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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Aprobado S.D N° 615-2016
Fecha 24-06-2016
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Prohibida su reproducción sin autorización del CSIG de ELECTROSUR S.A.
EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO
PUBLICO DE ELECTRICIDAD
REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF)
ELECTROSUR S.A.
Presidente del Directorio
Vice Presidente
Directores
Gerente General
Jefe del Órgano de Control Institucional
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TÍTULO PRIMERO
NATURALEZA, FINALIDAD, VISIÓN, MISIÓN, OBJETIVOS Y BASE LEGAL
Artículo 1°.- DE LA NATURALEZA La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad, Electrosur S.A., fue creada por Ley N° 24093 del 28 de enero de 1985, iniciando sus operaciones a partir del 01 de junio del mismo año, para prestar servicio de distribución y comercialización de energía eléctrica en las unidades de concesión otorgadas por el Estado Peruano, siendo su régimen de Derecho Privado y Categoría “B". Artículo 2°.- DE LA FINALIDAD Electrosur S.A. tiene como finalidad la atención a las necesidades de energía eléctrica en el ámbito de los departamentos de Tacna y Moquegua, a través de la distribución y comercialización de la energía eléctrica, ejecutando las actividades propias del servicio de electricidad, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, disposiciones complementarias y modificaciones. Artículo 3°.- DE LA VISIÓN “Consolidarnos como una empresa eficiente, moderna y responsable”. Artículo 4°.- DE LA MISIÓN "Satisfacer la necesidad de energía de nuestros clientes, contribuyendo a su desarrollo y bienestar, con calidad, responsabilidad social y respeto al medio ambiente, comprometidos con la satisfacción laboral y el desarrollo de las competencias de nuestro personal" Artículo 5°.- DE LOS OBJETIVOS Son objetivos estratégicos de Electrosur S.A • Maximizar la creación de valor económico • Mejorar los procesos de gestión interna y de gobierno corporativo. • Crear valor social • Mejorar la Imagen Empresarial • Fortalecer la Gestión del Talento Humano Artículo 6°.- DE LA BASE LEGAL Electrosur S.A. desarrolla sus actividades de conformidad con los siguientes dispositivos legales y normativa: a) Ley N° 24093 del 28.0.1.85, Ley de Creación de Electrosur S.A., Resolución Ministerial N°
096-85-EM del 22.04.85 Constitución de la Empresa. b) Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento (D.S. 009-93-EM),
disposiciones complementarias y modificatorias. c) Ley N° 24948, Ley de la Actividad Empresarial del Estado y su Reglamento. d) Ley N° 26887, Ley General de Sociedades. e) Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de
la República. f) Ley N° 28716, Ley de Control Interno en las Entidades del Estado. g) Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo h) Decreto Legislativo N° 1031, que Promueve la Eficiencia de la Actividad Empresaria del
Estado. i) Resolución Ministerial N° 096-85-EM del 22.04.85 Constitución de la Empresa.
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j) Resolución Ministerial N° 037-2006-EM/DM del 17.01.06, que aprueba el Código Nacional de Electricidad.
k) Acuerdo de Directorio N° 001-2006/028-FONAFE, que aprueba el Código Marco de Control Interno de Las Empresas del Estado
l) El Estatuto Social de Electrosur S.A. m) Otros de carácter específico, que le sean aplicables
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TITULO SEGUNDO
ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES
CAPITULO I ESTRUCTURA ORGANICA
Artículo 7°.- ESTRUCTURA ORGÁNICA Para el cumplimiento de sus objetivos estratégicos y con su misión institucional, Electrosur S.A. cuenta con la siguiente estructura orgánica: A. JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS B. ORGANO DE DIRECCIÓN
Directorio C. ORGANO DE CONTROL
Órgano de Control Institucional D. ORGANO DE EJECUCIÓN Gerencia General
Oficina de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente E. ORGANO DE ASESORIA
Oficina de Asesoría Legal Unidad de Planeamiento y Desarrollo
Oficina de Desarrollo y Gestión
Oficina de Gestión Presupuestal
Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones F. ORGANO DE APOYO
Gerencia de Administración y Finanzas
Departamento de Contabilidad y Finanzas
Departamento de Recursos Humanos
Departamento de Logística
G. ORGANOS DE LINEA Gerencia Técnica
Departamento de Proyectos
Departamento de Obras Gerencia de Operaciones
Oficina de Gestión del Mantenimiento
Departamento de Control de Operaciones
Departamento de Mantenimiento de Redes
Gerencia Comercial
Departamento de Comercialización
Departamento de Mantenimiento de Conexiones
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Unidad Operativa Ilo
Departamento de Comercialización Ilo
Departamento de Mantenimiento Ilo
Unidad Operativa Moquegua
Departamento de Comercialización Moquegua
Departamento de Mantenimiento Moquegua
El organigrama general de la empresa es el siguiente:
JUNTA GENERAL DE
ACCIONISTAS
DIRECTORIO
Órgano de Control
Institucional
Gerencia General
Oficina de Asesoría
Legal
Of. de Prevención de Riesgos y Medio
Ambiente
Gerencia de Administración
y Finanzas
Unidad de Planeamiento y
Desarrollo
Gerencia de
Operaciones
Unidad Operativa
Ilo
Unidad Operativa
Moquegua
Gerencia de
Comercial
Gerencia
Técnica
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CAPITULO II
LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
Artículo 8°.- LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
La Junta General de Accionistas es el órgano supremo de la Sociedad. La Junta General de
Accionistas se reúne obligatoriamente cuando menos una vez al año, dentro de los tres (03)
meses siguientes a la terminación del ejercicio económico.
La Junta General de Accionistas se celebrará en sede social de la empresa, pudiendo celebrarse en lugar distinto de así acordarlo el Directorio.
Artículo 9°.- La Junta Obligatoria Anual tiene por objeto: a) Pronunciarse sobre la gestión social y los resultados económicos del ejercicio anterior
expresados en los estados financieros del ejercicio anterior. b) Resolver sobre la aplicación de las utilidades, si las hubiere. c) Elegir cuando corresponda a los miembros del Directorio y fijar su retribución. d) Designar o delegar en el Directorio la designación de auditores externos, cuando corresponda;
y, e) Resolver sobre los demás asuntos que le sean propios, conforme al Estatuto y sobre
cualquier otro consignado en la convocatoria.
Artículo 10°.- Constituyen otras atribuciones de la Junta General de Accionistas: a) Remover a los miembros del Directorio y en tal supuesto o en el caso de vacancias de que
trata el artículo 36° del Estatuto, elegir a sus nuevos integrantes. b) Modificar el Estatuto Social. Para modificar los artículos 19°, 22° inciso b, 23°, 28°, 29°, 42° y
50° del Estatuto Social se requerirá la presencia y el voto conforme de accionistas representantes de no menos de las dos terceras partes del capital social suscrito y pagado.
c) Aumentar el capital. d) Emitir toda clase de bonos u obligaciones para la Sociedad. e) Disponer investigaciones y auditorías especiales. f) Acordar la transformación, fusión, escisión, reorganización y disolución de la Sociedad, así
como tratar su liquidación. g) Pronunciarse respecto a la transferencia de acciones conforme lo dispone la Ley N° 26844. h) Resolver en los casos en que la Ley o el Estatuto dispongan su intervención, o en cualquier
otro en que lo requiera el interés social y que haya sido objeto de la convocatoria. i) Aprobar Plan Estratégico Institucional.
Las atribuciones de la Junta General de Accionistas, serán ejercidas respetando necesariamente
los derechos especiales que la Ley y el Estatuto consagran a los titulares de cada serie.
