el derecho internacional público y el 11 de septiembre del 2001

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SANTO DOMINGO (UASD) FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS TEMA: EL DERECHO INTERNACIONAL PBLICO TRAS LOS ATENTADOS DEL 11 DE SEPTIEMBRE 2001 ANTEPROYECTO DE TESIS PARA OPTAR POR EL TITULO DE: LICENCIADO EN DERECHO

ELABORADO POR:

BR. VICTOR MANUEL ARIAS MEJIA ASESOR

MAT.87-8838.

LIC. JUAN ARIAS

SANTO DOMINGO, D. N. 2009

INDICE Pg. Dedicatorias Agradecimientos ndice de Captulos Introduccin Justificacin y Motivacin Objetivos de la Investigacin Marco Terico y Conceptual Importancia del Problema Formulacin del Problema Conceptos utilizados en la investigacin Procedimiento Metodolgico Tcnicas de Investigacin I II III IV V VI VII VIII VIX X XI XII

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DEDICATORIA

En primer lugar quiero dedicar pstumamente esta investigacin a mi padrino, gran ser humano, que supo realzar en mi los valores morales y de la lucha constante.

A mi abuela fidelia, gran referente para mi por su tenacidad y sabios consejos.

A mi madre zuida, por la ayuda material que siempre me ha dado y sus consejos.

A mis hermanos, sobre todo a Ana y a mi sobrino Gorn.

AGRADECIMIENTOS

Al

profesor Juan Arias, por su dedicacin y entrega en la

accesoria de esta investigacin.

A los profesores ngel Veras Aybar y Ramn B. Martnez, por sus orientaciones y compresin.

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CAPITULO l El Derecho Internacional Pblico.

1.1 DESARROLLO..1 1.2 Fuentes...2 1.3 Los Sujetos3

CAPITULO II EL DERECHO INTERNACIONAL PBLICO Y EL 11 DE SEPTIEMBRE 2001 2.1 2.2 2.3 El ataque a las torres gemelas.19 La Vulnerabilidad de Estados Unidos ...22 El verdadero significado para el Derecho Internacional Pblica de los ataques del 11 de Septiembre...27

CAPITULO III REPERCUSIONES DEL 11 DE SEPTIEMBRE 3.1 3.2 La lucha contra el Terrorismo..28 El papel de la ONU...33 CAPTULO IV LA GUERRA PREVENTIVA Y EL DERECHO INTERNACIONAL PBLICO 4.1 4.2 4.3 4.4 La Guerra contra Afganistn.38 La Guerra contra Irak..42 La Prisin de Guantnamo46 Los Escndalos en Crceles de Irak.47

CAPITULO V EL NUEVO ORDEN INTERNACINAL DESPUES DEL 11 DE SEPTIEMBRE. 5.1 5.2 5.3 En el rea estratgica-militar49 Planos de Derechos Humanos..54 Para la Repblica Dominicana como pas Pequeo e independiente...55

CONCLUSIONES RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFA ANEXOS6

Introduccin El tema para la presentacin de este anteproyecto fue seleccionado observando los criterios metodolgicos y conceptuales requeridos por nuestra universidad para este tipo de trabajo. El tema es "El Derecho Internacional Pblico tras los atentados del 11 de septiembre Del 2001". El Derecho Internacional Pblico es el Sistema de reglas y normas que rigen las relaciones entre los Estados; pues son estos los principales sujetos de este derecho, los cuales disponen de una cualidad esencial dentro de este orden jurdico, el cual es el hecho de que ellos son soberanos y que solamente se obligan por el llamado derecho de los tratados una vez estos ratificados. Pero un hecho fortuito e inesperado como son los atentados del 11 de septiembre Del 2001, trastorna todos los derechos establecidos con grandes implicaciones para las reacciones internacionales, las cuales son transformadas y la esfera internacional se torna confusa y peligrosa lesionando mortalmente el principio jurdico internacional de la responsabilidad de los Estados y de los hechos punibles en la esfera internacional. Por esta razn he decidido abordar este tema de gran trascendencia y actualidad para la vida internacional en un escenario cada vez ms interdependiente y globalizada y de gran vigencia para una nacin pequea y dependiente como es la Repblica Dominicana

I- Justificacin y Motivacin Me siento motivado a realizar este anteproyecto de Tesis de Grado con el tema ya indicado por la importancia que reviste el estudio cientfico de estos actos que han trastornado el Panorama Internacional para el enriquecimiento del Derecho Internacional Pblico y para la convivencia pacfica de los Estados, para la seguridad internacional y para fiel cumplimiento de los Derechos Humanos. En ese orden para la Repblica Dominicana como pas pequeo, sin influencia en la esfera internacional, pero muy sensible al ambiente externo, por tener una poblacin inmigrante muy pronunciada, tanto en los Estados Unidos como en Europa, adems de que su economa depende bsicamente de elementos externos como el turismo, las zonas francas y las remesas del exterior, necesita que la escena internacional est bien clasificada y que ningn Estado por poderoso que sea se abrogue el Derecho de erigirse en juez y parte en la escena internacional cometiendo todo tipo de atropellos contra otros Estados, sin incurrir en responsabilidad. El pas necesita profesionales que estn preparados para lidiar con un ambiente internacional cada vez ms interdependiente y cercano, por lo cual justifico el tema de investigacin para optar por el ttulo de Licenciado en Derecho, adems con este tipo de investigaciones sobre temas de tanta trascendencia e importancia, nuestro pas se ubicara en el camino de las naciones grandes y desarrolladas del planeta con una visin del futuro globalizada y esperanzadora. Otra motivacin que nos impulsa a la realizacin de nuestro trabajo es

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el momento histrico que vive nuestra carrera, en la cual las reas tradicionales estn siendo impactadas por efectos de la revolucin tecnolgica que obligan al profesional de esta rea a incorporar los nuevos conocimientos para su actualizacin constante. II.- Objetivos de la Investigacin Objetivo General Analizar los trastornos sufridos por Derecho Internacional Pblico tras los ate3ntados del 11 de septiembre del 2001 Objetivos Especficos 1. Establecer la conveniencia de la guerra preventiva para los planes hegemnicos y estratgicos de Estados Unidos y Gran Bretaa. 2. Enforcar el trasfondo estratgico tras la lucha contra el terrorismo. 3. Analizar la vulnerabilidad de las organizaciones multilaterales tras el 11 de Septiembre 2001. 4. Medir el grado de perturbacin a las relaciones entre los Estados tras el 11 de Septiembre. 5. Conocer los trastornos en la seguridad internacional tras el 11 de Septiembre 6. Estudiar el fenmeno de terrorismo. 7. Enfocar el fenmeno del terrorismo desde sus consecuencias y posibles soluciones. III.- Marco Terico Conceptual Antecedentes Histricos. Las relaciones internacionales se inician con el mismo establecimiento de los asentamientos humanos, en las etapas prehistricas donde tenemos las tribus que luego van estableciendo comunidades que

harn comercio a travs del trueque; la aparicin de los metales, el acuamiento de las monedas, la aparicin de la agricultura y la domesticacin de los animales crean las condiciones de las futuras ciudades, los cuales tomarn relevancias en los aos de dominacin romana y sus relaciones con los extranjeros y la posterior aparicin de las ciudades Estados griegos o las polis griegas. La terminologa de "Derecho Internacional Pblico" como tal es conocida por el economista ingls Jeremas Benthan (1748-1832) quien hizo uso de ella en el ao de 1780. Aunque para muchos tratadistas Hugo -Grocio es el Padre del Derecho Internacional Pblico, investigaciones actualizadas han revelado los enormes aportes a esta rama hechos por los telogos espaoles Francisco de Victoria y Francisco Surez. El descubrimiento de Amrica, acrecienta la nocin de Estado y de su interrelacin creciente, a medida que el mundo se haca ms vasto. La paz de Westfalia, instaura el inicio de una poca de equilibrio precario en el contexto europeo y de reconocimiento de fronteras que en trminos prcticos dan inicio al Derecho Internacional Pblico Moderno. El proceso de expansin europea, a partir del siglo XVI hacia la colonizacin de diferentes partes del mundo y el descubrimiento de Amrica consolidaron el proceso de la sociedad universal que culminar en la segunda mitad del siglo XX.

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Las diferentes etapas de estos procesos de universalizacin de la sociedad internacional se formaliza con el Congreso de Viena de 1815, donde a travs del multilateralismo se hace popular la idea del dialogo entre las grandes potencias para dirimir los conflictos. El Colonialismo del Siglo XIX fruto de la revolucin industrial va a desdibujar el mapa de Europa, en el cual sus principales potencias como Inglaterra, Francia, Holanda y Blgica se lanzan a la bsqueda de materias primas para sus industrias y de mercados para sus productos La unificacin alemana de 1870 e italiana retrasan a estas potencias para entrar en el pastel colonial. Estas rivalidades entre las superpotencias europeas va a

desencadenar la Primera Guerra Mundial en 1914-1918. En 1919 se crea la Sociedad de Naciones, con el tratado de Paz de Versalles, por el fracaso que se haba dado en la seguridad individual que haban tenido los Estados hasta ese momento. En el 1939 estalla la Segunda Guerra Mundial que se prolonga hasta 1.945. En 1945 se crea las Naciones Unidas sepultando la Sociedad de Naciones por su ineficacia. Pero de 19~.5 a 1990 el nmero de Estados que engloban esa entidad crece ascendentemente fruto de las guerras de independencias y las descolonizaciones principalmente de frica y Asta. De 1945 a 1990 en trminos de poblacin y de relaciones internacionales el mundo se va a dividir en dos bloques antagnicos: uno liderados por los Estados Unidos y el otro por 1a Unin Sovitica.

