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El arte en los Jóvenes

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El impacto del arte como medio para que los y las adolescentes puedan externar su vos de una forma asertiva.

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desarrollar y mantener un ambiente positivo en el aula que apoye el aprendizaje. Lo cual involucra al uso de estrategias proactivas preventivas que ayuden a brindar dicho ambiente.. En dichas actividades los estudiantes deben estar aprendiendo activamente, comprometidos con tareas que los hacen sentirse motivados, en lugar de quedarse callados y pasivos en sus asientos. A menudo estarn interactuando con sus compaeros y con el maestro a medida que construyen su conocimiento y entendimiento. Partiendo de lo anterior se sabe que un buen manejo del proceso enseanza-aprendizaje acrecienta su funcionamiento en la medida en que las docentes tengan en cuenta las diferencias individuales de sus estudiantes previnindose as algunos problemas.Es adems importante dedicar unos momentos en la primera semana de clases para establecer ciertas expectativas que espera el docente se den; tambin el establecimiento de reglas y rutinas, ayudaran al grupo a cambiar fcilmente y contribuir a poner el tono para desarrollar un ambiente de aula positivo.Un proceso educativo, continuo y permanente, que pretende potenciar eldesarrollo emocional como complemento indispensable del desarrollocognitivo, constituyendo ambos los elementos esenciales del desarrollode la personalidad integral.

El enfoque de derechos es el marco conceptual basado en las normas de derechos humanos que reconoce a las personas menores de edad como sujetos de todos los derechos inherentes al ser humano, hombre, mujer, nio o nia y adolescentes. Constituye la aplicacin y puesta en prctica de los estndares, principios y derechos contenidos en la CDN y el CNA, as como en los dems instrumentos internacionales y nacionales de proteccin de derechos humanos. Impone traducir las normas y principios legales en acciones de poltica institucional, y transmitir una visin que toma de manera integral el tema del desarrollo de la persona menor de edad.En este marco, la persona menor de edad se visualiza como sujeto activo y no simple receptor de acciones; se contempla el respeto por la diversidad desde una perspectiva universal y se rompen as los esquemas caritativos, asistenciales y las intervenciones arbitrarias o discrecionales. (pag 55)

