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EL TELETRABAJO COMO NUEVO MÉTODO EN EL EMPLEO PÚBLICO PROPUESTA DE PLAN PILOTO Grado en Gestión y Administración Pública 4º curso. Alumno: Ana González Bermejo Tutor: Francisco Javier Company Carretero

EL TELETRABAJO COMO NUEVO MÉTODO EN EL EMPLEO PÚBLICO

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Page 1: EL TELETRABAJO COMO NUEVO MÉTODO EN EL EMPLEO PÚBLICO

ELTELETRABAJOCOMONUEVOMÉTODOENELEMPLEOPÚBLICO

PROPUESTADEPLANPILOTO

GradoenGestiónyAdministraciónPública4ºcurso.

Alumno:AnaGonzálezBermejoTutor:FranciscoJavierCompanyCarretero

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AGRADECIMIENTOSAJavierCompanyCarreteroporsusconsejos,sudedicaciónypormotivarmeenla

realizacióndeestetrabajofindegrado.

APepaCaravalRomeroporaportarmetodalainformaciónquenecesitabadeldepartamentodecoordinaciónyporayudarmeenlarealizacióndemiTFG.

Amiscompañerosdecarreraporpasarunosañosfantásticos,

deloscualesguardoungranrecuerdo.

Yporúltimoamifamilia,porapoyarmeincondicionalmenteencadapasoquedoy.

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ÍNDICEDECONTENIDOSAgradecimientos......................................................................................................................3

Índicedetablas........................................................................................................................6

Índicedegráficoseimágenes...............................................................................................7Resumen....................................................................................................................................8

Capítulo1:Introducción:....................................................................................................9

Capítulo2:Objetivosymetodología:...........................................................................10Capítulo3:Marcolegaldelteletrabajopornivelesterritoriales.......................123.1-NivelEuropeo........................................................................................................................123.2-Nivelnacional.......................................................................................................................153.3-Nivelautonómico................................................................................................................22

Capítulo4:Elteletrabajocomonuevométododeempleo...................................324.1-Conceptoydefiniciones.....................................................................................................324.2-Tiposdemodalidades........................................................................................................364.3-Aspectosjurídicosbásicos...............................................................................................424.3.1-Formadelcontrato:......................................................................................................................424.3.2-Derechoalaintimidaddelteletrabajador.........................................................................434.3.3-Protecciónderiesgoslaborales..............................................................................................454.3.4-Condicionesdetrabajo...............................................................................................................47

4.4-Ventajaseinconvenientesdelteletrabajo.................................................................484.5-AnálisisDAFO.......................................................................................................................59

Capítulo5:DiseñodelplanpilotodeteletrabajoenelserviciodecoordinacióndelaDirecciónGeneraldeVivienda,RehabilitaciónyRegeneraciónUrbana.......................................................................................................635.1-Análisisglobaldelserviciodecoordinación..............................................................635.2-Diseñodelplanpiloto........................................................................................................665.2.1-Objetivosdelplan:.........................................................................................................................665.2.2-Designacióndeunequipodecoordinacióndelplan:.....................................................665.2.3-Ámbitodeaplicaciónsubjetivo................................................................................................685.2.4-Ámbitodeaplicaciónobjetivo.................................................................................................685.2.5-Condicionesdeparticipaciónenelplan..............................................................................705.2.6-Procedimientodeselecciónycriteriosdeprioridad.....................................................745.2.7-Régimendeteletrabajoycondicioneslaborales.............................................................765.2.8-Órganoysistemadeevaluacióndelosresultadosdelprograma.............................835.2.9-Costedelplandeteletrabajo...................................................................................................85

Capítulo6:Conclusiones..................................................................................................88BIBLIOGRAFIA.....................................................................................................................89

ANEXOS..................................................................................................................................94

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ANEXOI:FORMULARIODESOLICITUDPARAPARTICIPARENELPROGRAMAPILOTODETELETRABAJO........................................................................................................94ANEXOII:FORMULARIOACERCADELAVIDAPERSONALYFAMILIARDELTELETRABAJADOR......................................................................................................................96ANEXOIII:FORMULARIOACERCADELAPREVENCIÓNDERIESGOSLABORALESYSEGURIDADENELPUESTODETRABAJO............................................................................98ANEXOIV:RD488/1997,DE14DEABRIL,SOBREDISPOSICIONESMÍNIMASDESEGURIDADYSALUDRELATIVASALTRABAJOCONEQUIPOSQUEINCLUYENPANTALLASDEVISUALIZACIÓN.............................................................................................99ANEXOV:RECOMENDACIONESÚTILESPARATELETRABAJAR.................................107ANEXOVI:CUESTIONARIOPARALAEVALUACIÓNDELPLANDETELETRABAJOPORPARTEDELOSTELETRABAJADORES........................................................................112ANEXOVII:CUESTIONARIOPARALAEVALUACIÓNDELPLANDETELETRABAJOPORPARTEDELOSSUPERVISORES....................................................................................115

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ÍNDICEDETABLAS

Tabla1.Evaluacióndelimpactodelaexperiencia.Fuente:EvaluaciónImpactoPlan

Concilia.2006..............................................................................................................................18Tabla2.Evaluacióndelacantidadycalidaddeltrabajo.Fuente:Evaluación

ImpactoPlanConcilia.2006..................................................................................................18Tabla3.Percepciónporpartedelosteletrabajadoresdeefectosnegativos.Fuente:

EvaluaciónImpactoPlanConcilia.2006..........................................................................19Tabla4.Opinióndelosteletrabajadores.Fuente:EvaluaciónImpactoPlanConcilia.

2006.................................................................................................................................................19Tabla5.Satisfacciónglobaldelosteletrabajadores.Fuente:EvaluaciónImpacto

PlanConcilia.2006....................................................................................................................20Tabla6.ComparacióntiposdeteletrabajoconDecreto82/2016.Fuente:

Elaboraciónpropia....................................................................................................................40Tabla7.Comparaciónventajaseinconvenientesdelteletrabajoenlaempresa.

Fuente:Elaboraciónpropia...................................................................................................53Tabla8.Comparaciónventajaseinconvenientesdelteletrabajoenlos

trabajadores.Fuente:Elaboraciónpropia.......................................................................54Tabla9.Medidasparadisminuirlosinconvenientesdelteletrabajo.Fuente:

Elaboraciónpropia....................................................................................................................58Tabla10.AnálisisDAFO.Fuente:Elaboraciónpropia........................................................62Tabla11.Puestosdenivelsuperioráreaderecursos.Fuente:Elaboraciónpropia.

............................................................................................................................................................70Tabla12.Puestosdenivelmedioáreaderecursos.Fuente:Elaboraciónpropia...70Tabla13.Puestosdenivelsuperioráreajurídico-administrativa.Fuente:

Elaboraciónpropia....................................................................................................................70Tabla14.Puestosdenivelmedioáreajurídico-administrativa.Fuente:Elaboración

propia..............................................................................................................................................71Tabla15.Puestosdenivelsuperioráreatécnica.Fuente:Elaboraciónpropia.........71Tabla16.Puestodenivelmediotodaslasáreas.Fuente:Elaboraciónpropia.........71Tabla17.Planificacióntemporaldelplandeteletrabajo.Fuente:Elaboración

propia..............................................................................................................................................79

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ÍNDICEDEGRÁFICOS

Gráfico1.Saludyestadodeánimodurantelaexperiencia.Fuente:Informefinal

sobreelproyectoTelelana.GobiernoVasco,2011.......................................................24Gráfico2.Efectoseconómicosdelteletrabajoparalosteletrabajadores.Fuente:

InformefinalsobreelproyectoTelelana.GobiernoVasco,2011..........................24Gráfico3.Valoracióndelaproductividaddelaunidaddurantelaexperiencia.

Fuente:InformefinalsobreelproyectoTelelana.GobiernoVasco,2011..........25

ÍNDICEDEIMÁGENESImagen1.OrganigramaConselleriadeVivienda,ObrasPúblicasyVertebración

Territorio.Fuente:webgva...................................................................................................65Imagen2.Aspectosporlosqueelteletrabajopuedeconstituirunasolución.

Fuente:NTP412deInstitutoNacionaldeSeguridadeHigieneenelTrabajo.67

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RESUMENElteletrabajoesyaunarealidadqueestaimplantadadesdehaceañosenelsectorprivado, ya que está demostrado que tiene importantes beneficios relacionadoscon la conciliación familiar, la eficiencia, la productividad, la sostenibilidad y lasatisfacción laboral. Pero, ¿Por qué todavía no se ha implantado en lasAdministracionesPúblicas?.Estapreguntafueunadelasprincipalescausasquemellevoainvestigaracercadeeste hecho y de la repercusión que tendría si se implantase en lasAdministracionesPúblicas. Paracontestaraestapregunta,tenemosqueanalizarprimero que barreras existen en la Administración para no implantar dichamodalidad,entrelasquedestacaeldesconocimientoquelaspersonasylaspropiasorganizacionestienenacercadeestamodalidad.Para romper con dicha barrera hemos de cambiar la percepción que tienen losempleadospúblicosy las instituciones,creandounclimaquepromuevay facilitedicha implantaciónreformulando:procesosdetrabajo,sistemadeevaluacióndeldesempeño,culturaorganizativa,etc.Antesde iniciar lapuestaenmarchadelplan,hemosrealizadouna investigaciónacercadelaevolucióndelanormativaenmateriadeteletrabajoenEuropa,Españay en las Comunidades Autónomas (Capítulo 3). También, una vez analizada laevolución que ha tenido dicha regulación, nos hemos centrado en analizar(capítulo4) loquéeselteletrabajocomotalysusdiversasmodalidades,ademásdeaspectosmuyrelevantescomosonelderechoa la intimidad, laprotecciónderiesgoslaboralesylascondicionesdetrabajo.Enel capítulo5, iniciamos lapuestaenmarchadenuestroplan.Antesde iniciarnuestroplan,tenemosquehacerunanálisisglobaldelservicioenelcualvamosaimplantar el teletrabajo y ver sus puntos débiles y fuertes además de, definirclaramente, cuales van a ser los objetivos de este plan y quienes van a ser losresponsablesdecoordinación.Unavezestablecidosloselementosyaspectosmásrelevantesparalaimplantacióndel teletrabajo, hemos elaborado el plan. La elaboración del plan incluye uncalendario de ejecución, las condiciones de participación, el análisis de puestosparadetallarquépuestosvanasersusceptiblesdeprestarseen lamodalidaddeteletrabajo y cuales no, también hemos confeccionado el proceso de selección aseguir y los criterios adjudicadores, y por último, una valoraciónde los posiblescostesquetendríaelplansisellegaseaimplantar.

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1-Introducción:Latecnologíaestacambiandoelmundoylamaneradetrabajar,graciasaellanoshaproporcionadolosmediosparacomunicarlosyaccederdeformainstantáneaatodotipodeinformación.Seavecinaunanuevarevoluciónindustrialproductodeloscambiosenelmundode las tecnologías y comunicación (TIC) las cuales están produciendo profundastransformacionesycausandorepercusiónsobrelaestructuradelempleoydelascontrataciones.La incorporación de las tecnologías en el mundo laboral hace que cambie elsistemadeproducción, facilitando ladeslocalizacióndel trabajoypermitiendoaltrabajador dependiente realizar su prestación laboral sin necesidad de ubicarsefísicamenteenlamismasededelaempresa.Frutodeestecambioorganizativoenlasempresashasurgidolamodalidaddelteletrabajo.Elteletrabajoesunarealidadcadavezmásimplantadaenlasempresasdebidoasusampliosbeneficiostantoorganizativoscomoeconómicosypersonales,yaqueesunpasomásparalaconciliacióndelavidafamiliarylaboral.Laadministraciónpúblicanopuedeserajenaaestecambioorganizativoeinclusoculturalydebeapostarporfomentareimpulsarelteletrabajo,peronosólodesdela iniciativa privada sino impulsando el teletrabajo en la administraciónpública,reorganizandosusprocesoseintroduciendopocoapocolasnuevastecnologíasenla administración, lo cual conlleva la creación de una nueva cultura de lasadministracionespúblicas.La nueva realidad laboral, causada principalmente por el desarrollo tecnológico,hace necesaria la regulación de nuevas formas de trabajo y poco a poco iradaptandoesosmecanismosalasadministracionespúblicasespañolas.

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2-Objetivosymetodología:-Objetivoprincipal:Elobjetivoprincipaldelpresentetrabajofindegradoesponerenmarchaunplanpiloto de teletrabajo en el servicio de coordinación dependiente de la DirecciónGeneral de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, para que sea real,efectivoyayudealaconciliacióndelavidafamiliarylaboral.-Objetivoespecífico:Endesarrollodelobjetivoprincipal,establezcounaseriedeobjetivosespecíficosloscualesvanaguiarmiTFG,estosson:-Recopilar la normativa referente al teletrabajo en sus diferentes nivelesterritoriales (Europeo, Español y Comunidades Autónomas ), haciendo especialhincapiéenlaregulacióndenuestraComunidadAutónoma.-Hacerunanálisisdelaactualnormativaespecíficaenloreferentealteletrabajoenmateria de: derechos y deberes de los teletrabajadores, protección de riesgoslaborales,condicionesdetrabajo,etc.-Investigaracercadelasventajasylosinconvenientesquetieneestamodalidaddetrabajo.-ElaborarunanálisisDAFOparaentenderlasituaciónquetienedichoorganismoactualmenteylasposibilidadesdeimplantacióndelteletrabajoenél.-Realizar un plan piloto para la implantación del teletrabajo en el servicio decoordinación,apartirdelanormativaEspañolayespecialmentesegúnelDecreto82/2016porelqueseregulalaprestacióndelteletrabajoenlaGeneralitat.-Metodología:LarealizacióndelpresenteTFGvaaseguirlasnormasestablecidasporlaFacultaddeAdministraciónyDireccióndeEmpresasencuantoalaestructuraycontenidosnecesariosasícomolasnormasbibliográficaspertinentes.Para citar la bibliografía se han seguido las normas APA, a excepción de lajurisprudenciaynormativaquealnotenerunasdirectricesclarasacercadecómocitarlasehaaplicadolanormativadelaISO690:1987queseentiendecompatible.El trabajoescogido tiene suorigenenuna inquietudpersonal comoeselbuscarnuevas formas de trabajo que se orienten a la realidad delmercado laboral. Larealizacióndemisprácticasen laConselleríadeViviendamediounavisiónmuyrealde loqueesel trabajoen laadministraciónyunidoami interésporbuscarnuevasformasdeincrementarlaproductividaddelaadministración,hasurgidolaidea de este trabajo. En Julio de 2016 el Consell regulómediante un Decreto elteletrabajoparaelpersonalempleadode laGeneralitatpor loqueme impulsóa

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investigar sobre este tema y a hacer una propuesta de plan de teletrabajoorientadaaeseservicioenconcreto.Para larealizacióndelpresentetrabajovoyaguiarmesegúndiferentesartículos,normativas, así como de múltiple bibliografía que me dote de la informaciónnecesariapararealizaruntrabajocompletodesdediferentespuntosdevista.

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3-Marcolegaldelteletrabajopornivelesterritoriales.

3.1-NivelEuropeo.EnesteprimerapartadovamosaexponercualhasidolaregulaciónnormativadelteletrabajoenlaUniónEuropea,asícomocualhasidosuposteriorevolución.El teletrabajo es una modalidad de trabajo que ha ido implantándose con másfuerzaenelmercadolaboraldebidoalautilizacióndelasnuevastecnologíasenlasempresasyorganizacionescomounmecanismodemodernizacióndesugestiónycomounmediodeconciliacióndelavidaprofesionalysocialdesustrabajadores.Conelobjetivode conseguirelmejorprovechode la sociedadde la informacióndesdeEuropa,sedebepromoverestanuevaformadeorganizacióndeltrabajo,deforma que la flexibilidad y la seguridad en el trabajo vayan unidas para quefavorezca la calidad de los empleados y se incrementen las oportunidades en elmercado.Como hasta la fecha no existía ningún marco común para la aplicación delteletrabajo surgió la necesidad de una regulación. Es por eso que el 20 deseptiembrede2001, laCES1,EUROCADRES/CEC,2,laUNICE/UEAPME3y laCEEP4,esdecir, los interlocutoressocialesmás influyentes, comenzaronanegociarparalograrunacuerdoque fuerapuestoenprácticapor lasorganizacionesmiembrosdelaspartesfirmantesenlosEstadosmiembros.Finalmente, el martes 16 de julio de 2002, en Bruselas, los agentes socialesfirmaronelAcuerdoMarcoEuropeosobreelTeletrabajo.Esteacuerdo tieneporobjeto establecer un marco general a nivel europeo para la aplicación de unasnormasbásicasygeneralesparatodoslospaísesintegrantes.Es importante señalar que al ser un Acuerdo no necesita ninguna tramitaciónlegislativaporpartedelosorganismoscomunitariosyaquenohadeconvertirseenDirectiva,yportanto,suvigenciacomenzóaldíasiguientedesufirma.1CES:ConfederaciónEuropeadeSindicatos2EUROCADRES:ConsejoEuropeodelpersonalprofesionalyadministrativoyCEC:EuropeanManagers.EUROCADRESesunsociosocialreconocidoenlanegociacióncolectiva, representando al personal profesional y directivo en Europa. Está2EUROCADRES:ConsejoEuropeodelpersonalprofesionalyadministrativoyCEC:EuropeanManagers.EUROCADRESesunsociosocialreconocidoenlanegociacióncolectiva, representando al personal profesional y directivo en Europa. Estáasociada a CES, pero es totalmente independiente y sólo se ocupa de asuntosprofesionales y de personal directivo. EUROCADRES participa en asociación conCECeneldiálogosocialintersectorialconlosrepresentantesdelostrabajadores.3UNICE:BusinessEurope.UEAPME:laAsociaciónEuropeadelArtesanadoydelaPequeñayMedianaEmpresa.4CEEP:CentroEuropeodeEmpresasconParticipaciónPúblicaydeEmpresasdeInterésEconómicoGeneral.

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Acontinuaciónvamosacomentaryadesarrollar lospuntosmás importantesdeesteacuerdo.EsteAcuerdodefineelteletrabajocomo:"Elteletrabajoesunaformadeorganizacióny/orealizacióndeltrabajo,utilizandolastecnologíasdelainformaciónenelmarcodeuncontratoodeunarelacióndetrabajo,enlacualuntrabajoquepodríaserrealizadoigualmenteenloslocalesdela empresa se efectúa fuera de estos locales de forma regular”(Art. 2 AcuerdoMarcoEuropeo).Estadefinicióndel teletrabajocomopodemosobservaresunadefiniciónamplia,dondepermite incluirsediversasmodalidadesqueposteriormenteestudiaremos,comoporejemplo,noespecificael lugardondeserealizaelteletrabajo,asícomotampocoeltipodeconexiónqueseestablececonlaempresa(on-lineyoff-line).Deestadefiniciónsepuedendesprender lospuntosbásicosquevanaguiaresteTFGentendiendoelteletrabajocomo:-Realizacióndeltrabajoenunlugardistintoalaubicacióndelaempresa.-La utilización de las nuevas tecnologías y las telecomunicaciones para realizardichotrabajo.-Un método de organización y ejecución de la actividad laboral alternativo altradicional.-Unmodelodeempleoquetienequeserreguladoporcontratodelaspartes.AcontinuaciónvamosadestacarlosaspectosreguladosporelAcuerdo:-Voluntariedad:EnlaclausulaterceradelAMT5estableceunadelascaracterísticasfundamentales que regulan el teletrabajo, la voluntariedad. Dicha clausuladetermina que el puesto de trabajo en la modalidad de teletrabajo debe seraceptadoporeltrabajadoryelempresario.Además,segúnelAMTlarenunciadelteletrabajadoraoptarporelteletrabajonopuedeserunarazónparaextinguirsurelaciónlaboral.Estesupuestocomoesevidentenoabarcaloscasosdenuevascontratacionesparapuestos concretosyaque son los trabajadores losqueaceptan inicialmenteesosrequisitosdelpuesto.UnadelasventajasquellevaasociadalavoluntariedadesqueelAMTreconocelaposibilidaddereingresoenlaempresa,esdecir,elteletrabajadorpuederetornarasulugardetrabajoporacuerdodelasdospartes.ElAMT también acuerdaque el empresariodeberá suministrar al trabajador lasoportunas informaciones como convenios colectivos, descripción del trabajo arealizar,informaciónacercadesupuestocomo:quiénessujefesuperior,teléfonodecontacto,etc.

5AMT:AcuerdoMarcoEuropeosobreTeletrabajo.

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Conestosepretendequeelteletrabajadornopierdaarraigoenlaempresaytengaigualdad de oportunidades para su carrera profesional respecto de lostrabajadoresnormales.-Condicionesdetrabajo:Lacláusulacuartaestableceque“losteletrabajadoressebeneficiarán de los mismos derechos, garantizados por la legislación y losconvenioscolectivosaplicables”.-Privacidad:Enlaclausulasextaseregulaotroaspectofundamentaldelteletrabajocomoes laprivacidaddel teletrabajador.Estableceque lossistemasdevigilanciadeberán ajustarse al principio de proporcionalidad y cumplir con la Directiva90/2706.El AMT admite la posibilidad de establecer controles informáticos por parte delempresariopero conelúnicoobjetivodeobtenerun completo conocimientodelproceso productivo, imperando siempre el principio general de buena fe y elrespetoalosderechosfundamentalesdelostrabajadores.-Equipos de trabajo: la Clausula séptima establece que “todas las cuestionesrelativasalequipodetrabajo,responsabilidadycostesseránclaramentedefinidasantesdeliniciodelteletrabajo”.Aunquesinembargo,elAMTestableceque,comonormageneral,alempleadorlecorresponde“proveer,instalarymantenerelequiponecesarioparaelteletrabajohabitual, salvo que el teletrabajador utilice su propio equipo, además decompensarocubrirloscostescausadosdirectamenteporeltrabajo’’.-Seguridadysalud:comoentodosloscasoselempleadoreselresponsabledelaprotección de la seguridad y salud en el trabajo, pero el AMT hace especialhincapiéeneldeberquetieneelempleadordeinformardelapolíticaempresarialen materia de seguridad y salud en el trabajo en particular respecto de losrequisitosdelaspantallasdevisualización.-Organización del trabajo: La carga de trabajo y los criterios de resultados delteletrabajadorsonequivalentesalosdelostrabajadoresnormalesdelaempresa.EnelAMTsecontemplalaposibilidaddequeelteletrabajadorpuedagestionarsutiempoperosiempre“enelmarcodela legislación, losconvenioscolectivosylasnormasdelaempresaaplicables”.-Formación:laformaciónhoyendíaesunrecursoindispensableparalacontinuaformacióndelpersonal,esporeso,queelAMTensucláusuladécimaestableceque‘’losteletrabajadorestendránelmismoaccesoalaformaciónyalasoportunidadesde promoción profesional que los trabajadores comparables en el local del

6Directiva 90/270/CEE del Consejo, de 29 de mayo de 1990, referente a lasdisposicionesmínimasdeseguridadydesaludrelativasaltrabajoconequiposqueincluyenpantallasdevisualización.

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empresario y estará sujetos a lasmismas formas de evaluación que estos otrostrabajadores”.Además de la formación igualitaria por parte de todos los trabajadores, losteletrabajadores requieren un ‘’plus’’ de formación tanto por el lugar en que serealizaeltrabajocomolasherramientasquemanejan.ElAMTprevéque‘’losteletrabajadoresrecibanunaformaciónadecuadarespectodelequipotécnicopuestoasudisposiciónyalascaracterísticasdeestaformadeorganizacióndeltrabajo’’.-Derechos colectivos: Por último, la cláusula decimotercera se refiere a losderechoscolectivosdelosteletrabajadoresque,comonopodíaserdeotramanera,seránigualquelosdelosdemástrabajadores,yaque,elhechodeteletrabajarnoimplica perder los derechos colectivos. También se les aplicarán las mismascondiciones para participar y ser elegidos en elecciones para órganos derepresentacióndelostrabajadores.AmododeconclusiónsepodríapuntualizarqueelAMTcarecedeobligatoriedadjurídicamente exigible ya que su traslación y eficacia en cada uno de losordenamientosnacionalesdependerádelcumplimientovoluntarioque lospaíseshagan de los contenidos acordados a nivel comunitario, ya que los Estadosmiembrosson libresparaactuarde la formaquecreanmásconveniente,perosique abre una vía para que los Estados miembros puedan realizar una acciónnormativasobrelamateriaobjetodelacuerdo.Esteacuerdohasupuestolabasesobrelacualsehareguladomásespecíficamenteelteletrabajoennuestropaísporloqueesdesumaimportanciahacerunanálisisdetallado y preciso de los puntos básicos, ya que nos va a servir de base paraanalizar como ha ido evolucionando nuestro ordenamiento de una forma másespecífica.

3.2-Nivelnacional.PreviamentealAMTaprobadoen2002quesemencionaanteriormente,enEspañapodemos encontrar una regulación muy escasa acerca del teletrabajo. Bien escierto que muchas empresas estaban empezando a implantar estos nuevosmétodos de empleo pero nunca como tal, sino implantando pequeñas cláusulasqueseregulabanencontratoslaboralesentreempresaytrabajadoroenconveniosque poco a poco fueron evolucionando hacia el teletrabajo como lo entendemosahora.Este hecho producía un vacío legal para los trabajadores ya que los escasosconveniosque se firmabanno tenían la seguridad jurídicade firmarse según lascondicionesrealesdelejerciciodel teletrabajoy todas laspeculiaridadespropiasdel teletrabajo se enmarcaban bajo el epígrafe genérico de ‘’organización deltrabajo’’.

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Enlamedidaquelasempresasfueronincorporandoelteletrabajoensuscentrosorganizativos,lossindicatosconmayorrepresentaciónenEspañacomosonCCOOy UGT han ido participando en el diseño de propuestas intentando introducirelementosdeproteccióndestinadosalosteletrabajadores.Unclaroejemplodeestoshechoslohemosencontradoendiversajurisprudenciaquetrataeltemadelteletrabajocomoporejemplo:-Sentencia del TSJ de Cataluña 9178/2004, sobre la presunción de existencia decontratodetrabajoydedependenciadeunateletrabajadoraquerealizabatareasdemecanografiado.-SentenciadelTSJdeCataluña25/2003sobre laobligatoriedaddeuntrabajadorpresencial a convertirse en teletrabajador (tras comunicación verbal) comoconsecuenciadecambiosorganizativosenlaempresa.-Sentencia del TS de 11 de abril de 2005: esta sentencia concluye que laimplantación de un sistema de trabajo a domicilio (posteriormente llamadoteletrabajo), pasando el trabajador a desarrollar parte de su actividad en sudomicilio,enlugardelasoficinasdelaempresa,exigelaaceptaciónvoluntariadeltrabajador, no pudiendo establecerse por acuerdo o convenio colectivo, ni pormodificacióndelascondicionesdetrabajo.Estadoctrinajurisprudencialfijaloslímitesdelareorganizaciónempresarialalacondicióndelavoluntariedadporpartedelteletrabajadorydelanecesidaddeunacuerdoentrelaspartes.ElAMTfueelpioneroenreconocerestacondicióncomonecesaria.AunqueelAMTnoseincorporóanuestroderechointerno,noimpidióqueelTribunalSupremoreconocieraestasituación.En vista de los antecedentes sobre el teletrabajo en el sector privado se fuetomandomayorconcienciadeestanuevaformadeempleoydelosbeneficiosquetendría aplicarlos al sector público. La Declaración para el diálogo social en lasAdministraciones Públicas, firmada por la Administración y los principalessindicatosUGT,CCOOyCSI-CSIF,fueunadeclaraciónpioneraenelestablecimientodelteletrabajoenelsectorpúblico,estableciendoentresusobjetivoslamejoradelascondicionesdetrabajoylaprofesionalizacióndelosempleadospúblicos,comolosprincipalesfactoresqueayudanalaumentodelacalidaddelosservicios.Apartirdeestadeclaración,el4demarzode2005,elConsejodeMinistrosaprobóel PlanConcilia, que entre otros compromisos, prevé una serie demedidas parahacer efectiva la conciliación de las responsabilidades profesionales con la vidapersonaly familiarenelámbitodelempleopúblico. Unejemplode lasmedidasadoptadaseslaflexibilidadhoraria,respetandosiemprelafranjadepresenciafija7.

7SegúnelPlanConcilia,lafranjahorariadepresenciafijaquetienenloshorariosdemañanaytardesecomprendenentrelas9:00ylas17:00delunesajueves,yde9:00a14:30,losviernes.

