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Año 17 Nº 1 abril 2016 Enero- Febrero 2015

Enero- Febrero 2015 · 2017-05-23 · Administración Federal de Ingresos Públicos ... Disposición nº 9, 19 febrero 2015 (Dirección Nacional de Protección de Datos Personales)

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Año 17 – Nº 1 –abril 2016

Enero- Febrero 2015

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“2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

ISSN 1666-5201

Año 17 – Nº 1, abril 2016

Dirección Servicios Legislativos

Subdirección Documentación e Información Argentina

Departamento Investigación e Información Argentina

Novedades Legislativas

Legislación. Doctrina y Jurisprudencia

Enero - Febrero 2015

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Dirección Servicios Legislativos

Marta B. Pérez

Subdirección Documentación e Información Argentina

Marcela Ellero

Departamento Investigación e Información Argentina

PROPIETARIO

Biblioteca del Congreso de la Nación

DIRECTOR RESPONSABLE

Alejandro Lorenzo César Santa

© Biblioteca del Congreso de la Nación

Alsina 1835, 4º piso.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Buenos Aires, abril 2016

Queda hecho el depósito que previene la ley 11.723

ISSN 1666-5201

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“Novedades Legislativas. Legislación. Doctrina y Jurisprudencia. Enero- Febrero 2015”

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0

El boletín "Novedades Legislativas" es una publicación periódica de la

Dirección Servicios Legislativos de la Biblioteca del Congreso de la Nación

-editada en un medio electrónico desde julio de 1999-, que tiene por objeto sistematizar

la información legislativa seleccionada, de carácter general, publicada en el Boletín

Oficial de la República Argentina.

Cada uno de los documentos incorporados contiene una referencia al tipo de

norma, número, fecha, órgano emisor y una breve síntesis analítica de su contenido.

Para un mejor acceso a la información, las normas se clasifican según la materia

abordada, con las necesarias remisiones en caso que una disposición se refiera a varios

temas del tesauro que se utiliza en la presente publicación y acceso directo al texto

completo publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina, mediante un

hipervínculo al archivo del ejemplar –en formato pdf- en la página web oficial del citado

organismo.

Por último, se consignan -a continuación de los asientos legislativos y con el mismo

sistema de clasificación- sumarios de los documentos jurisprudenciales y doctrinarios

publicados en las distintas revistas jurídicas existentes en la Dirección.

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1

SUMARIO TEMÁTICO

CIENCIA Y TECNOLOGÍA Desenvolvimiento Científico y Tecnológico

COMERCIO Abastecimiento

Consumidor Mercado Común

Política Arancelaria

COMUNICACIONES Telecomunicaciones

CONSTITUCIÓN Control de Constitucionalidad Garantías Constitucionales

CUESTIONES SOCIALES Discapacitados

Menores Mujer

Política Social Violencia de Género

CULTURA Artes

Homenajes Medios de Comunicación

Monumentos y Lugares Históricos Patrimonio Cultural

Propiedad Intelectual Teatro y Cinematografía

DEFENSA NACIONAL - SEGURIDAD Defensa Nacional

Fuerzas de Seguridad y Policía

DEPORTES Y ENTRETENIMIENTOS Dopaje en el Deporte

Instituciones Deportivas Juegos

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2

DERECHO

Contratos Derecho Ambiental

Derecho Civil Derecho Comercial

Derecho Constitucional Derecho Laboral Derecho Penal

Derecho Procesal Penal Derechos Humanos

Expropiación Identificación de Persona

Mediación Ordenamiento Jurídico

Sociedades

DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA Contabilidad Pública

Deuda Economías Regionales Entidades Financieras

Impuestos, Tasas y Contribuciones Presupuesto General

Seguros

DESARROLLO RURAL Agricultura y Ganadería

Sanidad Vegetal y Animal

EDUCACIÓN Educación Superior Enseñanza Privada

Planificación y Política Educativa

ESTADO Bienes del Estado

Ciudad Autónoma de Buenos Aires Estado Municipal Estado Nacional Estado Provincial

Territorio

INDUSTRIA Industria de la Yerba Mate

Industria Química y Farmacéutica

MINISTERIO PÚBLICO Organización

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3

OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Regulación y Control

PODER EJECUTIVO Administración Pública

Decreto de Necesidad y Urgencia Ministerios, Secretarías y Subsecretarías

Presidente y Vicepresidente

PODER JUDICIAL Organización

PODER LEGISLATIVO Comisiones Sesiones

POLÍTICA Participación Ciudadana

Régimen Electoral Terrorismo

RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Hidrocarburos

Parques y Reservas Recursos Mineros

RELACIONES INTERNACIONALES Tratados, Acuerdos y Convenios

SALUD Productos Medicinales

Salud Pública

SEGURIDAD SOCIAL Obras Sociales Previsión Social

TRABAJO Y EMPLEO Asociaciones Sindicales

Profesiones y Ocupaciones Relaciones Individuales de Trabajo

Riesgos del Trabajo

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4

TRANSPORTE Ferrocarriles

Navegación Aérea Registro de Automotores

Tránsito Transporte Automotor

Transporte Público

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5

SUMARIO NUMÉRICO

LEYES NACIONALES

27.023 27.039 27.040 27.041 27.043 27.045 27.046 27.047 27.048 27.049 27.050 27.051 27.052 27.053 27.054 27.055 27.056 27.057 27.058 27.059 27.060 27.061 27.062 27.064 27.065 27.066 27.067 27.068 27.069 27.070 27.071 27.073 27.074 27.075 27.076 27.080 27.081 27.082 27.083 27.084 27.085 27.086 27.087 27.088 27.089 27.090 27.091 27.092 27.093 27.094 27.095 27.096 27.097 27.098

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6

27.099 27.100 27.101 27.102 27.103 27.104 27.105 27.106 27.107 27.108 27.109 27.110 27.111 27.112 27.113 27.114 27.115 27.116 27.117 27.118 27.119 27.120 27.121

DECRETOS

2014 2.494 2.495 2.496 2.501 2.508 2.590 2.591 2.645 2.707 2.784

2015

1 2 10 11 16 20 21 22 27 34 41 62 69 70 71 79 111 114 124

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126 137 140 148 154 183 196 202 225 237 238

DECISIONES ADMINISTRATIVAS 1

RESOLUCIONES CONJUNTAS

Ministerio de Salud, Ministerio de Educación y Ministerio de Defensa 41, 113 y 20

RESOLUCIONES

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

12 22 60

Ministerio del Interior y Transporte 2014 1.918

Ministerio de Salud 2014 2.329

Ministerio de Seguridad 12

Secretaría de Comercio 17

Secretaría Legal y Administrativa 19

Administración Federal de Ingresos Públicos

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8

Generales 3.713 3.720 3.721 3.723 3.724 3.726 3.729 3.730 3.732 3.733 3.739 3.740 3.743

Administración Nacional de Aviación Civil 41

Agencia de Administración de Bienes del Estado 14

Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas

14

Comisión Nacional de Regulación del Transporte 175

Inspección General de Justicia Generales

3

Lotería Nacional Sociedad del Estado 7

Órgano de Control de Concesiones Viales 5

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria 31 38

DISPOSICIONES

Dirección Nacional de Protección de Datos Personales 3 9

Oficina Nacional de Tecnologías de Información

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1

Servicio Nacional de Rehabilitación 82

Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios

512

ACORDADAS

Corte Suprema de Justicia de la Nación 3

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CIENCIA Y TECNOLOGÍA Desenvolvimiento Científico y Tecnológico 1. Decreto nº 1, 5 enero 2015. Aprueba el modelo de contrato de garantía a suscribirse con el Banco Interamericano de Desarrollo y el de contragarantía con el Gobierno de la provincia de Mendoza, relativos al financiamiento del “Programa de apoyo al desarrollo tecnológico de Mendoza”. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 enero 2015, p. 4). 2. Ley nº 27.070. Asigna a la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres -provincia de Tucumán- un subsidio para destinarse exclusivamente a labores de investigación técnica y científica. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 9 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 19 enero 2015, p. 1). 3. Decreto nº 183, 9 febrero 2015. Aprueba el modelo de contrato de préstamo a celebrarse con la Corporación Andina de Fomento, destinado a financiar parcialmente el “Programa para el desarrollo de la infraestructura destinada a promover la capacidad emprendedora”. Designa al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva como organismo ejecutor. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 19 febrero 2015, p. 1).

COMERCIO Abastecimiento 1. Decreto n° 41, 13 enero 2015. Aprueba la reglamentación de la Ley N° 26.992 de creación del Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 15 enero 2015, p. 2). Citas legales: Ley N° 26.992 (NL, Septiembre- Octubre 2014). 2. Resolución nº 17, 13 febrero 2015 (Secretaría de Comercio). Crea un régimen de información denominado “Sistema de monitoreo de Abastecimiento y Disponibilidad de Bienes e Insumos”, cuyo objeto es detectar las contingencias que pudieran ocurrir en el proceso productivo, distributivo y/o de comercialización, con potencial para afectar el normal abastecimiento. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 18 febrero 2015, p. 10).

COMERCIO Consumidor 1. Decreto n° 202, 11 febrero 2015. Aprueba la reglamentación de los Títulos I y II -Servicio de Conciliación Previa en las relaciones de consumo y Auditoría en las relaciones de consumo, respectivamente- de la Ley N° 26.993 -Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo-. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 febrero 2015, p. 2). Citas legales: Ley N° 26.993 (NL, Septiembre- Octubre 2014). 2. “El consumidor bancario en el Código Civil y Comercial de la Nación. Primera parte”. Por Esther H.S. Ferrer de Fernández. (Derecho Comercial y de las Obligaciones. Nº 270. Buenos Aires, enero/ febrero 2015). 3. “Principios y ámbito de aplicación del derecho del consumidor en el nuevo Código Civil y Comercial”. Por Sergio Sebastián Barocelli. (Revista de Derecho Comercial, del Consumidor y de la Empresa. Buenos Aires, febrero 2015). (*) Ver también: COMERCIO. Abastecimiento. OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. Regulación y Control. 2. TRANSPORTE. Transporte Automotor.

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COMERCIO Mercado Común (*) Ver: POLÍTICA. Régimen Electoral. 1.

COMERCIO Política Arancelaria 1. Decreto nº 79, 21 enero 2015. Adecua los importes requeridos a los despachantes de aduana y a los agentes de transporte aduanero para acreditar solvencia y constituir garantía. Habilita a la Administración Federal de Ingresos Públicos a instrumentar para los agentes de transporte aduanero un sistema de responsabilidad solidaria de características similares al de los despachantes de aduana. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 febrero 2015, p. 5). (*) Ver también: RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE. Hidrocarburos. 2.

