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MINUTA DE CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA Minuta de constitución de sociedad anónima abierta sírvase extender en sus registros de escrituras públicas, la constitución de una sociedad anónima abierta, que otorgan: Pablo Miguel Ruiz Guzman, Nacionalidad Peruana, ocupación, Ing. Civil con DNI N° 70124812 de estado civil soltero. luis Yancarlos Cordiglia Garay, Nacionalidad Peruana, ocupación Ing. Civil, con DNI N° 45227225, de estado civil soltero. Luis Alberto Sanchez Tejeda, Nacionalidad Peruana, ocupación Ing. Civil, con DNI N° 45507223, de, estado civil soltero. Cristofer Maicol Perez Ruiz, nacionalidad peruana, ocupación Ing. Civil, con DNI N° 41105102, de estado civil soltero. Todos señalando domicilio común para efectos de este instrumento. en Av. De la Cultura N°- 251, 252 y 253 Distrito de Wanchaq, Provincia de Cusco, Departamento de Cusco. En los términos siguientes: PRIMERO.- Por el presente pacto social los otorgantes manifiestan su libre voluntad, de construir una sociedad anónima abierta, bajo la denominación de Bob el Constructor Corporación Sociedad Anónima Abierta, pudiendo usar la abreviatura BCC S.A.A, se obligan a presentar los aportes, para la formación del capital social y a formular el correspondiente estatuto. SEGUNDO.- El monto del capital social es de s/ 250,000.00 (docientos cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) representado por acciones nominativas de un valor nominal de s/ 1000 (cien y 00/100 nuevos soles), cada una suscrita y pagada de la siguiente manera: Pablo Miguel Ruiz Guzman suscribe 100 acciones nominativas y paga s/ 100,000.00 (cien mil y 00/100 nuevos soles mediante aporte en efectivo. Luis Yancarlos Cordiglia Garay, suscribe 50 acciones nominativas y paga s/ 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) mediante aportes en efectivo. Luis Alberto Sanchez Tejeda, suscribe 50 acciones nominativas y paga s/ 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) mediante aportes en efectivo.

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Page 1: Ejemplo SAA

MINUTA DE CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA

Minuta de constitución de sociedad anónima abierta sírvase extender en sus registros de escrituras públicas, la constitución de una sociedad anónima abierta, que otorgan:

Pablo Miguel Ruiz Guzman, Nacionalidad Peruana, ocupación, Ing. Civil con DNI N° 70124812 de estado civil soltero.

luis Yancarlos Cordiglia Garay, Nacionalidad Peruana, ocupación Ing. Civil, con DNI N° 45227225, de estado civil soltero.

Luis Alberto Sanchez Tejeda, Nacionalidad Peruana, ocupación Ing. Civil, con DNI N° 45507223, de, estado civil soltero.

Cristofer Maicol Perez Ruiz, nacionalidad peruana, ocupación Ing. Civil, con DNI N° 41105102, de estado civil soltero.

Todos señalando domicilio común para efectos de este instrumento.en Av. De la Cultura N°- 251, 252 y 253 Distrito de Wanchaq, Provincia de Cusco, Departamento de Cusco. En los términos siguientes:

PRIMERO.- Por el presente pacto social los otorgantes manifiestan su libre voluntad, de construir una sociedad anónima abierta, bajo la denominación de Bob el Constructor Corporación Sociedad Anónima Abierta, pudiendo usar la abreviatura BCC S.A.A, se obligan a presentar los aportes, para la formación del capital social y a formular el correspondiente estatuto.

SEGUNDO.- El monto del capital social es de s/ 250,000.00 (docientos cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) representado por acciones nominativas de un valor nominal de s/ 1000 (cien y 00/100 nuevos soles), cada una suscrita y pagada de la siguiente manera:

Pablo Miguel Ruiz Guzman suscribe 100 acciones nominativas y paga s/ 100,000.00 (cien mil y 00/100 nuevos soles mediante aporte en efectivo.

Luis Yancarlos Cordiglia Garay, suscribe 50 acciones nominativas y paga s/ 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) mediante aportes en efectivo.

Luis Alberto Sanchez Tejeda, suscribe 50 acciones nominativas y paga s/ 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) mediante aportes en efectivo.

Cristofer Maicol Perez Ruiz, suscribe 50 acciones nominativas y paga s/ 50,000.00 (cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) mediante aportes en efectivo.

El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado, en efectivo.

TERCERO.- La sociedad anomina abierta se regirá por estatuto siguiente y en todo lo no previsto, por este, se estará lo dispuesto por la ley general de sociedades que en adelante se le denominara “la ley”

ESTATUTO

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Artículo 1°.- denominación, duración, domicilio: la sociedad Bob el Constructor Corporación sociedad anónima abierta, pudiendo utilizar la abreviatura “BCC S.A.A.” tiene una duración indeterminada inicia sus operaciones en la fecha de este pacto social y adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en registros públicos de personas jurídicas de Cusco, su domicilio será en la Av. De la Cultura N°- 251, 252 y 253, en el distrito de Wanchaq, provincia Cusco, departamento de Cusco, pudiendo establecer sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero.

Artículo 2°.- objeto social: la sociedad tiene por objetivo dedicarse a: Diseño, elaboración de proyectos de construcción, ejecución de obras, mantenimiento de obras, habilitaciones urbanas, licitaciones de obras en general, venta de materiales de construcción, alquiler de maquinaria pesada y ligera, se entiende incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo para la realización de sus fines. Para cumplir dicho objeto la sociedad podrá realizar todos aquellos actos y contratos que sean lícitos sin restricción alguna.