El derecho internacional pblico y las Naciones Unidas estarn influenciados por estos bloques, los cuales tienen poder de veto en el seno del Consejo de Seguridad. A partir de la desintegracin de la Unin Sovitica y la reunificacin alemana del ao 1990, se inicia lo que se ha dado en llamar el nuevo orden internacional; en el cual las Naciones Unidas como la Sociedad de Naciones, han mostrado su ineficacia en el mantenimiento de la paz en el arden internacional. Es importante sealar que a partir del 2001 el terrorismo se convierte en un tema obligado en la agenda de las grandes potencias, principalmente los Estados Unidos, Rusia y pases importantes de Europa. Estos han gastado enormes recursos para derrocar lo que ellos consideran terrorismo, pero todo ha sido infructuoso, y hoy la seguridad internacional esta seriamente deteriorada. Dentro de una poltica de seguridad y en castigo a las bases de los terroristas que ejecutaron los atentados del 11 de Septiembre, los Estados Unidos iniciaron los bombardeos y luego la invasin de Afganistn y argumentando los mismos motivos en el 2003 inician los bombardeos con misiles de Bagdad, capital de Irak y posteriormente inician su invasin. Con esas acciones, se resquebraja el sistema de seguridad internacional y tanto Siria como Irn, temen por '.u seguridad porque no saben si los tanques seguirn derecho a Damasco, capital de Siria, o doblarn a Tehern, capital de Irn. Corea del Norte por su parte despus de la experiencia de la Guerra12

de Corea, se embarca en su programa de seguridad que incluye misiles de largo alcance y armas nucleares IMPORTANCIA DEL PROBLEMA El derecho internacional pblico, cada da adquiere ms vigencia. En la medida en que las sociedades se tecnifican la revolucin industrial primero, despus la segunda revolucin industrial y ahora la revolucin digital han ensanchado el horizonte de este derecho que se ha hecho multidisciplinario "y muy complejo. Desde ese perspectiva la pluralidad de disciplina que conforma el derecho internacional pblico y la multiplicidad de actores (los estados) crean un entramado que debe estar cohesionado y delimitado; para que acontecimientos como lo.; atentados terroristas del 11 de septiembre no lo desborden y lo hagan inoperante e incapaz de poder enfrentar situaciones de este tipo y de paso no se lleve todo el andamiaje jurdico internacional vigente desde el fin de la 2da. Guerra Mundial hasta nuestros das. Si el multilateralismo no tiene vigencia, la Organizacin de las Naciones Unidas tampoco. Los Estados no respetaran los acuerdos alcanzados y cada uno actuara de acuerdo a su poder y conveniencias estratgicas. Regresaramos a la ley del talin internacional del ojo por ojo, y todo lo que ha costado mucho sacrificio estara desecho: Los derechos humanos, el derecho ambiental, el derecho ciberntico, etc., nada tendra razn de ser. Estas perturbaciones propiciadas abierta o solapadamente por los

acontecimientos del 11 de septiembre, deben ser enfrentados y encausadas las acciones para restituir el poder al multilateralismo, y que las Naciones Unidas se reestructuren para dar paso a los cambios de los ltimos 50 aos. Y que sta puede liderar el proceso de mantenimiento de la paz y orden internacional herido mortalmente despus de septiembre del 2001 FORMULACION DEL PROBLEMA El problema fundamental es el desmantelamiento del derecho internacional fruto del 11 de septiembre del 2001, por vez primera en la historia se dan una conjuncin de acontecimientos que hacen al 11 de septiembre indito: 1. Los Estados Unidos son atacados en su territorio continental 2. No hay responsabilidad de ningn Estado por estos ataques 3. Las acciones posteriores, han sido tomadas sin el concurso de la ONU y la comunidad internacional. 4. Aparece en la escena internacional un nuevo adversario: El Terrorismo. 5. De una forma u otra la mayora de los Estados tendrn que adoptar una nueva estrategia de seguridad, contra un enemigo que no es un Estado en particular, sino mas b en red dirigida por varios hombres. Derivado de todo esto en nuestra investigacin se darn respuestas a varias preguntas: Estamos ante un nuevo tipo de guerra?

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Ha trastornado el 11 de septiembre todo el andamiaje jurdico internacional? Es la llamada lucha contra el terrorismo una forma solapada de hegemona? Es tambin la guerra preventiva una perturbacin para el derecho internacional? Podrn los organismos multilaterales mantener la paz y la seguridad? Son los atentados del 11 de septiembre las causas de la muerte del multilateralismo? Estn los estados pequeos a salvo en estas perturbaciones Son las de las bases del derecho ms internacional pblico? organizaciones internacionales vulnerable tras el 11 de septiembre?

CONCEPTOS UTILIZADOS EN LA INVESTIGACION Interdependencia:

Continua relacin entre las economas del mundo en la cual no pude concebirse una sin la participacin de la otra, Nadie es autosuficiente. Globalizacin: Proceso de apertura, intercambio e integracin de las economas del mundo. Primera Revolucin Industrial: La revolucin originada en Inglaterra en el ao 1780. Segunda Revolucin Industrial: La revolucin liderada por Heary Ford, en la cadena de andamiaje de su famosa modelo "T" de 1904 Tercera Revolucin Industrial o de la informacin: La revolucin de la informacin matizada por el uso masivo del Internet.

Aldea Global:

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Revolucin cientfica y tecnolgica aplicada a la comunicacin. UNIVERSO DE ANALISIS Mi universo de anlisis estar conformado por la comunidad internacionales decir por los estados que conforman las naciones unidas, los cuales en el 2000 sumaban 188 pases. La muestra estar representada por aquellos estados que han sido objeto de agresin fruto de la guerra i3reventiva y la lucha contra el terrorismo. Especficamente Afganistn e Irak; y en menor orden Siria, Irn y Cuba. PROCEDIMIENTO METODOLOGICO La investigacin ser descriptiva y analtica, de tal forma se enunciar todo lo que acontece en cuanto al Derecho Internacional Pblico y su relacin con el 11 de septiembre, utilizando para esto las diferentes herramientas descriptivas de que se dispone. Luego analizamos los diferentes impactos que tienen en el Derecho Internacional Pblico los atentados del 11 de septiembre. Adems, analizaremos el impacto para la Repblica Dominicana, derivada de estos hechos, como nacin perteneciente al concierto de naciones y como miembro fundador de las Naciones Unidas. DISEO EMPRICO

Mtodos de Investigacin. Mtodos de Exposicin Histrica, Mediante este mtodo estudiaremos el fenmeno del derecho internacional pblico a travs de la historia y su relacin con los atentados de! 11 de septiembre, para poder inferir los elementos que les son comunes como objeto de la investigacin. Mtodo Descriptivo Con este mtodo descriptivo los hechos o situaciones amplias y particulares que son de relevancia para el desarrollo de los aspectos que sustentan nuestra investigaci6m Mtodo Analtico Este mtodo nos permitir componer el fenmeno, una vez desmenuzado precedentemente para ver las reas de problemas y poder recomendar !a solucin en cada caso. TECNICAS DE INVESTIGACION a) Recopilacin Documental (libros, peridicos, revistas, informacin almacenada digitalmente, diccionarios especializados, mapas, estadsticas) b) Anlisis de Contenido18

Servir para clasificar por orden de prioridad las informaciones contenidas en peridicos, revistas, libros, as como en conferencias, seminarios y visitas. HIPOTESIS, VARIABLES E INDICADORES Hiptesis 1: Los atentados del 11 de septiembre del 2001, son la causa del profundo trastorno del derecho internacional pblico. VARIABLE DEPENDIENTE HIPOTESIS 1 , Los atentados del 11 de septiembre del 2001 son las causas. Indicadores: Atentados 11 de septiembre 2001 VARIABLE INDEPENDIENTE 1 Del profundo trastorno en el derecho internacional despus de septiembre del 2001. Indicadores: Profundo trastorno Derecho internacional

Hiptesis 2 Son la guerra preventiva y la lucha contra el terrorismo formas solapadas de hegemona que desnaturalizar y desarticulan los cimientos establecidos del derecho internacional pblico. VARIABLE DEPENDIENTE HIPOTESIS 2 Son !a guerra preventiva y le lucha contra el terrorismo formas solapadas de hegemona. Indicadores: Guerra preventiva Lucha contra el terrorismo Formas solapadas de hegemona VARIABLE INDEPENDIENTE HIPOTESIS 2 Desnaturalizan y desarticulan los cimientos establecidos del derecho internacional pblico. Indicadores: Desnaturalizan y desarticulan Cimientos establecidos

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TESIS DE GRADOS PARA OPTAR POR EL TITULO DE LICENCIADO EN DEREHO (UASD)

TEMA: El Derecho Internacional publico tras los atentados del 11 de septiembre 2001.

CAPITULO l El Derecho Internacional Pblico. 1.1 DESARROLLO

ORIGENES Fue en Mesopotamia donde se concluyo el tratado internacional ms antiguo del que tenemos noticias ocurrido hacia el 3010 en el trancito del milenio IV al III, antes de Cristo, en l lmite entre la cronologa mstica y la cronologa histrica de esta parte del mundo. El primer documento diplomtico de gran poltica internacional que se conoce es el tratado de paz y Alianza concluido hacia el siglo 1279 a.c. entre el faran Ramses II y el soberano Hitita Hattusil II, donde establecieron una alianza defensiva y un pacto de no agresin, una

asistencia mutua contra las agresiones de sbditos rebeldes y un rgimen de extradiciones. La polis, el estado ciudad era independiente y soberana as es como surgi la patria del siglo IX a.c. un derecho internacional intrahelenico o panhelenico fundado sobre practica y tradiciones comunes, en Roma el Jus Gentium vino a llenar un vaco existente frente al extranjero, cuando un tratado suscrito con su ciudad no le aseguraba una proteccin expresa. En ausencia de un tratado de este tipo, el extranjero careca de todo derecho no sindole aplicables el Jus Civile. El Jus Gentium, por obra de un pretor de los extranjeros (praetor peregrinus), fue enriquecindose a medida que el trafico con el exterior se hizo mas y mas complejo y regia las relaciones en la que al menos una de las partes no era ciudadano Romano. Es sabido que el Jus Gentium aun siendo parte del derecho interno Romano, estuvo en el origen del derecho de gente moderno, llamndose mas tarde derecho internacional. El Jus Gentium, en efecto se diferenci bien pronto del Jus Civile, por su flexibilidad surgida del hecho de que el Praetor Peregrinus libre, en relacin con el riguroso formalismo del Jus Civile dispona de un amplio margen de libertad para su elaboracin, en funcin de la necesidades de la practica cotidiana, como podemos apreciar la opinin de Gallo con respecto a este derecho. Para Gallo el Juz Gentium se identifica con el derecho natural; sin embargo Ulpiano diferencia el Jus Gentium del Jus Naturale, porque el derecho natural es derecho comn a los hombres y a los animales y el Jus Gentium es un derecho especialmente humano. Pero sean cuales22

sean las diferencia antiguas sobre el Jus gentium Romano, es la base del moderno derecho internacional publico. Todos los que se rigen por leyes y costumbres usan un punto su primer derecho pues el derecho es suyo propio y se llama derecho civil como si dijramos derecho propio de la ciudad en cambio el que la razn estable entre todos los pueblos se llama derecho de gente, como si dijramos el derecho que usan todas la naciones as, pues, el pueblo romano usa en parte su propio derecho y en parte el derecho comn de todos los hombres 1 De los clsicos del derecho de gente encontramos a Francisco Victoria, dominico, formado en Burgos y en Paris, y a la hora de su muerte, profesor de la universidad de salamanca, para Victoria la comunidad internacional esta basada en el derecho natural a la igual que la comunidad poltica, el estado. La comunidad internacional resulta de la sociedad inherente a la naturaleza humana, que se extiende al conjunto del genero humano, el cual abarca el conjunto de los pueblos, naciones, estados, existe entre todos los pueblos un derecho natural de sociedad y de comunicacin, al que no pueden sustraerse sin un motivo valido. La comunidad internacional es en si el resultado de la sociedad natural del hombre, de un alcance universal, Su vinculo es el Jus Gentium, el derecho de gente, un derecho que Victoria concibe en un doble sentido: como derecho universal del genero humano en la tradicin Romana, dentro como un derecho de los pueblos.1 Garca Garrido, Manuel de Jess: Diccionario de Jurisprudencia Romana.

