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EL SEGURO DE DEPÓSITOS Y SOLIDARIA - Ecuador...Popular y Solidaria 2. La Economía Popular y Solidaria en cifras 3. Experiencias de fondos de garantía de depósitos para COAC en

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EL SEGURO DE DEPÓSITOS Y LA ECONOMIA POPULAR Y

SOLIDARIA

Contenido

1. Entorno legal e institucional de la Economía Popular y Solidaria

2. La Economía Popular y Solidaria en cifras

3. Experiencias de fondos de garantía de depósitos para COAC en la Región

4. Seguro de depósitos del SFPS

5. Desafíos para el Seguro de Depósito

1. Entorno legal e institucional

El Sistema Económico Social y Solidario en Ecuador

Fuente: Constitución de la República del Ecuador, LOEPS

Elaboración: SEPS

Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario (Art. 1)

¿Qué es la economía popular y solidaria?

Forma de organización económica en la que su integrantes individual o colectivamente organizan y desarrollan procesos de producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios mediante relaciones basadas en solidaridad, cooperación y reciprocidad, situando al ser humano como sujeto y fin de la actividad económica por sobre la competencia, el lucro y la acumulación de capital.

Formas de organización de la EPS (Art. 8)

EPS: Economía Popular y Solidaria SFPS: Sector Financiero Popular y Solidario

Asociaciones

Sector no financiero Sector no financiero

Comunidades

Cooperativas: producción,

servicios, consumo, vivienda.

Ahorro y crédito

EPS UEPs

Cajas de ahorro

Sector financiero

Sector financiero

Cajas y bancos comunales

INSTITUCIONALIDAD LOEPS

Fomento

IEPS Fomento y promoción

Rectoría

Comité Interinstitucional: MCDS – MCPEC

– MCPE

Consejo consultivo

Regulación

MCDS

Economía Popular y Solidaria

Junta de regulación,

SEPS, MCDS, MCPE,

Delegado del Presidente

Financiamiento

CNFPS Financiamiento

Seguridad Seguridad Financiera

1) Fondo de Liquidez

2) Corporación de

Seguro de Depósitos

CONTROL

Superintendencia de Economía

Popular y Solidaria

Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario

Atribuciones (Art. 147)

a) Control de las actividades económicas.

b) Velar por la estabilidad, solidez y correcto funcionamiento de las organizaciones.

c) Fijar tarifarios de servicio.

d) Autorizar las actividades financieras.

e) Levantar estadísticas.

f) Imponer sanciones.

g) Expedir normas de carácter general.

Fondo de liquidez

Fideicomiso mercantil de inversión, Fideicomiso mercantil de inversión, que será controlado

exclusivamente por la SEPS y será administrado por la Secretaría

Técnica.

cubrir deficiencias en la cámara de compensación a las organizaciones

Objeto: Conceder créditos de liquidez, liquidez contingente y

cubrir deficiencias en la cámara de compensación a las organizaciones

del SFPS.

Seguro de depósitos

Fideicomiso mercantil, que será controlado exclusivamente por la

SEPS y será administrado por la Secretaría Técnica.

Fideicomiso mercantil, que será controlado exclusivamente por la

SEPS y será administrado por la Secretaría Técnica.

Objeto: Proteger los depósitos efectuados en las cooperativas de

ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas y

bancos comunales y en las cajas de ahorro.

Objeto: Proteger los depósitos efectuados en las cooperativas de

ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas y

bancos comunales y en las cajas de ahorro.

