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ELECCIÓN DE LOS MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Los funcionarios de más alta jerarquía del Organismo Judicial son los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, quienes basados en el artículo 203 de la Constitución Política de la República de Guatemala, son independientes en el ejercicio de sus funciones y únicamente están sujetos a la Constitución de la República y a las leyes. A lo largo de la historia de Guatemala se puede observar que los magistrados fueron electos de diferente manera; en el año 1824 cuando se decretó la primer Constitución en Guatemala ya se contemplaba la integración de la Corte Suprema de Justicia con seis o siete individuos elegidos por el pueblo. 1 Hacia 1855 cuando el General Rafael Carrera se encontraba fungiendo el cargo de presidente, se reformo el acta constitutiva en la que se indicaba que los magistrados y el presidente eran electos por la Asamblea Nacional Constituyente, para indicar ahora que sería el Presidente quien tendría la facultad de nombrar a los Magistrados y Jueces. En el año de 1966 se normo que el nombramiento de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia estaría a cargo por el Congreso de la República, este mismo criterio de elección continua en la nueva Constitución decretada en el año de 1985 en la cual también se añadió según el artículo 208 y 215 que el periodo de funciones de magistrados y jueces duraran cinco años, pudiendo ser reelectos los primeros y nombrados nuevamente los segundos. Según el artículo 215 de la Constitución, un representante de los rectores de las universidades del país, los decanos de las facultades de Derecho o Ciencias Jurídicas y Sociales de cada una de las universidades del país, un número equivalente de representantes electos por la Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y por igual número de 1 (Organismo Judicial, 2013)

Elección de Los Magistrados

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Elección de los Magistrados de la corte suprema de Justicia en Guatemala

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ELECCIN DE LOS MAGISTRADOSDE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Los funcionarios de ms alta jerarqua del Organismo Judicial son los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, quienes basados en el artculo 203 de la Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala, son independientes en el ejercicio de sus funciones y nicamente estn sujetos a la Constitucin de la Repblica y a las leyes. A lo largo de la historia de Guatemala se puede observar que los magistrados fueron electos de diferente manera; en el ao 1824 cuando se decret la primer Constitucin en Guatemala ya se contemplaba la integracin de la Corte Suprema de Justicia con seis o siete individuos elegidos por el pueblo.[footnoteRef:1] [1: (Organismo Judicial, 2013)]

Hacia 1855 cuando el General Rafael Carrera se encontraba fungiendo el cargo de presidente, se reformo el acta constitutiva en la que se indicaba que los magistrados y el presidente eran electos por la Asamblea Nacional Constituyente, para indicar ahora que sera el Presidente quien tendra la facultad de nombrar a los Magistrados y Jueces. En el ao de 1966 se normo que el nombramiento de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia estara a cargo por el Congreso de la Repblica, este mismo criterio de eleccin continua en la nueva Constitucin decretada en el ao de 1985 en la cual tambin se aadi segn el artculo 208 y 215 que el periodo de funciones de magistrados y jueces duraran cinco aos, pudiendo ser reelectos los primeros y nombrados nuevamente los segundos.

Segn el artculo 215 de la Constitucin, un representante de los rectores de las universidades del pas, los decanos de las facultades de Derecho o Ciencias Jurdicas y Sociales de cada una de las universidades del pas, un nmero equivalente de representantes electos por la Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y por igual nmero de representantes electos por los magistrados titulares de la corte de Apelaciones y dems tribunales a que se refiere el artculo 217 de la actual Constitucin, son quienes integran la comisin de postulacin, los cuales tienen la tarea de proponer una nmina de veintisis candidatos al congreso de la Repblica, de donde este ltimo elegir a los trece magistrados de la Corte Suprema de Justicia que ocuparan el cargo por los siguientes cinco aos.

Es un requerimiento que para la eleccin de los candidatos por la comisin de postulacin se debe de dar el voto de por lo menos las dos terceras partes de los miembros de la comisin. As tambin al momento de las votaciones para integrar la Comisin de Postulacin como para la integracin de la nmina de candidatos, no se aceptar por ningn motivo representacin.

El proceso por el cual se elegir al presidente de la Corte Suprema de Justicia se har seleccionando dentro de los mismos magistrados, que integran esta misma Corte, por voto favorable de las dos terceras partes. El presidente elegido durara en sus funciones un ao y no podr ser reelecto durante ese perodo de la Corte.BibliografaOrganismo Judicial. (04 de Julio de 2013). Repblica de Guatemala Organismo Judicial. Obtenido de http://www.oj.gob.gt/index.php?option=com_content&view=article&id=110:historia-del-oj&Itemid=92#sthash.geoPxFOY.dpbs