles de trabajo (declaraciones juradas, impuesto a las ganancias/IVA, etc.), fecha de cierre del ejercicio que se liquida, fecha de terminacin del trabajo, nmero del file (ej.: l de 1) y deber estar firmado por el/los encargado/s del trabajo y el gerente.

En la parte de detalles debern incluirse aquellos conceptos y/o decisiones que incidirn en la determinacin de los gravmenes del ao siguiente.

Deber indicarse la fecha de destruccin de papeles en el lugar previsto para ello. Tal fecha se fijar contando diez aos a partir de la de finalizacin del trabajo.

b) Borrador de la carta a enviar al cliente: siempre debe integrar el file, salvo que sta sea emitida con carcter confidencial.

En la carta deber dejarse constancia de las informaciones recibidas del diente. Por su parte, el socio y gerente decidirn sobre los puntos de atencin que a su juicio deben ser incluidos en la carta.

c) Formularios: los borradores y/o versiones definitivas de los formularios debern estar ntegramente completados en todos sus aspectos (ej.: cdigo de actividad, actividad principal, N C.U. I.T., etc.) e indicarse, en su caso, su carcter de borrador.

Un disquete conteniendo los archivos generados durante la ejecucin del trabajo deber quedar, en su caso, archivado en un sobre dentro del file.

d) Cmputo final del impuesto. Asimismo deber conservarse el borrador revisado por el gerente.

e) Hoja/s de puntos de atencin: deber contener los aspectos que merezcan destacarse de: 1. Letter file 2. Legajos de Auditora 3. Notas en papeles de trabajo.

f) Papeles de trabajo:

g) Informacin suministrada por el cliente, fotocopias de papeles de auditora, etc.: esta informacin deber ubicarse luego de los papeles de trabajo ( punto II.4.) y se colocar en el mismo orden que los rubros que integran aquellos. Si la hoja o planilla fue preparada por el cliente, se deber agregar las siglas PPC ("Preparado por el diente") en el ngulo superior derecho y la fecha en que nos fue entregada.

h) Estados contables y Balance de saldos finales.

i) Check list ntegramente completado (segn modelo).

j) Carta de pedido de datos al diente.

k) Detrs del file principal y en la medida en que las circunstancias lo permitan deber incluirse el file de cuadros de amortizacin de bienes de uso y, en su caso, en un sobre el disquete que los contenga. En el caso de que por el volumen del/los file/s de bienes de uso stos no se puedan incluir, aclarar en la tapa del file (punto A) la existencia de dicho/s file/s.

l) Cuando el cliente para el que se efecta el trabajo no sea cliente de auditora, y en la medida que las circunstancias lo permitan, deber requerrsele la mayor cantidad de informacin posible, con el fin de obtener el respaldo necesario de los distintos rubros que integran el balance y dems notas que sean de inters, datos que habitualmente encontramos en los legajos de auditora (o base de Team Asset, en su caso).

PAPELES DE TRABAJOa) Segn la NA 230 Documentacin, indica lo siguiente:3. La documentacin estcanstiuidapor el material(papeles detrabajo)preparados u obtenidos y conservados por el auditor conel trabajode auditora.Los papeles de trabajo pueden tomar laformade datos contenidos en documentos pelculas,medioselecrnicos u otros medios,4. Los papeles de trabajo:(a) Ayudan en elplaneamientoy ejecucin de la auditora;(b)Ayudan en lasupervisiny revisin del trabajo de auitora; y(c)Guardan la evidencia del trabajo de auitora llevado a cabo, para sustentar la opinin del auditor.

Es la parte del file donde se analizan todos los rubros del balance general y del estado de resultados del cliente (informacin que surge de los legajos corrientes de auditora), como as tambin se exponen los datos que se consideran de inters, originen o no ajustes.

La ltima parte del file estar integrada por los papeles de trabajo correspondientes a las provisiones de los impuestos que se analizan. Deber indicarse, en su caso, si las provisiones estn incluidas en file aparte.

Las notas incluidas en los papeles de trabajo deben ser claras, concisas y, en caso necesario (ej.; ajuste originado por aplicacin de una norma especfica) deben hacer referencia a las normas legales, reglamentarias, administrativas, jurisprudenciales y/o doctrinarias que versen sobre el particular. Asimismo, cuando por la caracterstica del ajuste se deba solicitar informacin complementaria al cliente, es importante que la misma se obtenga por escrito por parte de una persona responsable del mismo. En el caso de no obtenerse la informacin complementaria por escrito, deber dejarse constancia en los papeles de trabajo del nombre de la persona responsable que brind la informacin. Cuando la informacin fue obtenida directamente de los registros contables del cliente, o suministrada por el cliente y fue revisada por nosotros con dichos registros, deber identificarse claramente en las notas los registros o documentos utilizados.