Francisco de Victoria aport una primera definicin del derecho de gente como derecho entre las gentes en definitiva como derecho internacional. Dedujo de la naturaleza de la comunidad internacional su supremaca sobre las comunidades polticas particulares. Hugo Grocio, hizo una expresin de conjunto del derecho de gente. Fue un escritor, historiador y jurista y sobre todo telogo. Su obra cumbre de Jure Belli ac pacas, lleg cuando Europa estaba desgarrada por la guerra de los treinta aos. Histricamente, Grocio es una figura de trancisicin entre los escolsticos y los telogos del derecho natural racionalistas llamado clsico de los siglos XVII y XVIII, el mismo reconocen su deuda hacia los magni hispani. Se apoya ampliamente en la tradicin literaria cristiana que sus sucesores ignoraran. El jurista ingles Jeremas Benthan fue quien por primera vez lo us en el ao de 1780. El Derecho Internacional Publico ha evolucionado conforme lo han hecho las sociedades que el trata de regular. El profesor Gamboa Serazzi, nos dice que a travs del derecho el hombre organiza la paz interna y en el mbito extra-estatal el Derecho Internacional Pblico fijar las normas que lo regularan.2 Los orgenes del Derecho Internacional Pblico no se encuentran como tal puesto que tenemos que fijarnos en los intentos de crear una sociedad universal y en ese orden el Derecho Internacional Publico se relaciona con los hitos histricos importantes de la humanidad.

2 Serrazzi , Gamboa Fernando: Manual de Derecho Internacional Pblico. Pg.19

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Uno de los libros ms importante de todos los tiempos en esta rama del derecho es el publicado por Hugo Grocio: De Jere Billi Ocpacis, en el 1626 dando inicio con esto a las divisiones histricas del Derecho Internacional Publico. El cuerpo general del Derecho Internacional Pblico se completa a partir del s XVll, cuando se necesit un cuerpo general que regulara las conductas y relaciones de los nuevos Estados independientes de Europa. Dentro de las etapas posibles del Derecho Internacional Pblico podemos mencionar la que van desde la edad media al Congreso de Viena, de este al la Primera Guerra Mundial, de aqu a la Segunda Guerra Mundial y de esta a la posguerra. Desde la antigedad vemos el intento por crear una sociedad universal, que se acrecienta con el Congreso de Viena, ya mencionado donde las potencias aceptan dirimir sus diferencias por medios pacficos, la Sociedad de Naciones despus de la Primera Guerra Mundial y su rotundo fracaso en evitar los trgicos acontecimientos que desencadenaron la Segunda Guerra Mundial. 1.2 LAS FUENTES

Dentro de las fuentes del Derecho Internacional Pblico tomaremos las clasificacin de la Corte Internacional de Justicia que resea en su libro el profesor Freddy ngel 3

3 Castro Daz, Freddy ngel :Derecho Internacional Pblico, Pg.55

1-Las convenciones Estados litigantes,

internacionales, sean generales o

particulares, que establecen reglas expresadas reconocidas por los

2- La costumbre internacional como prueba de una prctica generalmente aceptada como derecho, 3- Los principios generales del derecho reconocido por las naciones civilizadas, 4- Las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinacin de las reglas del derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el artculo 59.

ALas convenciones son normalmente llamadas tratados. Los miles de tratados que existen son la base fundamental del Derecho Internacional Publico, anteriormente esto no era as, puesto que la mayora de tratados que se concertaban estaban nicamente orientados a tratar la paz, alianzas y cosas por el estilo, y no fue sino hasta el siglo XlX cuando los tratados fueron usados para crear derechos entre los Estados. Hoy en da este tipo de tratados son instrumentos indispensables en la sociedad de Estados. Es importante acotar que, con pocas excepciones los tratados son contractuales, en el sentido de que solamente se obligan los Estados firmantes. Las obligaciones que contraen los Estados bajo las reglas del26

Derecho Internacional Pblico y el necesario principio de la soberana del Estado no siempre son compatibles. El derecho positivo, o prctica de los Estados, como fuente del derecho, se convierte en una camisa de fuerza a la hora que un Estado firma y ratifica un tratado y no puede retirarse del mismo de manera discrecional, lo que no ha sido suficientemente explicado por los tratadistas, en estos casos se puede hablar de vulneracin al principio de la soberana.

Analizando, de manera concreta el caso de la base naval de Guantnamo en Cuba, a la luz del Derecho Internacional Pblico, en este caso podemos observar que al final de la guerra hispano-norteamericana, provocada por la voladura , del acorazado Maine en las costas de la habana, hecho por el cual los norteamericanos culparon a los espaoles, derrotando su escuadra que fue cercada , Estados Unidos la con lo que se abra para los de diferentes territorios ocupacin

pertenecientes a los decadentes espaoles, dentro de esos territorios estaba Cuba. Los norteamericanos a travs de la enmienda pratt, obligaron a los cubanos a inscribir en su constitucin el arriendo de diferentes territorios, entre ellos la baha de Guantnamo.4 Los sucesivos gobiernos cubanos no han podido revertir aquella afrenta fruto de un tratado impuesto por la fuerza de las armas.

4 Rosario, Juan Manuel: Derecho de los Tratados Internacionales, Pg.102.

BLA COSTUMBRE El elemento consuetudinario es primero que el derecho de los tratados, en el sentido de que la fuerza unitaria de los tratados depende bsicamente sobre las reglas del derecho costumbristas. Para establecer las reglas del derecho costumbrista internacional, se debe observar que no solamente exista una prctica o habito entre los Estados, sino que esas prcticas sigan reglas legalmente unidas entre ellas. Deben distinguirse en el derecho consuetudinario internacional que las acciones de los Estados sean concurrentes y recurrentes en el dominio de las relaciones internacionales y que esas acciones sean ajustadas a la ley. La costumbre es un elemento inherente al Derecho Internacional Pblico, puesto que cuando este no tena un cuerpo desarrollado, su principal base era el derecho costumbrista. El Dr. Lus Arias nos da una definicin de Derecho Internacional Pblico en el cual se evidencia la importancia de la costumbre: Es un conjunto de normas y reglas consuetudinarias y contractuales que regulan las relaciones entre los diferentes sujetos de este derecho.5 La prctica internacional de los Estados que son concurrentes y adoptadas por otros Estados se convierte en normas de la comunidad internacional y llegan a ser las costumbres internacionales. Es importante entender que la prctica unilateral de un Estado no forma5 Nez, Luis Arias: Manual de Derecho Internacional Privado, Pg.2

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costumbre internacional, sino posee el elemento material que le da la susceptibilidad de ser usado por otros Estados de manera reiterativa y concurrente. La costumbre internacional son normas tradicionalmente observadas, actos de Estados y acuerdos internacionales que no sean contrarios al derecho natural de los pueblos y que los Estados reconocen como obligatorios. La costumbre internacional es la fuente ms antigua que tiene el Derecho Internacional Pblico. En los ltimos tiempos ha sido relegada a un segundo plano por la creciente codificacin del Derecho Internacional Pblico. Aunque no todas las normas de Derecho Internacional Pblico estn codificadas, por lo que en muchas ocasiones hay que remitirse al Derecho Internacional Consuetudinario. En opinin del Tribunal Internacional de Justicia un Estado que invoca una supuesta norma de la costumbre jurdica internacional tiene que demostrar que se trata de una prctica constante y uniforme reconocida como derecho por los Estados actuantes. La Costumbre Internacional A pesar de los avances de los tratados internacionales que han disminuido los elementos costumbristas estos no han desaparecido del escenario internacional, y en ese orden podemos distinguir dos elementos en la costumbre internacional: un elemento material y un elemento psicolgico. El elemento material son prcticas concurrentes y continas en el tiempo y el elemento psicolgico es el convencimiento de los Estados de que ciertas prcticas concurrentes se estn haciendo de

acuerdo con el ordenamiento jurdico internacional El derecho internacional clsico fue un derecho hecho bajo las necesidades europeas. Conforme otros pases fueron adquiriendo la independencia, se acrecent una posicin crtica por parte de los mismos hacia este cuerpo de costumbres internacionales que no reflejaban sus intereses. Esta nueva situacin provoc que estas normas fueran progresivamente modificadas a travs de tratados internacionales. Concepto El artculo 38 del estatuto de la Corte Internacional de Justicia define la costumbre internacional como "prueba de una prctica generalmente aceptada como Derecho". Esta definicin nos advierte que la costumbre es una forma espontnea de creacin del derecho. Espontnea porque surge gracias a una prctica seguida por los Estados de forma uniforme y que, con el paso del tiempo, acaba consolidndose como Derecho. A pesar de que la costumbre internacional implica la repeticin de una conducta durante mucho tiempo, en la actualidad este requisito ha perdido importancia. 1. NOCION DE LA COSTUMBRE. SUS ELEMENTOS En todas las sociedades humanas que han generado un Derecho propio la primera forma de ste fue la de Derecho consuetudinario. La formacin de este Derecho consuetudinario se enraza en la naturaleza racional y social del hombre. La formacin de la regla consuetudinaria en la sociedad internacional30

est en relacin directa con los rasgos bsicos de esta sociedad. Si la hemos caracterizado como una integrada por sujetos independientes, aunque forzados a una convivencia, la costumbre en sus peculiaridades y origen, refleja bien esos caracteres. La regla consuetudinaria surge del consentimiento de los sujetos directamente obligados por ella. Es decir, para sus redactores, la costumbre no era tanto fuente, esto es, agente creador de la regla, sino ms bien expresin del necesario consentimiento. Las mismas caractersticas de esta sociedad hacen que la costumbre, sea fuente autnoma, sin sujecin a las fuentes escritas. Coincide, la norma interna consuetudinaria con la internacional, en el carcter relativamente pacfico en su proceso de formacin. Por supuesto se da que la regla consuetudinaria internacional no deja de ser, al igual que la interna, expresin de un compromiso entre intereses contrarios, pero en una y otra la articulacin de los consensos y disensos, de los que surgen las reglas consuetudinarias, se realiza de modo menos perceptible, ms discreto a como se opera la confrontacin de esos mismos intereses en la elaboracin de la regla convencional o de la norma legal. Su carcter flexible y evolutivo la hace especialmente apta para acomodarse a las mutaciones estructurales que la sociedad internacional realiza. La norma consuetudinaria en este sistema tiene sobre la regla escrita un valor que perdi en el Derecho interno. El conjunto de las normas consuetudinarias constituyen el substrato ms profundo de la normatividad internacional: Las normas que regulan el proceso de creacin normativa en el sistema jurdico internacional son en buena parte reglas consuetudinarias. El trato privilegiado que en la