Fondo de liquidez y Seguro de depósitos Definición (Art. 109, 113, 117 de la LOEPS)

Componentes del Fondo de liquidez y del Seguro de depósitos

Directorio único

MCDS

MCPE

Delegado del Comité Interinstitucional

Delegado del Directorio de la CNFP

Presidente del BCE (con voz y sin voto)

Presidente del Directorio de la COSEDE (con voz y sin voto)

Secretarías técnicas

Banco Central del Ecuador (BCE)

Corporación del Seguro de Depósitos -COSEDE

* Representación legal: Director del BCE y Director de la COSEDE

Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario

Atribuciones del Directorio (Art. 111)

• Dictar las políticas generales, administrativas y operacionales del Fondo de Liquidez y del Seguro de Depósitos;

• Reglamentar su funcionamiento interno;

• Determinar los requisitos y las condiciones necesarias para el acceso a los préstamos del Fondo de Liquidez y a las coberturas del Seguro de Depósitos;

• Fijar, anualmente, el monto y periodicidad de las primas y valores que, en forma diferenciada, deben aportar las instituciones del SFPS, para cada uno de los mecanismos;

• Determinar las líneas, características y condiciones de los créditos de liquidez y de liquidez contingente;

• Determinar los depósitos asegurados y los excluidos de la cobertura del Seguro de Depósitos;

• Disponer la devolución de los depósitos asegurados en los casos que aplique;

• Cumplir con los procedimientos de resolución ordenados por la Superintendencia;

• Determinar, anualmente, el monto de la cobertura del Seguro de Depósitos

2. La Economía Popular y Solidaria en cifras

Número de organizaciones por tipo y sector

SFPS SFPS 981 Cooperativas de

ahorro y crédito

(COAC)

12.000 Bancos y cajas comunales

1 Caja central

Entidades asociativas o solidarias

EPS EPS

2.846 Cooperativas no financieras

1.683 Asociaciones

2.600

Comunas

677.978 unidades

económicas populares (UEP)

EPS: Economía Popular y Solidaria SFPS: Sector Financiero Popular y Solidario

Cooperativas financieras por segmento

Resolución de la Junta de Regulación: JR-STE-2012-003

Segmento Activos (USD)

Cobertura

(Número de

Cantones)

Número de

Socios

Número de

cooperativas

Segmento 1 0 - 250.000,00 1 más de 700

Segmento 1 0 - 1'100.000,00 1 hasta 700

Segmento 2 250.000,01 - 1'100.000,00 1 más de 700

Segmento 2 0 - 1'100.000,00 2 o másSin importar el número de

socios

Segmento 2 1'100.000,01 - 9'600.000,00Sin importar el número de

cantones en que opera hasta 7.100

Segmento 3 1'100.000,01 o masSin importar el número de

cantones en que opera más de 7.100

Segmento 3 9'600.000,01 o másSin importar el número de

cantones en que opera Hasta 7.100

Segmento 4 39

981

777

135

30

Supervisadas SBS

Total

Cooperativas financieras por segmento

Fuente: SRI, DNC y SBS

Elaboración: SEPS

Segm. 4 Segm. 3 Segm. 2 Segm. 1

3. Experiencias de fondos de garantía de depósitos para

COAC en la Región

Esquema de redes de seguridad financiera

Costa Rica México Paraguay

Componentes Red de seguridad

financiera (institucionalidad)

Fondo de Protección (Seguro de Deposito)

Fondo de Protección Fondo de garantía de depósitos Fondo de estabilización para las cooperativas (complementarios entre sí)

¿Qué figura jurídica? Fideicomiso Fideicomiso Fondo de garantía de depósitos: fideicomiso (prestamista de última instancia) Fondo de estabilización (pre-asegurador)

¿Cuál es el objetivo?

Garantizar los ahorros de los socios de las cooperativas supervisadas, mantener la estabilidad del sistema financiero, y proteger la función de intermediación y el rol de las cooperativas en el sistema de pagos nacional.

