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Derecho Penal II
Derecho Penal II22 de abril de 2013
Ejercicios. Fundamenta la respuesta.1.- Entrar a una casa ajena, sin permiso del dueo, constituye violacin de domicilio? Art. 141 C.P.S constituye violacin de domicilio, pues la casa es considerada un mbito cerrado, y el consentimiento debe ser declarado expresamente.
2. Ingresar a un Supermercado, sin permiso del dueo, constituye violacin de domicilio? Art.141 C.PSi las puertas del supermercado estuvieran abiertas no se considera una violacin de domicilio pues al tener las puertas abiertas para que los clientes ingresen se induce que brinda el consentimiento. No ser as si las puertas del supermercado se encontrasen cerradas bajo llave con algn cartel que indique el cese de horario de atencin al pblico.
3. Entrar a una Iglesia, sin permiso del Sacerdote, constituye violacin de domicilio? Art. 141 C.PLa Iglesia es considerada un mbito cerrado mas si sus puertas se encuentran abiertas es una invitacin tcita de que las personas pueden ingresar al lugar.
4. Pasar caminando por el patio del vecino, constituye invasin de inmueble ajeno? Art. 142Si no existe consentimiento del titular s es una invasin pues el artculo menciona que aquel que ingresa con clandestinidad a un inmueble ajeno sin consentimiento del titular ya estara cumpliendo con los elementos objetivos del tipo.
5. Grabar una conversacin ajena, sin permiso de los interlocutores, constituye lesin del derecho a la comunicacin y a la imagen? Art. 144 C.PEfectivamente, pues uno estara violando el derecho de la otra persona a la comunicacin privada y tambin su intimidad.
6. Comete el H.P. de Revelacin de un secreto de carcter privado, el mdico que atiende a un herido con arma de fuego y comunica este hecho al M.Pblico, sin consentimiento del herido? Art. 147 C.P
Exceptio veritatisLa expresin exceptio veritatis significa prueba de la verdad y alcanza su autntica relevancia en la proteccinpenaldel derecho al honor y concretamente en el mbito de las calumnias y de las injurias, y si bien aunque en menor medida, tambin es aplicable en derecho civil, en los casos de informacin periodstica.Esta institucin constituye un medio que puede oponer el abogado en los caos en que a su cliente formalmente se leimputa la comisin deinjuria o calumnia.En los delitos de calumnias la jurisprudencia ha venido entendiendo que la prueba de la verdad del hecho excluye la tipicidad de la accin. Respecto de las injurias lo anterior slo opera de manera moderada al entrar en juego la intimidad de las personas.