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Según este Plan: ‘’Se procurará que las medidas acordadas puedan hacerseefectivasencentrosdonderesultedifícillasustitucióndeempleadospúblicosqueprecisen conciliar su vida familiar y laboral’’. Es decir, estasmedidas se podránutilizaraúncuandosehagadifícillasustituciónporotropersonal,porloquedejalapuertaabiertaaquesealamismapersonalaquehagaesasfaenasaunquenoseaensupuestodetrabajofísico.En vista a la aprobación del Plan Concilia, el Ministerio de AdministracionesPúblicaspublicólaordenAPU/1981/2006,el21dejunio,porlaquesepromovíala implantación de programas piloto de teletrabajo en los departamentosministeriales. Esta orden supuso el inicio de la regulación del teletrabajo en lasadministracionespúblicas.En ladisposiciónprimeradeestaorden se reconoceporprimeravezel términoteletrabajoparaelpersonaldelasadministracionespúblicasentendiéndosecomo:“Se entenderá por teletrabajo toda modalidad de presentación de servicios decarácter no presencial en virtud de la cual un empleado de la AdministraciónGeneraldelEstadopuededesarrollarpartedesujornadalaboralmedianteelusodemediostelemáticosdesdesupropiodomicilio,siemprequelasnecesidadesdelserviciolopermitanyenelmarcodelapolíticadeconciliacióndelavidapersonalyfamiliarylaboraldelosempleadospúblicos’’.Esta orden también establece que los departamentos ministeriales y susorganismos públicos podrán poner en marcha programas piloto de teletrabajo,siemprequesuparticipaciónfueradecaráctervoluntariaparalosempleados.Lospuestos objeto de estos planes tenían que fijarse según la naturaleza de cadapuestoysiemprequelosempleadosseencontrasenenservicioactivoyreunieranlosconocimientossuficientesdeofimática.ElprogramapilotodelPlanConciliafuerealizadoenmayode2006porelpropiopersonal del MAP (Ministerio de Administraciones Públicas) y por los máximosresponsables de las unidades administrativas que aportaron voluntarios a laexperiencia.Elprogramapilototuvounaduracióntotalde3mesesyparticiparonuntotalde30empleadosvoluntariosbajolacolaboracióndeungrupodeexpertosqueguiabalaexperiencia.Para la evaluación del programa se utilizaron técnicas tanto cuantitativas comocualitativas aplicadas sobre los propios teletrabajadores y sus responsables. Lavaloraciónindagabasobreasuntosreferidosadiversosaspectosdelavidalaboralypersonaldelosteletrabajadores,tambiénotrascuestionescomolaadaptaciónalnuevosistema,lavaloracióndeltrabajorealizado,laplataformadecomunicaciónutilizada,diversasentrevistasalolargodelproyecto,etc.Laevaluaciónrealizadafuebastantepositivadadolosresultadosobtenidosyaque,losúnicosinconvenientessurgidosenelproyecto,fueronmásdecaráctertécnicoytecnológico.Laexperienciafuesatisfactoriaparael77%delosteletrabajadores.

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Acontinuaciónvamosaexponerdiversosgráficossacadosdel “Libroelectrónicosobre el Plan Concilia’’ que muestra la consecución del Plan y su posteriorevaluación.

Tabla1.Evaluacióndelimpactodelaexperiencia.Fuente:EvaluaciónImpactoPlanConcilia.2006

Tabla2.Evaluacióndelacantidadycalidaddeltrabajo.Fuente:EvaluaciónImpactoPlanConcilia.2006

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Tabla3.Percepciónporpartedelosteletrabajadoresdeefectosnegativos.Fuente:EvaluaciónImpactoPlanConcilia.2006

Tabla4.Opinióndelosteletrabajadores.Fuente:EvaluaciónImpactoPlanConcilia.2006

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Tabla5.Satisfacciónglobaldelosteletrabajadores.Fuente:EvaluaciónImpactoPlanConcilia.2006

EstossonlosgráficosmássignificativosrespectodelaevolucióndelPlanydelcualpodemos sacar diversas conclusiones que nos van a servir también a la hora derealizar nuestro propio plan piloto para el servicio de coordinación de laConselleríadeVivienda.Podemos relacionar los gráficos 1 y 2 de una forma bastante positiva ya que el77%delosencuestadosafirmaquedisponedemástiempoparahacersustareasyresponsabilidadesperoqueaúnteniendomástiempo,comomuestraelgráfico2,el58%afirmaque lacantidadde trabajoa realizarhapermanecido igual,por loquesehaganadoenconciliaciónfamiliarsindejareltrabajoaunlado.También los efectos negativos señalados en el gráfico 3 han permanecidoconstante sin que haya ninguna variable que haya destacado por encima de lonormal, salvo los problemas habituales de posible aislamiento o el sentirsecontrolado,queennuestroplantendremosquetenerencuenta.LasconclusionesdelaevaluacióndeestePlansepuedenresumirenelgráfico4y5yaqueel50%delosteletrabajadoresquedaronsatisfechosyel46%piensaqueelteletrabajopodríaconvertirseenunaformahabitualdetrabajar.Para facilitar la implantación de programas piloto, en septiembre de 2006, sepublicóun“Manualparalaimplantacióndeprogramaspilotodeteletrabajoenlaadministracióngeneralde estado”.Estemanual esunaguíabastante completa ysimplificadaparaquelosdiferentesministeriospuedantenerunapoyoqueguíeeldiseño,implantaciónyposteriorevaluacióndelprogramapiloto.EnesteTFGnosvamos a apoyar de esta guía para elaborar nuestro Plan piloto personaladecuándoloalasnecesidadesactualesdelservicioyalosnuevosavancesdelastecnologías.

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Posteriormente, la Ley 11/2007 de 22 de junio de acceso electrónico de losciudadanos a los servicios públicos, también hace alusión al teletrabajo en suartículo 3.5 estableciendo como una de las finalidades de la ley “contribuir a lamejora del funcionamiento interno de las Administraciones Públicas,incrementando la eficacia y la eficiencia de las mismas mediante el uso de lastecnologíasdelainformación,conlasdebidasgarantíaslegalesenlarealizacióndesusfunciones”.Enladisposiciónfinalsextatambiénsehabilitaparalaregulacióndelteletrabajoen la Administración General del Estado: “el Ministerio de AdministracionesPúblicasencolaboracióncon losMinisteriosdeEconomíayHacienda,TurismoyComercioydeTrabajoyAsuntosSociales,regularánantesdel1demarzode2008las condiciones del teletrabajo en la Administración General del Estado”. Sinembargo, esto no se cumplió, ya que el ministro impulsor del teletrabajo, JordiSevilla Segura, dimitió en su puesto el 6 de julio de 2007 y su sucesora, ElenaSalgado, nunca llevo a término su regulación, por lo que el teletrabajo quedorelegadoaunsegundoplano.También podemos observar como posteriormente el Estatuto del EmpleadoPúblicohaidohaciendomodificacionesrespectodelascondicionesdeltrabajodelpersonalalserviciode laadministración.EnelEstatutodelEmpleadoPúblicosehaabiertounapuertahaciaelrégimendelteletrabajodelpersonalfuncionarialyaqueelobjetivocentraleslograrlaconciliacióndelavidalaboralyprofesionaldelosempleadosalserviciodelaadministración.Sinembargo,aunquedejanlapuertaabiertaparaquecadaadministraciónpuedaorganizarsusrecursoshumanosconplenaautonomíacomomuestraelartículo69delRD5/2015,de30deoctubre,porelqueseapruebaeltextorefundidodelaLeydelEstatutoBásicodelempleoPúblicoquedice:“Laplanificacióndelosrecursoshumanos en las Administraciones Públicas tendrá como objetivo contribuir a laconsecucióndelaeficaciaenlaprestacióndelosserviciosydelaeficienciaenlautilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensiónadecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promociónprofesional y movilidad”, no existe como tal alusión concreta al régimen delteletrabajosinoquedaplenaautonomíaacadaadministraciónparaqueorganicesuspropiosrecursoshumanos.Otra característica aplicable al régimen del teletrabajo es el nuevo sistema deevaluación del desempeño regulado en el artículo 20 el cual lo define como:“procedimiento mediante el cual se mide y valora la conducta profesional y elrendimiento o el logro de resultados”. Sin duda, este es el pasomás importantehaciaelteletrabajoyaqueconlaevaluaciónderesultados,nohacefaltatenerqueestarenun lugar físicoparaqueelresponsablecompruebequehacestutrabajo,sinoquealmedirel trabajosegún laconsecucióndeunosobjetivospreviamentedefinidoshacequelaubicaciónfísicadelpersonalnosealomásimportante,sinoquecumplanconsusobjetivossinimportardondedesempeñenesetrabajo.

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Comopodemosobservar,apesardeestasdospuntualizacionesacercadelEstatutoBásico del Empleado Público no existe una regulación explícita del teletrabajocomotal,aligualquepasaenelámbitoprivado.Estopuedesermotivadoaquelaaplicación de este método de trabajo esta en manos exclusivamente de losresponsables de los servicios de las diversas administraciones y no de unprogramadeacciónmásamplioquedevisibilidadeimpulso,conunaplanificaciónamedioylargoplazoparaquepocoapocolasadministracionespúblicassefueranacogiendoaestanuevaforma.Apesarde la inexistenciaderegulaciónanivelestatalhemospodidocomprobarcomoenalgunasComunidadesAutónomassehandadopasosagigantadosenesteámbito.Enel siguientepunto,vamosaanalizarconprofundidadquemedidassehan tomado y qué tipo de regulación tienen algunas de las ComunidadesAutónomasmáspioneras.

3.3-Nivelautonómico.Elteletrabajoanivelautonómicohatenidomayoréxito,yaqueesmásfáciloperarencircunscripcionesmásreducidasdebidoaunamayoragilidadparareorganizarlosefectivosy tambiénsimplificarlaposteriorevaluación.Estapuedeserunavíamás efectiva y realista para progresivamente ir implantando el teletrabajo en laadministración, ya que se puede planificar de una formamás realista y tambiéntienenmayorcapacidaddereacciónantecambiossocio-económicosporestarenprimeralíneadecontactoconlaciudadanía.Podemos encontrar pequeños pasos hacia el teletrabajo en alguna normativaautonómica. Las principales comunidades autónomas que han avanzado en estecampohansido:-Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la Función PúblicaValenciana(BOE6deagostode2010),ensudisposiciónadicionaldécimaindica:“LaadministracióndelaGeneralitat,enelmarcodelPlanparalaImplantacióndela administración Electrónica, y de garantía en el acceso electrónico de losciudadanos a los servicios públicos, incorporará las fórmulas telemáticas másadecuadasparahacerposiblelaimplantacióndelteletrabajo.La definición de los ámbitos funcionariales o colectivos en los que pueda serposible el teletrabajo, en atención a sus características o por las funciones quedebandesempeñar,serádelimitadareglamentariamente.”Recientemente se ha regulado esta disposición en el Decreto 82/2016, de 8 dejulio, del Consell por el que regula la prestación de servicios en régimen deteletrabajodelpersonalempleadopúblicode laAdministraciónde laGeneralitat,queposteriormentenosvamosadeteneraanalizarladetalladamente.

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Una de las primeras implementaciones más elaboradas del teletrabajo fuerealizadaporalComunidaddeCastillayLeón,atravésdelDecreto9/2011,de17de marzo, por el que se regula la jornada de trabajo no presencial medianteteletrabajoenlaAdministracióndeCastilla.En este decreto, se establecen diversos criterios de concesión del régimen delteletrabajo en su artículo 6 como por ejemplo ( empleados públicos condiscapacidad, empleados públicos víctimas de violencia de género, tiempo ydistancia de desplazamiento del domicilio al lugar de trabajo, etc). También seestablecendiferentesaspectoscomoporejemploelequipamientonecesarioparaejercer el teletrabajo (art. 10) , la distribuciónde la jornada (art. 8) y el tipodeformación(art.11).También cabría destacar que este Decreto es pionero en tipificar qué tipo defuncionessonsusceptiblesdeserrealizadasenrégimendeteletrabajo(art.5),lascualesson:-Estudioyanálisisdeproyectos-Elaboracióndeinformes-Asesoría-Redacción,correcciónytratamientodedocumentos-Inspección-Gestióndesistemasdeinformaciónycomunicaciones-Análisis,diseñoyprogramacióndesistemasdeinformaciónycomunicaciones.Posteriormente a Castilla y León, se fueron sumando otras ComunidadesAutónomascomoEuskadiconelDecreto92/2012,de29demayo,porelqueseapruebaelAcuerdosobrelaprestacióndelservicioenlamodalidadnopresencialmediante al fórmula de teletrabajo para el personal empleado público de laAdministraciónGeneraldelaComunidadAutónomadeEuskadiysusOrganismosAutónomos.EsteDecretoesunaextensióndeldeCastillayLeónyaqueademásdetipificarlasmismasfuncionessusceptiblesdeserrealizadasenrégimendeteletrabajo,ensuartículo4,añadealgunamáscomoladetraducción.Tambiénotrodatoadestacares suartículo8, el cual regula laduracióndel teletrabajo.Segúnesteartículo “laduraciónmáximadelperiodo continuadode teletrabajo será en todo casodeunaño”. Esta medida es para evitar que se produzca desarraigo o un cambio dehábitos y rutinas en el teletrabajador que pudieran causar un perjuicio cuandovolvieraalamodalidadpresencial.AnteriormenteaesteDecreto,sellevóacaboenlosmesesdeeneroyabrilde2011unPlanPilotodeTeletrabajoenelDepartamentode Justicia yAdministracionesPúblicas llamado ‘’Proyecto Telelana’’. Este Plan Piloto fue llevado a cabo con elobjetivodeevaluarelimpactodelteletrabajoenelrendimientoylaconciliacióndelavidapersonalyprofesionalde27empleadosenunperiodode4meses.

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La evaluación del Plan Piloto se realizó en base a 5 ejes: la productividad, laconciliacióndelavidalaboralypersonal,lasrelacionesdetrabajo,lascondicionesde trabajo y por último la calidad del servicio público. Los resultados fueronsorprendentesyaquemostraronqueelteletrabajotuvounimpactopositivoenlostrabajadores y que se podría convertir en una forma de trabajo viable para laAdministraciónGeneraldelaCAV.A continuación, vamos a mostrar diferentes gráficos sacados del informe deevaluación del Plan Piloto que muestra en una visión global los efectos delteletrabajotantoparalaproductividadcomoparalaconciliacióndelavidalaboralyfamiliar.

Gráfico1.Saludyestadodeánimodurantelaexperiencia.Fuente:InformefinalsobreelproyectoTelelana.GobiernoVasco,2011

Gráfico2.Efectoseconómicosdelteletrabajoparalosteletrabajadores.Fuente:InformefinalsobreelproyectoTelelana.GobiernoVasco,2011

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Gráfico3.Valoracióndelaproductividaddelaunidaddurantelaexperiencia.Fuente:InformefinalsobreelproyectoTelelana.GobiernoVasco,2011

Comomuestran estos gráficos sacados del informe, el proyecto Telelana fue unmétodomuyeficazyrealistadeobtenerinformacióndeprimeramanoacercadelteletrabajo ,siendounamaneradevalorarsiseríaviableimplantarelteletrabajoen el Gobierno Vasco. Los resultados tuvieron un impacto positivo, llegando avalorarlosteletrabajadoresconun8,77sobre10laexperienciaymanifestandoel100%de los teletrabajadoresqueestaríandispuestosacontinuar laexperiencia.Graciasaesteproyecto,elGobiernoVascopudoaprobarelDecreto92/2012conlaseguridad de que funcionaria y con ajustes fruto de los problemas surgidosduranteelPlan.Enesemismoaño,ExtremaduraaprobóelDecreto127/2012,de6dejulio,porelqueseregulalaprestacióndelservicioenlamodalidadnopresencial,mediantelafórmula del teletrabajo, en la Administración de la Comunidad Autónoma deExtremadura. Este Decreto esmuy parecido en su formulación a los anteriores,estableciendo lamismaduraciónmáxima (art. 4) y lasmismas condicionesparaparticipar(art.5).LaprincipalnovedaddeesteDecretoesqueensuartículo8establecediferentescriteriosdeselecciónasignándoleacadaunounapuntuaciónquevadeentre1a5puntos, siendo la más alta tener una discapacidad superior al 45%. Una vezasignado lasdiferentespuntuacionessegún lascondicionessocio-económicasdelteletrabajo, se hace una baremación y se asignan las plazas por orden depreferencia.Posteriormente, Extremadura publicó la Ley 13/2015, de 8 de abril, de FunciónPúblicadeExtremaduraincluyendolamodalidaddeteletrabajoensuartículo50señalandoque:“LasAdministracionesPúblicasdeExtremadurapodránimplantarsolucionesdeteletrabajocomomodalidadfuncionaldecarácternopresencialquepermita el desarrollo de la totalidad o parte de la jornada laboral fuera de las

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dependencias administrativas. Los términos y condiciones de la implantacióndeestamodalidaddetrabajo,sedeterminaránreglamentariamente”.Enelaño2013sesumaronvariasComunidadesAutónomascomo:-LasIslasBaleares,conelDecreto36/2013,de28dejunio,porelqueseregulalamodalidad de prestación de serviciosmediante teletrabajo en la AdministraciónAutónoma de las Illes Balears. Este Decreto a diferencia del resto regula porejemploensuartículo8laduracióndeestamodalidadestableciendoqueelplazomáximoseráde1añoyelmínimode3meses(adiferenciadelosdemásDecretosquesefijaen6meses).-Castilla-LaMancha,conelDecreto57/2013,de12deagosto,porelqueseregulalaprestacióndeserviciosdelosempleadospúblicosenrégimendeteletrabajoenlaAdministracióndeJuntadeComunidadesdeCastilla-LaMancha.-La Rioja, con el Decreto 45/2013, de 5 de diciembre, por el que se regula laprestación del servicio en al modalidad no presencial mediante la fórmula delteletrabajoparaelpersonalfuncionarioylaboralalserviciodelaAdministraciónGeneraldelaComunidadAutónomadeLaRiojaysusOrganismosAutónomos.En 2015, Galicia publicó la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público deGalicia el cual regula lamodalidad del teletrabajo en su artículo 107 indicando:“Cuandolanaturalezadelpuestoquesedesempeñolopermita,ysiemprequesegarantice la correcta prestación de los servicios, los empleados públicos podránrealizar todas las funciones de su puesto o algunas de ellas fuera de lasdependenciasdelaAdministraciónpúblicaenlaqueesténdestinados,medianteelempleo de las nuevas tecnologías, en los supuestos y con los requisitos que sedeterminaránreglamentariamente”. Sinembargo, sudesarrollo reglamentarianosehaproducidohastaelmomento.Ya en el 2016, Valencia se unió a las Comunidades Autónomas en regular elteletrabajo en desarrollo de la disposición adicional décima (mencionadaanteriormente) de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de laFunciónPública,elaborandoelDecreto82/2016,de8dejulio,delConsell,porelque regula la prestación de servicios en régimen de teletrabajo del personalempleadopúblicodelaAdministracióndelaGeneralitat.Losprincipalescontenidosdeldecretosonlossiguientes:-Justificación:Elobjetivodelteletrabajoesadaptarlasventajasqueofrecelastecnologíasconelaumentodelasdemandasdemedidasdeconciliacióndelavidapersonalylaboral,quefacilitenlacompatibilizacióndelcumplimientodelastareasprofesionalesconundesarrollosatisfactoriodelascondicionespersonales.Esta forma de organizar el trabajo puede suponer importantes beneficios, tantopara la organización como para la persona. Por una parte, la Administración lepermite reorganizar losprocesosde trabajo redefiniendoobjetivos,medianteun

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trabajo orientado a resultados causando una mejor gestión del tiempo y unamejoradelacalidaddelaprestacióndelosservicios.Porotraparte, lapersonateletrabajadorase leposibilitaa flexibilizarsu jornadalaboralparaadaptarlaasuscircunstanciaspersonalesyfamiliares.-Ámbitosubjetivo(art.3):EsteDecretoesdeaplicaciónalpersonalempleadopúblico,cualquieraqueseasurégimenjurídico.-Ámbitoobjetivo(art.4):Tendrán la consideracióndepuestos susceptibles de prestarse en el régimendeteletrabajoaquellosquepuedanserejercidosdeformaautónomaynopresencialateniendo a sus características específicas para su desarrollo. No serán puestossusceptiblesdeprestarseenestamodalidad:

a) Puestosenoficinasderegistroyatencióneinformaciónalaciudadaníab) Puestosconfuncionesdedirección,coordinaciónysupervisiónc) Puestosdenaturalezaeventuald) Puestosdeestructuracuyaformadeprovisiónseadelibredesignacióne) Puestos cuyas funciones conlleven necesariamente la prestación de

serviciospresencialesf) Cualquierotrotraselanálisisdelassolicitudesrecibidasypropuestaspor

laComisióndeControlySeguimiento.-Requisitospersonales,técnicosyestructurales(art.5y8):-Estarenservicioactivo.-Haberdesempeñadopuestosdetrabajoduranteperiodosquesumenalmenosunaño, dentro de los últimos dos años inmediatamente anteriores a la fecha desolicitud.-Sertitularuocupantedeunpuestodetrabajoincluidoenelprograma.-Queel lugardonde se realice el teletrabajo cumpla con lanormativavigentedeseguridadlaboral.-Acreditarconocimientosenelmanejodeherramientasinformáticas.-Superar los cursos de formación específicos organizados por el órganocompetenteenmateriadeformación.-El personal participante deberá contar con un sistema de conexión informáticasuficiente y seguro en su domicilio. (El material informático necesario seráproporcionado por la Administración, la cual podrá revisar las condiciones delequipo informático en cualquier momento. Finalizado el programa, deberádevolverseelmaterialenelmismoestadoquecuandoseentregó).En caso de mal funcionamiento del equipo, la persona afectada deberáreincorporarseasucentrodetrabajoaldíasiguiente,reanudandoelejerciciodelteletrabajo cuando se haya solucionado el problema. Para evitar este tipo deincidentes, laAdministración facilitarámutuamenteunnúmerodecontactoparamantenerlacomunicaciónmientrasdureelteletrabajo.

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-Duracióndelaprestaciónydistribucióndelajornadasemanal(art.6y7):La duración del periodo de tiempo se establecerá en cada programacorrespondiente.Noobstante,laduraciónmáximadeunprogramaserádeunañoprorrogableporperiodosigualessinosemanifiestalocontrario.Lacomunicacióndefinalizacióndeberárealizarsecondosmesesdeantelaciónalafinalizacióndelmismo.Respecto a la organización de la jornada semanal, la jornada se distribuirá demaneraquetresdíasalasemana,losserviciosseanprestadosdesdeeldomicilioyel resto según con la jornada y horario habituales en su puesto presencial. EstamedidaesunadelasquesehanidocorrigiendoconeltiempoenbaseadiferentesPlanes, ya que en lamayoría se llego a la conclusiónde quepermanecermuchotiempofueradelámbitolaboral,puedeprovocarundesarraigoenelteletrabajadoryperder larutinadetrabajohabitual,de formaquecuandovolvieraasutrabajopresencialpudierasufriralgúntipodeperjuicio.Concaráctergeneral,elcontroldeltrabajoserealizaráenbasealcumplimientodeobjetivosoa la consecuciónderesultados.Noobstante, cadaprogramaconcretode teletrabajo establecerá la distribución de la jornada (pudiendo fijar periodosmínimos de interconexión para la realización del trabajo que se hagan coincidirconunasfranjashorariasdeterminadas)yelsistemadecontrolconcreto.Laorganizacióndeberáefectuarsesiempreconunporcentajeno inferioral20%deprestaciónde serviciosdemodopresencialy seránecesarioquealmenosundíaalasemanacoincidatodalaplantillaenlasdependenciasfísicas.-Seguridadysaludeneltrabajo(art.9):El órgano competente, deberá verificar (con carácter previo al programa ymedianteunoscuestionarios)quelascondicionesenlasquesevenadesarrollarelpuestodetrabajo,nosuponenriesgoparalasaluddelapersonateletrabajadora.Tambiéndichascondicionespodránserobjetoderevisiónyanálisisdurantetodalavigenciadelprograma,previacomunicaciónalapersonainteresada.A los efectos de contingencias profesionales, será de aplicación la normativavigenteenmateriadeaccidentesdetrabajoyenfermedadesprofesionales.-Formacióndelosteletrabajadores(art.10):Elpersonalseleccionadorealizaráuncursodeformaciónespecíficosobreaspectosesenciales para desarrollar el programa de una forma segura y eficaz. Losprincipalestemasatratarseránlosrelativosaseguridadinformática,seguridadehigiene en el trabajo, protección de datos y el sistema de evaluación deldesempeñoaaplicar.

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Ademásdelcursoespecífico,esteDecretotambiéncontemplalaposibilidaddequelaspersonasparticipantesenelprograma,desdesituacionesdistintasal servicioactivo que conlleven reserva de plaza, puedan ser convocadas para realizardiversoscursosdeformacióncuandosedetectelanecesidaddecomplementarlosconocimientos adquiridos con carácter previo a la declaración de la situaciónadministrativaenlaqueseencontraba.-Derechosydeberesdelapersonateletrabajadora(art.11):Elpersonalquepreste servicios enestamodalidad, tendráa todos los efectos elmismo régimen jurídico, derechos y obligaciones que el resto de personal de laAdministración de la Generalitat, no pudiendo causar su participación en elprogramaniunamermaniincrementoretributivoalguno,yaquelaincorporacióna dicho programa tendrá carácter voluntario, pudiendo renunciar a suparticipación previa comunicación con quince días de antelación a la fecha definalizacióndeseada.La prestación del trabajo en la modalidad de teletrabajo es personal y no vaasociadaalpuestode trabajo,demaneraque,si lapersonacesaensupuestodetrabajo, quien lo vaya a ocupar con posterioridad no tendrá la consideración depersonateletrabajadora.-Revocaciónporlaadministración(art.12):Además del derecho de renuncia que tiene la persona teletrabajadora, laAdministración también podrá revocar la condición de teletrabajador cuando sedenlossiguientescasos:

a) Pornecesidaddelserviciodebidamenteacreditadasyjustificadas.b) Por incumplimiento acreditado de los objetivos o deberes y obligaciones

establecidos.c) Porvariacióndelascircunstanciasalegadasporlapersonaenelmomento

delaparticipación.d) PormutuoacuerdoentrelapersonaylaAdministración.e) Porhacerunmalusodelmaterialinformáticoutilizándoloentareasajenas

altrabajo.-Procedimientoparalaaprobacióndelosprogramasdeteletrabajo(art.13):Enelcasodecuerposoagrupacionesconadscripciónorgánicay funcionalaunamisma Consellería, el procedimiento para la aprobación de los programas deteletrabajoseiniciaráapropuestadelasubsecretaríauorganismocompetenteenmateriadepersonalcorrespondientedelosmismos,dirigidaaladireccióngeneralcompetenteenfunciónpública.Enel casodeescalasogruposdecarácterhorizontal conadscripciónorgánicayfuncionalenlasdistintasConsellerías,lapropuestaseformalizaráporladirección

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generalconcompetenciaenmateriadefunciónpública,previasolicituddelórganocompetenteporrazóndelamateriaLapropuestadeberácontenernecesariamente:-Identificación clara y concreta del colectivo que se pretende incorporar alteletrabajo.-Causasyobjetivosdelapropuestaquefundamentansuimplantación.-Informedelórganosuperiorodirectivo.-Númeromáximodepersonalparticipante.-Duracióndelprogramaydistribucióndelajornada.-Criterios,objetivoseindicadoresparalaevaluacióndeltrabajorealizado.-Baremoaplicableparalaseleccióndelpersonal.-Requisitostécnicosyestructurales.Unavezrecibidalapropuestaporladireccióngeneralcompetente,seconvocaráalaComisiónparaanalizarlasolicitudycomprobarlosrequisitos.Unavezemitidoel informe por la Comisión, la dirección general competente procederá a suvaloraciónjuntoconuninformevinculantedeladireccióngeneralcompetenteentecnologías de la información. Una vez valorado, se elevará la propuesta deresolucióna lasecretaríaautonómicaconcompetenciasendichamateria, lacualtendráqueaprobarelprogramamedianteresoluciónpublicadaenelDiariOficialdelaComunitatValenciana.-Composición de la Comisión de Control y Seguimiento del Teletrabajo en laGeneralitat(art.15y16):La Comisión de Control y Seguimiento del Teletrabajo se constituye como unamesa técnica independiente de la Mesa Sectorial de la Función Pública cuyosobjetivossonlaevaluaciónyelseguimientodelasnecesidadesdelaGeneralitatenmateriadeteletrabajo.Lacomisiónestarácompuestaporlaspersonastitularesdelassiguientesunidadesadministrativas:

a) Presidencia:subdireccióngeneraldeladireccióngeneralconcompetenciasenmateriadefunciónpúblicaenlaGeneralitat.

b) Vicepresidencia: subdirección general de la dirección general concompetenciasenmateriadefunciónpúblicaenlaGeneralitat.

c) Secretaría:subdireccióngeneralconcompetenciasenmateriadeformaciónenlaGeneralitat.

d) La subdirección general de la dirección general con competencias entecnologíasdelainformación.

e) Lasubdireccióngeneralalque lecorrespondaelejerciciode funcionesdeprevenciónyprotecciónderiesgoslaborales.

f) Lasecretaríageneraladministrativacorrespondientedelasubsecretaríauorganismoproponentedelprogramadeteletrabajo.

g) UnapersonaenrepresentacióndecadaunadelasorganizacionessindicalespresentesenlaMesaSectorialdeFunciónPública.