Cubrir los Depósitos de los ahorradores en caso de liquidación. Otorgar apoyos financieros a las cooperativas que entren en procesos de Fusión o Escisión. Excepcionalmente podrá otorgar apoyos preventivos de liquidez

Estabilizador financiero de las cooperativas. Ayudar a pagar los depósitos de socios durante una liquidación de una cooperativa asociada al fondo Evitar o limitar los eventuales pagos del Banco Central del Paraguay. Además: Asegurar el cumplimiento adecuado de los mecanismos de supervisión (extra situ) e inspección (in situ) de las cooperativas. Proveer asistencia financiera a entidades cooperativas en procesos de absorciones o fusiones.

Esquema de redes de seguridad financiera

Costa Rica México Paraguay

¿Quién dirige?

Comité técnico de regulación, supervisión y protección de depósitos (INFOCOOP)

Comité técnico del fideicomiso del Fondo de Protección: - Comité de Supervisión Auxiliar - Comité de Protección al Ahorro cooperativo

*Regula el funcionamiento y administración del fondo de protección

Fondo de garantía de depósitos: administrada por el Banco Central , a través de la UAFGD (unidad administradora) Fondo de estabilización: Se apoya en las estructuras existentes en el INCOOP pero con independencia jurídica (de derecho público, autónoma y autárquica)

¿Cómo opera?

Mecanismo de resolución: principio del menor costo según tres alternativas: rehabilitación in situ, fusión o liquidación Intervención temprana: tres grados de inestabilidad de las cooperativas

Comité de Protección al Ahorro: Otorga apoyos financieros a las cooperativas de ahorro y préstamo para liquidez, fusiones, escisiones, disoluciones o liquidaciones

Fondo de estabilización (lógica preventiva): Cuando se constata la insolvencia de una cooperativa, la intervención del INCOOP consiste en cubrir el déficit operativo acumulado (después de haber agotado las reservas). Plan de recuperación y plan financiero; préstamos y mecanismo de resolución Fusión y liquidación Garantía del Seguro de depósitos: Solamente se aplica una vez que los recursos financieros del fondo de estabilización se agotan

Esquema de redes de seguridad financiera

Costa Rica México Paraguay

Prima /tasa de

contribución

Cuotas ordinarias: 0.33 % -0.55% de los depósitos

Cuotas ordinarias: 0,1% - 0,3% de los saldos de sus depósitos *Considerando su nivel de capitalización y el monto total de operaciones pasivas objeto de protección

Fondo de estabilización: 0,30% del activo (límite potencialmente aceptable) Fondo de garantía de depósitos: 0,25% del volumen de ahorros (= mitad de la prima del seguro de depósitos en el sistema bancario)

Recursos

Aportes directos INFOCOOP Aportes de las cooperativas Aportes no reembolsables de organismos multilaterales de crédito Aportes de cooperación técnica internacional Aportes de organismos cooperativos nacionales e internacionales Utilidades generadas en la administración de los recursos aportados

Aportaciones del Gobierno Federal Aportaciones de las cooperativas de ahorro y préstamos: - cuotas ordinarias y extraordinarias por supervisión auxiliar, evaluación y diagnóstico - cuotas ordinarias y extraordinarias al Seguro de depósitos

Aportes de las cooperativas Aportes no reembolsables de organismos multilaterales de crédito

Esquema de redes de seguridad financiera

Costa Rica México Paraguay

Cobertura Hasta por 6.000 USD (por

socio) en caso de liquidación

9.640 USD N/D

Nro. Cooperativas asociadas al Fondo

43 590 917

Brasil: un modelo en construcción (30-oct- 2012)

Red de seguridad financiera (institucionalidad)

Fondo Garantizador de Cooperativas de Crédito (FG Coop), como entidad privada sin fines de lucro (en coordinación) con el Banco Central de Brasil, Consejo Monetario Nacional

¿Qué figura jurídica? Fondo de garantía

¿Cuál es el objetivo?

a) Inicial: Garantizar depósitos en casos de liquidación de instituciones b) A futuro: - asistencia y apoyo financiero; - ayuda en procesos de saneamiento o recuperación de cooperativas