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CAPITULO III
ÓRGANO DE DIRECCION
EL DIRECTORIO Artículo 11°.- DEL DIRECTORIO El Directorio es el máximo órgano que dirige Electrosur S.A. y está conformado por cinco (05)
miembros elegidos por la Junta General Artículo 12°.- FACULTADES DEL DIRECTORIO El Directorio está facultado para: a) Determinar la forma como debe darse cumplimiento al fin social, teniendo en cuenta los
lineamientos que hubiere fijado la Junta General de Accionistas.
b) Dirigir a la empresa para el logro de sus objetivos estratégicos y objetivos específicos. c) Aprobar el Reglamento Interno y la organización de la Sociedad, así como reglamentar su
funcionamiento
d) Ejercer la representación de la Sociedad.
e) Designar al Gerente General, los Gerentes de Área y demás funcionarios que ejerzan cargos
de confianza y removerlos.
f) Supervisar la marcha de la sociedad.
g) Presentar a la Junta Obligatoria Anual, al término de cada ejercicio económico, los Estados
Financieros, la Memoria Anual y la propuesta, tanto de distribución de utilidades, cuanto de la separación de reservas y fondos especiales.
h) Establecer sucursales, agencias, oficinas y otras dependencias conforme a lo establecido en
los Estatutos de la Sociedad.
i) Aceptar la dimisión de sus miembros y proveer vacantes que se produzcan, según los
Estatutos de la Sociedad.
j) Autorizar toda clase de operaciones crediticias con instituciones públicas o privadas,
nacionales o extranjeras, bajo cualquier modalidad y sin límites en cuanto al monto.
k) Adquirir y vender bienes y servicios, así como gravarlos, siempre que su valor comercial sea mayor al equivalente de ciento sesenta (160) unidades impositivas tributarias o el gravamen no exceda de ciento sesenta (130) de tales unidades dando cuenta a la Junta General de Accionistas, teniendo siempre en cuenta las atribuciones especiales de la Junta General, a que se refiere el artículo 23° del Estatuto.
l) Proponer la emisión de la Sociedad de bonos y otras obligaciones, así como las condiciones
de la emisión.
m) Otorgar poderes, a sus propios miembros o a terceros n) Fijar las remuneraciones del Gerente General, los Gerentes y aquellos otros trabajadores
designados por el Directorio, así como aprobar las escalas de las remuneraciones del
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personal de la Sociedad.
o) Realizar todos los actos civiles o comerciales no renumerados en los incisos precedentes, salvo el otorgamiento de préstamos y la concesión de fianzas.
p) Delegar determinados asuntos a uno o más de sus miembros, al Gerente General o uno o
más gerentes, con las limitaciones consignadas en el párrafo final del artículo 174° de la Ley General de Sociedades y en su caso, la votación calificada que requiere el indicado artículo.
q) Ejercer todas las demás atribuciones que por Ley le corresponden.
r) Lo establecido en el inciso m) no impide la concesión de préstamos a los trabajadores de la
sociedad con arreglo a la legislación laboral o los pactos de esa naturaleza.
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CAPITULO IV
ÓRGANO DE CONTROL
ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
Artículo 13°.- DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Es el órgano de control de la empresa conformante del Sistema Nacional de Control, encargado de ejecutar el control gubernamental interno posterior. Se sujeta a los principios y atribuciones establecidos en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Tiene dependencia técnica y funcional de la Contraloría General de la República. El jefe del Órgano de Control Institucional es un funcionario designado por la citada entidad. Artículo 14°.- FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Tiene a cargo las funciones siguientes: a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de Electrosur S.A, sobre la
base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, a que se refiere el Artículo 7° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el control externo a que se refiere el Artículo 8° de dicha Ley, por encargo de la Contraloría General.
b) Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios de Electrosur S.A., así como a la gestión de la misma, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General.
c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de Electrosur
S.A., que disponga la Contraloría General, así como, las que sean requeridas por el Titular de Electrosur S.A. Cuando estas últimas tengan carácter de no programadas, su realización será ejecutada de acuerdo a los lineamientos de la Contraloría General.
d) Ejercer el control preventivo en Electrosur S.A., dentro del marco de lo establecido por
la Contraloría General para contribuir en la mejora de la gestión, sin que ello comprometa el ejercicio de su función, vía control posterior.
e) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General,
así como, al Titular de la entidad y del Sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.
f) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la Entidad, se adviertan indicios
razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
g) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y
ciudadanos, sobre actos y operaciones de Electrosur S.A, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación de sustento respectivo.
h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto.
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i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que implemente Electrosur S.A., como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a las disposiciones emitidas para tal efecto.
j) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General para la ejecución de las
labores de control en el ámbito de Electrosur S.A. Asimismo, el Jefe del Órgano de Control Institucional y el personal de dicho Órgano colaborarán, por disposición de la Contraloría General, en otras labores de control externo, por razones operativas o de especialidad.
k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a
Electrosur S.A., por parte de las áreas organizacionales y personal de ésta.
l) Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su
aprobación correspondiente por Electrosur S.A.
m) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la
Contraloría General.
n) Otras funciones que establezca la Contraloría General de la Republica
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CAPITULO V
ORGANO DE EJECUCIÓN
GERENCIA GENERAL
Artículo 15°.- DE LA GERENCIA GENERAL
La Gerencia General, es el órgano ejecutor de las decisiones y acuerdos del Directorio,
que se encarga de la planificación, organización, dirección, coordinación y control de las diversas actividades y proyectos que las áreas organizacionales desarrollan, de acuerdo
con los objetivos y metas empresariales.
Está a cargo de un Gerente General, quien depende del Directorio Artículo 16°.- FUNCIONES DE LA GERENCIA GENERAL a) Ejecutar las disposiciones del Directorio.
b) Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos de Directorio. Asimismo, cumplir y hacer
cumplir las resoluciones y directivas de la Junta General de Accionistas y el Directorio, respectivamente.
c) Proponer al Directorio, la política de gestión que permita una eficaz dirección de la
empresa, para el logro de sus fines y objetivos, establecidos en el Estatuto. d) Informar al Directorio sobre los asuntos de competencia de este órgano, los proyectos
y actividades técnicas operativas, comerciales, administrativas, financieras, inversiones, entre otros, de la empresa.
e) Someter a consideración del Directorio, de acuerdo a las disposiciones legales
vigentes, los siguientes documentos: Planes Estratégicos, Planes Operativos, Presupuesto Anual y sus modificaciones.
Balance General y Estados Financieros.
Proyecto de Memoria Anual.
Propuesta de Distribución de Utilidades.
Reglamentos, Directivas y Normatividad para su implementación en la gestión de la empresa
La estructura orgánica, el cuadro de asignación de personal, presupuesto analítico de personal, categorización salarial, entre otros,
Otros dispuestos por el Directorio.
f) Actuar como Secretario de la Junta General de Accionistas.
g) Representar a la Empresa en salvaguarda de los intereses de la misma, de acuerdo a las disposiciones legales establecidas.
h) Implementar, ejecutar y evaluar las disposiciones legales y normativas como: el Sistema de Control Interno, el Código de Buen Gobierno Corporativo, la Eficiencia de la Actividad Empresarial del Estado, Responsabilidad Social, entre otros, de acuerdo a lo dispuesto por el Directorio de la empresa.
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i) Dirigir, controlar y evaluar el Plan Estratégico y los Planes Operativos de las Áreas Organizacionales así como de los presupuestos correspondientes.
j) Dirigir, controlar y evaluar las actividades y proyectos de carácter financiero, administrativo, técnico operativo, comercial, inversiones, entre otros, de la Empresa.
k) Aprobar la adquisición de bienes, contratación de obras, servicios, entre otros, de acuerdo a los niveles de autorización de gastos establecidos en la normatividad vigente y disposiciones del Directorio.
l) Dirigir, controlar y evaluar la imagen y las relaciones necesarias y efectivas con los organismos públicos y privados, nacionales y extranjeros.
m) Administrar y controlar los indicadores así como de los reglamentos, directivas normas, entre otros, para la mejor gestión de la empresa
n) Cuidar por el cumplimiento de las obligaciones legales, por la salva guarda de los activos, patrimonio, entre otros, de la empresa.
o) Otras funciones que le asigne el Directorio de la Empresa en el ámbito de su competencia y de acuerdo a lo establecido en los Estatutos de la Empresa.
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OFICINA DE PREVENCION DE RIESGOS Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 17°.- DE LA OFICINA DE PREVENCION DE RIESGOS Y MEDIO AMBIENTE
La Oficina de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente, es el órgano apoyo de la Gerencia
General, que administra las actividades relativas a la prevención de accidentes y enfermedades
ocupacionales, la seguridad patrimonial, así como de las responsabilidades ante el medio
ambiente.
Está cargo de un Jefe de Oficina, quien depende del Gerente General. Artículo 18°.- FUNCIONES DE LA OFICINA DE PREVENCION DE RIESGOS Y MEDIO AMBIENTE
a) Formular, implementar, controlar y evaluar los planes de seguridad y salud en el trabajo, seguridad patrimonial así como del medio ambiente de la empresa.
b) Elaborar, implementar, supervisar, controlar y evaluar los reglamentos, directivas,
manuales, entre otros, de los procesos de seguridad y salud en el trabajo así como del medio ambiente de la empresa.
c) Implementar, supervisar, controlar y evaluar las acciones dispuestas por los
dispositivos legales y normatividad vigente en seguridad y salud en el trabajo así como en medio ambiente.
d) Programar y desarrollar cursos de capacitación y entrenamiento en seguridad y salud
en el trabajo, seguridad patrimonial así como en medio ambiente.
e) Asesorar a las áreas de la empresa y a las empresas de servicios por terceros en
seguridad y salud en el trabajo, seguridad patrimonial así como en medio ambiente.
f) Supervisar las actividades y proyectos para la prevención de accidentes, condiciones
físicas de trabajo, instalaciones, daños patrimoniales, medio ambientales, entre otros.
g) Informar a las instancias internas, organismos reguladores, entre otros, sobre las actividades y ocurrencias en seguridad y salud en el trabajo, seguridad patrimonial así
como en medio ambiente.
h) Administrar la información y base de datos sobre seguridad y salud en el trabajo,
seguridad patrimonial así como en medio ambiente.
i) Supervisar y controlar el cumplimiento de las recomendaciones o medidas correctivas
emitidas por los organismos reguladores, u otras entidades. j) Administrar, supervisar y controlar los contratos, convenios, etc., con las entidades que
brindan servicio a la empresa en seguridad y salud en el trabajo, seguridad patrimonial así como en medio ambiente.
k) Otras funciones que le asigne la Gerencia General, en el ámbito de su competencia.
