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F.C.A.F.E., 5º Curso 99-00 3. NORMATIVA El ANALISIS DE LA ACCESIBILIDAD PARA LA SUPRESIÓN DE BARRERAS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS. Jose Luis Herreros Saiz. Lic. En Ciencias de la Actv. Física y el Deporte por la Univ. de Valencia. Colegiado nº 9201 Postgrado en Gestión y Marketing Deportivo. Abstrac: Este trabajo, intenta como dijimos en la introducción, dos cosas: concienciar a los responsables de la construcción y gestión de las instalaciones deportivas de cumplir ciertas normativas y recomendaciones; y por otro lado, servir de orientación para el análisis de una instalación ya construida, en la cual hemos detectado problemas de accesibilidad, para poder determinar acciones de remodelación o adecuación. El “deporte para todos” noción expresada por primera vez en Estrasburgo en 1966 y actualmente un concepto común en las políticas deportivas, todavía no es una realidad. El deporte aumenta la calidad de vida de los que lo practican y las personas con necesidades especiales, tienen derecho a disfrutar de esa calidad. Además de las mejoras en cuanto a rehabilitación y salud que puede aportar a estas personas que realmente lo necesitan. La integración social de las personas con minusvalías es una responsabilidad de los poderes públicos y en esta línea la Administración Central y las diferentes Comunidades Autónomas, han promulgado normativas tendentes a la supresión de barreras arquitectónicas e impulsan diversas iniciativas con la finalidad de coordinar y apoyar las actividades en este campo como medio para corregir una mejora de la calidad de vida. Sin embargo, en la práctica la mayoría de instalaciones siguen siendo inaccesibles para muchas personas. Keywords: Instalaciones deportivas, Accesibilidad, barreras arquitectónicas, minusválidos, personas con movilidad reducida. 1.- INTRODUCCIÓN. Normalmente, cuando hablamos de personas disminuidas o discapacitadas, pensamos sobre todo en aquellas que necesitan una silla de ruedas para desplazarse, por lo que al tratar temas que afectan a este sector de la población, pensamos que no van con nosotros, nada más lejos de la realidad. Debemos tener en cuenta que los llamados “Grupos con Necesidades Especiales” no sólo comprenden a las personas con deficiencias múltiples severas o aquellas que tienen defectos congénitos, sino también a un gran número de individuos con movilidad comprometida permanente o temporalmente como consecuencia de enfermedades, accidentes, lesiones o simplemente de la edad y por lo tanto, todos nos podemos

El ANALISIS DE LA ACCESIBILIDAD PARA LA ......• Barreras que se encuentran fuera de la instalación deportiva, que forma parte del complejo urbanístico, pero que afectan al acceso

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F.C.A.F.E., 5º Curso 99-00 3. NORMATIVA

El ANALISIS DE LA ACCESIBILIDAD PARA LA SUPRESIÓN DE BARRERAS EN LAS INSTALACIONES

DEPORTIVAS. Jose Luis Herreros Saiz. Lic. En Ciencias de la Actv. Física y el Deporte por la Univ. de Valencia. Colegiado nº 9201 Postgrado en Gestión y Marketing Deportivo. Abstrac: Este trabajo, intenta como dijimos en la introducción, dos cosas: concienciar a los responsables de la

construcción y gestión de las instalaciones deportivas de cumplir ciertas normativas y recomendaciones; y por

otro lado, servir de orientación para el análisis de una instalación ya construida, en la cual hemos detectado

problemas de accesibilidad, para poder determinar acciones de remodelación o adecuación.

El “deporte para todos” noción expresada por primera vez en Estrasburgo en 1966 y actualmente un concepto

común en las políticas deportivas, todavía no es una realidad.

El deporte aumenta la calidad de vida de los que lo practican y las personas con necesidades especiales,

tienen derecho a disfrutar de esa calidad. Además de las mejoras en cuanto a rehabilitación y salud que

puede aportar a estas personas que realmente lo necesitan.

La integración social de las personas con minusvalías es una responsabilidad de los poderes públicos y en

esta línea la Administración Central y las diferentes Comunidades Autónomas, han promulgado normativas

tendentes a la supresión de barreras arquitectónicas e impulsan diversas iniciativas con la finalidad de

coordinar y apoyar las actividades en este campo como medio para corregir una mejora de la calidad de vida.

