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INSTITUCIONES, CONSULADOS Y EMBAJADAS Embajada: Cargo y funciones de embajador. Residencia del mismo, la cual goza de extraterritorialidad. Personal y empleados que integran la representación diplomática de un país y están a las órdenes de su embajador. Embajador: Denominase así al diplomático de mas elevada jerarquía dentro de la clasificación establecida n los Congresos de Viena y de Aquisgrán. Se encuentra investido de las inmunidades y privilegios atribuidos internacionalmente a los representantes de un país a otro. Consulado: Territorio o distrito en que un cónsul ejerce su autoridad. Casa u oficina en que despacha el cónsul. Nombre dado a un sistema de gobierno en la antigua Roma y de la Francia revolucionaria, por ejercerlo de manera individual o colectiva los denominados cónsules. Cónsul: Magistrado de algunas repúblicas o municipios. Cada uno de los dos magistrados que durante un año tenían en la república romana la suprema autoridad. Persona autorizada en una población de un Estado extranjero para proteger las personas e intereses de los individuos de la nación que lo nombra. Función de las Embajadas: La principal función de las Embajadas consiste en servir de canal oficial de comunicación entre el un Gobierno y otro. Representa y promociona los intereses del país en otras patrias, y desarrolla la cooperación política, económica, comercial, cultural y militar entre los dos países. Igualmente organiza y acompaña las visitas oficiales a las otras naciones de funcionarios

Embajadas e instuciones, servicios y funciones

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La presente información es para enriquecer un poco el conocimiento sobre los consulados y embajadas. Y los servicios que prestan a la ciudadanía.

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INSTITUCIONES, CONSULADOS Y EMBAJADAS

Embajada: Cargo y funciones de embajador. Residencia del mismo, la cual goza de extraterritorialidad. Personal y empleados que integran la representación diplomática de un país y están a las órdenes de su embajador.

Embajador: Denominase así al diplomático de mas elevada jerarquía dentro de la clasificación establecida n los Congresos de Viena y de Aquisgrán. Se encuentra investido de las inmunidades y privilegios atribuidos internacionalmente a los representantes de un país a otro.

Consulado: Territorio o distrito en que un cónsul ejerce su autoridad. Casa u oficina en que despacha el cónsul. Nombre dado a un sistema de gobierno en la antigua Roma y de la Francia revolucionaria, por ejercerlo de manera individual o colectiva los denominados cónsules.

Cónsul: Magistrado de algunas repúblicas o municipios. Cada uno de los dos magistrados que durante un año tenían en la república romana la suprema autoridad. Persona autorizada en una población de un Estado extranjero para proteger las personas e intereses de los individuos de la nación que lo nombra.

Función de las Embajadas: La principal función de las Embajadas consiste en servir de canal oficial de comunicación entre el un Gobierno y otro.

Representa y promociona los intereses del país en otras patrias, y desarrolla la cooperación política, económica, comercial, cultural y militar entre los dos países. Igualmente organiza y acompaña las visitas oficiales a las otras naciones de funcionarios del Gobierno y de las demás entidades nacionales, regionales y locales. Participa en las negociaciones de tratados o acuerdos bilaterales.

Para realizar sus labores, el Embajador se apoya en diferentes secciones conformadas por profesionales en las distintas áreas.

La Sección de Asuntos Políticos hace un seguimiento de todo lo relacionado con la política interior y exterior del país sede. Informa y aconseja al Embajador y al gobierno en la toma de decisiones.

La Sección de Asuntos Económicos y Petroleros realiza el seguimiento de la economía, petróleo, comercio y finanzas de un país y otro, e informa a las empresas de una nación y otra sobre las oportunidades de negocios.

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La Sección de Información y Prensa hace seguimiento a las noticias sobre una región publicadas en los medios de Comunicación de otra región y mantiene informado al Embajador, al personal de la Embajada y al gobierno de ese país del cual se habla. Analiza el tratamiento que le dan los medios impresos y audiovisuales. Cómo se proyecta la imagen del país en dichos medios. Es responsable de proporcionar información a periodistas y a través de la pagina web de la embajada, informa al público sobre el acontecer histórico, politico, económico, turístico y cultural del país.

La Sección de Cultura tiene la misión de promover e impulsar las relaciones entre un país y otro en materia cultural y educativa, de manera de mostrar la imagen positiva de una nación pujante e innovadora. Promociona las artes y a los artistas del país ante instituciones culturales extrajeras. Además difunde la cultura de esa nación a través de exposiciones, conciertos, conferencias y presentaciones tanto en la embajada como en otros espacios culturales de la ciudad. Sirve de enlace entre instituciones y personalidades extranjeras y sus equivalentes existentes en el país (museos, músicos, universidades, profesionales de diversas áreas). Provee al público de información y materiales acerca de personalidades e instituciones gubernamentales y los orienta en cada caso.

