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Red Salud Armenia EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ARMENIA QUINDIO NIT. 801001440-8 CLASE DE CONTRATO CONTRATANTE NIT CONTRATANTE CONTRATISTA NIT CONTRATISTA OBJETO VALOR INICIO FINALIZACIÓN CONTRATO No. 08. SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS EN DESARROLLO DE CONTRATOMARCO DE COOPERACIÓN RED SALUD ARMENIA E.S.E 801.001.440-8 Cooperativa Multiactiva de entidades de Salud de Caldas y Quindío "COODESCA". 800.088.098-1 Suministro de medicamentos y dispositivos médicos. $ 1,500.000.000 El 21 de enero de 2015 El 31 de Diciembre de 2015 "i O ^— 0) O r-t H < Entre los suscritos a saber, RUBÉN DARÍO LONDOÑO LONDOÑO, mayor de edad y vecino de la ciudad de Armenia, identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.537.798expedida la ciudad de Armenia quien obra en nombre y representación legal de RED SALUD ARMENIA E.S.E, (Nit 801.001.440-8), designado para este cargo mediante el Decreto No. 024 de Marzo 30 de 2012, (Acta de posesión Nro. 110 de Marzo 30 de 2012) emanada de la Alcaldía Municipio de Armenia, quien en lo sucesivo se denominará RED SALUD ARMENIA E.S.E, de una parte, y de la otra, la persona jurídica denominada Cooperativa Multiactiva de Entidades de Salud de Caldas y Quindío "COODESCA", entidad con domicilio comercial en la ciudad de Manizales, representada legalmente por el señor ASDRUBAL JOSÉ MENDINUETA PELUFFO, mayor de edad, residenciado en la ciudad de Manizales, quien se identifica con cédula de ciudadanía No. 19.857.004 expedida en Fundación (Magdalena), en su condición de Gerente habilitado para suscribir este tipo de instrumentos, según autorización dada por el Consejo de Administración y que para estos efectos se denominará COODESCA, hemos convenido celebrar el presente convento, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1)Que tanto el art. 195.6 de la ley 100 de 1.993, como los arts. 16 y 19 el Decreto 1876 de 1994 establecen que las Empresas Sociales del Estado se rigen en materia de contratación, por las normas de orden privado. 2) Que el art. 76 de la Ley 1438 de 2011 dispone que las Empresas Sociales del Estado para efectos de eficiencia y transparencia en contratación, adquisiciones y compras podrán entre, constituir cooperativas, como es el caso de pertenecer como asociado a COODESCA. 3) Que el presente contrato se regirá por las normas del código civil y código de comercio que regulan la materia. 4) Que el Gerente de RED SALUD ARMENIA E.S.Ese encuentra habilitado para suscribir el presente CONVENIO. 5)Que con el fin de cumplir con la restación integral del servicio de salud, RED SALUD ARMENIA E.S.E., requiere Leí F*ed que cuide» de Av. Montecarlo Urbanización Guaduales de la Villa Conmutador: 7371010 WWW.redsaludarmenia.gov.co

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Red Salud Armenia

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADOARMENIA QUINDIO

NIT. 801001440-8

CLASE DE CONTRATO

CONTRATANTE

NIT CONTRATANTE

CONTRATISTA

NIT CONTRATISTA

OBJETO

VALOR

INICIO

FINALIZACIÓN

CONTRATO No. 08.

SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS YDISPOSITIVOS MÉDICOS EN DESARROLLO DECONTRATOMARCO DE COOPERACIÓN

RED SALUD ARMENIA E.S.E

801.001.440-8Cooperativa Multiactiva de entidades de Salud deCaldas y Quindío "COODESCA".800.088.098-1Suministro de medicamentos y dispositivosmédicos.$ 1,500.000.000

El 21 de enero de 2015

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Entre los suscritos a saber, RUBÉN DARÍO LONDOÑO LONDOÑO, mayor deedad y vecino de la ciudad de Armenia, identificado con la cédula de ciudadaníaNo. 7.537.798expedida la ciudad de Armenia quien obra en nombre yrepresentación legal de RED SALUD ARMENIA E.S.E, (Nit 801.001.440-8),designado para este cargo mediante el Decreto No. 024 de Marzo 30 de 2012,(Acta de posesión Nro. 110 de Marzo 30 de 2012) emanada de la AlcaldíaMunicipio de Armenia, quien en lo sucesivo se denominará RED SALUDARMENIA E.S.E, de una parte, y de la otra, la persona jurídica denominadaCooperativa Multiactiva de Entidades de Salud de Caldas y Quindío"COODESCA", entidad con domicilio comercial en la ciudad de Manizales,representada legalmente por el señor ASDRUBAL JOSÉ MENDINUETAPELUFFO, mayor de edad, residenciado en la ciudad de Manizales, quien seidentifica con cédula de ciudadanía No. 19.857.004 expedida en Fundación(Magdalena), en su condición de Gerente habilitado para suscribir este tipo deinstrumentos, según autorización dada por el Consejo de Administración y que paraestos efectos se denominará COODESCA, hemos convenido celebrar el presenteconvento, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1)Que tanto el art. 195.6 dela ley 100 de 1.993, como los arts. 16 y 19 el Decreto 1876 de 1994 establecen quelas Empresas Sociales del Estado se rigen en materia de contratación, por lasnormas de orden privado. 2) Que el art. 76 de la Ley 1438 de 2011 dispone que lasEmpresas Sociales del Estado para efectos de eficiencia y transparencia encontratación, adquisiciones y compras podrán entre, constituir cooperativas, comoes el caso de pertenecer como asociado a COODESCA. 3) Que el presentecontrato se regirá por las normas del código civil y código de comercio que regulanla materia. 4) Que el Gerente de RED SALUD ARMENIA E.S.Ese encuentrahabilitado para suscribir el presente CONVENIO. 5)Que con el fin de cumplir con larestación integral del servicio de salud, RED SALUD ARMENIA E.S.E., requiere

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Conmutador: 7371010WWW.redsaludarmenia.gov.co

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EMPRESA SOCIAL DEL ESTADOARMENIA QUINDIO

NIT. 801001440-8

garantizar a sus usuarios, lo relacionado con el suministro oportuno, suficiente,seguro y efectivo de los medicamentos.6).Que las partes rubricaron el CONTRATOMARCO DE COOPERACIÓN determinando en su objeto que podrán, si así loestiman necesario, suscribir CONVENIOS ESPECÍFICOS que determine laobligación concreta para que COODESCA, se obligue con RED SALUD ARMENIAE.S.E en su calidad de asociado, a suministrarle medicamentos, tanto ambulatorioscomo intrahospitalarios, que éste requiera según su estado de necesidades. 7) Quela ley 1122 de 2007 que modifica a la ley 100 de 1993 estableció en su articulo 30textualmente: "Del fortalecimiento de Asociaciones y/o Cooperativas de tasESE'S. El Gobierno 'Nacional, departamental y municipal promoverán la creación yel fortalecimiento de asociaciones y/o cooperativas de las ESE's, que tengan comoobjetivo fortalecer la red pública hospitalaria. Estas asociaciones y/o cooperativasofrecerán servicios y/o podrán proveer dispositivos, siempre y cuando beneficien alas entidades con economía de escala, calidad, oportunidad, eficiencia ytransparencia". 8) Que RED SALUD ARMENIA E.S.E., se encuentra integrada a laCooperativa desde su creación en el año 1998, en calidad de asociado, cooperadofundador, con grandes ventajas en la adquisición de dispositivos y dispositivosmédicos, motivo por e! cual y obedeciendo el mandato de la ley, corresponde a lasEmpresas Sociales del Estado, fortalecer este sistema Cooperado, para lograr elmejoramiento en la prestación del servicio y la satisfacción de los usuarios,especialmente en nuestro caso, desarrollando el Servicio Farmacéutico edispositivos médicos; 9) Que RED SALUD ARMENIA E.S.E actualmente tienedeclarado y debidamente habilitado ante la Secretaría de Salud del Departamentodel Quindío el servicio farmacéutico. 10) Que la entidad requiere suplir las