COMUNICACIONES Telecomunicaciones 1. Decreto n° 2.501, 17 diciembre 2014. Aprueba la reglamentación de la Ley N° 26.951 de creación del Registro nacional “No llame”. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 6 enero 2015, p. 2). Citas legales: Ley N° 26.951 (NL, Julio- Agosto 2014). 2. Disposición n° 3, 16 enero 2015 (Dirección Nacional de Protección de Datos Personales). Implementa el Registro nacional “No llame”. Aprueba los procedimientos de inscripción y baja. Crea el Registro de Infractores Ley N° 26.951. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 21 enero 2015, p. 46). Citas legales: Ley N° 26.951 (NL, Julio- Agosto 2014). (*) Ver también: CULTURA. Propiedad Intelectual. OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. Regulación y Control. 2.

CONSTITUCIÓN Control de Constitucionalidad 1. ST Río Negro, Sala Asuntos Originarios y Constitucional (No Recursos) y Contenc. Adm., 4/8/14- Bassi, Norberto Ricardo s/acción de inconstitucionalidad (Acción de inconstitucionalidad. Plazos para interponer acción autónoma de inconstitucionalidad. Provincia de Río Negro. Derechos de contenido patrimonial. Incompetencia del Superior Tribunal provincial). Con nota de Luis Emilio Pravato: “Ciertas reflexiones sobre el control de constitucionalidad a partir de la lectura de un fallo del STJ de Río Negro”. (La Ley Patagonia. Buenos Aires, febrero 2015). (*) Ver también: SEGURIDAD SOCIAL. Previsión Social. 1.

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CONSTITUCIÓN Garantías Constitucionales 1. Disposición nº 9, 19 febrero 2015 (Dirección Nacional de Protección de Datos Personales). Reformula el régimen de infracciones y sanciones por violación a las normas de la Ley Nº 25.326 y de las reglamentaciones dictadas en su consecuencia. En tal sentido, modifica su similar Nº 7/05. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 24 febrero 2015, p. 18). Citas legales: Ley Nº 25.326 (NL, Noviembre- Diciembre 2000), Disposición DNPDP Nº 7/05 (NL, Noviembre- Diciembre 2005). (*) Ver también: COMUNICACIONES. Telecomunicaciones.

CUESTIONES SOCIALES Discapacitados 1. Ley n° 27.061. Aprueba el Tratado de Marrakech, destinado a facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, adoptado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, por Conferencia Diplomática, el 27 de junio de 2013. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 14 enero 2015, p. 1). 2. Disposición nº 82, 27 enero 2015 (Servicio Nacional de Rehabilitación). Aprueba la Normativa para la Certificación de Personas con Discapacidad Auditiva. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 18 febrero 2015, p. 38). 3. Resolución nº 5, 28 enero 2015 (Órgano de Control de Concesiones Viales). Aprueba el “Reglamento de exención de pago de peaje para personas con discapacidad”. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 20 febrero 2015, p. 49).

CUESTIONES SOCIALES Menores (*) Ver: DERECHO. Derecho Penal. 1.

CUESTIONES SOCIALES Mujer (*) Ver también: DERECHO. Derecho Penal. 1.

CUESTIONES SOCIALES Política Social (*) Ver: DEPORTES Y ENTRETENIMIENTOS. Instituciones Deportivas.

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CUESTIONES SOCIALES Violencia de Género 1. Ley nº 27.039. Crea el “Fondo Especial de Difusión de la Lucha contra la Violencia de Género”, con el objeto de publicitar la línea telefónica gratuita con alcance nacional “144” para la atención de consultas de violencia de género y los derechos consagrados por la Ley Nº 26.485 -Protección Integral para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales-. Sancionada 19 noviembre 2014. Promulgada de hecho, 15 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 5 enero 2015, p. 1). Citas legales: Ley Nº 26.485 (NL, Marzo- Abril 2009). 2. Resolución nº 12, 29 enero 2015 (Ministerio de Seguridad). Aprueba el “Protocolo de actuación para la implementación del sistema de alerta y localización georreferenciada Botón de Pánico” y sus instrumentos operativos: formularios de información de la víctima y del victimario y actas de consentimiento informado. Delega la aplicación del Protocolo en la Coordinación de Articulación con el Ámbito Judicial en Materia de Violencia de Género. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 6 febrero 2015, p. 53).

CULTURA Artes 1. Ley nº 27.067. Crea el Instituto Nacional de Artes Gráficas –INAG- en el ámbito del Ministerio de Cultura de la Nación, como organismo rector del fomento, promoción, preservación, archivo y difusión de las artes gráficas argentinas –ilustración, dibujo humorístico y caricatura, historieta y arte tipográfico. Fija su estructura y funciones. Crea en su ámbito el Registro Único de Artistas Gráficos, Agrupaciones y Asociaciones Afines. Dispone que los medios audiovisuales que compongan Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado deberán difundir las actividades del Instituto, entendiendo que son de interés público. Establece que la presente deberá ser reglamentada en el plazo de noventa días. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 9 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 16 enero 2015, p. 1).

CULTURA Homenajes 1. Ley nº 27.048. Instituye el segundo sábado de marzo de cada año como “Día del Inmigrante Libanés”, en coincidencia con el Día Mundial del Emigrante Libanés. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 enero 2015, p. 2). 2. Ley nº 27.049. Instituye el 14 de abril de cada año como “Día Nacional del Exiliado Español”. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 enero 2015, p. 1). 3. Ley n° 27.050. Modifica la denominación del puente nacional José Félix Uriburu que une el distrito de Lanús –provincia de Buenos Aires- con el barrio de Pompeya –ciudad de Buenos Aires- por el nombre de “Ezequiel Demonty”. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 8 enero 2015, p. 4). 4. Ley nº 27.052. Instituye el 9 de abril de cada año como “Día de la Cardiología Argentina”. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 enero 2015, p. 1).

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5. Ley nº 27.053. Instituye el 2 de abril como “Día Nacional de Concienciación sobre el Autismo”, en coincidencia con el Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo establecido por las Naciones Unidas. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 enero 2015, p. 3). 6. Ley nº 27.055. Declara “Capital Nacional del Trekking” a la localidad de El Chaltén, provincia de Santa Cruz. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 enero 2015, p. 3). 7. Ley nº 27.056. Declara el 28 de mayo de cada año como “Día del Proveedor Minero Nacional”. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 enero 2015, p. 4). 8. Ley n° 27.057. Denomina con el nombre de “Teresa Rodríguez” al primer pozo de extracción que realice la empresa YPF S.A. a partir de la intervención efectuada a la misma por Decreto N° 557/12. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 13 enero 2015, p. 2). Citas legales: Decreto N° 557/12 (NL, Marzo- Abril 2012). 9. Ley n° 27.059. Instituye el 28 de mayo de cada año como “Día Nacional del Docente de Nivel Inicial”, en conmemoración de la pedagoga Rosario Vera Peñaloza. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 13 enero 2015, p. 1). 10. Ley n° 27.060. Declara “Capital Nacional del Inmigrante” a la ciudad de Oberá –provincia de Misiones-. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 13 enero 2015, p. 1). 11. Ley nº 27.069. Instituye el 14 de junio de cada año como “Día Nacional del Barrendero”, en homenaje al sacerdote Mauricio Kleber Silva, a Néstor Julio Sanmartino y a Julio Armando Goitía, trabajadores barrenderos del “Corralón Municipal Floresta”, desaparecidos durante la última dictadura cívico- militar. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 9 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 19 enero 2015, p. 1). 12. Ley n° 27.075. Instituye el 3 de octubre de cada año como “Día Nacional del Joven Argentino de Origen Libanés”, en conmemoración del nacimiento de la doctora Ninawa Daher, joven argentina de origen libanés, de larga trayectoria periodística, solidaria y protagonista de la vida institucional de la comunidad libanesa en la Argentina. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 9 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 21 enero 2015, p. 1). 13. Ley nº 27.085. Designa con el nombre de “Dr. Osvaldo Álvarez Guerrero” a la rotonda ubicada en el km. 2405.85 de la ruta nacional 40, Comandante Luis Piedrabuena. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 28 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 6 febrero 2015, p. 2). 14. Ley nº 27.089. Declara “Capital Nacional del Chocolate” a la localidad de San Carlos de Bariloche -provincia de Río Negro-. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 28 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 febrero 2015, p. 2). 15. Ley n° 27.091. Deroga su similar N° 16.484 que designara “John F. Kennedy” al tramo de la ruta nacional 12 que une las capitales de Corrientes y Misiones. Designa al tramo de la ruta nacional 12 que une la ciudad de Corrientes –provincia de Corrientes- y la de Puerto Iguazú –provincia de Misiones- como “Ruta de las Misiones Jesuíticas”. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 28 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 10 febrero 2015, p. 2).

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16. Ley n° 27.092. Instituye el 2 de octubre de cada año como “Día Nacional de la No Violencia”. Establece que el Ministerio de Educación de la Nación promoverá la incorporación de la fecha en el calendario escolar e implementará actividades tendientes a difundir el conocimiento y significado de la conmemoración. Invita a las jurisdicciones educativas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a los efectos de esta ley. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 28 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 11 febrero 2015, p. 1). 17. Ley n° 27.095. Instituye el día 7 de octubre de cada año como “Día Nacional de la Identidad Villera”, en homenaje al padre Carlos Mujica en el aniversario de su nacimiento. Dispone que el Ministerio de Educación promoverá la incorporación de la fecha al calendario escolar e implementará actividades tendientes a difundir los valores que componen la identidad villera. Invita a las jurisdicciones educativas provinciales y de la ciudad de Buenos Aires a adherir a la presente. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 22 enero 2015, p. 4). 18. Ley n° 27.096. Declara “Capital Nacional de la Producción y el Trabajo” al municipio de La Matanza –provincia de Buenos Aires-. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 22 enero 2015, p. 1). 19. Ley n° 27.099. Declara “Capital Nacional de la Báscula” a la ciudad de Casilda –provincia de Santa Fe-. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 22 enero 2015, p. 3). 20. Ley n° 27.100. Instituye el 26 de noviembre de cada año como “Día Nacional del Humorista”, en conmemoración del natalicio del humorista gráfico Roberto “el Negro” Fontanarrosa. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 28 enero 2015, p. 4). 21. Ley nº 27.104. Declara el 17 de junio como “Día Nacional del Tarefero”, en memoria de los que murieron cuando el camión que los transportaba volcó en la provincia de Misiones. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 30 enero 2015, p. 1). 22. Ley n° 27.105. Declara “Capital Nacional de la Tradición” al municipio de San Antonio de Areco –provincia de Buenos Aires-. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 29 enero 2015, p. 1). 23. Ley nº 27.106. Instituye el 23 de enero de cada año como “Día Nacional del Músico”, en conmemoración al natalicio del compositor e intérprete Luis Alberto Spinetta. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 enero 2015, p. 2). 24. Ley nº 27.107. Declara “Capital Nacional del Surf” a la ciudad de Mar del Plata -provincia de Buenos Aires-. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 febrero 2015, p. 1). 25. Ley nº 27.108. Declara como “Día del Empresario Nacional” el 16 de agosto de cada año. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 febrero 2015, p. 1). 26. Ley n° 27.110. Declara “Capital Nacional de la Pequeña y Mediana Empresa Industrial” al municipio de General San Martín –provincia de Buenos Aires-. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 3 febrero 2015, p. 1).