Sin embargo, en la práctica la mayoría de instalaciones siguen siendo inaccesibles para muchas personas. Keywords: Instalaciones deportivas, Accesibilidad, barreras arquitectónicas, minusválidos, personas con movilidad reducida. 1.- INTRODUCCIÓN.

Normalmente, cuando hablamos de personas disminuidas o discapacitadas, pensamos sobre todo en aquellas que necesitan una silla de ruedas para desplazarse, por lo que al tratar temas que afectan a este sector de la población, pensamos que no van con nosotros, nada más lejos de la realidad.

Debemos tener en cuenta que los llamados “Grupos con Necesidades Especiales” no sólo comprenden a las personas con deficiencias múltiples severas o aquellas que tienen defectos congénitos, sino también a un gran número de individuos con movilidad comprometida permanente o temporalmente como consecuencia de enfermedades, accidentes, lesiones o simplemente de la edad y por lo tanto, todos nos podemos

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encuadrar (en un futuro más o menos próximo) dentro de este grupo de personas. De hecho, podemos pensar en personas que se desplazan con muletas, la tercera edad, mujeres embarazadas, personas obesas o personas cargadas con algún peso, incluso personas que lleven a un niño en un carrito.

Posiblemente la errónea creencia de que este grupo de personas representa a un sector minoritario de la población, ha provocado que se demore en exceso su integración en el deporte y por lo tanto, en la sociedad. De hecho, debemos considerar que el número de individuos con discapacidades motoras y/o sensoriales, es cada vez mayor en la población actual; se estima en un 50 % los afectados por estas disfunciones:

- Personas de edad avanzada: 35% - Personas con discapacidad laboral, de circulación y/o doméstica: 10% - Personas con discapacidad de por vida: 5%

Además debemos tener en cuenta el progresivo envejecimiento de la población, lo que hace prever que este porcentaje irá en aumento en los próximos años. Por lo tanto, nuestra intención es orientar este trabajo hacia un gran número de personas y no sólo a una minoría, como representa los individuos con discapacidades de por vida. Además, debemos tener en cuenta que estos “Grupos con necesidades especiales” pueden ser considerados dentro del deporte desde dos puntos de vista: como practicantes y como espectadores. Si bien, dentro del ámbito no profesional o semiprofesional, se puede tratar de manera única, puesto que las instalaciones donde practican son las mismas a las que pueden asistir como espectadores. En el contexto profesional (deportes de masas como el fútbol o el baloncesto) quizás habría que analizar estos recintos centrándonos más en la accesibilidad como espectadores, aunque en definitiva cualquiera, en cualquier momento puede pertenecer al grupo de personas con “necesidades especiales”, tales como un lesionado que evacuan del campo en camilla. Por todo esto, en este trabajo intenta dos cosas: por un lado, concienciar a gestores deportivos, concejales y responsables del diseño y la construcción de instalaciones deportivas ( diseñadores y arquitectos ) de la importancia del análisis previo a la hora de construir una instalación accesible, cumpliendo determinadas normativas y recomendaciones; y por otro lado, servir de orientación para el estudio de la accesibilidad en una instalación ya construida, para poder determinar que acciones correctoras o remodeladoras deberían llevarse a cabo. Hemos creído conveniente dividir nuestro trabajo en las siguientes partes:

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Una primera parte donde tras realizamos una contextualización teórica del tema que nos ocupa, con la conceptualización de los principales términos que utilizaremos en el artículo. Para continuar de manera general, con los factores que influyen en la supresión de barreras. Y acabamos esta primera parte con la descripción de la normativa a la que los gestores deportivos deben remitirse a la hora de hacer un estudio de accesibilidad para una instalación deportiva. La segunda parte, se centra en ofrecer una herramienta de análisis para el estudio de la accesibilidad en las instalaciones deportivas y nuestras conclusiones particulares sobre las razones que justifican las acciones que mejoren la accesibilidad en dichas instalaciones. 2.- CONCEPTUALIZACIÓN DEL PROBLEMA. 2.1. CONCEPTOS BÁSICOS Antes de entrar de lleno en el grueso de este trabajo nos ha parecido conveniente y oportuno exponer aquí las definiciones de los conceptos más relevantes que se van a tratar con el objetivo de que la comprensión de este tema sea lo más adecuada posible: BARRERAS ARQUITECTÓNICAS: Todas aquellas trabas, impedimentos u obstáculos físicos que limiten la libertad de movimientos de las personas en dos grandes campos: • La accesibilidad: A vías públicas, espacios libres y edificios. • El desplazamiento: Medios de transporte. Debido a que estamos hablando de las instalaciones deportivas, principalmente vamos a hablar del primer punto (accesibilidad) ya que el trabajo así lo requiere.