"§ |g necesidades de provisión periódica y/o continúa de medicamentos y dispositivoso J médicos, con el fin de cumplir con su objeto social. 11) Que conforme a los<J5¡^ anteriores planteamientos, COODESCA, entidad a la cual se encuentra vinculado§-f! RED SALUD ARMENIA E.S.E., en calidad de cooperado fundador, dentro de su00 ÍJ órbita de gestión y negocios, ostenta la posibilidad de suministrar: medicamentos y§ f! dispositivos médicos a sus afiliados, a costos más favorables como consecuencia3 5 del manejo de economías de escala, sin perjuicio de su función en el comercio§ como ente regulador del mercado; 12) Que COODESCA, como entidad

cooperativa sin ánimo de lucro y por ende con espíritu solidario, apoya a suscooperados en la fijación de planes de ajuste, racionalización y eficiencia en arasde un mejor manejo de los recursos en general, de las entidades hospitalarias, asícomo en el proceso de consecución o adquisición de bienes e dispositivos aptospara su funcionamiento; 13) Que COODESCA cuenta con las condiciones técnicasnecesarias para el suministro de medicamentos y dispositivos médicos para dotar ysatisfacer las necesidades objetivas del Servicio Farmacéutico bajo mecanismosde eficiencia, eficacia, seguridad, oportunidad y calidad, y donde no sólo sebeneficia RED SALUD ARMENIA E.S.E. al prestar de manera integral los serviciosde salud, sino también y ante todo, se beneficie la comunidad; 14) Que REDSALUD ARMENIA E.S.E., conforma una institución sin animo de lucro bajo laforma Cooperativa como es COODESCA, para desarrollar o prestar conjuntamenteun servicio de tipo farmacéutico que le de la mejor renta no solo financiera sinosocial, al prestar un servicio con calidad, oportunidad y a bajos costos para lacomunidad de influencia. 15) Que de acuerdo con lo establecido en la ley

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EMPRESA SOCIAL DEL ESTADOARMENIA QUINDIO

NIT. 801001440-8

Cooperativa (ley 79/88) que regula este tipo de asociación Cooperativa, así comoel pronunciamiento1100 radicado bajo el numero 20061100086521 de laSuperintendencia de Economía Solidaria que establece textualmente: "Loscontratos que se celebren en desarrollo del objeto social entre los asociados(Como lo es RED SALUD ARMENIA E.S.E., y COODESCA} es decir laCOOPERATIVA serán actos Cooperativos y se regirán por el derecho privado. Deacuerdo a lo anterior los actos cooperativos son los que se realizan entre losasociados a la Cooperativa y ésta en desarrollo del objeto social. Luego losservicios que preste una Cooperativa, sean estás personas jurídicas de derechopublico o de derecho privado sin animo de lucro, no pertenece a la esfera delderecho publico sino del derecho privado, concretamente del derecho cooperativoy se denominan "ACTOS COOPERATIVOS", por lo que el presente CONTRATOse sustrae a la aplicación del Régimen General de Contratación Pública.16) Quelos estatutos de la Cooperativa, establecen su objeto especializado así: "Produciry prestar a sus asociados y a la comunidad en general los servicios de apoyo a lasalud como son suministro de medicamentos en general, en sus diferentesmodalidades, niveles de servicio y diferentes radios de acción, conforme a lasnormas que regulen lo anterior", por lo tanto conforme a lo expuestoanteladamente con relación a su creación y patrimonio de COODESCA, lo que serealiza dentro de este contrato es un ACTO COOPERATIVO, en la búsqueda delbien común y desarrollando lo postulado por su órgano rector. En consecuencia,conforme a las consideraciones previas y el interés de las partes de materializar losprincipios de economía, transparencia, eficiencia y eficacia en el manejo de losrecursos públicos, a la vez beneficiarse recíprocamente, resulta viable suscribir elpresente contrato especifico el cual se regirá por las siguientes: CLAUSULAS