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CAPITULO VI
ORGANOS DE ASESORÍA
OFICINA DE ASESORÍA LEGAL
Artículo 19°.- DE LA OFICINA DE ASESORIA LEGAL La Oficina de Asesoría Legal es el órgano de asesoría, encargada de asesorar al Directorio,
Gerencia General y áreas organizacionales en el ámbito legal y jurídico legal en defensa de los
intereses de la empresa.
Está cargo de un Jefe de Oficina, quien depende del Gerente General Artículo 20°.- FUNCIONES DE LA OFICINA LEGAL a) Asesorar en forma oportuna y efectiva al Directorio, Gerencia General y diferentes áreas de la
empresa en el ámbito legal y jurídico.
b) Representar en defensa de los intereses de la empresa ante las diversas instancias judiciales,
administrativas, policiales, arbitrales, entre otros, de acuerdo a lo dispuesto por la Gerencia General.
c) Actuar como Secretario de Actas del Directorio, así como brindar la asesoría y el apoyo en los
aspectos administrativos y legales que correspondan.
d) Emitir opinión legal a solicitud del Directorio, Gerencia General o de las diferentes áreas de la
empresa sobre los documentos que se pongan a su consideración.
e) Gestionar los procesos legales, judiciales o administrativos que se le encomienden en forma
efectiva y oportuna.
f) Coordinar y supervisar a las acciones legales y judiciales encargadas a los asesores legales
externos de la empresa.
g) Examinar y asesorar sobre el aspecto legal de los contratos, convenios, acuerdos y otros que la empresa celebre con terceros, que hubieren sido sometidos a su consideración.
h) Preparar demandas, denuncias, impugnaciones, y todo documento necesario o conveniente
para la defensa administrativa, legal o judicial de la empresa.
i) Interpretar y difundir los dispositivos legales que sean de competencia y aplicables a la
actividad de la empresa.
j) Preparar la información correspondiente para la celebración de la Junta de Accionistas. k) Atender consultas de las distintas áreas de la empresa así como brindar el apoyo legal
efectivo y oportuno.
l) Organizar y administrar la información, documentación, y otros competentes a la responsabilidad de las funciones encomendadas.
m) Otras funciones que le asigne el Directorio y/o Gerencia General dentro del ámbito de su competencia.
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UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO
Artículo 21°.- UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO
La Unidad de Planeamiento y Desarrollo es el órgano de asesoría de la Gerencia General,
encargada del planeamiento y presupuesto empresarial, la programación, el control y el desarrollo
de la organizacional, así como de las tecnologías de la información y comunicaciones aplicables a
la empresa en su ámbito regional.
Está cargo de un Jefe de Unidad, quien depende del Gerente General Artículo 22°.- FUNCIONES DE LA UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO a) Proponer a la Gerencia General los planes estratégicos y planes operativos con sus
correspondientes presupuestos de la empresa así como efectuar la supervisión,
seguimiento y evaluación.
b) Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo anual, los planes de acción, programas y
actividades de la unidad así como su correspondiente presupuesto.
c) Participar en las actividades y gestiones para el Planeamiento, financiamiento de
programas y proyectos eléctricos.
d) Emitir políticas operativas, directivas, procedimientos y otros instrumentos técnico - normativos necesarios para el mejor funcionamiento de la unidad.
e) Elaborar, controlar y evaluar los documentos normativos de gestión así como las
directivas, Reglamentos, etc.
f) Promover, coordinar y evaluar el desarrollo de los programas para la implementación
del sistema integrado de gestión y la innovación empresarial.
g) Gestionar, controlar y evaluar el diseño y la implementación del Código de Buen Gobierno,
Sistema de Control Interno, Responsabilidad Social, entre otros.
h) Gestionar los procesos de certificación y recertificación de la empresa.
i) Efectuar el control de gestión y de los indicadores de la empresa. j) Formular, controlar y evaluar el presupuesto de la empresa, su coherencia con los objetivos y
las metas establecidas, y de acuerdo a la normatividad vigente.
k) Desarrollar el plan de implementación y mantenimiento de los sistemas de información, bases de datos, redes de comunicaciones y otras tecnologías de la
información.
l) Elaborar información, informes, reportes, memoria de la empresa, entre otros, sobre la
gestión de la empresa.
m) Gestionar la responsabilidad Social y así como las comunicaciones al exterior de la
empresa.
n) Gestionar el cumplimiento cabal de las actividades de la empresa con la NTCSE y
NTCSER.
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n) Coordinar con las áreas encargadas, la subsanación de las observaciones de
fiscalización y el envío periódico del Informe Consolidado de Avance de Subsanaciones a OSINERGMIN.
o) Otras funciones que le asigne la Gerencia General en el ámbito de su competencia. Artículo 23°.- DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA UNIDAD DEPLANEAMIENTO Y DESARROLLO La Unidad de Planeamiento y Desarrollo para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes órganos:
Oficina de Desarrollo y Gestión
Oficina de Gestión Presupuestal
Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones
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OFICINA DE CONTROL DE GESTIÓN Y DESARROLLO
Artículo 24°.- DE LA OFICINA DE CONTROL DE GESTIÓN Y DESARROLLO La Oficina de Control de Gestión y Desarrollo Organizacional es el órgano de línea de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, encargado de formular y proponer las políticas y actividades de desarrollo, planificación y control de gestión en la empresa. Está a cargo de un Jefe de Oficina, quien depende de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Artículo 25°.- FUNCIONES DE LA OFICINA DE CONTROL DE GESTIÓN Y DESARROLLO a) Apoyar en la formulación, implementar, supervisar, controlar y evaluar los planes estratégicos
y operativos de la empresa así como sugerir la implementación de medidas preventivas y/o
correctivas
b) Elaborar documentos normativos de racionalización (Estructura Orgánica, Reglamento de
Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones, Procedimientos, Reglamentos, etc.) y supervisar su implementación y cumplimiento en coordinación con el área de Recursos Humanos.
c) Efectuar seguimiento a los procesos certificados y recertificados de la empresa. d) Diseñar e implementar indicadores de gestión así como efectuar su seguimiento y evaluación.
e) Diseñar, implementar, supervisar, controlar y evaluar los programas para el mejoramiento de
la calidad y la innovación empresarial.
f) Efectuar el seguimiento y evaluación sobre la implementación de las medidas de gestión
dispuestas por el Directorio así como en lo que se refiere al Código de Buen Gobierno,
Sistema de Control Interno, entre otros.
g) Consolidar y preparar la información de la gestión empresarial, elaborar los informes a la Alta
Dirección.
h) Otras funciones que le asigne la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, en el ámbito de su
competencia.
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OFICINA DE GESTIÓN PRESUPUESTAL
Artículo 26°.- DE LA OFICINA DE GESTIÓN PRESUPUESTAL
La Oficina de Gestión Presupuestal es el órgano de línea de la Unidad de Planeamiento y
Desarrollo, encargada de planear, organizar, y controlar los recursos económicos financieros de
Electrosur S.A. y participar en el control y evaluación presupuestal de la empresa sobre la base de
la información proporcionada por los niveles correspondientes.
Está cargo de un Jefe de Oficina, quien depende de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Artículo 27°.- FUNCIONES DE LA OFICINA DE GESTIÓN PRESUPUESTAL a) Formular el presupuesto general de la empresa así como el control y evaluación.
b) Cuidar por el equilibrio entre ingresos y gastos de la empresa, proponer alternativas
para el mejor uso de recursos. c) Elaborar, ejecutar, controlar y evaluar el flujo del presupuesto anual. d) Controlar el uso y distribución de las partidas presupuéstales en el marco del
presupuesto operativo y de inversiones aprobado.
e) Evaluar la ejecución del Presupuesto Anual de la empresa, así como recomendar
medidas para su actualización y reasignación de recursos.
f) Elaborar informes de ejecución, control y evaluación presupuestal requeridos por la
empresa así como por FONAFE, según la normativa establecida. g) Otras funciones que le asigne la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, en el ámbito de
su competencia.