en todas las dimensiones de su persona, sean fsicas, intelectuales, culturales y afectivas, y en su dinmica de crecimiento, que conlleva tambin el desarrollo de su autonoma progresiva.fortalecimiento y la expansin de sus capacidades individuales y colectivas, en todos los niveles de actuacin, en especial la posibilidad de disfrutar una vida larga y saludable, tener acceso a la educacin y a un nivel de vida que rar que una correcta e integral aplicacin de la PNNA en el territorio nacional no se vea perjudicada, procu- rando en todo caso que ninguna de sus medidas pueda generar discriminacin o exclusin de algn sector y que, por el contrario, promuevan la inclusin social y el alcance de las polticas de carcter universal. En relacin con los nios, nias y adolescentes, el enfoque de equidad conlleva la aplicacin de medidas sistemticas de discriminacin positiva, que garanticen a esta poblacin contar con atencin y proteccin prioritarias, sobre cualquier otro grupo o sector. e. Enfoque de interculturalidadSi bien los derechos humanos corresponden a todas y a todos por igual, debe tomarse en cuenta Derecho humanao escencial Derecho superior del ni+ Este principio le garantiza al nio, nia o adolescente que, ante cualquier situacin dada, la medida que debe tomarse es aquella que mejor satisfaga sus derechos de manera plena y eficiente en un ambiente fsico y mental sano, y en procura de su pleno desarrollo personal. Los derechos de los nios, nias y adolescentes deben ser considerados como un todo, por lo tanto los principios de no discriminacin, de supervivencia y desarrollo, as como de respeto de la opinin de la persona menor de edad, deben tenerse en cuenta para determinar el inters superior en una situacin concreta, o el inters superior de la niez y la adolescencia como grupo. El Comit de los Derechos del Nio ha subrayado que el principio del inters superior debe incorporarse en los programas y las polticas nacionale relacionados con la niez, as como en las actividades parlamentarias y administrativas, a nivel nacional y local, y en especial los relativos a las asignaciones presupuestarias. La valoracin de las repercusiones sobre los nios y la integracin de los resultados en las leyes, las polticas y la prctica se convierten por lo tanto en una obligacin (Comit de los Derechos del Nio, Manual de aplicacin de la CDN) Participacin Todo nio, nia y adolescente podr expresar su opinin, con la garanta de que ser escuchada, res- pondida y tomada en cuenta en todos los asuntos que se relacionen con su vida, y frente a cualquier programa o actividad que la persona considere que puede afectar su vida. El Estado deber garantizar, cuando esto sea necesario, que el nio, nia y ado- lescente puedan contar con asistencia profesional para manifestar- se efectivamente. Este principio alude al desarrollo progresivo del ejer- cicio de sus derechos y principalmente de los de expresin, informacin y ciudadana, asu- miendo niveles de participacin mayores cuando el desarrollo de su autonoma lo permita. El CNA establece mecanismos especficos que buscan garantizar el ejercicio de la participacin de la persona menor de edad. Reconoce su derecho a participar en el sistema educativo, en la base local del SNPI, y tambin de participar en forma directa en los procesos y procedimientos, judiciales y administrativos, establecidos en la legislacin. Asimismo, confiere potestades legales a las personas menores de edad para acceder a la justicia como mecanismo para exigir el cumplimiento de sus derechos.Las personas menores de edad son reconocidas como sujetos sociales de derechos, esto significa que son personas independientes, activas de derechos y con responsabilidades. Gozan de derechos propios, distintos a los de sus progenitores o personas responsables, significa que esos derechos no deben estar supeditados a los intereses de los adultos, por ello su relacin directa con el inters superior.La construccin de la ciudadana social se enmarca en la capacidad jurdica y social que se le otorga a esta poblacin, el cual debe ser entendido dentro de los lmites de su condicin especial de desarrollo. Significa que los nios, nias y adolescentes van adquiriendo progresivamente la capacidad de accionar sus derechos y de exigir su cumplimiento (autonoma progresiva). Esta capacidad jurdica noes plena, se debe circunscribir dentro de los lmites del proceso de desarrollo y del marco de proteccin, debidamente reconocido en la normativa. Por consiguiente, se deben establecer mecanismos para que la poblacin, considerando su diversidad, ejerza el derecho a opinar y a participar en la toma de decisiones, que a su vez constituye un aprendizaje y una formacin para la vida en un contexto en democracia.

Promocin y garanta de la participacin de la niez y la adolescencia como sujetos activos de derechos