Respecto del contenido de los papeles de trabajo, cada hoja de las que integran el file debe contener:

a) Nombre o sigla del cliente.

b) Naturaleza del trabajo realizado y el/los impuestos de que se trate (ej.: declaraciones juradas, revisin especial).

c) La fecha de cierre del ejercicio o perodo a que se refiere la informacin.

d) La firma y nombre de la persona que prepar la hoja y la fecha en que complet la tarea indicada.

e) Todas las hojas deben estar foliadas y referenciadas con los papeles de trabajo de auditora (de los que debern adjuntarse fotocopias) y/o de informacin complementaria del cliente.

En cuanto a la metodologa a emplear, en lo que hace a la confeccin de los papeles de trabajo, sera la siguiente (tomando una hoja de 7 columnas, de izquierda a derecha):

Columna 1: deber dejarse libre para eventuales anotaciones del gerente/senior.

Columnas 2 a 5: en este espacio debern realizarse las notas que detallan el anlisis de los distintos rubros y otros datos de inters.

Columna 6: en esta columna se colocarn los importes que generan ajustes.

Columna 7: en la ltima columna debern quedar reflejados los ajustes que se efectuarn en las declaraciones jurada (por ejemplo + GANANCIA; - GANANCIA).

De prepararse las notas mediante el uso de PC o Notebooks, debern disearse las mismas siguiendo una estructura similar a la indicada.

Por ltimo, cuando algn tema se presente como dudoso y/o controvertido, deber ser expuesto con claridad a un funcionario responsable del cliente para que tome una decisin sobre el particular, previa opinin del socio/director y/o gerente. Los papeles de trabajo debern reflejar claramente la constancia de la decisin adoptada por el cliente y/o PwC.

Cmputos

Se denomina cmputo a la hoja en la cual se determina el impuesto, partiendo del total de ingresos, o del resultado del ejercicio u otra manifestacin de capacidad contributiva segn corresponda, incluyndose los ajustes impositivos que provienen de las notas realizadas en los papeles de trabajo.

En los cmputos deben quedar claramente enunciados los ajustes que se efectan, ya que adems de ser la informacin que respalda los clculos realizados, son enviados al cliente, juntamente con la carta y formularios.

Para el armado de los cmputos deber tenerse en cuenta la distribucin de los ajustes que refleje el formulario de uso oficial vigente en el momento de la realizacin del trabajo, tratando de agrupar los mismos de manera tal que los distintos subtotales de los cmputos coincidan, en su caso, con los rubros de los formularios. Por otra parte, las palabras deben ser escritas en forma completa, sin abreviar.

Cuando se trata de revisiones de declaraciones juradas los cmputos adquieren igual o mayor importancia que en los casos en que se preparan las declaraciones juradas, por lo que si de los cmputos preparados por el cliente no surge una clara lectura de los ajustes realizados y/o que fueron objeto de modificaciones por nuestra intervencin, debern confeccionarse los cmputos de acuerdo con lo expuesto en los prrafos precedentes, efectuando un comparativo con los preparados por el cliente.

REFERENCIACION

La referenciacin de los papeles de trabajo es un aspecto de gran importancia, debindose realizar en todos los casos sin excepcin.

Las referencias facilitan la lectura de los papeles de trabajo, tanto de la persona que debe revisar el mismo como del propio encargado que efectu la tarea; esto llevar a un rpida interpretacin del trabajo realizado, lo que traer como consecuencia una mayor celeridad en la revisin del mismo.

La referenciacin deber realizarse luego de foliar todas las hojas que integran el file, a partir de las "notas en los papeles de trabajo", hasta el/los balance/s inclusive. La numeracin de las hojas debe ser correlativa y, ante una eventual necesidad de intercalar una hoja entre otras ya foliadas se usarn letras.

Una vez foliadas todas las hojas, las referencias se completarn de la siguiente manera:

Los papeles de trabajo (que a su vez deben estar referenciados, cuando ello es posible, con los papeles de auditora) reflejarn en cada nota (de corresponder) la referencia que provenga de la informacin que se adjunta al final de los mismos. De esta manera, toda nota que se incluya en los papeles de trabajo tendr su correspondiente referencia, ya sea de los papeles de auditora y/o de la informacin complementaria que se incluye luego de los papeles de trabajo.

Una vez realizada esta tarea se proceder a referencia los cmputos.

Aquellos ajustes que provengan de aos anteriores (ej.; reversos) debern estar reverenciados con la sigla LY (last year). Todos los ajustes deben estar referenciados.

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