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-Procedimientodeincorporaciónalprogramadeteletrabajo(art.14):Tras lapublicacióndelprogramaenelDiariOficialde laComunitat, laspersonaspodránpresentar sus solicitudesdeparticipaciónanteel órgano competentedelprogramaenelplazoqueseindiqueencadauno.Las subsecretaría u órganos competentes analizarán dichas solicitudes y lasvalorarán de acuerdo con los baremos previamente preestablecidos en elprograma,previoinformedelórganossuperiorodirectivoconcompetenciassobreelcolectivoafectado.Posteriormente, se remitirán las propuestas de selección junto con ladocumentaciónjustificativaaladireccióngeneralcompetentequedarátrasladodelamismaalaComisión,quedeberáanalizarlapropuestayladevolverájuntoasusconclusiones,aladireccióngeneralcompetente.La dirección general dictará resolución en la que constará el inicio y el fin delprograma, la lista de personas seleccionadas y por último las no seleccionadas,ordenadas según la puntuación obtenida para posibles incorporaciones quepuedensurgirdurantelaconsecucióndelprograma.

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4-Elteletrabajocomonuevométododeempleo.

4.1-Conceptoydefiniciones.Existen muchas formas de designar el teletrabajo, por ejemplo en Europa se lesueledenominarTeletrabajo,TelenetworkingoTeleworkmientrasqueenEEUUseledenominaTelecommunitingoMobileWorker.Lainterpretaciónetimológicadelapalabra“Teletrabajo”laencontramosenlaraízgriegadesupalabra:Elprefijotele-provienedeltérminogriego“telos”(adistancia).Esoindicaqueeltrabajo es realizado fueradel centro físicode trabajohabitual donde seubica elempleador.La forma de denominar al trabajo fuera del entorno habitual de la organizaciónresulta diferente, no sólo por la tipología del sector o la empresa, sino también,segúnestablececadapaísycadacultura.A continuación, vamos a analizar diferentes definiciones para establecer ladefinición quemás se adecue a nuestromodelo de teletrabajo, ya que la propiadefinición del término es un factor clave para establecer los límites y lascondicionesenlasquesepuederealizardichotrabajo.I. SegúnEurofound8sedefineelTeletrabajo:“Elteletrabajo,comounaforma

de organización y/o de realizar el trabajo, utilizando la tecnología de lainformación, en el marco de un contrato de trabajo/relación, donde serealiza el trabajo, que tambiénpodría llevarse a cabo en las instalacionesdelempleador,alejándosedeloslocalesdeformaregular”.

II. SegúnlacláusulasegundadelAcuerdoMarcoEuropeodefineelteletrabajocomo“esunaformadeorganizacióny/oejecucióndeltrabajo,queutilizalas tecnologías de la información, en el contexto de un contrato o de unarelacióndetrabajo,dondeeltrabajo,quetambiénpodríaserejecutadoenellocal del empleador, es realizado fuera de este local conforme a unostérminosacordados”.

Deestadefiniciónsepuedensacartresejesfundamentales:-Formadetrabajarqueutilizalastecnologíasdelainformación.-Sebasaenuncontratoodeunarelacióndetrabajo.

8 Eurofound es una agencia tripartita de la Unión Europea que facilitaconocimientos para colaborar al desarrollo de las políticas sociales relacionadasconeltrabajo.

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-Es un pacto entre trabajador y empleador donde se acuerdan lascondicionesparaprestardichotrabajo.

III. SegúnlaRealAcademiadelaLenguaEspañola,sedefinecomotrabajoque

se realiza desde un lugar fuera de la empresa utilizando las redes detelecomunicaciónparacumplirconlascargaslaboralesasignadas.

IV. ParaelInstitutoNacionaldeSeguridadeHigieneenelTrabajo,ensunotatécnicanúmero412sedefinecomo“eldesarrollodeunaactividadlaboralremunerada,paralaqueseutiliza,comoherramientabásicadetrabajo,lastecnologíasdelainformaciónytelecomunicaciónyenelquenoexisteunapresencia permanente ni en el lugar físico de trabajo de la empresa queofrece losbienesoserviciosnien laempresaquedemandatalesbienesoservicios.

V. Antes de la reforma laboral, el Estatuto de los Trabajadores definía el

contrato de trabajo a domicilio como “Aquel en que la prestación de laactividad laboral se realice en el domicilio del trabajador o en el lugarlibrementeelegidoporésteysinvigilanciadelempresario.

VI. Después de la reforma laboral (RD Ley 3/2012) el artículo 13 lo define

como Trabajo a distancia a “ Aquel en que la prestación de la actividadlaboralserealizademanerapreponderanteeneldomiciliodeltrabajadoroenellugarlibrementeelegidoporéste,demodoalternativoasudesarrollopresencialenelcentrodetrabajodelaempresa.

ElRD-Ley3/2012,de10de febrero,demedidasurgentespara lareformadelmercadolaboralhaintroducidonumerosasmodificacionesconelobjetodeestablecerunmarconormativoquecontribuyaalagestióneficazdelasrelacioneslaboralesyquefacilitelacreacióndepuestosdetrabajo.Podemos observar como se aprecia una intencionalidad directa parapromocionarnuevasformasdedesarrollar laactividadlaboral,esporeso,que se han introducidomedidasparadar cabida al teletrabajo, entendidocomo una particular forma de organización del trabajo que encajaperfectamenteconelmodeloproductivoquesepersigueyaquefavorecelaflexibilidad laboral, es decir, permite compaginar la vida personal con lalaboral.Paraello,lareformapersigueunaseriedemodificacionesgarantistasparatransformareltradicionaltrabajoadomicilioconeltrabajoadistancia,pararealizarunaregulaciónmásdetalladayprecisaacercadelteletrabajo.Elmencionadotrabajoadomicilio, respondíaaunarealidadancladaenelpasadoquenadateníaqueverconlarealidaddelmercadolaboralactual,ya

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quenocorrespondealteletrabajocomoloentendemosenlaactualidad.Esporeso,quesemodificaeltradicionaltrabajoadomicilio,paradaracogidamedianteunanueva formulación al uso intensivode las tecnologías fueradelentornodetrabajoconelllamadotrabajoadistancia.Otra forma de explicar esta modificación la podemos encontrar en laExposición de Motivos del Real Decreto-Ley el cual recoge la siguientedeclaración:“El deseo de promover nuevas formas de desarrollar la actividad laboral,hace que dentro de esta reforma, se busque también dar cabida, congarantías,alTeletrabajo:unaparticularformadeorganizacióndeltrabajo,que encaja perfectamente en el modelo productivo y económico que sepersigue(….).Semodifica,porello, laordenacióndel tradicional trabajoadomicilio, para dar acogida, mediante una regulación equilibrada dederechosyobligaciones,altrabajoadistanciabasadoenelusointensivodelasnuevastecnologías”.

VII. A continuación, vamos a recopilar la definición que hace la orden

APU/1981/2006,de21dejunio,porlaquesepromuevelaimplantacióndeprogramaspilotodeteletrabajoenlosdepartamentosministeriales,yaqueesdelasprimerasdefinicionesacercadelteletrabajoquemásseadecuananuestro caso, ya quemenciona el teletrabajo comounmétodode empleopara los empleadospúblicos. Laordendefineel teletrabajo en suartículoprimerocomo:“todamodalidad de prestación de servicios de carácter no presencial envirtud de la cual un empleado de la Administración General del Estadopuede desarrollar parte de su jornada laboralmediante el uso demediostelemáticos desde su propio domicilio, siempre que las necesidades delservicio lo permitan y el marco de la política de conciliación de la vidapersonalyfamiliarylaboraldelosempleadospúblicos”.

VIII. Por último, la definición que hace el Decreto 82/2016, de 8 de julio, del

Consellensuartículo2elcualdefineelTeletrabajocomo:

“lamodalidaddeprestaciónde losserviciosprofesionalesdecarácternopresencial en virtud de la cual el personal empleado público puededesarrollar parte de su jornada laboral fuera de las dependenciasadministrativas,mediante el usode las tecnologías de la información y lacomunicaciónybajoladirección,coordinaciónysupervisióndesusuperiorjerárquico”.

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Como podemos observar, ambas definiciones son muy parecidas ya que ambashacenalusiónaldesarrollodelajornadalaboralmedianteelusotelemáticofuerade las dependencias. La única particularidad que podemos observar es en elDecreto82/2016hacealusióndirectaaladirección,coordinaciónysupervisióndesusuperiorjerárquico,esoquieredecir,quepormuchoquesetrabajedesdecasa,si que se prevé que la Administración pueda supervisar el entorno de trabajo yevitarlosriesgoslaborales,siempreconprevioavisoalteletrabajador.También podemos establecer una comparación entre el Acuerdo Marco y lareforma laboral RD-Ley 3/2012, ya que en el Acuerdo Marco se incideexpresamenteenelusodecomponentes tecnológicosmientrasque lanormativaespañolanolomenciona.Estopodríaentendersecomoquelanormativaespañoladejaabiertalapuertaaotrasformasdetrabajo.Enbaseatodaslasdefinicionesanteriores,podemosllegaralaconclusióndequela definición del teletrabajo es un concepto muy diverso donde caben diversasdefinicionesynoporelloningunaesmásválidaqueotra,sinoseestablecensegúnlascondicionesdelmomentoylosinteresesquesequieranconseguir.Una de las principales causas de que hayan muchos tipos de definiciones enrelación al teletrabajo, es que se desconoce el número exacto en estadísticas deteletrabajadoresenunpaísdeterminadooinclusoenelmundo,yaquecadapaíseinclusocadaorganismotienesupropiadefinición,enlacualenbaseaellaentrandiferentescolectivosyotrosquedaránexcluidos.En síntesis de todas las definiciones anteriores, consideraremos al teletrabajocomountrabajoadistanciaprestadomedianteelusode las telecomunicaciones,porunapersonaybajosubordinación.De esta definición genérica se pueden sacar los puntos básicos a todas lasmodalidadesdeteletrabajocomoson:-Prestación del trabajo de forma no presencial a la ubicación física, ya que elteletrabajador permanece de carácter permanente o temporal, separado de suunidaddetrabajo.Conestadefiniciónentracualquiermodalidaddeteletrabajoyaquenoespecificamosellugarenelquerealizalaactividad,simplementeesfuerade la ubicación de la empresa u organismo y por lo tanto el superior no tieneposibilidaddecontrolareltrabajodeunamanerafísica.-Se aplican las telecomunicaciones. No se le hace alusión a ningún tipo detelecomunicaciónespecífica,simplementequelastecnologíasdelainformaciónseutilizantantodeenlaceconelempleadorcomotambiénuninstrumentopropiodetrabajo. El uso de las telecomunicaciones es la principal característica quediferencia el teletrabajo del trabajo a domicilio, ya que el trabajo a domicilio noimplicanecesariamenteusarlastelecomunicaciones,comoporejemplo,personasque fabrican piezas en casa para alguna empresa a cambio de algunaremuneración,etc.

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-Alestablecerquesehaceporunapersonaybajosubordinación,queremosdecirqueel teletrabajo tienequeserprestadoporunapersona física,natural, sinquepuedarealizardichotrabajounapersona jurídica .Yalestarsubordinadaquieredecirquesiemprevaaexistirunarelacióncontractualdedependenciamutuayaqueelteletrabajadortrabajaporcuentaajena.Una vez expuestas algunas de las definiciones más importantes relativas alteletrabajo, vamos a analizar qué tipo demodalidades de teletrabajo existen enbaseadiferentesdefiniciones,yaquecomohemospodidocomprobar,algunassonmuygenéricasyabarcanmuchostiposdemodalidadesyotrasencambio,sonmásespecíficas.

4.2-Tiposdemodalidades.Como hemos podido comprobar existen multitud de definiciones relativas alteletrabajo al igual que van a existir diversasmodalidades de teletrabajo que sepodránencuadrarenmásdeunadefiniciónanterior.Hayquetenerencuentaquedentrodelgrupodelosteletrabajadoresporcuentaajena,existendiversostipos.Deentretodaslasformarquevamosaenumerarenlossiguientespárrafos,sólopodránconsiderarsevertientesactualesdeltrabajoadomicilioaquellasenlasqueconcurranlossiguientesrequisitos:

1. Elusodetecnologíasdelacomunicación.2. Ladeslocalizacióndesupuestodetrabajo.3. Ellugardedesarrolloeselegidolibrementeporelteletrabajador.4. La actividad se realice sin vigilancia (presencial y constante) del

empresario.Es importanteque seden los cuatro requisitos simultáneamente, yaque sinonoestaríamoshablandodeteletrabajo,yaquepuedenexistirsujetosquerealicensuactividad laboral mediante el uso de medios tecnológicos pero conservando sulugar de trabajo habitual, por lo que en realidad no hablamos de verdaderosteletrabajadores, sino de trabajadores que utilizan las nuevas tecnologías paramejorar la realización de su trabajo buscando mayor calidad y rapidez en suejecución.Lassiguientespuntualizacionestambiénsonesencialesparaladeterminacióndelteletrabajoyaqueimplicaladeslocalizacióndeltrabajoperosiemprequeestaseaelegidaporelteletrabajador,yaquesinoseráunameradeslocalizacióndeltrabajoaotrasededelaempresayportanto,sipodríaestareljefevigilandoaltrabajadordeunamanerapresencialyconstante.Acontinuaciónvamosaorganizarlostiposdemodalidadesdeteletrabajosegúnelenlace entre empleador y trabajador y por el lugar de prestación. Estas dosmodalidadesnosonexcluyentesentresí.

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Enlorelativoaltipodeenlacequeexisteentreempleadosytrabajadorsepuedendiferenciartrestipos:-Teletrabajoonlineotwowayline:Elteletrabajoonline,twowaylineotambiéndenominado en tiempo real o interactivo, es la modalidad más común, ya queexisteunaconexiónentreelordenadordeltrabajadoryeldelaempresa.Esdecir,eltrabajadortrabajaconunterminal insertoenunaredinformáticaquepermiteestablecer una conexión directa entre el ordenador central de la empresa y losordenadoresexternosconectadosaella.Entre las características de este tipo de trabajo es que al tener una conexióndirecta entre el ordenador de la empresa y el del trabajador, existe unasubordinación intensa ya que el trabajador se encuentra permanentementevigiladoporelordenadorcentralyesopermitediversosprogramasdecontrolentiemporeal,porloquelaautonomíadeltrabajadorsereduceconsiderablemente.El control ejercido por esta modalidad pasa de ser un control periférico,discontinuoyparcialrealizadoporlajerarquíaexistentedentrodelaempresademanerafísica,auncontrolmuchomáscentralizadoyobjetivo,yaqueeselpropioordenadorelqueda informaciónacercadel trabajodel teletrabajadoren tiemporealydeunamaneramuchomásobjetiva.Por otra parte, también se logra una gran integración, ya que al estarpermanentementeconectadoconlaempresapuederealizarlasmismasfuncionesque un trabajador físico en tiempo real, de forma que el teletrabajador estavirtualmentepresenteenlaempresaytambiénestasujetoaladireccióndeformasimilaracomoloestaríauntrabajadorpresencial.-Teletrabajo one way line: En el teletrabajo one way line, la conexión entretrabajador y empleador es unidireccional, esto quiere decir, que puede ser delordenadordelaempresaaldelteletrabajadoroalrevés.Tenerunaconexiónonewaylineimplicatenerunaconexiónmuysimpleentreelordenador del teletrabajador y el de la empresa, el cual transmite los datosdirectamente sin que sea posible un control directo sobre el ordenador delteletrabajador.Deestaformaseestableceunaconexiónsimpleensentidoúnico.Paraestablecereltipodecontrolqueejerceelempleadorsobreelteletrabajadorhayquediferenciareltipodeconexión.Silaconexiónesdelteletrabajadorhaciala empresa, la subordinación y el control es fuerte, ya que el ordenador centralpuede conocer todos losmovimientos realizados por el teletrabajador ya que elordenadordeéste le informarádeunamaneradirectayconstante,comopasabaenelteletrabajoonline.En cambio, si la conexión se establece de la empresa hacia el teletrabajador, lasubordinación es más bien débil ya que el teletrabajador únicamente recibeindicacionesdesdeelordenadorcentral.

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-Teletrabajoofflineodesconectado:En el teletrabajooff line, no existe conexiónentre el teletrabajador y la empresa. Esto quiere decir que el teletrabajadordesarrollasuactividadenbaseaunasinstruccionesinicialespormediodemediostecnológicos pero sin establecer ninguna conexión con el ordenador central, demaneraquecuandorealicelastareasencomendadas,harállegaresosresultadosalordenadorcentralmediantecorreo,discosexternos,etc.Enestamodalidadnoexistecontrolcomotal,entendidocomounasupervisióndeltrabajoconstantedel teletrabajadoryaque, la faltade interacción imposibilitaelcontrolduranteeldesarrollodelaactividad.Elcontrolestrasladadoalmomentofinal de la entrega de las tareas finalizadas, pudiendo entonces el empleadorverificarlatareallevadaacaboporelteletrabajador.La intervencióndel empleador se limitaauncontrolde resultadospor loque lasubordinación sedadeuna formamás atenuadaque en los casos anteriores, yaque el trabajador no recibe órdenes como tal sino más bien recibe unasinstruccionesinicialesqueposteriormenteseránverificadasconlacomprobacióndelosresultados.Poreltipodelugarenlaprestacióndelteletrabajopodemosdiferenciar:-Teletrabajo en el domicilio del teletrabajador: El trabajo prestado en el propiodomiciliodelapersonateletrabajadoraeslamodalidadmáscomúndeteletrabajo.En esta modalidad, siempre que el trabajo sea ejercido por una personasubordinada,elcontroldelastareasporlogeneralesreducidoyamenudochocaconelderechoalaintimidaddeltrabajador.Enestamodalidadpodemosencontrardosvariantes:

a) Trabajoeneldomiciliotodoel tiempo:Estoquieredecirqueel trabajoesejercidoporelteletrabajadortodoslosdíasdelasemanaydurantetodalajornadalaboral.Esteejemplopodríadarseparapersonasquetrabajanporcuentapropiayvendersusserviciosalasempresas.

b) Trabajo parcial entre el domicilio y la empresa: En este caso, losteletrabajadores utilizan las dos alternativas, ya que combinan su trabajopresencialconeltrabajoadistancia.Estaesunabuenaalternativapara laorganizacióndel trabajoyaquepuedentener flexibilidad laboralsindejarde perder la cohesión con el grupo de trabajo y el sentimiento depertenenciaalaempresa.

Lamaneradeorganizarseestrabajarunosdeterminadosdíasadistanciayotros desde la empresa. En toda circunstancia, es indispensable que losteletrabajadoresacudancomomínimounavezalasemanaallugarfísicodelaempresaparatrabajar.

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-Teletrabajoenuncentrode trabajo:Estoesotra formade teletrabajoquenadatienequeverconeltrabajoprestadoeneldomiciliodeltrabajador,perosíqueesprestado fuerade laempresa.Estamodalidadpermite trabajarmediantecentrosdetrabajoubicadosfueradelasededelaempresa,cuyaparticularidadradicaenlautilizacióndemediosinformáticoseneldesarrollodeactividades.Laparticularidaddeestetipodemodalidadesqueloscentrosenloscualesejercensuactividadlostrabajadoresnosondeunaúnicaempresasinodevariasempresasu organismos, ya que si fuera de una misma empresa no hablaríamos deteletrabajocomotal,sinomásbiendedeslocalizacióndelpuestodetrabajoyaqueel teletrabajador estaría trabajando fuera de su centro habitual pero en otrasinstalacionesdelapropiaempresa.Deestamodalidadpodemosdiferenciardossubmodalidades:

a) Teletrabajoenunaagenciadeservicios informáticosocentroderecursoscompartidos: El teletrabajo también se puede ejercer en agencias otelecentros compartidos por varias empresas cuando existen dificultadesgeográficaspararealizareltrabajodeformapresencialenlaempresa.Estos centros pueden ser propiedad de empresas o de asociaciones deempresas, las cuales comparten costes y tienen el objetivo de prestar unservicioadiversasempresasparaagruparapersonasquevivenenlejosdela ubicación física de la empresa. Estos centros tienen el equipamientonecesarioparaquelosteletrabajadorespuedanrealizarsutrabajo.Respecto al controlque se ejerce sobre los teletrabajadores, esta clasedeteletrabajofacilitaelcontrolporpartedelaempresayaqueelcontrolrecaesobrevarios teletrabajadoresque tambiénseubicanen las sedesypor lotantoelsupervisornotieneque ir“casaporcasa”paracomprobarquesecumplanlasmedidasdehigieneyseguridad,ypor lotantonose lesionanlosderechosalaintimidad.

b) Teletrabajo en un centro satélite: El teletrabajo en un centro satélite seefectúa en un lugar físico externo a la ubicación de la empresa y lejosgeográficamente del establecimiento central. Estos centros tienen elobjetivodeprestarunservicioalosteletrabajadorescuandoseencuentranfueradelaubicaciónfísicapararealizarundeterminadoprocesooetapadeproducción y por lo tanto estos centros sirven para que puedandesempeñarsusactividades.

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-Teletrabajomóvil:Porteletrabajomóvilseentiendealteletrabajadorquenotieneunaubicaciónfísicaespecíficasinoquesetrasladaconstantementedentroyfueradel país, aunque si que tiene contacto con la empresa regularmente.Hoy en díaexistenmuchos trabajadores en estamodalidad gracias al avance de las nuevastecnologías.-Teletrabajo offshore o transnacional: El teletrabajo offshore como su propionombre indica, es el trabajo prestado en un Estado diferente a aquel donde seencuentra la sede de la empresa. Estamodalidad esta a la orden del día ya quemuchasempresasdecidendeslocalizarpartedesuproducciónapaísescomoIndia,Singapur o Corea ya que los costos son notablementemás reducidos y obtienenmayoresbeneficioseconómicos.Una vez diferenciado los tipos de modalidades que existen sobre el teletrabajovamos a seleccionar de entre todas lasmodalidades, aquellas que se adecuan alDecreto82/2016de8de julio,yaquevaaserelpuntodepartidaparaelaborarnuestroPlanPiloto.Recordemos que el Decreto define el teletrabajo como “ La modalidad deprestacióndelosserviciosprofesionalesdecarácternopresencialenvirtuddelacual elpersonal empleadopúblicopuededesarrollarpartede su jornada laboralfueradelasdependenciasadministrativas,medianteelusodelastecnologíasdelainformacióny lacomunicaciónybajo ladirección,coordinaciónysupervisióndesusuperiorjerárquico”.

TIPOSDETELETRABAJO

DECRETO82/2016

1-Teletrabajoonline SI

2-Teletrabajoonewayline NO

3-Teletrabajooffline NO

4-Teletrabajoeneldomiciliotodoeltiempo. NO

5- Teletrabajo parcial entre domicilio yempresa

SI

6- Teletrabajo en una agencia de servicioinformáticos

SI

7-Teletrabajoenuncentrosatélite SI

8-Teletrabajomóvil NO

9-Teletrabajooffshore NOTabla6.ComparacióntiposdeteletrabajoconDecreto82/2016.Fuente:Elaboraciónpropia.

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1- El teletrabajo online se ajustaría perfectamente a nuestro Decreto ya que elteletrabajadorrealizaríasuactividadlaboralenunlugarajenoalaempresaperomantendríaunaconstanteinteracciónconlaempresaporloqueelteletrabajadorestaríasujetoaladirección,coordinaciónysupervisióndesusuperiorjerárquico.Con esta modalidad se dejan abierta muchas puertas a diversas formas deteletrabajoyaquenoespecificaenconcretoni laduraciónde laprestación,ni laubicación, por lo que en líneas generales se ajusta a nuestroDecreto. Se tendríaqueanalizarcasoporcasoespecíficamenteparaanalizarsiseajustaono.2-El teletrabajo one way line no se ajusta ya que establece una conexión muybásicaentrelaempresayelteletrabajadoryaquesiquesecumpliríaelrequisitodeladirección(enelcasodequesealaempresalaqueemitalasórdenes)oeldesupervisión(enelcasodequefueraelteletrabajadorelqueenviaralosresultados)peroparaqueseajustaraaladefiniciónsetendríanquedarlosdoscasosalavezparalograrunaconexiónconstanteybilateralycomosedaunescasocontrolnoseajustaría.3-Elteletrabajoofflinenocumplelosrequisitosyaquenoexisteinteracciónentrelaempresayelteletrabajador,porloquesólocumpliríaelrequisitodesupervisióndesusuperiorjerárquicoyaquecomoesunmétodoquesebasaenlaevaluaciónpor resultados, el superior podría supervisar el trabajo final pero no existiría nicoordinaciónnidirección,yaquenosemantieneningúntipodecomunicación.4-El teletrabajo adomiciliodurante todoel tiempo, cumple todos los requisitossalvoqueal ser todoel tiempo, incumpleel requisitodequeserealicede formaparcial, yaqueeldecretoespecifica ‘’partedesu jornada laboral’’, esdecir, enelpropioDecretoespecificaquenosepuederealizartodalajornadacompletafueradelasoficinasdelaempresa.5- El teletrabajo parcial entre la empresa y domicilio del teletrabajador si quecumpliría los riquitos que establece el Decreto de unamanera genérica, ya quetendría que existir también una comunicación bilateral entre empresa yteletrabajador para que se dieran también los requisitos de dirección,coordinaciónysupervisión.6 y 7- Teletrabajo en una agencia de servicios y en un centro satélite son dosmodalidadesmuy parecidas entre sí. Si que se cumplirían los requisitos ya queestos centros están equipados con una alta tecnología que permite el uso lastecnologías de la información y la comunicación de manera efectiva y rápidadebido a la inversión tecnológica de estos centros. También cumpliría losrequisitosdedirección,supervisiónycontrolporqueexistemáscontrolporpartedelsuperiorjerárquicoyaqueésteseubicaenesosmismoscentrosyporlotantola comunicación entre ambos es constante. Todos estos requisitos estáncondicionadosalparticularcontratoquecadateletrabajadortengaconlaempresa,yaquelarealizacióndeltrabajoenestoscentrostendríaqueefectuarsedeformaparcialnopudiéndoserealizarlatotalidaddelajornadaenestoscentros.

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8- En el teletrabajo móvil no se daría las condiciones para ajustarse a nuestroDecreto ya que el teletrabajo móvil está expresamente indicado para aquellostrabajadores que no tienen una ubicación específica y por lo tanto, estáncontinuamenteviajandofueradelterritorio.Incumpliríavariosrequisitos,porunlado,elderealizacióndelaprestacióndeformaparcial,yaqueesimposiblequeelteletrabajador realice su jornada laboral en la sede de la empresa, ya que en lamayoríadecasosseencuentrafueradelpaís.Porotrolado,tambiénincumpliríaeldedirección,controlysupervisiónyaquenoexisteunacomunicaciónconstanteya tiempo real de las tareas del teletrabajador sino que se comunican de formaperiódica.9-ElteletrabajooffshoretampocoseajustaanuestroDecretoyaquenoexistelacondicióndeprestadoatiempoparcialcomopasabaconelteletrabajomóvil.EstetipodemodalidadestaindicadoparateletrabajadoresqueseubicanenunEstadodiferenteaaqueldondeesainstaladalasededelaempresa,porloquenotienenun puesto de trabajo específico en una localidad, sino más bien están ubicadosfuera por grandes periodos de tiempo por cuestiones de productividad,rentabilidad,etc.

4.3-Aspectosjurídicosbásicos.En este apartado vamos a exponer y a desarrollar minuciosamente diversosaspectos relativos al régimen del teletrabajo para establecer las bases de lo queentendemosporteletrabajoenunsentidomásestricto.Vamosaanalizarlaformadel contrato, el derecho a la intimidad que tiene el teletrabajador encontraposiciónconelderechoquetieneelsupervisiónalavigilanciadeltrabajo,elmodo en que se tiene que cumplir con la normativa referente a los riesgoslaboralesyporúltimosdiversosaspectosrelativosalascondicionesdetrabajo.

4.3.1-Formadelcontrato:La normativa establece que la forma de realización del contrato tiene querealizarse por escrito pero sin mencionar expresamente cuando, es decir, elcontratodeteletrabajopuederealizarsedesdeeliniciodelarelaciónlaboraloconposterioridadaella.En cuanto a la voluntariedad de las partes, el Acuerdo Marco fue pionero alestablecer la voluntariedad de las partes para realizar este tipo de contrato(regulado en la cláusula tercera del Acuerdo Marco). Se entiende así, que laactividad del teletrabajo no puede ser impuesta por el empresario, sino que sedebeestablecerdecomúnacuerdo,sinquelanegativadeunadelaspartes,puedasuponerlaextincióndelmismooalgúntipoderepresalia.