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27. Ley n° 27.115. Instituye el 7 de julio como “Día del Abogado Laboralista”, en homenaje a los abogados asesinados en lo que se conoció como “La noche de las corbatas” y a todos los letrados que por luchar por la democracia y la República sufrieron el mismo destino. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 28 enero 2015, p. 5). 28. Ley n° 27.116. Declara héroe nacional al general post mórtem don Andrés Guacurarí, también conocido como comandante Andresito o Andresito Artigas, como tributo y reparación histórica por su contribución a la epopeya de la emancipación del continente americano. Designa sede nacional para la conmemoración de la batalla de Apóstoles el sitio histórico, ubicado en la ciudad de Apóstoles –provincia de Misiones-. Instituye el 2 de julio de cada año como “Día de la Conmemoración y Recuerdo de don Andrés Guacurarí”. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 29 enero 2015, p. 1). 29. Ley n° 27.117. Instituye el 30 de noviembre de cada año como “Día Nacional del Mate”, en conmemoración del nacimiento de Andrés Guacurarí y Artigas. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 28 enero 2015, p. 5). 30. Ley n° 27.119. Declara “Capital Nacional de la Trucha Steelhead” a la ciudad de Comandante Luis Piedrabuena –provincia de Santa Cruz-. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 5 febrero 2015, p. 2).

CULTURA Medios de Comunicación (*) Ver: CULTURA. Artes. POLÍTICA. Régimen Electoral. 3.

CULTURA Monumentos y Lugares Históricos 1. Ley n° 27.040. Declara lugar histórico nacional al predio o fracción de terreno rural del paraje de Punta de los Llanos sobre la ruta nacional 38 en la provincia de La Rioja, en el que se le rinde homenaje a la memoria de Monseñor Enrique Angelelli y al paraje Bajo de Lucas, en el que fueron encontrados los cuerpos mutilados y asesinados de los padres Carlos de Dios Murias y Gabriel Longueville. Sancionada 19 noviembre 2014. Promulgada de hecho, 15 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 6 enero 2015, p. 1). 2. Decreto nº 16, 6 enero 2015. Declara monumento histórico nacional al Colegio Nacional Nº 1 “Teodoro Sánchez de Bustamante”, ubicado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 16 enero 2015, p. 9). 3. Ley n° 27.084. Declara monumento histórico nacional al antiguo puente carretero de una sola mano situado en La Rinconada, localidad de Junín de los Andes sobre el río Aluminé y Collón Curá, intersección de las rutas 234 y 40. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 28 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 5 febrero 2015, p. 2). 4. Ley nº 27.101. Declara árbol histórico nacional al ejemplar de algarrobo blanco emplazado en el municipio de Campo Santo, departamento de General Güemes, provincia de Salta. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 23 enero 2015, p. 2).

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5. Ley nº 27.103. Crea la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, continuadora de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos. En tal sentido, modifica la Ley Nº 12.665. Fija su integración y atribuciones; recursos para el funcionamiento y sanciones. Detalla las clases en las que deberán ser enunciados los bienes protegidos. El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente dentro de los noventa días de su publicación. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 23 enero 2015, p. 1). 6. Ley n° 27.112. Declara lugar histórico nacional al espacio delimitado por las coordenadas geográficas 32° 09’ 70° 19’, ubicado dentro del llamado “Paso de Los Patos”, en la provincia de San Juan, por haber sido el paso por el que la columna principal del Ejército de los Andes entró a Chile al mando del general don José de San Martín. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 4 febrero 2015, p. 1). 7. Decreto nº 114, 26 enero 2015. Declara monumento histórico nacional a la Escuela Normal “Dr. Juan Gregorio Pujol”, ubicada en la ciudad de Corrientes. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 6 febrero 2015, p. 11).

CULTURA Patrimonio Cultural 1. Ley nº 27.086. Aprueba el Convenio con la República de Colombia en materia de prevención de la apropiación, importación, exportación y transferencia ilícitas de bienes culturales, suscripto en la República de Colombia el 20 de septiembre de 2012. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 28 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 6 febrero 2015, p. 1).

CULTURA Propiedad Intelectual 1. “El derecho de autor en las redes sociales”. Por Matías González Girondo. (Revista de Derecho Comercial, del Consumidor y de la Empresa. Buenos Aires, febrero 2015). (*) Ver también: CUESTIONES SOCIALES. Discapacitados. 1.

CULTURA Teatro y Cinematografía 1. Decreto n° 2, 5 enero 2015. Aprueba el modelo de contrato de préstamo a suscribirse con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, destinado a financiar parcialmente el proyecto de creación de un ente nacional de programación y una red de salas cinematográficas para la promoción y difusión de contenidos audiovisuales de Argentina y de la región. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 13 enero 2015, p. 3). 2. Ley n° 27.065. Dispone que a los fines del alcance del Decreto- Ley N° 1.251/58 –declaración de la actividad teatral argentina como elemento directo de difusión de la cultura- debe entenderse como obras teatrales de autor nacional a las traducciones y adaptaciones de obras teatrales de autor extranjero realizadas por traductores y/o adaptadores argentinos o extranjeros con no menos de cinco años de residencia en el país. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 9 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 15 enero 2015, p. 2).

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DEFENSA NACIONAL- SEGURIDAD Defensa Nacional 1. Decreto nº 2.645, 30 diciembre 2014. Aprueba la actualización de la “Directiva de Política de Defensa Nacional”. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 19 enero 2015, p. 4). Citas legales: Decreto Nº 1.714/09 (NL, Noviembre- Diciembre 2009).

DEFENSA NACIONAL- SEGURIDAD Fuerzas de Seguridad y Policía 1. Ley nº 27.087. Aprueba el Acuerdo con la República de Chile para la cooperación entre la Gendarmería Nacional Argentina y la Policía de Investigaciones de Chile, suscripto en la ciudad de Santiago -República de Chile- el 16 de marzo de 2012. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 28 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 6 febrero 2015, p. 1).

DEPORTES Y ENTRETENIMIENTOS Dopaje en el Deporte 1. Ley n° 27.109. Modifica el Régimen Jurídico para la Prevención y el Control del Dopaje en el Deporte aprobado por Ley N° 26.912 en relación con obligaciones de los atletas y del personal de apoyo, presencia de sustancias prohibidas en las muestras de atletas, uso de sustancias prohibidas, incumplimiento de localización del atleta, procedimiento de control de dopaje; administración, participación y asociación prohibida, hechos y presunciones, sustancias y métodos prohibidos, retiro de la actividad deportiva, infracción de normas en eventos, suspensiones, infracciones, reducción de sanciones, rehabilitación de atletas, consecuencias para deportes en equipo, recursos, autorización de uso terapéutico, entre otros. En cuanto a los organismos, modifica los objetivos de Control del Dopaje en el Deporte, responsabilidad de las instituciones deportivas, controles e investigaciones, análisis de muestras, gestión de resultados, Tribunal Nacional Disciplinario Antidopaje, entre otros. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 3 febrero 2015, p. 1). Citas legales: Ley N° 26.912 (NL, Noviembre- Diciembre 2013).

DEPORTES Y ENTRETENIMIENTOS Instituciones Deportivas 1. Ley n° 27.098. Instituye el Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo, destinado a la generación de inclusión social e integración colectiva a través del fortalecimiento y desarrollo de los mismos. Crea el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo. Fija su objeto y funciones. Regula la asignación y destino de los fondos que se asignen a las entidades así como el presupuesto participativo. Asegura el derecho a la propiedad para aquellos clubes de barrio y de pueblo que tengan sus sedes construidas en terrenos fiscales. Invita a las provincias y a la ciudad de Buenos Aires a adherir a la presente. Abroga su similar N° 26.069 –creación del Programa Deportivo Barrial-. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 22 enero 2015, p. 1). Citas legales: Ley N° 26.069 (NL, Enero- Febrero 2006).

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DEPORTES Y ENTRETENIMIENTOS Juegos 1. Resolución nº 7, 22 enero 2015 (Lotería Nacional Sociedad del Estado). Aprueba el nuevo Reglamento de juego PRODE para la captación de apuestas por medio de máquinas terminales y para apuestas comercializadas en jurisdicciones provinciales. Deja sin efecto su similar Nº 93/02. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 febrero 2015, p. 32). Cita legal: Resolución LNSE Nº 93/02 (NL, Julio- Agosto 2002).

DERECHO Contratos 1. “Notas introductorias a los contratos de comercialización en el Código Civil y Comercial de la Nación. Consideración general del tema”. Por Hugo O.H. Llobera. (El Derecho. Legislación Argentina. Buenos Aires, 27 febrero 2015).

DERECHO Derecho Ambiental 1. CS, 11/12/14- Universidad Nacional de Rosario c. Provincia de Entre Ríos s/ amparo (daño ambiental) (Derecho ambiental. Cuestiones procesales. Legitimación de las universidades). (Jurisprudencia Argentina. Buenos Aires, 4 febrero 2015).

DERECHO Derecho Civil 1. “Aspectos generales de la responsabilidad civil en el nuevo Código de derecho privado”. Por Roberto A. Vázquez Ferreira. (Revista de Responsabilidad Civil y Seguros. Buenos Aires, febrero 2015). 2. “Cese de la unión convivencial: de los problemas de la legislación dispersa al reconocimiento expreso en el nuevo Código Civil y Comercial” (Nota a fallo). Por Martina Vido. (Derecho de Familia. Nº 2015-I. Buenos Aires, febrero 2015). Referencias: CNac. Civ., Sala E, 7/5/14- T., A.X. c. R., M.E. 3. “De la indivisión postcomunitaria en el nuevo Código Civil”. Por Sandra F. Veloso. (Revista de Derecho de Familia y de las Personas. Buenos Aires, enero/ febrero 2015). 4. “Responsabilidad de tutores y curadores. Inconsistencia del C. C. y Com. de la Nación”. Por Carlos Alberto Ghersi. (La Ley Gran Cuyo. Buenos Aires, febrero 2015).

DERECHO Derecho Comercial 1. “La ‘autonomía’ y los contenidos del Derecho Comercial a partir del Código unificado”. Por Eduardo M. Favier Dubois (h). (La Ley. Buenos Aires, 2 febrero 2015). 2. “Un fallo a medida sobre la legitimación del fallido en el concurso especial –con especial referencia a la apelación de la resolución que decide sobre su procedencia-” (Nota a fallo). Por Ariel Alejandro Germán Macagno.