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OFICINA DE TECNOLOGIA DE INFORMACION Y COMUNICACIONES
Artículo 28°.- DE LA OFICINA DE TECNOLOGIA DE INFORMACION Y COMUNICACIONES
La Oficina de Tecnología de Información y Comunicaciones es el órgano de línea de la
Unidad de Planeamiento y Desarrollo, encargada de administrar los sistemas de
información y comunicaciones de la empresa.
Está cargo de un Jefe de Oficina, quien depende de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo 29°.- DE LAS FUNCIONES DE LA OFICINA DE TECNOLOGIA DE INFORMACION Y COMUNICACIONES
Formular, implementar, controlar y evaluar el Plan Estratégico y Operativo de Tecnologías
de Información y Comunicaciones, en coherencia con los planes estratégicos y operativos
de la empresa.
a) Coordinar y supervisar el diseño, desarrollo e implementación de los proyectos de
Tecnología de Información y Comunicaciones.
b) Proponer la adquisición, renovación, re potenciación del hardware, software, equipos,
entre otros, así como su correspondiente normalización.
c) Programar, ejecutar, controlar y evaluar el mantenimiento preventivo y correctivo del
hardware, software, equipos, entre otros.
d) Elaborar, implementar, supervisar, controlar y evaluar los reglamentos, directivas,
manuales, entre otros, de los procesos del área para garantizar la seguridad de la información, buen uso de los equipos, entre otros.
e) Administrar y desarrollar los medios y/o mecanismos para garantizar la integridad y
confidencialidad de la información, el respaldo y salvaguarda de la información. f) Actualizar la página web en coordinación con las áreas de la empresa. g) Brindar el soporte oportuno, asesoramiento, capacitación, entrenamiento, entre otros,
al personal de las áreas de la empresa en las actividades de su competencia.
h) Administrar la información y base de datos sobre los activos informáticos. i) Administrar las redes, los sistemas de transmisión de datos, entre otros. j) Otras funciones que le asigne la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, en el ámbito de su
competencia.
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CAPITULO VII
ORGANO DE APOYO
GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
Artículo 30°.- DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
La Gerencia de Administración y Finanzas es el órgano de apoyo de la Gerencia General,
encargada de administrar los recursos humanos, financieros, bienes y servicios,
Tecnología de la Información Prevención de Riesgo y Medio Ambiente entre otros.
Está cargo de un Gerente, quien depende del Gerente General Artículo 31°.- FUNCIONES DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS a) Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo anual, los planes de acción, programas y
actividades de la Gerencia así como su correspondiente presupuesto.
b) Emitir políticas operativas, directivas, procedimientos y otros instrumentos técnico -
normativos necesarios para el mejor funcionamiento de la Gerencia.
c) Elaborar el Programa Financiero sobre la base de los diversos proyectos y
presupuestos de la empresa.
d) Supervisar y evaluar la eficiencia del Programa de Capacitación y Desarrollo de
Recursos Humanos. e) Establecer las relaciones necesarias con las entidades bancarias y otros organismos
públicos y privados nacionales.
f) Supervisar la gestión contable y los registros contables, concebidos como instrumentos de
información gerencial.
g) Elevar a consideración del Gerente General, de acuerdo a las disposiciones legales
vigentes, para su posterior aprobación por el Directorio los siguientes documentos:
Balance General, Estados Financieros e informes de gestión.
Propuesta de Distribución de utilidades
Otros dispuestos por el Gerente General h) Establecer los servicios y actividades tendientes al logro de la eficiencia, armonía y
colaboración de todos los trabajadores de la empresa i) Dirigir, controlar y evaluar los programas de simplificación administrativa,
racionalización de gastos y de costos, así como evaluar los resultados, y proponer las acciones correctivas al respecto.
j) Autorizar la adquisición, control y transporte de todos los bienes, materiales y servicios,
entre otros, requeridos por las diferentes áreas de la empresa.
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k) Otras funciones que le asigne la Gerencia General en el ámbito de su competencia.
Artículo 32°.- DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
La Gerencia de Administración y Finanzas para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes órganos:
Departamento de Contabilidad y Finanzas
Departamento de Recursos Humanos
Departamento de Logística.
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DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y FINANZAS Artículo 33°.- DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y FINANZAS
El Departamento de Contabilidad y Finanzas es el órgano de línea de la Gerencia de
Administración y Finanzas, encargado de elaborar la información contable y financiera de la
empresa en Estados Financieros oportunos y confiables.
Está cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Gerente de Administración y Finanzas. Artículo 34°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y FINANZAS a) Organizar el sistema contable de la empresa.
b) Revisar, actualizar, adecuar y proponer las políticas de gestión económica y financiera
de la empresa. Asimismo, proponer las normas y procedimientos contables financieros
para mejorar la gestión del área.
c) Preparar los Estados Financieros para satisfacer los requerimientos de la Dirección de
la empresa, así como organismos externos, tales como, Contraloría General de la
República, Contaduría Pública, FONAFE, Bancos y otras entidades crediticias
nacionales.
d) Suministrar los estados, informes y estadísticas comparativas de ejecución contable
necesarios, para las evaluaciones correspondientes y para la formulación y modificaciones pendientes.
e) Presentar los Estados Financieros de la empresa ante la Gerencia de Administración y
Finanzas, Gerencia General y/o Directorio, así como ante cualquier autoridad que lo solicite.
f) Mantener, actualizar y aprobar el Plan de Cuentas de la empresa y presentar su
denominación, concepto, dinámica y manejo. g) Promover y brindar entrenamiento contable para el personal de las oficinas de Tacna,
Moquegua e llo. Mantenerlos actualizados sobre los procedimientos vigentes y aplicación de nuevos procedimientos.
h) Emitir las directivas contables para efectos de unificación de criterios en la aplicación
de procedimientos para la contabilización de operaciones diaria, cierre mensual y/o de ejercicio, toma de inventarios, etc.
i) Supervisar la toma de arqueos, periódicos y sorpresivos, de los Fondos Fijos de la
empresa. j) Efectuar inventarios selectivos a fin de controlar permanentemente la existencia física
de los bienes e informar los bienes que cumplieron su vida útil, verificar su operatividad coordinando con el responsable usuario, de ser necesario proponer la baja correspondiente.
k) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas en el ámbito de su competencia.
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DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
Artículo 35°.- DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
El Departamento de Recursos Humanos es un órgano de línea de la Gerencia de Administración y
Finanzas, responsable de administración de los recursos humanos y brindar asesoramiento en
gestión de personal a directivos, jefes de área y trabajadores.
Está cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Gerente de Administración y Finanzas Artículo 36°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS a) Elaborar, ejecutar y evaluar el plan operativo y presupuesto de recursos humanos.
b) Proponer e implementar los correspondientes procesos, procedimientos, directivas,
reglamentos, entre otros, de selección, contratación, capacitación, desarrollo, evaluación del desempeño y remuneraciones, servicio social y bienestar del personal, entre otros de la empresa.
c) Gestionar y supervisar los procesos de selección de personal y evaluación de
desempeño. d) Fomentar los mecanismos idóneos para mejorar la cultura organizacional, los valores y
el clima laboral así como la difusión y evaluación de los mismos, en coordinación con las áreas de la empresa.
e) Asesorar a las áreas de la empresa en aspectos de gestión de personal, beneficios,
bienestar y servicio social, capacitación, relaciones laborales, favoreciendo la optimización del desempeño personal.
f) Proponer e implementar los planes de capacitación, de bienestar social y desarrollo
del personal g) Supervisar y desarrollar las comunicaciones internas en coordinación con las áreas de
la empresa. h) Supervisar y controlar el cumplimiento de los dispositivos legales vigentes, directivas internas
de la empresa y Reglamento Interno de Trabajo, entre otros,
i) Administrar las relaciones laborales de la empresa. j) Supervisar el proceso de elaboración de las Planillas y Boletas de Pago, y beneficios sociales
y asegurar el proceso de pago correspondiente al personal, según cronograma establecido.
k) Elaborar informes, estadísticas respecto a la fuerza laboral, movimiento de personal y
otros ante organismos externos: FONAFE, Ministerio de Trabajo, AFP´s, SUNAT, ESSALUD, etc.
l) Representar a la Empresa en gestiones e inspecciones ante la Autoridad Administrativa
de Trabajo y otras en materia de su competencia.
m) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas en el ámbito de su competencia
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DEPARTAMENTO DE LOGÍSTICA
Artículo 37°.- DEL DEPARTAMENTO DE LOGÍSTICA El Departamento de Logística es un órgano de línea de la Gerencia de Administración y Finanzas, que tiene como función principal programar, coordinar y administrar la adquisición, control, transporte y almacenamiento de todos los bienes, suministros y servicios que requieren las diferentes áreas de la empresa en forma oportuna, con la calidad. Está cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Gerente de Administración y Finanzas. Artículo 38°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE LOGISTICA a) Elaborar, planificar, organizar y controlar la ejecución del Plan de Adquisiciones y
Contrataciones de la empresa.
b) Gestionar la programación, ejecución y cumplimiento de los procesos de selección para contrataciones y adquisiciones que requieren las áreas.
c) Organizar, supervisar y controlar las actividades procedentes de las áreas de compras,
servicios generales y almacenes, así como de los contratos de adquisición de bienes y servicios.
d) Realizar las indagaciones y estudios de mercado para establecer los valores
referenciales de los procesos de selección.
e) Asegurar el flujo de bienes y servicios en forma oportuna, calidad y costo, para el adecuado desenvolvimiento operativo de las diferentes áreas de la empresa.
f) Administrar los indicadores de gestión, estadísticas e información del área a su cargo, evaluar resultados y tomar las medidas correctivas necesarias
g) Presentar informes requeridos por las entidades internas y externas en forma oportuna.
h) Administrar las órdenes de compra, facturas, órdenes de servicio, notas de pedido de stock y del Plan de Adquisiciones.
i) Administrar el proceso de abastecimiento de bienes y suministros así como el proceso
de almacenamiento y custodia j) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas en el ámbito
de su competencia.
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CAPITULO VIII
ORGANOS DE LINEA
GERENCIA TÉCNICA
Artículo 39°.- DE LA GERENCIA TÉCNICA
La Gerencia Técnica es el órgano de línea de la Gerencia General encargada de atender la
Fiscalización y control de pérdidas del servicio eléctrico así como de la ejecución de estudios,
proyectos y obras de la empresa a nivel regional.
Está a cargo de un Gerente, quien depende del Gerente General Artículo 40°.- FUNCIONES DE LA GERENCIA TÉCNICA a) Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo anual, los planes de acción, programas y
actividades de la gerencia.
b) Formular el presupuesto de operaciones y participar en las inversiones de la empresa,
así como controlar su ejecución y cumplimiento.
c) Emitir políticas operativas, directivas, procedimientos y otros instrumentos de unidad -
normativos necesarios para el mejor funcionamiento de la Gerencia.
d) Formular y controlar el programa de inversiones de las áreas de concesión de
Electrosur S.A. y gestionar las respectivas viabilidades.
e) Supervisar y controlar la elaboración de los planes de desarrollo eléctrico. f) Efectuar las actividades y gestiones para el financiamiento de programas y proyectos
eléctricos.
g) Dirigir y ejecutar los estudios y obras relacionados con la infraestructura eléctrica, desde el nivel de ingeniería básica hasta el nivel definitivo, referidos a los proyectos de inversión a cargo de Electrosur S.A.
h) Dirigir y controlar la ejecución de estudios técnico económicos de los sistemas de
energía eléctrica, referidos a los proyectos de responsabilidad de Electrosur S.A.
I) Aprobar los proyectos de electrificación urbana y rural, correspondientes a la zona de
concesión, emitiendo las resoluciones respectivas. m) Dirigir y supervisar la ejecución de las estrategias y planes de trabajo para el Control de
Pérdidas de Energía Técnicas y Comerciales de Electrosur. n) Control de pérdidas comerciales y técnicas en coordinación con las áreas operativas de Tacna,
Ilo y Moquegua. o) Dar conformidad a los planes y desarrollo de electrificación urbano y rural no considerado en la
zona de concesión e instalaciones de sistemas de utilización en Media Tensión.
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p) Otras funciones que le asigne la Gerencia General en el ámbito de su competencia. Artículo 41°.- DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA GERENCIA TÉCNICA La Gerencia Técnica para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes órganos:
Departamento de Proyectos
Departamento de Obras
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DEPARTAMENTO DE PROYECTOS
Artículo 42°.- DEL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS
El Departamento de Proyectos es el órgano de línea de la Gerencia Técnica, encargado
del diseño y elaboración del programa de inversiones de la empresa, a corto y largo plazo,
orientados a la reposición de instalaciones eléctricas, al mejoramiento de la calidad del
servicio, electrificación de nuevas habilitaciones urbanas y pequeñas ampliaciones.
Está a cargo de un jefe de departamento, quien depende del Gerente Técnico Artículo 43°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS
a) Formular el programa de inversiones de las áreas de concesión de Electrosur S.A. y
gestionar las respectivas viabilidades.
b) Elaborar el análisis técnico, económico y financiero de los proyectos de inversión de la
empresa, actualizar los costos y establecer las prioridades en la ejecución de los proyectos.
c) Centralizar la información técnica, económica y financiera de la inversión de la empresa
para ser analizada, estableciendo los parámetros para su evaluación.
d) Verificar y visar la factibilidad técnica de los proyectos de suministro de energía
eléctrica de redes de distribución primaria y secundaria.
e) Revisar y modificar los proyectos eléctricos existentes, cuando sea necesario, para
optimizar el diseño y adecuados a las normas, directivas y criterios técnicos establecidos por la empresa.
f) Atender consultas de interesados respecto a proyectos de ampliación de la frontera
eléctrica y otros incluidos en el programa de inversiones. g) Elaborar los expedientes técnicos y bases de concurso para ejecución de las obras.
h) Registrar la información de las redes eléctricas de los expedientes con aprobación y
conformidad de proyecto, en el Sistema Georeferenciado. i) Desarrollar estudios y análisis de la operación del Sistema Eléctrico de Distribución
primaria y secundaria, a fin de asegurar la confiabilidad, calidad y economía de la
operación del sistema en las áreas de crecimiento de las Instalaciones.
j) Otras funciones que le asigne el Gerente Técnico en el ámbito de su competencia.
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DEPARTAMENTO DE OBRAS
Artículo 44°.- DEL DEPARTAMENTO DE OBRAS
El Departamento de Obras es el órgano de línea de la Gerencia Técnica, encargado de dirigir,
coordinar y controlar las ejecuciones de las obras de proyectos nuevos, ampliaciones y
remodelaciones de las instalaciones eléctricas.
Está a cargo de un jefe de departamento, quien depende del Gerente Técnico Artículo 45°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE OBRAS
a) Supervisar las obras relacionadas con las instalaciones de Distribución, comprendidas
en el Plan Nacional de Extensión de la Frontera Eléctrica, y los planes y actividades
regionales y locales de desarrollo.
b) Informar periódicamente el avance físico de las obras c) Inspeccionar las obras a su cargo y hacer cumplir el contrato en concordancia al T.U.O.
de la ley y su reglamento.
d) Revisar los expedientes técnicos y bases de concursos, para la convocatoria de las
licitaciones y/o concursos públicos para la ejecución de obras por contrato.
e) Participar en los procesos de licitación y/o concursos públicos. Igualmente emitir
opinión técnica en la adjudicación de la Buena Pro, para la ejecución de estudios y
obras por contrato.
f) Aprobar las valorizaciones de obras por contratar y dar trámite para la cancelación
correspondiente.
g) Supervisar las pruebas, puesta en marcha y recepción de obras, así como supervisar el
proceso de liquidación técnica y económica de las obras concluidas.
h) Ejecutar la liquidación técnica y económica de las obras concluidas por contrato.
i) Registrar la información de las redes eléctricas de las obras en el Sistema Georeferenciado. j) Otras funciones que le asigne el Gerente Técnico en el ámbito de su competencia.