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Distinto es el supuesto de que el empresario oferte una puesto de trabajoestableciendoespecíficamente las condicionesen régimendel teletrabajoy, eseltrabajador,elquetieneplenalibertadparaaceptarorechazarlaoferta,debidoaqueeltrabajadornoerapartedelaempresaconanterioridadyporlotantonosele modifican las condiciones de trabajo ni tiene que realizarse el contrato decomúnacuerdo.ElDecreto82/2016,de8dejulio,delConsell,ensuartículo11.2tambiénestablecela voluntariedad de la prestación en dicho régimen, dejando la posibilidad altrabajadorderenunciaraellaconpreviacomunicaciónycon15díasdeantelación.En cuanto a la interpretación de la voluntariedad en el sector privado, hemosencontradounaSentenciadeloSocialdelTribunalSupremo,defecha11deabrilde 2005, que señala la imposibilidad de imponer el teletrabajo, ni siquieramedianteunamodificaciónsustancialde lascondicionesde trabajo,entendiendoque el régimen del teletrabajo excedía de lasmaterias que podían ser objeto demodificación.Esta sentencia también señala que, ni por el mecanismo de la modificaciónsustancial de las condiciones de trabajo ni tampocomediante acuerdo colectivo,puedeimponerseauntrabajadordichorégimen.Otra de las características es la posibilidad de la reversibilidad del acuerdo deteletrabajo. Aunque el AMT no reconoce al teletrabajador derecho alguno en talsentido,siqueadmitelaposibilidaddequesepuedaconcretarenlanegociacióncolectivaoenelmismocontrato.Por otro lado, el Decreto 82/2016, de 8 de julio, del Consell, si que regula lareversibilidad en su artículo 12.d siempre que exista mutuo acuerdo entre lapersonaempleadaylaAdministración.En conclusión, el Teletrabajo no se considera a priori como un derecho de losempleados,nicomounaimposiciónporpartedelaempresauAdministración.Esfrutodeunacuerdoconsensuadoentrelaspartes.

4.3.2-Derechoalaintimidaddelteletrabajador.Muchosderechosde loscualesdisfrutanlostrabajadorespuedenentrarencrisiscuandohablamosdeteletrabajo,yaque,muchasveces,laactividadesprestadaenelpropiodomiciliodeltrabajador,yeso,implicaunafusióndelavidaprivadaconlavidalaboral.Elcontrolylavigilanciaempresarialpuedechocarconlosderechosalaintimidaddeltrabajadoryalainviolabilidaddeldomiciliocontempladosenelartículo18delaConstituciónEspañola.

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Laredaccióndelartículo13delET9exigequelarealizacióndeltrabajoadomiciliose efectué sin vigilancia del empresario, chocando con la concepcióndelmodelotradicionaldecontrolempresarial.Sinembargo,el trabajoadomicilioesun tipomás de prestación laboral, y por lo tanto, necesariamente tiene que otorgar alempresariolasfacultadesdeorganización,dirección,controlysancióndeltrabajo,comocualquierotrotipodeprestaciónlaboral.Siguiendo esta lógica, la expresión del artículo 13 del ET “sin vigilancia” no seconfigura de forma estricta, sino más bien como un nuevo tipo de control altrabajador dado las especiales particularidades de dicha prestación. El término“sinvigilancia”esentendidoporunaampliamayoríacomountipodecontrolquenopuedeserniconstante,nidirecto,limitándosesóloauncontrolocasionalyenlamayoríadevecesnopresencial.EstacuestiónyahasidorecogidaendiversasnormativascomoporejemploenelAcuerdo Marco en su cláusula sexta en la cual establece que los sistemas devigilancia “deberán ajustarse al principio de proporcionalidad y cumplir con loprevistoenlaDirectiva90/270,sobrepantallasdevisualización,quedisponequeno deberá utilizarse ningún dispositivo mínimo de control cuantitativo ocualitativosinquelostrabajadoreshayansidoinformados”.AdiferenciadelET,elAcuerdoMarcosiquemencionalavigilanciaporpartedelempresariocomosiestuvieraen lospropios localesde laempresaperosiempreutilizandomediosproporcionalesyutilizándoloscomoinstrumentosdetrabajoycomomediodecontrolúnicamentedelaactividaddeltrabajador.Porloque,nosepodráveraltrabajador,oir loquedice,comprobarconcuantasmanosteclea,etcya que no son fuentes de información relevantes para controlar el trabajorealizadoporelteletrabajador.El AMT también admite la posibilidad de controles informáticos, que puedenpermitiruncontrolmáscompleto,perodeacuerdoconelprincipiodebuenafeysiemprerespetandolosderechosfundamentalesdelostrabajadores.Estrechamentevinculadoconloanterior,seencuentralanecesidaddepreservarlaconfidencialidad y la protección de los datos personales mediante los controlesinformáticos.Deestaforma,lasorganizacionestienenlaobligacióndedotarsederedes seguras, que permitan mantener unos niveles adecuados de seguridadmedianteelestablecimientodeprotocolos.Unclaroejemplodeelloquedareflejadoenelartículo8delDecreto82/2016elcual prohíbe a los teletrabajadores conectarse a redes de internet ofrecidas portiendas,hostelerías, lugarespúblicosuotrostiposdeestablecimientos,yaquesedeberágarantizarlaconfidencialidaddelosdatosydarcumplimientoalasnormasvigentessobreproteccióndedatosdecarácterpersonal.

9RealDecretoLegislativo1/1995,de24demarzo,porelqueseapruebaeltextorefundidodelaLeydelEstatutodelosTrabajadores.

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Gracias a la constante evolución de los medios tecnológicos, cada vez es másposible separar lo que es actividad privada y actividad laboral, restringiendo laverificacióndelaactividadalasconexionesefectuadasporlaempresa,quedandoajena toda lademásactividaddel trabajadorqueno tengarelaciónalgunaconeltrabajoefectuado.Encasosenlosquepuedeirunidaambasactividadescomoporejemploelusodeunmismocorreoelectrónico(nosesueledarelcaso)oelusodeInternet, cuando este es proporcionado por la empresa, no da derecho alempresarioaaccederaesetipodeinformaciónyaquesuministrarunacuentadecorreoelectrónicoodarsuministrodeinternet,noleautorizaaaccederadichascomunicaciones ya que entre otras cosas, sobrepasaría los límites fijados en elartículo20.3delEstatutodelosTrabajadores.Es por tanto que, el teletrabajo obliga a revisar los instrumentos clásicos desupervisiónqueconsistíanenuncontrolconstanteyfísicoenelmismocentrodetrabajo. Gracias a las nuevas herramientas informáticas cada vez másevolucionadas, se dispone de un amplio abanico de posibilidades de control alteletrabajador,perosiemprevelandoporsusderechosfundamentales.Porloque,lorelevantenoesconquémediosseefectúaelcontrolempresarial,sinomásbienhastadóndepuedealcanzardichocontrol.

4.3.3-Protecciónderiesgoslaborales.Como no podía ser de otra forma, el empresario es el principal garante de laseguridadyde la saludde sus trabajadores, ypor lo tanto, seráel encargadodesalvaguardaryproporcionarlosmaterialesnecesariosparaevitarcualquierriesgo.Como hemos visto anteriormente, la modalidad del teletrabajo implica diversasespecialidades que, a menudo, pueden colisionar con derechos fundamentalescomoelmencionadoanteriormentederechoalaintimidadyalainviolabilidaddeldomicilioamparadosporelartículo18denuestraCE.DiversasnormativasregulanestehechocomoporejemploenelAcuerdoMarcoensu cláusula octava el cual denomina al empresario como “el responsable de laseguridadysaludeneltrabajo”,laLeydePrevencióndeRiesgosLaborales10ensuartículo3alnoexcluirelrégimendelteletrabajoensuámbitodeaplicación,oenelartículo 13 del ET el cual reconoce que los trabajadores a domicilio tienen losmismos derechos que cualquier otro trabajador subordinado, y por lo tanto,tambiénenmateriadeseguridadysaludeneltrabajo.Paraevitarcualquierriesgo,elempresariopuedeadoptarlasmedidasnecesariaspara asegurar el puesto de trabajo siempre de acuerdo con la especialidad delpuesto y del entorno, ya que, que lugar sea elegido por el teletrabajador, nodesvirtúaelhechodequehasidoaceptadoporambaspartes.10Ley31/1995,de8denoviembre,deprevencióndeRiesgosLaborales.

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El empresario tiene que encargarse de proporcionar losmedios necesarios pararealizarlaprestaciónlaboral,siemprequesehayapactadoenelcontrato,yaquecada administración tendrá un acuerdo con sus trabajadores de acuerdo a susrecursos.PorejemploenelDecreto82/2016delConsell, laadministraciónes laencargadadeproporcionarelequipoinformáticoperoencambionosuministralaconexiónainternet.Entodocaso,seacualseaelmaterialproporcionado,losteletrabajadorestienenlaobligacióndeutilizarcorrectamenteydeacuerdoa las instruccionesrecibidaselmaterialproporcionado.Endefinitiva,es fundamental (ymáscon laespecialidaddel teletrabajo, en laquenosepuedehacerunasupervisióncontinuaydirecta),formar a los teletrabajadores en el ámbito de las telecomunicaciones comoverdaderos“expertosenlamateria”paraquehaganunbuenusodelosmaterialesproporcionadosparaevitarcualquierriesgo.Es habitual, que en los proyectos de teletrabajo, se contemple una evaluaciónprevia (amodo de cuestionario) de las condicionesmínimas de seguridad en eldomicilio relativas a iluminación, temperatura, ambiente sonoro, espacio físico,extincióndeincendios,materialdeprimerosauxilios,yherramientasdetrabajo.Tambiénescomúnqueseevaluéantes,duranteydespués,losriesgospsicológicosderivados del posible aislamiento que sufre el teletrabajador por la falta derelaciónpersonalconsuscompañeros.Unclaroejemplodeestoscuestionarioslostenemos en el anexo III del Decreto 82/2016, en el que los aspirantes debenrellenar lascuestionesplanteadasparaposteriormentehacerunabaremacióndelosresultadosparaestablecerelordendeprioridad.Una vez seleccionadas las personas que van a teletrabajar, el empleador podrátener acceso al lugar donde se va a realizar el teletrabajo para comprobar talesmedidas, pero siempre ajustándose a los límites que marca la legislación parasalvaguardarlaintimidadylainviolabilidaddeldomicilio.Paraello,eltrabajadorhabrá de autorizar las visitas que permitan comprobar si el lugar de trabajo esseguro,oencasodenegación,solosepodríaentrarconlaoportunaautorizaciónjudicial.Enresumen,elempleadoreselencargadodeproporcionarlosmediosnecesariosparaevitarcualquierriesgoenelpuestodetrabajoytambiéntiene laobligacióndecomprobaryevaluarelentornoenelquesevaaejercer,perosiemprequelasmedidasnoentrenenconflictoconelderechofundamentaldelainviolabilidaddeldomicilioestablecidoenelapartado2delartículo18denuestraCE.

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4.3.4-Condicionesdetrabajo.A continuación vamos a analizar algunos aspectos relativos a las condiciones deempleocomopuedeser laremuneración, losderechosde los teletrabajadores, laformación,carreraprofesional,etc.Enprimerlugar,losteletrabajadorestienenlosmismosderechosquelosrestantesempleados, incluido el mismo salario aplicable a cada grupo profesionalcorrespondiente, sin distinguir entre presencial o telemático. En el Decreto82/2016quedareflejadoenelartículo11.1el cualdiceque “ tendráa todos losefectos el mismo régimen jurídico, derechos y obligaciones que el resto depersonal de la Administración de la Generalitat, no pudiendo comportar suparticipaciónmermaniincrementoretributivoalguno”.En cuanto a la gestión del tiempo, el régimen del teletrabajo contempla laposibilidad de que el trabajador se auto-gestione el tiempo de trabajo perosiemprerespetandolosconvenioscolectivosylasnormasdelaempresa.CadaorganismotendráunamaneradeorganizareltiempodelosteletrabajadoresyaqueamenudocomopasaenelDecreto82/2016el régimende teletrabajosealterna con la presencia física en la sede de la empresa como determina en suartículo 7.1 “ la jornada se distribuirá, de forma que tres días a la semana seanprestadossusserviciosdesdeeldomicilioyel restodeacuerdocon la jornadayhorariohabituales”.Esimportantequeseregulelomáximoposibleelmododeorganizareltiempodelteletrabajadoryaqueesaflexibilidadlaboralpuedeincidirdemaneranegativaenlacalidaddevidadelteletrabajadorsinoescapazdeponerlímitesensuhorarioosi por el contrario está expuesto a un control demasiado severo, lo que puedehacerqueseinvadasuvidaprivada.Laretribucióntambiéntienequeserlamismaqueladecualquierotrotrabajadoryaquesemantieneelmismogrupoprofesionalygraciasalasnuevastecnologías,existenmétodoscuantitativosparaevaluarelrendimientodelosteletrabajadorescomositrabajasenenlospropioslocalesdelaempresa.La formaciónde los teletrabajadores también es unpunto esencial ya que es desuma importancia la cualificación de los empleados (presencial o telemáticos)debidoalarápidaevolucióndelentorno.Comohemosmencionadoanteriormente,comolosteletrabajadorestienenlosmismosderechosquelostrabajadoresfísicos,tendrán por consiguiente, los mimos derechos de formación y de igualdad deoportunidadesdepromociónprofesional.También, debido a lapeculiaridadde su entornode trabajo, los teletrabajadoresdeberán recibir un extra de formación relativa a su entorno de trabajo y a losrecursos técnicos que se ponen a su disposición. Tendrán que formarse enmaterias de riesgos laborales, conocimientos informáticos de hardware y desoftware ,etc.Unejemplo lo tenemosenelDecreto82/2016ensuartículo10elcualdice“elpersonalseleccionadorealizaráuncursodeformaciónespecífico(..)

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sobreseguridadinformática,seguridadehigieneeneltrabajo,proteccióndedatosyelsistemadeevaluacióndeldesempeño”.Porúltimo, seríamuy recomendableque los teletrabajadores también realizarancursossobrenecesidadesinmaterialesasociadasalteletrabajo,comoporejemplolaadquisicióndeaptitudescomolaeficaciapersonal,laautonomía,laflexibilidad,lacapacidadpararelacionarseconlosdemás,lacreatividad,eltrabajoenequipo,etc.Todosestosaspectossonfundamentalesparaasegurareléxitoeneltrabajodelos teletrabajadores, para crear una cultura de liderazgo y autonomía que hagaposible continuar con esta modalidad, ya que el teletrabajador tiene queprepararse para estar solo durante largos periodos de tiempo, sin perder lapertenenciaaunacolectividad.

4.4-Ventajaseinconvenientesdelteletrabajo.

En el siguiente apartado vamos a hacer un profundo análisis del teletrabajoindicadolasposiblesventajasquesepuedendartantoparalaempresacomoparael trabajador y las posibles desventajas, así como soluciones para disminuir lasdesventajas.Enprimerlugar,lasprincipalesventajasquetienenlasempresasuorganismosalaplicaresterégimendetrabajoson:-Mayorproductividadycalidad:Estaventajanotieneporquéseraplicadaatodaslas empresas ya que cada empresa tiene una formade organizar sus efectivos ysegúncomosehayaplanificadoelteletrabajopodráaumentarlaproductividaddesus trabajadores opor el contrario, causar unabajadade la productividad juntocon pérdidas, consecuencia de la inversión inicial que se tiene que realizar entecnologías.Comonormageneral,hemosseñaladoqueelteletrabajoaumentalaproductividadbasándonosen losprogramaspilotoquesehanaplicadoen lasadministracionespúblicas como el proyecto “Telelana” que mencionamos anteriormente. Seconsigue este aumento de la productividad gracias a que se crea un clima detrabajoelegidoporeltrabajadorenelqueseencuentramáscómodoygraciasalasmejorasde las telecomunicaciones,secreaunóptimoniveldecomunicaciónquepermiteoptimizarlasoperaciones.-Reducción de los costes de los espacios: La empresa u organismo reduce susrequerimientos de espacio en las oficinas por lo que se reducen susinfraestructuras. A ello va asociado también una disminución de los gastos dealquiler,luz,calefacción,papel,materialdeoficina,etc.-Menor absentismo laboral: El teletrabajo permite que los empleados conproblemas de salud que no puedan realizar sus tareas como por ejemplo lafractura de algún hueso, o indisposiciones o síntomas poco importantes(resfriados,etc),puedanteletrabajardesdecasasinperdersujornadalaboral,yalmismotiempo,puedenreposarencasapararecuperarse.

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-Menorrotaciónlaboralymayorcualificaciónprofesional:Elteletrabajopuedeseruna buena táctica para atraer a nuevos trabajadores que están interesados entrabajar bajo esta modalidad. También es un instrumento para retener aempleadosvaliosos,manteniendoymejorandosuestadodeánimo,ofreciéndolesalternativasparacompaginarsuvidalaboralyfamiliar.-Flexibilidadenlasrelacioneslaborales:Graciasalteletrabajo,sepuedenmodificarloshorariosdetrabajodeunaformaflexibleparaatenderatodaslasnecesidadesdelostrabajadores.-Desarrolloimageninstitucional:Elteletrabajopuedeayudaramejorarlaimagencorporativadelasadministracionespúblicashaciaunavisiónpositivaymodernade las administraciones públicas como una de las principales impulsoras delcambioenelmundolaboral.-Nuevo método de evaluación del trabajo: Con el teletrabajo se tienen quereorganizar el sistema de evaluación del desempeño y la manera en que seorganizanlosefectivos.Seimponeunanuevavisióndeltrabajomidiéndolodeunamaneramásobjetivaynotanintensacomoenelmodelodecontroltradicional.Elnuevométodosebasaenladirecciónporobjetivosyelcontrolporresultados,unmétodomuchomásobjetivoyfiabledemedicióndelosrendimientosdetrabajodelostrabajadores.Porotraparte,el teletrabajotambiéntieneunaseriededesventajasquetendránque ser evaluadas por las administraciones públicas para poder implantar elteletrabajo en sus departamentos según las circunstancias y las necesidadesindividualesdecadaárea.Entrelasprincipalesdesventajasdestacan:-InversiónenTIC:Unodelosprincipalesinconvenientesalahoradeimplantarenlasadministracionespúblicaseselcostedeinvertirenlasnuevastecnologías,yaque las administraciones públicas ,en su mayoría, están obsoletas en cuanto ainversiónentecnologías.-Estructurasmás descentralizadas: El teletrabajo supone un gran cambio en lasestructuras organizativas de las administraciones públicas y existe el riesgo deperderlajerarquíadebidoaladispersióndesustrabajadoresyalanoexistenciadeunasupervisióncontinua.Reformular laestructurasuponeunesfuerzode losjefesdedepartamentoydelossupervisoresparacambiarsuformadeevaluarelrendimientodelostrabajadoresporunmétododeevaluaciónbasadoenobjetivos.Este hecho es muy importante, ya que es la base sobre la que resultará elteletrabajo como un método viable de trabajo en el sector público o, si por elcontrario,resultadesastroso.-Escaso control: Como hemos mencionado anteriormente, la imposibilidad desupervisióndirectadeldesarrollodeltrabajoydelcontroldeloshorariosesunode los principales inconvenientes que tiene el teletrabajo, ya que lamayoría desupervisores, no están acostumbrados a esta nueva forma de empleo y por lotanto, puede causar resistencia al cambio por parte de los superiores, ya que

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implicaadaptarunanuevaconcepcióndel trabajobasadoen lagestióneficazdeltiempoylamutuaconfianzaentrelaspartes.-Conflictosacercade laproteccióndedatos:Sepuedencrearconflictoscausadospor la cantidad de información que disponen los teletrabajadores acerca de lasadministraciones y que son tratados desde lugares alejados de los centros detrabajo.Tambiénexisteconflictoporladificultaddemantenerlaconfidencialidadporpartedelasadministracionesacercadelavidaprivadadesusteletrabajadores.Es por eso, que la organización tiene que desarrollar ymantener una adecuadapolítica de protección de datos, estableciendo redes seguras y actualizando losprogramasperiódicamente.-Resistencia por parte de diferentes colectivos: Todos los grandes cambiosorganizativosllevanconsigodiferentesagentesqueseresistenalcambiocomoporejemplolossuperioresyaquesecambianlasestructurasorganizativasylaformadesupervisión.Desde laperspectivade los trabajadores, las ventajasque conlleva el teletrabajolaspodemosdividirenprofesionalesypersonales.Entrelasventajasprofesionalesseencuentran:-Autonomía y autocontrol en la ejecución de las tareas: El nuevo sistema deevaluacióndeldesempeñobasadoenobjetivosyenlaevaluacióndelosresultadospermitealtrabajadorauto-organizarseensujornadalaboral.-Evitadistraccionesyproblemasconotrostrabajadores:Elteletrabajopermitealtrabajador elegir su lugar de trabajo adecuado a sus necesidades, por lo que sepueden reducir distracciones. También al estar solo en casa disminuyen losposiblesconflictosconlosdemáscompañerosdetrabajo.-Flexibilidadlaboral:Laflexibilidadlaboralesunodelosprincipalesmotivosporloquelostrabajadoreseligenestamodalidad,yaquealtenerflexibilidadlaboraltepermitecompaginarlavidaprofesionalconlavidapersonal.-Mayor responsabilidad, productividad y control sobre las propias tareas: Estanuevamodalidadconfieremayorresponsabilidadenlaejecucióndelastareasdelos teletrabajadores ya que existemayor autonomía debido a la disminución desupervisióntandirectayconstanteporpartedesussuperiores.Tambiénnoshemosapoyadodediversos estudiosyprogramaspiloto los cualesmuestranunconsiderableaumentodelaproductividadparaenumerarlacomounadelasventajasqueconfiereestanuevamodalidad.-Mayor especialización: El teletrabajo permite recuperar la profesionalidad y laespecializacióneneltrabajoautónomoeindependiente,yaquealbasarseenunaplanificación por objetivos, dependen menos de sus compañeros. Estacaracterísticaproduceunamayorautoeficaciaenlalabordelosteletrabajadores,lacualsetraduceenmayorrendimientoyproductividad.

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-Incrementodeopcionesdeaccesoalempleodecolectivosespeciales:Elrégimendelteletrabajosuponeunaaperturaalmundolaboralamuchoscolectivos,yaquepermitequeeltrabajoseconfiguresegúnlasnecesidadesdelostrabajadores.Porlo tanto, se podría aplicar para colectivos que están de baja por enfermedadesleves, para alargar permisos como el de paternidad o maternidad, permitiendorealizarlastareasdesdecasaypodercompaginarsuvidafamiliar,etc.Entrelasventajaspersonalesseencuentran:-Mayordisponibilidaddetiempoyposibilidaddeconciliaradecuadamentelavidalaboralyfamiliar.-Mayor calidaddevida:Laposibilidaddepoder conciliar lavidapersonal con lafamiliarhacequelostrabajadoresmejorenencalidaddevidaaldisponerdemayortiempopersonalyauto-gestionarsutrabajo.-Menoresconflictoslaborales.-Ahorroeconómico:Elteletrabajosuponeunahorro,ademásdeparalaempresa,paralostrabajadoresyaquesuponeunahorroenlosdesplazamientosdesdecasaaltrabajoyviceversa.A continuación, vamos a enumerar las principales desventajas que tiene elteletrabajoparalostrabajadores.-Aislamiento profesional: El aislamiento es unode los principalesmotivos que amenudofrenanalostrabajadores,yaquetienesqueaprenderaauto-gestionarseel trabajo individualmente y no tienen un contacto permanente con los demáscompañerosdetrabajoporloqueseacabaperdiendoelvínculosocial.-Sensación de falta de estatus: Al teletrabajar desde casa a menudo pierdes lajerarquíaenlaempresayaquenoestásenconstantecontactocontussupervisoresylosteletrabajadorestienenlasensaciónquesepierdelacarreraprofesional.-Inseguridad laboral, económica y de prestaciones sociales: A menudo losteletrabajadores pueden sentirse desorientados debido a la poca regulación queexisteacercadelteletrabajo,perocadadíalanormativaacercadelteletrabajoestaevolucionando más y la mayoría de aspectos relativos a la prestación laboraltienen que quedar regulados en el contrato individual con cada persona y en lanegociacióncolectiva.-Mediostécnicosinsuficientes:Elteletrabajocomportaunainversiónentecnologíay amenudo los teletrabajadores pueden no disponer de la tecnología adecuadaparaprestar este tipode trabajo.Esto suponeunagrandesventaja yaque comoseñalaenelartículo8delDecreto82/2016“elpersonaldeberácontarconsistemadeconexióninformáticasuficienteyseguroeneldomicilio”,porloquelosmediostécnicos son un requisito indispensable para la prestación del teletrabajo en laAdministración.

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-Inadecuadoambientedetrabajo:Apesardesupervisarellugardetrabajoporelórgano encargado, puede existir variaciones a lo largo del tiempo del lugar detrabajoquepuedensuponerdistracciones,faltadeiluminación,etc.-Dificultad para trabajar en equipo y para solucionar problemas operativos: Elteletrabajadoralestarfuerade lasededelaempresa,tienemenoscomunicaciónconsuscompañeros,porloqueamenudopuedeexistirunafaltadecomunicaciónconstantequeimposibilitelarealizacióndetrabajosconjuntos.-Desvinculación de la empresa: La desvinculación de la empresa junto con elaislamiento profesional son dos de las principales desventajas que sufren losteletrabajadores ya que al estar fuera del entorno de trabajo habitual losteletrabajadorespierdenlaidentidadcorporativaqueteníanantes.-Excesodetrabajo:Según lamodalidaddeteletrabajoen laquese trabajepuedeexistirunaumentodelcontrolporpartedelaempresaqueimpliqueunexcesodetareasarealizarporlosteletrabajadoresdeformaquenopuedancumplirconlosobjetivospreestablecidosporlaempresa.-Faltadelegislación:Lalegislaciónacercadelteletrabajoesmuyescasayaqueensusiniciossurgiódelasempresasprivadas,lascualesregulabanpormediodesunegociacióncolectivayde loscontratos,estetipodeprestación,por loquenosegeneralizabaatodoslossectores.GraciasalimpulsoqueselediodesdeEuropayalosprimerospasosquesehanidodandoenadministracionespequeñassehaidoexpandiendo este fenómeno pero sin dejar de señalar que aún falta muchosaspectos por regular para que todos los teletrabajadores tengan los mismosderechos.-Mezcla de la vidapersonal y profesional: El teletrabajo amenudopuede cruzaresa fina línea que existe entre vida personal y familiar y más cuando estásrealizandotutrabajodesdecasa.Porúltimo, podemos señalarqueel teletrabajo también tieneventajaspositivasparaelmedioambientecomo:-Ahorrodeenergía-La reducción de la contaminación ambiental: porque disminuye la cantidad decombustible que utilizan los trabajadores para desplazarse al lugar de trabajo yviceversa.-Desarrollo local de regiones o zonas poco pobladas: debido a la modalidad deteletrabajo y al uso de las nuevas tecnologías, se produce una reducción de laemigracióndepersonashacialosnúcleosurbanosparatrabajar,yaqueyanohacefaltatrasladarsealosnúcleosurbanosparaestarcercadeltrabajo.A continuación, vamos a realizar un cuadro comparativo entre ventajas ydesventajas con el fin depoder valorar la viabilidaddenuestroplanpilotoparaimplantarelteletrabajoennuestraConselleria.

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EMPRESA

VENTAJAS INCONVENIENTES

-Mayorproductividadycalidad -InversiónenTIC

-Reduccióndecostesdelosespacios -Estructurasmásdescentralizadas

-Menorabsentismolaboral -Escasocontrol

-Menor rotación laboral y mayorcualificaciónprofesional

-Conflictos acerca de la protección dedatos

-Flexibilidadenlasrelacioneslaborales -Resistenciaalcambio

-Desarrollodelaimageninstitucional

-Nuevo método de evaluación deltrabajo

Tabla7.Comparaciónventajaseinconvenientesdelteletrabajoenlaempresa.Fuente:Elaboraciónpropia.

