El Acceeso a La Justicia y Las Barreras Existentes XGR

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  • 8/18/2019 El Acceeso a La Justicia y Las Barreras Existentes XGR

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    REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD DE FALCÓN

    FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASCARRERA: DERECHO

    DOCENTE: PROF. MARÍA MAVAREZSECCIÓN: EQD2CA12

     

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    A*+(%#:0"(&& R(n$n: C.I.V. 3.145.467J(#8 L*"# A'(#+&: C.I.V.11.735.367

    O'#&!"$& B%9$%: C.I.V. ;.

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    Para comprender cabalmente a lo que se refiere la expresión acceso a

    la justicia debemos tener claramente definido el concepto de justicia; que no

    es otra cosa que un principio moral que inclina a las personas a obrar y

     juzgar respetando la verdad y dando a cada uno lo que le corresponde. De

    allí que la Justicia este estrecamente vinculada a la !gualdad y la "quidad#

    por lo cual se a determinado que si bien el acceso a la justicia esta

    garantizado en los ordenamientos jurídicos# $sta no llega de igual manera a

    todos los ciudadanos# por tal razón algunos autores como %appelleti y &art

    '(cceso a la Justicia# )*+,-# sealan que el tema persigue dos propósitos/

    0ue el sistema sea igualmente accesible para todos y que ofrezca resultados

    individual y socialmente justos# es decir# que se respeten los principios de!gualdad y "quidad en la obtención de Justicia.

    1eg2n la revista judicial del !nstituto de Defensa Judicial de 3ima# Per2

    en su estudio acerca de los 45bst6culos para el acceso de la Justicia en las

     (m$ricas7 el acceso a la justicia es un dereco que permite acer efectivos

    otros derecos que an sido vulnerados o que deben ser reconocidos a

    quienes acuden ante el sistema de justicia para solucionar sus conflictos

     jurídicos. (simismo# el dereco de acceso a la justicia se configura como una

    garantía del dereco de igualdad en la medida que supone que los "stados

    deben asegurar que todos los ciudadanos tengan igualdad de oportunidades#

    y agan efectivo su dereco sin sufrir discriminación alguna de por medio. De

    allí que deba entenderse el acceso a la justicia no como un mero acceso a

    los tribunales o espacios judiciales en b2squeda de satisfacer requerimientos

    de orden jurídico sino tambi$n de el dereco a que se garantice que esa

    necesidad de justicia llegue a grupos o particulares sin distinción de ninguna

    índole# sea racial# económica# sexual o religiosa con la misma eficacia que se

    pudiera lograr por medios privados o por medio de entes estatales de forma

    gratuita.

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    1e entiende como barrera para acceso a la justicia a los obst6culos

    para llegar al órgano jurisdiccional para la resolución de conflictos sino

    tambi$n# a las dificultades para obtener una pronta y justa solución de las

    mas frecuentes son las disputas en que una persona se vea envuelta.

    "ntre dicas barreras las mas frecuentes son las de car6cter 

    económico y generalmente consisten en el alto costo del proceso por lo que

    resulta difícil acceder y acer un uso al sistema judicial y acer un uso

    apropiado de $ste; sobre todo en lo relacionado con la presentación de

    testigos# evaluación de experticias # solicitud de informes a entidades

    publicas o privadas# practicas de inspecciones judiciales; a los cualestambi$n deben sumarse los derivados a los onorarios de los abogados.

    "sta sin duda# conforma la primera gran barrera para acceder a la justicia

    con igualdad mas que todo a los sectores sociales mas desfavorecidos

    económicamente; no solo para para tratar de allar justicia sino con

    condiciones reales para acer valer sus razones de eco y dereco. 86s

    aun se agrava si la contraparte# posee un nivel económicamente m6s alto

    que le permita mantenerse en el litigio y usar la situación como excusa para

    forzar un acuerdo poco justo o no ajustado a dereco.

    %onsecuentemente# la barrera económica no lleva a mencionar a la

    segunda barrera encontrada en el acceso a la justicia# que no es otra cosa

    que la dilación judicial# lo que agudiza el problema de la barrera económica

    aun mas a acusa del retardo judicial que con frecuencia amilana el animo

    de las partes con mas razones de eco en su dereco pero menos

    favorecidas económicamente# lo que en casos extremos convierte al sistema

     judicial en un verdugo o suerte de monstruo antes que el ente garante de

    sus derecos; otro obst6culo allado en la corrupción judicial# esta situación

    menoscaba el principio de equidad# mencionado anteriormente y en

    ocasión asta el acceso a la justicia de eco# tales actos de corrupción

    coloca no solo a los mas d$biles en desventajas sino tambi$n a los que

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    ejercen el dereco por convicción y quebranta la justicia y el dereco como

    medio ideal para la solución de conflictos de por encima de otras

    consideraciones de intereses .