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GERENCIA DE OPERACIONES
Artículo 46°.- DE LA GERENCIA DE OPERACIONES La Gerencia de Operaciones es el órgano de línea de la Gerencia General, la encargada de la Operación y Mantenimiento del Sistema Eléctrico de la empresa garantizando la confiabilidad, calidad y seguridad del suministro de energía eléctrica. Está a cargo de un Gerente, quien depende del Gerente General . Artículo 47°.- DE LAS FUNCIONES DE LA GERENCIA DE OPERACIONES a) Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo anual, los planes de acción, programas y
actividades de operación y mantenimiento de los Sistemas de Transmisión de la empresa y del Sistema de Distribución de Tacna.
b) Formular el presupuesto de operaciones y participar en las inversiones de la empresa, en base a ello controlar su ejecución y cumplimiento.
c) Conducir las actividades de mantenimiento predictivos, preventivos y correctivos del Sistema de Transmisión a nivel regional así como del Sistema de Distribución en el
ámbito de Tacna
d) Emitir políticas operativas, directivas, procedimientos y otros instrumentos técnico - normativos necesarios para optimizar los sistemas de transmisión y distribución de energía eléctrica en el ámbito de la empresa.
e) Coordinar con las Unidades Operativas de lio y Moquegua para la operación y el mantenimiento del Sistema de Distribución correspondiente
f) Participar en la elaboración de planes y proyectos de inversión de la empresa
g) Cumplir con la normatividad, los procedimientos, entre otros, establecidos por los
órganos reguladores y fiscalizadores, entre otros
h) Informar al COES, a los organismos reguladores y fiscalizadores, entre otros, sobre la
operación y el mantenimiento de transmisión y distribución
i) Otras funciones que le asigne la Gerencia General en el ámbito de su competencia. Artículo 48°.- DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA GERENCIA DE OPERACIONES La Gerencia de Operaciones para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes órganos:
Oficina de Gestión del Mantenimiento
Departamento de Control de Operaciones
Departamento de Mantenimiento de Redes
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OFICINA DE GESTION DEL MANTENIMIENTO
Artículo 49°.- DE LA OFICINA DE GESTION DEL MANTENIMIENTO
La Oficina de Gestión del Mantenimiento es el órgano de apoyo de la Gerencia de Operaciones, encargada de planificar, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de los programas de
mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de las redes eléctricas de distribución y
transmisión de las sedes de Tacna, Moquegua e lio.
Está a cargo de un Jefe de Oficina, quien depende del Gerente de Operaciones Artículo 50°.- DE LAS FUNCIONES DE LA OFICINA DE GESTION DEL MANTENIMIENTO
a) Programar, coordinar y controlar en forma eficiente las actividades de mantenimiento
predictivos, preventivos y correctivos de las redes eléctricas de distribución y
subestaciones MT/BT del Departamento de Tacna, Moquegua e lio.
b) Programar el mejoramiento de la operatividad del sistema de distribución del
Departamento de Tacna, Moquegua e lio., de acuerdo a la NTCSE.
c) Mantener actualizado la base de datos del sistema de distribución, considerando la
seguridad pública, calidad de alumbrado público, calidad de producto y calidad de servicio a fin de programar el mantenimiento de las mismas.
d) Controlar el cumplimiento de la normatividad como el Código Nacional de Electricidad
en lo que se refiere al Suministro en los sistemas eléctricos de distribución, entre otros.
e) Controlar el cumplimiento de los procedimientos sobre la fiscalización y atención de
deficiencias de Alumbrado Público y de las deficiencias de distancias mínimas de seguridad, entre otros.
f) Coordinar las reparaciones en los casos de fallas en las instalaciones eléctricas de
distribución, para la reposición del servicio eléctrico.
g) Coordinar la elaboración de la información necesaria para la presentación de las
solicitudes de calificación y medios probatorios de Fuerza Mayor y trámites de
Reconsideración y/o Apelaciones de resoluciones del organismo fiscalizador.
h) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Operaciones en el ámbito de su
competencia.
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DEPARTAMENTO DE CONTROL DE OPERACIONES Artículo 51°.- DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE OPERACIONES El Departamento de Control de Operaciones es el órgano de línea de la Gerencia de Operaciones encargado de efectuar la programación, control y análisis de las operaciones en AT/MT con las diferentes áreas operativas de Tacna, Moquegua e lio. Está a cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Gerente de Operaciones Artículo 52°.- DE LAS FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DE OPERACIONES
a) Efectuar la programación y control de los cortes de energía con las diferentes áreas
operativas así como emitir reportes estadísticos y analizar las fallas en el Sistema
Eléctrico.
b) Coordinar con las empresas generadoras, empresas transmisoras y el COES, sobre el
funcionamiento, suspensión, entre otros, del Sistema Eléctrico, así como informar en forma oportuna al organismo regulador, entre otros.
c) Elaborar la planilla de mediciones e interrupciones del servicio de energía eléctrica a
nivel regional.
d) Reportar al COES el programa de mantenimiento de transmisión, las perturbaciones
del sistema, entre otros, de acuerdo a la normatividad establecida
e) Supervisar en el desarrollo de las actividades de los Operadores del Centro de Control
y de la Sala de Control de la Subestación Ilo. f) Mantener actualizados los diagramas de protección, medición y maniobra, tablas de
ajustes de los relés de protección y manuales de operación, en coordinación con las áreas involucradas.
g) Supervisar y controlar la operatividad y mantenimiento del Sistema SCADA.
h) Supervisar la correcta funcionalidad y actualización permanente del Sistema Georeferenciado.
i) Formular y supervisar el programa de mantenimiento de las Subestaciones AT/MT. j) Supervisar y coordinar la operación técnica de los planes, procedimientos, entre otros,
del sistema de distribución eléctrica en las unidades operativas de Moquegua e Ilo k) Participar en la toma de lectura de los medidores y procesar la compra de energía para
la facturación correspondiente. j) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Operaciones en el ámbito de su
competencia.
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DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE REDES
Artículo 53°.- DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE REDES
El Departamento de Mantenimiento de Redes es el órgano de línea de la Gerencia de
Operaciones, encargado de administrar, coordinar y controlar la ejecución de los planes,
programas y actividades de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo del Sistema de
Transmisión y Distribución en el ámbito de la Región Tacna.
Está a cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Gerente de Operaciones Artículo 54°.- DE LAS FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE REDES a) Formular, supervisar, controlar y ejecutar los programas de mantenimiento preventivo y
correctivo del sistema de transmisión y distribución en el ámbito de Tacna
b) Establecer los índices y parámetros de operación para garantizar la operación y mantenimiento del sistema de transmisión y del sistema de distribución en el ámbito de Tacna.
c) Ejecutar maniobras de conexión y desconexión de los circuitos eléctricos, para realizar
labores de mantenimiento y otros trabajos por falla o cuando sean programados.
k) Coordinar e implementar las acciones que permitan el debido cumplimiento del Procedimiento
de Supervisión de la operatividad del servicio de alumbrado público y Seguridad Pública.
d) Supervisar y controlar la actualización de la base de datos del sistema eléctrico de
Tacna en el Sistema Georeferenciado Small World.
e) Coordinar con la Gerencia Técnica sobre la elaboración de los proyectos, así como inspeccionar la ejecución de las obras en el sistema de transmisión a nivel regional y del sistema de distribución en el ámbito de Tacna.
f) Coordinar el reforzamiento y/o cambio de las redes eléctricas conforme a la Norma
Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos.
g) Autorizar los cambios en los sistemas de protección, configuraciones eléctricas y otros
equipos de las subestaciones de transformación en coordinación con el departamento de Control y Operaciones.
h) Registrar la información de las redes eléctricas de los mantenimientos realizados en el Sistema Georeferenciado.
j) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Operaciones en el ámbito de su
competencia.
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GERENCIA COMERCIAL Artículo 55°.- DE LA GERENCIA COMERCIAL
La Gerencia Comercial es el órgano de línea de la Gerencia General, encargada de todos los
aspectos referidos y pertenecientes al proceso de comercialización de energía eléctrica y servicios
comerciales complementarios.
Está a cargo de un Gerente, quien depende del Gerente General. Artículo 56°.- FUNCIONES DE LA GERENCIA COMERCIAL
a) Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo anual, los planes de acción, programas y
procedimientos de comercialización y mantenimiento de conexiones.
b) Formular el presupuesto de operaciones y participar en las inversiones de la empresa,
así como controlar su ejecución y cumplimiento.
c) Emitir políticas operativas, directivas, procedimientos y otros instrumentos técnico -
normativos necesarios para optimizar el sistema de comercialización y mantenimiento
de conexiones.
d) Realizar la compra de energía eléctrica para su comercialización. e) Ejecutar los planes de los Departamentos de Comercialización y de Mantenimiento de
Conexiones.
f) Investigar y evaluar la demanda de servicios de energía eléctrica de la región y
elaborar el correspondiente diagnóstico de mercado.
g) Programar, implementar y evaluar el plan de Marketing y de Comunicaciones con el
cliente.
h) Brindar la asistencia técnica y comercial a los clientes en lo relacionado con la dotación
y ampliación del suministro.
i) Administrar los consumos de energía, potencia conectada y la potencia contratada a fin
de actualizar contratos o efectuar cambios.
j) Controlar la reducción las pérdidas comerciales tomando las medidas necesarias
para la erradicación del uso clandestino de la energía.
k) Emitir resoluciones en atención a los reclamos de los clientes del servicio público de
electricidad.