incorporacin a su sistema jurdico confieren determinados Derechos estatales a normas internacionales lo es a normas consuetudinarias, con exclusin de las reglas convencionales. Relevantes a efectos de constitucin de costumbre son no slo aquellos que tengan relacin con la ordenacin y ejercicio de su poder exterior, como son la conclusin de tratados, los de reconocimiento de nuevos sujetos etc. Tambin interesan aquellos que van encaminados a producir efectos internos: actos de carcter legislativo, de administracin ordinaria, incluso actos judiciales, siempre que tengan relacin con situaciones internacionales. CLASES DE NORMAS CONSUETUDINARIAS INTERNACIONALES Carece de sentido en el orden jurdico internacional la clasificacin en el Derecho interno de la costumbre por relacin a la ley: costumbre conforme a ley, al margen de la ley y en contra de la ley. La norma escrita en el Derecho internacional es convencional y no legal. Pero es que, adems, la costumbre no es fuente subsidiaria, sino autnoma. Tratado y costumbre se complementan y derogan recprocamente. Ambas fuentes tienen el mismo origen: el consentimiento de los Estados. La clasificacin en el Derecho internacional de la costumbre est en funcin de su mbito de aplicacin: costumbres generales o universales, costumbres regionales y locales o bilaterales. Las de carcter general obligan en principio a todos los Estados, pero si alguno se ha opuesto sistemticamente a su existencia, el mandato que se deriva de ella no le es oponible. El conjunta de las reglas32

generales forma lo que se entiende por Derecho internacional comn o Derecho internacional general. Las costumbres regionales o locales reducen su mbito de aplicacin a un grupo determinado de Estados que parece estar determinado por su proximidad geogrfica y, o por su contigidad o vecindad. Desde un punto de vista prctico el inters de stas parece ms bien modesto, pero se corresponde con una tendencia actual en la comunidad internacional cual es el fenmeno de la regionalizacin. SITUACION DE LA COSTUMBRE EN EL DERECHO INTERNACIONAL MODERNO En trminos generales puede afirmarse que el orden jurdico internacional no es impermeable a la idea de la codificacin. La idea bsica a la que responda sta: garanta y seguridad jurdica, el orden internacional la siente con igual fuerza que el Derecho interno. Pero, el fenmeno de la creacin espontnea de la regla jurdica internacional est en relacin directa con la estructura bsica de la sociedad internacional. En este sentido regla consuetudinaria y acuerdo internacional responden a los mismos problemas de fondo. Ms an, la regla consuetudinaria expresa de ordinario mejor que el tratado los rasgos comunitarios de una sociedad. En tres aspectos analizaremos la situacin de la costumbre en el Derecho internacional moderno. Relacin entre costumbre y tratado. El carcter autnomo e independiente de una y otra fuente jurdica, les sita en relacin de concurrencia y por tanto de conflicto y de complementariedad. Una determinada institucin internacional est regida en parte por reglas escritas y por reglas no escritas. En la relacin de oposicin, la

costumbre puede derogar al tratado, y el tratado, ciertamente, puede derogar a la costumbre. El tratado constituye fcilmente un precedente idneo, para poder establecer la persistencia del uso. La repeticin de determinadas clusulas convencionales aporta un elemento de conviccin generador de regla internacional. Tal sucede evidentemente en los acuerdos de carcter multilateral; pero no deben ser excluidos los estrictamente bilaterales. El inters mayor de la relacin entre tratado y costumbre est en la forma en que el tratado es instrumento de codificacin de reglas consuetudinarias. El tratado no slo es instrumento necesario, sino nico en esta tarea de clarificacin y sistematizacin del Derecho internacional comn. La denominada legislacin internacional no es otra cosa que la sistematizacin de normas consuetudinarias en proyectos de acuerdos internacionales que los Estados despus ratifican. El Derecho consuetudinario y los nuevos Estados. Uno de los fenmenos ms revolucionarios en la sociedad internacional, es el acceso a la independencia como Estados soberanos de antiguos territorios coloniales. Aproximadamente dos de cada tres Estados de los que componen la sociedad internacional estn en esta situacin. El Derecho internacional ha dejado de ser un producto de la sociedad y cultura europeas para transformarse en el Derecho de la comunidad universal. Estado poltico o Estado stricto sensu34

Es el conjunto de los aparatos y ramas del Estado, estructuras que se constituyen en el marco poltico y, de manera esttica, cristalizan los medios burocrticos a travs de los cuales los actores polticos, especficamente el sujeto o grupo de sujetos que detenta la hegemona, realizan las labores de administracin, gobierno, distribucin, ideologizacin, provisin de bienes y servicios, estrategia, proyeccin, planificacin, movilizacin de haberes, y masas humanas, ejecucin de tareas y objetivos, diseos de polticas, concentracin de intereses y otras, desde un centro de poder unificado que genricamente identificamos como el Estado. Por medio de los organismos de planificacin del crdito, de la poltica fiscal, de la direccin de sectores productivos, de la institucionalizacin de los compromisos de clases, a travs de la relacin con los partidos y organismos corporativos y, la articulacin con las grandes entidades multinacionales, el Estado controla y organiza el desarrollo econmico. El Estado as entendido como Estado poltico reviste dos posibilidades: primero, es la forma que recubre el poder del actor poltico que detenta la hegemona, y segundo, deviene l mismo en sujeto o actor poltico cuyo peso especifico en la lucha que se lleva a cabo en el seno del Estado-Sistema poltico, ha ido incrementndose, especialmente en el contexto latinoamericano. En la actualidad, la soberana vive en constante sobresalto ya que los procesos de globalizacin en la economa, la poltica, el campo militar y la cultura, asedian y erosionan la antigua fortaleza de los Estados. Ningn pas escapa a las interconexiones globales ni a la interrogacin que se cierne sobre la prctica soberana; pero los estragos a la soberana son ms perceptibles en los pases en

desarrollo, o en las naciones de economas en construccin, que en naciones hegemnicas que transitan con relativa fluidez por los circuitos que articulan a la aldea global. componen el Sistema Interamericano, Para los pases que el asedio a la soberana

proviene de una doble va: de los procesos mismos de globalizacin y de las notorias debilidades y omisiones que caracterizan a la mayora de sus gobiernos. Los procesos de regionalizacin y globalizacin desatados por las innovaciones tecnolgicas en la produccin y la informtica entre otras, inicia una era de replanteamiento del ordenamiento mundial en todos sus aspectos. Nacionales Soberanos, Las diferentes decisiones de los Estados comenzaron a verse mediadas por los poltica y cultural. La

procesos de globalizacin econmica,

soberana tradicional se cuestion por un proceso dual: de un lado, por el ciudadano, las organizaciones de la sociedad civil y los partidos polticos que reclaman un sentido horizontal de la poltica; de otra parte, por las interconexiones globales que hacen de las polticas nacionales una parte del circuito del proceso de produccin de las decisiones nacionales. En los das que corren, la globalizacin es de tanta intensidad, que lo que ocurre econmicamente en algn lugar del planeta repercute de modo casi automtico en las economas de prcticamente cualquier pas. El despliegue proceso de de las interconexiones de globales las no se circunscribe, perceptible sin embargo, al mbito econmico. Existe un decisiones

internacionalizacin

polticas, ambientales, culturales y militares. En las relaciones entre Estados cada da es ms frecuente establecer condicionamientos que36

plantean la exigencia de que los gobiernos sean democrticos, cuiden el medio ambiente y respeten los derechos humanos, para que se puedan establecer intercambios de diferentes tipos entre ellos.

C- LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Estos estn contenido en las disposiciones del capitulo 1, Articulo 2 de la Carta de las Naciones resoluciones y Tratados Internacionales entre los que se encuentra la resolucin 2735 de la Asamblea General, que reafirmando los principios del Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y cooperacin entre los Estados de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, aprobaron ratificar un conjunto de principios: a ) que los Estados en uso de sus relaciones se abstendrn de recurrir a amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia poltica de cualquier Estado, o cualquier otra forma incompatible con las Naciones Unidas B) el principio de que los Estados resolvern sus controversias internacionales por medios pacficos, de tal manera que no pongan en peligro la paz y la seguridad internacionales ni la justicia, C) el principio de no-intervencin en los asuntos de jurisdiccin interna de los Estados, de conformidad con la Carta, d) la obligaciones de los Estados de cooperar entre si conforme a la Carta, e) el principio de igualdad y soberana de los Estados, f) el principio de que los Estados cumplirn de buena fe las obligaciones contradas por ellos conforme a la Carta, para

conseguir

su

aplicacin

ms

efectiva

en

la

comunidad

internacional, g) el principio de igualdad de derecho y libre determinacin de los pueblos. LAS RESOLUCIONES DE LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES Con un origen distinto del Estatuto de la Corte, los tratadistas del Derecho Internacional han ido aceptando que algunas resoluciones de las Naciones Unidas alcancen el nivel de fuentes del Derecho Internacional Pblico. Las declaraciones solemnes por las que los Estados podran regirse en condiciones especiales, es una verdadera fuente del Derecho Internacional, porque pueden llegar a ser convertidas en principios y normas del Derecho Internacional Pblico. Para el Tribunal Internacional de Justicia una norma surgida de la costumbre no puede obligar a los Estados que por regla general se han opuesto a ella. No cabe duda, de que tambin puede contribuir a la creacin del Derecho Internacional Consuetudinario el comportamiento de otros rganos, especialmente de los tribunales, en la medida en que han de aplicar Derecho Internacional Pblico. Hasta nuestros das eran los rganos estatales los llamados a crear, con su prctica, normas jurdico-internacionales consuetudinarias, pero el actual desarrollo de las organizaciones internacionales hace que tambin los rganos de estas intervengan en el proceso de su aparicin. Cul es la situacin de aquellos Estados que no existan todava38

cuando surgi determinada norma consuetudinaria internacional? Estn vinculados a las normas que aparecieron antes de existir ellos? La doctrina dominante contesta afirmativamente, alegando que todo Estado que ingrese en la comunidad internacional queda vinculado al ordenamiento jurdico de esta comunidad. Esta concepcin fue formulada en una poca en que los nuevos Estados surgieron o por secesin del seno de antiguos Estados o por unin de tales Estados, en el mbito de la comunidad internacional cristiana, y por consiguiente, se inspiraban en los mismos principios jurdicos que los anteriores. Pero desde que la comunidad internacional se ha convertido en global, no se podr impedir a los nuevos Estados que con ocasin de su reconocimiento o de su admisin en la ONU formulen determinadas reservas frente al Derecho Internacional tradicional. Si, por el contrario, ingresan en la comunidad internacional quedan tambin vinculados al Derecho Internacional preexistente, pues el prembulo de la Carta de la ONU. se refiere no solo al deber de cumplir los tratados, sino tambin al de respetar las obligaciones derivadas de otras fuentes del Derecho Internacional. Y estas otras fuentes son la costumbre internacional y los principios generales del derecho ( art. 38, b), y 38, c) del Estatuto del Tribunal de Justicia Internacional.