"§¿¡ ESPECIALES:PRÍMERA. OBJETO: Por virtud del presente CONTRATO eno5 f ° desarrollo del CONTRATO MARCO, buscando la prevalencia del interés social,§-11 valiéndose de las prerrogativas propias del ánimo cooperativo para fortalecer la red^ ¡j pública hospitalaria de la ciudad de Armenia RED SALUD ARMENIA E.S.E,§{l COODESCA se compromete a suministrar periódica y/o continuamente, con- 3 sujeción a los principios de economía de escala, calidad, oportunidad, eficiencia y> transparencia que guían la alianza cooperativa, medicamentos y dispositivos

médicos con el fin que RED SALUD ARMENIA E.S.E cumpla con su objeto social.PARÁGRAFO 1: FORMA DE ENTREGA: COODESCA suministrará losmedicamentos y dispositivos hospitalarios objeto de este CONTRATO, en entregasparciales de acuerdo con los requerimientos de RED SALUD ARMENIA E.S.E., yen todo caso hasta agotar la cuantía del convenio; dichas entregas se realizarán enun plazo máximo de tres (03) días hábiles contados a partir de la solicitud realizadapor la entidad. PARÁGRAFO 2: Para todos los efectos, al presente contrato leserán aplicables las normas de derecho privado. SEGUNDA: BENEFICIOS PARALAS PARTES: 1- Para RED SALUD ARMENIA E.S.E: A) Desarrolla y fortalece elservicio farmacéutico habilitado ante la Secretaría de Salud Departamental, enbeneficio de la rentabilidad social que le exige la ley, a través del vínculocooperativo que ostenta con COODESCA. B) COODESCA garantiza un adecuadosuministro de medicamentos y dispositivos médicos, por lo que en consecuenciaRED SALUD ARMENIA E.S.E., puede implementar la venta y dispensación demedicamentos a bajo costo, a otras entidades y aún a particulares que allí lo