Considerados como sujetos activos de derechos, se plantea un modelo diferente de relaciones sociales entre nios, nias, adolescentes, la familia, la sociedad y el Estado. El Estado promover y garantizar que toda decisin de carcter poltico, administrativo, legislativo o judicial contemple el derecho de participacin de las personas menores de edad, considerando los elementos de diversidad. Esto incluye, en primer trmino, el derecho de opinar, el de ser escuchadas y tomadas en cuenta sobre cualquier situacin que las afecte, para lo cual debern adoptarse los espacios, mecanismos y procedimientos accesibles. Asimismo, en virtud del ejercicio de este derecho, los nios, nias y adolescentes debern ser considerados, atendiendo sus diferencias etarias y el principio de autonoma progresiva, en los programas y proyectos que les afecten en su vida, la participacin de las personas menores de edad debe orientar a las autoridades sobre las metas y los procedimientos ms adecuados para satisfacer sus propias necesidades. Se realizarn acciones y proyectos que favorezcan su protagonismo en el ejercicio de su ciudadana en el mbito familiar, escolar, comunitario y social.*El Estado se ha comprometido, en virtud de su legislacin, con un modelo basado en el respeto de los derechos humanos.El Estado promover una cultura de participacin y cooperacin con las organizaciones de la sociedad civil para desarrollar acciones conjuntas en promocin, prevencin, atencin y proteccin de los derechos humanos de las personas menores de edad.*El Estado costarricense reconoce que el afecto es esencial para el desarrollo y la autodeterminacin de los nios, nias y adolescentes. Por este motivo, el Gobierno y las instituciones pblicas fortalecern e impulsarn programas que contribuyan a mejorar la comunicacin intergeneracional, a favorecer relaciones sanas entre los hijos y las hijas con sus padres y madres, entre el grupo fraterno, vnculos con la familia y con las dems personas de la comunidad.*Se promover la educacin de todos los nios, nias y adolescentes dentro de los ms estrictos parmetros de respeto a sus derechos y promocin de su capacidad para la defensa de estos.*El Estado y sus instituciones reconocen la importancia de la promocin del derecho de toda persona menor de edad al juego como elemento esencial y estimulador del proceso evolutivo, del desarrollo de las destrezas, de la imaginacin y la creatividad. Tambin, el derecho a la prctica del deporte y la recreacin, por lo que se tomarn las medidas necesarias para garantizar el acceso de nios, nias y adolescentes a la infraestructura de las instituciones pblicas que dispongan de estos espacios.Se debern realizar acciones, planes y programas ac- cesibles para que cada comunidad tenga espacios seguros, accesibles y protegidos para el disfrute ple- no del derecho al juego, la prctica del deporte y la recreacin, y que tomen en cuenta las condiciones y necesidades particulares de los nios, nias y ado- lescentes, garantizando el pleno desarrollo y mejora- miento del estilo y la calidad de vida.* en los ltimos aos se ha realizado a escala nacional, sobre la situacin de la realidad cotidiana de los derechos de las nias, los nios y los y las adolescentes, los principales cambios paradigmticos y normativos suscitados a partir de la puesta en rigor de la Convencin sobre los Derechos del Nio y el Cdigo de la Niez y la Adolescencia. Incio * enfoque basado en la doctrina de proteccin integral,Segundo *El desarrollo del Proyecto Educacin Integral de adoles- centes y jvenes con necesidades educativas especiales nos permiti desde el ME y con la cooperacin del PNUD plantear algunos ejes de una poltica de educacin integral. El punto de partida fue la educacin y la inclusin para todas y todos los jvenes, entre otros, para aquellos que deban recibir una educacin especial o tenan necesidades educativas derivadas de alguna discapacidad. Este libro Educacin integral para jvenes despliega la experiencia del Proyecto con las voces de sus protagonistas que procuran dar cuenta de la potencialidad de las acciones educativas.(segundo)*La educacin integral atiende las potencialidades de las y los alumnos sociales, intelectuales, afectivas, fsicas, ticas, estticas, etc.-. Implica garantizar un proceso de desarrollo de capacidades de encuentro entre personas para ser partcipes de un proyecto colectivo, de vida pblica, de ciu- dadana. Desde la educacin integral las diferencias eneducacin son lo comn y no la excepcin, y la inclusin consiste precisamente en transformar los sistemas educa- tivos para responder a la diversidad de los estudiantes.