1.3

LOS SUJETOS

Los Estados son los sujetos por excelencia del Derecho Internacional, por su conformacin y niveles de complejidad, pero modernamente y en termino de la evolucin que han tenido las

relaciones internacionales fruto de la creciente interdependencia e integracin de las sociedades humanas, se han agregado otros sujetos como son las organizaciones internacionales y tambin se han incluido a los individuos como sujetos del Derecho Internacional Humanitario, una de las ramas del Derecho Internacional Publico. Hablamos constantemente de Estado, pero que es el Estado? La nocin de Estado nos remite a una estructura institucional que somete a cierto nmero de hombres al imperio de las mismas leyes. Pero un Estado puede presidir los destinos de pueblos o naciones diferentes y en ese caso se habla de Estado federal o confederal. El concepto de pueblo es una nocin poco concreta, mientras que el de nacin tiene un contenido ms poltico. El Estado y sus instituciones son la representacin concreta de una comunidad. Al finalizar la segunda guerra mundial, 47 Estados firmaron la Carta de creacin de las Naciones Unidas, en 1945. Hoy en da son ms 188 los Estados que componen esta organizacin fruto principalmente de la descolonizacin, del final de la guerra fra, la desintegracin de la Unin Sovitica, la unificacin de Alemania, el desmembramiento de Yugoslavia y otros acontecimientos que han multiplicado el numero de Estados. Despus del Congreso de Viena de 1815, se quiso volver al orden anterior a Napolen, restaurar los soberanos de 1789 y anular los cambios en los diferentes rdenes propiciados por la revolucin. Francia tuvo que abandonar todos los territorios europeos anexados, as como la Isla de Tobago, Santa Lucia y la parte este de la Isla de Santo Domingo. En todo el reordenamiento territorial posterior a la40

abdicacin de Napolen de 1814 emerga en Europa un sentimiento de unidad nacional, especialmente en los casos de Alemania, liderada por Prusia y de Italia, por Piamonte. A finales del siglo XlX, Europa vivir la agitacin del nacionalismo, ideologa segn la cual, la base del Estado es la individualidad nacional, entonces cada pueblo con personalidad propia definida por una lengua o una historia comn tiene derecho a la autonoma. Se daban dos situaciones extremas, pueblos divididos entre varios Estados como los italianos y germanos- y Estados con multiplicidad de etnias y culturas diferentes, como el imperio ruso, el turco y el austro-hngaro. Dentro de esa dinmica de pueblos, etnias, naciones y Estados, tambin tenemos pueblos sin Estado como el caso del pueblo kurdo repartido en territorios de cinco pases diferentes: la ex -Unin Sovitica, Turqua, Irn, Irak y Siria. De modo que la nocin de Estado va a depender desde que

perspectiva se defina, si es en trminos polticos o jurdicos. Tomando el Estado como sujeto del Derecho Internacional Publico, tendremos que aplicar la clasificacin de la conferencia de Montevideo de 1933: Que un Estado para estos fines es aquel que tiene una poblacin permanente, un territorio definido, un gobierno establecido y la capacidad para establecer relaciones internacionales. Para que un Estado pueda ser considerado como sujeto del Derecho Internacional Publico este debe de poseer una poblacin permanente que refuerce los vnculos de identidad, solidaridad, hbitos, costumbre, cultura, lengua, religin y el sentido de

pertenencia a ese colectivo. Un Estado de manera temporal puede subsistir sin territorio, pero no lo puede hacer sin poblacin: caso del Estado francs, o los Estados belgas y holands bajo la ocupacin Alemana de 1945. EL TERRITORIO DE LOS ESTADOS Todo Estado debe tener un territorio para poder ser sujeto del Derecho Internacional, el artculo 2 de la Carta de las Naciones Unidas habla de la integridad territorial como regla del Derecho Internacional. Todo Estado debe estar asentado en un territorio particular en donde se den los elementos constituvos bsicos en la formacin del Derecho Internacional Pblico. El territorio comprende la tierra firme, el mar territorial, el suelo, el subsuelo, el espacio areo, el espacio ultra espacial y modernamente la zona econmicamente exclusiva. EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS Todo Estado debe tener un gobierno, que es aquel que administra el Estado, organiza sus instituciones impone su autoridad a personas tanto fsicas como morales. Este gobierno debe estar asentado sobre un territorio determinado y con una poblacin especifica. El gobierno es la parte operativa del Estado, alimentado por una burocracia, que es la que da vida al Estado conjuntamente con la poblacin y el territorio definido. El gobierno organiza la forma en que el Estado atender las necesidades de las personas. Divide a su vez el territorio del Estado42

de manera tal que sea fcil su administracin, pudiendo ser municipios, provincias, departamentos, dependiendo de la organizacin estatal que prevalezca. El Estado a travs del gobierno mantiene la unidad de la nacin o de los elementos nacionales, evitando que haya escisin que vulnere la integridad territorial del Estado, cuando este est integrado por diferentes comunidades nacionales: como el caso de los francfonos y anglfonos en el Canad o los flamencos y balones en el Estado belga. LA SOBERANIA DE LOS ESTADOS Una de las caractersticas bsicas que debe poseer un Estado para poder ser sujeto del Derecho Internacional Pblico es que sea soberano. La soberana es un asunto esencial, dentro de la dinmica internacional. Todo el andamiaje jurdico sobre el que se fundamentan las relaciones internacionales tienen como base la soberana voluntad de los Estados, un Estado no puede obligarse a firmar un determinado tratado si no es por su voluntad expresa, puesto que el principio de la soberana Estatal es consustancial con el Derecho Internacional Pblico.

Un Estado soberano segn el profesor VERDROSS Es una comunidad humana perfecta y permanente que se gobierna plenamente a si misma y no se tiene sobre ella ninguna autoridad terrenal que no sea la del Derecho Internacional Publico66 Verdross, Alfred: Derecho Internacional Pblico: Pg.10

La soberana supone el autogobierno pleno, que permite al Estado regular independiente y libremente su forma de Estado y de gobierno, su organizacin interior, sus relaciones exteriores. Comprende tambin la autonoma constitucional. Segn continua diciendo el profesor VERDROSS El ordenamiento de los Estados soberanos no puede hacerse derivar de otro ordenamiento estatal, sino que existe inmediata y directamente en virtud del Derecho Internacional. Por faltarle este requisito de la vinculacin inmediata al Derecho Internacional, carecen de personalidad jurdico-internacional los Estados miembros de un Estado federal, los Estados vasallos y otras agrupaciones autnomas dentro de un Estado7 CAPITULO II El Derecho Internacional Pblico y el 11 de Septiembre 2001. 2.1 El ataque a las torres gemelas El martes 11 de septiembre del 2001 se convirti en el escenario de la peor pesadilla ocurrida en suelo norteamericano. A las 8:48 a.m. Un 767 de American Airlines que salio de Boston con destino a los ngeles, impact el centro del rea superior de la Torre Norte de las Torres Gemelas ubicadas en el World Trade Center. Pero 18 minutos mas tarde, lo que originalmente se pens que haba sido un accidente areo, marcara el segundo atentado. El segundo avin secuestrado un 757 de United Airlines, con la7 Ibidem, Pg. 12

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misma ruta anterior, se estrell contra la Torre Sur a las 9:06 a.m., destruyendo uno de los lados laterales de su estructura, provocando un incendio y una bola de humo impresionante. El presidente George Bush, se dirigi a su pas desde una escuela de la Florida, en la que haba ofrecido una charla para indicarles a los ciudadanos que haban sido victima de una accin terrorista, advirti que los responsables serian enjuiciados y castigados. El vuelo 77 de American Airlines, que despego del aeropuerto de Dulles se estrella contra la entrada del helipuerto del Pentgono y lo destruye, exactamente a las 9:38 a.m. 22 minutos despus del segundo atentado. A las 10:05 a.m. sucumbi la Torre Sur del World Trade Center, sepultando a policas, bomberos y personal de rescate que trataban de controlar la situacin, a las 10: 30 a.m. se desplom la Torre Norte causando mayores victimas y confusin en un ambiente indescriptible. Las dos ciudades que rivalizan por la hegemona norteamericana, smbolo del poder econmico, militar y de inteligencia de la mayor potencia mundial contempornea haban sido daadas seriamente. En las torres laboraban 50,000 trabajadores de los cuales no se conoce con exactitud la cantidad que estaban laborando en ese momento, pero el balance preliminar de muertos fue de: 400 bomberos, 78 policas y alrededor de 250 pasajeros de los cuatro aviones secuestrados. Se dieron acontecimientos nunca visto en este pas: por orden presidencial se evacuan las principales estructuras fsicas y polticas del sistema, como la Casa Blanca, Las Naciones Unidas, el Departamento de Estado y de justicia, Banco Mundial y

todas las instalaciones federales y bases militares. Tambin, se cancelaron los vuelos areos nacionales y todos los aviones destinados a algn punto de Estados Unidos fueron desviados a Canad. Y fueron clausurados todos los aeropuertos del territorio norteamericanos. Por primera vez en la historia el pas suspende todo el trfico areo nacional. Las Torres Gemelas estructura monumental contaban con 110 pisos y una gran cantidad de personas de diferentes pases laboraban en ellas, incluidos muchos dominicanos. La cantidad de muertos se cuantifica en alrededor de 3000 personas, pero posiblemente pueden ser mas en la medida en que los desaparecidos se cuantifiquen y se terminen de remover todos los escombros. El secretario de Estado de Estados Unidos Collin Powell, de gira por Amrica Latina, suspendi la misma y regres a los Estados Unidos. El gobernador de nueva York, George Pataki ordena el cierre de todas las oficinas estatales y Rudolph Giuliani alcalde de la misma ciudad pide a todos los ciudadanos que permanezcan en sus hogares. Quienes haban planificado y ejecutado aquellos actos? Cmo haban logrado tanta precisin? Por lo que se puede observar los que secuestraron los aviones, tenan mucho tiempo planificando la operacin y la realizaron en el momento en que los aviones estaban completamente repletos de combustibles convirtindose en efectivas bombas volantes. De los cuatro aviones secuestrados dos pertenecan a American Airlines y dos pertenecan a United Airlines, de46