Prima/tasa de contribución alrededor de 0.0125% al mes sobre los depósitos

Recursos

Contribuciones obligatorias de todos los bancos cooperativos brasileños (COAC que proveen servicios financieros especializados para los miembros de una red)

Cobertura 35.000 USD

4. Seguro de depósitos del SFPS

Funcionamiento

Funcionará con la constitución de un fideicomiso mercantil,

que será controlado exclusivamente por la SEPS y

será administrado por la Secretaría Técnica

Funcionará con la constitución de un fideicomiso mercantil,

que será controlado exclusivamente por la SEPS y

será administrado por la Secretaría Técnica

Seguro de depósitos (Art. 117)

Financiamiento

Aporte inicial de la COSEDE (monto acumulado por las COAC que integran el Seguro de

Depósitos)

Aporte inicial de la COSEDE (monto acumulado por las COAC que integran el Seguro de

Depósitos)

Primas obligatorias de las organizaciones del SFPS Primas obligatorias de las organizaciones del SFPS

Rendimiento de inversiones y utilidades líquidas de cada ejercicio anual del Fondo del Seguro de

Depósitos del SFPS

Rendimiento de inversiones y utilidades líquidas de cada ejercicio anual del Fondo del Seguro de

Depósitos del SFPS

Donaciones Donaciones

Recursos provenientes de préstamos o líneas contingentes

Recursos provenientes de préstamos o líneas contingentes

Seguro de depósitos (Art. 112, 116 de la LOEPS)

Depósitos asegurados

Cubrirá los depósitos a la vista o a plazo fijo, realizados en las organizaciones del

SFPS, siempre que, se encuentren debidamente contabilizados como

pasivos

Cubrirá los depósitos a la vista o a plazo fijo, realizados en las organizaciones del

SFPS, siempre que, se encuentren debidamente contabilizados como

pasivos

Seguro de depósitos (Art. 111 del Reglamento)

Exclusiones

Aportes al fondo social o capital, efectuados por los integrantes de las organizaciones aseguradas; Aportes al fondo social o capital, efectuados por los integrantes de las organizaciones aseguradas;

obligaciones emitidas por las organizaciones del SFPS

obligaciones emitidas por las organizaciones del SFPS

Depósitos que cuenten con garantía específica Depósitos que cuenten con garantía específica

Depósitos gravados con garantía de crédito a favor del depositante o de terceros, incluidos los

encajes sobre préstamos

Depósitos gravados con garantía de crédito a favor del depositante o de terceros, incluidos los

encajes sobre préstamos

Depósitos efectuados por los miembros de los órganos de dirección y control y por los gerentes

de la organización

Depósitos efectuados por los miembros de los órganos de dirección y control y por los gerentes

de la organización

Seguro de depósitos (Art. 112 del Reglamento)

Activación

La SEPS determinará la aplicación de uno o más de los mecanismos de resolución establecidos en la Ley.

La SEPS determinará la aplicación de uno o más de los mecanismos de resolución establecidos en la Ley.

Se activará ante situaciones de debilidad patrimonial que hagan presumir el

deterioro futuro del patrimonio existente

Se activará ante situaciones de debilidad patrimonial que hagan presumir el

deterioro futuro del patrimonio existente

Seguro de depósitos (118 de la LOEPS)

Mecanismos de resolución en caso de debilidad patrimonial (Art. 118)

1. Fortalecimiento patrimonial

Recapitalización de la COAC para aumentar su solvencia y solidez (aporte de capital contra activos).

2. Fusión con otra cooperativa del mismo tipo

Por creación (disolución sin liquidación) o por absorción para mejorar la situación financiera de las COAC fusionadas.

3. Exclusión de activos y pasivos

Mecanismo ‘banco bueno/banco malo’ para dividir en dos a la cooperativa.