ACCESIBILIDAD: GGrraaddoo ddee facilidad de entrada o pasofacilidad de entrada o paso aall iinntteerriioorr ddee aallggoo ((ccuuaallqquuiieerr ccoonnssttrruucccciióónn oo iinnssttaallaacciióónn ddeeppoorrttiivvaa)) yy ttrraassllaaddoo ddee uunn ppuunnttoo eelleevvaaddoo aa oottrroo iinnffeerriioorr yy vviicceevveerrssaa.. UUnnaa IInnssttaallaacciióónn ccoonn bbuueennaa aacccceessiibbiilliiddaadd,, ppeerrmmiittee eell lliibbrree ddeessppllaazzaammiieennttoo ddee ppeerrssoonnaass ccoonn ddiiffiiccuullttaaddeess ddee ffoorrmmaa óóppttiimmaa yy ssiinn nneecceessiiddaadd ddee aayyuuddaass eexxtteerrnnaass..

BARRERA: Impedimento u obstáculo arquitectónico que dificulta la utilización habitual por parte de usuarios con necesidades especiales, de diferentes tipos de instalaciones y que provoca la dependencia de éstos sobre otras personas para poder llevar a cabo una vida normal.

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TIPOS DE BARRERAS: En concreto en las instalaciones deportivas podemos dividirlas en dos grupos: • Barreras que se encuentran fuera de la instalación deportiva, que forma parte del

complejo urbanístico, pero que afectan al acceso a la instalación, como pueden ser las aceras, los pasos a distinto nivel, estado del pavimento,...

• Barreras que se encuentran en el interior de la instalación deportiva, es decir, escalones, pasillos y puertas estrechas, tiradores de las puertas, ascensores reducidos, duchas, gradas, el bar,...

Hay multitud de términos como deficiencia, discapacidad y minusvalía que se han utilizado en el lenguaje popular indistintamente. Vamos a definir alguna de estas palabras según nos marca el INSERSO, siguiendo las pautas que la O. M. S. determina y que nos va a aclarar ciertos equívocos terminológicos que acarrea la mala utilización del lenguaje:

DEFICIENCIA: Toda pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica.

DISCAPACIDAD: Toda restricción o ausencia, debida a una deficiencia de la capacidad de realizar una actividad en forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano.

MINUSVALÍA: Situación desventajosa para un individuo determinado, consecuencia de una deficiencia o de una discapacidad, que limita o impide el desempeño de un papel que es normal en su caso, en función de su edad, sexo y factores sociales y culturales que pudiesen concurrir.

Así mismo, a la Población con Movilidad Reducida (P.M.R.) la podemos clasificar en tres grandes grupos:

• Discapacitado Ambulante: Aquel cuya facultad de movimiento y locomoción no está

seriamente dañada y puede desplazarse sin ayuda. Pueden incluirse en este grupo, igualmente, desde las personas de edad avanzada, hasta las mujeres embarazadas o incluso aquellas otras personas que caminan empujando un coche de niños o bulto, y que, aún gozando de todas sus facultades, se enfrentan o tropiezan en sus desplazamientos cotidianos con semejantes trabas o inconvenientes, al igual que los discapacitados permanentes.

• Discapacitado Semiambulante: Persona que ha de utilizar ayudas externas para caminar, siendo ayudado de bastones, muletas, etc.

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• Discapacitado No Ambulante: Aquellos cuyo aparato de locomoción está tan dañado que no pueden andar, necesitan de ayuda de terceras personas, y precisan silla de ruedas para sus desplazamientos.