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demanden, propiciando espacios de utilidad en términos económicos y sociales; C)Se favorece del manejo de economía a escala, calidad, oportunidad, eficiencia ytransparencia, que orienta el espíritu cooperativo, en beneficio de la comunidadmás pobre y vulnerable de la ciudad de Armenia. 2.- Para COODESCA: A)Materializar con uno de sus afiliados el cumplimiento de los principios del sectorsolidario; B) Colaborar en la generación y montaje de políticas de racionalizacióndel gasto, la eficiencia administrativa, la transparencia, la economía y demás,propios de la correcta función pública, en especial cuando se trata de apoyar en elmanejo de asuntos que le son propios y de los cuales es conocedor, para asífacilitar el cumplimiento de las actividades encomendadas a sus cooperados, conforme al CONTRATO suscrito para el efecto; C) Colaborar con uno de sus máscomprometidos asociados, en el buen funcionamiento de una unidad de negocioscomún a las actividades de las partes y en la que COODESCA, cuenta con ampliaexperiencia y trayectoria en el sector, superior a 20 años de existencia dan muestrade ello, para lo cual se suscribirá el presente CONTRATO; D) Participar en laimplementación de un proyecto de utilidad común y prevalencia del interés social.TERCERA. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE CADA PARTE: 1- De REDSALUD ARMENIA E.S.E: A) Suministrarle al contratista la información requeridapara la debida ejecución del objeto del convenio. B) Ejercer control e interventoríaal desarrollo del contrato. C) Efectuar los pagos dentro de los términos establecidosen el presente convenio. D. Comunicar cualquier reclamo a la calidad, cantidad ypresentación de los mismos, junto con la información que sea pertinente allegar. 2-OBLIGACIONES DE COODESCA;A) Ajustarse a las condiciones técnicas delcontrato. B) Suministrar periódica y continuamente, los Medicamentos ydispositivos médicos, de manera diligente, oportuna y honesta. C) No suspender elsuministro de los medicamentos y dispositivos médicos ambulatorios nihospitalarios por razones administrativas, sin que previamente se establezca unacomunicación entre los representantes legales de las entidades, con el fin deidentificar el problema que originó la tardanza en el pago y encontrar una solución.D) Contar con la infraestructura y logística necesarias y suficientes para abastecerde manera universal las necesidades del contratante. E) Informar oportunamentepor escrito al contratante, cualquier dificultad que se presente en ia oportunaprestación del servicio, con el fin de que el contratante pueda efectuar planes decontingencia para evitar suministros inoportunos que pongan en riesgo la vida delos pacientes, F) Suministrar medicamentos y dispositivos médicos de acuerdo conlos listados generados por Redsalud según necesidades por desabastecimientoen la Red. G) Suministrar solamente lo relacionado (solicitud de pedido) por partedel Servicio Farmacéutico, en forma escrita, vía Email ó fax, a los teléfonosdefinidos por el contratista. H) Abstenerse de entregas de pedidos, solicitado porotra entidad diferente a Redsalud Armenia E.S.E, con cargo a recursos delcontratante. I) Garantizar el control de calidad (fichas técnicas) de losmedicamentos y dispositivos médicos suministrados y hacerlo conocer alcontratante. J) Garantizar la calidad de los medicamentos y dispositivos médicosy demostrar que los productos cuentan con buenas prácticas de manufactura.Igualmente los medicamentos y dispositivos médicos no podrán tener fecha devencimiento inferior a seis (6) meses a la fecha del pedido. K) Garantizar laentrega de los pedidos permanente y de forma continua, a cada Servicio

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EMPRESA SOCIAL. DEL ESTADOARMENIA QUINDIO

NIT. 801001440-8

Farmacéutico externo que tiene la Red (6 Servicios), con el fin de que en elHospital del Sur no se requieran desplazamiento adicional, de entregas demedicamentos que generarían en algún momento esperas para el paciente. L).Garantizar la entrega oportuna (no mayor a dos días) de los dispositivos edispositivos médicos con relación a la fecha de la recepción de la solicitud enviadapor el Servicio Farmacéutico. M) Aportar al contratante las sugerencias que llevenal mejoramiento, de optimizar los recursos de éste, proponiendo estudiosencaminados a la economía y rentabilidad social. N) Reportar estadística de lofacturado en comparación a meses y/o años anteriores, del comportamientoespecífico de algunos medicamentos que es notable su incremento. O) Realizar lafactura de cobro de forma inmediata de los productos que van a ser entregados aRedsalud. P) Colocar a disposición de el contratante, cualquier información queeste requiera con relación al suministro de medicamentos y dispositivos médicos,Q) Entrega de los dispositivos en condiciones adecuadas, para su respectivaverificación, en aras de velar por una buena recepción técnica. R) Cumplir con lasobligaciones frente al sistema de seguridad Social Integral, parafiscalesestablecidos en las disposiciones legales vigentes. El pago de dichos aportes sedebe acreditar en los términos del artículo 50 de la Ley 789/02. CUARTA. COMITÉCOORDINADOR. EL Gerente de RED SALUD ARMENIA E.S.E., o quien estedelegue y el Gerente de COODESCA o quien este delegue, deben conformar elComité coordinador, para analizar la optimización de las actividades realizadas ytomar las decisiones a que haya lugar. QUINTA. PERÍODO DE EJECUCIÓN DELCONTRATO: Para los efectos del presente CONTRATO El período de ejecuciónserá el comprendido desde su legalización en el mes de enero de 2015 hasta el díatreinta y uno (31) del mes de Diciembre del año dos mil quince (2015), no

o ¿¡ obstante si antes de la última fecha se agota la apropiación presupuestal, estet/") 5S *