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TRABAJADORES

VENTAJAS INCONVENIENTES

PROFESIONALES -Aislamientoprofesional

-Autonomíayautocontrol -Sensacióndefaltadeestatus

-Evita distracciones y problemas conotrostrabajadores

-Inseguridad laboral, económica y deprestacionessociales

-Flexibilidadlaboral -Mediostécnicosinsuficientes

-Mayor responsabilidad, productividadycontrolsobrelaspropiastareas

-Inadecuadoambientedetrabajo

-Mayorespecialización -Dificultad para trabajar en equipo ysolucionarproblemasoperativos

-Incremento de opciones de acceso alempleodecolectivosespeciales

-Desvinculacióndelaempresa

PERSONALES -Excesodetrabajo

-Mayor disponibilidad de tiempo paraconciliarlavidapersonalyprofesional

-Faltadelegislación

-Mayorcalidaddevida -Mezcla de vida profesional con lapersonal

-Menoresconflictoslaborales

-Ahorroeconómico

Tabla8.Comparaciónventajaseinconvenientesdelteletrabajoenlostrabajadores.Fuente:Elaboraciónpropia.

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Una vez señaladas las ventajas y los inconvenientes que comporta el teletrabajotanto para la empresa como para los trabajadores, debemos revertir lasdesventajasenventajasoporlomenoslograrquesusefectossereduzcanlomásmínimoposible.Paraellovamosaelaboraruncuadroorientativodemedidasquelogrendisminuirlosinconvenientes.A lahorade invertirenTICpara implantarel teletrabajoesnecesariohacerunaevaluacióndelosrecursostécnicosdelosquedisponelaConselleriadeVivienda,en concreto el departamento de coordinación, para así evaluar en costeseconómicos los gastos de inversión que se van a efectuar. En el caso de que loscostes fueran demasiado elevados para asumirlos todos en unmismo año, seríaaconsejablequesedosificaralainversiónparaprorratearlaendiversosañosyasíquenosupongaungrangastoenlospresupuestosdestinadosaldepartamentodecoordinacióndedichaConselleria.Es un hecho que el teletrabajo implica un escaso control por parte de lossuperiores y que además, unido a la desvinculación física que tiene elteletrabajadorconlaempresa,puedecausarundesarraigoconlaorganización.Espor ello que tiene que quedar bien definida la jerarquía del servicio decoordinación para designar a encargados de diferentes áreas para que así, losteletrabajadores sepan a quienes tienen que trasladarles las posibles dudas oincidenciasalahoradedesempeñarsutrabajo.Paralograrunamayorimplicacióndelteletrabajadorconlaorganizaciónsetienenquecrearunaintranetparaquelosteletrabajadorespuedanestar conectados24h con la organizaciónyquepuedanintercambiar contenidos para estar perfectamente comunicados y así, elsupervisorpodrásupervisardeunamaneramáscontroladayconstanteeltrabajorealizadoporelteletrabajador.Otramedidaeficazparacombatirelescasocontrolyladesvinculaciónfísicapodríaser establecer unos horarios obligatorios de presencia física en la organizaciónpara evitar que se produzca un desarraigo con la organización y con loscompañeros de trabajo. Un claro ejemplo de esta medida queda reflejada en elDecreto 82/2016 del Consell el cual regula en su artículo 7.1 “ La jornada detrabajo se distribuirá, con carácter general, de forma que tres días a la semanaseanprestadossusserviciosdesdeeldomicilioyelrestodeacuerdoconlajornadayhorarioshabituales”.Lasmedidaspropuestasparaestaáreaserían:-Tareasyobjetivosclaramentedefinidos.-Evaluaciónporresultados.-Establecimientodeáreasconsusrespectivosencargados.-Establecimientodehorariosfijospresenciales.-Mecanismo de conexión entre la organización y los teletrabajadores (intranet,foros..etc).-Mezclarelteletrabajoconeltrabajopresencial.-Supervisióndelosresultados.

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Otro de los principales inconvenientes tienen que ver con el entorno delteletrabajador,yaque,amenudo,el teletrabajo implicaaislamientoprofesionalyuna gran dificultad para trabajar en equipo y solucionar problemas operativos.Paraevitarloesnecesarioque loscompañerosesténperfectamentecomunicadosparaque ladistancia físicanoseaun impedimento.A travésde laanteriormentemencionada Intranet, por la cual el teletrabajador permanece en constantecomunicaciónconlaempresa,tambiénpuedecomunicarseconsuscompañerosdetrabajoeinclusosedeberíandecrearchatsexclusivosparalostrabajadoresparapoderdarleslalibertaddequehablenloquequierancomosiestuvieranhablandofísicamente,sinquesepuedanenterarlossupervisores,conelobjetivodequesesigaconservandoelvínculodecompañerosdetrabajocontodoloqueelloimplica.Unamedidaeficazseríaestablecerunahoraalasemanaparaquelostrabajadoresy teletrabajadorespuedan reunirse, organizarse la semana, crearun sentimientodeequipo,solventarproblemas,etc.Lasmedidaspropuestasserían:-Crear mecanismos de conexión entre trabajadores y teletrabajadores (chats,correoelectrónico,etc).-Crear un sentimiento de equipo para que haya apoyo mutuo y continuo entretrabajadoresyteletrabajadoresasignando1halasemanadereunióncolectiva.-Cursos de formación impartidos para todos , teletrabajadores y trabajadoresnormales,paraquelosteletrabajadoresnopierdanlaoportunidaddesubirensucarreraprofesionaldeigualformaquelopuedehaceruntrabajadorpresencial.Para combatir la inseguridad laboral, económica y de prestaciones sociales quesientenlosteletrabajadoresylafaltadelegislaciónquedemandanlasempresasuorganizaciones, se tienen que dejar claramente pactadas todas las condicionescontractualesdemutuoacuerdoparaqueel teletrabajadornosientaqueestáenunlimbojurídicoyestéplenamenterespaldadoporlaley.Para evitar los conflictos acerca de la protección de datos, que pueden sercausadosprincipalmenteporunosmediostécnicos insuficientesypuedencausarla mezcla entre la vida privada y la profesional (3 de los inconvenientes antesseñaladosen losgráficos10y11) se tienenquecrear redes segurasdebidoa lacantidad de información que circula en ellas y que es primordial mantener laconfidencialidad.Por loque lasprincipalesmedidasque tendríaqueacometer laadministraciónserían:-Crearredessegurasdeconexión.-UsodecontraseñasparaaccederalaIntranet.-En caso de uso de ordenador personal: Crear áreas privadas en los que laadministración no tenga acceso para velar por la privacidad de losteletrabajadores.

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Paraasegurarunadecuadoambientedetrabajoesnecesarioquelaadministraciónrealiceuncontrolpreviodelambientedetrabajoenelqueelteletrabajadorvaadesarrollar su trabajo como hace el Decreto 82/2016 en su anexo III. Paraasegurarse de que el ambiente de trabajo es el adecuado y no supone riesgoslaborales, un supervisor del área de informática debe inspeccionar, con elconsentimientodelteletrabajadoreneldíayhoraqueesteautorice,ainspeccionarel lugar de trabajo para verificar las condiciones y aprobar la selección final delcandidato.Una vez el candidato a formadoparte del grupode teletrabajadores amitaddelperiodo de tiempo del plan sería conveniente realizar otra supervisión paraasegurarsedequesesiguencumpliendolascondicionesinicialesdetrabajo,conelúnicoobjetivodeevitaren lomáximoposibleaccidentesde trabajodecualquieríndole.Enresumen,lasmedidaspropuestaserían:-Realizarcuestionariodeevaluaciónacercadelambientedetrabajodelcandidatoaserteletrabajador.-Hacerunainspecciónfísicadelentornodetrabajoprevioaliniciodelplanconelobjetivodeseleccionarfinalmentealoscandidatosidóneosparateletrabajar.-Recomendar posibles inspeccionar por parte de la administración para que losteletrabajadoresdecidanporvoluntadpropia.-Realizarotrainspecciónfísicaamitaddelproyectoconelobjetivodeverificarquesesiguencumpliendolascondicionesiniciales.Por último, otra desventaja que hemos señalado anteriormente es la resistenciaporpartedeciertoscolectivosalahoradeimplantarelteletrabajo.Laresistenciase produce siempre por desconocimiento y por un miedo al cambio de ciertoscolectivos. Para disminuir lo menos posible las presiones que pueden llegar dediferentescolectivosparaquenoseapliqueelteletrabajo,tenemosqueescucharatodos los colectivos e intentar negociar puntos en los que puedan estar endesacuerdo para conseguir que finalmente el proyecto salga adelante. Entre losprincipalescolectivosquesonmáspropensosaresistirsealcambiopuedenserenprimer lugar los supervisores, ya que tienen que reorganizar sus métodos deevaluacióntradicionalesymodernizarseimplantandonuevosmétodos,yporotraparte también podrían ser los mismos trabajadores que no cumplen con losrequisitosdeteletrabajarotambiénalgunossindicatos.Acontinuación,vamosarealizarunatablasíntesisdemedidasparadisminuirlosinconvenientesdelteletrabajo:

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MEDIDASPARADISMINUIRLOSINCONVENIENTESDEL

TELETRABAJO-Evaluacióndelosrecursostécnicosdeldepartamento

-ProrratearinversiónenTICs

-Elaborarjerarquíaydesignaraunencargadoparacadaárea

-Definirtareasyobjetivos

-Sistemadeevaluaciónporresultados

-Establecerhorariosfijosdepresenciafísica

-Mecanismosdeconexiónentrelaorganizaciónylosteletrabajadores

-Supervisióndelosresultados

-Crearmecanismosdecomunicaciónentretrabajadoresyteletrabajadores

-Crearsentimientodeequipoparaqueexistaunapoyomutuoycontinuoentretodoslostrabajadores-Establecer1h/semanadereunióncolectivaentretrabajadoresyteletrabajadores

-Cursosdeformaciónparatodoslostrabajadores

-Clarascondicionescontractuales,depromociónydeformación

-Crearredesdeconexiónseguras

-Usodecontraseñas

-Áreasprivadasenelordenadordeusoexclusivoparaelteletrabajador

-Cuestionariodeevaluaciónpreviosobreambientedetrabajo

-Inspecciónfísicadelentornoantesdelaejecucióndelplan

-Elaborarrecomendacionesparamejorarelambientedetrabajo

-Realizarunasegundainspecciónfísicaamitaddelperiododeejecucióndelplan

-Negociarconloscolectivosimplicadosenlaresistenciaalcambio

Tabla9.Medidasparadisminuirlosinconvenientesdelteletrabajo.Fuente:Elaboraciónpropia.

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4.5-AnálisisDAFO.A continuación, vamos a utilizar lamatriz DAFO para realizar un estudio de lasposibilidades que tienen las administraciones públicas para implantar elteletrabajo.ElanálisisDAFOesunaherramientamuyfiabledeestudiodelasituacióndeunaempresa, organismo, proyecto, etc , el cual permite analizar sus característicasinternas (debilidades y fortalezas) y su situación externa (amenazas yoportunidades).Hemos elegido este análisis ya que para elaborar un buen plan de teletrabajoaplicadoanuestroserviciodecoordinaciónesnecesarioconocerlo,comprenderloyanalizarlo,paraasípoderdarleunasoluciónalosproblemasplanteados.Conelanálisis DAFO se sigue un procesomás estructurado de toma de decisiones quepermiteobtenermásinformaciónyseguridadalahoradetomardecisionesyasíreducirelriesgodecometererrores.Para empezar vamos a analizar nuestra administración desde una perspectivainterna. Los elementos internos que se deben analizar durante el análisis DAFOcorresponden a las fortalezas y debilidades que se tienen respecto a ladisponibilidad de recursos de capital, personal, activos, estructura interna,percepcióndelosciudadanos,etc.Para realizar el análisis interno de una organización deben aplicarse diferentestécnicas que permitan identificar dentro de la organización qué atributos lepermitengenerarunaventajacompetitiva.-Fortalezas:Las fortalezas describen los recursos y las destrezas que ha adquirido laorganización y que ayudaría a la implantación del teletrabajo en nuestraorganización.-La principal materia prima que tiene la administración es la información. Laadministración dispone de una gran cantidad de información acerca de susciudadanosyporlotantotienemuchasopcionesdeadministrarlaydistribuirla.-Lasfuncionesdecadatrabajadorestánclaramentedefinidas-En la administración existen numerosas tareas administrativas medibles ytasables-Debido a la reposición de puestos de trabajo del personal funcionarial y alincremento de la oferta pública que se prevé se realice en los próximos años,existirán cada vez mayores necesidades de compaginar la vida familiar con lalaboral ya que el índice de edad del personal funcionarial baja y pueden tenercargasfamiliarescomocuidadodeniños,etc.

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-Estructura jerárquica clara y definida con la asignación de un responsable porcadaseccióndeldepartamentodecoordinación.-Personal cualificado en su granmayoría con una larga experiencia en el sectorpúblico.-Debilidades:Describe los factoresen loscualesposeemosunaposicióndesfavorablea lahorade implantar el teletrabajo y por lo tanto podría afectar de forma negativa ennuestraorganización.-Modo de evaluar el desempeño de una forma tradicional basado en el controlcontinuoporpartedelossupervisoresynoorientadoalaevaluaciónporobjetivosoresultados.-Forma de concepción del trabajo antigua por parte de los trabajadores y lossupervisores,loscualespuedentenermiedoaperderelcontroldelosempleadossinoacudenalaoficina.-Costedeinversiónentecnologíasdebidoalajustadopresupuestodelquedisponeeldepartamentodecoordinación.-Problemasdemotivacióndelpersonaldebidoalaislamientodelteletrabajador.Como la administración esta en constante cambio debido a que se tiene quemodificar según las necesidades existentes en su entorno, debemos realizartambiénunanálisisexternoquepermitafijar lasoportunidadesdecrecimientoylasamenazasquepuedenpresentarseenlaadministración.-Oportunidades:Describen las ventajas externas que podría proporcionarnos la implantación delteletrabajo,entreellos:-Aumentodelaproporcióndegentequeusalasventanillasonlinefomentándolasycreando canales de comunicación con la ciudadanía mucho más rápidos einteractivos.De esta forma se podría reducir considerablemente las colas en lospuestos de información de las administraciones públicas, ya que se podríaformulartodaclasedepreguntasvíaonline.-Posibilidaddemejorarlavidapersonalylaboraldelosempleadospúblicos.-Elaborar un ejemplo de teletrabajo que sirva de guía para la implantación dedichosistemaenelrestodeorganizacionespúblicas.

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-Rápida evolución de las tecnologías las cuales permiten cada vez implantarmecanismos más sofisticados para establecer una conexión entre losteletrabajadoresylaadministración.-Incrementode la regularizacióndel teletrabajoen lasadministracionespúblicasconDecretosyLeyesquefacilitanlaimplantacióndedichamodalidad.-Amenazas:Describen los factores externos que pueden poner en peligro la viabilidad denuestroplandeteletrabajo.Sidichasamenazassonreconocidasatiempopuedenesquivarseoserrevertidasaoportunidades.-Dificultad de mejorar la productividad de los trabajadores si el mecanismoutilizadonoseorientaalaconsecucióndeobjetivos.-Notodoslostrabajadorespuedenaprovecharelrégimendelteletrabajoyaquesedeben establecer prioridades debido al ajustado presupuesto del que dispone eldepartamento,porloquehabrántrabajadoresquenosebeneficiendeello.-Pueden existir presiones externas para externalizar el servicio justificando quepodríasermásproductivosilorealizaseunaempresaprivada.-Resistencia al cambio por parte de diversos colectivos como supervisores,sindicatos,trabajadoresquenosepuedanbeneficiaretc.-Ciclospolíticos.Puedeexistirunainestabilidadenlaprestacióndelteletrabajosicambiandegobiernoycambianlamodalidadaunapresencial.

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ANÁLISISDAFO

DEBILIDADES AMENAZAS

-Evaluacióndeldesempeñotradicional -Dificultad demejorar la productividadsi no se orienta a la consecución porobjetivos

-Cultura del personal del trabajopresencial.

-No todos los trabajadores puedendisfrutardeestesistema

-CostedeinversiónenTICs -Presionesexternasparaexternalizarelservicio

-Problemasdemotivacióndelpersonal,falta de experiencia en esta modalidaddetrabajo,reticenciaalcambio

-Resistenciaalcambio

-Equiposinformáticosdesactualizados -Ciclospolíticos

FORTALEZAS OPORTUNIDADES

-Grancantidaddeinformaciónenpoderdelasadministracionespúblicas

-Aumentode laproporcióndeusuariosacostumbradosalaventanillavirtual

-Funcionesclaramentedefinidas -Posibilidaddemejorarlavidapersonalylaboraldelosempleadospúblicos

-Tareasmediblesytasables -Elaborarunejemplodeteletrabajoquesirva de guía para su posteriorimplantación.

-Incrementodelaofertapública -Rápidaevolucióndelastecnologías

-Estructurajerárquicaclaraydefinida -Incremento de la regularización delteletrabajo

-Personalcualificado -Apoyo a la digitalización deprocedimientos

Tabla10.AnálisisDAFO.Fuente:Elaboraciónpropia.

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5-DiseñodelplanpilotodeteletrabajoenelserviciodecoordinacióndelaDirecciónGeneraldeVivienda,RehabilitaciónyRegeneraciónUrbana.

5.1-Análisisglobaldelserviciodecoordinación.Según el artículo 1 del Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, laConselleriadeVivienda,ObrasPúblicasyVertebracióndelTerritorioeselmáximoórganoresponsabledelConsellenmateriadevivienda,proyectosurbanos,obraspúblicas, vertebración del territorio, paisaje, transportes, puertos, costas yaeropuertos.La Conselleria se organiza en servicios centrales y en direcciones territoriales.Funcionalmente se divide entre órganos superiores, nivel directivo y niveladministrativo. En cuanto al nivel directivo, la Conselleria reparte suscompetenciasentresustresDireccionesGenerales:

-DirecciónGeneral deVivienda,Rehabilitación yRegeneraciónUrbana cuyascompetencias están recogidas en el artículo 9 del Decreto 159/2015 el cualestablecelascompetenciasenumeradasenelartículo70delaLeydelConsellenmateriadearquitectura,proyectosyactuacionesurbanas,equipamientos,vivienda y calidad de la edificación, gestión y coordinación del patrimoniopúblicodevivienda,planesdevivienda, sueloyactuacionesconcertadasconenteslocalesenmateriadepatrimoniourbanoyplandemejoramunicipal.-Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad: es el centrodirectivo dependiente de la Secretaría Autonómica que ejerce lascompetenciasqueleatribuyeelartículo70delaLeydelConsellenmateriadeinfraestructuraspúblicas,planificaciónylogísticadeltransporte,planificación,coordinación y ejecución de la oferta intermodal del transporte de laComunitatValenciana,seguridadvial, seguridadyordenacióndel transporte,administración de costas, planificación de puertos e infraestructurasportuariasde competencia autonómica, así como la gestión y explotacióndelos mismos, aeropuertos, gestión de la red de transportes y movilidadmetropolitana.-Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje: es elcentro directivo dependiente de la Secretaría Autonómica, que ejerce lascompetenciasqueleatribuyeelartículo70delaLeydelConsellenmateriadeordenación del territorio y del litoral, urbanismo, paisaje, coordinaciónterritorialeinspeccióndeurbanismo.

Para el desarrollo de sus competencias, la Dirección General de Vivienda,RehabilitaciónyRegeneraciónUrbanaseestructuraenlaSubdirecciónGeneraldeViviendayRegeneraciónUrbanaalaquelecorrespondeelimpulsodelasmedidascompetencia de la Dirección General, su planificación, desarrollo, elaboración,dinamizaciónysucoordinación,laadministracióndelparquepúblicodeviviendasdelaGeneralitat,ylacoordinacióndesuseguimientoyevaluacióndelaspolíticasdesarrolladasasícomoelimpulsodelaparticipaciónciudadanaenlasactuacionespropiasdelaDirecciónGeneral.

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A la subdirección General de Vivienda y Regeneración Urbana le correspondeplanificar, dirigir, controlar, coordinar y supervisar la actividad de los serviciosbajosudependenciayqueseguidamenteserelacionan:

a) Servicio de Planificación Económica y Regeneración Urbana: al que lecorresponde la planificación estratégica, programación presupuestaria ygestión financiera de las actuaciones de vivienda, rehabilitación,regeneración urbana y demás actuaciones que acometa la DirecciónGeneral.

b) Servicio de Coordinación de Vivienda: al que le corresponde el impulso,seguimientoytramitacióndelasmedidasnecesariasparaeldesarrollodelmarconormativoparaelderechoalavivienda.

c) Servicio de Rehabilitación: al que le corresponde el diseño, propuestas y

elaboración de proyectos de normativa técnica, divulgación, fomento ycoordinaciónenlasmateriascompetenciadelaDirecciónGeneral.

d) Servicio de Arquitectura: al que le corresponde la planificación,

programación, redacción de proyectos, memorias y pliegos de las basestécnicas, gestión y control de las actuaciones directivas o convenidascompetenciadelaDirecciónGeneral.

El servicio elegido para desarrollar un plan de teletrabajo es el servicio decoordinacióndevivienda,cuyasfuncionesson:-Laelaboración,tramitaciónycoordinacióndelaspolíticasdelaGeneralitatenlasmaterias competenciade laDirecciónGeneral, y la tramitacióny seguimientodelosconveniosyacuerdosquesederivenensusaspectosjurídico-normativos.-La implementación de las medidas que se acuerden en relación con laadministraciónygestióndelparquepúblicodeviviendadelaGeneralitat.-LacolaboraciónyparticipaciónenplanesyaccionesconotrosdepartamentosdelaGeneralitat.-La coordinación de programas relacionados con los sistemas de información ygestiónadministrativa,mejoraymodernizacióne impulsodenuevas tecnologíasenlagestiónylaimplementacióndeinstrumentosparagarantizarlatransparenciaeinformacióndelaspolíticasdesplegadas.El organigrama de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración delTerritorio esta disponible en la propia web de la Conselleria. Como podemosobservar en él (Imagen 1), se muestran las personas que actualmente estánocupandocadapuestodeniveldirectivo.

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Imagen1.OrganigramaConselleriadeVivienda,ObrasPúblicasyVertebraciónTerritorio.Fuente:

webGVA.

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5.2-Diseñodelplanpiloto.

5.2.1-Objetivosdelplan:Elfinprimordialdelarealizacióndeesteplanpilotoesconseguirlaconciliacióndelavidapersonalyfamiliaratravésdelaflexibilidadpararealizareltrabajodesdeel domicilio y en el horario que se pacte con los empleados, todo ello sindisminucióndelacantidadycalidaddelservicioquesepresta.Otrosobjetivosadicionalesquepuedenincorporarseennuestroprogramason:-Potenciarel trabajoen términosdeobjetivosynode tiempodepresenciaenelcentrodetrabajo.-Aumentar el compromiso y el nivel demotivación del personal adoptando unagestiónbasadaenlaconfianza,lainiciativaylaautonomíapersonal.-Disminuirelabsentismolaboral.-Fomentarelusodelasnuevastecnologías.-Apostarporlaventanillaonlinecomoinstrumentoparamejorarlaeficienciadelserviciodecoordinación.

5.2.2-Designacióndeunequipodecoordinacióndelplan:Antesdecomenzaradiseñarelprogramadeteletrabajoquevamosa incorporaren el servicio de coordinación, es primordial crear un equipo de trabajo que seencargue de la puesta en marcha del proyecto. Este equipo deberá detectar ycuantificar losproblemaspotencialespara losqueel teletrabajopuedeconstituirunasolución.ElsiguientecuadrorealizadoporelInstitutoNacionaldeSeguridadeHigieneenelTrabajo el cual esta dentro de la guía de buenas prácticasNTP1112 de criteriospara la implantación del teletrabajo , recoge problemas comunes que existen entodaslasorganizacionesyporlosqueelteletrabajodaríarespuesta.11Las NTP son guías de buenas prácticas. Sus indicaciones no son obligatoriassalvo que estén recogidas en una disposición normativa vigente. A efectos devalorarlapertinenciadelasrecomendacionescontenidasenunaNTPconcretaesconvenientetenerencuentasufechadeedición.

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Imagen2.Aspectosporlosqueelteletrabajopuedeconstituirunasolución.Fuente:NTP412deInstitutoNacionaldeSeguridadeHigieneenelTrabajo.

ElequipocoordinadordebeestarformadoporpersonasquemantenganrelacionesfluidasconlosresponsablesdirectosdelasUnidadesdelDepartamento.Esdevitalimportancia designar a las personas adecuadas ya que en buena parte de ellodependeráeléxitoofracasodelplanpiloto.El manual para la implantación de programas piloto de teletrabajo en la AGE(2006) recomienda que el director del equipo tenga categoría de SubdirectorGeneral(puedeserunasesordelGabineteoinclusounDirectorGeneral),yquelaspersonasqueformenpartedelmismopuedanatenderaaspectosrelacionadosconlas comunicaciones, relaciones laborales, tecnologías y prevención de riesgoslaborales.Lasfuncionesespecíficasdelequipodecoordinaciónserían:-Eldiseñodelaslíneasbásicasdelprogramapiloto.-Elimpulsoycoordinacióndelprograma.-Establecerlasfasesytiemposparalaimplantacióndelprograma.-Redaccióndelprogramapiloto.-Solucionar los problemasquepuedan surgir en la implantacióndel programa ydurantesurealización.-RealizarelseguimientodelProgramayevaluarsusresultados.

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Al equipocoordinador se lesunirán,unavez se implanteelprogramapiloto, lossupervisores que se designen para coordinar y supervisar el trabajo de losteletrabajadores y dar cuenta, si hiciera falta, al equipo de coordinación decualquieraincidenciacreadadurantelaejecucióndelprograma.EL supervisor será el superior jerárquico (subdirector, jefe de área o jefe deservicio)delteletrabajador.Estafiguraesmuyimportanteyaquesolucionarálasdudasoconflictosquepuedatenerelteletrabajadoralolargodelaejecucióndelplan,ademásdeevaluarlaconsecucióndelosobjetivosdelteletrabajador.Como el supervisor es el encargado de evaluar el rendimiento de losteletrabajadores,tendránquerealizarcursosformativos,enelcasodequehicierafalta,paraaprenderaevaluaralosteletrabajadoressegúnlaconsecucióndeunosobjetivos previamente fijados por el supervisor, ya que con el teletrabajo seimplanta un nuevo sistema de evaluación de los resultados dejando atrás almodelotradicionaldesupervisióncontinuaydirectasobrelostrabajadores.

5.2.3-Ámbitodeaplicaciónsubjetivo.Este plan piloto de teletrabajo será de aplicación al personal empleado público,cualquieraqueseasurégimenjurídico,queprestesusserviciosenelserviciodecoordinación vinculado a la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación yRegeneraciónUrbanaenlostérminosprevistosenelartículo4delaLey10/2010,de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función públicavalenciana,yqueocupepuestosdetrabajosusceptiblesdeserdesempeñadosenlamodalidaddeteletrabajo.

5.2.4-Ámbitodeaplicaciónobjetivo.Tendránlaconsideracióndepuestosdetrabajosusceptiblesdeserdesempeñadosenrégimende teletrabajo losquepuedanserejercidosde formaautónomaynopresencial atendiendo a sus características específicas y los medios requeridosparasudesarrollo.Según el Decreto 82/2016, no son susceptibles de ser desempeñados medianteteletrabajo:-Puestosdeoficinasderegistroyatencióneinformaciónalaciudadanía.-Puestosconfuncionesdedirección,coordinaciónysupervisión.-Puestosdenaturalezaeventual.-Puestosdeestructuracuyaformadeprovisiónseadelibredesignación.-Puestos cuyas funciones conlleven necesariamente la prestación de serviciospresenciales.-CualquierotroquesedetermineporladireccióngeneralcompetenteenmateriadefunciónpúblicatraselanálisisdelassolicitudesrecibidasylaspropuestasqueefectúelaComisióndeControlySeguimiento.

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A si mismo, según el Decreto 45/2013, de 5 de diciembre, de la ComunidadAutónoma de La Rioja, los puestos susceptibles de ser desempeñados en lamodalidad de teletrabajo serán los que desarrollen o estén relacionados con lassiguientesfunciones:

a) Informeyasesoramientotécnicob) Gestión administrativa: solicitud de informes, elaboración de pliegos de

contratación,elevacióndepropuestas,ejecuciónycontrolpresupuestario,ysimilares.

c) Redaccióndememorias,informes,estudios,planesoproyectos.d) Estudiosyanálisisdeproyectos.e) Preparacióndeborradoresdeproyectosdedisposicionesnormativasode

actosadministrativosgenerales.f) ActualizacióndeRegistrosinformatizados.g) Gestióndesistemasdeinformaciónycomunicaciones.h) Análisis, diseño y programación de sistemas de información y

comunicaciones.i) Redacción,correcciónytratamientodedocumentos.j) Compilacióndeinformación.k) Cualquier otra función que, en virtud de los medios requeridos para su

desarrollo, pueda ser ejercida de forma autónoma y no presencial oconstituyantareascomunesdecarácteradministrativo.