los dos ltimos, uno no cumpli su objetivo

y se estrell con sus

pasajeros y tripulacin en el condado Somerset, Pensilvana , al sureste de Pittsburg. Dentro de las informaciones que se disponen los secuestradores eran de origen rabe y algunos de ellos tenan bastante tiempo residiendo en los Estados Unidos, donde haban incluso adquirido la capacidad de pilotear aeronaves civiles. Segn los datos aportados por la prensa norteamericana estos pilotos suicidas fundamentalistas se haban preparado para estos acontecimientos, tanto en forma fsica, como en su preparacin tcnica para poder llevar a cabo esta empresa macabra de asesinar a personas indefensas. de miles de Tambin en trminos logsticos al parecer

haban estudiado bastante bien las estructuras de las torres pues conocan los puntos exactos donde tenan que impactar los aviones cargados de combustible para que la estructura de acero de las torres se desplomara como si fuese un castillo de naipes, creando mayor destruccin y horror. Esta empresa macabra que se haba llevado a cabo ese martes de septiembre tendra repercusiones enormes en todo el sistema econmico, poltico, militar, estratgico y energtico en el mundo entero. Podemos decir que a partir de aqu nacer un nuevo orden mundial, que tendr como centro la lucha contra el terrorismo como enemigo numero uno. A partir de la cada de las economas centralizadas del Este de Europa, nacer un nuevo econmico, financiero, poltico y militar, marcado ampliamente por un resurgir del capitalismo, dominado por los Estados Unidos de Amrica , potencia vencedora de la guerra fra;

pero a partir del 11 de septiembre del 2001, nacer otra estructura internacional en el plano de las relaciones internacionales y de la convivencia de los Estados, que podemos resumir en : preeminencia de los Estados Unidos como nica potencia econmica y militar a nivel global. La lucha contra el terrorismo el cual tiene como primer objetivo la Republica rabe de Irak y el rompecabezas de Afganistn, para luego continuar con la Repblica Islmica de Irn, y posiblemente la repblica rabe de Siria, como parte de los pases considerados en el eje del mal. Lo cual se va a traducir en una conculcacin de los derechos soberanos de los Estados y en una limitacin de las libertades individuales a nivel mundial.

2.2 La vulnerabilidad de los Estados Unidos Por primera vez desde la creacin de la nacin norteamericana en el ao de 1776, fuera de su guerra de independencia, los Estados Unidos no haban recibido un ataque externo. Originalmente, las trece colonias despus de dura guerra contra Inglaterra proclamaron su independencia en ese momento los trece Estados que componan la nueva nacin contaba con una extensin total de 835,687 Km. Cuadrados. Hoy los Estados Unidos de America cuentan con 52 Estados que suman 9,629,047 Km. Cuadrados . 49 Estados y 8,793,360 Km. cuadrados mas. Han cuadruplicados sus Estados y sextuplicado su superficie hasta abarcar todo el espacio entre los ocanos Atlntico y Pacifico. Como se pudo lograr este milagro de multiplicacin territorial?48

Con una gran expansin hacia el oeste, donde se harn nuevos asentamientos, se arrebataran tierras a la poblacin aborigen y luego se la someter a vivir en grandes reservas. (Ley de remocin de Indios de 1830). El territorio se ampliar bastante con la compra de Louisiana a Francia en 1803, la cual agregara al territorio de la Unin ms de dos millones de kilmetro cuadrados, en 1819 se lleg a un acuerdo con Gran Bretaa para administrar de manera conjunta los vastos territorios de Oregn, pero poco a poco los colonos norteamericanos fueron desplazndose a ese territorio y en pocos aos haban superado a los ingleses, con lo que se habra para los Estados Unidos la puerta del pacifico. Posteriormente, se hace la compra a Espaa de la Florida en 1819. Con la ley de remocin de indios y con la introduccin en Texas territorio mexicano, de colonos norteamericanos que luego proclamaran la Republica de Texas, y la anexaran a la Unin Norteamericana convirtindola en el estado No.28 el 29 diciembre del 1845, podemos decir que los Estados Unidos inician su verdadera etapa imperial. Este ultimo acto motiv la entrada en guerra de Mxico y Estados Unidos. La guerra concluy en 1848 con la perdida por parte de Mxico de los estados de California y Nuevo Mxico y el vasto territorio de Utah. Esta guerra supuso para Mxico la perdida de ms de la mitad de su territorio, aproximadamente el 55% con una superficie de 2, 400,000 KM

cuadrados. La Guerra Civil (1860-1865) interrumpi de manera momentnea esa expansin y se retoma en la guerra contra Espaa, de 1898 en esta guerra se apodera de los restos de territorios del imperio espaol en varias partes del mundo, como son Cuba y Puerto Rico en el caribe, Las Filipinas en Asia y la Isla de Guam, en el

pacifico. Esta actividad imperialista norteamericana fue facilitada como establece Pal Kennedy por la gran abundancia de materias prima, medios de transporte masivo y un poderoso ejercito, adems de una enorme produccin industrial.8 De manera tal que los Estados Unidos emergern como potencia mundial, despus de los acontecimientos posteriores al Congreso de Viena de 1815, cuando es lanzada la doctrina del presidente Monroe, de que no se aceptaran la intromisin de potencias extranjeras en el continente americano, a propsitos de las tentativas de la Triple Alianza europea, corra el ao de 1823. A la luz de los datos aportados, la doctrina Monroe se puede traducir en que Amrica ser para los norteamericanos. Desde ese momento y a juzgar por los hechos toda intervencin posterior, una vez concluida la guerra-hispano-norteamericana han sido llevadas a cabo por los Estados Unidos, quienes desplazaron a las potencias europeas en este continente. La Doctrina Monroe cuyo verdadero autor fue, en 1823, el entonces Secretario de Estado Adams se formul para contrarrestar el imperialismo europeo de esa poca. Ante liquidacin de los ltimos vestigios europeos con el caso espaol, se volvi a definir en el sentido de atribuirse los estadounidenses el derecho a intervenir en Amrica Latina. En 1912, el Presidente William Taft no deja lugar a dudas: no esta lejos el da en que tres banderas de barras y estrellas, sealen en tres puntos equidistantes la extensin de nuestro territorio:8 Kenneddy , Paul: The Rise and Fall of the Great Powers. Pg.70

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una en el Polo Norte, otra en el Canal de Panam y la tercera en le Polo Sur. Todo el hemisferio ser nuestro, de hecho, por nuestra superioridad racial, ya nos pertenece moralmente. La reaccin del Presidente de Mxico, en 1919, Venustiano Carranza, fue la siguiente:La Doctrina Monroe supone un necesidad del mismo. protectorado arbitrario impuesto a los pueblos que no lo pidieron y que no tienen ninguna La Doctrina Monroe, no es reciproca, y en consecuencia, es injustase trata de una especia de tutela ejercida sobre Amrica Latina que no debera existirNos encontramos ante una situacin en la que alguien ofrece a otro un favor, y al ver que ste es rechazado, intenta imponerlo a toda costa Apadrinados por la Doctrina Monroe y por esa supuesta superioridad racial de los norteamericanos estos participarn de manera directa o indirecta en la mayora de los acontecimientos relevantes de la regin e influirn de manera decisiva en su organizacin poltica, econmica y militar.

Fuente: Le Monde Diplomatique

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De su participacin en la Primera Guerra Mundial, adquirirn relieve universal, al participar en una contienda europea, que mayormente se libr en suelo europeo, con la consiguiente detraccin de instalaciones fabriles, puertos , aeropuertos y reas civiles , por lo que es el inicio de la decadencia europea en el mundo y el ascenso en ese mismo orden de la influencia norteamericana. Su influencia poltica, va a la par con su influencia econmica y el dlar ser usado como moneda de referencia en el comercio mundial. Con el ascenso en Alemania de Adolf Hitler y de Mussolini en Italia, precisamente, los dos Estados que ms tardo tuvieron su unidad nacional, se desencadenar en Europa la mayor conflagracin que el mundo jams imagin: la Segunda Guerra Mundial, en esta contienda que devast inmensas regiones del mundo, como la Europa Central y Oriental, as como el norte de frica y vastas regiones asiticas, como las islas del pacifico, China central, Corea, Japn etc. En esta oportunidad nuevamente, los norteamericanos participan de manera decisiva a favor de los Aliados. Su enorme maquinaria militar y recursos materiales inclinaron la balanza de la guerra a favor de los Aliados, que terminan derrotando a las potencias del Eje: AlemaniaItalia y Japn. A partir del ao 1945, los Estados Unidos emergern como gran superpotencia mundial, disputndose la hegemona del mundo con las

Republicas Socialistas Soviticas (URSS), pulso que dar origen a la llamada Guerra Fra y que terminar, con la desintegracin de la URSS en el ao de 1991. Los Estados Unidos se quedaran entonces como nica superpotencia a escala mundial, sin rivales inmediatos y con un predominio mundial en todos los rdenes: tecnolgico, militar, econmico, poltico, cultural, deportivo y espacial. Es en ese contexto se dan los atentados, los cuales echan por tierra el mito de la omnipotencia y la omnipresencia de este gigante. 2.3 El verdadero significado para el Derecho Internacional Pblico de los ataques del 11 de septiembre del 2001. Para el Derecho Internacional Pblico, se marca un antes y un despus de los atentados, puesto que en todos los ordenes las relaciones internacionales se han trastornado y las relaciones de Estado a Estado van a ser impactada por estos acontecimientos, por el momento histrico en el que se dan y el rea geogrfica en que fueron llevados a cabo .En el contexto poltico que se dan es el de un mundo Unidos. En el rea geogrfica en que fueron efectuados, tienen una gran trascendencia ya que le toc la oportunidad al territorio continental de Estados Unidos, el cual nunca haba recibido accin directa de ningn tipo y mucho menos accin terrorista. Por otro lado se desmitifica el mito de lo impenetrable del territorio continental de los Estados Unidos y de sus niveles de seguridad interior. Adems, por tratarse de una superpotencia del nivel de los Estados Unidos el asunto adquiere ribetes mundiales, obligando a54

unipolar, es decir con una gran superpotencia: Estados

todas las naciones del mundo a mirarse en el espejo norteamericano y muy especialmente las naciones europeas estandartes del modelo occidental. Alexis de Tocqueville, un viajero francs el cual pronostic en la dcada de 1840, en Estados Unidos, su libro la democracia en Amrica, que los un rol mundial del Superpotencia, tendran

conjuntamente con Rusia. Lo que no pudo predecir este viajeroescritor serian el colapso de la influencia Rusa en el mundo y el declive de la hegemona norteamericana. Por otra parte, la poblacin norteamericana que nunca haba padecido en su propio suelo de acontecimientos como este, se percatan de que son seres normales, como los otros pueblos y que el sufrimiento que han padecido otros pueblos como los horrores de bombardeos indiscriminados y de artefactos atmicos como los lanzados sobre las ciudades japonesas de Hiroshima y Nagasaki, durante la Segunda Guerra Mundial, tambin ellos los pueden sufrir y que el futuro del mundo esta no en el un lateralismo que practica su pas, sino en el multilateralismo. CAPITULO III Repercusin del 11 de septiembre 3.1 La lucha contra el terrorismo Que es el terrorismo. Podemos afirmar que el terrorismo como fenmeno no se inicia con los atentados del 11 de septiembre, podemos encontrar sus races en las sociedades de principios de siglo XlX y naturalmente durante