*El proceso de educacin integral que resulta de la experiencia del Proyecto se realiz con el trabajo docente y desde todos los integrantes de las comunidades para escuchar la voz de los jvenes como sujetos de derecho; para que haya un ejercicio cotidiano de expresar opiniones en la enseanza, en el aprendizaje, en el funcionamiento institucional y como sujetos del conocimiento; para que se habiliten procesos de participacin con igualdad a travs de dilogos que favorezcan el reconocimiento de los otros en su autoestima, en su autonoma y en sus dere- chos; para que los jvenes puedan definir sus proyectos de vida y tengan la oportunidad de identificar prcticas discriminato- rias siendo partcipes de proyectos contra todo tipo de dis- criminacin.*Los avances en la transformacin de las propuestas educativas desde la Modalidad, como puede apreciarse en el texto, requieren proyectos complementarios entre instituciones de Educacin Especial, del Nivel Secundario y de las modalidades de Educacin Tcnica, de Formacin Profesional y de Adultos. Se trata de una articulacin que expresa el potencial del Sistema Educativo para.*El concepto educacin integral para jvenes y adolescentes se encuentra implcitamente comprendido en diversos instrumentos normativos del denominado derecho interna- cional de los derechos humanos.22 De esta manera, la educacin como derecho humano se relaciona con los derechos sociales, con las responsabilidades del Estado, con la edu- cacin como un derecho humano que debe ser protegido, con la vulneracin del dere- cho a la educacin como un problema de polticas pblicas, con la participacin de los jvenes como sujetos de derecho, etctera.Contamos con marcos legales23 nacionales e internacionales que orientan expresamente cambios y permiten articular las nociones de proteccin integral y de formacin integral. *Estas definiciones introducen modificaciones que favorecen una transformacin de mode- los y prcticas tutelares hacia una cultura de la proteccin integral de los derechos. Entre las normas a las que hacemos referencia, se encuentra la Ley de Proteccin Integral de los Derechos de las Nias, Nios y Adolescentes basada en la Convencin sobre los Derechos del Nio, que posiciona a nias, nios y adolescentes como sujetos plenos de derecho.*Los jvenes que participaron en las indagaciones realizadas dentro del Programa expresaron sus necesidades en relacin con la proteccin integral de los derechos. Aunque muchas veces naturalizan relaciones de subordinacin y de dependencia y, entonces, se sienten ajenos a cualquier decisin que se tome en la escuela.Si bien el Estado es quien asume obligaciones en virtud de la aplicacin de los instru- mentos internacionales para el ejercicio de los derechos humanos de los nios y de los jvenes, es necesario contar con la participacin de todos los sectores de la sociedad y, desde luego, con los nios y jvenes.24*habilitar tanto para el desempeo social y laboral, como para el acceso a estu- dios superiores. Para ello es fundamental brindar una formacin ciudadana compro- metida con los valores ticos y democrticos de participacin, libertad, solidaridad, resolucin pacfica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoracin y preservacin del patrimonio natural y cultural.Adems, con paz, igualdad, respeto a la diversidad, justicia y bien comn. *En sntesis, contar con marcos legales es hacer que formen parte de la funda- mentacin de muchas decisiones relativas al derecho a la educacin, incluyendo a los jvenes como sujetos de derecho.Tres *En consecuencia, est estrechamente ligada a un nuevo concepto de ciudadana. Se asienta en el reconocimiento de la capacidad creciente de los individuos desde la niez, para ir hacia la construccin y exigibilidad de los derechos. UNICEF ha respaldado a los pases en el relevamiento de la niez y la adolescencia desde el enfoque de los derechos y la participacin comunitaria. Bajo el enfoque de derecho, UNICEF (2000) plantea la necesidad de concebir la formulacin de las polticas como una tarea concertada entre los diferentes actores sociales.Cuatro *La palabra adolescente viene del latn adolescens, adolescentis y significa que est en perodo de crecimiento, que est creciendo. Frecuentemente se confunde con adolecer cuyo significado es tener o padecer alguna carencia, dolencia, enfermedad.*Segn la Organizacin Mundial de la Salud (OMS), la adolescencia es la etapa de la vida, comprendida entre los 10 y los 19 aos,*Cada adolescente es un ser nico, diferente a todos los dems. Y, a su vez, cada uno est in- fluenciado por las circunstancias del momento histrico y el medio sociocultural en el cual vive; es ta ltima.* La Convencin Internacional de los Derechos del Nio sancionada en la Asamblea General de las Naciones Unidas, en 1989 considera que nios, nias y adolescentes son sujetos plenos de dere- chos, merecedores de respeto, dignidad y libertad y abandona la concepcin del nio como objeto pasivo de intervencin por parte de la familia, el Estado y la sociedad

2. Recomendacione sa. En la elaboracin y ejecucin de las polticas pblicasb. promover las capacidades para definir el propio proyecto de vida