2.2. FACTORES QUE INTERVIENEN EN LA SUPRESIÓN DE LAS BARRERAS ARQUITECTÓNICAS 2.2.1. FACTORES POLÍTICOS.

Es necesario que exista una legislación que ordene y regule fundamentalmente a dos niveles: • Marco General (Constitución Española, Ley de Integración del Minusválido y el Real

Decreto 556/1989). • Normativa específica, que garantice la idoneidad de las actuaciones. Decreto sobre

“Normas para la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas”.

Sin embargo es necesario insistir en que la existencia de legislación no es sinónimo de “accesibilidad”. Países más avanzados que el nuestro en cuanto a accesos a instalaciones, no poseen una legislación tan abundante como la nuestra. Este factor político interviene en la supresión en el caso en que exista una voluntad por parte de las personas que integran el poder, de disponer los medios necesarios para que la accesibilidad sea una realidad.

2.2.2. FACTORES TÉCNICOS

La existencia de normativa debe estar completada con los conocimientos técnicos necesarios para que pueda cumplirse lo que está legislado. En este factor técnico haremos referencia a la mentalización y sensibilización, así como conocimientos de los técnicos a este respecto.

2.2.3. FACTORES ECONÓMICOS.

En términos generales no puede adjudicarse el factor económico a la falta de accesibilidad. Dos son los niveles de actuación: A. Creación de nuevos elementos, con un planteamiento adecuado a los registros

mínimos de accesibilidad. B. Eliminación de elementos existentes y que conforman unas barreras

arquitectónicas.

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Es imprescindible iniciar ya la etapa de construir sin barreras, para no tener siempre la asignatura pendiente de su eliminación. Podemos citar algunas ayudas económicas que posibilitan la supresión de barreras:

• Convenio INSERSO-ONCE:

Para corporaciones locales con objeto de actuar íntegramente en materia de accesibilidad

propuestas por los ayuntamientos y solicitadas al INSERSO. El coste es asumido por terceras partes entre el

INSERSO, la ONCE, y el Ayuntamiento que corresponde. La solicitud la realiza el Ayuntamiento a la ONCE o

al INSERSO que abonan el 100% de la diferencia entre el coste normal y el adaptado.

• Convenio INSERSO-FEMP:

Para corporaciones locales con objeto de actuar sobre el transporte colectivo urbano, para la adquisición de autobuses de plataforma baja. La solicitud por parte del Ayuntamiento a la FEMP. El INSERSO aporta el 75% de la diferencia entre un autobús normal y otro de plataforma baja.

• Consenso INSERSO-RENFE:

Para la RENFE con objeto de actuar sobre la red de trenes a dos niveles:

A. Hacer accesibles las estaciones de forma que se pueda llegar al tren.

B. Que cada tren lleve como mínimo un vagón accesible.

2.2.4. FACTORES SOCIALES. Los factores anteriores no tendrían sentido sin una adecuada actitud social cuya respuesta favorecedora será el complemento necesario para la consecución de una sociedad accesible en el sentido amplio de la palabra.

Como ejemplo podemos decir que de nada sirve el rebaje de los bordillos cuando con frecuencia un conductor los bloquea para dejar su vehículo, o utilizar los aparcamientos reservados para personas que no pueden utilizar transporte público. 2.3.- MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA. En este apartado vamos a tratar las normas que rigen la accesibilidad de las instalaciones, si bien la ley las regula de forma general y no crea un apartado específico que haga referencia a lo que son instalaciones deportivas.

2.3.1.- ANTECEDENTES

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Durante los años cincuenta empieza a haber un interés por parte de los organismos internacionales. En 1954, se elabora la primera recomendación por parte del Consejo de Europa, en donde establece las condiciones que deben reunir las personas con minusvalías físicas para obtener el carnet de conducir. En los años setenta, la CEE Y LA ONU, insisten en el derecho que tienen la personas con minusvalías a disfrutar de todos aquellos medios que les posibilite una mayor autonomía y les facilite su integración en la sociedad. 2.3.2.- NORMATIVA INTERNACIONAL.

Naciones unidas.

Sus aportaciones al no tener carácter obligatorio, adquieren valor al servir de

conciencia mundial sobre las limitaciones que sufren las personas que tienen algún tipo de discapacidad: • Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Minusválidos (9 de noviembre de 1975). • Proclamación en 1.981 del Año Internacional de las Personas Minusválidas. • Programa de Acción Mundial para las Personas con Minusvalías 1.982. se hace hincapié en la accesibilidad del medio físico: urbanismo, edificios y transporte.