prcticamente todo el siglo XX. Las practicas realizadas por los Zares contra humildes campesinos rusos que degenero en la revolucin de octubre de 1917, pueden catalogarse como practicas terroristas, pero a nivel de Estado. Por otro lado el hecho desencadenante de la Ira. Guerra Mundial: El asesinato del Archiduque Austriaco, por un fantico Servio, puede catalogarse como un acto terrorista, de modo que tendremos muchos tipos de terrorismos dependiendo desde que vertiente se enfoque el problema, aunque realmente el fenmeno terrorista toma cuerpo mundial con los atentados objeto de estudio de esta investigacin. Todas las definiciones actuales de terrorismo comparten un elemento comn: conducta motivada polticamente. Tales definiciones no incluyen violencia por beneficios econmicos o religiosos. Adicionalmente, el rpido crecimiento de las organizaciones criminales transnacionales y el crecimiento del rango y escala de tales operaciones, pueden bien resultar en el uso de violencia para alcanzar objetivos cuya motivacin sea la obtencin de beneficios financieros. Por lo tanto, aun cuando hoy la suposicin es que todos los actos terroristas estn motivados polticamente, algunos actos estn motivados por otros factores, y el nmero puede crecer a la luz de la expansin de la actividad criminal internacional y en un nmero creciente de actos extremistas llevados a cabo en nombre de causas religiosas y culturales. Un nuevo enfoque puede centrarse ms en definir los actos terroristas, dando menos nfasis a la motivacin detrs de los stos.

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El terrorismo es el uso de la violencia para el logro de objetivos polticos. A partir del decenio de 1970 hubo un desbordamiento de atentados terroristas organizados por diferentes grupos en busca de la consecucin de objetivos polticos. Haba desde atentados perpetrados por el Ejrcito Republicano Irlands en busca de la independencia de Irlanda hasta atentados al parecer sin sentido, sin un enemigo al frente, como la explosin de avin ingls de la TWA planeada por terroristas musulmanes. El terrorismo es principalmente utilizado por grupos polticos que han abandonado el camino de la legalidad para enfrentarse a sus opositores. Son grupos por lo general demasiado dbiles como para enfrentarse directamente contra su enemigo, que generalmente es el Estado. Se podra identificar un terrorismo dentro de las fronteras de un Estado (Espaa y la ETA, Irlanda y el ERI, Turqua y la Hermandad Roja, Per y Tupac Amaru, etc.) y el terrorismo que trasciende las fronteras de un Estado y que no est dirigido en contra del Estado soberano de donde provienen los terroristas sino contra un tercer pas. Durante la Guerra Fra Se entenda al terrorismo como otro frente de batalla en el conflicto bipolar; muchas veces era as, pero no en todas. Algunas veces el terrorismo era resultado ms de condiciones de opresin que de un conflicto entre potencias. Haba regiones, por ejemplo el mundo rabe, en donde no precisamente el terrorismo se explicaba a partir del conflicto EE.UU.- U.R.S.S. Ah, las condiciones de dominacin y la inspiracin religiosa inaguraron un perodo de guerra santa, guerra contra los infieles. El mundo rabe se convirti en la nueva fuente de terrorismo internacional, identificando a Irn y Libia

como los principales promotores de estos actos. El Terrorismo de Estado consiste en la utilizacin, por parte de un Gobierno, de mtodos ilegtimos orientados a inducir el miedo en una poblacin civil determinada para alcanzar sus objetivos sociales, polticos o militares, o fomentar comportamientos que de otra forma no se produciran. De una u otra forma muchos de los gobiernos considerados democrticos habran incurrido en uno u otro modo en terrorismo de Estado, alegando para estro cuestiones de seguridad interna. Es pues bien conocido el caso de las dictaduras militares de America del Sur que cometieron grandes abusos contra la poblacin civil en pases como Argentina, Chile, Paraguay y Per. Los Estados Unidos con muchas de sus agencias de inteligencia que han patrocinado asesinatos de lideres, golpes de estado y otros tipos de actos de opositores de pases que son contrarios a sus polticas en determinadas esferas del mundo. El caso del Estado de Israel y su poltica de asesinatos selectivos de lideres de los movimientos de la resistencia palestina, todos estos actos podran catalogarse como terrorismo de Estado. Despus del 11 de septiembre el terrorismo deja de ser un tema local para traspasar las fronteras de unas docenas de pases y convertirse en una de las principales amenazas internacionales. Terroristas han existido a lo largo de la historia del mundo, y diversas organizaciones a lo largo del mundo han sido catalogadas de terroristas, pero si analizamos que se esconde detrs de las diferentes organizaciones que se considera terroristas veremos que existen58

algunas como las FARC, que luchan contra el Estado colombiano, para instaurar un Estado de tendencia socialistas, o los grupos vascos ETA, que luchan por escindir el Pas Vasco del Estado espaol, los grupos chechenios que luchan por librar a esta republica de la cruel ocupacin de las tropas rusas. Estos grupos que hemos mencionado anteriormente, han sido catalogados como grupos terroristas por los Estados en contra de los cuales ellos luchan y en contra de los cuales realizan sus actividades. Despus de la desintegracin de la Unin Sovitica y el consiguiente fin de la guerra fra el fenmeno del comunismo deja de tener vigencia para los centros de poder ganadores de la guerra fra y aluden a este nuevo fenmeno de terrorismo, y lo vinculan con cualquier movimiento de liberacin nacional. Por eso como mencionbamos anteriormente la definicin exacta de terrorismo va a depender del contexto en el cual se quiera ubicar el fenmeno. El caso particular del Al Qaeda, este es un grupo creado a las sombras de la Agencia Central de Inteligencia norteamericana, mejor conocida por sus siglas en ingles de: CIA, por el multimillonario Saudita Osama Bin Laden, en el ao de 1980, para unir a los rabes que luchaban en Afganistn contra la antigua Unin Sovitica. Esta organizacin financia, recluta y entrena a los rabes que tienen que enfrentarse a los occidentales o a los gobernantes rabes que son afectos a las potencias occidentales y principalmente a los Estados unidos, al parecer su meta es crear una especie de Estado panislmico de tendencia sunn. Es conocida las grandes discrepancias

que existen en el mundo rabe entre los sunnitas y los shiitas. La lucha contra el terrorismo ha sido el portaestandarte que utiliza la administracin del presidente George W. Bush, para justificar todas las acciones posteriores al 11 de Septiembre en los campos de la seguridad nacional de los Estados Unidos y una especie de seuelo para convertir al restos del mundo en apndice de la Unin ( ver peridico El Nacional , 25-01-04,pg.1). En muchas de las acciones posteriores al 11 de septiembre, los Estados Unidos actan como si el mundo les perteneciera, y se sienten con derecho a usar los recursos y territorios del mundo a favor de la estrategia de seguridad norteamericana. Todo cuanto se argumenta en estos momentos, se achaca a la lucha contra el terrorismo, de modo tal que cuando Israel, decide construir un muro en Cisjordania, lo hace apoyado en la lucha contra el terrorismo, que ms bien se traduce en una lucha contra los rabes y palestinos. El Tribunal Internacional del Justicia (TIJ), mximo rgano judicial de la ONU, declar ilegal ante el Derecho Internacional Humanitario la construccin del Muro e invit al gobierno de Israel a descontinuar su construccin, y a demoler los tramos que ya se haban levantado, todo lo cual fue rechazado por los israeles, en argumento de que el Muro sirve a los propsitos de la lucha contra el terrorismo (ver peridico ABC, 10-07-04, pg.22). De manera, que Israel como potencia ocupante debe acatar las resoluciones de la ONU, como miembro que es de la comunidad internacional y como Estado artificial, creado al amparo de esa organizacin internacional, pero la realidad es que el TIJ, no tiene60

medios coercitivos para hacer valer sus resoluciones y de nuevo nos encontramos en el caso de que el derecho de la fuerza es el que se impone en las relaciones entre los Estados, es decir los Estados mas poderosos pueden hacer valer sus criterios y las resoluciones de los organismos internacionales siempre y cuando les convenga. Los Estados Unidos que se han erigido en lder planetario de la lucha contra el terrorismo internacional, es el mas opuesto a que pueda existir una justicia internacional que pueda juzgar los crmenes de lesa humanidad como lo es la Corte Penal Internacional. Han vetado la ratificacin del tratado por el cual se obligaran ante la corte y han tratado por todos los medios de firmar acuerdos bilaterales que garanticen la impunidad a sus ciudadanos tantos civiles , como militares sin importar lo grave de accin que cometan, es decir existen leyes a nivel internacional para todos los pases, pero no para los estadounidenses. Como un pas con estas credenciales puede erigirse en lder planetario de derechos y libertades?, y Cmo sus gobernantes dicen actuar en nombre de la paz y la libertad? Obviamente, en el plano de las relaciones internacionales, se aplica la doble moral de invocar la libertad y la justicia blandiendo un garrote. 3.2 El papel de la ONU Podemos decir que las organizaciones internacionales existen desde tiempos antiguos, pero es bsicamente en el siglo X1X, cuando se dieron las condiciones dentro de las estructuras de las naciones-

estados para su conformacin. Antes de ellas el sistema internacional estaba guerras El primer intento de crear una sociedad universal, la tenemos con la creacin de la Liga de Las Naciones. Una vez terminada la Primera Guerra Mundial, fruto de las diferentes correlacin de fuerza que se venan gestando, despus del Congreso de Viena y de la guerra franco-prusiana de 1870, el mundo que se haba dibujado llevaba en su germen una conflagracin contenida entre las potencias establecidas como Gran Bretaa, Francia y Rusia y los imperios emergentes, como el Austro-Hngaro, el Imperio Alemn y el Imperio Otomano. La Liga de las Naciones haba sido el sueo de varios pases en un intento por mantener la paz dentro de una creciente crisis econmica y condiciones humillantes para las potencias vencidas impuestas por el tratado de Versalles y los famosos 14 puntos del presidente estadounidense Wilson. La organizacin fue oficialmente creada el 19 de abril de 1919, pero ratificados los tratados el 10 de enero de 1920. Los principios bsicos para el mantenimiento de la paz de la Liga eran: (1) Los miembros se comprometan a respetar y preservar la integridad territorial y poltica de los otros Estados, y (2) Cualquier guerra o tratado de guerra corresponda a la Liga en su conjunto. Pronto se demostrara que esto era impracticable en la coyuntura poltica y econmica del momento y que habra que esperar para que62

