9

 · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral

  • Upload
    others

  • View
    4

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1:  · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral
Page 2:  · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral
Page 3:  · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral
Page 4:  · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral
Page 5:  · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral
Page 6:  · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral
Page 7:  · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral
Page 8:  · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral
Page 9:  · en caso de reincidencia, se decretará la clausura del establecimiento, comercio o lugar donde se hubiere cometido la infracción por un periodo de quince días. i i. En el numeral