Además, puede ejercer funciones consulares.

Función de los Consulados: El consulado en el lugar de destino de un viaje puede ser de mucha ayuda, sobre todo cuando surgen complicaciones. Entre estas funciones están:

Proveerle de un nuevo documento de viaje en caso de pérdida del pasaporte.

Informarle sobre médicos, hospitales, escuelas, intérpretes, empresas, o abogados en el país que visite.

Asistir a las personas que se hallen detenidos o en prisión.

Ante una situación de necesidad, la Oficina Consular le puede ayudar a contactar con su familia, empresa, compañía de seguros o banco en el país que se encuentre para obtener los recursos necesarios.

Prestarle determinados servicios jurídicos en el extranjero: registro civil, notaría, remisión de instancias a organismos españoles, etc.

Los servicios que el consulado no puede ofrecer son:

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- Hacer las funciones de una agencia de viajes.

- Conseguirle un trabajo en el extranjero.

- Garantizarle en el hospital o en la cárcel un tratamiento mejor que el otorgado a los nacionales del país.

- Avalarle o prestarle dinero.

- Poner a su disposición personal para que actúe como intérprete, guía o asistente social.

En fin, los consulados están dirigidos tanto a atender las necesidades personales tanto de los nacionales del país representado (registro civil de matrimonios, nacimientos, defunciones, otorgamiento de poderes, etc.) como para la legalización de documentos y otorgamiento de visas.

Cada país –o la mayoría de ellos– cuenta con una representación de su gobierno en otras naciones, así como con dependencias que se encargan de asesorar y asistir a los connacionales que se encuentran fuera de su país de origen. Estas entidades las conocemos como embajadas y consulados, que pueden parecer lo mismo, pero que en realidad cumplen diferentes funciones. Veamos algunas de estas diferencias:

 

 ¿Qué es una embajada?Es una misión diplomática conformada por un grupo de personas que representan a determinado país en otro país anfitrión; por lo general se le llama embajada cuando esta misión diplomática se establece de forma permanente en el estado anfitrión. A quien encabeza la misión se le conoce como embajador.

 

El papel de una embajada es el de proteger los intereses de su país en el país receptor; negociar con el gobierno del estado anfitrión lo que su propio gobierno demanda o espera; enterarse, por vía legal, de las condiciones y desarrollos del estado receptor y reportarlos al gobierno de su país; promover las relaciones amistosas entre ambos estados y fomentar su crecimiento económico, cultural y

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científico. También se encarga de preparar tratados –comerciales, políticos, etc.– y visitas de estado. Muchas embajadas cuentan con una sección consular que cumple con las funciones propias de un consulado.

 

A diferencia de los consulados –que puede haber más de uno en distintas ciudades de un estado–, la embajada solamente tiene una sede que, por lo general, se encuentra en la capital del país receptor.

 

¿Qué es un consulado?

Los consulados son dependencias del ministerio de relaciones exteriores del gobierno de un país, que se encargan de asesorar y asistir a sus connacionales que se encuentran en el extranjero. Son también los entes encargados de tramitar visas y permisos especiales para los extranjeros que deseen realizar algún tipo de actividad comercial o visitar el país. Sus funciones más importantes son: • Establecimiento y renovación de pasaportes (matrículas consulares, en algunos casos), y otros documentos oficiales. • Transcripción de nacimientos, defunciones, casamientos, divorcios, adopciones etc., ocurridos en el extranjero. • Arreglo de la situación militar de los sujetos al servicio militar que viven en el extranjero. • Asistencia y ayuda financiera a los compatriotas indigentes o en otra situación de emergencia.• Cuidado de los compatriotas detenidos o encarcelados y vigilancia sobre la legitimidad de los procedimientos judiciales. • Otorgamiento de visados a ciudadanos extranjeros e información sobre los trámites para recibir permisos de entrada, de residencia o de trabajo.• Un consulado general es un consulado importante en una ciudad muy grande (como por ejemplo el Consulado General De México en Los Angeles, California, la representación consular de este país más grande en el extranjero).• En la capital de un país, las funciones de un consulado son frecuentemente (pero no siempre) asumidas por la sección consular de una embajada.

POLÍTICA EXTERIOR EN EL ÁMBITO DE LAS RELACIONES CONSULARES

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Las labores de las oficinas consulares en el exterior y las de sus funcionarios, se vinculan con las acciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en todo lo que concierne a la defensa y

promoción de los intereses del Estado, de sus instituciones y de sus símbolos; a la representación; a la protección de los nacionales y de sus intereses en el exterior; a la imagen del país y a la prestación de servicios consulares, acciones que son componentes de la política

exterior del Perú.