0 p hecho consumará la vigencia del presente CONTRATO. SEXTA. VALOR: El valordel presente contrato será, para todos los efectos fiscales el equivalente alexpresado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 385 del 02 defebrero de 2015 y el respectivo Registro Presupuestal, que se expidan paragarantizar el suministro de dispositivos por parte de COODESCA, que para elpresente CONTRATO ESPECÍFICO es inicialmente de MIL QUINIENTOSMILLONES DE PESOSMCTE. ($1.500.000.000) el cual será con cargo al C.D.P.anotado y el R.P, respectivos. Parágrafo 1: Las utilidades que arroje el ServicioFarmacéutico por concepto de venta al público en caso de hacerlo, seránpropiedad exclusiva de RED SALUD ARMENIA E.S.E. Parágrafo 2: Laparticipación en los beneficios sociales, será directamente proporcional al valor delconsumo, de igual forma los beneficios sociales guardarán una estrecha relacióncon respecto de los pagos que realice RED SALUD ARMENIA E.S.E, por lo quecorresponde al desarrollo del CONTRATO MARCO, la determinación de losbeneficios para RED SALUD ARMENIA E.S.E por concepto del consumo.SÉPTIMA. FORMA DE PAGO: RED SALUD ARMENIA E.S.E., pagará aCOODESCA los valores de los suministros de los productos, por cada mes, dentrode los noventa (90) días siguientes a la presentación de la factura correspondiente,de conformidad con los pedidos realizados por RED SALUD ARMENIA E.S.E.OCTAVA. SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUÉSTALES: EsteCONTRATO se subordinará a las apropiaciones que se hallen en el presupuesto

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de RED SALUD ARMENIA E.S.E para la actual vigencia y se imputarán Certificadode disponibilidad presupuestal No. 385 del 02 de enero de 2015. NOVENA.RELACIÓN CON EL CONTRATOMARCO- El presente CONTRATO, hace parteintegral del CONTRATO MARCO DE COOPERACIÓN suscrito por las partes, porlo que le es aplicable ei clausulado de su texto, relacionado con la cesión,interventoría, inhabilidades e incompatibilidades, garantía, solución decontroversias, capacidad técnica y contractual, suspensión temporal,independencia, domicilio contractual, terminación unilateral, normatividad aplicable,costos de legalización, documentos del contrato y demás aspectos generalessusceptibles de ser aplicados al presente acuerdo. DÉCIMA. REQUISITOESPECIAL. Forma parte integral del presente instrumento la propuesta presentadapor COODESCA para desarrollar las obligaciones derivadas del presenteCONTRATO, cuyos precios serán sostenidos por la vigencia del CONTRATO,haciendo claridad que si en el mercado se encuentran medicamentos con preciosmás favorables frente a los factura COODESCA, y si ésta no los pone en iguales omejores condiciones económicas, RED SALUD ARMENIA E.S.E. queda en plenalibertad de obtenerlos a través de otro proveedor, sin que para ello existaoposición, requerimiento o indemnización de ninguna naturaleza. DÉCIMAPRIMERA. GARANTÍAS: El contratista deberá constituir con una compañía deseguros o entidad bancaria autorizada para tal efecto, la garantía única queampare: 1. DE CALIDAD., en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) delmonto de los recursos contratados y con una duración igual a la del contrato ycuatro (4) meses más. 2. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, en cuantíaequivalente al veinte por ciento (20%) del monto de los recursos contratados y con