Comunidades Europeas.

• Comunicación de la Comisión al Consejo, del 25 de Julio de 1.975, sobre la

readaptación de los minusválidos; eliminación de los obstáculos arquitectónicos que impiden su movilidad.

• Resolución del 21 de diciembre de 1.981 de la C.E.E.

2.3.4.- NORMATIVA NACIONAL

• Constitución Española: artículos 9.2, 14, 35, 41 y siguientes (44-49). • Reales Decretos 2.776/75, del 20 de junio; 355/1980, del 25 de junio; 248/1981, del 5

de febrero, y Orden del 3 de marzo de 1980, sobre las viviendas de protección oficial. • Resolución de la Dirección General de la Seguridad Social 1976, sobre la supresión

de barreras en edificios pertenecientes a la Seguridad Social . • Ley 13/1982, del 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos. • Ley del Deporte de 1990: artículo 70. • Real Decreto 556/1989, del 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas

sobre accesibilidad en los edificios.

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A partir de aquí, las Comunidades Autónomas, a excepción del País Vasco que inició su andadura legislativa en 1981, comienzan a emitir normativa relacionada con la materia, que con diferentes niveles y en diversos aspectos, desarrollan los contenidos de la ley 13/1982. También es importante, en lo que se refiere al intento de la integración de las personas con minusvalías dentro de las instalaciones y del ámbito deportivo los siguientes documentos:

• Carta internacional de la educación física y el deporte de la UNESCO. • Carta olímpica • Carta europea del deporte • Recomendación nº R(86) del Comité de Ministros sobre la carta europea del deporte para todos: personas disminuidas.

3.- CLASIFICACIÓN DE BARRERAS. En este apartado nos limitaremos a enumerar una clasificación de los tipos de barreras que nos podemos encontrar en las instalaciones deportivas. Para la consulta específica de cada medida, tipo de material, etc. en el caso de querer emprender acciones de mejora o remodelación de algún tipo de barrera, se deberá consultar la legislación específica de cada Comunidad Autónoma; y en su defecto la enumerada en puntos anteriores. 3.1.- BARRERAS GENERALES. • vías de acceso a los edificios deportivos. • accesos. • peldaños de las escaleras. • pasamanos . • bordes de aceras. • reserva de aparcamientos para minusválidos. • características del pavimento. • paso de peatones y avenidas peatonales. • señalización vertical. • señalización específica. • mobiliario urbano complementario .

o cabinas telefónicas . o papeleras. o quioscos y bares.

3.2.- BARRERAS DE ACCESO. • escaleras, peldaños, barandillas y pasamanos . • planos y rampas.

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• elevadores . • puertas de acceso . 3.3.- BARRERAS INTERIORES. • puertas de acceso e interiores. • zonas de paso y graderío. • pasillos. • graderíos. • ascensores. • salidas de emergencia y seguridad. • baños, duchas y sanitarios baños y duchas. • cabinas de vestuarios. • guardarropas. • iluminación, acústica y contrastes. • comunicación y dispositivos de mano (interruptores, enchufes, etc). 4.- PROPUESTA DE ANÁLISIS DE LA ACCESIBILIDAD EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS. ADAPTACIÓN DE CUESTIONARIO CONFECCIONADO POR ENRIQUE ROVIRA-BELETA Y CUYÁS. Responsable del área de accesibilidad y supresión de Barreras Arquitectónicas de la División de Paralímpicos del Comité Organizador Olímpico de Barcelona 1992 (COOB ’92).

INSTALACIÓN: LOCALIDAD:

1. APARCAMIENTOS SI NO MEDIDA OBSERVACIONES ¿Hay previsión de aparcamiento reservado,

convenientemente señalizado para personas con

movilidad reducida.

¿Existe rebaje en la acera, próximo al acceso y

aparcamiento reservado, con una pendiente inferior a

un 12% y una anchura mínima de 1,50m?

2.- ACCESOS

Acera: si existen alcorques (huecos de los árboles)

¿están recubiertos para evitar accidentes?

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¿Existen rebajes en los pasos peatonales?

¿Los pavimentos de los rebajes son antideslizantes,

con texturas diferentes a los pavimentos circundantes

y con rebordes inferiores a 2 cm. en su unión con la

calzada?