Acontinuaciónvamosarealizarunanálisisdelospuestosexistentesenelserviciode coordinación para poder señalar los puestos susceptibles de ser ejercidos enrégimen de teletrabajo. Para poder realizar un análisis de puestos vamos adescribireltipodepuestoylasfuncionesgenéricasquetieneatribuidas.Elserviciodecoordinaciónsedivideen3áreasbiendefinidaslascualesson:

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1-Áreaderecursos:Puesto:

1Jefedesección(A1)1Técnicobase(A2)

Funciones:-Revisióndeexpedientesdelapersonaquehainterpuestoelrecurso.-Emisión de informe acerca de la estimación/desestimación delrecurso.-Redaccióndelapropuestaderesolución.

(Unavez se redactada lapropuestade resolución sepasaa ladirectorageneralpara su firma. Una vez la directora general ha dado el visto bueno, se eleva laresolución definitiva a la Consellera para su firma. Todos estos trámites serealizanatravésdelabandejadepartamental12.

Tabla11.Puestosdenivelsuperioráreaderecursos.Fuente:Elaboraciónpropia.

Puesto:2Administrativos(C1)Funciones:

-Archivodeexpedientesyrecursos.-Enviarpropuestasyresolucionesparasufirma.-Realizarmodificacionesenlaspropuestasderesolución.-Notificaralosinteresadoslaresolucióndelrecursomedianteacusederecibo.

Tabla12.Puestosdenivelmedioáreaderecursos.Fuente:Elaboraciónpropia.

2-Áreajurídico-administrativa:Puesto:

1Técnico(A1)1Técnicomedio(A2)

Funciones:-Elaborarborradores.-Redactarlasconvocatorias.-Impulsarlapuestaenmarchadelassubvenciones.-Utilizarlosdiferentesmétodosdedifusión.-Publicarlassubvenciones.-Fasedepagodelassubvenciones(resolucionesdeconcesión,etc)

Tabla13.Puestosdenivelsuperioráreajurídico-administrativa.Fuente:Elaboraciónpropia.

12 La bandeja departamental es un mecanismo que se ha implantadorecientemente en el servicio, el cual permite enviar documentos en formatoelectrónicoalapersonainteresadaatravésdeunaplataformadecorreoytambiénpermitefirmaréstoselectrónicamente.

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Puesto:2Administrativos(C1)Funciones:

-Archivodedocumentación.-Preparacióndematerialesdedifusión.-Colaborarenlaredaccióndelassubvenciones.-Tambiéndanapoyoaláreatécnica.

Tabla14.Puestosdenivelmedioáreajurídico-administrativa.Fuente:Elaboraciónpropia.

3-Áreatécnica:Puesto:

1Arquitecto(A1)1Arquitectotécnico(A2)

Funciones:-Realización de expedientes de regeneración y renovación urbana(ARRU).-Dan soporte telefónico a los ayuntamientos u organismos quenecesitaninformación.Tabla15.Puestosdenivelsuperioráreatécnica.Fuente:Elaboraciónpropia.

Ademásdelospuestosdesempeñadosencadaunadelasáreas,existeunpuestodeadministrativoquetienefuncionesentodaslasáreas.Puesto:1Administrativo(C1)Funciones:

-Registrode entraday salidade toda ladocumentaciónque llega alservicio.-DistribucióndeladocumentaciónsegúneláreaalquepertenezcaTabla16.Puestodenivelmediotodaslasáreas.Fuente:Elaboraciónpropia.

El servicio de coordinación no tiene atribuido como una de sus funciones laatenciónalpúblicoyaqueesasfuncioneslasrealizanlasdireccionesterritorialesylasoficinasPROP.Sinembargo,comoadministraciónqueson, tieneneldeberderecibir a los ciudadanos que acuden a su centro a recabar alguna informaciónacercade la tramitacióndesusexpedientes,perosueleproducirsedeuna formamuypuntualyconcitaconcertada.Despuésdeanalizardeformagenéricatodoslospuestosdetrabajopertenecientesa dicho servicio, los puestos susceptibles de desempeñarse en régimen deteletrabajoson:

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-Áreaderecursos:Enestaáreapodríanteletrabajareljefedesecciónyeltécnico,yaque laredacciónde los informey laresoluciónde losrecursosnonecesitadeunapresencialidadfísicaen lasede.Podríanmandar losrecursosyarealizadosatravésdelabandejadepartamental.-Área jurídico-administrativa:Podríanserpuestossusceptiblesdedesempeñarsemediante teletrabajo los técnicos, ya que la elaboración de las órdenes, lasconvocatorias de subvenciones, etc. se podrían realizar desde el hogar deltrabajador y como existe una semi-presencialidad podrían poner en común eltrabajorealizadoenlasreunioneslosdíasdetrabajofísico.-Área técnica: Los dos arquitectos también podrían teletrabajar ya que latramitacióndelosexpedientesderehabilitaciónlospodríanrealizardesdecasay,enlorelativoalaatenciónalpúblico,alsertelefónica,lapodríanrealizartambiéndesdecasa.Los puestos que no son susceptibles de teletrabajar son los puestos de losadministrativos,yaquerealizanfuncionesderegistroydesempeñanfuncionesqueconllevan necesariamente la presencialidad como por ejemplo el archivo dedocumentación.De acuerdo con el artículo 7.5 del Decreto 82/2016, el cual establece que laorganizacióndelpersonalpresencialnopodráser inferioral20%del totalde laplantilla,elnúmerodepuestossusceptiblesdeparticiparenesteplanseráde6(yaqueel20%de11sería8peronohay8puestosteletrabajables).

5.2.5-Condicionesdeparticipaciónenelplan.Todoslosempleadospúblicosdelserviciodecoordinaciónqueesténinteresadosen realizar su trabajo en régimen de teletrabajo deben cumplir los siguientesrequisitospersonalesytécnicos:-Personales:-Estarenservicioactivo.-Haber desempeñado el puesto de trabajo que ocupa durante periodos quesumen al menos un año, dentro de los últimos dos años inmediatamenteanterioresalafechadelapresentacióndelasolicitud.-Sertitularuocupantedeunpuestodetrabajosusceptibledeserrealizadoenrégimendeteletrabajo.-Que el lugardonde se vaya a realizar el teletrabajo cumpla con la normativavigente en materia de seguridad y salud laboral que posteriormentedetallaremos.-Acreditar conocimientos suficientes en el manejo de herramientasinformáticas.

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-Superar los cursos de formación específicos organizados por el órganocompetente en materia de formación del personal empleado público de laGeneralitat.

-Técnicos:-Elpersonaldeberácontarconunsistemadeconexióninformáticosuficienteyseguroensudomicilio,paraquepuedandesempeñarenéllastareaspropiasdesu puesto de trabajo como si se prestase de formapresencial en el centro detrabajo.-El personal deberá usar conexiones seguras que puedan garantizar laconfidencialidadde la emisión y recepciónde datos y dar cumplimiento a lasnormasvigentessobreproteccióndedatosdecarácterpersonal.-El equipo informático seráproporcionadopor laAdministración,debiendoelteletrabajador conservarlo durante toda la vigencia del periodo en el mismoestado y con la misma configuración que tenía en la entrega. (Finalizado elperiodo,elteletrabajadortendráquedevolverelequipoalaAdministración).-Para mantener un contacto continuo entre el teletrabajador y el servicio decoordinación,sedeberáfacilitarmutualmenteunteléfonodecontacto.

Encasodequeseproduzcaunmalfuncionamientoenelequipoinformáticooenalguna aplicación que impida el trabajo en el domicilio, el teletrabajador deberáreincorporarse a su puesto de trabajo presencial el día siguiente, reanudando elejerciciodedichamodalidadcuandosesolucionaseelproblematécnico.

El cumplimiento de todos los requisitos anteriormente expuestos deberámantenersedurantetodoelperiododevigenciadedichamodalidad,pudiendoserobjeto de comprobación por la Administración cuando sea necesario, previacomunicaciónalapersonainteresada.Laspersonasinteresadasenparticiparenesteplandeberánrellenarunasolicituddeparticipación(ANEXO I), (ANEXO II)y (ANEXO III)queseráposteriormenteevaluada según los criterios establecidos que enumeraremos posteriormente.Ademásdecomprobarloscriteriospersonalesytécnicos,elcuestionariotambiénharáhincapiéenlavidalaboral,familiarypersonaldelteletrabajadorparahacerunabaremaciónentreloscandidatosyestablecerunordendeprioridad.

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5.2.6-Procedimientodeselecciónycriteriosdeprioridad.-Procedimientodeselección:TraslapublicacióndelprogramadeteletrabajoenelDiariOficialdelaComunitatValenciana, las personas que quieran participar en él deberán presentar susolicituddeparticipación(ANEXOI)ademásde losanexos(ANEXOII)y(ANEXOIII) ante el órgano proponente del programa, en el plazo y los medios que seindiquen.Lassubsecretaríasuórganoscompetentesenmateriadepersonaldelosórganosproponentes, analizarán las solicitudes y las valorarán de conformidad con elbaremo que a continuación detallaremos, previo informe del órgano superior odirectivoconcompetenciassobreelcolectivoafectado.Posteriormente, remitirán propuesta de selección de personal junto con ladocumentación justificativa a la dirección general competente en materia defunción pública, que dará traslado de la misma a la Comisión de Control ySeguimientodelTeletrabajodelaAdministracióndelaGeneralitat.Esta Comisión se constituye como una mesa técnica dependiente de la MesaSectorialdelaFunciónPública,entrecuyosobjetivosseencuentranlaevaluaciónyel seguimiento de las necesidades en materia de teletrabajo, así como, una vezfinalizado el programa de teletrabajo, deberán emitir un informe en el queconstarán las conclusiones y el resultado del mismo, el cual será elevado a ladireccióngeneralcompetenteenmateriadefunciónpública.LaComisióndeControlySeguimientodelTeletrabajoestarácompuestapor:-Presidencia: una subdirección general de la dirección general concompetenciasenfunciónpúblicadelaAdministracióndelaGeneralitat.-Vicepresidencia: una subdirección general de la dirección general concompetenciasenfunciónpúblicadelaAdministracióndelaGeneralitat.-Secretaría:lasubdireccióngeneralconcompetenciasenmateriadeformacióndelaAdministracióndelaGeneralitat.

Ademásdeestosórganos,deberáestarintegradopor:-La subdirección general de la dirección general con competencias entecnologías.-Lasubdireccióngeneralalaquelecorrespondalasfuncionesdeprevenciónyprotecciónderiesgoslaborales.-Lasecretaríageneraladministrativauunidadcorrespondientedelorganismoproponentedelprogramadeteletrabajo.-Una persona en representación de cada una de las organizaciones sindicalespresenteselaMesaSectorialdeFunciónPública.

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Lacomisiónanalizarálapropuestayladevolverá, juntoconsusconclusiones, lascualespuedentenerdiscrepanciasdebidamentejustificadas,aladireccióngeneralcompetente en materia de función pública. La dirección general competente enfunción pública dará traslado de las discrepancias al órgano proponente en unplazode10díasparaquealeguenloqueentiendanpertinente.Porúltimo,ladireccióngeneralcompetenteenmateriadefunciónpúblicadictaráresolución en la que indicará el inicio y el fin del programa de teletrabajo alpersonal participante, así como al resto de personas que no hayan sidoseleccionadas, ordenadas todas según su puntuación de conformidad con elbaremoqueacontinuaciónseexpone.-Criteriosdeprioridad:Para realizar una correcta selección del personal que realizará su trabajo en lamodalidaddeteletrabajoy,deacuerdoconunodelosobjetivosprincipalesdeesteprograma,elcuales lograr laconciliaciónde lavidapersonaly familiar,sevanaenumeranunos criteriosdepuntuaciónque seránordenadosdemayor amenorpuntuación, teniendo prioridad los de mayor puntuación para seleccionar alpersonalconmáscargasfamiliares,porelcualelteletrabajoseríaunamodalidaddetrabajomásventajosa.LaspuntuacionessonobtenidasapartirdelDecreto82/2016del8dejulio,delaGeneralitat Valenciana, el cual hace un análisis de alguna de las circunstanciasfamiliares en las que se pueden encontrar los aspirantes a teletrabajar. Laadjudicacióndepuntoseslasiguiente:

1-Aspectosrelacionadosconlavidafamiliarylaboral(Máximo19puntos).a) Por tener a cargo menores de edad o personas con una diversidad

funcionaloquerequieranunaatenciónespecial(hasta7puntos):

-Hijo/aentre12y18años:1punto-Hijo/amenorde12años:2puntos-Porcadapersonaquerequieraespecialatención:3puntos

b) Porserpersonalempleadopúblicoconunadiscapacidadrelacionadaconlamovilidadoqueafecteaestamovilidad:

-Siladiscapacidadesentre33%y65%:3puntos.-Siladiscapacidadesentre65%y75%:5puntos.-Silacapacidadesentremásde75%puntos.

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Sienlaresoluciónquereconozcaelgradodediscapacidad,constaasuvez el reconocimiento de una movilidad reducida, se otorgarán 2puntosadicionales.

c) Distancia en kilómetros desde el domicilio habitual de la persona

trabajadora hasta aquella donde ejerce sus funciones (hasta 5puntos):

-De0a5km:0puntos.-De5a10km:1punto.-De10a20km:2puntos.-De20a35km:3puntos.-De35a50km:4puntos.-Demásde50kmdedistancia:5puntos.

2- Antigüedadenlaadministración(máximo3puntos):-Hasta10añosdeantigüedad:1punto.-Hasta15añosdeantigüedad:2puntos.-Másde15añosdeantigüedad:3puntos.

3- Otros aspectos: Cuandono se tenga reconocidoun gradodediscapacidadigualosuperioral33%yporrazóndeenfermedadlargaocrónicanoseaposiblerealizarlajornadalaboralcompleta:2puntos.

Lamáximapuntuaciónquesepodráobteneresde22puntos.

Enelcasodeigualdadenlapuntuacióntotal,sedesempatará,sucesivamenteconla puntuaciónmás alta obtenida en los diferentes apartados en el orden en queestánindicados.Sipersiste,sepreferiráa lapersonaconmásantigüedadenestaunidaddetrabajo.Enúltimolugar,seresolveráporsorteopúblico.5.2.7-Régimendeteletrabajoycondicioneslaborales.-Derechosydeberesdelapersonateletrabajadora:-Elpersonalqueprestarásusserviciosen lamodalidadde teletrabajo tendrá losmismosderechosyobligacionesqueelrestodelpersonaldelaAdministración.-La participación en este plan tendrá carácter voluntario, pudiendo renunciar alplan previa comunicación con 15 días de antelación a la fecha de finalizacióndeseada.-Losteletrabajadorestendránatodoslosefectoselmismorégimenjurídicoquelosdemástrabajadorespresenciales.-Laadhesiónaesteplan,nosupondránimermaniincrementoretributivoalguno.

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-Lacondicióndepersonateletrabajadoraloseráúnicamenteeltiempodeduracióndedichaprestaciónnopresencialysiemprequeocupeelmismopuesto,quedandosinefectotalcondiciónsicambiadepuestodetrabajo.-LaAdministraciónpodrárevocarlaautorizacióndeprestacióndeserviciosenlamodalidadde teletrabajo cuando se den alguna de las causas de revocación quemencionaremosposteriormente.-Lacondicióndeteletrabajadorseleatribuyealapersonaconcarácterindividual,por lo que si cesa en el puesto, quien lo ocupe con posterioridad no tendrá talconsideración.-Enelsupuestodequeunteletrabajadorcesedesucondicióndurantelavigenciadel plan, podrá incorporarse al programa por el tiempo restante del mismo, lasiguientepersonaconmayorpuntuacióndeconformidadconelbaremoprevistoenelprogramadeteletrabajo.-Laspersonasteletrabajadorasdeberánrecibirlaformaciónqueresultenecesariaparaeladecuadodesempeñodesupuestodetrabajo.-Los teletrabajadoresdeberán cumplir lanormativaenmateriadeproteccióndedatosdecarácterpersonalydeconfidencialidaddedichosdatos.-Duracióndelprograma:Laduracióndeesteplandeteletrabajoseráde4mesesparaquepodamosextraerlas suficientes conclusiones para evaluar la futura continuidad del plan. No sedescartaampliarelmargendeduraciónencasodeque resultepositivopara losteletrabajadores.Lafechadeimplantacióndelprogramaserádeeneroaabrildel2018,margendetiempo suficiente para poder realizar todos los trámites previos al inicio delprograma, loscuales incluyenlaaperturadelplazopararecibir lassolicitudes, laselección provisional de los candidatos, la apertura del plazo para subsanarerrores, la adjudicación definitiva de los puestos, los consiguientes cursos deformaciónpreviosalcomienzodelplan,etc.Noobstanteloanterior,laduraciónmáximadeunprogramadeacuerdoalDecreto82/2016, será de un año prorrogable por periodos iguales. Si llegado elvencimientodeunprograma,nosemanifiestalocontrario,sedeberáentenderporprorrogado por el mismo periodo, previo informe de la Comisión de Control ySeguimiento.A continuación, a modo de orientación, vamos a realizar un esquema sobre losplazos de consecución del plan previstos. Estos plazos son orientativos, ya quepueden existir modificaciones a lo largo del plan. Los plazos son tan ampliosdebido a que al ser la primera vez que se implanta el teletrabajo en dichoorganismo,tienequehacerseunanálisismeticulosodecadapasoparanocometererrores.Unavezdeterminadotodoslosprotocolosaseguirensucesivosplanes,sepodránajustarmáslostiempos.

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1/09/2017-15/09/2017

27/09/2017

11/10/2017-23/10/2017

1/11/2017

13/11/2017

04/12/2017

8/01/2018

Plazo para presentación desolicitudes. Puede ser víapresencialovíatelemática.

Lista provisional deadmitidos.

Plazo para subsanación deerrores y para aportar ladocumentaciónacreditativa.

Listadefinitivadeadmitidos.

Fin del plazo para lasinspecciones en el hogar delos teletrabajadores. (Fechaelegidaporelcandidatosegúnsudisponibilidad).

Curso de formaciónacerca de los riesgoslaboralesenelhogar.

Curso de formación sobreconocimientos generalesde informática y uso deaplicaciones.

Entregade terminales porpartede laadministraciónyiniciodelprograma.

20/11/2017

27/11/2017

Curso de formación sobreaspectos esenciales delteletrabajo.

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Tabla17.Planificacióntemporaldelplandeteletrabajo.Fuente:Elaboraciónpropia.

-Distribucióndelajornadasemanal:DeacuerdoconelDecreto82/2016,lajornadalaboralsedistribuirádeformaquetresdíasalasemanaseanprestadosdesdeeldomicilioyelrestodeacuerdoconlajornada y horario habituales. Los días de trabajo prestados desde el domicilioseránlosmartes,miércolesyviernes.DeacuerdoconelcitadoDecreto,elcualpermiteestablecerperiodosmínimosdeconexión para la realización del trabajo e incluso que esos periodos hagancoincidirconunasfranjashorariasdeterminadasporlasnecesidadesdelservicio,hemos creído conveniente aplicar esta cláusula a nuestro plan ya que seríaconveniente que tanto los teletrabajadores como los trabajadores tuvieran unainterconexión directa las horas de mayor actividad laboral. Es por eso, que elperiodo mínimo de interconexión será de 10:00-12:00h , horario el cual sepresuponequeamediamañanayahayunritmoconsiderabledetrabajo.Con esta medida, también podemos favorecer a los teletrabajadores que porcuidadodeniñosmenorestenganquellevarlosalcolegio,etc,porloquede10:00-12:00 sería una franja horaria adecuada para que no perjudicase a ningúnteletrabajador.En cuanto a la distribución de la jornada laboral en el domicilio, podrá serdesempeñada según el criterio del teletrabajador y de acuerdo con susnecesidades, siempre respetando los periodos fijos de conexión arriba

1/5/2018 FINdelplandeteletrabajo.

15/5/2018

Periodomáximo de fin derealización de encuestas.Debende realizarlas tantolos teletrabajadores comolossupervisores.

Periodo máximo deemisión de informe deevaluación acerca delproyectodeteletrabajo.

4/6/2018

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mencionados.Lajornadadiarialaboralnosepodráfraccionarenningúncaso,enlasdosmodalidadesprevistas,presencialoonline.Los días de trabajo presencial será los lunes y los jueves, ya que el decretoestablecelaobligatoriedaddeprestarlamodalidadpresencialalmenosdosdíasalasemana.Tambiénestamedidaesesencialparaquealmenosundíaalasemanacoincida toda laplantilla en la sedede laorganizacióny asímantenerel vínculoentre los compañeros de trabajo para evitar, en lamedida de lo posible, que elteletrabajadorsientaundesarraigoconlaorganizacióndebidoaladistanciafísicaqueleseparadelasededelaorganización.Además de los días de trabajo presencial fijos, por necesidades del serviciodebidamente justificadas, se podrá requerir a los teletrabajadores con unaantelación mínima de 24 horas, la presencia en el centro de trabajo de formapresencial.Encuantoalsistemadecontrolprevisto,serealizaráatendiendoalcumplimientodeobjetivosoalaconsecuciónderesultadosfijadosporlossuperiores.En cuanto al número de trabajadores en régimen de teletrabajo, el Decretoestablecequelaorganizacióndelpersonaldeberáefectuarsedeformaquesiemprehayaunporcentajequenopodráserinferioral20%deprestacióndeserviciosdemodopresencial.En el momento de la finalización del programa de teletrabajo, la personatrabajadora volverá a prestar sus serviciosde acuerdo con la jornadapresencialqueteníaasignadapreviamentealplanyenlostérminosyrégimenjurídicamenteaplicableenelmomentodesuincorporaciónalamodalidadpresencial.-Remuneración:A efectos de remuneración, el personal seleccionado para teletrabajar tendrá atodos losefectoselmismorégimenjurídico,derechosyobligacionesqueelrestodelpersonaldelaAdministración,nopudiendocomportarsuparticipaciónenesteplanmermaniincrementoretributivoalguno.-Seguridadlaboraleneltrabajo:Laseguridadlaboralenellugardetrabajoesunasuntofundamentalparaasegurarla protección de los teletrabajadores. Existen normas reglamentarias quedesarrollan laLey31/1995deprevenciónderiesgos laboralesy, aunquenosondirectamente aplicables al teletrabajo, sí resultan de aplicación para estamodalidaddeprestacióndeservicios.EnmateriadeprevenciónderiesgoslaboralesvamosautilizarelRD488/1997,de14deabril,sobredisposicionesmínimasdeseguridadysaludrelativasaltrabajoconequiposqueincluyenpantallasdevisualización,yaqueesclaramenteaplicablealteletrabajo.

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Este Real Decreto aborda cuestiones relativas a la evaluación de riesgos físicos,cargamental o cuestiones ergonómicas, además de incluirmedidas preventivas,vigilancia de la salud, información y formación, consulta y participación de lostrabajadores, etc. A continuación adjuntamos este RD como ANEXO IV para quepuedaserconsultado.Para verificar que el teletrabajador cumple con los requisitos mínimos deseguridadfijadosenelANEXOIV,sedeberárealizarunainspeccióndellugardetrabajoenelperiodoestablecidoparaello(del1/11/2017-13/11/2017segúnlaplanificacióntemporaldelplan),siempreconlaautorizacióndelteletrabajador.La inspección la realizará un miembro del órgano competente en materia deprevención de riesgos laborales, el cual deberá comprobar la informacióncumplimentadacon loscuestionariosyasegurarsedeque lascondicionesenquesevanadesempeñarlasfuncionesdelpuestodetrabajonosuponenriesgoparalasaluddelapersonatrabajadora.Elinspectorrealizaráuninformepositivo/negativodecadateletrabajador,siendoésterelevantepara laadjudicaciónde laplaza,por loquesialgúnteletrabajadorno cumpliera los requisitos mínimos exigidos en materia de teletrabajo, podríaperder el puesto y pasaría a su adjudicación el siguiente de la lista según lapuntuaciónobtenida.A los efectos de contingencias profesionales será de aplicación la normativavigenteenmateriadeaccidentesdetrabajoyenfermedadesprofesionales.-Formación:Esprecisoqueelpersonalseleccionadoparaparticiparenelplanrecibaformaciónespecíficaparapoderprestarsutrabajoenlamodalidaddeteletrabajo.Loscursosde formación se realizarán conjuntamente para los teletrabajadores y para losresponsablesdelservicio,comosehizoenelPaísVascoconelproyectoTelelana.Con esta medida se fomenta la integración entre los mandos y losteletrabajadores,locualesesencialparaunbuenfuncionamientodelamodalidaddetrabajonopresencial.Loscursosquesevanarealizarson:-Curso de formación sobre aspectos esenciales para el adecuado desarrollo delprogramaylaprestacióndeltrabajoenestamodalidadyaquelostrabajadoresnoestánacostumbradosaestamodalidad.Lostemasatratarseránlosrelativosalaseguridad informática,seguridadehigieneenel trabajo,proteccióndedatosyelsistema de evaluación del desempeño que se va a aplicar. Este curso seráimpartidosegúnlaplanificacióntemporaleldía20/11/2017.-Curso de formación acerca de la prevención de riesgos laborales. El curso seráimpartidoel27/11/2017según laplanificación temporaly tratará lossiguientestemas:

-Seguridadeneltrabajo.-Posturasaludable.

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-Consejossaludablesdeergonomíaenelpuestodetrabajo.-Riesgospsicosociales.-Elestrésysuinfluenciaenlasalud.-Sesiónprácticadetécnicasdemanejodeestrés.

Ademásdel cursode formaciónalquedeberánasistir, se les facilitaráun folletocon recomendaciones acerca de la forma correcta de trabajar con pantallas devisualización de datos, postura corporal, medidas de seguridad, prevención deincendios,primerosauxilios,etc.Lasrecomendacionesestánsacadasapartirdel“ManualparalaimplantacióndeprogramaspilotodeteletrabajoenlaAGE”(2006)ysepuedeconsultarenelANEXOV.-Curso de formación sobre aspectos informáticos. Este curso será impartido el4/12/2017 y contendrá todos los conocimientos informáticos necesarios parateletrabajar entre los que destacan el conocimiento de redes, uso de nuevasaplicaciones de interconexión entre la Administración y los teletrabajadores,solucionesbásicasacercade incidencias levesen losordenadoresuaplicaciones,etc.Ademásdeloscursosarribamencionados,losteletrabajadoresdeberánparticiparen los cursos de formación a los que sean convocados cuando se detecte lanecesidaddecomplementarlosconocimientosqueadquirióconcarácterprevioala situación del teletrabajo, ya que una vez finalice el plan, los teletrabajadoresvolveránasupuestodetrabajohabitual.-Revocaciónporpartedelaadministración:Laautorizacióndeparticipaciónenelplanen lamodalidadde teletrabajopodráquedarsinefectoporalgunadelassiguientescausas:

a) Por necesidades del servicio debidamente acreditadas y justificadas, quedeberán ser comunicadas, salvo por fuerza mayor, con dos meses deantelación.

b) Por incumplimiento acreditado de los objetivos o de los deberes y

obligacionesestablecidos.c) Porvariacióndelascircunstanciasalegadasporlapersonaenelmomento

desuparticipaciónenelprograma.

d) PormutuoacuerdoentrelapersonateletrabajadoraylaAdministración.

e) PorlaalteracióndelequipoinformáticofacilitadoporlaAdministración,yasea modificando su configuración, instalando aplicaciones en él que noestánautorizadasoalterandoloselementosperiféricossinautorizacióndelaAdministración.

f) Porelusodelequipoinformáticofacilitadoentareasajenasaltrabajo.

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g) Por inobservancia de las normas y recomendaciones en materia de

seguridadinformáticaydeproteccióndedatosdecarácterpersonal.Enelprocedimientoiniciado,sedaráaudienciaalapersonainteresada.Elórganoencargado de la resolución será la dirección general competente en materia defunción pública a solicitud del órgano competente en materia de personal delorganismoquepropusoelprograma,previoinformedelaComisión.

5.2.8-Órganoysistemadeevaluacióndelosresultadosdelprograma.Concluido el plan de teletrabajo, se deberá evaluar para hacer una valoracióngeneral del plan y establecer posibles mejoras para la realización de futurosplanes.Para la evaluación del plan vamos a analizar tanto aspectos subjetivos comoobjetivos. Los aspectos subjetivos serán evaluados a través de encuestas desatisfacción en relación al plan, y deberán realizarlas tanto los teletrabajadores(ANEXO VI) como los supervisores (ANEXO VII), para lograr una mayorinformación. También evaluaremos aspectos objetivos los cuales se medirán atravésde los instrumentosquedisponemosparaevaluar la cantidady la calidaddeltrabajo,laproductividadmedia,elaprovechamientodeltiempo,etc.Estosmecanismossemediránapartirde los sistemas informáticos implantadosen los ordenadores de los teletrabajadores así como en diferentes informes deresultados.Además de lo arribamencionado, la Comisión de Control y Seguimiento deberáemitiruninformeeneldeberánconstarlasconclusionesdelplanylosresultadosdelmismo, el cual seráelevadoa ladireccióngeneral competenteenmateriadefunciónpúblicaparasuestudio.Losinstrumentosutilizadosparalaevaluaciónserán:

-Cuestionariosrellenadosporlosteletrabajadores(ANEXOVI)-Cuestionariosrellenadosporlossupervisoresdelosteletrabajadores(ANEXOVII).-Fichas de seguimiento de la actividad que deberán cumplimentar lossupervisoresalolargodelplan.-El histórico de incidencias relacionadas con los equipos, conectividad y lascomunicaciones.-Elhistóricodeincidenciasrelacionadasconcuestionesorganizativas.-ElinformerealizadoporlaComisióndeControlySeguimiento.