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(La Ley Córdoba. Buenos Aires, febrero 2015). Referencias: C2ªCiv. y Com., Córdoba, 19/6/14- Butta, Enrique Mario- Concurso Especial Claro Ricardo José.

DERECHO Derecho Constitucional 1. “El juicio por jurados en materia criminal: dos mitos para desterrar en torno a su invalidez constitucional”. Por Román P. Lanzón. (La Ley Litoral. Buenos Aires, febrero 2015). (*) Ver también: ESTADO. Estado Municipal. 1, 2. ESTADO. Estado Provincial. 1.

DERECHO Derecho Laboral 1. “La imparcialidad judicial y su ficción normativa. El inquisitivismo en el proceso laboral de Catamarca”. Por Gastón Andrés Navarro. (La Ley Noroeste. Buenos Aires, febrero 2015). 2. “Mobbing: análisis del marco normativo vigente en la provincia de Tucumán. Las opiniones de los sectores que intervienen en la relación laboral. La posición de la justicia en la provincia de Tucumán”. Por Mauricio S. Beraja. (Revista de Derecho Laboral y Seguridad Social. Nº 2. Buenos Aires, enero 2015). 3. “Nuevo Código Civil y Comercial Unificado. Ampliación de derechos para la ciudadanía en general. Regresión para los trabajadores en particular”. Por Daniela Ducros Novelli. (Doctrina Laboral y Previsional. Buenos Aires, enero 2015). (*) Ver también: PODER EJECUTIVO. Administración Pública. 4. TRABAJO Y EMPLEO. Profesiones y Ocupaciones. TRABAJO Y EMPLEO. Riesgos del Trabajo.

DERECHO Derecho Penal 1. Ley n° 27.046. Establece la obligatoriedad de exhibir en lugar visible una leyenda que diga “La explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y la trata de personas en la Argentina es un delito severamente penado. Denúncielo”. Dispone su implementación en aeropuertos nacionales e internacionales, terminales portuarias, de transporte terrestre, medios de transporte público, pasos fronterizos, oficinas públicas de turismo y lugares oficiales de promoción del país. Fija su reglamentación en un plazo máximo de sesenta días a partir de su sanción. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 7 enero 2015, p. 1). 2. Decreto n° 111, 26 enero 2015. Aprueba la reglamentación de la Ley Nº 26.364 -Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas- y su modificatoria Nº 26.842. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 28 enero 2015, p. 6). Referencias: Leyes N° 26.364 (NL, Marzo- Abril 2008), 26.485 (NL, Marzo- Abril 2009) y 26.842 (NL, Noviembre- Diciembre 2012).

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3. CNac. Crim. y Corr. Fed., Sala 1ª, 15/5/14- AMIA (Delitos especiales. Terrorismo. Atentado a una mutual de la comunidad judía. Memorándum con la República Islámica de Irán. Creación de una Comisión de la Verdad para la investigación de los hechos. Inconstitucionalidad de la ley que aprueba el acuerdo). (Revista de Derecho Penal y Procesal Penal. Buenos Aires, enero 2015). Referencias: Ley Nº 26.843 (NL, Marzo- Abril 2013). 4. TOral Crim. Fed. Nº 2, Mendoza, 4/9/14- C., E.E. s/incidente de excarcelación (Delitos de lesa humanidad. Rechazo de la excarcelación. Riesgo de evasión. Gravedad de los hechos imputados. Deberes asumidos por el Estado nacional). (La Ley Gran Cuyo. Buenos Aires, febrero 2015). 5. “El autolavado de activos en las evaluaciones del GAFI”. Por Tadeo Leandro Fernández. (Revista de Derecho Penal y Criminología. Buenos Aires, febrero 2015). (*) Ver también: DERECHO. Mediación. DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA. Impuestos, Tasas y Contribuciones. 16.

DERECHO Derecho Procesal Penal 1. Decreto n° 140, 28 enero 2015. Aprueba la reglamentación del Capítulo VIII –Educación- de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad N° 24.660. Crea -en el ámbito del Consejo Federal de Educación- la Comisión Multiagencia, que será responsable del diseño, implementación, coordinación, actualización y publicación de la oferta educativa destinada a personas privadas de la libertad. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 10 febrero 2015, p. 5). Citas legales: Ley N° 26.695 (NL, Julio- Agosto 2011). 2. CFCasación Penal, Sala II, 1º/12/14- K., Y.T. s/ recurso de casación (Contrato de trabajo. Trabajo penitenciario. Equiparación con el trabajo libre en todos sus alcances. Derechos). Con notas de Elsa Porta: “El trabajo en la prisión: un fallo trascendente” y de Juan José Etala (h): “Equiparar al preso con un trabajador”. (Derecho del Trabajo. Buenos Aires, febrero 2015). 3. “Consagración de Fueros Personales en el proceso penal neuquino”. Por Héctor Luis Manchini. (La Ley Patagonia. Buenos Aires, febrero 2015). 4. “La ley procesal más benigna. A propósito del Código Procesal Penal de la Nación aprobado por la Ley 27.063”. Por Carlos Enrique Llera. (La Ley. Suplemento Penal y Procesal Penal. Buenos Aires, febrero 2015). Referencias: Ley Nº 27.063 (NL, Noviembre- Diciembre 2014).

(*) Ver también: DERECHO. Derecho Constitucional. PODER JUDICIAL. Organización. 2.

DERECHO Derechos Humanos (*) Ver: POLÍTICA. Régimen Electoral. 2.

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DERECHO Expropiación 1. Ley n° 27.047. Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Chacras de Coria –provincia de Mendoza- conocido como “Casa Mazzolari- Cerutti” o “Casa Grande”. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 8 enero 2015, p. 4).

DERECHO Identificación de Persona 1. “Identidades, género e infancias”. Por Silvia E. Fernández. (Jurisprudencia Argentina. Buenos Aires, 11 febrero 2015).

DERECHO Mediación 1. “Mediación penal: su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Por Verónica Sánchez Romero. (El Derecho. Buenos Aires, 9 febrero 2015). (*) Ver también: COMERCIO. Consumidor.

DERECHO Ordenamiento Jurídico 1. Resolución nº 19, 26 enero 2015 (Secretaría Legal y Administrativa). Crea la Comisión para la Observación, Consolidación y Ordenación del Digesto Jurídico Argentino del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, con el objeto de colaborar con las tareas de la Comisión Bicameral Permanente del Digesto Jurídico Argentino del Honorable Congreso de la Nación. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 febrero 2015, p. 35). Citas legales: Ley Nº 26.939 y Decreto Nº 791/14 (NL, Mayo- Junio 2014). 2. “Valor de las normas consolidadas mediante error. Un aporte provincial”.

1 Por Luis F. P. Leiva

Fernández. (Anales de Legislación Argentina. Año LXXV, Nº 3. Buenos Aires, febrero 2015). (*) Ver también: SEGURIDAD SOCIAL. Previsión Social. 3.

DERECHO Sociedades 1. Resolución General nº 3, 11 febrero 2015 (Inspección General de Justicia). Incorpora la posibilidad de convocar a una audiencia en el procedimiento de denuncias establecido en las Normas del Organismo. En tal sentido, modifica su similar Nº 7/05. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 13 febrero 2015, p. 12). Citas legales: Resolución General IGJ Nº 7/05 (NL, Julio- Agosto 2005).

1 Pronunciamiento del Sup. Trib. de Justicia de Chubut sobre demanda fundada en una norma que el Digesto Provincial declaraba

vigente sin estarlo realmente.

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2. CNCom., Sala C, 19/6/14- Freije González, Mario Julián c. Ronisol S.A. y otros (Sociedades. Pedido de disolución de sociedad financiera de inversión constituida en el extranjero. Competencia de la justicia argentina). Con nota de Daniel Balonas: “Competencia en materia de sociedades constituidas en fraude a la ley argentina”. (Revista de Derecho Comercial, del Consumidor y de la Empresa. Buenos Aires, febrero 2015). 3. “Las reuniones a distancia en el Código Civil reformado”. Por Bernardo P. Carlino. (Doctrina Societaria y Concursal. Buenos Aires, enero 2015). 4. “Sociedades anónimas unipersonales”. Por Carlos A. Molina Sandoval. (Anales de Legislación Argentina. Boletín Informativo Nº 2. Buenos Aires, 26 enero 2015). (*) Ver también: PODER EJECUTIVO. Administración Pública. 1.

DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA Contabilidad Pública 1. Ley n° 27.121. Aprueba la Cuenta de Inversión presentada por el Poder Ejecutivo, correspondiente a los ejercicios 2009 y 2010. Sancionada 29 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 28 enero 2015, p. 1). Referencias: Ley N° 26.206 (NL, Noviembre- Diciembre 2006). 2. “Algunas consideraciones sobre el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el decreto 893/12”. Por Eduardo Buenader. (El Derecho. Buenos Aires, 5 febrero 2015). Referencias: Decreto Nº 893/12 (NL, Mayo- Junio 2012).

DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA Deuda 1. Decreto nº 2.494, 17 diciembre 2014. Aprueba el modelo de acuerdo bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse con la Office National du Ducroire/ Nationale Delcrederedienst (Reino de Bélgica), en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la República Argentina suscripta el 29 de mayo de 2014 con los países acreedores nucleados en el Club de París. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 enero 2015, p. 2). 2. Decreto nº 2.495, 17 diciembre 2014. Aprueba el modelo de acuerdo bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse con el Reino de Dinamarca, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la República Argentina suscripta el 29 de mayo de 2014 con los países acreedores nucleados en el Club de París. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 enero 2015, p. 3). 3. Decreto nº 2.496, 17 diciembre 2014. Aprueba el modelo de acuerdo bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la República Argentina suscripta el 29 de mayo de 2014 con los países acreedores nucleados en el Club de París. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 enero 2015, p. 3). 4. Decreto nº 2.590, 30 diciembre 2014. Aprueba el modelo de acuerdo bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse con los Países Bajos, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la República Argentina suscripta el 29 de mayo de 2014 con los países acreedores nucleados en el Club de París. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 enero 2015, p. 5).