Artículo 3°.- capital social: el monto de capital social es de s/. 250,000.00 (docientos cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) representados por 250 acciones nominativas de un valor nominal de s/. 1000.00 (mil y 00/100 nuevos soles) cada una. El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.

Artículo 4°.- acciones: las acciones están representadas por dinero en efectivo.

Artículo 5°.- régimen de los órganos de la sociedad: junta general de accionistas: la junta general de accionistas es el órgano supremo de la sociedad. Los accionistas constituidos en junta general debidamente convocada y con el quórum correspondientes, decidir por la mayoría que establece la “ley” todos los accionistas incluso los disidentes y los que no hubieran participado en la reunión, están sometidos a los acuerdos adoptados por la junta general.

Artículo 6°.- junta obligatoria anual: la junta general se reúne obligatoriamente cuando menos una vez al año dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico, tiene como objetivo tratar los asuntos contemplados en el articulo114° de la “ley”. Otras juntas generales: compete asimismo al a junta general las acciones previstas en el artículo 115° de la “ley”. Los requisitos y la forma de la convocatoria junta general se sujeta a lo dispuesto por los artículos 116°a 119° de la ley. El quorum y la adopción de acuerdos se sujeta a lo dispuesto por los artículos 125°, 126° y 127° de la ley.

Articulo7°.- el directorio: el directorio es el órgano colegiado elegido por la junta general. La sociedad tiene un director compuesto por 4 miembros; con una duración 5 años.

Para ser director no se requiere ser accionista. El funcionamiento del directorio se rige por lo dispuesto en los artículos 153° a 184° de la “ley”.

Artículo 8°.- la gerencia: la sociedad cuenta con uno o más gerentes. El gerente puede ser movido en cualquier momento por el directorio o por la junta general, cualquiera que sea el órgano del que haya emanado su nombramiento.

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El gerente general está facultado para la ejecución de todo acto y/o contrato correspondiendo al objetivo de la sociedad, pudiendo asimismo realizar los siguientes actos:

a) dirigir las operaciones comerciales y administrativas

b) asistir con voz pero sin voto a las sesiones del directorio, salvo que este acuerde resinar de manera reservada;

c) asistir con voz pero sin voto a las sesiones de junta general, salvo que esta decida lo contrario;

d) representar a la sociedad ante toda clase de autoridad. en lo judicial gozara de las facultades generales y especiales, señalas en los artículos 74°,75°,77° y 436° del código procesal civil, así como la facultad de representación prevista en el artículo 10 de la ley N° 26636 y demás normas conexas y complementarias; teniendo en todos los casos facultad de delegar o de sustitución.

e) abrir, transferir ,cerrar y en cargarse del movimiento de todo tipo de cuenta bancaria, girar, cobrar ,renovar, endosar, descontar y protestar, aceptar y reaceptar cheques, letras de cambio, vales , pagares, giros, certificados , contratos, contratación de personal, conocimientos, pólizas y cualquier clase de títulos valores, documentos mercantiles y civiles; otorgar recibos y cancelaciones, sobregirarse en cuenta corriente con granita o sin ella, solicitar toda clase de prestamos con garantía hipotecaria, prendaría o de cualquier forma.

f) adquirir y transferir bajo cualquier título; comprar, vender, arrendar, donar, adjudicar y gravar los bienes de la sociedad sean muebles o inmuebles, suscribiendo los respectivos documentos, ya sean privados o públicos. En general podrá celebrar toda clase de contratos nominados vinculados en el objeto social.

El gerente general podrá realizar todos los actos necesarios para la administración de la sociedad, salvo las facultades reservadas a la junta general de accionistas o al directorio.

Artículo 9°.- modificaciones del estatuto, aumento y reducción de capital: la modificación del pacto social, el aumento y la reducción de capital se sujeta a lo dispuesto por los artículos 198 al 220 de la ley.

Artículo 10°.- estados financieros y aplicación de utilidades: se rige por lo dispuesto en los artículos 40°, 221° y 223° de la ley.

Artículo 11°.- disolución, liquidación y extinción: en cuanto a la disolución, liquidación y extinción de la sociedad, se sujeta a lo dispuesto por los artículos 407°, 409°, 410°, 411°, 413°, al 422°, de la ley.

CUARTO.- el primer directorio queda integrado por:

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Presidente:

Pablo Miguel Ruiz Guzman, DNI N° 70124812

Directores:

luis Yancarlos Cordiglia Garay, DNI N° 45227225

Luis Alberto Sanchez Tejeda, DNI N° 45507223

QUINTO.- queda designado como primer gerente general pablo Cristofer Maicol Perez Ruiz, con DNI N° 41105102.

CLÁUSULAS ADICIONALES.- se designa a: Maria Agertrudis Sanchez Gusman con DNI N°.-32510028, sub gerente de la sociedad, quien remplazara al gerente general en casos de ausencia e inconveniente con las mismas facultades previstas para este.

CLÁUSULA ADICIONAL.- de conformidad con el artículo 315 del código civil, intervienen los con la sociedad anomia abierta con la condicional de ingresar o incorporarse nuevos socios.

Agregue señor notario, lo que fuere de ley y sírvase cursar las partes correspondientes al registro de personas jurídicas de la provincia de Cusco, para la respectiva inscripción.

Cusco, 03 de Julio del 2013.

F i r m a s