I) Otras funciones que le asigne la Gerencia General en el ámbito de su competencia. Artículo 57°.- DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA GERENCIA COMERCIAL
La Gerencia Comercial para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes
órganos:
Departamento de Comercialización Departamento de Mantenimiento de Conexiones
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Prohibida su reproducción sin autorización del CSIG de ELECTROSUR S.A.
DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN Artículo 58°.- DEL DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN El Departamento de Comercialización es el órgano de línea de la Gerencia de Comercialización
encargado de planificar, dirigir, controlar y supervisar la labor comercial de la empresa. Artículo 59°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN a) Gestionar el cumplimiento de los estándares de calidad de la Norma Técnica de
Calidad de los Servicios Eléctricos en los aspectos que le son inherentes.
b) Coordinar con la Gerencia de Operaciones para la atención de solicitudes de
factibilidad de suministro y puntos de alimentación de energía eléctrica.
c) Realizar la facturación y cobranzas a los clientes por consumo de energía eléctrica,
servicios, entre otros.
d) Formular y ejecutar el Plan de Marketing y Comunicaciones con el cliente. e) Efectuar las campañas permanentes para detectar conexiones clandestinas o
fraudulentas y manipulación de los equipos de medición.
f) Diseñar y programar campañas de orientación al cliente, que permitan optimizar los
servicios que ofrece la empresa. g) Supervisar y administrar la atención de Reclamos de los Clientes. h) Analizar el comportamiento de los mercados de consumo de negocios y
gubernamentales; así como evaluar oportunidades de crecimiento de la empresa por
diversificación concéntrica del producto.
i) Revisar e interpretar las disposiciones sobre tarifas de compra y venta de energía
eléctrica, así como elaborar los Pliegos Tarifarios de los sistemas eléctricos de la
empresa y supervisar su correcta aplicación.
j) Desarrollar indicadores de gestión para controlar la Gestión Comercial para su
evaluación periódica.
k) Supervisar y coordinar los aspectos comerciales de los planes, procedimientos, entre
otros, del sistema comercial en las unidades operativas de Moquegua e Ilo.
l) Apoyar en la formulación y revisión de los contratos de compra y venta de energía
eléctrica.
m) Otras funciones que le asigne la Gerencia Comercial en el ámbito de su competencia.
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DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE CONEXIONES
Artículo 60°.- DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE CONEXIONES El Departamento de Mantenimiento de Conexiones es el órgano de línea de la Gerencia de Comercialización encargado de la medición de los consumos de los clientes de Electrosur S.A., mantenimiento de las conexiones, control de pérdidas comerciales y mediciones de la NTCSE. Está a cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Gerente Comercial Artículo 61°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE CONEXIONES
a) Formular y ejecutar el programa anual de mantenimiento y contrastación de los equipos
de medición y controlar su cumplimiento, de acuerdo con los objetivos establecidos.
b) Gestionar el cumplimiento de los estándares de calidad de la Norma Técnica de
Calidad de los Servicios Eléctricos en los aspectos que le son inherentes.
c) Proponer los requerimientos de adquisiciones de equipos de medición y materiales de
calidad requeridos.
d) Establecer las acciones correctivas sobre las anomalías o fallas encontradas en el
mantenimiento de conexiones.
e) Coordinar con el Departamento de Comercialización la organización de brigadas para
la detección y eliminación de conexiones clandestinas, fraudes y otros que permitan la
reducción de las pérdidas comerciales de energía.
f) Coordinar con el Departamento de Comercialización los Programas de Mantenimiento
Correctivo de las conexiones, así como programar las mediciones para calificar a
clientes de tarifa MT4 y BT4.
g) Supervisar y coordinar el mantenimiento de conexiones, entre otros, de los planes,
procedimientos, entre otros, del sistema comercial en las unidades operativas de
Moquegua e Ilo.
h) Elaborar estadísticas mensuales a nivel regional de recuperación de energía, cortes y
reconexiones y otros que permitan controlar los índices de operación del
Departamento.
i) Otras funciones que le asigne la Gerencia Comercial en el ámbito de su competencia.
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UNIDAD OPERATIVA DE ILO
Artículo 62°.- DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ILO La Unidad Operativa de lio es el órgano de línea descentralizado de la Gerencia General, encargada de dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la distribución y comercialización de energía eléctrica en el ámbito asignado
Está a cargo de un Jefe de Unidad Operativa, quien depende de la Gerente General.
Artículo 63°.- FUNCIONES DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ILO
a) Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo anual, los planes de acción, programas y
actividades de la unidad operativa así como su correspondiente presupuesto.
b) Emitir políticas operativas, directivas, procedimientos y otros instrumentos técnico -
normativos necesarios para el mejor funcionamiento de la unidad operativa.
c) Proponer al Gerente General los planes, programas, políticas de gestión y estudios
técnicos para ejecutar en forma eficiente y eficaz, las actividades de operación y mantenimiento de los sistemas de generación y distribución.
d) Programar, organizar y supervisar las actividades del Plan Operativo y el Programa de
Inversiones.
e) Emitir políticas operativas, directivas, procedimientos y otros instrumentos técnico -
normativos necesarios para optimizar el servicio eléctrico en el ámbito a su cargo.
f) Dirigir y coordinar los planes de distribución y comercialización de energía eléctrica en
el ámbito a su cargo, de acuerdo a los objetivos y las metas previstas.
g) Coordinar con las gerencias centrales para el logro de los objetivos y metas establecidas.
h) Participar en la elaboración de planes y proyectos de inversión de la empresa.
i) Cumplir con la normatividad, los procedimientos, entre otros, establecidos por los órganos
reguladores y fiscalizadores, entre otros.
j) Otras funciones que le asigne la Gerencia General en el ámbito de su competencia. Artículo 64°.- DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ILO
La Unidad Operativa Moquegua/ lio para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los
siguientes órganos:
Departamento de Comercialización Ilo
Departamento de Mantenimiento Ilo
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DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN ILO
Artículo 65°.- DEL DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN DE ILO Es el órgano de línea de la Unidad Operativa que se encarga de supervisar y controlar los procesos de atención al cliente, toma de lecturas, cortes y reconexiones, reclamos y cobranza del servicio de energía eléctrica
Está a cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Jefe de la Unidad Operativa
Artículo 66°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN DE ILO
a) Organizar, dirigir y controlar las actividades del sistema de comercialización de la energía
eléctrica en el área de su jurisdicción.
b) Coordinar con el área de Mantenimiento para la atención de solicitudes de factibilidad
de suministro y puntos de alimentación de energía eléctrica.
c) Coordinar con el departamento de Comercialización la ejecución de los planes y
procedimientos comerciales en el ámbito
d) Formular el presupuesto de las dotaciones o ampliaciones de suministro, controlando
que la ejecución de las conexiones de los suministros de energía, se realicen de
acuerdo a las normas establecidas y en forma oportuna.
e) Realizar la facturación de consumo de energía eléctrica, presupuesto de conexión y
otros servicios, de acuerdo a la normatividad vigente.
f) Establecer, ejecutar y evaluar los programas sobre el control y reducción de pérdidas
y de la morosidad.
g) Administrar los Centros Autorizados de Pagos en el ámbito de su jurisdicción.
h) Evaluar en forma sistemática el comportamiento y características de los consumos de
clientes, detectar anomalías, de ser el caso investigar o verificar las causas para la
adopción de medidas correctivas.
i) Controlar las facilidades de pago otorgadas a los clientes, verificar las liquidaciones por
recargos, moras, intereses y otros.
j) Programar y solicitar la adquisición de equipos de medición conforme a las
características técnicas requeridas.
k) Programar y ejecutar las órdenes de trabajo, de acuerdo al tipo de reclamo recibido,
cumpliendo los plazos establecidos.
l) Atender a los clientes según los plazos dispuestos en la Norma Técnica de Calidad de
los Servicios Eléctricos.
m) Otras funciones que le asigne la Unidad Operativa en el ámbito de su competencia.
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DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE ILO
Artículo 67°.- DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE ILO
El Departamento de Mantenimiento de lio es el órgano de línea de la Unidad Operativa,
encargado de planificar, organizar, controlar y supervisar la ejecución de los planes,
programas y presupuestos relacionados con el sistema de mantenimiento en el ámbito a su
cargo.
Está a cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Jefe de la Unidad Operativa.