Liquidación forzosa

De persistir la inviabilidad de la cooperativa luego de la aplicación de los procedimientos de resolución (fortalecimiento patrimonial,

fusión, exclusión de activos o pasivos), la SEPS declarará la liquidación forzosa de la

organización, notificando al Directorio único, quien ordenará el pago del seguro bajo los

límites y procedimientos dispuestos dentro de los diez siguientes días a la notificación

De persistir la inviabilidad de la cooperativa luego de la aplicación de los procedimientos de resolución (fortalecimiento patrimonial,

fusión, exclusión de activos o pasivos), la SEPS declarará la liquidación forzosa de la

organización, notificando al Directorio único, quien ordenará el pago del seguro bajo los

límites y procedimientos dispuestos dentro de los diez siguientes días a la notificación

Seguro de depósitos (Art. 114 del Reglamento)

Objeción de pago

COSEDE negará o postergará el pago de la cobertura del seguro cuando los depósitos no reúnan los

requisitos formales o sustanciales establecidos por la SEPS

COSEDE negará o postergará el pago de la cobertura del seguro cuando los depósitos no reúnan los

requisitos formales o sustanciales establecidos por la SEPS

Cuando, a criterio de la SEPS o del liquidador, existan indicios que hagan presumir que se trata de

depósitos irregulares o sujetos a verificación, negocios simulados, indirectos, fraudulentos o

ilegales

Cuando, a criterio de la SEPS o del liquidador, existan indicios que hagan presumir que se trata de

depósitos irregulares o sujetos a verificación, negocios simulados, indirectos, fraudulentos o

ilegales

Depósitos asegurados no reclamados durante el plazo de diez años, contados a partir de la fecha de

liquidación forzosa dispuesta por la SEPS. Éstos serán restituidos al fideicomiso del fondo de seguro de

depósitos

Depósitos asegurados no reclamados durante el plazo de diez años, contados a partir de la fecha de

liquidación forzosa dispuesta por la SEPS. Éstos serán restituidos al fideicomiso del fondo de seguro de

depósitos

Seguro de depósitos (Art. 113 del Reglamento)

957

39

NO

SI

Fondo de Seguro de Depósitos

Situación actual

96% de las COAC no realizan aportes al Fondo de Seguro de Depósitos del SFPS

COAC supervisadas por la SBS

78%22%

COAC aportan

COAC no aportan

Depósitos de las COAC

Situación actual

Las COAC que realizan aportes al Fondo de Seguro de Depósitos del SFPS reúnen la

mayoría de los depósitos del sector

Fuente: SEPS.

Elaboración: SEPS

5. Desafíos

Desafíos

Definición de criterios de ingreso al Seguro de Depósitos. Evaluación del cumplimiento de obligaciones del las organizaciones con el ente supervisor.

Incorporación gradual de las COAC al seguro de depósitos. Definición de plazos de aportación y/o aplicación de deducibles de acuerdo a criterios técnicos.

Definición de la cobertura del Seguro de Depósitos del SFPS

Desafíos

Estimación del volumen de capital necesario para que el fondo de seguro de depósitos cumpla su misión

Definición de una metodología para el cálculo de los aportes (primas) de las cooperativas según el segmento al que pertenecen:

•Test de sensibilidad (define el límite aceptable para cada segmento)

Evaluación de la pertinencia de un mecanismo de discriminación basada en riesgos (contribución diferencial) para la fijación de los aportes de las COAC

Desafíos

Creación de un comité técnico que evalúe los mecanismos de resolución / articulación con la institucionalidad de la red

Cooperación (respetando la autonomía) de cada parte involucrada en la Red de seguridad financiera del SFPS para garantizar procesos transparentes.

Difusión del Seguro de Depósitos y los límites de cobertura para garantizar la transparencia de información a la sociedad y su educación financiera (el Seguro debe bajar el riesgo de corridas de depósitos)

SUPERINTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA - SEPS Portugal E10-47 y República del Salvador

Telf.:(593 2) 2 436 801 Quito – Ecuador