Los funcionarios consulares deben:

a)   Velar por los intereses del Estado y difundir su imagen.

b)   Velar por el cumplimiento de los tratados.

c)   Promover el incremento de las relaciones económicas, comerciales, financieras y de inversiones del Perú.

d)   Promover las relaciones culturales, científicas, tecnológicas y de amistad, entre otros, con el Estado receptor.

e)   Promover el turismo hacia el Perú y extender visas.

f)    Cumplir funciones de información.

g)   Proteger y asistir a la comunidad peruana, dentro de ciertas reglas, siempre que se cumplan las normas peruanas y se respeten las leyes del estado receptor.

h)   Realizar diligencias judiciales, siempre que estén de acuerdo con las normas del Estado receptor.

i)    Realizar actuaciones notariales, registrales y administrativas de acuerdo a las leyes y el

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Reglamento Consular.

j)     Proveer a los connacionales de documentos de identidad, cumpliendo estrictamente los requisitos que mandan las leyes peruanas.

CADA PERUANO UN EMBAJADOR DEL PERU EN EL MUNDO

La tarea de representación de un país trasciende a los canales diplomáticos o consulares. El comportamiento de los nacionales de un país en el exterior contribuye a que los nacionales y

residentes del país receptor se formen una idea de la idiosincrasia y características de los habitantes del país de origen. Ahí radica la importancia  de que cada ciudadano peruano

cuando viaja al exterior observe una conducta acorde con las mejores tradiciones que inspiraron la formación de nuestra nación.

SERVICIOS CONSULARES PARA LOS CONNACIONALES

Las actuaciones consulares y las gestiones que realizan los funcionarios consulares deben de ceñirse estrictamente a las  normas constitucionales y a la legislación vigente, tanto en el país

como en el estado receptor.

Las actuaciones consulares y las gestiones que cumplen los funcionarios consulares, deberán sustentarse siempre en las normas legales especiales y generales vigentes y en una correcta

interpretación de las mismas.

Todas las actuaciones consulares estarán sujetas al pago de derechos fijados por la tarifa consular, excepto las inscripciones en los Registros de Nacionales, de Estudiantes y de Estado Civil (nacimientos, matrimonios y defunciones) entre otras, las mismas que son gratuitas. La

gratuidad para algunas actuaciones consulares se otorga de acuerdo con las limitaciones establecidas por el Reglamento y la Tarifa Consular.

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Un Consulado:

Inscribe en el Registro de Nacionales. Registra nacimientos, matrimonios y defunciones, conforme a las normas establecidas

por el RENIEC. Expide y renueva Pasaportes, de acuerdo a las reglas y los requisitos exigidos por la

Dirección General de Migraciones y Naturalización -DIGEMIN- Expide Salvoconductos. Tramita la obtención del documento nacional de identidad -DNI-y su duplicado, de

acuerdo a las reglas y los requisitos exigidos por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC-

Realiza inscripciones al Servicio Militar y gestiona el canje de la boleta por la libreta militar, así como su duplicado, de acuerdo a las reglas y los requisitos exigidos por los Institutos Armados del Perú.

Legaliza firmas de autoridades peruanas y locales, conforme a las normas vigentes. Otorga poderes y autorizaciones de viaje de menores. Brinda asistencia, no económica, a los connacionales. Promueve la organización de la comunidad peruana.

EN EL CONSULADO LOS CONNACIONALES DEBEN:

Registrarse apenas lleguen al país de destino para así poderles brindar asistencia y protección cuando lo requieran.

Inscribirse en el Servicio Militar el año en que cumplan los 17 años de edad: (varones entre el 1 de Enero hasta el 31 de marzo y mujeres entre el 1 de Abril  hasta el 30 de junio).

Inscribirse en el Registro Electoral. Inscribir el matrimonio,  nacimiento de los hijos  y/o la defunción de algún familiar. Sufragar en los procesos electorales que son convocados por el Jurado Nacional de

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Elecciones.

LO QUE UN CÓNSUL NO PUEDE HACER

No puede asumir las cuentas de los connacionales (por ejemplo de hotel, bar,  restaurante o deuda).

No puede pagar pasajes. No puede hacer el trabajo de una agencia de viajes, aerolínea o banco. No puede hacer que le den trato especial en hospitales o en las cárceles en comparación

con la dada a los nacionales del país. No puede dar consejo legal oficial, iniciar procedimientos judiciales por un nacional, o

interferir formalmente en procedimientos judiciales que se  desarrollan de acuerdo a las leyes del lugar de su jurisdicción.

No puede ocultar un crimen. No puede ayudar a nacionales de doble nacionalidad en el país de su segunda

nacionalidad. No puede conseguirle trabajo o permiso de trabajo. No puede interferir con las decisiones de las autoridades de inmigración locales en el

caso que le sea denegado el ingreso al país, ni solicitar prorrogas para permanecer en el país.

No puede hacer excepciones en los requisitos solicitados para hacer trámites en el consulado, debiendo observar en todo momento lo dispuesto tanto por las leyes peruanas como las del país en que se encuentra.