Artículo 68°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE ILO
a) Coordinar con la Unidad Operativa, la formulación y ejecución de los planes,
programas de reducción de pérdidas técnicas y calidad de Servicio.
b) Coordinar las actividades y proyectos con las áreas de la Gerencia de Operaciones de
la sede central.
c) Coordinar con el departamento de mantenimiento la ejecución de los planes y
procedimientos respectivos en el ámbito. d) Ejecutar las obras de proyectos aprobados de Redes de Media y Baja Tensión en
habilitaciones urbanas y zonas rurales.
e) Ejecutar las actividades de los programas de reducción de pérdidas técnicas
desarrollados por la empresa y Servicios de Terceros.
f) Elaborar y controlar la ejecución del programa anual de mantenimiento preventivo en
Redes de Media, Baja Tensión y Subestaciones de Distribución. g) Controlar y ejecutar programas de control de calidad del producto, realizando
mediciones de caída de tensión, sobrecargas en redes y transformadores de
Distribución, así como los niveles de iluminación del Servicio de Alumbrado Público.
h) Preparar los reportes de los índices de gestión en Redes de Baja y Media Tensión. i) Formular y sustentar el presupuesto operativo y de los proyectos de mejoras del
Sistema de Distribución.
j) Participar en las acciones contra conexiones fraudulentas y apoyar en el programa de reducción de pérdidas comerciales en coordinación con las Gerencias de Operaciones, Administración y Finanzas y Comercial así como con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo.
k) Preparar las estadísticas e informes de gestión sobre la operación, mantenimiento, reducción de pérdidas técnicas y calidad del Servicio.
l) Registrar la información de los mantenimientos realizados en el Sistema Georeferenciado
m) Otras funciones que le asigne la Unidad Operativa en el ámbito de su competencia.
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UNIDAD OPERATIVA DE MOQUEGUA
Artículo 69°.- DE LA UNIDAD OPERATIVA DE MOQUEGUA
La Unidad Operativa de Moquegua es el órgano de línea descentralizado de la Gerencia General,
encargada de dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la distribución y comercialización
de energía eléctrica en el ámbito asignado.
Está a cargo de un Jefe de Unidad Operativa, quien depende de la Gerente General Artículo 70°.- FUNCIONES DE LA UNIDAD OPERATIVA DE MOQUEGUA
a) Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo anual, los planes de acción, programas y
actividades de la unidad operativa así como su correspondiente presupuesto. b) Emitir políticas operativas, directivas, procedimientos y otros instrumentos técnico -
normativos necesarios para el mejor funcionamiento de la unidad operativa. c) Proponer al Gerente General los planes, programas, políticas de gestión y estudios
técnicos para ejecutar en forma eficiente y eficaz, las actividades de operación y mantenimiento de los sistemas de generación y distribución.
d) Administrar los pequeños sistemas eléctricos en su ámbito.
e) Emitir políticas operativas, directivas, procedimientos y otros instrumentos técnico -
normativos necesarios para optimizar el servicio eléctrico en el ámbito a su cargo.
f) Dirigir y coordinar los planes de distribución y comercialización de energía eléctrica en
el ámbito a su cargo, de acuerdo a los objetivos y las metas previstas.
g) Coordinar con las gerencias centrales para el logro de los objetivos y metas establecidas.
h) Participar en la elaboración de planes y proyectos de inversión de la empresa.
i) Cumplir con la normatividad, los procedimientos, entre otros, establecidos por los
órganos reguladores y fiscalizadores, entre otros.
j) Otras funciones que le asigne la Gerencia General en el ámbito de su competencia.
Artículo 71°.- DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA UNIDAD OPERATIVA DE MOQUEGUA La Unidad Operativa Moquegua para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes órganos:
Departamento de Comercialización Moquegua Departamento de Mantenimiento Moquegua
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DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN DE MOQUEGUA
Artículo 72°.- DEL DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN DE MOQUEGUA Es el órgano de línea de la Unidad Operativa que se encarga de supervisar y controlar los procesos de atención al cliente, toma de lecturas, cortes y reconexiones, reclamos y cobranza del servicio de energía eléctrica. Está a cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Jefe de la Unidad Operativa. Artículo 73°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE COMERCIALIZACIÓN DE MOQUEGUA
a) Organizar, dirigir y controlar las actividades del sistema de comercialización de la energía
eléctrica en el área de su jurisdicción
b) Coordinar con el área de Mantenimiento para la atención de solicitudes de factibilidad de suministro y puntos de alimentación de energía eléctrica.
c) Coordinar con el departamento de Comercialización la ejecución de los planes y procedimientos comerciales en el ámbito.
d) Formular el presupuesto de las dotaciones o ampliaciones de suministro, controlando
que la ejecución de las conexiones de los suministros de energía, se realicen de acuerdo a las normas establecidas y en forma oportuna.
e) Realizar la facturación de consumo de energía eléctrica, presupuesto de conexión y otros servicios, de acuerdo a la normatividad vigente.
f) Establecer, ejecutar y evaluar los programas sobre el control y reducción de pérdidas
y de la morosidad. g) Organizar y mantener actualizado el padrón general de clientes.
h) Evaluar en forma sistemática el comportamiento y características de los consumos de
clientes, detectar anomalías, de ser el caso investigar o verificar las causas para la adopción de medidas correctivas
i) Controlar las facilidades de pago otorgadas a los clientes, verificar las liquidaciones por recargos, moras, intereses y otros.
j) Programar y solicitar la adquisición de equipos de medición conforme a las características técnicas requeridas.
k) Organizar y ejecutar campañas de contrastación de medidores para obtener una adecuada facturación.
l) Programar y ejecutar las órdenes de trabajo, de acuerdo al tipo de reclamo recibido, cumpliendo los plazos establecidos.
m) Atender a los clientes según los plazos dispuestos en la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos
n) Coordinar con las diferentes instituciones públicas, privadas, entre otros, así como con los pequeños sistemas eléctricos del ámbito.
o) Otras funciones que le asigne la Unidad Operativa en el ámbito de su competencia.
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DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE MOQUEGUA Artículo 74°.- DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE MOQUEGUA
El Departamento de Mantenimiento de Moquegua es el órgano de línea de la Unidad Operativa, encargado de planificar, organizar, controlar y supervisar la ejecución de los
planes, programas y presupuestos relacionados con el sistema de mantenimiento en el
ámbito a su cargo.
Está a cargo de un Jefe de Departamento, quien depende del Jefe de la Unidad Operativa. Artículo 75°.- FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE MOQUEGUA
a) Coordinar con la Unidad Operativa, la formulación y ejecución de los planes,
programas de reducción de pérdidas técnicas y calidad de Servicio.
b) Coordinar las actividades y proyectos con las áreas de la Gerencia de Operaciones de
la sede central.
c) Coordinar con el departamento de mantenimiento la ejecución procedimientos respectivos en
el ámbito.
d) Ejecutar las obras de proyectos aprobados de Redes de Media y Baja Tensión en
habilitaciones urbanas y zonas rurales. e) Ejecutar las actividades de los programas de reducción de pérdidas técnicas
desarrollados por la empresa y Servicios de Terceros.
f) Elaborar y controlar la ejecución del programa anual de mantenimiento preventivo en
Redes de Media, Baja Tensión y Subestaciones de Distribución.
g) Controlar y ejecutar programas de control de calidad del producto, realizando mediciones de
caída de tensión, sobrecargas en redes y transformadores de Distribución, así como los niveles de iluminación del Servicio de Alumbrado Público.
h) Preparar los reportes de los índices de gestión en Redes de Baja y Media Tensión.
i) Formular y sustentar el presupuesto operativo y de los proyectos de mejoras del Sistema de Distribución. j) Participar en las acciones contra conexiones fraudulentas y apoyar en el programa de
reducción de pérdidas comerciales en coordinación con las Gerencias de Operaciones, Administración y Finanzas y Comercial así como con la Unidad de Planeamiento y Desarrollo.
k) Preparar las estadísticas e informes de gestión sobre la operación, mantenimiento, reducción de pérdidas técnicas y calidad del Servicio.
l) Coordinar con las diferentes instituciones públicas, privadas, entre otros, así como con
los pequeños sistemas eléctricos del ámbito.
m) Registrar la información de los mantenimientos realizados en el Sistema Georeferenciado. n) Otras funciones que le asigne la Unidad Operativa en el ámbito de su competencia.
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TITULO TERCERO
DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES
Artículo 76°.- DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES
Electrosur S.A. mantiene relaciones institucionales con el FONAFE, Ministerio de Energía y Minas,
Contraloría General de la República, Contaduría Pública de la Nación, Ministerio de Economía y
Finanzas, OSINERGMIN, Empresas Eléctricas y otras dependencias públicas y privadas del país
y el exterior.
TITULO CUARTO
DEL REGIMEN LABORAL Y ECONÓMICO
Artículo 77°.- DEL RÉGIMEN LABORAL Y ECONÓMICO Electrosur S.A. laboralmente se rige bajo el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Decreto Supremo - 78 - TR y demás dispositivos legales vigentes en materia laboral y sistema económico del Libre Mercado.