"§ i| una duración igual a la del contrato y cuatro (4) meses más. 3.D¿¡ RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, equivalente a 200 salarios0f j mínimos legales mensuales vigentes a favor de REDSALUD ARMENIA. Por un§-|l periodo igual al de la ejecución del contrato y cuatro (4) meses más. 4. PAGO001 j PRESTACIONES SOCIALES. Para garantizar el pago de las prestaciones sociales5 f J a las personas que utilice en la ejecución del presente contrato, en cuantía=* í equivalente al 20% del valor total del contrato, por el plazo de ejecución y tres (3)> años más, contados a partir de la fecha de terminación del mismo.EXCLUSION DE

LA RELACIÓN LABORAL: Para el desarrollo del contrato COODESCA actúacomo tal en forma independiente, con autonomía técnica y administrativa, y enconsecuencia en COODESCA y RED SALUD ARMENIA E.S.E o entre éste y elpersonal que aquella llegare a contratar para la ejecución del presente contrato noconstituye relación laboral alguna. DECIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN ACONTROVERSIAS CONTRACTUALES: En caso de presentarse controversia odiferencia, se recurrirá a los siguientes mecanismos alternativos de solución deconflictos: a) Acuerdo. B) Transacción. C) Conciliación D) Amigable composiciónde acuerdo a los procedimientos legales establecidos para tal efecto. DÉCIMATERCERA. DOCUMENTOS: Los documentos requeridos que forman parte integraldel presente instrumento, son los mismos requeridos: a) Propuesta del proponente;b) Certificado de Cámara de Comercio; c) Certificado de la seguridad social aacorde con al ley; d) Fotocopia de la cédula de ciudadanía y libreta militar delrepresentante legal del proponente, Hoja de vida del proponente en formato delDepartamento Administrativo de la Función Pública; e) Garantías exigidas para la

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legalización del contrato, f) El Rut; g) Antecedentes disciplinarios, fiscales ypenales y demás documentos o comunicaciones requeridos en el estatuto decontratación de Red Salud Armenia E.S.E aplicable al presenteCONTRATOESPECÍFICO. DÉCIMA CUARTA. DOMICILIO. Para todos losefectos, las partes declaran su domicilio contractual la ciudad de Armenia. DECIMAQUINTA. CESIÓN. COODESCA no podrá ceder parcial o totalmente el contrato,sin la previa autorización expresa y escrita de RED SALUD ARMENIA E.S.E.DECIMA SEXTA. PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN.- El presenteCONTRATO se entenderá perfeccionado con el acuerdo de las partes sobre sucontenido, así como con la suscripción del documento que lo contiene. Para sulegalización se deberán cumplir con los requisitos que seguidamente se enumeran,dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su suscripción: A) La existenciade la disponibilidad presupuesta! correspondiente; B). Aporte y aprobación de lasPólizas establecidas en el presente convenio. C) Aportar la prueba documental delcumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 50 de la Ley 789 de2.002.PARÁGRAFO.1: Transcurrido el plazo para la legalización sin que secumplan todos los requisitos, se entenderá que COODESCA ha desistido de laejecución del Contrato y se obliga a pagar a favor de RED SALUD ARMENIAE.S.E, a título de indemnización, el veinte por ciento (20%) del valor del mismo.Este valor será exigible ejecutivamente con la exhibición de este contratoacompañado de la certificación expedida por la Oficina Jurídica de RED SALUDARMENIA E.S.E., sobre la omisión del cumplimiento de dichos requisitos. En esteevento se ordenará la cancelación de correspondiente C.D.P. y ef registropresupuesta!.

De conformidad con lo anterior, la^pártes suscriben el presente documento, unavez leído y encontrado conforme y en señal de aceptación, en Armenia, a losveintidós (22) días del mes de enero de 2015.

RUBÉN 0ARIO LONDONO LONDONOG©r0nt©' \D ARMENIA E.S.E

Proyecto: Oficina JurfdicaJ3s"Aprobó: Gerencia '

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