¿La amplitud de los rebajes es suficiente para el paso

al mismo tiempo, de 2 personas usuarias de sillas de

ruedas?

¿Existen franjas con texturas diferentes que orientan a

los ciegos de la existencia de un paso peatonal?

¿Existen franjas con texturas diferentes que orientan a

los ciegos de la existencia de un paso peatonal?

¿Los semáforos tienen avisadores acústicos para

aquellas personas con deficiencias visuales?

¿El mobiliario urbano está dispuesto de manera que

facilita “pasos libres” de al menos 1 m y “alturas libres

de 2’10m?

Edificio: ¿Las puertas de acceso tienen anchuras

mínimas de 0’80m?

¿Existe numeración en relieve de puertas y diferentes

placitas del edificio?

Si existe contestador automático y timbre, ¿están

situados a una altura máxima de 1,40m?

¿Los pavimentos son antideslizantes?

¿Existen planos en relieve de fácil lectura visual o

táctil?

¿Los pasillos tienen una anchura igual o superior a

1,20 m para permitir el giro sobre sí mismo de

personas usuarias de sillas de ruedas y poder

maniobrar para acceder a puertas de 0’80m laterales al

pasillo?

¿Existen “franjas de encaminamiento” para orientar a

los ciegos en sus recorridos, de colores y texturas

contrastadas?

3.- ESCALERAS

¿La anchura de la escalera es superior o igual a

1’30m?

¿La altura del escalón es de 12 cm o no superior a 16

cm?

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¿Hay una prolongación del pasamanos, como mínimo

de 0’40 m al comienzo y al final de cada tramo para

dar una mayor seguridad?

¿La anchura del pasamanos es de aproximadamente

0’05m?

¿Número máximo de escalones seguidos 12, sin

piezas que sobresalen?

¿Rellanos intermedios de longitud, al menos de

0,12m?

¿Material antideslizante?

¿Existe un pavimento de textura contrastada o una

señalización con colores vivos al principio y al final de

los tramos de la escalera para mayor orientación de

ciegos?

4.- RAMPAS

¿Con pendientes iguales o inferiores al 8%?

¿Pasamanos de 2 alturas diferentes: 0’90 m para

adultos y 0’70 para niños?

¿Tienen refuerzo o zócalo lateral para evitar posibles

caídas?

¿Los pavimentos son antideslizantes?

¿El ancho mínimo es de 1’80m (paso simultáneo de 2

sillas de ruedas)?

5.- ASCENSORES

¿El camarín tiene 1’20m de profundidad y 0’90 m de

anchura y las puertas son automáticas de 0’80m?

¿La altura de la botonera es igual o inferior a 1,40m y

las teclas de alarma y stop están en la parte baja del

teclado?

¿Dispone el teclado de alguna tecla con rugosidad

diferente para orientar a las personas ciegas?

¿Existen mecanismos elevadores como plataformas

monta-escaleras, etc?

6.- VESTUARIOS

¿La anchura de la puerta es igual o superior a 0’80?

¿La manecilla de la puerta está a 0’90 m y no es un

pomo redondo sin textura?

¿El suelo es antideslizante?

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¿Las rejillas aplanadas con el pavimento circundante, y

la malla de la rejilla presenta huecos inferiores a 2

cm.?

¿Los bancos –asientos son de 0’45m de altitud y 0’50

m de anchura?

¿Los colgadores se sitúan a una altura igual o inferior

a 1,50 m o bien existen 2 alturas diferentes de

colgadores?

7.- LAVABOS

¿La puerta de 0’80 abre hacia fuera sin invadir ámbitos

de paso?

¿La manecilla de la puerta se sitúa a 0’90 m de

altura?

¿Están convenientemente señalizados?

¿Los lavabos son sin pedestal y con protección de

salida del agua?

¿La altura útil por debajo del “plano de trabajo” del

lavabo es de 0’70 m como mínimo?

¿Los espejos están situados a partir de 0’95 m?

¿La grifería consiste en mandos “de pulsador” o de

palanca hidromezcla?

¿Las instalaciones eléctricas (incluye interruptores,

etc) se sitúan a una altura máxima de 1’40 m o

inferior?

¿Los pestillos de las puertas son tiradores de fácil

manejo para “manos torpes” y están a una altura de

1’40 o inferior?