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5. Decreto nº 2.591, 30 diciembre 2014. Aprueba el modelo de acuerdo bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse con la República Federal de Alemania y el modelo de acuerdo de consolidación a suscribir con KfW Frankfort del Meno, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la República Argentina suscripta el 29 de mayo de 2014 con los países acreedores nucleados en el Club de París. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 enero 2015, p. 3). 6. Decreto n° 2.707, 30 diciembre 2014. Aprueba el modelo de acuerdo bilateral de reestructuración de deuda a celebrarse con Export Development Canadá, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de deuda en atraso de la República Argentina suscripta el 29 de mayo de 2014 con los países acreedores nucleados en el Club de París. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 27 enero 2015, p. 3). 7. Decreto n° 2.784, 30 diciembre 2014. Aprueba los modelos de acuerdo bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse con el Reino de España, el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO) y la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación S.A. Cía. de Seguros y Reaseguros (CESCE), en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso suscripta el 29 de mayo de 2014 con los países acreedores nucleados en el Club de París. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 4 febrero 2015, p. 2). 8. Resolución nº 12, 22 enero 2015 (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). Aprueba la modificación del modelo de acuerdo bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse con la República de Finlandia. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 23 enero 2015, p. 10). Citas legales: Decreto Nº 2.185/14 (NL, Noviembre- Diciembre 2014). 9. Resolución n° 22, 28 enero 2015 (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). Establece las condiciones en que deberán reembolsarse las deudas de las provincias con el Gobierno nacional al 31 de diciembre de 2014 correspondiente a los convenios celebrados en el marco de su similar N° 705/14. Aprueba el modelo de convenio bilateral a suscribirse entre el Gobierno nacional y las provincias. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 5 febrero 2015, p. 15). Citas legales: Resolución MEyFP N° 705/14 (NL, Septiembre- Octubre 2014). 10. Decreto nº 148, 29 enero 2015. Aprueba el modelo de acuerdo bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse con el Reino de Suecia y el modelo de protocolo a suscribir con la Swe- Dish Export Credits Guarantee Board, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la República Argentina suscripta el 29 de mayo de 2014 con los países acreedores nucleados en el Club de París. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 13 febrero 2015, p. 3).

DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA Economías Regionales 1. Decreto nº 238, 25 febrero 2015. Aprueba el modelo de contrato de préstamo a celebrarse con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, destinado a financiar parcialmente el “Programa de desarrollo de áreas agro productivas en provincias fronterizas de la Cuenca del Plata- Primera etapa”. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 27 febrero 2015, p. 7). (*) Ver también: INDUSTRIA. Industria de la Yerba Mate.

DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA Entidades Financieras 1. Ley n° 27.083. Aprueba las modificaciones al Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica.

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En tal sentido, aprueba la suscripción de acciones que corresponden a la República Argentina en el incremento de capital que se aprueba. Autoriza al Banco Central de la República Argentina a efectuar en nombre y por cuenta del país los aportes y suscripciones establecidos en la presente. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada por Decreto N° 126, 27 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 10 febrero 2015, p. 1). 2. Ley n° 27.094. Crea -en el ámbito del Congreso de la Nación- la Comisión Investigadora de Instrumentos Bancarios y Financieros destinados a facilitar la evasión de tributos y la consecuente salida de divisas del país. Tiene por objeto investigar las modalidades de un esquema implementado para facilitar la apertura de cuentas bancarias en el extranjero por agentes económicos que tributan por actividades en Argentina, administrar las mismas y encubrir su existencia con la finalidad de promover la evasión de impuestos y la salida de capitales. La Comisión deberá procurar identificar a los agentes económicos involucrados en el incumplimiento fiscal y/o fuga de capitales. Dispone que la Comisión estará integrada por cinco senadores y cinco diputados y deberá presentar un informe dentro de los noventa días a partir de su constitución. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 22 enero 2015, p. 3). 3. CNCom., Sala B, 9/10/14- Fernández, Ricardo Alberto c. Banco de Galicia S.A. (Entidades financieras. Responsabilidad bancaria por omitir informar sobre el embargo de fondos de una cuenta por orden judicial. Rechazo de la acción). Con nota de Marcelo R. Tavarone y Mariano Rovelli: “Un límite a la responsabilidad civil de las entidades financieras”. (Revista de Derecho Comercial, del Consumidor y de la Empresa. Buenos Aires, febrero 2015). (*) Ver también: COMERCIO. Consumidor. 2.

DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA Impuestos, Tasas y Contribuciones 1. Resolución General n° 3.713, 21 enero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Establece el procedimiento de registración, autenticación y autorización de usuarios denominados “Clave Fiscal”, a los fines de habilitar a las personas físicas a utilizar y/o interactuar, en nombre propio y/o en representación de terceros a través del sitio web del Organismo. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 22 enero 2015, p. 14). 2. Resolución General nº 3.720, 21 enero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Establece un régimen de reintegro del Impuesto al Valor Agregado facturado a los turistas del exterior por la adquisición de bienes gravados producidos en el país. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 enero 2015, p. 15). 3. Resolución General nº 3.721, 22 enero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Modifica las condiciones a observar por los trabajadores autónomos para inscribirse, recategorizarse e ingresar sus aportes. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 23 enero 2015, p. 10). 4. Resolución General nº 3.723, 23 enero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Modifica su similar Nº 3.044 con el objeto de precisar el mecanismo para determinar e ingresar los gravámenes a cargo de los distribuidores y de las estaciones de servicio, así como los intereses y multas que pudieran corresponder cuando no se verifiquen los requisitos para que una operación quede debidamente acreditada como exenta. Asimismo, incrementa el cupo de litros de gas oil para las estaciones de servicio ubicadas en la zona geográfica exenta del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 enero 2015, p. 18). Citas legales: Resolución General AFIP Nº 3.044 (NL, Marzo- Abril 2011).

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5. Resolución General nº 3.724, 23 enero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Establece un régimen de información respecto de los remates o subastas de determinados bienes, cualquiera sea la forma o modalidad en que se instrumenten. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 enero 2015, p. 19). 6. Resolución General nº 3.726, 23 enero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Habilita el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) que reemplazará al programa aplicativo denominado “SIJP- Retenciones y Percepciones” y sustituirá de manera progresiva al “SICORE Sistema de Control de Retenciones”, previéndose en una primera etapa su utilización para los regímenes de retención correspondientes al Impuesto a las Ganancias por rentas a beneficiarios del exterior y determinadas contribuciones de la seguridad social. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 enero 2015, p. 23). 7. Resolución General nº 3.729, 23 enero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Establece un sistema de control fiscal respecto de la actividad publicitaria en la vía pública. Asimismo, prevé un régimen de información e identificación de dicha actividad y un régimen de registración de los contratos de publicidad involucrados. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 enero 2015, p. 21). 8. Resolución General nº 3.730, 23 enero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Establece un “Registro Fiscal de Operadores de Obras de Arte” y un régimen de información respecto de las operaciones de compra, venta e intermediación de obras de arte, cualquiera sea su modalidad y cuya instrumentación o perfeccionamiento se realice en el país. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 enero 2015, p. 28). 9. Resolución General n° 3.732, 28 enero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Modifica su similar N° 2.854 –régimen de retención del Impuesto al Valor Agregado para operaciones de compra venta de cosas muebles y bienes de uso y de locación de obras y prestación de servicios- a fin de adecuarla a las disposiciones de la Ley N° 26.982 –modificación del Impuesto al Valor Agregado para diarios, revistas y publicaciones-. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 29 enero 2015, p. 18). Citas legales: Resolución General AFIP N° 2.854 (NL, Mayo- Junio 2010), Ley N° 26.982 (NL, Septiembre- Octubre 2014). 10. Resolución General nº 3.733, 4 febrero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Dispone excluir del régimen de retención de los impuestos al valor agregado y a las ganancias a determinadas operaciones vinculadas a la actividad minera. En tal sentido, modifica su similar Nº 3.692. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 5 febrero 2015, p. 16). Citas legales: Resolución General AFIP Nº 3.692 (NL, Septiembre- Octubre 2014). 11. Resolución General n° 3.739, 9 febrero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Establece el procedimiento para la liquidación o determinación de oficio e intimación de los aportes y/o contribuciones omitidos con destino al Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS), emergentes de relaciones laborales no registradas, determinadas por sentencia laboral o por acuerdo conciliatorio homologado. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 11 febrero 2015, p. 8). Citas legales: Ley N° 26.063 (NL, Noviembre- Diciembre 2005), Resoluciones Generales AFIP N° 1.566 (NL, Septiembre- Octubre 2003) y 2.766 (NL, Enero- Febrero 2010). 12. Resolución General nº 3.740, 19 febrero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Adopta medidas de control respecto de los contratos de jugadores de fútbol profesional. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 20 febrero 2015, p. 11). 13. Resolución General nº 3.743, 24 febrero 2015 (Administración Federal de Ingresos Públicos). Modifica la aplicación del régimen establecido por su similar Nº 2.820 –normas para los sujetos obligados a inscribirse en el Registro de Operaciones Inmobiliarias-. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 25 febrero 2015, p. 8).

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14. Decreto nº 237, 25 febrero 2015. Disminuye –entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2015- la alícuota del 21% establecida en la Ley de Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos, estableciéndose la misma en el 7 (siete)%. Ordena comunicar a la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 27 febrero 2015, p. 1). 15. “El Código Civil y Comercial y la facultad de las provincias y de la Ciudad Autónoma para regular la prescripción en el derecho tributario”. Por Adriana María A. Padulo. (La Ley. Buenos Aires, 9 y 12 enero 2015). 16. “El decomiso como sanción tributaria en el ordenamiento bonaerense. Análisis de su razonabilidad”. Por Ezequiel Maltz. (La Ley Buenos Aires. Buenos Aires, febrero 2015). 17. “La verdadera distorsión en el impuesto a las ganancias”. Por Gustavo E. Etman. (Doctrina Tributaria. Buenos Aires, enero 2015). (*) Ver también: DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA. Entidades Financieras. 2. EDUCACIÓN. Enseñanza Privada.

DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA Presupuesto General 1. Decisión Administrativa nº 1, 12 enero 2015 (Jefatura de Gabinete de Ministros). Distribuye los gastos corrientes y de capital, los gastos figurativos, las aplicaciones financieras, los recursos, las contribuciones figurativas y las fuentes de financiamiento previstas en la Ley Nº 27.008 de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración nacional para el ejercicio 2015. Delega en la Oficina Nacional de Presupuesto la facultad para disponer correcciones técnicas correspondientes a modificaciones presupuestarias y cuotas de gastos aprobadas. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 19 enero 2015, p. 15). Citas legales: Ley Nº 27.008 y Decreto Nº 2.129/14 (NL, Noviembre- Diciembre 2014).

DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA Seguros 1. “Prescripción de cinco años en seguros en el nuevo Código”. Por Waldo A.R. Sobrino. (La Ley. Buenos Aires, 25 febrero 2015).