dominado

por

las

naciones-estados,

que

tenan

su

ordenamiento econmico, diplomtico, legal y de relaciones de

esto se consolidara. La Liga tuvo algunos xitos en el mantenimiento de la paz exactamente, en la crisis greco-blgara, por problemas fronterizos, pero tuvo su gran fracaso con las pretensiones japonesas sobre ciertos territorios de Manchuria, China. La Liga envi 5 comisionados de grandes potencias que llegaron siete meses despus

que se haban anunciado los primeros incidentes y cuando llegaron ya los japoneses haban impuesto su protectorado sobre esa parte de Manchara, llamando al nuevo Estado Manchukuo. La organizacin haba fallado estrepitosamente en el mantenimiento de la paz y el equilibrio entre los pases. Otro gran fiasco de la Organizacin fue la invasin italiana de Etiopa. Tropas italianas destacadas en Eritrea, penetran en territorio etiope, por discrepancia de dictador italiano Benito Mussolini con el Emperador de Etiopia, la organizacin solo pudo conseguir consenso para sanciones econmicas, pero se rehusaron a aplicar sanciones militares o a bloquear el canal de Suez o algunos de los puertos italianos con lo que la victoria fue pronto conseguida por Italia con un ejercito moderno y mecanizado contra un ejrcito mal apertrechado. Estos acontecimientos se daban para julio de 1936. En consiguientes actos la organizacin no pudo impedir la guerra civil espaola y la internacionalizacin de la misma con el involucramiento de Alemania, Italia y Rusia. Luego la ocupacin de Austria y Checoslovaquia por Alemania. Este pas haba violado las estipulaciones contenidas en el tratado de Versalles, que le impeda militarizar las tierras del Rhin e

incrementar su ejrcito. La Organizacin haba probado su ineficacia en el mantenimiento de la paz y en contener las pretensiones de los grandes Estados en sus ambiciones territoriales contra pases mas dbiles y pequeos, pronto el prestigio que haba adquirido se esfumaba y la Organizacin sucumba por su ineficacia y daba paso a uno de los acontecimientos mas graves de la poca moderna: La Segunda Guerra Mundial.

Al finalizar la Segunda Guerra Mundial fruto de las grandes cantidad de muerte y destruccin que esta acarreo las naciones vencedores se propusieron darle vida a un organismo supra nacional que estuviera por encima de los Estados y que pudiera evitar en lo adelante las atrocidades de todo tipo que se haban cometido en la Guerra recin finalizada, y con ese norte se le dio forma a lo que hoy se conoce como Organizacin de las Naciones Unidas (ONU). Los ataques del 11 de septiembre no encuentran a la ONU en guardia ya que esta haba tomado medidas anti-terrorista con antelacin por intermedio de su Consejo de Seguridad, quien ha sido el verdadero responsable de las medidas antiterroristas: en efecto el 26 de junio del ao1995, varios terroristas atentan infructuosamente contra la vida del presidente de Egipto, Hosni Mubarak, que asiste a una reunin de la Unin Africana en Addis Abeba, Capital de Etiopia. Tres de los sospechosos se refugian en Sudan, cuyo gobierno se muestra remiso64

a conceder las extradiciones que Egipto solicita. Como consecuencia de la negativa sudanesa a conceder la extradicin el Consejo de Seguridad impuso sanciones econmicas a Jartum a travs de la resolucin 1054. Es tambin una resolucin aprobada bajo la autoridad del Capitulo VII de la Carta ampliada en 1996, por la resolucin 1070, que llega a incluir la prohibicin de vuelos comerciales a Sudan. Las sanciones que tuvieron un claro efecto sobre el comportamiento de las autoridades sudanesas, fueron levantadas el 28 de septiembre del 2001, por la resolucin 1372, tras los atentados del 11 de septiembre. Previamente, Sudan haba expulsado del pas a varias personas sospechosas de terrorismo entre ellos el propio Bin Laden, y que en Agosto de 1988 como represalia a las ataques terroristas que sufrieron las embajadas americanas de Nairobi y Dar es Salaam, aviones norteamericanos bombardearon una fabrica de productos farmacuticos en Jartum.

El 7 de Agosto de 1998, dos poderosos artefactos explosivos estallaron simultneamente en las embajadas americanas en Kenia y Tanzania. En la Resolucin 1189 adoptadas por el Consejo de Seguridad, inmediatamente despus de estos atentados, El 12 de Septiembre del 2001 el Consejo de Seguridad actuando bajo autoridad del Capitulo Vll de la Carta de las Naciones Unidas, adopt la resolucin 1360

3.3 El descrdito del multilateralismo El multilateralismo no es mas que cuando se acta bajo un ambiente de legitimidad internacional, es decir se cuenta con resolucin del Consejo de Seguridad de la ONU con aprobacin del congreso de ese pas y apoyo de su pueblo y si las condiciones permiten puede crear una coalicin internacional9, como en el caso de la guerra del golfo de 1991 en la cual Estados Unidos a la cabeza de 30 naciones coaligadas intervinieron en Irak para restaurar la integridad territorial de Kuwait, en ese caso actuaron bajo el capitulo Vll de la Carta de las Naciones Unidas. Ningunas de estas premisas han sido cumplidas en esta llamada lucha contra el terrorismo auspiciada y dirigida por los Estados Unidos. En esta se ha debilitado de manera acentuada los mecanismos multilaterales creados a partir de la paz de Westfalia, y sobre la cual se fundamentan las relaciones internacionales. Este sistema en el cual los pases ceden parte de su soberana a un organismo multilateral ha sido seriamente daado y su eficacia convertida en infuncional. Fruto de la reparticin del mundo al termino de la Segunda Guerra Mundial, las cinco grandes potencias vencedoras impusieron el poder en el principal organismo multilateral El Consejo de Seguridad, de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) cuyas resoluciones son de obligatorio cumplimiento por todos los pases miembros. En ese organismo el poder del veto mantiene prcticamente un colonialismo en el seno de la organizacin. Convirtiendo a la organizacin en un organismo antidemocrtico. Como establece Lillian Oviedo (ver peridico el nacional 19/10/2003)9 Revista Ahora: 17/02/2003, Pg.30

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Al aprobar a unanimidad en el Consejo de Seguridad de la Organizacin de las Naciones Unidas ( ONU ) la resolucin que valida la condicin de Estados Unidos de principal potencia ocupante de Irak, la direccin de la mal llamada comunidad internacional dio el tiro de gracias a lo que quedaba de un multilateralismo que nunca fue autentico y continua diciendo documento que constituye El El afianzamiento de la hegemona el reconocimiento la guerra formal de y su el estadounidense ha arrinconado a la ONU hasta obligarla a firmar el aniquilamiento. militarismo, preventiva

desconocimiento de los acuerdos los valida la ONU. Es una amenaza a las libertades conquistadas y a los espacios autnomos reconocidos. Como podemos ver el descrdito del multilateralismo viene dado por el uso de la ONU como legitimadora de las acciones de las grandes potencias y del derrumbe de todo el sistema de relaciones internacionales y el Derecho Internacional Publico. Para Robert Kagan Estados Unidos no puede basar sus relaciones internacionales en el multilateralismo, porque cuando Europa era fuerte nunca aplic este sistema sino que se bas en el un lateralismo, y solamente ahora que es dbil militarmente, se aferra al sistema multilateral10. Segn este autor norteamericano radicado en Bruselas, solamente los dbiles se rigen por el multilateralismo, y los norteamericanos nunca han sido participe de este sistema porque por10 Kagan, Robert: Poder y Debilidad

su propia idiosincrasia son unilaterales, actan a su conveniencia y cuando entienden que sus intereses peligran. Podemos apreciar que este autor retrata de cuerpo entero el sentir de la nacin estadounidense y su accionar en el plano de las relaciones internacionales.

CAPITULO lV La guerra preventiva y el Derecho Internacional Pblico. 4.1 La guerra contra Afganistn Despus de la conmocin inicial por los atentados, los Estados Unidos se preparan para dar repuesta a los mismo, tratando primero de identificar el lugar especifico de donde provenan los atacantes y sus vinculaciones. Hubo gran vacilacin y contradiccin a nivel del gabinete del presidente Bush, puesto que unos queran iniciar los ataques al rgimen de Irak al vincularlos con los hechos. Pero al final se impone el criterio de las supuestas conexiones con los talibanes que gobernaban Afganistn. El gran problema de la identificacin de los autores de estos ataques es que no se trata de un pueblo, ni de un Estado en particular, por lo que es un enemigo fantasma, en efecto no existe un enemigo visible sobre el cual los lideres de lo que el prof. Juan Bosh llamara el complejo militar, industrial y petrolero pudieran desencadenar su podero y su furia. Pero como establece la revista Gaceta Judicial en su editorial, una accin masiva, indiscriminada y68

desproporcionada de los Estados Unidos en contra de Afganistn dejara sin moral ni legitimidad una cruzada que ha convocado la buena voluntad del mundo11. Y en realidad lo que sucedi acrecent y fortaleci el comentario anterior. La estrategia utilizada fue la de apoyar a los opositores internos al rgimen de los Talibanes La alianza del Norte que inicio su ofensiva desde el norte del pas con direccin Kabul, la capital afgana. Entretanto los Estados Unidos articularon una fuerza multinacional que le secundara en su lucha contra el terrorismo. Jos Mara Benegas, establece el gobierno de Estados Unidos inici un proceso de imposicin de lo que debera ser la repuesta internacional ante estos ataques. El golpe sufrido fue interpretado por Estados Unidos como un apoyo incondicional a sus intereses. Su repuesta se baso en la fuerza y en el inicio de una nueva etapa en el que las relaciones internacionales terrorismo12. Ciertamente despus de estructurar una coalicin de varias naciones occidentales y ya iniciada la ofensiva de la alianza del Norte, se inicia la operacin libertad infinita, con los primeros misiles tomahawk sobre Kabul y las principales ciudades afganas. Para Segura no solamente la guerra era totalmente desequilibrada, por las desigualdades de fuerza, sino hasta cierto punto era inmoral, costaban mas las armas para destruir que las miserables villas y aldeas que serian sus11 Revista Gaceta Judicial: 4 al 8 de Octubre del 2001. Pg.3 12 Benegas, Jos Mara: Diccionario Espasa Terrorismo.

quedaban

dominada

por

la

guerra

contra

el

objetivos13. Oficialmente las operaciones norteamericanas contra los talibanes se inician el 7 de Octubre del 2001, en sospecha de que protegido por los talibanes se encontraba Osama Bin Laden, multimillonario de origen saud, quien fue adiestrado y entrenado por la Agencia Central de Inteligencia ( CIA ), Para luchar en contra de los soviticos que haban invadido Afganistn en el ao de 1979. Bin Laden es el jefe de AL QAEDA, organi