Con toda la información ofrecida por estos instrumentos se evaluarán lassiguientesdimensiones:

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-Laproductividad:Sedeberáanalizar tanto laproductividadde laspersonas teletrabajadorasen supuesto de trabajo como también la productividad de toda la unidad a la cualpertenecen los teletrabajadores, para hacer una valoración general de laproductividadycompararlaconlasituaciónanterioralplan.Laproductividadde los teletrabajadores semedirá a travésde los cuestionariosfinalesrellenadosporlosteletrabajadoresyporsusresponsables,ademásdeporlosinformesdeconsecucióndeobjetivos.-Lascondicionesdetrabajo:El análisisde las condicionesde trabajode lapersona teletrabajadora implica elestudiode:-Usodeltiempoycumplimientodelhorariolaboral.-Necesidaddeadaptacióndelespacioylasinstalacionesdetrabajo.-Cambiosproductivosenlosprocesosdegestiónysupervisióndeltrabajo.-Efectos de la formación recibida y el desarrollo profesional de la personateletrabajadora.-Percepcióndelniveldeestrésdelapersonateletrabajadora.-Gradodeautonomíaodependenciadelapersonateletrabajadora.-Lacapacidaddeorganizacióndeltiempo.Las condiciones de trabajo de los teletrabajadores se medirán a través de loscuestionariosentregadosalosteletrabajadoresyasussupervisores.-Lacalidaddelserviciopúblico:La calidaddel servicio esun factormuy importante yaque losusuarios, en estecasolosciudadanos,sonlosprincipalesbeneficiadosoperjudicados,porloqueesuno de los factores decisivos para asegurar la continuidad de los planes deteletrabajoo siporel contrario, el serviciopierdecalidady seríaaconsejablenovolverautilizarestamodalidad.Paramedirlacalidaddelservicioseutilizaránloscuestionariosrellenadosporlossupervisoresencomparaciónconlosestándaresdecalidadpredefinidosantesdelcomienzo del plan, para poder hacer una evaluación de si ha aumentado, se hamantenido,osihabajado.-Lasrelacionesdetrabajo:Las relaciones de trabajo implican el estudio del entorno laboral de la personateletrabajadora.Paraobtenerinformaciónacercadeestefactor,seestudiaránlossiguientesparámetros:

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-Percepciónsobreelejerciciodelafuncióndirectivadesdeelpuntodelapersonateletrabajadora.-Fluidezenlacomunicaciónconlaunidadyconlossupervisores.-Percepciónglobaldelaintegracióndelequipodetrabajo.-Percepciónacercadelincremento/disminucióndelascargasdetrabajoporpartedelpersonalpresencial.Paramedirlasrelacionesdetrabajoseutilizaránamboscuestionariosparahacerunanálisisglobaltantodelapercepciónquetienenlosteletrabajadoressobreestefactor,tantolaopinióndesussupervisores.-Conciliacióndelavidalaboralypersonal:Estefactortambiénesmuyimportanteyaqueesunodelosqueledasentidoalarealizacióndeesteplan.Parahacerunanálisisdelacapacidaddeconciliarlavidapersonalylaboraldelosteletrabajadoressetienequeevaluarladeterminacióndetiempo y actividades personales de cada teletrabajador, ya que es un factor quevariaráenfuncióndelteletrabajadorydesuscargasfamiliares.Setienenqueevaluarlasactividadespersonalesdecadatrabajadorycompararlascon lacapacidadque teníanestosparacompaginar talescargas familiaresconelcumplimientodeunhorarioycómoestoafectaalosresultadosdeltrabajoyalasrelacioneslaborales.Entrelosaspectosquesepuedenanalizaratravésdeloscuestionariosrealizadosalosteletrabajadoreseseltiempoquehantenido,ademásdellaboral,pararealizarlassiguientesfunciones:-Gestionespersonales.-Cuidadodepersonasdependientesoniños.-Tareasdelhogar.-Descanso.-Ocio.-Formaciónnorelacionadaconeltrabajo.-Formaciónrelacionadaconeltrabajo.-Actividadeslaboralescompatibles.

5.2.9-Costedelplandeteletrabajo.Las inversiones necesarias para poner enmarcha este plan de teletrabajo y losbeneficiosobtenidosatravésdelaimplantacióndeestanuevamodalidad,sondoselementosfundamentalesenlatomadedecisiónsobresuimplantación.Enprimerlugar,paraestablecerloscostesdelprograma,setienequeanalizarcuales el objetivo que se quiere conseguir y cual es el alcance del plan. A mayoralcance, mayor será la necesidad de inversión, pero tambiénmayores serán losbeneficiosqueproporcione.

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Otrofactoraanalizarseráelniveldepreparaciónquetieneelserviciotantoanivelmaterial como humano, ya que el personal también necesitará una formaciónespecífica.Obviamente,unmayorniveldepreparacióndelservicio,disminuirálanecesidad de inversión en este plan y facilitará la obtención de los beneficiosesperados. Para valorar el nivel de preparación de los trabajadores, se deberánanalizar los formularios entregados a los teletrabajadores para hacer unavaloración de las necesidades formativas y tecnológicas que tienen y poderestablecerqueniveldeinversiónformativaesnecesario.Las inversiones necesarias para la implantación de este plan vienen delimitadasporloscostesinicialesyporelesfuerzo,quediferentesinstancias,debenrealizarpara su implantación. Entre ellos están, la preparación del material tecnológicoparaproporcionaralosteletrabajadoresylaformacióndeéstos.En términos económicos, no supone una gran inversión inicial ya que laadministración sólo tendría que hacerse cargo de comprar los equiposinformáticos (en casodequeno sedispusieradeningunocon las característicasmínimas requeridas) y de asegurarsedelmantenimientode éstos.Ademásde lacompra de equipos, también se deberán desarrollar diferentes programas quepermitanunacomunicacióndirectaentrelaadministraciónylosteletrabajadores.Estos costes son iniciales, ya que pueden utilizarse en posteriores planes deteletrabajo.Tambiéndebeasumirloscostesdeformacióndelosdiferentescursosquesevanaimplantardurantelaejecucióndelplanparaformaralosteletrabajadores,costesque luego se verán repercutidos de una forma positiva porque gracias a laformacióndelosteletrabajadores,sepodránobtenergrandesresultados.Los costes asumidos por los teletrabajadores los podemos dividir en costesvariables y fijos. Por costes variables nos referimos a los costes derivados delconsumo eléctrico (iluminación, funcionamiento equipo informático, etc), loscostes de material de oficina, teléfono, etc. Por costes fijos nos referimos a laamortizacióndelequipoinformático.Estos costes asumidos por los teletrabajadores pueden compensarse con lasventajas que ofrece el teletrabajo como por ejemplo el ahorro en losdesplazamientos, ahorro de tiempo, satisfacción laboral, conciliación de la vidapersonalyfamiliar,etc.Porotraparte, con la implantacióndeesteplande teletrabajo, laadministracióntambiénobtendráventajasmayoresaloscostesdeinversióndebidoaque:-Ganará en eficiencia, debido a la motivación de los teletrabajadores con estenuevométodo.-Podrámejorarenlaconcesióndediferentespermisoscomolosestablecidosenelartículo48y49delRDL5/2015,de30deoctubre,porelqueseapruebaeltextorefundidodelaLeydelEstatutoBásicodelEmpleadoPúblico,porejemploen:

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-El de medidas de protección a víctimas de violencia de género, ya queanteriormente,seteníaderechoaunareduccióndelajornadadetrabajoconlacorrespondientereducciónretributiva.Conla implantacióndelteletrabajo,noharíafaltaunareduccióndelajornada,yaquelavíctimapodríacumplirsujornadalaboralencasaynodisminuiríasuretribución.-El de protección y asistencia social integral para funcionarios que hayansufridodañosfísicosopsíquicoscomoconsecuenciadelaactividadterrorista,podrán teletrabajar desde casa sin tener que reducir su jornada ni versedisminuidasuretribución.-El de guarda legal, cuando el funcionario tenga el cuidado directo de algúnmenordedoceaños,depersonamayorquerequieraespecialdedicación,odeunapersonacondiscapacidadquenodesempeñeactividadretributiva,podrátrabajar en régimende teletrabajo sin tener que reducir ni su jornada ni suretribución.

-Tambiénaumentarálaproductividaddelservicio,yaquelosteletrabajadoresquepudieransufriralgunaenfermedadcomúnleve,podrántrabajardesdecasa,comopor ejemplo algún trabajador que se rompiera alguna pierna o sufriera algúnaccidente que le impidiera ir a trabajar a la sede de la organización, podríadesempeñar su trabajodesdecasa, sinque laproductividaddel servicio sevieraperjudicada.

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6-Conclusiones.Este capítulo constituye una síntesis de las ideas más relevantes que se hanexpuestoenesteTrabajoFindeGrado.Enprimerlugar,esevidentequeelusoadecuadodelasnuevastecnologíaspuedeayudar a modernizar las administraciones públicas, ayudándolas a ser másefectivasconmuchosmenosrecursos.Sinembargo,aunqueestavisiónesaceptadaporlamayoría,existenbarrerasqueimpidenqueselleveadelanteesteproyecto,debido al desconocimiento que existe por parte de la dirección y de muchosusuarios, acerca de las capacidades y los recursos que dispone la propiaAdministración.El teletrabajo, se ha demostrado que es una medida efectiva para lograr laconciliación laboral y familiar, no sólo en el ámbito privado, sino que existendiferentes experiencias de teletrabajo mencionadas anteriormente como el“ProyectoTelelana”delGobiernoVasco,quedemuestranque la implantacióndelteletrabajo en las administraciones públicas sería una medida efectiva y conimportantesbeneficiostantoparalostrabajadorescomoparalaAdministración.Gracias al análisis DAFO realizado en el servicio de coordinación y a mi propiaexperiencia durante mis prácticas formativas en dicho departamento, hemospodidocomprobar,queeldepartamento tiene las capacidades, los recursosyunentornofavorableparaimplantardeformaexitosalamodalidaddeteletrabajo,yaque poco a poco se han ido implantando diferentes aplicaciones que permitenrealizar la mayoría de los trámites vía telemática en cumplimiento de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministracionesPúblicas.Elprincipalobjetivoenlarealizacióndeesteplandeteletrabajoesquefueraunahojaderutarealyajustadaalasverdaderascondicionesdelservicio,paraque,enun futuro, sirviera de manual para una implantación real. De acuerdo con lascondicionesdel servicio,elplande teletrabajoexpuestoenesteTFGnorequiereespecialesinversionesyaque,sepuedelogrargrandesresultados,optimizandoalmáximolosrecursosdelosqueyadisponeelserviciocomoporejemplo,utilizarlabandejadepartamental.Además de la inversión (mínima) que se tiene que realizar para implantar esteplandeteletrabajo,losmayoresesfuerzosvendríandeintegrarestamodalidadenel día a día del departamento, de forma que se crease un clima favorable entretrabajadoresy teletrabajadoresparacubrirde formaefectiva lasnecesidadesdelserviciosinqueéstesevieraresentido.Por último, también hay que destacar que la realización de este Trabajo Fin deGradoespositivaparalaaplicacióndelteletrabajoenlaAdministración,yaquedavisibilidadaunproblemaquellevamuchotiempoahí,quepordesconocimientonosedesarrollaapesardetenercadavezmáslegislaciónymásavancestecnológicosqueloposibiliten.

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BIBLIOGRAFIA

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España. Decreto 127/2012, de 6 de julio, por el que se regula la prestación delservicio en lamodalidadno presencial,mediante la fórmula de teletrabajo en laComunidadAutónomadeExtremadura.(DOEnúm.135de13-7-2012).España. Decreto 36/2013, de 28 de junio, por el que se regula lamodalidad deprestacióndeserviciosmedianteteletrabajoenlaAdministracióndelaComunidadAutónomadelasIllesBalears.(BOIBnúm.091de29-6-2013).España. Decreto 57/2013, de 12 de agosto de 2013, por el que se regula laprestacióndeserviciosdelosempleadospúblicosenrégimendeteletrabajoenlaAdministracióndeJuntadeComunidadesdeCastilla-LaMancha.(DOCMnúm.158de16-8-2013).España.Decreto45/2013,de5dediciembre,porelqueseregulalaprestacióndelservicioenlamodalidadnopresencialmediantelafórmuladelteletrabajoparaelpersonal funcionario y laboral al servicio de la Administración General de laComunidadAutónomadeLaRiojaysusOrganismosAutónomos.(BOLRnúm.154de13-12-2013).España.Decreto159/2015,de18deseptiembre,delConsell,porelqueseapruebaelReglamentoorgánicoyfuncionaldelaConselleriadeVivienda,ObrasPúblicasyVertebracióndelTerritorio.(DOGVnúm.7620de22-9-2015).España. Decreto 82/2016, de 8 de julio, del Consell, por el que se regula laprestacióndeserviciosenrégimende teletrabajodelpersonalempleadopúblicodelaAdministracióndelaGeneralitat.(DOCVnúm.7828de14-07-2016).España. Orden APU/1981/2006, de 21 de junio, por la que se promueve laimplantación de programas piloto de teletrabajo en los departamentosministeriales.(BOEnúm.149de23-6-2006).España. Sentencia del TSJ de Cataluña (Sala de lo civil y penal, Sección 1º).Sentencianúm.25/2003de23dejuniode2003.España. Sentencia del TSJ de Cataluña (Sala de lo social). Sentencia núm.9178/2004de21deDiciembrede2004.España.SentenciadeTS,(Saladelosocial,Sección4º).Sentencianúmderecurso.143/2004de11deabrilde2005.UniónEuropea.AcuerdoMarcosobreTeletrabajo,de16dejuliode2002.

TRABAJOSACADÉMICOSMartínez Cuevas, P. (2013) TFC: Propuesta de implantación del sistema deteletrabajo en el ámbito de la administración local: El ayuntamiento de Paterna.UniversidadPolitécnicadeValencia(Valencia).

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ARTÍCULOSYREVISTASBELZUNEGUI ERASO,A. (2008) “Teletrabajo en España, acuerdo marco yadministración pública”. Revista internacional de organizaciones: ejemplardedicadoarelacioneslaboralesygestióndelosrecursoshumanosenlasAAPP,nº1,pp129-148.CERVILLA GARZÓN, MJ. (2015) “Teletrabajo y delimitación de contingenciasprofesionales”. Revista internacional y comparada de relaciones laborales yderechodelempleo.ISSN2282-2312Volúmen3,nº4,pp119-147.DELACÁMARA,C.(2000)“Elteletrabajo:unindicadordecambioenelmercadodetrabajo”.CuadernoderelacioneslaboralesUCM.ISSN1131-8635,pp1-17.EL CONSULTORDE LOSAYUNTAMIENTOS. (2013) “Aplicación del teletrabajo alpersonal laboral y funcionarial”. Revista técnica especializada en administraciónlocal.ISSN0210-2161,pp1930-1931.FANTINI,A.(2013)“Teletrabajo,unabeneficiosarealidad”.Revistainternacionalycomparada de relaciones laborales y derecho del empleo. ISSN 2282-2313Volúmen1,nº1,pp1-11.INSTITUTONACIONALDESEGURIDADEHIGIENEENELTRABAJO.(1999)“NTP412.Teletrabajo:criteriosparasuimplantación”.MinisteriodeTrabajoyAsuntosSociales.JURADOSEGOVIA,A.THIBAULTARANDA, J. (2013) “Algunas consideracionesentorno al Acuerdo Europeo sobre teletrabajo”. Revista andaluza de trabajo ybienestarsocial.ISSN0213-0750nº72,pp35-67.MAÑASRODRIGUEZ,M.A.MUÑOZALBA,E.PECINOMEDINA,V. (2012) “Realidadorganizacional y teletrabajo”. Revista internacional de trabajo social y cienciassociales.ISSN2173-0512,nº4,pp105-117.MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (2006) “ Manual para laimplantacióndeprogramaspilotodeteletrabajoenlaAdministraciónGeneraldelEstado”.Madrid:MAP.MINISTERIODEADMINISTRACIONESPÚBLICAS(2006)“LibroelectrónicosobreelPlanConcilia:horariosyteletrabajo”.Madrid:MAP.NAVARRO APARICIO, J. (2012) “El teletrabajo tras la reforma laboral”. Revistasobregestiónprácticaderiesgos laborales.EditorialWoltersKluwer. ISSN1698-6881,nº97,pp1698-6881.OREROGIMÉNEZ,A.CAAMAÑOERASO,J.ARRAIBIDAÑOBEITIA,JR.(2000)

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“Impacto organizativo derivado de la implantación del teletrabajo en unaorganización”.Revistadeingenieríadeorganización.Editorial:DyO,pp5-11.RODRIGUEZLÓPEZ,A.(2011)“ProyectoTelelana:planpilotodeteletrabajoenelGobiernoVasco”.Revistavascadegestióndepersonasyorganizacionespúblicas.ISSN2173-6405,núm2,pp80-97.SACOBARRIOS,RG.(2007)“Elteletrabajo”,Revistadelafacultaddederecho.ISSN0251-3420,pp325-350.SELMAPENALVA,A.(2010)“Propuestasyreconsideracionessobreelteletrabajo”.Analesdederecho.ISSN1989-5992Volúmen28,pp20-45.

DOCUMENTOSENLÍNEABLOGPERSONALFELIXSERRANODELGADO(16-5-2011) “Lasposibilidadesdelteletrabajo en las AAPP”. https://efuncionario.com/2011/05/16/las-posibilidades-del-teletrabajo-en-las-aapp/(Consultadiciembre2016).BLOG PERSONAL JOSE DEL VAL ( 16-11-2015) “ Teletrabajo, ¿por qué no?.https://administracionespublicas.wordpress.com/2015/11/16/teletrabajo-por-que-no/(Consultadiciembre2016).BLOG PERSONAL JOSE DEL VAL (20-7-2016) “Administraciones Públicas y supersonal”. <https://administracionespublicas.wordpress.com/2016/07/20/teletrabajo-por-que-no-2/>(Consultadiciembre2016).CCOO “ Se ha firmado el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo”.http://www2.industria.ccoo.es/comunes/recursos/54516/doc52811_Acuerdo_Marco_Europeo_sobre_Teletrabajo..pdf(Consultafebrero2017).El libroblancodel teletrabajoenEspaña (2012) “Del trabajoadomicilioa lose-workers. Un recorrido por la flexibilidad espacial, la movilidad y el trabajo enremoto”. http://www.teledislab.es/descargas/libroblancoteletrabajoespana.pdf(Consulta:Marzo2017).EUROFOUND (2010). “Telework in the European Union”.https://www.eurofound.europa.eu/es/observatories/eurwork/comparative-information/telework-in-the-european-union(Consultadafebrero2016).

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ANEXOS

ANEXOI:FORMULARIODESOLICITUDPARAPARTICIPARENELPROGRAMAPILOTODETELETRABAJO.

Fuente:Elaboraciónpropia.DATOSDELEMPLEADOPÚBLICONombre: DNI:1ºApellido: 2ºApellido:NRP: FechaNacimiento:Dirección:Población:DATOSDELPUESTODETRABAJODenominacióndelpuestodetrabajo:Nºdelpuestodetrabajo:Clasificación:Carácterdelpuestodetrabajo:FUNCIONARIO/LABORALComplementodedestino(Nivel):Tipodejornada:PARTIDA/CONTINUADA/ESPECIALDEDICACIÓNNombredelsupervisor:Cargodelsupervisor:MEDIOSTÉCNICOS¿Tieneordenadorpropioconaplicacionesofimáticas?SI/NO¿Tieneconexiónpropiaainternet?SI/NO¿Tipodeconexión?ADSL/MÓDEMNecesidaddeaplicacionesinformáticaspropiasdeldepartamento:SI/NOIndicasiconocelanormativaenvigorsobrelasmedidasdeseguridadinformáticaquehayqueasumir:SI/NOEl teletrabajador puede solicitar una evaluación de los riesgos laborales delpuesto en su domicilio desde donde va a realizar el teletrabajo. Tiene caráctervoluntario:SI/NOCONOCIMIENTOSSOBREMATERIASPROPIASDELTRABAJOAntigüedadenelpuestodetrabajo:Conocimientodeltrabajo:ALTO/MEDIO/BAJOGradodeautonomíaensudesempeño:ALTO/MEDIO/BAJOCapacidadparasolucionarproblemasdeformaautónoma:ALTO/MEDIO/BAJO

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CONOCIMIENTOSSOBRETECNOLOGÍASDELAINFORMACIÓNAplicacionescorporativas:ALTO/MEDIO/BAJOIndicaelnombredelasaplicacionesnecesariasparaeldesempeñodelpuesto:Conocimientosdeofimática:ALTO/MEDIO/BAJOFORMACIÓN¿Cursaalgúntipodeestudiosfueradelhorariolaboral?SI/NO¿Cursaestudiosvinculadosconelpuestodetrabajo?SI/NO¿Cuáles?MOVILIDADYDESPLAZAMIENTO¿Quédistanciahaydesdesudomiciliohastaelcentrodetrabajo?¿Cuántotiempotardaenllegardesdesudomicilioalcentrodetrabajo?OTROSASPECTOSEspecificasitienecargaspersonalesyfamiliares:SI/NOIndicasitienenalgúntipodediversidadfuncionalreconocidaqueinterfieraensuvidadiariaenrelaciónconeldesempeñodesupuestodetrabajo:SI/NOIndica si tienealgún reconocimientodemovilidad reducidaque interfieraen suvidadiariaenrelaciónconeldesempeñodesupuestodetrabajo:SI/NOIndica sipor razónde largao crónicaenfermedadnopueda realizar su jornadalaboral completa, previa certificación por la Unidad de Valoración deIncapacidades:SI/NO(Todas las respuestasdebenestar fundamentadasaportandosucorrespondientedocumentaciónacreditativa).

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ANEXOII:FORMULARIOACERCADELAVIDAPERSONALYFAMILIARDELTELETRABAJADOR.

Fuente:Elaboraciónpropia.ASPECTOSRELACIONADOSCONLAVIDAPERSONALYFAMILIAR¿Tiene a cargo menores de edad o personas con diversidad funcional o querequieranunaespecialatención?.SI/NO

-Hijo/aentre12-18años:-Hijo/amenorde12años:-Nºdepersonasquerequieranespecialatención:

¿Tiene alguna discapacidad relacionada con la movilidad o que afecta a esta?SI/NO

-Discapacidadentre33%-65%:-Discapacidadentre65%-75%:-Discapacidadigualomásde65%:

¿Tienereconocimientodemovilidadreducida?SI/NODistanciaenkmdesdeeldomiciliohabitualhastadondeejercesusfunciones:

-De0-5km:-De5-10km:-De10-20km:-De20-35km:-De35-50km:-Másde50km:

ANTIGÜEDADENLAADMINISTRACIÓN¿Cuántaantigüedadtieneenlaadministración?:

-De1-10años:-De10-15años:-Másde15años:

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OTROSASPECTOSSi no tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%y porrazón de enfermedad largo o crónica no sea posible realizar la jornada laboralcompleta:¿Hasidovíctimadeviolenciadegénero?SI/NO¿Tienelacondicióndevíctimadeterrorismo?SI/NO(Todas las respuestasdebenestar fundamentadasaportandosucorrespondientedocumentaciónacreditativa).

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ANEXOIII:FORMULARIOACERCADELAPREVENCIÓNDERIESGOSLABORALESYSEGURIDADENELPUESTODETRABAJO.

Fuente:Elaboraciónpropia.

¿Su sitiode trabajopermite laubicación adecuadadel equipo informático juntocondocumentosyotrosaccesorios?:SI/NO¿Ladistanciaentresuvisiónylapantallaessuperiora40centímetros?:SI/NO¿Elángulodevisióncoincideconlapartesuperiordelapantalladesuordenador?SI/NO¿Tieneespaciosuficienteparacolocarlosantebrazosdelantedelteclado?:SI/NO¿Lasillaqueutilizaparatrabajartienecincoruedas?:SI/NO¿Lasillasepuederegularenaltura?:SI/NOElrespaldodelasilla,¿Esregulableeninclinación?:SI/NO¿Algunaluzoventanapuedeprovocarreflejosindirectosenlapantalla?:SI/NOElcableadoeléctricoolainstalacióntelefónica,¿Quedaenmediodelaszonasdepaso?:SI/NO¿Utilizaladronesparaconectarlosaparatoseléctricos?:SI/NO¿Desconectalosaparatoseléctricoscuandonolosestáutilizando?:SI/NOCuando trabaja delante de la pantalla del ordenador, ¿Hace pausasperiódicamente?:(10mincadahora)SI/NO

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ANEXOIV:RD488/1997,DE14DEABRIL,SOBREDISPOSICIONESMÍNIMASDESEGURIDADYSALUDRELATIVASALTRABAJOCONEQUIPOSQUEINCLUYENPANTALLASDEVISUALIZACIÓN.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso paraestablecerunadecuadoniveldeproteccióndelasaluddelostrabajadoresfrentealos riesgos derivados de las condiciones de trabajo, en elmarco de una políticacoherente,coordinadayeficaz.Segúnelartículo6de lamismaserán lasnormasreglamentariaslasqueiránfijandoyconcretandolosaspectosmástécnicosdelasmedidaspreventivas.

Así,sonlasnormasdedesarrolloreglamentariolasquedebenfijarlasmedidasmínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajadores.Entreellas se encuentran lasdestinadasa garantizarquede lautilizaciónde losequiposqueincluyenpantallasdevisualizaciónporlostrabajadoresnosederivenriesgosparalaseguridadysaluddelosmismos.

En el mismo sentido hay que tener en cuenta que en el ámbito de la UniónEuropea se han fijado mediante las correspondientes Directivas criterios decaráctergeneralsobrelasaccionesenmateriadeseguridadysaludenloscentrosdetrabajo,asícomocriteriosespecíficosreferidosamedidasdeproteccióncontraaccidentesysituacionesderiesgo.Concretamente,laDirectiva90/270/CEE,de29demayo,establecelasdisposicionesmínimasdeseguridadydesaludrelativasaltrabajoconequiposqueincluyanpantallasdevisualización.MedianteelpresenteRealDecretoseprocedealatransposiciónalDerechoespañoldelcontenidodelaDirectiva90/270/CEE,antesmencionada.

En su virtud, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 31/1995, de 8 denoviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, a propuesta del Ministro deTrabajo y Asuntos Sociales, consultadas las organizaciones empresariales ysindicalesmasrepresentativas,oídalaComisiónNacionaldeSeguridadySaludenelTrabajo,deacuerdoconelConsejodeEstadoypreviadeliberacióndelConsejodeMinistrosensureunióndeldía4deabrilde1997,

Artículo1.Objeto.

1.ElpresenteRealDecretoestablecelasdisposicionesmínimasdeseguridadydesaludparalautilizaciónporlostrabajadoresdeequiposqueincluyanpantallasdevisualización.

2.Lasdisposicionesde laLey31/1995,de8denoviembre,dePrevencióndeRiesgosLaborales,seaplicaránplenamentealconjuntodelámbitocontempladoenelapartadoanterior.

3.QuedanexcluidosdelámbitodeaplicacióndeesteRealDecreto:

a)Lospuestosdeconduccióndevehículosomáquinas.

b)Lossistemasinformáticosembarcadosenunmediodetransporte.

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c)Lossistemasinformáticosdestinadosprioritariamenteaserutilizadosporelpúblico.

d)Lossistemasllamadosportátiles,siempreycuandonoseutilicendemodocontinuadoenunpuestodetrabajo.

e)Lascalculadoras,cajasregistradorasytodosaquellosequiposquetenganunpequeño dispositivo de visualización de datos o medidas necesario para lautilizacióndirectadedichosequipos.

f) Las máquinas de escribir de diseño clásico, conocidas como máquinas deventanilla.

Artículo2.Definiciones.

AefectosdeesteRealDecretoseentenderápor:

a) Pantalla de visualización: una pantalla alfanumérica o gráfica,independientementedelmétododerepresentaciónvisualutilizado.

b)Puestodetrabajo:elconstituidoporunequipoconpantalladevisualizaciónprovisto, en su caso, de un teclado o dispositivo de adquisición de datos, de unprogramapara la interconexiónpersona/máquina, de accesoriosofimáticos ydeunasientoymesaosuperficiedetrabajo,asícomoelentornolaboralinmediato.

c) Trabajador: cualquier trabajador que habitualmente y durante una parterelevantedesutrabajonormalutiliceunequipoconpantalladevisualización.