    5tros obst6culos o barreras alladas al acceder a la justicia se

    encuentran al formalismo predominante en las culturas jurídicas# que

    sobredimensionan el valor de las formas procesales# ignorando el objetivo a

    alcanzar y se aferran a la letra y a la 3ey por encima de otras

    consideraciones interpretativas relacionadas a los principios del dereco

    como medio concreción de justicia# en ese sentido vale mencionar lo que

    refiere %asal '9::- al respecto que 4el formulismo jurídico es igualmente

    daino como concepción jurídica que tiende a despreciar los datos de larealidad y a encapsular el razonamiento jurídico en una red de normas

    positiva7.

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    que son servidores p2blicos cuy deber es prestar un servicio eficaz a todas

    las personas sin distinción de ninguna índoles. "s importante sealar la

    observación del poco conocimiento de los jueces en materia de derecos

    umanos 'oy en día íntimamente relacionado al acceso a la justicia-# y falta

    de visión constitucional del ordenamiento# que a su vez es compartida por 

    mucos abogados.

    "n resumen# existen otros tipos de obst6culos como los geogr6ficos#

    ' distribución regionales de los tribunales superiores con competencia en lo

    contencioso administrativo- y las arquitectónicas ' algunas oficinas presentan

    un diseo que alejan al ciudadano com2n y atrae las mas privilegiados-.

    Para =oce y =ister '9::- 4 cuando se incorporan los derecossociales y económicos# se impone la idea que el "strado le corresponde

    desempear un papel activo para que estos derecos# se agan efectivos a

    trav$s de políticas y accione dirigidas asegurar el goce de ello a todos los

    ciudadanos# especialmente por los pertenecientes a los grupos sociales de

    menores recursos- . en cuanto a los m$todos para la erradicación de los

    obst6culos presentado para el acceso la justicia y específicamente al caso

    venezolano ser6n aplicado medidas respetando los acuerdos nacionales e

    internacionales en esa materia# cuyos esfuerzos se resumen en la

    %onstitución de la =epublica >olivariana de ?enezuela# donde se establece

    la gratuidad de la justicia eliminando el pago de aranceles judiciales que

    anteriormente era uno de los costo de litigio# sin embargo# surge los

    onorarios de los abogados como impedimento por el cual mucos litigantes

    prefieren celebrar tratos desventajosos para evitar largos y tediosas querellas

     judiciales.

    "n caso concordamos con las autoras en “que las barreras económicas

    van mucho mas allá” de lo que supone no afrontar los costos del litigio y por 

    tanto este problema no puede solucionarse satisfactoriamente dentro de los

    márgenes estrechos de la lucha por el acceso igualitario a la justicia” 

     

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    Por su parte# el obst6culo que mas afecta en nuestro País es el denominado

    de retardo procesal que actualmente sigue siendo el que mas perjudica a los

    ciudadanos en la resolución de disputas no solo representa una violación del

    dereco de acceso a la justicia sino de sus derecos umanos al juzgarse

    generalmente bajo la medida de privación de la libertar que solo puede

    eliminarse o subsanarse si se ace un estricto apego al debido proceso y al

    ordenamiento constitucional# eco que a criterio se considera utópico

    mientras no se cuente con funcionarios judiciales formados bajo la $tica y el

    dem6s principios inerentes a la dignidad umana@.

    Ainalmente para erradicar las barreras culturales se considera que la

    %onstitución contiene importante erramientas cuya aplicación favorece laerradicación de este problema de tipo cultural.

    "s importante acotar# que cualquier esfuerzo que se aplique para erradicar 

    los obst6culos al acceso de justicia es in2til sino se promueve una conducta

    cívica que impuse a las personas a conocer sus derecos.

     

     (utores/

    Biomara =ondón/ %.!.?. C.):.:+

    Jos$ 3uis (costa/ %.!.?.)).+C.C+

    5csalida >erm2dez/ %.!.?. E.,E9.+,,

    5rangel 8endoza/ %.!.?. ):.+:*.:::

    Punto Aijo# (bril de 9:)