¿Los inodoros se sitúan a alturas no superiores a

0’50?

¿Existen barras de ayuda de transferencia al WC a

una altura de 0’75m del suelo y a 0’35m del eje del

WC?

¿Estas barras son abatibles, o al menos una de ellas?

¿El rollo de papel higiénico se sitúa cercano al WC y a

una altura inferior a 1’40m?

¿El mobiliario auxiliar (jabonera, toallas, secador de

mano, estanterías, etc.) se sitúa a menos de 1,40 m?

8.- DUCHAS

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¿Existe un banco fijo o abatible, adosado a la pared,

con barras de ayuda a la transferencia a o’75 m del

suelo y a 0’35m del eje del banco, siendo al menos

una de ellas abatible?

¿La grifería está situada a 0’90m del suelo?

¿Los pavimentos son antideslizantes?

¿Existe una barra longitudinal a todo lo largo del

recinto de las duchas, a 1 m del suelo que facilita el

equilibrio?

¿Las tuberías de agua caliente están protegidas?

¿El desnivel entre el recinto de las duchas y el

vestuario es inferior a 2 cm, o no existe teniendo una

suave pendiente hacia los desagües?

¿La canalización del desagüe se protege mediante una

rejilla de agujeros inferiores a 2 cm y está aplanada

con el pavimento circundante?

¿La ducha es de teléfono o bien “la alcachofa” está

orientada al asiento abatible?

9.- GRADAS

¿Existe un espacio reservado para espectadores que

dependen de una silla de ruedas?

¿Los pasillos de acceso tienen anchuras mínimas de 2

m y disponen de visión del espacio deportivo?

¿Existe acceso directo a pista o espacio deportivo

accesible para personas con graves limitaciones

físicas?

¿Existen barandillas de apoyo en las escaleras de

servicio de la grada?

10.- SERVICIOS

¿Los refrescos y máquinas expendedoras de

productos y los teléfonos tienen el espacio para las

monedas a 1’40m del suelo o alturas inferiores?

¿El mostrador de la barra del bar o de la recepción

están a una altura máxima de 1m o bien presenta dos

alturas de mostradores?

¿El mobiliario facilita su utilización por PMR (personas

de movilidad reducida) al disponer de alturas útiles por

debajo del plano de trabajo de 0’70m y no existir

barras de apoyo de los pies?

11.- PISCINAS

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¿Los suelos son antideslizantes e incluso entre los

“poyetes” de salida y el basamento que los une?

¿La altura de este basamento es de 0’20m a 0,25m

facilitando la triple trasferencia del agua a la playa, de

ésta al zócalo y de éste a la silla de ruedas?

¿El agua de la piscina estará a nivel con la playa

circundante y las rejillas de desagüe estarán

aplanadas con el pavimento circundante?

¿Las entradas a la piscina disponen de escaleras o

rampas con pasamanos?

¿Existen grúas o plataformas hidráulicas que facilitan

el acceso del agua a la playa a PMR y gente mayor

afectada del aparato locomotor?

¿ El lavapies dispone de barras a 0’90m del suelo y

suaves pendientes que eliminan el vaso con su

escalón.

¿Existen itinerarios convenientemente señalizados

mediante tablones de madera unidos entre si de

anchura igual o superior a 1’80 m si son piscinas

exteriores con pavimentos blandos o arena de playa?

12.-VIABILIDAD DE LA ADECUACIÓN

Viabilidad técnica y económica

Imposibilidad de anular las barreras arquitectónicas

Edificio de interés histórico artístico

5.- CONCLUSIONES. Este trabajo, intenta como dijimos en la introducción, dos cosas: concienciar a los responsables de la construcción y gestión de las instalaciones deportivas de cumplir ciertas normativas y recomendaciones; y por otro lado, servir de orientación para el análisis de una instalación ya construida, en la cual hemos detectado problemas de accesibilidad, y queremos determinar acciones de remodelación o adecuación. Por eso, pensamos en el los siguientes contenidos para este artículo. Hemos realizado una conceptualización del tema a nivel general, para seguir con una clasificación de los tipos de barreras, y una enumeración de la normativa de referencia a la que habrá que acudir y un modelo de cuestionario para realizar el análisis de la instalación de la que se

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trate. Además adjuntamos una valiosa herramienta de trabajo, en forma de cuestionario para el estudio de la accesibilidad en las instalaciones deportivas.