Artículo3.Obligacionesgeneralesdelempresario.

1.Elempresarioadoptarálasmedidasnecesariasparaquelautilizaciónporlostrabajadoresdeequiposconpantallasdevisualizaciónnosupongariesgosparasuseguridadosaludo,siellonofueraposible,paraquetalesriesgossereduzcanalmínimo.

En cualquier caso, los puestos de trabajo a que se refiere el presente RealDecreto deberán cumplir las disposicionesmínimas establecidas en el anexo delmismo.

2. A efectos de lo dispuesto en el primer párrafo del apartado anterior, elempresario deberá evaluar los riesgos para la seguridad y salud de lostrabajadores,teniendoencuentaenparticularlosposiblesriesgosparalavistaylos problemas físicos y de carga mental, así como el posible efecto añadido ocombinadodelosmismos.

Laevaluaciónserealizarátomandoenconsideraciónlascaracterísticaspropiasdelpuestodetrabajoylasexigenciasdelatareayentreéstas,especialmente, lassiguientes:

a)Eltiempopromediodeutilizacióndiariadelequipo.

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b)Eltiempomáximodeatencióncontinuaalapantallarequeridoporlatareahabitual.

c)Elgradodeatenciónqueexijadichatarea.

3.Silaevaluaciónponedemanifiestoquelautilizaciónporlostrabajadoresdeequiposconpantallasdevisualizaciónsuponeopuedesuponerunriesgoparasuseguridad o salud, el empresario adoptará las medidas técnicas u organizativasnecesarias para eliminar o reducir el riesgo al mínimo posible. En particular,deberá reducir la duración máxima del trabajo continuado en pantalla,organizando la actividad diaria de forma que esta tarea se alterne con otras oestableciendolaspausasnecesariascuandolaalternanciadetareasnoseaposibleonobasteparadisminuirelriesgosuficientemente.

4. En los convenios colectivos podrá acordarse la periodicidad, duración ycondicionesdeorganizacióndeloscambiosdeactividadypausasaqueserefiereelapartadoanterior.

Artículo4.Vigilanciadelasalud.

1. El empresario garantizará el derecho de los trabajadores a una vigilanciaadecuadadesusalud,teniendoencuentaenparticularlosriesgosparalavistaylosproblemasfísicosydecargamental,elposibleefectoañadidoocombinadodelosmismos,ylaeventualpatologíaacompañante.Talvigilanciaserárealizadaporpersonal sanitario competente y según determinen las autoridades sanitarias enlas pautas y protocolos que se elaboren, de conformidad con lo dispuesto en elapartado3delartículo37delRealDecreto39/1997,de17deenero,porelqueseaprueba el Reglamento de los servicios de prevención. Dicha vigilancia deberáofrecersealostrabajadoresenlassiguientesocasiones:

a)Antesdecomenzaratrabajarconunapantalladevisualización.

b)Posteriormente,conunaperiodicidadajustadaalnivelderiesgoajuiciodelmédicoresponsable.

c)Cuandoaparezcantrastornosquepudierandeberseaestetipodetrabajo.

2.Cuandolosresultadosdelavigilanciadelasaludaqueserefiereelapartado1 lo hiciese necesario, los trabajadores tendrán derecho a un reconocimientooftalmológico.

3. El empresarioproporcionará gratuitamente a los trabajadoresdispositivoscorrectores especiales para la protección de la vista adecuados al trabajo con elequipodequesetrate,silosresultadosdelavigilanciadelasaludaqueserefierenlos apartados anteriores demuestran su necesidad y no pueden utilizarsedispositivoscorrectoresnormales.

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Artículo5.Obligacionesenmateriadeinformaciónyformación.

1.Deconformidadconlosartículos18y19delaLeydePrevencióndeRiesgosLaborales, el empresario deberá garantizar que los trabajadores y losrepresentantes de los trabajadores reciban una formación e informaciónadecuadassobrelosriesgosderivadosdelautilizacióndelosequiposqueincluyanpantallasdevisualización,asícomosobrelasmedidasdeprevenciónyprotecciónquehayandeadoptarseenaplicacióndelpresenteRealDecreto.

2.El empresariodeberá informara los trabajadores sobre todos losaspectosrelacionados con la seguridad y la salud en su puesto de trabajo y sobre lasmedidasllevadasacabodeconformidadconlodispuestoenlosartículos3y4deesteRealDecreto.

3.Elempresariodeberágarantizarquecada trabajadorrecibauna formaciónadecuada sobre las modalidades de uso de los equipos con pantallas devisualización, antes de comenzar este tipo de trabajo y cada vez que laorganizacióndelpuestodetrabajosemodifiquedemaneraapreciable.

Artículo6.Consultayparticipacióndelostrabajadores.

LaconsultayparticipacióndelostrabajadoresosusrepresentantessobrelascuestionesaqueserefiereesteRealDecretoserealizarándeconformidadconlodispuesto en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley de Prevención de RiesgosLaborales.

Disposicióntransitoriaúnica.Plazodeadaptacióndelosequiposqueincluyanpantallasdevisualización.

Los equipos que incluyan pantallas de visualización puestos a disposición delostrabajadoresenlaempresaocentrodetrabajoconanterioridada lafechadeentrada en vigor del presente Real Decreto deberán ajustarse a los requisitosestablecidos en el anexo en un plazo de docemeses desde la citada entrada envigor.

Disposiciónfinalprimera.ElaboracióndelaGuíaTécnicaparalaevaluaciónyprevenciónderiesgos.

El InstitutoNacionaldeSeguridadeHigieneenelTrabajo,deacuerdocon lodispuestoenelapartado3delartículo5delRealDecreto39/1997,de17deenero,porelque seapruebaelReglamentode losServiciosdePrevención, elaboraráymantendrá actualizada una Guía Técnica para la evaluación y prevención de losriesgosrelativosalautilizacióndeequiposqueincluyanpantallasdevisualización.

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Disposiciónfinalsegunda.Habilitaciónnormativa.

Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales para dictar, previoinforme de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, lasdisposiciones necesarias en desarrollo de este Real Decreto y, específicamente,paraprocedera lamodificacióndelanexodelmismoparaaquellasadaptacionesdecarácterestrictamentetécnicoenfuncióndelprogresotécnico,delaevolucióndelasnormativasoespecificacionesinternacionalesodelosconocimientoseneláreadelosequiposqueincluyanpantallasdevisualización.

ANEXO

Disposicionesmínimas

Observación preliminar: las obligaciones que se establecen en el presenteanexo se aplicarán para alcanzar los objetivos del presente Real Decreto en lamedidaenque,porunaparte,loselementosconsideradosexistanenelpuestodetrabajo y, por otra, las exigencias o características intrínsecas de la tarea no seoponganaello.

Enlaaplicacióndelodispuestoenelpresenteanexosetendránencuenta,ensucaso,losmétodosocriteriosaqueserefiereelapartado3delartículo5delRealDecretodelosServiciosdePrevención.

1.Equipo

a)Observacióngeneral.

Lautilizaciónensímismadelequiponodebeserunafuentederiesgoparalostrabajadores.

b)Pantalla.

Los caracteres de la pantalla deberán estar bien definidos y configurados deformaclara,ytenerunadimensiónsuficiente,disponiendodeunespacioadecuadoentreloscaracteresylosrenglones.

La imagen de la pantalla deberá ser estable, sin fenómenos de destellos,centelleosuotrasformasdeinestabilidad.

El usuario de terminales con pantalla deberá poder ajustar fácilmente laluminosidad y el contraste entre los caracteres y el fondo de la pantalla, yadaptarlosfácilmentealascondicionesdelentorno.

La pantalla deberá ser orientable e inclinable a voluntad, con facilidad paraadaptarsealasnecesidadesdelusuario.

Podrá utilizarse un pedestal independiente o una mesa regulable para lapantalla.

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Lapantallanodeberátenerreflejosnireverberacionesquepuedanmolestaralusuario.

c)Teclado.

El teclado deberá ser inclinable e independiente de la pantalla para permitirqueel trabajadoradopteunaposturacómodaquenoprovoquecansancioen losbrazosolasmanos.

Tendrá que haber espacio suficiente delante del teclado para que el usuariopuedaapoyarlosbrazosylasmanos.

Lasuperficiedeltecladodeberásermateparaevitarlosreflejos.

Ladisposicióndel tecladoy las característicasde las teclasdeberán tender afacilitarsuutilización.

Lossímbolosdelasteclasdeberánresaltarsuficientementeyserlegiblesdesdelaposiciónnormaldetrabajo.

d)Mesaosuperficiedetrabajo.

La mesa o superficie de trabajo deberán ser poco reflectantes, tenerdimensiones suficientes y permitir una colocación flexible de la pantalla, delteclado,delosdocumentosydelmaterialaccesorio.

Elsoportedelosdocumentosdeberáserestableyregulableyestarácolocadodetalmodoquesereduzcanalmínimolosmovimientosincómodosdelacabezaylosojos.

Elespaciodeberásersuficienteparapermitira lostrabajadoresunaposicióncómoda.

e)Asientodetrabajo.

Elasientodetrabajodeberáserestable,proporcionandoalusuariolibertaddemovimientoyprocurándoleunaposturaconfortable.

Laalturadelmismodeberáserregulable.

Elrespaldodeberáserreclinableysualturaajustable.

Sepondráunreposapiésadisposicióndequieneslodeseen.

2.Entorno

a)Espacio.

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El puesto de trabajo deberá tener una dimensión suficiente y estaracondicionadodetalmaneraquehayaespaciosuficienteparapermitirloscambiosdeposturaymovimientosdetrabajo.

b)Iluminación.

Lailuminacióngeneralylailuminaciónespecial(lámparasdetrabajo),cuandoseanecesaria, deberán garantizar unosniveles adecuadosde iluminación y unasrelacionesadecuadasdeluminanciasentrelapantallaysuentorno,habidacuentadel carácter del trabajo, de las necesidades visuales del usuario y del tipo depantallautilizado.

Elacondicionamientodellugardetrabajoydelpuestodetrabajo,asícomolasituación y las características técnicas de las fuentes de luz artificial, deberáncoordinarse de tal manera que se eviten los deslumbramientos y los reflejosmolestosenlapantallauotraspartesdelequipo.

c)Reflejosydeslumbramientos.

Lospuestosdetrabajodeberáninstalarsedetal formaquelas fuentesde luz,talescomoventanasyotrasaberturas,lostabiquestransparentesotranslúcidosylos equipos o tabiques de color claro no provoquen deslumbramiento directo niproduzcanreflejosmolestosenlapantalla.

Lasventanasdeberánirequipadasconundispositivodecoberturaadecuadoyregulableparaatenuarlaluzdeldíaqueilumineelpuestodetrabajo.

d)Ruido.

El ruidoproducidopor losequipos instaladosenelpuestode trabajodeberátenerse en cuenta al diseñar el mismo, en especial para que no se perturbe laatenciónnilapalabra.

e)Calor.

Los equipos instalados en el puestode trabajonodeberánproducir un caloradicionalquepuedaocasionarmolestiasalostrabajadores.

f)Emisiones.

Toda radiación, excepción hecha de la parte visible del espectroelectromagnético, deberá reducirse a niveles insignificantes desde el punto devistadelaproteccióndelaseguridadydelasaluddelostrabajadores.

g)Humedad.

Deberácrearseymantenerseunahumedadaceptable.

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3.Interconexiónordenador/persona

Paralaelaboración,laelección,lacompraylamodificacióndeprogramas,asícomopara ladefiniciónde las tareasquerequieranpantallasdevisualización,elempresariotendráencuentalossiguientesfactores:

a)Elprogramahabrádeestaradaptadoalatareaquedebarealizarse.

b) El programa habrá de ser fácil de utilizar y deberá, en su caso, poderadaptarse al nivel de conocimientos y de experiencia del usuario; no deberáutilizarse ningún dispositivo cuantitativo o cualitativo de control sin que lostrabajadoreshayansidoinformadosypreviaconsultaconsusrepresentantes.

c)Lossistemasdeberánproporcionaralostrabajadoresindicacionessobresudesarrollo.

d) Los sistemas deberánmostrar la información en un formato y a un ritmoadaptadosalosoperadores.

e)Losprincipiosdeergonomíadeberánaplicarseenparticularaltratamientodelainformaciónporpartedelapersona.

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ANEXOV:RECOMENDACIONESÚTILESPARATELETRABAJAR.

Fuente:ManualparalaimplantacióndeprogramaspilotodeteletrabajoenlaAGE.MinisteriodeAAPP(2006).

TRABAJOCONPANTALLASDEVISUALIZACIÓNDEDATOS

La utilización habitual y prolongada de equipos con PVD puede ocasionartrastornosvisualesyoculares,fatigamental,molestiasodolorenlaespalda,cuelloymanos.

Lamayoríade lasvecesesos trastornos tienencomocausa la formaen laqueseutilizanesosequipos,masquelosequiposensímismos.

En general, los problemas pueden evitarse con un buen diseño del puesto detrabajoconPVDyconunasbuenaspracticasdetrabajo.

• Ajustar la silla y la pantalla de modo que se obtenga una posturaconfortable.Comonormageneral,losbrazos,muñecasymanosdebenestaren posición horizontal y la altura de los ojos debe ser aproximadamenteigual a la parte superior de la pantalla. La distancia entre los ojos y lapantalladebeestarentre40y70cm.

• Asegurar que existe suficiente espacio de trabajo para contener losdocumentosytodoelequiponecesariodetrabajo.

• Probar diferentes posiciones de la pantalla, teclado ratón y documentoshastalograrladistribuciónmásadecuadaparacadauno.

• Siseutilizaunportadocumentos,colocarloaunaalturaydistanciasimilaraladelapantalla,conelfindereducirlosesfuerzosdeacomodaciónvisual.

• Ubicar lamesa y la pantalla demodo que se eviten deslumbramientos oreflejossobrelapantalla.Nuncaubicarlapantallaenfrentedeunaventanaquenodispongadecortinasopersianasparaevitareldeslumbramiento.

• Ajustar el brillo y el contraste de la pantalla, para acomodarlos a lailuminacióndellocal.

• Asegurarquelasuperficiedelapantallaodelfiltroantirreflejos,estánlimpios.• Asegurarque existe suficiente espaciodebajode lamesaparapermitir el

movimientode laspiernas.Retirarcualquierobstáculocomocajasuotrosequipos.

• Regularelrespaldodelasillademodoqueseadaptealaparteinferiordelaespalda. Los pies deben estar bien apoyados en el suelo. Si no puedeconseguirse,utilizarunreposapiés.

• Ajustareltecladodemodoqueseobtengaunaposicióncómodaaltecleartratandodemantenerlamano,muñecaybrazoenlínearecta.Sedebedejarsuficienteespaciodelantedeltecladoparadescansarlasmanoscuandonoseestátecleando.

• Ubicarelratóndemodoquesepuedaalcanzarfácilmenteyquesepuedautilizarconlamuñecarecta.

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• Ubicarlasilladeformaquealutilizarelratónelbrazonoestéextendido.Apoyarelbrazoenlamesaysujetarsuavementeelratón,descansandolosdedossobrelosbotonesyaccionándolossuavemente.

• Al utilizar el software, elegir unos caracteres de texto lo suficientementegrandesdemodoquepermitanunalecturafácilcuandoseestásentadoenunaposiciónnormal.

• Elegirloscoloresdemodoqueseanconfortablesalavista,evitandoletrasrojassobreunfondoazuloviceversa.

• Loscaracteresdebensernítidosybiendefinidosylasimágenesnítidas.• Noestarsentadosenlamismaposicióndurantelargosperíodosdetiempo.

Esimportantecambiardeposturaregularmente.• Enloscasosdeperíodosintensosdeutilizacióndelapantalla,bienporla

propialecturadelapantalla,porelusointensivodeldispositivodeentradadedatosoporunacombinaciónentreambos,sedeberíatratardealternarel trabajo con otras tareas que demanden menores esfuerzos visuales omúsculo-esqueléticos.

• Cuando lo anterior no es posible se deberían introducir pausas. Sonmásrecomendables pausas cortas y frecuentes que largas y escasas. Porejemplo,espreferiblerealizarpausasde10minutoscadahorade trabajocontinuoconlapantallaquerealizarpausasde20minutoscadadoshoras.

• Durantelaspausassedeberíarelajarlavista(porejemplomirandoalgunasescenaslejanas)yrealizarejerciciosderelajaciónmuscular.

MEDIDASDESEGURIDADENLOSTRABAJOSDECARÁCTERADMINISTRATIVO

Losresbalonesytropezonessoncausasdecaídasdurantelostrabajosdecarácteradministrativo, a veces incluso durante el movimiento o transporte de cargas.Tambiénseproducencortesypinchazosenlamanipulacióndelpequeñomaterialde oficina: tijeras, abrecartas, cutter, chinchetas, etc., así como golpes contraobjetos inmóviles (archivadores, cajones, etc.). La mayoría de esos riesgos sepuedenevitaradoptandosencillasmedidaspreventivas.

Materialdeoficina

• Guardar los objetos cortantes (tijeras, abrecartas, cutter, etc.) en loscajonesdespuésdesuuso,ubicándolosensusfundas.

• Colocar las tijeras, abrecartas, etc., separadas de los bordes de lasmesasparaevitarsucaída.

• Ordenaryrecogerlasmesasdetrabajoymueblesaccesorios,alfinalizarlajornadadetrabajo.

• Noarrojarmaterialesuobjetoscortantesalapapelera.

Resbalonesytropezones

o Prestaratenciónalestadodelsuelo,reparandocualquierirregularidadquepueda ser causa de una caída, por ejemplo ladrillos sueltos,alfombrasymoquetassueltasodesgastadas,etc.

o Nocircularporzonasconelpisomojadooresbaladizodebidoaprocesosdelimpieza.

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o Nocircularpor zonas conbajosnivelesde iluminaciónni cuandoexistanobjetos y obstáculos en las zonas de tránsito que impidan unacirculaciónnormal.

o Nocircularporzonasenlasqueexistancablessueltosporelsuelo.o Mantener las zonas de paso libres de obstáculos tales como cajas,

papeleras,etc.

Escaleras

• Utilizarelpasamanosalcircularporunaescalera.• Evitarleerdocumentosmientrassecirculaporunaescalera.• Nosedebenutilizarmesas,sillas,cajas,papeleras,etc.como“escalerasde

mano”paraaccederaelementosenaltura.• Comprobar las escalerasdemano, antesdeutilizarlas ,paraasegurarque

estánenbuenestado(peldaños,tirantedeseguridad,etc.).• No tratar de alcanzar objetos alejados del eje de la escalera demano. Es

mejorbajardelaescalera,desplazarlayvolverasubir.• Duranteeltiempoqueseestásubidoalaescalera,esimportanteteneruna

manolibreparapodersujetarse.• Nosubiralaescaleramanejandograndespesos.• Notrabajarenlosúltimospeldañosdelaescalerademano.

Estanterías,armarios,archivadores

o Con el fin de evitar golpes al invadir zonas de paso ,cerrar cada cajóndespuésdeutilizarloysiempreantesdeabrirelsiguiente.

o Colocar loselementosmáspesadosen loscajones inferioresoen lapartemásbajadelasestanterías.

o Loscajonesdebenllenarsedeatráshaciadelanteydeabajohaciaarriba.o Cerciorarsede laestabilidaddeestanterías,armariosyarchivadorespara

evitarsucaída.o Nointentarsujetarunarmariooestanteríaquesecae.

Electricidad

• Nomanipularenlasinstalacioneseléctricasniintentarrepararequiposdetrabajo que utilizan la electricidad (por ejemplo, ordenadores). Esasfuncionessolodebenhacerlaselpersonalespecializado.

• Nodesconectarlosequipostirandodelcable.• No utilizar “ladrones” que no garanticen la continuidad del conductor de

tierra.• No sobrecargar los enchufes utilizando ladrones para alimentar varios

equipos.• Evitarlapresenciadecablesporelsueloenlaszonasdepaso.• Desconectarlosequiposcuandonoseutilicenysiempreantesdefinalizar

lajornadadetrabajo.• Evitar limpiar con líquidos cualquier equipo conectado a la corriente

eléctrica.

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• Evitar salpicaduras (café, té, etc.) sobre los equipos conectados a lacorrienteeléctrica.

• Noconectarlosequiposeléctricosconlasmanoshúmedasomojadas.

Posturasforzadasymovimientosnoadecuados

o Nosentarsesobreunapiernaoconlaspiernascruzadas.o Nosujetarelauriculardelteléfonoconelhombroylacabeza.o Los giros sobre la silla no deben hacerse por movimientos bruscos del

tronco,sinoayudándoseconlospies.o No forzar la postura para alcanzar objetos distantes. Levantarse para

cogerlos.

PREVENCIÓNDEINCENDIOS

Elaspectomás importanteen la seguridadcontra incendioses laprevención.Lamayoría de los incendios producidos se podrían haber evitado con una serie demedidas preventivas en el diseño de los edificios y sus instalaciones, con unmantenimientopreventivocorrectoyconunasprácticasdetrabajoadecuadas.

• Impedir la presencia simultánea de materiales combustibles y focos deignición.

• Mantenerelordeny la limpiezaen lospuestosde trabajo.Sedebeevitaracumularmaterialescombustibles innecesariosyenespecialalrededordelos aparatoseléctricos.No sedebenacumularmateriales combustiblesenespaciosocultos,talescomorincones,parteinferiordelasestanterías,etc.

• No sobrecargar las tomas de corriente. Si es necesario utilizar ladrones,regletasoalargaderasparaconectarvariosequiposeléctricosaunamismatoma de corriente, es necesario consultar previamente al personalcompetente.

• Losfumadoresdebenutilizarcenicerosydebenasegurarsequenoquedancolillasencendidas.

• Noacercarfocosdecaloramaterialescombustibles.• Nocolocarvasosconlíquidossobreaparatoseléctricoscomoordenadores,

impresoras,escanéres,etc.• Alfinaldelajornadadetrabajo,desconectarlosaparatoseléctricosqueno

vayanautilizarse.• Avisar a los servicios técnicos correspondientes, lo más urgentemente

posible, si seapreciananomalíasen losaparatose instalacioneseléctricas(oloressospechosos,superficiescalientes,etc.).

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ACTUACIÓNANTEUNINCENDIO

• Aldetectarun incendiohayquemantener lacalma,nogritaryactuarconrapidezcomunicandolaemergenciaalserviciodebomberos.

• Si se encuentra capacitado ,con losmedios de extinción adecuados y sinexponerenningúnmomentosuintegridadfísica,intenteextinguirelfuego.Si no, abandone la vivienda, desconectando si es posible los aparatoseléctricosy,cuandolamagnituddelfuegolopermita,cerrandolaspuertasyventanassinbloquearlascerraduras.

• Si trata de utilizar un extintor, sitúese entre las llamas y la salida de lavivienda.Nosedebenutilizarextintoresdeaguaoespumaparaapagarunfuegoenequiposconectadosalaredeléctrica.

• Siseencuentraenpresenciadehumos,tápese lanarizy labocaconropahúmeda.Nocorra,camineagachadooreptando.Siseleprendelaropanocorra,tíresealsueloyruede

• Siseencuentraatrapadoporelfuegoenunrecintocierretodaslaspuertas,tapecontraposyalfombras,siesposiblehúmedos,lasrendijaspordondepenetre el humo, busque una ventana exterior, y señale su situación. Sipuede utilizar un teléfono llame a los bomberos y dígales donde seencuentra.

PRIMEROSAUXILIOS

Unaactuaciónrápidaenunaccidentepuedesalvarlavidadeunapersonaoevitarque las lesiones producidas puedan empeorar. Es importante tener unosconocimientos básicos generales que permitan entender la organización de losprimerosauxiliosysiesnecesario,poderactuarcomoapoyoaltrabajodedichosequipos. La secuencia de actuación en caso de accidente es Proteger, Avisar ySocorrer,secuenciaconocidacoloquialmentecomoP.A.S.

Lossiguientesconsejossonbásicosparalaactuacióndecualquierciudadanoencasodeaccidente.

Proteger: Antes de actuar hemos de asegurarnos que tanto el accidentado comonosotrosmismosestamosfueradetodopeligro.Porejemplo,unelectrocutadonodebertocarsesinasegurarsepreviamentequenosigueconectadoalaredeléctricay si lo está, habrá que tomar antes las medidas oportunas, desconectando laenergía eléctrica, o si ello no es posible, mediante equipos aislantes de laelectricidad.

Avisar: Hay que activar el sistema de emergencia avisando de la existencia delaccidentealosserviciossanitarios(ambulancia,serviciosmédicos,etc.).

Socorrer:Unavezquesehaprotegidoyavisado,hayquesocorreralaccidentado.Para ello hay que reconocer sus signos vitales en este orden: 1.-Conciencia, 2.-Respiracióny3.-Pulso.Esimportanterecordarquealaccidentadohayquetratarleconurgencia,notrasladarleconurgencia.

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ANEXOVI:CUESTIONARIOPARALAEVALUACIÓNDELPLANDETELETRABAJOPORPARTEDELOSTELETRABAJADORES.

Fuente:Elaboraciónpropia.

INDIQUE LA IMPRESIÓNQUEHATENIDODURANTE LA PARTICIPACIÓN EN ELPLANDELOSSIGUIENTESAPARTADOSMarque con una X larespuesta.

Haaumentado

Permaneceigual

Hadisminuido

NOresponde

1-Lacantidaddetrabajoqueharealizado.

2-Lacalidaddesutrabajo.

3-Larelación,coordinación,etcconlossuperiores.

4-Laintegraciónconelrestodelequipo

5-Eltiempodequedisponeparahacerfrenteasustareasyresponsabilidadesfamiliares.

6-Eltiempodequedisponeparasusactividadesdeocioyrelación.

7-Eltiempodequedisponeparasuformación.

8-Suestadodeánimo.

9-Niveldeestrés.

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VALORACIÓNSOBREASPECTOSRELATIVOSALPLANPuntúalossiguientesaspectos:

Sobresaliente Notable Aprobado Suspenso Noresponde

-Formaciónprevia.

-Aspectosinformáticos.

-La asistencia y elapoyotécnico.

-La relación conlossupervisores.

-La forma deorganizar eltrabajo.

PERCEPCIÓNDELOSTELETRABAJADORESACERCADEPOSIBLESEFECTOSNEGATIVOSDELTELETRABAJO

Habitualmente Aveces Nunca Noresponde-Hatenidomásresponsabilidadesdomésticasdelohabitual.

-Selehaforzadoatrabajarmás.

-Ustedmismosehaforzadoatrabajarmás.

-Sehasentidomáscontroladoensutrabajo.

-Sehasentidoaislado.

-Hasidorechazadooresentidoporpartedeotroscompañeros.

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VALORACIÓNGLOBALDELPLAN Demasiado

largoDemasiadocorto

Bien Noresponde

El tiempo deduración delaexperienciahasido:

Muy

satisfechoSatisfecho Poco

satisfechoNadasatisfecho

Noresponde

Nivel desatisfacciónglobal con laexperiencia.

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ANEXOVII:CUESTIONARIOPARALAEVALUACIÓNDELPLANDETELETRABAJOPORPARTEDELOSSUPERVISORES.

Fuente:Elaboraciónpropia. Ha

mejoradoSehamantenidoigualqueantes

Haempeorado

Noresponde

¿Cuálcreesqueeslapercepciónquetienenlosteletrabajadoresacercadelteletrabajoconestaexperiencia?

Haexistidoalgúnproblematécnico:SI/NO

Encasoafirmativoenumérelos:

VALORALOSSIGUIENTESASPECTOS

Sobresaliente Notable Aprobado Suspenso Noresponde

-Apoyotécnico.

-Formaciónrecibidaporlosteletrabajadores.

-Gestióndeltiempo.

-Gradodeimplicacióndelosteletrabajadoresenestaexperiencia.

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Haaumentado

Permaneceigual

Hadisminuido

NOresponde

Gradodecontrolysupervisiónquehanrecibidolosteletrabajadores.

Productividaddelosteletrabajadores.

¿Haexistidounacomunicaciónfluidaconlosteletrabajadores?SI/NOVALORACIÓNGLOBALDELPLAN Demasiadolargo Demasiadocorto Bien No

respondeEl tiempo deduración de laexperiencia hasido:

Ensuopinión,laexperienciaindicaqueelteletrabajo:

a) Conalgunasmodificaciones,podría convertirseenuna formahabitualdetrabajar.

b) Noesunabuenaopción.Esmejorlaformahabitualdetrabajar.c) Podríaconvertirseenunaformahabitualdetrabajar,perosóloenciertas

circunstanciasoperiodosdelavidadelostrabajadores.d) Noresponde

Sobresaliente Notable Aprobado Suspenso Noresponde

Valoración generaldelaexperiencia