DESARROLLO RURAL Agricultura y Ganadería 1. Ley nº 27.066. Crea el Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas, en el marco del Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes, con el objeto de incrementar la oferta de productos y subproductos para abastecer adecuadamente al mercado interno y externo. Crea el Fondo para Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas como partida adicional a los recursos destinados al Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada por Decreto Nº 20, 7 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 enero 2015, p. 1). 2. Ley nº 27.076. Crea el Programa Federal para el Fomento y Desarrollo de la Producción Bubalina, que será de aplicación en todas las zonas agroecológicamente aptas del territorio argentino y regirá con los alcances establecidos en la presente ley y las normas reglamentarias que dicte el Poder Ejecutivo nacional. Crea el Consejo Federal Bubalino.

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Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada por Decreto Nº 21, 7 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 enero 2015, p. 2). 3. Ley nº 27.102. Aprueba lo dispuesto por la Resolución 166/XXXV denominada “Novena Reposición de los Recursos del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA)”, adoptada por el Consejo de Gobernadores el 23 de febrero de 2012. Autoriza al Banco Central de la República Argentina a efectuar en nombre y por cuenta de la República Argentina los aportes y suscripciones establecidos por la presente. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 enero 2015, p. 2). 4. Ley n° 27.118. Declara de interés público la agricultura familiar, campesina e indígena. Crea el Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar. Define sus objetivos generales y específicos y sus beneficiarios. Ratifica la creación del Registro Nacional de Agricultura Familiar a partir de la sanción de la Resolución 25/07 del Mercosur, que se considera incorporada a la presente ley. Crea el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Públicas para la Agricultura Familiar y el Banco de Tierras para la Agricultura Familiar. Adopta medidas relativas a la adjudicación de las tierras que integren el Banco y a la regularización dominial. Suspende por tres años toda ejecución de sentencia y actos que tengan por objeto el desalojo de agricultores familiares. Crea el Centro de Producción de Semillas Nativas. Contempla instrumentos de promoción vinculados a sanidad agropecuaria, beneficios impositivos, régimen previsional especial, créditos y creación de un seguro integral. Modifica la Ley N° 26.509 en relación con el destino de los recursos del Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios. Dispone que el Poder Ejecutivo nacional deberá reglamentar la presente ley en un plazo de ciento ochenta días contados a partir de la fecha de su promulgación. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 28 enero 2015, p. 1). Citas legales: Ley N° 25.797 (NL, Noviembre- Diciembre 2003), Resolución SAGPyA N° 255/07 (NL, Septiembre- Octubre 2007), Leyes N° 26.493 (NL, Marzo- Abril 2009) y 26.509 (NL, Julio- Agosto 2009).

DESARROLLO RURAL Sanidad Vegetal y Animal 1. Resolución nº 31, 4 febrero 2015 (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria). Aprueba el Documento de Tránsito Sanitario Vegetal. Fija su implementación gradual y progresiva de acuerdo a criterios de análisis de riesgo y de resguardo del estatus fitosanitario. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 febrero 2015, p. 17). 2. Resolución n° 38, 9 febrero 2015 (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria). Modifica sus similares N° 150/02 –Programa de control y erradicación de la brucelosis bovina- y 128/12 –Plan nacional de control y erradicación de la tuberculosis bovina- a fin de actualizar las previsiones correspondientes a prevención, control y erradicación de las enfermedades. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 febrero 2015, p. 13). Citas legales: Resolución SENASA N° 150/02 (NL, Enero- Febrero 2002).

EDUCACIÓN Educación Superior 1. Ley n° 27.062. Crea la Universidad Nacional de Rafaela– Argentina, con sede central en Rafaela –provincia de Santa Fe-. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 14 enero 2015, p. 1).

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2. Ley n° 27.074. Crea la Universidad Nacional del Alto Uruguay, con sede en la ciudad de San Vicente, provincia de Misiones. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada por Decreto N° 10, 6 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 8 enero 2015, p. 4). (*) Ver también: ESTADO. Bienes del Estado. 1.

EDUCACIÓN Enseñanza Privada 1. Decreto nº 154, 29 enero 2015. Suspende -desde el 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2015- la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 814/01 –contribuciones patronales- respecto de los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada que se encuentren incorporados a la enseñanza oficial. Ordena dar cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 24 febrero 2015, p. 1). Citas legales: Decreto Nº 814/01 (NL, Mayo- Junio 2001).

EDUCACIÓN Planificación y Política Educativa 1. Ley n° 27.045. Declara obligatoria la educación inicial para niños/as de cuatro años hasta la finalización del nivel secundario en el sistema educativo nacional. En tal sentido, modifica la Ley N° 26.206. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 7 enero 2015, p. 1). Citas legales: Ley N° 26.206 (NL, Noviembre- Diciembre 2006). 2. Ley n° 27.064. Tiene por objeto regular las condiciones de funcionamiento y supervisar pedagógicamente las instituciones no incluidas en la enseñanza oficial que brindan educación y cuidado de la primera infancia desde los cuarenta y cinco días hasta los cinco años de edad. Establece los distintos tipos organizativos de las instituciones. Fija un sistema de relevamiento de servicios y la creación de los registros jurisdiccionales de inscripción y de supervisión de las instituciones. Sancionada 4 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 9 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 15 enero 2015, p. 1). Citas legales: Ley N° 26.233 (NL, Marzo- Abril 2007).

ESTADO Bienes del Estado 1. Ley nº 27.068. Transfiere a título gratuito a la Universidad Nacional de Moreno el dominio de determinados inmuebles de propiedad del Estado nacional. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 9 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 16 enero 2015, p. 2). 2. Ley n° 27.082. Transfiere a título gratuito a la provincia de Chubut el dominio que el Estado nacional posee sobre determinados inmuebles ubicados en la localidad de Villa Dique Florentino Ameghino, departamento Gaiman –provincia de Chubut- con el cargo de otorgar el título correspondiente a los ocupantes de las viviendas situadas en los bienes transferidos. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 28 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 5 febrero 2015, p. 1).

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3. Resolución nº 14, 12 febrero 2015 (Agencia de Administración de Bienes del Estado). Aprueba la implementación del Código de Inmueble del Estado (CIE) como la denominación oficial unívoca para referirse a un inmueble registrado en el Registro Nacional de Bienes del Estado. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 20 febrero 2015, p. 11).

ESTADO Ciudad Autónoma de Buenos Aires (*) Ver: DERECHO. Mediación. DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA. Impuestos, Tasas y Contribuciones. 15. TRABAJO Y EMPLEO. Profesiones y Ocupaciones. 2. TRANSPORTE. Tránsito.

ESTADO Estado Municipal 1. CS, 11/11/14- Intendente Municipal Capital s/amparo (Provincia de La Rioja. Régimen de Coparticipación Municipal dictado. Incumplimiento. Amparo. Rechazo in limine. Improcedencia. Recurso extraordinario. Admisibilidad formal). Con nota de María Gabriela Ábalos: “Federalismo y autonomía municipal: La Corte Suprema reafirma su función arquitectónica en el desarrollo constitucional argentino”. (El Derecho Constitucional. Buenos Aires, 19 febrero 2015). 2. “El principio de la autonomía municipal”. Por María Teresa Ponte. (La Ley. Suplemento Constitucional. Buenos Aires, febrero 2015). 3. “La regulación en el Estado municipal de la participación ciudadana. El caso de ‘la banca 25’”. Por Ornela Mazza Gigena. (Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública. Nº 436. Buenos Aires, enero 2015). 4. “Valorable avance de la Corte en materia de autonomía municipal” (Nota a fallo). Por Néstor Osvaldo Losa. (El Derecho Constitucional. Buenos Aires, febrero 2015). Referencias: CS, 11/11/14- Intendente Municipal Capital s/amparo (ut supra).

ESTADO Estado Nacional 1. “La responsabilidad del Estado por omisión ilícita y la Ley de Responsabilidad de Estado Nº 26.944”. Por Julio P. Comadira. (Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública. Buenos Aires, febrero 2015). Referencias: Ley Nº 26.944 (NL, Julio- Agosto 2014).

ESTADO Estado Provincial 1. “Fortalecimiento del federalismo. Un mandato incumplido”. Por Rodolfo R. Spisso. (La Ley. Buenos Aires, 28 enero 2015). 2. “La responsabilidad administrativo- patrimonial de los funcionarios públicos en los sistemas provinciales”. Por José R. Sappa. (Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública. Nº 437. Buenos Aires, febrero 2015).

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(*) Ver también: CIENCIA Y TECNOLOGÍA. Desenvolvimiento Científico y Tecnológico. 1. CONSTITUCIÓN. Control de Constitucionalidad. DERECHO. Derecho Laboral. 1, 2. DERECHO. Derecho Procesal Penal. 3. DERECHO. Ordenamiento Jurídico. 2. DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA. Deuda. 9. DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA. Impuestos, Tasas y Contribuciones. 15, 16. ESTADO. Estado Municipal. 1, 2, 4. OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. Regulación y Control. 1. PODER JUDICIAL. Organización. 5. RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE. Parques y Reservas. RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE. Recursos Mineros. SALUD. Salud Pública. 6. TRABAJO Y EMPLEO. Relaciones Individuales de Trabajo. 2.

ESTADO Territorio 1. Ley nº 27.090. Declara de interés nacional al Paso Internacional San Francisco en la provincia de Catamarca y el Corredor Bioceánico del Noroeste Argentino, que conecta el Océano Atlántico con el Océano Pacífico. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 28 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 febrero 2015, p. 2). (*) Ver también: TRANSPORTE. Transporte Público.

INDUSTRIA Industria de la Yerba Mate 1. Ley n° 27.114. Dispone la promoción de la radicación y creación de los establecimientos necesarios para la instauración de un régimen de envasado en origen de la yerba mate en la región productora. Establece que los estados provinciales de la región productora podrán autorizar la comercialización a granel cuando la yerba mate molida o canchada esté destinada a la exportación, pero no podrá ser objeto de un nuevo fraccionamiento o envasado fuera de la región productora. Crea el Registro Nacional de Promoción del Envasado en Origen para la inscripción y seguimiento de las personas beneficiarias. Designa como autoridad de aplicación al Instituto Nacional de la Yerba Mate en conjunto con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación. Invita a las provincias que integran la región productora a adherir a la presente. Establece que el Poder Ejecutivo nacional dicte el decreto reglamentario dentro del plazo de los ciento ochenta días desde su publicación. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 4 febrero 2015, p. 1).

INDUSTRIA Industria Química y Farmacéutica (*) Ver: SALUD. Productos Medicinales.

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MINISTERIO PÚBLICO Organización 1. CNCont.-adm. Fed., Sala IV, 30/1/15- Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y otros c. EN- Procuración General de la Nación s/amparo (Ministerio Público. Fiscalías generales. Habilitación. Fiscales generales subrogantes. Designación. Suspensión cautelar. Procedencia. Solicitud de la suspensión previa ante la Administración. Innecesariedad. Caución juratoria. Suficiencia. Asociación de magistrados y funcionarios judiciales. Legitimación activa). (El Derecho Constitucional. Buenos Aires, 27 febrero 2015). (*) Ver también: PODER JUDICIAL. Organización. 3.

OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Regulación y Control 1. “La necesidad de un nuevo tipo de autoridad de control en materia de transporte público de pasajeros en la provincia de Mendoza, República Argentina”. Por Silvia R. Moretti. (Derecho Administrativo. Nº 97. Buenos Aires, enero/ febrero 2015). 2. “La protección de los usuarios y de la competencia en el sector de las comunicaciones a través de la regulación”. Por Micaela Figueredo. (Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública. Nº 436. Buenos Aires, enero 2015).

PODER EJECUTIVO Administración Pública 1. Decreto n° 196, 10 febrero 2015. Dispone que los directores, síndicos, consejeros y funcionarios designados por el Estado nacional en los órganos sociales de empresas y sociedades donde tenga participación en el capital social, son funcionarios públicos a los efectos de la delimitación de su responsabilidad y respecto de los actos realizados en el ejercicio de sus funciones. Establece que el Estado nacional garantiza la indemnidad de dichos funcionarios cuando en el ejercicio de sus funciones o luego de cesados en ellas, fueren demandados, intimados, requeridos, denunciados, querellados o imputados por el ejercicio de tales responsabilidades. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 febrero 2015, p. 1). 2. Disposición nº 1, 19 febrero 2015 (Oficina Nacional de Tecnologías de Información). Aprueba la “Política de Seguridad de la Información Modelo”, en reemplazo de la aprobada por su similar Nº 3/13. Instruye a los organismos del sector público nacional a implementar las medidas en sus respectivas políticas de seguridad de la información. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 25 febrero 2015, p. 43). Citas legales: Disposición ONTI Nº 3/13 (NL, Septiembre- Octubre 2013). 3. “Administración pública consensual y el contrapunto entre el modelo burocrático y responsable (‘gerencial’)”. Por Rodrigo Pironti Aguirre de Castro. (Derecho Administrativo. Nº 97. Buenos Aires, enero/ febrero 2015). 4. “La responsabilidad de los funcionarios públicos en su rol dentro de la sociedad”. Por Darío de la Canal. (Revista de Derecho Laboral y Seguridad Social. Nº 1. Buenos Aires, enero 2015).

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PODER EJECUTIVO Decreto de Necesidad y Urgencia (*) Ver: EDUCACIÓN. Enseñanza Privada. SALUD. Salud Pública. 8.

PODER EJECUTIVO Ministerios, Secretarías y Subsecretarías 1. Ley n° 27.088. Aprueba el Acuerdo con la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos para la creación de una oficina regional, suscripto en Buenos Aires el 7 de mayo de 2010. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada por Decreto N° 70, 21 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 27 enero 2015, p. 1).

PODER EJECUTIVO Presidente y Vicepresidente 1. Ley n° 27.058. Autoriza a la Señora Presidenta de la Nación para ausentarse del país durante el año 2015, cuando razones de gobierno así lo requieran. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada por Decreto N° 2.508, 18 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 7 enero 2015, p. 2).

PODER JUDICIAL Organización 1. Ley nº 27.041. Crea una nueva Secretaría con asiento en el Juzgado Federal de Primera Instancia de San Ramón de la Nueva Orán –provincia de Salta-, para cuestiones de múltiple competencia en lo civil, comercial, administrativo, tributario, previsional, laboral y penal. Sancionada 19 noviembre 2014. Promulgada de hecho, 29 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 enero 2015, p.1). 2. Ley nº 27.080. Crea en el ámbito del Poder Judicial de la Nación la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, como auxiliar de la justicia federal y de la justicia nacional, cuya supervisión será ejercida por una Comisión conformada por los presidentes de la Cámara Federal de Casación Penal, de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal y de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la Capital Federal. Precisa su integración y funciones. Dispone que la citada Comisión reglamentará la presente ley dentro de los noventa días de su promulgación y adoptará las medidas tendientes a garantizar la continuidad de la prestación de las funciones ejercidas por el Patronato de Liberados. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada por Decreto Nº 124, 27 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 febrero 2015, p. 1). 3. Ley n° 27.097. Dispone que a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, los juzgados nacionales en lo penal económico tendrán conjuntamente con su competencia material y territorial, la atribuida a los juzgados nacionales en lo penal tributario. En consecuencia, transforma los juzgados nacionales en lo penal tributario creados por Ley N° 25.292 en juzgados nacionales en lo penal económico. Determina que las fiscalías en lo penal económico, además de las competencias que poseen, tendrán las atribuidas a la fiscalía en lo penal tributario.

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Establece que las fiscalías nacionales en lo penal tributario se transformarán en fiscalías nacionales en lo penal económico. Hace lo propio con la defensoría pública oficial ante los juzgados nacionales en lo penal tributario que pasará a denominarse Defensoría Pública Oficial N° 3 ante los juzgados y Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico y tendrá, junto a su competencia habitual, la atribuida a las defensorías públicas oficiales ante los juzgados y Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico. Modifica sus similares N° 24.050 –competencia penal del Poder Judicial de la Nación- en relación con la competencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la Capital Federal, de los juzgados nacionales en lo penal económico, Tribunales orales en lo penal tributario y juzgados nacionales en lo penal tributario-, 24.121 en cuanto a la denominación e integración de la Cámara Nacional en lo Penal Económico de la Capital Federal y la Ley de Organización de la Justicia Nacional respecto de la integración de los tribunales nacionales de la Capital Federal. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada por Decreto N° 62, 19 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 27 enero 2015, p. 2). Citas legales: Ley N° 25.292 (NL, Julio- Agosto 2000). 4. Acordada nº 3, 19 febrero 2015 (Corte Suprema de Justicia de la Nación). Aprueba pautas ordenatorias tendientes a garantizar el adecuado uso de tecnologías electrónicas y digitales y su gradual implementación en el ámbito del Poder Judicial de la Nación. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 25 febrero 2015, p. 9). 5. “La Corte de Tucumán podría rediseñar la competencia de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción”. Por Pablo Roberto Toledo. (La Ley Noroeste. Buenos Aires, febrero 2015).

PODER LEGISLATIVO Comisiones (*) Ver: DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA. Entidades Financieras. 2. DESARROLLO ECONÓMICO- HACIENDA PÚBLICA- FINANCIAMIENTO Y MONEDA. Impuestos, Tasas y Contribuciones. 14.

PODER LEGISLATIVO Sesiones 1. Decreto nº 137, 28 enero 2015. Convoca al Honorable Congreso de la Nación a sesiones extraordinarias desde el 1º hasta el 28 de febrero de 2015. Detalla los asuntos comprendidos en la convocatoria. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 30 enero 2015).

POLÍTICA Participación Ciudadana (*) Ver: ESTADO. Estado Municipal. 3.

POLÍTICA Régimen Electoral

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1. Ley n° 27.120. Modifica el Código Electoral Nacional con el objeto de contemplar la elección de parlamentarios del Mercosur. En el mismo sentido, modifica las Leyes Nº 26.215 –financiamiento de los partidos políticos- y 26.571 –democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral; primarias abiertas, simultáneas y obligatorias-. Establece que corresponde a la Justicia Nacional Electoral el conocimiento y resolución de todas las cuestiones que se susciten respecto de la elección y mandato de los parlamentarios del Mercosur. Dispone que en todo lo que no estuviese previsto por el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur o no se regulare específicamente por los organismos competentes, los parlamentarios del Mercosur en representación de la ciudadanía argentina serán asimilados en el derecho interno a los diputados nacionales y les serán aplicables las normas que regulan la condición de aquéllos en cuanto a inmunidades parlamentarias, regímenes remuneratorios, laborales, previsionales y protocolares. Aprueba disposiciones transitorias referidas a la primera elección de parlamentarios. Sancionada 29 diciembre 2014. Promulgada por Decreto N° 11, 6 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 8 enero 2015, p. 1). Citas legales: Leyes Nº 26.215 (NL, Enero- Febrero 2007) y 26.571 (NL, Noviembre- Diciembre 2009). 2. Decreto n° 27, 7 enero 2015. Modifica el Decreto N° 935/10, que dispone consignar en el Registro Nacional de Electores la condición de “elector ausente por desaparición forzada” a fin de establecer que esta condición se mantendrá aun en los casos en que con posterioridad se hayan podido identificar los restos de la víctima. Los electores incorporados como ausentes por desaparición forzada permanecerán en el Registro Nacional de Electores y en los padrones, no debiéndose disponer su baja por el transcurso del tiempo o por razones de edad. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 14 enero 2015, p. 9). Citas legales: Decreto N° 935/10 (NL, Julio- Agosto 2010). 3. “Integridad y equidad electoral: el uso de las franjas en los medios de comunicación durante las campañas electorales”. Por Alberto Ricardo Dalla Vía. (El Derecho Constitucional. Buenos Aires, 19 febrero 2015).

POLÍTICA Terrorismo (*) Ver: DERECHO. Derecho Penal. 3.

RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Hidrocarburos 1. Resolución n° 14, 3 febrero 2015 (Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas). Crea el “Programa de Estímulo a la Producción de Petróleo Crudo”, vigente hasta el 31 de diciembre de 2015, pudiendo ser prorrogado por doce meses. Estipula que las compensaciones económicas dispuestas en el programa no integran el precio del petróleo crudo, no correspondiendo en consecuencia su cómputo para el pago de regalías que las empresas beneficiarias deban abonar en los términos de la Ley de Hidrocarburos. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 4 febrero 2015, p. 14). Referencias: Decreto N° 1.277/12 (NL, Julio- Agosto 2012). 2. Resolución nº 60, 25 febrero 2015 (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). Determina nuevas alícuotas de exportación para el propano, el butano y el gas licuado de petróleo, tanto en estado líquido como gaseoso. En tal sentido, modifica la Resolución MEyP Nº 127/08. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 febrero 2015, p. 5). Citas legales: Resolución MEyP Nº 127/08 (NL, Marzo- Abril 2008).

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RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Parques y Reservas 1. Ley n° 27.081. Acepta la cesión de jurisdicción y dominio con destino a la creación del Parque Nacional Patagonia efectuada por la provincia de Santa Cruz al Estado nacional sobre determinadas tierras fiscales. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada por Decreto N° 69, 21 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 27 enero 2015, p. 3). 2. Ley n° 27.093. Acepta las cesiones efectuadas por la provincia de Salta al Estado nacional sobre determinados bienes rurales situados en el departamento Anta, los que serán afectados al Régimen de la Ley de Parques Nacionales. Crea la Reserva Nacional Pizarro. Sancionada 16 diciembre 2014. Promulgada por Decreto N° 71, 21 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 27 enero 2015, p. 2).

RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Recursos Mineros 1. Ley nº 27.111. Modifica el Código de Minería con respecto a las características de las autorizaciones otorgadas por los estados provinciales para investigaciones desde aeronaves, los cánones en general y el de los concesionarios de socavones generales. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 26 enero 2015, p. 1).

RELACIONES INTERNACIONALES Tratados, Acuerdos y Convenios 1. Publicación conforme Ley n° 24.080. Fecha de entrada en vigor de instrumentos bilaterales que no requirieron aprobación legislativa para su entrada en vigor: Acuerdo por canje de notas para la implementación del artículo 5.1 del Acuerdo de sede entre la República Argentina y la Conferencia de La Haya de derecho internacional privado del 7 de mayo de 2010. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 20 enero 2015, p. 47). (*) Ver también: CUESTIONES SOCIALES. Discapacitados. 1. CULTURA. Patrimonio Cultural. DEFENSA NACIONAL-SEGURIDAD. Fuerzas de Seguridad y Policía. DERECHO. Derecho Penal. 3. PODER EJECUTIVO. Ministerios, Secretarías y Subsecretarías.

SALUD Productos Medicinales 1. Ley n° 27.113. Declara de interés nacional y estratégico la actividad de los laboratorios dedicados a la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas, insumos y productos médicos. Crea la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP), organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Salud de la Nación. Establece su composición y obligaciones. Invita a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir a la presente. Sancionada 17 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 20 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 28 enero 2015, p. 5). Referencias: Ley N° 26.688 (NL, Julio- Agosto 2011).

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SALUD Salud Pública 1. Resolución nº 2.329, 22 diciembre 2014 (Ministerio de Salud). Crea el Programa Nacional de Enfermedades Poco Frecuentes y Anomalías Congénitas. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 enero 2015, p. 28). 2. Ley n° 27.043. Declara de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista, así como la investigación clínica y epidemiológica en la materia, la formación profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones. Establece que los agentes de salud, entidades de medicina prepaga y obras sociales tendrán a su cargo, con carácter obligatorio, las prestaciones necesarias para la pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento de los trastornos y que las prestaciones citadas quedan incorporadas al Programa Médico Obligatorio. Invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a los lineamientos de la presente. Sancionada 19 noviembre 2014. Promulgada de hecho, 15 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 7 enero 2015, p. 2). 3. Ley nº 27.054. Aprueba el Pacto Federal Legislativo de Salud. Crea el Consejo Federal Legislativo de Salud (Cofelesa) como organismo deliberativo que tendrá por objeto la articulación y promoción de políticas legislativas comunes en materia de salud en todo el territorio nacional. Establece sus funciones y autoridades. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 enero 2015, p. 4). 4. Ley n° 27.071. Incorpora al Programa Médico Obligatorio, al sistema público nacional, obras sociales y mutuales provinciales la cobertura de los dispositivos y elementos accesorios para las personas ostomizadas. Dispone que la presente entrará en vigencia a partir de los noventa días de su promulgación. Invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 9 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 20 enero 2015, p. 1). 5. Decreto n° 22, 7 enero 2015. Aprueba la reglamentación de la Ley N° 26.873 -lactancia materna exclusiva hasta los seis meses de edad-. Faculta al Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación, a dictar las normas complementarias y aclaratorias. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 14 enero 2015, p. 6). Referencias: Ley N° 26.873 (NL, Julio- Agosto 2013). 6. Decreto n° 34, 12 enero 2015. Aprueba los convenios para la creación de Entes Hospitales de Alta Complejidad entre el Ministerio de Salud y el Gobierno de la provincia de Misiones del 23 de diciembre de 2014, el Ente Hospital de Alta Complejidad “Marta T. Schwarz”, Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad y el Gobierno de la provincia de Santa Cruz y el Municipio de El Calafate del 23 de diciembre de 2014, el Ente Hospital de Alta Complejidad “El Calafate”, Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 14 enero 2015, p. 2). 7. Resolución Conjunta n° 41, 113 y 20, 19 enero 2015 (Ministerio de Salud, Ministerio de Educación y Ministerio de Defensa). Crea la Comisión para la conformación de La Red de Hospitales Nacionales y/o Universitarios. Fija su integración y funciones. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 29 enero 2015, p. 19). 8. Decreto nº 225, 12 febrero 2015. Crea el fondo fiduciario público denominado “Fondo para los Servicios de Atención Médica Integral para la Comunidad- Decreto Nº 34/15”, el cual no se encuentra comprendido en las disposiciones de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. Designa al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación. Ordena dar cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del Honorable Congreso de la Nación.

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(Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 13 febrero 2015, p. 1). Citas legales: Decreto Nº 34/15 (ut supra). (*) Ver también: CUESTIONES SOCIALES. Discapacitados. 2.

SEGURIDAD SOCIAL Obras Sociales (*) Ver: SALUD. Salud Pública. 2, 4.

SEGURIDAD SOCIAL Previsión Social 1. CS, 30/12/14- Villarreal, Mario Jesús c. PEN-PLN y Máxima AFJP s/amparo (Jubilación. Aportes voluntarios realizados por un afiliado a una AFJP. Omisión de la Administración de reglamentar la ley 26.425. Inconstitucionalidad por inoperatividad del art. 6 de la ley 26.425). (La Ley. Suplemento Constitucional. Buenos Aires, febrero 2015). Referencias: Ley Nº 26.425 (NL, Noviembre- Diciembre 2008). 2. “El régimen especial de la ley 26.970 y la figura de la prestación anticipada”. Por María Teresa Martín Yáñez. (Revista de Derecho Laboral y Seguridad Social. Nº 3. Buenos Aires, febrero 2015). Referencias: Ley Nº 26.970 (NL, Septiembre- Octubre 2014).

3. “La seguridad social en el digesto jurídico argentino: repercusiones”. Por José I. Brito Peret. (Trabajo y Seguridad Social. Buenos Aires, enero/ febrero 2015).

TRABAJO Y EMPLEO Asociaciones Sindicales 1. “Luces y sombras del encuadramiento sindical”. Por Luis P. Slavin. (Revista de Derecho Laboral y Seguridad Social. Nº 3. Buenos Aires, febrero 2015).

TRABAJO Y EMPLEO Profesiones y Ocupaciones 1. Ley nº 27.051. Ejercicio de la Profesión de Terapeutas Ocupacionales, Terapistas Ocupacionales y Licenciados en Terapia Ocupacional. Establece el marco general del ejercicio profesional de la terapia ocupacional. Define conceptos. Precisa los alcances e incumbencias de la profesión; especialidades, inhabilidades, incompatibilidades y ejercicio ilegal. Dispone la matriculación de los profesionales. Prevé la creación, por parte del Ministerio de Salud, de un registro de sancionados e inhabilitados y la unificación de las currículas de todas las universidades conforme a la presente ley, que deberá ser reglamentada en el término de ciento ochenta días. Sancionada 3 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 23 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 enero 2015, p. 2). 2. “Análisis de la situación laboral actual de los taxistas en la Ciudad de Buenos Aires”. Por Amalia M. Altieri y Eugenia Ramírez Guarino. (Revista de Derecho Laboral y Seguridad Social. Nº 2. Buenos Aires, enero 2015).

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TRABAJO Y EMPLEO Relaciones Individuales de Trabajo 1. Ley n° 27.073. Modifica el artículo 122 del Régimen de Contrato de Trabajo a fin de establecer que el sueldo anual complementario deberá abonarse en dos cuotas, la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre de cada año. Establece la forma de cálculo del importe a liquidar. Sancionada 10 diciembre 2014. Promulgada de hecho, 9 enero 2015. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 20 enero 2015, p. 1). 2. “La ley 26.940 y las autonomías provinciales en la inspección del trabajo”. Por Graciela C. Antacli. (Revista de Derecho Laboral y Seguridad Social. Nº 3. Buenos Aires, febrero 2015). Referencias: Ley Nº 26.940 (NL, Mayo- Junio 2014). (*) Ver también: DERECHO. Derecho Procesal Penal. 2.

TRABAJO Y EMPLEO Riesgos del Trabajo 1. “Factores y profundidad en la interpretación de la Ley de Riesgos del Trabajo”. Por Luis R. Carranza Torres. (El Derecho. Buenos Aires, 12 febrero 2015).

TRANSPORTE Ferrocarriles 1. Resolución nº 1.918, 30 diciembre 2014 (Ministerio del Interior y Transporte). Deja sin efecto su similar Nº 870/12 –creación de la Comisión de Análisis de Precios de Obras y Provisión de Servicios y Bienes Ferroviarios-. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 19 enero 2015, p. 27). Citas legales: Resolución MIyT Nº 870/12 (NL, Noviembre- Diciembre 2012). (*) Ver también: TRANSPORTE. Transporte Automotor.

TRANSPORTE Navegación Aérea 1. Resolución n° 41, 5 febrero 2015 (Administración Nacional de Aviación Civil). Declara abierto el procedimiento de elaboración participativa de normas, con respecto al proyecto de reglamento provisional de los vehículos aéreos no tripulados. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 febrero 2015, p. 53).

TRANSPORTE Registro de Automotores 1. Disposición nº 512, 23 diciembre 2014 (Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios). Modifica el nuevo modelo de Cédula de Identificación

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“Novedades Legislativas. Legislación. Doctrina y Jurisprudencia. Enero- Febrero 2015”

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(Única) del Digesto de Normas Técnico- Registrales para su aplicación por parte de los Registros Seccionales. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 5 enero 2015, p. 21).

TRANSPORTE Tránsito 1. JContenciosoadministrativo y Trib. Nº 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11/8/14- Alustiza, R. M. c. GCBA s/amparo (Ciudad de Buenos Aires. Estacionamiento en vía pública. Señalización de los espacios en los que está prohibido el estacionamiento. Impacto ambiental. Acción de amparo. Actos del poder administrador. Estacionamiento gratuito en la vía pública). (Doctrina Judicial. Buenos Aires, 14 enero 2015).

TRANSPORTE Transporte Automotor 1. Resolución nº 175, 9 febrero 2015 (Comisión Nacional de Regulación del Transporte). Crea en su ámbito el Consejo Consultivo de los Usuarios, en cuyo seno se canalizarán las inquietudes sobre temas atinentes al transporte automotor y ferroviario. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 18 febrero 2015, p. 32). (*) Ver también: CUESTIONES SOCIALES. Discapacitados. 3.

TRANSPORTE Transporte Público 1. Ley nº 27.023. Establece que todos los medios de transporte público de pasajeros de origen nacional están obligados a disponer en sus unidades y estaciones de un espacio visible y destacado en el que deberá inscribirse la leyenda “Las Islas Malvinas son argentinas”. Invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente. Sancionada 19 noviembre 2014. Promulgada de hecho, 15 diciembre 2014. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 enero 2015, p. 2). (*) Ver también: DERECHO. Derecho Penal. 1.