¿Pero que justifica el emprender acciones de este tipo?¿Por qué realmente la remodelación o la adecuación de una instalación deportiva con los costes que ello suele ocasionar?. El “deporte para todos” noción expresada por primera vez en Estrasburgo en 1966 y actualmente un concepto común en las políticas deportivas, todavía no es una realidad. Las personas con minusvalías son un grupo que típicamente no hace o no puede hacer actividad física, o beneficiarse del primer artículo de la Carta Europea de Deporte para todos de 1975: “ Todo individuo tendrá derecho a participar en el deporte”. Sus oportunidades de hacer deporte son menores y se estima que el índice general de participación de las personas con minusvalías es unas 10 veces menor que el del público en general, y debemos tener en cuenta que a las personas con minusvalías se les garantiza los mismos derechos que al resto de los ciudadanos.

El deporte aumenta la calidad de vida de los que lo practican y las personas con necesidades especiales, tienen derecho a disfrutar de esa calidad. Muchas encuestas han destacado los beneficios psicológicos que produce el deporte en los practicantes (relajación, autoconfianza). Además de las mejoras en cuanto a rehabilitación y salud que puede aportar a estas personas que realmente lo necesitan.

Del deporte se derivan beneficios sociales y psicológicos y la supresión de las barreras arquitectónicas supone el primer paso en el camino de la integración social de un importante colectivo humano. En muchos países, el objetivo a largo plazo es la reintegración de la mayoría de las personas disminuidas en todos los aspectos de la sociedad y el deporte es una parte necesaria de esa integración; también es una educación para ambas partes. Las barreras arquitectónicas condicionan este proceso de integración, pues dificultan o impiden el acceso a determinados edificios como las instalaciones deportivas.

La integración social de las personas con minusvalías es una responsabilidad de los poderes públicos y en esta línea la Administración Central y las diferentes Comunidades Autónomas, han promulgado normativas tendentes a la supresión de barreras arquitectónicas e impulsan diversas iniciativas con la finalidad de coordinar y apoyar las actividades en este campo como medio para corregir una mejora de la calidad de vida.

El derecho no sólo a practicar cualquier deporte, sino a competir en él y también a

participar en el mismo como espectadores. De hecho en algunos deportes como el arco o

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ajedrez compiten al mismo nivel que las personas sin minusvalías. Estos ejemplos

pueden servir de motivación a otros. Muchas personas con minusvalías, forman parte de

actividades físicas porque disfrutan con la participación, la experiencia es agradable, les

pone en contacto con otras personas. Para muchos, supone un desafío y un factor de

riesgo que a menudo falta en sus vidas.

La supresión de las barreras arquitectónicas es una necesidad para algunos y una mejora

para toda la población: personas con movilidad reducida, ancianos, accidentados.

Y por último, ciñéndonos a criterios exclusivamente económicos, En primer lugar hay que

decir, que una instalación diseñada desde el principio bajo los parámetros de

accesibilidad para todo tipo de personas, es más rentable por ser mayor el número de

usuarios potenciales y reales que podrán usarla.

BIBLIOGRAFÍA

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• ORTEGA MARCOS, S (2000). “Medio ambiente e instalaciones deportivas: control de calidad y

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Turismo y Medio Ambiente.

• REAL PATRONATO DE PREVENCIÓN Y DE ATENCIÓN A PERSONAS CON MINUSVALÍA,

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• LEY 1/1994 DE ACCESIBILIDAD Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS

• REALE DECRETO 2.776/75, DEL 20 DE JUNIO, sobre viviendas de protección oficial.

• REAL DECRETO 355/1980, DEL 25 DE JUNIO, sobre viviendas de protección oficial.

• REAL DECRETO 248/1981, DEL 5 DE FEBRERO, sobre viviendas de protección oficial.

• ORDEN DEL 3 DE MARZO DE 1980, sobre las viviendas de protección oficial.

• LEY 13/1982, DEL 7 DE ABRIL, de Integración Social de los Minusválidos.

• LEY DEL DEPORTE DE 1990.

• REAL DECRETO 556/1989, DEL 19 DE MAYO, por el que se arbitran medidas mínimas sobre

accesibilidad en los edificios.